40° período de sesiones

Acta resumida de la 830ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el viernes 1° de febrero de 2008, a las 12.00 horas

President a :Sra. Šimonović

Sumario

Aprobación del informe del Comité sobre su 40° período de sesiones

Programa provisional para el cuadragésimo primer período de sesiones

Declaración de la Presidenta

Clausura del período de sesiones

Se declara abierta la sesión a las 12.25 horas.

Aprobación del informe del Comité sobre su 40° período de sesiones (CEDAW/C/2008/I/L.1, CEDAW/C/BOL/CO/4/CRP.1, BDI/CO/4/CRP.1, FRA/CO/6/CRP.1, LBN/CO/3/CRP.1, LUX/CO/5/CRP.1, MAR/CO/4/CRP.1, SAU/CO/2/CRP.1 y SWE/CO/7/CRP.1)

1.La Sra. Dairiam (Relatora) presenta el documento CEDAW/C/2008/I/L.1, en el que figuran varias secciones del proyecto de informe del Comité, y los documentos de sesión, donde figuran sus observaciones finales, en su forma enmendada, sobre los 8 informes de Estados Partes que se han examinado durante el período de sesiones.

2.La Presidenta dice que considera que el Comité desea aprobar las secciones del proyecto de informe que figuran en el documento CEDAW/C/2008/I/L.1 y los documentos de sesión, en su forma enmendada, en que se formulan las observaciones finales del Comité sobre los 8 informes de los Estados Partes.

3.Así queda decidido.

4.La Sra. Dairiam (Relatora) presenta el proyecto de informe del Grupo de Trabajo Plenario, que ofrece detalles sobre las actividades y las medidas adoptadas por el Comité en aplicación de los temas en relación con los temas 5, 6 y 7 del programa provisional (CEDAW/C/2008/I/1).

5.La Presidenta dice que considera que el Comité desea aprobar el proyecto de informe del Grupo de Trabajo Plenario que figura en el documento, en su forma enmendada, para su inclusión en el proyecto de informe del Comité en relación con los temas 5, 6 y 7.

6.Así queda decidido.

7. Queda aprobado en su totalidad el texto del proyecto de informe del Comité sobre su 40° período de sesiones, en su forma enmendada, con sujeción a que la Relatora lo finalice.

Programa provisional para el cuadragésimo primer período de sesiones

8.La Sra. Dairiam (Relatora) señala a la atención del Comité el programa provisional del cuadragésimo primer período de sesiones, que figura en el informe del Grupo de Trabajo Plenario.

9. Queda aprobado el programa provisional del cuadragésimo primer período de sesiones.

Declaración de la Presidenta

10.La Presidenta dice que el período de sesiones en curso es el primero que se celebra en Ginebra con servicios prestados por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Aprovechando su nuevo entorno, el Comité celebró reuniones con el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y el Presidente del Consejo de Derechos Humanos para examinar numerosas cuestiones relacionadas con la labor del Comité y la integración de los derechos de la mujer en el programa de derechos humanos y los instrumentos de derechos humanos en Ginebra. También se reunió con representantes de otras organizaciones de las Naciones Unidas, incluidas la Organización Mundial de la Salud y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. En el caso de esta última, empezó a explorar los medios de establecer una relación de colaboración sobre las cuestiones de las mujeres refugiadas y desplazadas, incluido el recurso a reuniones de grupos de expertos. También mantuvo varias reuniones informativas con organizaciones no gubernamentales, incluidas algunas con sede en Ginebra, con las que se reunía por primera vez.

11.Arabia Saudita presentó un informó al Comité por primera vez desde su ratificación de la Convención el 7 de septiembre de 2000. Todos los ocho Estados partes que presentaron informes al Comité enviaron delegaciones de sus capitales, y muchas estuvieron encabezadas por Ministros o altos funcionarios gubernamentales. Luxemburgo y Francia retiraron sus reservas a la Convención y Marruecos anunció que haría otro tanto en el futuro. Ésa es una clara señal del cambio de actitudes hacia la Convención y de la aceptación cada vez mayor del principio de la igualdad entre hombres y mujeres como uno de los principios universales de derechos humanos.

12.Durante los honestos y constructivos diálogos con las delegaciones de los Estados Partes, el Comité recibió información sobre revisiones de la legislación sobre el matrimonio y la familia, las oportunidades y logros de la mujer en el ámbito de la educación, la eliminación de la discriminación y los estereotipos y la participación de la mujer en la vida pública. Recibió también información sobre las importantes medidas adoptadas por los Estados para eliminar la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar, y para fortalecer los servicios de apoyo a las víctimas. Al mismo tiempo, el Comité encontró una persistente situación de discriminación contra la mujer en relación con las numerosas disposiciones sustantivas de la Convención. Presentó sus observaciones finales, que incluyen sus inquietudes y recomendaciones para cerrar la brecha en la igualdad entre los géneros.

13.Todos los Estados deben cerciorarse de que sus respectivas legislaciones sean compatibles con la Convención, especialmente tras la ratificación del Protocolo Facultativo. También es importante vincular la aplicación de la Convención a la aplicación de otros instrumentos y documentos normativos en materia de derechos humanos, tales como la Plataforma de Acción de Beijing, la Declaración del Milenio y la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad.

14.Además de aprobar las observaciones finales sobre los ochos Estados Partes, el Comité examinó también algunos casos en el marco del Protocolo Facultativo y continuó sus deliberaciones sobre el proyecto de recomendaciones generales sobre el artículo 2 de la Convención, así como sobre las mujeres migrantes. Aprobó nuevas directrices para la presentación de informes y una declaración sobre la relación entre el Comité y las instituciones nacionales de derechos humanos.

15.Actualmente son muy pocos los informes que tiene el Comité ante sí para examen. Por lo tanto, es preciso que el Comité exhorte a los Estados Partes cuyos informes estén pendientes desde hace mucho tiempo, a presentarlos de manera oportuna. El Comité debe también destacar claramente las obligaciones que incumben a todos los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención.

Clausura del período de sesiones

16.La Presidenta declara clausurado el 40° período de sesiones.

Se levanta la sesión a las 12.35 horas.