43º período de sesiones

Acta resumida de la 876ª sesión

Celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra, el miércoles 28 de enero de 2009, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Gabr

Sumario

Examen de informes presentados por Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados del Camerún

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de informes presentados por Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados del Camerún (CEDAW/C/CMR/3, CEDAW/C/CMR/Q/3, CEDAW/C/CMR/Q/3/Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación del Camerún toman asiento como participantes en el debate de la Mesa del Comité.

2.La Sra. Adebada (Camerún) da lectura a una declaración en nombre de la Ministra de Promoción de la Mujer y la Familia. El Camerún ha ratificado sin reservas la Convención y la promoción de la igualdad y la equidad entre los géneros es uno de los principales elementos de la estrategia de desarrollo socioeconómico del Gobierno. El desarrollo exige al mismo tiempo el crecimiento económico y la construcción de una sociedad democrática e integradora, en la que los hombres y las mujeres tengan las mismas oportunidades para contribuir al crecimiento y para alcanzar sus propios objetivos. Los informes periódicos segundo y tercero combinados (CEDAW/C/CMR/3) han sido preparados en un proceso de participación en el que han intervenido representantes de los ministerios, de las organizaciones de la sociedad civil y de los asociados en el desarrollo.

3.La redacción del proyecto de ley sobre la prohibición de la violencia y la discriminación contra la mujer y del proyecto del Código de la Persona y la Familia, que ha tenido en cuenta la violencia sexual, física, psicológica y económica contra la mujer, ha concluido. El Gobierno está examinando también el asunto de la igualdad entre los hombres y las mujeres en las cuestiones familiares, como parte de su preocupación por encontrar una solución definitiva a todos los problemas relativos al ejercicio de los derechos civiles y políticos de la mujer. Está en marcha un proceso para revisar las leyes que contengan disposiciones discriminatorias y la estrategia del Gobierno contra las prácticas y las costumbres desfavorables para la mujer incluyen medidas de concienciación, de promoción y de capacitación. Se están llevando a cabo estudios para obtener datos desagregados por género, al mismo tiempo que se está colaborando con todos los asociados sectoriales y sociales para integrar la perspectiva de género.

4.Las medidas de carácter temporal para acelerar el logro de la igualdad de facto entre el hombre y la mujer incluyen el apoyo a las niñas en forma de subsidios para su educación; capacitación política y apoyo logístico para las mujeres que participen en la esfera política; campañas de alfabetización dirigidas a las mujeres; y capacitación para la mujer en tecnologías de la información y la comunicación.

5.El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia coopera de manera diversa y fructífera con otros ministerios y con organizaciones de la sociedad civil en esferas que incluyen el fomento de la capacidad de las organizaciones de mujeres, la realización de actividades para contrarrestar la violencia contra la mujer, el fortalecimiento de la posición económica de la mujer, el seguimiento con los coordinadores para cuestiones de género de otros ministerios y organismos, y la formulación de políticas.

6.El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia es el mecanismo institucional que formula las medidas destinadas a garantizar el desarrollo pleno de la mujer y el seguimiento de su aplicación. Colabora estrechamente con todas las estructuras gubernamentales, las organizaciones de la sociedad civil y los asociados en el desarrollo, y ofrece servicios en todas las zonas del país por medio de centros para el avance de la mujer, concretamente de sus unidades técnicas especializadas.

7.El Gobierno tiene muy en cuenta las disposiciones de la Convención y considera que existe un estrecho vínculo entre los objetivos de desarrollo y las medidas para abordar las cuestiones relativas a la mujer. Aunque todavía queda mucho camino por recorrer, la voluntad política del Camerún es clara e irreversible y ningún sector quedará desatendido. El Comité puede prestar apoyo a las actividades del Camerún ayudándole a definir nuevos métodos para alcanzar sus objetivos.

Artículos 1 a 6

8.El Sr. Flinterman destaca las importantes medidas asumidas por el Camerún para aplicar la Convención en el sistema jurídico doméstico y pregunta qué medidas se han asumido, de conformidad con el artículo 13 del Protocolo Facultativo, para dar publicidad a la Convención, al Protocolo Facultativo de la Convención y a las recomendaciones generales del Comité, y para familiarizar a las mujeres y a las organizaciones de mujeres con el mecanismo de presentación de denuncias individuales que figura en el Protocolo Facultativo. Debido a que una denuncia solamente se puede presentar después del agotamiento previo de todas las vías domésticas, es muy importante que exista la posibilidad de invocar las disposiciones de la Convención en los tribunales nacionales. El orador entiende que la Convención forma parte de la Constitución, en la que figuran disposiciones para la protección de la mujer que podrían remitirse a los tribunales. Sin embargo, desea saber si las disposiciones de la Convención pueden invocarse directamente y, en caso afirmativo, si ello ya se ha aplicado. La decisión de 1993 del Tribunal Supremo, que se ofrece como ejemplo en el informe, fue adoptada antes de que la Convención entrara en vigor en el Camerún. Se pregunta si hay cursos sistemáticos de capacitación para la judicatura destinados a explicar las disposiciones de la Convención tal como han sido interpretadas por el Comité durante los últimos 25 años.

9.Se pregunta si el Gobierno tiene la intención de incorporar en la Constitución algunos elementos básicos de la Convención, como la definición de la discriminación y el principio de la igualdad. También se pregunta si se ha establecido un calendario para derogar las numerosas leyes discriminatorias que todavía existen en el Camerún, de conformidad con las obligaciones del Estado parte según el artículo 2 de la Convención.

10.La Comisión Nacional de Derechos del Hombre y Libertades ofrece un importante mecanismo no judicial para la solución de las diferencias. El orador solicita más información sobre los tipos de denuncias presentados por las mujeres y desea saber si la Comisión Nacional hace uso de las disposiciones de la Convención. Se pregunta hasta qué punto el Gobierno ha conseguido garantizar que la Comisión Nacional sea plenamente independiente a fin de cumplir las características de instituto nacional de derechos humanos definidas en los Principios de París.

11.La Presidenta, que hace uso de la palabra como miembro del Comité, solicita más información sobre el mandato del Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia y también sobre sus objetivos, sus recursos financieros, su estrategia y su programa. También pregunta de qué manera se han evaluado las medidas especiales de carácter temporal y sugiere que su aplicación requiere más esfuerzos y debates. El mecanismo institucional debe disponer de un programa claramente definido y es necesario poner en práctica diversas actividades y medidas, como las cuotas.

12.La Sra. Coker-Appiah dice que, aunque las prácticas culturales tradicionales son sin duda un impedimento a las medidas destinadas a mejorar la situación de la mujer en todas las esferas, no se debe utilizar la tradición como un pretexto para no adoptar medidas. La cultura es dinámica y el Gobierno podría cambiar algunas de estas prácticas si tuviera la voluntad política de hacerlo. El Senegal, en la subregión de África occidental, ha logrado progresos en la lucha contra la mutilación genital de la mujer incorporando a los clérigos musulmanes en las actividades de promoción, con el fin de explicar sus efectos dañinos. El Camerún puede convocar a sus propios dirigentes tradicionales y trabajar con ellos para erradicar algunas de las prácticas dañinas. También pregunta si hay un calendario para la aprobación del proyecto de ley sobre la violencia contra la mujer.

13.La Presidenta, que hace uso de la palabra como miembro del Comité, dice que espera que el Gobierno aborde sin demora prácticas tradicionales nocivas como el planchado de los senos. Dice que es consciente de que la Primera Dama del Camerún ha intervenido en esta esfera y espera que la voluntad política del Gobierno se traduzca en actividades para mejorar la situación de la mujer.

14.La Sra. Rasekh señala que la ratificación por el Camerún del Protocolo Facultativo, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos facultativos demuestra la voluntad política del Estado parte y su deseo de mejorar la situación de los derechos humanos de la mujer. Informes procedentes de diversas fuentes indican que la violencia contra la mujer y la trata siguen siendo un problema en el Camerún. El proyecto de ley sobre la violencia contra la mujer se encuentra todavía en su etapa de borrador y en él no figuran disposiciones para el enjuiciamiento de los violadores de los derechos de la mujer, aunque el Camerún es un país de destino y de tránsito de la trata, incluida la trata para fines de prostitución. Solicita más detalles sobre la estrategia del Camerún para eliminar la violencia contra la mujer y pregunta por qué se demora tanto la aprobación del proyecto de ley, cuando la violencia y la trata son una causa cotidiana de sufrimiento para las mujeres.

15.La Sra. Chutikul pregunta si el Camerún ha ratificado la Convención 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las peores formas de trabajo infantil. Si lo ha hecho, está interesada en saber si el Camerún ha definido las peores formas de trabajo infantil como lo exige el artículo 3 d) de esa Convención.

16.Se pregunta cuántas mujeres se han beneficiado hasta la fecha de los programas destinados a las mujeres que desean abandonar la prostitución, cuáles han sido los resultados de estos programas y de qué manera la ley contra la prostitución aborda el tema de los niños. También está interesada en saber si la ley se refiere a la explotación de la prostitución.

17.El Camerún aprobó en 2005 una ley contra la trata, y sería de utilidad saber si la definición de trata que se utiliza en esta ley está de acuerdo con la definición que figura en el Protocolo de Palermo, que el Camerún ratificó en 2007. También sería de utilidad escuchar más información sobre la trata, incluidos detalles sobre cualquier plan de acción existente, especialmente aquellos dirigidos a contrarrestar la trata de mujeres.

18.Se debe ofrecer información sobre las medidas de protección para las víctimas, incluido el suministro de alojamiento; los programas sanitarios, psicosociales y profesionales; y la asistencia para la reintegración. También sería interesante conocer cualquier programa de prevención y actividades de capacitación. Se pregunta cuál es la función que desempeña la policía y si existe una unidad especial de policía para las mujeres y los niños que aborde los casos de trata y de abuso, y si existe algún tipo de capacitación sobre procedimientos que tengan en cuenta a los niños y las mujeres.

19.Debido a que el Camerún es un país de tránsito, de origen y destino de la trata, pregunta si existe un proceso de cooperación con los otros países involucrados y si el Camerún recibe alguna asistencia internacional para combatir la trata.

20.La Sra. Adebada (Camerún) dice que se ha puesto en práctica un programa de capacitación para familiarizar a la judicatura con la Convención, con ayuda del Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Mujer. En tres regiones del Camerún se han llevado a cabo seminarios sobre la Convención y el Protocolo Facultativo, especialmente para jueces, abogados y otros funcionarios jurídicos. La siguiente etapa consistirá en trabajar con las organizaciones de mujeres.

21.Cualquier mujer que se considere víctima de discriminación puede presentar una denuncia ante los tribunales civiles e invocar las disposiciones de la Convención, ya que ésta es parte integral de la Constitución. Las disposiciones del Código Penal sobre la violencia física no establecen una diferencia entre los géneros. En el proyecto de ley sobre la prevención de la violencia y de la discriminación contra la mujer figuran disposiciones más amplias, pero cuando se concluyó el proyecto, el Gobierno decidió no aprobarlo, sino incorporar sus disposiciones a una versión revisada del Código Penal. El Ministerio de Justicia, con asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), contrató a un experto para que trabajara en una actualización del Código Penal y redactara un nuevo Código Civil y un Código Civil y Procesal, en inglés y francés. Hay planes para enmendar todas las disposiciones discriminatorias e incorporar a los códigos las disposiciones de todos los tratados internacionales y regionales ratificados por el Camerún, incluida la Convención.

22.El reglamento interno de la Comisión Nacional de Derechos del Hombre y Libertades indica claramente que el representante del Gobierno que participe en sus deliberaciones lo hará con carácter consultivo únicamente y que por tanto se respetarán los Principios de París. Todavía no hay estadísticas disponibles, ya que la Comisión Nacional se estableció en 2005. Las víctimas de discriminación suelen presentar primero sus casos ante el Ministerio de Justicia, que posteriormente los remite a la Comisión Nacional, y se están adoptando medidas para aumentar la concienciación del público sobre la Comisión, a fin de informarle que puede presentar sus casos directamente a este organismo.

23.La Sra. Tchatchoua (Camerún) dice que el Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia es responsable de formular y poner en práctica las medidas destinadas a garantizar el respeto de los derechos de la mujer, eliminar la discriminación y fortalecer las garantías de igualdad en las esferas política, económica, social y cultural. También es responsable de poner en práctica la política nacional sobre la familia.

24.Con respecto a los futuros programas y proyectos, el Ministerio centrará sus medidas en tres objetivos estratégicos. El primero es el de promover a la mujer y la perspectiva de género en todos los sectores de la vida nacional, y a este respecto se han planificando dos subprogramas: un programa para la promoción social de la mujer y un programa para su promoción económica. El subprograma social incluye medidas para la integración de las cuestiones relativas a la mujer, la protección y promoción de los derechos de la mujer, la promoción de la salud de las mujeres y las niñas, y la prevención de la violencia de género y de prácticas nocivas como la mutilación genital de la mujer. El subprograma económico incluye proyectos para el fomento de la capacidad, el apoyo a las mujeres empresarias y la promoción de las mujeres que viven en las zonas rurales.

25.El segundo objetivo es contribuir al desarrollo y el fortalecimiento de la familia como institución social. Se han establecido subprogramas para la protección y la promoción de la familia, con proyectos para prestar asistencia a la familia, ofrecer educación prenupcial y matrimonial, y un programa sobre VIH/SIDA. El tercer objetivo es el fomento de la capacidad institucional y las medidas pertinentes incluyen proyectos para el personal de los ministerios y programas de gobernanza.

26.El Ministerio tiene también un subprograma sobre la violencia contra la mujer que incluye medidas preventivas como la organización de consultorios jurídicos para ayudar a la mujer a conocer sus derechos y ejercerlos. También se han adoptado medidas para concienciar a la opinión pública sobre las causas y las consecuencias de la violencia y se ha establecido una línea telefónica de ayuda y un servicio de consulta que ofrece seguimiento a las víctimas de la violencia. El Ministerio se propone establecer también refugios para las víctimas de la violencia.

27.La Sra. Adebada (Camerún), en respuesta a una pregunta sobre las cuotas, dice que el Camerún prefiere ejercer una perspectiva en favor del género. El desarrollo tiene que tener en cuenta la capacidad de todos los individuos y cualquier puesto disponible se debe ofrecer a aquella persona que sea más apta para ejercerlo. Se están realizando esfuerzos encaminados a establecer la identidad de mujeres capaces de desempeñar determinadas funciones mediante el nombramiento de coordinadores para las cuestiones de género en una serie de departamentos seleccionados. Se han seleccionado varios ministerios y organizaciones, entre ellos el Ministerio de Justicia y la Caja Nacional de Previsión Social, y sus coordinadores responden al Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia. Todavía no ha sido posible aplicar cuotas debido a que es importante encontrar a mujeres que sean capaces de asumir las tareas de determinados puestos.

28.Las prácticas consuetudinarias no están codificadas y no son las mismas en todas las partes del país. El Gobierno tiene la intención de examinar estas prácticas para considerar si alguna de ellas es contraria al orden público. Cuando el presidente de un tribunal consuetudinario no es un magistrado, un tribunal de apelaciones supervisa todas sus decisiones y puede revocar cualquier decisión basada en una costumbre que sea contraria al derecho escrito, como por ejemplo las disposiciones de la Convención. La Ministra de Promoción de la Mujer y la Familia ha realizado numerosas actividades de concienciación en relación con las prácticas tradicionales desfavorables para la mujer, como la mutilación genital de la mujer y el planchado de los senos.

29.La Sra. Tchatchoua (Camerún) dice que las autoridades aprovechan cualquier oportunidad, incluidas las reuniones de mujeres y los días conmemorativos, para concienciar las mujeres sobre las prácticas tradicionales nocivas. En el contexto de la reciente celebración del día de la mujer campesina, la Ministra de Promoción de la Mujer y la Familia celebró una reunión de más de una semana de duración con los dirigentes de los cortadores que realizan la mutilación genital de la mujer. Se celebró un acto simbólico de deposición de cuchillos y el Gobierno está ofreciendo apoyo en forma de actividades económicas alternativas.

30.Con respecto al planchado de los senos, la oradora señala que en realidad no es una plancha lo que se utiliza. Es preciso llevar a cabo un estudio sobre todos los aspectos de la cuestión y ya se han puesto en marcha actividades de concienciación sobre los aspectos relacionados con la salud.

31.La Sra. Adebada (Camerún) añade que el objetivo del planchado de los senos no es ejercer violencia contra la mujer sino impedir el desarrollo físico de las niñas a fin de protegerlas contra la violencia sexual. Las madres creen que si sus hijas tienen todavía un aspecto infantil no atraen la atención de los hombres. Se están llevando a cabo actividades para explicar que hay otras formas de combatir la violencia.

32.Una viuda está obligada a observar un período de viudez durante seis meses antes de volver a casarse para que, si queda embarazada, no se ponga en cuestión la paternidad del niño. Según otra práctica consuetudinaria, la viuda está obligada a casarse con el heredero de su difunto marido, que por lo general es su hermano. La ley ya no reconoce estas costumbres y solamente se siguen si la mujer desea hacerlo. Si la familia del hermano trata por la fuerza de que la viuda acepte el matrimonio, ésta puede denunciarlo ante los tribunales.

33.El Sr. Nkou (Camerún) dice que la Comisión Nacional de Derechos del Hombre y Libertades es completamente independiente del Gobierno, aunque éste financie sus actividades. En el Camerún hay un abanico amplio y diverso de organizaciones de la sociedad civil, y la Comisión Nacional es simplemente una de las numerosas instituciones que trabajan en la protección y la promoción de los derechos humanos.

34.Con respecto a la mutilación genital de la mujer, la política del Gobierno es proporcionar una educación a todos los niños, y en el Camerún se registran algunas de las tasas más elevadas de matriculación en la escuela y de alfabetización de África. Como resultado de su educación, los niños pueden comprender y rechazar la mutilación genital de la mujer, de la que se dan muy pocos casos en el Camerún en comparación con otros países.

35.La Sra. Adebada (Camerún) dice que la Convención de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil ha sido ratificada, aunque no se ha aprobado aún ninguna ley nacional para abordar sus disposiciones relativas a la definición de las peores formas de trabajo infantil. En la actualidad se encuentra en marcha un amplio proceso de reforma legislativa y se están abordando gradualmente nuevas esferas a medida que hay recursos disponibles. Con el apoyo financiero del PNUD, el Camerún está redactando un nuevo Código Penal, un nuevo Código Civil y un nuevo Código Civil y Procesal, y serán necesarios tiempo y recursos para concluir este proceso. Según la Constitución, las disposiciones de todas las convenciones ratificadas internacionalmente tienen precedencia sobre el derecho nacional y la Convención forma una parte integral de la legislación del Camerún.

36.La prostitución y su explotación están tipificados en el Código Penal, pero no siempre se denuncian. A veces, la policía ha tomado medidas y ha arrestado a prostitutas, pero el enjuiciamiento resulta difícil ya que no siempre se puede demostrar que se ha cometido un crimen. Es importante seguir concienciando a los individuos y alentándoles a que denuncien los casos de prostitución y acepten declarar como testigos. En el Código Penal figuran disposiciones específicas con graves castigos para los responsables de la prostitución de menores, especialmente de quienes tienen menos de 16 años. Todos los delitos sexuales contra las mujeres están sancionados. En 2005, el Camerún aprobó una ley contra la trata de mujeres y niños y estableció una unidad policial especial que investiga este tipo de delitos. Una vez más, el problema radica en que alguien tiene que denunciarlos.

37.El Sr. Nkou (Camerún) dice que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ha nombrado a la Primera Dama del Camerún como Embajadora de Buena Voluntad debido a su amplia labor con las mujeres y los niños. La Primera Dama ha establecido una fundación que proporciona servicios básicos de educación y de salud, una clínica especializada para las madres y los niños, y el centro de investigación y estudio sobre el VIH/SIDA.

38.La Sra. Ameline aprecia los esfuerzos del Gobierno para incorporar la perspectiva de género de manera estructural y considerar el tema de la igualdad como una prioridad del desarrollo. Pregunta si hay disposiciones jurídicas que indiquen claramente la precedencia del derecho internacional sobre las prácticas consuetudinarias, o si el tema se aborda caso por caso. Con respecto a las actividades para lograr la paridad, la oradora comenta que los progresos parecen ser lentos debido a las actitudes culturales que impiden a la mujer asumir un poder político. Se pregunta también si el Camerún aprovechará la revisión del Código Penal para aumentar las sanciones por actos de violencia cometidos contra la mujer.

39.La Sra. Pimentel solicita información acerca de los principales contenidos del proyecto de ley sobre la prevención de la violencia contra la mujer, su calendario y el proceso para su aprobación y se pregunta si recibirá suficientes apoyos en la legislatura. También pregunta quién es responsable de la capacitación sobre los derechos de la mujer que se ofrece al personal del Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia y si existen cursos similares para los oficiales de policía, los funcionarios jurídicos y el personal de otros ministerios. Es necesario integrar en el sistema político del Camerún los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación y la prevención de la violencia contra la mujer.

40.La Sra. Neubauer dice que comprende que el documento de estrategia de lucha contra la pobreza del Camerún se centre en el avance de la mujer en cuatro esferas primarias, una de las cuales es el fortalecimiento de las estructuras y mecanismos institucionales. Pregunta por los progresos alcanzados en el establecimiento de coordinadores en los ministerios y cuántos ministerios participan. Debido a que el Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia trabaja en estrecha cooperación con los demás departamentos gubernamentales, pregunta si hay un mecanismo para coordinar y supervisar los proyectos, los programas y las actividades. También sería interesante saber si hay coordinadores para las 10 provincias y los 58 departamentos, y si existe un organismo parlamentario responsable de abordar los derechos humanos de la mujer, la igualdad entre los géneros y la discriminación contra la mujer.

41.La Sra. Belmihoub-Zerdani sugiere que ha llegado el momento de eliminar en su totalidad el derecho consuetudinario. Debido a que hace 15 años que el Camerún ratificó la Convención, ya debería haber armonizado todas sus leyes con la Convención. Encomia las disposiciones en favor de las mujeres refugiadas que figuran en la Ley de Refugiados de 2005 y pregunta si ha sido aprobado y ejecutado el decreto sobre la aplicación de esta ley.

42.La Sra. Coker-Appiah solicita una clarificación sobre la respuesta a la violencia contra la mujer, ya que parece que se han suspendido los trabajos del proyecto de ley sobre la prevención de la violencia contra la mujer. También sería interesante saber qué se está haciendo para concienciar a los hombres sobre los derechos de la mujer, en lugar de centrarse solamente en esta última. Algunas de las prácticas desfavorables para la mujer benefician a los hombres, que por tanto tienen interés en mantenerlas. Por último, se pregunta si el presupuesto del mecanismo nacional es suficiente para llevar a cabo su labor. También está interesada en recibir información sobre los recursos humanos.

43.El Sr. Flinterman dice que comprende que la Convención forma una parte integral de la Constitución, pero se pregunta cuál de los dos textos prevalecería en caso de conflicto y si todos los acuerdos internacionales de los cuales el Camerún es parte se han incorporado a la Constitución o si todas las disposiciones constitucionales deben interpretarse según las obligaciones internacionales. Sería interesante saber si los parlamentarios, los funcionarios gubernamentales, los jueces, los abogados y el público general, son claramente conscientes de esta cuestión. Por ejemplo, la Constitución defiende el principio de la igualdad, pero no la prohibición de la discriminación. Sin embargo, el principio de la igualdad debe interpretarse siempre de conformidad con el principio complementario de la prohibición de la discriminación, como figura en la Convención, que prohíbe tanto la discriminación directa como indirecta en las esferas pública y privada.

44.La Sra. Šimonović dice que los comentarios finales del Comité sobre el informe anterior del Camerún incluyeron una recomendación para que el Estado parte llevara a cabo urgentemente una amplia reforma de la legislación a fin de promover la igualdad de la mujer y sus derechos humanos. Sin embargo, ocho años después, todavía hay muchas leyes discriminatorias a pesar de la enmienda de la Constitución, la ratificación del Protocolo Facultativo y el hecho de que la Convención sea directamente aplicable en teoría. Un violador no recibe ninguna sanción por su delito si está casado con la víctima, las disposiciones sobre el adulterio son discriminatorias y se obliga a una viuda a esperar 180 días antes de volver a casarse. El marido tiene derecho a elegir el lugar de residencia de la familia y también a oponerse a que su mujer obtenga un empleo. El Camerún se encuentra en proceso de revisión de su legislación, pero se necesita un mecanismo claro para armonizar todas las leyes con la Constitución y la Convención, y un calendario que no se preste a dudas para la eliminación de las disposiciones discriminatorias. La oradora solicita más información sobre este tipo de calendario y de mecanismo a nivel gubernamental.

45.La Sra. Halperin-Kaddari pregunta si la violación por el marido se considera actualmente un delito, y si no lo es, si será considerado así en el nuevo Código Penal. Esto no parece probable debido al reconocimiento sincero que se hace en el informe de que la mujer se considera como la propiedad de su marido. El informe se refiere también a la preferencia por los hijos varones y se pregunta si esto conduce al infanticidio de niñas.

46.La oradora agradecería recibir información sobre las actividades del Gobierno para eliminar la mutilación genital de la mujer y el planchado de los senos. También sería útil escuchar si existen algunas medidas paralelas, acompañadas de estudios, para evaluar sus repercusiones y si se ha reducido la incidencia de este fenómeno. Pregunta por qué la línea telefónica de ayuda solamente está disponible durante el día.

47.La Sra. Hayashi dice que sería interesante escuchar si el Estado parte está llevando a cabo una capacitación que tenga en cuenta las cuestiones de género para los profesionales que trabajan con mujeres víctimas de la violencia, ya que el informe se refirió a un número muy reducido de casos de violación, 25 durante el período de 2006 a 2008. Sin procedimientos ni actividades de capacitación que tengan en cuenta las cuestiones de género dirigidas a los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley es imposible combatir la impunidad de los culpables.

48.La Sra. Rasekh dice que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en sus observaciones finales de 1999, expresó su preocupación sobre el hostigamiento sexual generalizado en el lugar de trabajo. Se ha exhortado al Estado parte a que adopte leyes y políticas específicas para prohibir la violencia y el hostigamiento en el lugar de trabajo. A falta de una legislación sobre la prevención de la violencia contra la mujer, desea saber qué mecanismos o código de conducta existen, y qué medidas ha adoptado el Gobierno para poner fin a este tipo de hostigamiento.

49.El principal obstáculo para que las mujeres denuncien el hostigamiento es la pobreza, debido a que tienen miedo a perder sus puestos de trabajo. Pregunta si hay un código de conducta establecido en el lugar de trabajo que incluya sanciones para los culpables y un mecanismo de presentación de denuncias confidencial para las mujeres.

50.El Sr. Nkou (Camerún) dice que una vez que se firma y se ratifica un instrumento internacional, éste tiene precedencia sobre el derecho nacional. En relación con la explotación de la mujer, destaca que en el Camerún se registra una de las tasas más elevadas de matriculación de África. Por medio de la educación, las mujeres jóvenes y las niñas son cada vez más conscientes de sus derechos, al igual que los hombres. Puede que las mujeres no sean capaces de defenderse físicamente, pero disponen de medios jurídicos de defensa.

51.La propuesta de eliminar los tribunales consuetudinarios es prematura, ya que el sistema jurídico del Camerún es todavía frágil, debido a su falta de recursos financieros, y los tribunales consuetudinarios ofrecen un complemento eficaz y necesario. Los tribunales consuetudinarios son muy conscientes de las tradiciones y no condenan a muerte a las personas, sino que tratan de comprenderlas y reconciliarlas. Si los individuos no están satisfechos, pueden acudir a los tribunales modernos, pero los tribunales consuetudinarios siguen desempeñando una importante función e incluso pueden imponer una pena de reclusión. Si en el poblado no hay una prisión, los habitantes no hablan con la persona declarada culpable durante el término de la sentencia. De hecho, será preciso mantener los tribunales consuetudinarios hasta que los otros tribunales estén disponibles en una cantidad suficiente.

52.El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia no dispone de suficientes recursos. El Camerún es un país en desarrollo y hace todo lo posible para proporcionar a todos los departamentos ministeriales un nivel aceptable de financiación. En un país en desarrollo todas las esferas tienen carácter prioritario, pero el Camerún está dispuesto a poner recursos a disposición de las mujeres y las familias y ha aumentado el presupuesto del Ministerio de forma sistemática desde que se estableció. También se ha recibido algún tipo de asistencia internacional.

53.En respuesta a una pregunta sobre el infanticidio, el orador dice que, en el Camerún, el nacimiento de una niña se celebra y se acoge como una bendición de Dios y se aprecia en las hijas su sensibilidad y su obediencia. En épocas precedentes ha existido una preferencia a tener un hijo que continúe la línea familiar, pero eso es cosa del pasado.

54.La Sra. Adebada (Camerún) aclara que las convenciones internacionales ratificadas por el Camerún forman parte de la Constitución y que se revocará cualquier disposición del derecho del Camerún que sea contraria a cualquier disposición de una convención de este tipo. En relación con otra cuestión, la oradora hace hincapié en que el Gobierno no rechaza la paridad y en que se han adoptado los principios de Beijing. Sin embargo, en la actualidad es preciso mantener la política del Gobierno en favor del género, ya que es necesario realizar nuevos preparativos antes de poder aplicar la paridad.

55.En respuesta a una pregunta sobre los coordinadores para las cuestiones de género, la oradora dice que se ha realizado un esfuerzo encaminado a seleccionar determinados ministerios de manera experimental. Se han nombrado coordinadores para las cuestiones de género en el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Educación Secundaria, el Ministerio de Administración Territorial y Descentralización, el Ministerio de Educación Superior, y algunas organizaciones y entidades públicas como la Caja Nacional de Previsión Social, la Corporación Nacional de Hidrocarburos y la Caja del Consejo Especial para la Asistencia Mutua. En la actualidad, los coordinadores dependen del Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia. El proceso se encuentra aún en una etapa experimental y ninguno de los coordinadores ha presentado aún sus informes. Resulta importante comprender la función que realiza el coordinador en el ministerio. Los resultados no son inmediatos, pero darán lugar a una situación en la que sea posible examinar la posibilidad de incorporar la paridad.

56.Se ha contratado recientemente a un experto para preparar los tres nuevos códigos jurídicos e incorporar en el nuevo Código Penal las disposiciones del proyecto de ley sobre la violencia contra la mujer, que está listo desde 2000. El experto tiene un año de plazo para concluir los proyectos, que serán sometidos posteriormente a un proceso de validación con la participación de todos los ministerios. El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia garantizara que se incorporen todas las disposiciones del proyecto de ley. El Código Penal impone sanciones para la prostitución y su explotación.

57.El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia ha contratado a expertos para capacitar a individuos del Ministerio o de las organizaciones de mujeres sobre la prevención de la violencia contra la mujer. La capacitación se ha ofrecido de una manera sistemática a los funcionarios policiales, los funcionarios jurídicos, los funcionarios superiores de la policía y la gendarmería, los magistrados y los abogados. Cuando había recursos disponibles, el Departamento de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia organizó seminarios prácticos para inculcar una cultura de los derechos humanos en la administración y la policía, la gendarmería, la administración penitenciaria y otros servicios.

58.La Sra. Obama Mekoulou (Camerún), en referencia a la cuestión de la igualdad entre los géneros en la Asamblea Nacional, dice que las mujeres están representadas en todos los organismos parlamentarios.

59.La Sra. Epoh Adyang (Camerún) dice que la violación es un crimen. Como ocurre con todos los casos de violencia, alguien tiene que denunciar el caso y la víctima tiene que realizar una declaración ante un tribunal. Se están tomando medidas para aumentar la concienciación de las mujeres sobre los recursos que tienen a su disposición.

60.La Sra. Adebada (Camerún) dice que el Código Penal define la violación como una relación sexual sin consentimiento. No se realiza ninguna distinción con respecto a la identidad del violador y por tanto una mujer puede acudir a un tribunal para acusar a su marido de violación, pero tiene que disponer de pruebas.

61.No existe ninguna base jurídica para que una mujer del Camerún sea considerada como la propiedad de su marido. La ordenanza de 1981 sobre la organización del estado civil otorgó al marido el derecho de objetar que su mujer trabajara. Sin embargo, de conformidad con el Tratado de la Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en África, ninguna mujer necesita la autorización de su marido para ser vendedora. De acuerdo a la precedencia del derecho internacional o regional, el tema ya ha sido resuelto. Los trabajos sobre el nuevo Código de la Persona y la Familia están muy avanzados y abordarán también estas cuestiones. Una mujer puede viajar ahora sin autorización de su marido y cabe citar el caso de una mujer que se desempeñaba como funcionaria civil y que recibió su propio subsidio de vivienda de manera separada, incluso a pesar de que vivía con su marido, que también era un funcionario civil. Mediante cambios graduales de este tipo, las mujeres están adquiriendo una mayor libertad.

62.La Sra. Tchatchoua (Camerún), que hace uso de la palabra con respecto a la integración de la perspectiva de género, dice que se han impartido instrucciones a todos los departamentos gubernamentales para que nombren coordinadores. Un total de 30 ya han respondido y los departamentos han establecido incluso un comité de género. Los asociados en el desarrollo han prestado apoyo a los cursos de capacitación para fomentar la capacidad de los coordinadores. El objetivo es que todas las estrategias ministeriales integren la perspectiva de género.

63.Los centros para el avance de la mujer han ofrecido también cursos de capacitación para las mujeres. El Ministerio ofreció servicios en todas las regiones y departamentos por medio de sus centros para el avance de la mujer y los centros para una tecnología apropiada, pero se necesitan más fondos y recursos humanos. La línea de ayuda telefónica es un experimento en marcha y el objetivo es que esté en funcionamiento durante las 24 horas del día.

64.La Sra. Adebada (Camerún) dice que el Código Penal incluye sanciones por infanticidio. Aunque las familias solían esperar el nacimiento de un niño que continuara la línea familiar, esta preferencia no tiene como consecuencia el infanticidio.

Artículos 6 a 9

65.La Sra. Belmihoub-Zerdani pregunta si el Camerún se encuentra todavía en un proceso de ajuste estructural y si aún realiza pagos al Fondo Monetario Internacional (FMI), como se mencionó en el informe anterior. Esta cuestión podría tener repercusiones sobre el presupuesto disponible para la aplicación de la Convención.

66.Cuando el Camerún presentó su informe inicial, el Comité realizó una recomendación con respecto a los artículos 7 y 8 de la Convención, debido a la escasa representación de la mujer en la Asamblea Nacional y en el cuerpo diplomático, y en los puestos de los funcionarios que nombra el Gobierno. La oradora acoge con beneplácito el hecho de que los informes periódicos segundo y tercero combinados incluyan cuadros estadísticos claros que muestran la representación de la mujer en puestos ejecutivos, como los candidatos sujetos a elección y el personal de las juntas de votación, aunque las cifras no sean demasiado elevadas. Seguramente resulta fácil encontrar en el Camerún a mujeres candidatas que resulten aptas para las elecciones locales o parlamentarias. El Comité acuerda una importancia cada vez mayor a los parlamentarios en su labor con los Estados miembros, debido a que la tarea para poner en práctica la Convención se lleva a cabo en el parlamento. El Estado parte debería hacer mayores esfuerzos para establecer cuotas en el Camerún a fin de que las mujeres sean más visibles y nombrar a mujeres como directoras de establecimientos escolares y de universidades. La Asamblea Nacional debería debatir todos los aspectos de la aplicación de la Convención.

67.El Sr. Flinterman destaca que no se ha ofrecido información sobre el código de la nacionalidad, aunque exista una referencia a una ley pendiente sobre el Código de la Persona y la Familia. Pregunta si el nuevo Código de la Persona y la Familia estará plenamente armonizado con los requisitos del artículo 9 relacionado con la transferencia de la nacionalidad a los hijos. El Comité ha recibido información de otras fuentes indicando que la ley de nacionalidad actual no cumple plenamente con el artículo 9 en su sustancia ni en su aplicación.

68.El Sr. Nkou (Camerún) dice que el Camerún ha acudido ante el FMI para solicitar su asistencia en una época de crisis económica mundial. En determinado momento consiguió desligarse del proceso de ajuste estructural y no desea volver a participar en el mismo. El Camerún es muy cuidadoso con sus modestos recursos y desea evitar el sacrificio de su soberanía.

69.Con respecto a la perspectiva de género en las cuotas, hay una serie de razones por las cuales el Camerún no ha logrado la paridad, a pesar de la firme voluntad política que existe en el país. En el servicio diplomático, los requisitos para trabajar en el exterior son a menudo problemáticos para una mujer casada, ya que las asignaciones en el exterior son por un periodo de siete años. Esto puede causar problemas familiares si el marido no está de acuerdo en acompañarla. Por tanto, las mujeres prefieren evitar la situación y hay muy pocas mujeres que trabajen en las embajadas y los consulados. Sin embargo, aunque la mujer no ha logrado la paridad en el Ministerio de Relaciones Exteriores, está ampliamente representada entre los directores, los directores adjuntos y los jefes de servicio.

70.Las estadísticas sobre la mujer en la esfera política no están disponibles. Sin embargo, los principales partidos políticos han recibido instrucciones para que por lo menos una mujer sea incluida en cada una de las ejecutivas municipales, que consisten de un alcalde elegido, un vicealcalde y los vicealcaldes segundo, tercero y cuarto. Por tanto, hay por lo menos 250 mujeres representantes a nivel local. En el Camerún hay por lo menos 300 partidos políticos, pero solamente cuatro o cinco están representados en la Asamblea Nacional. Los partidos más pequeños no sitúan por lo general a la mujer en posiciones visibles y no imponen las mismas condiciones al ejecutivo municipal. El Camerún es todavía una democracia joven, y la situación mejorará con el tiempo.

71.La Sra. Adebada (Camerún) dice que la ley sobre la nacionalidad se remonta a 1968. Si un ciudadano del Camerún se casa con un extranjero, el niño adquiere automáticamente la nacionalidad del padre ciudadano del Camerún, pero no de la madre ciudadana del Camerún. Los niños corren el riesgo de no tener la nacionalidad de ninguno de sus progenitores si no la adquirieron al nacer. El Ministerio de Justicia revisa en la actualidad la legislación y el nuevo proyecto de código de la nacionalidad abordará todas estas cuestiones, incluidos los problemas de las mujeres que tienen que elegir su nacionalidad en el momento de casarse. La intención inicial era enmendar algunas disposiciones, pero se está preparando un nuevo texto debido a la necesidad de numerosas enmiendas.

72.La Sra. Šimonović dice que está claro que el Camerún está abordando la cuestión de la mutilación genital de la mujer. Sin embargo, en las observaciones finales que realizó en 2008, el Comité contra la Tortura se refirió a la falta de legislación en esa esfera y se pregunta si hay planes para adoptar este tipo de medidas.

73.La Sra. Belmihoub-Zerdani sugiere que se presente una legislación para alentar a los partidos políticos a presentar listas de candidatos de tal manera que sea posible la elección de mujeres. Si se ofrecieran subsidios solamente a los partidos que siguieran esa práctica, los resultados serían inmediatos.

74.El Sr. Nkou (Camerún) dice que el Camerún tomará en cuenta las sugerencias de la Sra. Zerdani.

75.La Sra. Adebada (Camerún) dice que el Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia ha llevado a cabo campañas contra la mutilación genital de la mujer. Aunque en el Código Penal no figura ninguna disposición específica que prohíba la mutilación genital de la mujer, puede ser motivo de enjuiciamiento según los artículos 275-281, que sancionan cualquier forma de daño corporal. El nuevo borrador del Código Penal incluye disposiciones sobre la violencia contra la mujer y se referirá específicamente a la prohibición de la mutilación genital de la mujer.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.