Naciones Unidas

CERD/C/UZB/13-14

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

29 de noviembre de 2022

Español

Original: ruso

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes periódicos 13º y 14º combinados que Uzbekistán debía presentar en 2022 en virtud del artículo 9 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 3 de noviembre de 2022]

I.Introducción

1.Los presentes informes periódicos 13º y 14º combinados de Uzbekistán relativos a la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, así como de las recomendaciones formuladas en las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (en adelante, el Comité) publicadas con fecha 27 de enero de 2020, abarcan el período comprendido entre enero de 2020 y septiembre de 2022 y se presentan de conformidad con las directrices relativas al documento específicamente destinado al Comité, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9, párrafo 1, de la Convención.

2.El informe se basa en los datos proporcionados por más de 40 órganos legislativos, ejecutivos y judiciales, departamentos de las fuerzas del orden y organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, en colaboración con diversas organizaciones dedicadas a la educación y la investigación. El 21 de octubre de 2022 se examinó el informe en una reunión de la comisión parlamentaria encargada de supervisar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Uzbekistán en materia de derechos humanos.

3.El Presidente de la República de Uzbekistán aprobó varios documentos de política estratégica que se han venido implementando en el país para aplicar la Convención, a saber: la Estrategia de Acción en Cinco Ámbitos Prioritarios del Desarrollo de la República de Uzbekistán (2017-2021); la Estrategia Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán; los programas estatales titulados “Año de las Inversiones Masivas y el Desarrollo Social (2019)”, “Año del Desarrollo de la Ciencia, la Educación y la Economía Digital (2020)” y “Año del Apoyo a la Juventud y Promoción de la Salud de la Población (2021)”, así como la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán (2022-2026) y el programa estatal para su ejecución en el marco del “Año de la Salvaguarda de los Intereses Humanos y el Desarrollo de las Mahalas”, de 28 de enero de 2022.

4.Durante el período examinado, se aprobaron unas 300 leyes y más de 4.000 instrumentos presidenciales y gubernamentales con el objetivo de llevar a cabo reformas fundamentales en todas las esferas de la vida pública y de la sociedad y fortalecer las garantías y los mecanismos jurídicos de protección de los derechos humanos de todos los sectores de la población, que en 2022 sumaba 35.821.029 habitantes. El Parlamento ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, además de cuatro Convenios (núms. 14, 129, 81 y 187) y el Protocolo relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso (núm. 29) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Asimismo, se preparó la ratificación de los Convenios núms. 155, 161 y 184 de la OIT.

5.En 2020 se aprobaron la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales. Además, se promulgaron los siguientes decretos presidenciales: el Decreto por el que se establece la Cámara Social dependiente de la Presidencia; el Decreto por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Derechos Humanos; el Decreto de Medidas para Desarrollar los Ámbitos de la Educación y la Ciencia; el Decreto de Medidas para Garantizar la Independencia Efectiva del Poder Judicial y Reforzar la Prevención de la Corrupción en la Judicatura; y el Decreto de Medidas para Crear un Sistema de Migración Laboral Seguro, Ordenado y Legal, además de la Resolución Gubernamental sobre la Condecoración para Defensores de los Derechos Humanos, entre otros instrumentos.

6.En 2021 se aprobaron las siguientes leyes: la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas; la Ley por la que se ratifica la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; la Ley por la que se modifica de Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán; la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas; y la Ley del Servicio de Seguridad del Estado dependiente de la Presidencia. Asimismo, se promulgaron los siguientes decretos presidenciales: el Decreto por el que se aprueba el Marco de Desarrollo de la Sociedad Civil (2021-2025); el Decreto de Medidas Adicionales para Garantizar la Transparencia de las Actividades de los Órganos y Organizaciones Estatales y la Aplicación Efectiva del Control Ciudadano; y el Decreto de Medidas Adicionales para Mejorar el Sistema de Detección y Prevención de Casos de Tortura, además de la Resolución Presidencial de Medidas Adicionales para la Organización Eficaz de las Actividades de Lucha contra la Corrupción, entre otros.

7.En 2022, se aprobaron la Ley de la Función Pública, de 8 de agosto de 2022, y la Ley de 18 de enero de 2022 por la que se modifica la Ley de Protección del Consumidor. Además, se promulgaron el Decreto Presidencial por el que se sigue mejorando el sistema de apoyo material a los sectores de población necesitados de protección social, de 28 de enero de 2022, y el Decreto Presidencial sobre la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán (2022‑2026), entre otros.

8.En 2022, con el objetivo de fortalecer las garantías constitucionales en materia de derechos humanos y libertades fundamentales, avanzar en las reformas en curso y alcanzar los objetivos establecidos en la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán, el país emprendió una reforma constitucional. La Comisión Constitucional recibió alrededor de 62.336 propuestas de modificación en relación con más de 60 artículos de la Constitución. En el preámbulo de la Constitución se establecen los objetivos del Estado y de la sociedad en aras de la paz y la armonía interétnica e interreligiosa. Además, en el artículo 18 se dispone que en la República de Uzbekistán se reconocen y garantizan los derechos humanos y las libertades fundamentales de conformidad con las normas del derecho internacional universalmente reconocidas y con lo dispuesto en la Constitución. Según reza el artículo 22, la República de Uzbekistán garantiza la protección y el apoyo a sus nacionales tanto en el territorio de la República de Uzbekistán como en el extranjero. La Ley Constitucional por la que se modifica la Constitución de la República de Uzbekistán ha sido objeto de un amplio debate público y se aprobará por referéndum popular.

9.Con miras a llevar a la práctica las leyes y los demás instrumentos jurídicos y normativos aprobados, se aprobaron más de 20 estrategias, programas estatales, hojas de ruta y planes de acción, entre ellos: la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán (2022‑2026); la Estrategia Nacional de Derechos Humanos y la hoja de ruta para su aplicación; el Programa de Medidas Prioritarias para Mejorar Radicalmente la Política de Personal y la Administración Pública; el Programa de Medidas para Seguir Mejorando los Ámbitos de la Educación y la Ciencia; el Marco de Desarrollo del Sistema de Atención de la Salud, la Educación Física y el Deporte hasta 2025; el Programa de Medidas para Promover una Alimentación Saludable (2020-2025); el Programa de Medidas Adicionales para Seguir Desarrollando la Política Estatal de Juventud; el Programa de Medidas para Prevenir la Entrada y la Propagación del Coronavirus; el Programa Estatal de Lucha contra la Corrupción (2021-2022); y la Estrategia Uzbekistán Digital 2030 y las medidas para su aplicación.

10.Se tomaron medidas para fortalecer el marco institucional con el fin de lograr una administración pública eficaz en el ámbito de los derechos humanos y las libertades fundamentales. También se creó la figura del Defensor de los Derechos del Niño del Oliy Majlis. Asimismo, se crearon varias instituciones, entre ellas el Organismo de Lucha contra la Corrupción; el Organismo de Asuntos de la Juventud; el Organismo de Servicios Sociales y de Salud; el Consejo Interinstitucional para las Personas con Discapacidad; el Ministerio de Desarrollo Económico y Reducción de la Pobreza; el Servicio de Bienestar Sanitario-Epidemiológico y Salud Pública; el Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción; el Ministerio de Apoyo a las Mahalas y las Personas de Edad Avanzada; y el Comité Estatal para la Familia y la Mujer.

11.En el período comprendido entre 2020 y 2022, Uzbekistán siguió manteniendo activamente un diálogo constructivo y un intercambio de información con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas y los órganos creados en virtud de tratados internacionales acerca de cuestiones relacionadas con el examen de los informes nacionales de derechos humanos, la participación en los foros internacionales de la Asamblea General y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la admisión de delegaciones internacionales a Uzbekistán con miras a lograr una mejor incorporación de las normas internacionales de derechos humanos en la legislación nacional.

12.En 2022, los comités de las Naciones Unidas examinaron los siguientes informes de la República de Uzbekistán: el sexto informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (81er período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, celebrado los días 15 y 16 de febrero); el tercer informe periódico sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (71er período de sesiones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, celebrado del 22 al 24 de febrero); y el quinto informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos protocolos facultativos (91er período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño, celebrado los días 31 de agosto y 1 de septiembre). En cooperación con el Relator Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad, se elaboró y aprobó la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad y, con el apoyo de la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, se identificaron medidas concretas para garantizar el estado de derecho y mejorar el sistema judicial y jurídico en Uzbekistán, se modificó la Constitución y se aprobaron las nuevas versiones de la Ley de Tribunales y la Ley del Consejo Supremo de la Magistratura. En 2021, a petición de la Relatora Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, se facilitó información sobre los aspectos jurídicos de la asistencia técnica y la creación de capacidades en el ámbito de la lucha contra el terrorismo y la prevención del extremismo violento.

13.Se ha hecho especial hincapié en la lucha contra la pobreza y en el logro de un sistema de seguridad social que proteja a todas las personas en situación de vulnerabilidad, independientemente de su origen étnico. Mediante un decreto presidencial de 26 de julio de 2022, se aprobó la Estrategia Nacional de Protección Social, que prevé que en 2030 el gasto público en esta materia se eleve al 1,5 % del producto interno bruto (PIB). Las políticas públicas otorgan prioridad al fortalecimiento de la protección social de los ciudadanos y a la reducción de la pobreza. La Estrategia Nacional de Protección Social abarca cuatro ámbitos de la actividad del Estado: la asistencia social y los servicios sociales, la seguridad social, el acceso a programas sociales en el mercado laboral y la creación de una base de datos unificada de personas que necesitan protección social.

14.Por iniciativa del Presidente de la República de Uzbekistán, en su septuagésimo segundo período de sesiones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución relativa a la concienciación y tolerancia religiosa, con el fin de prevenir los conflictos religiosos mediante el acceso universal a la educación y la erradicación del analfabetismo y la ignorancia. En el septuagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General, el Presidente presentó iniciativas concretas encaminadas a impulsar los proyectos de convención sobre los derechos de los jóvenes y del código internacional de las Naciones Unidas sobre las obligaciones voluntarias de los Estados en tiempos de pandemia, entre otros. Además, en 2020, por primera vez en la historia, Uzbekistán fue elegido miembro del Consejo de Derechos Humanos, lo que dio un nuevo impulso a las reformas que se estaban llevando a cabo en el ámbito de los derechos humanos y las libertades fundamentales, a la aprobación de la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán y al cumplimiento de los Objetivos Nacionales de Desarrollo Sostenible hasta 2030.

15.Para aplicar la resolución de la Asamblea General relativa al fortalecimiento de la cooperación regional e internacional para asegurar la paz, la estabilidad y el desarrollo sostenible en la región de Asia Central, de 18 de junio de 2018, Uzbekistán celebró una serie de foros internacionales —con el objetivo de combatir, entre otras cosas, las actividades terroristas en Asia Central, el tráfico de drogas y la delincuencia organizada— sobre los siguientes temas: “Asia Central y Meridional: retos y oportunidades en materia de conectividad regional”, celebrado en Taskent en 2021; “Cooperación regional de los países de Asia Central en el marco del Plan de Acción Conjunto para la Aplicación de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo”, celebrado en Taskent en 2022; y “El Afganistán: seguridad y desarrollo económico”, también celebrado en Taskent en 2022.

16.En el septuagésimo sexto período de sesiones de la Asamblea General, Uzbekistán propuso que se celebrara un foro mundial sobre educación en derechos humanos; que se aprobara una resolución de la Asamblea General relativa al fortalecimiento de la conectividad entre Asia Central y Meridional y el Programa de Lucha contra la Droga y la Delincuencia en Asia Central (2022-2025); que se aplicara la resolución de la Asamblea General relativa a la declaración de la región del mar de Aral zona de innovaciones ecológicas y tecnológicas; que el sexto período de sesiones de la Asamblea sobre el Medio Ambiente se celebrara, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, en Uzbekistán en 2023; y que se elaborase una carta mundial del medio ambiente.

17.Los días 15 y 16 de septiembre de 2022 se celebró en Samarcanda la Cumbre de la Organización de Cooperación de Shanghái (OCS), organizada por la República de Uzbekistán en su calidad de país que ocupaba la Presidencia. A la cumbre asistieron no solo los Estados miembros de la OCS (Uzbekistán, Tayikistán, Kazajstán, Kirguistán, India, Pakistán, China y Federación de Rusia), sino también Estados observadores e invitados de honor de la organización. Los participantes en la Cumbre suscribieron más de 40 acuerdos regionales e internacionales y otros instrumentos, entre ellos la Declaración de Samarcanda de la OCS, en la que se resumían los resultados obtenidos por Uzbekistán durante su presidencia y se definían las tareas futuras y las perspectivas de desarrollo de la organización. En el programa cultural destinado a los participantes en la Cumbre participaron representantes de los centros etnoculturales de Uzbekistán.

18.Se está reforzando la supervisión parlamentaria de las actividades de los órganos ejecutivos y de las fuerzas del orden en lo que respecta a la aplicación de la legislación sobre derechos humanos y libertades fundamentales. Se ha creado la Comisión de Supervisión Parlamentaria del Cumplimiento de las Obligaciones Internacionales de Uzbekistán en materia de Derechos Humanos, así como la Comisión de Lucha contra la Corrupción, la Comisión de Asuntos Judiciales y Jurídicos, la Comisión de Protección de la Salud de los Ciudadanos y la Comisión de Ecología y Protección del Medio Ambiente.

19.Entre 2020 y 2022, las comisiones de la Cámara Legislativa recibieron información del Ministerio de Salud sobre la prevención de la corrupción en el seno del propio ministerio y cuestiones relacionadas con el empleo; del Ministro de Empleo y Relaciones Laborales, sobre el cumplimiento de los objetivos y metas nacionales de desarrollo sostenible hasta 2030; del Ministerio de Apoyo a las Mahalas y a la Familia, sobre el empleo de las mujeres; y del Ministerio de Educación Nacional, sobre la utilización de los fondos presupuestarios en la educación pública.

20.Para reforzar la supervisión parlamentaria, el Senado creó las siguientes comisiones: la Comisión de Asuntos Judiciales y Jurídicos y Corrupción; la Comisión de Política de Información y Transparencia de los Organismos Estatales; la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género; la Comisión de la Juventud, la Cultura y el Deporte; y la Comisión de Desarrollo de la Región del Mar de Aral y Medio Ambiente. Asimismo, se crearon la Comisión Nacional de Promoción de la Igualdad de Género, el Papel de la Mujer en la Sociedad y la Familia; la Comisión Nacional de Seguimiento del Cumplimiento de los Objetivos y Metas Nacionales de Desarrollo Sostenible hasta 2030; la Comisión Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y el Trabajo Forzoso; el Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción; el Consejo Nacional de la Mujer; y el Consejo Nacional de la Labor relacionada con las Clasificaciones y los Índices Internacionales. Mediante una resolución de 23 de junio de 2020, el Senado estableció, con carácter voluntario, un Parlamento juvenil para promover la concienciación y la alfabetización de los jóvenes en materia jurídica y su participación tanto en la elaboración de las leyes como en la supervisión parlamentaria. La Cámara Legislativa, por su parte, estableció un Parlamento juvenil análogo.

21.Entre 2020 y 2022, el Senado escuchó información de la Comisión Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y el Trabajo Forzoso sobre la prevención de la trata de recién nacidos y la eliminación de las causas del trabajo forzoso en la agricultura, así como información del Consejo Nacional de la Mujer sobre la violencia doméstica y la prevención de los matrimonios consanguíneos. Asimismo, aprobó el Programa de Medidas para Proteger a la Mujer de la Violencia (2021-2026) y recibió información sobre la ejecución del proyecto titulado “Ámbito libre de corrupción” en el sistema sanitario y la contratación pública y sobre las actividades del Organismo de Lucha contra la Corrupción, del Ministro de Educación Pública, del Defensor de los Derechos Humanos, del Ministro del Interior y del Presidente del Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros. Además, escuchó el informe de la Comisión de Desarrollo de la Región del Mar de Aral y Medio Ambiente. Las cámaras del Parlamento están ampliando su colaboración con la Unión Interparlamentaria para que sus Estados miembros examinen diversas cuestiones que se plantean en los ámbitos político, económico, social y ambiental, incluidos los derechos de los ciudadanos vulnerables. En particular, se establecieron plataformas para el intercambio de experiencias entre mujeres que ocupan puestos de liderazgo y parlamentarias. En este sentido, los días 19 y 20 de agosto de 2020 se celebró la Cumbre sobre la Mitigación de los Efectos de la Enfermedad por Coronavirus (COVID-19), el Cambio Climático y la Gestión de Emergencias. Los días 8 y 9 de septiembre de 2022 se celebró en Taskent la XIV Cumbre de Mujeres Parlamentarias, a la que asistieron representantes de 17 países. La Cumbre culminó en la aprobación de la Declaración de Taskent titulada “Liderazgo parlamentario: prevenir los riesgos para aumentar la resiliencia y la prosperidad”.

22.Con el fin de regular las relaciones interétnicas, se aprobaron más de 40 leyes y otros instrumentos jurídicos y normativos concebidos expresamente para prohibir la discriminación de los ciudadanos y otras personas que viven en el país por motivos de origen nacional o étnico, idioma o religión, garantizar la armonía y la tolerancia interétnicas y crear condiciones y oportunidades equitativas para que puedan ejercer sus derechos, libertades e intereses legítimos.

23.El Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros, que solo lleva cinco años en funcionamiento, creó un sistema nacional de cooperación social entre el Comité, otras entidades gubernamentales con 155 centros etnoculturales y 38 asociaciones de amistad y asociaciones de compatriotas con miras a reforzar el mecanismo de amistad y cooperación entre los representantes de todas las etnias y pueblos que participan activamente en las reformas sociales.

24.Con el fin de promover su labor y valorar sus actividades de fomento de la amistad y la armonía en la sociedad, se aprobaron la Ley por la que se instituye el Día de la Amistad de los Pueblos el 30 de julio de cada año y la Resolución Gubernamental por la que se crea la Insignia de la Amistad de los Pueblos, que se otorga anualmente a los representantes de los centros etnoculturales y otras organizaciones. El 30 de julio de 2021, con ocasión del Día de la Amistad de los Pueblos, se otorgó la Insignia de la Amistad de los Pueblos a 62 representantes de diferentes etnias y a 250 asociados extranjeros. En 2022, se otorgaron las siguientes condecoraciones: 214 Órdenes de la Amistad; 4 Órdenes por una Generación Saludable; 2 Órdenes de la Gloria Laboral; 2 Medallas al Mérito en el Trabajo; y 283 Insignias de la Amistad de los Pueblos.

25.El Alto Comisionado para las Minorías Nacionales de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, Kairat Abdrakhmanov, realizó una visita oficial a Uzbekistán del 28 de julio al 2 de agosto de 2022, durante la cual participó en las celebraciones dedicadas al Día de la Amistad de los Pueblos y acogió con satisfacción la decisión del Gobierno uzbeko de declarar el 30 de julio como el Día de la Amistad de los Pueblos.

26.Tras la aprobación, el 27 de enero de 2020, de las observaciones finales y las recomendaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial tras el examen de los informes periódicos 10º a 12º combinados de Uzbekistán y un amplio debate mantenido entre los organismos públicos y la sociedad civil, se aprobó un plan de acción nacional para llevarlas a la práctica mediante una resolución conjunta de la Cámara Legislativa y el Senado de 15 de octubre de 2020, en la que se establecen mecanismos y procedimientos específicos para aplicar las recomendaciones del Comité.

27.Para aplicar el plan de acción nacional, las cámaras del Parlamento crearon, mediante resolución, un grupo de trabajo encargado de su supervisión y compuesto por 27 representantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, de las fuerzas del orden, de las organizaciones no gubernamentales (ONG) y del Centro Nacional de Derechos Humanos. La supervisión de la aplicación de la resolución se encomendó a uno de los Vicepresidentes de la Cámara Legislativa y a uno de los Vicepresidentes del Senado del Oliy Majlis, y la labor de presentación de información a ese respecto, al Centro Nacional de Derechos Humanos.

28.Teniendo en cuenta la recomendación formulada por el Comité en el párrafo 30 de sus observaciones finales, estas últimas se tradujeron al uzbeko y se enviaron a todos los ministerios y organismos pertinentes, al Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán, a las administraciones locales, a las provincias y a la ciudad de Taskent para que pudieran examinarlas y aplicarlas en su labor. Asimismo, se publicaron en el sitio web del Ministerio de Justicia, en el Centro Nacional de Información Jurídica Adolat y en la Base de Datos Nacional de Legislación (http://www.lex.uz/does/5091690). En cumplimiento de la recomendación formulada en el párrafo 31 de las observaciones finales, el 24 de noviembre de 2020 se facilitó al Comité información sobre la aplicación de las recomendaciones que figuran en los párrafos 13 c) y d) (situación de la comunidad lyuli/romaní) y 19 (población carcelaria).

29.En el presente informe se presentan datos estadísticos detallados y de otro tipo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención y las recomendaciones formuladas por el Comité, así como las medidas legislativas, divulgativas y de otro tipo que se prevé adoptar en el futuro para seguir aplicándolas sobre la base de la Estrategia de Desarrollo del Nuevo Uzbekistán (2022-2026).

II.Información sobre las medidas adoptadas para aplicar la Convención y las observaciones finales del Comité

Artículo 1

30.Atendiendo a la recomendación del Comité relativa a la definición de discriminación racial, el término “discriminación” se ha ido introduciendo gradualmente en la legislación uzbeka y en la práctica académica y jurídica del país. Por ejemplo, el Código del Trabajo, de 1 de abril de 1996, establece en su artículo 6 (Prohibición de la discriminación en las relaciones laborales) que todos los ciudadanos tienen las mismas oportunidades en lo que respecta al disfrute y el ejercicio de los derechos laborales. Es inadmisible y constituye discriminación imponer restricciones o conceder privilegios en el ámbito laboral por motivos de sexo, edad, raza, etnia, idioma, origen social, situación patrimonial, cargo, actitud ante la religión, convicciones, afiliación a asociaciones civiles u otras circunstancias que no guarden relación con las competencias de los trabajadores o los resultados de su trabajo.

31.Cabe destacar que el artículo 6 del Código del Trabajo amplía la lista de motivos de discriminación al introducir otros como la edad, la situación patrimonial, la afiliación a asociaciones civiles y otras circunstancias que no guarden relación con las competencias de los trabajadores.

32.En el artículo 3 de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad, de 15 de octubre de 2020, se define la “discriminación por motivos de discapacidad” como toda distinción, exclusión, suspensión o restricción por motivos relacionados con la discapacidad que tenga por objeto o efecto impedir el reconocimiento o el ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás personas, de los derechos y libertades de las personas con discapacidad en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otra índole.

33.En esa ley se prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad de la siguiente manera: “Se prohíbe toda distinción, exclusión, suspensión, restricción o preferencia que afecte a personas con discapacidad, así como todo acto por el que se deniegue a personas con discapacidad el acceso a determinadas instalaciones o servicios. Aquellas medidas especiales que tengan por objeto garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad o su inclusión en la sociedad y en la vida pública no se considerarán discriminatorias con respecto a los demás ciudadanos” [cita traducida] (art. 6).

34.En el artículo 3 de la Ley de Garantías de Igualdad de Derechos y Oportunidades para Mujeres y Hombres, de 2 de septiembre de 2019, se define la discriminación directa por motivos de sexo como toda distinción, exclusión o restricción que tenga por objeto negar a las mujeres o a los hombres sus derechos o libertades en cualquier ámbito de la sociedad, incluida la discriminación por motivos relacionados con el estado civil, el embarazo o las responsabilidades familiares, así como los actos de acoso sexual y las diferencias salariales por trabajo igual y con las mismas cualificaciones, y la discriminación indirecta por motivos de sexo como la creación de una situación, unas circunstancias o unos criterios que coloquen a las personas de un mismo sexo en situación de desventaja con respecto a las personas del otro sexo, incluido el hecho de hacer apología de la desigualdad de género a través de los medios de comunicación, la educación y la cultura o de imponer condiciones o requisitos que afecten negativamente a las personas de un determinado sexo.

35.En el artículo 28 de la ley se contempla el derecho a denunciar cualquier acto de discriminación directa o indirecta por motivos de sexo, como se explica a continuación: “Si una persona considera que ha sido objeto de un acto de discriminación directa o indirecta por motivos de sexo, tiene derecho a recurrir a las autoridades competentes o a los tribunales. Las personas que hayan sido objeto de un acto de discriminación directa o indirecta por motivos de sexo están exentas del pago de las tasas judiciales. Cuando un tribunal examina un caso de vulneración de la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, los servicios jurídicos prestados por un abogado correrán a cargo del Estado, si así lo desea la persona, de conformidad con el procedimiento establecido en la legislación” [cita traducida].

Recomendación formulada en el párrafo 7 de las observaciones finales

36.Con el fin de determinar si procedía elaborar y aprobar un instrumento legislativo que prohibiera la discriminación racial, con arreglo al párrafo 2 del Plan Nacional de Acción y el párrafo 12 de la Estrategia Nacional de Derechos Humanos se creó un grupo de trabajo integrado por representantes del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias dependiente de la Cámara Legislativa, el Instituto de Política Jurídica dependiente del Ministerio de Justicia, el Centro Nacional de Derechos Humanos, el Consejo Supremo de la Magistratura, la Academia de la Fiscalía General, la Academia del Ministerio del Interior y otras instituciones académicas, que concluyeron que la práctica extranjera de regular a nivel legislativo la protección de los ciudadanos está en la misma línea que la aprobación de leyes básicas de aplicación general que definen la política estatal para la protección de los ciudadanos frente a motivos de discriminación universalmente reconocidos y consagran medidas de lucha contra la discriminación en sectores clave de la sociedad (la educación, la sanidad, el empleo, etc.).

37.El análisis de la experiencia de los Estados miembros de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) ha puesto de manifiesto la necesidad de que, en primer lugar, Uzbekistán elabore y apruebe una ley marco de igualdad y no discriminación. En el proyecto de ley elaborado por el Centro Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio de Justicia se definen conceptos como “discriminación”, “discriminación directa”, “discriminación indirecta”, “discriminación múltiple”, “análisis antidiscriminación”, “incitación a la discriminación” y “discriminación positiva”, entre otros.

38.En dicho proyecto de ley se considera discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que afecte a los derechos o las libertades de una persona o un grupo de personas, así como el fomento de las conductas discriminatorias descritas en el proyecto de ley, cuando estas tengan por objeto o efecto restringir el ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, o denegar su reconocimiento equitativo, en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.

39.En el proyecto de ley se prohíbe la discriminación. Concretamente, se prohíbe toda discriminación directa o indirecta por los motivos establecidos en el artículo 18 de la Constitución, las leyes o los tratados internacionales en que es parte la República de Uzbekistán que guarden relación con el sexo, la raza, el color de piel, la etnia, el idioma, la religión, el origen social, las convicciones, la condición personal o social, la edad, la educación, la discapacidad u otra enfermedad o la situación familiar o patrimonial.

40.Se han identificado las principales formas de discriminación, destacando sus peores manifestaciones, a saber: la discriminación acompañada de actos violentos que pongan en peligro la vida o la salud de una persona; la discriminación a través del uso de los medios de comunicación o Internet para propagar públicamente la hostilidad y el odio; la discriminación por parte de las autoridades públicas y sus funcionarios y empleados públicos; la discriminación múltiple; la discriminación sistemática contra un determinado grupo de personas; y la incitación a la discriminación.

41.Además, en el proyecto de ley se establecen las principales orientaciones de la política estatal y las responsabilidades de las autoridades públicas en la protección de la igualdad y la no discriminación, las formas de participación de las ONG en este proceso, y medidas específicas para prevenir la discriminación en los ámbitos de la educación, el empleo, la salud y los servicios médicos, la seguridad social, el acceso a bienes y servicios, la vivienda, la tierra y la propiedad.

Recomendación formulada en el párrafo 11

42.Con miras a aplicar la recomendación formulada por el Comité en el sentido de que Uzbekistán aprobase un instrumento legislativo relacionado con los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, se llevó a cabo un estudio en el que participaron las fuerzas del orden y diversas instituciones nacionales de derechos humanos e instituciones académicas. El análisis de las normas internacionales de derechos humanos y de la experiencia de países extranjeros ha puesto de manifiesto que, por el momento, no se ha elaborado una definición unificada y universalmente reconocida de “minoría étnica”, por lo que resulta complicado definir los criterios para que se pueda considerar que una persona o grupo pertenece a una minoría y no está claro cuáles son los intereses de las minorías: obtener garantías especiales en materia de derechos humanos y civiles de carácter general o reclamar determinados servicios lingüísticos y culturales que deben ser sufragados por el Estado.

43.La República de Uzbekistán cumple sus obligaciones internacionales en materia de no discriminación respecto de todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción. En el artículo 8 de la Constitución se subraya que el pueblo de Uzbekistán está integrado por los nacionales de la República de Uzbekistán, independientemente del grupo étnico al que pertenezcan. El artículo 18 de la Constitución garantiza la igualdad de derechos y libertades y la igualdad ante la ley sin distinción de raza, etnia, idioma, religión u otros motivos.

44.Según el artículo 19 de la Constitución, los derechos y las libertades de los ciudadanos consagrados en la Constitución y en las demás leyes son inmutables y ninguna persona tiene derecho a privar a otra de esos derechos o a restringirlos sin una orden judicial.

45.En Uzbekistán no se ha constatado la necesidad de aprobar un instrumento legislativo sobre los derechos de las minorías étnicas, ya que en todos los instrumentos legislativos se estipula que los ciudadanos tienen las mismas libertades y derechos a la igualdad ante la ley, independientemente de su raza, sexo, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones, situación personal o condición social (art. 5 del Código Penal, art. 16 del Código de Procedimiento Penal, art. 8 del Código de Procedimiento Civil, art. 7 del Código de Procedimiento Económico, art. 9 del Código de Procedimiento Administrativo y art. 272 del Código de Responsabilidad Administrativa). El ordenamiento jurídico nacional de Uzbekistán prevé importantes sanciones por vulnerar la igualdad de derechos de los ciudadanos. En el Código de Responsabilidad Administrativa se establece que se sancionarán con una multa toda violación de los derechos de los ciudadanos a la libre elección del idioma de educación y enseñanza, la creación de obstáculos y limitaciones para la utilización del idioma y los actos de desprecio hacia el idioma oficial, así como hacia las lenguas de otros pueblos y grupos étnicos que residen en Uzbekistán (art. 42).

46.La Ley del Idioma Oficial contempla amplias posibilidades para que los grupos étnicos utilicen sus respectivos idiomas en la vida cotidiana. Concretamente, la ley establece que el uzbeko es el idioma oficial de la República de Uzbekistán, pero esto no menoscaba los derechos constitucionales de los pueblos y grupos étnicos presentes en el territorio de la República a utilizar su lengua materna. Los ciudadanos tienen derecho a elegir la lengua de comunicación interétnica que deseen emplear.

47.En Uzbekistán se vela por que todos los ciudadanos puedan aprender gratuitamente el idioma oficial y por que se respeten las lenguas de los pueblos y grupos étnicos presentes en el país, se fomenten dichas lenguas y se creen centros de educación preescolar en los que la enseñanza se imparta en el idioma oficial o, en aquellas zonas en las que los grupos étnicos representen un porcentaje importante de la población, en sus propias lenguas, y se puede elegir libremente la lengua de enseñanza. La enseñanza general, profesional, secundaria especializada y superior se imparte en el idioma oficial, así como en otras lenguas.

48.En la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales, de 20 de enero de 2021, se establece el derecho de las naciones y pueblos que viven en Uzbekistán a preservar y desarrollar su cultura, costumbres y tradiciones y a restablecer y preservar su hábitat cultural e histórico.

49.En el artículo 141 del Código Penal (Violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos) se tipifica como delito la violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos. Este delito está incluido en el capítulo VII del Código Penal, consagrado a los delitos que atentan contra los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos. Cabe señalar que los motivos de discriminación que figuran en el artículo 141 del Código Penal son prácticamente idénticos a los del artículo 1 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

50.En el artículo 156 del Código Penal (Incitación a la hostilidad étnica, racial o religiosa) se establece que las acciones premeditadas que ultrajen el honor o la dignidad de determinados grupos étnicos u ofendan los sentimientos de los ciudadanos en relación con sus creencias religiosas o su ateísmo, realizadas con el fin de incitar a la hostilidad, la intolerancia o la discordia contra determinados grupos de población a causa de su etnia, raza o religión, así como la restricción de los derechos o el otorgamiento de privilegios, de manera directa o indirecta, por motivos de raza, etnia o actitud ante la religión, se castigan con penas de privación de libertad de hasta cinco años.

51.El artículo 153 del Código Penal (Genocidio) tipifica como delitos el hecho de someter intencionadamente a un determinado grupo de personas a unas condiciones de vida que tengan por objeto provocar su exterminio físico, total o parcial, por motivos de nacionalidad, etnia, raza o religión; su exterminio físico, total o parcial; la limitación forzosa de los nacimientos y el traslado de niños de un grupo a otro; y el hecho de ordenar tales acciones.

Recomendaciones formuladas en los párrafos 5 y 19

52.Con el fin de mejorar la vigilancia del cumplimiento de los derechos humanos por parte de los organismos públicos, se han adoptado medidas a fin de reforzar el marco jurídico para la recopilación de información estadística por parte de todos los organismos públicos, y se ha aprobado la Ley de Estadísticas Oficiales, de 11 de agosto de 2021, que introduce el concepto de estadísticas oficiales y revisa sus principios básicos; se han creado un sistema estadístico nacional y un organismo encargado de coordinar el ámbito de las estadísticas oficiales; se han definido las personas y entidades que intervienen en el ámbito de las estadísticas oficiales (los productores de estadísticas oficiales, los productores de datos administrativos, los encuestados, los usuarios y el Consejo de Estadística), así como sus competencias, deberes y responsabilidades; y se han definido las competencias del Comité Estatal de Estadística y del Consejo de Ministros en materia de estadísticas oficiales para más de 30 organismos públicos.

53.En la ley se establecen unos requisitos mínimos de calidad para las estadísticas oficiales, así como su evaluación, y se definen las normas para el tratamiento de los datos estadísticos (operacionales, individuales o confidenciales) y las normas para la difusión y publicación de estadísticas oficiales. Se ha establecido un marco jurídico e institucional para la realización periódica de censos de población con el fin de recopilar datos relativos al grupo y origen étnicos y las lenguas de los pueblos que viven en Uzbekistán.

54.En la Ley del Censo de Población, de 16 de marzo de 2020, se estipula que los censos de población se deben llevar a cabo al menos una vez cada diez años. Asimismo, en ella se define la estructura del censo, que incluye las siguientes preguntas: apellido, nombre y patronímico; fecha y lugar de nacimiento; edad; sexo; etnia; nacionalidad; lugar de residencia; idiomas; nivel de estudios; estado civil; número de hijos; composición del hogar; condiciones de vivienda; empleo; medios de subsistencia; y migración (interna o externa). Por Decreto Presidencial de 5 de febrero de 2019 se aprobaron el Marco Conceptual del Censo de Población de 2022 y el Programa de Medidas Integrales para la Realización del Censo de Población y se estableció una comisión para ejecutar dicho programa.

55.Con arreglo a la Resolución del Consejo de Ministros de Medidas para la Preparación y Realización del Censo de Población de 2023 en la República de Uzbekistán, de 11 de noviembre de 2020, la realización del censo se pospuso de 2022 a 2023. Del 1 al 25 de noviembre de 2021 se llevaron a cabo censos a modo de proyecto piloto en cuatro distritos del país (el distrito de Joyaabad de la provincia de Andizhán, el distrito de Yuqorichirchiq de la provincia de Taskent, la ciudad de Jiva de la provincia de Jorasmia y el distrito de Yashnabad de la ciudad de Taskent).

56.En la resolución se aprobaron unos modelos para la certificación de datos personales en los que figuran datos estadísticos sobre la composición étnica de la población y las lenguas que hablan, incluidos datos relativos a la condición de migrante, refugiado o apátrida, así como datos socioeconómicos pertinentes.

57.Actualmente existe un registro unificado en el que se consignan los delitos, sus autores y la sustanciación de la causa, así como el resultado del proceso penal, cuya gestión está regulada por el Reglamento para la Gestión del Sistema Electrónico Unificado de Estadísticas Penales, aprobado mediante una disposición conjunta del Ministerio del Interior, la Fiscalía General, el Tribunal Supremo, el Servicio de Seguridad del Estado, el Comité Estatal de Aduanas y la Guardia Nacional.

58.Las estadísticas se generan a partir de fichas electrónicas que contienen información sobre el grupo étnico al que pertenecen los autores y las víctimas de los delitos. Al término de la investigación, los órganos de instrucción incorporan los datos personales completos de los sospechosos y los acusados en la tarjeta estadística unificada para el registro de delitos (Formulario núm. 2) y la información correspondiente a las víctimas, en la tarjeta estadística unificada (Formulario núm. 3) para su registro en la base de datos del sistema electrónico de estadísticas penales.

59.Con el fin de recopilar datos estadísticos relacionados con el ámbito de la justicia, por resolución de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de 26 de noviembre de 2020 se aprobó el formulario estadístico sobre la composición étnica de los participantes en la administración de justicia y se incorporó en el Registro Unificado de Formularios para la Presentación de Información Estadística sobre las Actividades de los Tribunales Penales. Desde 2021, el Tribunal Supremo presenta informes estadísticos trimestrales al Centro Nacional de Derechos Humanos.

60.El número de personas pertenecientes al grupo étnico lyuli/romaní que se encuentran recluidas en lugares de privación de libertad asciende a 108 (15 mujeres y 93 hombres). De esos reclusos, 25 están recluidos en colonias de régimen común, 34 en colonias de régimen reforzado, 6 en colonias de régimen especial, 23 en colonias residenciales en régimen abierto, 14 mujeres en una colonia para mujeres, 2 en un hospital especializado para reclusos y 4 en centros de prisión preventiva.

61.A finales de mayo de 2022 estaban bajo supervisión del Servicio de Libertad Condicional 70.305 personas y, a fecha de 21 de junio de 2022, 318 personas pertenecientes al grupo étnico lyuli/romaní que habían sido condenadas. Un total de 127 personas pertenecientes al grupo étnico lyuli/romaní habían sido condenadas a trabajo tutelado con retención de salario, 182 a una pena restrictiva de la libertad y 9 a medidas de libertad condicional; de las cuales 132 fueron contratadas, 4 recibieron formación, 77 percibieron una ayuda económica de pago único (103.950.000 sum), 181 recibieron pasaportes y 73 recibieron atención médica.

Artículo 2

62.En la legislación está consagrado el principio de igualdad, que, según lo dispuesto en el artículo 18 de la Constitución, establece que todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán tienen los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley, sin distinción por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social.

63.La prohibición de vulnerar el principio de igualdad está recogida en prácticamente todas las leyes fundamentales que regulan cuestiones relacionadas con los derechos humanos: la legislación civil y de procedimiento civil, penal y de procedimiento penal, administrativa y contencioso-administrativa, electoral, laboral, en materia de familia y otro tipo de legislación, así como en la Ley de Tribunales, la Ley de Educación, la Ley de Protección de la Salud de los Ciudadanos y la Ley de Órganos de Orden Público, entre otras.

64.Esta tendencia se sigue observando en las nuevas leyes aprobadas en el país entre 2020 y 2022. Por ejemplo, en la nueva versión de la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas, de 5 de julio de 2021, se establece la prohibición de utilizar la religión con el fin de subvertir de forma violenta el orden constitucional, menoscabar la soberanía o la integridad territorial de la República de Uzbekistán, vulnerar los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos, atentar contra la salud o la moral de los ciudadanos, hacer apología de la guerra o del odio nacional, racial, étnico o religioso, quebrantar las normas de convivencia, difundir información difamatoria o desestabilizadora, sembrar el pánico entre la población o cometer otros actos que atenten contra las personas, la sociedad o el Estado (art. 4).

65.Además, según lo dispuesto en esa ley, toda restricción de derechos u otorgamiento de privilegios directos o indirectos a los ciudadanos en función de su actitud ante la religión y todo acto de incitación al odio o la hostilidad o de agravio hacia los sentimientos de los ciudadanos en relación con sus creencias religiosas o ateas, así como la profanación de lugares de culto, son punibles con arreglo a la ley (art. 6).

66.La Ley del Servicio de Seguridad del Estado dependiente de la Presidencia, de 6 de julio de 2021, establece que el Servicio de Seguridad del Estado dependiente de la Presidencia de la República debe garantizar la protección de los derechos, las libertades y los intereses legítimos de los ciudadanos, independientemente de su sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social (art. 8).

67.Según lo dispuesto en la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán, de 4 de junio de 2021, los extranjeros y apátridas que se encuentran en el territorio de Uzbekistán son iguales ante la ley sin distinción por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social (art. 5).

68.En la Ley del Estado de Emergencia, de 15 de diciembre de 2021, se establece que las medidas de emergencia y las restricciones temporales impuestas durante un estado de emergencia no deben entrar en conflicto con los tratados internacionales de derechos humanos en que es parte Uzbekistán. En ningún caso podrán restringirse los derechos contemplados en el artículo 24 (derecho a la vida), el artículo 25 (derecho a la libertad y a la seguridad), el artículo 26 (derecho a la presunción de inocencia y a la protección contra la tortura), el artículo 27, párrafo 1 (derecho a la protección del honor y la dignidad, a la inviolabilidad del domicilio y a la intimidad), el artículo 30 (derecho a la libertad de acceso a la información que afecte a los derechos e intereses de la persona), el artículo 31 (derecho a la libertad de pensamiento y de religión) y el artículo 44 (derecho a la protección judicial de los derechos y libertades) de la Constitución (art. 26).

69.En el artículo 11 de la Ley de Tribunales, de 29 de julio de 2021, se dispone que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y los tribunales sin distinción por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social.

70.Según lo dispuesto en la Ley del Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán, de 28 de abril de 2021, el Tribunal Constitucional es un órgano judicial permanente que conoce de asuntos relativos a la constitucionalidad de los instrumentos legislativos y ejecutivos y examina denuncias presentadas por particulares o personas jurídicas que consideran que sus derechos o libertades constitucionales han sido vulnerados por la aplicación, en un caso concreto, de una ley incompatible con la Constitución (arts. 3 y 4).

71.La Ley de la Función Pública, de 8 de agosto de 2022, garantiza a todas las personas que se presenten a un puesto de la función pública los mismos derechos con independencia de su sexo, raza, etnia, idioma, origen social, convicciones y condición personal o social. Los puestos vacantes se cubrirán mediante concursos internos y externos convocados a través del sistema informático del organismo competente (art. 29).

72.La protección de los derechos del funcionariado se basa en la igualdad de derechos de los candidatos a juez, con independencia de su sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones y condición personal o social (art. 29). Según lo dispuesto en el artículo 21 de dicha ley, los principales criterios en que se basa la selección de jueces para ocupar el cargo por primera vez no son ni la raza ni la etnia, sino una reputación intachable, la honestidad, la competencia, una experiencia vital suficiente y la ausencia de enfermedades o deficiencias físicas que impidan la administración de justicia.

73.En el artículo 4 de la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán, de 14 de marzo de 2022, se establece que la nacionalidad uzbeka es igual para todas las personas, independientemente de la vía por la que se haya adquirido. Todos los ciudadanos son iguales ante la ley, sin distinción por motivos de sexo, raza, origen social, convicciones o condición personal o social. La República de Uzbekistán no solo está adoptando medidas legislativas para prohibir la discriminación racial, sino que también está reforzando las salvaguardias relacionadas con el estricto cumplimiento por parte de los órganos y organismos públicos de sus responsabilidades de garantizar la igualdad de los ciudadanos ante la ley y de protegerlos de cualquier tipo de discriminación.

Recomendación formulada en el párrafo 13

74.Durante el período que abarca el informe se adoptaron medidas sistemáticas en el país para determinar cuáles eran los problemas a que se enfrentaban los miembros del grupo étnico lyuli/romaní, incluidas las mujeres lyulis/romaníes, a la hora de tratar de obtener documentos de identidad y partidas de nacimiento de sus hijos y de ejercer su derecho a la educación, los servicios de salud, el empleo, la seguridad social, la vivienda y otros derechos socioeconómicos.

75.Según datos del Ministerio del Interior, en mayo de 2021 había 86.563 lyulis/romaníes (45.092 mujeres y 41.471 hombres), de los cuales 46.422 tenían 16 o 17 años, 38.733 tenían pasaporte y 25.925 eran menores de 16 años, de los cuales 16.719 estaban en posesión de una partida de nacimiento. Se entrevistó a un total de 53.666 lyulis/romaníes en su lugar de residencia; y 22 de ellos tenían un permiso de residencia para apátridas y 3 un permiso de residencia para extranjeros en Uzbekistán. Se han tomado medidas para expedir documentos de identidad a 112 personas y partidas de nacimiento a 256 personas que carecían de ella. Entre enero y mayo de 2021 se inscribieron 660 nacimientos, 56 matrimonios y 21 defunciones de miembros de la comunidad lyuli/romaní en las oficinas de registro civil de los distritos y las ciudades.

76.Desde enero de 2021, el Centro Nacional de Investigación de la Opinión Pública lleva a cabo encuestas sociológicas entre lyulis/romaníes que viven en las distintas regiones del país, incluida la ciudad de Taskent. En el marco de la encuesta a los ciudadanos lyulis/romaníes, los representantes de los principales ministerios y departamentos se reunieron y organizaron entrevistas con comunidades lyulis/romaníes que representaban un alto porcentaje de la población local en las provincias de Andizhán, Bujará, Yizak, Kashkadar, Navoí, Namangán, Samarcanda, Syrdaryá, Surjandaryá, Taskent, Ferganá y Jorasmia y en la ciudad de Taskent.

77.Unos estudios sociológicos y de seguimiento han puesto de manifiesto que los lyulis/romaníes que viven en Uzbekistán constituyen un grupo etnográfico distinto, y que sus miembros descienden de los lyulis/romaníes de origen indio que se asentaron en Uzbekistán y Tayikistán. Practican predominantemente la religión islámica, llevan un estilo de vida tradicional y una vida retirada y aislada y tienden a ejercer unos tipos de actividad determinados. Los lyulis/romaníes locales entrevistados indicaron que no consideraban que el Estado estuviera restringiendo su derecho a llevar un estilo de vida tradicional.

78.Se constató que los niveles de satisfacción de los encuestados con sus condiciones de vivienda variaban enormemente. Un tercio de los encuestados (30,5 %) estaba completamente satisfecho con sus condiciones de vivienda, el 26,8 % estaba parcialmente satisfecho y el 42,9 % estaba insatisfecho. La mayoría de los encuestados (el 94,6 %) desearía mejorar sus condiciones de vivienda, pero solo el 12,5 % disponía de medios para ello.

79.Los encuestados evaluaron su situación financiera como media (un 41,1 %), inferior a la media (un 25 %) y mala (un 32,1 %). Más de la mitad de los encuestados (el 60,7 %) afirmaron que no tenían dinero suficiente para cubrir sus necesidades de comida, ropa y medicinas. Casi una cuarta parte de los encuestados negó que necesitaran ayuda material, aunque el 62,5 % de los encuestados declararon que recibían una ayuda económica del Estado. La ayuda material que recibían los encuestados provenía de la mahala (el 60 %) o de las autoridades estatales (el 48,6 %).

80.Entre los encuestados con estudios, los hombres superaban a las mujeres (47,8 % y 36,4 %, respectivamente), las mujeres no habían completado la enseñanza general obligatoria (41,7 %) y solo los hombres (36,4 %) tenían estudios secundarios especializados.

81.La mayoría de los encuestados (el 85,7 %) confirmaron que el Estado no restringía los derechos de sus hijos a recibir educación primaria, secundaria y secundaria general. Aunque las autoridades públicas no imponen ningún tipo de discriminación en el acceso a la educación, más de la mitad de los encuestados no tenían estudios (el 58,9 %). Según datos del Ministerio de Educación, 10.856 niños no están escolarizados y 14.471 asisten a la escuela, 444 a centros educativos preescolares, 157 a escuelas de formación profesional y 441 a otras instituciones docentes. Según datos del Ministerio de Educación Superior, Ciencia e Innovación, hay un total de 53 estudiantes lyulis/romaníes matriculados en 2 centros de estudios superiores y 7 centros de enseñanza secundaria profesional especializada. Se está aplicando un plan de acción para que todos los lyulis/romaníes reciban educación.

82.El 98,2 % de los encuestados afirmaron que, cuando ellos o sus familiares habían enfermado, habían recibido atención médica especializada. El 94,6 % de los encuestados afirmaron que en el país no se vulneraba su derecho a recibir atención médica.

83.Según datos de la encuesta, 2.249 personas habían emigrado al extranjero por trabajo, 2.382 trabajaban en el sector público, 7.188 se dedicaban a la ganadería y una de cada cinco (21,4 %) trabajaba en el sector del comercio. Algunos encuestados recogían chatarra y papel usado (3,6 %) o recibían una pensión (3,6 %).

84.La encuesta realizada a los lyulis/romaníes puso de manifiesto la necesidad de adoptar medidas para prestar un apoyo socioeconómico integral a las familias lyulis/romaníes, proporcionarles la ayuda económica necesaria para mejorar su nivel de vida, integrar plenamente a los niños y jóvenes en los centros educativos correspondientes, crear las condiciones necesarias para que pudieran encontrar un empleo y desempeñar una ocupación y mejorar sus condiciones de vivienda y su acceso a servicios médicos y de otra índole.

85.Con el fin de mejorar el nivel de vida de los lyulis/romaníes en las provincias anteriormente mencionadas, el Primer Ministro aprobó el 31 de diciembre de 2020 una hoja de ruta para 2020-2021, con arreglo a la cual se han puesto en marcha una serie de medidas prioritarias para conocer cuál es la situación en cada una de las provincias con un alto porcentaje de población lyuli/romaní y resolver los problemas relacionados con la prestación de apoyo socioeconómico a esa comunidad mediante el pago de ayudas materiales, pensiones y subsidios, la expedición de documentos de identidad, partidas de nacimiento, la inscripción de matrimonios, el acondicionamiento del territorio, etc.

86.Por ejemplo, en la provincia de Yizak viven 4.736 lyulis/romaníes, y durante los nueve primeros meses de 2021 se concedieron más de 35 hectáreas de terreno a ciudadanos con bajos ingresos y se construyeron 780 apartamentos nuevos para 3.200 personas de dicha comunidad. Para dar empleo a las mujeres en los nuevos distritos, se construyeron dos talleres de costura, más de 10 km de carreteras, 8 km de tendido eléctrico, 3 km de tuberías para el suministro de agua potable, una escuela y una guardería. El Estado ha destinado 150.000 millones de sum a este fin.

87.En la provincia de Kashkadar viven más de 11.200 lyulis/romaníes. En el primer trimestre de 2021, en la aldeaKamolot se proporcionó ropa y alimentos a cinco familias de bajos ingresos para sus siete hijos, el personal de la administración provincial llevó a cabo visitas a domicilio, se patrocinó a ocho familias cuyas viviendas se encontraban en malas condiciones y se inscribió en el “libro de la juventud” a 21 desempleados menores de 30 años.

88.Entre abril y mayo de 2022, en la provincia de Ferganá, diversas familias de bajos ingresos de las mahalas de Kokand recibieron asistencia por valor de 169,5 millones de sum, 23 ciudadanos empezaron a tener una fuente de ingresos realizando trabajos comunitarios, 4 familias de Kokand recibieron alimentos y 3 familias recibieron 3 millones de sum en efectivo, 25 personas firmaron un contrato de trabajo indefinido o temporal, 2 personas recibieron asistencia material por valor de 1.050.000 sum y 70 personas fueron sometidas a un reconocimiento médico exhaustivo, de las cuales una fue ingresada en el hospital provincial, cuatro fueron ingresadas en un hospital de distrito y otra recibió ayuda para que se le reconociera una discapacidad.

89.En la aldea deGulistán, de la provincia de Namangán, viven 5.505 lyulis/romaníes. De ellos, 2.452 son ciudadanos con capacidad para trabajar, de los cuales 172 trabajan en órganos y organismos estatales y 62 ejercen una actividad laboral de manera no oficial en la Federación de Rusia. Estos ciudadanos han recibido ayuda material en forma de dinero y alimentos. En las clases de costura se imparte formación a 12 mujeres y se ayuda a 70 mujeres en situación precaria y a 79 jóvenes de entre 18 y 30 años, y unos 10 han recibido préstamos en condiciones favorables. En julio de 2021, con motivo del Día de la Amistad entre los Pueblos se distribuyeron alimentos a 80 personas lyulis/romaníes de bajos ingresos que vivían en ese distrito.

90.En la provincia de Samarcanda, entre enero y junio de 2021, 28 lyulis/romaníes de Samarcanda, 7 de la ciudad de Kattaqurgán, 3 del distrito de Bulungur, 24 del distrito de Zhambay, 3 del distrito de Ishtijon, 2 de la aldea de Tavaron, del distrito de Kattaqurgán, y 14 del distrito de Akdarya recibieron ayuda para la tramitación de su pasaporte.

91.En virtud de la Resolución Presidencial de Medidas Adicionales de Apoyo a los Hijos de Familias de Bajos Ingresos y a Familias Necesitadas de Protección Social, de 30 de julio de 2021, se concedieron ayudas materiales de pago único en las ciudades de Shabnam (1 millón de sum para 2 familias) y Nelova (1 millón de sum) y en las aldeas de Alisher Navoí (11 millones de sum para 5 familias), Diydor (2 millones de sum para 1 familia), Lochin (2 millones de sum para 2 familias) y Shirín (1 millón de sum para 1 familia). Veinticinco personas que viven en el distrito de Shabnam han sido vacunadas contra el coronavirus en su domicilio.

92.En la provincia de Taskent viven 1.710 lyulis/romaníes (890 mujeres y 820 hombres), de los cuales 320 son menores de 18 años. Entre marzo y junio de 2021, 42 ciudadanos lyulis/romaníes recibieron asistencia práctica para la tramitación del pasaporte, la partida de nacimiento o el certificado de matrimonio.

93.En Taskent viven 1.772 lyulis/romaníes. En la mahala de Chashma se han hecho reparaciones en 21 casas. Con el fin de acondicionar las calles se demolieron construcciones no autorizadas, se limpió el sistema de riego, se repararon carreteras y se construyó un parque infantil, lo cual tuvo un costo de 867 millones de sum. Se matriculó a seis niños en centros preescolares, se renovó un parque infantil y, el 27 de abril de 2021, el gobernador destinó 63,5 millones de sum a la creación de comunidades de canto, danza y trajes nacionales.

Recomendación formulada en el párrafo 15

94.La República de Uzbekistán ha adoptado medidas para garantizar los derechos socioeconómicos y culturales de la etnia karakalpaka y el uso de su lengua materna en la vida social y en los medios de comunicación.

95.La República de Karakalpakstán tiene actualmente 1,9 millones de habitantes, entre los que se incluyen personas de etnia karakalpaka, uzbeka, rusa, kazaja y turcomana.

96.El Presidente y el Gobierno han aprobado y están aplicando una serie de importantes instrumentos encaminados a promover el desarrollo socioeconómico de la República de Karakalpakstán y fomentar la cultura y el arte autóctonos del pueblo karakalpako. Hasta la fecha, con cargo a un fondo fiduciario se han financiado cinco proyectos por un valor total de 9,1 millones de dólares de los Estados Unidos, lo cual ha permitido suministrar agua potable a 3,5 mil personas en cinco núcleos de población del distrito de Tajtakupir, ayudar a seis entidades empresariales a desarrollar su producción y dotar con 17 tipos de equipos especiales modernos las instalaciones de las explotaciones agrícolas dependientes del Comité Estatal de Gestión Forestal. La infraestructura y las instalaciones de los centros perinatales de los distritos de Nukus, Beruni y Kungrad se han renovado con equipos modernos de 42 tipos distintos, y se han empezado a ofrecer cinco servicios perinatales adicionales, lo que ha hecho que el número de servicios prestados al año haya pasado de 8.500 a 20.000.

97.Se vela especialmente por que se creen oportunidades para preservar y seguir fomentando las costumbres, las tradiciones y la lengua autóctonas de los grupos étnicos que viven en Karakalpakstán.

98.Por decisión de la Mesa del Zhokargy Kenes (Parlamento) de la República de Karakalpakstán, de 3 de noviembre de 2020, se creó la Oficina de Fomento del Idioma Oficial dependiente del Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán, y el 10 de diciembre de 2020 se creó la Comisión de Terminología dependiente del Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán.

99.La empresa de radio y televisión Karakalpakstán emite regularmente una serie de programas como “Tilge itibar”, “Ana tilinde soiylemiz”, “Sheshenlik sheberligi” y “Til: millet ainasy”. Está previsto que se publique un diccionario monolingüe de la lengua karakalpaka en varios volúmenes, que incluirá numerosas palabras nuevas, y que se presenten proyectos subvencionados sobre la situación de las lenguas karakalpaka y uzbeka en la República de Karakalpakstán. El Día de la Lengua Karakalpaka se celebra todos los años el 1 de diciembre. En Karakalpakstán hay 3 teatros estatales, 2 museos estatales —de los que dependen 2 filiales—, 2 escuelas especializadas en el arte y la cultura, 22 escuelas infantiles de música y arte, una banda estatal karakalpaka de música folk denominada Aikulash, una banda denominada Makom, la filial karakalpaka de Uzbekkontsert, una biblioteca nacional para ciegos —de la que dependen 9 filiales—, 16 departamentos de cultura municipales y distritales y 58 centros culturales.

100.En Karakalpakstán hay 3 centros de estudios superiores, 6 filiales de centros de estudios superiores, 54 centros de enseñanza secundaria especializada y 727 escuelas de enseñanza general en los que se enseña el karakalpako como idioma oficial.

101.La aprobación de la Resolución Presidencial de Medidas para Promover el Desarrollo Socioeconómico Integral de la República de Karakalpakstán para 2020-2023, de 11 de noviembre de 2020, contribuyó al desarrollo de su infraestructura social y permitió que se construyeran 38 centros estatales de educación preescolar y 400 centros familiares de educación preescolar y que se renovaran 35 centros de educación preescolar. Gracias a la construcción de 7 escuelas de enseñanza general y a la renovación de otras 101 escuelas se ha conseguido reducir el porcentaje de niños que no asisten a la escuela de enseñanza secundaria general por debajo del 1,1 %. Gracias a la apertura de 32 centros médicos e instalaciones médicas privadas, se ha logrado que los centros de atención médica tengan capacidad para atender a 20.400 pacientes y dispongan de 7.100 camas. La renovación de 21 instalaciones culturales ha mejorado la calidad de los servicios culturales, ha contribuido a satisfacer las necesidades culturales de la población y ha permitido ofrecer unas actividades recreativas con contenido. La inclusión de 181 centros escolares en el proyecto titulado “Un millón de programadores” y la formación en programación informática básica impartida a más de 3.000 jóvenes han contribuido a formar profesionales digitales de vanguardia, dotándolos de los conocimientos y competencias necesarios.

102.Se prevé construir o renovar 39 instalaciones deportivas, así como crear las condiciones necesarias para que 83.000 personas más practiquen deporte y, de este modo, promover la educación física y el deporte entre los jóvenes. Entre 2020 y 2022 se pusieron en marcha 1.359 proyectos por un valor total de 12,3 billones de sum, se crearon 17.500 nuevos puestos de trabajo y se recibieron 523 millones de dólares en concepto de inversiones extranjeras directas. Asimismo, se han implementado 9 proyectos por un valor de 21,2 millones de dólares en zonas francas y 81 proyectos por un valor de 28 millones de dólares en pequeñas zonas industriales. Además, se prevé un aumento del número de turistas extranjeros (a 80.000), del volumen de exportación de servicios turísticos (a 45 millones de dólares) y de turistas nacionales (a 800.000), y también está previsto que se construyan nuevos hoteles, lo que generará capacidad adicional para 210 huéspedes, y aumentar el número de operadores turísticos y agentes de viajes a 45.

103.Se están tomando medidas para mejorar las condiciones y los servicios de vivienda en 45 mahalas y aldeas ( aules ) en situación precaria, y para construir centros denominados “Mahala marqazlari” en 12 capitales de distrito y 157 centros administrativos de las mahalas y las aldeas. Los ingresos de 15.500 familias incluidas en el “libro de hierro” aumentaron gracias a la contratación de 19.700 personas y a la formación profesional impartida a 6.000 personas.

104.Con el fin de mejorar la situación ambiental y socioeconómica y las condiciones de vida de la población de la región del mar de Aral y mitigar las consecuencias del desastre ambiental del mar de Aral, el 18 de enero de 2017 el Presidente aprobó el Programa Estatal para el Desarrollo de la Región del Mar de Aral (2017-2021). Los días 24 a 26 de marzo de 2022, en el marco del Foro Internacional de Inversiones de Taskent, el Gobierno de Uzbekistán y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo firmaron un acuerdo de préstamo en relación con ese proyecto. Entre 2018 y 2021, en el lecho desecado del mar de Aral se plantaron 1.625.000 hectáreas de bosques protectores de cubierta vegetal (entre ellas 458.000 hectáreas entre 2020 y 2021) y 2 millones de hectáreas de cubierta vegetal.

105.El 29 de julio de 2021 se aprobó una hoja de ruta para la creación de una zona de innovación y tecnología ambientales en la región del mar de Aral, la cual incluía 71 actividades y 65 proyectos. En el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático celebrada en Glasgow (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) se organizó un evento paralelo dedicado al desarrollo de la región del mar de Aral. Las medidas que se están adoptando tuvieron una muy buena acogida, y se confirmó la prestación de apoyo financiero para la ejecución de proyectos específicos en la región.

106.En 2018, Uzbekistán ratificó el Acuerdo de París, comprometiéndose así a reducir en un 10 % con respecto a los niveles de 2010 las emisiones de gases de efecto invernadero por unidad de producto interno bruto (PIB) a más tardar en 2030, con el fin de contribuir al logro del compromiso mundial de mantener, de aquí a finales de siglo, el aumento de la temperatura media mundial por debajo de los 2 ºC y limitar ese aumento a 1,5 ºC. Con el fin de lograr los objetivos de la Convención, en el 26º período de sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, celebrado los días 10 y 11 de noviembre de 2021 en Glasgow, se adoptaron diversas decisiones, entre ellas reducir en un 35 % las emisiones de gases de efecto invernadero a más tardar en 2030, reducir en un 30 % las emisiones de metano a más tardar en 2030 y mejorar el sistema sanitario; y se aprobó una declaración para poner fin a la deforestación a más tardar en 2030.

107.El 25 de enero de 2022 se aprobó la Resolución del Consejo de Ministros de Medidas Adicionales para Transformar la Región del Mar de Aral en una Zona de Innovaciones Ecológicas y Tecnológicas. En lo que respecta a la adhesión a la iniciativa mundial Partnering for Green Growth and the Global Goals 2030 (P4G), el Instituto Global para el Crecimiento Verde ha abierto una oficina de representación en Uzbekistán. Con el fin de contribuir a la rehabilitación ecológica de la República de Karakalpakstán, en 2021 se abrió una oficina del Instituto Global para el Crecimiento Verde en Nukus y en el período 2021-2024 se está ejecutando un proyecto conjunto titulado “Recuperación verde de la región del mar de Aral para superar la crisis del mar de Aral” en colaboración con el Instituto Global para el Crecimiento Verde. Este proyecto ha sido financiado por la Agencia de Cooperación Internacional de la República de Corea (KOICA), que ha aportado un total de 5,65 millones de dólares de los Estados Unidos.

108.En el marco de la aplicación de la Resolución Presidencial por la que se aprueban medidas destinadas a aplicar la resolución especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 18 de mayo de 2021 titulada “Declaración de la región del mar de Aral zona de innovaciones ecológicas y tecnológicas”, se están preparando un programa nacional para el desarrollo de la región del mar de Aral para 2022-2026 y un programa nacional para mejorar sustancialmente la situación ambiental y el desarrollo socioeconómico de la región del mar de Aral.

109.En el proyecto de ley por la que se modifica la Constitución de la República de Uzbekistán se prevé que el artículo 40 diga lo siguiente: “El Estado adoptará las medidas necesarias para preservar y rehabilitar el medio ambiente y para fomentar un desarrollo socioeconómico sostenible en la región del mar de Aral”.

110.En las 45 reuniones mantenidas por la Comisión del Senado de Desarrollo de la Región del Mar de Aral y Medio Ambiente se examinaron más de 130 cuestiones importantes relativas a la ejecución de las tareas prioritarias previstas en las resoluciones y decretos presidenciales relativos al desarrollo integral de la República de Karakalpakstán. Más concretamente, se presentó información sobre la adopción de medidas para fomentar el desarrollo socioeconómico integral de la República de Karakalpakstán, y se aprobó una resolución del Senado con fecha de 15 de diciembre de 2021.

Artículo 3

111.La evolución histórica de Uzbekistán y la práctica del Estado uzbeko nunca se han caracterizado por la segregación de la población por razas o color de piel, la separación entre la población blanca o indígena de otros grupos étnicos, incluidos los afrodescendientes, ni la implementación de zonas educativas y residenciales segregadas mediante la imposición de diversas barreras sociales. Uzbekistán se opone a la discriminación y la segregación raciales y establece garantías jurídicas fiables para proteger los derechos de todos los ciudadanos contra este tipo de delitos mediante la aplicación de los instrumentos aprobados por las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en la esfera de los derechos humanos.

Recomendación formulada en el párrafo 28

112.Teniendo en cuenta la resolución 68/237 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se proclamó el Decenio Internacional de los Afrodescendientes (2015‑2024), Uzbekistán ha llevado a cabo una labor de vigilancia del respeto de los derechos de los afrodescendientes que viven en el país.

113.A lo largo de 2021, la Fiscalía General no recibió ninguna denuncia o comunicación relacionada con la vulneración de los derechos de los afrodescendientes. Según datos de los departamentos pertinentes de la Oficina, el Departamento y las Fiscalías Militar y de Transporte de la República de Karakalpakstán, las provincias y la ciudad de Taskent, entre noviembre y diciembre de 2021 no se recibió ni se examinó ninguna denuncia de personas afrodescendientes.

114.En el marco de la ejecución del plan de acción nacional conexo, el Tribunal Supremo ha elaborado un proyecto de formulario de información estadística para recoger datos sobre las personas afrodescendientes, que se ha incluido en el Registro Unificado de Formularios de Información Estadística para los Tribunales Penales, el cual fue examinado por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo en su reunión de 26 de noviembre de 2020 y aprobado mediante la resolución núm. 56-20.

115.El Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros colabora con la Defensoría de los Derechos Humanos, el Ministerio del Interior y otros organismos pertinentes para recopilar información fiable sobre las violaciones de los derechos de las personas afrodescendientes investigando las denuncias presentadas por particulares ante diversos organismos gubernamentales y elaborando propuestas para subsanar dichas violaciones. El 1 de diciembre de 2021, el Comité celebró una mesa redonda titulada “Los africanos residentes en Uzbekistán: derechos y Estado de derecho” y, atendiendo a una recomendación formulada en el marco de dicha mesa redonda, se está elaborando un proyecto de plan de acción para organizar eventos informativos sobre los derechos de las personas afrodescendientes en la República de Karakalpakstán, las provincias y la ciudad de Taskent.

Artículo 4

116.La República de Uzbekistán continúa aplicando una política de prohibición estricta de toda idea que defienda la superioridad de una raza o grupo étnico de personas con el fin de justificar o promover el odio racial en cualquiera de sus formas y en cualquier ámbito.

117.Según lo dispuesto en la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales, de 20 de enero de 2021, las naciones y pueblos que viven en Uzbekistán tienen derecho a preservar y desarrollar su cultura, costumbres y tradiciones y a restablecer su hábitat cultural e histórico (art. 19). En el marco de actos culturales multitudinarios está prohibido exhibir carteles, emblemas, pancartas u otros elementos que tengan por objeto incitar al odio nacional, racial, étnico o religioso, promover actos crueles o violentos o discriminar a otras personas en cuestiones relacionadas con derechos (art. 20).

118.Según la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas, de 5 de julio de 2021, está prohibido utilizar la religión para subvertir de forma violenta el orden constitucional, menoscabar la soberanía o la integridad territorial de la República de Uzbekistán, vulnerar los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos o hacer apología de la guerra o el odio nacional, racial, étnico o religioso (art. 4). El respeto de la libertad de conciencia tiene por objeto fortalecer la paz y la armonía entre las distintas confesiones, garantizar la tolerancia religiosa en la sociedad e impedir que se inculquen y propaguen ideas y opiniones religiosas que atenten contra el orden público, la salud y la moral y los derechos y libertades de los ciudadanos uzbekos (art. 5).

119.Toda restricción de derechos u otorgamiento de privilegios directos o indirectos a los ciudadanos en función de su actitud ante la religión y todo acto de incitación al odio o la hostilidad o de agravio hacia los sentimientos de los ciudadanos en relación con sus creencias religiosas o ateas, así como la profanación de lugares de culto, son punibles con arreglo a la ley (art. 6).

120.Para poder producir, importar o distribuir material de contenido religioso en Uzbekistán se debe disponer de un informe favorable elaborado por un experto religioso, lo cual tiene por objeto impedir que en la sociedad se propaguen ideas y opiniones que puedan menoscabar la armonía interconfesional y la tolerancia religiosa o que inciten a la comisión de actos violentos o abusos por motivos religiosos (art. 10).

121.Según lo dispuesto en la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán, de 4 de junio de 2021, se puede denegar la entrada a Uzbekistán a una persona que esté implicada en actividades de organizaciones terroristas o extremistas internacionales y extranjeras u otras organizaciones delictivas (art. 29).

122.En la Ley de Partidos Políticos, de 26 de diciembre de 1996, en su versión modificada el 14 de octubre de 2021, se prohíben la creación y las actividades de partidos políticos que, entre otras cosas, tengan por objeto subvertir de forma violenta el orden constitucional, se pronuncien contra la soberanía, la integridad territorial o la seguridad de la República de Uzbekistán, o bien contra los derechos y libertades constitucionales de sus ciudadanos, y hagan apología de la guerra o del odio social, étnico, racial o religioso.

123.En la Ley de Organizaciones No Gubernamentales Sin Fines de Lucro, de 14 de abril de 1999, en su versión modificada el 10 de septiembre de 2019, se establece que se podrá denegar la inscripción en el registro estatal a una ONG en cuyos estatutos se prevea el objetivo de subvertir de forma violenta el orden constitucional, menoscabar la soberanía, la integridad territorial o la seguridad de la República de Uzbekistán, vulnerar los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos, hacer apología de la guerra y la hostilidad social, étnica, racial o religiosa, atentar contra la salud o la moral de los ciudadanos o quebrantar de algún otro modo la legislación que regula las ONG (art. 25).

124.La Ley de Medios de Comunicación, de 15 de enero de 2007, en su versión modificada el 19 de abril de 2018, establece que no se pueden utilizar los medios de comunicación para incitar a la subversión violenta del orden constitucional vigente o al menoscabo de la integridad territorial de la República de Uzbekistán; para hacer apología de la guerra, la violencia o el terrorismo, así como de ideales de extremismo religioso, separatismo y fundamentalismo; para difundir información que despierte la hostilidad nacional, racial, étnica o religiosa; ni para cometer cualquier otro acto que lleve aparejada responsabilidad penal o de otra índole con arreglo a la legislación (art. 6).

125.La Ley de Informatización, de 11 de diciembre de 2003, en su versión modificada el 30 de marzo de 2021, establece normas que regulan la difusión de información de acceso público a través de Internet. En el artículo 12-1 se establece que los propietarios de sitios web o de páginas de un sitio web u otros recursos de información, incluidos los blogueros, no pueden permitir que en su sitio web o página de un sitio web u otro recurso de información accesible a través de Internet en los que se publique información de acceso público se incite a la subversión violenta del orden constitucional vigente, al menoscabo de la integridad territorial de la República de Uzbekistán, a la organización de disturbios o actos violentos contra los ciudadanos o a la participación en asambleas, concentraciones, marchas y manifestaciones celebradas en contravención del orden establecido, ni a coordinar estas acciones ilegales; se haga apología de la guerra, la violencia o el terrorismo, así como de ideales de extremismo religioso, separatismo y fundamentalismo; se difunda información que despierte la hostilidad nacional, racial, étnica o religiosa o que denigre el honor y la dignidad o la reputación profesional de los ciudadanos y que permita la injerencia en su vida privada; se difunda información destinada a inducir o involucrar de cualquier otro modo a ciudadanos, incluidos menores de edad, a cometer actos ilícitos que pongan en peligro su vida o su salud o la vida o la salud de terceros; o se cometa cualquier otro acto que lleve aparejada responsabilidad penal o de otra índole con arreglo a la legislación.

126.Los propietarios de sitios web o de páginas de un sitio web u otros recursos de información, incluidos los blogueros, deberán comprobar la veracidad de la información que vaya a ser de acceso público antes de que se publique en su sitio web o en su página incluida en un sitio web u otro recurso de información accesible a través de Internet en el que se publique información de acceso público, y retirar inmediatamente la información publicada si se demuestra que es falsa.

127.En la Ley de Lucha contra el Terrorismo, de 15 de diciembre de 2000, en su versión modificada el 21 de abril de 2021, se define el terrorismo como todo acto violento, la amenaza de su uso u otros actos delictivos que pongan en peligro la vida o la salud de una persona, causen la destrucción de bienes u otros objetos materiales o daños a ellos y tengan por objeto obligar al Estado, a una organización internacional o a una persona física o jurídica a cometer o abstenerse de cometer alguna acción, entorpecer las relaciones internacionales, vulnerar la soberanía o la integridad territorial, socavar la seguridad del Estado, provocar conflictos armados e intimidar a la población o desestabilizar la situación social y política para alcanzar objetivos políticos, religiosos, ideológicos o de otra índole que estén tipificados como delitos en el Código Penal (art. 2).

128.En la Ley de Lucha contra el Extremismo, de 30 de julio de 2018, se define el concepto de “actividades extremistas” como todas aquellas actividades que estén encaminadas a planificar, organizar, preparar o cometer actos que tengan por objeto subvertir de forma violenta el orden constitucional, menoscabar la soberanía o la integridad territorial de la República de Uzbekistán, cometer actividades terroristas, despertar la hostilidad nacional, racial, étnica o religiosa mediante la violencia o la incitación pública a la violencia, producir, poseer, distribuir o exhibir material que represente una amenaza para la seguridad pública o el orden público, así como atributos o símbolos de organizaciones extremistas, organizar disturbios motivados por el odio o la hostilidad política, ideológica, racial, nacional, étnica o religiosa hacia un determinado grupo social o incitar públicamente a llevar a cabo alguna de las acciones mencionadas en los incisos cuarto a décimo del artículo 3.

129.El 1 de julio de 2021 se aprobaron por decreto presidencial la Estrategia Nacional de Lucha contra el Extremismo y el Terrorismo (2021-2026) y una hoja de ruta para su ejecución durante ese mismo período. Los objetivos de la estrategia son, entre otros: a) determinar cuáles son las tareas prioritarias de la labor de los órganos estatales en la esfera de la lucha contra el extremismo y el terrorismo; b) elaborar propuestas para reformar el marco jurídico, normativo y metodológico en esta esfera; c) aunar los esfuerzos de los órganos estatales, la sociedad civil y la comunidad internacional en la lucha contra el extremismo y el terrorismo; d) garantizar la armonía interconfesional e interétnica en la sociedad; e) elaborar un conjunto de medidas estatales para evitar que la población, especialmente los jóvenes, participe en actividades extremistas y terroristas; y f) implantar mecanismos eficaces para luchar contra la financiación del extremismo y el terrorismo.

130.La protección social y jurídica y un alto nivel de conocimientos, en particular en lo que respecta a la comprensión de los verdaderos valores de la identidad nacional y la idea de la coexistencia pacífica de las diversas confesiones religiosas, son una condición importante para que la población, especialmente los jóvenes, desarrolle una actitud de tolerancia cero hacia los ideales destructivos del extremismo y el terrorismo.

131.En el marco del programa Mehr, entre 2019 y 2021 más de 400 mujeres y niños implicados por error en organizaciones terroristas internacionales fueron repatriados a Uzbekistán desde el Afganistán, la República Árabe Siria y el Iraq, y se les prestó asistencia integral para promover su adaptación y reintegración sociales. Varios Estados extranjeros y organizaciones internacionales, como el Comité Internacional de la Cruz Roja y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), han prestado un apoyo importante en este sentido. De acuerdo con la resolución 2396 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en el marco de la prestación de asistencia se pone especial atención en las mujeres y los niños asociados a los combatientes terroristas extranjeros que puedan ser víctimas del terrorismo.

132.Según la Ley del Servicio de Seguridad del Estado, de 5 de abril de 2018, en su versión modificada el 25 de diciembre de 2019, el Servicio de Seguridad del Estado tiene la obligación de prevenir, detectar y reprimir toda actividad perniciosa que tenga por objeto promover la hostilidad nacional, étnica o religiosa o que represente una amenaza para los intereses o la seguridad del Estado (art. 5).

133.De conformidad con la Ley de Prevención de la Delincuencia, de 14 de mayo de 2014, en su versión modificada el 1 de junio de 2022, los órganos de orden público están facultados para identificar a las personas que participan en actividades de organizaciones y grupos prohibidos de carácter religioso (art. 10), mientras que los órganos de administración autónoma de los ciudadanos adoptan medidas para reprimir las actividades de las organizaciones religiosas no registradas, garantizar la observancia de los derechos de los ciudadanos a la libertad de religión e impedir la imposición por la fuerza de opiniones religiosas y examinan otras cuestiones relacionadas con el respeto de la legislación en materia de libertad de conciencia y organizaciones religiosas (art. 21).

134.De conformidad con lo dispuesto en las convenciones pertinentes de las Naciones Unidas, las normas del Grupo de Acción Financiera (GAFI), las recomendaciones que figuran en la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo y las mejores prácticas internacionales, durante ese mismo período se aprobaron los siguientes instrumentos jurídicos y normativos: el Decreto Presidencial, de 28 de junio de 2021, por el que se aprueba la Estrategia para el Desarrollo del Sistema Nacional de Lucha contra el Blanqueo de Capitales, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva; una hoja de ruta para la consecución de los objetivos previstos en la estrategia; y una lista de ministerios y organismos implicados en la lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

135.Uzbekistán ha concluido 75 acuerdos bilaterales de colaboración en materia de lucha contra la delincuencia y el terrorismo y es parte en 15 tratados universales y 13 regionales en este ámbito. De esos 13 instrumentos regionales, 5 tratados internacionales (1 en el marco de la Comunidad de Estados Independientes (CEI) y 4 en el marco de la Organización de Cooperación de Shanghái (OCS)) regulan también la lucha contra el extremismo.

136.De conformidad con la hoja de ruta para la aplicación del Marco de Política Estatal para las Relaciones Interétnicas, se ha establecido un sistema para promover en la sociedad una actitud de tolerancia cero hacia la apología y la difusión de ideas extremistas, xenófobas o relacionadas con la exclusividad étnica que tengan por objeto socavar la armonía interétnica (párr. 13), para impedir la publicación de ese tipo de material en los medios de comunicación (párr. 14) y para establecer alianzas sociales con ONG en esa esfera (párr. 15).

137.Entre 2019 y 2022 se organizaron más de 80 talleres y conferencias y se publicaron libros y artículos académicos con la participación de más de 20 centros culturales de diversos grupos étnicos (armenio, baskir, griego, coreano, alemán, tayiko, azerí, tártaro, turcomano, uigur, ucraniano, kirguiso, kazajo, etc.), se creó un “jardín de la amistad” en Taskent y cada año se organiza la Semana de la Amistad para conmemorar el Día de la Amistad entre los Pueblos.

138.En el marco de la Semana de la Amistad, se organizaron en todo el país más de 10.386 eventos académicos, prácticos, culturales y educativos; las cámaras del Parlamento celebraron, el 25 de junio de 2021, un foro sobre el papel del Parlamento en la salvaguardia de la armonía interétnica e interreligiosa; y el 25 de agosto de 2021 se celebró una conferencia internacional sobre ese mismo tema con representantes de diversos países de Asia Central.

139.Los medios de comunicación estatales y locales publican artículos sobre el fortalecimiento de las relaciones interétnicas en Uzbekistán en los periódicos Pravda Vostoka, Narodnoe slovo y Tashkentskaya pravda, en la televisión aparecen representantes de los centros etnoculturales y de los órganos de administración autónoma de los ciudadanos y en los canales de televisión Madaniyat va Ma’rifat (Cultura y Educación) e Istoria Uzbekistana (Historia de Uzbekistán) se dan a conocer diversas experiencias y las principales orientaciones para garantizar la amistad, la tolerancia y la asistencia mutua entre los pueblos de Uzbekistán sobre la base de la igualdad y la no discriminación de las personas por cualquier motivo, consagradas en la Constitución y en las demás leyes del país.

Recomendación formulada en el párrafo 9

140.Con el fin de consolidar unas salvaguardias fiables para la protección de los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica de los ciudadanos, independientemente del grupo étnico al que pertenezcan, se ha estudiado la experiencia de los países de la OSCE, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América en materia de ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de participación en la vida social por parte de grupos étnicos, y se ha elaborado un proyecto de ley de reuniones, asambleas y manifestaciones. En el portal para proyectos de instrumentos jurídicos y normativos (regulation.gov.uz) se ha publicado el proyecto de ley elaborado por el Ministerio del Interior para someterlo a debate público.

141.El proyecto de ley establece que las personas, independientemente del grupo étnico al que pertenezcan, tienen derecho a reunirse pacíficamente y a expresar sus opiniones. La Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE formuló varias recomendaciones en este sentido, las cuales fueron tenidas en cuenta por quienes redactaron el proyecto de ley. El proyecto de ley de reuniones, asambleas y manifestaciones, que se basa en un análisis de legislación extranjera en la materia, debe ser objeto de modificaciones para proteger los derechos e intereses de los grupos étnicos en el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de reunión pacífica, prevenir la discriminación racial y establecer las sanciones que correspondan en casos de discriminación racial en este ámbito.

142.A fin de proteger los intereses de los grupos étnicos en el marco de la celebración de reuniones pacíficas, los miembros de dichos grupos tienen derecho a organizar reuniones pacíficas, a menos que ello sea contrario a alguna de las restricciones impuestas por la Constitución y las demás leyes del país a los ciudadanos extranjeros y apátridas con residencia permanente en Uzbekistán.

143.Según lo dispuesto en el artículo 56, párrafo 1 k), del Código Penal, se considera circunstancia agravante que la comisión de un delito esté motivada por el odio o la hostilidad raciales o étnicos.

144.En varios artículos del Código Penal se contempla como circunstancia agravante que la comisión de un delito esté motivada por el odio interétnico o racial.

145.Entre ellos, cabe mencionar el artículo 97, apartado 2 j) (Asesinato motivado por el odio interétnico o racial); el artículo 104, párrafo 2 g) y h) (Daños físicos graves intencionales motivados por el odio interétnico o racial o por prejuicios religiosos); el artículo 105, párrafo 2 g) y h) (Daños físicos intencionales de gravedad media motivados por el odio interétnico o racial o por prejuicios religiosos); el artículo 125-1 (Violación de la legislación sobre la edad conyugal); el artículo 127-1 (Mendicidad); el artículo 130 (Elaboración, importación, distribución, publicidad y exhibición de material pornográfico); el artículo 130‑1 (Elaboración, importación, distribución, publicidad y exhibición de materiales que promuevan el culto a la violencia o la crueldad); el artículo 132 (Demolición, destrucción y degradación de bienes culturales materiales); el artículo 135 (Trata de personas); el artículo 136 (Coacción a una mujer para contraer matrimonio u obstaculización del matrimonio); el artículo 141 (Violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos); el artículo 144 (Vulneración de la legislación relativa a las comunicaciones de personas físicas y jurídicas), el artículo 145 (Violación de la libertad de conciencia), el artículo 148 (Vulneración de la legislación laboral), el artículo 148-2 (Imposición de trabajo forzoso como sanción administrativa); el artículo 156 (Incitación al odio nacional, racial, étnico o religioso); el artículo 192-1 (Violación de los derechos en materia de propiedad privada); el artículo 193 (Vulneración de las normas y requisitos en materia de seguridad ambiental); el artículo 216-2 (Vulneración de la legislación en materia de organizaciones religiosas); el artículo 223 (Cruce ilegal de la frontera de la República de Uzbekistán); el artículo 229-2 (Vulneración de las normas de enseñanza de la religión); el artículo 235, párrafo 2 b) (Uso de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes por cualquier motivo que implique discriminación étnica, racial, religiosa o social); el artículo 244 (Disturbios); el artículo 244-1 (Producción, posesión, distribución o exhibición de materiales que representen una amenaza para la seguridad pública y el orden público); el artículo 244-2 (Creación o gestión de organizaciones religiosas extremistas, separatistas, fundamentalistas u otras organizaciones prohibidas o participación en sus actividades); y el artículo 244-3 (Producción, posesión, importación o distribución ilegales de material religioso).

146.En 2020 se condenó por estos delitos a 966 personas, total que cabe desglosar de la siguiente manera:

Por sexo: 729 hombres y 237 mujeres;

Por edad: 4 menores de 18 años, 444 personas de entre 18 y 30 años, 292 de entre 31 y 40 años, 157 de entre 41 y 50 años, 59 de entre 51 y 59 años y 10 de 60 o más años;

Por grupo étnico: 851 uzbekos (el 88,2 %), 15 rusos (el 1,6 %), 4 tártaros (el 0,4 %), 13 kazajos (el 1,4 %), 4 coreanos (el 0,4 %), 11 kirguisos (el 1,1 %), 31 tayikos (el 3,2 %), 1 turco (el 0,1 %), 1 chino (el 0,1 %), 8 turcomanos (el 0,8 %), 11 karakalpakos (el 1,1 %), 1 azerí (el 0,1 %), 4 uigures (el 0,4 %), 4 lyulis/romaníes (el 0,4 %) y 7 personas pertenecientes a otros grupos étnicos (el 0,7 %).

147.En 2021 se condenó a 1.380 personas, total que cabe desglosar de la siguiente manera:

Por sexo: 1.040 hombres y 340 mujeres;

Por edad: 14 menores de 18 años, 716 personas de entre 18 y 30 años, 393 de entre 31 y 40 años, 163 de entre 41 y 50 años, 76 de entre 51 y 59 años y 18 de 60 o más años;

Por grupo étnico: 1.193 uzbekos (el 86,5 %), 10 rusos (el 0,7 %), 12 tártaros (el 0,9 %), 21 kazajos (el 1,5 %), 3 coreanos (el 0,2 %), 14 kirguisos (el 1 %), 76 tayikos (el 5,5 %), 1 turco (el 0,1 %), 11 turcomanos (el 0,8 %), 1 ucraniano (el 0,1 %), 26 karakalpakos (el 1,9 %), 1 armenio (el 0,1 %), 2 azeríes (el 0,1 %), 4 uigures (el 0,3 %), 2 lyulis/romaníes (el 0,1 %), 2 georgianos (el 0,1 %) y 2 personas pertenecientes a otros grupos étnicos (el 0,1 %).

148.En los primeros cinco meses de 2022 se condenó a 701 personas, total que cabe desglosar de la siguiente manera:

Por sexo: 580 hombres y 121 mujeres;

Por edad: 13 menores de 18 años, 377 personas de entre 18 y 30 años, 158 de entre 31 y 40 años, 99 de entre 41 y 50 años, 44 de entre 51 y 59 años y 10 de 60 o más años;

Por grupo étnico: 611 uzbekos (el 87,2 %), 3 rusos (el 0,4 %), 1 tártaro (el 0,1 %), 7 kazajos (el 1,1 %), 1 coreano (el 0,1 %), 17 kirguisos (el 2,4 %), 36 tayikos (el 5,1 %), 1 turco (el 0,1 %), 2 turcomanos (el 0,3 %), 1 ucraniano (el 0,1 %), 10 karakalpakos (el 1,5 %), 7 uigures (el 1,1 %), 1 lyuli (el 0,1 %), 1 georgiano (el 0,1 %) y 2 personas pertenecientes a otros grupos étnicos (el 0,3 %).

149.Al mismo tiempo, la Escuela Superior de Jueces ha elaborado un proyecto de ley por el que se modifica el Código de Responsabilidad Administrativa, según el cual el artículo 32 (Circunstancias agravantes de la responsabilidad administrativa) y el artículo 41 (Injuria) se complementarían con una segunda parte, en la que se prevé tipificar las infracciones administrativas motivadas por el odio racial o étnico.

Artículo 5

150.El principio de la igualdad y la no discriminación por cualquier motivo, incluida la discriminación racial en todas sus formas, es fundamental para garantizar los derechos y libertades de la persona y del ciudadano en los ámbitos político, económico, social y cultural entre otros.

Derecho a participar en elecciones por sufragio universal y a participar en la gestión de los asuntos públicos y civiles

151.De conformidad con lo dispuesto en el Código Electoral de 26 de junio de 2019, en la República de Uzbekistán las elecciones se celebran por sufragio universal, igual y directo y por voto secreto. Las elecciones a Presidente y a miembros de la Cámara Legislativa y los consejos ( kengash ) de diputados del pueblo son por sufragio universal. Tienen derecho de voto los ciudadanos de la República de Uzbekistán que tengan 18 años cumplidos el día de las elecciones.

152.Según lo dispuesto en el artículo 29 del Código Electoral, los ciudadanos pueden consultar el censo electoral en el local de la comisión electoral del distrito que les corresponda, así como toda información que les concierna del censo electoral en la página web oficial de la Comisión Electoral Central o, en el caso de los ciudadanos que se encuentren en otro país, en los sitios web oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y de las representaciones diplomáticas de la República de Uzbekistán en el extranjero.

153.Según lo dispuesto en el artículo 31 del Código Electoral, las papeletas electorales se imprimen en el idioma oficial del Estado y, si así lo decide la comisión electoral del distrito correspondiente, en la lengua hablada por la mayoría de la población de dicho distrito. Para las personas de etnia uzbeka, tayika, kirguisa, kazaja o turcomana se imprimen en uzbeko; para las personas de etnia rusa, ucraniana, bielorrusa, coreana, tártara, azerí u otras, en ruso; y para los miembros de la etnia karakalpaka, en karakalpako. Si así lo desean, en el proceso de votación los electores pueden utilizar las papeletas que estimen convenientes para ellos.

154.Los idiomas en los que se difunde información sobre el programa o la plataforma electoral de los candidatos a Presidente o los partidos políticos que piden el voto para sus candidatos a Presidente o a diputados, así como en los que se lleva a cabo la campaña electoral, que puede adoptar la forma de debates públicos, deliberaciones, conferencias de prensa, asambleas de ciudadanos, entrevistas, discursos y anuncios publicados en los medios de comunicación, son el uzbeko, el karakalpako, el ruso, el tayiko, el kazajo y el turcomano.

155.En las elecciones presidenciales de 2021, el número de personas inscritas en el Censo Electoral Electrónico Unificado de la República ascendió a 19.859.127 (9.459.273 hombres (el 47,6 %) y 10.399.854 mujeres (el 52,4 %)).

156.A continuación figura un desglose de dichas personas por el grupo étnico al que pertenecen: 17.288.530 uzbekos (el 87 %), 73.891 karakalpakos (el 0,4 %), 259.964 rusos (el 1,3 %), 395.461 kazajos (el 2 %), 849.061 tayikos (el 4,3 %), 142.619 kirguisos (el 0,7 %), 113.411 turcomanos (el 0,6 %), 54.878 coreanos (el 0,3 %) y 681.312 personas pertenecientes a otras etnias (el 3,4 %).

157.No se ha recibido ninguna denuncia de vulneración de los derechos de los representantes de grupos étnicos en relación con la participación en las elecciones al Oliy Majlis de 2019 ni en las elecciones presidenciales de 2021.

158.El hecho de que, en el marco de las elecciones celebradas en 2019 bajo el lema “Nuevo Uzbekistán: nuevas elecciones”, el 10 % de los diputados de los consejos de diputados del pueblo, el 38 % de los senadores y el 13 % de los diputados de la Cámara Legislativa elegidos fueran de etnia karakalpaka, tayika, kazaja, kirguisa, turcomana, rusa, coreana u otras pone de manifiesto que los representantes de los diversos grupos étnicos que viven en Uzbekistán participan activamente en los procesos civiles y políticos.

159.Durante las elecciones al Oliy Majlis de 2019, la Comisión Electoral Central y el Consejo Nacional de Coordinación de las Actividades de los Órganos de Administración Autónoma de los Ciudadanos, el Centro para la Promoción de la Sociedad Civil y la Agrupación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales Sin Fines de Lucro de Uzbekistán firmaron un memorando de cooperación, con arreglo al cual los representantes de los órganos de administración autónoma de los ciudadanos y las ONG ayudaron a las comisiones electorales de distrito a elaborar el censo electoral, se ayudó a los ciudadanos a consultar el censo y algunos ciudadanos propusieron a diversas personas para que fueran designadas miembros de las comisiones electorales correspondientes.

Recomendación formulada en el párrafo 29

160.El Estado presta sistemáticamente apoyo a las ONG y a otras instituciones de la sociedad civil, ha reforzado las alianzas sociales entre ellas y el control ciudadano y ha reformado el marco jurídico que regula este ámbito. A lo largo de los años se han destinado, con cargo al presupuesto del Estado, 117.000 millones de sum a apoyar más de 1.270 proyectos de ONG. Se han aprobado cerca de 20 leyes y se han promulgado diversos instrumentos presidenciales y gubernamentales que regulan las actividades de las ONG.

161.Tras estudiar y analizar la experiencia extranjera en materia de regulación jurídica de las relaciones interétnicas, se aprobaron más de 40 instrumentos jurídicos y normativos para reformar la legislación: 2 leyes, 9 decretos presidenciales, 8 resoluciones presidenciales, 20 resoluciones y directrices del Consejo de Ministros y 3 resoluciones del Oliy Majlis.

162.Por Decreto Presidencial de 4 de marzo de 2021 se aprobó el Marco de Desarrollo de la Sociedad Civil (2021-2025), una hoja de ruta para su aplicación en 2021 y metas para el desarrollo de la sociedad civil en el período 2021-2025 y se creó una “cámara social” dependiente de la Presidencia para velar por que los intereses de las ONG estuviesen representados, tender un puente entre ellas y el Estado, implantar medios eficaces para entablar un diálogo transparente con la población y determinar cuál es la labor de los consejos sociales dependientes de los órganos estatales.

163.Se ha introducido la figura del representante permanente de las ONG en la Cámara Legislativa, cuyas principales tareas consisten en forjar alianzas sociales y establecer mecanismos de control ciudadano para el examen de proyectos legislativos y de representación de los derechos e intereses de las ONG.

164.Con el fin de recompensar a los representantes de ONG que han contribuido de manera notable a la creación y el desarrollo de la sociedad civil, a la protección de los derechos e intereses legítimos de la persona y a la mejora de la cultura política y la conciencia jurídica de la población, se ha creado una condecoración por la “contribución al desarrollo de la sociedad civil”, con la que han sido galardonados 126 activistas que trabajan en ese ámbito. En los últimos cuatro años, el número de ONG ha aumentado en un 20,7 %, incluidas 187 ONG importantes que operan a nivel nacional.

165.En 2021 se crearon “casas de organizaciones no gubernamentales” en la República de Karakalpakstán, en las provincias de Andizhán, Kashkadar, Namangán, Surjandaryá, Taskent y Ferganá y en la ciudad de Taskent.

166.Se han adoptado medidas para crear más centros etnoculturales en Uzbekistán. Actualmente hay 6 en la República de Karakalpakstán, 5 en la provincia de Andizhán, 12 en la provincia de Bujará, 5 en la provincia de Yizak, 6 en la provincia de Kashkadar, 25 en la provincia de Navoí, 5 en la provincia de Namangán, 11 en la provincia de Samarcanda, 5 en la provincia de Syrdaryá, 8 en la provincia de Surjandaryá, 29 en la provincia de Taskent, 9 en la provincia de Ferganá, 6 en la provincia de Jorasmia y 23 en la ciudad de Taskent. En total existen 155 centros etnoculturales, cuyos objetivos figuran en la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales, de 21 de enero de 2021. Los centros etnoculturales se crearon para preservar y desarrollar la lengua, la cultura, las costumbres y tradiciones y los valores históricos, conservar el patrimonio cultural y espiritual, mantener la paz y la armonía étnicas, armonizar las relaciones interétnicas, promover el intercambio cultural internacional y estrechar lazos de amistad entre los pueblos que viven en el país.

167.En Uzbekistán se emiten programas de radio y televisión en 12 idiomas, se publican periódicos y revistas en más de 10 idiomas y unas 2.000 escuelas de enseñanza general de las más de 10.000 que hay en el país imparten enseñanza en siete idiomas: uzbeko, karakalpako, ruso, tayiko, turcomano, kirguiso y kazajo. En las escuelas dominicales organizadas en centros etnoculturales armenios, griegos, georgianos, coreanos, polacos, rusos, tártaros, chinos, judíos y de otras etnias se enseñan a los jóvenes la lengua materna, las tradiciones y costumbres, la cultura y el arte propios de su etnia. De conformidad con una directriz del Consejo de Ministros, los alumnos de 1.865 escuelas estatales de enseñanza general en los que la educación se imparte en la lengua materna del alumnado reciben gratuitamente más de 160.000 publicaciones de diversa índole con cargo al presupuesto del Estado.

168.El Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros representa los intereses de los centros etnoculturales ante los órganos estatales y presta asistencia metodológica y ayuda a los distintos pueblos y grupos étnicos de Uzbekistán para que preserven su cultura, sus costumbres y sus tradiciones.

169.A fin de garantizar la coordinación interinstitucional de las actividades de los órganos estatales y las instituciones de la sociedad civil en el ámbito de las relaciones interétnicas, en 2019 se estableció el Consejo Social, dependiente del Comité, y en 2020 se crearon los consejos sociales para garantizar la armonía, la tolerancia y la solidaridad interétnicas, dependientes del Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y de las administraciones provinciales, distritales y municipales, incluida la ciudad de Taskent. Con ello se ha logrado establecer un sistema integrado de control ciudadano de las actividades de los órganos estatales encargados de aplicar el Marco de Política Estatal para las Relaciones Interétnicas.

170.De conformidad con el Decreto Presidencial de 4 de mayo de 2018, se han creado “casas de la amistad” en la República de Karakalpakstán y en distintas capitales de provincia, que albergan gratuitamente centros etnoculturales. En 2019, los Presidentes de Uzbekistán y la República de Corea inauguraron la Casa de la Cultura y el Arte Coreanos, que había sido construida conjuntamente por Uzbekistán y la República de Corea. En los últimos cinco años, el Estado ha destinado un total de 25.000 millones de sum a la prestación de apoyo a los centros etnoculturales. En 2021 se puso en marcha un sistema para conceder una remuneración mensual a los directores de los centros etnoculturales nacionales y sus adjuntos, sistema que está financiado por el Fondo Social del Oliy Majlis.

171.Desde que el país obtuvo la independencia, más de 500 activistas de los centros etnoculturales han recibido condecoraciones estatales y han sido galardonados con órdenes y medallas, entre ellos 14 que han recibido la alta condecoración “O’zbekiston Qahramoni” (Héroe de Uzbekistán).

Derecho a la igualdad ante los tribunales y los demás órganos que administran justicia

172.Según lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución, se garantizan a todas las personas la protección judicial de sus derechos y libertades y el derecho a impugnar ante un tribunal toda actuación ilegal por parte de los órganos del Estado, los funcionarios o las asociaciones civiles. De conformidad con el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 3 del Código de Procedimiento Económico y el artículo 4 del Código de Procedimiento Administrativo, cualquier persona interesada tiene derecho, de conformidad con el procedimiento establecido en la legislación, a solicitar protección judicial a un tribunal ante una vulneración o negación de sus derechos o intereses legítimos. La persona que estime que ha sido víctima de discriminación racial podrá dirigirse a los tribunales para solicitar que se ponga fin a dicha discriminación y reclamar una indemnización por los daños materiales y morales que haya sufrido.

173.De conformidad con el artículo 115 de la Constitución, el artículo 13 de la Ley de Tribunales, de 28 de julio de 2021, el artículo 20 del Código de Procedimiento Penal, el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 10 del Código de Procedimiento Económico, el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y el artículo 273 del Código de Responsabilidad Administrativa, en Uzbekistán los procedimientos judiciales se desarrollan en uzbeko, en karakalpako o en el idioma que hable la población mayoritaria de la localidad en cuestión. Si alguno de los participantes en el proceso no domina suficientemente el idioma en que este se desarrolla, tiene derecho a consultar íntegramente el expediente, formular declaraciones orales o escritas, aportar pruebas y explicaciones, presentar peticiones y quejas, participar en las actuaciones judiciales con la asistencia de un intérprete y dirigirse al tribunal en su lengua materna o en otra lengua que conozca. Las piezas del sumario y los documentos judiciales que se entreguen al acusado, procesado u otros participantes en el proceso deberán estar traducidos a su lengua materna o a otra lengua que conozcan. Según lo dispuesto en el artículo 51 del Código de Procedimiento Penal, es obligatoria la participación de un defensor en aquellas causas en las que participen personas que no dominen el idioma en que se desarrolla el proceso.

174.Según datos del Tribunal Supremo, en 2020 se celebraron audiencias con la participación de intérpretes en 315 procesos penales, en 50 procesos contencioso-administrativos, en 293 procesos civiles (43 relacionados con el derecho del trabajo, 114 con el derecho familiar y 136 con otros ámbitos) y en 4 procesos económicos; en 2021, en 426 procesos penales, en 67 procesos contencioso-administrativos, en 345 procesos civiles (39 relacionados con el derecho del trabajo, 134 con el derecho familiar y 172 con otros ámbitos) y en 18 procesos económicos; y en los primeros cinco meses de 2022, en 221 procesos penales, en 42 procesos contencioso-administrativos, en 194 procesos civiles (18 relacionados con el derecho del trabajo, 70 con el derecho familiar y 106 con otros ámbitos) y en 11 procesos económicos.

175.Los tribunales civiles han examinado demandas presentadas por miembros del grupo étnico lyuli/romaní que habían visto vulnerados sus derechos y solicitaban su restablecimiento: en 2020: 26 demandas, de las cuales prosperaron 18 (el 69 %); en 2021: 49 demandas, de las cuales prosperaron 31 (el 63 %); en los primeros cinco meses de 2022: 19 demandas, de las cuales prosperaron 10 (el 53 %).

176.El ejercicio de los derechos a la reparación de los daños sufridos como consecuencia de un delito, incluido un acto de discriminación racial, está regulado en general por el capítulo 5 del Código de Procedimiento Penal. Concretamente, en el marco de un proceso penal los particulares y las personas jurídicas pueden constituirse en parte civil para reclamar una indemnización por el perjuicio patrimonial sufrido directamente a causa de un delito o un acto socialmente peligroso cometido por una persona en estado de enajenación mental, así como para reclamar una indemnización de los gastos del funeral o el tratamiento hospitalario de la víctima y las sumas que se le debieran abonar en concepto de reembolso por parte del seguro, prestaciones o pensiones (art. 275 del Código de Procedimiento Penal).

177.Toda persona que considere haber sufrido un perjuicio patrimonial por un delito o un acto socialmente peligroso cometido por una persona en estado de enajenación mental tiene derecho a constituirse, personalmente o por conducto de un representante, en parte civil desde el momento en que se incoa el proceso penal hasta el comienzo de la fase de la prueba. Toda persona que no se constituya en parte civil en el proceso penal o cuya acción no haya sido examinada podrá presentar dicha reclamación por la vía civil (art. 276 del Código de Procedimiento Penal).

178.En los procedimientos penales de 2020 se constató que la comisión de actos delictivos tipificados en el artículo 135 del Código Penal (Trata de personas) había causado unos daños materiales por un valor total de 92.847.160 sum, y las indemnizaciones concedidas se elevaron a un total de 51.321.160 sum. En 2021, esas cifras ascendieron a 598.236.896 y 415.000.336 sum, respectivamente; y en los primeros cinco meses de 2022, a 127.531.850 y 27.610.000 sum, respectivamente.

179.Además, el derecho a una indemnización por los daños sufridos como consecuencia de un acto de discriminación racial está garantizado en la legislación civil (cap. 57 del Código Civil (Obligaciones derivadas de los daños ocasionados)). Según lo dispuesto en el artículo 985 del Código Civil, los daños ocasionados por acciones u omisiones ilícitas a la persona o al patrimonio de un ciudadano, así como los daños ocasionados a una persona jurídica, deben ser indemnizados por la persona que causó el daño en su totalidad, incluido el lucro cesante.

180.Además, si el infractor es declarado culpable, debe abonar una indemnización pecuniaria por los daños morales (art. 1021 del Código Civil). El tribunal determina la cuantía de la indemnización por daños morales en función de la naturaleza del sufrimiento físico y moral infligido a la víctima, así como del grado de culpabilidad del autor en los casos en que este influya en la indemnización. La indemnización por daños morales es independiente de los daños materiales que deban indemnizarse (art. 1022 del Código Civil).

Derecho de acceso a la función pública

181.En el marco de las reformas administrativas que se están llevando a cabo en el país a fin de mejorar la labor de la administración pública y de los funcionarios, se están adoptando medidas sustanciales para subsanar las deficiencias del sistema de política de personal del Estado y garantizar a los ciudadanos un amplio acceso a la función pública mediante un concurso público transparente e independiente cuya selección se base en las cualificaciones laborales y profesionales de los candidatos, así como en la igualdad de derechos de acceso a la función pública sin ningún tipo de discriminación, incluida la discriminación por motivos de sexo, raza u origen nacional o étnico.

182.En el Decreto Presidencial de 3 de octubre de 2019 se define “funcionario público” como una persona de nacionalidad uzbeka que ocupa alguno de los puestos inscritos en el Registro Estatal de Puestos de la Administración Pública, si bien los ciudadanos extranjeros y apátridas también pueden ocupar algunos de esos puestos si así se dispone en una decisión del Presidente.

183.El Organismo de Desarrollo de la Administración Pública, dependiente de la Presidencia, se encarga de aplicar una política gubernamental unificada de gestión y desarrollo de los recursos humanos en los órganos y organismos públicos, cuyos objetivos prioritarios consiste en aumentar el número de jóvenes y mujeres contratados en puestos de la función pública mediante un proceso de selección competitivo transparente e independiente, proteger los derechos e intereses legítimos de los funcionarios y establecer unas condiciones dignas para velar por su protección social y por que puedan desempeñar sus funciones.

184.Por decreto presidencial se aprobó un programa de medidas prioritarias para reformar sustancialmente la política de personal y el sistema de la función pública en la República de Uzbekistán, en aplicación del cual se aprobó la Ley de la Función Pública, de 8 de agosto de 2022, un instrumento único en la historia legislativa del país que se elaboró teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por expertos extranjeros y la opinión de la población. En esa ley se definen los conceptos básicos, los principios y las garantías de los derechos de acceso de los ciudadanos a la función pública.

185.En el artículo 5 de dicha ley se consagra el principio de igualdad de derechos de los ciudadanos a acceder a la función pública, mientras que en su artículo 11 se establecen los derechos de los funcionarios, incluido el derecho a impugnar una decisión ilícita de un órgano estatal o una acción u omisión ilícita de un funcionario. En el artículo 21 se dispone que a todos los nacionales de la República de Uzbekistán que cumplan los requisitos establecidos en materia de cualificaciones se les garantiza la igualdad de oportunidades para acceder a la función pública.

186.El capítulo 6 (arts. 27 a 32) de esa ley regula el procedimiento y las condiciones para ingresar en la función pública. Es obligatorio dominar el idioma oficial y poseer las cualificaciones necesarias para el puesto correspondiente. Las personas que sean menores de 18 años, hayan sido declaradas jurídicamente incapaces o con capacidad jurídica restringida por un tribunal, hayan sido inhabilitadas por un tribunal para desempeñar determinados cargos, hayan cometido delitos de corrupción, tengan antecedentes penales por delitos graves o muy graves, no puedan desempeñar un determinado cargo debido a su estado de salud o se nieguen a cumplir las restricciones establecidas en la Ley de la Función Pública no podrán ser contratadas en la función pública.

187.En el artículo 29 se garantiza a todas las personas que se presenten a un puesto de funcionario los mismos derechos, sin distinción por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social.

188.Los derechos de acceso de los ciudadanos a la función pública se garantizan también en otras leyes, a saber: en el artículo 16 de la Ley de Garantías de la Igualdad de Derechos y Oportunidades para Mujeres y Hombres, de 2 de septiembre de 2019; en los artículos 11 y 67 de la Ley de Tribunales, de 28 de julio de 2021; y en los artículos 7, 18 y 43 de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad, de 15 de octubre de 2020, entre otras.

Derecho a la nacionalidad

189.En Uzbekistán, el procedimiento para la concesión de la nacionalidad está regulado por la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán, de 13 de marzo de 2020. Según lo dispuesto en el artículo 4 de la ley, toda persona tiene derecho a la nacionalidad. Nadie podrá ser privado de su nacionalidad uzbeka, salvo en los casos previstos por la ley o por el derecho a cambiar de nacionalidad.

190.El artículo 1 de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961, establece que todo Estado contratante concederá su nacionalidad a la persona nacida en su territorio que de otro modo sería apátrida. El artículo 13 de la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán se ajusta a las disposiciones de esa Convención, al establecer que la nacionalidad uzbeka se obtiene por nacimiento, adopción, adquisición o restitución.

191.De conformidad con la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán, existe un procedimiento simplificado para la adquisición de la nacionalidad uzbeka por parte de los apátridas. Concretamente, según lo dispuesto en el artículo 20 de dicha ley, los apátridas pueden obtener la nacionalidad uzbeka por el procedimiento simplificado si tienen al menos un ascendiente directo que viva en Uzbekistán y sea de nacionalidad uzbeka, se comprometen a respetar la Constitución de Uzbekistán y tienen unos conocimientos del idioma oficial que les permiten comunicarse, de conformidad con lo dispuesto en la legislación.

192.Desde diciembre de 2016, Uzbekistán viene realizando una importante labor para reducir los casos de apatridia. Entre 1992 y 2016 se concedió la nacionalidad uzbeka a 482 apátridas. Mediante 69 decretos presidenciales, desde diciembre de 2016 han pasado a ser nacionales de la República de Uzbekistán 16.722 apátridas (179 en 2016, 1.064 en 2017, 2.760 en 2018, 6.318 en 2019, 6.401 en 2020, 4.567 en 2021 y 295 en 2022).

193.Con el fin de reducir los casos de apatridia, se ha establecido un nuevo procedimiento en virtud del artículo 6 de la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán, según el cual los apátridas llegados al país antes del 1 de enero de 1995 e inscritos en el registro de población con permiso de residencia pueden adquirir la nacionalidad uzbeka si así lo solicitan. Hasta la fecha, el Ministerio del Interior ha recibido solicitudes de más de 20.283 apátridas llegados al país antes del 1 de enero de 1995 e inscritos en el registro de población que expresaban su deseo de adquirir la nacionalidad uzbeka, y de ellos, a 14.740 (el 41,3 %) se les ha expedido un pasaporte.

Recomendación formulada en el párrafo 21

194.La Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán, de 4 de junio de 2021, regula el derecho de estas personas a recibir asilo político. Según lo dispuesto en el artículo 8 de esa ley, en Uzbekistán se concede asilo político a los extranjeros y apátridas teniendo en cuenta los intereses nacionales de Uzbekistán, con arreglo a los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional y de conformidad con dicha ley y otros instrumentos jurídicos y normativos de Uzbekistán.

195.Se concede asilo político a los extranjeros y apátridas con residencia permanente en otros países y los miembros de sus familias que soliciten asilo y protección contra el hecho o la amenaza real de que sean perseguidos en el país de su nacionalidad o residencia permanente por sus actividades sociopolíticas, sus creencias religiosas o su origen racial o étnico, así como otros casos de violaciones de los derechos humanos previstos por el derecho internacional.

196.El procedimiento y las condiciones para la concesión de asilo político en la República de Uzbekistán están regulados por un reglamento aprobado por Decreto Presidencial de 29 de mayo de 2017. La persona a la que se le concede asilo político en la República de Uzbekistán y los miembros de su familia tienen los derechos, libertades y deberes propios de los extranjeros y apátridas con residencia permanente en el país, como se establece en la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán.

197.Según datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, hasta la fecha no se ha recibido ninguna solicitud de asilo político de extranjeros o apátridas en Uzbekistán. Cabe señalar que la cuestión de la adhesión de Uzbekistán a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, y a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961, ha sido examinada por los ministerios y departamentos competentes, y se ha llegado a la conclusión de que sería prematuro que Uzbekistán se adhiriese a esos instrumentos.

198.Al examinar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, tal y como recomendó el Comité, se comprobó que sus disposiciones coincidían en gran medida con los requisitos que contempla la legislación uzbeka en vigor. El artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas define el término apátrida como toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación. En el artículo 3 de la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán se define “apátrida” como toda persona con residencia permanente en Uzbekistán que no tenga la nacionalidad uzbeka ni pueda demostrar que sea nacional de otro Estado.

199.Tras examinar la conformidad de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia con la legislación nacional en vigor se ha constatado que, según lo dispuesto en la Convención, la edad del solicitante debe estar comprendida entre los 18 y los 21 años para que se le pueda conceder la nacionalidad. La Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán estipula que el solicitante debe tener al menos 18 años.

200.De conformidad con las Convenciones arriba mencionadas, el Estado debe garantizar los derechos y libertades de los apátridas y sus intereses legítimos, por lo que la adhesión a las Convenciones exigiría introducir modificaciones en toda una serie de leyes y reglamentos. Con el fin de reducir los casos de apatridia se está elaborando un proyecto de ley por la que se modifica la Ley de Nacionalidad de la República de Uzbekistán.

Derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal

201.Uzbekistán sigue prestando atención al fortalecimiento de las garantías de protección de los derechos de los ciudadanos a la seguridad personal y a la prohibición de todas las formas de violencia, incluidos la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y los castigos corporales a niños y otras categorías vulnerables de la población.

202.Con arreglo al Decreto Presidencial de 10 de agosto de 2020, entre las principales tareas para mejorar la labor judicial y de investigación se incluyen la puesta en marcha de mecanismos para prevenir los actos relacionados con el uso de la fuerza y el incremento de las sanciones aparejadas a tales actos. En ese decreto se prevé la participación activa de un abogado desde la detención efectiva de una persona y su imputación como sospechoso, así como su participación obligatoria en casos de personas sospechosas de delitos muy graves o de personas contra las que se haya dictado prisión preventiva o arresto domiciliario como medida cautelar.

203.Está prohibido que los funcionarios de los órganos de investigación preliminar y de instrucción induzcan a una persona a cometer un acto ilícito o la acusen de un delito que esta haya cometido como consecuencia de haber sido inducida a ello; interroguen a una persona antes de que se le haya imputado un delito o se hayan formulado acusaciones contra ella en calidad de sospechosa o de testigo; y citen al acusado, a la víctima, al testigo o a cualquier otro participante en el proceso para interrogarlos en relación con una causa que ya haya sido remitida a un tribunal para que la examine en cuanto al fondo.

204.Por Resolución Presidencial de 26 de junio de 2021 se introdujeron medidas adicionales para mejorar el sistema de identificación y prevención de casos de tortura, concretamente para armonizar el sistema de prevención de la tortura con el derecho internacional; para poder remitir directamente denuncias a las instituciones nacionales de derechos humanos; para proporcionar asistencia social, jurídica, psicológica y médica a las víctimas de la tortura; y para recabar la participación de ONG en la identificación y prevención de los actos de tortura en colaboración con las autoridades públicas competentes.

205.Por resolución del Defensor de los Derechos Humanos del Oliy Majlis, se crearon unos grupos de control ciudadano para llevar un seguimiento periódico de la situación de las personas recluidas en dependencias policiales, centros de arresto administrativo y centros de prisión preventiva, instituciones penitenciarias, unidades disciplinarias e instituciones de tratamiento forzado, así como para elaborar propuestas sobre cómo prevenir los casos de tortura.

206.El Defensor de los Derechos Humanos debe presentar un informe anual (antes del 15 de marzo) a las cámaras del Parlamento sobre la labor realizada en este ámbito; el 1 de diciembre de 2021 se implantó un registro electrónico único de personas recluidas en los lugares de privación de libertad arriba mencionados; y se está estudiando la posibilidad de que Uzbekistán se adhiera al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

207.El 7 de agosto de 2020, el Senado examinó la información presentada por el Ministerio del Interior y la Fiscalía General sobre la aplicación en el país de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, en la que se indicaba que se habían instalado 9.547 videocámaras en 486 edificios administrativos de las fuerzas del orden, 31 instalaciones de detención, 43 instituciones penitenciarias, 11 centros de prisión preventiva y 13 centros de arresto administrativo. En los primeros siete meses de 2020, los órganos de la fiscalía llevaron a cabo 5.116 inspecciones, remitieron 2.783 amonestaciones en relación con el quebrantamiento de la legislación, interpusieron 2.742 recursos contra actos ilegales, incoaron procesos disciplinarios contra 1.229 personas y procesos penales contra otras 473 y restablecieron los derechos de 3.309 personas.

208.En el período mencionado, los órganos de la fiscalía recibieron 1.950 denuncias de tortura, que dieron lugar a 1.459 investigaciones; de esos casos denunciados, 1.684 se archivaron por falta de motivos para incoar un proceso penal, se incoaron procedimientos penales en 77 casos, 67 casos fueron remitidos a otros órganos estatales y 122 casos siguen en fase de investigación preliminar.

209.La Ley de Garantías de los Derechos del Niño, de 7 de enero de 2008, en su versión modificada el 11 de marzo de 2020, clasifica a los niños víctimas de violencia o explotación, conflictos armados o desastres naturales como niños socialmente vulnerables en situación precaria que necesitan una protección y un apoyo especiales por parte del Estado y de la sociedad. Todos los menores de edad tienen garantizada la protección judicial de sus derechos y, en caso de que estos sean vulnerados por sus padres o personas in loco parentis, pueden presentar directamente una denuncia ante el órgano de tutela y curatela y otros órganos estatales, que no podrán abstenerse de examinar dicha denuncia alegando que la persona no ha alcanzado la plena capacidad jurídica.

210.Según el artículo 10 de esa ley, todos los niños tienen derecho a la seguridad personal y el Estado debe proteger a los niños contra toda forma de explotación y violencia, incluidos los malos tratos físicos y psicológicos, los abusos sexuales, la tortura, el acoso sexual, etc. El Estado está obligado a tomar medidas para prevenir la violencia y proporcionar la asistencia pedagógica, psicológica, médica y jurídica que necesiten los niños víctimas de explotación y violencia.

Derechos a la libertad de circulación y a la elección del lugar de residencia

211.Según la Constitución, los nacionales de la República de Uzbekistán tienen derecho a viajar libremente por el territorio de Uzbekistán y a entrar y salir del país (art. 28).

212.Cuando quieren viajar al extranjero, los nacionales tramitan un pasaporte biométrico que les permite salir de Uzbekistán hacia cualquier Estado, independientemente de su sexo, raza, etnia o religión. Los nacionales de entre 15 y 17 años pueden viajar al extranjero sin un acompañante con el consentimiento de sus padres, tutores o curadores firmado ante notario en el que autoricen al menor a viajar de forma independiente.

213.La entrada y salida del país por extranjeros y apátridas está regulada por la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán, de 5 de junio de 2021 (arts. 28 a 31).

214.Los extranjeros pueden entrar en Uzbekistán con un documento de viaje válido o, en el caso de los países a cuyos nacionales Uzbekistán exige un visado, con un visado de entrada válido (incluido el visado electrónico), salvo que en la legislación o los acuerdos internacionales en que Uzbekistán es parte se disponga lo contrario. Los apátridas con residencia permanente en otros Estados también podrán entrar en la República de Uzbekistán con un documento de viaje válido si disponen de un visado de entrada válido, salvo en el caso previsto en el párrafo tercero del artículo 28 de dicha ley.

215.A un extranjero o apátrida que tenga su residencia permanente en otro Estado se le podrá denegar la entrada en el territorio de Uzbekistán en los siguientes casos: para proteger la seguridad nacional o el orden público; si la persona está implicada en actividades de organizaciones terroristas, extremistas y otras organizaciones delictivas internacionales o extranjeras; si la persona ha facilitado a sabiendas información falsa sobre sí misma, ha presentado documentos falsos o no ha presentado los documentos necesarios; si la persona ha sido condenada por un delito durante una estancia anterior en Uzbekistán y un tribunal ha dictado condena contra ella; si el derecho de una persona a entrar en el territorio de Uzbekistán está restringido por un período determinado y ese período aún no ha concluido; o si la persona está enferma o padece un trastorno de salud que suponga una amenaza para la seguridad y la salud de los ciudadanos, siempre y cuando la enfermedad en cuestión figure en la lista correspondiente aprobada por el Ministerio de Salud.

216.Para salir de Uzbekistán, los extranjeros y apátridas deben presentar un documento de viaje válido y un visado de salida válido emitido por la República de Uzbekistán, salvo que en la legislación o en los tratados internacionales en que es parte la República de Uzbekistán se disponga lo contrario. Los extranjeros y apátridas pueden abandonar el territorio de Uzbekistán con un pasaporte nacional caducado, sin visado y sin estar inscritos en el registro de residencia temporal en los siguientes casos: cuando son expulsados en virtud de una orden administrativa de expulsión de extranjeros o apátridas de Uzbekistán o si se ha incoado una causa contra ellos; o si llegaron a la República de Uzbekistán sin visado o con un visado electrónico, turístico, de tránsito o para conductores profesionales con la intención de quedarse en el país por un período determinado, durante el cual fueron ingresados en un centro médico como consecuencia de un accidente, lesión u otra enfermedad grave y no pudieron abandonar el territorio de Uzbekistán (por prescripción del centro médico correspondiente) por otros motivos previstos en el artículo 30 de la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán.

217.Para salir de Uzbekistán, los extranjeros con residencia permanente en Uzbekistán deben presentar un documento de viaje válido, siempre que tengan un sello de las autoridades del Ministerio del Interior que certifique su inscripción en el registro de residencia permanente (art. 30).

218.Los extranjeros y apátridas no pueden salir de Uzbekistán en los siguientes casos: cuando su salida contravenga los intereses de la seguridad nacional hasta que dejen de darse las circunstancias que impidan su salida; cuando la persona esté sujeta a obligaciones contractuales que le impidan marcharse al extranjero para establecerse allí hasta que cesen dichas obligaciones; cuando se haya incoado un procedimiento penal contra una persona hasta que se decida archivar la causa; cuando la persona haya sido condenada por un delito hasta que cumpla su condena o sea puesta en libertad; cuando la persona esté evadiendo unas obligaciones impuestas por decisión judicial hasta que termine de cumplir esas obligaciones; cuando la persona haya facilitado a sabiendas información falsa sobre sí misma al obtener los documentos de salida hasta que se aclaren las circunstancias; o cuando un tercero se constituya en parte civil contra la persona en cuestión hasta que el tribunal dicte sentencia y esta se ejecute.

219.De acuerdo con la Resolución del Consejo de Ministros de medidas para simplificar aún más el procedimiento de registro como residente permanente o temporal en la República de Uzbekistán, de 28 de diciembre de 2019, el registro de los ciudadanos de la República de Uzbekistán como residentes en el territorio del país se formaliza siguiendo el Reglamento relativo al Procedimiento de Registro como Residente Permanente o Temporal, en el que se han sustituido los términos “permiso de residencia permanente, alta del registro de residentes y certificado de registro de residencia” por “registro como residente permanente o temporal”. Los ciudadanos deben registrarse como residentes permanentes o temporales en un plazo de 15 días desde su llegada al nuevo lugar de residencia ante los departamentos de migración y nacionalidad de las fuerzas del orden, los centros de servicios estatales o el portal unificado de servicios estatales interactivos.

220.Según lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en la República de Uzbekistán, los extranjeros y los apátridas pueden residir de forma permanente en Uzbekistán si se registran como residentes permanentes con arreglo al procedimiento establecido en la legislación.

Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

221.En la República de Uzbekistán, la igualdad de derechos de los ciudadanos relacionados con la libertad de conciencia y organizaciones religiosas está garantizada por la Constitución, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Responsabilidad Administrativa y la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas, de 5 de julio de 2021, sin distinción por motivos de raza, etnia, idioma o religión.

222.El Comité de Asuntos Religiosos, dependiente del Consejo de Ministros, es el órgano estatal encargado de adoptar medidas para garantizar la libertad de conciencia, así como la aplicación coherente y uniforme de la legislación en materia de libertad de conciencia y organizaciones religiosas.

223.En Uzbekistán hay representantes de 16 confesiones religiosas distintas (el islam, la Iglesia ortodoxa rusa, la Iglesia católica romana, la Iglesia apostólica armenia, la Iglesia cristiana del evangelio completo, la Iglesia cristiana evangélica bautista, la Iglesia adventista del séptimo día, la Iglesia nueva apostólica, la Iglesia evangélica luterana, la Iglesia de la voz de Dios, la Iglesia de los testigos de Jehová, la Iglesia protestante coreana, el judaísmo, el bahaísmo, el budismo y la Sociedad para la Conciencia de Krishna). Los líderes de todas estas confesiones religiosas son miembros del Consejo de Asuntos Confesionales dependiente del Comité de Asuntos Religiosos, un órgano consultivo de la sociedad civil que se encarga de coordinar las actividades de las organizaciones religiosas y reúne a los líderes de las distintas confesiones religiosas presentes en Uzbekistán.

224.A fecha de 1 de julio de 2022, en los registros del Ministerio de Justicia y las autoridades judiciales locales constaban 2.333 organizaciones religiosas, y todas ellas gozan de las mismas condiciones para celebrar ceremonias y ritos religiosos en los lugares designados para ello.

225.En 2022, las organizaciones religiosas organizaron celebraciones navideñas en iglesias ortodoxas y armenias apostólicas; una celebración del Año Nuevo Chino en un templo budista; una celebración del Año Nuevo según el calendario bahaí (Nouruz); celebraciones de Pascua en centros religiosos cristianos y judíos; una celebración del fin del Ramadán por la comunidad musulmana; y una celebración del cumpleaños de Buda en un templo budista.

226.A fecha de 1 de julio de 2022, Uzbekistán contaba con 15 instituciones educativas religiosas: 13 islámicas (3 centros de estudios superiores —el Instituto Islámico de Taskent, la Madrasa Superior Mir Arab, la Escuela Científica Hadiz— y 10 instituciones de educación secundaria especializada —Kukaldosh, Sayyid Muhiddin Majdum, Jidoya, Imam Fajriddin Al-Rozi, Muhammad ibn Ahmad Al-Beruni, Mir Arab, Jozha Bujori, Imam Termizi, Jadichay Kubro y Zhuibori Kalon—) y 2 no islámicas (el Seminario Ortodoxo de Taskent y el Seminario Cristiano de Taskent).

227.Debido a la pandemia de enfermedad por coronavirus, entre 2020 y 2021 no hubo ninguna iniciativa de colaboración internacional entre confesiones religiosas para organizar peregrinaciones, actos religiosos internacionales o festivales religiosos. En 2022 se organizaron las peregrinaciones de umrah y hach para 36.910 y 12.045 nacionales uzbekos, respectivamente. Entre 2020 y 2022, ningún nacional uzbeko, ciudadano extranjero u organización religiosa presentaron ninguna denuncia de vulneración de la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas.

228.En la Resolución Presidencial de Medidas Adicionales para Mejorar la Labor del Ámbito de la Educación Religiosa, de 4 de septiembre de 2019, se establecen, entre otras, las siguientes prioridades en materia de cooperación en la esfera de la religión: explicar a la población en general, a los dirigentes y empleados de las organizaciones públicas y civiles las principales metas, objetivos y principios de la política estatal en materia de religión, aumentar su participación y su grado de iniciativa y tomar medidas para hacer frente a las vulneraciones de las salvaguardias de la libertad de conciencia.

229.El Comité de Asuntos Religiosos tiene encomendadas las siguientes funciones: tomar medidas para prevenir actos que tengan por objeto difundir ideas relacionadas con el fanatismo y el extremismo religiosos o fomentar la enemistad entre diferentes confesiones; llevar a cabo actividades de promoción y campañas dirigidas a la población para reforzar la armonía interconfesional y la tolerancia religiosa; crear las condiciones necesarias para hacer posible el turismo de peregrinación de nacionales uzbekos a países extranjeros y de extranjeros a Uzbekistán; lograr que las personas que han caído bajo la influencia de ideas extremistas, separatistas y fanáticas, especialmente las mujeres y los jóvenes, vuelvan a adoptar un estilo de vida sano y normal; llevar a cabo una labor de sensibilización y educación para reforzar el ambiente de paz y armonía en la sociedad; y preparar propuestas en este sentido basándose en las mejores prácticas internacionales.

230.El Ministerio de Justicia y el Tribunal Supremo deben publicar y mantener actualizada en sus sitios web oficiales y en otros medios de comunicación una lista de organizaciones, sitios web, redes sociales y aplicaciones móviles de mensajería reconocidos por un tribunal como extremistas o terroristas y cuyas actividades están prohibidas en Uzbekistán.

Derecho a la educación

231.En la Constitución, la Ley de Educación, la Ley de Educación Preescolar y otros instrumentos jurídicos y normativos se garantiza el acceso a la educación a todos los ciudadanos, independientemente de la etnia a la que pertenezcan. Según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Educación, los principios básicos en el ámbito de la educación son: el reconocimiento del carácter prioritario de la educación; la libertad para elegir la modalidad de enseñanza; la inadmisibilidad de la discriminación en la esfera de la enseñanza; la igualdad de oportunidades de aprendizaje; y la inculcación de los valores nacionales y universales en la educación y la crianza.

232.Según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Educación, el Ministerio de Educación Nacional es el organismo estatal que se encarga de gestionar la enseñanza secundaria general y extraescolar, y garantiza el derecho constitucional de los ciudadanos a la educación, independientemente de su sexo, raza y etnia. El Ministerio de Educación Preescolar y el Ministerio de Educación Superior y Enseñanza Secundaria Especializada son responsables de los respectivos ciclos de educación en el país.

233.Con el fin de determinar cuáles eran los objetivos prioritarios para mejorar la educación pública, en 2019 se aprobaron por decreto presidencial los siguientes instrumentos: el Marco de Desarrollo del Sistema de Educación Nacional de la República de Uzbekistán hasta 2030 y una hoja de ruta para su aplicación; el Marco de Desarrollo del Sistema de Educación Preescolar hasta 2030, la hoja de ruta conexa y unos índices para medir el progreso en lo que respecta al desarrollo de la educación preescolar; y el Marco de Desarrollo del Sistema de Educación Superior de la República de Uzbekistán hasta 2030 y una hoja de ruta para su aplicación, en la que se prevé aumentar el porcentaje de miembros de grupos de población socialmente desfavorecidos, incluidas las personas con discapacidad, matriculados en todos los niveles de educación.

234.En el marco de la aplicación de la recomendación que figura en el párrafo 17, la Inspección Estatal de Control de la Calidad de la Educación, dependiente del Consejo de Ministros, ha llevado un seguimiento de la aplicación de la Ley de Educación y más de 200 instrumentos jurídicos y normativos.

235.Actualmente, en el sistema educativo público se imparte educación en siete idiomas. La educación en las escuelas se imparte en uzbeko, pero también en ruso, karakalpako, tayiko, kazajo, kirguiso y turcomano.

236.En concreto, 5,3 millones de alumnos están matriculados en 8.883 escuelas en las que la enseñanza se imparte en uzbeko; 634.000, en 81 escuelas en las que la enseñanza se imparte en ruso; 126.000, en 241 escuelas en las que la enseñanza se imparte en karakalpako; 70.000, en 270 escuelas en las que la enseñanza se imparte en tayiko; 56.000, en 389 escuelas en las que la enseñanza se imparte en kazajo; 8.000, en 52 escuelas en las que la enseñanza se imparte en kirguiso; y 9.000, en 43 escuelas en las que la enseñanza se imparte en turcomano.

237.Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Educación Preescolar, todos los niños tienen derecho a la educación preescolar. El Estado garantiza el derecho de todos los niños a cursar un año de preparación obligatoria en centros preescolares públicos el año anterior a su ingreso en un centro de enseñanza general.

238.Gracias a la aplicación de 107 instrumentos jurídicos y normativos que definen la visión a largo y corto plazo del sistema de educación preescolar, la tasa de matriculación en centros de educación preescolar ha aumentado del 27 % al 70 % del total de niños de entre 3 y 7 años (de 708.000 a 1.959.000 niños). Gracias al desarrollo de la educación preescolar, el número de centros de este nivel de enseñanza aumentó de 5.211 a 28.842. Se están desarrollando modalidades alternativas de educación preescolar y creando numerosos centros móviles y “grupos de juego”. Con el fin de garantizar una alimentación saludable y segura a los niños en edad preescolar, se subcontratan servicios de alimentación saludable que 83 empresas ofrecen en 1.176 centros de educación preescolar del país para un total de 237.922 alumnos. Todas las instalaciones están preparadas para niños con discapacidad. Por ejemplo, en la República de Karakalpakstán y en las provincias de Taskent y Kashkadar se han abierto centros preescolares multidisciplinares de educación especial en colaboración con el centro de rehabilitación Imkon (“Posibilidad”), que está totalmente adaptado para niños con discapacidad.

239.En el sistema de educación preescolar hay 86.000 grupos de habla uzbeka, rusa, karakalpaka, tayika y kazaja, en los que están matriculados en total 1.959.021 niños. El Ministerio de Educación Preescolar organizó, con el apoyo de la Radiotelevisión Nacional de Uzbekistán (con programas en uzbeko y ruso), rutinas matinales de ejercicio basadas en el proyecto Primer Paso, programas de televisión titulados Ciudades antiguas de Uzbekistán (en uzbeko), Inglés (en inglés), Cálculo mental básico y cálculo matemático y clases de logopedia. Los programas de televisión del proyecto Primer Paso también incluían talleres de cocina, creatividad, clases de dibujo y collage y talleres de baile. Se organizaron programas de televisión sobre cálculo mental y matemáticas elementales y logopedia como contenido educativo adicional para niños de 6 y 7 años.

240.En la República de Karakalpakstán, el Consejo de Ministros y las administraciones provinciales, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, han creado organizaciones civiles y sistemas de educación y formación en la lengua materna de los grupos étnicos en cada provincia con el fin de aumentar la tasa de población matriculada en estudios superiores a más tardar el 1 de septiembre de 2021. En el artículo 33 de la Ley de Educación y en el artículo 6 de la Ley del Idioma Oficial se consagra el derecho de las personas residentes en la República de Karakalpakstán a elegir libremente el idioma de docencia. Los centros educativos de todos los niveles imparten enseñanza en siete lenguas (kazajo, turcomano, tayiko, kirguiso, karakalpako, ruso y uzbeko). En el año académico 2020/21 había 371 escuelas en la República de Karakalpakstán en las que se impartía enseñanza en karakalpako con un total de 125.767 alumnos matriculados en ellas.

241.En todas las escuelas de enseñanza general de la República de Karakalpakstán se enseña, además de Historia de Uzbekistán, Historia de Karakalpakstán, y los departamentos regionales de ecología y protección del medio ambiente imparten clases en las escuelas de enseñanza general sobre la evolución de la etnia karakalpaka y la situación ambiental de la región, así como talleres sobre educación ambiental para los profesores de las escuelas secundarias locales.

242.Con el fin de garantizar las condiciones necesarias para el desarrollo de la lengua y la cultura de todas las etnias y pueblos que viven en Uzbekistán y ampliar la cobertura y la información publicada en lenguas extranjeras y los idiomas de las distintas etnias, la Radiotelevisión Nacional ha creado un departamento de programas informativos y educativos que actualmente emite dos veces al mes un total de 12 programas de televisión: Ranginkamon en tayiko; Didar en kazajo; Chinsen en coreano; y Naopir en karakalpako. El programa Uzbekistán: Nuestro hogar común, sobre los estilos de vida y tradiciones de las distintas etnias y pueblos que viven en el país, se emite dos veces al mes.

243.Las cadenas de radio Uzbekiston, Mahala y Yoshlar también emiten programas en esas y otras lenguas de la misma familia. En el canal de radio Uzbekiston se emite el programa Araili Ungyr, en kazajo, cuatro veces por semana; el programa Jrustalnaya vesna, en tártaro, tres veces por semana; el programa Kutlug makan, en uigur, tres veces por semana; y el programa Maurit, en karakalpako, una vez por semana. La emisora Mahala emite tres veces por semana programas en tayiko y kirguiso, mientras que la emisora Yoshlar emite cuatro veces por semana programas en turcomano.

244.Con el fin de incrementar el uso de la lengua uzbeka y crear unas condiciones adecuadas para el aprendizaje del idioma oficial por parte de los representantes de las distintas etnias que viven en el país, se han creado centros de enseñanza de la lengua uzbeka tanto en el país como en el extranjero y se organizan actividades culturales y educativas para crear las condiciones necesarias, así como oportunidades, para el desarrollo de las lenguas de todas las etnias y pueblos que viven en el país.

245.El derecho a participar en el ámbito científico y en la vida cultural, incluidos la educación física y el deporte, se hace efectivo en Uzbekistán mediante la aplicación del Marco de Desarrollo en Mayor Profundidad de la Cultura Nacional y el programa de medidas para su aplicación, la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales, de 20 de enero de 2021, que se aprobó con arreglo a lo dispuesto en dicho marco y el Marco para el Fomento de la Educación Física y los Deportes de Masas en la República de Uzbekistán (2019-2023) y el programa de medidas para su aplicación.

246.En el Marco de Desarrollo en Mayor Profundidad de la Cultura Nacional se definen los siguientes objetivos: garantizar a todos los ciudadanos, independientemente de su origen nacional o étnico, la igualdad de participación en la vida cultural y el consumo de servicios culturales; preservar los valores nacionales y universales y las tradiciones étnicas y culturales y promover el arte popular; y proporcionar apoyo estatal a los centros etnoculturales teniendo en cuenta la igualdad de derechos de todos los ciudadanos y respetando los derechos humanos.

247.Según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Actividades y Organizaciones Culturales, todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a la cultura y a participar en la vida cultural de la sociedad; a dedicarse a actividades artísticas de manera profesional o amateur en colectivos de arte o de forma independiente; y a elegir libremente determinadas actividades culturales en función de sus necesidades, intereses, aptitudes y capacidades o posibilidades.

248.El Ministerio de Educación Física y Deporte contribuye a mejorar la salud física de la población, sin distinción por motivos de sexo, edad, origen nacional o étnico u otras circunstancias. El Ministerio lleva a cabo su labor basándose en el Marco y Programa para el Desarrollo de la Educación Física y el Deporte (2019-2023), que tiene por objeto animar a los niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y personas mayores a apuntarse a clases periódicas de educación física y deporte en grupo en instituciones educativas, estructuras públicas y colectivos de trabajo.

249.En la Ley de Ciencia y Actividad Científica, de 30 de octubre de 2019, se definen las formas de participación de los ciudadanos y las ONG en el ámbito científico mediante la presentación de propuestas para el desarrollo de la ciencia y la tecnología, la realización de una labor de control ciudadano en este ámbito y la divulgación de información relativa a la ciencia y a la actividad científica, y se establecen asimismo formas de atraer a los jóvenes hacia la ciencia y de apoyar a las asociaciones científicas juveniles.

250.Las personas que realizan actividades científicas tienen derecho a elegir libremente estas actividades de forma individual o colectiva y a difundir en los medios de comunicación los resultados de sus investigaciones científicas —siempre que no contengan secretos de Estado u otros secretos protegidos por la ley— y también están obligadas a no atentar contra la vida y la salud humanas, a no causar daños al medio ambiente y a respetar los derechos de propiedad intelectual.

251.Teniendo en cuenta el principio de la libertad de creación científica consagrado en la ley, la investigación científica se desarrolla en el idioma oficial y en otras lenguas de los pueblos y grupos étnicos que viven en Uzbekistán. El Ministerio de Desarrollo Innovador y la Academia de Ciencias son las autoridades encargadas de gestionar el ámbito científico.

Artículo 6

252.En Uzbekistán, la protección jurídica de los ciudadanos, incluida la protección contra la discriminación por motivos de raza, etnia, idioma o religión, se garantiza a través de las vías judiciales y extrajudiciales más eficaces de entre las previstas en la Constitución, la Ley de la Fiscalía, la Ley de Órganos de Orden Público, la Ley de Comunicaciones de Personas Físicas y Jurídicas, el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Administrativo, la Ley de Tribunales, la Ley del Tribunal Constitucional, la Ley del Defensor de los Derechos Humanos del Oliy Majlis, el Decreto Presidencial relativo al Defensor de los Derechos Humanos del Oliy Majlis, la Ley del Defensor de los Derechos e Intereses Legítimos de los Empresarios adscrito a la Presidencia de la República, la Ley de la Abogacía, la Ley de Organizaciones No Gubernamentales Sin Fines de Lucro y la Ley de Control Ciudadano, entre otros instrumentos.

253.Según lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución, todas las personas tienen derecho a presentar, a título individual o colectivo, solicitudes, propuestas y denuncias ante las autoridades competentes del Estado, las instituciones o los representantes del pueblo. Las solicitudes, propuestas y denuncias deben ser examinadas en la forma y los plazos prescritos por la Ley de Comunicaciones de Personas Físicas y Jurídicas, de 3 de diciembre de 2014, en su versión modificada el 29 de enero de 2018, en la que se establece un procedimiento claro para el examen de las comunicaciones dirigidas a las autoridades e instituciones públicas y sus funcionarios. Las comunicaciones pueden presentarse oralmente, por escrito o por vía electrónica en el idioma oficial o en otras lenguas. Los directores de las autoridades públicas pertinentes reciben en persona a particulares y entidades jurídicas en dependencias creadas a tal efecto y también pueden desplazarse a comunidades de vecinos o barrios, así como a otros locales, para celebrar reuniones individuales o públicas. Las comunicaciones orales pueden presentarse no solo en persona, sino también a través de las líneas telefónicas de asistencia y líneas directas, por videoconferencia o mediante las ventanillas virtuales de las autoridades públicas.

254.En Uzbekistán se han creado las ventanillas populares y la Ventanilla Virtual de la Presidencia, que mantienen un diálogo directo con la población, crean las condiciones para el ejercicio del derecho constitucional de los ciudadanos a presentar comunicaciones, realizan un seguimiento y control sistemáticos de su examen y pueden recomendar que se adopten las medidas pertinentes contra las personas que vulneren el procedimiento de examen de las comunicaciones.

255.La ley anteriormente mencionada incluye garantías del derecho a presentar una comunicación, como la inadmisibilidad de la discriminación en el ejercicio de ese derecho. En su artículo 16 se prohíbe la discriminación en el ejercicio del derecho a presentar una comunicación por motivos relacionados con el sexo, la raza, la etnia, el idioma, la religión, el origen social, las convicciones, la situación personal y la condición social de las personas físicas, así como con el régimen de propiedad, la ubicación o el domicilio social, la forma jurídica u otras circunstancias de las personas jurídicas.

256.Al examinar una comunicación, los funcionarios y los empleados de las autoridades y los organismos públicos no pueden revelar información sobre la vida privada de las personas físicas o las actividades de las personas jurídicas sin su consentimiento, ni tampoco información que constituya secretos de Estado u otros secretos protegidos por la legislación u otra información que vulnere los derechos, libertades e intereses legítimos de las personas físicas o jurídicas. No está permitido averiguar datos sobre personas físicas o jurídicas que no estén relacionados con las comunicaciones. Si la persona física así lo solicita, su identidad se mantendrá confidencial (art. 19).

257.El artículo 20 prohíbe hostigar a una persona física, a su representante o a los miembros de su familia, así como a una persona jurídica, a su representante y a los miembros de la familia del representante de la persona jurídica, por motivos relacionados con una comunicación presentada ante una autoridad o un organismo públicos o sus funcionarios con el fin de ejercer o proteger sus derechos, libertades e intereses legítimos o de expresar su opinión o formular críticas en la comunicación.

258.Según lo dispuesto en el artículo 33, al examinar una comunicación, las autoridades y organismos públicos y sus funcionarios tienen la obligación de: ofrecer a la persona que presenta la comunicación la oportunidad de consultar los documentos, decisiones y otros elementos que afecten a sus derechos, libertades e intereses legítimos; informar a dicha persona por escrito o por vía electrónica del resultado del examen y de la decisión adoptada tras el examen de la comunicación; explicar el procedimiento para recurrir la decisión adoptada con respecto a la comunicación en caso de que una persona física o jurídica no esté de acuerdo con dicha decisión; comprobar que se ejecute la decisión adoptada tras el examen de la comunicación; adoptar inmediatamente medidas a fin de reprimir toda acción u omisión ilegal, dentro de los límites de sus competencias para identificar las causas y condiciones que contribuyen a las violaciones de los derechos, libertades e intereses legítimos de las personas físicas y jurídicas; poner fin, de acuerdo con el procedimiento establecido, al acoso a una persona física, a su representante o a los miembros de su familia o a una persona jurídica, a su representante o a los miembros de la familia del representante de la persona jurídica por motivos relacionados con su comunicación; y adoptar medidas para que se indemnicen, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación, los daños materiales o morales que se hayan ocasionado a raíz de una violación de los derechos, libertades o intereses legítimos de una persona física o jurídica.

259.Según se dispone en el artículo 12 de la Ley del Defensor de los Derechos Humanos del Oliy Majlis, de 27 de agosto de 2004, en su versión modificada el 14 de marzo de 2019, el Defensor de los Derechos Humanos tiene derecho a examinar un caso tanto cuando lo solicite una persona al presentar una denuncia como por iniciativa propia si se dispone de información que indique que se ha vulnerado algún derecho o para proteger a personas que no pueden utilizar de forma independiente los recursos legales. También tiene derecho a esclarecer las circunstancias de un caso, a visitar centros sin restricción alguna, a solicitar la información que requiera, a emitir órdenes de subsanación del incumplimiento de la ley y de enjuiciamiento de los responsables y a presentar instancias y demandas ante los tribunales en nombre de ciudadanos. Los funcionarios estarán obligados a facilitar al Defensor los documentos y elementos necesarios.

260.Mediante la Ley de 14 de marzo de 2019 se introdujo el artículo 197-4 en el Código de Responsabilidad Administrativa, en el que se establece que el incumplimiento de las obligaciones de los funcionarios para con el Defensor se considera obstrucción a su labor y se castiga con una sanción administrativa equivalente a entre tres y siete veces el salario del funcionario en cuestión. En esa ley se establece que la administración de las instituciones penitenciarias debe remitir al Defensor las comunicaciones de los reclusos en un plazo de 24 horas y los telegramas inmediatamente. Además, el Defensor se encarga de prevenir los actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes mediante visitas o un seguimiento periódicos de los lugares de reclusión.

261.Por Decreto Presidencial de 9 de agosto de 2021 se creó el puesto del Defensor de los Derechos del Niño del Oliy Majlis, cuyas funciones incluyen participar en la elaboración y ejecución de una estrategia para la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos en materia de derechos del niño y velar por que se incorporen a la legislación las normas internacionales relacionadas con los derechos del niño. Asimismo, tiene derecho a examinar las comunicaciones presentadas por niños o sus representantes legales, personas físicas o jurídicas en relación con una violación de los derechos o intereses legítimos de los niños. La Cámara Legislativa está examinando un proyecto de ley del Defensor de los Derechos del Niño del Oliy Majlis.

262.Según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Defensor de los Derechos e Intereses Legítimos de los Empresarios, dependiente de la Presidencia, de 29 de agosto de 2017, el Defensor de los Derechos e Intereses Legítimos de los Empresarios es un funcionario que se encarga de garantizar la protección de los derechos e intereses legítimos de los empresarios y su cumplimiento por parte de los autoridades públicas, incluidas las fuerzas del orden y los órganos de supervisión.

263.En el artículo 8 de la ley se establece que el Defensor de los Derechos e Intereses Legítimos de los Empresarios tiene derecho a: vigilar si se aplica estrictamente la legislación en materia de respeto de los derechos e intereses legítimos de los empresarios por parte de las autoridades públicas; supervisar la legalidad de las inspecciones de las actividades de los empresarios y proponer medidas integrales para evitar injerencias ilícitas en las actividades de los empresarios; remitir por escrito a los funcionarios de las autoridades u otros organismos públicos amonestaciones en relación con el incumplimiento de la legislación en materia de respeto de los derechos e intereses legítimos de los empresarios; y emitir órdenes de subsanación del incumplimiento de la ley dirigidas a los directores de las autoridades públicas u otros organismos.

264.Una de las funciones más importantes del Centro Nacional de Derechos Humanos es examinar denuncias presentadas por ciudadanos que consideren que se han vulnerado sus derechos. En 2021, el Centro examinó 1.386 comunicaciones, de las cuales 379 (el 29,8 %) se presentaron en persona, 892 (el 70,1 %) se recibieron a través de los medios de comunicación y 7 se presentaron a través de la Ventanilla Virtual del Centro. De todas las comunicaciones, 596 (el 46,9 %) se referían a derechos personales; 561 (el 43,9 %), a derechos socioeconómicos; 85 (el 6,68 %), a derechos políticos; y 33 (el 2,58 %) a derechos culturales.

265.Además, el Centro examinó 298 comunicaciones relativas a la labor de los órganos de investigación, 276 relativas a la labor de los órganos judiciales, 230 relativas a la labor de las autoridades estatales y 63 relativas a decisiones judiciales. El Centro ayudó a restablecer los derechos de los ciudadanos en 64 casos, prestó asistencia práctica para ejercer dichos derechos en 94 casos, organizó sesiones para aclarar diversas disposiciones de la legislación en 198 casos y refutó los argumentos planteados en las comunicaciones en 186 casos.

266.Recientemente se ha reforzado considerablemente el papel de los órganos de la abogacía en la prestación de asistencia jurídica cualificada a la población en todas las categorías de casos, y se ha elaborado un proyecto de ley de asistencia jurídica gratuita, que prevé la prestación de asistencia jurídica gratuita no solo en causas penales, sino también en asuntos contencioso-administrativos y civiles, a las personas que pertenecen a categorías de población socialmente vulnerables, como los niños, los niños huérfanos o privados del cuidado parental y las mujeres víctimas de la trata de personas y de la violencia. La Ley de Tasas Estatales, de 7 de enero de 2020, exime a las ONG, así como a los empresarios, las personas mayores, las personas con discapacidad y otras categorías de ciudadanos, del pago de la tasa estatal cuando recurran ante los tribunales una decisión de un órgano estatal.

267.Según lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución, se garantizan a todas las personas la protección judicial de sus derechos y libertades y el derecho a impugnar ante un tribunal toda actuación ilegal por parte de los órganos del Estado, los funcionarios o las asociaciones civiles. En el artículo 11 de la Ley de Tribunales, de 29 de julio de 2021, se dispone que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y los tribunales sin distinción por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social.

268.Mediante la Ley de 8 de febrero de 2021 se introdujeron nuevas disposiciones en la Ley del Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán que conceden al Defensor de los Derechos Humanos del Oliy Majlis, al Defensor de los Derechos del Niño del Oliy Majlis, al Centro Nacional de Derechos Humanos y al Defensor de los Derechos e Intereses Legítimos de los Empresarios, así como a las personas físicas y jurídicas, el derecho a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra una ley si consideran que esta vulnera sus derechos o libertades constitucionales, no respeta la Constitución o se ha aplicado en un caso que ya ha terminado de examinar un tribunal y en relación con el cual se han agotado todos los demás recursos judiciales.

269.Según el artículo 26 de la ley, el examen de los recursos de inconstitucionalidad se desarrolla en el idioma oficial de Uzbekistán. En caso de que alguno de los participantes de la audiencia judicial no hable el idioma oficial, podrá expresarse y dar explicaciones en su lengua materna y recurrir a los servicios de un intérprete.

270.Según lo dispuesto en el artículo 73, la decisión del Tribunal Constitucional es definitiva e inapelable. Todo instrumento jurídico o normativo o toda parte de un instrumento que sea declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional quedará sin efecto. El órgano estatal que haya aprobado un instrumento de ese tipo tendrá un plazo de un mes como máximo para armonizarlo con la Constitución de la República de Uzbekistán con arreglo a la sentencia del Tribunal Constitucional. El órgano estatal que haya adoptado alguna decisión con arreglo a un instrumento jurídico o normativo que haya sido declarado inconstitucional tendrá un plazo de un mes para revisarla.

Recomendación formulada en el párrafo 23

271.El seguimiento de la labor de los órganos estatales, incluidas las fuerzas del orden y los tribunales, en relación con el examen de las denuncias ha puesto de manifiesto que, a pesar de la mejora del sistema de sensibilización jurídica de la sociedad y del establecimiento del Centro Nacional de Información Jurídica Adolat y de los centros regionales para la prestación de servicios jurídicos —que llevan a cabo una labor de divulgación de la información jurídica, incluidos los textos de los instrumentos jurídicos y normativos, para todos los segmentos de la población, incluidos los grupos étnicos—, no se ha producido un aumento considerable del número de denuncias presentadas por motivos de discriminación racial.

272.Según datos facilitados por el Tribunal Supremo, los tribunales civiles han examinado denuncias de ciudadanos de la República que alegan violaciones de los derechos de personas pertenecientes a alguno de los grupos étnicos que viven en Uzbekistán. Los tribunales civiles han examinado demandas presentadas por miembros del grupo étnico lyuli/romaní que habían visto vulnerados sus derechos y solicitaban su restablecimiento: en 2020 se presentaron 26 demandas, de las cuales prosperaron 18 (el 69 %); en 2021, 49 demandas, de las cuales prosperaron 31 (el 63 %); en los primeros cinco meses de 2022, 19 demandas, de las cuales prosperaron 10 (el 53 %).

273.En el período transcurrido entre enero de 2020 y junio de 2022, el Defensor de los Derechos Humanos no ha recibido ninguna comunicación de personas pertenecientes al grupo étnico lyuli/romaní relativa a la adquisición de la nacionalidad uzbeka. Sí se han recibido tales comunicaciones de miembros de otros grupos étnicos, a saber: 70 en 2020, 28 en 2021 y 5 en el primer semestre de 2022. Desde la República de Karakalpakstán se presentaron comunicaciones sobre diversas cuestiones socioeconómicas: 388 en 2020, 515 en 2021 y 157 en el primer semestre de 2022.

274.En 2021, el Defensor de los Derechos Humanos solo recibió una comunicación de un nacional camerunés afrodescendiente que había sido condenado por fraude, en la que solicitaba una reducción de la condena. El Defensor verificó la comunicación y la examinó conjuntamente con la Fiscalía General y el Tribunal Supremo. Según la información facilitada por los órganos de la fiscalía, las fuerzas del orden, el Ministerio de Justicia y otros órganos estatales, no se ha recibido ni examinado ninguna denuncia por motivos de discriminación racial.

Artículo 7

275.La República de Uzbekistán está tomando medidas consecuentes para combatir los prejuicios que conducen a la discriminación racial, la propagación de ideas religiosas radicales y el acercamiento de los jóvenes a la violencia, al extremismo y al terrorismo, así como para preservar los valores morales y familiares.

276.En la Estrategia Nacional de Lucha contra el Extremismo y el Terrorismo (2021-2026) y la hoja de ruta para su ejecución, aprobadas por Decreto Presidencial de 1 de julio de 2021, se establecen las principales líneas de actuación, aplicables tanto al Estado como a la sociedad, a saber: reformar la legislación; llevar a cabo una labor informativa sobre la protección de los derechos y libertades de las personas; reforzar la conciencia jurídica y los conocimientos legales de los ciudadanos y los funcionarios públicos; promover el patriotismo y la tolerancia como medio para contrarrestar la propagación del extremismo y el terrorismo; y fomentar la participación de las instituciones de la sociedad civil y los medios de comunicación en este ámbito.

277.Las cuestiones relativas a la adquisición de conocimientos en el ámbito jurídico por parte de los ciudadanos y funcionarios públicos y al fomento de una cultura de los derechos humanos entre los pueblos y grupos étnicos que viven en el país están reguladas por la Ley de Difusión y Acceso a la Información Legal, de 7 de marzo de 2017, la Ley de Protección del Niño contra la Información Perjudicial para su Salud y Desarrollo, de 8 de septiembre de 2017, y la Resolución Presidencial de Medidas para Mejorar Sustancialmente el Sistema de Difusión de los Instrumentos Legislativos, de 8 de febrero de 2017, entre otros instrumentos.

278.Estos instrumentos legislativos garantizan el derecho de los ciudadanos a tener un amplio acceso a información jurídica mediante el ejercicio del derecho a buscar, obtener y difundir dicha información, así como mediante la imposición a los órganos y los funcionarios del Estado de la obligación de asegurarse de que todos tengan acceso a ella.

279.Se ha elaborado una lista de contenidos informativos cuya distribución está prohibida entre los menores de edad. Se trata de contenidos que incitan a los menores a atentar contra su propia salud, a suicidarse o a instigar a otros a que cometan tales actos, justifican la violencia y la crueldad, contienen información de carácter pornográfico o invitan a promover ideas que tienen efectos devastadores para la sociedad, entre otras cosas.

280.Con arreglo a la Ley de Lucha contra el Extremismo, de 30 de julio de 2018, y la Convención de la Organización de Cooperación de Shanghái para la Lucha contra el Extremismo, de 9 de junio de 2017, en la que Uzbekistán es parte, se han identificado los objetivos prioritarios, entre otras cosas en lo que respecta a la promoción de actividades de divulgación destinadas a hacer frente a la propagación de ideologías extremistas, en particular en los medios de comunicación e Internet, así como al fortalecimiento de las tradiciones culturales que sustentan la educación espiritual, moral y patriótica y a la profesionalización del personal de las autoridades competentes.

281.Mediante el Decreto Presidencial para Aumentar Sustancialmente la Concienciación y la Cultura Jurídica en la Sociedad, de 9 de enero de 2019, se ha hecho hincapié en el hecho de comunicar a los ciudadanos la esencia y el significado de las leyes aprobadas y de desarrollar en ellos la capacidad de aplicarlas en la vida cotidiana. Se han aprobado el Marco para la Mejora de la Cultura Jurídica de la Población y la hoja de ruta para su ejecución. El Ministerio de Justicia ha sido designado como órgano encargado de coordinar este ámbito.

282.Por Decreto Presidencial de 9 de enero de 2019 se ha creado un portal jurídico nacional en Internet —Advice.uz—, a través del cual se puede recibir información jurídica gracias a los servicios especializados de asistentes virtuales. De conformidad con la Resolución del Consejo de Ministros de 6 de septiembre de 2019, se ha creado una ONG denominada Madad, que ofrece asistencia jurídica en línea gratuita a la población.

283.El hecho de que la Asamblea General, en su septuagésimo segundo período de sesiones, aprobara la resolución titulada “Concienciación y tolerancia religiosa”, patrocinada por el Presidente de Uzbekistán, ha marcado un hito en el ámbito de la educación religiosa. Concretamente, las fuerzas del orden, junto con las organizaciones civiles y religiosas, han organizado una serie de actividades con fines de prevención temprana dirigidas a la población, especialmente a los jóvenes, y con miras a impedir que los ciudadanos caigan bajo la influencia de organizaciones terroristas y extremistas. Esa labor se ha efectuado utilizando la educación como herramienta para combatir la ignorancia.

284.En concreto, entre 2020 y 2022, se realizaron 19.187 actividades de sensibilización y prevención (6.604 en 2020, 8.483 en 2021 y 4.100 en 2022), de las cuales 6.974 estaban destinadas a la lucha contra el terrorismo y el extremismo (1.873 en 2020, 2.887 en 2021 y 2.214 en 2022). En el marco de estas actividades se distribuyeron entre los participantes 1.083 folletos informativos (719 en 2020, 285 en 2021 y 79 en 2022) y se proyectaron 437 videos educativos (201 en 2020, 169 en 2021 y 67 en 2022).

285.En marzo de 2020 se puso en marcha un proyecto titulado “Diálogo multilateral transfronterizo en aras de la tolerancia y la paz en Asia Central”. Este proyecto, financiado por la Unión Europea, está siendo ejecutado por un consorcio que dirige la Fundación Konrad Adenauer, en colaboración con tres asociados nacionales: el movimiento nacional Yuksalish (Uzbekistán), el movimiento ecologista BIOM (Kirguistán) y la organización de la sociedad civil Género y Desarrollo (Tayikistán). El proyecto tiene como objetivo aumentar y reforzar las capacidades de las instituciones locales de la sociedad civil y, en particular, de los jóvenes en materia de promoción de un diálogo transfronterizo destinado a fomentar la amistad, la armonía interétnica y la tolerancia étnica y religiosa, así como a evitar el radicalismo y los comportamientos extremistas en las regiones fronterizas de Uzbekistán, Kirguistán y Tayikistán. Una de las plataformas para el diálogo ha sido el Centro para la Amistad, la Armonía Interétnica y la Tolerancia, que se creó en febrero de 2021 y depende de la Universidad Estatal de Ferganá.

286.En la Universidad Estatal de Derecho de Taskent están matriculados alumnos de 16 grupos étnicos diferentes que están presentes en Uzbekistán (rusos, coreanos, turcos, turcomanos, tártaros, tayikos y azeríes, entre otros). El Departamento de Derecho Internacional y Derechos Humanos de dicha universidad ha elaborado un módulo de Derechos Humanos, destinado a los estudiantes de segundo curso de la Facultad de Derecho Internacional y Derecho Comparado, en el que se estudian por separado los derechos humanos de los grupos étnicos, incluidos los migrantes, los refugiados, los extranjeros y los apátridas, así como las cuestiones relacionadas con la lucha contra la tortura y la discriminación, las disposiciones de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Declaración y el Programa de Acción de Durban.

287.Este departamento elabora análisis periódicos sobre la adhesión de la República de Uzbekistán a los tratados internacionales y formula recomendaciones con respecto a la legislación nacional. En concreto, dicho departamento ha analizado la viabilidad de la adhesión de Uzbekistán a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954.

288.El estudio de los instrumentos jurídicos internacionales sobre discriminación racial constituye una prioridad en la Academia del Ministerio del Interior y su contenido se da a conocer, mediante clases teóricas y prácticas, a cadetes y estudiantes de Derecho Internacional, tanto en la modalidad presencial como en el sistema a distancia.

289.La Academia de Administración Pública, dependiente de la Presidencia de la República, ha organizado cursos de formación continua para los empleados de las organizaciones estatales y civiles que trabajan en el ámbito de las relaciones interétnicas.

290.Desde el curso 2019/20, las instituciones de educación superior ofrecen la posibilidad de cursar grados en antropología y etnología. Con el fin de animar a los especialistas en etnología y antropología a estudiar las relaciones interétnicas llevando a cabo investigaciones etnográficas aplicadas, se crearon, en mayo de 2020, un laboratorio de etnología aplicada en la Universidad Nacional de Uzbekistán y, en agosto de 2020, el Departamento de Antropología y Etnología.

291.Entre 2020 y 2022 se publicaron una serie de obras que abordan temas relacionados con la armonía interétnica en el país (290 en 2020, 406 en 2021 y 133 en 2022). Se ha publicado en uzbeko, ruso e inglés un libro ilustrado titulado “Uzbekistán, nuestro hogar común” sobre la labor que se lleva a cabo en el ámbito de las relaciones interétnicas, las actividades del Comité, los centros etnoculturales y las asociaciones de amistad, y se ha fundado la revista O ’ zbekiston, que se publica cuatro veces al año con una circulación de 1.000 ejemplares.

292.Se ha elaborado un atlas etnorreligioso de Uzbekistán, que contiene información sobre la composición de la población, las tendencias demográficas y la ubicación geográfica de los grupos étnicos y de las organizaciones religiosas.

293.Con el fin de aplicar las medidas integrales aprobadas por las fuerzas de seguridad para proteger el orden público, prevenir la comisión de delitos, luchar contra la delincuencia e informar de manera oportuna a la población sobre la situación imperante, los departamentos de prensa de dichas fuerzas realizaron, durante 2021, un total de 154.875 intervenciones en los medios de comunicación (6.989 videos de larga y corta duración), un 17 % más (132.275) que en el mismo período en 2020 (14.100 en televisión, 7.031 en la radio, 4.951 en periódicos y revistas y 128.793 en Internet).

294.Durante 2021 se llevaron a cabo 602 actividades (reuniones informativas, conferencias de prensa, visitas de prensa, etc.) para garantizar la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad y la transparencia de sus actividades. Con la participación de los funcionarios responsables de las direcciones generales se efectuaron 2.350 intervenciones en los medios de comunicación.

295.La labor del Defensor de los Derechos Humanos, que incluye la prevención de la discriminación por motivos de sexo, raza, etnia, idioma, religión y origen social, se difundió en los medios de comunicación. En 2020 se hicieron 85 intervenciones, de las cuales 12 fueron en la televisión, 3 en la radio, 10 en periódicos y revistas y 60 en sitios web; en 2021 hubo 1.326 intervenciones, de las cuales 211 fueron en la televisión, 91 en la radio, 52 en periódicos y revistas, 796 en sitios web y 172 en canales de Telegram; y en la primera mitad de 2022 hubo 585 intervenciones, de las cuales 87 fueron en la televisión, 102 en la radio, 13 en periódicos, 231 en sitios web y 152 en canales de Telegram.

296.El Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros, junto con los centros etnoculturales y otros asociados, ha realizado, a nivel nacional, más de 28.000 actividades diferentes, destinadas a velar por la aplicación del Marco de Política Estatal para las Relaciones Interétnicas y a organizar eventos a gran escala para celebrar fiestas estatales y de los diversos grupos étnicos como el Nouruz, el Día de la Memoria y el Honor (9 de mayo), el Día de la Independencia, el Día de la Amistad de los Pueblos (30 de julio) y el Día de la Tolerancia (16 de noviembre). En las celebraciones han participado unos 6 millones de personas. Se han organizado 1.819 conferencias y talleres teórico-prácticos, 4.048 mesas redondas, 2.878 concursos y exposiciones, 1.063 foros y festivales y 19 conferencias internacionales, además de otras actividades culturales y educativas.

297.La fundación pública Vatandoshlar, creada en virtud de la Resolución Presidencial de 11 de agosto de 2021, ha establecido un mecanismo práctico para seguir estrechando los lazos que unen a los compatriotas que residen en el extranjero en torno a sus orígenes y para apoyar a dichos compatriotas y a las asociaciones civiles fundadas por ellos. Con el fin de fomentar las relaciones de amistad con los países extranjeros y los compatriotas que viven en el extranjero, las organizaciones asociadas y las asociaciones civiles han organizado aproximadamente 2.500 encuentros, tanto en línea como en otros entornos, actividades culturales y educativas, conferencias, foros, mesas redondas y reuniones.

298.Las asociaciones de amistad y los centros etnoculturales, creados con el objetivo de reforzar las relaciones interétnicas y la amistad entre los pueblos, llevaron a cabo encuentros y debates con los ciudadanos (54 en 2020, 46 en 2021 y 21 en 2022). Asimismo, organizaron intervenciones en los medios de comunicación, en particular, en la televisión central (43 en 2020, 58 en 2021 y 31 en el período transcurrido del año 2022).

299.Se continúan abordando las cuestiones relativas a la aplicación de la política estatal para las relaciones interétnicas en los medios de comunicación —esto es, la televisión, la radio e Internet—, así como en películas y publicaciones en periódicos, revistas, libros y otros medios (658 entradas publicadas, 209 entradas compartidas, 7.574 reacciones (“Me gusta” y emoticonos), 220 artículos, 1.845 reportajes en radio y televisión, 607 publicaciones impresas, 2.173 comentarios y 1,9 millones de visualizaciones).

300.En los medios de comunicación se publican y se someten a debate las cuestiones relacionadas con la lucha contra la difusión de ideas extremistas, la xenofobia, la exclusividad de un grupo étnico determinado y otras opiniones marginales dentro de la sociedad, con la participación de los órganos estatales correspondientes, las ONG, los centros etnoculturales y los medios de comunicación (485 entradas publicadas, 142 entradas compartidas, 5.694 reacciones (“Me gusta” y emoticonos), 68 artículos, 102 emisiones en radio y televisión, 448 publicaciones impresas, 1.878 comentarios y 1,6 millones de visualizaciones).

301.Los canales nacionales de televisión Mening Yurtim, Yoshlar y Mahala, entre otros, emiten los programas Mening ovozim, Nuktai nazar y Otalar suzi-aklning suzi, en los que, con la participación de especialistas y expertos competentes en la materia, se abordan cuestiones relacionadas con la mejora del nivel educativo de los jóvenes, tanto en el ámbito religioso como en lo relativo a la moral, y se explica a los ciudadanos lo que verdaderamente entrañan las actividades perjudiciales de los grupos extremistas y terroristas.

302.Se está trabajando en la creación de programas informativos y de sensibilización de la serie “Dustlik”, los cuales se emiten en el canal de televisión Uzbekiston y promueven la lengua, las costumbres y las tradiciones de los pueblos y etnias de Uzbekistán y ofrecen información al respecto en lenguas extranjeras, incluidas las lenguas de los distintos grupos étnicos que viven en Uzbekistán. Estos programas son Tarim (en uigur), Chensen (en coreano), Uzbekiston – umumi uymimiz (en uzbeko), Didar (en kazajo), Ranginkamon (en tayiko) y Shanaraq (en karakalpako).

303.Con el fin de aplicar el párrafo 8 del Decreto Presidencial de medidas para seguir desarrollando la lengua uzbeka y mejorar la política lingüística en el país, así como el marco y el programa conexos para 2020-2022, aprobados el 20 de octubre de 2020, se están emitiendo varios programas como, por ejemplo, Uvazhenie k yazyku (“Respeto por la lengua”), Obschayemsya na rodnom yazike (“Hablemos en nuestra lengua materna”), Madaniyat va marifat, Qoraqalpoghiston, Sirdaryo y Samarqand, entre otros. En los canales estatales de televisión y radio se presentan programas destinados a enseñar el uzbeko y la lengua materna a los grupos étnicos que viven en el país. Estos programas se emiten en el canal Foreign languages.

Recomendación formulada en el párrafo 24

304.Uzbekistán ha examinado la cuestión de la pertinencia de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares. A raíz de dicho examen se han identificado varios factores que obstaculizan la adhesión de la República de Uzbekistán a este instrumento. Dado que la Federación de Rusia, la República de Kazajstán, los Emiratos Árabes Unidos, la República de Corea y varios países europeos, donde trabajan la mayoría de los ciudadanos uzbekos que residen fuera del país, no han ratificado la Convención, su aplicación en dichos países no es posible. Asimismo, la Convención establece una serie de normas destinadas a garantizar la igualdad de derechos entre los trabajadores migratorios y los nacionales del Estado en materia de empleo. Esto incluye el derecho de acceso a la educación, a los servicios de orientación profesional y a la asistencia social y sanitaria, así como los derechos relacionados con la vivienda, el empleo y la participación en los programas correspondientes, entre otros. La adhesión a la Convención requerirá medidas para desarrollar la legislación nacional en materia de migración laboral y mejorar los mecanismos internos encargados de regular las cuestiones relativas a ese ámbito.

305.A este respecto, el Ministerio de Empleo y Relaciones Laborales, en colaboración con otros órganos estatales, ha elaborado un informe, que ha sido examinado por el Consejo de Ministros y en el que se ha concluido que Uzbekistán todavía no está preparado para ratificar la Convención. Al examinar la cuestión de la pertinencia de adherirse al Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189), de la OIT, los órganos estatales han observado que en este se define la expresión “trabajador doméstico” y se establecen unas garantías jurídicas mínimas, aplicables a los ciudadanos de los Estados, tanto nacionales como migrantes. Dado que el Convenio tiene como objetivo prevenir el trabajo forzoso y la explotación laboral de los trabajadores domésticos, es de gran interés para Uzbekistán y exige que se lleve a cabo una labor adecuada de preparación antes de ratificarlo.

Recomendación formulada en el párrafo 25

306.Uzbekistán ha examinado la cuestión de la pertinencia de que el Parlamento ratifique la enmienda al párrafo 6 del artículo 8 de la Convención. En ese examen participaron el Tribunal Supremo, la Fiscalía General, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Interior, el Servicio de Seguridad del Estado, el Ministerio de Finanzas, la Defensoría de los Derechos Humanos y el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias dependiente de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis. Estos órganos han concluido que la ratificación de esa enmienda no requiere ninguna modificación adicional de la legislación por parte de Uzbekistán ni es contraria a sus intereses nacionales.

Recomendación formulada en el párrafo 26

307.Uzbekistán ha tomado medidas para estudiar la posibilidad de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención, en el que se establece que el Comité puede recibir y examinar comunicaciones individuales. El Centro Nacional de Derechos Humanos analizó las prácticas internacionales en este ámbito y elaboró una nota informativa, que se trasladó el 17 de marzo de 2022 a los órganos competentes, los cuales participaron el 26 de mayo de 2022 en una mesa redonda en la que se examinaron las conclusiones de los ministerios y administraciones competentes sobre la pertinencia de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención con el fin de que el Estado parte reconociera la competencia del Comité para examinar comunicaciones individuales. Se ha tomado una decisión, teniendo en cuenta la opinión de los expertos, y se ha llegado a la conclusión de que Uzbekistán formulará la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención una vez haya aprobado la Ley de Igualdad y No Discriminación.

Recomendación formulada en el párrafo 27

308.Con el fin de aplicar la recomendación del Comité de hacer efectivos la Declaración y el Programa de Acción de Durban, se han organizado una serie de actividades destinadas a la aplicación de dichos instrumentos internacionales. En 2021, por primera vez en la historia del país, con motivo del 20º aniversario de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, orientados a combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, se llevó a cabo la traducción de dichos instrumentos al idioma oficial, se publicaron en uzbeko y ruso y se les dio difusión en los centros etnoculturales y los órganos estatales competentes en la esfera de las relaciones internacionales, con el apoyo del Coordinador de Proyectos de la OSCE.

309.Además, el 29 de junio de 2021, en la Universidad Nacional de Uzbekistán se celebró una mesa redonda sobre la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban. Como resultado, los participantes propusieron elaborar un plan nacional de acción para la aplicación de este instrumento, basándose en el examen de las prácticas internacionales en este ámbito. En concreto, consideraron que sería conveniente tomar como ejemplo el caso de España, cuyo plan nacional de acción es una estrategia nacional para luchar contra el racismo y la xenofobia, así como el caso del Brasil y la Argentina, en cuyos planes se refleja la política gubernamental para defender los derechos de todos los grupos étnicos víctimas de discriminación. Por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se ha recibido una guía práctica del ACNUDH para la elaboración de un plan nacional de acción contra la discriminación racial, que ha sido remitida al Comité de Relaciones Interétnicas y Lazos de Amistad con los Países Extranjeros.