* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.

Observaciones finales sobre el informe inicial y los informes periódicos segundo y tercero combinados de los Estados Federados de Micronesia

Adición

Información proporcionada por los Estados Federados de Micronesia en virtud del procedimiento de seguimiento de las observaciones finales*

[Fecha de recepción: 15 de noviembre de 2019]

Introducción

Los Estados Federados de Micronesia presentan su informe de seguimiento al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (el Comité) en respuesta al párrafo 56 de las observaciones finales formuladas el 9 de marzo de 2017 sobre el informe inicial y los informes periódicos combinados primero a tercero y a la correspondencia enviada por el relator del Comité de la CEDAW el 9 de septiembre de 2019 para dar seguimiento a esta cuestión.

En el párrafo 56, el Comité pide al Estado parte que le presente por escrito, en un plazo de dos años, información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones que figuran en los párrafos 9, 25 a), 27 b) y 37 b). Pese a que los Estados Federados de Micronesia no han presentado el informe a tiempo, la insistencia del relator en que el país enviara su informe en el plazo de un mes a partir de la fecha de dicha correspondencia era el incentivo que necesitaban para presentar su informe de seguimiento.

En las observaciones finales, se solicitó que el país informara, con ocasión del examen de mitad de período, sobre la retirada de determinadas reservas; las campañas de educación y sensibilización sobre la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) llevadas a cabo en las comunidades, también entre dirigentes tradicionales y líderes religiosos; la elaboración de una política para eliminar la violencia contra la mujer y la legalización del aborto.

No obstante, el presente informe aborda las observaciones finales que se exponen a continuación, por considerarse prioritarias durante el examen de mitad de período. Dadas las actuales limitaciones de tiempo y recursos, los Estados Federados de Micronesia no han hecho hincapié en la cuestión de la retirada de sus reservas con respecto a la CEDAW o la legalización del aborto.

Campañas de educación y sensibilización sobre la CEDAW dirigidas a hombres y mujeres, incluidos dirigentes tradicionales y líderes religiosos

En el párrafo 25, apartado a) de las observaciones finales sobre el informe inicial y los informes periódicos segundo y tercero combinados, el Comité recomienda al Estado parte que ponga en marcha sin demora una estrategia integral con objetivos específicos para modificar o eliminar los estereotipos discriminatorios acerca de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 f) y 5 a) de la Convención. Asimismo, recomienda al Estado parte que lleve a cabo campañas de educación y concienciación dirigidas a las mujeres y los hombres, incluidos los líderes tradicionales y religiosos, sobre los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros a fin de promover de manera efectiva la igualdad sustantiva de la mujer y superar las actitudes patriarcales y estereotipos discriminatorios profundamente arraigados acerca de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad.

Información de seguimiento relativa al párrafo 25 a) de las observaciones finales (CEDAW/C/FSM/CO/1-3)

El Gobierno ha movilizado a los Estados Federados de Micronesia proporcionándoles los fondos aportados por el Canadá para financiar el proyecto de iniciativas locales. Esto ha permitido movilizar a los funcionarios públicos competentes, los grupos de la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales para llevar a cabo una serie de campañas de sensibilización sobre los derechos humanos, la igualdad de género y la CEDAW. Gracias a las reuniones generales, encuentros comunitarios y talleres organizados para hombres, mujeres, dirigentes tradicionales, líderes religiosos y miembros de la Asamblea Legislativa y el Congreso, participaron en esta iniciativa 4.000 personas procedentes de los cuatro estados y el Gobierno nacional.

Con los fondos aportados por el Canadá se financiaron varias reuniones individuales con los grupos destinatarios, lo que permitió mantener debates más amplios y abiertos, principalmente en el Congreso, las Asambleas Legislativas de los estados y la iglesia, y entre los dirigentes tradicionales.

Estas iniciativas de sensibilización también ayudaron a promover y aprobar distintas leyes, por ejemplo para aumentar la edad de consentimiento y dar luz verde a la Ley contra la Violencia Doméstica en el estado de Pohnpei.

Política para la eliminación de la violencia contra la mujer

De conformidad con su recomendación general núm. 19 (1992) sobre la violencia contra la mujer, el Comité recomienda al Estado parte que dé prioridad a la aplicación de medidas amplias para hacer frente a todas las formas de violencia por razón de género contra las mujeres y las niñas. El Comité recomienda también al Estado parte que establezca una política nacional integral a fin de eliminar la violencia por razón de género contra las mujeres, incluida la violencia doméstica, con recursos suficientes para la aplicación de dicha política.

Información de seguimiento relativa al párrafo 27 b) de las observaciones finales

El Gobierno nacional, con el apoyo técnico del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y otros asociados, entre ellos el Pacific Women Shaping Pacific Development y la Comunidad del Pacífico, ha colaborado con los cuatro Estados Federados de Micronesia en la elaboración de un proyecto de política para eliminar la violencia contra la mujer, al tiempo que se formularon planes de acción estatales para orientar su elaboración. Aunque esta política se encuentra en fase de revisión y aprobación, los estados ya la utilizan como marco de referencia para llevarla a la práctica. Por ejemplo, se han creado grupos de trabajo encargados de coordinar y supervisar la implementación de los planes de acción y la elaboración de directrices clínicas para los proveedores de servicios sanitarios.

La política para la eliminación de la violencia contra la mujer se inspira en los siguientes principios y enfoques, que quedan plasmados en el texto de la normativa en cuestión.

Enfoque centrado en las víctimas supervivientes

Un enfoque centrado en las víctimas supervivientes permite crear un entorno favorable en el que se respeten sus derechos y deseos, se garantice su seguridad y se les dispense un trato digno y respetuoso. Este enfoque se basa en los siguientes principios rectores:

Seguridad

•La consideración principal es la seguridad de las víctimas supervivientes y sus hijos.

Confidencialidad

•Las víctimas supervivientes tienen el derecho de decidir si contarán o no su experiencia, una información que solo podrá compartirse con su consentimiento informado.

Respeto

•Cualquier actuación debe regirse por el respeto de las decisiones, deseos, derechos y dignidad de las víctimas supervivientes. La función del personal asistente es facilitar la recuperación de las víctimas supervivientes y proporcionarles recursos útiles.

No discriminación

•Las víctimas supervivientes deben recibir un trato igualitario y justo, con independencia de su edad, género, raza, religión, nacionalidad, origen étnico, orientación sexual o cualquier otra característica.

Enfoque basado en los derechos

•Con el enfoque basado en los derechos se pretende analizar y abordar las causas fundamentales de la discriminación y la desigualdad con miras a asegurar que todas las personas, con independencia de su género, edad, origen étnico o religión, vivan en libertad y con dignidad, a salvo de la violencia, la explotación y el abuso, de conformidad con los principios consagrados en el derecho de los derechos humanos.

Enfoque basado en la comunidad

•Un enfoque basado en la comunidad permite que las poblaciones afectadas colaboren activamente en la formulación de estrategias que las protejan frente a la violencia mediante intervenciones tanto reactivas como preventivas. Este enfoque implica consultar directamente a las mujeres, las niñas y otros grupos en riesgo a fin de justificar las intervenciones previstas en los programas sobre la base de los mecanismos de protección ya existentes a nivel comunitario.

Enfoques que no ocasionen daños

•Un enfoque que no ocasione daños supone tomar las medidas necesarias para evitar que la población se vea perjudicada por la actuación de los proveedores de servicios.

Con el apoyo del UNFPA, el Gobierno nacional de los Estados Federados de Micronesia invitó a un experto que el año anterior realizó una evaluación e impartió formación sobre la gestión clínica de la violencia sexual en los departamentos de salud de los cuatro estados para que regrese al país y ayude a formular las directrices correspondientes. La visita está programada para el último trimestre del año en curso (2019).