Naciones Unidas

CERD/C/101/1/Rev.1

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

15 de junio de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

101 er período de sesiones

4 a 28 de agosto de 2020

Tema 3 del programa provisional

Aprobación del programa

Programa provisional anotado

Programa provisional

1.Declaración solemne de los miembros del Comité recién elegidos, de conformidad con el artículo 14 del reglamento.

2.Elección de la Mesa de conformidad con el artículo 15 del reglamento.

3.Aprobación del programa.

4.Cuestiones de organización y otros asuntos.

5.Aprobación del informe anual a la Asamblea General.

6.Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia.

7.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 9, párrafo 1, de la Convención.

8.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención.

9.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención.

10.Procedimiento de seguimiento.

11.Seguimiento de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y de la Conferencia de Examen de Durban.

12.Examen de la recomendación general núm. 36 sobre la prevención y la lucha contra el establecimiento de perfiles raciales.

Anotaciones

1.Declaración solemne de los miembros del Comité recién elegidos, de conformidad con el artículo 14 del reglamento

De conformidad con el artículo 14 del reglamento, los nueve miembros del Comité elegidos o reelegidos en la 28ª reunión de los Estados partes en la Convención, celebrada el 21 de junio de 2019, harán la siguiente declaración solemne:

“Declaro solemnemente que, en el desempeño de mis funciones y en el ejercicio de mis facultades como miembro del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, actuaré en forma honorable, fiel, imparcial y concienzuda”.

2.Elección de la Mesa de conformidad con el artículo 15 del reglamento

De conformidad con el artículo 10, párrafo 2, de la Convención y los artículos 15 y 16 de su reglamento, el Comité elegirá de entre sus miembros a 1 Presidente, 3 Vicepresidentes y 1 Relator. Los miembros de la Mesa del Comité serán elegidos para un mandato de dos años y podrán ser reelegidos.

En virtud del artículo 58 del reglamento, las elecciones se harán por votación secreta, salvo decisión en contrario del Comité cuando para un cargo dado solo hubiere un candidato.

3.Aprobación del programa

De conformidad con el artículo 6 del reglamento, el presente programa provisional ha sido preparado por el Secretario General en consulta con la Presidencia del Comité.

En virtud del artículo 8 del reglamento, la aprobación del programa será el primer tema del programa provisional de todo período de sesiones, excepto cuando en virtud del artículo 15 deba elegirse a los miembros de la Mesa. De conformidad con el artículo 9, el Comité puede revisar el programa en el curso de un período de sesiones y, cuando proceda, añadir, aplazar o suprimir temas.

Se invitará al Comité a que examine, revise, según proceda, y apruebe el programa del período de sesiones.

4.Cuestiones de organización y otros asuntos

El 101er período de sesiones del Comité se celebrará en línea, del 4 al 28 de agosto de 2020. La primera sesión tendrá lugar el martes 4 de agosto de 2020 a las 14.00 horas.

El Comité examinará el programa de trabajo de su 101er período de sesiones. También seguirá revisando sus métodos de trabajo.

5.Aprobación del informe anual a la Asamblea General

El Comité aprobará su informe anual a la Asamblea General para que esta lo examine en su septuagésimo quinto período de sesiones.

6.Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia

En su 45º período de sesiones, el Comité decidió incluir este tema como uno de los temas ordinarios y principales del programa. En el marco de sus esfuerzos para prevenir la discriminación racial, el Comité puede decidir adoptar medidas de alerta temprana encaminadas a impedir que los problemas existentes degeneren en conflictos, o decidir iniciar procedimientos de urgencia destinados a hacer frente a problemas que requieran atención inmediata para prevenir o limitar la magnitud o el número de violaciones graves de la Convención.

7.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 9, párrafo 1, de la Convención

En su 101er período de sesiones, el Comité tendrá ante sí una nota del Secretario General relativa al estado de la presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención. En el cuadro 1 de ese documento figura una lista de los informes enviados por los Estados partes que están pendientes de examen por el Comité. El cuadro 2 contiene información sobre los informes pendientes de presentación.

8.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención

En su 101er período de sesiones, el Comité proseguirá con el examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención.

9.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención

Con arreglo a lo dispuesto en el capítulo XVIII de su reglamento, el Comité examinará las comunicaciones que se le han presentado en virtud del artículo 14 de la Convención.

De conformidad con el artículo 88 del reglamento, las sesiones del Comité en las que se examinen comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención se celebrarán a puerta cerrada.

10.Procedimiento de seguimiento

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de su reglamento, el Comité examinará la información presentada por los Estados partes sobre el seguimiento que han dado a las observaciones y recomendaciones del Comité.

11.Seguimiento de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y de la Conferencia de Examen de Durban

El Comité estudiará las actividades que se hayan llevado a cabo en aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, aprobados en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, y el seguimiento dado a la Conferencia de Examen de Durban.

12.Examen de la recomendación general núm. 36 sobre la prevención y la lucha contra el establecimiento de perfiles raciales

En su 101er período de sesiones, el Comité proseguirá su labor de redacción de la recomendación general núm. 36 sobre la prevención y la lucha contra el establecimiento de perfiles raciales.