Naciones Unidas

CERD/C/BIH/Q/7-8

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

21 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

77º período de sesiones

2 a 27 de agosto de 2010

Aplicación de la Convención Internacional sobrela Eliminación de todas las Formas deDiscriminación Racial

Lista de temas que deben abordarse al examinar los informes periódicos séptimo y octavo de Bosnia y Herzegovina (CERD/C/BIH/7-8)

La lista de temas que figura a continuación ha sido elaborada por el Relator para el país, con el propósito de utilizarla en el examen de los informes periódicos séptimo y octavo de Bosnia y Herzegovina. El objetivo de esta lista es facilitar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité y no requiere respuestas por escrito. No es una lista exhaustiva, pues durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos.

1.Estadísticas fidedignas sobre la composición demográfica

a)Información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para comprender su composición demográfica y determinar los avances y las tendencias en la eliminación de la discriminación racial, entre otras cosas, encuestas de identificación para evaluar la situación de todos los grupos étnicos que residen en el Estado parte, encuestas sociales y elaboración y análisis de indicadores mensurables (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 9a 11, 51 y 52).

2.La Convención en el derecho interno y marco de derechos humanos para su aplicación (artículos 1, 2, 4 y 6)

a)Progresos en la aplicación de los marcos jurídico, político e institucional existentes para combatir la discriminación racial (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 13 a 21, 94a 100 y ss.);

b)Medidas adoptadas por el Estado parte para modificar sus leyes constitucionales a fin de abolir las distinciones de iure y de facto que favorecen y otorgan privilegios y preferencias especiales a determinados grupos étnicos (los "pueblos constitutivos" frente a "los otros") (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 26 a 32);

c)Información detallada sobre el contenido de la Ley de prohibición de la discriminación que se aprobó en julio de 2009 y sobre su plena conformidad con elartículo 4 de la Convención y su aplicación efectiva;

d)Medidas adoptadas por el Estado parte para establecer mecanismos adecuados a fin de vigilar los actos de discriminación y violencia por motivos étnicos entre sus distintos grupos étnicos (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 13 a 21);

e)Información actualizada sobre las medidas que haya adoptado el Estado parte para garantizar la disponibilidad de recursos judiciales y medios de reparación efectivos en los casos de denuncias por discriminación racial (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 98, 103, 131a 133 y 234 a 253).

3.Segregación de las minorías, en especial de los romaníes (artículos 3 y 5)

a)Medidas adoptadas para fortalecer financiera e institucionalmente el Consejo de los Romaníes de Bosnia y Herzegovina (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 82, 89 a 93);

b)Progresos en la lucha contra la discriminación sustantiva que sufre la población romaní en materia de empleo, vivienda y atención sanitaria (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 35, 43 a 46, 58, 89 a 93, 204 a 206, 255, 257, 259 y 261 a 284);

c)Progresos en la lucha contra la discriminación sustantiva que sufren los niños romaníes en las escuelas (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 299 y 302).

4.Eliminación de la educación segregada (artículos 3, 5 y 7)

a)Información actualizada sobre las medidas adoptadas para eliminar las escuelas monoétnicas y de tipo "dos escuelas bajo el mismo techo", y para suprimir de los libros de texto y los programas escolares los elementos que reflejan discriminación étnica, como medio para forjar un concepto multiétnico de la ciudadanía de Bosnia y Herzegovina (CERD/C/BIH/7-8, párrs. 315 y 316).