Naciones Unidas

CRC/C/AND/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

16 de junio de 2023

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de Andorra *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, antes del 2 de junio de 2023. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para:

a)Mejorar la recopilación de datos sobre todos los ámbitos de los derechos del niño en el marco de la Convención y garantizar que los datos se compartan entre los agentes pertinentes;

b)Aplicar el Plan Nacional para la Infancia y la Adolescencia previsto en la Ley Cualificada de los Derechos de los Niños y los Adolescentes, e implicar a los niños y adolescentes en la elaboración del Plan.

3.Sírvanse aclarar si existe un marco normativo para el sector empresarial que garantice la adopción de medidas de prevención en las actividades que afecten negativamente al disfrute de los derechos del niño, incluidas las que provocan la contaminación ambiental, y la rendición de cuentas al respecto, en el contexto del funcionamiento global de las empresas.

4.Sírvanse informar al Comité de las medidas legislativas adoptadas para aumentar la edad mínima para contraer matrimonio a 18 años, sin excepciones.

5.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar el derecho de los niños a participar en la toma de decisiones, tal como se establece en la Ley Cualificada de los Derechos de los Niños y los Adolescentes, por ejemplo, mediante mecanismos que garanticen que los resultados de los consejos infantiles y del “Consell General dels Joves” (Parlamento de los Jóvenes) se tengan en cuenta en la toma de decisiones públicas.

6.Sírvanse facilitar información sobre cualquier normativa o política de salvaguarda en vigor para proteger los derechos, la privacidad y la seguridad de los niños, niñas y adolescentes en el entorno digital, y sobre cualquier programa para mejorar la alfabetización digital y las habilidades de niños, padres y profesores.

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para:

a)Promover formas positivas y no violentas de crianza y disciplina de los niños, niñas y adolescentes y un cambio de actitud en la familia y en las escuelas, en particular mediante campañas de sensibilización;

b)Desarrollar procedimientos adaptados a los niños, niñas y adolescentes y medidas especiales de protección para tratar con los niños, niñas y adolescentes víctimas y testigos;

c)Impartir formación sobre prevención, identificación y respuesta a todas las formas de violencia contra los niños a los profesionales que trabajan para y con los niños, niñas y adolescentes.

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para:

a)Luchar contra la discriminación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, por ejemplo, mediante programas de sensibilización para promover su imagen positiva como titulares de derechos;

b)Garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad a una educación inclusiva;

c)Garantizar que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad tengan la oportunidad de expresar su opinión sobre los asuntos que les afectan, incluso en la escuela.

9.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para:

a)Garantizar que los padres de niños y niñas menores de 3 años tengan acceso a guarderías gratuitas o asequibles;

b)Garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a una vivienda asequible.

10.Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Cualquier avance para despenalizar el aborto en el Estado parte y garantizar el acceso de las adolescentes a servicios de aborto seguro dentro del Estado parte;

b)Las medidas adoptadas para abordar los problemas de salud mental entre los niños, niñas y adolescentes;

c)Si los menores de 16 años disponen de información y servicios de salud sexual y reproductiva.

11.Sírvanse proporcionar información sobre las políticas o medidas adoptadas para abordar: a) el abandono escolar y el absentismo; y b) el acoso, incluido el ciberacoso, y la violencia en las escuelas.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para elevar la edad de responsabilidad penal a 14 años como mínimo y para garantizar que la prisión preventiva se utilice únicamente como medida de último recurso.

13.En relación con las observaciones finales del Comité sobre el informe presentado por el Estado parte en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para tipificar, prevenir y garantizar la investigación efectiva de todos los delitos contemplados en los artículos 2 y 3 del Protocolo Facultativo, incluidas todas las formas de venta de niños y explotación y abusos sexuales en línea;

b)La introducción de un taller sobre el tema del Protocolo Facultativo en los programas escolares.

14.En relación con las observaciones finales del Comité sobre el informe presentado por el Estado parte en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en los conflictos armados, sírvanse informar al Comité sobre:

a)Si se prevén medidas para tipificar explícitamente como delito el reclutamiento y la utilización de niños en hostilidades por parte de grupos armados estatales y no estatales;

b)Medidas adoptadas para identificar a los niños que entran en el Estado parte y que puedan haber participado en conflictos armados en el extranjero, y garantizar que reciben apoyo para su recuperación física y psicológica y su reintegración social.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a proporcionar una breve actualización, de no más de tres páginas, de la información que figura en su informe con respecto a:

a)Nuevos proyectos de ley y sus respectivos reglamentos;

b)Nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;

c)Políticas, programas y planes de acción introducidos recientemente, su alcance y la financiación prevista para su aplicación;

d)Ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y otra información

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Sírvanse informar asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Sírvase proporcionar datos estadísticos actualizados, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, correspondientes a los tres últimos años, sobre lo siguiente:

a)Matrimonios infantiles;

b)Niños, niñas y adolescentes que viven en la pobreza;

c)Niños, niñas y adolescentes discapacitados escolarizados en centros ordinarios y no escolarizados;

d)Niños, niñas y adolescentes que han estado en contacto con el sistema de justicia penal, incluidos los adolescentes detenidos.

18.Sírvanse proporcionar información sobre la forma en que la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, en particular con respecto a la participación de los niños y la reunión de datos, y sobre la forma en que promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

19.Sírvanse proporcionar una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

20.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.