Distr.GENERAL

CERD/C/441/Add.1marzo de 2005

ESPAÑOLOriginal: RUSO

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓNDE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Quinto informe periódico que los Estados Partes debían presentar en 2003

Adición

TURKMENISTÁN*

[12 de agosto de 2004]

ÍNDICE

Párrafos Página

INTRODUCCIÓN1-53

I.INFORMACIÓN GENERAL SOBRE TURKMENISTÁN6-473

A.País, población, economía y sociedad6-353

B.La estructura política de Turkmenistán36-478

II.MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN (ARTÍCULO 2 DE LA CONVENCIÓN)48-8111

III.MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTOEN EL ARTÍCULO 3 DE LA CONVENCIÓN82-8618

IV.MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTOEN EL ARTÍCULO 4 DE LA CONVENCIÓN87-9119

V.MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTOEN EL ARTÍCULO 5 DE LA CONVENCIÓN92-16820

A.El derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunalesy todos los demás órganos que administran justicia93-9720

B.El derecho a la seguridad personal y a la protección delEstado contra todo acto de violencia98-10121

C.Los derechos políticos102-10722

D.Derechos civiles108-12823

E.Derechos económicos, sociales y culturales129-16727

F.El derecho de acceso a los lugares destinados al uso público16834

VI.MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LODISPUESTO EN EL ARTÍCULO 6 DE LA CONVENCIÓN169-17634

VII.MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTOEN EL ARTÍCULO 7 DE LA CONVENCIÓN177-18335

A.Enseñanza y educación177-17935

B.Cultura180-18236

C.Información18337

INTRODUCCIÓN

1.La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial fue ratificada por el Meylis (Parlamento) de Turkmenistán el 23 de septiembre de 1994.

2.El presente informe se ha preparado en cumplimiento del párrafo 1 del artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial conforme a las directrices del Comité (CERD/C/70/Rev.5).

3.El informe se basa en los datos facilitados por los ministerios y departamentos de Turkmenistán que tienen competencia en las cuestiones relacionadas con los derechos y libertades de los ciudadanos y la lucha contra cualquier manifestación de discriminación por motivos raciales o nacionales, así como en las estadísticas oficiales, los resultados de investigaciones especiales y la información recibida de organizaciones sociales que se ocupan de las cuestiones de que trata el presente informe.

4.En la parte preliminar del informe figura información de carácter general sobre el país, la población, la economía, la organización política de la sociedad y el fundamento jurídico que garantiza la protección de los derechos humanos en Turkmenistán. La parte principal del informe contiene información sobre las medidas adoptadas por Turkmenistán para dar cumplimiento a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial desde que ratificó la Convención hasta el presente y refleja los progresos alcanzados, las dificultades con que se ha tropezado y las medidas previstas para seguir aplicando las disposiciones de la Convención.

5.En el anexo figuran las disposiciones legislativas básicas de Turkmenistán por las que se aplican los principios enunciados en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

I. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE TURKMENISTÁN

A. País, población, economía y sociedad

6.Turkmenistán se convirtió en Estado soberano e independiente en 1991. Con ocasión de un referéndum, el pueblo turcomano se pronunció unánimemente en favor de la creación de un Estado nacional independiente. El 27 de octubre de 1991, el órgano legislativo supremo del país, el Soviet Supremo de la República, actuando de conformidad con la voluntad del pueblo, aprobó una ley constitucional que consagraba la independencia de Turkmenistán y sentaba las bases de su orden político. De acuerdo con esa ley, se proclamó el Estado independiente y democrático de Turkmenistán en el territorio de la antigua República Socialista Soviética de Turkmenistán.

7.Turkmenistán está situado en el Asia Central, al norte del macizo de Kopet Dag, entre el mar Caspio al oeste y el río Amu Daria al este. Su territorio tiene una extensión de 1.100 km de este a oeste y de 650 km de norte a sur y una superficie de 491.200 km2. Turkmenistán limita al norte con Kazajstán, al este con Uzbekistán y al sur con la República Islámica del Irán y el Afganistán. Turkmenistán está integrado por cinco provincias (velayats), la ciudad de Ashgabat, capital del país, que está asimilada a una provincia, 20 ciudades, 65 distritos (etraps), pueblos y aldeas. El desierto cubre gran parte del territorio.

8.A finales de 2003, la población de Turkmenistán ascendía a 6.300.000 personas, lo que arroja una densidad media de 10,2 habitantes por km2. Si se excluyen las zonas desérticas, la densidad alcanza los 50 habitantes por km2. De la población permanente, el 46,3% vive en las ciudades y el 53,7% en el campo. Las mujeres representan el 50,3% de la población y los hombres el 49,7%.

9.La evolución de la estructura por edades de la población refleja una situación demográfica favorable y una tendencia al crecimiento de la población. Las personas que no han alcanzado la edad de trabajar representan alrededor del 40% de la población; el 56% de la población se encuentra en edad laboral y el 6% de la población ha alcanzado la edad de jubilación.

10.Según datos de una encuesta por muestreo realizada en diciembre de 2000, la familia media está integrada por 5,3 personas. Al mismo tiempo, el 29% de las familias lo constituyen siete o más personas, y la proporción de familias integradas por una sola persona es del 6%.

11.Sin embargo, en el decenio de 1990 se observó un descenso del crecimiento natural de la población (natalidad) que se explica por las dificultades con las que tropezó el país durante el período de transición y por la política en favor de la igualdad entre los sexos aplicada por el Gobierno, que permitió a las mujeres que trabajaban en la economía de mercado compaginar la función reproductiva con el trabajo. La evolución de la natalidad es esencialmente consecuencia del comportamiento en materia de procreación de las mujeres cuyos intereses no se limitan al ámbito familiar. A pesar del leve descenso de la natalidad, Turkmenistán ha seguido presentando un fuerte crecimiento demográfico en los últimos años. La reforma del sector de la salud y la mejora de las condiciones de la vivienda y de la situación sanitaria e higiénica han repercutido considerablemente en la evolución de la población. Esos factores han influido en la evolución de la mortalidad y de la esperanza de vida. En 2002, la tasa total de mortalidad era de 5,4 por 1.000 habitantes, cuando en 1995 se situaba en 7,0. Entre 1995 y 2002, la mortalidad materna se redujo a la mitad. Se observa un aumento de la esperanza de vida tanto entre los hombres como entre las mujeres. En 2002, ésta era de 71,9 años en el caso de las mujeres y de 65,2 en el de los hombres. Los factores mencionados anteriormente han repercutido favorablemente en la evolución demográfica del país. La importante proporción de personas menores de 25 años, que representan el 76% de la población total, garantiza un aumento estable de la mano de obra y de la fecundidad. Entre 2002 y 2003, la población de Turkmenistán registró un aumento del 6,1%.

12.En Turkmenistán están representadas más de 40 nacionalidades. Los turcomanos constituyen el 94,7% de la población, los uzbecos el 2%, los rusos el 1,8% y los representantes de otros pueblos (kazakos, azerbaiyanos, armenios, ucranios, tártaros, belarusos y otros) el 1,5%.

13.La gratuidad de la educación y su disponibilidad a nivel general hacen que el nivel de instrucción y de alfabetización sean elevados. Según los datos de la encuesta por sondeo de la población de 2000, la tasa de alfabetización de los mayores de 15 años era del 98,9%. De cada 1.000 mayores de 15 años, 92 han acabado los estudios universitarios, 9 han realizado estudios universitarios incompletos, 166 han acabado la enseñanza secundaria especial, 477 han acabado la enseñanza secundaria general, 183 han realizado estudios parciales de enseñanza secundaria y 48 han acabado la enseñanza primaria.

14.Después de la independencia, Turkmenistán inició su desarrollo en unas condiciones económicas y sociales sumamente desfavorables. En el marco de la URSS, su economía giraba en torno a la producción de materias primas y se basaba en la explotación extensiva de los recursos naturales. Las industrias extractivas y de transformación inicial de materias primas agrícolas desempeñaban un papel predominante; la economía dependía en exceso de la importación de diversas mercancías que habrían podido producirse en la República, como se hace hoy en día.

15.En 1990-1991, el 59% de los productos de la industria ligera y el 36% de los productos alimentarios se importaban, mientras que el 90% de la cosecha de algodón se exportaba a otras regiones para su transformación en productos finales. El país ha tenido que hacer frente simultáneamente a los problemas que entrañaba evitar un descenso general del nivel de vida de la población y construir una economía sobre una base totalmente nueva.

16.En sólo 12 años, Turkmenistán ha logrado progresos considerables en la solución de esos problemas. Las transformaciones que se han registrado en la economía y en la vida social han permitido generar un importante potencial industrial, poner en marcha la economía de mercado y el sector privado y crear unas condiciones de vida decentes para la población.

17.El desarrollo de la economía de Turkmenistán se caracteriza por un ritmo de crecimiento elevado. Entre 2002 y 2003 el producto bruto aumentó en 23,1%. El volumen total de la producción industrial bruta en 2003, expresado en moneda nacional, fue de 82,2 billones de manat.

18.En 2003, la producción industrial representó 31,6 billones de manat y aumentó en un 22% en comparación con 2002. Las empresas del sector privado (que han aumentado en un 140%) y las empresas municipales (que lo han hecho en un 60%) han registrado las tasas de crecimiento más elevadas a este respecto, y la producción de las empresas mixtas con participación turcomana y extranjera se incrementó en un 29%. Las industrias extractivas representaron el 47% del aumento total, frente al 53% que correspondió a las industrias de transformación.

19.Turkmenistán dispone de enormes recursos energéticos. La industria del petróleo y del gas es el principal motor del desarrollo económico del país. El potencial energético del país se estima en más de 45.000 millones de toneladas de su equivalente en petróleo, lo que representa una quinta parte de las reservas mundiales de gas natural y de petróleo.

20.Actualmente Turkmenistán produce más de 10 millones de toneladas de petróleo y entre 70.000 y 80.000 millones de m3 de gas, de los que se exportan 55.000 millones.

21.El país está llevando a cabo un desarrollo intensivo del sector energético. La prospección, la extracción, la transformación y el transporte de petróleo y gas hacia los mercados exteriores se realizan a ritmo acelerado y Turkmenistán ha confirmado su condición de proveedor estratégico de hidrocarburos a sus mercados tradicionales, la Federación de Rusia y Ucrania. Recientemente se ha construido un gasoducto que permite exportar gas a la República Islámica del Irán.

22.En 2003, la producción de gas ascendía a 59.090 millones de m3, equivalente al 111% del nivel del año anterior, y las exportaciones fueron de 43.400 millones de m3, lo que supone un aumento del 10%. La producción de petróleo ascendió a 10.004.300 toneladas, lo que representa un 11% más que en 2002. El refinado de petróleo aumentó en un 19% y fue de 6.804.000 toneladas. La producción de energía eléctrica fue de 10.798.600.000 kWh, equivalentes al 102% de la producción de 2002.

23.La mayor parte del petróleo que se extrae se elabora en las refinerías del país, lo que permite aumentar la producción de derivados de gran calidad. En 2003, se transformaron en productos energéticos secundarios y en lubricantes 6,8 millones de toneladas de petróleo bruto, un 19% más que en 2002. La gasolina (122%), el gasóleo (127%), el asfalto (124%) y el fuel-oil (128%) son los derivados cuya producción ha aumentado más rápidamente, mientras que la producción de polipropileno se ha incrementado en un 37%.

24.La industria textil constituye un nuevo sector. Gracias a la construcción de nuevas fábricas especializadas y de grandes complejos textiles integrados se ha puesto en marcha la producción de gran variedad de artículos de algodón. En 2003, la producción de algodón alcanzó las 180.500 toneladas. El 60% de los artículos que se fabrican con algodón se exportan. La industria textil del país representa el 28% de la producción total de las industrias de transformación del país.

25.El sector agropecuario del país ha sufrido una transformación radical. Hacia mediados de 1995 se disolvieron todos los koljoses y los sovjoses. La reforma tenía por objeto transferir las tierras a explotadores privados y arrendarlas a largo plazo y ampliar la superficie de los huertos. Las explotaciones individuales (daihans) y las cooperativas campesinas que combinan varias explotaciones se han multiplicado. El Gobierno ha tomado medidas con objeto de alentar a los explotadores agrícolas individuales. Éstos han recibido créditos con un tipo de interés anual ventajoso del 1%, han sido eximidos del impuesto sobre el valor añadido, y el Estado se ha hecho cargo de la mitad de los gastos de los agricultores relacionados con los servicios técnicos. Se ha eximido a la población del pago del impuesto sobre los huertos y las edificaciones en ellos construidas, el ganado y las aves. Esas medidas, entre otras, han contribuido a fomentar la agricultura y a incrementar su producción. En 2002, se dedicaban a la agricultura 596 cooperativas campesinas y 1.815 granjas (daihans); también trabajaban en ese sector más de 600.000 familias propietarias de empresas auxiliares y más de 7.000 fabricantes privados. Las tierras arrendadas representaban el 83% de las tierras de regadío. El número de agricultores que se dedicaban a la agricultura era de 375.000 y el de los que se dedicaban a la ganadería de 21.000. En 2002, el producto bruto de la agricultura representó 12,86 billones de manat y aumentó en un 15,5% con respecto al año anterior, y en 2003, en un 18,5% con respecto a 2002.

26.En 2003 la cosecha de trigo fue de 2.535.500 toneladas, un nivel sin precedentes en la historia de Turkmenistán. A título de comparación, en el primer año de la independencia se produjeron 70.000 toneladas de granos. Según los datos de una encuesta, al 1º de marzo de 2003 el 88% de los productos alimentarios consumidos en el país eran de origen nacional, lo que hace al país prácticamente autosuficiente a ese respecto.

27.Turkmenistán concede una importancia primordial a la creación y ampliación de una infraestructura ferroviaria que responda a las más altas normas modernas. Actualmente, la red ferroviaria de Turkmenistán cuenta con 2.516 km de vías, y en los dos últimos años se han construido dos nuevas líneas y se ha empezado a construir una tercera, con una longitud total de cerca de 500 km.

28.En 1997 se construyó y empezó a explotar la línea Tedezhen-Serajs-Mashhad, con una longitud de 308 km, de los que 132 km recorren el territorio de Turkmenistán.

29.Con la creación de esta nueva línea, Turkmenistán se ha convertido en un eslabón muy importante en la creación de un sistema de transporte internacional unificado -la Red ferroviaria transasiática- que recrea en forma moderna la antigua Ruta de la Seda por el itinerario Estambul - Teherán - Mashhad - Serajs - Turkmenabat - Tashkent - Almaty - Druzhba - Urumchi - Beijing, que une Turkmenistán con los países de Europa y del continente asiático y facilita el desarrollo económico y social común. Esta vía de transporte terrestre, cuya longitud es de 10.800 km, constituye la segunda línea ferroviaria más larga del mundo.

30.También se está desarrollando la capacidad de transporte marítimo y fluvial. Se ha reconstruido el puerto marítimo de Turkmenistán, Turkmenbashi, lo que permite a los terminales de ese puerto acoger navíos de todo tipo; la capacidad del puerto se ha duplicado y sigue aumentando. La creciente intensidad del transporte marítimo se debe, en gran medida, a la explotación de los nuevos buques de la marina mercante nacional. Los cargueros, los buques cisterna y los buques de pasajeros turcomanos garantizan un enlace regular con los puertos de los Estados del mar Caspio y transportan mercancías en el marco de contratos con empresas extranjeras.

31.En 2003, 501,7 millones de toneladas de mercancías transitaron por los distintos modos de transporte del país, lo que supone un 3% más que en 2002. En esos medios de transporte viajaron 821,2 millones de pasajeros, lo que representa un aumento del 4% con respecto al año anterior.

32.En 2003, el volumen del comercio exterior de Turkmenistán aumentó en un 60% con respecto a 2002 y fue de 3.400 millones de dólares de los EE.UU. Las exportaciones se duplicaron y ascendieron a 1.995 millones de dólares, y las importaciones a 1.446 millones de dólares, lo que supone un incremento del 28%. La balanza comercial presentaba un saldo favorable de 549 millones de dólares. En los cuatro a cinco últimos años, las exportaciones de gas natural se multiplicaron por 3,9, las de petróleo bruto aumentaron en un 60%, las de productos del petróleo en un 30%, las de productos de la industria textil en un 30% y las de electricidad en un 100%. Por lo que respecta a la composición de las exportaciones, éstas consisten fundamentalmente en gas natural (49%), productos del petróleo (22%), petróleo (10%) y textiles (6%).

33.El valor de los productos importados por el país aumentó en un 30%, ascendiendo a 1.446 millones de dólares de los EE.UU.

34.Turkmenistán es un Estado de orientación social. Los objetivos de la política interna del país son unas condiciones de vida decentes, la seguridad, los derechos y las libertades de los ciudadanos y el fortalecimiento de los fundamentos jurídicos de la vida de la sociedad. Durante el período de transición, el Presidente y el Gobierno del país han prestado asistencia social a la población. Hasta mediados de los años noventa, los principales productos alimentarios se vendían a precios subvencionados y el Estado cubría la diferencia con su valor real. Desde 1993 Turkmenistán suministra gratuitamente a sus ciudadanos gas, electricidad, agua y sal de mesa; la atención médica y la enseñanza también son gratuitas. Se han fijado tarifas simbólicas para la vivienda, el teléfono y el transporte público; casi todos los años aumenta el monto de los salarios, las becas, las pensiones y los subsidios. Por ejemplo, en 2003 esos montos aumentaron en dos ocasiones. De conformidad con un decreto del Jalk Maslajaty de Turkmenistán de 15 de agosto de 2003, hasta 2020 se suministrarán gratuitamente a los ciudadanos gas natural, electricidad, agua potable y sal de mesa.

35.Los trabajadores disponen de 24 días de vacaciones pagadas al año. Las mujeres tienen derecho a una licencia de maternidad pagada por su empleador. Con ocasión de las bodas y los funerales, los ciudadanos también tienen derecho a una licencia pagada. El Estado se hace cargo de los huérfanos. El país está llevando a cabo un amplio programa de construcción de viviendas. Los ciudadanos pueden adquirir en condiciones ventajosas viviendas muy confortables, construidas según planes mejorados, mediante la contratación de una hipoteca a 15 años, y la empresa en la que trabaja el futuro propietario asume una parte del costo. Las familias numerosas y desfavorecidas, los discapacitados y las personas de edad que viven solas reciben subsidios sociales del Estado. La creciente participación del sector no estatal en la prestación de servicios sociales, servicios de salud, educación y cultura ha incrementado el volumen y la gama de servicios de pago a disposición de la población.

B. La estructura política de Turkmenistán

36.La independencia ha supuesto modificaciones radicales en la vida política, económica y social de la sociedad turcomana. De conformidad con la Constitución de Turkmenistán, aprobada el 18 de mayo de 1992, el Estado se ha dotado de nuevas estructuras. Turkmenistán es una república democrática y laica fundada en el derecho dotada de un régimen presidencial. El poder del Estado dimana del poder del pueblo, fuente y encarnación única del poder; el hombre es el bien supremo de la sociedad y del Estado; el Estado tiene que rendir cuentas al pueblo y proteger la vida, el honor, la dignidad, la libertad, la integridad y los derechos naturales e inalienables de los ciudadanos; los poderes legislativo, ejecutivo y judicial están separados; las funciones y atribuciones de los órganos del poder central están separadas de los órganos de las autoridades locales autónomas.

37.El Jalk Maslajaty (Consejo del Pueblo), órgano supremo del poder popular, ejerce el poder representativo y el Meylis (Parlamento) ejerce el poder legislativo. Los jalk maslajaty (consejos) de provincia, de distrito y urbanos y los gue n guesh (concejos municipales) son los órganos representativos locales.

38.El Consejo del Pueblo (Jalk Maslajaty) es un foro de todo el pueblo; está integrado por 2.507 personas que representan a todos los sectores de la sociedad. El Consejo está integrado por el Presidente de Turkmenistán, los representantes populares (jalk vekillieri), los diputados del Parlamento (Meylis), los miembros del Gobierno (Gabinete de Ministros), los dirigentes de las asociaciones públicas, los dirigentes de las autoridades locales y delegados designados por el personal de las empresas y las instituciones. El Jalk Maslajaty ejerce el poder supremo del Estado y examina las decisiones sobre las cuestiones más importantes en la vida del Estado: aprueba la Constitución, define las orientaciones principales del desarrollo político, económico y social del país; organiza las elecciones presidenciales y de los miembros de los órganos representativos del país, y decide la organización de referéndum populares y la ratificación o la denuncia de los tratados internacionales. También se encarga de otras cuestiones previstas en la Constitución y las leyes. Sus trabajos los dirige un presidente elegido por sus miembros. El funcionamiento del Jalk Maslajaty se rige por la Ley constitucional del Jalk Maslajaty, de 15 de agosto de 2003, por la Ley de elección de los representantes del pueblo (jalk vekillieri), de 25 de noviembre de 1997 (modificada el 14 de diciembre de 2002) y por la Ley del estatuto de los representantes del pueblo (jalk vekillieri), de 25 de noviembre de 1997.

39.El Parlamento (Meylis) es el órgano legislativo de Turkmenistán que adopta e interpreta las leyes y comprueba su aplicación. Está compuesto por 50 diputados elegidos por el pueblo mediante sufragio universal, igual, directo y secreto para un mandato de cinco años. Las atribuciones del Meylis incluyen la aprobación del presupuesto del Estado y la comprobación de su ejecución, el examen de los programas que lleva a cabo el Gabinete de Ministros y el nombramiento, a propuesta del Presidente, del presidente del Tribunal Supremo, el Fiscal General, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. El Meylis también se ocupa de otras cuestiones de su competencia de conformidad con la Constitución y la legislación. Un presidente elegido entre los diputados dirige sus trabajos. El funcionamiento del Parlamento se rige por la Ley del Meylis, de 16 de marzo de 1995 (revisada el 29 de noviembre de 2003) y por las leyes relativas a las elecciones de los diputados, de 13 de mayo de 1991, y al estatuto de los diputados, de 16 de marzo de 1995.

40.Los jalk maslajaty locales constituyen los órganos del poder popular en las provincias, los distritos y las ciudades asimiladas a provincias o distritos. Los guenguesh y los órganos de las autoridades territoriales autónomas constituyen el sistema de gestión autónoma local. Los guenguesh o concejos municipales constituyen el órgano representativo de todos los pueblos y aldeas; sus miembros son elegidos por la población del municipio en cuestión. Regulan las cuestiones principales de la vida cotidiana en el territorio a su cargo, aprueban el presupuesto local y vigilan su ejecución, establecen los impuestos y derechos locales y eligen entre sus miembros a los archins, que dirigen los trabajos de los guenguesh y les rinden cuentas. Entre las competencias de los guenguesh figuran también otras cuestiones de índole económica, social y cultural. Las modalidades de constitución, los poderes y el funcionamiento de los órganos de las autoridades locales autónomas se definen en la Ley de los guenguesh, de 25 de noviembre de 1997 (revisada el 15 de enero de 2003) y la Ley de elección de los miembros de los guenguesh, de 25 de noviembre de 1997 (revisada el 14 de diciembre de 2002).

41.El Presidente de Turkmenistán es el Jefe del Estado y del ejecutivo. Es elegido directamente por el pueblo para un mandato de cinco años. El Presidente dirige la política interior y exterior del país, aplica la Constitución y la legislación del país, constituye y dirige el Gabinete de Ministros (Gobierno), nombra y destituye a los jefes de las autoridades locales (jyakims), ejerce el mando supremo de las fuerzas armadas del país, toma las decisiones relacionadas con la concesión de la ciudadanía, puede indultar y amnistiar a las personas condenadas, promulga decretos, resoluciones y ordenanzas de carácter ejecutorio en el territorio del país y se ocupa de otras cuestiones de su competencia de conformidad con la Constitución y la legislación. El artículo 59 de la Constitución establece el procedimiento y las condiciones en las que el Presidente puede ser destituido de su cargo antes de que expire su mandato.

42.El Gabinete de Ministros -el Gobierno de Turkmenistán- también dirige todos los órganos del poder ejecutivo y de la administración del país. Sus trabajos los dirige el Presidente.

43.El Gabinete de Ministros está constituido por el Vicepresidente de gobierno y los ministros, que son nombrados y pueden ser removidos de sus cargos por el Presidente. Dirige el desarrollo económico y social del país; garantiza la gestión de las empresas industriales, agrícolas y de construcción, de los medios de transporte, de comunicación y de información y de las demás empresas e instituciones del Estado; garantiza la defensa de los derechos y libertades que consagra la Constitución y el mantenimiento del orden y de la disciplina; organiza la ejecución del presupuesto del Estado y dirige la política social; realiza la política de comercio exterior y ejerce otras funciones que les atribuyen la Constitución y la legislación de Turkmenistán. El funcionamiento del gobierno se rige por la Ley del Gabinete de Ministros, de 24 de noviembre de 1995. Dentro de los límites de sus competencias, el Gabinete aprueba resoluciones que son de carácter ejecutorio.

44.En las provincias, las ciudades y los distritos, el poder ejecutivo lo ejercen los jyakims (gobernadores), que son los representantes locales del Jefe del Estado. Los jyakims son nombrados y cesados por este último, al que tienen que rendir cuentas de sus actividades. Dirigen el desarrollo económico y social de los territorios a su cargo, coordinan las actividades de las entidades económicas, organizan la ejecución de los programas del Estado, velan por la utilización racional y la conservación de las tierras, el subsuelo, los recursos hídricos y los bosques y otros recursos naturales, garantizan la protección social de la población, gestionan los establecimientos de enseñanza, de salud, de cultura y de deporte y se ocupan de otras cuestiones de su competencia de conformidad con la Constitución y la legislación. Dentro de los límites de su competencia, los jyakims promulgan ordenanzas de aplicación obligatoria en el territorio a su cargo. Sus actividades se rigen por la Constitución y la Ley de los jyakims, de 24 de noviembre de 1995.

45.En las unidades territoriales dependientes de los guenguesh, el poder ejecutivo lo ejercen los archins. Éstos son elegidos por el guenguesh entre sus miembros y dirigen los trabajos del guenguesh, al que rinden cuentas de sus actividades. Los archins organizan la ejecución de las decisiones del guenguesh y de los órganos superiores del poder ejecutivo y de la administración del Estado, elaboran y someten al guenguesh los planes de las orientaciones básicas del desarrollo económico, social y cultural del territorio y el presupuesto local, organizan su ejecución y dirigen la creación de las infraestructuras industriales, agrícolas y sociales de la unidad territorial en cuestión, garantizan la defensa de los derechos e intereses de los ciudadanos y se ocupan de otras cuestiones de la vida cotidiana en la unidad territorial bajo su jurisdicción. Los poderes de los archins se definen en la Constitución y en la Ley de los gue n guesh, de 25 de noviembre de 1997 (revisada el 15 de enero de 2003).

46.El poder judicial es ejercido por los jueces. Éstos son independientes y obedecen exclusivamente a la ley y a su conciencia. Toda injerencia en las actividades de los jueces por parte de cualquiera es inadmisible y está sancionada por la ley. La ley garantiza la inviolabilidad de los jueces. Los jueces de todos los tribunales de Turkmenistán son nombrados por el Presidente por un período de cinco años y pueden ser cesados exclusivamente por los motivos previstos en la ley. El presidente del Tribunal Supremo es nombrado y cesado por el Presidente del país con la aprobación del Meylis (Parlamento).

47.Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel importante en el sistema político del Estado. Las organizaciones no gubernamentales (ONG), las asociaciones públicas y los sindicatos profesionales y culturales participan activamente en la definición de la política económica, social y cultural que llevan a cabo los órganos del Estado. Las asociaciones públicas más importantes, el Partido Democrático, el Consejo de Ancianos, la Unión de Mujeres Gurbansoltan edzhe, la Unión Juvenil Majtumkuli, el Consejo de ex Combatientes Atamurat Niyazov, los sindicatos y otras ONG están representadas, de conformidad con la legislación, en todos los órganos electivos del país. De acuerdo con el artículo 46 de la Constitución y el artículo 2 de la Ley del Jalk Maslajaty, los dirigentes de los partidos y de otras organizaciones de la sociedad civil forman parte de éste y son los que deciden en caso de que los votos se repartan a partes iguales. Miembros de esas organizaciones forman parte del Meylis y de los órganos de las autoridades locales autónomas, lo que les permite participar directamente en la elaboración de los programas de desarrollo económico, social y cultural del país y de las unidades territoriales.

II. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN (ARTÍCULO 2 DE LA CONVENCIÓN)

48.Turkmenistán condena la discriminación racial y aplica una política de buen entendimiento entre los pueblos, y de prohibición de toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, nacimiento u origen nacional o étnico. La política de no discriminación, que se aplica de manera consecuente en el Turkmenistán independiente, está fundada en la mentalidad del pueblo turcomano, su historia multisecular y sus tradiciones de relaciones con otros pueblos.

49.A lo largo de muchos siglos Turkmenistán estuvo en la encrucijada de las rutas de oriente a occidente y de norte a sur y constituyó un eslabón esencial en la gran Ruta de la Seda que durante casi 1.500 años fue una ruta de paz y diálogo entre las culturas de diferentes pueblos. Ello llevó a que se formara en la tierra de los turcomanos una atmósfera espiritual particular y no es casual que se haya constituido una mentalidad nacional turcomana intrínsecamente internacional y orientada a la persona como valor supremo que tiene como fundamento la transparencia, la tolerancia religiosa, el respeto por la cultura de otros pueblos y un espíritu pacífico natural.

50.La elección del vector democrático de desarrollo por Turkmenistán obedece al curso de la historia de su pueblo. A lo largo de 1.000 años los turcomanos siguieron sus tradiciones y principios sobre la percepción del mundo, a través de toda suerte de pruebas, llevando consigo su apertura, benevolencia, espíritu de paz y tolerancia. No se conoce en la historia un período o acontecimiento en que los turcomanos hayan mostrado intolerancia, distinciones, preferencias ni mucho menos superioridad sobre otros pueblos por motivos raciales, étnicos o nacionales. Los historiadores de la antigüedad (Diodoro, Estrabón, Herodoto), los científicos y los viajeros que visitaron Turkmenistán en distintos tiempos (Vamberi, Legoshin, etc.) destacaron unánimemente la respetuosa relación de los turcomanos con otros pueblos, su tolerancia religiosa y su espíritu de amistad. Estos valores nacionales se han convertido en los cimientos de la política y práctica del Estado que es ahora el Turkmenistán independiente.

51.La primera medida de Turkmenistán que condujo a la independencia fue la Declaración sobre la soberanía estatal de la RSS de Turkmenistán, aprobada el 22 de agosto de 1990. Ya en esa Declaración se proclamaba: "La RSS de Turkmenistán garantiza la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos de la República sin distinción de origen, condición social o posición económica, pertenencia racial o nacional, sexo, idioma, opiniones políticas, convicciones religiosas, tipo y carácter de ocupación, lugar de residencia u otras circunstancias".

52.Esta posición de Turkmenistán fue refrendada en la ley constitucional aprobada por el Soviet Supremo de la República sobre la independencia y las bases del orden político de Turkmenistán, de 27 de octubre de 1991. Esta ley dispone: "se proclama la independencia de Turkmenistán en aras del fin supremo de que el pueblo turcomano adquiera verdadera existencia como Estado y garantice a todas las personas, sin distinción por motivos de pertenencia nacional, raza, origen social o religión, los derechos y libertades previstos en la Constitución de Turkmenistán, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otras normas del derecho internacional...". Más adelante dice: "Turkmenistán garantiza a los representantes de todas las naciones y grupos étnicos que residen en el territorio de la República el derecho a su libre desarrollo nacional y cultural".

53.La política de paz y armonía resulta de la trayectoria que condujo a la independencia de Turkmenistán. La indispensable reconstrucción de la economía y de todo el sistema de relaciones sociales sólo ha sido posible con la consecución de una estabilidad social y la consolidación de todos los estratos sociales y grupos étnicos que viven en el país. La discriminación de cualquier persona o grupo de población por motivos raciales, étnicos o nacionales ha sido y sigue siendo contraria al logro de los objetivos establecidos.

54.Estos objetivos de armonía interétnica y paz cívica quedaron plasmados jurídicamente en la Constitución de Turkmenistán independiente aprobada por el Meylis (Parlamento) el 18 de mayo de 1992.

55.En el preámbulo de la Constitución se subraya "la fidelidad a los preceptos de nuestros antepasados de vivir en unidad, paz y acuerdo" y "garantizando los derechos y libertades de todo ciudadano y aspirando a asegurar la paz cívica y el acuerdo nacional".

56.Turkmenistán garantiza la igualdad de derechos y libertades de todos los ciudadanos como asimismo la igualdad de los ciudadanos ante la ley sin distinción de pertenencia nacional, origen étnico, posición económica, situación de empleo, lugar de residencia, idioma, actitud ante la religión, convicciones políticas o pertenencia a partidos políticos (artículo 17 de la Constitución).

57.El Estado es responsable ante cada ciudadano y garantiza la creación de condiciones para el libre desarrollo de la persona; protege la vida, el honor, la dignidad, la libertad, la inviolabilidad personal y los derechos naturales e inalienables de los ciudadanos (artículo 3 de la Constitución). El Estado garantiza el derecho a la vida (artículo 20 de la Constitución). No se pueden restringir los derechos de un ciudadano ni se puede privar a un ciudadano de sus derechos sino estrictamente conforme a lo establecido por la ley (artículo 21 de la Constitución). En Turkmenistán están prohibidas la fundación y las actividades de partidos políticos y otras asociaciones públicas y de personas que hagan propaganda de la discordia racial, nacional o religiosa, así como la creación de asociaciones militarizadas y de partidos políticos fundados en distinciones nacionales o religiosas (artículo 28 de la Constitución).

58.Turkmenistán reconoce la primacía de las normas de derecho internacional generalmente reconocidas (artículo 6 de la Constitución) y se ha adherido a los instrumentos internacionales de derechos humanos y no discriminación por motivos de raza o pertenencia étnica o nacional, o los ha ratificado. Estos instrumentos internacionales son los siguientes:

-Declaración Universal de Derechos Humanos;

-Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;

-Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus Protocolos Facultativos;

-Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

-Convenio Nº 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la discriminación (empleo y ocupación), de 1958;

-Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;

-Convenio relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor;

-Convención sobre los Derechos del Niño;

-Convención sobre la Esclavitud;

-Convenio Nº 29 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el trabajo forzoso u obligatorio, 1930;

-Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951;

-Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y otras convenciones.

59.Las medidas adoptadas por el Gobierno han contribuido a la aplicación de las disposiciones de dichos instrumentos internacionales. Sobre la base de estos instrumentos se han aprobado leyes o disposiciones que prohíben toda manifestación de discriminación. Turkmenistán ha incorporado los principios y normas de esas disposiciones prácticamente en todos sus instrumentos legislativos y normativos relativos a los derechos humanos.

60.Una importante medida que permite cumplir las exigencias internacionales sobre la prohibición de toda forma de discriminación, y que garantiza la igualdad de derechos de los ciudadanos, es el Estatuto de Neutralidad Permanente proclamado por Turkmenistán y reconocido y aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, junto con los compromisos internacionales asumidos por el país a este respecto.

61.El 27 de diciembre de 1995 se aprobó la Ley constitucional de neutralidad permanente de Turkmenistán. El artículo 9 de esta ley ha elevado a rango de principio constitucional una disposición conforme a la cual "Turkmenistán reconoce y respeta los derechos y libertades democráticos fundamentales del hombre y el ciudadano reconocidos por la comunidad mundial y consagrados en las normas de derecho internacional y establece las garantías políticas, económicas, jurídicas y de otra índole para su ejercicio efectivo. En Turkmenistán se garantizan la igualdad de derechos de todas las naciones y grupos étnicos y la libertad de religión y de cultos".

62.Turkmenistán enuncia en su legislación sus obligaciones ante la comunidad internacional en la esfera de los derechos humanos, incluida la protección de los ciudadanos contra toda forma de discriminación. El órgano representativo supremo del poder popular, el Consejo del Pueblo (Jalk Maslajaty) aprobó el 27 de diciembre de 1995 la "Declaración sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos del Turkmenistán neutral, en la que se indica que "Turkmenistán garantiza a todas las personas los derechos y las libertades que se enuncian en la Constitución, las leyes y las normas de derecho internacional universalmente reconocidas sin distinciones por motivos de raza, sexo, idioma, religión, lugar de residencia, convicciones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, situación de empleo u otra condición. Todas las personas tienen derecho a igual protección contra cualquier forma de discriminación que menoscabe sus derechos".

63.En Turkmenistán existe un sistema de medidas legislativas que crean garantías jurídicas seguras de la prohibición y, en caso necesario, la represión de todo intento de manifestación discriminatoria por motivo racial o nacional contra cualquier persona, incluido cualquier funcionario, grupo o institución. Además de la Constitución del país, el principio de no discriminación por los motivos examinados u otros motivos se ha establecido como base de la actividad de todos los órganos supremos y locales de poder y administración del sistema electoral, de la organización y la labor de los órganos policiales y judiciales, los sistemas de salud, seguridad social, educación, etc.

64.Se ha establecido la responsabilidad civil, penal y administrativa por incitar a la hostilidad, la discordia o el menosprecio nacional o racial o a la violencia por motivo de pertenencia nacional, racial o religiosa.

65.Por ejemplo, con arreglo al artículo 5 de la Ley del servicio en las administraciones del Estado, de 12 de junio de 1997, se establece el derecho de los ciudadanos a prestar servicios en los órganos administrativos sin distinción por motivos de condición social o posición económica, pertenencia racial o nacional, sexo, actitud ante la religión o convicciones políticas.

66.La Ley de protección de la salud de los ciudadanos, de 8 de enero de 2003, garantiza el tratamiento y examen gratuito de los ciudadanos sin distinción por pertenencia nacional o racial. La Ley de derechos del niño, de 5 de julio de 2002, establece: "Todos los niños que residen en el territorio de Turkmenistán tienen los mismos derechos, sin distinciones por motivos de pertenencia nacional, raza, sexo, idioma, religión..." (art.3).

67.De conformidad con la Ley de policía de Turkmenistán, de 7 de julio de 2001, los órganos de la policía tienen la obligación de "proteger a toda persona, sin distinción por motivos de ciudadanía, condición social, posición económica u otra condición, pertenencia nacional,..." (art. 5).

68.Con arreglo al artículo 40 de la Constitución, se garantiza a los ciudadanos la protección judicial del honor y la dignidad y de los derechos y libertades personales y políticos de la persona y el ciudadano. Los ciudadanos tienen derecho a solicitar por la vía judicial reparación por los perjuicios materiales y morales sufridos como consecuencia de actuaciones ilegales de los órganos del Estado, de otras organizaciones, de sus empleados o de particulares. De conformidad con la Ley fundamental, el poder judicial debe proteger los derechos y libertades de los ciudadanos y la justicia se administra sobre la base del principio de la igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales. La Ley de la administración de justicia y del estatuto de los jueces, de 29 de mayo de 1991, establece la protección judicial de los ciudadanos sin distinción por motivos de origen, condición social, situación de empleo, posición económica o pertenencia racial o nacional. La legislación en materia civil prevé el derecho de los ciudadanos a impugnar ante los tribunales los informes que menoscaben sus derechos e intereses protegidos por la ley, así como a solicitar reparación e indemnización por las pérdidas y los perjuicios morales sufridos (artículo 16 del Código Civil).

69.El 6 de febrero de 1998 se aprobó una ley que permite denunciar ante los tribunales los actos cometidos por los órganos del Estado, las asociaciones públicas, las autoridades locales y los funcionarios que violen los derechos y libertades que se enuncian en la Constitución. Esta medida, como lo demuestra la experiencia de los últimos años, representa un medio eficaz para prevenir los actos o manifestaciones discriminatorios por motivos raciales o étnicos y permite confirmar el principio de la igualdad de los ciudadanos en la actividad de los órganos e instituciones del Estado, ya sean nacionales o locales, y de sus funcionarios. Todo ciudadano tiene derecho a denunciar ante un tribunal cualquier intento de manifestación de prejuicios raciales o étnicos de que haya sido objeto.

70.La Ley de recursos de los ciudadanos y normas por las que se rige su examen, aprobada el 14 de enero de 1999, representa una medida práctica para impedir las manifestaciones de discriminación racial o de cualquier otro tipo. Esta ley obliga a los órganos del Estado y demás órganos y a las empresas y organizaciones de toda forma de propiedad a aceptar y examinar en el plazo establecido las denuncias, quejas y otros recursos de los ciudadanos por violación o menoscabo de sus derechos o por la obstaculización de su ejercicio. Prohíbe rehusarse a recibir y examinar los recursos, y en particular si se trata de recursos por motivos de raza (art. 5). Por iniciativa del Presidente de Turkmenistán se ha creado un mecanismo que permite a los ciudadanos dirigirse directamente al Jefe del Estado. Con este fin, en todas las provincias, ciudades y distritos del país, en los edificios de la administración local (oficinas) se han establecido buzones especiales para las cartas de los ciudadanos. Los recursos de los ciudadanos que se deciden a nivel superior contribuyen a afianzar los cimientos cívicos de la sociedad, reforzar la legalidad y el ordenamiento jurídico y garantizar y proteger los derechos y libertades de los ciudadanos. Del examen de las denuncias y quejas de los ciudadanos se ocupan los ministerios y departamentos, las empresas y las instituciones. El Instituto Nacional Turcomano para la Democracia y los Derechos Humanos, de la Presidencia de Turkmenistán, analiza los recursos de los ciudadanos.

71.En Turkmenistán se lleva a cabo un amplio programa educativo en la esfera de los derechos y libertades de los ciudadanos, mediante el cual se reafirman los principios de igualdad entre las nacionalidades y respeto mutuo. En el programa de estudios de las escuelas secundarias se ha introducido la materia "Fundamentos del Estado y el derecho", que comprende una sección sobre los derechos humanos y las normas nacionales e internacionales en la materia.

72.En los establecimientos de enseñanza superior del país se estudian la legislación de Turkmenistán y los instrumentos internacionales de derechos humanos, y educación de los jóvenes está orientada hacia un espíritu de unidad y cohesión de las personas de todas las razas y grupos étnicos. Los alumnos y estudiantes toman parte en seminarios, conferencias y reuniones que se organizan con regularidad para debatir sobre la cultura de distintos pueblos y el patrimonio histórico y espiritual del pueblo turcomano, que profesa la paz, la amistad y el respeto por los otros pueblos. En las escuelas y los establecimientos de enseñanza superior del país, en las empresas y en las instituciones de la organización social juvenil Majtumkuli, se organizan reuniones de jóvenes, mujeres, veteranos del trabajo y de la guerra en las que participan representantes de muchas nacionalidades. Esas reuniones tienen como hilo conductor las siguientes palabras del Presidente de Turkmenistán: "Los turcomanos se relacionan con todos los otros pueblos del mismo modo que con sus propios hermanos y amigos y respetan su idioma, su religión y sus tradiciones. En nuestro país los representantes de todos los pueblos viven en armonía y amistad con los turcomanos y trabajan mano a mano por el bien de su país. Todos los ciudadanos de Turkmenistán son iguales ante la ley, gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones". La cooperación internacional en la esfera de la educación contribuye a reafirmar una ideología no discriminatoria en la juventud del país. La práctica de estudios en el extranjero entre los estudiantes y pedagogos de Turkmenistán se ha hecho frecuente. A su vez jóvenes de otros países estudian en establecimientos docentes de Turkmenistán. A principios de 2004 más de 1.000 jóvenes de Turkmenistán estudiaban en establecimientos de enseñanza superior de los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia, Turquía, Ucrania, Malasia, Francia, Alemania y otros países.

73.El Gobierno de Turkmenistán presta mucha atención a difundir e introducir en la práctica diaria de la sociedad y las estructuras del Estado información sobre los principios y disposiciones de la normativa internacional en materia de derechos humanos y libertades, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y de otros instrumentos. Junto con representantes de organizaciones internacionales y embajadas acreditadas en Turkmenistán se llevan a cabo programas humanitarios de largo plazo para hacer conocer a la opinión pública los instrumentos internacionales fundamentales sobre derechos y libertades humanos que se aplican en la política de Turkmenistán de acuerdo y aunamiento entre las naciones. El texto de la Convención sobre la eliminación de la discriminación racial y de otros instrumentos internacionales en esa esfera se ha publicado en tiradas masivas en el idioma oficial; su contenido y el de otras disposiciones se explica con regularidad en los medios de información, se transmiten programas especiales al respecto en la radio y la televisión, y en los periódicos y revistas se publican artículos y reseñas.

74.Los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Cultura e Información, de Justicia y de Educación, el Consejo Supremo de Ciencias y Técnica, el Instituto Nacional de Estadística y de Información, los establecimientos de enseñanza superior, el Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia de Turkmenistán y las asociaciones públicas del país, con la ayuda de los representantes de las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y muchas otras organizaciones internacionales, publican textos y colecciones de instrumentos internacionales y de la legislación nacional en la esfera de los derechos y libertades de los ciudadanos.

75.Por ejemplo, el Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia ha publicado 17 colecciones de este tipo, entre las cuales: Instrumentos internacionales de derechos humanos (instrumentos jurídicos internacionales básicos sobre los derechos humanos a que se ha adherido Turkmenistán), una colección de instrumentos internacionales y disposiciones legislativas de Turkmenistán titulada Derechos humanos y justicia en Turkmenistán; Derechos de la mujer en Turkmenistán, que incluye los instrumentos jurídicos internacionales y nacionales; Protección de los derechos de la persona en Turkmenistán y diversas otras normas entre las que figura la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

76.El programa educativo que se lleva a cabo con la ayuda de organizaciones internacionales, destinado a los empleados del Estado, los órganos encargados de hacer cumplir la ley, los servicios aduaneros y fronterizos y los funcionarios de los órganos locales de poder y administración, propicia el cumplimiento práctico de las disposiciones de la Convención sobre la no discriminación.

77.De manera continua, junto con las organizaciones nacionales y las oficinas de la OSCE y el ACNUR, se organizan cursos sobre la legislación en la esfera de los derechos humanos. Del 24 al 28 de noviembre de 2003 se impartió en Turkmenistán un curso a este respecto de cinco días de duración en el que participaron expertos nacionales y especialistas extranjeros. Asistieron al curso empleados de los jyakimlik de los órganos del Ministerio del Interior, del Ministerio de Seguridad Nacional, de la fiscalía, de los tribunales y de los servicios fronterizos y de aduanas. En agosto y septiembre de 2003 el Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia, conjuntamente con la OIM y el ACNUR, organizó en todas las provincias del país seminarios sobre la legislación nacional y las normas internacionales en materia de migración y derechos de los refugiados. Turkmenistán promueve la celebración de simposios, conferencias y seminarios internacionales que tratan de la persona y sus derechos y de la seguridad, la paz y la armonía entre los Estados y las naciones.

78.El 18 de octubre de 2003 se celebró el Foro internacional "Cuestiones y oportunidades para Asia central: fronteras, tránsito y comercio", organizado por las Naciones Unidas, la OSCE y el Gobierno de Turkmenistán. En esa reunión participaron representantes de estructuras nacionales e internacionales, científicos y los servicios de fronteras y aduanas de Kirguistán, Uzbekistán, Tayikistán, Afganistán, la República Islámica del Irán, la Federación de Rusia, la Comisión Europea y el Banco Mundial. Se examinaron medidas para reforzar la colaboración de los participantes en el foro y de otros países en lo referente al fomento de relaciones de buena vecindad, el respeto mutuo entre los pueblos y la impulsión del intercambio de mercancías y servicios de manera mutuamente provechosa y la utilización de los corredores de transporte internacionales para el desarrollo de esas relaciones.

79.Del 22 al 23 de abril de 2004 se celebró en Ashgabat la Conferencia internacional titulada "Defensa de los derechos de la mujer y el niño - aspectos jurídicos internacionales y nacionales". Participaron en ese foro representantes de organizaciones internacionales, pedagogos y científicos universitarios de distintos países, diplomáticos, funcionarios de los órganos encargados de hacer cumplir la ley y estudiantes. Tomaron parte asimismo en los trabajos de la Conferencia expertos de 21 países, entre ellos los Estados Unidos de América, Gran Bretaña, Alemania, la Federación de Rusia, etc.

80.Los foros de este tipo constituyen un importante componente del complejo de medidas que se aplican en el país para reafirmar la ideología de la igualdad de los pueblos y eliminar los prejuicios raciales.

81.Con arreglo al párrafo 2 del artículo 2 de la Convención, Turkmenistán ha adoptado medidas concretas de orden político, económico y social para proteger los derechos de los refugiados que llegaron al país entre 1991 y 1997. En ese período entraron en Turkmenistán cerca de 20.000 refugiados procedentes de Tayikistán, Afganistán, Armenia y otros países. El Gobierno asignó medios económicos, proveyó a su asentamiento y les ofreció todo lo necesario para vivir. Los refugiados que expresaron el deseo de trabajar en la agricultura recibieron gratuitamente parcelas de tierra y en colaboración con la oficina del ACNUR en Turkmenistán el Estado les facilitó aperos agrícolas y semillas para plantar. Una vez normalizada la situación en Tayikistán, a los más de 7.000 refugiados que deseaban regresar a su país se les facilitaron los medios de transporte, con la posibilidad de transportar sus pertenencias. Unos 12.000 refugiados se radicaron definitivamente en Turkmenistán, donde pusieron casa y gozan de todos los derechos de los ciudadanos de Turkmenistán. El 12 de junio de 1997 el Meylis de Turkmenistán ratificó la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el estatuto de los refugiados de 1967. Las disposiciones más importantes de estos instrumentos internacionales se incorporaron en la Ley de refugiados aprobada el 12 de junio de 1997. El Gobierno ha ayudado en todo lo posible a regresar a su país a los refugiados del Afganistán y Armenia.

III. MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 3 DE LA CONVENCIÓN

82.Turkmenistán condena el genocidio, la segregación racial y el apartheid y prohíbe y rechaza toda manifestación de ese carácter. Ha asumido ante el mundo entero en la Declaración sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos del Turkmenistán neutral la siguiente obligación: "todas las personas tienen derecho a igual protección contra cualquier forma de discriminación que menoscabe sus derechos" y la cumple consecuentemente en su política interna y exterior. En Turkmenistán no existen razones objetivas ni subjetivas para la segregación racial y el apartheid y, como se subraya en el Concepto de política exterior de Turkmenistán como Estado neutral, aprobado por el Jalk Maslajaty el 27 de diciembre de 1995, "la armonía interétnica e interreligiosa dentro del país determina el enfoque de estas cuestiones en la política exterior". Al adherirse a los instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos nuestro país ha condenado la segregación racial y el apartheid y se ha comprometido a prevenir, prohibir y erradicar toda práctica semejante en el territorio bajo su jurisdicción y cumple firmemente sus obligaciones.

83.La legislación de Turkmenistán establece la responsabilidad administrativa y penal por todo atentado contra la igualdad nacional de derechos, toda violación o restricción directa o indirecta de los derechos y libertades de los ciudadanos, toda manifestación de genocidio y toda conculcación de derechos y libertades concretos de los ciudadanos (quebrantamiento de la inviolabilidad de la esfera privada, violación del domicilio, violación del secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas, las comunicaciones telegráficas, postales y otras comunicaciones, etc.).

84.En particular, con arreglo al párrafo 3 del artículo 178 del Código de Delitos Administrativos se establece la responsabilidad administrativa por todo acto "dirigido a incitar a la hostilidad, la discordia, el menosprecio nacional o racial, o al empleo de la violencia por motivo de pertenencia nacional, racial o religiosa".

85.El artículo 145 del Código Penal castiga "cualquier violación o restricción directa o indirecta de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma...".

86.Los actos de violencia premeditados cometidos con el fin de exterminar total o físicamente a cualquier grupo nacional, étnico, racial o religioso de personas constituyen delito de genocidio de conformidad con el artículo 168 del Código Penal de Turkmenistán y dan lugar a una acción judicial.

IV. MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4 DE LA CONVENCIÓN

87.En el territorio de Turkmenistán se prohíbe y se declara punible conforme a la ley toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, toda incitación a la discriminación racial, así como toda incitación a cometer actos de violencia contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u otro origen étnico. La Ley de prensa y otros medios de información, de 10 de enero de 1991, prohíbe "la utilización de los medios de comunicación para... hacer propaganda de la guerra, la violencia, la crueldad y la discriminación o intolerancia racial, nacional o religiosa" ... (artículo 5 de la ley). En caso de violación de esas disposiciones por un medio de información "el órgano encargado del registro de los medios de información pone fin a su actividad..." (art. 13).

88.El Código Penal castiga toda incitación a violar los derechos humanos, a hacer discriminación racial, nacional o religiosa y a cometer o incitar a cometer cualquier acto de violencia por tales motivos (arts. 33, 145, 154 y 168).

89.La prohibición la fundación y las actividades de partidos y organizaciones que hagan propaganda de la discordia racial, nacional, social o religiosa se ha convertido en disposición constitucional que es de aplicación directa. De conformidad con el artículo 34 del Código Penal, la comisión de este delito por un grupo de personas, un grupo organizado o una sociedad delictiva se castiga con una pena severa dentro de los límites establecidos por el Código. La prohibición de fundar organizaciones semejantes y de sus actividades figura también en las leyes sobre las organizaciones religiosas y las asociaciones públicas.

90.De este modo, con arreglo al artículo 5 de la Ley de la libertad de cultos y de organizaciones religiosas, de 21 de octubre de 2003, se prohíben las actividades de organizaciones, corrientes, sectas y otras asociaciones religiosas que utilicen la religión para incitar a la hostilidad, el odio o la discordia interétnica. Conforme al artículo 14 de dicha ley constituye motivo para suprimir una organización religiosa "la incitación a la enemistad social, racial, nacional o religiosa". En virtud del artículo 4 de la Ley de asociaciones públicas, de 21 de octubre de 2003, "están prohibidas la fundación y las actividades de asociaciones públicas... que hagan propaganda de la guerra o la hostilidad racial, nacional, social o religiosa ".

91.Todos los órganos de poder y administración nacionales y locales de Turkmenistán desarrollan sus actividades sobre la base de la prohibición constitucional de fomentar la discriminación racial o instigar a ella.

V. MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5 DE LA CONVENCIÓN

92.De conformidad con las obligaciones fundamentales derivadas de la ratificación de la Convención, Turkmenistán ha adoptado medidas legislativas, judiciales y administrativas para prohibir toda manifestación de discriminación racial o nacional y garantizar la igualdad de toda persona ante la ley sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico. Todas las personas bajo la jurisdicción de Turkmenistán gozan de estos derechos en la práctica, sin sufrir discriminación racial.

A. El derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia

93.Con arreglo a la Constitución, el poder judicial en el país reside únicamente en los tribunales previstos por la ley. Está prohibido crear tribunales extraordinarios u otras estructuras para administrar justicia (artículos 97 y 98 de la Constitución). La Constitución y la legislación de Turkmenistán garantizan a todos los ciudadanos, sin distinciones por razones de origen nacional o étnico, la protección judicial del honor y la dignidad y de los derechos y libertades personales y políticos previstos en la Ley fundamental y otras leyes (artículo 40 de la Constitución). Los ciudadanos tienen derecho a solicitar ante los tribunales reparación por los daños materiales y morales sufridos como consecuencia de actuaciones ilegales de los órganos del Estado, de otras organizaciones, de sus empleados o de particulares (artículo 41 de la Constitución).

94.De conformidad con el artículo 6 de la Ley de la administración de justicia y del estatuto de los jueces, de 29 de mayo de 1991, la administración de justicia descansa en el principio de la igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales sin distinciones por motivos de raza o pertenencia nacional. El Código Civil garantiza a todos los ciudadanos la protección judicial de los derechos de propiedad y los demás derechos personales, el honor, la dignidad y la reputación comercial (arts. 15 y 16). La legislación penal se basa en los principios de la legalidad y la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Las personas que han cometido delitos son iguales ante la ley e incurren en responsabilidad penal sin distinciones por razones de sexo, raza, nacionalidad, actitud ante la religión, convicciones o pertenencia a asociaciones públicas (artículo 3 del Código Penal).

95.El procedimiento judicial se desarrolla en el idioma oficial. A las personas que no dominan el idioma del proceso se les garantiza la posibilidad de tomar conocimiento del expediente y de participar en las actuaciones judiciales con la ayuda de un intérprete, así como el derecho a hablar ante el tribunal en su idioma materno (artículo 103 de la Constitución).

96.Los extranjeros, los apátridas y los refugiados gozan de los mismos derechos y libertades que los ciudadanos de Turkmenistán. Tienen derecho a recurrir a la justicia para defender sus derechos materiales y de otra índole (artículo 8 de la Constitución y Ley de refugiados, de 12 de junio de 1997). Con arreglo al artículo 21 de la Ley de la condición jurídica de los extranjeros en Turkmenistán, de 8 de octubre de 1993, los extranjeros tienen derecho a acudir a los tribunales y a otros órganos del Estado, así como a su representación diplomática y consular, para defender sus derechos personales, materiales y de otra índole. En materia de procedimientos judiciales, los extranjeros gozan de los mismos derechos que los ciudadanos de Turkmenistán.

97.La Constitución y las leyes de Turkmenistán reconocen el derecho a la asistencia jurídica profesional de todas las personas que la necesitan en cualquier fase del proceso. Los jueces de todos los tribunales de Turkmenistán son nombrados por el Presidente por un mandato de cinco años. Pueden ser removidos por el Presidente sólo por los motivos indicados en la ley (artículo100 de la Constitución). Los jueces son independientes, están sometidos sólo a la ley y se guían por sus convicciones interiores. La justicia se administra sobre la base del procedimiento contradictorio y la igualdad de las partes. Toda injerencia en la labor del juez por cualquiera de las partes queda prohibida y entraña responsabilidad conforme a la ley (artículo 99 de la Constitución y artículo 55 de la Ley de administración de justicia y del estatuto de los jueces en Turkmenistán).

B. El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia

98.La seguridad personal del ciudadano y la obligación y responsabilidad del Estado ante cada ciudadano son principios constitucionales fundamentales. Turkmenistán ha proclamado a la persona como valor supremo de la sociedad y del Estado y la responsabilidad del Estado de garantizar las condiciones para el libre desarrollo de la persona. El Estado protege la vida, el honor, la dignidad, la libertad, la inviolabilidad personal y los derechos naturales e inalienables de los ciudadanos (artículo 3 de la Constitución).

99.El derecho de toda persona a la vida está protegido por el Estado y nadie puede ser privado de ese derecho. Turkmenistán ha abrogado la imposición de la pena de muerte como medida de sanción penal. De conformidad con la Constitución y las leyes nadie puede ser condenado o sometido a un castigo sino conforme a lo estrictamente previsto por la ley. El Presidente y el Gobierno del país han adoptado medidas especiales que refuerzan las garantías de seguridad de los ciudadanos. Por decreto del Presidente sobre las comisiones para garantizar la legalidad en la ejecución de las actuaciones procesales, en las provincias, los distritos y las ciudades se han creado comisiones constituidas por representantes de los órganos del Estado y de organizaciones sociales. Con arreglo a la Ley constitucional del procedimiento para incoar un proceso penal y al artículo 22 del Código de Procedimiento Penal, sólo se puede promover un proceso penal con la autorización de la respectiva comisión provincial, urbana o de distrito. Conforme al párrafo 1 del artículo 175 del Código de Procedimiento Penal, sólo se puede proceder al registro del domicilio de un ciudadano en el marco de una instrucción por delitos tipificados en la ley y únicamente con la autorización de las comisiones territoriales correspondientes encargadas de garantizar la legalidad en el desarrollo de las diligencias del sumario. Se han establecido procedimientos análogos en materia de detención de ciudadanos. La aprobación de estas normas jurídicas eficaces para asegurar la protección de la persona contra una violación infundada o ilegal de sus derechos y libertades constituye un medio sólido para garantizar su seguridad.

100.Contribuyen a estos mismos fines las medidas de persecución penal por los atentados contra la vida, la salud, el honor, la dignidad, la propiedad y los derechos y libertades personales. El Código Penal, aprobado el 12 de junio de 1997, en su Título VII, "Delitos contra la persona", comprende capítulos sobre los delitos contra la vida y la salud (cap. 16), los delitos contra la libertad, el honor y la dignidad de la persona (cap. 17), los delitos en materia de relaciones sexuales (cap. 18), los delitos contra los derechos y libertades constitucionales del hombre y el ciudadano (cap. 19) y los delitos contra menores de edad, la familia y la moral (cap. 20).

101.En los últimos años no se registraron en Turkmenistán delitos cometidos por motivos raciales.

C. Los derechos políticos

102.Turkmenistán garantiza a todos los ciudadanos, sin distinción por motivos de raza, nacionalidad, origen o religión, todos los derechos y libertades políticos, económicos, sociales y culturales previstos en su Constitución y legislación y en las obligaciones internacionales asumidas en la materia. Con este fin se han creado un sistema jurídico, instituciones democráticas y procedimientos que garantizan el derecho de los ciudadanos, en condiciones de igualdad a acceder a las funciones públicas, a tomar parte en elecciones y ser elegidos para los órganos estatales y a participar en el gobierno de los asuntos del país y de las entidades administrativas y territoriales como asimismo en la dirección de los asuntos públicos en cualquier nivel. La legislación y la práctica de Turkmenistán no admiten ninguna prohibición ni limitación de los derechos políticos de los ciudadanos. Este principio se enuncia en los instrumentos legislativos que regulan las esferas correspondientes de las relaciones sociales. Así, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 2 de la Ley de selección de dirigentes y empleados para la función pública en Turkmenistán, de 9 de agosto de 2002, la selección de los dirigentes y funcionarios públicos se basa en el principio de "igual derecho de los ciudadanos a acceder a la función pública y a ser ascendidos en ella..., cualquiera sea su pertenencia nacional, origen, posición económica y situación de empleo, lugar de residencia, relación ante la religión o convicciones políticas". Representantes de distintas nacionalidades ocupan los puestos de dirigentes y funcionarios en los órganos de poder y administración del Estado.

103.Las elecciones en Turkmenistán se desarrollan sobre la base del principio de igual derecho de sufragio. Las elecciones son directas, es decir que los candidatos son elegidos directamente por los ciudadanos, el voto es secreto y no se puede controlar la expresión de la voluntad de los electores. Las candidaturas son propuestas por los partidos políticos, las asociaciones públicas y agrupaciones de ciudadanos. El derecho a presentar candidatos incumbe al Jalk Maslajaty. Como en el caso de la participación en elecciones, todos los ciudadanos, sin distinción por razones de nacionalidad, raza o color, tienen derecho a presentarse como candidatos a los órganos representativos del poder.

104.De conformidad con el artículo 2 de la Ley de elección de los diputados del Meylis, de 10 de diciembre de 1998, "toda restricción directa o indirecta del derecho de voto de los ciudadanos basada en la pertenencia nacional, el origen..., el sexo, el idioma o la religión está prohibida". El artículo 2 de la Ley de elección de los representantes del pueblo (jalk vekillieri) y el artículo 2 de la Ley de elección de los miembros de los guenguesh, de 14 de diciembre de 2002, enuncian la misma prohibición. En la Ley de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos de 22 de abril de 1999 se establecen las garantías legislativas, jurídicas, económicas, organizativas y de información para la participación de los ciudadanos en elecciones libres y equitativas.

105.Las elecciones al Meylis celebradas en diciembre de 1999 se desarrollaron sobre la base de la alternancia, en un proceso de confrontación competitiva de los candidatos. Quedaron elegidos para el órgano legislativo del país representantes de distintas nacionalidades y el 26% de los diputados son mujeres. Las mujeres constituyen el 24% de los miembros del Gobierno y ocupan cargos de vicepresidentas del Gabinete de Ministros, ministras y jefas de departamentos.

106.El 6 de abril de 2003 se celebraron en Turkmenistán elecciones a los órganos locales de administración autónoma -los guenguesh. Resultaron elegidos como miembros de los guenguesh representantes de 14 nacionalidades entre nuestros ciudadanos.

107.Un medio jurídico importante que garantiza la celebración de elecciones libres y la organización de referendos nacionales, así como la observancia de los derechos electorales de los ciudadanos, lo constituyen las normas de la legislación penal. Está prevista la responsabilidad penal por obstaculizar el ejercicio del derecho electoral (artículo 149 del Código Penal) y por infringir la legislación en la organización y celebración de las elecciones (art. 150).

D. Derechos civiles

108.La Constitución de Turkmenistán garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la libertad de circulación y a la libre elección del domicilio en el territorio del país (artículo 24 de la Constitución). Se han establecido restricciones a la entrada y circulación de personas en las zonas de control fronterizo con el fin de garantizar la seguridad y soberanía del país.

109.De conformidad con la Ley del procedimiento para la salida de los ciudadanos de Turkmenistán y su regreso, de 15 de junio de 1995, en su forma modificada y completada posteriormente, los ciudadanos tienen derecho a salir libremente de Turkmenistán y a regresar al país. Los ciudadanos no pueden ser privados de ese derecho (art. 1). Los ciudadanos no necesitan un visado de salida. El Presidente podrá decidir limitar temporalmente la salida del país si las circunstancias excepcionales en un país extranjero representan una amenaza para la salud de los ciudadanos turcomanos o no permiten garantizar su seguridad personal (art. 9).

110.Los ciudadanos que abandonan Turkmenistán con el fin de establecer su residencia permanente en otro país gozan de todos los derechos de los ciudadanos y asumen las obligaciones previstas por la ley. Está prohibido limitar sus derechos civiles o sus derechos en materia de trabajo o vivienda. Tienen derecho a exportar los bienes que les pertenecen y los de los miembros de su familia adquiridos de manera legítima, y sus divisas extranjeras, y a conservar en el territorio de Turkmenistán sus bienes, fondos, valores u objetos preciosos (artículos 14 y 16 de la ley). En virtud de los acuerdos recíprocos concertados con países limítrofes -el Irán, Kazajstán y Uzbekistán- los ciudadanos de esos países pueden entrar sin visado en el territorio de los demás para visitar a sus familiares o realizar intercambios comerciales y culturales.

111.La ciudadanía de Turkmenistán y el procedimiento que regula su adquisición y pérdida se rigen por la Constitución y la Ley de ciudadanía de Turkmenistán, de 30 de septiembre de 1992, en su forma modificada y completada posteriormente. La ciudadanía es la misma para todos los ciudadanos, independientemente de su raza, pertenencia nacional u origen y de la forma en que la hayan adquirido (artículo 5 de la ley). Nadie puede ser privado de la ciudadanía ni del derecho a cambiar de ciudadanía (artículo 7 de la Constitución). Un ciudadano de Turkmenistán no puede ser expulsado del país ni puede limitarse su derecho a regresar a la patria (artículos 4 y 7 de la ley).

El derecho al matrimonio y a la elección del cónyuge

112.De conformidad con el artículo 25 de la Constitución, las mujeres y los hombres que han alcanzado la edad mínima establecida para contraer matrimonio pueden hacerlo por consentimiento mutuo y fundar una familia. Está prohibida cualquier restricción directa o indirecta de ese derecho o la concesión de una ventaja directa o indirecta en materia de celebración del matrimonio y de relaciones familiares basada en el origen, la condición social o la posición económica, la pertenencia racial o nacional, el sexo, el grado de instrucción, el idioma, la actitud ante la religión, el tipo y carácter de ocupación, el lugar de residencia o cualesquiera otras circunstancias. El Código del Matrimonio y la Familia en su forma completada y modificada al 1º de septiembre de 1988 regula el procedimiento y las condiciones para contraer matrimonio así como las relaciones personales y económicas que se crean en la familia entre los cónyuges, los padres y los hijos y los otros miembros de la familia. La edad mínima de los ciudadanos de Turkmenistán para contraer matrimonio se ha fijado en 16 años, y en 18 años en el caso de los turcomanos que contraen matrimonio con extranjeros o apátridas (artículo 16 del Código del Matrimonio y la Familia). Se incurre en responsabilidad por el hecho de obligar a alguien a contraer matrimonio. Raptar a una mujer para contraer matrimonio con ella es punible penalmente (artículo 127 del Código Penal).

El derecho a ser propietario, individualmente y en asociación con otros

113.En Turkmenistán se garantiza el derecho a la propiedad privada sobre los medios de producción, la tierra y otros bienes materiales e intelectuales. Las asociaciones de ciudadanos también pueden poseer esos bienes. El Estado reconoce la inviolabilidad de la propiedad y garantiza igual protección e iguales condiciones para el desarrollo de todas las formas de propiedad (artículo 9 de la Constitución).

114.De conformidad con el Código Civil de Turkmenistán, el propietario, dentro de los límites establecidos por la ley o los tratados, tiene derecho a poseer, disfrutar y disponer de sus bienes (art. 191). La propiedad colectiva se adquiere con arreglo a la ley o sobre la base de un acuerdo. Todas las cuestiones relativas a la posesión, usufructo y disposición de los bienes por su propietario o sus propietarios están reguladas por el Código Civil de Turkmenistán.

115.De conformidad con la nueva Ley de desestatización y privatización del patrimonio público, de 12 de junio de 1997, se emprendió un amplio programa para desestatizar y privatizar los bienes públicos. Con arreglo a esta ley, se autorizó la desestatización y privatización de los bienes públicos en todas las esferas de la economía nacional. Los bienes desestatizados pueden ser adquiridos por ciudadanos de Turkmenistán, ciudadanos extranjeros y apátridas, así como por personas jurídicas de Turkmenistán y de otros Estados. Más del 85% de las empresas y servicios públicos ya se han privatizado y están en manos de particulares. También se ha privatizado más del 40% del parque inmobiliario público, las fábricas y empresas industriales y manufactureras. En el transporte de carga, el sector no estatal representa el 19% y en el transporte de pasajeros el 23%. El 83% de las tierras de regadío se han transferido a explotadores privados o se han arrendado a largo plazo a agricultores y a asociaciones de agricultores.

El derecho a heredar

116.Todo ciudadano de Turkmenistán tiene derecho a heredar y este derecho se reglamenta en el Código Civil de Turkmenistán sobre la base de la igualdad entre las partes en las relaciones que se rigen por la legislación civil (arts. 1128 a 1318). La herencia (sucesión) abarca tanto los derechos de propiedad (activos) como las obligaciones (pasivos) que tenía el testador en el momento de su muerte. La herencia también incluye la parte de los bienes comunes que poseía el testador, y si no es posible dividir esos bienes, se dividirá su costo. La herencia se efectúa por ley, por testamento o por ambos. En el caso de la herencia por ley, se tienen en cuenta a los herederos de primera y segunda filiación. Por testamento, el testador puede dejar sus bienes tanto a personas de entre sus herederos como a otras personas. En Turkmenistán no existen restricciones al derecho a heredar basadas en la raza o en el origen étnico.

El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

117.En Turkmenistán, el Estado garantiza la libertad de religión y credo, la igualdad de todas las religiones ante la ley, y el derecho de cada persona a definir independientemente su actitud ante la religión, a practicar, individualmente o con otros, cualquier religión o a no practicar ninguna, a expresar y difundir sus creencias religiosas, y a participar en cultos, ritos y ceremonias religiosas. La Ley de libertad de conciencia y organizaciones religiosas, de 21 de octubre de 2003, prohíbe ejercer cualquier tipo de coacción sobre una persona en lo que respecta a determinar su actitud hacia la religión, profesar o no una religión y participar o no en liturgias, ritos y ceremonias religiosas, así como a recibir enseñanza religiosa (art. 3).

118.La legislación de Turkmenistán no establece ninguna restricción a la inscripción y la actividad de las agrupaciones y organizaciones religiosas, siempre que no contravengan la Constitución de Turkmenistán.

119.De conformidad con la legislación de Turkmenistán, se incurre en responsabilidad por limitar directa o indirectamente los derechos de los ciudadanos por motivos basados en sus creencias religiosas o su ateísmo, o por otorgar privilegios por esos mismos motivos, así como por incitar al odio o a la animadversión de carácter religioso, u ofender los sentimientos de los ciudadanos por motivo de sus creencias religiosas o su ateísmo. El carácter laico del Estado de Turkmenistán no menoscaba el importante papel que la religión ha desempeñado y sigue desempeñando en la vida de la sociedad. El Estado presta apoyo por todos los medios a su alcance a los ciudadanos en el ejercicio de su derecho constitucional a la libertad de culto. En el momento de la independencia, en Turkmenistán había tres mezquitas y una iglesia ortodoxa. Hoy en día en el país hay 382 mezquitas, 12 iglesias ortodoxas y varios otros locales de otras confesiones. Cada año, fieles musulmanes, con el apoyo del Estado, que les proporciona transporte gratuito, realizan la peregrinación a los lugares santos del islam. Son feriados nacionales públicos las festividades musulmanas de Oraza-bayram y Kurban-bayram.

120.En el artículo 154 del Código Penal de Turkmenistán se tipifica como delito toda limitación del derecho a la libertad de conciencia y culto.

El derecho a la libertad de opinión y de expresión

121.El derecho a la libertad de convicciones y su libre expresión, garantizado por la Constitución de Turkmenistán (art. 26), se refiere al derecho a expresar libremente opiniones y convicciones, y al derecho a procurar, obtener y transmitir información e ideas por cualquier medio, en particular la prensa y otros medios de comunicación. Con arreglo al artículo 5 de la Ley de prensa y otros medios de información, de 10 de enero de 1991, se prohíbe el uso de los medios de comunicación para incitar a la subversión o al derrocamiento violento del orden constitucional, hacer propaganda de la guerra, la violencia, la crueldad, y la exclusión e intolerancia racial, nacional o religiosa...".

122.El derecho a la libertad de convicciones y a su libre expresión se garantiza en la práctica creando las condiciones para su ejercicio. Así, las elecciones a los órganos del poder estatal se realizan en condiciones de transparencia y apertura y con libertad para organizar campañas electorales. El derecho de los ciudadanos a recibir y a difundir información, en particular por la prensa, la televisión, la radio y otros medios de comunicación, está garantizado por los artículos 3 y 10 de la Ley de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos de Turkmenistán. Los ciudadanos ejercieron plenamente estos derechos durante las elecciones de los diputados del Meylis, celebradas en diciembre de 1994, y las elecciones de los representantes populares y miembros del guenguesh, celebradas en abril de 2003. En las campañas electorales no sólo se debatieron libremente por la prensa, la radio y la televisión los programas de los candidatos sino también asuntos de política interna y política exterior, así como las medidas para impulsar el proceso de democratización de las instituciones públicas y sociales.

123.Una medida concreta para garantizar la libertad de expresión ha sido la reforma del Jalk Maslajaty, órgano representativo supremo del poder popular. De conformidad con la Ley constitucional del Jalk Maslajaty de Turkmenistán, aprobada el 15 de agosto de 2003, este órgano está integrado por dirigentes de asociaciones públicas, delegados designados por los consejos de ancianos y colectivos de lugares de trabajo, estudio o residencia, que gozan del respeto de la comunidad y que han sido reconocidos como personas dignas para participar en la labor de ese órgano. De conformidad con el artículo 4 de la Ley del Jalk Maslajaty de Turkmenistán, la labor de ese órgano de poder popular está basada en el debate libre y la adopción conjunta de decisiones..., la transparencia y la consulta continua a la opinión pública. Como resultado de su amplia representatividad, el Jalk Maslajaty se ha convertido en un foro popular en el que los representantes de todos los sectores de la población y las fuerzas sociales del país expresan libremente sus opiniones e influyen efectivamente en la formulación de decisiones de importancia nacional. Los debates en los órganos locales de administración autónoma se realizan en condiciones similares.

124.El derecho de los ciudadanos a expresar libremente sus propias opiniones se ejerce mediante la celebración de referendos nacionales y debates de los documentos nacionales fundamentales. Por ejemplo, por más de dos meses se debatió en la prensa, la radio y la televisión, así como en seminarios y mesas redondas, el proyecto de Código Civil de Turkmenistán. Como resultado de este proceso, se introdujeron miles de enmiendas y complementos en la versión definitiva de este instrumento que es sumamente importante para garantizar los derechos humanos.

El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas

125.La Constitución de Turkmenistán garantiza el derecho de los ciudadanos a participar en reuniones, asambleas y manifestaciones (art. 27). El derecho a la libertad de asociación se realiza mediante el establecimiento de asociaciones públicas, movimientos sociales, organizaciones culturales y fundaciones públicas. Se trata de asociaciones voluntarias, autónomas, sin fines de lucro, creadas por iniciativa de ciudadanos vinculados por intereses comunes.

126.Las asociaciones públicas realizan sus actividades con arreglo a sus propios estatutos y a las disposiciones que establecen el derecho de esas asociaciones a la libertad de reunión. Está prohibida la injerencia de los órganos públicos y sus funcionarios en las actividades de las asociaciones públicas. El Estado apoya la labor de las asociaciones públicas y les ofrece facilidades y exenciones fiscales.

127.En Turkmenistán hay asociaciones públicas de jóvenes, mujeres y veteranos de la guerra y del trabajo, uniones de artistas, compositores, arquitectos y diseñadores, colectivos profesionales, artísticos, de aficionados, etc. Para realizar sus tareas y objetivos, organizan reuniones, asambleas y actividades sobre la base del derecho establecido en el artículo 21 de la Ley de asociaciones públicas. La libertad de reunión de los ciudadanos está garantizada por la legislación electoral de Turkmenistán. El derecho a nombrar candidatos, a debatir los programas de los candidatos y a elaborar mandatos para los candidatos se ejerce en reuniones, conferencias y congresos de partidos políticos y asociaciones públicas.

128.Ese derecho también se ejerce en las asambleas de residentes. Periódicamente se celebran asambleas de electores que se reúnen con los candidatos, y después de la elección, con los diputados de los órganos correspondientes. Se organizan también reuniones de colectivos de trabajo y colectivos por lugar de residencia, en las que se examinan problemas importantes para la vida y la actividad de sus miembros y se adoptan decisiones al respecto.

E. Derechos económicos, sociales y culturales

El derecho al trabajo

129.La Constitución garantiza el derecho de los ciudadanos al trabajo (art. 31), en particular el derecho a elegir la profesión, el tipo de empleo y el lugar de trabajo, así como el derecho a la protección contra el desempleo. De conformidad con el Código de Leyes Laborales de Turkmenistán de 1993, con las últimas modificaciones y complementos, cada trabajador tiene derecho a condiciones de trabajo acordes con las normas de seguridad e higiene, a igual salario por trabajo igual y a una remuneración equitativa, sin ninguna forma de discriminación, y que no sea menor al sueldo mínimo legal. Todos los trabajadores tienen derecho al descanso, a la jornada de trabajo legalmente establecida, a los días de descanso semanal, a los días feriados y las festividades públicas y a vacaciones anuales con goce de sueldo.

130.Se prohíbe cualquier limitación directa o indirecta o la concesión de privilegios directos e indirectos en la contratación por motivos de sexo, raza, nacionalidad, condición social, actitud hacia la religión, convicciones, así como por otras circunstancias que no tengan que ver con las aptitudes del trabajador para desempeñar el trabajo (artículo 16 del Código de Leyes Laborales de Turkmenistán).

131.Los profundos cambios sociales y económicos y la reestructuración económica han ido acompañados de una reorganización de la producción. El considerable crecimiento de la infraestructura industrial y manufacturera y la reorganización de la economía agrícola han contribuido al empleo de la población económicamente activa. Según datos de un estudio sobre la mano de obra y el empleo, realizado por el Instituto Nacional de Estadística de Turkmenistán, en 2000 la tasa de actividad económica de las mujeres en edad de trabajar (16 a 56 años) se situaba en un 85%, frente al 92% para los hombres en edad de trabajar (16 a 61 años). La mayoría de las personas en edad de trabajar son asalariadas. Entre los hombres, esta categoría de trabajadores representa el 84%, frente al 81% entre las mujeres.

132.Las tradiciones y costumbres familiares influyen en gran medida en la estructura del empleo de la mujer. La mujer turcomana asigna la mayor prioridad a la familia y a los hijos. Prácticamente una de cada tres familias está compuesta por más de cinco personas y, debido a la importancia que se asigna a la función social de la crianza de los hijos, las amas de casa representan una proporción considerable de las mujeres.

133.Con arreglo a la Ley de protección del trabajo de 1º de octubre de 1993, el empleador (la administración) tiene la obligación de incorporar medios modernos de seguridad en el trabajo, garantizar condiciones de trabajo acordes con las normas de seguridad e higiene y prevenir los accidentes en el lugar de trabajo y las enfermedades ocupacionales. El empleador (la administración) tiene la obligación de informar al trabajador sobre las condiciones de trabajo y la seguridad en el lugar de trabajo y tiene por ley la responsabilidad por el incumplimiento de las condiciones relativas a la seguridad en el trabajo establecidas en el contrato de trabajo.

134.La diferenciación del trabajo de hombres y mujeres en los distintos sectores y profesiones está determinada por la ley y tiene por objeto establecer medidas especiales para proteger el trabajo de la mujer y velar por su seguridad en el trabajo.

135.De conformidad con los artículos 165 a 167 del Código de Leyes Laborales, se prohíbe contratar a mujeres para realizar trabajos penosos y en trabajos que se realizan en condiciones nocivas, así como en trabajos que entrañen levantar objetos pesados. Tampoco se permite contratar a mujeres para realizar trabajos nocturnos, salvo en los sectores en los que ello es indispensable en función del tipo de producción o en los que está autorizado temporalmente.

136.Se presta especial atención a la protección de las embarazadas y las mujeres con hijos pequeños. La legislación de Turkmenistán prevé facilidades para las embarazadas, tales como la reducción de normas de producción o su traslado a un trabajo más ligero, que no entrañe un contacto con factores de producción nocivos, conservando el salario medio que percibía por su trabajo anterior. Está categóricamente prohibido que las embarazadas y las mujeres con hijos menores de 3 años realicen trabajos nocturnos, hagan horas extraordinarias, trabajen los días festivos y tengan que viajar en misión de trabajo.

137.Las madres lactantes tienen derecho, además de la pausa general para el descanso y la alimentación, a un período complementario para la lactancia de media hora como mínimo.

138.De conformidad con el artículo 176 del Código de Leyes Laborales de Turkmenistán, las embarazadas y las mujeres con hijos gozan de garantías específicas en materia de contratación y despido. En particular, está prohibido que los empleadores se nieguen a contratar a mujeres por estar embarazadas o por tener hijos, y que las despidan, salvo en caso de liquidación total de la empresa.

139.La cuantía de la remuneración de cada trabajador depende de su experiencia de trabajo, de la calidad de su trabajo y de los contratos colectivos concertados en relación con la cuantía del sueldo, cuya cuantía máxima no está limitada. El Código de Leyes Laborales prohíbe reducir la remuneración de los trabajadores por motivos de sexo, raza, nacionalidad o religión (art. 78).

140.En el sector estructurado de la economía, especialmente en el sector público, se garantiza la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres. Las diferencias de remuneración responden al sector o rama de la economía de que se trate y a la función que se desempeñe. De conformidad con los resultados del estudio "Nivel de vida", realizado en 2000 por el Instituto Nacional de Estadística en cooperación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el salario medio de las mujeres en el sector no agrícola representaba el 72% del sueldo de los hombres. Gracias al continuo aumento de los sueldos en el sector público, en los últimos años el nivel de sueldos en esferas como la atención de la salud, la cultura y la educación, en las que predominan las mujeres, representó el 84% del salario medio en los órganos administrativos, donde predominan los hombres.

141.La reconstrucción fundamental de la economía y de las relaciones de producción impulsaron la formación de un mercado de trabajo. En 2000 se registraron 50.700 personas que buscaban activamente empleo, lo que representa el 1,5% de la población en edad de trabajar. El 38,3% de las personas que buscan empleo son mujeres. Con la reestructuración de la economía, la desestatización y la privatización, los trabajadores anteriormente empleados en el sector público cubrieron el mercado de trabajo. El intenso crecimiento de las empresas industriales, textiles y de producción de alfombras, entre otras, y las medidas de organización adoptadas por el Gobierno (actividades de readiestramiento, ferias de empleo, bolsas de trabajo) han permitido resolver satisfactoriamente los problemas de empleo de la población.

El derecho a fundar sindicatos y a sindicarse

142.De conformidad con la Constitución, los trabajadores tienen derecho a organizarse en sindicatos. Los sindicatos son asociaciones públicas autónomas e independientes de ciudadanos que funcionan de acuerdo con el Estatuto de Sindicatos de Turkmenistán, cuya redacción fue aprobada por el Congreso de Sindicatos de 4 de mayo de 2001. La estructura organizativa del sistema de organizaciones sindicales de Turkmenistán está basada en la combinación de principios sectoriales y territoriales y comprende: organizaciones sindicales de base; sindicatos sectoriales; federaciones regionales de sindicatos; y el Centro Nacional de Sindicatos de Turkmenistán. Los sindicatos tiene como tarea principal representar, ejercer y proteger los derechos e intereses laborales, sociales y económicos de sus miembros. Puede ser miembro de un sindicato todo ciudadano que reconozca los estatutos del sindicato, que pague las cuotas y que participe en una organización sindical de base. Los miembros tienen derecho a que el sindicato proteja y represente sus derechos e intereses legítimos ante los órganos de poder y administración y los empleadores, a proponer a candidatos y elegir y ser elegidos a los órganos sindicales, a debatir libremente cuestiones relacionadas con la actividad sindical en asambleas y reuniones de los órganos sindicales y en los medios de información, y a exponer sus opiniones y presentar propuestas (párrafo 9 del Estatuto de Sindicatos de Turkmenistán). Los contratos colectivos, los acuerdos entre sindicatos sectoriales y los ministerios y órganos competentes, así como los acuerdos entre órganos sindicales regionales y la administración local (jyakimlik) constituyen importantes instrumentos para regular las relaciones sociales y laborales. En 2000 se firmaron más de 5.000 convenios colectivos que incluían obligaciones mutuas de empleadores y colectivos laborales en materia de empleo, remuneración y salud, garantías sociales complementarias e indemnizaciones, así como en materia de organización de las labores cotidianas y del descanso de los trabajadores. La federación de sindicatos supervisa el cumplimiento de las condiciones de los convenios colectivos y los acuerdos sobre remuneraciones.

El derecho a la vivienda

143.Todo ciudadano de Turkmenistán tiene derecho a recibir apoyo del Estado para obtener una vivienda confortable y para construirse una vivienda. Nadie puede ser desalojado de su vivienda, salvo por los motivos establecidos por la ley (artículo 22 de la Constitución). Ese derecho se ejerce mediante la adjudicación de viviendas gratuitas por el Estado a los ciudadanos que las necesiten, y la compra, la construcción y el alquiler de viviendas. Las viviendas del parque inmobiliario público se ofrecen a los ciudadanos para su uso durante un período ilimitado. De conformidad con el artículo 40 del Código de la Vivienda de Turkmenistán, en la distribución del parque inmobiliario público no se tiene en cuenta la raza, la nacionalidad, el color de piel, la religión, etc. Los veteranos de guerra, los héroes de Turkmenistán, las personas que padecen enfermedades crónicas graves, los discapacitados laborales de los grupos 1 y 2, los trabajadores con largos períodos de servicio en la industria, las familias numerosas, entre otras categorías de ciudadanos, tiene prioridad para obtener viviendas.

144.En Turkmenistán se está llevando a cabo un amplio programa de construcción de viviendas. En el marco de este programa, el Estado está construyendo viviendas muy confortables, acordes con las normas internacionales, y creando condiciones favorables para la construcción de viviendas, y se están privatizando las viviendas de propiedad de los órganos comunales locales. Desde la independencia, se ha privatizado más del 40% de las viviendas que pertenecían anteriormente a entidades municipales.

145.El Gobierno de Turkmenistán ha creado condiciones favorables para la compra de viviendas en nuevos complejos residenciales. Los ciudadanos que adquieren estas viviendas confortables deben pagar inicialmente sólo la tercera parte de su costo y pueden amortizar el resto en el plazo de 15 años. El Gobierno concede a los compradores de esos apartamentos préstamos a largo plazo a intereses bajos. Se han establecido facilidades para los ciudadanos que construyen viviendas individuales. En el período de 1995 a 2000, el número de viviendas individuales construidas, especialmente en zonas rurales, aumentó a más del doble. El alquiler que se paga por las viviendas del parque inmobiliario público es simbólico y asciende a menos de 1 dólar por mes. El alquiler de habitaciones y departamentos de propiedad privada ocupa un lugar importante en el mercado inmobiliario. Los contratos de alquiler se concertan entre el propietario de la casa o apartamento por períodos determinados o indefinidos.

146.En Turkmenistán todas las relaciones en materia de vivienda están basadas en la igualdad de las partes en las relaciones que se rigen por legislación, la inviolabilidad de la propiedad, la libertad de las relaciones contractuales y la inadmisibilidad de la injerencia en las transacciones privadas que se realizan dentro del marco de la ley. En la legislación y en la práctica no se prevé la concentración de grupos étnicos o nacionales en determinados sectores o poblados. En Turkmenistán hay ciudadanos de todas las etnias que viven en ciudades y aldeas y que son propietarios y usuarios de viviendas de conformidad con la ley. Todos los ciudadanos de Turkmenistán ejercen el derecho a la vivienda sin discriminación alguna.

El derecho a la salud pública y a los servicios sociales

147.Con arreglo a la Ley de protección de la salud de los ciudadanos, de 14 de diciembre de 2002, "todos los ciudadanos que viven en el territorio de Turkmenistán, sin distinciones por motivos de pertenencia nacional, origen, posición económica, situación de empleo, lugar de residencia, idioma, actitud ante la religión... gozan del derecho a la protección de la salud" (art. 14).

148.En 1995 se aprobó el programa estatal "Salud", puesto en marcha por el Presidente. En el marco de la realización progresiva de ese programa se ha reorganizado la estructura de los servicios sanitarios, se ha mejorado su gestión y se ha desarrollado el seguro médico, la medicina de pago y la práctica médica privada.

149.En el marco de la reforma del sector se ha mejorado la estructura de la atención primaria de salud. Tras la disolución de los establecimientos médicos, en Ashgabat y en los centros provinciales se han creado hospitales polivalentes y especializados, incluidos hospitales materno‑infantiles. En las localidades rurales se han reorganizado los distintos establecimientos médicos en casas de salud rurales que dependen de los hospitales de distrito. En las ciudades las policlínicas se han transformado en casas de salud urbana. Se ha empezado a aplicar el principio de atención de la salud familiar.

150.Al 1º de enero de 2002 había en el país 4.367 centros médicos familiares en los que trabajaban 3.137 médicos generalistas, 1.061 auxiliares médicos y 6.237 enfermeras.

151.Desde que empezó la reforma del sistema de salud ha aumentado el gasto público correspondiente. En 1995 se dedicó a estos fines el 9% del presupuesto estatal, y en 2002 el 16%. El porcentaje del gasto en salud respecto del producto interior bruto ha pasado del 1,8 al 3,8%.

152.Se está desarrollando con éxito un sistema de seguro de enfermedad que ofrece a los ciudadanos varias prestaciones médicas y en particular la adquisición de medicinas en las farmacias del Estado con una reducción del 90% del precio. La lista de medicamentos cubiertos por el seguro incluye 138 patentados y 137 fármacos genéricos, es decir, un total de 275. Al 1º de enero del 2003 estaban afiliadas al seguro 4.930.500 personas, de las que 2.055.100 eran cotizantes y 2.038.400 eran personas a cargo. El seguro médico cubría al 93,1% de la población.

153.Desde la independencia se han construido grandes centros médicos dotados del equipo de alta tecnología más moderno en los que se ofrece una gran variedad de servicios de tratamiento, consulta y diagnóstico y rehabilitación.

154.Turkmenistán ha aprobado y está desarrollando con éxito un programa nacional de vacunación profiláctica. Gracias a una intensa campaña de vacunación y a la reforma del sistema de salud, se ha aumentado el alcance y la calidad de los servicios médicos que se ofrecen a la población, se ha reducido considerablemente la tasa de morbilidad y se ha incrementado la esperanza de vida de las mujeres y los hombres. Entre 1995 y 2000, la morbilidad debida a las principales enfermedades infecciosas se redujo en más de la mitad.

155.En Turkmenistán existe un sistema completo de protección de la madre y el niño que prevé el seguimiento obligatorio de las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio, así como de los niños, en especial en los primeros cinco años de vida. En el país se llevan a cabo distintas actividades de divulgación en materia de nutrición, lactancia y hábitos de vida saludables.

156.La eficacia de las medidas de protección de la salud de las mujeres embarazadas se pone de manifiesto en el hecho de que en 2002 el 92% de los embarazos culminaban en un parto sin problemas. Los extranjeros y los apátridas, ya residan provisional o permanentemente en Turkmenistán, así como los refugiados, gozan del mismo derecho a la protección de la salud que los ciudadanos de Turkmenistán (artículo 15 de la Ley de protección de la salud de los ciudadanos).

157.A los ciudadanos de Turkmenistán les asiste el derecho constitucional a la seguridad social durante la vejez, en caso de enfermedad, invalidez, incapacidad laboral, pérdida del sostén de la familia, desempleo, y cuando se trate de familias numerosas, niños que hayan perdido a los padres, veteranos de guerra y otras categorías de ciudadanos. Se prevén los subsidios siguientes: por embarazo y parto, por el cuidado de un niño, por incapacidad laboral transitoria, por discapacidad, por pérdida del sostén de la familia y por consideraciones sociales. Las prestaciones están exentas de impuestos.

158.Con arreglo al artículo 2 de la Ley de prestaciones sociales del Estado, de 17 de junio de 1998, los ciudadanos de Turkmenistán tienen derecho a percibir prestaciones sin distinciones por razones de sexo, pertenencia nacional, origen, actitud ante la religión, etc. Turkmenistán garantiza la protección social de los discapacitados y crea las condiciones necesarias para su desarrollo individual. La ley prohíbe y castiga la discriminación contra los discapacitados. A los funcionarios públicos o los ciudadanos que hayan violado los derechos, libertades e intereses legítimos de un discapacitado se les imponen medidas disciplinarias, administrativas y penales, como prevé la Ley de protección social de los discapacitados, de 19 de mayo de 1992. Se encargan de la protección especial de los discapacitados y los ancianos 5 centros territoriales y 40 departamentos de asistencia social domiciliaria del Ministerio de Bienestar Social de Turkmenistán y de las administraciones (jyakims) de las entidades administrativas y territoriales. Ofrecen protección social a los ancianos y discapacitados cinco internados para personas sin allegados ni parientes. La manutención de los ancianos y los servicios médicos, sociales y culturales que se les ofrecen se sufragan con cargo al Estado. En el caso de los niños huérfanos y los menores desamparados, en la capital se ha construido un Palacio con todas las condiciones para la vida y el desarrollo de los niños. La Ley del estatuto de los ex combatientes y de garantías de su protección social de 15 de junio de 1995 establece las bases jurídicas, económicas y administrativas para la protección social de los veteranos. Con arreglo al artículo 7 de esta ley, se consideran veteranos de guerra los ex combatientes de la Gran guerra Patria, los veteranos que trabajaron en la retaguardia durante ésta, los veteranos del trabajo, del ejército, etc.

159.Esta ley se aplica sin excepción alguna a todos los ciudadanos que residen en Turkmenistán.

160.El derecho constitucional de los ciudadanos a la seguridad social en la vejez se ejerce con arreglo a la Ley de pensiones de 17 de junio de 1998. Todos los ciudadanos de Turkmenistán tienen derecho a percibir pensiones según las modalidades y condiciones previstas en esa ley. Tienen derecho a pensión los hombres que hayan cumplido 62 años y las mujeres al llegar a los 57, aunque las madres de familia numerosa adquieren este derecho antes de alcanzar esa edad. Por iniciativa del Presidente de Turkmenistán, las pensiones aumentan periódicamente. En 2003 se duplicó su cuantía.

El derecho a la educación y la formación profesional

161.Como prevé su Constitución, Turkmenistán garantiza igualdad de oportunidades de recibir educación para todos sus ciudadanos, sin distinciones por razón del origen étnico, racial o nacional.

162.En la actualidad hay en Turkmenistán 1.704 escuelas de enseñanza secundaria a las que asisten más de 1 millón de alumnos de todos los pueblos y grupos étnicos del país. Existen 15 centros de enseñanza profesional media y 16 de enseñanza superior. En los primeros se imparten 16 especialidades a jóvenes de ambos sexos y en los segundos 182. En 2003 más de 1.000 jóvenes de Turkmenistán cursaron estudios en centros extranjeros. Los establecimientos de enseñanza superior del país colaboran con universidades e institutos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Francia, Alemania, España, Dinamarca y otros países para perfeccionar los métodos de enseñanza e intercambiar experiencias. Tanto el proceso educativo en las escuelas de enseñanza secundaria y superior como la cooperación en todos los ámbitos con establecimientos de docentes extranjeros contribuyen a consolidar las relaciones de amistad y colaboración entre todas las naciones y grupos étnicos.

163.Después de la independencia, se introdujeron cambios radicales en el sistema de formación profesional. Desde el año escolar 1997‑1998 se introdujeron en las escuelas de enseñanza secundaria, a partir del séptimo grado, cursos de formación profesional. En centros docentes especializados, empresas y cooperativas agrarias se enseñan 57 oficios. En el marco del sistema de formación profesional inicial se imparte formación en especialidades como conducción de automóviles, informática, contabilidad, costura, conducción de tractores, etc. En el marco de la Universidad Nacional Majtumkuli y del Instituto Politécnico de Turkmenistán se han creado escuelas internacionales de gestión empresarial en las que los estudiantes de los últimos cursos reciben formación en comercialización, gestión e informática.

164.Las propias empresas e instituciones también se ocupan de la formación de personal directivo. En 2001 recibieron formación, recapacitación profesional y una segunda formación profesional 8.000 personas. Además, 28.300 personas siguieron cursos de perfeccionamiento profesional. En las instituciones de enseñanza profesional de grado medio se imparte un gran número de especialidades, como economía, educación, salud, transporte, comunicaciones, etc. En 2001, 21.000 personas asistieron a centros de formación profesional inicial, 4.300 a centros de enseñanza profesional de grado medio y 16.600 a centros de enseñanza profesional superior.

El derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales

165.Los años posteriores a la independencia se han caracterizado por el renacimiento espiritual y cultural de los pueblos de Turkmenistán. El establecimiento en la época soviética de lo que se dio en llamar cultura internacional hizo que quedaran olvidados sus fundamentos nacionales y sustituyó los verdaderos valores espirituales del pueblo por sucedáneos artificiales.

166.Alentadas por el Presidente y el Gobierno del país, en el Turkmenistán soberano se han desarrollado vigorosamente las tradiciones culturales nacionales y las artesanías de los pueblos y grupos étnicos del país. Los ciudadanos ejercen su derecho constitucional a la libertad de creación artística, científica y técnica y la ley protege sus derechos e intereses en relación con la actividad artística, literaria y cultural (artículo 36 de la Constitución). Se han erigido majestuosos museos, teatros, instalaciones deportivas, estadios y piscinas, que están abiertos a todo el público. Se celebran concursos artísticos y competiciones deportivas en las que participan todos los grupos étnicos del país. El Estado garantiza a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos en materia de cultura física y deportes creando las bases jurídicas, organizativas, sociales y de otra índole necesarias. Los medios de información, los organismos de atención de la salud, las instituciones de enseñanza y las asociaciones públicas divulgan ampliamente la cultura física y el deporte (artículos 3, 4 y 8 de la Ley de cultura física y deportes, de 17 de julio de 2001).

167.Los representantes de todos los grupos étnicos y nacionalidades tienen amplias posibilidades de cultivar las artes aplicadas. Los artesanos populares asombran al mundo con la sorprendente belleza de sus alfombras, joyas, telas tradicionales, cerámica y otras creaciones artísticas. Protege su derecho a la libre creación artística y a la participación en la vida cultural del país la Ley de creación artesanal en Turkmenistán, de 19 de diciembre de 2000. La Ley de bibliotecas, de 15 de julio de 2000, garantiza a todos los ciudadanos la posibilidad de utilizar los fondos bibliotecarios del país, recibir ediciones impresas para su uso temporal y ejercer su derecho a obtener otros servicios bibliotecarios.

F. El derecho de acceso a los lugares destinados al uso público

168.Se garantiza a todos los ciudadanos de Turkmenistán el derecho de acceso a los lugares destinados al uso público como hoteles, restaurantes, cafés, bibliotecas, teatros, estadios, etc. En Turkmenistán no existe discriminación por motivos raciales o de otra índole que impida el acceso a lugares públicos y tras la independencia ni las estadísticas judiciales ni administrativas han dejado constancia de tales casos. Con arreglo al artículo 10 de la Constitución, "el Estado garantiza... la igualdad entre los grupos sociales y nacionales.

VI. MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 6 DE LA CONVENCIÓN

169.La legislación de Turkmenistán asegura a todas las personas que se hallen bajo su jurisdicción recursos civiles, administrativos y penales de protección jurídica contra todo acto de discriminación racial que viole sus derechos humanos y libertades fundamentales. En su práctica totalidad, los instrumentos legislativos de Turkmenistán en materia de derechos y libertades del hombre y el ciudadano prohíben claramente cualquier clase de discriminación racial, étnica o nacional.

170.La Constitución garantiza a todos los ciudadanos del país el derecho de protección judicial ante todo acto de discriminación racial (art. 40).

171.La Ley de denuncia ante los tribunales de los actos cometidos por los órganos del Estado, las asociaciones públicas, los órganos locales de administración autónoma y los funcionarios que violen los derechos constitucionales del ciudadano permite la defensa judicial de los derechos, también en los casos de discriminación racial o nacional. Por conducto de los tribunales competentes, que administran justicia independientemente del origen racial o nacional (Ley de administración de justicia y del estatuto de los jueces), los ciudadanos tienen la posibilidad de que se les indemnice por los daños materiales y morales causados por los actos de discriminación racial que hayan violado sus derechos (Código Civil de Turkmenistán, art. 16).

172.Las medidas eficaces para el ejercicio del derecho a oponerse a las manifestaciones de discriminación racial consisten en instrumentos legislativos que prevén responsabilidades por tales actos.

173.El párrafo 3 del artículo 178 del Código de Delitos Administrativos de Turkmenistán prevé responsabilidades por vulnerar la igualdad interétnica mediante actos dirigidos a incitar a la hostilidad, la discordia o el menosprecio nacional o racial o al empleo de la violencia por motivos de pertenencia nacional, racial o religiosa, así como el establecimiento de asociaciones (partidos políticos, asociaciones públicas y movimientos sociales) cuya actividad tenga por objetivo atentar contra la igualdad racial o interétnica.

174.El artículo 145 del Código Penal prevé penas, incluso de privación de libertad, por vulnerar o restringir, ya sea de manera directa o indirecta, los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos raciales o de pertenencia nacional.

175.Incurren también en responsabilidad penal quienes premeditadamente denigren el honor y la dignidad de una persona por razones raciales o de pertenencia nacional. Se consideran circunstancias agravantes las injurias pronunciadas en intervenciones públicas, en obras exhibidas ante un público o en los medios de información (Código Penal, art. 133).

176.Desde la proclamación de la independencia, en la práctica administrativa y judicial no se han registrado denuncias ante los tribunales ni condena de ciudadanos por actos discriminatorios que obedecieran a motivos raciales o de pertenencia nacional.

VII. MEDIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 7 DE LA CONVENCIÓN

A. Enseñanza y educación

177.Todo el sistema educativo de Turkmenistán, cuya estructura y organización se explican en el presente informe, tiene por objetivo asegurar el desarrollo armónico y espiritual del alumno y "unas relaciones, en este colectivo y sus divisiones [...], de respeto mutuo, colaboración, estabilidad, civismo, unidad nacional y concordia interétnica" (Reglamento modelo de los establecimientos de enseñanza superior de Turkmenistán aprobado por Decreto del Ministro de Educación de Turkmenistán de 28 de septiembre de 2002).

178.La enseñanza en un espíritu de igualdad independientemente de la raza, el color de la piel y la pertinencia nacional es una característica de todas las estructuras educativas de Turkmenistán, desde los centros de enseñanza preescolar (guarderías y jardines de infancia) hasta las escuelas superiores. En los centros infantiles preescolares se enseñan los idiomas turcomano, ruso e inglés, y se siguen programas para inculcar hábitos de igualdad, amistad y camaradería independientemente de la condición social y posición económica, o el origen racial y nacional.

179.En las escuelas secundarias de enseñanza general y de formación profesional de grado medio se estudian los instrumentos nacionales e internacionales de derechos humanos. Se imparte la asignatura de "Fundamentos del Estado y del derecho", en el marco de la cual se da a conocer la política nacional de concordia, amistad y colaboración entre todos los pueblos de Turkmenistán. En las asignaturas de historia, literatura y otras, además de la historia y la literatura nacionales, se enseña el patrimonio artístico de escritores y poetas de otros países, así como su pasado y su presente. La tolerancia y el respeto a otros pueblos es la base de toda la labor educativa de los colectivos pedagógicos en las escuelas. En los establecimientos de enseñanza superior los programas comprenden cursos sobre el estatuto jurídico internacional de neutralidad permanente de Turkmenistán y sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Se estudian los principales instrumentos internacionales sobre derechos humanos, incluidos los convenios contra la discriminación. En los centros de estudios superiores del país se organizan conjuntamente con representantes de organismos internacionales seminarios, conferencias, concursos de dibujo y de creación artística periódicos sobre la problemática de la dimensión humana. Con apoyo del Centro de la OSCE en Ashgabad se ha creado en la facultad de derecho de la Universidad Nacional de Turkmenistán una biblioteca de derechos humanos que permite estudiar en profundidad la legislación nacional y las normas internacionales en materia de derechos y libertades del hombre. En el Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia de Turkmenistán hay un centro de derechos humanos y un centro de derecho humanitario en que los ciudadanos pueden consultar bibliografías sobre derechos humanos y obtener las informaciones que precisen.

B. C ultura

180.Los órganos estatales (Ministerio de Cultura e Información, Ministerio de Educación, Instituto Estatal del Patrimonio Cultural de los Pueblos de Turkmenistán, Asia Central y Oriente de la Presidencia de Turkmenistán "Miras", la Academia Estatal de Bellas Artes, la Filarmónica Nacional, los teatros y estudios, las casas de la cultura, etc.) y las asociaciones públicas del país (Unión Juvenil Majtumkuli, Unión de Mujeres Gurbansoltan edzhe, el Consejo de Ancianos, la Unión de Veteranos Atamurat Niyazov, la Asociación Humanitaria de Turcomanos del Mundo, el Movimiento nacional "Galkynysh", etc.) emplean todos los medios a su alcance para propiciar la comprensión entre etnias y culturas, así como la amistad y la colaboración entre los pueblos. En Turkmenistán se celebran periódicamente semanas de la amistad con los pueblos de otros países. En 2003 esos actos se dedicaron a la amistad con los pueblos ucranio, iraní y turco. En esas jornadas se organizan reuniones con activistas sociales y colectivos artísticos, espectáculos, actuaciones musicales, exposiciones de libros y otras actividades. Han realizado giras por Turkmenistán intérpretes de los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y otros países.

181.Por su parte, los colectivos artísticos de Turkmenistán hacen giras por el extranjero. Los intercambios culturales, artísticos y científicos entre especialistas de Turkmenistán y de otros países contribuyen a reforzar la cooperación entre los pueblos.

182.Colaboran con los intercambios culturales los representantes del Cuerpo de Paz de los Estados Unidos de América en Turkmenistán. El 12 de diciembre de cada año se celebra en Turkmenistán el Día de la neutralidad, una festividad de todas las etnias de la nación en cuyo contexto se adoptó la Declaración sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos del Turkmenistán neutral. En esta Declaración, que Turkmenistán aplica rigurosamente, se garantizan a todas las personas los derechos y libertades consagrados en la Constitución, las leyes y las normas de derecho internacional universalmente reconocidas sin distinciones por razón de la raza, el sexo, el idioma o la actitud ante la religión. La armonía interétnica e interconfesional es el objetivo del movimiento interétnico "galkynysh", compuesto por representantes de todos los pueblos de Turkmenistán y las principales asociaciones públicas, empresas y organizaciones del país. En este contexto, constituyen un acontecimiento importante, por ejemplo, las actividades organizadas con motivo del 50º aniversario de la proclamación por las Naciones Unidas de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En relación con este acontecimiento se formuló un Plan de acción nacional a largo plazo que fue aprobado por el Presidente de Turkmenistán. El Plan preveía la publicación en grandes tiradas de los instrumentos internacionales de derechos humanos, y lecturas públicas, entrevistas, seminarios y conferencias en todas las ciudades y etraps (distritos) del país dedicados a los derechos humanos, así como la organización en institutos, escuelas, bibliotecas y museos de exposiciones fotográficas, presentaciones temáticas, y concursos sobre los derechos humanos. Junto con representantes de las organizaciones internacionales, se celebraron conferencias internacionales y nacionales sobre esta cuestión y se publicaron libros y recopilaciones. La aplicación del Plan permitió cohesionar a la sociedad y reforzar su unidad. En la actualidad se siguen llevando a cabo actividades de este tipo.

C. Información

183.Periódicamente, los medios de información de Turkmenistán publican artículos y organizan programas de radio y televisión sobre el ejercicio de los derechos humanos y la evolución de las reformas democráticas en el país. En la televisión nacional se transmiten dos veces por semana mesas redondas sobre la garantía y la protección de los derechos y libertades constitucionales. Participan en los debates diputados del Parlamento, científicos, representantes de las asociaciones públicas y de los órganos de orden público y judiciales y funcionarios del Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia. También se emite regularmente un ciclo de programas radiofónicos bajo el título "La construcción de una sociedad humana y justa en Turkmenistán". En las entrevistas e intervenciones de este ciclo participan personalidades del Gobierno y la sociedad, escritores, científicos, abogados y otros. Los programas que se transmiten semanalmente por la mañana y por la tarde, gozan de gran popularidad. Los periódicos nacionales y locales dedican una sección a los derechos y libertades de la persona en la que se publican con regularidad artículos, crónicas y resúmenes sobre las reformas democráticas y la actividad de las organizaciones sociales, así como el ejercicio y la protección de los derechos humanos. En colaboración con las organizaciones internacionales representadas en Turkmenistán, se han editado en el idioma oficial todos los instrumentos internacionales de derechos humanos fundamentales y se han publicado en grandes tiradas la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y otros instrumentos internacionales. Periódicamente se publican recopilaciones de los instrumentos internacionales y nacionales sobre los derechos de la mujer, el niño, los refugiados, etc. El Instituto Nacional para la Democracia y los Derechos Humanos de la Presidencia ha publicado 17 recopilaciones de este tipo en colaboración con el PNUD, el ACNUR, el UNICEF, la OIM y otras organizaciones. Las publicaciones se entregan gratuitamente a los centros de enseñanza, las bibliotecas, las empresas e instituciones y a la población. El Instituto publica en turcomano, ruso e inglés la revista Democracia y derecho, en la que figuras políticas y sociales, científicos y diplomáticos de varios países manifiestan su percepción sobre el proceso de democratización en Turkmenistán, comparten la experiencia de sus países y expresan su parecer y sus deseos sobre la humanización y las garantías de los derechos de los ciudadanos en nuestro país. En toda la actividad de los medios de información de Turkmenistán se pone en práctica el principio constitucional de igualdad de los ciudadanos y de prohibición de la discriminación por causas o motivos raciales o de otra índole.

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