Fuente : Estadísticas vitales.
Población residente menor de 18 años desglosada según los grupos religiosos principales, Censo de población de 2000 - República de Mauricio (el censo de población proporciona datos cada diez años)
Grupos religiosos principales |
Número |
Porcentaje |
Budistas/chinos |
442 |
0,12 |
Cristianos |
122.693 |
34,57 |
Hindúes |
169.298 |
47,68 |
Musulmanes |
61.222 |
17,24 |
Otros o no declarados |
1.392 |
0,39 |
Total |
355.047 |
100,00 |
Población residente desglosada por zonas urbanas o rurales, sexo y grupo de edad - Censo de población de 2000
República de Mauricio (zonas urbanas y rurales)
Grupo de edad (años) |
Hombres |
Mujeres |
Ambos sexos |
|
Número |
Porcentaje |
|||
Menos de 1 |
9.574 |
9.341 |
18.915 |
1,6 |
1 a 4 |
38.066 |
37.322 |
75.388 |
6,4 |
5 a 9 |
53.037 |
52.152 |
105.189 |
8,9 |
10 a 14 |
49.428 |
48.312 |
97.740 |
8,3 |
15 a 17 |
29.326 |
28.489 |
57.815 |
4,9 |
Menores de 18 |
179.431 |
175.616 |
355.047 |
30,1 |
Todas las edades |
583.756 |
595.092 |
1.178.848 |
República de Mauricio - zonas urbanas
Grupo de edad (años) |
Hombres |
Mujeres |
Ambos sexos |
|
Número |
Porcentaje |
|||
Menos de 1 |
3.608 |
3.519 |
7.127 |
1,4 |
1 a 4 |
14.938 |
14.682 |
29.620 |
5,9 |
5 a 9 |
21.428 |
21.232 |
42.660 |
8,5 |
10 a 14 |
20.818 |
20.202 |
41.020 |
8,2 |
15 a 17 |
12.035 |
11.584 |
23.619 |
4,7 |
Menores de 18 |
72.827 |
71.219 |
144.046 |
28,6 |
Todas las edades |
247.844 |
255.201 |
503.045 |
República de Mauricio - zonas rurales
Grupo de edad (años) |
Hombres |
Mujeres |
Ambos sexos |
|
Número |
Porcentaje |
|||
Menos de 1 |
5.966 |
5.822 |
11.788 |
1,7 |
1 a 4 |
23.128 |
22.640 |
45.768 |
6,8 |
5 a 9 |
31.609 |
30.920 |
62.529 |
9,3 |
10 a 14 |
28.610 |
28.110 |
56.720 |
8,4 |
15 a 17 |
17.291 |
16.905 |
34.196 |
5,1 |
Menores de 18 |
106.604 |
104.397 |
211.001 |
31,2 |
Todas las edades |
335.912 |
339.891 |
675.803 |
Téngase en cuenta que las cifras provienen únicamente del censo.
2. A tenor del artículo 4 de la Convención, faciliten datos desglosados de las consignaciones y tendencias presupuestarias (en cifras absolutas y porcentajes de los presupuestos nacionales y regionales), correspondientes a 2003, 2004 y 2005, en concepto de aplicación de la Convención, evaluando también la prioridad de los siguientes rubros presupuestarios:
a) Educación (diferentes tipos de enseñanza, es decir, preescolar, primaria y secundaria)
Indicadores del sector de la educación
Enseñanza preescolar
2003 |
Porcentaje |
2004 |
Porcentaje |
2005 |
Porcentaje |
|
Número de escuelas |
1.092 |
- |
1.070 |
- |
1.072 |
- |
Gestionadas por el Estado |
177 |
16 |
178 |
16 |
179 |
16 |
Privadas |
848 |
78 |
825 |
77 |
824 |
77 |
RCEA |
8 |
8 |
10 |
|||
Municipales/Concejos |
59 |
59 |
59 |
|||
Matrícula |
38.620 |
37.483 |
37.356 |
|||
Niños |
19.433 |
50,3 |
19.120 |
51 |
18.934 |
50,6 |
Niñas |
19.187 |
49,4 |
18.363 |
49 |
18.422 |
49,4 |
Tasa bruta de matriculación |
99 |
96 |
94 |
|||
Presupuesto (rupias) |
78,4 |
1,6 * |
101,0 |
1,9 * |
99,0 (Provisional) |
1,7 * |
* Como porcentaje del gasto corriente del Gobierno en la esfera de la educación.
Enseñanza primaria
2003 |
Porcentaje |
2004 |
Porcentaje |
2005 |
Porcentaje |
|
Número de escuelas |
291 |
289 |
291 |
|||
Gestionadas por el Estado |
221 |
76 |
220 |
76 |
221 |
76 |
Privadas |
70 |
24 |
69 |
24 |
70 |
24 |
Confesionales |
53 |
53 |
53 |
|||
Privadas subvencionadas/no subvencionadas |
17 |
16 |
17 |
|||
Matrícula |
129.616 |
126.226 |
123.562 |
|||
Niños |
65.624 |
50,6 |
64.019 |
50,7 |
62.729 |
50,7 |
Niñas |
63.992 |
49,4 |
62.207 |
49,3 |
60.833 |
49,3 |
Tasa bruta de matriculación |
102 |
102 |
102 |
|||
Tasa de aprobados (CEP) |
62,6 |
63 |
- |
|||
Presupuesto (rupias) |
1.514 |
29,3 * |
1.565 |
27,9 * |
1.771 |
29,8 * |
* Como porcentaje del gasto corriente del Gobierno en la esfera de la educación.
Enseñanza secundaria
2003 |
Porcentaje |
2004 |
Porcentaje |
2005 |
Porcentaje |
|
Número de escuelas |
175 |
176 |
188 |
|||
Gestionadas por el Estado |
63 |
36 |
67 |
38 |
70 |
37 |
Privadas (confesionales, privadas subvencionadas/ no subvencionadas) |
112 |
64 |
109 |
62 |
118 |
63 |
Matrícula |
103.847 |
105.988 |
110.287 |
|||
Niños |
49.946 |
48 |
50.910 |
48 |
52.988 |
48 |
Niñas |
53.901 |
52 |
55.078 |
52 |
57.299 |
52 |
Tasa bruta de matriculación |
64 |
66 |
67 |
|||
Tasa de aprobados |
||||||
CES |
75,5 |
78,1 |
- |
|||
CESS |
75,1 |
76,2 |
- |
|||
Presupuesto (rupias) |
2.308 |
44,7 * |
2.579 |
46 * |
2.554 |
42,9 * |
* Como porcentaje del gasto corriente del Gobierno en la esfera de la educación.
Gasto presupuestario del Gobierno central en educación (estimación)
(En millones de rupias)
Concepto |
2003/04 |
2004/05 |
2005/06 |
Gasto corriente en educación |
5.104 |
5.485 |
5.881 |
Gasto en inversiones para la educación |
917 |
955 |
991 |
Gasto total en educación |
6.021 |
6.440 |
6.872 |
Gasto total en educación como porcentaje del PIB |
3,8% |
3,7% |
3,7% |
Gasto corriente en educación como porcentaje del gasto corriente total |
13,8% |
13,5% |
13,6% |
Gasto total en educación como porcentaje del gasto total del Gobierno |
13,3% |
13,2% |
13,3% |
b) Atención de la salud (diferentes tipos de servicios sanitarios: atención primaria, programas de vacunación, atención del adolescente u otros servicios de atención de niños, incluida la seguridad social)
Gasto en atención de la salud
Año |
Consignación (rupias) |
Porcentaje del PIB |
Porcentaje del presupuesto de salud |
2003/04 |
3.258.490.000 |
2,1 |
NA |
2004/05 |
3.668.200.000 |
2,1 |
NA |
2005/06 |
3.998.500.000 |
2,1 |
NA |
El Ministerio de Salud y Calidad de Vida proporciona servicios de salud de una forma integrada y, por tanto, no se dispone de datos desglosados de las consignaciones presupuestarias. No obstante, se estima que la atención de la salud infantil representa cerca de un 35% del presupuesto del Ministerio.
c) Programas y servicios para niños discapacitados
2003-2004 (rupias) |
2004-2005 (rupias) |
2005-2006 (estimación) (rupias) |
|
Únicamente servicios de transporte (reembolso del coste del servicio en el caso de los padres y prestación gratuita para los niños) |
3.722.600 |
5.105.600 |
3.000.000 |
d) Programas de apoyo a las familias
2003-2004 (rupias) |
2004-2005 (rupias) |
2005-2006 (estimación) (rupias) |
|
Pensión derivada de la Ley del Fondo Nacional de Pensiones: Pensión básica de orfandad (P.B.O) y prestación por hijos |
6.600.000 |
5.576.000 |
6.200.000 |
Pensión derivada de la Ley de asistencia social |
142.000.000 |
151.000.000 |
170.000.000 |
Reembolso de las tasas de examen |
5.800.000 |
6.000.000 |
6.500.000 |
e) Apoyo a los niños que viven por debajo del umbral de pobreza (especifiquen también los criterios utilizados para determinar la "pobreza" e indiquen el número de niños que viven por debajo del umbral de la pobreza)
Pobreza
En Mauricio no se ha establecido oficialmente un umbral de pobreza y no se dispone de datos cuantitativos sobre cuya base puedan elaborarse políticas a ese respecto. Se han hecho varios intentos por establecer un umbral por debajo del cual pudiera considerarse a un hogar como pobre. Sobre la base del umbral de la pobreza absoluta, establecido en 2.250 rupias (75 dólares de los EE.UU.), y utilizando la escala de equivalencia recomendada por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), en 1996/97 la incidencia de la pobreza en Mauricio se estimó en el 9,7% de la población. Se ha calculado un índice de pobreza relativa evaluando la proporción de hogares que se encuentran por debajo del 50% de la mediana de los ingresos per cápita. Basándose en datos del Estudio del Presupuesto de los Hogares (EPH) realizado en 1996/97, la mediana del ingreso per cápita equivalente se ha cifrado en torno a 4.456 rupias (149 dólares de los EE.UU.). Utilizando ese umbral de pobreza, se estima que el 9,4% de la población de Mauricio tiene unos ingresos per cápita inferiores al 50% de la mediana. También hay una importante desigualdad en los ingresos: según datos del EPH realizado en 1990/91, el 20% de los hogares con menos ingresos recibía el 6% del total de ingresos, mientras que el 20% de los hogares con mayores ingresos acumulaba cerca del 46%. En los datos del EPH realizado en 2001/02 esas cifras eran del 6 y el 45% respectivamente.
En 2004, más de 13.000 niños de Mauricio y Rodrigues se beneficiaron del Programa de Lucha contra la Pobreza del Fondo Fiduciario para la Integración Social de los Grupos Vulnerables. El Fondo Fiduciario proporciona transporte, uniformes y material docente y mobiliario básico para fomentar que los niños necesitados asistan a la escuela. También ha financiado la construcción de guarderías, centros de atención diaria, centros preescolares, una biblioteca, un centro especializado para niños con discapacidades físicas y mentales, zonas de juego y un campo de fútbol y comedores escolares. Ha proporcionado también libros y juegos. Por último, el Fondo Fiduciario ha venido impartiendo formación profesional a los niños que abandonan la enseñanza primaria obligatoria, menores en situación de riesgo y otros jóvenes para que puedan llegar a ser económicamente productivos e integrarse en la sociedad. Hasta la fecha, el Fondo Fiduciario ha aprobado unos 208 proyectos de base comunitaria en beneficio de los niños por un monto cercano a los 35,5 millones de rupias.
Ese Fondo Fiduciario ha financiado también el establecimiento de un Centro móvil de formación gestionado por el IVTB, con un costo de 128.925 rupias, para alentar a los menores que abandonan la enseñanza y a los adultos jóvenes que no asisten a la escuela a integrarse en un programa de formación que les mantenga alejados de los peligros de las drogas y otros problemas sociales. El objetivo principal es despertar el interés en los jóvenes que no asisten a la escuela y otros grupos socialmente vulnerables por obtener una formación y, en última instancia, participar en el crecimiento económico del país.
f) Protección de los niños que necesitan otras formas de tutela, como el internamiento en instituciones
2003/04 |
2004/05 |
2005/06 (estimación) |
|
(Rupias) |
|||
Instituciones benéficas: orfanatos |
7.200.000 |
7.500.000 |
7.800.000 |
g) Programas y actividades de protección y prevención del abuso, la explotación sexual y el trabajo de los niños
Gastos periódicos de la Unidad de Desarrollo de la Infancia, el Ministerio de los Derechos de la Mujer, el Desarrollo del Niño, el Bienestar de la Familia y la Protección del Consumidor (MDM) y el Consejo Nacional de la Infancia, que funciona bajo los auspicios del Ministerio y se encarga de promover los derechos del niño y proteger a los niños de cualquier tipo de abuso.
2003/04 |
2004/05 |
2005/06 |
|
(Rupias) |
|||
Unidad de Desarrollo de la Infancia |
7.605.000 |
8.255.000 |
10.805.000 |
Consejo Nacional de la Infancia |
3.565.000 |
4.600.000 |
5.200.000 |
Ministerio (Total) |
102.575.000 |
121.605.000 |
130.560.000 |
Presupuesto asignado a la unidad de la policía encargada de la protección de la familia y a la brigada encargada de la protección de los menores
Ejercicio económico |
Cifra presupuestada (rupias) |
2002/03 |
2.480.000 |
2003/04 |
4.220.000 |
2004/05 |
5.645.000 |
No hay una consignación presupuestaria específica relacionada con el trabajo infantil: la vigilancia del trabajo infantil se realiza durante las inspecciones rutinarias y está incluida en el presupuesto del Ministerio de Trabajo.
h) programas y servicios para niños abandonados, los de la calle inclusive
2003/04 |
2004/05 |
2005/06 (estimación) |
|
(Rupias) |
|||
Programa para los niños de la calle financiado por la UNESCO y el Fondo Fiduciario para la Integración de los Grupos Vulnerables |
- |
1.612.780 |
1.045.000 (hasta octubre de 2005) |
i) Justicia de menores y recuperación y rehabilitación de delincuentes juveniles
2003/04 |
2004/05 |
2005/06 (estimación) |
|
(Rupias) |
|||
Centro de Rehabilitación de Jóvenes |
7.640.000 |
9.750.000 |
10.000.000 |
Contribución a los hogares de acogida para muchachos y muchachas en libertad vigilada |
1.000.000 |
1.500.000 |
1.500.000 |
3. Con referencia a los niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres, faciliten datos desglosados (por sexo, grupos de edad, de ser posible, grupos étnicos, zonas urbanas o rurales), correspondientes a 2002, 2003 y 2004, del número de niños:
a) Separados de sus padres
Año |
Número de niños alojados en instituciones |
2002 |
200 |
2003 |
197 |
2004 |
170 |
Total |
567 |
Nota: Los datos correspondientes al número de niños separadosde sus padres coinciden con los anteriores.
Número de niños alojados en instituciones
Año |
Grupo de edad |
Niños |
Niñas |
2002 |
0 a 5 años 6 a 10 años 11 a 15 años 16 a 20 años |
4 0 9 0 |
3 3 2 0 |
2003 |
0 a 5 años 6 a 10 años 11 a 15 años 16 a 20 años |
2 2 5 0 |
1 7 0 0 |
2004 |
0 a 5 años 6 a 10 años 11 a 15 años 16 a 20 años |
0 0 1 5 |
0 0 0 0 |
Desde el 2004, el internamiento de los niños se lleva acabo por conducto de la Unidad de Desarrollo de la Infancia del MDM.
b) Alojados en instituciones
i) Hogar de acogida para muchachos en libertad vigilada
2002 |
2003 |
2004 |
|
Número de admisiones |
5 |
3 |
6 |
Grupo de edad |
12 a 16 años |
14 a 16 años |
10 a 15 años |
Grupo étnico |
Hindú (4) Católico romano (1) |
Católico romano (3) |
Católico romano (4) Musulmán (1) Hindú (1) |
Zona urbana/rural |
Rural (1) Rodrigues (1) |
Urbana (1) Rural (2) |
Urbana (1) Rural (5) |
Tipo de delito/acusación |
Menor imposible de controlar (2) Menor vagabundo sin lugar de residencia (1) Menor susceptible de ser internado en una institución (1) Robo en grupo (1) |
Robo en grupo (1) Intento de robo (1) Solicitud de internamiento (1) |
Solicitud de internamiento (3) Menor imposible de controlar (1) Orden de protección de emergencia (1) Robo en grupo (1) |
ii) Hogar de acogida para muchachas en libertad vigilada
2002 |
2003 |
2004 |
|
Número de admisiones |
2 |
7 |
2 |
Grupo de edad |
15 años |
12 a 16 años |
14 años |
Grupo étnico |
Católico romano (1) Hindú (1) |
Católico romano (5) Hindú (2) |
Católico romano (2) |
Zona urbana/rural |
Rural (1) Rodrigues (1) |
Rural (2) Urbana (5) |
Urbana (2) |
Tipo de delito/acusación |
Menor imposible de controlar (1) Menor vagabundo sin lugar de residencia (1) |
Menor susceptible de ser internado en una institución (7) |
Menor susceptible de ser internado en una institución (2) |
c) Asignados a hogares de guarda
Número de niños asignados a hogares de guarda
Niños |
Niñas |
Total |
Zonas urbanas |
Zonas rurales |
|
2003 |
17 |
17 |
34 |
14 |
20 |
2004 |
3 |
3 |
6 |
5 |
1 |
Nota: Proyecto de hogares de guarda puesto en marcha en diciembre de 2002.
d) Adoptados en el país individual o colectivamente
Año |
Número de adopciones (individuales) |
Número de adopciones (colectivas) |
2002 |
88 |
14 |
2003 |
70 |
9 |
2004 |
83 |
9 |
e) Adoptados internacionalmente
Número de niños adoptados internacionalmente
Niños |
Niñas |
Total |
Zonas urbanas |
Zonas rurales |
|
2002 |
2 |
5 |
7 |
7 |
- |
2003 |
4 |
7 |
11 |
5 |
6 |
2004 |
9 |
4 |
13 |
5 |
8 |
4. Especifiquen el número de niños con discapacidad, hasta los 18 años de edad, desglosado por sexo, grupos de edad y, de ser posible, grupos étnicos, zonas urbanas o rurales, correspondiente a 2002, 2003 y 2004:
a) Que viven con su familia
Estadísticas de niños con discapacidad menores de 18 años
Año |
Niños |
Niñas |
Total |
2003 |
1.658 |
1.176 |
2.834 |
2004 |
(No se dispone de estadísticas, pero el número es aproximadamente el mismo) |
b) Que están internados en instituciones
Niños con discapacidad internados en instituciones
Año |
Niños |
Niñas |
2002 |
11 |
6 |
2003 |
20 |
5 |
2004 |
4 |
4 |
Total |
35 |
15 |
c) Que están en hogares de guarda
Ninguno.
d) Que asisten a escuelas ordinarias
Niños con discapacidad que asisten a escuelas ordinarias
Año |
Número de niños |
2005 |
300 |
e) Que asisten a escuelas especiales
Escuelas especiales |
949 |
Centros de día |
235 |
Total |
1.184 |
f) Que no están escolarizados
No se dispone de datos.
Niños con discapacidad
En 2002, el Ministerio de Seguridad Social, con el apoyo del UNICEF, encargó un estudio para determinar oficialmente el número de niños con discapacidad residentes en Mauricio, el tipo de discapacidad que padecían y la calidad de los servicios disponibles. Se determinó que había unos 3.000 niños con discapacidad.
5. Informen del número de niños que hayan sido secuestrados para sacarlos de Mauricio o para traerlos al país.
Número de niños secuestrados para sacarlos de Mauricio o para traerlos al país entre junio de 2001 y 2005: 22.
Los detalles son los siguientes:
De Mauricio a otros países |
De otros países a Mauricio |
Reino Unido4 |
Suiza1 |
Francia1 |
EE.UU.2 |
Reunión1 |
Noruega2 |
Sudáfrica1 |
Francia2 |
Italia1 |
Australia1 |
Seychelles1 |
Inglaterra4 |
Sudáfrica1 |
|
Totalparcial9 |
Total parcial13 |
TOTAL22 |
6. Proporcionen datos estadísticos desglosados (por sexo, grupos de edad, de ser posible grupos étnicos, zonas urbanas o rurales), correspondientes a 2002, 2003 y 2004 sobre:
a) Tasas de mortalidad infantil y en la niñez
Mortalidad infantil
Tasa de mortalidad infantil |
Tasa de mortalidad de niñosmenores de 5 años |
|||
Mauricio |
Rodrigues |
Mauricio |
Rodrigues |
|
2002 |
14,5 |
23,3 |
16,7 |
30,7 |
2003 |
12,4 |
24,2 |
15,4 |
29,1 |
2004 |
14,1 |
22,2 |
16,1 |
24,3 |
b) Tasas de inmunización
Tasas de inmunización
(En porcentaje)
Mauricio |
Rodrigues |
|||||
2002 |
2003 |
2004 |
2002 |
2003 |
2004 |
|
BCG |
86,9 |
91,9 |
89,8 |
93 |
97,3 |
95,8 |
DPT Y hepatitis (3ª dosis) |
88,1 |
92 |
88,4 |
93 |
100,4 |
93 |
Poliomielitis |
88,5 |
92,2 |
88,8 |
93 |
100,6 |
94,7 |
SPR |
84,5 |
93,5 |
88,5 |
99 |
93,5 |
91 |
Anatoxina tetánica (3ª dosis) |
71,5 |
73,2 |
75,4 |
76,2 |
75,3 |
79,1 |
c) Tasas de malnutrición
No se dispone de estadísticas sobre la malnutrición correspondientes a los años 2002 y 2003 para niños menores de 18 años. No obstante, en 2004 se realizó un Estudio Nacional de Nutrición en ese grupo de edad. El informe del Estudio no se publicará hasta enero de 2006.
d) Salud de los adolescentes, comprendidos el embarazo precoz e infecciones de transmisión sexual (ITS), salud mental y abortos
Salud de los adolescentes: del Estudio sobre la Utilización de Anticonceptivos realizado en 2002 se desprende que el 10,9% de las adolescentes son madres o están embarazadas de su primer hijo. Además, las adolescentes con un menor nivel de educación tienden a tener hijos a una edad más temprana.
En Mauricio se ha producido un descenso de la fertilidad de las adolescentes, que ha pasado de 44,10 por cada mil nacidos vivos en 1990 a 36,2 en 2004.
Año |
Tasa de fertilidad de las adolescentes |
2000 |
37,7 |
2001 |
34,2 |
2002 |
36,2 |
2003 |
35,8 |
2004 |
36,2 |
Número de casos comunicados a la Unidad de Desarrollo de la Infancia/ Oficina de Apoyo a la Familia desglosados por naturaleza del problema y sexo, 2002-2004
2002 |
2003 |
2004 |
|
Embarazo de adolescentes |
61 |
53 |
112 |
Además, el 9% de todos los nacimientos corresponde a madres menores de 20 años, y cada año se registran unos 25 nacimientos en madres menores de 15 años.
e) Número y porcentaje de profesionales de la salud que atienden a los niños
Número de pediatras (incluso en la práctica privada): 49, es decir el 4% del número de total de médicos.
f) Niños infectados y/o afectados por el VIH/SIDA
Número de niños infectados y/o afectados por el VIH/SIDA: 10. Los niños infectados y/o afectados por el VIH/SIDA no están estigmatizados ni discriminados. Reciben los mismos servicios de atención social que cualquier otro niño.
g) Toxicomanía, alcoholismo, tabaquismo y afición a otras sustancias
No se dispone de estadísticas sobre la toxicomanía, el alcoholismo, el tabaquismo y la afición a otras sustancias por parte de menores.
7. Con referencia al abuso de los niños, proporcionen datos desglosados (por edad, sexo, de ser posible grupos étnicos y tipo de abusos denunciados), correspondientes a 2002, 2003 y 2004, del:
a) Número de abusos denunciados
Casos denunciados directamente ante el MDM
Número de casos comunicados a la Unidad de Desarrollo de la Infancia/Oficina de Apoyo a la Familia desglosados por naturaleza del problema y sexo, 2002-2004
Tipo de abuso |
2002 |
2003 |
2004 |
||||||
Niños |
Niñas |
Ambos sexos |
Niños |
Niñas |
Ambos sexos |
Niños |
Niñas |
Ambos sexos |
|
Menores abandonados |
57 |
49 |
106 |
30 |
20 |
50 |
26 |
33 |
59 |
Menores con problemas de comportamiento |
273 |
258 |
531 |
298 |
317 |
615 |
279 |
288 |
567 |
Menores mendigos |
3 |
- |
3 |
3 |
1 |
4 |
2 |
6 |
8 |
Menores que no asisten a la escuela |
72 |
55 |
127 |
88 |
71 |
159 |
65 |
56 |
121 |
Prostitución infantil |
- |
1 |
1 |
- |
4 |
4 |
- |
9 |
9 |
Menores con problemas psicológicos |
408 |
453 |
861 |
273 |
315 |
588 |
186 |
220 |
406 |
Custodia de los menores |
216 |
234 |
450 |
168 |
190 |
358 |
153 |
148 |
301 |
Control y cuidado inmediato |
16 |
23 |
39 |
12 |
5 |
17 |
18 |
14 |
32 |
Incesto |
4 |
20 |
24 |
2 |
35 |
37 |
1 |
8 |
9 |
Menores desatendidos |
116 |
160 |
276 |
122 |
120 |
242 |
151 |
151 |
302 |
Maltrato físico por los padres |
182 |
206 |
388 |
118 |
110 |
228 |
62 |
93 |
155 |
Maltrato físico por los maestros |
10 |
7 |
17 |
7 |
3 |
10 |
6 |
3 |
9 |
Maltrato físico por otras personas |
38 |
33 |
71 |
29 |
13 |
42 |
19 |
34 |
53 |
Asistencia social |
206 |
187 |
393 |
225 |
220 |
445 |
202 |
248 |
450 |
Embarazo de adolescentes |
- |
61 |
61 |
- |
53 |
53 |
- |
112 |
112 |
nacimiento no inscrito |
68 |
52 |
120 |
4 |
3 |
7 |
6 |
12 |
18 |
Víctimas de abuso sexual |
6 |
82 |
88 |
17 |
112 |
129 |
24 |
159 |
183 |
Otros |
139 |
129 |
268 |
136 |
175 |
311 |
230 |
312 |
542 |
Total de denuncias |
1.814 |
2.010 |
3.824 |
1.532 |
1.767 |
3.299 |
1.430 |
1.906 |
3.336 |
Número de casos de abuso de niños denunciados a la policía durante el período 2002-2004 (datos del Departamento de Policía)
Orden |
Naturaleza del abuso |
2002 |
2003 |
2004 |
Total |
|||
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
|||
1. |
Maltrato físico |
166 |
232 |
41 |
145 |
71 |
47 |
702 |
2. |
Desatención |
- |
- |
17 |
18 |
4 |
17 |
56 |
3. |
Abandono |
- |
- |
5 |
16 |
2 |
4 |
27 |
4. |
No inscripción en el registro de nacimientos |
- |
- |
3 |
- |
2 |
2 |
7 |
5. |
Problemas de comportamiento |
11 |
21 |
75 |
125 |
59 |
120 |
411 |
6. |
Relaciones sexuales con menores de 16 años |
- |
75 |
- |
98 |
- |
72 |
245 |
7. |
Atentado contra la castidad |
- |
99 |
1 |
41 |
- |
33 |
174 |
8. |
Sodomía |
11 |
15 |
7 |
10 |
9 |
3 |
55 |
9. |
Violación |
- |
- |
1 |
- |
3 |
4 |
|
10. |
Corrupción de menores |
- |
- |
- |
3 |
- |
- |
3 |
11. |
Absorción de sustancias intoxicantes |
- |
- |
4 |
4 |
- |
- |
8 |
12. |
Quemaduras |
- |
- |
2 |
2 |
- |
- |
4 |
13. |
Abusos deshonestos |
- |
- |
- |
1 |
- |
- |
1 |
Total |
188 |
442 |
152 |
474 |
150 |
309 |
1.715 |
b) Número y porcentaje de denuncias que han terminado en una resolución judicial u otro tipo de medida
Número de casos presentados ante los tribunales:
2003 |
67 |
2004 |
77 |
2005 |
67 |
No se dispone de datos para el año 2002.
Los funcionarios de la Unidad de Desarrollo de la Infancia garantizan el seguimiento de todos los casos denunciados ante el Ministerio. Los funcionarios intervienen de diversas formas, a saber:
·Visitas;
·Facilitación de los servicios de un psicólogo o un asesor jurídico;
·Remisión a otras instituciones, ministerios, departamentos y organizaciones;
·Prestación de apoyo y asesoramiento a las víctimas del abuso o abandono, así como a los padres, para facilitar su rehabilitación.
c) Número y porcentaje de víctimas que han recibido asesoramiento y asistencia durante la fase de recuperación
Número de menores víctimas que han recibido asesoramiento y asistencia durante la fase de recuperación durante el período 2002-2004
Orden |
Naturaleza del abuso |
2002 |
2003 |
2004 |
Total |
|||
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
|||
1. |
Maltrato físico |
166 |
232 |
41 |
145 |
71 |
47 |
702 |
2. |
Desatención |
- |
- |
17 |
18 |
4 |
17 |
56 |
3. |
Abandono |
- |
- |
5 |
16 |
2 |
4 |
27 |
4. |
No inscripción en el registro de nacimientos |
- |
- |
- |
10 |
5 |
10 |
25 |
5. |
Problemas de comportamiento |
11 |
21 |
75 |
125 |
83 |
181 |
496 |
6. |
Relaciones sexuales con menores de 16 años |
- |
75 |
- |
98 |
- |
72 |
245 |
7. |
Atentado contra la castidad |
- |
99 |
1 |
41 |
- |
33 |
174 |
8. |
Sodomía |
11 |
15 |
7 |
10 |
9 |
3 |
55 |
9. |
Violación |
- |
- |
1 |
- |
3 |
4 |
|
10. |
Corrupción de menores |
- |
- |
- |
3 |
- |
- |
3 |
11. |
Absorción de sustancias intoxicantes |
- |
- |
4 |
4 |
- |
- |
8 |
12. |
Quemaduras |
- |
- |
2 |
2 |
- |
- |
4 |
13. |
Mendicidad |
- |
- |
- |
2 |
- |
2 |
|
Total |
188 |
442 |
152 |
473 |
176 |
370 |
1.801 |
8. Con referencia al derecho a la educación, faciliten datos desglosados (por sexo, grupos de edad, de ser posible grupos étnicos, zonas urbanas o rurales, niños inmigrantes), correspondientes a 2002, 2003 y 2004, como porcentaje del grupo de edad pertinente, sobre:
a) Tasas de alfabetización de niños menores y mayores de 18 años;
b) Tasa de matriculación en preescolar, escuelas primarias o secundarias;
c) Porcentaje de niños que terminan la educación primaria y secundaria;
d) Número y porcentaje de deserción y repetidores;
e) Número de niños por maestro y por curso;
f) Número de niños en escuelas públicas;
g) Número de niños en escuelas privadas; y
h) Número de niños que estudian fuera del país
Datos estadísticos sobre la enseñanza
2002 |
2003 |
2004 |
|||||||
Niños |
Niñas |
Total |
Niños |
Niñas |
Total |
Niños |
Niñas |
Total |
|
a) Tasa de alfabetización * |
|||||||||
Mayores de 12 años |
|||||||||
Mayores de 15 años |
|||||||||
Entre 15 y 24 años |
|||||||||
Mayores de 25 años |
|||||||||
b) Tasa de matriculación |
|||||||||
Centros preescolares |
94 |
94 |
94 |
98 |
101 |
99 |
96 |
96 |
96 |
Escuelas primarias |
103 |
103 |
103 |
103 |
102 |
102 |
103 |
101 |
102 |
Escuelas secundarias |
61 |
67 |
64 |
63 |
69 |
66 |
63 |
70 |
66 |
c) Porcentaje de niños que terminan |
|||||||||
Enseñanza primaria |
97 |
99 |
98 |
97 |
100 |
98 |
95 |
96 |
96 |
d) Tasa de abandono |
|||||||||
Nivel primario |
0,5 |
0,4 |
0,5 |
0,8 |
0,8 |
0,8 |
0,3 |
0,5 |
0,4 |
Nivel secundario (sólo escuelas) |
8,8 |
8,3 |
8,6 |
9,2 |
8,7 |
9,0 |
7,1 |
6,7 |
6,9 |
Tasa de repetición |
|||||||||
Nivel primario |
4,9 |
3,6 |
4,3 |
5,5 |
3,9 |
4,7 |
5,3 |
4,1 |
4,7 |
Nivel secundario (sólo escuelas) |
12,3 |
11,1 |
11,7 |
13,2 |
10,9 |
12 |
12,3 |
9,6 |
10,9 |
e) Alumnos por maestro |
|||||||||
Nivel preescolar |
15 |
15 |
15 |
||||||
Nivel primario |
34 |
31 |
29 |
||||||
Nivel secundario - escuelas |
18 |
17 |
17 |
||||||
Nivel secundario - formación profesional |
16 |
17 |
15 |
||||||
Número de niños por clase |
|||||||||
Nivel preescolar |
18.729 |
18.243 |
36.972 |
19.433 |
19.187 |
38.620 |
19.120 |
18.363 |
37.483 |
Nivel primario |
67.039 |
65.393 |
132.432 |
65.624 |
63.992 |
129.616 |
64.019 |
62.207 |
126.226 |
1 er grado |
10.076 |
9.945 |
20.021 |
9.735 |
9.473 |
19.208 |
9.489 |
9.226 |
18.715 |
2° grado |
10.004 |
10.119 |
20.123 |
9.975 |
9.977 |
19.952 |
9.738 |
9.485 |
19.223 |
3 er grado |
10.718 |
10.453 |
21.171 |
10.012 |
10.038 |
20.050 |
9.954 |
9.956 |
19.910 |
4° grado |
10.729 |
10.778 |
21.507 |
10.688 |
10.450 |
21.138 |
10.026 |
9.988 |
20.014 |
5° grado |
11.145 |
10.886 |
22.031 |
10.779 |
10.766 |
21.545 |
10.655 |
10.395 |
21.050 |
6° grado |
10.825 |
10.594 |
21.419 |
11.137 |
10.915 |
22.052 |
10.571 |
10.656 |
21.227 |
6° grado (repetidores) |
3.542 |
2.618 |
6.160 |
3.298 |
2.373 |
5.671 |
3.586 |
2.501 |
6.087 |
6° grado (incluidos los repetidores) |
14.367 |
13.212 |
27.579 |
14.435 |
13.288 |
27.723 |
14.157 |
13.157 |
27.314 |
Nivel secundario - Escuelas |
47.989 |
51.698 |
99.687 |
49.946 |
53.901 |
103.847 |
50.824 |
55.164 |
105.988 |
1 er curso |
8.356 |
9.321 |
17.677 |
9.028 |
9.744 |
18.772 |
8.798 |
9.523 |
18.321 |
2° curso |
8.481 |
9.001 |
17.482 |
8.430 |
9.363 |
17.793 |
8.915 |
9.654 |
18.569 |
3 er curso |
7.782 |
8.252 |
16.034 |
8.522 |
8.929 |
17.451 |
8.511 |
9.305 |
17.816 |
4° curso |
8.174 |
8.583 |
16.757 |
8.254 |
8.722 |
16.976 |
8.715 |
9.242 |
17.957 |
5° curso |
8.283 |
8.741 |
17.024 |
8.398 |
8.914 |
17.312 |
8.486 |
9.064 |
17.550 |
6° curso L |
3.257 |
3.789 |
7.046 |
3.354 |
3.837 |
7.191 |
3.533 |
4.201 |
7.734 |
6° curso U |
3.656 |
4.011 |
7.667 |
3.960 |
4.392 |
8.352 |
3.866 |
4.175 |
8.041 |
6° curso L+U |
6.913 |
7.800 |
14.713 |
7.314 |
8.229 |
15.543 |
7.399 |
8.376 |
15.775 |
Nivel secundario - formación profesional |
3.926 |
2.040 |
5.966 |
4.673 |
2.653 |
7.326 |
5.457 |
3.031 |
8.488 |
1 er curso |
1.836 |
985 |
2.821 |
2.106 |
1.207 |
3.313 |
2.302 |
1.339 |
3.641 |
2° curso |
1.468 |
796 |
2.264 |
1.475 |
834 |
2.309 |
1.833 |
1.033 |
2.866 |
3 er curso |
622 |
259 |
881 |
1.092 |
612 |
1.704 |
1.322 |
659 |
1.981 |
g) Número de niños en escuelas privadas |
|||||||||
Nivel preescolar |
15.309 |
14.943 |
30.252 |
15.920 |
15.780 |
31.700 |
15.750 |
15.210 |
30.960 |
Nivel primario |
16.033 |
16.012 |
32.045 |
15.900 |
15.832 |
31.732 |
15.675 |
15.756 |
31.431 |
Nivel secundario |
34.070 |
38.298 |
72.368 |
34.429 |
38.518 |
72.947 |
34.147 |
37.986 |
72.133 |
f) Número de niños en escuelas públicas |
|||||||||
Nivel preescolar |
3.430 |
3.300 |
6.730 |
3.513 |
3.407 |
6.920 |
3.370 |
3.153 |
6.523 |
Nivel primario |
51.006 |
49.381 |
100.387 |
49.724 |
48.160 |
97.884 |
48.344 |
46.451 |
94.795 |
Nivel secundario |
13.919 |
13.400 |
27.319 |
15.517 |
15.383 |
30.900 |
16.773 |
17.092 |
33.865 |
Sección de estadísticas, 7 de noviembre de 2005.
h) No se conoce el número de niños que estudian fuera del país
9. Proporcionen datos estadísticos desglosados (por sexo, edad y tipo de delito) correspondientes a 2002, 2003 y 2004, en particular el número de:
a) Menores de 18 años que presuntamente han cometido un delito denunciado a la policía
Número de menores de 18 años condenados durante el período 2002-2004
Orden |
Tipo de delito |
2002 |
2003 |
2004 |
|||||||||||||||
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
|||||||||||
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
||
1. |
Robo |
1 |
3 |
13 |
4 |
1 |
|||||||||||||
2. |
Robo con escalo |
3 |
2 |
1 |
|||||||||||||||
3. |
Robo con violencia |
1 |
1 |
||||||||||||||||
4. |
Robo en grupo |
4 |
5 |
||||||||||||||||
5. |
Robo por personas que tienen un salario |
3 |
|||||||||||||||||
6. |
Alteración del orden |
1 |
|||||||||||||||||
7. |
Injurias |
1 |
|||||||||||||||||
8. |
Relaciones sexuales con una menor de 16 años |
1 |
2 |
||||||||||||||||
9. |
Atentado contra la castidad |
1 |
|||||||||||||||||
10. |
Violación |
1 |
|||||||||||||||||
11. |
Vandalismo contra vehículos de motor |
1 |
|||||||||||||||||
12. |
Incendio |
1 |
|||||||||||||||||
13. |
Rotura de cercados |
1 |
|||||||||||||||||
14. |
Asalto a la autoridad con derramamiento de sangre |
1 |
|||||||||||||||||
15. |
Vagos y maleantes |
1 |
|||||||||||||||||
16. |
Agresión |
2 |
1 |
2 |
2 |
||||||||||||||
17. |
Menores imposibles de controlar |
4 |
|||||||||||||||||
18. |
Lesiones involuntarias y por imprudencia |
1 |
|||||||||||||||||
19. |
Conducción sin permiso |
2 |
|||||||||||||||||
20. |
Hurto de uso de vehículo de motor |
3 |
|||||||||||||||||
21. |
Daños a la propiedad |
1 |
|||||||||||||||||
22. |
Allanamiento |
2 |
|||||||||||||||||
Total |
- |
- |
4 |
- |
19 |
1 |
- |
- |
1 |
- |
32 |
4 |
- |
1 |
2 |
- |
9 |
1 |
b) Menores de 14 años procesados o denunciados a la policía
Número de personas menores de 14 años denunciadas por la policía
Orden |
Tipo de delito |
2002 |
2003 |
2004 |
|||||||||||||||
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 5 y 10 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
|||||||||||
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
||
1. |
Robo |
1 |
4 |
3 |
4 |
||||||||||||||
2. |
Robo con escalo |
2 |
6 |
1 |
|||||||||||||||
3. |
Intento de robo |
1 |
|||||||||||||||||
4. |
Robo con violencia |
1 |
1 |
1 |
|||||||||||||||
5. |
Receptación de bienes robados |
1 |
|||||||||||||||||
6. |
Complicidad |
1 |
|||||||||||||||||
7. |
Daños a la propiedad |
2 |
|||||||||||||||||
8. |
Rotura de cercados |
1 |
|||||||||||||||||
9. |
Menores imposibles de controlar |
1 |
1 |
||||||||||||||||
10. |
Sodomía |
2 |
|||||||||||||||||
11. |
Homicidio |
1 |
2 |
||||||||||||||||
12. |
Atentado a la castidad |
1 |
|||||||||||||||||
Total |
- |
- |
1 |
- |
11 |
1 |
- |
- |
1 |
- |
12 |
1 |
- |
- |
- |
- |
9 |
2 |
c) Menores de 18 años que han sido condenados y tipo de pena o sanción dictada, incluida la duración de la privación de la libertad
d) Lugares de detención de los delincuentes menores de 18 años y capacidad de esos centros
Los menores de 18 años en conflicto con la ley se ponen en libertad bajo palabra bajo la custodia de sus padres (cuando éstos lo aceptan) a la espera del juicio, incluso en los casos graves. Cuando los padres no están dispuestos a hacerse cargo de ellos, esos menores delincuentes quedan internados en el Centro Juvenil Correccional o en el Centro Juvenil de Rehabilitación.
e) Menores de 18 años recluidos en dichos centros o detenidos en centros para adultos
No hay ningún menor de 18 años internado en un centro para adultos.
f) Menores de 18 años a disposición judicial y duración media de su detención
Como se ha mencionado en el apartado d), cuando los padres no están dispuestos a hacerse cargo, los menores delincuentes pasan al Centro Juvenil Correccional o al Centro Juvenil de Rehabilitación.
El período de prisión a la espera de juicio varía, pero el promedio es de entre seis y siete meses.
g) Menores de 14 años a disposición judicial
Los menores de 14 años que han cometido un delito (incluso cuando se trata de un delito grave) son puestos en libertad vigilada bajo la custodia de sus padres, que se comprometen a que comparezcan ante el tribunal en su momento. No hay ningún menor de 14 años en prisión provisional a la espera de juicio.
h) Casos denunciados de abuso y maltrato de menores de 18 años durante su arresto y detención
Tipo de sanción |
2002 |
2003 |
2004 |
||||||||||
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
Entre 10 y 15 años |
Entre 15 y 18 años |
||||||||
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
M |
F |
||
1. |
Multa |
10 |
1 |
11 |
4 |
1 |
|||||||
2. |
Internamiento en un Centro Juvenil Correccional |
2 |
1 |
||||||||||
3. |
Internamiento en un Centro Juvenil de Rehabilitación |
1 |
|||||||||||
4. |
Libertad vigilada |
1 |
5 |
1 |
2 |
4 |
2 |
||||||
5. |
Libertad condicional |
11 |
13 |
4 |
|||||||||
Total |
2 |
- |
28 |
1 |
1 |
- |
27 |
4 |
- |
- |
10 |
1 |
No se han comunicado casos de maltrato de menores de 18 años durante el período de detención.
i) Menores de 18 años juzgados y condenados como adultos
No se ha condenado ni sentenciado como adulto a ningún menor de 18 años.
10. Con referencia a las medidas especiales de protección, proporcionen datos estadísticos (por sexo, edad, a ser posible grupo étnico y zonas urbanas o rurales), correspondientes a 2002, 2003 y 2004, del número de:
a) Niños afectados por la explotación sexual, en particular la prostitución, la pornografía y la trata de personas, y los que han tenido acceso a servicios de recuperación y reinserción
Naturaleza del abuso |
2002 |
2003 |
2004 |
Total |
|||
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
||
Corrupción de menores |
- |
- |
- |
3 |
- |
- |
3 |
Abusos deshonestos |
- |
- |
- |
1 |
- |
- |
3 |
b) Niños drogodependientes y los que han recibido tratamiento o servicios de reinserción
Naturaleza del abuso |
2002 |
2003 |
2004 |
Total |
|||
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
Niños |
Niñas |
||
Absorción de sustancias intoxicantes |
- |
- |
4 |
4 |
- |
- |
8 |
c) Menores de 18 años que trabajan
Según el Estudio Continuo Múltiple de los Hogares, cerca del 1,5% del número total de trabajadores son niños de entre 12 y 17 años. La edad mínima de admisión al empleo sigue siendo de 15 años según la Ley del trabajo, Ley Nº 50 de 1975, en su forma enmendada. No obstante, tras la promulgación de la Ley de educación (enmendada) (Ley Nº 41 de 2004), en vigor desde enero de 2005 y en la que se hace obligatoria la asistencia a la escuela de los menores de 16 años, se ha previsto modificar la Ley de trabajo de 1975 con el fin de elevar a 16 años la edad mínima de admisión al empleo.
Empresas visitadas |
Empresas que emplean a niños |
Niños empleados |
||
Niños |
Niñas |
|||
De junio de 2002 a mayo de 2003 |
4.777 |
17 |
14 |
5 |
De junio de 2003 a mayo de 2004 |
2.934 |
1 |
1 |
0 |
De junio de 2004 a mayo de 2005 |
2.747 |
19 |
12 |
11 |
d) Migrantes menores de 18 años no acompañados
No hay ningún migrante menor de 18 años no acompañado.
e) Niños de la calle o sin techo
El Fondo Fiduciario para la Integración Social de los Grupos Vulnerables contrató en 2002 a 15 trabajadores encargados de localizar a los niños de la calle y procurar su rehabilitación. Esos niños son principalmente jóvenes que sus padres no pueden controlar. Los trabajadores actúan también como puente entre esos jóvenes y las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. Se calcula que en 2004 había unos 1.500 niños de la calle, de los que los trabajadores sociales tienen conocimiento de 1.207 y han entrado ya en contacto con 440. Esos niños están siendo rehabilitados y los trabajadores sociales siguen de cerca la evolución de los niños de la calle.
En septiembre de 2004 se contrató a otros cinco trabajadores que se encargarán de los menores toxicómanos.
Los funcionarios de la Unidad de Desarrollo de la Infancia se ocupan de seguir de cerca todos los casos comunicados al Ministerio. Los funcionarios intervienen de diversas maneras, a saber:
·Visitas;
·Facilitación de los servicios de un psicólogo o un asesor jurídico;
·Remisión a otras instituciones, ministerios, departamentos y organizaciones;
·Prestación de apoyo y asesoramiento a las víctimas del abuso o abandono, así como a los padres, para facilitar su rehabilitación.
B. Medidas generales de aplicación
1. El Comité agradecería que se le facilite información sobre las actividades encaminadas a dar cumplimiento a las recomendaciones contenidas en sus anteriores observaciones finales sobre el informe inicial de la República de Mauricio (CRC/C/15/Add.64) que aún no se hayan aplicado del todo.
Seguimiento de las observaciones
Siguiendo las recomendaciones formuladas por el Comité en sus anteriores observaciones finales, Mauricio ha adoptado varias medidas para enmendar las leyes vigentes e introducir nuevas leyes a fin de cumplir lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño y trasponer sus disposiciones a la legislación nacional, como se expone en el informe del Gobierno (párrs. 1 a 9). El establecimiento de un grupo especial sobre el abuso de los niños encargado de revisar todas las leyes y procedimientos existentes en la esfera de la protección de los niños es una iniciativa positiva. Se han adoptado nuevos instrumentos legislativos y se han enmendado algunos de los existentes, en particular por lo que se refiere a la igualdad y la protección, especialmente en 1998.
En virtud de la Ley de protección de la infancia (disposiciones diversas) de 1998 se enmendaron 24 instrumentos legislativos, entre los que cabe citar los siguientes:
Ley de protección de la infancia (1994 )
Se ha enmendado la Ley de protección de la infancia, entre otras cosas:
a)La definición de la palabra "daño" se ha ampliado de manera que ahora incluye "el daño físico, sexual, psicológico, emocional o moral, la desatención, el maltrato y la alteración de la salud o el desarrollo";
b)Se ha modificado la definición de "lugar seguro" de forma que ahora incluye también "conventos, instituciones benéficas, instituciones para niños y hospitales";
c)Se ha ampliado el grupo de personas que pueden denunciar casos de presuntos abusos.
Ley de cinematografía
La Ley de cinematografía se enmendó para incluir en ella el castigo de cualquier persona que permita la entrada de un menor para la proyección o durante la proyección de una película de forma que quebrante una condición impuesta por la Junta de Censores o por la normativa. Ese delito está sancionado con multa de 50.000 rupias y pena de hasta dos años de privación de libertad.
Ley del plan de protección de las familias de los funcionarios públicos
Se enmendaron la Ley del plan de protección de las familias de los funcionarios públicos y la Ley del fondo de protección de las familias de los miembros de órganos públicos para que los hijos nacidos fuera del matrimonio pudieran recibir una pensión a la muerte de los funcionarios de la administración y de los órganos públicos.
Ley sobre drogas peligrosas
La Ley sobre drogas peligrosas fue modificada a fin de imponer mayores penas a los que facilitaran drogas a los niños. El acto de administrar, vender o suministrar drogas a un menor o a una persona mentalmente discapacitada es una circunstancia agravante y al acusado puede imponérsele una multa de hasta 50.000 rupias y una pena de prisión de hasta 20 años.
Ley de separación judicial y divorcio
La Ley de separación judicial y divorcio fue enmendada para hacer obligatorio que los tribunales recabasen las opiniones de los niños mayores de 10 años y capaces de discernimiento en todo caso en que estuviese involucrado el interés del niño. Así pues, los tribunales no deben adoptar una decisión acerca de la concesión de la custodia de un hijo a su padre o a su madre sin averiguar que opina el niño al respecto. Antes de la modificación, el tribunal no tenía la obligación de escuchar al niño, sino que podía hacerlo de forma discrecional.
Ley de asistencia letrada
Se modificó de manera que todo menor acusado de un delito o falta dispusiera de asistencia letrada.
Ley de explosivos
Se enmendó con el fin de que nadie pudiese hacer o permitir que un menor manipulase explosivos.
Ley de armas de fuego
La Ley de armas de fuego fue enmendada para que todo menor acusado de un delito o falta dispusiera de asistencia letrada.
Ley de interpretación y cláusulas generales
La Ley de interpretación y cláusulas generales se ha modificado para incluir en ella las definiciones de "niño" y "menor".
Ley del juego
La Ley del juego fue modificada para garantizar que ningún promotor o agente de un promotor o un recaudador o tenedor de libros u organizador de apuestas pueda celebrar transacciones con un menor. Esas transacciones pueden anularse a petición del menor.
El Consejo Nacional de la Adopción
El Consejo Nacional de la Adopción fue modificado para que al considerar la adopción de un niño de Mauricio por una persona que no sea ciudadana del país se tenga debidamente en cuenta la posibilidad de confiarlo a un hogar del país.
Ley de cajas de empeño
La Ley de cajas de empeño fue modificada para prohibir la pignoración a los menores.
Ley de control de los plaguicidas
La Ley de control de los plaguicidas fue enmendada para prohibir el empleo de una persona menor de 18 años en determinadas operaciones relacionadas con los plaguicidas.
Ley de farmacia
La Ley de farmacia fue modificada para prohibir la venta a un menor de cualquier veneno especificado en la lista contenida en la ley.
Ley de la policía
La Ley de la policía fue modificada con el objeto de prohibir la expedición de cualquier licencia destinada a emplear a un menor en servicios de seguridad o de protección.
Ley de menores delincuentes
La Ley de menores delincuentes se modificó con el fin de:
i)ajustar la definición del niño a lo dispuesto en la Convención;
ii)restringir la distribución de los informes relativos a los procedimientos seguidos ante los tribunales juveniles.
-Cuando una persona menor de 18 años sea detenida por la policía, el oficial de policía adoptará inmediatamente todas las medidas razonables para informar de ello a los padres o al tutor del niño y comunicarles el lugar en que podrán verlo;
-No se registrará ninguna declaración de una persona detenida menor de 18 años sin la presencia de sus padres o de su tutor, a menos que no se pueda contactar con los padres o con el tutor en un plazo razonable o éstos comparezcan en la comisaría de policía.
Ley de reformatorios
La Ley de reformatorios fue enmendada, junto con otras, para velar porque se imparta formación religiosa a los internos cuando se cuente con su consentimiento o con el de sus responsables.
Ley de registro de asociaciones
La Ley de registro de asociaciones fue enmendada en el sentido de que un menor puede, con el permiso escrito de la persona responsable, ser admitido como miembro de una asociación registrada. Ningún menor podrá ser nombrado miembro del comité ejecutivo o de la dirección de una asociación registrada.
Ley de comercios
La Ley de comercios fue modificada en el sentido de que no deberá emplearse ni permitir que atiendan a los clientes los hijos de los comerciantes menores de 15 años.
Ley de representaciones escénicas
La Ley de representaciones escénicas fue modificada para prohibir la admisión de menores en un lugar público en el que se ofrezca una representación cuando la admisión suponga la contravención de una condición impuesta por una Junta de Censores.
Ley del plan de protección de las familias de los funcionarios públicos y Ley del fondo de protección de las familias de los miembros de órganos públicos
La Ley del plan de protección de las familias de los funcionarios públicos y la Ley del fondo de protección de las familias de los miembros de órganos públicos fueron modificadas con objeto de hacer extensivas las pensiones pagaderas a la muerte de los funcionarios del gobierno y de los órganos públicos a los hijos reconocidos nacidos fuera del matrimonio. Anteriormente, aunque se había modificado el Código Civil para conceder a los hijos naturales los mismos derechos de pensión que los hijos legítimos, en esos dos fondos de pensiones se preveía únicamente lo relativo a los hijos legítimos, en contra de lo dispuesto en los artículos 2 y 26 de la Convención.
Ley de estado civil
De conformidad con la Ley de estado civil de 1981 (enmendada), incumbe al padre o la madre de un niño o a cualquier otra persona que designe la ley, inscribir el nacimiento, dentro de los 45 días siguientes al mismo, en la Oficina de Registro Civil del distrito en que haya tenido lugar el nacimiento o en el que residan los padres.
En 1999 se enmendó el Código Civil de Mauricio para que todo niño pudiera ser oído ante un tribunal en cualquier causa que le concierna y para proteger su patrimonio.
Otras novedades en el terreno jurídico que no se mencionan en el informe del Gobierno
1)En 2003 se promulgó la Ley del Defensor del Menor, y en 2005 se modificó para ampliar sus facultades (véase más abajo).
2)El Consejo Nacional de la Infancia (CNI) se ha suprimido y sustituido. En la Ley del Consejo Nacional de la Infancia de 2003 se reestructuró éste con miras a establecer un Comité Nacional de la Infancia, compuesto por muchachos y muchachas de entre 15 y 18 años elegidos por las organizaciones registradas ante el Consejo, que pudiera deliberar sobre cuestiones relativas al bienestar de los niños y exponer sus opiniones a la Junta Nacional de la Infancia.
3)La Ley del trabajo (enmendada) de 2004 en la que se contemplan infracciones y sanciones concretas en caso de agresión, maltrato verbal, amenaza, acoso y otras actitudes ilícitas contra los trabajadores.
4)La Ley de protección frente a la violencia doméstica (enmendada) de 2004, en la que se amplía el alcance de la anterior Ley de protección frente a la violencia doméstica, concretamente para abarcar todos los casos de violencia doméstica (física, sexual o moral cometida contra un cónyuge o un hijo) ejercida por personas que viven bajo el mismo techo, aumentar las penas y ofrecer asesoramiento. Los aspectos positivos son: la referencia al bienestar y las necesidades del niño cuando se trate de adoptar una orden de protección y la posibilidad de dictar una orden provisional de protección en caso de riesgo grave. Esa medida de protección puede aplicarse incluso cuando aún no se haya cometido ningún delito.
5)La Ley de estado civil (enmendada) de 2004, en la que se consolida la obligación del padre o la madre de inscribir el nacimiento de su hijo, incluso si éste nace en un asilo, una prisión u otra institución, excepto en determinadas circunstancias (art. 14).
6)La Ley de educación (enmendada) de 2004. en la que se establece que la enseñanza será obligatoria para todos los niños hasta el final del año académico en el que cumplan los 16 años. Está tipificado como delito el que la persona responsable, incluidos los padres, impida o descuiden la asistencia regular del niño a la escuela sin causa justificada.
7)La Ley de hogares de atención de 2003, en la que se regula el funcionamiento de esos hogares mediante la adopción de disposiciones relativas, entre otras cosas, a la concesión de licencias y al establecimiento de un órgano reglamentario responsable del control y la disciplina de esos hogares.
8)La Ley del Código Penal (enmendada) de 2003 en la que se tipifica como delito la tortura para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención contra la Tortura.
9)La Ley de Gobierno local de 2003, por la que se moderniza la legislación relativa al gobierno local con una mayor descentralización y transparencia en la gestión de los asuntos de las autoridades locales. Tiene interés mencionar que en el artículo 41, relativo a las funciones de las autoridades locales, se dice que éstas son responsables, dentro de los limites de su jurisdicción, de la formulación y aplicación, especialmente en las regiones deprimidas, de políticas encaminadas a responder mejor a la pobreza y a la exclusión, de la salvaguardia y promoción de los derechos y el bienestar de los niños que viven en su jurisdicción, así como de la promoción de actividades culturales y deportivas.
10)La Ley de delitos sexuales (disposiciones diversas) de 2003, por la que se enmendaron la Ley de tribunales, la Ley del Código Penal, y la Ley de enjuiciamiento criminal para, entre otras cosas, establecer que cuando una persona haya sido violada por dos o más personas el juicio se llevará a cabo ante un juez, sin jurado, con el fin de ampliar las facultades sentenciadoras del Tribunal Intermedio.
11)La Ley de asistencia mutua en asuntos penales y asuntos conexos de 2003, en la que se contempla la adopción de medidas de cooperación internacional en la investigación, instrucción o enjuiciamiento relativos a delitos graves y asuntos civiles conexos.
Explotación sexual y abusos sexuales
La explotación sexual de los niños se contempla principalmente en las disposiciones de la Ley de protección de la infancia y en el Código Penal. En 2002 se completó un estudio sobre la explotación sexual comercial de los niños en Mauricio que ha permitido tener un conocimiento global del problema.
Con ayuda del UNICEF se elaboró un plan de acción. El Plan de Acción Nacional contra la explotación sexual comercial de los niños tiene por objeto eliminar esa explotación y proteger a sus víctimas, así como velar por su recuperación y su reinserción en la sociedad.
Al preparar el Plan de Acción Nacional se adoptó un enfoque integrado de la realización de las actividades relacionadas con la protección de los niños. El Plan es de ámbito general y está encaminado a la protección global de los niños frente a cualquier forma de abuso, incluida la explotación sexual comercial, con arreglo a la legislación vigente y las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.
El objetivo del Plan de Acción Nacional es garantizar la protección de nuestros niños frente a cualquier forma de abuso y la creación de un entorno propicio en el seno de la familia y la sociedad civil. Tiene también por objeto la elaboración de estrategias y actividades que deberán acometer todos los interesados, incluidas las instituciones gubernamentales, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales (ONG), la comunidad y la familia, en pro del interés superior del niño.
El Plan de Acción Nacional se basa en los cuatro componentes del Programa de Acción contra la explotación sexual comercial de los niños aprobado en Estocolmo:
1.Coordinación y cooperación;
2.Prevención;
3.Protección;
4.Recuperación y reinserción.
Proyecto de ley de protección de la infancia (enmienda)
El proyecto de ley de protección de la infancia (enmienda) fue aprobado por la Asamblea Nacional el 6 de diciembre de 2005 con objeto de mejorar las salvaguardias de los niños frente a la trata, el abandono y el secuestro, que se ha determinado son las tres principales actividades delictivas que conducen a la explotación sexual comercial de los niños.
Desarrollo en la primera infancia (DPI)
El Ministerio tiene una responsabilidad adicional de ocuparse de los niños menores de 3 años. En 1996 se encargó la realización de un estudio sobre la prestación de cuidados en la primera infancia que se ha utilizado como referencia para la elaboración de un documento de política. A ese respecto, se está aplicando una política de desarrollo en la primera infancia (menos de 3 años) tendiente a mejorar el desarrollo general del niño mediante la introducción y adopción de un enfoque integrado del DPI. Sobre la base de ese documento de políticas se ha preparado un Plan de Aplicación del DPI. En 2000 se puso en vigor un marco legislativo apropiado con el establecimiento de normas y ordenanzas para regular los servicios de atención infantil, incluidos los que se prestan en el hogar. El objetivo a largo plazo del Gobierno es elaborar un programa de apoyo de ámbito nacional mediante el cual pueda desempeñar un papel de facilitación en la prestación de cuidados asequibles y de calidad para los niños menores de 3 años. El documento de política sobre el DPI se está integrando en la Política Nacional de la Infancia.
Se ha establecido una Oficina de Certificación de Servicios de Guardería que prestará asesoramiento sobre la calidad de los servicios y se ocupará de gestionar y supervisar el proceso de acreditación y de emisión de los correspondientes certificados a los centros de atención infantil que satisfagan todos los principios y normas pertinentes, incluidos los relativos a la salud y la nutrición.
Se ha preparado un manual con directrices para el desarrollo en la primera infancia de los menores de 3 años que se viene distribuyendo a todos los centros registrados de atención diaria desde principios de 2004. Se está haciendo todo lo posible por fomentar la integración de los niños con necesidades especiales en los centros ordinarios mediante sistemas de incentivos.
Se organizan programas de capacitación sobre la atención y el desarrollo en la primera infancia para los gestores y trabajadores de los centros de día de atención infantil. Mediante esa formación se pretende dotarles de los conocimientos, aptitudes y competencias adecuados para que puedan mejorar la calidad de los servicios que prestan en sus centros.
2. Sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas para mejorar el sistema de recopilación de datos desglosados sobre menores de 18 años en todos los aspectos de la Convención, como por ejemplo si el Consejo Nacional de la Infancia, que se suponía que iba a crear una base de datos sobre los niños y confeccionar las estadísticas necesarias para formular la política, ha conseguido cumplir su cometido.
Los ministerios y departamentos correspondientes están recogiendo datos de diversos sectores, como la salud, la educación, la seguridad social, la protección y los deportes, con lo que se conseguirá arrojar luz sobre la situación de los niños. La Unidad de Desarrollo de la Infancia está recogiendo datos sobre el maltrato de los niños a través de seis delegaciones regionales y se están recopilando estadísticas mensuales relativas a casos de denunciados y remitidos al Ministerio. Los datos están desglosados por sexo y corresponden al número de niños afectados y el tipo de problema encontrado. El MDM prepara y distribuye periódicamente informes estadísticos sobre la mujer y los niños.
El Consejo Nacional de la Infancia ha preparado, con la asistencia de la UNICEF, un Programa de bases de datos con información sobre los niños. Ese Programa está bajo la dirección directa del MDM. El Ministerio trabaja actualmente en colaboración con el Observatorio de los Derechos del Niño.
Se ha establecido un Observatorio de los Derechos del Niño en la Universidad de Mauricio que funciona a plena capacidad. Se trata de un proyecto conjunto de la Comisión del Océano Índico y el UNICEF. Tiene por objeto el seguimiento de los derechos del niño, la creación de una base de datos regional sobre el desarrollo social de los niños y la elaboración de análisis estadísticos en los cinco países del Océano Indico: Comoras, Madagascar, Seychelles, Reunión y Mauricio. Esos países contribuyen al funcionamiento del Observatorio, bien en forma de financiación directa o en especie (principalmente mediante la aportación de recursos humanos). Durante los primeros años, el UNICEF sufragará una parte importante de los gastos financieros para garantizar el establecimiento y la consolidación del proyecto. La Comisión del Océano Índico y el UNICEF elaborarán un plan de acción para la recaudación de fondos dirigido a los posibles donantes. El Observatorio recoge información y datos sobre los derechos del niño, realiza un análisis comparativo de esos datos entre los diferentes países y prepara los informes correspondientes. Las recomendaciones contenidas en esos informes facilitarán a los países en la adopción de las medidas necesarias y la elaboración de las estrategias apropiadas para mejorar el bienestar de los niños.
Los objetivos del Observatorio son:
-Vigilar los derechos del niño en los cinco países del océano Índico;
-Elaborar una base de datos regional sobre el desarrollo social del niño;
-Elaborar análisis estadísticos a nivel de país y de región;
-Establecer tendencias y comparaciones;
-Publicar informes periódicos;
-Promover el debate público y formular recomendaciones para la adopción de medidas a los encargados de proteger los derechos del niño.
La formula general del proyecto es seleccionar un conjunto de indicadores sociales, investigar qué pautas de cambio pueden detectarse en ellos y evaluar si las políticas vigentes responden de manera adecuada. Así pues, el éxito del proyecto depende principalmente de la calidad de los recursos humanos y de las redes que participen en él.
3. Proporcionen información sobre los casos en que la Convención se haya invocado de modo directo ante los tribunales nacionales, con ejemplos
No es aplicable.
4. Faciliten detalles de la reestructuración que se está haciendo del Consejo Nacional de la Infancia, encargado de promover los derechos del niño y proteger a los niños de cualquier tipo de abuso
La protección de los niños es responsabilidad directa del Ministerio, en tanto que el Consejo Nacional de la Infancia se ocupa de promover los derechos del niño y protegerles de cualquier tipo de abuso.
El derecho del niño a la participación es ya realidad en Mauricio con la promulgación de la Ley del Consejo Nacional de la Infancia. En el artículo 13 de esa ley se contempla la participación de los niños por conducto del Comité Nacional de la Infancia, compuesto por muchachos y muchachas procedentes de distintas asociaciones de jóvenes, consejos de alumnos y ONG de niños. El Consejo Nacional de la Infancia ofrece un foro en el que examinar los asuntos de interés para el bienestar y desarrollo de los niños antes de formular las recomendaciones apropiadas al Gobierno. Uno de los principales objetivos de la Ley del Consejo Nacional de la Infancia es fomentar las actividades compatibles con la Convención sobre los Derechos del Niño.
5. Proporcionen más información sobre el Plan de Acción Nacional para el desarrollo y la protección de la niñez y sobre la Política nacional de la infancia que estaba elaborando el Ministerio de los Derechos de la Mujer, el Desarrollo del Niño y el Bienestar de la Familia, con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
En junio de 1999 se preparó un Plan de Acción Nacional (Fase II) para el desarrollo y la protección del niño. Ese documento se basó en los resultados del examen del Plan Nacional para la supervivencia, el desarrollo y la protección del niño que se realizó a petición del Secretario General de las Naciones Unidas. El Programa de Acción Nacional (Fase II) se preparó en consulta con los ministerios interesados y las ONG que trabajan en favor de los niños. En él se establecen los objetivos principales y las directrices para lograrlos mediante la colaboración con diversos interesados. El documento se distribuyó a todos los interesados para su aplicación.
En 2001 se señaló que Mauricio no contaba con un enfoque integrado de las políticas para la infancia. Con la ayuda del UNICEF, y tras consultar con todos los interesados, incluidas las instituciones del Gobierno y el sector privado, se decidió elaborar una Política nacional de la infancia.
Los objetivos principales eran establecer vínculos con todos los interesados directos, entre los que se encontraban las instituciones del Gobierno y las ONG, para coordinar las políticas en favor de la infancia. La elaboración de la Política nacional de la infancia es un paso importante del Gobierno en su compromiso con los derechos humanos en general y con los derechos y el bienestar de los niños en particular.
Sobre la base de la Política nacional de la infancia se elaboró un Plan de Acción Nacional con miras a aplicar las declaraciones de política. El proceso de distribución entre los interesados en la preparación de la Política nacional de la infancia tiene por objeto:
Racionalizar los objetivos y las esferas de acción que se derivan directamente de los objetivos ya esbozados en la Política nacional de la infancia;
Determinar las responsabilidades de las partes interesadas en su aplicación;
Promover medidas para evaluar la eficacia de los programas y actividades;
Examinar la posibilidad de poner en marcha de forma inmediata medidas y programas en alguna de las esferas básicas de la política;
Aplicar un enfoque basado en los derechos; y
Abordar las cuestiones claves de la participación y el desarrollo comunitarios, las alianzas, la información, la comunicación y la investigación, así como los mecanismos institucionales y las leyes que se enumeran en el documento de política.
6. Proporcionen información actualizada sobre la difusión de la Convención y del informe del Estado Parte y sobre las medidas adoptadas para concienciar de la Convención y los derechos humanos en general a los niños, los padres de familia, los docentes, los trabajadores sociales y otros profesionales que trabajan con niños o en beneficio de ellos en cualquier lugar de Mauricio.
Desde su creación, el Consejo Nacional de la Infancia se ha ocupado de la difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño mediante activas campañas de sensibilización. Periódicamente se han distribuido publicaciones, incluidos carteles y folletos, relativas a los artículos de la Convención. Se facilitaron copias de esas publicaciones a los ministerios y a las ONG que trabajan en la promoción de los derechos de las mujeres y los niños.
Las campañas de sensibilización han llegado también a los alumnos de las escuelas primarias y secundarias de la isla. En las escuelas secundarias se organizaron debates y proyectos sobre cuestiones relacionadas con la Convención. También se organizaron campañas de sensibilización, en cuyo marco se organizaron conferencias y seminarios, para personas con un nivel de formación básico.
Formación y actividades relacionadas con la Convención dirigidas a los niños, los maestros, los trabajadores sociales y otros profesionales
2001
i)Se celebraron 40 conferencias sobre la Convención para niños y alumnos de escuelas primarias y secundarias.
ii)Se organizaron 61 conferencias para 605 mujeres de diversas asociaciones femeninas.
2002
i)Se celebraron conferencias sobre el artículo 19 de la Convención en un módulo sobre el abuso de los niños en la Facultad de Magisterio de Mauricio (institución terciaria de formación de maestros y maestros en prácticas).
ii)Se celebraron 83 conferencias sobre la Convención para 1.403 alumnos de escuelas primarias y secundarias.
iii)Se organizaron 70 conferencias sobre la Convención para 55 mujeres pertenecientes a diversas asociaciones y 618 miembros del público en general.
iv)Se celebraron 10 conferencias sobre la Convención para 410 maestros de enseñanza primaria.
2003
i)Se celebraron 30 conferencias sobre la Convención para 1.657 alumnos de escuelas primarias y secundarias.
ii)Se organizaron 65 conferencias sobre la Convención para 615 mujeres de diversas asociaciones femeninas y 811 miembros del público en general.
iii)Se organizaron 12 conferencias para unos 600 maestros de enseñanza primaria.
2004
i)Se celebraron 90 conferencias sobre la Convención para 1.538 alumnos de escuelas primarias y secundarias.
ii)Se celebraron 62 conferencias sobre la Convención para 1.316 mujeres de diferentes asociaciones.
iii)Se organizaron 12 conferencias para 30 maestros de enseñanza primaria.
Capacitación de capacitadores acerca de la convención sobre los derechos del niño
i) 2002
Del 23 al 26 de abril de 2002 se impartió capacitación sobre la Convención a 40 capacitadores.
ii) 2003
Del 16 al 21 de agosto de 2003 se impartió capacitación sobre la Convención a 35 capacitadores.
iii) 2004
Se organizó un curso práctico de capacitación de capacitadores acerca de la Convención de 3 días de duración.
Del 20 al 25 de abril de 2004 se impartió capacitación sobre la Convención a 25 capacitadores.
7. Proporcionen información actualizada sobre la cooperación del Estado Parte con la comunidad internacional, las ONG inclusive, en las iniciativas para dar cumplimiento a la Convención.
Hasta 2003 el UNICEF fue el principal organismo de financiación que ayudó a Mauricio en sus esfuerzos por aplicar la Convención. Mauricio ha gozado también de diversas formas de apoyo de la comunidad internacional para la realización de actividades relacionadas con los niños.
La Fundación Bernard Van Leer proporciona asistencia para la realización de un Programa de educación de los padres. La UNESCO presta actualmente asistencia al MDM en la ejecución de dos proyectos: i) el establecimiento de un Centro de recursos sobre el desarrollo en la primera infancia y ii) la preparación de un programa de formación de los padres.
El MDM ha firmado un Memorando de Entendimiento con la organización Bal Bhavan, de Nueva Delhi (India). Gracias a ese Memorando de Entendimiento, el Ministerio ha obtenido asistencia técnica para el establecimiento de un Centro de creatividad para niños y la formación de trabajadores en la esfera de las actividades creativas para los niños.
En el marco de ese Memorando de Entendimiento se organizan anualmente programas de intercambio de niños entre los dos países.
Dentro del programa de intercambio cultural entre la India y Mauricio, en febrero de 2005 las autoridades de la India impartieron formación sobre la protección de los niños a 12 funcionarios de instituciones gubernamentales y miembros de ONG. Para febrero de 2006 está previsto llevar a cabo otro programa de formación sobre la rehabilitación de trabajadores del sexo.
A nivel nacional, para la aplicación de la política del Gobierno se cuenta con el apoyo y la colaboración de las ONG y el sector privado.
8. Indiquen las cuestiones que afecten a los niños que el Estado Parte considera que tienen la máxima urgencia a fin de que la Convención tenga cumplimiento.
-Protección de los niños contra: i) los abusos, incluido el abuso sexual
ii) la explotación sexual comercial
-Niños con discapacidad
-Niños en conflicto con la ley
-Inscripción del nacimiento fuera de plazo.
9. Proporcionen información actualizada sobre el fondo fiduciario de las ONG creado en 1998 para racionalizar el modo de pedir donaciones.
Fondo fiduciario de las ONG
El Gobierno está decidido a optimizar su alianza con las ONG para mejorar las condiciones de vida de los grupos vulnerables. Eso se ha hecho realidad a través del fondo fiduciario para las ONG creado en el marco de la Ley del Registro de Finanzas y Auditorías (enmendada) de 1999.
El fondo fiduciario para las ONG funciona bajo los auspicios del Ministerio de Seguridad Social, Solidaridad Nacional y Bienestar de los Mayores y Reforma de las Instituciones y contribuye al desarrollo de las ONG de Mauricio mediante el apoyo y la asistencia de carácter institucional.
Los objetivos del fondo son:
a)Examinar y aprobar, en su caso, las solicitudes de asistencia presentadas por ONG;
b)Financiar, total o parcialmente, los servicios y proyectos de esas organizaciones que hayan sido aprobados por el Comité;
c)Velar por la utilización eficaz de los recursos; y
d)Racionalizar el desembolso de fondos a las ONG.
Criterios que ha de satisfacer una ONG
Con arreglo al Decreto Nº 50 de 1999, se entiende por ONG aquella que:
a)Funciona sin ánimo de lucro;
b)Trabaja para mejorar la situación de los discapacitados, los mayores, las personas sin hogar u otros grupos vulnerables, incluidos los niños;
c)Ha sido aprobada por el Comité del fondo fiduciario para las ONG.
Criterios generales para recibir asistencia del fondo fiduciario para las ONG
1.La ONG debe estar inscrita en el Registro de asociaciones;
2.La ONG debe contar con una trayectoria de actividades que satisfaga al Comité del fondo;
3.La ONG debe ser capaz de recabar fondos de distintas fuentes;
4.La ONG debe ser transparente en la realización de sus actividades;
5.La ONG no debe tener motivos ocultos;
6.La ONG debe, preferentemente, tener una sede.
La asistencia financiera del fondo fiduciario de las ONG puede adoptar alguna de las siguientes formas:
a)Subvención;
b)Asistencia puntual;
c)Microproyectos (financiación parcial).
Subvención
Se trata de una cantidad anual destinada a sufragar el funcionamiento cotidiano de la ONG. La subvención se desembolsa normalmente en dos plazos, el primero del 60% y el segundo del 40%. Eso permite supervisar más eficazmente los fondos de la ONG. La subvención anual varía entre 40.000 y 2.000.000 de rupias.
Criterios específicos para recibir una subvención
1.El tipo y la calidad del servicio que presta la organización.
2.La ONG debe contar con una estructura apropiada: comité de gestión, reuniones periódicas, aprobación de las decisiones importantes por un comité ejecutivo, etc.
3.Responsabilidad y transparencia mediante la tenencia de libros, estados financieros, actas, recibos y demás documentos.
4.La ONG debe disponer de uno o varios centros (excepcionalmente, puede concederse una exención, según la esfera de actividad de la ONG, sujeta a la aprobación del Comité del Fondo Fiduciario para las ONG).
5.Tamaño del grupo social al que está dedicada. Debe haber un número razonable de personas que se beneficien de las actividades de la ONG a nivel nacional o regional.
6.La ONG debe, preferentemente, haber recibido con anterioridad asistencia puntual o en forma de microproyectos del Fondo Fiduciario para las ONG.
7.La ONG debe gozar de credibilidad y tener una imagen intachable.
A continuación figura una lista de los documentos necesarios para obtener una subvención:
i)una solicitud oficial de la subvención plenamente justificada;
ii)los últimos estados de cuentas auditados;
iii)las estimaciones presupuestarias vigentes;
iv)los últimos estados bancarios;
v)una copia del Certificado de registro;
vi)un informe sobre las actividades de la organización durante el último ejercicio económico;
vii)cualquier otra información que se considere necesaria.
Asistencia puntual
Puede concederse a una ONG una asistencia puntual para sufragar parcialmente un proyecto de inversión o para hacer frente a sus gastos corrientes o para ayudarla a salir de una situación financiera difícil. Cualquier nueva solicitud de subvención recibida de una ONG que no haya recibido anteriormente asistencia del Fondo Fiduciario para las ONG se tramita primero como petición de asistencia puntual. La suma destinada a ese tipo de asistencia varía entre 50.000 y 75.000 rupias y se desembolsa de una sola vez.
Los criterios para recibir asistencia puntual son los mismos que para recibir una subvención. También son los mismos los documentos que se solicitan.
Microproyectos
Los microproyectos suponen la financiación de proyectos por una cuantía máxima de 100.000 rupias. No obstante, la mayoría de los proyectos oscilan entre las 40.000 y las 60.000 rupias.
PARTE II
Sírvanse facilitar al Comité copias del texto de la Convención sobre los Derechos del Niño en todos los idiomas oficiales del Estado Parte y en los demás idiomas o dialectos en que esté disponible. De ser posible, preséntenlas de forma electrónica.
1.Convención sobre los Derechos del Niño (publicación del UNICEF)
2."Les Droits des Enfants" por el Consejo Nacional de la Infancia
PARTE III
En esta sección se invita al Estado Parte a que actualice sucintamente (tres páginas como máximo) la información facilitada en su informe en relación con
Nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas
Se han promulgado nuevas leyes y se han enmendado leyes existentes, en particular en relación con la igualdad y la protección, a saber:
1.En la Ley del Consejo Nacional de la Infancia de 2003 se reestructuró éste con miras a establecer un Comité Nacional de la Infancia, compuesto por muchachos y muchachas de entre 15 y 18 años elegidos por las organizaciones registradas ante el Consejo, que pudiera deliberar sobre cuestiones relativas al bienestar de los niños y exponer sus opiniones a la Junta Nacional de la Infancia.
2.La Ley de hogares de atención de 2003, en la que se regula el funcionamiento de esos hogares mediante la adopción de disposiciones relativas, entre otras cosas, a la concesión de licencias y al establecimiento de un órgano reglamentario responsable del control y la disciplina de esos hogares.
3.La Ley del Código Penal (enmendada) de 2003 en la que se tipifica como delito la tortura para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención contra la Tortura.
4.La Ley de Gobierno local de 2003, por la que se moderniza la legislación relativa al gobierno local con una mayor descentralización y transparencia en la gestión de los asuntos de las autoridades locales. Tiene interés mencionar que en el artículo 41, relativo a las funciones de las autoridades locales, se dice que éstas son responsables, dentro de los limites de su jurisdicción, de la formulación y aplicación, especialmente en las regiones deprimidas, de políticas encaminadas a responder mejor a la pobreza y a la exclusión, de la salvaguardia y promoción de los derechos y el bienestar de los niños que viven en su jurisdicción, así como de la promoción de actividades culturales y deportivas.
5.La Ley de delitos sexuales (disposiciones diversas) de 2003, por la que se enmendaron la Ley de tribunales, la Ley del Código Penal, y la Ley de enjuiciamiento criminal para, entre otras cosas, establecer que cuando una persona haya sido violada por dos o más personas el juicio se llevará a cabo ante un juez, sin jurado, con el fin de ampliar las facultades sentenciadoras del Tribunal Intermedio en los casos de violación y permitir la intervención de los denunciantes en los casos de delitos de carácter sexual.
6.La Ley de asistencia mutua en asuntos penales y asuntos conexos de 2003, en la que se contempla la adopción de medidas de cooperación internacional en la investigación, instrucción o enjuiciamiento relativos a delitos graves y asuntos civiles conexos.
7.La Ley del Defensor del Menor se promulgó en octubre de 2003. Fue enmendada en febrero de 2005 con el fin de:
Facultar al Defensor del Menor para que pueda requerir la comparecencia y la prestación de testimonio bajo juramento, así como la presentación de documentos en relación con una investigación realizada en el marco de esa ley; e
Incluir varios delitos, como negarse a comparecer o a prestar juramento ante el Defensor del Menor, prestar falso testimonio, insultar al Defensor del Menor o comportarse de forma inapropiada durante los procedimientos seguidos ante el Defensor del Menor.
8.En 2003 se promulgó la Ley sobre la utilización delictiva de las computadoras y los delitos informáticos. Entre otras cosas, en ella se tipifica como delito la pornografía infantil.
9.La Ley del trabajo (enmendada) de 2004 en la que se contemplan infracciones y sanciones concretas en caso de agresión, maltrato verbal, amenaza, acoso y otras actitudes ilícitas contra los trabajadores.
10.La Ley de protección frente a la violencia doméstica (enmendada) de 2004, en la que se amplía el alcance de la anterior Ley de protección frente a la violencia doméstica, concretamente para abarcar todos los casos de violencia doméstica (física, sexual o moral cometida contra un cónyuge o un hijo) ejercida por personas que viven bajo el mismo techo, aumentar las penas y ofrecer asesoramiento. Los aspectos positivos son: la referencia al bienestar y las necesidades del niño cuando se trate de adoptar una orden de protección y la posibilidad de dictar una orden provisional de protección en caso de riesgo grave.
11.La Ley de estado civil (enmendada) de 2004, en la que se consolida la obligación del padre o la madre de inscribir el nacimiento de su hijo, incluso si éste nace en un asilo, una prisión u otra institución, excepto en determinadas circunstancias (art. 14).
12.La Ley de educación (enmendada) de 2004. en la que se establece que la enseñanza será obligatoria para todos los niños hasta el final del año académico en el que cumplan los 16 años. Está tipificado como delito el que la persona responsable, incluidos los padres, impida o descuide la asistencia regular del niño a la escuela sin causa justificada.
13.En 2005 se promulgó la Ley del Consejo Nacional de la Infancia (enmendada) en la que se contempla la creación de un Consejo de la infancia en Rodrigues.
14.El proyecto de Ley de protección de la Infancia (enmienda) fue aprobado por la Asamblea Nacional el 6 de diciembre de 2005 con objeto de mejorar las salvaguardias de los niños frente a la trata, el abandono y el secuestro, que se ha determinado son las tres principales actividades delictivas que conducen a la explotación sexual comercial de los niños.
Nuevas instituciones
Defensor del Menor
La Oficina del Defensor del Menor se creó en 2003. Sus objetivos son promover y salvaguardar los derechos del niño y proteger a los menores frente a la violación de sus derechos como se establece en la Convención sobre los Derechos del Niño.
En la práctica, la Oficina del Defensor del Menor como institución reconocida, puede interceder con firmeza en favor de los niños ante las autoridades locales. Está facultada para realizar investigaciones en profundidad de las denuncias relativas a la violación de los derechos del niño y puede formular recomendaciones a diferentes autoridades para la protección de los derechos del niño en general.
Centro de creatividad para niños
El primer Centro de creatividad para niños se estableció en Mahebourg en 2000. A la luz del éxito conseguido, actualmente se está construyendo un segundo centro de creatividad en Pointe aux Sables.
Observatorio de los Derechos del Niño
Se ha establecido un Observatorio de los Derechos del Niño en la Universidad de Mauricio que funciona a plena capacidad. Se trata de un proyecto conjunto de la Comisión del Océano Índico y el UNICEF. Tiene por objeto el seguimiento de los derechos del niño, la creación de una base de datos regional sobre el desarrollo social de los niños y la elaboración de análisis estadísticos en los cinco países del océano Índico: Comoras, Madagascar, Seychelles, Reunión y Mauricio. Esos países contribuyen al funcionamiento del Observatorio, bien en forma de financiación directa o en especie (principalmente mediante la aportación de recursos humanos). Durante los primeros años, el UNICEF sufragará una parte importante de los gastos financieros para garantizar el establecimiento y la consolidación del proyecto. La Comisión del Océano Índico y el UNICEF elaborarán un plan de acción para la recaudación de fondos dirigido a los posibles donantes. El Observatorio recoge información y datos sobre los derechos del niño, realiza un análisis comparativo de esos datos entre los diferentes países y prepara los informes correspondientes. Las recomendaciones contenidas en esos informes facilitarán a los países la adopción de las medidas necesarias y la elaboración de las estrategias apropiadas para mejorar el bienestar de los niños.
Políticas recientemente aplicadas
En los últimos años, el Gobierno ha aprobado varios documentos de política relacionados con los niños. Cabe destacar la Política nacional de la infancia titulada "Una República apropiada para los niños", adoptada en 2003. Otros documentos de política importantes son:
-Documento general: Plan de Acción Nacional contra la pobreza (2001)
-Salud: Libro Blanco del sector de la salud y su reforma (2002)
-Plan de Acción Nacional estratégico contra el VIH/SIDA, 2001-2005
-Educación: Libro Blanco sobre la educación (2000)
-Abastecimiento de agua y saneamiento: Segundo Plan de Acción Nacional para el medio ambiente (NEAP II) y Programa de inversión en medioambiente (EIP II) de 1998
-Política nacional de género y Plan de Acción Nacional en materia de género (2005)
-Política nacional de la infancia (2003)
-Política nacional de la infancia - Plan de Acción (2004)
-Se está finalizando una Política nacional de familia.
Programas y proyectos recientemente ejecutados y el alcance de los mismos
Mauricio participó en los Congresos mundiales primero y segundo sobre la explotación sexual comercial de los niños celebrados, respectivamente, en Estocolmo (Suecia) en 1996 y en Yokohama (Japón) en 2001. El Gobierno ha aprobado un Plan de Acción Nacional, que abarca el período comprendido entre febrero de 2003 y diciembre de 2004, para proteger a los niños frente a los abusos sexuales, incluida la explotación sexual comercial. Se ha establecido un Comité director de alto nivel, en el que están presentes todos los ministerios y ONG competentes, que se ocupa de supervisar la aplicación del Plan. Se hace hincapié en las medidas preventivas, como en la elaboración de una estrategia apropiada de información, educación y comunicación, la capacitación de los capacitadores y la formación de los dirigentes juveniles y comunitarios y las campañas de sensibilización acerca de los derechos del niño. También se prestará apoyo para la recuperación y rehabilitación de las víctimas.
Política nacional de la infancia
El MDM con asistencia del UNICEF, ha preparado una Política nacional de la infancia con miras a establecer vínculos con todas las instituciones gubernamentales y ONG competentes para coordinar y supervisar las políticas de la infancia. La adopción de la Política nacional de la infancia es un paso importante del Gobierno en su compromiso con los derechos humanos en general y con los derechos y el bienestar de los niños en particular.
Se ha preparado un Plan de Acción Nacional con el fin de aplicar lo dispuesto en la Política nacional de la infancia.
Programa de intercambio
El MDM ha firmado un Memorando de Entendimiento con la organización Bal Bhavan, de Nueva Delhi (India). Gracias a ese Memorando de Entendimiento, el Ministerio ha obtenido asistencia técnica para el establecimiento de un Centro de creatividad para niños y la formación de trabajadores en la esfera de las actividades creativas para los niños.
En el marco de ese Memorando de Entendimiento se organizan anualmente programas de intercambio de niños entre los dos países.
Dentro del programa de intercambio cultural entre la India y Mauricio, en febrero de 2005 las autoridades de la India impartieron formación sobre la protección de los niños a 12 funcionarios de instituciones gubernamentales y miembros de ONG. Para febrero de 2006 está previsto llevar a cabo otro programa de formación sobre la rehabilitación de trabajadores del sexo.
Programa de educación de los padres
A través de un Programa de educación de los padres se ha conseguido sensibilizar a unos 10.000 padres y se ha llegado a otros 8.000 gracias a la formación entre homólogos. En el presente año, el programa se ampliará para llegar a los padres de las empresas ubicadas en las zonas de procesamiento para la exportación y en zonas deprimidas, donde la explotación infantil es más prevalente.
En 15 escuelas ubicadas en las zonas de procesamiento para la exportación se ha llevado a cabo un programa para los padres (de menores de 18 años) centrado en el cuidado, la protección, el desarrollo y la educación de los hijos todos los sábados comprendidos entre marzo de 2003 y agosto de 2004. Se han organizado 60 cursos prácticos y se ha sensibilizado a unos 2.500 padres y se ha conseguido llegar a otros 3.000 gracias a la formación por homólogos.
En su momento, el Programa de educación de los padres se complementará con un Programa nacional de formación de los padres que se centrará en los servicios de asesoramiento para los padres y otros miembros de la familia y las relaciones con las ONG y otros interesados.
Los objetivos principales del Programa nacional de educación de los padres son:
·Evitar conflictos en el hogar;
·Ayudar a mejorar la atención de los hijos mediante la formación y el apoyo a los padres;
·Hacer que los padres puedan colaborar en todas las etapas del desarrollo de sus hijos;
·Mejorar la relación entre padres e hijos.
Inscripción fuera de plazo
Un niño que no se haya inscrito en el Registro Civil carece de identidad y no se le reconoce como ciudadano de Mauricio.
La inscripción debe realizarse dentro de los 45 días siguientes al nacimiento.
Inscripción fuera de plazo
2002 |
2003 |
2004 |
|
Número de casos |
90 |
62 |
44 |
El proceso de inscripción de un nacimiento fuera de plazo es largo y complicado. El Ministerio facilita el proceso de inscripción de los hijos mediante un enfoque coordinado en colaboración con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud y otros departamentos del Gobierno. Las inscripciones de hijos realizadas fuera de plazo se remiten a la unidad de vacunación del Ministerio de Salud. A continuación, el Ministerio de Educación toma las medidas necesarias para matricular a esos niños en centros preescolares o en escuelas primarias o de formación profesional.
En agosto de 2005 se estableció un Comité de alto nivel, copresidido por los titulares del Ministerio de Justicia y del MDM, para examinar la situación y encontrar el modo de mejorar el sistema en vigor. Ese Comité supervisa semanalmente el Programa de inscripción de nacimientos fuera de plazo.
Con el fin de simplificar los procedimientos para la inscripción de los nacimientos fuera de plazo se han adoptado las siguientes medidas:
·Un equipo de tres abogados se ocupa de los casos y presta asesoramiento jurídico gratuito;
·Se han adoptado medidas para que los jueces estén de guardia para atender los casos de inscripción fuera de plazo;
·Se proporciona transporte a los padres;
·La inscripción de un nacimiento fuera de plazo puede hacerse a través de una línea telefónica que funciona de manera permanente;
·Se fomenta la sensibilización pública a través de los medios de comunicación.
Desde el establecimiento del Comité se han inscrito unos 80 niños en la División del Estado Civil.
Hogares de guarda
Un paso importante en la aplicación de las medidas encaminadas a prestar una mayor protección a los niños, especialmente los que se encuentran en peligro y los que necesitan una atención residencial alternativa, ha sido la introducción del sistema de hogares de guarda en diciembre de 2002. El objetivo del sistema de hogares de guarda es proporcionar a los niños un entorno familiar sustitutorio que fomente su desarrollo físico, emocional y social. Hasta la fecha se han inscrito 38 familias como hogares de guarda y se ha acogido en ellas a 45 niños.
Centro de acogida
Una de las recomendaciones del Estudio sobre la explotación sexual comercial de los niños fue el establecimiento de instituciones como los hogares intermedios o centros de acogida en los que se atiende a los niños víctimas de la explotación sexual comercial. De acuerdo con la recomendación contenida en el Plan de Acción Nacional, el MDM ha propuesto el establecimiento de un centro de acogida similar al modelo de Filipinas con la colaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el centro de acogida se pone a disposición de todos los menores en peligro o víctimas de la explotación sexual toda la información, la educación, el apoyo psicosocial, médico y logístico necesarios para su protección, rehabilitación y reinserción en la familia, en la escuela, en el trabajo y en la comunidad en general.
Ese proyecto reafirma el compromiso del Gobierno de luchar, a través del MDM, contra la explotación sexual, incluidas todas las formas de violencia sexual y abuso sexual de los niños menores de 18 años. Ese proyecto tiene por objeto proteger a los niños que son víctimas del abuso sexual y asegurar su plena reinserción en la sociedad, así como evitar que otros niños caigan víctimas de esos abusos.
Brigade pour la protection des Mineurs
La Policía de Mauricio estableció en mayo de 2004 una nueva unidad llamada "Brigade pour la protection des Mineurs". Una de las prioridades de la Brigada es mantener la vigilancia en la lucha contra todas las formas de explotación y abuso de los niños. La Brigada proporciona un servicio individualizado encaminado a mejorar la protección de los niños y ayudar a aliviar la ansiedad de los padres cuyos niños han sido objeto de ese tipo de abusos.
Programa comunitario de protección de menores
Se trata del foro oficial a nivel de distrito para asegurar el desarrollo comunitario en relación con la protección y el bienestar de los niños.
Ese foro agrupa a dirigentes comunitarios, representantes de ONG, CBO, PTA y organizaciones religiosas de la región.
El Programa comunitario de protección de menores está organizado en torno a un Comité consultivo comunitario para la protección de menores compuesto por un máximo de 12 miembros que se reúnen mensualmente con funcionarios del Ministerio para examinar los problemas de protección de los menores en la comunidad y los avances conseguidos en esa esfera.
El Programa comunitario de protección de menores se ocupa de la campaña de información, educación y comunicación, así como y de los procesos de potenciación. El Programa actúa como interlocutor y mediador entre los encargados de prestar servicios y los usuarios de esos servicios. Facilita la relación entre las fuerzas ascendentes y descendentes y favorece el equilibrio, dentro de un sistema abierto.
En las zonas de alto riesgo de los distritos se pondrá en marcha una actividad de vigilancia comunitaria, en el marco del Programa comunitario de protección de menores, en la que los representantes de las zonas más cercanas se encargarán de la detección temprana de los abusos contra los niños.
Posteriormente se organizará un sistema de ayuda a los niños que contemplará la posibilidad de establecer una relación entre un "amigo mayor" y un niño víctima de abusos.
Comités de zona de protección de menores
Desde 2002 funciona también un Comité Nacional de Protección de Menores que se ocupa de coordinar y vigilar la labor de los comités de zona de protección de menores. Esos comités se establecieron en abril de 2003 en los distritos con el fin de:
·Reducir los daños y evitar nuevos sufrimientos a los niños víctimas de la violencia y los abusos;
·Ofrecer una orientación accesible, fiable y coordinada en casos de violencia y abusos y velar por que las víctimas reciban un tratamiento médico o de otro tipo apropiado;
·Promover y salvaguardar el bienestar de los niños en general.
"16 Días, 16 Derechos"
"16 Días, 16 Derechos" es el nombre de una campaña cuyo objetivo principal es fomentar la sensibilización pública acerca de los derechos de los niños como se establece en la Convención. La primera campaña se celebró en junio de 2004. Se invitó a niños y jóvenes de hasta 18 años a que, por conducto de sus escuelas, asociaciones o instituciones, participasen en la elaboración y exposición de obras relacionadas con los derechos del niño. La campaña tiene por objeto fomentar la participación activa de los niños en la preparación y difusión de información sobre sus derechos. También pretende desarrollar un sentido de solidaridad y de pertenencia entre los menores como grupo y dar reconocimiento a su creatividad. Para la campaña de 2005 se ha invitado a los niños a que participen con dibujos y pinturas realizadas en cualquier medio (papel, cartón, tela, madera, etc.) y con cualquier técnica (cualquier tipo de pintura, bordado, cosido, collage, tinte o una combinación de técnicas). Los participantes tenían que organizar una exposición en sus establecimientos o instituciones. Se han reservado algunos lugares públicos durante los 16 días, e incluso más tiempo, para exponer las mejores obras elegidas por cada establecimiento o institución. Otra característica importante fue la pintura de murales en paredes previamente seleccionadas (estadios, jardines de infancia, muros de centros sociales, etc.). Todos los participantes recibieron un certificado. El proyecto no es un verdadero concurso, sino que sirve como una movilización general de los niños para que piensen y actúen en relación con sus derechos consagrados en la Convención como normas mínimas con las que juzgar los valores culturales.
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