Naciones Unidas

CRPD/C/MEX/RQ/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

29 de abril de 2021

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

25º período de sesiones

16 de agosto a 10 de septiembre de 2021

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Respuestas de México a la lista de cuestiones relativa a sus informes periódicos segundo y tercero combinados * , **

[Fecha de recepción: 5 de octubre de 2020]

I.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones(CRPD/C/MEX/Q/2-3,)

1.El Estado Mexicano cuenta con el PNDIPD cuyas acciones, estrategias y objetivos muestran el esfuerzo por atender y cubrir de manera general y suficiente las recomendaciones del Comité, con un criterio de progresividad.

Respuesta al párrafo 2 a) de la lista de cuestiones

2.El GTEFD dota de los elementos técnicos para la elaboración del Certificado de Discapacidad y su NOM, este acordó que las bases para su elaboración serán la CDPD y la CIF.

3.El RNPD será la porción que solicite y obtenga la Certificación del Estado con reconocimiento nacional, de conformidad con la LGIPD.

4.En concordancia con el modelo de DDHH de la discapacidad y la detección de PCD en atención primaria, se clasificó la detección en:tipo de discapacidad, grado de discapacidad, grupo de edad, sexo y población indígena.

5.El Programa IMSS-BIENESTAR incorporó en 2018 al Sistema de Información en Salud para Población Adscrita el Registro Diario de Actividades de Detección de PCD, un cuestionario para el tamizaje de identificación de PCD, con base en la propuesta realizada por el «Grupo de Washington sobre estadísticas de la discapacidad».

Respuesta al párrafo 2. b) de la lista de cuestiones

6.El Estado Mexicano ha trabajado con el Congreso de la Unión para presentar agendas legislativas relacionadas con el derecho a la igualdad y no discriminación de PCD. En 2018 se presentó una propuesta que destaca acciones en materia de derechos de PCD a:

Igual reconocimiento como persona ante la ley - capacidad jurídica

La accesibilidad universal

La consulta

7.En 2020, CONAPRED presentó su agenda legislativa:

Creación de una ley general de accesibilidad

Reforma a los Códigos Civiles y Penales para que se reconozca la capacidad jurídica de PCD

Respuesta al párrafo 2. c) de la lista de cuestiones

8.CONADIS, con CONAPRED, llevó a cabo en 2019 el Foro Especial de Participación en materia de Derechos de las Personas con Discapacidad, con mesas de trabajo que abordaron: capacidad jurídica; derechos políticos-electorales, de acceso a la justicia, a la educación inclusiva, a la vivienda, a la salud, al trabajo y derechos sexuales y reproductivos; accesibilidad en el entorno del transporte, infraestructura, radiotelecomunicaciones; servicios financieros; y protección civil.

9.SIPINNA colaboró con el INE para la Consulta Infantil y Juvenil 2018. Incluyó un reactivo para que NNA indicaran si viven con alguna discapacidad, por lo que se tienen resultados desagregados. Se utilizaron boletas en Braille.

10.En 2018 se realizó el Primer Encuentro de la Red Nacional de Adolescentes, en la que participó un adolescente con discapacidad motora y en colaboración con el IINNA se trabajó el video para visibilizar la necesidad de inclusión y las barreras que existen en la educación de NNA con discapacidad.

Respuesta al párrafo 2. d) de la lista de cuestiones

11.Entre losmecanismos del IMSS se encuentran:

Comité para el Programa Institucional sobre los Derechos de las PCD, con tres grupos de trabajo: Accesibilidad; Legislación; y Prevención de la discriminación, sensibilización, capacitación y difusión

35 Comités Delegacionales sobre los Derechos de PCD, y

Subjefatura de División de Atención a PCD

12.Algunas de sus acciones: talleres de sensibilización en línea para trabajadores/as y derechohabientes sobre trato adecuado a PCD; Foros sobre discapacidad; Semana Nacional de Discapacidad; materiales de difusión y concienciación; acciones para la creación de ambientes accesibles, orientadas a la concientización acerca de los derechos, la inclusión, la integración social y el reconocimiento de las PCD.

13.La garantía de los de derechos de NNA con discapacidad se ha materializado en la instalación del SIPINNA así como en la creación de metodologías y mecanismos para su articulación y operación; este brindó acompañamiento a los gobiernos locales y municipales para la creación de los 32 Sistemas estatales.

II.Derechos específicos (arts. 5 a 30) Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 3. a) de la lista de cuestiones

14.CNDH, como parte del Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la CDPD, proporcionó asesorías jurídicas, respondiendo a requerimientos específicos de PCD y de sus familias en la materia. (Anexo 3, numeral 1).

15.Panorama legislativo en materia de no discriminación por motivos de discapacidad, a nivel local:

Las 32 entidades federativas tienen una constitución local, 28 de estas cuentan con cláusula antidiscriminatoria, de las cuales 25 reconocen expresamente a la discapacidad como una categoría protegida contra la discriminación.

Las 32 entidades federativas cuentan con una ley local antidiscriminatoria que establece que la discapacidad es una categoría protegida contra la discriminación. En 11 de estas se reconoce como discriminación la denegación de los ajustes razonables.

Respuesta al párrafo 3. b) de la lista de cuestiones

16.CEAV proporciona asesoría y representación jurídica gratuita para garantizar los derechos de las personas, incluyendo PCD, para lo cual cuenta con peritos especializados en las diversas discapacidades; se proporciona a las víctimas apoyo de intérpretes de LSM y se ha ordenado la emisión de documentos en Braille.

17.El PAIV 2020-2024 integra acciones de aplicación por el SNAV en coordinación con CONADIS:

Promover la accesibilidad de PCD a espacios de atención a víctimas

Facilitar el conocimiento e información de los derechos de víctimas con discapacidad mediante el uso de lenguas, lenguajes, sistemas, tecnologías y formatos accesibles para las diferentes condiciones de discapacidad

Promover la capacitación del personal de instancias que conforman al SNAV sobre LSM, para prestación de servicios de ayuda, asistencia y atención a víctimas

Promover la atención diferencial y preferencial de víctimas con discapacidad

18.El PAIV 2020-2024 y el Programa Institucional de CEAV 2020-2024 consideran la atención a víctimas con enfoque integral, diferencial, de género, infancia, intercultural y de no discriminación e inclusión a las víctimas de grupos en situación de vulnerabilidad.

19.Entre otras acciones, se cuenta con:

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación

CDSDRPCD

Cartilla de prevención de delitos en materia de Trata de Personas de la CEAV, con enfoque diferencial y especializado, como LSM, Braille, lecturas fáciles, dibujos, diagramas u otro tipo de comunicación verbal o no verbal

20.CEAV ha emitido resoluciones en materia de reparación integral del daño por compensación por violación a DDHH cometidas por autoridades federales en favor de víctimas directas con discapacidad. Las resoluciones contemplan como principales criterios: enfoque diferencial y especializado, dignidad, igualdad y no discriminación, máxima protección, complementariedad y siempre con un análisis individualizado de los derechos y o delitos cometidos en agravió de las víctimas.

21.En lo que corresponde a la materia penal, las sanciones se pueden observar en el Anexo 3, numeral 2.

Respuesta al párrafo 3. c) de la lista de cuestiones

22.El Estado mexicano ha destinado recursos presupuestarios para distintas instancias, como CONADIS, que recibió $31,706, 910.00 en 2020.

23.INMUJERES ha destinado recursos para el desarrollo de 3 metas en materia de discapacidad: a) Elaborar una investigación que visibilice la problemática, especialmente relacionada con el respeto de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad, para transversalizar esta perspectiva en políticas públicas; b) Estrategia de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, para niñas y adolescentes, mujeres indígenas otomíes y mujeres con discapacidad visual y auditiva, y c) Elaboración de ruta de acción para la incorporación de la perspectiva de género en políticas públicas dirigidas a PCD.

24.En 2019, INMUJERES destinó recursos para el desarrollo de 12 metas en materia de discapacidad (Anexo 3, numeral 3) y otorgó financiamiento a dos proyectos:

Promoción de derechos de niñas y mujeres con discapacidad

Formación y desarrollo de capacidades para mujeres, jóvenes y adolescentes, con discapacidad y adultas mayores, para el ejercicio de su derecho al desarrollo humano integral y su empoderamiento

25.SNDIF opera el programa presupuestario de Atención a PCD ($25.000.000,00 en 2019), para que cuenten con medios para su inclusión social, mediante otorgamiento de recursos económicos a los Sistemas Estatales y Sistemas Municipales para la ejecución de obras y/o acciones en:

Salud, a través de ayudas funcionales y equipo relacionado con la rehabilitación e inclusión

Infraestructura, remodelación o adecuación de espacios en los Centros y Unidades de Rehabilitación

Desarrollo para la Inclusión Laboral, Educativa y Social

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 4. a) de la lista de cuestiones

26.Las mujeres y las niñas con discapacidad son sujetas de derecho y protección por parte de la LGIMH.

27.Una estrategia prioritaria del PROIGUALDAD es la transformación de comportamientos y normas socioculturales contrarias a los DDHH. Para su elaboración, INMUJERES realizó 32 Foros de Consulta Estatales “Mujeres trabajando juntas por la transformación de México” y un Foro Nacional, con participación de diversidad de mujeres, como mujeres con discapacidad, que conversaron, analizaron y propusieron las acciones que México debe encausar para garantizar los derechos de las mujeres en los distintos ámbitos (Anexo 3, numeral 4).

28.En 2018 se elaboró la CDSDRPCD en coordinación con OSC, representantes de la APF, academia, PCD y personas expertas.

29.Se cuenta con el documento “Orientaciones para incorporar el enfoque de derechos de NNA con perspectiva de género en los objetivos y acciones de los colegiados del SIPINNA”, que busca asegurar la protección de sus derechos de manera integral, incluidas las NNA con discapacidad.

30.El TEPJF, en colaboración con tribunales electorales locales, instituciones para la atención de PCD y OSC, difundió los derechos político-electorales entre mujeres de talla pequeña, personal jurisdiccional y administrativo, así como dirigentes de asociaciones de PCD.

Respuesta al párrafo 4. b) de la lista de cuestiones

31.INMUJERES da continuidad al Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el empoderamiento de mujeres mediante la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres, cuyo funcionamiento exige la coordinación entre los tres órdenes de gobierno, e incluye a niñas y mujeres con discapacidad.

32.En 2019, el CJF emitió las primeras convocatorias de dos concursos de oposición exclusivamente para mujeres, para fortalecer la paridad de género en la distribución de plazas de titulares en el Poder Judicial de la Federación. En caso de empate, se estableció que se optaría por la aspirante que tuviera discapacidad o fuera jefa de familia.

33.14 entidades federativas cuentan con Programas Estatales de Protección Integral de NNA, con estrategias y líneas de acción referentes a la atención y protección de los derechos de niñas y adolescentes con discapacidad. Diversos Planes Estatales de Desarrollo contemplan acciones concretas tendientes a garantizar el respeto de los derechos de PCD.

34.A nivel local se han emprendido diversas acciones para la promoción de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad, a través de programas y planes estatales con actividades de sensibilización, capacitación, formación y profesionalización, que buscan su empoderamiento para el ejercicio efectivo de sus derechos.

35.Por ejemplo, Jalisco implementa el Programa Estatal para la Inclusión y el Desarrollo Integral de PCD 2019-2024; el Instituto Hidalguense de las Mujeres cuenta con un marco integral de atención a mujeres víctimas de violencia, con énfasis en aquellas con discapacidad o que tienen hijos con discapacidad; en Chiapas, en 2019, se presentó el Plan Emergente para Garantizar la Integridad, la Seguridad y la Vida de las Mujeres y las Niñas de Chiapas, incluyendo PCD.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

36.INEGI incluyó el tema en:

ENADIS, en coordinación con CONAPRED, cuenta con información estadística relacionada con la discriminación múltiple e intersectorial que viven actualmente distintos grupos de la población, incluidas PCD: https://www.inegi.org.mx/programas/enadis/2017/.

ENADID. Proporciona información de la dinámica demográfica en México. Identifica a la población con discapacidad a partir variables como tipo de actividad, grado de la dificultad y causa: https://www.inegi.org.mx/programas/enadid/2018/.

ENSANUT, en coordinación con INSP, cuenta con un módulo de preguntas desarrollado por UNICEF y el Grupo Washington, para la medición de la discapacidad en niñez y adultos: https://www.inegi.org.mx/programas/ensanut/2018/.

ENIGH. Proporciona un panorama estadístico sobre ingresos y gastos en hogares; las características ocupacionales y sociodemográficas de quienes integran el hogar; y características de infraestructura de la vivienda y el equipamiento. Incluye variables sobre discapacidad y causa de la discapacidad: https://www.inegi.org.mx/programas/enigh/nc/2018/.

Otras encuestas que incluyen el tema: Encuesta Nacional sobre la Salud y el Envejecimiento en México 2018; Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social 2017; Encuesta Nacional de los Hogares 2016 y 2017; Encuesta Nacional del Uso del Tiempo 2014; Encuesta Nacional de la Dinámica y las Relaciones en los Hogares 2016.

Censo de Población y Vivienda programado para 2020. Aborda el tema de discapacidad en los cuestionarios básico y ampliado; es posible distinguir a población con discapacidad o limitación y desagregar por sexo y edad y conocer las características socioeconómicas, como educación, trabajo, etnicidad, servicios de salud, fecundidad, situación conyugal y migración; dando cuenta de las brechas de género.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 6. a) de la lista de cuestiones

37.Después de la entrada en vigor de la LGDNNA fueron publicadas las 32 Leyes Estatales en la materia, con sus respectivos reglamentos. Estas contemplan el interés superior de la niñez, la no discriminación, la inclusión y la participación, incluyendo derechos de NNA con discapacidad.

38.Diversos instrumentos jurídicos estatales cuentan con apartados específicos en materia de protección de derechos de PCD, como las Leyes para la inclusión y desarrollo de las PCD, las Leyes para prevenir y eliminar la discriminación, las Leyes estatales de educación y las Leyes que regulan la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, entre otras.

39.Por ejemplo, la CDMX, con la entrada en vigor de su Constitución Política, avanzó en el reconocimiento de los derechos de PCD; estipula que NNA con y sin discapacidad son grupos de atención prioritaria y se garantizará su atención y protección.

Respuesta al párrafo 6. b) de la lista de cuestiones

40.Entre otros, destacan:

SCT contrató servicios de Internet en sitios y espacios públicos (programa “México Conectado”), con la aplicación "Inclusión" para permitir el acceso y navegación de PCD, entre ellas NNA. Los Centros de Inclusión Digital cuentan con instalaciones, mobiliario y equipo para acceso y capacitación de PCD.

Programa de Coinversión Social apoyó 191 proyectos a cargo de OSC para garantizar derechos de NNA en municipios con alta y muy alta marginación; 42 de los cuales fueron dirigidos a PCD.

234 Centros de Atención para Personas con Discapacidad. Ofrecen estudios nivel medio superior para PCD. La SEP capacitó a figuras educativas en torno a la atención a estudiantes indígenas con discapacidad, inclusión y proyectos didácticos diversificados. Usó la serie "Educación pertinente e inclusiva. La discapacidad en educación indígena".

Se promovió que en las estancias de bienestar y desarrollo infantil del ISSSTE, IMSS y PEMEX se reciba y atienda de manera integral a NN con discapacidad. Con el Programa Escuelas al CIEN se realizaron adecuaciones en escuelas para que la comunidad educativa no enfrente obstáculos de desplazamiento.

Se realizó la adecuación de banquetas y rampas para PCD en los Centros Integrales Planeados del Fondo Nacional de Fomento al Turismo.

SEDATU otorgó créditos para ampliaciones en viviendas o para adquirir una vivienda adaptada para PCD.

Respuesta al párrafo 6. c) de la lista de cuestiones

41.La ENAPI cuenta con la Ruta Integral de Atenciones, que integra 29 servicios e intervenciones públicas requeridas para garantizar el desarrollo integral. Establece:

Existencia de programas para NN con discapacidad, en situación de orfandad y vulnerabilidad

Detección de padecimientos y brindar atención integral a NN enfermos y/o con discapacidad

Garantizar y fortalecer las intervenciones para NN con discapacidad y en situación de vulnerabilidad

42.SNDIF desarrolló un proyecto de política de inclusión, para garantizar el acceso y pleno ejercicio de los DDHH de NN con discapacidad en los Centros de Atención Infantil.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

43.El PND incorporó en su elaboración la perspectiva NNA a través de:

Foro Nacional “Planeando Juntos”, mesa de Trabajo “Interés Superior de las Niñas, Niños y Adolescentes”

Foros Derechos de PCD y Derechos de las Mujeres

Foro Sectorial en materia de DDHH, Migración y Población, a través de las Mesas Derechos Humanos de NNA

Mesa de Trabajo sobre Derechos Sexuales y Reproductivos y Mexicanos en el exterior y migrantes en México

Diseño e implementación de la plataforma “OpiNNA que Buen Plan”, para obtener ideas y soluciones por parte de NNA para definir acciones en política pública que garanticen sus derechos, como el PNDH y el PRONAPINNA

44.Otras acciones:

Consultas para elaborar el PRONAPINNA; en la CDMX participaron NNA con discapacidad. La plataforma “OpiNNA” permitió consultar con NNA si viven con dificultades u obstáculos más fuertes para escuchar, mover alguna extremidad, usar lentes, expresarse o aprender.

Consulta Infantil y Juvenil 2018, paralela a los procesos Electorales Federales, convocó a 5´671,384 NNA. Contó con diversas medidas de inclusión para PCD:

15 mil boletas en Braille.

Hojas de expresión gráfica y boletas en formato electrónico, además de las impresas.

Las personas voluntarias recibieron capacitación sobre interacción y apoyo a PCD.

Casillas itinerantes para atender a quienes estaban en hospitales, así como en condiciones de cuidado o custodia.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 8. a) de la lista de cuestiones

45.El PNDIPD establece como Objetivo 5. Incrementar la accesibilidad en espacios públicos o privados, el transporte y las tecnologías de la información para PCD. Estrategias:

Impulsar la construcción de vivienda accesible para PCD y sus familias

Garantizar financiamiento o subsidio a PCD de zonas urbanas, rurales, indígenas o en pobreza, para adquirir vivienda accesible

Garantizar el derecho de las PCD, a la accesibilidad, diseño universal, transporte y TICs

Promover acciones para la accesibilidad en instalaciones públicas

Respuesta al párrafo 8. b) de la lista de cuestiones

46.INDAABIN instaló mesas de trabajo con CONADIS, CONAPRED, PCD, organizaciones de y para PCD y personas expertas en accesibilidad, resultantes en la adopción del proyecto de Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a los inmuebles de la APF así como su Anexo único, a fin de regular las condiciones y requerimientos de accesibilidad, diseño universal y ajustes razonables que deben cumplir los inmuebles federales.

Respuesta al párrafo 8. c) de la lista de cuestiones

47.El sitio www.gob.mx está construido para facilitar el acceso universal para todas las personas que lo consulten, independientemente del contexto técnico de su uso. Garantiza la accesibilidad web para PCD visual, auditiva, motora, cognitiva o neurológica. Se busca ajustar este sitio a las recomendaciones del W3C, establecidas en las WCAG, versión 2.0, referidas en el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales de Accesibilidad Web que deben observar la APF.

Derecho a la vida (art. 10)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

48.SNDIF coordina la operación de los programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario, para que la población en situación de vulnerabilidad acceda a una alimentación saludable. Opera en todo México y cuenta con el Programa de Asistencia Social Alimentaria a Personas de Atención Prioritaria, cuya población objetivo son personas en municipios, localidades o AGEB rurales, urbanas o indígenas de alto y muy alto grado de marginación, PCD, adultos mayores y NN de 2 a 5 años 11 meses no escolarizados.

49.Desde la creación de la PFPNNA, no se tiene conocimiento de muertes de NNA con discapacidad en los Centros de Asistencia Social del SNDIF.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

50.El PNDIPD incluye un objetivo para la atención de PCD en situación de emergencia o desastre, lo cual es incluido en los planes focalizados, documentos e instrumentos:

Mi plan de emergencia. Guía de CNDH para considerar estudiantes con discapacidad en protocolos de protección civil en escuelas.

Guía General de Prevención y Preparación en situaciones de emergencia para PCD, de Protección Civilde la CDMX.

Guía General de Prevención y Preparación en Situaciones de Emergencia para PCD del CENAPRED.

KOL, línea telefónica de apoyo psicológico, del Comité de Ayuda a Desastres y Emergencias Nacionales. Forma parte del plan de acción para atención y manejo de crisis por COVID-19 y cuenta con atención dirigida a PCD.

Reglas de Operación 2020 del Programa IMSS BIENESTAR. Consideran la atención a población Indígena, abarcando PCD.

Informe ejecutivo sobre la estrategia INGRID-H en unidades médicas, para incluir PCD en planes de emergencias y desastres.

Lineamientos generales con perspectiva de no discriminación para la prevención, actuación desde la protección civil y reconstrucción relacionadas con los sismos. Pone énfasis en personas históricamente discriminadas, como PCD.

Recomendaciones básicas para interactuar con PCD en caso de sismo.

Guía para la protección de la salud de PCD en el contexto COVID-19, de la SSALUD.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

51.El igual reconocimiento de las PCD ante la ley se plasma en el primer artículo de la Constitución y en el artículo 4 de la LGIPD.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

52.Sentencias de la SCJN sobre capacidad jurídica en relación con los derechos de PCD, entre ellas:

Tesis: 1a. XLI/2019 (10a.). personas con discapacidad. los artículos 23 y 450 del código civil para el distrito federal, aplicable para la ciudad de méxico, realizan una distinción basada en una categoría sospechosa (discapacidad) y, por ende, violan los derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación.

Amparo en revisión 159/2013.

53.Inmujeres revisa los códigos familiares, civiles y penales de todo el país para identificar texto discriminatorio o violatorio de los derechos de las mujeres, en ocasiones relacionados con la capacidad jurídica de las mujeres con discapacidad; una vez localizado el texto, elaboran recomendaciones y se envían a los congresos locales para promover la reforma correspondiente.

Respuesta al párrafo 12. a) de la lista de cuestiones

54.Amparo en Revisión 1368/2015. La SCJN sostiene que el Estado mexicano ha adoptado el modelo social de discapacidad, que reconoce la personalidad jurídica, la capacidad jurídica y condición como sujeto de derechos de las PCD. A las PCD se les debe prestar asistencia para ejercer su capacidad jurídica y para tomar decisiones mediante un sistema de apoyos y salvaguardias, enfocados a facilitar la expresión de una voluntad libre y verdadera y asegurar que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la PCD, así como que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida.

55.ADR 1043/2015. La SCJN sostiene que en los casos que participan PCD, las autoridades tienen la obligación de cumplir con las formalidades del procedimiento y observar el derecho de audiencia.

56.En un procedimiento de declaración de interdicción y nombramiento de tutor es obligación de la persona juzgadora dar audiencia a la persona cuyos derechos están en juego y más si estos derechos involucran la libertad, la autonomía en las decisiones, el libre desarrollo de la personalidad.

57.El juzgador debe realizar los ajustes necesarios o razonables para facilitar la información y las consecuencias jurídicas de los procedimientos judiciales, en lenguaje sencillo, mediante formatos accesibles y con apoyos necesarios.

58.Cuando una PCD promueva un juicio de amparo, el órgano jurisdiccional debe respetar su voluntad de promoverlo y continuarlo por propio derecho. En caso de que el Juzgador advierta de manera objetiva que el quejoso necesita ser apoyado en la tramitación del juicio de amparo, optará por designarle un representante especial, para lo cual le dará vista e informará el derecho que tiene a rechazar la designación.

Respuesta al párrafo 12. b) de la lista de cuestiones

59.Conforme la LGDNNA, las NNA, en todo momento, sin importar su condición de discapacidad, se encuentran bajo la tutela de su familia, ya sea de origen, extensa o ampliada, de acogida o de acogimiento pre-adoptivo. No obstante, quienes carezcan de cuidados parentales, la representación estará a cargo de la Procuraduría de Protección correspondiente.

60.La SCJN ha emitido diversos criterios (Anexo 4), entre ellos, los ADR:

1043/2015

2805/2014

1368/2015, 702/2018 y 44/2018

8389/2018

Respuesta al párrafo 12. c) de la lista de cuestiones

61.En las salas de audiencia de juicio oral de cada Centro de Justicia Penal Federal, se cuenta con equipamiento para la inclusión a la justicia:

Consola para intérprete de lenguas diferentes al español.

Marcadores en color verde que identifica a la parte que tiene el uso de la palabra.

Voz en off que anuncia, a través de los audífonos, la parte en uso de la palabra, para que personas con debilidad visual puedan saber quién está hablando.

Diadema de inducción que permite a personas con implante coclear captar el audio de la audiencia.

62.Derivado de un recurso de queja se proporcionó la impresión de una resolución en Braille y su reproducción a través de un audio, con lo que se garantizó el derecho de acceso a la justicia a una PCD. En 2019 se gestionó con la SCJN la traducción al Braille de diversas constancias, relativas a dos expedientes en materia penal en los que la parte quejosa era una PCD.

63.El CJF ha desarrollado criterios que permiten la protección integral de los derechos de las PCD. De 2017 a 2020, se identificar 30 tesis aisladas emitidas por tribunales colegiados de circuito relativas los derechos de PCD.

64.Juzgadores reportaron sentencias o resoluciones emitidas de 2018 a 2020 en las que se analizaron derechos específicos de PCD, estas participaron como parte y se pronunciaron sobre sus derechos a la salud, educación, accesibilidad, a vivir una vida digna y libre de violencia, durante los procedimientos judiciales, así como sobre los deberes de los juzgadores de actuar con especial diligencia al resolver asuntos en los que participen; algunos de dichos fallos fueron emitidos bajo el formato de “lectura fácil”.

65.Las sesiones públicas del TEPJF se traducen del español a LSM. Se imparten talleres de profesionalización de servicios de interpretación en LSM en el ámbito jurídico.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

66.FGR y CONADIS elaboraron el documento Justicia Incluyente: Contenidos para garantizar el acceso a la justicia a PCD.

67.IFDP otorga servicios de asesoría jurídica a través de asesore/as especializados/as en atención a PCD en todo México. En caso de que una persona indígena con discapacidad requiera de los servicios del IFDP, asesores/as jurídicos/as pueden auxiliarse de servidores/as públicos/as que hablan una lengua indígena, teniendo capacidad para atender en 142 variantes lingüísticas.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

68.IFDP otorga servicios de orientación, asesoría y representación jurídica, en materias civil, mercantil, administrativa y fiscal del orden federal, a PCD, a través de 31 asesores/as especializados/as en atención a PCD en todo México.

69.A fin de hacer accesibles los derechos político-electorales de las PCD, se tradujo y distribuyó en Braille la Constitución y LGMI, entre OSC de y para PCD. Asimismo, se grabaron cápsulas en formato televisivo, sobre los derechos político-electorales de PCD.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

70.Cursos:

Trato digno y Derechos de PCD a servidores/as públicos/as de la APF.

Ponencia “La situación de las mujeres con discapacidad. Un panorama en el ámbito internacional y nacional” y ponencia sobre la CDSDRPCD.

Derechos Sexuales y Reproductivos de las PCD, para responsables del programa de Planificación Familiar del IMSS de todo el país.

Ciclo de conferencias organizado por la Subjefatura de División de Atención a PCD del IMSS.

Derechos de las PCD, para asesores/as jurídicos/as especializados/as en atención a PCD.

PCD, transformado barreras en oportunidades, de CNDH para servidores/as públicos/as.

Nociones básicas sobre el acceso a la justicia de PCD, realizado por la SCJN y la Oficina de la Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos de PCD.

Cursos para servidores/as públicos/as de unidades médicas, administrativas y sociales del IMSS:

Actívate por los DDHH

Herramientas para la igualdad

Curso básico de buen trato

Responsabilidades legales en el actuar de servidores/as públicos/as en los servicios de salud

Talleres de profesionalización de servicios de interpretación de LSM en el ámbito jurídico en el TEPJF. Difusión de derechos político-electorales de PCD, juzgar con perspectiva de discapacidad y evaluación sobre la implementación de medidas incluyentes de PCD para el ejercicio del voto.

17 cursos auto-instructivos en la plataforma Conéctate de CONAPRED, destacado: inclusión y discapacidad; el ABC de la accesibilidad web y principios de la educación inclusiva.

Curso Internacional de Alta Formación en la CDMX, enfocado en educación inclusiva.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 16. a) de la lista de cuestiones

71.Actualización de la Norma que establece las disposiciones técnico- médicas para la atención y hospitalización de pacientes con trastornos mentales y del comportamiento, clave 2000-001-010, que señala:

La hospitalización podrá ser voluntaria, involuntaria y obligatoria.

Cuando el paciente no acepte el ingreso voluntario, pero sus condiciones mentales representen un riesgo para sí mismo y/o para terceros, y por las características propias del trastorno mental no tenga la capacidad para la toma de decisiones; se realizará el ingreso involuntario con apego a la “Solicitud de internamiento involuntario”, que deberá ser explicado en lenguaje claro, sencillo e incluyente y signado por el familiar, persona responsable o representante legal del paciente, dando aviso de hospitalización involuntaria al MP.

Una vez que las condiciones mentales del paciente lo permitan, esta condición deberá modificarse y cambiar la hospitalización a voluntaria con la “Carta de consentimiento informado para hospitalización psiquiátrica”, dando aviso al MP.

Respuesta al párrafo 16. b) de la lista de cuestiones

72.Las instituciones psiquiátricas del país implementaron medidas para evitar el abandono de las personas, como: designación de un familiar responsable; comprobación de datos de contacto de este; mayor involucramiento de la familia en el proceso de tratamiento y tiempos menores de hospitalización.

73.El PAE cambia el modelo biomédico por el modelo social, para integrar el componente de salud mental en la Atención Primaria a la Salud, con un enfoque de DDHH, perspectiva de género y sensible al ciclo de la vida. Establece la implementación de programas de psicoeducación para personas con trastornos mentales, sus familias y cuidadores, sobre causas y consecuencias de opciones de tratamiento, recuperación y comportamientos saludables para aumentar el bienestar. El fortalecimiento de los componentes básicos de recuperación en salud mental, incluye las relaciones interpersonales, autonomía e identidad, estrategias de resiliencia, manejo de situaciones de crisis e inclusión social, así como la promoción de mecanismos que vinculen a las PCD psicosocial con servicios en su comunidad.

Respuesta al párrafo 16. c) de la lista de cuestiones

74.La LGS establece que el internamiento en instituciones psiquiátricas debe ser solo con consentimiento informado, así como un proceso para evitar internamientos sin definición ni objetivo terapéutico.

75.La NOM-025-SSA2-2014 establece el cambio de status de los internamientos cuando la persona internada esté en condiciones de pedir el cambio.

76.Una de las medidas fue realizar supervisiones a los Hospitales Psiquiátricos Públicos. Diversas instituciones asistenciales desarrollaron estrategias para reducir los tiempos de hospitalización e implementaron planes de tratamiento intrahospitalarios cortos, seguidos de programas de atención ambulatorio y de trabajo en casa, para involucrar a la familia en el proceso terapéutico, favorecer el vínculo y evitar el abandono del paciente. Las instituciones de atención en salud mental deben apegarse a la LGPIETPCID y las NOM que regulan su operación y funcionamiento, especialmente sobre el proceso del consentimiento informado para el ingreso voluntario y mecanismos para el cambio de estatus de ingreso a involuntario.

77.El PAE establece la capacitación en salud mental y adicciones a personal de primer nivel de atención, así como aumentar la formación y servicios de salud mental en hospitales generales.

78.En los hospitales adscritos a Servicios de Atención Psiquiátrica, toda persona que ingresa al servicio de hospitalización designará a un familiar o persona responsable; el área de trabajo social permanece en contacto con la familia y comprueba la veracidad de la información. La permanencia de personas con trastornos mentales en hospitalización se limitará al tiempo justificado hasta alcanzar el objetivo clínico; durante todo el proceso se asegura que las personas mantengan relaciones con sus familiares, a fin de evitar que sean abandonados.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 17. a) de la lista de cuestiones

79.En 2019 se creó la STCTTCI. Coordina y trabaja junto con defensores/as públicos/as del IFDP para identificar y documentar posibles actos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, e impulsar su investigación y eventual sanción y reparación conforme a los estándares de DDHH. Tiene la capacidad de representar y atender a PCD.

80.Conforme la LGPIETPCID se impondrá una pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa, al servidor/a público/a que cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona; cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento; o realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo. Cuando la víctima sea PCD, aumentará la sanción.

Respuesta al párrafo 17. b) de la lista de cuestiones

81.La NOM-025-SSA2-2014establece que el confinamiento de PCD en salas de aislamiento es una práctica innecesaria y violatoria de DDHH, contraria a los principios terapéuticos que rigen la recuperación de las PCD, ya que priva a usuarios/as de elementos que son esenciales para su recuperación.

82.Medidas para erradicar el aislamiento en instituciones de confinamiento:

Instruir a las instituciones psiquiátricas evitar toda medida de aislamiento y prohibir estos espacios en las instalaciones.

Solicitudes interinstitucionales para que los lugares de residencia asistencial cuenten con manuales e implementen procedimientos de manejo del paciente agitado, describiendo procesos de desescalada y contención por etapas, en los que se explique claramente que la contención farmacológica y física deben ser la última opción y deben regirse por el respeto a la integridad física y los DDHH del paciente.

Modificación de las cerraduras de las puertas de las habitaciones para evitar ser cerradas con llave.

Reacondicionamiento de los cuartos de aislamiento para otras actividades.

83.La incidencia de violencia y abuso sexual se ha abordado mediante cursos de capacitación al personal médico, de enfermería y auxiliares de apoyo. Los procedimientos que se enfocan en favorecer la comunicación entre usuarios y sus familiares con el personal del hospital y directivo, favorecen la extinción de estos eventos.

Respuesta al párrafo 17. c) de la lista de cuestiones

84.Difusión y promoción de los derechos de los pacientes, interculturalidad y DDHH en Unidades Médicas de 1er y 2do Nivel de Atención en el Programa IMSS BIENESTAR.

85.Creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, conforme la LGPIETPCID, para la supervisión permanente y sistemática de los lugares de privación de la libertad en todo México. En 2018 se emitió el informe del Mecanismo sobre los Hospitales Psiquiátricos, con recomendaciones para cada unidad hospitalaria supervisada.

Respuesta al párrafo 18. a) de la lista de cuestiones

86.La Guía para la Supervisión de Establecimientos Especializados en el Tratamiento de las Adicciones en Modalidad Residencial, establece la realización de entrevistas a usuarios/as que están en internamiento, a fin de identificar posibles prácticas violatorias a los DDHH, como: ingresos involuntarios, sometimiento a restricciones físicas, ayuno y/o castigos, aislamiento, trabajo forzado, maltrato emocional y/o psicológico, procesos inadecuados y/o sin manejo médico de desintoxicación, entre otros.

Respuesta al párrafo 18. b) de la lista de cuestiones

87.IMSS BIENESTAR garantiza el respecto a los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas que demandan algún método anticonceptivo en sus unidades médicas, a través del proceso sistematizado y estandarizado del Consentimiento Informado y Compartido, que garantiza que usuarios/as de los servicios reciben toda la información necesaria, de manera clara y sencilla, para poder tomar una decisión libre e informada, en torno al número y espaciamiento de sus hijos/as y el método para hacerlo.

88.La LGDNNA señala que se debe prohibir, sancionar y erradicar la esterilización forzada de NNA y cualquier forma de violencia obstétrica.

89.El CPF fija una pena de cuatro a siete años de prisión, hasta setenta días multa y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, para el delito de esterilidad provocada, el cual es perseguible de oficio.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 19. a) de la lista de cuestiones

90.Conforme información de SSALUD, de enero a septiembre de 2020 se registraron 125 casos de lesiones por violencia contra NNA con discapacidad (55 por violencia sexual); en 2019 fueron 249 casos (91 por violencia sexual).

91.FEVIMTRA informó que del 01 de enero al 31 de julio de 2020 se tiene registro de dos delitos relacionados con violencia de género, en agravo de víctimas con discapacidad.

92.Ver anexo 3, numeral 9.

Respuesta al párrafo 19. b) de la lista de cuestiones

93.Estrategias del PIPASEVM:

Armonización de legislación nacional con tratados y convenciones internacionales

Promover la cultura de la no violencia contra las mujeres

Difundir la LGAMVLV y las acciones para su cumplimiento

Acciones integrales de:

Prevención de la violencia contra mujeres y niñas en el sector educativo

Prevención, detección y atención oportuna de violencia contra mujeres en los centros de trabajo

Seguridad ciudadana para prevenir la violencia contra mujeres y niñas en la comunidad

Servicios integrales de atención a mujeres en situación de violencia

Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género

Respuesta al párrafo 19. c) de la lista de cuestiones

94.Legislación:

LGIPD

LGAMVLV

Ley del INMUJERES

LGV

LGPIETPCID

LGDNNA

95.INMUJERES promueve la protección de los derechos de las mujeres mediante un marco legal que incluye el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, incluyendo aquellas con discapacidad. Anexo 3, numeral 5.

96.En materia penal el CNPP establece:

Las autoridades velarán para que PCD sean atendidas asegurando la igualdad sobre la base de la equidad, en el ejercicio de sus derechos. Deberán preverse ajustes razonables cuando se requiera.

Facilitar intérprete o medios tecnológicos que permitan obtener de forma comprensible la información solicitada; a falta de estos, alguien que sepa comunicarse con la PCD.

Los Órganos jurisdiccionales deberán tener certeza de que la PCD ha sido informada de las decisiones judiciales que deba conocer y que comprende su alcance.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

97.Sobre el caso “Ciudad de los Niños Salamanca, A.C.”, el 19 de mayo de 2020 la CNDH emitió la recomendación 32VG/2020 dirigida a los gobiernos de Guanajuato, Michoacán y Querétaro, así como a las Fiscalías de Justicia Estatales de Aguascalientes y Guanajuato y a los Presidentes Municipales de los Ayuntamientos de San Francisco del Rincón y San Luis de la Paz, mediante la cual:

Se demandó para las víctimas.

Reparación integral del daño.

Atención médica especializada integral.

Pago de compensación y/o indemnización.

Se emplazó a cancelar el registro de la citada A.C. en el padrón de OSC con fines de asistencia social.

98.El Gobierno del Estado de Guanajuato:

Ofreció una disculpa pública a las víctimas.

Se comprometió a implementar las acciones necesarias para eliminar o reparar los daños causados a todas las víctimas y acciones que garanticen la no repetición.

Instruyó a todas las dependencias estatales competentes, cumplir las recomendaciones de la CNDH.

99.Sobre el caso “Casa Hogar Esperanza para Deficientes Mentales S.C. de la CDMX, el SDIFCDMX reubicó a 37 pacientes. Se han realizado acciones de:

Atención y seguimiento médico, psicológico y de rehabilitación

Seguimiento a dos denuncias de hechos presentadas ante la PGJCDMX

Impulso y seguimiento a personas en proceso de reintegración familiar

Trabajo con OSC e instancias gubernamentales para fortalecer las estrategias de inclusión social

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

100.México se adhirió a la Alianza Global para poner fin a la violencia contra NNA y elaboró su Plan de Acción 2017-2018 agrupado en las siete estrategias de INSPIRE. El Plan de Acción 2019-2024 considera las recomendaciones de los órganos de tratados de NU, incluyendo el de PCD y de los que hayan incluido recomendaciones respecto NNA con discapacidad.

101.La línea de acción “3.3 Prevención de violencia y maltrato infantil en el ámbito institucional” incluye a NNA con discapacidad, y la identificación, revisión y mejora de protocolos de prevención, atención y canalización de la violencia contra NNA institucionalizados. El eje 4 relativo a la erradicación de la violencia de género contra NNA, incluye revisión y fortalecimiento de procesos de atención de víctimas PCD.

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

102.Conforme la NOM-004-SSA3-2012, si el estado de salud del paciente no le permite firmar y emitir su consentimiento, deberá asentarse el nombre completo y firma del familiar más cercano en vínculo que se encuentre presente, del tutor o del representante legal, y en caso de incapacidad transitoria o permanente y ante la imposibilidad de que el familiar o tutor o representante legal firme el consentimiento, se procederá bajo acuerdo de por lo menos dos de los médicos autorizados por el hospital, dejando constancia en el expediente clínico.

103.Para la atención en el INP, se brinda un formato de consentimiento informado que detalla los procedimientos de cada área y los derechos de cada persona. Algunas áreas cuentan con formatos especiales que son revisados por un comité de bioética.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

Respuesta al párrafo 23. a) de la lista de cuestiones

104.IFDP cuenta con asesores/as especializados/as en atención a personas en movilidad y sujetas a protección internacional; en caso de identificar migrantes con discapacidad que soliciten y requieran de los servicios, se les brinda la asesoría.

105.CEAV atiende y brinda asesoría jurídica y psicológica a personas migrantes, ya sea por detención arbitraria, criminalización o discapacidad mental. Trabaja con SNDIF e instituciones y hospitales psiquiátricos.

106.En el Censo de Alojamientos de Asistencia Social se obtiene información de todos los albergues de migrantes o estaciones migratorias. Se puede obtener número de PCD usuarias residentes, su grado y causa; trabajadores con condición de discapacidad y su condición de migración.

107.Derivado de la Ruta de Atención Integral de NNA Migrantes, aprobada en 2019, el Programa EUROSOCIAL+ presta asistencia técnica a México para definir rutas de atención para casos específicos de NNA en situación de migración y otras vulnerabilidades, como discapacidad.

108.En el caso de NNA que son detectados por el INM, se les asigna un Oficial de Protección a la Infancia, con especial atención a no acompañados. Una de las acciones prioritarias es garantizar que se realice una valoración y certificación médica, y en caso que requiera atención especializada, se canaliza a las NNA a un centro de salud. Anexo 3, numeral 6.

109.INM trabaja con CONADIS en la revisión y desarrollo de indicadores para cumplir con el PNDIPD, particularmente los mecanismos para recopilar sistemáticamente datos y estadísticas de personas migrantes con discapacidad, desagregados por sexo, edad y tipo de discapacidad.

Respuesta al párrafo 23. b) de la lista de cuestiones

110.Es obligación de las Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales, tomar las medidas pertinentes a fin de que se privilegie la estancia de PCD u otros grupos en situación de vulnerabilidad, en instituciones públicas o privadas que puedan brindarles atención adecuada.

111.INM impulsa la accesibilidad y diseño universal en las instalaciones de uso temporal para población migrante. En 2019 el INM envió al CONADIS, para su revisión, cédulas de accesibilidad de las Oficinas de Representación y las Estaciones Migratorias y ha realizado un levantamiento de información sobre los requerimientos de adecuación en su infraestructura.

112.CONADIS proporcionó material de sensibilización al personal del INM, para atención a personas migrantes con discapacidad.

Respuesta al párrafo 23. c) de la lista de cuestiones

113.Trámites de regularización por razones humanitarias que fueron resueltos positivamente, desagregados por motivos de estancia.

Motivo de Estancia

2019

2020

(al 15 de mayo)

Total

Solicitante de la Condición de Refugiado

25 894

7 437

33 331

Causa humanitaria

16 707

1 036

17 743

Refugiado

3 317

2 500

5 817

Apátrida

2 081

1 106

3 187

Ofendido, Víctima o Testigo

2 921

155

3 076

Protección Complementaria

1 150

197

1 347

Interés público

132

10

142

NNA no acompañado

29

2

31

Solicitud de Asilo Político

13

1

14

Asilo Político

3

1

4

TOTAL

52 247

12 445

64 692

Respuesta al párrafo 23. d) de la lista de cuestiones

114.A partir de que se pueda contar con la información del Censo 2020, se conocerá el número de personas que migraron entre municipios, estados o países, de la cual se podrá distinguir a PCD, por sexo, edad y otras características socioeconómicas.

115.El INM cuenta el Programa de Repatriación Humana, que brinda atención a migrantes mexicanos/as, incluyendo PCD. Anexo 3, numeral 7.

Respuesta al párrafo 23. e) de la lista de cuestiones

116.Cuando se pueda contar con resultados del Censo 2020, se podrá inferir sobre la causa de migración de la población, incluyendo PCD, por la opción “Por inseguridad delictiva o violencia”, en donde se registran las personas que declararon migrar porque en el lugar donde vivían había asaltos, secuestros, extorciones, homicidios, balaceras, por ser víctima o percibirlo, o porque ya no confiaba en las autoridades.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

117.El PNDIPD consideró como objetivos prioritarios, las recomendaciones de CEPAL plasmadas en el Plan de Desarrollo Integral El Salvador, Guatemala, Honduras.

118.Como parte de las regularizaciones por razones humanitarias que el INM lleva a cabo, se contempla el caso de PCD, mismas que se encuentran incluidas en la contabilización de las personas que conforman el rubro de motivo de estancia denominado “Causa Humanitaria”.

119.El INM trabaja con CONADIS en la revisión y desarrollo de indicadores para cumplir con el PNDIPD 2019-2024, particularmente en la implementación de mecanismos para recopilar sistemáticamente datos y estadísticas de personas migrantes con discapacidad, desagregados por sexo, edad y tipo de discapacidad.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 25. a) de la lista de cuestiones

120.El derecho a la autonomía de las PCD se plasma en la LGIPD y es una estrategia del PNDIPD. Entre las medidas para conseguirlo:

Programa Un Hogar a tu Medida de INFONAVIT.

Programa de entrenamiento avanzado de silla de ruedas para la movilidad personal y urbana de PCD, del IMSS. Busca consolidar la Inclusión social y laboral a través de movilidad urbana y capacitación para la reubicación laboral.

Respuesta al párrafo 25. b) de la lista de cuestiones

121.Las personas que participaban en los programas comunitarios del Modelo Miguel Hidalgo hasta el 2018, recuperaron su capacidad jurídica. Se les otorgaron apoyos a través de: Programa comunitario de vivienda para usuarias con diversos diagnósticos; Departamento independiente de pareja; Casa de medio camino (Pachuca, Hidalgo); Cuarto Independiente; Taller Dignidad; Taller Camelot.

122.El INP participa en la actualización constante de especialistas de diversas zonas del país y distintos niveles de atención, vinculados con la salud mental, para combatir el estigma, fomentar la reinserción, desalentar la tendencia al internamiento de forma indefinida, evitar el retraso en la identificación y tratamiento de problemas de salud mental.

Respuesta al párrafo 25. c) de la lista de cuestiones

123.La Pensión para el Bienestar de las PCD Permanente, creada en 2019, es un apoyo económico directo de $1,275.00 mensuales. Objetivo: favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar y revertir la situación de desigualdad social en México.

124.SNDIF realiza el trámite para carnet de discapacidad, que brinda a PCD beneficios para que estén en igualdad de condiciones en la comunidad.

125.En algunos casos se realizan visitas domiciliarias a PCD, para facilitar y garantizar el acceso a los servicios multidisciplinarios que brinda CEAV.

Respuesta al párrafo 25. d) de la lista de cuestiones

126.SNDIF brinda servicios de acogimiento residencial integral a NNA en IASP. La asistencia social implica crear instrumentos de ayuda para superar desigualdades; generar bienestar y asegurar el goce pleno de los DDHH frente a situaciones de vulnerabilidad, como las discapacidades. Ver Anexo 5, sobre cifras.

Respuesta al párrafo 25. e) de la lista de cuestiones

127.El PNDIPD prioriza la inclusión de las PCD en la vida comunitaria (sistema educativo; actividades deportivas y culturales; vida laboral, pública y política). CONADIS reporta la información de dependencias y entidades al respecto, en: http://conadis-transparencia.org/indicadores_presupuestarios/.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuesta al párrafo 26. a) de la lista de cuestiones

128.La PNT concentra la información pública en un mismo sitio web y facilita a usuarios/as su consulta. En 2019 la PNT fue mejorada en: usabilidad; atención a recomendaciones de estudios especializados sobre accesibilidad para PCD; Intuición.

Respuesta al párrafo 26. b) de la lista de cuestiones

129.El PNDIPD tiene un objetivo específico sobre accesibilidad, con una línea de acción de establecimiento de accesibilidad en los portales web del Gobierno de México. La página de CONADIS cuenta con adaptaciones accesibles para distintos tipos de discapacidad; la mayoría de materiales audiovisuales cuentan con intérprete de LSM, subtitulaje y versión de fácil lectura.

130.CONAPRED ha comenzado a desarrollar la lectura fácil de sus publicaciones y del marco jurídico aplicable para PCD.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuesta al párrafo 27. a) de la lista de cuestiones

131.La SCJN:

Mediante la Acción de Inconstitucionalidad 90/2018, declaró inconstitucional una disposición de la legislación civil de Guanajuato que prohibía a las personas con discapacidad intelectual contraer matrimonio.

En los ADR 3859/2014 y 7368/2016, estimó necesario garantizar el derecho del infante involucrado a mantener relaciones personales y de trato directo, efectivo y frecuente con su padre y madre en igualdad de circunstancias salvo que su interés superior lo restrinja, ya que esa es la única forma de asegurar la continuación de la convivencia familiar, esencial para el sano desarrollo de cualquier infante.

132.Ver Anexo 4.

Respuesta al párrafo 27. b) de la lista de cuestiones

133.SNDIF opera el programa interno Escuela para familias con hijos/as con discapacidad, a fin de orientar a padres, madres e integrantes de la familia de las PCD que acuden a centros de rehabilitación, para que conozcan, acepten, apoyen y promuevan el desarrollo biopsicosocial de sus familiares con discapacidad.

Respuesta al párrafo 27. c) de la lista de cuestiones

134.En el caso de NNA con discapacidad y que se encuentran residiendo en las OSC con convenio de concertación con SNDIF para proporcionar el servicio de Acogimiento Residencial, se fomenta la visita de sus familiares y, en su caso, la reunificación o reintegración familiar.

135.SNDIF, a través de la PFPNNA y sus similares en todo el país, inician el procedimiento de protección y restitución de derechos de NNA, derivado del conocimiento de hechos realizado mediante una notificación, para lo cual se solicita al Grupo Multidisciplinario lleve a cabo la detección de los derechos vulnerados o restringidos, se emite los planes de restitución de derechos y, en su caso, las medidas de protección necesarias.

136.Una vez realizada la intervención multidisciplinaria, el personal de psicología, trabajo social y jurídico, elabora su diagnóstico y el Plan de Restitución de Derechos, con el cual se emiten las medidas de protección necesarias. Se realiza seguimiento hasta que el derecho vulnerado sea restituido o garantizado.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 28. a) de la lista de cuestiones

137.En 2019 se reformó el artículo 3° de la Constitución, creando la ENEI, para que el Sistema Educativo Nacional sea inclusivo, flexible, pertinente y sensible; e identifique, atienda y elimine las barreras para el aprendizaje y la participación. Componentes y ejes rectores:

Armonización legislativa

Planeación participativa

Diagnósticos con información nominal y georreferenciada

Gasto equitativo

Formación docente

Proyecto escolar para la inclusión

Participación y cambio cultural

Entornos inclusivos

Estrategias de evaluación

Estructura programática y presupuestal

Gobernanza

138.Durante 2019 CONAPRED trabajó con CONACyT para:

“Programa para la incorporación de estudiantes con discapacidad a posgrados nacionales”. Se benefició con becas a estudiantes con discapacidad, y a los centros educativos receptores se les asignó un beneficio para fortalecer la accesibilidad.

Definir criterios básicos de accesibilidad e inclusión para que sus programas de becas resulten incluyentes de PCD.

Respuesta al párrafo 28. b) de la lista de cuestiones

139.INIFED, a fin de garantizar que PCD accedan plenamente a las instalaciones escolares, ha: construido, remodelado y dado mantenimiento a los planteles educativos, conforme normas y especificaciones técnicas para rampas con barandales y pendientes adecuadas; sanitarios especiales y elevadores mecánicos; instalación y mantenimiento del Sistema Bebederos Escolares aptos para PCD.

Respuesta al párrafo 28. c) de la lista de cuestiones

140.En el 2018 había 1.665 Centros de Atención Múltiple y 4.527 Unidades de Servicios de Apoyo de Educación Regular en México, servicios de educación especial que atendían a 624.371 personas, de las cuales 145.524 correspondían a alumnos con discapacidad. Anexo 3, numeral 8.

141.Los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad contribuyen a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa mediante apoyos y equipamiento; cuentan con bachillerato no escolarizado para estudiantes con discapacidad visual, auditiva, psicosocial o motriz que deciden iniciar, continuar o concluir este tipo educativo. De los alumnos atendidos durante el ciclo escolar 2018-2019, 46,4 % reportó discapacidad intelectual, 16,7 % motriz, 14,1 % auditiva, 10,1 % visual, 2,9 % psicosocial y otros, 9,8 %.

142.En el marco del POETA, durante el ciclo escolar 2018-2019 se operaron 47 aulas.

143.La Universidad Abierta y a Distancia de México atendió a 7.264 estudiantes con discapacidad. Actualmente se impulsa un protocolo de identificación de recursos tecnológicos para atender, con pertinencia, flexibilidad y calidad, la diversidad de estudiantes, potenciando su permanencia, egreso y titulación.

144.En el ciclo escolar 2018-2019, la matrícula de alumnos con discapacidad en el TecNM es de 6.896 estudiantes (1,13 % del total).

145.La Red de Atención Incluyente de las Universidades Tecnológicas y Politécnicas integra grupos escolares con alumnos con discapacidad y sin discapacidad, para lo cual otorga a los primeros apoyos específicos en materia de accesibilidad y equipamiento especializado.

Respuesta al párrafo 28. d) de la lista de cuestiones

146.El Acuerdo Educativo Nacional de Implementación Operativa de la ENEI, señala que la formación docente debe tener enfoque inclusivo y de atención a la diversidad. En su Eje rector 2. Desarrollo de modelos de atención con enfoque inclusivo, establece el desarrollo de metodologías para la enseñanza de LSM.

147.La SEP atiende a NN con discapacidad de educación básica, a través de una estrategia de educación inclusiva que se incorpora de manera gradual al programa “Aprende en Casa”, implementado para brindar educación a distancia durante la pandemia por COVID-19. Este programa cuenta con una persona intérprete de LSM, y se está construyendo la sección educación inclusiva en la página web “Aprende en Casa”: https://aprendeencasa.sep.gob.mx/, en la que se incorporarán documentos de consulta y orientación, ligas y videos con información dirigida a madres y padres de familia y docentes que atienden a alumnado con discapacidad.

Salud (art. 25)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

Desde 2018 se cuenta con la CDSDRPCD. Incluye derechos a:

La atención de la salud sexual y reproductiva acorde a los requerimientos específicos de PCD;

A decidir de manera libre, responsable e informada sobre el ejercicio de la maternidad, la paternidad, la adopción y la reproducción asistida.

148.Las “Cartas de consentimiento informado” se realizan conforme la NOM-004-SSA3-2012. Son documentos signados por el paciente o su representante legal o familiar más cercano en vínculo, mediante los cuales se acepta un procedimiento médico o quirúrgico con fines diagnósticos, terapéuticos, rehabilitatorios, paliativos o de investigación, una vez que se ha recibido información de los riesgos y beneficios esperados para el/la paciente.

149.En caso de ausencia de familiar, persona legalmente responsable o acompañante, el médico de mayor jerarquía y el médico tratante autorizarán el procedimiento terapéutico que el caso requiera, conforme lo establecido en el Reglamento de la LGS.

Respuesta al párrafo 29. a) de la lista de cuestiones

150.INMUJERES distribuyó a las 32 Instancias para las Mujeres en las Entidades Federativas y a OSC, la versión corta y en Braille de la CDSDRPCD, para fortalecer y garantizar la atención en materia de salud sexual y reproductiva a PCD con enfoque de DDHH y de género.

151.El Programa de Planificación Familiar otorga servicios de manera incluyente a PCD a través de consejería y otorgamiento de métodos anticonceptivos mediante consentimiento informado, para garantizar decisiones libres e informadas.

152.Se han impulsado diversas acciones para contribuir al ejercicio del derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos:

Reglamento de la Ley General de Población. Prohíbe obligar a las personas a utilizar métodos de regulación de la fecundidad y que, cuando las personas opten por el empleo de alguno permanente, las instituciones o dependencias que presten el servicio deberán responsabilizarse de que reciban orientación adecuada para su adopción, así como de recabar su consentimiento informado.

NOM-005-SSA2-1993 de los Servicios de Planificación Familiar. Define el consentimiento informado como “La decisión voluntaria del aceptante para que se le realice un procedimiento anticonceptivo, con pleno conocimiento y comprensión de la información pertinente y sin presiones”.

LGNNA. Se debe prohibir, sancionar y erradicar la esterilización forzada de NNA y cualquier forma de violencia obstétrica.

Respuesta al párrafo 29. b) de la lista de cuestiones

153.Difusión y capacitación sobre la CDSDRPCD al personal que otorga servicios de planificación familiar. Las PCD tienen acceso a los 14 métodos anticonceptivos temporales, además de los definitivos, como la Oclusión Tubaria Bilateral y la Vasectomía; todos otorgados previa consejería y consentimiento informado.

Respuesta al párrafo 29. c) de la lista de cuestiones

154.El Programa IMSS-BIENESTAR ofrece servicios de salud a la población no protegida por los sistemas de seguridad social, especialmente en zonas rurales y a personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo PCD, con respeto a los DDHH, igualdad de género, no discriminación y enfoque intercultural.

155.INPI tiene la atribución de promover el reconocimiento, respeto y protección de las NNA indígenas y afromexicanos/as, incluyendo PCD de dicha población. Entre otras acciones:

Agenda de Cooperación con la FAO, para contar con apoyo y acompañamiento técnico sobre los efectos adversos del uso de plaguicidas en comunidades indígenas, particularmente al pueblo Yaqui.

Guía para la Atención ante la Emergencia Sanitaria Generada por el Virus SARS-CoV2, con recomendaciones que garantizan el derecho a la salud de comunidades indígenas y afromexicanas, incluidas PCD.

Revisión jurídica de DDHH por el Relator Especial sobre obligaciones de DDHH relacionadas con gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos de las NU y los Convenios sobre productos químicos y desechos peligrosos de las NU, en particular el Convenio de Rotterdam. Entre otros resultados, se creó el Comité Interinstitucional del Gobierno Federal para revisar los plaguicidas altamente peligrosos y su posible prohibición. Se planteó a autoridades Yaquis su facultad de poner condiciones al firmar acuerdos de renta de sus tierras, para prohibir el uso de determinados plaguicidas.

156.En octubre de 2019, COFEPRIS informó que canceló 80 registros sanitarios de plaguicidas por considerarlos peligrosos.

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

157.La LGIPD marca la obligación de la STPS de la elaboración del Programa Nacional de Trabajo y Empleo para PCD. El Programa de Apoyo al Empleo de STPS cuenta con la herramienta de vinculación laboral de PCD “Plataforma Abriendo Espacios”.

Respuesta al párrafo 31. a) de la lista de cuestiones

158.Programa Nacional de Trabajo y Empleo para PCD y Programa de Apoyo al Empleo. Brindar a PCD elementos para capacitación, rehabilitación, profesionalización e incorporación en el mercado laboral en igualdad de condiciones.

159.Programa Sustantivo de Inclusión Laboral para las PCD del SNDIF. Impulsa la capacitación e inclusión laboral de PCD con base en sus potencialidades.

Respuesta al párrafo 31. b) de la lista de cuestiones

160.El derecho al trabajo digno y decente está enmarcado en la Constitución y la LFT. Contempla:

Respeto a la dignidad humana del trabajador/a. Prohíbe la discriminación por discapacidad, entre otros motivos.

Acceso a seguridad social, salario remunerador y capacitación.

Condiciones óptimas de seguridad e higiene.

Respeto a los derechos colectivos e individuales.

161.La LFT prevé que las condiciones de empleo para todos los trabajadores/as, incluyendo PCD, deben constar en un contrato individual o colectivo; la ausencia de este no priva al trabajador/a de sus derechos laborales.

162.Las condiciones de trabajo establecidas en los contratos deben basarse en el principio de igualdad sustantiva y en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en la LFT, sin que puedan establecerse diferencias o exclusiones por discriminación.

163.En 2019 se fortaleció la normatividad laboral con la reforma que:

Traslada la impartición de justicia laboral a tribunales especializados dependientes del Poder Judicial.

Fortalece la libertad y la democracia sindicales e instaura el voto personal, libre, directo y secreto para la elección de sus directivas, la definición de los términos contractuales y la resolución de conflictos laborales.

Respuesta al párrafo 31. c) de la lista de cuestiones

164.En 2018 se reportó 5.176 servidores/as públicos/as con discapacidad: 2.255 física; 297 mental; 58 intelectual; y 2.566 sensorial.

Respuesta al párrafo 31. b) de la lista de cuestiones

165.Para el cumplimiento de la NOM-034-STPS-2016, la STPS promueve el Distintivo Empresa Incluyente Gilberto Rincón Gallardo, a fin de impulsar y posicionar en el mercado laboral a los centros de trabajo que implementen y operen políticas de inclusión laboral de PCD.

166.La NOM-034-STPS-2016 establece obligaciones del patrón y elementos de instrumentación, en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo para PCD. Al ser una NOM, los puestos de trabajo no se certifican; la evaluación de la conformidad se realiza a través de visitas de inspección desarrolladas por la STPS para verificar el cumplimiento de la normatividad laboral.

167.Al patrón que incumpla con las normas de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, la LFT prevé sanciones de 250 a 5 mil veces el salario mínimo.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

168.El porcentaje de población indígena con discapacidad en condición de pobreza disminuyó de 75,9 % en 2010 a 73,5 % en 2018, y en pobreza extrema, de 34,0 % en 2010 a 26,9 % en 2018.

169.El Programa Especial de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos 2020-2024 integra 5 objetivos prioritarios, 19 Estrategias prioritarias y 78 Acciones puntuales.

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones

170.La Pensión para el Bienestar de las PCD Permanente, creada en 2019, es un apoyo económico directo de $1.275,00 mensuales, de manera bimestral. Tiene como finalidad favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar y revertir la situación de desigualdad social en México.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 34 de la lista de cuestiones

171.En las elecciones de 2019 el TEPJF, en colaboración con tribunales electorales y autoridades vinculadas, PCD, OSC de y para PCD, academia y defensores/as de derechos político-electorales, realizó talleres de derechos y acceso a la justicia electoral para PCD.

172.La LGIPE establece requisitos que deben reunir los lugares para ubicar las casillas, destacando el fácil y libre acceso para el electorado.

173.En 2017, el Consejo General del INE aprobó Protocolo para la Inclusión de PCD como funcionarias de Mesas Directivas de Casilla, para crear las condiciones para ejercer su derecho a participar en la integración de estas. Como resultado, en el Proceso Electoral Federal 2017-2018 participaron 776 PCD como funcionarias/os de Mesa Directiva de Casilla; en el Proceso Electoral Local 2018-2019 participaron 100.

174.El Manual de la persona capacitadora asistente electoral incluye reportes de participación de PCD en la primera y segunda etapas y formato de información de personas funcionarias de casilla en la jornada electoral.

175.En el Proceso Electoral 2017-2018 el INE realizó medidas para la participación política de PCD: a) accesibilidad de la información, b) asegurar su participación como funcionarias/os de Mesa Directiva de Casilla y c) condiciones adecuadas para poder emitir su voto.

176.Para garantizar los derechos políticos-electorales de PCD, destaca:

Credencialización para personas físicamente imposibilitadas a inscribirse en las oficinas del Registro Federal de Electores.

Accesibilidad en los Módulos de Atención Ciudadana.

Integración de Mesas Directivas de Casilla, señalando las facilidades para el electorado que no sabe leer o con discapacidad visual.

Acompañante si utilizan muletas, bastón o andadera.

Mampara especial para quienes acuden a votar en silla de ruedas o de talla pequeña.

Perro-guía de PCD visual puede transitar dentro de la casilla.

Materiales electorales específicos.

III.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 35 de la lista de cuestiones

CONEVAL publica información sobre la PCD:

Porcentaje de población indígena con discapacidad en condición de pobreza y pobreza extrema, 2010-2018

Cuadro 16 del anexo estadístico de la medición de la pobreza 2008-2018

SIDS - Personas con discapacidad

ENADID. Utiliza metodología desarrollada por el Grupo de Washington sobre Estadísticas de Discapacidad y de la Comisión de Estadísticas de las NU.

Censo 2020. Retomó recomendaciones de NU y del Grupo de Washington para el diseño de la pregunta que aborda el tema de discapacidad:

Dominios del funcionamiento: Ver, oír, moverse/caminar, recordar/concentrarse, atender su propio cuidado personal y comunicación/comprensión

Cuatro categorías de respuesta para medir el grado de dificultad

177.El Censo tiene proyectos asociados, como el de “Características del entorno”, que proporciona información sobre la existencia de rampa para silla de ruedas y semáforo auditivo.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 36. a) de la lista de cuestiones

178.El mecanismo nacional para aplicar la CDPD es el PNDIPD. Este marca los objetivos y directrices que tienen que cumplir las instituciones públicas y los Estados de la República. La asignación presupuestal de CONADIS 2020 es de $31.706.910.

Respuesta al párrafo 36. b) de la lista de cuestiones

179.Ver Numeral 30, inciso d).

Respuesta al párrafo 36. c) de la lista de cuestiones

180.CNDH está regida por los principios de París y forma parte de la Alianza Global de Instituciones de Derechos Humanos (GANHRI, por sus siglas en inglés).

181.En diciembre de 2016, la CNDH obtuvo por un periodo de 5 años, la reacreditación con Estatus “A”, por parte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y del Subcomité de Acreditación de la GANHRI, pues cumple con los Principios de París, después de aprobar el procedimiento de evaluación establecido por el mencionado Subcomité.

182.La CNDH da seguimiento al cumplimiento de cada una de las Recomendaciones que emite, para lo cual requiere información de las autoridades, sobre las acciones que cada una de ellas realiza para atender a los puntos recomendatorios plasmados en cada recomendación y así lograr su implementación.

183.Derivado de la emergencia sanitaria por COVID-19, el Estado mexicano desarrolló acciones específicas para personas con discapacidad. Anexo 6.