Naciones Unidas

CCPR/C/KEN/RQ/4

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

27 de enero de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

131 er período de sesiones

1 a 26 de marzo de 2021

Tema 6 del programa

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto

Respuestas de Kenya a la lista de cuestiones relativa a su cuarto informe periódico * **

[Fecha de recepción: 26 de enero de 2021]

Índice

Página

I.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos3

II.Información específica sobre la aplicación de los artículos7

Lucha contra la impunidad y violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado (arts. 2, 6, 7 y 14)8

No discriminación (arts. 2 y 26)10

Despenalización de las relaciones sexuales10

Igualdad de género (arts. 3 y 26) 11

Medidas de lucha contra el terrorismo (arts. 2, 4, 7, 9 y 14) 13

Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica (arts. 2, 3, 6, 7, 24 y 26) 13

Interrupción voluntaria del embarazo y derechos sexuales y reproductivos (arts. 6 y 17) 16

Derecho a la vida (art. 6)17

Derecho a la vida (art. 6) 18

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y trato dispensado a las personas privadas de libertad (arts. 7 y 10)19

Eliminación de la esclavitud, la servidumbre y la trata de personas (arts. 2, 6, 7, 8, 24 y 26) 21

Trato dispensado a los extranjeros, incluidos los refugiados, solicitantes de asilo y migrantes, y desplazamiento de población (arts. 2, 6, 7, 9, 13 y 26) 23

Desalojo forzoso (arts. 7, 12, 17, 26 y 27) 23

Libertad de reunión (arts. 19 y 21)23

Libertad de expresión (arts. 19 y 20) 24

Injerencia del Estado en la prensa libre25

Participación en los asuntos públicos (arts. 7, 14, 25 y 26) 26

Pueblos indígenas (arts. 2, 25, 26 y 27)26

I.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos

1.Poder judicial: Para salvaguardar la protección de los derechos humanos, los tribunales han declarado ciertos artículos de la legislación nacional incompatibles con la Declaración de Derechos de la Constitución. Entre ellos cabe mencionar: Código Penal: artículo 204, en razón de que vulnera el derecho a un juicio justo; artículo 194, en razón de que la difamación es una limitación injustificable de la libertad de expresión; y artículo 25 2) y 3), que permite detener a los menores infractores y a las personas con trastornos mentales a discreción del Presidente, en razón de que vulnera el principio de separación de poderes y los derechos de los niños; Código de Procedimiento Penal: artículos 162 a 167, en razón de que la detención indefinida de personas a discreción del Presidente vulnera la separación de poderes ya que inviste al poder ejecutivo de competencias reservados al poder judicial.

2.Además, los tribunales han reafirmado los derechos de los refugiados, han protegido las creencias y prácticas religiosas de los estudiantes y también se han pronunciado a favor de las personas que han cambiado de sexo y desean modificar posteriormente sus documentos para reflejar el cambio. Para garantizar la continuidad del acceso a la justicia, el poder judicial ha introducido en Nairobi un sistema de E-Filing (presentación electrónica de solicitudes), así como la celebración de vistas en formato digital a raíz de la pandemia de COVID-19.

3.Oficina del Director de la Fiscalía: la Oficina también ha contribuido a la protección de los derechos humanos con la preparación, en 2019, de la Política de Derivación y la elaboración, en 2018, de las Reglas de Procedimiento Penal (Declaraciones de admisión de culpabilidad).

4.Junta del Servicio Nacional de Asistencia Jurídica: la Junta preparó el Plan de Acción Nacional sobre Asistencia Jurídica (2017-2022). El Plan recoge varias propuestas para facilitar, mediante la asistencia jurídica, el acceso a la justicia de los indigentes y de las personas pertenecientes a determinadas categorías de atención, como las mujeres, los niños y las personas con discapacidad.

5.Otras medidas de protección adoptadas en el período examinado son el proyecto de Reglamento del Fondo de Protección de las Víctimas, de 2020, que permitirá el pago de indemnizaciones a las víctimas de delitos, y el proyecto de Ley por la que se modifica el sistema de atención de la salud mental, de 2019, a fin de ofrecer una mayor protección a las personas con trastornos mentales.

6.La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya pone en marcha continuamente programas de difusión y concienciación pública para aumentar la sensibilización, el interés y la comprensión en materia de derechos humanos entre los diversos actores que trabajan en ámbitos relacionadas con este tema y el público en general. En este sentido, la Comisión ha organizado foros informativos para jueces, parlamentarios, funcionarios de prisiones, agentes de orden público y funcionarios públicos. Entre 2017 y 2018, la Comisión difundió información sobre el Pacto, incluida información sobre los derechos de los defensores de los derechos humanos, a 131 jueces. La Comisión también ha difundido, entre los agentes de policía, información acerca del Pacto sobre diversos temas relacionados con los derechos humanos, como la legislación electoral y las actuaciones policiales democráticas, los derechos humanos y la lucha contra el terrorismo.

7.El Instituto de Formación Judicial incluye la educación sobre derechos humanos en sus programas de formación.

8.A continuación figura un cuadro sobre la situación en la que se encuentra el proceso de armonización de todas las fuentes del derecho del país con las disposiciones sobre derechos humanos del Pacto.

Artículo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Legislación escrita; Legislación complementaria

Disposiciones armonizadas

Observaciones

Artículos 2, 6, 7 y 14: Lucha contra la impunidad y las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado.

Proyecto de ley sobre reparaciones de Kenya, de 2019.

Revisión de la propuesta legislativa para la creación de una comisión de reparaciones.

Incluye disposiciones para la concesión de indemnizaciones a las víctimas de violaciones de los derechos humanos en el pasado y la erección de un monumento a las víctimas, con disposiciones específicas sobre la igualdad de trato y la no discriminación en la aplicación.

Artículos 3 y 27: Igualdad de género

Modificaciones a la Ley de Sucesiones, de 2015, la Ley de Partidos Políticos y la Ley por la que se establece la Comisión encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales, de 2011.

Revisión de la legislación en materia de sucesiones y de la legislación electoral para respetar la igualdad de género.

Establecimiento de la igualdad entre hombres y mujeres en materia de sucesiones.

Modificación de la legislación electoral y la legislación conexa para promover la representación en el Parlamento de las mujeres y otros grupos de interés especial.

Artículos 2, 4, 7, 9 y 14: Medidas de lucha contra el terrorismo.

Ley de Prevención del Terrorismo, de 2012.

Revisión completa de la legislación vigente para verificar el cumplimiento de la protección de los derechos humanos.

Incluye la armonización de todas las penas y la propuesta de reformulación de las disposiciones que limitan la libertad de expresión en lo que respecta a la incitación a la violencia y la radicalización, así como el refuerzo de las disposiciones de igualdad de medios procesales.

Artículos 2, 3, 6, 7, 24 y 26 :Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica.

Normativa sobre protección contra la violencia doméstica de 2019.

Disposiciones para la emisión de órdenes de protección de las personas que son víctimas de la violencia doméstica, desde una perspectiva de género y centrada en la víctima.

Las órdenes incluyen medidas sobre seguridad personal, residencia, custodia, indemnización y restitución.

Artículo 6: derecho a la vida

Código Penal y Código de Procedimiento Penal

Disposiciones relativas a la pena de muerte, incluidas disposiciones sustantivas que eliminan la obligatoriedad de la pena de muerte y disposiciones procesales relativas a la modificación de las sentencias de delincuentes condenados a la pena capital por delitos para los que anteriormente esta era obligatoria.

Las recomendaciones para la reforma y armonización de la legislación están contenidas en el Informe Final del Grupo de Trabajo para la Revisión de la Imposición Obligatoria de la Pena de Muerte, e incluyen propuestas de revisión del código penal para abolir la pena de muerte y revisiones del código de procedimiento penal para establecer la revisión de las sentencias de los delincuentes condenados a la pena de muerte por delitos para los que anteriormente esta era obligatoria.

Artículos 7 y 10: prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y trato que se dispensa a las personas privadas de libertad.

Código Penal y Código de Procedimiento Penal.

Disposiciones relativas a la cadena perpetua, incluidas propuestas de nuevas disposiciones para implementar la libertad condicional en el caso de los delincuentes condenados a cadena perpetua

Las recomendaciones para la reforma y armonización de la ley están contenidas en el Informe Final del Grupo de Trabajo para la Revisión de la Imposición Obligatoria de Pena de Muerte, e incluyen el establecimiento y la implementación de un sistema completamente nuevo de libertad condicional para los delincuentes condenados a cadena perpetua (es decir, la introducción de la posibilidad de excarcelación anticipada en casos en que antes no existía).

Artículo 9: Libertad y seguridad de la persona.

Ley relativa al derecho de gracia, de 2011, y Reglamento (de Procedimiento), de 2016, del Comité encargado de considerar el derecho de gracia.

Disposiciones sustantivas sobre el derecho a la excarcelación anticipada, y disposiciones de procedimiento sobre la equidad en la actuación administrativa y los derechos de las personas encarceladas, incluido el habeas corpus.

Revisión completa del marco de aplicación de las disposiciones constitucionales (art. 133) para la remisión, la conmutación, el indulto y la libertad condicional.

Artículos 19 y 20: libertad de expresión (incluido el derecho a la información).

Reglamento de Acceso a la Información, de 2020;

Ley de Protección de Datos, de 2019.

Propuesta legislativa de nuevas normas para la implementación del derecho de acceso a la información en manos de instituciones públicas y organismos privados que realicen actividades que afecten al interés público

Incluye disposiciones de procedimiento sobre la solicitud de acceso a la información, también desde la perspectiva de los derechos de las personas con discapacitad, la regulación de las tasas, la supervisión por parte de la Comisión de Justicia Administrativa, la limitación estricta de las restricciones al respeto de los derechos o la reputación de los demás y a la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

La Ley y el Reglamento de Acceso a la Información están sujetos, en su caso, a la Ley de Protección de Datos, para asegurar el cumplimiento de los principios de protección de los datos al acceder a la información.

Artículos 23, 24 y 26: derechos del niño.

Ley de la Infancia, de 200, y toda la legislación derivada.

Revisión completa y general de la legislación relativa a todos los aspectos de la vida que afectan a los niños, redactada desde una perspectiva centrada en ellos.

Disposiciones sobre la protección contra la discriminación, el interés superior del niño, la protección contra los abusos y la explotación sexuales, incluidas disposiciones sobre la protección de los niños en línea, la protección contra el trabajo forzoso, los derechos de los niños que cometen delitos (justicia juvenil), la responsabilidad parental, el derecho al nombre y la nacionalidad.

Artículo 25: Acceso a la función pública.

Proyecto de ley Huduma, de 2019.

Acceso, en condiciones generales de igualdad, a los servicios públicos.

La identificación y el registro biométricos de las personas facilitarán una implementación más rápida y efectiva de la agenda para el desarrollo del Gobierno de Kenya.

II.Información específica sobre la aplicación de los artículos

9.El Gobierno sigue tomando medidas para reducir la incidencia de la corrupción en el país. En este sentido, han aumentado los procesamientos en casos de corrupción. Además, se está formando a la policía y a otros funcionarios de orden público, a los fiscales y a los jueces sobre la legislación de lucha contra la corrupción.

10.Otras medidas adoptadas en la lucha contra la corrupción son: la creación de un Equipo, integrado por varios organismos, que reúne a todos aquellos que participan en la investigación y el procesamiento de los casos de corrupción; la creación de un Centro de Información Financiera y un Organismo de Recuperación de Activos; la mejora de la cooperación con diferentes jurisdicciones mediante acuerdos de asistencia judicial recíproca; y la creación, en noviembre de 2018, de la Academia Nacional de Lucha contra la Corrupción.

11.El Equipo integrado por varios organismos se creó en noviembre de 2018 para mejorar la coordinación y la colaboración entre todos los organismos principales que trabajan en la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada. Los organismos que forman parte de este Equipo comparten la información pertinente en tiempo real, y la realización de investigaciones y operaciones conjuntas permiten aunar recursos, crear sinergias y evitar duplicaciones.

12.El mandato de la Comisión de Ética y Lucha contra la Corrupción es combatir y prevenir la corrupción y los delitos económicos en Kenya mediante la aplicación de la ley, la recuperación de activos, las medidas preventivas, la educación de la población y la promoción de normas y prácticas de ética e integridad. En abril de 2019, la Comisión tenía ante los tribunales 407 casos de corrupción y delitos económicos. De ellos, en 41 había implicadas personas de alto nivel, como jefes de administraciones locales, secretarios de gabinete, miembros del parlamento y directores generales de organismos paraestatales y estatales.

13.El mandato de la Oficina del Director de la Fiscalía es iniciar actuaciones penales contra cualquier persona ante cualquier tribunal (que no sea un tribunal militar) en relación con cualquier delito presuntamente cometido.

14.La Ley sobre el Producto del Delito y la Lucha contra el Blanqueo de Capitales, de 2009, contempla el delito de blanqueo de capitales y prevé medidas para luchar contra él, así como la identificación, el seguimiento, la congelación, la incautación y el decomiso del producto del delito. De la aplicación de esta Ley se encargan dos entidades principales: el Organismo de Recuperación de Activos y el Centro de Información Financiera. El Organismo de Recuperación de Activos se estableció en virtud del artículo 53 1) de la Ley. El principal mandato de este Organismo es identificar, congelar y recuperar los activos adquiridos y/o los beneficios o ganancias obtenidos con el delito. La recuperación del producto del delito ha servido de medida disuasoria contra la corrupción y el blanqueo de capitales en Kenya.

15.El Centro de Información Financiera se creó en virtud del artículo 21 de la Ley y tiene el mandato de ayudar a identificar el producto del delito y combatir el blanqueo de capitales. Lleva a cabo su función a través de la recepción de informes de operaciones sospechosas de bancos y otras instituciones financieras.

Lucha contra la impunidad y violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado (arts. 2, 6, 7 y 14)

16.El acceso a la justicia es un derecho fundamental recogido tanto en la Constitución de Kenya como en el Pacto. La Constitución prevé el recurso a formas alternativas de gestión de conflictos, incluidos los enfoques tradicionales de resolución de estos, como parte del marco jurídico que regula el acceso a la justicia en varios sectores de Kenya. Cabe destacar que los enfoques alternativos sólo son aceptables en la medida en que no contravengan la Declaración de Derechos, y no sean contrarios a la justicia o la moral o incompatibles con la Constitución o cualquier ley escrita.

17.El 27 de agosto de 2020 comenzaron a aplicarse las Políticas de Base del Sistema de Justicia Alternativa y el Marco Político asociado a estas. El desarrollo de las políticas constituyó un hito importante en los esfuerzos de Kenya por garantizar el cumplimiento, el respeto, la observancia, la promoción y la protección plenos del derecho de acceso a la justicia. Con ellas se pretende integrar, en el sistema de justicia formal, mecanismos informales tradicionales para garantizar el acceso a la justicia en Kenya. El Sistema de Justicia Alternativa es la administración de justicia por parte del pueblo, apoyándose en su cultura, el derecho consuetudinario y las prácticas y creencias para resolver los conflictos. Los procesos de justicia alternativa ayudan a reducir la carga de los tribunales y su objetivo no es sustituir la dependencia de los tribunales, sino reforzar los vínculos entre los sistemas de justicia formal e informal. En las Políticas se hacen recomendaciones claras y se proponen opciones viables sobre cómo el sistema judicial y los sistemas de justicia alternativa pueden interactuar de manera que se refuercen mutuamente y se centren en un sistema de justicia efectivo.

18.La capacidad del sistema de justicia formal de Kenya para garantizar el acceso a la justicia para todos se ve fuertemente limitada por la complejidad y el coste de los procesos legales formales, el tiempo que se tarda en finalizar un asunto, así como los impedimentos geográficos y otros impedimentos físicos. El Gobierno de Kenya, a través del poder judicial, ha adoptado a lo largo de los años diversas medidas para mejorar el acceso a la justicia, como el nombramiento de más jueces, el establecimiento de tribunales en todos los condados y la adopción del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con objeto de reforzar el poder judicial. Aunque estas medidas han funcionado relativamente bien, no han sido suficientes para acabar con la enorme acumulación de casos, el tiempo que se tarda en finalizar un asunto y el coste de los litigios. En consecuencia, la mayoría de las personas, en particular los pobres y los vulnerables, no pueden acceder al poder judicial para resolver sus litigios.

19. Un estudio sobre las necesidades de la justicia y la satisfacción con los resultados en Kenya, realizado por el poder judicial y el Banco Mundial, pone de manifiesto que únicamente el 10 % de los kenianos eligió los tribunales como forma de resolver sus problemas legales. Una mayoría prefiere otras plataformas de resolución de conflictos no judiciales, de las que el Sistema de Justicia Alternativa es sólo una. Así pues, se consideró necesario que el país introdujera otros sistemas integrales, coordinados y sistemáticos, que cumplieran estrictamente con los diversos valores recogidos en la Constitución para descongestionar el sistema de justicia formal. El Sistema de Justicia Alternativa refleja las realidades vividas por los kenianos y es un mecanismo eficaz para aumentar el acceso a la justicia de muchos de ellos. El recurso al Sistema de Justicia Alternativa facilita los esfuerzos por que nadie se quede atrás.

20.El Pacto subraya la importancia de la lucha contra la discriminación, el acceso a la justicia y la igualdad. La Constitución de Kenya también promueve valores y principios de gobernanza que son compatibles con el Pacto.

21.Entre los avances en la aplicación de la recomendación de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación cabe mencionar:

La disculpa pública del Presidente el 25 de marzo de 2015.

La creación de un Fondo de Justicia Restaurativa de 10.000 millones. El proyecto de ley sobre reparaciones y la política al respecto se encuentran en fase de consulta.

La erección de monumentos.

La indemnización a desplazados internos y otras víctimas, como las de las torturas cometidas en la Casa Nyayo, entre otras.

22.Los mecanismos existentes y las medidas adoptadas para ofrecer una reparación en relación con los actos de violencia ocurridos en el contexto de las elecciones celebradas después de 2008 son:

El Fondo de Protección de las Víctimas.

La Oficina del Director de la Fiscalía ha creado una sección especializada para que se encargue de los casos relacionados con la violencia sexual y de género (incluidos los derivados de la violencia electoral.

El Director de la Fiscalía también ha designado fiscales especiales, especialmente formados para el procesamiento y la investigación de casos de violencia sexual y de género. Los fiscales son propuestos por la Federación Internacional de Abogadas, International Justice Mission y otras organizaciones de la sociedad civil.

Los investigadores y fiscales de casos de violencia sexual y de género han recibido intensa formación y sensibilización sobre el tema.

Se han publicado un manual del formador para el procesamiento en los casos de violencia sexual y de género y directrices para su investigación y enjuiciamiento.

Se han creado plataformas de víctimas para 150 víctimas en 8 condados (Bungoma, Kakamega, Kisumu, Siaya, Vihiga, Homabay, Migori y Nairobi) a fin de ofrecer apoyo psicosocial y programas de empoderamiento.

Medidas adoptadas para aplicar de forma efectiva la Ley de Protección de las Víctimas, de 2014, incluida la situación del Fondo Fiduciario de Protección de las Víctimas

23.Se ha creado la Junta de Protección de las Víctimas para supervisar la indemnización a las víctimas de delitos. Se ha elaborado un proyecto de Reglamento de Protección de las Víctimas (Fondo Fiduciario), actualmente a la espera de aprobación parlamentaria.

No discriminación (arts. 2 y 26)

24.Kenya no cuenta con una ley específica de igualdad y no discriminación. No obstante, el Gobierno asegura al Comité que los principios de igualdad y no discriminación se respetan plenamente y se aplican a conciencia mediante diversas leyes, políticas y otras intervenciones. Las leyes pertinentes incluyen: la Ley de Cohesión e Integración Nacional, de 2009, la Ley de la Comisión Nacional de Género e Igualdad, de 2012, el proyecto de ley sobre las personas con discapacidad, de 2018, la Ley de Sucesiones, de 1981, y la Ley de Prevención y Control del VIH y el SIDA, revisada en 2012.

25.El proyecto de ley que modifica la Ley relativa a la inscripción de las personas, de 2019, prevé la inscripción de las personas intersexuales, que hasta ahora no habían sido reconocidas por la legislación de Kenya.

26.En cuanto a los marcos institucionales existentes para proteger a las personas que viven con el VIH/sida de la discriminación y de las prácticas desiguales, cabe mencionar el Tribunal para cuestiones relacionadas con el VIH y el SIDA, creado en virtud del artículo 25 de la Ley de Prevención y Control del VIH, de 2006. Este Tribunal conoce de los casos de violaciones de los derechos humanos relacionadas con el VIH.

27. La Comisión Independiente encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales incorpora, además, en el contexto de cualquier elección, las cuestiones relativas a la discapacidad en todas sus actividades, incluido el acceso a información y a los colegios electorales de las personas con discapacidad.

28.Kenya cuenta, entre otras, con la Política de Diversidad en la Administración Pública, en la que se prevén estrategias para la implementación de una administración pública inclusiva que tenga en cuenta los intereses de las diversas comunidades kenianas, incluidos los aspectos relacionados con el género, la etnia, los jóvenes, las personas con discapacidad, las minorías y los grupos marginados.

29.Con respecto a las personas intersexuales, cabe señalar que los tribunales han reconocido y protegido los derechos de esas personas. A raíz de la sentencia dictada en relación con la demanda núm. 266/2013, Baby A vs. Attorney General and others, eKLR, se estableció un equipo de tareas para examinar la legislación y las políticas a fin de subsanar la difícil situación en que se encuentran las personas intersexuales en Kenya, lo que condujo al reconocimiento oficial del marcador de intersexualidad (I), que se añadió a los de sexo femenino o masculino en el Censo Nacional de Población de 2019.

Despenalización de las relaciones sexuales

30.Las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo están expresamente prohibidas por la legislación nacional y se consideran inaceptables para la cultura y los valores kenianos. No obstante, toda persona en Kenya, sea cual sea su orientación, tiene garantizada la plena protección de la ley en caso de que se vulneren sus derechos. Hay una serie de instituciones creadas a las que todas las personas pueden acudir para reclamar la vulneración de sus derechos. Entre ellas cabe mencionar: el Organismos Independiente de Supervisión Policial, la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya y el Servicio Nacional de Policía.

31.La Comisión Nacional de Género e Igualdad y varias organizaciones no gubernamentales, como la Comisión para los Derechos Humanos de Kenya y la Fundación de Recursos Legales, han sensibilizado a los funcionarios públicos, incluidos los agentes del orden, sobre principios como la universalidad de los derechos humanos y la importancia de la no discriminación entre la población en general.

32.El Gobierno de Kenya promueve activamente la prestación equitativa de todo tipo de servicios públicos a todas las personas sin discriminación, con independencia de su orientación sexual y su identidad o expresión de género. Con ese fin, se han formulado leyes y políticas que avalan la efectividad de los principios de igualdad y no discriminación. Entre ellas cabe mencionar: la Ley de Salud, de 2017, la Ley de Educación, de 2012, y la Política de Diversidad para la Función Pública, de 2016. Nadie está obligado a indicar su orientación sexual al acceder a un servicio público.

33.El Gobierno es consciente de que el estigma es uno de los mayores obstáculos para que las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) accedan a los servicios. Hay pocas probabilidades de que los hombres que tienen relaciones sexuales con hombres y viven con el VIH recurran a los servicios, lo que tiene un impacto negativo. Algunas de las medidas adoptadas por el Estado para hacer frente a la situación son: la sensibilización del personal sanitario para reducir las actitudes de estigmatización en los centros de salud, la preparación y difusión de información específica y de fácil uso sobre la población, y la promoción de la aceptación de todas las personas como parte de la comunidad a fin de aumentar el recurso a los servicios. Se organizan foros de sensibilización para jueces, fiscales, agentes de policía, funcionarios de prisiones y responsables de la elaboración de leyes y políticas sobre cómo abordar los asuntos relacionados con las personas LGBT.

34.Al hilo de este tema cabe mencionar el asunto EG & 7 others v Attorney General; DKM & 9 others (Interested Parties) ; Katiba Institute & another (Amicus Curiae) eKLR ,en relación con los artículos 162 y 165 del Código Penal.

El artículo 162 prohíbe las relaciones sexuales contra natura. El artículo 165 prohíbe las relaciones sexuales entre hombres tanto en público como en privado. Los demandantes pidieron al Tribunal que declarara que los artículos 162 y 165 del Código Penal eran inconstitucionales y nulos porque vulneraban los derechos constitucionales de las personas LGBT en Kenya.

35.El 24 de mayo de 2019, los magistrados del Tribunal Supremo desestimaron la demanda y declararon que los artículos 162 y 165 del Código Penal no vulneraban la Constitución. El Tribunal reiteró que los actos entre personas del mismo sexo, en virtud de la legislación nacional, como el Código Penal, siguen considerándose delito en tanto que actos contrarios a la cultura y la moral de la sociedad.

Igualdad de género (arts. 3 y 26)

36.La Ley de Partidos Políticos de 2016 modificó la Ley de Partidos Políticos de 2011 e incluyó disposiciones que promueven la igualdad de género en los partidos políticos. Se han tomado las siguientes medidas para aplicar esas modificaciones:

37.El Parlamento tiene ante sí en la actualidad el proyecto de ley de 2019 que modifica la Ley de Representación de los Grupos de Interés Especial. El proyecto de ley exige a los partidos políticos que garanticen que al menos un tercio de sus candidatos a las elecciones parlamentarias y municipales sean de uno u otro sexo; prohíbe a la Comisión Independiente encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales que acepte listas de candidatos de los partidos políticos que no cumplan la norma relativa al género; y propone que el 20 % del dinero de los partidos políticos se distribuya en función del número de miembros de grupos de interés especial elegidos, como incentivo para que los partidos políticos se aseguren de que más mujeres, jóvenes y personas con discapacidad obtengan escaños electorales.

38.El proyecto de ley relativo a las elecciones primarias en los partidos políticos, de 2020, establece el marco jurídico para la realización de elecciones primarias en los partidos políticos. Su propósito es que los partidos políticos cumplan con las disposiciones constitucionales sobre no discriminación, inclusión e igualdad de género, cuando celebren elecciones primarias.

39.Se han hecho y se siguen haciendo grandes avances para mejorar la participación de las mujeres en puestos de la administración pública, el poder judicial y las comisiones constitucionales. Más abajo figuran algunas de las estrategias seguidas en pro de la igualdad de género.

40.Se ha promovido la sensibilización de los presidentes y secretarios de los Consejos de Administración Local sobre la incorporación de los grupos de interés especial en los gobiernos locales. En total, se organizaron actividades de sensibilización dirigidas a 41 Consejos de Administración Local, que se comprometieron a velar por la igualdad de género y la inclusión en la administración local.

41.En el Informe de Auditoría de Género de la Judicatura correspondiente a 2019 se identificaron una serie de lagunas en lo que se refiere a la sensibilidad y la receptividad en relación con el género. En el Informe se hicieron, entre otras, las siguientes recomendaciones para hacer frente a la situación: adoptar una política global de género, integrar el género en el siguiente plan estratégico de la judicatura que se formulase, asignar recursos para la elaboración de un informe presupuestario sobre la igualdad de género, diseñar e implementar un módulo de formación sobre jurisprudencia en materia de discriminación e igualdad para jueces y funcionarios judiciales, considerar la posibilidad de realizar informes sobre las decisiones de los tribunales de los cadíes para alentarlos a considerar explícitamente cómo afecta la constitución a la ley de la sharía keniana e iniciar una consulta formal con la comunidad musulmana sobre el tema de las mujeres cadíes.

42.Las auditorías y evaluaciones sirven de base para orientar a la judicatura y a otros organismos gubernamentales encargados de la aplicación de las distintas cuestiones identificadas. Los diferentes organismos han comenzado a aplicar las recomendaciones. El informe puede consultarse en: https://www.ngeckenya.org/Downloads/Judiciary_Kenya_Gender_Audit_Dec.pdf

43.La Comisión Nacional de Género e Igualdad elaboró un manual legislativo sobre los principios de igualdad y no discriminación. El manual aclara las diferentes funciones de los legisladores de la Asamblea Nacional, el Senado y las Asambleas Municipales a la hora de elaborar leyes, normas, disposiciones y políticas receptivas que aborden cuestiones de igualdad e inclusión. Además, la Comisión Nacional de Género e Igualdad prestó asesoramiento técnico al Foro del Consejo de Gobernadores y Asambleas Locales para la elaboración de planes de formación de mujeres con funciones directivas en el sector público.

44.La Comisión Nacional de Género e Igualdad envió directrices en 2019 a todos los Ministerios, Departamentos y Organismos en relación con el cumplimiento de la Ley de Salud, núm. 21, de 2017, que requiere que todas las oficinas públicas cuenten con salas de lactancia para las empleadas que están amamantando.

45.Además, mediante la iniciativa denominada Igualdad e Inclusión en el Sector Privado, la Comisión Nacional de Género e Igualdad puso en marcha un marco de integración de la igualdad y la inclusión en el sector privado centrado en los sectores de los medios de comunicación, las telecomunicaciones y la banca.

46.Se celebraron diálogos con los partidos políticos sobre la tolerancia cero de la violencia contra la mujer en las campañas y las elecciones. Se organizaron foros de fomento de la capacidad para dotar a los aspirantes de grupos de interés especiales de conocimientos y habilidades sobre cómo desenvolverse para tener éxito en el campo político. También participaron en los foros hombres para abordar las actitudes culturalmente arraigadas sobre la participación de la mujer en la vida política y electoral que pueden desencadenar violencia electoral.

47.La Comisión Nacional de Género e Igualdad elaboró un modelo de marco legislativo y de política de la administración municipal sobre la violencia sexual y de género con el objetivo de proporcionar directrices a las administraciones locales sobre consideraciones y aspectos fundamentales de la legislación sobre violencia sexual y de género.

48.La Comisión Nacional de Género e Igualdad observó que el programa relativo al reconocimiento de la empresa del año era una plataforma adecuada para mostrar las mejores prácticas de incorporación de la perspectiva de género en el lugar de trabajo. En una ceremonia anual se reconoce y premia a las empresas con mejores resultados.

49.No obstante, como se observó en el cuarto informe periódico presentado por Kenya en virtud del Pacto, este país sigue teniendo problemas para aplicar la normativa en materia de género en lo que se refiere a la representación política de las mujeres en el Parlamento.

Medidas de lucha contra el terrorismo (arts. 2, 4, 7, 9 y 14)

50.Hay que subrayar que Kenya se enfrenta a una amenaza terrorista continua por parte del grupo de milicianos Al-Shabaab, que ya ha atacado instituciones educativas, hoteles y centros comerciales en el país. En consecuencia, el Gobierno ha intensificado sus medidas y estrategias de lucha contra el terrorismo para asegurar la protección de la vida. La finalidad de Ley de 2014, que modifica la legislación en materia de seguridad, era cambiar algunos aspectos de la Ley de Prevención del Terrorismo, el Código Penal, el Código de Enjuiciamiento Penal, la Ley de Refugiados y la Ley del Servicio Nacional de Policía, para facilitar la lucha eficiente y efectiva contra el terrorismo. En el asunto Coalition for Reform and Democracy (CORD) & 2 others v Republic of Kenya &10 others [2015] eKLR, el Tribunal Supremo dijo que algunos artículos de la Ley de 2014 que modifica la legislación en materia de seguridad eran contrarias a la letra y al espíritu de la Constitución. Así pues, declaró nulos los artículos en tanto que inconstitucionales.

51.Los artículos recurridos de dicha Ley fueron declarados inconstitucionales y, por tanto, no tienen efecto legal alguno. La Fiscalía General y el Ministerio de Justicia están modificando todas las disposiciones recurridas en cumplimiento de la decisión del Tribunal.

52.El Gobierno no fomenta las detenciones arbitrarias, el hostigamiento, la extorsión, los malos tratos, el traslado forzado ni la expulsión de persona alguna. La lucha contra el terrorismo no tiene como objetivo ninguna comunidad específica. Los sospechosos suelen ser personas y no comunidades. Cuando se sospecha que un agente del orden ha maltrato a un sospechoso se sigue el procedimiento legal establecido. El agente es investigado y llevado ante los tribunales.

53.Algunos extranjeros se encuentran de manera ilegal en el país. En estos casos, se les expulsa siguiendo los procedimientos establecidos en la legislación del país.

Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica (arts. 2, 3, 6, 7, 24 y 26)

54.La Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina entró en vigor en 2011. La plena aplicación de la ley ha dado lugar a un aumento de la persecución y la prevención de esta práctica (véase el cuadro). De hecho, las dos estrategias han conducido a un importante descenso de los casos, que han pasado del 32 % en 2003 al 21 % en 2014.

55.Se han tomado las siguientes medidas para implementar el Documento Gubernamental núm. 3, de 2019, sobre la Política Nacional de Erradicación de la Mutilación Genital Femenina:

Promoción de la educación pública y los diálogos comunitarios sobre la prevención y el castigo de la mutilación genital femenina.

Implicación de los ancianos en la lucha contra la mutilación genital femenina, que ha hecho que más hombres se conviertan en defensores de la protección de los derechos de las niñas y de su educación.

Mejora de la colaboración y cooperación transfronteriza en la lucha contra la mutilación genital femenina en la región.

Elaboración de un manual de formación titulado “Stopping Medicalization of FGM” (acabar con la mutilación genital femenina en el ámbito sanitario) dirigido al personal sanitario.

56.Kenya cuenta con políticas y leyes sólidas para prevenir y responder a la violencia de género. Los marcos legislativos incluyen: la Ley de Delitos Sexuales, la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina, la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica, de 2015, el Código Penal, la Ley de la Infancia, la Legislación Modelo de la Administración Local sobre la Violencia Sexual y de Género.

57.Se creó una dependencia especial en la Oficina del Director de la Fiscalía para ocuparse de los delitos relacionadas con la mutilación genital femenina, los matrimonios infantiles y la violencia de género, así como del procesamiento de los autores. La dependencia está integrada por 20 fiscales.

En el cuadro que figura a continuación se detallan las respuestas del país sobre el párrafo 9 de la lista de cuestiones.

Número de casos registrados en los tribunales y condenas por violencia sexual y de género y mutilación genital femenina

A.Casos de violencia sexual y de género 2019/2020

Delito

Nuevos casos registrados

Sentencias condenatorias

Sentencias absolutorias

Casos en que se retiró la acusación

a) Violación

388

143

43

57

b) Tentativa de violación

173

85

25

47

c) Estupro

2 313

592

162

191

d) Tentativa de estupro

345

148

40

43

e) Violación en grupo

120

27

13

12

f) Incesto

208

69

14

11

g) Agresión sexual

84

24

10

6

h) Bestialismo

4

3

-

-

i) Bigamia

10

-

-

-

j) Transmisión intencionada del VIH

5

-

-

-

k) Trata con fines de explotación sexual

8

2

-

1

l) Prostitución infantil/ turismo sexual/ pornografía infantil

14

-

-

3

m) Tocamientos a menores

320

109

28

47

n) Delitos contra natura

75

12

1

4

o) Otros delitos con resultado de muerte

21

-

-

-

Subtotal

4 088

1 214

336

422

Descuido infantil, crueldad, trabajo infantil, abuso infantil

547

229

41

58

Total

4 635

1 443

377

480

B.Delitos contemplados en la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina, 2019/2020

Delito

Nuevos casos registrados

Sentencias condenatorias

Sentencias absolutorias

Casos en que se retiró la acusación

a) Realización de la mutilación genital femenina

18

11

2

6

b) Complicidad en la mutilación genital femenina

19

4

0

4

c) Contratación de una persona para realizar una mutilación genital femenina

2

0

0

0

d) Uso de locales para realizar una mutilación genital femenina

6

4

0

1

e) No denunciar una mutilación genital femenina

16

15

1

0

f) Uso de lenguaje despectivo

9

1

0

0

g) Someter a un niño a prácticas culturales nocivas

15

6

2

1

Subtotal

85

41

5

12

Incluidos enjuiciamientos y condenas de los autores y ofrecimiento de reparación a las víctimas

Medidas para hacer frente a la violencia de género por parte de la Oficina del Director de la Fiscalía

a)Creación y puesta en marcha de una división especializada en violencia sexual y de género dentro de la Oficina para ocuparse de los casos de violencia sexual y de género;

b) Establecimiento de una dependencia especializada para prestar apoyo y asistencia a los testigos durante los proceso judiciales.

c) Aumento de la presencia de fiscales mediante la contratación para cubrir los 47 condados y subcondados;

d) Difusión de un Manual dirigido a investigadores y fiscales para poner fin a la violencia sexual y de género en Kenya;

e) Preparación de modelos de pliegos de cargos y difusión de estos a todos los fiscales del país;

f) Formación y sensibilización intensiva de fiscales e investigadores de casos de violencia sexual y de género. La Oficina del Director de la Fiscalía no ha bajado la guardia en la labor de formación de los investigadores de la policía, que son elementos fundamentales dentro del sistema de justicia penal;

g) La Oficina del Director de la Fiscalía ha colaborado estrechamente con el Grupo de Trabajo sobre la aplicación de la Ley de Delitos Sexuales, que preparó y publicó disposiciones normativas, un proyecto de políticas y normas para la aplicación efectiva de la Ley de Delitos Sexuales;

h) Sesiones judiciales simuladas para el público: sesiones judiciales simuladas organizadas conjuntamente con la International Association of Women Judges, los Servicios penitenciarios y la Oficina del Director de la Fiscalía;

i) La Oficina del Director de la Fiscalía trabaja con asociados clave en la tarea de promover y mejorar los mecanismos de cooperación y colaboración interinstitucional en la lucha contra la violencia sexual y de género. Entre los asociados cabe mencionar ministerios y departamentos gubernamentales, asociados internacionales, organizaciones no gubernamentales internacionales y nacionales y organizaciones sin ánimo de lucro;

j) Política nacional de prevención y respuesta a la violencia de género y Modelo de política en materia de violencia sexual y de género para las administraciones locales;

k) Elaboración del Plan Nacional de Acción contra la Explotación Sexual de los Niños en Kenya, 2018-2022;

l) Los niños también reciben educación sobre cómo evitar los abusos sexuales.

Política relativa a los delitos sexuales

Un Comité Interinstitucional está elaborando la Política relativa a los Delitos Sexuales

Reparación para las víctimas

a)Existen directrices para la prestación de apoyo y asistencia a las víctimas de delitos;

b)Los fiscales se aseguran de que las víctimas y los testigos de la acusación reciban un trato digno durante su interacción con el sistema de justicia penal. Asimismo, velan por que tanto las víctimas (que son testigos) como los testigos conozcan y comprendan sus derechos en el marco del sistema de justicia penal y puedan participar en las actuaciones.

2.La Oficina del Director de la Fiscalía ha puesto en funcionamiento una línea telefónica gratuita para que las víctimas de delitos denuncien violaciones de los derechos humanos, incluidos casos de violencia sexual y de género.

Denuncias de violaciones en grupo de mujeres y niñas

Todos los casos de violaciones en grupo se investigan y se sigue el protocolo establecido, que cuenta con todas las garantías.

Denuncias de violencia sexual sufrida por mujeres y niñas con albinismo

Todos los casos de agresiones y violaciones de derechos de que es víctima cualquier persona en Kenya, incluidas las personas con albinismo, se investigan y persiguen de forma adecuada e inmediata. Por el momento, Kenya no dispone de estadísticas desglosadas en relación con el albinismo. Todos los casos se enjuician como violación, tentativa de violación o estupro. No obstante, la vulnerabilidad y la marginación de las personas con albinismo se considera un factor agravante.

Interrupción voluntaria del embarazo y derechos sexuales y reproductivos (arts. 6 y 17)

58.El aborto en Kenya está regulado por el art. 26 1) de la Constitución, que establece que el aborto no está permitido a menos que, en opinión de un profesional sanitario capacitado, sea necesario realizar un tratamiento de emergencia o que la vida o la salud de la madre estén en peligro, o en los casos en que lo permita cualquier otra ley escrita.

59. Una de las leyes en que se desarrolla es la Ley de Salud, que define la “salud” como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no meramente como la ausencia de enfermedades o dolencias. El artículo 6 1) establece que toda persona tiene derecho a recibir tratamiento por parte de un profesional de la salud capacitado para cualquier patología médica agravada por el embarazo hasta el punto de que la vida o la salud de la madre se vean amenazadas.

60. El Tribunal que conoció en el asunto Federation of Women Lawyers (Fida – Kenya) & 3 others v Attorney General & 2 others; [2019] eKLR, trató de aclarar aún más esta cuestión y afirmó que, en el caso de un embarazo como resultado una violación o un estupro, si, en opinión de un profesional de la salud capacitado, representa un peligro para la vida o la salud, o para el bienestar mental, físico y social de la madre, puede ser interrumpido en virtud de las excepciones previstas en el artículo 26 4) de la Constitución. El Tribunal dijo que:

“ …El aborto es ilegal en Kenya, salvo en los supuestos previstos en artículo 26 4) de la Constitución ” .

61.Las Normas y Directrices para reducir la morbilidad y la mortalidad por abortos inseguros en Kenya se han vuelto a presentar a las partes interesadas para que continúen los debates multisectoriales con el fin de recoger las contribuciones de todos.

Derecho a la vida (art. 6)

62.Los tribunales de Kenya han comenzado a revisar las condenas impuestas a los reclusos afectados. Estos solicitan a los tribunales que vuelvan a examinar sus casos, los cuales vuelven a hacerlo basándose en un informe del Servicio Penitenciario de Kenya y de la Oficina del Director de la Fiscalía. El 3 de julio de 2020 había 646 presos condenados a muerte en Kenya.

63.Poco después de que el Tribunal Supremo declarara inconstitucional la pena de muerte obligatoria, se creó el Grupo de Trabajo para la Revisión de la Pena de Muerte Obligatoria con el fin formular recomendaciones para la plena aplicación de la decisión del Tribunal. El Grupo de Trabajo revisó todas las disposiciones legislativas que imponen la pena de muerte obligatoria y formuló recomendaciones para su modificación, elaboró un proyecto de disposiciones para la emisión de nuevas sentencias, hizo propuestas sobre la imposición de condenas apropiadas en el caso del asesinato y de otros delitos castigados con la pena capital, y recomendó el mantenimiento de la cadena perpetua, si bien con la posibilidad de libertad condicional.

64.Con el fin de garantizar un proceso estructurado y bien coordinado para la nueva emisión de sentencias, el Grupo de Trabajo también recomendó que se creara un Comité de Implementación, bajo los auspicios del Consejo Nacional de la Administración de Justicia, que se encargara de supervisar el proceso de emisión de nuevas sentencias. En este sentido, se espera que el Comité prepare un informe para la emisión de las nuevas sentencias que recoja las circunstancias del delito y del delincuente, las características de este, incluida su conducta y su salud mental antes y después de la imposición de la condena, cualquier otra circunstancia atenuante, y una declaración de la víctima sobre el impacto del delito. En la nueva audiencia, el juez que presida el tribunal oirá las alegaciones en relación con el informe de la nueva sentencia y la nueva pena que se recomienda, así como sobre la posibilidad de obtener o no la libertad condicional Los reclusos serán clasificados, a efectos de la revisión de las sentencias, con arreglo al siguiente orden de prioridades:

Reclusos que lleven más tiempo cumpliendo condena (20 años o más).

Reclusos en situación vulnerable (mayores de 60 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades terminales, mujeres y personas que puedan haber sido menores en el momento de cometer el delito).

Reclusos condenados por robo con violencia.

Reclusos condenados por asesinato.

65.Además, el Grupo de Trabajo ha diseñado un marco general para las vistas en las que vuelve a dictarse sentencia con el fin de orientar a los tribunales para que el proceso se lleve a cabo de forma estructurada y basada en pruebas, teniendo en cuenta toda la información fundamental necesaria para la mitigación, la reinserción y las necesidades de reasentamiento de los delincuentes, permitiendo que se tenga en cuenta la aportación de las víctimas, las familias y las comunidades, y garantizando la coherencia en las nuevas condenas impuestas en todo el país.

66.Para desarrollar ese marco, el Grupo de Trabajo llevó a cabo, en 2019, una auditoría de todos los delincuentes encarcelados que habían sido condenados a la pena de muerte, incluidos aquellos cuya pena había sido conmutada por la de cadena perpetua, para obtener datos que ayudasen a establecer prioridades y hacer un calendario con los reclusos respecto de los que había de dictarse una nueva sentencia.

67.La judicatura, bajo los auspicios del Consejo Nacional de Administración de Justicia, está constituyendo una Comisión de Implementación, que se encargará de supervisar el procedimiento de revisión de sentencias.

68.En su informe, el Grupo de Trabajo recomendó al Parlamento la abolición total de la pena de muerte.

Derecho a la vida (art. 6)

69.El Gobierno de Kenya creó el Organismo Independiente de Supervisión Policial para investigar y recomendar el procesamiento en los casos de prácticas ilegales por parte de agentes del orden. Asimismo, la Dependencia de Asuntos Internos del Servicio Nacional de Policía se ocupa de todas las denuncias contra la policía. Cuando se presenta una denuncia de que un agente del orden se ha excedido en su mandato, se llevan a cabo investigaciones exhaustivas y el agente es llevado ante los tribunales de conformidad con las garantías establecidas. Las detenciones y privaciones de libertad se ajustan a la ley cuando hay una causa probable que las justifique. Se adjunta una lista de agentes de policía que han sido procesados y de agentes que han sido condenados (véase el anexo del informe). El Gobierno está preparando la puesta en funcionamiento de un Servicio Nacional Forense que realice investigaciones independientes y determine los fallecimientos que deban denunciarse.

70.En el anexo sexto de la Ley del Servicio Nacional de Policía, de 2011, figuran las condiciones para el uso de la fuerza por parte de la policía. En las condiciones primera y segunda se establece que un agente de policía siempre deberá intentar en primer lugar emplear medios no violentos, y solo empleará la fuerza cuando estos sean ineficaces o no garanticen el logro del resultado esperado. La fuerza empleada será proporcional al objetivo que se pretende alcanzar, a la gravedad de la infracción y a la resistencia de la persona contra la que se utilice, y solo en la medida necesaria, respetando las disposiciones de la ley y las normas de procedimiento. Otras disposiciones relevantes son el Código Penal y la Ley de Armas de Fuego.

71.Kenya vela por el respeto de estas normas mediante la formación continua de los agentes de policía. En los casos en los que no se cumplen dichas normas, los presuntos infractores son acusados y procesados.

72.El Centro de Formación de la Policía de Kenya (Kiganjo) tiene el mandato de formar al personal en los más altos niveles de competencia e integridad y en el respeto de los derechos humanos y la dignidad de la persona, tal y como establece el artículo 244 d) de la Constitución.

73.Cabe mencionar un caso en el que cuatro agentes de la Policía Administrativa fueron acusados del asesinato de Kimani, el cliente de este, Josephat Mwenda, y el conductor, Joseph Muiruri. Los agentes de policía acusados fueron procesados por el Tribunal Superior de Milimani. La vista del caso está en curso y se encuentra en una fase avanzada. El tribunal ha tomado hasta ahora declaración a 41 testigos y sólo quedan dos para que concluya la intervención de la acusación.

74.Kenya ha desarrollado diversas estrategias para preservar el medio ambiente y protegerlo de los daños, la contaminación y el cambio climático causados por actores públicos y privados:

La Ley de Medio Ambiente y Coordinación, de 2012, establece varios marcos normativos medioambientales, entre los que figuran: el Reglamento de Medio Ambiente (Prevención de la Contaminación en la Zona Costera y otros Segmentos del Medio Ambiente), de 2003, la Orden relativa a la Gestión Medioambiental (Plan de Gestión del Lago Naivasha), de 2004, y el Reglamento de Gestión y Coordinación Medioambiental (Calidad del Agua), de 2006.

La Ley también crea el Organismo Nacional de Gestión del Medio Ambiente, encargado de hacer cumplir la normativa medioambiental. Este Organismo es el principal mecanismo gubernamental para la implementación de todas las políticas relacionadas con el medio ambiente y la supervisión y coordinación general de todos los asuntos relacionados con él. El Organismo se ocupa de la calidad del agua, la gestión de los residuos, las sustancias controladas, la biodiversidad, los humedales, los ríos y zonas costeras, y del cumplimiento de la normativa sobre evaluación del impacto ambiental.

El Plan Nacional de Acción contra el Cambio Climático 2018-2022: un plan quinquenal para orientar las acciones de Kenya contra el cambio climático, incluida la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero; y la Ley de Tierras Comunitarias, de 2016, que exige a las comunidades, entre otras cosas, que establezcan estrategias para proteger los ecosistemas esenciales y conservar los recursos en las tierras comunitarias.

75.El Servicio Forestal de Kenya colabora con los gobiernos locales y los particulares que poseen tierras en la plantación de árboles, y adopta medidas en relación con la reducción de emisiones por deforestación y degradación de los bosques a fin de prevenir la deforestación y la degradación de estos mediante su protección activa y de proporcionar medios de vida alternativos a las comunidades locales que viven en las zonas forestales y sus alrededores. Kenya está implementando un Nivel de Referencia Forestal para evaluar el rendimiento de las actividades de reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal y función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono en los países en desarrollo (REDD+) . Kenya ha invertido mucho en la generación de energía geotérmica, que proporciona energía de bajo coste con bajas emisiones. Las empresas privadas también están generando electricidad con fuentes de energía renovables, como la energia solar, el biogás y el bagazo. La Asociación de Fabricantes de Kenya colabora con el Ministerio de Energía para apoyar las auditorías energéticas y la mejora de la eficiencia, con el fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ytrato dispensado a las personas privadas de libertad (arts. 7 y 10)

76. La tortura y los malos tratos están prohibidos, especialmente en el contexto de las operaciones de seguridad y otras medidas antiterroristas. Los organismos estatales encargados de las tareas de supervisión llevan a cabo investigaciones exhaustivas de las presuntas infracciones y las personas que infringen la ley son acusadas y procesadas en consecuencia. El Organismo Independiente de Supervisión Policial tiene el mandato de investigar los excesos policiales y recomendar el procesamiento a la Oficina del Director de la Fiscalía.

77. Kenya también cuenta con la Ley de Prevención de la Tortura, de 2017, si bien se han encontrado algunas dificultades a la hora de aplicarla. La Oficina del Ministro de Justicia y el Ministerio de Justicia, la Oficina del Director de la Fiscalía, la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya, el Organismo Independiente de Supervisión Policial y el Servicio Nacional de Policía están colaborando para resolver las dificultades que plantea la Ley. La Ley del Servicio Nacional Forense, promulgada en 2017, establece un Servicio Nacional Forense para realizar investigaciones forenses independientes y determinar las causas de las muertes por causas no naturales. Se ha creado un Comité de Implementación para que el Servicio sea plenamente operativo.

78. Las tres entidades, La Oficina del Director de la Fiscalía, el Organismo Independiente de Supervisión Policial y la Dependencia de Asuntos Internos, han creado un equipo de tareas para formar y sensibilizar a los agentes de policía sobre la necesidad de observar y respetar los derechos humanos en el ejercicio de su mandato. El equipo de tareas también vela por que se investiguen las denuncias contra autores de violaciones de los derechos humanos y que estos sean procesados y rindan cuentas de sus actos.

79.Cuadro en el que figuran el número y la naturaleza de las denuncias de tortura recibidas por el Organismo Independiente de Supervisión Policial durante el período sobre el que se informa, así como el número de investigaciones, enjuiciamientos y condenas conexas.

Número

Concepto

Número

Naturaleza

1.

Número de denuncias recibidas entre 2014 y junio de 2020 en relación con torturas ¹

Muertes como consecuencia de la actuación policial

769

Incluye las muertes por actuaciones policiales, como disparos y lesiones, entre otras.

Agresión física/lesiones

2603

Incluye agresiones con resultado de lesiones, tanto graves como leves

Agresiones sexuales.

176

Denuncias por violación y estupro

2.

Investigaciones realizadas y finalizadas entre 2014 y junio de 2020 de casos de tortura ²

Muertes

562

Muertes como resultado de disparos o lesiones

Agresión física/lesiones

943

Incluye agresiones con resultado de lesiones, tanto graves como de otro tipo

Agresiones sexuales

35

Violación y estupro

3.

Número total de expedientes presentados a la Oficina del Director de la Fiscalía para la adopción de medidas al respecto, desde el inicio hasta junio de 2020

274

Incluye casos de muertes, lesiones graves, delitos sexuales e inacción policial al no ofrecer asistencia médica a un detenido, entre otros.

4.

Número de casos en trámite ante los tribunales a 30 de junio de 2020

76

5.

Condenas impuestas desde 2014

8

Muertes -2+1+1+2

Lesiones graves-1

Agresiones sexuales-0

Inacción policial -1

¹ El Organismo Independiente de Supervisión Policial ha investigado casos de conducta inadecuada por parte de la policía en relación con asesinatos, homicidios, agresiones y lesiones graves, entre otros delitos presuntamente cometidos por miembros del Servicio Nacional de Policía, en aplicación de lo dispuesto en el Código Penal y en l a Ley por la que se establece.

2 Ibid .

80. El Organismo Independiente de Supervisión Policial ha registrado 2 casos: IPOA/INU/-2018: investigación de un caso de tortura por parte de la Policía Administrativa en Homabay; e IPOA/INU/000158-2020: investigación de tratos crueles, inhumanos y degradantes en la comisaría de Kilome.

81.Con respecto a la reparación de las víctimas, véase el párrafo 23 de este informe.

82.El Protocolo es uno de los instrumentos que está examinando el Ministro de Justicia.

83.El Servicio Penitenciario de Kenya, en colaboración con el poder judicial, ha aplicado las siguientes medidas para reducir el hacinamiento en las prisiones:

1. Imposición de servicios comunitarios;

2. Medidas de puesta en libertad bajo fianza;

3.Revisión de sentencias;

4.Emisión de nuevas sentencias.

84.En el cuadro que figura a continuación se recogen los datos en relación con las medidas mencionada que dieron lugar a la puesta en libertad de reclusos entre el 15 de marzo de 2020 y el 5 de junio de 2020.

Número

Región

Puesta en libertad en condiciones normales

Imposición de servicios comunitarios/Emisión de nueva sentencia

Multa/Efectivo

Fianza

Total

1

Costa

380

472

344

10 19 6

2

Zona nororiental

85

100

74

1 259

3

Zona oriental

419

1 014

453

1 886

4

Zona central

699

665

573

1 937

5

Valle del Rift

1 371

1 555

962

3 888

6

Zona occidental

166

362

210

738

7

Nyanza

254

568

224

1 046

8

Nairobi

592

286

160

1 038

Total

3 966

5 022

3 000

11 988

85.Las detenciones y privaciones de libertad se ajustan a la ley y se llevan a cabo únicamente cuando hay una causa probable que las justifique. Una vez detenida, la persona acusada debe comparecer ante el tribunal en un plazo de 24 horas o ser puesta en libertad. La fianza es un derecho, salvo que existan razones de peso para que la persona no sea puesta en libertad. Puede recurrirse al habeas corpus en caso de detención o privación de libertad ilegales. El poder judicial elaboró en 2015 unas Directrices relativas a la fianza para orientar a la policía y a los funcionarios judiciales en la aplicación de la legislación que contempla dicha figura.

Eliminación de la esclavitud, la servidumbre y la trata de personas (arts. 2, 6, 7, 8, 24 y 26)

Cuadro sobre el enjuiciamiento de casos de trata

Delito

Nuevos casos registrados

Sentencias condenatorias

Sentencias absolutorias

Casos en que se retiró la acusación

Trata de personas

18

1

1

4

Trata de menores

9

1

1

2

Prohibición de la trata de personas

-

1

Adquisición de documentos de viaje, fraude o engaño

13

5

Facilitación de la entrada al país o la salida de este

109

54

5

Interferencia con documentos de viaje y efectos personales

1

Trata de personas con fines de delincuencia organizada

1

4

Otros delitos relacionados con la trata de personas

23

8

1

86.El Gobierno ha elaborado un proyecto de procedimientos operativos estándar para combatir el tráfico de mano de obra. Estos procedimientos tienen por objeto orientar a las fuerzas de seguridad, los fiscales y otras personas que participan en la identificación, la investigación y el enjuiciamiento de los traficantes de mano de obra, así como de personas implicadas en prácticas de contratación poco éticas. El objetivo de los procedimientos es abordar de forma integral los delitos de tráfico de mano de obra y las prácticas de contratación en condiciones de explotación, garantizando al mismo tiempo una protección preventiva y reactiva para las víctimas y las posibles víctimas, y llevando a los implicados en el tráfico ante la justicia.

87.El Plan Nacional de Acción para la Lucha contra la Trata de Personas, ha incluido como prioridad estratégica, con carácter preventivo, la reducción de las oportunidades de empleo fraudulento. También tiene en cuenta la supervisión y evaluación de las agencias de empleo, así como de los procesos y prácticas que siguen, a fin de detectar conductas indebidas o posibles lagunas que puedan ser utilizadas por los traficantes

88.Otros datos sobre el tráfico de mano de obra (2019-2020):

Categoría

Menores que realizan las peores formas de trabajo

273 niñas

161 niños

Personas con albinismo que son objeto de tráfico de órganos

Sin datos

Trata de mujeres en los campos de refugiados

Sin datos

89.Entre las iniciativas para aumentar la identificación de los autores y mejorar la tasa de enjuiciamientos y condenas en los casos de trata cabe mencionar:

La elaboración de procedimientos operativos estándar por parte del Comité Consultivo de Lucha contra la Trata.

La preparación de un manual de la Fiscalía sobre la trata.

La creación de la Dependencia de Lucha contra la Trata de Personas, en el seno de la Inspección General de Policía, para llevar a cabo investigaciones sobre la trata de niños y el abuso de menores en línea.

La creación de una Dependencia de Delincuencia Organizada Transnacional para llevar a cabo investigaciones sobre la trata de personas adultas y el tráfico de personas en colaboración con la Dirección de Investigaciones Criminales.

La creación del Comité Consultivo de Lucha contra la Trata de Personas, que coordina la formación de los agentes del orden en materia de investigación y procesamiento.

La formación de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (agentes de policía, funcionarios que se ocupan de casos relacionados con niños, y fiscales) en materia de investigación.

La distribución de material educativo y de comunicación al público con información sobre la manera de identificar a un agresor y los números a los que llamar, como la línea de ayuda a la infancia 116, para obtener asistencia.

La sensibilización de la comunidad a través de la organización de reuniones en espacios públicos.

90.La Ley de Lucha contra la Trata de Personas de 2010, en su artículo 22, establece el Fondo Fiduciario de Asistencia Nacional para las Víctimas de la Trata de Personas. El capital del Fondo se utiliza para prestar asistencia a las víctimas, incluido el apoyo psicosocial previsto en el artículo 15 e) de la Ley.

91.El Gobierno elaboró las Directrices del Mecanismo Nacional de Asistencia para las Víctimas de la Trata de Personas, en las que figuran disposiciones sobre el apoyo psicosocial.

Trato dispensado a los extranjeros, incluidos los refugiados, solicitantes de asilo y migrantes, y desplazamiento de población (arts. 2, 6, 7, 9, 13 y 26)

92. El proyecto de ley de refugiados, de 2019, tiene por objeto el reconocimiento, la protección y la gestión de los refugiados, así como la efectividad de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951. El proyecto de ley se presentó ante la Asamblea Nacional, pero se devolvió al Ministerio correspondiente para que se realizaran más consultas y hubiera más participación pública. En febrero de 2018, 78.517 refugiados, de los campamentos de Dadaab y Kakuma y de centros urbanos, habían sido repatriados voluntariamente. Con el fin de mejorar la seguridad en los campamentos de refugiados de Dadaab y Kakuma se ha puesto en marcha un programa de vigilancia comunitaria de mayor envergadura y se han enviado más unidades de policía a los campamentos. El Gobierno no ha recibido ninguna denuncia de xenofobia y políticas represivas contra migrantes indocumentados, ni de allanamientos de morada, después de que entrara en funcionamiento la línea de atención telefónica para que los ciudadanos pudiesen denunciar a quienes realizasen esos actos. Se requiere más información, incluidos detalles sobre las víctimas.

93.La Ley de Prevención, Protección y Asistencia a los Desplazados Internos y a las Comunidades Afectadas se promulgó en 2012 para orientar la actuación del Gobierno en la labor de protección de los desplazados internos. La Ley establece un fondo para hacer frente a los gastos de capital y gastos periódicos relacionados con los desplazamientos, incluida la reconstrucción de las viviendas básicas destruidas y la rehabilitación de los suministros públicos y las instituciones de las comunidades. Asimismo, prevé medidas, como campañas de concienciación pública y actividades de sensibilización, formación y educación sobre las causas, el impacto y las consecuencias de los desplazamientos internos, a fin de que las personas en esta situación puedan elegir voluntariamente y con conocimiento de causa la reintegración sostenible en el lugar de origen, la integración local sostenible en las zonas de acogida de refugiados o la integración sostenible en otra parte de Kenya.

94.La Política Nacional de Prevención de los Desplazamientos Internos, Protección y Asistencia a los Desplazados Internos, de 2011, recoge directrices de política nacional para la protección de los derechos de los desplazados internos y vela por que Kenya se convierta en una nación sin desplazamientos internos mediante la búsqueda de una solución sostenible y duradera para todos los desplazados internos y la prevención de los desplazamientos en el futuro.

Desalojo forzoso (arts. 7, 12, 17, 26 y 27)

95. La Ley que modifica la legislación en materia de tierras, de 2016, establece procedimientos integrales para regular los desalojos en Kenya. Los desalojos que lleve a cabo el Gobierno deben ajustarse estrictamente a las disposiciones constitucionales y al resto de la legislación y realizarse con humanidad.

Libertad de reunión (arts. 19 y 21)

96. La Ley de Orden Público, de 1950, se revisó en 2012 para adaptar sus disposiciones a los principios constitucionales sobre el derecho de reunión, formación de piquetes y manifestación. El Gobierno no detiene a los defensores de los derechos humanos por ejercer su derecho a la libertad de reunión; Solo se puede proceder a una detención cuando se ha cometido un delito o se ha producido una alteración del orden público. Los defensores de los derechos humanos que llevan a cabo manifestaciones de forma pacífica y sin armas lo hacen libremente sin la interferencia del Estado.

97.El proyecto de ley de orden público de 2019 tiene por objeto modificar la Ley de Orden Público (revisada), de 2012, a fin de tipificar como delito el hecho de causar daños graves, el de causar daños a la propiedad y el lucro cesante. Además, en el proyecto de ley se propone indemnizar a las víctimas por los daños causados por manifestantes y organizadores de manifestaciones. Si bien la Constitución garantiza el derecho a reunirse, realizar manifestaciones, formar piquetes y presentar demandas a las autoridades públicas, estos derechos han de ejercerse de forma pacífica y sin armas.

98. De hecho, el Tribunal Supremo, en el caso Ngunjiri Wambugu vs Inspector General of Police, & 2 voters [2019] eKLR, ordenó al Estado cambiar la legislación, o elaborar otra nueva, de manera que se garantizase la reunión pacífica, y redactar códigos de conducta para los organizadores de manifestaciones. En su sentencia, el tribunal dijo que el derecho de la persona a formar piquetes está condicionado a que los manifestantes se comportaran de forma pacífica y no estén armados, y que los agentes de policía tienen el deber de detener inmediatamente a los manifestantes si portan armas de cualquier tipo. En este contexto se ha redactado el proyecto de ley de orden público de 2019. La legislación de Kenya requiere que únicamente se emplee una fuerza legítima y proporcionada al sofocar reuniones y manifestaciones que no se desarrollen de manera pacífica. Así, cualquier agente del orden que infrinja estas normas será investigado y, en su caso, imputado.

Libertad de expresión (arts. 19 y 20)

99. La libertad de expresión está protegida por la Constitución. Los tribunales han declarado inconstitucionales algunos artículos de la legislación nacional por considerar que vulneran el derecho a la libertad de expresión.

100.En el asunto Jacqueline Okuta & another v Attorney General & 2 others, eKLR, se planteó la inconstitucionalidad del delito de difamación tipificado en el artículo 194 del Código Penal. El tribunal declaró inconstitucional dicho artículo por considerar que vulneraba el derecho fundamental a la libertad de expresión.

101. El 26 de abril de 2017, el Tribunal Supremo de Kenya, en el asunto Robert Alai v The Hon Attorney General & another [2017] eKLR, dijo que las disposiciones del artículo 132 del Código Penal, que penaliza la emisión o publicación de palabras que se interpreten como un menoscabo de la autoridad de cualquier funcionario público, son incompatibles con la Constitución de Kenya.

102.El artículo 181 del Código Penal prohíbe el comercio en artículos obscenos. La prohibición se extiende, entre otras cosas, a la distribución, la exhibición pública, la producción, la posesión, la importación o la ayuda a la circulación o al tráfico de uno o varios objetos obscenos. Es importante señalar que las prohibiciones abarcan todos los ámbitos de la obscenidad, incluidos los relacionados con el colectivo LGBT. Una persona declarada culpable de comerciar con artículos obscenos puede ser condenada a dos años de prisión o a una multa de 7.000 chelines. El Estado ha retirado en varias ocasiones contenidos en línea considerados inmorales o difamatorios. La Ley de Uso Indebido de Computadoras y Delitos Cibernéticos, de 2018, castiga la distribución de material obsceno o íntimo, incluida pornografía infantil. Además, para reforzar la regulación de la información que llega al público, los propietarios de medios de comunicación han creado el Consejo de Medios de Comunicación de Kenya como mecanismo de autorregulación.

Compatibilidad de la Ley del Uso Indebido de Computadoras y Delitos Cibernéticos, de 2018, con el Pacto

103. Tanto el artículo 19, párrafo 3, del Pacto como la Constitución de Kenya consagran el principio de que el derecho a la libertad de expresión puede limitarse válidamente en aras del interés público y para preservar los derechos o la reputación de los demás. El Gobierno tiene la legítima responsabilidad de limitar cualquier elemento de una expresión que pueda ser nocivo. En cumplimiento de su responsabilidad de proteger a todas las personas, el Gobierno aprobó en 2018 la Ley del Uso Indebido de Computadoras y Delitos Cibernéticos. La Ley tipifica como delito, entre otros, la interceptación e interferencia no autorizadas, la publicación de información falsa, la pornografía infantil y la distribución ilícita de imágenes obscenas o íntimas. Cabe señalar que, en 2020, el Tribunal Supremo, en el asunto Bloggers Association of Kenya (BAKE) v Attorney General & 3 others; Article 19 East Africa & another (Interested Parties) [2020] eKLR,desestimó una demanda en la que se alegaba la inconstitucionalidad y la ilegalidad de varias disposiciones de la Ley. El Tribunal, al considerar que las disposiciones de la Ley son constitucionales y no vulneran, infringen ni amenazan los derechos y libertades fundamentales, dijo:

“ el peligro inminente reside en la incapacidad del Gobierno para garantizar la seguridad nacional ante los delitos cibernéticos y los relacionados con el uso indebido de las computadoras; por tanto, la necesidad de proteger al público en general de los peligros del espacio cibernético pesa más que la estimación de la demanda. El Tribunal considera que las disposiciones de la Ley protegen efectivamente el interés público y, como tal, el interés público debe ser tenido en la más alta consideración ” .

104.Como ya se ha dicho anteriormente, las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo están expresamente prohibidas por la legislación nacional y se consideran inaceptables para la cultura y los valores de Kenya. No obstante, toda persona en Kenya, sea cual sea su identidad sexual, tiene garantizada la plena protección de la ley en caso de que se vulnere alguno de los derechos reconocidos en ella. Como ejemplo de dicho reconocimiento cabe mencionar: el reconocimiento legal y judicial de las personas intersexuales; la orden emitida en 2016 por el Tribunal de Empleo y Relaciones a la Iglesia Anglicana de Kenya de que volviera a instituir en sus funciones a tres sacerdotes que fueron suspendidos en 2015 después de que salieran a la luz acusaciones de que eran gais; y una sentencia del Tribunal de Apelación, de 22 de marzo de 2018, según la cual la realización de exámenes anales forzados a personas acusadas de mantener relaciones homosexuales es inconstitucional. La sentencia revocó una decisión judicial de 2016 que había avalado el uso por parte de las autoridades de Kenya de exámenes anales forzados para intentar aportar pruebas de conducta homosexual. Además, en 2013, se estableció en Nairobi la Cosmopolitan Affirming Church, que se convirtió en la primera iglesia abiertamente LGBT del país.

Injerencia del Estado en la prensa libre

105.Kenya es parte en una serie de instrumentos jurídicos internacionales y regionales en materia de libertad de expresión. Los artículos 33 y 34 de la Constitución amplían de manera específica las libertades de expresión y de prensa al prohibir al Estado interferir en la independencia editorial de los periodistas, así como de los medios de comunicación, tanto estatales como privados. Asimismo, la Constitución restringe la libertad de prensa en relación con la privacidad, la incitación al odio, el discurso de odio y la propaganda antigubernamental en tiempos de guerra.

106.Kenya cuenta con estructuras eficientes y eficaces para la protección de los derechos de todas las personas que están en el país, y ello incluye a los medios de comunicación. El Gobierno promueve un entorno de trabajo propicio para los medios de comunicación y se han tomado medidas de seguridad y protección en relación con ellos. Los periodistas y los miembros de los medios de comunicación pueden presentar cualquier denuncia contra la policía ante el Organismo Independiente de Supervisión Policial.

107. La Ley del Consejo de los Medios de Comunicación, de 2013, prevé varias sanciones que pueden imponerse, por vía penal, a los periodistas y a los canales de los medios de comunicación. A saber: 1) una multa no superior a 200.000 chelines, una pena de prisión no superior a seis meses, o ambas; y 2) una multa no superior a un millón de chelines, una pena de prisión no superior a dos años, o ambas, para toda persona que reincida.

108.En relación con la demanda núm. 28 de 2018, en el asunto Okiya Omutatah Okoiti vs Communication Authority of Kenya eKLR, el Gobierno acató la sentencia judicial y restableció a toda la plantilla de la emisión televisiva. El retraso se debió a que el Gobierno estaba estudiando la posibilidad de recurrir la decisión, ya que sus representantes no estuvieron presentes en la vista judicial en la que se dictó la resolución.

109.El 29 de enero de 2016 se creó el Grupo de Trabajo Especial para Asuntos de la Infancia del Consejo Nacional de Administración de Justicia con el mandato de abordar las lagunas relativas a la administración de justicia en relación con los niños. Una de las principales tareas encomendadas al Grupo de Trabajo era estudiar y proponer reformas legislativas, políticas y en materia de orientaciones procedimentales y prácticas respecto de los niños. En este contexto, el Grupo de Trabajo preparó el proyecto de ley de la infancia, de 2018, en el que se propone una revisión completa de todos los aspectos de la justicia penal que se refieren y afectan al niño, incluido el aumento de la edad de responsabilidad penal. El proyecto de ley ha contado con aportaciones de las partes interesadas y la participación del público, y está previsto que se presente al Gabinete, para su aprobación, y posteriormente a la Asamblea Nacional, para su debate y promulgación como ley.

Participación en los asuntos públicos (arts. 7, 14, 25 y 26)

110.Con objeto de garantizar unas elecciones libres y transparentes en 2017, la Comisión Independiente encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales se centró en las siguientes medidas:

i.Velar por que la Comisión tenga una imagen respetable que transmita eficiencia en la movilización de recursos;

ii.Revisar de manera oportuna la diversa legislación que regula las elecciones y los referendos;

iii.Asegurar una representación equitativa mediante la educación de los votantes;

iv.Velar por que se lleven a cabo las auditorías oportunas del sistema electoral de la Comisión Independiente encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales para hacer efectiva la rendición de cuentas, la seguridad y la eficiencia en los procesos electorales;

v.Poner en marcha mecanismos de rendición de cuentas para acabar con las prácticas electorales inadecuadas por parte de los funcionarios electorales en la celebración de las elecciones; e

vi.Invertir seriamente en la mejora de su infraestructura de tecnología de la información y las comunicaciones para aumentar la transparencia de los procesos electorales.

111.La Comisión Independiente encargada de la supervisión de las elecciones y la determinación de las circunscripciones electorales también ha puesto en marcha otras estrategias destinadas a mejorar el desarrollo de las futuras elecciones generales. Entre ellas cabe mencionar: la promulgación de nueva legislación electoral y la revisión de la existente con el fin de mejorar el entorno electoral; la mejora de la formación de los funcionarios electorales mediante la revisión del censo electoral y de los manuales de formación electoral; y la mejora de los programas de formación de los votantes mediante la preparación de un plan de formación de los votantes dirigido, entre otros, a las escuelas primarias y secundarias. Las medidas adoptadas han sido eficaces.

112.El Gobierno de Kenya no aprueba ni apoya el uso excesivo de la fuerza ni la violencia, el hostigamiento o la represión respecto de las organizaciones de la sociedad civil por parte de sus funcionarios. Todas las denuncias se investigan con prontitud y, si un funcionario es declarado culpable, se sigue de manera estricta el procedimiento legal establecido.

Pueblos indígenas (arts. 2, 25, 26 y 27)

113.El Gobierno reconoce su obligación de proteger los derechos de todos los grupos vulnerables, incluidas las comunidades marginadas, de Kenya. El Gobierno tiene la obligación, en relación con todas estas comunidades, de velar por su inclusión y no discriminación. Así pues, corresponde al Estado abordar cualquier cuestión relacionada con los pueblos indígenas de forma global y holística.

114.La Constitución reconoce que los pueblos indígenas forman parte de las comunidades marginadas que deben ser protegidas con medidas positivas que les permitan gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás. Sus derechos a la tierra están reconocidos y protegidos por la Ley de Tierras Comunitarias, de 2016, la Ley de Conservación y Gestión Forestal, de 2016, el proyecto de Política Forestal Nacional, de 2020, y el proyecto de ley por el que se modifica la legislación relativa a la representación de grupos de interés especial, de 2019. El Gobierno también ha preparado unos marcos de planificación para los pueblos indígenas. Ninguna transacción relacionada con las tierras comunitarias puede realizarse sin el consentimiento y la participación de las comunidades.

115.Kenya no tiene una legislación específica para proteger los derechos de las mujeres indígenas. No obstante, existen suficientes leyes, políticas y marcos institucionales para salvaguardar de manera efectiva los derechos de todos los pueblos indígenas y de las mujeres en general.