Naciones Unidas

CCPR/C/GRD/QPR/1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

14 de mayo de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones previa a la presentación del informe inicial de Granada *

A.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

1.Sírvanse informar de cualquier novedad significativa que se haya producido en el marco jurídico e institucional de promoción y protección de los derechos humanos desde la aprobación de las anteriores observaciones finales, citando las medidas adoptadas para armonizar la legislación nacional con el Pacto. Tengan a bien describir las medidas adoptadas para aplicar y difundir las recomendaciones contenidas en las anteriores observaciones finales del Comité, y proporcionen información sobre la participación de la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales en ese proceso. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de adherirse al Protocolo Facultativo, reconociendo así la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones individuales.

B.Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto, incluida la relacionada con las recomendaciones anteriores del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (arts. 2)

2.Sírvanse informar sobre los avances realizados para establecer una institución nacional independiente de derechos humanos, de acuerdo con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), así como sobre las consultas celebradas con la sociedad civil a tal fin.

Situaciones excepcionales (art. 4)

3.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para establecer un mecanismo que permita informar a los demás Estados partes en el presente Pacto, por conducto del Secretario General, de las disposiciones cuya aplicación se haya suspendido en situaciones excepcionales. Describan las principales restricciones al ejercicio de los derechos protegidos por el Pacto que se han establecido en relación con la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), el fundamento jurídico de esas restricciones y su compatibilidad con el Pacto. Sírvanse explicar en qué medida es compatible el artículo 14 de la Constitución con el artículo 4, párrafo 1, del Pacto por cuanto se refiere a garantizar que las medidas que suspendan las obligaciones contraídas en virtud del Pacto no entrañen discriminación alguna fundada únicamente en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.

Medidas de lucha contra el terrorismo (arts. 2, 4, 9, 14 y 17)

4.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que la legislación y las prácticas de lucha contra el terrorismo se ajusten plenamente al Pacto. A ese respecto, proporcionen información sobre las medidas adoptadas para garantizar que el alcance de toda legislación adoptada en ese contexto, incluida la Ley de Lucha contra el Terrorismo de 2003, se limite a los delitos que puedan asimilarse justificadamente al terrorismo. Sírvanse indicar igualmente si se ha aplicado la Ley de Lucha contra el Terrorismo de 2003, y proporcionen información sobre las conductas que se han tipificado como delito y las penas impuestas.

No discriminación (arts. 2, 26 y 27)

5.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas en la legislación y en la práctica para garantizar la protección contra todas las formas de discriminación en la esfera pública y privada, ya sea directa, indirecta o múltiple, y por todos los motivos contemplados en el Pacto, como la discapacidad, el género, la identidad de género y la orientación sexual, especialmente en los ámbitos de la atención sanitaria, el empleo, la educación y la vivienda. En ese sentido, indiquen si el Estado parte está considerando la posibilidad de aprobar una ley general de lucha contra la discriminación que abarque todos los motivos contemplados en el Pacto. En vista del rechazo de las reformas constitucionales propuestas en 2016, indiquen si el Estado parte ha realizado o tiene previsto realizar alguna campaña de educación pública y sensibilización para promover la igualdad y la no discriminación.

6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas en la ley y en la práctica para proteger a las personas acosadas, amenazadas o perseguidas a causa de su orientación sexual o su identidad de género, e informen sobre las investigaciones realizadas al respecto y sus resultados. En ese sentido, tengan a bien indicar si el Estado parte tiene previsto despenalizar las relaciones consentidas entre personas del mismo sexo. Informen también sobre las campañas públicas que se hayan llevado a cabo para desalentar la discriminación de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales.

Igualdad de género (artículos 2, 3, 25 y 26)

7.Sírvanse indicar las medidas adoptadas en la ley y en la práctica para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y poner fin a las prácticas discriminatorias tradicionales y a las actitudes estereotipadas sobre el papel de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad. Infórmese sobre los niveles de empleo y sobre el número y la proporción de mujeres en puestos de toma de decisiones en los sectores público y privado, también en las zonas rurales. Sírvanse aclarar si la ley permite que los hombres soliciten la custodia de sus hijos y si las mujeres casadas tienen los mismos derechos que los hombres casados en lo relativo a la solicitud de pasaportes.

Violencia contra las mujeres y los niños, y violencia doméstica (arts. 2, 3,6, 7 y 26)

8.Sírvanse describir las medidas adoptadas para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra las mujeres y los niños, incluida la formación que se haya impartido a la policía y a otros funcionarios activos en el ámbito de la violencia doméstica, así como las medidas adoptadas para sensibilizar a la población sobre las cuestiones de género. A ese respecto, faciliten información sobre los resultados de la implementación del Plan de Acción y la Política sobre la Igualdad de Género 2014-2024, el Programa de Mediano Plazo (2019‑2021), la Iniciativa Spotlight y la enmienda al Reglamento de la Policía de 2017.

9.Infórmese sobre: a) los principales obstáculos a los que se enfrenta el Estado parte para aplicar su legislación relativa a la violencia de género; y b) la situación del proyecto de ley contra el acoso sexual. Sírvanse proporcionar información, desglosada por sexo, edad y tipo de delito, sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, condenas y órdenes de alejamiento relacionadas con los casos de violencia doméstica registrados en los últimos diez años, y sobre la oferta de refugios y otros servicios para las víctimas de ese tipo de violencia. Indiquen las medidas adoptadas para subsanar el bajo índice de denuncias de casos de violencia doméstica, en particular en las zonas rurales.

Interrupción voluntaria del embarazo y derechos sexuales y reproductivos (arts. 6, 7 y 17)

10.Sírvanse describir los programas de educación y sensibilización llevados a cabo sobre la importancia del uso de anticonceptivos y sobre los derechos a la salud sexual y reproductiva, y proporcionen información sobre las restricciones o dificultades que puedan existir para acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva, por ejemplo, con motivo del estado civil, la edad o el requisito de la autorización de terceros. Infórmese asimismo sobre: a) el número de mujeres y otras personas que han sido condenadas por aborto; y b) las evaluaciones que se hayan llevado a cabo sobre el efecto de la aplicación del artículo 234 del Código Penal, que penaliza el aborto, en la salud de las mujeres.

Derecho a la vida (arts. 3, 6 y 7)

11.Sírvanse describir qué delitos se castigan con la pena de muerte y proporcionen información sobre los últimos diez años, desglosada por sexo, edad y origen étnico, sobre el número de: a) condenas a muerte impuestas; b) casos de imposición de la pena de muerte en los que se haya acordado un indulto o una conmutación; y c) personas recluidas en espera de ejecución. Infórmese sobre la existencia de procedimientos para conmutar las penas de muerte por penas de prisión. Informen asimismo de todas las disposiciones que se hayan adoptado para abolir la pena de muerte y para adherirse al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto, destinado a abolir la pena de muerte.

12.Faciliten información sobre el marco jurídico por el que se regula el uso de la fuerza por la policía, por ejemplo, en las manifestaciones, e indiquen si las leyes pertinentes se ajustan a los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios encargados de Hacer Cumplir la Ley y a las Orientaciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos sobre el empleo de armas menos letales en el mantenimiento del orden. Sírvanse responder a las denuncias de conducta indebida por parte de la Real Fuerza de Policía de Granada, entre otras cosas, en relación con el uso excesivo de la fuerza, e indiquen los resultados de las investigaciones realizadas al respecto.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (arts. 6 y 7)

13.Sírvanse indicar si la tortura está específicamente tipificada como delito en el Estado parte y proporcionen información sobre las sanciones previstas para ese delito. Describan las medidas adoptadas para derogar toda legislación que prevea la imposición de castigos corporales por delitos penales, incluidos azotes y latigazos, tanto a infractores adultos como menores.

14.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir el uso de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en los lugares de detención, e indiquen si se ha establecido un mecanismo de denuncia independiente para recibir e investigar las denuncias de tortura y malos tratos cometidos por los agentes del orden. Infórmese sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas dictadas en relación con esos casos, así como sobre las reparaciones ofrecidas a las víctimas y a sus familiares.

Derecho a la libertad y a la seguridad, y tratamiento otorgado a las personas privadas de su libertad (arts. 6 a 10 y 14)

15.Sírvanse facilitar información sobre el número de centros penitenciarios existentes, su capacidad y el número de reclusos, desglosado por centro, edad, sexo y nacionalidad, e indiquen si las prisiones y otros lugares de detención disponen de secciones independientes para los menores de edad y las mujeres. Infórmese sobre las medidas adoptadas en relación con el elevado número de personas que se encuentran en prisión preventiva para garantizar la separación entre presos condenados y preventivos y entre adultos y menores. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para proteger a las personas privadas de libertad frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).

16.Sírvanse describir las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de reclusión y reducir el grave hacinamiento en la prisión de Richmond Hill, e informen sobre el uso de medidas alternativas al encarcelamiento. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para revisar el reglamento penitenciario del Estado parte y prohibir la reducción de las raciones como castigo. Indíquese si las cárceles y los centros de detención son objeto de una vigilancia periódica independiente y proporciónese información sobre los mecanismos actuales de vigilancia de dichos lugares.

Trata de personas (arts. 7, 8 y 14)

17.Tengan a bien describir las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para prevenir y erradicar la trata de personas y proteger a las víctimas de la trata, e indiquen si el delito de trata de personas se ha incorporado en el Código Penal. Sírvanse proporcionar información sobre el número de víctimas identificadas, incluidas las personas que pueden necesitar protección internacional como refugiados, las directrices para su derivación y los servicios especializados de que disponen, y el número de investigaciones realizadas de casos de trata de personas, las condenas impuestas y las reparaciones concedidas a las víctimas.

Derechos de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (arts. 2 y 26)

18.Habida cuenta de la falta de legislación y procedimientos nacionales en la materia en el Estado parte, sírvanse describir los mecanismos y criterios aplicados antes de extraditar o expulsar a extranjeros del Estado parte para evaluar y verificar si corren el riesgo de ser sometidos a tortura, otros malos tratos u otras violaciones graves de los derechos humanos a su regreso, y para asegurar el estricto cumplimiento del principio de no devolución. Indiquen las medidas adoptadas para prevenir la apatridia, incluidas las enmiendas introducidas en la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía y la Ley de Inscripción de Nacimientos y Defunciones a fin de cumplir plenamente la normativa internacional.

Acceso a la justicia, independencia del poder judicial y derecho a un juicio imparcial (arts. 2 y 14)

19.Informen de las medidas adoptadas para resolver la demora en la tramitación de las causas que hace que muchas tarden de varios meses a un año en elevarse a juicio. Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar que las personas acusadas de un delito penal grave puedan obtener asistencia letrada, y proporcionen información estadística sobre la asistencia letrada proporcionada por el Estado parte. Indíquese si el Estado parte ha llevado a cabo o tiene previsto llevar a cabo alguna iniciativa de educación pública sobre su suscripción a la jurisdicción de la Corte de Justicia del Caribe.

20.Indiquen si las condenas y penas impuestas a los “17 de Granada” han sido sometidas a revisión judicial y, en caso afirmativo, faciliten información sobre los resultados. Sírvanse proporcionar información sobre las penas impuestas a Ronnie Gittens y Rudolph Hall, indicando el tribunal responsable; ambos aún permanecen en prisión después de que se conmutaran sus penas de muerte en 1991 y de que el Consejo Privado ordenara que se dictasen nuevas sentencias.

Libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica (arts. 19, 21 y 22)

21.Sírvanse indicar si se han tomado medidas para despenalizar la difamación y la blasfemia y para garantizar que el libelo se procese por la vía civil y no por la penal. Infórmese sobre las medidas adoptadas para aumentar el pluralismo y la diversidad de opiniones en los medios de comunicación, y la información accesible al público.

Derechos del niño (arts. 18, 23, 24 y 26)

22.Sírvanse describir las medidas adoptadas para derogar toda legislación que prevea la imposición de castigos corporales a los niños, en cualquier entorno, incluidos el hogar, algunos entornos de acogimiento alternativo, las guarderías, las escuelas y las instituciones penales, así como las medidas adoptadas para sensibilizar a los profesionales y a los padres sobre los efectos perjudiciales que tienen los castigos corporales en los niños y para promover formas no violentas de disciplina. Tengan a bien aclarar si el Estado parte impone una hora obligatoria de oración en las escuelas y, de ser así, expliquen en qué medida dicho requisito es compatible con el artículo 18 del Pacto.

23.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para elevar la edad mínima de responsabilidad penal de conformidad con las normas internacionales, y proporcionen información sobre el número de niños en conflicto con la ley desde 2014. Sírvanse informar igualmente sobre la compatibilidad de la Ley de Justicia Juvenil, en vigor desde 2016, con el Pacto y otras normas de las Naciones Unidas. Indiquen si alguna disposición jurídica garantiza que únicamente sea posible privar de libertad a los niños como medida de último recurso y por el período más breve posible.

Participación en los asuntos públicos (art. 25)

24.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para fomentar el pluralismo político en ausencia de una oposición parlamentaria, y para garantizar la inclusión y la participación de los miembros de la oposición política en la toma de decisiones sobre asuntos de interés nacional.