Naciones Unidas

CMW/C/RWA/2

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de S us Familiares

Distr. general

30 de enero de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 73 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes

Segundo informe periódico que los Estados partes debían presentar en 2017

Rwanda *

[Fecha de recepción: 16 de enero de 2020]

Siglas y abreviaturas

CEPGLComunidad Económica de los Países de los Grandes Lagos

DGIEDirección General de Inmigración y Emigración

CAOComunidad del África Oriental

OITOrganización Internacional del Trabajo

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

MIFOTRAMinisterio de Administración Pública y Trabajo

CNDHComisión Nacional de Derechos Humanos

I.Introducción

1.El Gobierno de Rwanda sigue velando por que todos los seres humanos disfruten de los derechos humanos fundamentales garantizados en virtud de la Constitución y otras normas nacionales e internacionales de derechos humanos aplicables, incluida la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares (la Convención), en la que Rwanda es parte desde 2008.

2.En abril de 2018, el Comité envió a Rwanda una lista de cuestiones previa a la presentación del segundo informe periódico. Las respuestas a esa lista de cuestiones constituyen el segundo informe periódico de Rwanda en virtud de la Convención.

3.El presente informe abarca el período comprendido entre octubre de 2012 y mayo de 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Convención. El documento básico común, que también forma parte del informe, fue presentado por el Gobierno de Rwanda en 2015 y debe leerse junto con el presente informe. En el informe se destacan las novedades que han tenido lugar en la aplicación de la Convención desde la presentación del informe anterior en 2011 y se aborda la lista de cuestiones planteadas por el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares (el Comité) tras examinar el informe inicial de Rwanda.

II.Respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe (CMW/C/RWA/QPR/2)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones

4.La primacía de la Constitución y las leyes orgánicas sobre los tratados internacionales, tal como se estipula en el artículo 95 de la Constitución, no ha sufrido ningún cambio en lo que respecta a las disposiciones de la Convención.

5.La posibilidad de que se presente algún conflicto entre los tratados y acuerdos internacionales y la legislación nacional desaparece en virtud del artículo 170 de la Constitución. En esa disposición queda claro que cuando un tratado o acuerdo internacional contenga disposiciones que entren en conflicto con la Constitución o con una ley orgánica, la facultad de aprobar o ratificar dicho tratado o acuerdo no podrá ejercerse hasta que se enmiende apropiadamente la Constitución o la ley orgánica de que se trate. Hasta ahora, no ha habido conflictos en relación con la Convención.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

6.Durante el período que abarca el informe, el Ministerio de Justicia y la judicatura organizaron diversas actividades de formación sobre las disposiciones de diversos instrumentos de derechos humanos y su aplicabilidad en los tribunales nacionales.

7.Los interesados pertinentes (Ministerio de Administración Pública y Trabajo (MIFOTRA), Dirección General de Inmigración y Emigración (DGIE), Policía Nacional de Rwanda, etc.) también realizan periódicamente cursos de capacitación.

8.Cada año, al menos dos inspectores de trabajo asisten en el Centro Regional Africano de Administración del Trabajo, con sede en el Camerún, a unas jornadas de formación sobre diferentes aspectos laborales que incluyen también la migración. Desde 2012 hasta 2018, nueve inspectores de trabajo han viajado al Camerún para mejorar sus conocimientos.

9.La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) ha venido organizando cursos de formación sobre migración laboral para diferentes interesados de la región, el más reciente de los cuales se realizó en julio de 2019 en Rwanda, donde se impartió formación a funcionarios del MIFOTRA, que se ocupan principalmente de los trabajadores migratorios, sobre la protección de esos trabajadores. Además, la OIM imparte periódicamente cursos de formación destinados a miembros de la policía, funcionarios de inmigración, inspectores de trabajo y otros agentes que trabajan con los trabajadores migratorios. Se les ofrece formación en esferas de interés, como las políticas de migración laboral, la asistencia a los trabajadores migratorios y la trata de personas, entre otras.

10.La oficina de inmigración, en colaboración con el MIFOTRA, organizó campañas destinadas a sensibilizar y proteger a los trabajadores migratorios de posibles traficantes de personas.

11.En cuanto a las actividades de divulgación, las instituciones públicas, en colaboración con la sociedad civil, organizan periódicamente talleres y campañas de sensibilización sobre la migración segura para proteger a los posibles trabajadores migratorios de caer en las redes de trata de personas.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

12.En cuanto a la composición de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), cabe mencionar que está integrada por siete comisionados, incluidos el Presidente y el Vicepresidente, que tienen dedicación exclusiva.

13.De conformidad con el artículo 18 de la Ley núm. 19/2013, de 25 de marzo de 2013, en la que se establecen el mandato, la organización y el funcionamiento de la CNDH, los comisionados proceden de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la promoción y protección de los derechos humanos; universidades e instituciones de enseñanza superior públicas y privadas; organizaciones de la sociedad civil; instituciones públicas y el sector privado.

14.Los comisionados actualmente en ejercicio fueron seleccionados entre instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado. Cuatro de los siete comisionados son mujeres.

15.Además, según se dispone en el artículo 20 de la mencionada Ley, el establecimiento, el mandato, la organización y el funcionamiento del comité encargado de seleccionar a los candidatos a ocupar el puesto de comisionado se determinan en virtud de una Orden Presidencial. El actual Comité fue establecido en virtud de la Orden Presidencial núm. 72/01, de 12 de marzo de 2014. El Comité funciona de manera independiente y en el desempeño de sus funciones debe cumplir con los principios de transparencia y objetividad.

16.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la mencionada Orden Presidencial, el Comité de Selección está integrado por cinco miembros, nombrados tras amplias consultas con sus respectivas instituciones, incluidas las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la promoción y protección de los derechos humanos, la Comisión de Administración Pública, las organizaciones de la sociedad civil, y otros expertos pertinentes con conocimientos y aptitudes en materia de derechos humanos. Los miembros del Comité de Selección son nombrados por un período de cinco años renovable una sola vez.

17.En lo que respecta a la selección y el nombramiento de los comisionados, el procedimiento se establece en los artículos 6 y 7 de la Ley núm. 61/2018, de 24 de agosto de 2018, por la que se modifica la Ley núm. 19/2013. Al seleccionar los candidatos a cubrir los puestos de comisionados, el Comité debe cumplir con los principios de transparencia e independencia y dar una amplia difusión a las vacantes. En la Ley se dispone, además, que, tras el proceso de selección, el Comité ha de presentar al Gobierno una lista de candidatos, entre los que el Presidente de la República nombra al Presidente y el Vicepresidente, si esos puestos estuvieran vacantes. La aprobación del nombramiento de los comisionados corresponde al Senado.

18.El nombramiento se ajusta a lo dispuesto en los artículos 86 y 112 de la Constitución de la República de Rwanda de 2003, revisada en 2015 (la Constitución). En el artículo 86 de la Constitución se otorga al Senado la facultad de aprobar el nombramiento de los presidentes, vicepresidentes y demás integrantes de las comisiones nacionales, incluida la CNDH. Además, en el artículo 112 se dispone que, en virtud de las facultades que se le confieren en la Constitución y demás leyes relativas al nombramiento de los presidentes, vicepresidentes y demás comisionados de las comisiones nacionales, corresponde al Presidente de la República emitir las Órdenes Presidenciales con los nombramientos.

19.Por lo que atañe a la independencia y el funcionamiento de la CNDH, están garantizados por lo dispuesto en el artículo 42 de la Constitución.

20.En el artículo 3 de la Ley núm. 19/2013, también se designa a la CNDH como una Comisión “independiente y permanente” y se subraya que, en el cumplimiento de su mandato, no estará sujeta a las instrucciones de ningún otro órgano. A ese respecto, los comisionados son seleccionados y nombrados a título individual y no representan a las instituciones de las que proceden.

21.En esa Ley también se otorga a la CNDH personalidad jurídica propia y autonomía administrativa y financiera. Las disposiciones de la Ley se reflejan en la práctica, ya que nada obstaculiza ni interfiere la autonomía financiera o administrativa de la Comisión. En cuanto a la autonomía financiera, la CNDH gestiona su presupuesto independientemente de sus fuentes. Además, goza de autonomía para contratar a su personal y la contratación se hace por concurso.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

22.En Rwanda, todas las personas tienen garantizado el acceso a la justicia en virtud de la Constitución. En el artículo 15 de esta se reconoce la igualdad de todos ante la ley. Se establece que “todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley”. Además, en la Constitución se prohíbe cualquier forma de discriminación. En particular, se garantiza el derecho de toda persona a las debidas garantías procesales. No se hace ninguna distinción entre los nacionales y los extranjeros. Los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidos los que se encuentran en situación irregular, tienen derecho a denunciar posibles violaciones de sus derechos reconocidos en la Convención y a acceder a recursos efectivos. Tienen acceso a las vías administrativas y judiciales disponibles.

23.En abril de 2018, Rwanda aprobó la Ley núm. 22/2018, de 29 de abril de 2018, de procedimiento civil, comercial, laboral y administrativo. En virtud de dicha Ley se derogó la Ley núm. 21/2012, de 14 de junio de 2012, por la que se establecía el Código de Procedimiento Civil, Comercial, Social y Administrativo. La disposición relativa a la obligación de los extranjeros de prestar fianza, que figuraba en el artículo 87 de la Ley de 2012, se mantuvo en el artículo 91 de la Ley de 2018. La razón de ser de esa fianza es contar con una garantía de buena administración de justicia a fin de proteger por igual a las partes en un procedimiento judicial. No obstante, no se exige esta fianza a los extranjeros que son nacionales de alguno de los Estados de la Comunidad del África Oriental (CAO) ni a los que presentan una reclamación con respecto a bienes de los que se han visto privados, siempre que proporcionen pruebas suficientes de ello. También cabe mencionar que esa fianza solo se aplica a los asuntos civiles, ya que no se requiere en los asuntos penales.

24.En la Ley núm. 22/2018, de 29 de abril de 2018, se deja claro que la exención del depósito de fianza no se concede automáticamente. El demandante extranjero tiene derecho a impugnar la exigencia de fianza. El procedimiento se establece en el artículo 92 de la Ley. De acuerdo con ese artículo, la parte que desee presentar una objeción relativa al depósito de fianza por parte de un extranjero lo hará en sus escritos de defensa. El secretario del tribunal que presida la audiencia previa a la celebración del juicio solicitará a las partes que presenten sus observaciones sobre la objeción y adoptará una decisión al respecto. La parte que no esté satisfecha con la decisión del secretario del tribunal podrá apelar al presidente de este.

Respuesta al apartado a) del párrafo 5 de la lista de cuestiones

25.Los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidos los indocumentados o los que se encuentren en situación irregular, tienen acceso a todas las vías judiciales y administrativas disponibles para la presentación de denuncias sobre violaciones de sus derechos en las mismas condiciones que los nacionales.

26.La Oficina de Investigación de Rwanda es el órgano encargado de recibir y tramitar todas las denuncias sin distinción alguna en función de si la presunta víctima es nacional o extranjera. La Fiscalía General está facultada para investigar los delitos en fase de instrucción y dirigir las pesquisas realizadas por los investigadores penales.

27.Los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidos los indocumentados o los que se encuentren en situación irregular, tienen derecho a solicitar el reconocimiento de sus derechos ante los tribunales. En el artículo 29 de la Constitución se reconoce el derecho de toda persona a las debidas garantías procesales. En la Constitución no hace distinción alguna sobre la base de la nacionalidad o cualquier otra condición.

28.La CNDH también está facultada para recibir y tramitar denuncias de cualquier persona cuyos derechos hayan sido presuntamente vulnerados. En los casos de denuncias de tortura, en particular, en agosto de 2018 se ampliaron las facultades de la CNDH para que pudiera funcionar como el mecanismo nacional de prevención previsto en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura. Con esas nuevas responsabilidades, la CNDH desempeñará un papel fundamental en la prevención de la tortura.

29.Los tribunales también pueden conocer de casos en los que los trabajadores migratorios traten de hacer valer sus derechos.

30.Además de las instituciones mencionadas, la DGIE y el MIFOTRA, a través de sus servicios de inspección de trabajo, se ocupan de las denuncias de los trabajadores migratorios de manera más específica. Los detalles sobre las funciones de esas dos instituciones figuran en la sección anterior del presente informe.

Respuesta a los apartados b), c) y d) del párrafo 5 de la lista de cuestiones

31.Hasta ahora, no se ha registrado ningún caso o denuncia presentados por trabajadores migratorios ante las instancias judiciales de Rwanda.

Respuesta al apartado e) del párrafo 5 de la lista de cuestiones

32.Cada centro de trabajo con un mínimo de 10 empleados tiene representantes de los trabajadores que se encargan, entre otras funciones, de asesorar sobre sus derechos a sus colegas, incluidos los trabajadores migratorios, y mediar con el empleador en caso de conflictos laborales. En caso de que no puedan resolverse, esos conflictos se someten a las inspecciones de trabajo y a los tribunales.

33.Todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migratorios, tienen derecho a afiliarse a los sindicatos de su elección que elijan y cuyo mandato básico incluya la promoción de los derechos de los trabajadores.

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

34.El Gobierno ha promulgado diferentes leyes en virtud de las cuales se garantiza la igualdad de todas las personas, sin ningún tipo de discriminación. Por ejemplo, en el preámbulo de la Constitución, se establece el compromiso de los rwandeses de prevenir y castigar, entre otras cosas, “el divisionismo y la discriminación por motivos de etnia, región o cualquier otro motivo”. El delito de discriminación también es punible en virtud del artículo 163 de la Ley núm. 62/2018, de 30 de agosto de 2018, en la que se tipifican los delitos y se establecen las penas. Cualquier discriminación por motivos de raza, etnia, origen, clan, conexión familiar, color de la piel, sexo, región, nacionalidad, religión, ideología política, clase económica, cultura, idioma, condición social, discapacidad física o mental o apariencia física está prohibida y es sancionable.

35.La discriminación en el lugar de trabajo está prohibida en virtud del artículo 9 de la Ley núm. 66/2018, de 30 de agosto de 2018, en virtud de la cual se regulan las relaciones laborales en Rwanda. El empleador debe dar a los empleados igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo. Se prohíbe al empleador discriminar a los empleados por motivos de origen étnico, familia o ascendencia, clan, color de la piel o raza, sexo, región, clase económicas, religión o fe, opinión, fortuna, diferencia cultural, idioma, discapacidad física o mental o cualquier otra característica.

36.Como medida preventiva, los inspectores de trabajo realizan inspecciones cada año para velar por el cumplimiento de la legislación laboral.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

37.En lo que respecta a la protección de que gozan los trabajadores migratorios en situación irregular, se remite al Comité a la información facilitada anteriormente en relación con la recomendación seis.

38.El firme compromiso político de Rwanda ha dado lugar a importantes avances en la promoción de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer. En todos los niveles se han establecido marcos normativos y jurídicos propicios para la incorporación de la perspectiva de género en los sectores socioeconómicos (incluida una política nacional de género, leyes sensibles a las cuestiones de género, etc.). Esos marcos se aplican por igual a las mujeres migrantes.

39.En Rwanda también se promueve el empoderamiento de la mujer mediante diversas iniciativas. Dentro de la Federación del Sector Privado hay una Cámara de Mujeres Empresarias que agrupa a todas las mujeres empresarias de Rwanda. Tiene el mandato de empoderar a la mujer en los negocios mediante el fomento de la capacidad, la promoción, el establecimiento de redes, la prestación de servicios de apoyo, la observancia de la responsabilidad social de las empresas y el establecimiento de asociaciones con los principales interesados, y se afana por servir de inspiración a las niñas y las jóvenes empresarias.

40.Esa Cámara se estableció para fomentar el empoderamiento económico de la mujer y realizar una labor de promoción de las mujeres empresarias, las mujeres de negocios y las mujeres profesionales con el fin de promover sus intereses a nivel regional e internacional. La Cámara se ocupa de mejorar las iniciativas de autoayuda de las mujeres y aumentar su potencial empresarial, especialmente en las microempresas y las pequeñas empresas.

41.La Cámara combate las disparidades entre los géneros mejorando y potenciando la situación económica de las mujeres empresarias mediante la movilización de recursos, el desarrollo de las aptitudes empresariales, la formación y la promoción, el acceso a la información, el desarrollo institucional, el acceso a la financiación, el establecimiento de redes y la supervisión de los efectos de la formación en el desempeño. La labor de la Cámara beneficia a todas las mujeres empresarias sin discriminación alguna por el hecho de que la beneficiaria sea rwandesa o extranjera.

42.Aparte de eso, todas las demás iniciativas gubernamentales destinadas a empoderar a las mujeres de Rwanda se dirigen por igual a las trabajadoras migrantes. Entre ellas figuran, entre otras, la vigilancia de las cuestiones de género, el apoyo financiero, la creación de cooperativas destinadas a trasladar a las mujeres del sector no estructurado al sector estructurado, etc. En particular, en ninguno de los programas contra la violencia de género ni en los refugios seguros se discrimina a las trabajadoras migrantes. También existen instalaciones como los centros de atención integral Isange, en los que se ayuda y empodera a las madres y otras mujeres migrantes.

Respuesta al apartado a) del párrafo 8 de la lista de cuestiones

43.Rwanda cuenta con un sólido marco institucional, jurídico y de políticas para proteger a todas las personas que se encuentran en su territorio frente a los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Además, en 2018 se revisó la ley de la CNDH para garantizar que la Comisión sirva también como mecanismo nacional de prevención según se prevé en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

44.En el artículo 14 de la Ley núm. 57/2018, de 13 de agosto de 2018, sobre la inmigración y la emigración en Rwanda, se prevén exenciones. Entre otras cosas, la DGIE tiene la facultad discrecional, en consulta con las autoridades competentes, de eximir de las formalidades de entrada y residencia a determinadas personas o grupos de personas y de condonar o reducir, con carácter excepcional, las multas administrativas impuestas a los extranjeros en Rwanda si hay pruebas de que no pueden pagarlas.

Respuesta al apartado b) del párrafo 8 de la lista de cuestiones

45.La CNDH tiene, entre otras, la responsabilidad de recibir, examinar y tramitar las denuncias relativas a violaciones de los derechos humanos. Al poder entrevistarse en privado en cualquier momento con las personas privadas de libertad, la CNDH obtiene información y, por tanto, recibe quejas relacionadas con la detención, las condiciones de reclusión y otros derechos de las personas privadas de libertad. Durante esas entrevistas privadas, los reclusos son libres de presentar denuncias sin temor a represalias. Esa conversación privada alienta a las víctimas a comprender plenamente sus derechos y, por tanto, a presentar denuncias.

46.En 2017, Rwanda revisó la ley sobre la protección de los denunciantes de irregularidades para protegerlos eficazmente de posibles represalias por haber denunciado delitos, actos o comportamientos ilegales. Ese marco jurídico protege a los denunciantes frente a actos de represalia como el despido, la suspensión de empleo, la denegación de ascensos, el descenso de categoría, la redundancia, la discriminación, la victimización en cualquiera de sus formas, las sanciones administrativas, las amenazas y el acoso por parte de los compañeros o del empleador. Esa protección jurídica alienta a las víctimas a presentar denuncias.

47.Por último, hay varios números de teléfono gratuitos que se pueden utilizar para denunciar delitos (112 para emergencias, 3511 para los abusos de un agente de policía, 3512 para la violencia de género, etc.).

Respuesta al apartado c) del párrafo 8 de la lista de cuestiones

48.Los trabajadores migratorios están protegidos por las leyes de Rwanda del mismo modo que los rwandeses. Los trabajadores migratorios pueden presentar primero sus quejas al inspector de trabajo del distrito y, si no obtienen satisfacción, pueden apelar al MIFOTRA. Además, los trabajadores migratorios y sus familiares tienen derecho a presentar sus casos ante los tribunales.

49.Rwanda es un Estado de derecho que se basa en el respeto de los derechos humanos y la libertad de todas las personas. En la Constitución se establece el derecho de toda persona a gozar de las debidas garantías procesales. A la luz de esa disposición, ninguna persona, incluidos los migrantes, cualquiera que sea su situación, puede ser procesada, detenida, encarcelada o castigada por actos u omisiones que no constituyeran un delito en virtud de la legislación nacional o internacional en el momento en que se cometieron. En la Constitución también se reconoce el derecho a la libertad y la seguridad de la persona, lo que protege a toda persona de ser procesada, detenida, encarcelada o castigada a menos que así lo dispusieran las leyes vigentes en el momento en que se cometió el delito. Esa disposición otorga una mayor protección a los migrantes, incluidos los que se encuentran en situación irregular.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

50.En agosto de 2018, Rwanda aprobó una nueva ley, la Ley núm. 57/2018. Con la promulgación de esa Ley se derogó la Ley núm. 04/2011, de 21 de marzo de 2011, en virtud de la cual se regulaban hasta entonces la inmigración y la emigración en Rwanda.

51.Entre las exenciones previstas en el artículo 14 de la Ley núm. 57/2018 figura la facultad discrecional de la DGIE de condonar o reducir, con carácter excepcional, las multas administrativas impuestas a los extranjeros en Rwanda si hay pruebas de que no pueden pagarlas.

52.Además, en el artículo 43 de esa Ley se dispone que las faltas de carácter administrativo y las sanciones en caso de incumplimiento se determinarán en una Orden Ministerial.

53.Eso significa que las faltas y las sanciones administrativas habrán de determinarse en dicha Orden Ministerial. En el artículo 48 de la Ley núm. 04/2011, antigua ley sobre la inmigración y la emigración en Rwanda, se preveía la imposición por la DGIE de multas administrativas a los extranjeros que se retrasaran en el pago de las tasas correspondientes a la obtención de permisos de residencia o visados o que no cumplieran los requisitos relativos a la inscripción, así como a las empresas de transporte.

54.A ese respecto, en la nueva ley de inmigración y emigración se prevé la utilización de la figura de la Orden Ministerial para determinar las faltas administrativas y las sanciones en caso de incumplimiento, lo que indica que la nueva Ley núm. 57/2018, se ajusta al espíritu de la Convención.

55.En los artículos 12 y 13 de la Ley núm. 04/2011, antigua ley sobre la inmigración y la emigración en Rwanda, se definían las categorías de extranjeros indeseables o cuya entrada en territorio rwandés estaba prohibida y que podían ser objeto de expulsión.

56.De conformidad con el artículo 44 de la Ley núm. 57/2018, toda persona que:

a)Preste asistencia a un extranjero cuando sabe, o debería saber, que es un inmigrante irregular en Rwanda;

b)Invite a un extranjero o lo encubra a sabiendas de que dicho extranjero está infringiendo la presente Ley;

c)Impida que un funcionario de inmigración cumpla con sus obligaciones;

d)Cruce o intente cruzar un puesto fronterizo o cualquier otro lugar autorizado sin el permiso de un funcionario de inmigración;

e)Cruce o intente cruzar la frontera por un lugar no autorizado;

f)Ayude a otra persona a obtener algún beneficio que no le corresponde según la presente Ley;

g)Encubra cualquier delito contemplado en el presente artículo; comete un delito.

57.De ser declarado culpable, podrá ser condenado a una pena de prisión no inferior a 30 días ni superior a 6 meses o una multa no inferior a 500.000 FR ni superior a 1.000.000 FR, o ambas cosas.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

58.Rwanda mantiene una política de fronteras abiertas y es un país seguro. El control de las fronteras de Rwanda se realiza de conformidad con la Ley de Inmigración y la Orden Ministerial núm. 06/01, de 29 de mayo de 2019, relativa a la inmigración y la emigración, que garantizan un control equitativo imparcial de todas las personas que entran y salen del país mediante procedimientos de entrada y salida imparciales y no discriminatorios. Eso es fundamental en la lucha contra amenazas de ámbito mundial como el terrorismo, el contrabando y la trata de personas.

59.En lo que respecta al internamiento de los migrantes por infracciones de la legislación de inmigración, cabe señalar que se ha hecho todo lo posible por garantizar que se utilice solo como medida de último recurso.

60.En la práctica, a los extranjeros que infringen las leyes de inmigración (por ejemplo, los que se retrasan en presentar una solicitud o una prórroga de su visado o permiso de residencia) se les imponen sanciones y multas administrativas.

61.La DGIE realiza inspecciones regulares para comprobar la observancia de las leyes de inmigración y emigración por parte de los extranjeros. Un extranjero que se encuentre en situación irregular puede ser conminado a que abandone el país. Pero antes de determinarse que se encuentra en situación irregular, se le informa de la naturaleza y la causa de todas las acusaciones en su contra y se le da la oportunidad de defenderse.

62.Si el extranjero no coopera, se confiscan sus documentos de viaje y se lo deporta en un plazo de 48 horas. A la espera de ser deportadas, esas personas se alojan en una sala de detención y no en una prisión.

63.En el artículo 8 de la mencionada Orden Ministerial se establece que un viajero puede ser interceptado provisionalmente por las siguientes razones:

Si se sospecha que puede ser el autor o la víctima de un delito.

Si hay una investigación en curso contra él.

64.En el artículo 9 de la misma Orden Ministerial se establecen los derechos de un viajero interceptado provisionalmente en un puesto fronterizo. También cabe señalar que los delitos relacionados con la inmigración son de carácter general y no afectan únicamente a los extranjeros. Los nacionales también pueden ser sancionados o procesados por infringir las leyes de inmigración. Por último, los trabajadores migratorios pueden apelar en caso de que no estén de acuerdo con las decisiones adoptadas.

65.Para finalizar, cabe señalar que el CNDH, en su calidad de mecanismo nacional de prevención de la tortura, realiza visitas periódicas a todos los lugares de detención, incluidos los lugares donde pueden estar detenidos los trabajadores migratorios. Puede realizar sus visitas sin previo aviso.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

66.Desde agosto de 2018, Rwanda cuenta con la Ley núm. 66/2018, de 30 de agosto de 2018, en virtud de la cual se regulan las relaciones laborales. La Ley es progresista en cuanto al tratamiento de los trabajadores migratorios.

67.En lo que respecta al empleo de los extranjeros, aparte de las cuestiones relacionadas con los permisos de trabajo para los extranjeros que trabajan en Rwanda, que se regulan en las leyes de inmigración y emigración, el empleo de los extranjeros en Rwanda se rige por la Ley del Trabajo. Eso es un claro indicio del compromiso del Gobierno de otorgar a los trabajadores migratorios el mismo trato que a los nacionales.

68.En la Ley núm. 66/2018 se establecen principios fundamentales que tienen por objeto proteger a los trabajadores de alto riesgo y sus familias y se prohíben el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la violencia de género en el trabajo. En el artículo 9 de dicha Ley se establece que todo empleador debe pagar a los empleados el mismo salario por un trabajo de igual valor sin discriminación de ningún tipo.

69.En el artículo 2 de la mencionada Ley se establece su aplicación a los empleados del sector no estructurado en los siguientes aspectos: la salud y la seguridad en el trabajo, el derecho a formar sindicatos y asociaciones de empleadores, el derecho al salario, el salario mínimo en las categorías de ocupaciones determinadas en virtud de una orden del Ministro encargado de los asuntos de trabajo, el derecho a la licencia, la seguridad social, la protección contra la discriminación en el lugar de trabajo, la protección contra el trabajo forzoso, las formas de trabajo prohibidas para los niños y para las mujeres embarazadas o lactantes.

70.En el artículo 113 de esa Ley se dispone que la Inspección de Trabajo se encargará de vigilar el cumplimiento de la ley, las órdenes para su aplicación y los convenios colectivos, así como de concienciar y prestar asesoramiento sobre cuestiones relacionadas con las leyes que regulan el trabajo y la seguridad social. En consonancia con lo anterior, en la Ley se otorgan a los inspectores de trabajo facultades para realizar inspecciones tanto el sector estructurado como el no estructurado. Así pues, en las inspecciones laborales que se realizan cada año se incluye también al sector no estructurado.

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

71.El Gobierno de Rwanda viene invirtiendo continuamente esfuerzos en la protección de los niños, especialmente de las niñas, contra todas las formas de explotación. Se adoptan medidas tanto en la legislación como en la práctica.

72.La Ley núm. 54/2011, de 14 de diciembre de 2011, relativa a la protección del niño, fue derogada por la nueva Ley núm. 71/2018, de 31 de agosto de 2018, pero la prohibición de que los menores de 18 años trabajen en minas subterráneas se ha recogido en la Ley núm. 66/2018.

73.En el artículo 6 de la Ley núm. 54/2011 se enumeran los trabajos en los que está prohibido emplear a los menores de 18 años. Entre las formas de trabajo prohibidas en virtud de ese artículo figura “someter a un niño menor de 18 años a trabajos subterráneos, bajo el agua, en alturas peligrosas o en espacios confinados...”. En la Ley se confiere al Ministerio de Trabajo la facultad de emitir una Orden Ministerial para determinar la naturaleza de las formas de trabajo prohibidas para los niños. La Orden Ministerial está en proceso de aprobación, y en el proyecto se contempla el trabajo doméstico entre las formas de trabajo prohibidas para los niños.

74.En el artículo 117 de la Ley núm. 66/2018 se penaliza y castiga al empleador que personalmente emplee a un niño en cualquiera de las formas de trabajo prohibidas. Ese acto conlleva una pena de prisión de entre 2 años y 5 años, una multa de entre 500.000 FR y 5.000.000 FR o ambas. Si el autor es una empresa, institución, organización o asociación pública o privada, la cuantía de la multa será el doble de la prevista en ese artículo.

75.En el artículo 120 de la Ley núm. 66/2018 se establece que el empleador que se niegue a facilitar el acceso de un inspector de trabajo a una empresa, se niegue a facilitarle información, no responda a una orden de comparecencia o no ponga en práctica sus recomendaciones, comete una falta administrativa y, por consiguiente, puede ser objeto de una multa.

76.Dado que en el artículo 2 de la Ley núm. 66/2018 se dispone que dicha Ley rige tanto para los trabajadores del sector estructurado como para los del sector no estructurado, en el que también están incluidos los trabajadores domésticos, y que en el artículo 113 de dicha Ley se dispone que los inspectores de trabajo son los encargados de velar por su cumplimiento, es evidente que las responsabilidades y facultades de los inspectores de trabajo también se aplican al sector no estructurado y, en particular, al trabajo doméstico.

77.Desde el nivel de distrito hasta el de aldea, se han establecido comités para la eliminación y prevención del trabajo infantil. Esos comités se ocupan de detectar los casos de trabajo infantil y las actividades propensas al trabajo infantil y denunciarlos a las autoridades competentes mediante teléfonos móviles a través de los cuales el inspector de trabajo puede acceder en línea a la información facilitada a través del Sistema Integrado de Información Laboral y sensibilizar al público sobre el trabajo infantil.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

78.El Gobierno de Rwanda, por conducto del MIFOTRA, y otros interesados realizan campañas de sensibilización entre todos los trabajadores, incluidos los del sector no estructurado y los empleados domésticos, en particular mediante la actuación de los inspectores de trabajo y los foros sobre la observancia, en los que se reúnen empleadores, sindicatos y el Gobierno, y están presididos por el Ministro de Administración Pública y Trabajo.

79.Una asociación sindical conocida como Confederación de Sindicatos Libres de Rwanda, entre cuyos miembros figuran trabajadores domésticos, lleva a cabo campañas de sensibilización entre ellos sobre sus derechos laborales.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

80.Cada año, todos los distritos cuentan con un presupuesto destinado exclusivamente a la realización de inspecciones de trabajo. En los contratos de ejecución de los distritos, se incorpora una suma destinada específicamente al trabajo infantil, lo que se traduce en un aumento del presupuesto de los distritos destinado a la inspección laboral. Para aumentar el número de inspecciones laborales, todos los inspectores de trabajo tienen que dedicar a la realización de inspecciones al menos tres días a la semana, en lugar de dedicar más tiempo a resolver conflictos laborales que podrían evitarse mediante la realización de inspecciones y el asesoramiento a empleadores y trabajadores sobre sus respectivas funciones y responsabilidades.

81.Como ya se ha mencionado, en el artículo 117 de la Ley núm. 66/2018 se dispone que emplear a un niño es un delito, mientras que en el artículo 7 de dicha Ley se establece la prohibición de que cualquier persona realice un trabajo forzoso. Lo mismo se aplica al sector no estructurado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, párrafo 6, apartado h), inciso i) de la mencionada Ley.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

82.Hasta la fecha, la posibilidad de transferir las prestaciones de las pensiones solo existe entre Rwanda y Burundi, debido en gran medida a los acuerdos recíprocos que tienen ambos países entre sus planes de pensiones obligatorios.

83.Rwanda y Burundi figuran entre los países que firmaron en 1978 un memorando de entendimiento que obliga a los países de la Comunidad Económica de los Países de los Grandes Lagos (CEPGL) a facilitar la transferencia de las prestaciones de las pensiones.

84.Sobre la base de un nuevo acuerdo bilateral con Rwanda que permite transferir las pensiones, las personas que viven en Rwanda, pero que tienen un historial de contribuciones al plan de pensiones obligatorio de Burundi (Instituto Nacional de Seguridad Social de Burundi) reciben el pago de su pensión mediante transferencias trimestrales.

85.Las personas que viven en Burundi, pero que tienen un historial de contribuciones a la Junta de Seguridad Social de Rwanda reciben su pensión en pagos mensuales.

86.En el marco de la CEPGL, en 1978 se aprobó un convenio general de seguridad social que entró en vigor en 1980. Se inspira en otros instrumentos internacionales, con la única diferencia de que su ámbito de aplicación no se extiende a las prestaciones familiares y de maternidad.

87.No se ha concertado ningún acuerdo con los países de la CAO, pero cabe señalar que se están celebrando conversaciones sobre la adopción de un acuerdo de seguridad social en ese ámbito.

88.En consecuencia, la Secretaría de la CAO está celebrando conversaciones con los Estados asociados y las partes interesadas para elaborar políticas apropiadas que sirvan para orientar las actividades prioritarias a fin de avanzar en la coordinación y armonización del sector de las pensiones, de conformidad con el Protocolo del Mercado Común de la CAO, el Protocolo de la Unión Monetaria y el Tratado de la CAO.

89.Los Estados miembros de la CAO están trabajando en la elaboración de directrices que permitan a los empleados del sector estructurado transferir sus contribuciones y prestaciones de jubilación a otros planes de la región.

90.Los seis Estados miembros de la CAO también están trabajando para asegurar que los administradores de fondos puedan invertir el dinero de los jubilados en cualquier país de la región.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

91.Rwanda ha ratificado el Convenio núm. 48 (1935) de la OIT sobre la conservación de los derechos de pensión de los migrantes, y el Fondo de Seguridad Social de Rwanda es miembro de la Asociación Internacional de la Seguridad Social, lo que le permite obtener información sobre las principales cuestiones relacionadas con la seguridad social, así como realizar un análisis continuo de las principales novedades en ese ámbito.

92.Además de lo anterior, en virtud de la Ley núm. 66/2018, los empleadores están obligados a afiliarse y a cotizar por sus empleados al órgano de la seguridad social de Rwanda. La obligación debe ser observada por cualquier empleador en beneficio de sus empleados sin distinción de si son nacionales o extranjeros. En la Ley núm. 05/2015, de 30 de marzo de 2015, por la que se regula la organización de los planes de pensiones, se establece, además, que entre las personas sujetas al plan de pensiones obligatorio figuran todos los empleados amparados por la Ley núm. 66/2018, independientemente de la nacionalidad, el tipo de contrato, la duración del contrato o la cuantía del salario.

93.Las prestaciones de pensión solo son transferibles al extranjero en caso de que existan acuerdos recíprocos o convenios internacionales. Rwanda ha iniciado el proceso de concertar acuerdos con diferentes países, y actualmente los tiene con Estados de la CEPGL: Burundi y la República Democrática del Congo. También algunos bancos locales como Ecobank, Bank of Kigali y Kenya Commercial Bank pueden facilitar esas transferencias a sus clientes.

Respuesta a los párrafos 17 y 18 de la lista de cuestiones

94.En lo que respecta al acceso a los servicios de salud, todos los trabajadores que se encuentren en territorio rwandés, ya sean nacionales o extranjeros, están obligados a tener un seguro de salud.

95.Quienes empleen a extranjeros tienen la obligación de asegurarse de que sus empleados tengan un seguro de salud para ellos y sus familias.

96.Los trabajadores migratorios que prestan sus servicios en la administración pública tienen acceso al Seguro Médico para la Administración Pública de Rwanda, mientras que los que trabajan en el sector privado reciben de sus empleadores un seguro médico privado.

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

97.Todo extranjero residente o domiciliado en Rwanda puede ser inscrito por un funcionario del Registro Civil si aporta los documentos de inscripción previstos en la ley.

98.En el caso de los niños nacidos en Rwanda de padres extranjeros, se concede un plazo de un año a partir de la fecha de nacimiento para obtener los documentos pertinentes y el permiso que haga posible que esos niños puedan permanecer legalmente en Rwanda. Los hijos de los trabajadores migratorios rwandeses nacidos en el extranjero pueden ser inscritos en las embajadas de Rwanda y, posteriormente, recibir certificados de nacimiento.

99.Los niños nacidos dentro o fuera del territorio de la República de Rwanda estarán sujetos a las formalidades de inscripción cuando el padre o la madre estén o hayan estado sujetos a esa obligación. El extranjero que declare un nacimiento ante un funcionario del Registro Civil competente deberá rellenar un formulario de inscripción que le facilitará a tal efecto el servicio encargado de la inmigración y la emigración de su jurisdicción. El Organismo Nacional de Identificación está estableciendo actualmente una base de datos en la que se incluirá a todos los rwandeses nacidos e inscritos en el extranjero.

100.Además, en la Constitución se estipula que todo rwandés tiene derecho a residir en su país. Ningún rwandés puede ser desterrado de su país y todos tiene derecho a la nacionalidad rwandesa. Rwanda permite la doble nacionalidad y, por lo tanto, nadie puede ser privado de la nacionalidad rwandesa de origen. La Constitución va más allá, al disponer que todas las personas de origen rwandés y sus descendientes tienen derecho, previa solicitud, a la nacionalidad rwandesa.

101.El Estado parte ha organizado comunidades en diferentes países, entre ellos, Alemania, Australia, Bélgica, el Canadá, China, Corea del Sur, los Estados Unidos de América, Francia, Kenya, Rusia, el Senegal, Suiza, Tanzanía, los Países Bajos, el Reino Unido, Uganda, Zambia, etc.

102.Las comunidades mencionadas están constituidas mediante estructuras a través de las cuales eligen a sus representantes. Los representantes elegidos, entre sus múltiples funciones, están encargados de llevar un registro de los nacimientos, las defunciones, los nuevos miembros, etc. Por recomendación de los miembros de la comunidad, las embajadas prestan servicios consulares, incluido el registro de diferentes categorías de trabajadores migratorios, incluidos los niños.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

103.Los hijos de los trabajadores migratorios, como todos los demás niños, tienen derecho a la educación. En las políticas educativas de Rwanda se prohíbe cualquier tipo de discriminación, incluida la discriminación basada en el género, la nacionalidad, la exclusión y el favoritismo. Como se ha especificado anteriormente, los familiares de los trabajadores migratorios no pueden ser objeto de ningún tipo de discriminación. Según la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Rwanda, los niños, incluidos los hijos de los trabajadores migratorios, no pueden ser objeto de discriminación. A ese respecto, los hijos de los trabajadores migratorios tienen acceso a la educación primaria, secundaria y terciaria.

Cuadro 8

Distribución de los migrantes permanentes mayores de tres años desglosada por nivel de educación, zona de residencia y sexo en comparación con los no migrantes

Nivel de educación- migrantes y no migrantes

Zonas urbanas

Zonas rurales

Rwanda

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Migrantes permanentes

Sin educación

8,2 %

11,0 %

9,5 %

23,5 %

31,8 %

28,0 %

16,8 %

24,3 %

20,7 %

Preescolar

1,7 %

1,9 %

1,8 %

2,3 %

2,0 %

2,1 %

2,0 %

1,9 %

2,0 %

Primaria

44,6 %

44,3 %

44,5 %

57,9 %

53,6 %

55,5 %

52,1 %

50,2 %

51,2 %

Post-primaria

1,3 %

1,1 %

1,2 %

0,9 %

0,9 %

0,9 %

1,1 %

1,0 %

1,0 %

Secundaria

28,7 %

28,8 %

28,7 %

12,6 %

10,1 %

11,2 %

19,6 %

16,8 %

18,2 %

Universitaria

14,5 %

11,8 %

13,2 %

2,0 %

0,9 %

1,4 %

7,4 %

4,8 %

6,1 %

No declarada

1,0 %

1,1 %

1,1 %

0,8 %

0,9 %

0,9 %

0,9 %

0,9 %

0,9 %

Total

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

Población

432 120

381 654

813 774

561 014

677 319

1 238 333

993 134

1 058 973

2 052 107

No inmigrantes

Sin educación

18,1 %

20,4 %

19,3 %

25,1 %

29,8 %

27,6 %

24,3 %

28,9 %

26,7 %

Preescolar

6,5 %

6,6 %

6,6 %

3,7 %

3,5 %

3,6 %

4,0 %

3,8 %

3,9 %

Primaria

52,6 %

51,2 %

51,9 %

60,6 %

57,3 %

58,9 %

59,8 %

56,7 %

58,2 %

Post-primaria

0,7 %

0,8 %

0,8 %

0,7 %

0,6 %

0,7 %

0,7 %

0,6 %

0,7 %

Secundaria

17,3 %

17,1 %

17,2 %

8,1 %

7,5 %

7,8 %

9,1 %

8,4 %

8,8 %

Universitaria

3,5 %

2,7 %

3,1 %

0,8 %

0,3 %

0,5 %

1,1 %

0,6 %

0,8 %

No declarada

1,2 %

1,2 %

1,2 %

0,9 %

0,9 %

0,9 %

1,0 %

0,9 %

1,0 %

Total

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

100,0 %

Población

388 635

393 592

782 227

3 230 048

3 543 858

6 773 906

3 618 683

3 937 450

7 556 133

Fuente: Cuarto Censo de Población y Vivienda de Rwanda .

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

104.Los representantes del Estado de origen de los trabajadores migratorios (embajada o consulado) son libres de dar y recibir información relativa a un trabajador migratorio en el Estado de acogida. El Gobierno de Rwanda, a través de sus diferentes organismos, proporciona información a cualquier persona interesada. Existen también sitios web en los que periódicamente se facilita información precisa. Se trata de leyes, políticas y reglamentos relacionados con los trabajadores migratorios. Además, a su llegada, se celebran reuniones de los trabajadores migratorios y las autoridades de inmigración para examinar el contexto normativo y jurídico del país; los funcionarios de inmigración realizan visitas periódicas para asegurarse de que los trabajadores migratorios realizan sus actividades. La Junta de Desarrollo de Rwanda también proporciona información pertinente a los inversores y a los trabajadores migratorios sobre diferentes temas relacionados con su situación.

105.Rwanda se asegura de que sus nacionales que se desplazan al extranjero conozcan los requisitos mínimos y las condiciones de residencia en el país de destino. La compilación de esa información se facilita en forma de Información sobre Asistencia en Viajes.

106.Los trabajadores migratorios en Rwanda tienen derecho a acceder a la información que facilitan los servicios consulares de las embajadas antes de viajar y durante su estancia en el país. En el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional se publica una lista de embajadas y contactos principales.

107.Los trabajadores migratorios siempre están incluidos en todas las campañas de sensibilización sobre los sindicatos que realiza el MIFOTRA.

108.Se ha establecido un centro de información integral para extranjeros, incluidos los trabajadores migratorios, dentro de la Junta de Desarrollo de Rwanda y la DGIE. Esas instituciones difunden carteles, folletos y panfletos en los que se ponen de relieve los derechos y las medidas de facilitación de que gozan los trabajadores migratorios.

Respuesta a los incisos a), b) y c) del párrafo 22 de la lista de cuestiones

109.Todos los hombres y mujeres, incluidos los trabajadores migratorios, reciben información sobre la prevención de la violencia, especialmente contra las mujeres. Esa actividad la realizan diferentes instituciones como el MIFOTRA, el Ministerio de Género y Promoción de la Familia, la Policía Nacional y otros interesados. En caso de cualquier tipo de violencia, se anima a las víctimas a que se dirijan a los centros de atención integral Isange para obtener ayuda.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

110.En el artículo 83 de la Ley núm. 66/2018, se establece que los empleados (incluidos los migrantes) tiene derecho a:

Unirse a otros para formar un sindicato.

Afiliarse a un sindicato de su elección.

Participar en las actividades legales de un sindicato.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

111.La legislación de Rwanda permite a los nacionales que viven en el extranjero votar y ser elegidos. A los trabajadores migratorios rwandeses se les facilita el ejercicio de su derecho al voto y a la participación en la vida pública de su país mediante el establecimiento de mesas electorales en embajadas y consulados. La participación de los rwandeses en la diáspora en las elecciones ha ido en aumento. Por ejemplo, mientras que en las elecciones presidenciales de 2010 la tasa de participación entre los miembros de la diáspora fue del 67,9 %, esa tasa aumentó al 89,5 % en las elecciones de 2017.

112.El derecho de los trabajadores migratorios presentes en Rwanda a votar y a ser elegidos se ejerce de conformidad con las normas que rigen las elecciones en sus países de origen. Rwanda les facilita el ejercicio de sus derechos, permitiéndoles votar a través de sus embajadas. Los trabajadores migratorios legalmente establecidos en el territorio nacional pueden, en el marco definido por su país de origen, participar en las elecciones organizadas por sus países a través de sus misiones diplomáticas y consulares acreditadas en Rwanda.

113.También se facilita a los trabajadores migratorios rwandeses el ejercicio de su derecho a votar y a participar en la vida pública de su país mediante la intervención de las embajadas y otras instituciones gubernamentales pertinentes. El derecho a participar en el gobierno del país se reconoce en el artículo 27 de la Constitución, en el que se dispone que todos los rwandeses tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas de acuerdo con su competencia y capacidad.

114.Todas las personas que alcanzan la mayoría de edad (18 años) son elegibles para votar y ser elegidas. Por defecto, cada persona que alcanza la mayoría de edad, se convierte en votante registrado de su zona de residencia y ejerce su derecho al voto en los colegios electorales establecidos en dicha zona.

115.En caso de que una persona se traslade fuera de su zona o país de residencia, existe un sistema electrónico fácil de usar mediante el cual las personas pueden cambiar su registro y convertirse en votantes elegibles de su nueva zona o país de residencia.

116.Rwanda tiene 37 embajadas en todo el mundo. En la práctica, las embajadas tienen una cobertura geográfica conocida como jurisdicción. A lo largo de los años, las embajadas han actuado como mesas electorales de acuerdo con las leyes internas de los países anfitriones.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

117.En primer lugar, en la legislación rwandesa se establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley.

118.Como ya se ha mencionado, en la Ley núm. 66/2018 se contempla la protección contra cualquier tipo de discriminación. En el artículo 30 de dicha Ley se establece que la rescisión ilegal de un contrato de trabajo da lugar al pago de daños y perjuicios. Esa disposición se aplica por igual a los trabajadores migratorios.

119.En la Ley núm. 66/2018 se dispone que los trabajadores migratorios de Rwanda gozan de los mismos derechos que los nacionales, sin ninguna discriminación basada en el país de origen. También se respetan sus derechos sociales, económicos y culturales. Por ejemplo, en lo que respecta a los derechos sociales, los trabajadores migratorios tienen derecho a incorporarse a los planes de seguro médico y de pensiones.

120.En lo que respecta a la igualdad de trato en la protección contra el despido improcedente y el acceso a los planes de trabajo públicos, en la nueva legislación laboral se prevé la igualdad de trato para todos.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

121.Los rwandeses que viven en el extranjero reciben asistencia a través del Programa General de Facilitación para la Diáspora. Asimismo, se facilita el regreso a Rwanda de quienes han adquirido otras nacionalidades, ya sea mediante la adquisición de la residencia permanente o de la doble nacionalidad.

122.El Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional cuenta con una dependencia que atiende diariamente a los miembros de la comunidad rwandesa en el extranjero. Entre los servicios que se prestan cabe mencionar:

La conexión de los miembros de la diáspora con el personal de las embajadas para recibir una orientación efectiva.

La prestación en los consulados de servicios equivalentes a los que se recibirían en el país en lo relativo al proceso de autenticación exigido por la Ley núm. 13 bis/2014, de 21 de mayo de 2014, por la que se regula la Oficina del Registro Civil.

123.Entre los mecanismos locales destinados a facilitar el regreso voluntario de los rwandeses que viven en el extranjero y de sus familiares, así como la integración económica, social y cultural a largo plazo en el país, cabe mencionar:

Iniciativas como “Ven y mira, ve y cuenta”, en cuyo marco las comunidades rwandesas eligen representantes para que regresen cada año al país e interactúen tanto con la comunidad, como con los encargados de la formulación de políticas con miras a conocer las oportunidades disponibles a nivel local.

Itorero indangamirwa, dirigido principalmente a los jóvenes nacidos fuera de Rwanda, a los que se anima a volver a casa por lo menos una vez al año. A los que lo desean se les expiden documentos de identidad, pasaportes, etc.

Youthconnekt, en cuyo marco los jóvenes que viven en el extranjero y se dedican a actividades socioeconómicas entran en contacto con sus homólogos en el país para posibles programas de intercambio en el mercado.

Día de Rwanda, destinado a poner en contacto a los rwandeses que viven en el extranjero con los principales dirigentes del país para debatir los problemas a los que tienen que hacer frente y encontrar soluciones al respecto.

124.Rwanda considera a la diáspora como su otra provincia. Por consiguiente, se reúne y se facilita información a la diáspora a través de las misiones diplomáticas igual que a las personas que viven en Rwanda. La diáspora también participa en eventos públicos, como los diálogos nacionales en los que sus representantes interactúan con el resto de la comunidad.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

125.Las leyes rwandesas no contienen ninguna restricción particular en cuanto al derecho de los trabajadores migratorios y sus familiares a salir y regresar libremente a cualquier país, incluido el suyo. Los extranjeros pueden circular libremente, a condición de que posean los documentos de viaje necesarios para entrar y salir del país de acogida.

126.Además, a los miembros de la diáspora rwandesa que han adquirido la nacionalidad de algún país que no acepta la doble nacionalidad se les facilita la obtención de un visado de residente de larga duración con múltiples entradas que les permite trabajar en su patria y visitar regularmente a sus parientes y familias.

127.Existe un permiso de residencia permanente (clase L-4) que se expide a los miembros de la comunidad rwandesa en el extranjero que hayan adquirido la nacionalidad de un país que no acepta la doble nacionalidad.

128.Los nacionales que se encuentran fuera de Rwanda y necesitan asistencia en materia de inmigración y otras cuestiones urgentes pueden dirigirse a las misiones diplomáticas y consulares en el extranjero o consultar el sitio web de inmigración o cualquier otro medio de comunicación.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

129.La reinserción desempeña un papel esencial en el retorno de los emigrantes, ya que está orientada a empoderar y proteger a los retornados proporcionándoles los instrumentos y la asistencia necesarios para su reincorporación en la sociedad de su país de origen, al tiempo que contribuye a la sostenibilidad general del retorno.

130.Existen varios programas gubernamentales abiertos a los rwandeses que regresan del extranjero para quedarse. Hay mecanismos de reintegración económica y social a largo plazo destinados a facilitar la instalación y el inicio de una nueva vida a los nacionales que regresan. Entre ellos cabe mencionar los siguientes: Ubudehe, VUP umurenge, GIRINKA, varios programas de crédito y ahorro, etc.

131.En 2014, el Gobierno de Rwanda diseñó un Programa Nacional de Empleo quinquenal. Ese programa está orientado a la creación de nuevos empleos y el perfeccionamiento de las aptitudes laborales, especialmente entre los jóvenes. Entre las actividades que se ofrecen hay pasantías profesionales y cursillos de capacitación de corta duración para los retornados.

132.Actualmente, el Gobierno está construyendo un sistema integrado de bases de datos sobre aptitudes nacionales en el que se registrarán las aptitudes de todos los rwandeses del país y de la diáspora. Ese sistema ayudará a disponer de datos precisos sobre las competencias disponibles dentro y fuera del país.

133.En colaboración con la Federación del Sector Privado, la oficina de la OIM en Rwanda elaboró un plan estratégico para la creación de un instituto empresarial con el fin de establecer mecanismos apropiados que respondan a las carencias de capacidad de los operadores empresariales privados, principalmente de las empresas de nueva creación y las pequeñas y medianas empresas, y para el establecimiento de una plataforma de investigación empresarial que sirva de base para el programa de promoción. Todo ello forma parte de las ayudas para el retorno de los emigrantes, ya que los empodera y los protege proporcionándoles la asistencia y los instrumentos necesarios para su reinserción en la sociedad.

Respuesta al apartado a) del párrafo 29 de la lista de cuestiones

134.La nueva ley sobre la trata de personas se promulgó en 2018 (Ley núm. 51/2018, de 13 de agosto de 2018, relativa a la prevención, represión y sanción de la trata de personas y la explotación de terceros (Gaceta Oficial núm. 39, de 24 de septiembre de 2018)). El compromiso del país de poner fin a la trata de personas se refleja también en la adopción de un marco jurídico nacional y la incorporación en la nueva Ley de normas internacionalmente aceptadas para hacer frente a ese delito.

Respuesta al apartado b) del párrafo 29 de la lista de cuestiones

135.En apoyo de los esfuerzos del Gobierno por poner fin a la trata de personas, la oficina de la OIM en Rwanda, en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres, ha puesto en marcha un proyecto. El proyecto conjunto tiene por objeto aumentar los conocimientos y la capacidad de los agentes pertinentes en lo que respecta a la elaboración y aplicación de políticas, reglamentos y leyes empíricas y eficaces para luchar contra la trata de personas e intensificar los esfuerzos por identificar a las víctimas, investigar los casos de trata y enjuiciar a los infractores. El objetivo es ayudar tanto al Gobierno como a las organizaciones de la sociedad civil a fortalecer su capacidad para responder ante todas las formas de trata de personas dentro y a través del país, incluida la trata de niños, y para identificar y proteger a las víctimas.

136.Concretamente, con ese proyecto se tratará de mejorar la capacidad de los organismos gubernamentales y los agentes de protección social y de la infancia para tomar decisiones sobre la trata de personas basadas en datos precisos. El proyecto complementará y reforzará las actividades que el Gobierno y los principales asociados llevan a cabo para hacer frente a la trata de personas. En el marco de ese proyecto también se publicará un informe de investigación exhaustivo en el que se expondrá la situación de la trata de personas en Rwanda y se prestará apoyo a las organizaciones de la sociedad civil para que adquieran los conocimientos necesarios para contribuir a las actividades para combatirla.

137.En el período que se examina, se han llevado a cabo diversas actividades de capacitación bajo la dirección del Ministerio de Justicia y sus asociados (la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la OIM). Entre los beneficiarios de esas actividades se encontraban: la DGIE, la Policía Nacional, la Oficina de Investigación de Rwanda, la Fiscalía General, las organizaciones de la sociedad civil y la Inspección de Trabajo. Los participantes recibieron formación sobre “Investigación y enjuiciamiento de casos de trata de personas” y sobre “Detección e investigación de casos de trata de personas”, entre otros temas.

138.En 2018, la organización Migration EU eXpertise, una iniciativa conjunta financiada por la Unión Europea y ejecutada por el Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias en colaboración con la DGIE y el Ministerio de Justicia, impartió cursos de capacitación para más de 50 funcionarios de las fuerzas de seguridad de la Oficina de Investigación de Rwanda, la Policía Nacional, la Fiscalía General, el Ministerio de Justicia y la DGIE en técnicas de investigación y enjuiciamiento relacionadas con la migración irregular, incluidos el contrabando y la trata de personas.

Respuesta al apartado c) del párrafo 29 de la lista de cuestiones

139.En general, los puestos fronterizos cuentan con procedimientos operativos estándar eficaces para la detección de presuntos casos de trata de personas.

140.La oficina de la OIM en Rwanda colabora con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Ministerio de Gestión de Emergencias para aumentar la sensibilización acerca de la trata de personas, la detección y la denuncia de casos entre la comunidad de refugiados y el personal que trabaja en entornos relacionados con los refugiados, incluidos los seis campamentos existentes y las comunidades circundantes. En el marco del proyecto se realiza una evaluación de la investigación sobre la trata en los campamentos que se utilizará para proporcionar materiales de concienciación adaptados y realizar actividades de sensibilización para los refugiados en los campamentos y las comunidades circundantes. También se impartirá formación específica adaptada a las autoridades, con lo que se conseguirá mejorar los servicios que se ofrecen y aumentar la confianza en el proceso y alentar a las víctimas y los testigos a que denuncien.

Respuesta al apartado d) del párrafo 29 de la lista de cuestiones

141.En el artículo 3 de la ley sobre la trata de personas se esbozan los principios sancionadores correspondientes a ese delito. Cuando se produce uno de esos casos en Rwanda, la pena de prisión no será inferior a 10 años ni superior a 15 años, además de imponerse multas de entre 10 millones y 15 millones de FR. Si el delito es transnacional o se comete a través de las fronteras, la condena puede aumentar a una pena de prisión de entre 20 años y 25 años (párrafos 1 y 2 del artículo 18).

142.Rwanda ha mejorado su capacidad para juzgar los casos de trata de personas mediante la promulgación de la Ley núm. 51/2018, en la que se contempla la posibilidad de impartir formación a los miembros del sistema judicial. La tasa de condenas ha aumentado considerablemente, pasando del 12,5 % en 2016, al 41,7 % en 2017 y al 53,3 % en 2018, lo que indica que se sigue avanzando en esa esfera. Según la Fiscalía General de Rwanda, en 2017 se denunciaron 29 casos de trata de personas y en 2018 se denunciaron 56, lo que supone un incremento del 93 %. El aumento de la tasa de condenas podría atribuirse a un mayor número de campañas de sensibilización y a un mayor nivel de capacitación de los principales interesados, que contribuyó a mejorar su capacidad de detección, investigación y enjuiciamiento de los casos de trata de personas.

Respuesta al apartado e) del párrafo 29 de la lista de cuestiones

143.El Ministerio de Justicia, en colaboración con la OIM, realizó recientemente un estudio titulado “Comprensión de la trata de personas en Rwanda: Causas, efectos y consecuencias”. El objetivo general del estudio era determinar el alcance del problema de la trata de personas en Rwanda, así como sus características y factores conexos, a fin de formular recomendaciones empíricas para fortalecer la respuesta a la trata de personas en los planos local y nacional con miras a combatirla. El estudio contiene datos desglosados sobre las características de las víctimas y los autores y otras tendencias de interés.

144.Otro estudio titulado “Evaluación de la trata de seres humanos en los campamentos de refugiados de Rwanda” está actualmente en fase de finalización.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

145.No se han encontrado casos de trabajo forzoso que hayan afectado a trabajadores migratorios.

146.En lo que respecta a la explotación sexual, en 2018 se detectó un caso de un grupo de ocho niñas chinas que entraron en el país como turistas, pero que posteriormente se descubrió que eran explotadas sexualmente por una empresa china camuflada como un hotel. Ese caso dio lugar a un procesamiento.

147.Existen varios mecanismos para prevenir y combatir el trabajo forzoso y la explotación sexual. Para impedir esa explotación, el Gobierno realiza periódicamente campañas de sensibilización de la comunidad para informar sobre ese fenómeno, al tiempo que se hace un llamamiento a la población para que informe sobre cualquier incidente de ese tipo. Se han establecido varias líneas telefónicas directas para facilitar la denuncia de los casos de explotación. También se han puesto en marcha iniciativas nacionales para prevenir la explotación sexual y el trabajo forzoso. Entre ellos están Umugoroba w’ababyeyi (un foro nocturno para padres donde se discuten temas que afectan a la comunidad), clubes contra la violencia de género en las escuelas, así como unidades especializadas dentro de la Oficina de Investigación de Rwanda. En lo que respecta al trabajo forzoso, los inspectores de trabajo realizan inspecciones periódicas en colaboración con el Comité Directivo de Distrito y se sanciona a los empleadores que obligan a realizar trabajo forzoso. Por último, los centros de atención integral Isange ofrecen alojamiento, tratamiento médico, asesoramiento psicosocial y asistencia médica y jurídica bajo un mismo techo a las víctimas de explotación sexual para evitar la revictimización. Actualmente hay centros de ese tipo funcionando en 44 hospitales de todo el país.

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

148.Los trabajadores migratorios están protegidos por la ley como los demás extranjeros. Tienen derecho a presentar denuncias sobre violaciones de sus derechos fundamentales reconocidos en virtud de la Convención y a utilizar recursos efectivos. Los trabajadores migratorios son inscritos por sus empleadores y los servicios de inmigración les otorgan un permiso de trabajo que les permite disfrutar de sus derechos fundamentales. En la ley de inmigración y emigración se establece la obligación de los empleadores de garantizar que sus empleados estén debidamente inscritos. Además, se prevén sanciones para los empleadores que no faciliten a sus empleados extranjeros la adquisición de la documentación necesaria.

149.De conformidad con el artículo 33 de la Ley núm. 57/2018, el empleador de un extranjero tiene, entre otras, las siguientes obligaciones:

Asegurarse de que todos sus empleados extranjeros estén en posesión de los permisos de residencia apropiados.

Conservar la información necesaria relativa a los extranjeros que tenga o haya tenido empleados.

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

150.La política nacional de migración se formuló para servir a los siguientes objetivos:

Promover la atracción de trabajadores extranjeros cualificados, la adquisición de conocimientos especializados por parte de los nacionales, el fomento de las inversiones y la competitividad del sector privado.

Facilitar la entrada y la residencia de trabajadores y empresarios extranjeros cualificados para llenar el vacío entre la mano de obra existente y las necesidades del mercado laboral.

Promover la libre circulación de personas, bienes y servicios en la región.

Facilitar que la diáspora rwandesa contribuya al desarrollo nacional.

Garantizar una gestión eficaz de los puestos fronterizos y reducir los problemas relacionados con la migración en la era actual de globalización para, en consecuencia, hacer de Rwanda un destino seguro y protegido para las inversiones, el empleo y el turismo.

Facilitar la expedición rápida y transparente de los documentos de viaje necesarios a todos los solicitantes que reúnan los requisitos y los soliciten de buena fe. Se expiden 11 tipos diferentes de permisos de residencia y visados.

151.Hay dos categorías principales de permisos de residencia: los permisos de residencia permanente y los permisos de residencia temporal.

152.El permiso de residencia temporal permite a los extranjeros residir en Rwanda durante un período determinado. Durante su estancia en Rwanda, los titulares de permisos de residencia temporal pueden trabajar, establecer negocios, invertir en empresas nuevas o existentes, reunirse con los miembros de su familia o realizar cualquier otra actividad autorizada por su permiso. Política Nacional de Migración, 2008.

153.El permiso de residencia permanente permite a los extranjeros residir en Rwanda de forma permanente para trabajar o emprender actividades comerciales de conformidad con la ley. Una vez presentados los justificantes de que se satisfacen los requisitos necesarios ante la DGIE, los solicitantes reciben dicho permiso dentro de los 30 días hábiles siguientes a su solicitud. Los niños que vivan con sus padres y reúnan los requisitos necesarios podrán recibir la residencia permanente en las mismas condiciones que sus padres.

154.El permiso de residencia de los niños expira cuando cumplen 25 años. A partir de ese momento, tendrán derecho a obtener otro permiso, previa solicitud. Los cónyuges de los titulares de permisos de residencia permanente tienen derecho a recibir un permiso con la misma validez que el del solicitante principal.

155.Hay tres categorías principales de visados de Rwanda: visado de entrada, visado de tránsito y visado de turista: El visado de entrada se expide a los extranjeros que tienen la intención de visitar Rwanda para cualquier fin que no sea el de trabajar o hacer negocios y no son ciudadanos de un país con el que Rwanda tenga un régimen de exención de visado. Se expide a los miembros de las tripulaciones y también a los ciudadanos de los Estados asociados de la CAO, y se obtiene en el puesto fronterizo mediante su anotación en el documento de viaje válido.

156.El visado de tránsito se expide a las personas que están de paso en Rwanda por un período no superior a 72 horas. El visado de tránsito puede ser prorrogado por una única vez en caso necesario. El visado de tránsito es un visado de una sola entrada y no permite al titular desempeñar un empleo.

157.El visado de turista permite a los extranjeros visitar Rwanda para hacer turismo, buscar empleo, visitar amigos, recibir tratamiento médico o resolver otro tipo de asuntos a corto plazo.

158.Programa de migración laboral: la estrategia consiste en utilizar la política de migración para facilitar la entrada de trabajadores extranjeros cualificados con aptitudes que escasean en el mercado laboral rwandés y para fomentar la repatriación temporal o permanente de los miembros de la diáspora rwandesa que viven en el extranjero a fin de contribuir a la construcción de la nación. Los trabajadores migratorios con cualificaciones raras y más escasas (lista de ocupaciones con demanda) no necesitan una recomendación o un contrato de trabajo con un empleador de Rwanda para poder obtener un visado. El solicitante está sujeto a las condiciones de posesión de los documentos necesarios para tener derecho a un visado en Rwanda.

159.Si satisface todas las condiciones de admisibilidad, el trabajador migratorio potencial recibe un visado para la búsqueda de empleo que le permite explorar las posibilidades de empleo en el mercado laboral. El coste del visado para los trabajadores migratorios es asequible.

160.Se conceden otros privilegios a categorías específicas de trabajadores migratorios (lista de ocupaciones con demanda, diáspora, empleados de posibles inversores, etc.), en particular la exención del pago de derechos de importación de sus efectos personales, incluido un vehículo familiar, en su primera entrada cuando vayan a permanecer un período largo, el derecho a cambiar de empleador durante el período de validez de sus permisos, etc. No obstante, tienen que informar de su deseo de ejercer esos privilegios a las autoridades de inmigración y a las autoridades encargadas de la inspección de trabajo.

161.Los extranjeros que llegan a Rwanda para pasar unas vacaciones y posteriormente deciden desempeñar un empleo no remunerado durante sus vacaciones en el país, reciben un permiso temporal de dos años. Los expatriados que trabajan como asistentes técnicos en el marco de los acuerdos bilaterales entre Rwanda y otros países, reciben un permiso de dos años.

162.Los permisos de residencia temporal expedidos a personas que no sean trabajadores por cuenta propia pueden clasificarse en subclases que corresponden a la naturaleza de la actividad que se proponen realizar. Los extranjeros que tengan un contrato de trabajo por un período superior a 90 días deberán solicitar un permiso de trabajo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de entrada en Rwanda. Si una de esas personas celebra un contrato de trabajo mientras se encuentra en Rwanda, deberá solicitar el permiso de trabajo en un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de celebración de dicho contrato.

163.Se ha introducido un visado familiar de turista para los familiares que deseen visitar a los trabajadores migratorios. Los miembros de las familias de los trabajadores migratorios reciben idénticos permisos de residencia que el trabajador migratorio principal. Los no nacionales pueden recibir permisos de residencia en Rwanda por el mero hecho de reunirse con sus familias. Los familiares de los trabajadores migratorios pueden participar en cualquier otra actividad económica, social o cultural siempre que respeten las leyes que regulan la inmigración.

Respuesta al apartado a) del párrafo 33 de la lista de cuestiones

164.El Gobierno de Rwanda ha establecido diferentes mecanismos que garantizan la igualdad de todos. La discriminación basada, entre otras cosas, en la etnia, el origen, la nacionalidad, la familia o la ascendencia, el clan, el color de la piel o la raza, el sexo, la región de procedencia, la clase social, la religión o la fe, la opinión, la fortuna, las diferencias culturales, el idioma, la situación económica, la discapacidad física o mental o cualquier otra característica está prohibida y castigada por la ley. Entre los mecanismos de lucha contra la discriminación cabe destacar la Constitución.

165.Desde la presentación del informe inicial en 2012, se han aprobado varias leyes para dar efecto a la protección y promoción de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares. Cabe señalar que en virtud de una nueva Ley del Trabajo se derogó la anterior Ley núm. 13/2009, de 27 de mayo de 2009, por la que se regulaban las relaciones laborales.

166.En el tratado fundacional de la CAO se establece la libre circulación de personas y se recomienda a los Estados asociados que faciliten el cruce de fronteras a los ciudadanos de los demás y que armonicen las políticas, programas y leyes laborales comunes en materia de empleo. Rwanda ha elaborado una política de migración que tiene por objeto: i) alentar a los turistas a visitar Rwanda y facilitar esas visitas; ii) facilitar la entrada de trabajadores extranjeros cualificados con aptitudes que escasean en el mercado laboral en Rwanda; iii) permitir y facilitar la entrada de inversores con fondos sustanciales para invertir en Rwanda; y iv) permitir a la diáspora rwandesa contribuir a la construcción de la nación.

Respuesta al apartado b) del párrafo 33 de la lista de cuestiones

167.Existen varias instituciones encargadas de regular la circulación de los trabajadores migratorios en Rwanda. Los principales son el MIFOTRA, el Ministerio de Gobierno Local, la DGIE y las demás autoridades encargadas de la administración territorial y la seguridad.

Respuesta al apartado c) del párrafo 33 de la lista de cuestiones

168.En la Política y Estrategias de Migración de Rwanda de 2008 se enumeran los derechos de determinadas categorías de trabajadores migratorios y sus familiares. En la ley de inmigración y emigración también se aborda la situación de determinados trabajadores migratorios de la siguiente manera: i) trabajadores fronterizos: Rwanda expide pases fronterizos a los extranjeros que residen a lo largo de la zona fronteriza de Rwanda o de los países limítrofes que cruzan regularmente por motivos de trabajo o de negocios; ii) trabajadores con un empleo específico vinculados a un proyecto: Rwanda emite pases especiales para esa categoría de personas con el fin de alcanzar un compromiso entre la naturaleza del trabajo y el tiempo razonable para su ejecución; iii) trabajadores itinerantes: Rwanda emite un visado denominado T-10 (Empresario Itinerante) para las personas que tienen actividades comerciales significativas en Rwanda y necesitan realizar visitas e inspecciones periódicas.

169.En la Ley núm. 13 ter/2014, de 21 de mayo de 2014, relativa a los refugiados, se establece el principio de no devolución al disponerse que en ninguna circunstancia se podrá devolver o deportar a un refugiado a un país en el que su vida o su libertad puedan correr peligro.

Respuesta al apartado d) del párrafo 33 de la lista de cuestiones

170.Rwanda ha ratificado varios convenios de la OIT. El 3 de agosto de 2017, se ratificaron seis Convenios, a saber: el Convenio núm. 144 sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), el Convenio 150 sobre la administración del trabajo, el Convenio 154 sobre la negociación colectiva, el Convenio 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores, el Convenio 181 sobre las agencias de empleo privadas y el Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

171.Rwanda sigue considerando la posibilidad de ratificar el Convenio de la OIT núm. 97 sobre los trabajadores migrantes (revisado) (1949) y el Convenio de la OIT núm. 143 sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias) (1975) y el núm. 181 mencionados por el Comité.

Respuesta al apartado e) del párrafo 33 de la lista de cuestiones

172.El Instituto Nacional de Estadística, en colaboración con el Ministerio de Hacienda, publicó en 2014 el último censo específico sobre migración. Se trata del Cuarto Censo de Población y Vivienda (2012) con el informe temático: Migración y movilidad espacial.

173.Además, la oficina de la OIM en Rwanda ayuda al Gobierno a tratar los datos sobre migración de manera que puedan ser utilizados eficazmente por los encargados de la formulación de políticas, en beneficio tanto del país como de los migrantes. En el ejercicio de elaboración de perfiles migratorios que se está realizando se reunirá toda la información pertinente a la migración y el desarrollo, lo que permitirá adoptar un enfoque de políticas más adecuado y contribuirá a una mejor comprensión de las políticas aplicadas.

174.Por último, la oficina de la OIM en Rwanda, en estrecha colaboración con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, está llevando a cabo un ejercicio de análisis de la diáspora en el Reino Unido, los Países Bajos, Bélgica y Alemania. Ese ejercicio de análisis permitirá conocer el perfil socioeconómico de la diáspora, sus aptitudes profesionales y sus conocimientos especializados, y servirá para evaluar su capacidad, sus intereses y su motivación para participar en el proceso de desarrollo de Rwanda. El ejercicio también servirá para promover la formulación de políticas empíricas y facilitará la incorporación de las cuestiones relativas a la diáspora en el proceso de formulación de políticas de desarrollo en el país.

Respuesta al apartado a) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

175.Las corrientes migratorias que se observan en Rwanda corresponden principalmente a los nacionales de los países limítrofes con Rwanda, o de la CAO en general. La frontera de Rwanda con la República Democrática del Congo se cruza por seis puestos fronterizos por motivos de comercio transfronterizo, educación y visitas familiares.

176.En la frontera de Rwanda con la República de Uganda, quienes forman parte de la comunidad limítrofe realizan los cruces por motivos de comercio transfronterizo, educación, agricultura y visitas familiares. Las fronteras de la parte septentrional de Rwanda son utilizadas por rwandeses o burundeses y por congoleños en tránsito hacia Uganda o Kenya.

177.En la frontera de Rwanda con Tanzanía (Rusumo), las personas realizan cruces diarios, semanales o estacionales por motivos como las visitas familiares o el comercio transfronterizo a través del puerto de Dar es Salam. Los usuarios de esa frontera son rwandeses, ugandeses y congoleños que viajan a Tanzanía o los países vecinos (Zambia, Mozambique y Malawi) y viceversa.

178.En la frontera con Burundi, los cruces se realizan por motivos de comercio transfronterizo y visitas familiares. Para Burundi, Rwanda es la puerta de entrada a Uganda, la República Democrática del Congo, Kenya y Sudán del Sur.

179.Además del transporte terrestre, que requiere el cruce de los puestos fronterizos, las personas utilizan también el Aeropuerto Internacional de Kigali por razones de negocios, turismo y visita.

180.A continuación figura un cuadro en el que se detallan las entradas y salidas de Rwanda, desglosadas según el propósito, en 2016, 2017 y 2018.

Año 2016

Año 2017

Año 2018

Flujos

Entrada

Salida

Entrada

Salida

Entrada

Salida

Otros motivos

34 436

96 045

29 240

101 535

47 752

24 982

Negocios

372 437

961 058

377 398

861 403

323 217

1 060 750

Visitas

447 842

709 447

459 460

695 890

581 764

787 486

Total

854 715

1 766 550

866 098

1 658 828

841 931

1 782 169

181.A continuación figura un cuadro en el que se detallan las entradas y salidas de Rwanda, desglosadas según el país de procedencia, en 2016, 2017 y 2018.

Año 2016

Año 2017

Año 2018

Flujos

Entrada

Salida

Entrada

Salida

Entrada

Salida

Miembros de la CAO

522 302

1 525 905

456 106

1 471 154

482 949

2 037 815

Miembros de la CEPGL

413 537

1 710 534

501 091

1 606 265

530 991

1 777 294

Nacionales de otros países

82 668

26 756

84 051

30 167

104 640

32 699

Respuesta al apartado b) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

182.En el período 2017/2018, Se detuvo a 208 extranjeros por cometer infracciones relacionadas con la inmigración.

Respuesta al apartado c) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

183.A continuación figuran cuadros en los que se detallan el número y la nacionalidad de los extranjeros expulsados entre 2015 y 2019.

2015-2016

País de origen

Número de extranjeros deportados

Burundi

8

Kenya

3

EE. UU.

2

Italia

2

Tanzanía

2

Bélgica

1

China

1

Congo

1

Malí

1

Países Bajos

1

Sudáfrica

1

Uganda

1

Total

24

2016-2017

País de origen

Número de extranjeros deportados

Burundi

1 450

Uganda

10

Nepal

4

EE. UU.

3

Kenya

2

Senegal

2

Nigeria

2

Camerún

2

China

2

República Democrática del Congo

47

Francia

1

Italia

1

Total

1 526

2017-2018

País de origen

Número de extranjeros deportados

Burundi

64

Tanzanía

33

República Democrática del Congo

7

Uganda

5

China

5

Kenya

2

EE. UU.

1

Sri Lanka

1

Gambia

1

Eritrea

1

Camerún

1

Total

121

Respuesta al apartado d) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

184.La legislación de Rwanda no permite la entrada o salida de menores no acompañados. El único medio aceptable y lícito por el que se puede permitir que un niño viaje sin estar acompañado es con el consentimiento de los padres. Por lo tanto, no hay datos ni estadísticas sobre los niños no acompañados o separados dentro de Rwanda.

Respuesta al apartado e) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

185.En 2010, el Gobierno de Rwanda decidió ir más allá de sus fronteras para movilizar a los rwandeses en la diáspora para contribuir a la construcción de la nación. Gracias al “Día de Rwanda”, más de 40.000 rwandeses se han movilizado en Europa, y América del Norte. Desde la conmemoración del primer Día de Rwanda, los ingresos por concepto de remesas han aumentado de 98,2 millones de dólares en 2010 hasta 167,3 millones de dólares en 2016, según el Banco Central.

186.Las remesas de la diáspora rwandesa contribuyeron por lo menos al 2 % del producto interno bruto en 2016 y aumentaron un 34 % en el último decenio. Las remesas hacia Rwanda aumentaron un 17 %, de 155,4 millones de dólares en el ejercicio económico 2015/2016 a 181,9 millones de dólares en el ejercicio económico 2016/2017, según cifras del Banco Central.

187.Durante el mismo período, las remesas de salida (el dinero enviado fuera del país), se redujeron ligeramente, de 57,61 millones de dólares en el ejercicio económico 2015/2016 a 57,44 millones de dólares en el ejercicio económico 2016/2017.

188.En años anteriores, las remesas habían disminuido de 169,65 millones de dólares en el ejercicio económico 2013/2014 a 167,02 millones de dólares en el ejercicio económico 2014/2015 y luego a 155,40 millones de dólares en el ejercicio económico 2015/2016. Las remesas de salida habían aumentado de 49,46 millones de dólares a 53,44 millones de dólares y luego a 57,61 millones de dólares, respectivamente, en el mismo período.

Respuesta al apartado f) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

Extranjeros condenados (Resumen)

Núm.

Período

Hombres

Mujeres

Total

1

Julio de 2012 a mayo de 2018

600

28

628

Extranjeros condenados por nacionalidad

Núm.

Nacionalidad

Condenados

1

Burundeses

288

2

Congoleños

176

3

Ugandeses

57

4

Tanzanos

30

5

Kenianos

21

6

Chinos

7

7

Nigerianos

7

8

Guineanos

7

9

Indios

6

10

Senegaleses

4

11

Somalíes

4

12

Estadounidenses

2

13

Bangladesíes

2

14

Belgas

2

15

Británicos

2

16

Cameruneses

2

17

Canadienses

2

18

Franceses

2

19

Eritreos

1

20

Etíopes

1

21

Alemanes

1

22

Neerlandeses

1

23

Pakistaníes

1

24

Eslovenos

2

25

Españoles

1

Total

628

Respuesta al apartado g) del párrafo 34 de la lista de cuestiones

189.Todas las personas carentes de recursos, nacionales o extranjeras, de Rwanda reciben servicios de asistencia jurídica. A través del Ministerio de Justicia, el Gobierno puso en marcha las Maisons d’Accès à la Justice (Oficinas de Acceso a la Justicia) en 2007. Establecidas ya en los 30 distritos de Rwanda, las Oficinas de Acceso a la Justicia sirven como primer punto de orientación en el que los rwandeses pueden obtener un servicio de asistencia jurídica. Esas Oficinas proporcionan principalmente información/educación, así como asesoramiento/mediación jurídica.

190.En la Ley del Colegio de Abogados de Rwanda se faculta al personal de las Oficinas de Acceso a la Justicia para prestar asistencia jurídica y judicial a las personas carentes de recursos y a las personas necesitadas (artículos 58 y 68). Ese personal puede ayudar, aconsejar, representar y defender a esas personas indigentes ante cualquier tribunal. También puede analizar los casos y ofrecer asesoramiento jurídico y servicios de mediación a las partes.

191.En lo que respecta a los nacionales que trabajan en el extranjero, en las embajadas y servicios consulares se les puede facilitar el acceso a los servicios jurídicos.

Respuesta al párrafo 35 de la lista de cuestiones

192.Rwanda sigue estudiando la posibilidad de hacer la declaración prevista en los artículos 76 y 77 de la Convención.