36° período de sesiones

Acta resumida de la 747ª sesión (Sala A)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 15 de agosto de 2006, a las 10.00 horas

Presidente:Sra. Schöpp-Schilling (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos quinto y sexto combinados de Filipinas

En ausencia de la Sra. Manalo, la Sra. Schöpp- Schilling, Vicepresidenta, ocupa la presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos quinto y sexto combinados

de Filipinas (CEDAW/C/PHI/5-6; CEDAW/C/PHI/Q/6/Add.1)

1.Por invitación de l a Presidenta, los miembros de la deleg a ción de Filipinas toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Cabral (Filipinas), presentando los informes periódicos quinto y sexto combinados de Filipinas (CEDAW/C/PHI/5-6), dice que desde 1997, año en que se presentó el informe periódico anterior de Filipinas, la política sobre la incorporación de una perspectiva de género del Gobierno ha llevado a la promulgación de leyes tanto nacionales como locales para mejorar la igualdad entre los géneros. Los principales componentes del Plan Marco para la Mujer son la promoción de los derechos humanos de la mujer, el empoderamiento económico de la mujer y la gobernanza que tenga en cuenta las cuestiones de género. En lo que hace al artículo 2 de la Convención, se han promulgado algunas leyes para corregir las desventajas históricas de la mujer en la vida nacional, y otras se han presentado al Congreso. En junio de 2006 la Presidenta Arroyo abolió la pena de muerte y conmutó 1.200 sentencias de muerte a cadena perpetua, entre éstas las de 27 reclusas mujeres.

3.En cuanto al artículo 6, en virtud de las leyes que abordan la violencia contra la mujer y la trata de personas, puede citarse la Convención en los casos pertinentes. Además, el Ministerio de Justicia ha encomendado a todos los fiscales que asignen prioridad a los casos de trata. Se han formulado normas e instrumentos para la tramitación de casos de violencia contra la mujer que tengan en cuenta las cuestiones de género. El Gobierno ha concertado arreglos con organizaciones no gubernamentales (ONG) y las Embajadas de Filipinas en países anfitriones para que proporcionen a los trabajadores en el extranjero que son víctimas de la trata o la explotación los medios de protección necesarios. En el último año, los tribunales han condenado a siete personas por delitos de trata y cuatro personas han sido sentenciadas a cadena perpetua; se han imputado 67 delincuentes y enjuiciado 31. En reconocimiento de los progresos que alcanzó en la lucha contra la trata, Filipinas ya no figura en la lista de vigilancia del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América.

4.Está por finalizarse el examen en la Cámara de Diputados de la carta magna de las mujeres, en virtud de la cual el Estado se comprometerá a garantizar los derechos y libertades fundamentales de las mujeres, especialmente de las marginadas. Una vez que un proyecto de ley semejante se haya presentado en el Senado, ambos se constituirán en la Ley sobre la igualdad entre los géneros. La Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina es el mecanismo nacional central de las iniciativas del Estado por alcanzar la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer. Las disposiciones de la carta magna de las mujeres propuesta fortalecerá aún más el mecanismo, entre otras cosas mediante una disposición en el sentido de que su presidenta dependerá directamente de la Presidencia. Habida cuenta de que la promulgación de leyes sobre los derechos de la mujer siempre ha requerido extenso cabildeo, se prevé que la Comisión y la sociedad civil deberán promover permanentemente los intereses de la mujer ante los legisladores hasta que se haya promulgado la ley.

5.También se llevan adelante procesos democráticos para combatir la discriminación a nivel de gobierno local. En 2005, año de su trigésimo aniversario, la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina otorgó reconocimiento público a diez dependencias gubernamentales que incorporaron principios que reflejan una perspectiva de género en la gobernanza local. Se han formulado códigos y leyes locales sobre la mujer y el desarrollo, de conformidad con las disposiciones de la Convención, y en la elaboración de programas locales para abordar cuestiones de género prioritarias se ha aplicado un análisis de género. Se han movilizado los sectores tanto público como privado en relación con casos de violencia contra la mujer, la prostitución y la explotación, el mejor acceso a las oportunidades económicas, la provisión de vivienda y servicios a mujeres pobres, y la ampliación de los derechos de la mujer para que incluyan la atención de la salud, la protección social y la participación política. Gracias a la política del Gobierno que tiene en cuenta el género y a las permanentes actividades de promoción de la sociedad civil, muchos gobiernos locales han participado en la campaña sobre la igualdad entre los géneros, aunque es difícil persuadir a los funcionarios locales de que vuelvan a formular sus programas en el marco de una perspectiva de género en ámbitos en que predominan los valores patriarcales, la concesión de prebendas y la corrupción. De conformidad con el artículo 4, la Comisión y el Ministerio de Presupuesto y Gestión han emitido dos circulares conjuntas destinadas a institucionalizar la incorporación de una perspectiva de género en las actividades del gobierno local y los procesos de presupuestación. En otra circular dirigida a los gobiernos locales se formula un llamamiento a las mujeres para que participen en la planificación del desarrollo mediante consejos que representan diferentes sectores de la comunidad. También se han incorporado indicadores de género en el Sistema de Gestión del Funcionamiento de Gobierno Local.

6.Las oficinas de protección de la mujer, el joven y el niño establecidas en las comisarías de todo el país trabajan con los funcionarios locales, la sociedad civil, las oficinas de bienestar social y el poder judicial con miras a aplicar leyes que salvaguarden los derechos de la mujer. El Ministerio de Justicia asignó más fiscales regionales para que se ocupen de los casos de trata de personas y ha emprendido un programa para la orientación de los jueces locales en materia de disposiciones jurídicas para la protección de las mujeres y los niños. Distintos grupos de mujeres trabajan con funcionarios superiores locales a fin de que aumenten su compromiso de aplicar la Convención, la Plataforma de Acción de Beijing y el Plan Marco para la Mujer.

7.Aunque se han puesto en marcha las disposiciones y los mecanismos para la aplicación de la Convención, debe examinarse el progreso alcanzado en relación con los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros en el contexto de otros aspectos de la situación en Filipinas, como la pobreza. Casi una cuarta parte de la población y prácticamente la tercera parte de las mujeres filipinas viven por debajo del umbral de la pobreza, y las mujeres rurales son las más perjudicadas. La descentralización de muchos servicios públicos, que han pasado a la jurisdicción de los gobiernos locales, ha llevado a una distribución desigual de los servicios sociales, la infraestructura y los recursos económicos, y en consecuencia las oportunidades de empleo, atención de la salud y educación de la mujer se han visto afectadas. Mediante su Plan de Mediano Plazo sobre la reducción de la pobreza, el Gobierno espera crear entre 1,4 y 1,6 millones de empleos por año en sectores clave como el turismo, las agroindustrias, la vivienda, la tecnología de la información y las comunicaciones, las exportaciones y la minería. Aunque probablemente las mujeres se beneficiarán mediante la creación de empleo, el desafío es velar por que en los sectores mencionados también se fomenten los derechos laborales de la mujer. Dado que la promoción y el desarrollo de la pequeña empresa se consideran decisivos para el crecimiento económico, se dispone de fondos para otorgar préstamos a empresarios incipientes, trabajadores y familias rurales. En el último decenio se ha otorgado asistencia mediante préstamos a más de 770.000 mujeres en las 60 provincias más pobres. En el programa más importante del Gobierno en la lucha contra la pobreza, el Programa KALAHI-CIDSS, se asigna prioridad a la prestación de servicios sociales y se empodera a las comunidades rurales para que se ocupen de las necesidades prácticas de las mujeres. Se tiene previsto prestar asistencia a dos millones de hogares pobres, lo que equivale a diez millones de filipinos en seis años. En virtud del Programa también se han financiado las actividades de fortalecimiento de la capacidad y los proyectos innovadores que generan ingresos. En colaboración con el Centro de Recursos de Tecnología y Subsistencia, se han organizado grupos ENTREPINAY de mujeres desempleadas en unas 200 comunidades. Merced a la capacitación y asistencia brindada por el Centro para emprender negocios domésticos en pequeña escala, muchas mujeres se han convertido en miembros independientes y productivos de sus comunidades.

8.La situación del orden público en Filipinas también ha afectado seriamente a las mujeres. Pese a varios años de negociación entre el Gobierno y los rebeldes comunistas y los separatistas musulmanes, la tregua aún parece lejana. La Presidenta ha encomendado a los gobiernos locales que emprendan programas de desarrollo de la comunidad en las zonas en que la pobreza extrema torna a los residentes vulnerables a la influencia de los rebeldes e insurgentes. También ha formulado un llamamiento a entablar un diálogo más amplio entre cristianos y musulmanes y ha fortalecido los grupos de paz que mantienen un diálogo con los insurgentes. La sociedad civil, los académicos y los defensores de la paz y la igualdad han emprendido sus propias iniciativas de promoción de los derechos de los pueblos indígenas y las minorías religiosas y culturales. A principios de 2006, en un seminario multisectorial nacional sobre mujeres indígenas, paz y desarrollo, se elaboró un plan de acción para promover y proteger los derechos de las mujeres indígenas, y así protegerlas de la violencia, el maltrato y la explotación.

9.Otro factor que demora el adelanto de la igualdad entre los géneros en la sociedad filipina es la fijación de estereotipos, aunque los valores y las funciones asignados a los géneros han cambiado considerablemente. En los últimos 20 años muchas leyes y políticas han fomentado las responsabilidades parentales compartidas y las relaciones basadas en la igualdad. Los hombres tienen derecho a la licencia de paternidad y cualquiera de los progenitores puede tomarse una licencia para cuidar a un hijo enfermo. Se han establecido guarderías en oficinas públicas y privadas. En virtud de la Ley de atención y formación de la primera infancia, el Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo presta servicios a niños menores de 6 años e imparte capacitación a los padres y los cuidadores sobre la paternidad responsable, la prevención del abuso infantil y los derechos del niño.

10.La Asociación de Estudios sobre la Mujer de Filipinas, cuyos miembros ahora incluyen más de 100 instituciones públicas y privadas de enseñanza terciaria, ha desempeñado un papel decisivo en la integración de las preocupaciones de género en los programas de enseñanza superior y en la capacitación de maestros de enseñanza primaria. Recientemente ocho centros regionales de recursos de género celebraron un seminario sobre la aplicación de la Convención en lo que hace a la incorporación de una perspectiva de género, y se está preparando un módulo para la integración de la Convención en los programas de estudio. El Ministerio de Educación ha revisado sus libros de texto de enseñanza primaria para transmitir valores e imágenes que reflejen adecuadamente las cuestiones de género y ha introducido módulos sobre género y desarrollo, que incluyen mensajes básicos sobre una sociedad fundada en la equidad entre los géneros y un debate sobre cuestiones de género. Las instituciones de capacitación gubernamentales han integrado las cuestiones de la igualdad entre los géneros en los programas de formación en el empleo de los funcionarios de la administración pública. Desde hace mucho tiempo la Autoridad de educación técnica y desarrollo de las capacidades viene alentando a las mujeres a matricularse en programas de oficios no tradicionales. En los cursos impartidos por el Ministerio de Trabajo y de Empleo se destaca el papel de la mujer en los sindicatos y se alienta a las mujeres a integrarse en su cuadro directivo. También ha elaborado un sistema para supervisar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley contra el hostigamiento sexual en el sector privado, y normas estrictas de tramitación de los contratos de trabajadores migrantes en el extranjero, de conformidad con el Código Laboral de Filipinas y la Convención.

11.Un número cada vez mayor de destacados periodistas, cineastas, artistas y profesionales de los medios dan expresión a las cuestiones y preocupaciones de género. Se tiene previsto aprobar legislación que impida la exhibición y distribución de material pornográfico en público, incluida la Internet. En marzo de 2006 la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina emprendió una campaña en los medios sobre la Convención, como tema central del Mes de la Mujer.

12.Ha sido más difícil modificar las opiniones tradicionales sobre las cuestiones de género en la esfera de la salud y los derechos reproductivos. La planificación de la familia sigue siendo principalmente una responsabilidad de la mujer y pocos cónyuges hombres utilizan métodos anticonceptivos. La planificación de la familia y la política de población giran en torno de cuatro pilares: la procreación responsable, el espaciamiento de los nacimientos, el respeto a la vida y las elecciones bien fundadas. Se fomentan los métodos naturales de planificación de la familia y se capacita a los proveedores de servicios para que los divulguen y los popularicen. La responsabilidad de la provisión de información y servicios de salud reproductiva se ha descentralizado y está en manos de los gobiernos locales, que deciden si aplicarán o no el Programa de Paternidad Responsable. Por señalar algo más positivo, el Ministerio de Salud ha instituido programas de salud y desarrollo de la mujer, la maternidad sin riesgo, la lactancia materna, la prevención del cáncer de mama y del cuello del útero, y el cuidado de los ancianos. El tema de la salud de los adolescentes se abordó mediante programas de servicios educativos que ponen de relieve el derecho de los jóvenes a ejercer la sexualidad responsable, a fin de reducir el número de embarazos en la adolescencia, los matrimonios precoces y las enfermedades de transmisión sexual. En virtud de la Ley de Seguro Nacional se sufragan los exámenes prenatales y los gastos de alumbramientos normales. Se ha promulgado una ley para promover la concienciación pública respecto del VIH/SIDA y sus causas.

13.La transición de los estereotipos tradicionales a valores que se basen en una perspectiva imparcial y en la igualdad entre los géneros constituye un importante reto, y responder a éste continuará siendo fundamental para las actividades de promoción legislativa y civil. En lo que atañe al artículo 7, las mujeres filipinas están bien representadas en cargos de poder y de adopción de decisiones fundamentales. Filipinas es uno de los pocos países que tiene una Jefa de Estado; hay dos mujeres en el gabinete y el Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo, del que depende la oradora, cumple una función decisiva en la lucha del Estado contra la pobreza y la promoción del acceso de la mujer a las oportunidades y beneficios sociales y económicos. Las mujeres están bien representadas en el poder judicial: 5 de los 15 miembros del Tribunal Supremo son mujeres, y 17 de los 25 magistrados de tribunales de apelación y 2 de los 6 jueces del Tribunal de Apelaciones Fiscales son mujeres. En 2005, entre el 26% y el 32% de los jueces de los tribunales inferiores eran mujeres, así como la mitad de los jueces de los tribunales metropolitanos de primera instancia. No obstante, no hay juezas en los tribunales de distrito de la sharia y una sola mujer en los tribunales de circuito de la sharia. Alrededor de una tercera parte de los organismos constitucionales, las empresas públicas o con participación mayoritaria del Estado, y de las dependencias de organismos ejecutivos están dirigidas por mujeres. Entre los diplomáticos de carrera se mantiene esa misma proporción. El número de mujeres en cargos electivos ha aumentado sostenidamente desde el informe anterior, pero no tan rápidamente como se esperaba. Cuatro de los 23 escaños del Senado están ocupados por mujeres, y en la Cámara de Diputados hay 32 mujeres y 178 hombres. Los funcionarios superiores de carrera han desempeñado una función decisiva en la institucionalización de la incorporación de una perspectiva de género en la gobernanza nacional y local. Legisladoras mujeres han patrocinado leyes que fomentan la transformación de las disposiciones de la Convención en mandatos nacionales y ordenanzas locales. Se ha adoptado una serie de políticas legislativas y ejecutivas con miras a aumentar la participación de la mujer en los órganos sectoriales nacionales y locales del Estado. La Comisión de Administración Pública ha emitido una circular sobre la igualdad de representación de mujeres y hombres en los puestos más altos de la administración pública. Filipinas continúa adoptando medidas legislativas, formulando políticas y fortaleciendo intensamente la capacidad de mujeres que aspiran a cargos políticos y de la administración pública a fin de mejorar el equilibrio entre los géneros en los órganos administrativos, legislativos y judiciales.

14.Las principales federaciones sindicales han estado trabajando para eliminar la discriminación y lograr la igualdad en el lugar de trabajo. Las dirigentes empresariales mujeres se han unido para lograr el empoderamiento económico de la mujer. Los bancos privados y las instituciones financieras gubernamentales han establecido programas de asistencia crediticia para mujeres pobres y para las que no son propietarias de bienes inmuebles. Las instituciones educacionales participan cada vez más en programas nacionales y mundiales para promover el empoderamiento de la mujer y la igualdad entre los géneros. Se ha movilizado a los profesionales de los medios para que destaquen las cuestiones de género en su labor. Los derechos de la mujer y la promoción de las cuestiones de género se han convertido en las preocupaciones nacionales y multisectoriales de diferentes grupos de mujeres. Se han orientado programas a aumentar la participación de la mujer en la gobernanza, ampliar el alcance de los derechos de la mujer y mejorar las condiciones de las mujeres en situación desfavorecida, que han sido víctimas de abusos o discriminación. Los grupos de la sociedad civil participan en la búsqueda concertada del logro de la igualdad entre los géneros.

15.Las mujeres filipinas que propugnan la igualdad entre los géneros han procurado permanentemente colaborar con mujeres y organizaciones de todo el mundo con ideas afines. Muchas mujeres filipinas han sido elegidas para encabezar órganos de las Naciones Unidas, incluidos la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y el propio Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Su presencia es conspicua en foros, asociaciones y redes regionales e internacionales que luchan a favor de la incorporación de una perspectiva de género en las relaciones económicas, la cultura y la política.

16.Filipinas ha hecho progresos considerables en la divulgación de información sobre la Convención y su Protocolo Facultativo. Los informes periódicos se basan en datos suministrados por organismos gubernamentales y no gubernamentales, y se los finaliza sólo después de su presentación en reuniones consultivas a las que asisten interesados de distintos sectores. En marzo de 2006, en el Mes de la Mujer, la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina movilizó organismos nacionales y gobiernos locales en una serie de actividades destinadas a aumentar la concienciación pública acerca de la Convención. Los informes periódicos al Comité y las respuestas a sus preguntas se han presentado a la Presidenta y a su gabinete, y los ha llevado a comprometerse a asignar prioridad a un proyecto de ley por el cual se deroga la prohibición contenida en el Código Laboral del trabajo nocturno de la mujer. También acordaron certificar la promulgación inmediata de la carta magna de las mujeres. En suma, la oradora asegura al Comité que Filipinas está dispuesta a actuar en respuesta a las sugerencias y opiniones del Comité sobre nuevas formas de promover la aplicación de la Convención y su Protocolo Facultativo.

Artículos 1 a 6

17.La Sra. Šimonović pregunta qué medidas se han adoptado para incorporar la Convención en la legislación nacional, tal como se requiere en virtud del Protocolo Facultativo. Desea saber cuándo se propone el Gobierno completar el proceso de eliminación de la discriminación por razones de género de toda la legislación y qué medidas concretas se prevé adoptar para garantizar que todas las leyes nacionales sean coherentes con todas las disposiciones de la Convención. Por último, pregunta si se imparte capacitación a los jueces en relación con la Convención, el Protocolo Facultativo y todas las leyes nacionales pertinentes.

18.La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta por qué están llevando tanto tiempo las reformas para ajustar la legislación nacional a la Convención, y por qué la eliminación de la discriminación de la legislación no constituye una prioridad. Desea saber si el Parlamento se resiste al establecimiento de la igualdad entre los géneros. Recuerda que el Gobierno nacional es responsable de la aplicación de la Convención y pregunta qué mecanismos existen para que los gobiernos locales, a los que se ha restablecido poderes, lleven a cabo coherentemente esa aplicación. Pregunta sobre la forma en que el extraordinario conjunto de estadísticas e indicadores que figuran en el informe se traducen en políticas que tienen en cuenta el género y en medidas en los niveles nacional y local. Por último, desea saber cómo se propone el Gobierno reformar la legislación relativa a las leyes de los musulmanes, en qué medida dichas leyes constituyen una violación de la Convención, si se reformarán los tribunales de la sharia y de ser así, cuándo se habrán finalizado todas estas reformas.

19.La Sra. Gaspard pide una aclaración detallada de las funciones que desempeñan, respectivamente, el Estado, la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina y la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas en la elaboración del informe periódico y en la supervisión y evaluación de la aplicación de la Convención. De conformidad con el informe, la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina tiene autoridad e influencia limitadas. Por consiguiente, desea conocer los detalles de su condición jurídica, el lugar que ocupa en el mecanismo estatal, su composición, misión, mandato, recursos humanos y presupuesto, así como cualquier cambio previsto a éstos. Asimismo, solicita datos sobre el estatuto y la composición de la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas, el número de mujeres que la integran y si hay algún grupo especial que vigile la aplicación de la Convención.

20.La Sra. Bokpé-Gnacadja dice que, a pesar de los encomiables esfuerzos del Estado parte en la esfera legislativa, la persistencia de los estereotipos sobre las funciones de hombres y mujeres está retrasando las iniciativas por alcanzar la igualdad. En particular, el sistema legislativo es inadecuado en lo tocante a la violencia contra la mujer. Pregunta qué medidas se han adoptado para aumentar la concienciación entre los jueces, los agentes de policía, el personal de hospitales y otros funcionarios pertinentes acerca de los problemas de la violencia y la discriminación contra la mujer, y qué repercusión tuvieron estas medidas sobre la forma en que se trata a las víctimas y sobre el procedimiento para las demandas. Pregunta si el hecho de que las mujeres estén bien representadas en el poder judicial contribuye a reducir las actitudes estereotipadas en la tramitación de las demandas.

21.Anteriormente, el Comité de Derechos Humanos expresó su preocupación por el maltrato sufrido por las mujeres y los niños detenidos, y en el informe presentado por el Estado parte se señala que los agentes de policía son los autores del 31% de los casos de violaciones de los derechos humanos de la mujer que investigó la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas entre 1995 y junio de 2001. Además, el personal militar perpetró casi la misma cantidad de violaciones que los civiles. Pregunta qué medidas se han adoptado para resolver el problema, dado que no encontrar una solución podría interpretarse como la tolerancia de dichas violaciones por el Estado. Por último, pide más información sobre el papel de las aldeas en la estrategia sobre la respuesta a la violencia en el hogar a nivel de aldea.

22.La Sra. Dunuan (Filipinas) dice que en la Constitución se dispone que los principios generalmente aceptados del derecho internacional se incorporen al derecho nacional. Dado que los derechos de la mujer en virtud de la Convención se consideran parte del derecho internacional, automáticamente forman parte de la legislación filipina, aunque pueden aprobarse otras leyes nacionales, de ser necesario, en virtud del artículo 2 de la Convención. La Constitución reconoce el papel de la mujer en la construcción de la nación y garantiza la igualdad fundamental de la mujer y el hombre ante la ley. Varias leyes concretas tienen por objeto consagrar el principio de la igualdad y prohibir la discriminación contra la mujer. Además, se han enmendado las disposiciones discriminatorias de determinadas leyes, como la Ley contra la violación, la Ley contra el hostigamiento sexual y el Código de Familia.

23.Actualmente la asamblea legislativa está examinando varios proyectos de ley a favor de la mujer, en particular la carta magna de las mujeres, que contiene la definición de discriminación que figura en el artículo 1 de la Convención y garantiza los derechos humanos de la mujer. La carta magna será objeto de una segunda lectura en la Cámara de Diputados y se espera que, si la Presidenta cumple su compromiso de asignar a la carta magna el carácter de proyecto de ley administrativo urgente, lo debatirá y lo presentará al Senado para fines de 2006. En ese momento se requerirá otro procedimiento para obtener la aprobación definitiva del Senado. La Convención también se citó en distintas decisiones judiciales, en particular en dos decisiones del Tribunal Supremo en relación con el despido de mujeres del empleo en razón del matrimonio.

24.El Código de leyes y derecho consuetudinario de los musulmanes contiene una serie de disposiciones discriminatorias, como las relativas a la poligamia, el matrimonio de menores de 18 años, los matrimonios arreglados y la desigualdad de derechos de la mujer en el matrimonio y en lo que atañe a la autoridad sobre los hijos. Se reconoce que todas las normas relativas a relaciones personales y familiares deben ser compatibles con la Convención, pero también se requiere sensibilidad cultural hacia la numerosa población musulmana del país. La Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, junto con varias ONG, ha entablado un diálogo con mujeres y dirigentes de la comunidad musulmana en la Región Autónoma de Mindanao Musulmán, que tiene su propio gobierno y leyes regionales. Cabe esperar que las propias mujeres musulmanas inciten cada vez más al cambio. Se reconoce que la forma en que los tribunales de la sharia tramitan las causas relativas a la mujer es insatisfactoria, principalmente en razón de la escasez de magistrados de los tribunales de apelación. Cabe esperar que se instituya un programa para encontrar candidatos adecuados para estos cargos.

25.La Sra. Torres (Filipinas) dice que la adhesión a la Convención en el decenio de 1980 coincidió con la transición de una forma de gobierno militar a uno democrático, que en 1986 culminó con la “Revolución Popular” Avenida Epifanio de los Santos. Precisamente en el período posterior a esta Revolución se inició el debate sobre los derechos de la mujer, y la atención se centró en la promulgación o la enmienda de leyes en virtud de los artículos 1 a 6 de la Convención, como la Ley sobre la violencia contra las mujeres y los niños y la Ley contra la trata de personas. Como en muchos otros países, el proceso de examen legislativo en el país es largo, pero los esfuerzos sostenidos de grupos de presión de mujeres en la asamblea legislativa han llevado a la promulgación de importantes leyes.

26.Respondiendo a una pregunta sobre la vigilancia de la aplicación de la Convención en el gobierno local, la oradora dice que de 1986 a 2004 hubo un programa para el fortalecimiento de la capacidad en materia de la incorporación de una perspectiva de género con miras a impartir capacitación a distintos funcionarios, primero en organismos nacionales y posteriormente a nivel de las provincias, las ciudades y las aldeas. En 2004 el Gobierno emitió una serie de circulares sobre la incorporación de una perspectiva de género en organismos tanto nacionales como locales, en el contexto del Plan Filipino para un Desarrollo que se Adecue a la Mujer y el Plan Marco para la Mujer. También se imparte capacitación a jueces, fiscales, trabajadores sociales y otros profesionales en materia de legislación sobre los derechos de la mujer y la aplicación de esas leyes hasta el nivel local. No obstante, en vista del tamaño de la población y de la escala del mecanismo gubernamental en todo el país, se necesitará más tiempo para alcanzar la igualdad de los géneros en todos los niveles.

27.Se han establecido numerosos consejos locales de mujeres y centros de coordinación sobre género, y hay mecanismos para supervisar la actividad del gobierno local en relación con los derechos de la mujer y la aplicación de una perspectiva de género. Todos los organismos gubernamentales tienen la obligación de asignar un mínimo del 5% de su presupuesto a proyectos relacionados con la igualdad entre los géneros, y hay sistemas para supervisar el cumplimiento de ese requisito. La Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina está alentando a los organismos encargados de la reunión de datos a que recopilen estadísticas desglosadas por género siempre que resulte posible.

28.La Sra. Verzosa (Filipinas) dice que la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina es un órgano normativo y asesor que cumple también funciones de supervisión. Es el principal organismo gubernamental encargado de la promoción de los derechos de la mujer y, en asociación con la sociedad civil y el sector privado, alienta al Gobierno a trabajar a favor del empoderamiento de la mujer y la igualdad entre los géneros por medio de la estrategia de incorporación de una perspectiva de género. La Comisión no presta servicios directos a las mujeres; esa función corresponde a los diferentes organismos y ministerios competentes. Sus principales funciones son el análisis de políticas, la promoción de los intereses de la mujer en el Congreso, la prestación de asistencia técnica en relación con la incorporación de una perspectiva de género y la evaluación de los efectos de las medidas en materia de género adoptadas por los distintos organismos gubernamentales, incluidas las dependencias de gobierno local. La Comisión tiene una biblioteca y un sitio web de información de fácil acceso para el público en general. La Junta de la Comisión está integrada por 10 secretarios de ministerios competentes y 12 representantes sectoriales, que se desempeñan con carácter voluntario.

29.La Comisión de Derechos Humanos de Filipinas es un organismo constitucional independiente con facultades de investigación, cuyo centro de mujeres recientemente establecido comenzará a entender en casos de violaciones de derechos de la mujer. Actualmente está presidida por una mujer.

30.La Sra. Zou solicita una aclaración respecto de si la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina depende de la Oficina de la Presidencia o del Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo. Desea saber cuántos de sus miembros trabajan a jornada completa, a qué partida del presupuesto se imputan sus gastos y en qué medida está en condiciones de ejercer influencia sobre la política del Gobierno sobre la mujer en esferas como la planificación de la familia. También pregunta si la Comisión tiene oficinas locales.

31.Habida cuenta de la política de asignar un 5% del presupuesto de cada organismo gubernamental a la ejecución de proyectos sobre la igualdad de la mujer, la oradora señala que según información independiente, estos fondos no se están utilizando como corresponde. Pregunta si la Comisión tiene previsto supervisar la utilización de dichos fondos y evaluar la eficacia de la política.

32.La Sra. Saiga, observando que la presidenta de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina no recibe un sueldo ni ejerce autoridad jurídica alguna, pregunta sobre quién recae realmente la ejecución de políticas relativas a la mujer. Acoge con beneplácito la preparación de la carta magna de las mujeres y hace votos por que se apruebe lo antes posible. Asimismo, desea saber si en ésta se prevén cambios respecto del estatuto de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina.

33.La oradora observa que en el informe se indica que los retos y obstáculos en relación con la aplicación del artículo 3 de la Convención incluyen la falta de voluntad política en relación con cuestiones de género y de un mecanismo adecuado para supervisar los progresos en tal sentido. Hace votos, pues, por que el compromiso personal de la Presidenta respecto de las cuestiones de género se vea respaldado por los ministerios competentes y que éstos tengan un mandato claro en tal sentido.

34.La Sra. Tan pregunta cómo tiene previsto el Estado parte velar por que la asignación presupuestaria se utilice realmente para el propósito establecido y si se tienen planes para evaluar la eficacia de la utilización de estos recursos. Pregunta con qué frecuencia se llevarán a cabo estas evaluaciones y si las realizará la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina. También desea saber si el Gobierno se propone fortalecer la Comisión, ampliar su mandato y aumentar su presupuesto para que pueda cumplir sus obligaciones con mayor eficacia.

35.La Sra. Simms, observando que la Presidenta de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina no tiene rango ministerial, pregunta si algún otro miembro de la Junta de la Comisión es miembro del Congreso. Es decisivo que los miembros de la Junta ocupen un cargo que les permita ejercer influencia sobre el proceso de adopción de decisiones del gabinete. Los coordinadores sobre género y desarrollo también deben tener autoridad suficiente para introducir cambios reales. Encomia la labor de la Comisión con el apoyo de la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) y expresa su preocupación por la falta de recursos prevista para la Comisión tras la finalización del proyecto de la ACDI. La financiación de la Comisión no debería depender de fuentes extranjeras y en la carta magna de las mujeres debería garantizarse el fortalecimiento del mecanismo nacional.

36.En lo que atañe a la violencia contra la mujer y a la prostitución, observa que la ley parece aplicarse con más rigor a las prostitutas que a los proxenetas y los clientes. Pregunta qué medidas se adoptarán para proteger a las prostitutas y garantizar que sus voces se escuchen, pues la Comisión tiene la responsabilidad de defender los derechos de todas las mujeres.

37.La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta si en la carta magna de las mujeres se dispondrá la adopción de medidas especiales de carácter temporal, conforme al artículo 4 de la Convención, en particular en lo que atañe a la eliminación de los estereotipos de género y el aumento de la representación de las mujeres en el Congreso. Pregunta por qué la Presidenta no otorga prioridad a la promulgación de leyes que favorecen a la mujer, como el proyecto de ley que exige un mínimo del 30% de representación de la mujer en cargos de adopción de decisiones en el Gobierno, cuya aprobación aún está pendiente en el Congreso. Desea saber si hay algún obstáculo constitucional a la introducción de este tipo de medidas. También desea saber qué medidas se han adoptado para supervisar la aplicación de las disposiciones sobre la representación de mujeres en virtud de la Ley de derechos de la población indígena y si en la circular sobre la representación de mujeres en la administración pública se establecen metas concretas, y no sólo mecanismos de presentación de informes.

38.La Sra. Yao (Filipinas) desea aclarar que la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina depende de la Oficina de la Presidencia y no del Ministerio de Bienestar Social, que sólo supervisa sus actividades. Aunque la cuestión de si la Comisión debe convertirse en un órgano ministerial aún es objeto de debate, es importante recordar que las operaciones de nivel ministerial exigirán un presupuesto importante, y la Comisión ya tiene limitaciones presupuestarias. Además, en vista de que las cuestiones de la mujer son una preocupación intersectorial, la Comisión funciona con mayor eficiencia si depende de la Oficina de la Presidencia que si lo hace como órgano ministerial, puesto que la Presidenta puede emitir cualquier directiva necesaria y fomentar la aplicación de las distintas políticas pertinentes más eficientemente por conducto de los distintos organismos gubernamentales. En virtud de la carta magna de las mujeres, la Comisión mantendrá su función de órgano normativo, de promoción y supervisión, pero su Presidenta tendrá rango ministerial.

39.La Comisión tiene una dotación permanente de aproximadamente 65 empleados, y un presupuesto de alrededor de 600.000 dólares de los EE.UU., además de recibir fondos de organismos internacionales. Los centros de coordinación que prestan servicios a la Comisión a nivel local en diferentes municipios y los organismos gubernamentales reciben capacitación y dependen de la Comisión en lo que atañe a cuestiones relativas a la mujer en todo el país. La Comisión supervisa la aplicación por los distintos organismos gubernamentales y municipios de sus respectivos planes sobre la mujer y el desarrollo, así como la política presupuestaria correspondiente.

40.Habida cuenta de los numerosos retos con que se enfrenta Filipinas, incluida la globalización, el terrorismo y las preocupaciones económicas, la Presidenta no está en condiciones de asignar mayor prioridad a las cuestiones relativas a la mujer, pero el proyecto de ley sobre la carta magna de las mujeres representa un paso positivo en la dirección adecuada y refleja su apoyo a las mujeres.

41.La Sra. Torres (Filipinas) dice que, aunque el porcentaje del 40% de cumplimiento de la disposición presupuestaria sobre la mujer y el desarrollo (CEDAW/C/PHI/5-6, párrafo 112) podría parecer bajo, esta proporción representa más de 200 organismos gubernamentales e instituciones nacionales, y está aumentando sostenidamente. La disposición continúa siendo objeto de examen, modificación y ajuste al Plan Marco para la Mujer, la Convención y la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, y la circular sobre la planificación y presupuestación sobre la mujer y el desarrollo se ha enmendado para incluir directrices sobre qué constituye un plan aceptable sobre la mujer y el desarrollo.

42.Los coordinadores sobre género desempeñan una función decisiva en la formulación de los planes sobre la mujer y el desarrollo, y tanto ellos como sus respectivos organismos están representados en la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, con representantes del Gobierno y distintos sectores, incluidos empresarios, personas de edad avanzada y con discapacidad, académicos, pueblos indígenas, mujeres rurales y urbanas y sindicatos, lo cual se ha traducido en mejoras visibles en estos sectores. La Comisión ha ampliado el alcance de su propia labor mediante actividades de promoción y capacitación para los coordinadores sobre género y desarrollo, que celebran reuniones y conferencias todos los años y han logrado motivar a sus respectivos jefes de organismos a asumir un verdadero compromiso con las cuestiones de género.

43.Recientemente, con el auspicio del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), se han llevado a cabo investigaciones sobre formas de mejorar el proceso presupuestario sobre la mujer y el desarrollo. La recomendación consiguiente ha sido reemplazar el 5% asignado actualmente a la planificación y presupuestación para la mujer y el desarrollo a favor de una política que ejerza influencia sobre todo el proceso de presupuestación, y garantizar la representación permanente de la sociedad civil, en particular de los gobiernos locales, para que éstos y los organismos nacionales interesados identifiquen y cumplan claramente los objetivos de la igualdad entre los géneros.

44.La Sra. Cabral (Filipinas), en relación con la pregunta de si participan parlamentarios en la labor de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, dice que, dado que el sistema de gobierno de Filipinas es presidencial y no parlamentario, los organismos de la Comisión están encabezados por personas nombradas por la Presidenta que no son miembros del Congreso. Un cambio de la forma de gobierno de presidencial a parlamentario podría, pues, tener consecuencias sobre la capacidad de la Comisión para ejercer influencia sobre el Congreso a fin de que promulgue legislación sobre cuestiones y preocupaciones relativas a la mujer más rápidamente. La Comisión espera que, en los próximos años, los filipinos logren cambios que promuevan las cuestiones relativas al género y a la mujer y permitan establecer una asamblea legislativa en que se tengan en cuenta las cuestiones de género y que actúe rápidamente.

45.La Sra. Javate de Dios (Filipinas) hace suyas las observaciones formuladas por la Sra. Schöpp-Schilling en relación con la necesidad de medidas especiales de carácter temporal y dice que tanto la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina como las ONG intentan desde hace muchos años modificar la actitud y las políticas patriarcales de los políticos, los funcionarios gubernamentales y los encargados de formular políticas, que son la causa fundamental de las demoras en la promulgación de leyes relativas a la mujer. La disposición presupuestaria sobre la mujer y el desarrollo es una de las medidas más importantes para abordar el problema de los estereotipos de género y una herramienta poderosa que permite a las ONG obtener considerables recursos presupuestarios en el plano local.

46.La Comisión también ha abordado muy seriamente el grave problema de la imagen de la mujer en los medios y ha aplicado directrices sobre la forma en que los medios de información difunden noticias sobre mujeres, incluidas las víctimas de violaciones o de actos de violencia, mediante el diálogo permanente con los medios, y premios e incentivos para promover películas y anuncios publicitarios que tengan en cuenta el género, lo cual contribuye a transmitir un mensaje de igualdad entre los géneros. Mientras que la carta magna de las mujeres representa la principal oportunidad para alcanzar el equilibrio entre los géneros, la Comisión está examinando la posibilidad de que se requiera otro proyecto de ley en tal sentido.

47.La Sra. Dunuan (Filipinas), respondiendo a las preguntas formuladas por la Sra. Schöpp-Schilling y refiriéndose a las medidas especiales de carácter temporal, dice que la Constitución de Filipinas no impide la aplicación de este tipo de medidas; de hecho, el artículo 13 de la Constitución sobre justicia social y derechos humanos puede constituir la base jurídica de la promulgación de dichas medidas.

48.En la Ley de derechos de la población indígena se dispone que por lo menos dos de los siete miembros de la Junta de la Comisión Nacional de Poblaciones Indígenas sean mujeres, y que las mujeres constituyan por lo menos el 20% de los miembros de consejos que prestan servicios en los órganos consultivos provinciales de pueblos indígenas. En dicha Ley también se prohíben las prácticas culturales discriminatorias contra la mujer y se garantiza la igualdad entre los géneros, de conformidad con la Convención, que se menciona concretamente como parte de la Ley propiamente dicha.

49.Cabe esperar que la promulgación del proyecto de ley de la carta magna de las mujeres traiga aparejada la incorporación de la Convención en la legislación nacional y garantice el establecimiento por ley de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, que actualmente existe sólo como resultado de una ordenanza ejecutiva. La demora en la aprobación de la ley obedece en parte a la reforma de su alcance a fin de que abarque a mujeres de todos los sectores.

50.La Sra. Torres (Filipinas), refiriéndose a la representación de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina en el gobierno local, dice que la Comisión ha emprendido considerables iniciativas para fortalecer la capacidad de los órganos de gobierno local, que ahora tienen la facultad de poner en marcha sus propias medidas legislativas. Así pues, el mecanismo nacional ha comenzado a ejercer influencia sobre los órganos ejecutivos y legislativos locales para que establezcan la infraestructura necesaria para la planificación del desarrollo en el marco sobre la mujer y el desarrollo, alentándolos a promulgar ordenanzas y establecer consejos sobre la mujer y el desarrollo o consejos sobre la mujer, que a su vez establecen códigos sobre la mujer y el desarrollo o códigos sobre los derechos de la mujer, de conformidad con la Convención, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y los objetivos de desarrollo del Milenio. Así pues, el mecanismo nacional está representado en las provincias, las ciudades y los municipios, y las autoridades locales están en condiciones de elegir los programas prioritarios que se ocupan directamente de algunas de las principales cuestiones de género a que hacen frente los grupos de interés locales, como los derechos de salud reproductiva y la despenalización de la prostitución. Así pues, a pesar de la demora en la promulgación de la legislación conexa a nivel nacional, ya se ha iniciado el proceso de cambio de perspectivas mediante la aplicación de las disposiciones, de conformidad con los objetivos de igualdad entre los géneros establecidos en la Convención y en otros instrumentos internacionales, con miras a poner en marcha estas disposiciones en el plano local con anterioridad a su aplicación más general en virtud de la nueva legislación. Con esta finalidad, la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina ha emprendido intensas actividades para trabajar con los gobiernos locales.

51.Aunque la asistencia externa ha sido útil para impulsar esta labor, sería injusto afirmar que la Comisión no saldría adelante sin esa asistencia, puesto que el mecanismo nacional formula y ejecuta programas conexos.

52.La Sra. Coker-Appiah dice que en el informe del Estado parte debería indicarse si alguna de las medidas adoptadas en relación con los estereotipos de género reconoce o aborda la relación entre dichos estereotipos y la violencia contra la mujer, y pregunta si el Gobierno se propone dejar en claro este vínculo.

53.Aunque la redefinición de violación como un delito contra las personas y el reconocimiento implícito de la violación por el esposo en virtud de la Ley contra la violación, de 1997 (CEDAW/C/PHI/5-6, párr. 117) representa una medida positiva, es alarmante que la Ley disponga el sobreseimiento del esposo de la acción penal subsiguiente cuando la esposa perdona al marido por la violación. Habida cuenta de la presión que se ejerce sobre las mujeres para que no denuncien los casos de violencia contra ellas, incluida la violación, esta disposición parece anular el efecto de la penalización de la violación por el esposo, por cuanto la familia la utilizará para desalentar a las mujeres a que utilicen la Ley para protegerse y proteger sus derechos. Por consiguiente, el Gobierno debería considerar la posibilidad de derogar dicha disposición. El Estado parte debería indicar cuántas personas han sido procesadas desde la promulgación de la Ley, en particular por casos de violación por el esposo.

54.También sería útil saber qué otras medidas se han adoptado para resolver el problema del anuncio de esposas por catálogo. Mediante este método mujeres filipinas que contraen matrimonio con extranjeros son obligadas por sus esposos a ejercer la prostitución en el país de éstos.

55.La Sra. Morvai está consternada y alarmada por la visibilidad y el alcance de la explotación sexual de mujeres y niñas, y por el número de mujeres filipinas víctimas de la trata con fines de prostitución en el extranjero. Por consiguiente, celebra el proyecto de ley contra la prostitución y las medidas conexas adoptadas, así como el importante cambio de actitud respecto de la prostitución que se refleja en el párrafo 28 del informe. No obstante, desea saber qué oposición y obstáculos se interponen a la promulgación del proyecto de ley y la legislación conexa, sus causas, y qué progresos se han hecho para superarlos.

56.Le sorprende la disponibilidad limitada de datos sobre la aplicación y repercusión de la Ley contra la trata de personas en los últimos tres años desde su entrada en vigor. En este sentido, sería conveniente saber cuántas personas han sido enjuiciadas y declaradas culpables en virtud de esta Ley, y qué condenas se les ha impuesto. El Estado parte también podría indicar cuántas mujeres se han rescatado de resultas de ello, y de qué países, qué les sucedió, qué tipo de rehabilitación recibieron, y qué presupuesto se asignó a estos programas.

57.También es sorprendente y desalentador que en el informe del Estado parte no se reconozca la labor de las organizaciones religiosas en la rehabilitación de mujeres y niños víctimas de la prostitución forzada, especialmente por cuanto en el país funcionan muchas de estas organizaciones. El Estado parte debería indicar a qué se debe esto, y si el Gobierno presta cooperación o apoyo financiero a estas organizaciones, o les asigna fondos.

58.La Sra. Simms está sorprendida de que el incesto siga siendo un delito oculto en Filipinas, y de que se haga muy poco por contrarrestarlo. El informe del Estado parte da la impresión de que muchos filipinos prefieren no darse por enterados. No obstante, las investigaciones han demostrado que muchas mujeres que ejercen la prostitución han sido víctimas de incesto. Se pregunta cuáles son las razones de esa tendencia y si no se habla abiertamente del incesto en razón de estereotipos sexuales y la devaluación de la mujer en la ideología tanto religiosa como del Estado.

59.También deben tratarse las actitudes hacia las adolescentes embarazadas como otra fuente posible de violencia y discriminación. Aunque aplaude las iniciativas adoptadas por el Estado parte por alentar a los adolescentes a asumir la responsabilidad de su comportamiento sexual, en el caso de hombres adultos que mantienen relaciones sexuales con muchachas adolescentes, la responsabilidad debe recaer en los adultos de que se trata y no en las muchachas, puesto que en muchos casos se las obliga a mantener esos encuentros sexuales. Sería interesante saber si se han realizado investigaciones acerca de la edad de los hombres que han fecundado a las muchachas adolescentes, si se ha detenido a algún hombre adulto en relación con estos casos, y cómo pueden obtenerse esos datos.

60.La Sra. Javate de Dios (Filipinas), respondiendo a las observaciones relativas a la vinculación entre los estereotipos sexuales y la violencia contra la mujer, dice que según un estudio realizado en 2004 por el Centro de Crisis de la Mujer, una entidad asociada a la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, seis de cada diez de las sobrevivientes de incesto informaron de que sus madres también fueron víctimas de abuso por parte de sus padres. Nueve de cada diez mujeres maltratadas entrevistadas fueron víctimas de violación por el esposo, y seis de cada diez fueron golpeadas durante el embarazo. Indudablemente hay un vínculo entre los dos fenómenos, y es importante reconocerlo y profundizar las investigaciones para comprender mejor la forma en que los estereotipos de género contribuyen a la violencia.

61.En lo que atañe a las estadísticas sobre violación y enjuiciamientos en virtud de la Ley contra la violación, este delito sigue siendo uno de los más frecuentes que se cometen contra la mujer. En 2005, hubo 348 casos, y entre 2001 y 2005 el total fue de 2.703. Las estadísticas sobre violación no están suficientemente desglosadas, empero, como para reflejar los datos concretos sobre la forma en que se produjo la violación, y si fue perpetrada por el esposo. A este respecto, la oradora conviene con la opinión expresada en el sentido de que debe derogarse la disposición por la cual se absuelve al marido del delito de violación cuando la esposa lo perdona.

62.En el período 2001-2005, se denunciaron unos 65 casos de incesto. Aunque en los últimos años la cuestión ha tomado más estado público, el incesto sigue considerándose un problema de familia que debe resolverse en el seno del hogar. Conviene en que el incesto es un delito horroroso que continúa victimizando a las mujeres durante toda la vida y que debe abordarse de manera que no penalice ni estigmatice a las víctimas, y que procure restablecer el equilibrio en las relaciones de poder entre el hombre y la mujer.

63.En lo que atañe a la situación del proyecto de ley contra la prostitución, los obstáculos que impiden su aprobación son prácticamente los mismos que los que se han planteado cada vez que se presentó una ley relacionada con la igualdad entre los géneros. Este tipo de legislación suele tener escasa prioridad para los políticos hombres tradicionales. No obstante, merced a las actividades de promoción firmes de grupos de mujeres, que fueron sumamente importantes para la promulgación de todas las leyes anteriores relativas a los derechos de la mujer, cabe esperar que la ley contra la prostitución se apruebe en un plazo de dos años.

64.En cuanto a la Ley contra la trata de personas, el número de casos de trata pendientes ante el Ministerio de Justicia en 2005 ascendía a 186. Actualmente, hay cinco casos a la espera de juicio, dos casos se han desestimado y siete casos han terminado en condenas, con sentencias que varían de seis meses de servicio a la comunidad a cadena perpetua y una multa de 2 millones de pesos. La Ley contra la trata de personas está respaldada por un Comité interinstitucional contra la trata de personas, integrado por representantes de todos los organismos encargados de hacer cumplir la ley y de dos ONG. Actualmente se están estableciendo comités interinstitucionales locales que garantizan la colaboración con las comunidades en materia de educación de la familia contra la trata. La Oficina Nacional de Investigación, la Oficina de Inmigración y el Ministerio de Justicia están cooperando para poner en vigor la ley e impedir la victimización de las mujeres filipinas.

Artículos 7 a 9

65.La Sra. Gaspard solicita una aclaración sobre la Ley del sistema de listas de partidos, de 1995, en virtud de la cual se asigna un número determinado de escaños de la Cámara de Diputados a los representantes de sectores marginados en las listas de partidos. Observa que, según el informe, las mujeres figuran entre estos sectores, junto a las comunidades campesinas, los pobres de las ciudades, los agricultores y los pescadores. Le resulta curioso que se incluya a las mujeres como un grupo separado de esa lista, por cuanto las mujeres pertenecen a todos los sectores y, en principio, representan alrededor de la mitad de cada uno de éstos. Se pregunta, pues, cómo se lleva a cabo la distribución de los escaños entre los distintos grupos y si se aplican sanciones a los partidos que no cumplen las disposiciones de la Ley. En el informe también se alude al escaso grado de familiarización con el sistema de listas de partidos. En vista de esta afirmación, la oradora desea saber si la Ley se aplica en la práctica y de qué forma el Gobierno vela por su cumplimiento.

66.En la Respuesta a la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/PHI/Q/6/Add.1), el Estado parte indica que se propuso la promulgación de leyes para aumentar la participación de la mujer en los cargos públicos superiores y de adopción de decisiones en general. Sin embargo, en las respuestas también se indica que estos proyectos de ley no se han incluido en la lista de proyectos declarados urgentes por el Gobierno. Desea saber qué medidas se han adoptado para acelerar su promulgación.

67.En vista de que el número de juezas todavía es relativamente bajo, la oradora solicita información complementaria sobre la forma en que se nombran los miembros del poder judicial y qué medidas se han adoptado para aumentar la proporción de mujeres magistradas.

68.La Sra. Cabral (Filipinas) dice que no hay un número determinado de escaños reservados para mujeres en el Congreso. No obstante, si hacen causa común, las mujeres pueden reunir el número de votos suficiente para obtener escaños en la Cámara de Diputados como miembros de listas de partidos. En lo que atañe a la participación de mujeres en el poder judicial, si bien es cierto que la proporción de mujeres no es satisfactoria, está mejorando sostenidamente y la oradora espera que pronto haya un número más parejo, no sólo en el poder judicial, sino también en otros sectores del Gobierno.

69.La Sra. Dunuan (Filipinas), respondiendo a las preguntas relativas al nombramiento de los miembros del poder judicial, dice que hay un Consejo del Poder Judicial, integrado por representantes del Colegio de Abogados de Filipinas, la organización nacional de abogados, y de otros sectores, incluidos miembros del poder judicial, que forman un comité de preselección que suministra la lista final de tres candidatos propuestos para cada puesto en el poder judicial. Luego la lista se presenta al Presidente para que éste los nombre. Una explicación sobre el escaso número de mujeres juezas es que no se producen vacantes frecuentes pues los jueces pueden prestar servicios hasta los 70 años. Otra razón es que, en el pasado, muy pocas mujeres juristas querían ocupar esos puestos. Para cambiar esta situación la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, en colaboración con otros sectores interesados, redactó una propuesta a fin de formar un comité de selección que identificara a las mujeres abogadas interesadas y calificadas y recomendara su nombramiento. Como ya se ha mencionado en relación con los tribunales de la sharia, la Presidenta ha encomendado a la Comisión que, con otros organismos, emprenda la selección preliminar de abogadas en condiciones de postularse como candidatas a juezas en los tribunales de la sharia, en los que actualmente hay varias vacantes.

70.La Sra. Javate de Dios (Filipinas) dice que el Gobierno está tratando permanentemente de que en el sistema judicial se tengan en cuenta cada vez más las cuestiones de género mediante una serie de programas de formación en relación con ello para miembros del poder judicial. Por ejemplo, el Tribunal Supremo ha establecido un comité encargado de velar por que se tengan en cuenta las cuestiones de género dentro del poder judicial, que se ocupa de la incorporación de una perspectiva de género en sus programas, proyectos y políticas. Se han impartido seminarios y capacitación sobre el fortalecimiento de la capacidad para jueces, magistrados y fiscales. La Escuela Judicial de Filipinas, que es la dependencia del Tribunal Supremo encargada de la capacitación, ya ha introducido módulos de enseñanza sobre la Ley sobre la trata de personas y la Ley sobre la violencia contra la mujer y sus hijos. Todas las nuevas leyes relativas a la mujer, incluidas la Ley contra las violaciones, la Ley contra la trata de personas y La ley contra la violencia, se han constituido en parte obligatoria de la educación jurídica permanente de los abogados de todo el país. Además, en el marco de las iniciativas de ONG, el Tribunal Supremo y la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina, en 2005 se instituyó un premio a la justicia en materia de género en virtud del cual se otorga reconocimiento a los magistrados que demostraron una comprensión decisiva y sensible de las cuestiones de género en sus fallos.

71.La Presidenta invita a los miembros del Comité a formular preguntas de seguimiento en relación con los artículos 1 a 9.

72.La Sra. Morvai señala que no ha recibido una respuesta a su pregunta sobre los servicios de cuidado y rehabilitación disponibles para las víctimas de la trata en virtud de la Ley contra la trata de personas de 2003, ni sobre el número de personas rescatadas desde la promulgación de la ley. Desea saber de qué opciones de rehabilitación disponen estas mujeres y qué presupuesto tienen para estos servicios. También agradecería una aclaración sobre el papel de organizaciones religiosas como Hermanas del Buen Pastor y Hermana Sol, que prestan valiosos servicios a las víctimas de la trata en todo el país, y que de este modo en cierta forma han asumido algunas de las obligaciones del Gobierno en virtud de la Convención.

73.La Sra. Saiga observa que en su declaración introductoria la delegación afirmó que en virtud de la carta magna de las mujeres propuesta, la presidenta de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina dependería directamente de la Presidencia en las reuniones de gabinete. Pregunta si eso significa que la presidenta de la Comisión tendría categoría de ministro de gabinete y asistiría a las reuniones de gabinete como miembro de pleno derecho. También pregunta si se aprobará el proyecto de ley sobre la potenciación del papel de la mujer propuesto.

74.La Sra. Zou Xiaoqiao desea saber cuál es el porcentaje de mujeres que ocupan cargos electivos en los niveles nacional, provincial y municipal. También solicita una aclaración de las medidas a las que se alude en la respuesta a la pregunta 12 de la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/PHI/Q/6/Add.1), según la cual se ha adoptado una serie de medidas que permitirán intensificar los esfuerzos por conseguir que aumente la participación de la mujer en los puestos de adopción de decisiones.

75.La Sra. Javate de Dios (Filipinas) dice que en el período 2003-2005 se llevaron a cabo 25 operaciones de rescate que beneficiaron a 137 víctimas de la trata, en su mayoría mujeres y niños; durante el mismo período se detuvieron 57 personas por delitos de trata. Actualmente, la Oficina Nacional de Investigación tiene 22 expedientes abiertos y la Policía Nacional Filipina y la Oficina Nacional de Investigación han recibido e investigado 109 casos. En lo que hace a la rehabilitación de las mujeres que han sido víctimas de la trata, el Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo se encarga de prestar asistencia inmediata a los sobrevivientes de la trata. El Ministerio tiene una red de 19 centros de crisis y refugios en todo el país, en los que se ofrece alojamiento y orientación a las víctimas.

76.En cuanto al apoyo del Gobierno a la organización Hermana Sol y otras organizaciones religiosas que prestan asistencia a las víctimas de la trata, indudablemente el Gobierno reconoce la importancia de su labor y coordina estrechamente las tareas con éstas. El Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo tiene un sistema de acreditación de ONG con el propósito de establecer centros y programas de intervención para prestar asistencia a mujeres víctimas de la trata. La organización Hermana Sol es una de las organizaciones acreditadas. La mayoría de las organizaciones no recibe apoyo presupuestario directo del Gobierno, pero los organismos que integran el Comité interinstitucional contra la trata de personas pueden recibir financiación con cargo al presupuesto ordinario y al presupuesto sobre la mujer y el desarrollo.

77.La Sra. Cabral (Filipinas) dice que hay 19 centros de crisis y 16 refugios, uno por región, que brindan alojamiento temporal no sólo a las víctimas de la trata, sino también de la violación, el incesto y la violencia. Se tiene capacidad para acoger entre 50 y 60 mujeres por vez. Además de alojamiento, en estas instalaciones se brinda apoyo psicosocial, asistencia letrada y capacitación técnica, que incluye no sólo capacitación para el empleo sino educación permanente para que las mujeres puedan reintegrarse con éxito a la sociedad y ser menos vulnerables a la trata y la violencia en lo sucesivo.

78.Indudablemente el Gobierno reconoce el importante papel que desempeñan las ONG, incluidas las organizaciones religiosas, en la prestación de servicios y protección social a las mujeres que han sido víctimas de la trata o de la violencia. Lamentablemente el Gobierno no está en condiciones de prestarles apoyo material significativo. Lo cierto es que sus propios refugios no cuentan con financiación suficiente. El Ministerio de Bienestar Social y Desarrollo tiene exactamente 27 pesos filipinos (aproximadamente 50 centavos de dólar) para gastar en servicios sociales por cada filipino. Aun si sólo 1 de cada 50 personas realmente necesitan estos servicios, la cifra disponible por persona es de sólo 5 dólares por año. Así pues, el Gobierno realmente necesita la ayuda de las ONG para brindar servicios sociales y protección a la población, y valora seriamente sus aportaciones.

79.La Sra. Torres (Filipinas), respondiendo a las preguntas sobre la participación de mujeres en el gobierno local, señala que en la Constitución de Filipinas se dispone que los organismos legislativos deben tener representación sectorial. La ley por la cual se aplica dicha disposición es el Código de Gobierno Local de 1991, en el que se establece que debe haber representación local en los gobiernos locales, que esa representación debe incluir mujeres, trabajadores y otros sectores, como los pobres de las ciudades, los campesinos y la población indígena. En virtud de un proyecto de ley sobre representación sectorial local, que actualmente se encuentra ante el Congreso, se garantiza la representación de grupos marginados, incluidas las mujeres, en los procesos de adopción de decisiones y las estructuras del gobierno local.

80.En lo que atañe al número de mujeres que ocupan cargos gubernamentales, desde las elecciones más recientes (2004), las mujeres constituyen el 17% de los concejales locales, municipales y de ciudades; el 14% de los vicealcaldes; el 15% de los alcaldes; el 16% de los miembros de juntas provinciales; el 9% de los vicegobernadores; y el 19% de los gobernadores. En el ámbito nacional, el 15% de los miembros de la Cámara de Diputados son mujeres. En virtud del proyecto de ley sobre la potenciación del papel de la mujer propuesto, que el Congreso tiene ante sí, se establece que por lo menos una tercera parte de los cargos de designación directa en los gobiernos nacional y local se reserven a mujeres. También se dispone que todos los partidos provinciales debidamente acreditados deben reservar para mujeres por lo menos la tercera parte de los puestos de sus listas de candidatos a las elecciones nacionales y locales.

81.Ya se ha explicado que la escasa proporción de mujeres en el poder judicial obedece a la falta de candidatas mujeres al cargo de juez. Lo mismo ocurre con las mujeres en la vida pública. Se presentan menos mujeres que hombres para ocupar cargos públicos. Para revertir esta situación, el Gobierno y grupos de la sociedad civil están impartiendo capacitación para aumentar la capacidad política y de liderazgo de las mujeres y alentarlas a que se presenten a cargos electivos.

82.La Sra. Yao (Filipinas) dice que, en virtud de la carta magna de las mujeres, la presidenta de la Comisión Nacional sobre el Papel de la Mujer Filipina tendrá rango ministerial, pero será miembro sin cartera. Ello es así por cuanto se pensó que si se asignaba una cartera a la presidenta, esto tendría consecuencias presupuestarias que podrían demorar la promulgación de la ley. En cambio, la redacción actual del proyecto de ley permite alcanzar el principal objetivo de la Comisión: garantizar que la presidenta tenga un cargo de rango ministerial.

Artículos 10 a 14

83.La Sra. Simms dice que el informe refleja importantes mejoras en la educación de niñas y mujeres, y felicita al Estado parte por ello. Se pregunta, empero, si las escuelas a las que asisten los grupos de minorías y las personas que viven en las zonas apartadas están bien preparadas para darles la educación de calidad que les permitirá competir en la sociedad filipina moderna y si se ha adoptado alguna medida especial que garantice que los miembros de estas comunidades reciben becas para cursar estudios en instituciones de enseñanza terciaria. También desea saber qué se está haciendo en el ámbito de la educación pública para eliminar los estereotipos sobre la mujer, que parecen estar arraigados en la sociedad filipina y que impiden el empoderamiento y el adelanto de la mujer. Asimismo, afectan la aplicación de la ley, como lo ilustran las disposiciones discriminatorias sobre el adulterio que se mencionan en el informe.

84.La Sra. Zou Xiaoqiao, refiriéndose a la elevada tasa de desempleo de la mujer que figura en el informe, observa que en su declaración introductoria la delegación señaló que el Gobierno se propone crear de 1,4 a 1,6 millones de empleos por año. Se pregunta si esa iniciativa ha contribuido a reducir el desempleo de la mujer y si se está impartiendo capacitación a mujeres para ayudarlas a aprovechar las nuevas oportunidades de empleo. También desea saber si el Gobierno ha adoptado medidas en relación con la falta de protección jurídica y de bienestar social del sector no estructurado de la economía, en el que continúan empleadas la mayoría de las mujeres. En el párrafo 374 del informe se indica que en la Ley revisada de seguridad social se hace extensivo el régimen de la seguridad social a los trabajadores autónomos, las amas de casa y el servicio doméstico. Desea saber si el Gobierno ha adoptado medidas concretas para aplicar el nuevo sistema de seguridad social y si hay canales que permiten a la mujer interponer demandas si no reciben los servicios de seguridad social a los que tienen derecho.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.