Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares
Tercer informe periódico que Filipinas debía presentar en 2019 en virtud del artículo 73de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes *
[Fecha de recepción: 3 de febrero de 2023]
Lista de abreviaciones
LRLey de la República
OIMOrganización Internacional para las Migraciones
OITOrganización Internacional del Trabajo
ONGorganizaciones no gubernamentales
I.Introducción
1.El presente informe, el tercero que presenta Filipinas sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, ha sido elaborado por el Departamento de Trabajadores Migratorios del Estado, bajo la dirección de la Secretaría del Comité Presidencial de Derechos Humanos (PHRCS) y la Oficina para las Naciones Unidas y otras Organizaciones Internacionales, del Departamento de Relaciones Exteriores.
2.Los datos presentados en este informe se recopilaron de diversos órganos ejecutivos mediante reuniones interinstitucionales y en otras plataformas, y se basan en la lista de cuestiones previa a la presentación de informes (CMW/C/PHL/QPR/3) remitida al Estado en 2021 por el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares. En dicha lista de cuestiones se solicitaba información actualizada sobre la aplicación por parte del Estado de los artículos 1 a 71 de la Convención, específicamente en relación con las recomendaciones del Comité derivadas de su último diálogo constructivo con el Estado en 2014.
3.Para la preparación del informe también se consultó a organizaciones de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales (ONG); el mecanismo nacional independiente de derechos humanos del Estado, la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas, aportó opiniones de carácter independiente para mejorar dicho informe.
II.Sección I
A.Información general
Fortalecimiento y racionalización de la estructura institucional del Estadoparte que se ocupa de las cuestiones migratorias para hacer efectivoslos derechos reconocidos en la Convención
4.El 30 de diciembre de 2021, el Presidente Rodrigo R. Duterte firmó una ley (Ley de la República [LR] núm. 11641) por la que se creaba el Departamento de Trabajadores Migratorios y se definían las competencias y funciones de este del siguiente modo:
a)Proteger los derechos y promover el bienestar de los trabajadores filipinos en el extranjero, con independencia de su condición jurídica y del medio de entrada en el país de destino;
b)Formular, planificar, coordinar, promover, administrar y aplicar políticas relacionadas con el empleo en el extranjero y la reintegración;
c)Implantar sistemas de regulación, gestión y seguimiento del empleo en el extranjero y la reintegración; y
d)Capacitar y formar a los trabajadores filipinos en el extranjero para que adquieran las competencias adecuadas, garantizándoles el acceso a la formación continua y el desarrollo de conocimientos.
5.En febrero de 2022, una vez plenamente operativo el Departamento, todos los organismos encargados de gestionar los procesos necesarios para la migración temporal de personas filipinas se consolidaron bajo un departamento ejecutivo específico, concebido como centro único para los filipinos que buscan empleo en el extranjero, necesitan certificados de empleo en el extranjero y requieren asistencia jurídica, de repatriación, de reintegración y otras ayudas necesarias. Esos organismos son los siguientes:
a)Administración Filipina de Empleo en el Extranjero;
b)Subsecretaría de Asuntos de los Trabajadores Migratorios, del Departamento de Relaciones Exteriores;
c)Oficina Internacional de Asuntos Laborales;
d)Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero, ahora Oficinas para Trabajadores Migratorios;
e)Centro Nacional de Reintegración para los Trabajadores Filipinos en el Extranjero;
f)Centro Politécnico Marítimo Nacional; y
g)Agregaduría de Bienestar Social del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo.
6.La creación del Departamento de Trabajadores Migratorios vino acompañada del establecimiento del Fondo Agarang Kalinga at Saklolo para sa mga OFW na Nangangailangan (Fondo de Atención y Asistencia Inmediata a los Trabajadores Filipinos en el Extranjero Necesitados (AKSYON)), cuyo objetivo es financiar la asistencia jurídica y de otro tipo que se presta a los trabajadores migratorios filipinos en dificultades.
Asignación de suficientes recursos humanos y financieros a los departamentosy agentes gubernamentales para que lleven a cabo su labor en materia demigración con eficiencia
7.El Presidente Ferdinand R. Marcos Jr. ha hecho hincapié en la importancia de reforzar las capacidades del Estado para apoyar y ayudar a los trabajadores filipinos en el extranjero.
8.Para 2023, el Estado ha asignado 16.125.272.000 pesos filipinos (278 millones de dólares de los Estados Unidos de América) al Departamento de Trabajadores Migratorios, tal y como se indica en el Marco de Prioridades Presupuestarias del Estado, el Plan de Desarrollo Filipino Actualizado, la Matriz de Resultados, el Programa de Inversiones Públicas y el Plan Estratégico del Departamento de Presupuesto y Administración.
9.Este presupuesto inicial para el Departamento comprende las siguientes asignaciones para los programas principales:
a)Programa de Empleo y Asistencia Social en el Extranjero: 3.479.602.000 pesos (60 millones de dólares);
b)Programa Regulador del Empleo en el Extranjero: 167.002.000 pesos (2,88 millones de dólares);
c)Programa de Política de Migración Laboral y Cooperación Internacional: 34.068.000 pesos (587.400 dólares);
d)Programa de Investigación y Adquisición de Competencias Marítimas: 75.671.000 pesos (1,305 millones de dólares);
e)Hospital y Centro de Diagnóstico para Trabajadores Filipinos en el Extranjero: 120.940.000 pesos (2,085 millones de dólares).
10.El 29 de noviembre de 2022 la Comisión de Nombramientos del Congreso confirmó el nombramiento de Susan “Toots” Ople como primera Secretaria del Departamento de Trabajadores Migratorios del país. Anteriormente fue Subsecretaria del Departamento de Trabajo y Empleo y defensora de los derechos de los trabajadores filipinos en el extranjero. Creó el Centro de Políticas Blas F. Ople, que ayuda a los trabajadores filipinos en dificultades en diversas partes del mundo.
11.Como nuevo organismo, el Departamento de Trabajadores Migratorios cuenta con 1.728 puestos de personal, lo que supone un 94% más que los 891 puestos que anteriormente tenían asignados por separado cada una de las entidades que fueron integradas y ahora conforman el Departamento. La mayoría de los nuevos contratados serán destinados a las 16 oficinas regionales del Departamento para atender a los trabajadores migratorios y sus familiares en todo el país.
Funcionamiento eficaz de los Centros de Asistencia paralos Trabajadores Filipinos
12.Las secciones 22 y 23 del Manual Conjunto de Operaciones de Asistencia a los Trabajadores Migratorios tratan sobre la administración y el funcionamiento de los Centros de Asistencia para los Trabajadores Migratorios y Otros Filipinos en el Extranjero. La Oficina Filipina de Trabajo en el Extranjero, por conducto del Agregado Laboral, supervisa y coordina las operaciones del Centro y designa a un Coordinador, encargado de gestionar las operaciones diarias y el mantenimiento ordenado del Centro.
13.El Manual también prevé la creación de un Comité de Políticas de Gestión, que promulga políticas, normas y reglamentos para el mantenimiento ordenado del Centro. El Comité está copresidido por el Director de la Oficina Filipina de Trabajo en el Extranjero y el segundo funcionario de mayor rango de la Embajada, asistidos por el Agregado Laboral Adjunto u Oficial de Bienestar, los Oficiales de Asistencia a Nacionales, los Oficiales de Bienestar y el Agregado de Bienestar Social.
Protección de los trabajadores migratorios y sus familiares que se encuentrenen el país y en el extranjero contra los retornos involuntarios a causa de lapandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), y garantías dedebido proceso en el marco de los retornos involuntarios
14.De 2020 a 2022 el Estado, por medio de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, garantizó el empleo y el despliegue continuos de trabajadores filipinos en el extranjero. El Departamento de Trabajadores Migratorios levantó las restricciones impuestas al despliegue de trabajadores filipinos en determinados países y respondió al aumento de la demanda de marinos filipinos y a la aparición de nuevos mercados laborales.
15.El Estado, a través de sus Oficinas de Trabajo en el Extranjero dependientes del Departamento de Trabajo y Empleo, puso en marcha un programa denominado Abot-Kamay ang Pagtulong sa OFWs (AKAP), traducido como “Tender la mano a los trabajadores filipinos en el extranjero”. El programa concedía una ayuda en metálico de 10.000 pesos (200 dólares) a los trabajadores filipinos en el extranjero que se quedaran desempleados a causa de los confinamientos o las cuarentenas comunitarias en los países de acogida o que estuvieran infectados por el virus de la COVID-19 y no recibieran ayuda económica de los Gobiernos de los países de acogida ni de sus empleadores. Se beneficiaron del programa unos 170.031 trabajadores migratorios filipinos en países de acogida y 348.617 trabajadores migratorios repatriados o retornados; el desembolso total de fondos ascendió a 5.250 millones de pesos (90,517 millones de dólares).
16.El Estado, por conducto del Departamento de Relaciones Exteriores, sigue utilizando el Fondo de Asistencia a Nacionales y el Fondo de Asistencia Jurídica, gestionados por la Oficina para las Naciones Unidas y otras Organizaciones Internacionales dependiente del Departamento. Estos fondos se proporcionan a los Puestos del Servicio Exterior para casos de repatriación, asistencia social, asistencia médica y gastos administrativos de los oficiales de asistencia a nacionales que se ocupan de casos relacionados con la pandemia; asistencia para el traslado de restos mortales de personas filipinas desde el extranjero; coordinación con otros organismos públicos para la puesta a disposición de sus instalaciones de cuarentena; y disposiciones para el regreso a sus provincias o ciudades utilizando los vuelos o autobuses de recogida de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero. Desde el inicio de la pandemia hasta 2022, el Departamento de Relaciones Exteriores facilitó la repatriación de 463.027 filipinos. La mayoría de los repatriados eran trabajadores en tierra; 357.023 (77,11 %) procedían de al menos 90 países. El resto de repatriados, 106.004 (22,89 %), eran marinos que trabajaban en más de 150 cruceros, petroleros y otros buques graneleros. El Departamento de Relaciones Exteriores fletó también 120 vuelos con cargo al Fondo de Asistencia a Nacionales y al Fondo de Asistencia a Nacionales Incrementado en virtud de la LR núm. 11494 o Ley Bayanihan (de Cooperación) para Recuperarnos Todos Juntos. Trajo de vuelta al país a 33.344 filipinos en situación de desamparo procedentes de Asia y el Pacífico, Oriente Medio, Europa y el Norte de África.
Establecer un Sistema Compartido de Información sobre Migración delGobierno que cuente con recursos humanos y financieros suficientes
17.El Comité Interinstitucional sobre Estadísticas de Migración creó el Grupo de Trabajo sobre Migración Internacional, que examina los formularios administrativos o de recogida de datos de las fuentes de datos sobre migración internacional y determina los aspectos que deben mejorar basándose en el Marco Operacional Modificado aprobado por el Consejo de la Autoridad Estadística de Filipinas y en los Conceptos y Definiciones Oficiales en materia de Migración. Entre estos formularios y sistemas administrativos se encuentra el Sistema Compartido de Información sobre Migración del Gobierno.
Cooperación con las organizaciones de la sociedad civil que se ocupan delos derechos de los migrantes en lo que respecta a la aplicación de laConvención, las recomendaciones anteriores del Comité y lapreparación de los informes periódicos
18.El Departamento de Trabajadores Migratorios mantiene el Consejo Consultivo Tripartito sobre Trabajo en Tierra en el Extranjero, órgano consultivo de la antigua Administración Filipina de Empleo en el Extranjero que actúa como foro en el que se abordan cuestiones y preocupaciones que afectan a los trabajadores filipinos en el extranjero, entre otras. El Consejo Consultivo también supervisa y evalúa la aplicación de programas, planes y proyectos internacionales, regionales y nacionales en el sector terrestre y en el extranjero.
19.El Departamento de Trabajadores Migratorios también mantiene el Consejo Tripartito de la Industria Marítima – Comité de Marinos de Ultramar de la anterior Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, que es un grupo de trabajo técnico sobre cuestiones y preocupaciones que afectan a los marinos en el extranjero. El Comité formula políticas y programas que afectan al trabajo y el empleo en la industria marítima de ultramar, y supervisa primordialmente el cumplimiento y la aplicación por el país del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006.
Mejora de los programas de formación sobre la aplicación de la Convención destinados a funcionarios públicos que trabajan en el ámbito de la migración, incluidos los funcionarios consulares y los agentes del orden, así como losfuncionarios de fronteras, los trabajadores sociales, los jueces y los fiscales
20.A continuación se enumeran los programas de formación mejorados que la Oficina de Inmigración de Filipinas llevó a cabo en 2022 para funcionarios públicos que trabajan en el ámbito de la migración, y en los que se aprovechó la experiencia de diversos asociados y organizaciones internacionales.
Título |
Fechas incluidas |
Ponente experto |
|
a. |
Centro Nacional de Vigilancia Costera, Curso Seavision |
14 y 15 de enero de 2022 |
Centro Nacional de Vigilancia Costera |
b. |
Curso sobre Fraude Documental y Detección de Impostores |
28 de febrero a 1 y11 de marzo de 2022 |
Oficina de Inmigración, Autoridad Estadística de Filipinas, Embajada de los Estados Unidos |
c. |
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) – Enfoques de la Gestión de Fronteras basados en los Derechos y el Género |
29 a 31 de marzo de 2022 |
OIM |
d. |
Conferencia sobre Inteligencia Ejecutiva del Grupo Conjunto de Investigaciones Financieras sobre el Terrorismo del Buró Federal de Investigaciones (FBI-JTFIG, por sus siglas en inglés) |
5 de abril de 2022 |
FBI-JTFIG |
e. |
OIM – Formación de Formadores en Enfoques basados en los Derechos y el Género en la Gestión de Fronteras |
26 a 29 de abril de 2022 |
OIM |
f. |
Programa de Gestión de la Agencia de Control de Fronteras 27 |
9 de mayo a 3 de junio de 2022 |
Embajada de Australia |
g. |
Agentes de Control de Fronteras Módulo I – Clase 23 |
6 junio a 7 de diciembre de 2022 |
Oficina de Inmigración y otros organismos |
h. |
Taller de Evaluación, Selección e Investigación de Pasajeros |
27 a 29 de junio de 2022 |
OIM |
i. |
Agentes de Control de Fronteras Módulo I – Clase 24 |
29 de junio de 2022 a11 de enero de 2023 |
Oficina de Inmigración y otros organismos |
j. |
Cómo Atrapar a un Delincuente en Línea: Seminario sobre Investigación Forense y Pruebas Digitales |
19 de julio de 2022 |
FBI-JTFIG |
k. |
Academia Nacional del FBI, Curso 284 |
26 de septiembre a 8 de diciembre de 2022 |
Embajada de los Estados Unidos de América |
l. |
Programa de Gestión de la Agencia de Control de Fronteras 28 |
26 de septiembre a7 de octubre de 2022 |
Embajada de Australia |
m. |
Naciones Unidas - Oficina de Seguridad Civil del Departamento de Relaciones Exteriores: Taller Regional sobre Buenas Prácticas de Seguridad y Gestión de Fronteras en Respuesta a la Pandemia de COVID-19 en el Contexto de la Lucha Antiterrorista |
24 a 28 de octubre de 2022 |
Naciones Unidas – Oficina de Seguridad Civil, Departamento de Relaciones Exteriores |
n. |
Agentes de Control de Fronteras Módulo I – Clase 25 |
7 de noviembre de 2022 aabril de 2023 |
Oficina de Inmigración y otros organismos |
o. |
Organismo Nacional de Coordinación de Inteligencia – Curso de Oficial de Seguridad Gubernamental |
28 de noviembre de 2022 |
Organismo Nacional de Coordinación de Inteligencia |
21.El Estado siguió capacitando a sus Agregados de Bienestar Social, dependientes del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo. En 2022, los Agregados recién contratados con destino a Yeda, Riad, Abu Dabi y Hong Kong cursaron una formación de dos meses impartida por la Oficina Internacional de Servicios Sociales del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo sobre todas las políticas, programas y servicios del Departamento en todos los sectores y tipos de beneficiarios. Esta formación destinada a la creación de capacidades se suma al Seminario de Orientación Previa a la Partida, formación ordinaria de dos semanas de duración que imparte el Instituto del Servicio Exterior del Departamento de Relaciones Exteriores antes del despliegue.
22.El Estado, por conducto del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, también formó al personal de sus aeropuertos, concretamente el de las terminales 1, 2 y 3 del aeropuerto internacional Ninoy Aquino y de los aeropuertos internacionales de Mactan (Cebú) y de Clark (Pampanga), en el tratamiento de problemas relacionados con la salud mental, los niños en situación de riesgo y los miembros de otros sectores vulnerables que se encontraban entre los 27.974 filipinos repatriados del extranjero o sus familiares que recibieron asistencia directa del Departamento entre 2020 y 2022.
23.El Estado, por conducto del Departamento de Justicia, imparte formación continua a los fiscales sobre la tramitación de los casos de contratación ilegal según lo dispuesto en la LR núm. 8042 o Ley sobre los Trabajadores Migrantes y Filipinos en el Extranjero de 1995. También se incluye en la formación el tratamiento de los incidentes de contratación ilegal con el fin de combatir de manera efectiva la trata de personas en virtud de la LR núm. 9208 o Ley contra la Trata de Personas de 2003 en su forma modificada, teniendo en cuenta que la contratación ilegal se considera un vehículo para la trata de personas. La relación entre estas dos Leyes asegura que todos los aspectos de la contratación ilegal de personas para trabajar en el extranjero estén cubiertos y sean perseguidos.
24.El Estado, por medio del Departamento de Relaciones Exteriores, sigue mejorando sus intervenciones en materia de asistencia a nacionales.
25.Antes de la pandemia, la Subsecretaría de Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores organizó seminarios sobre nuevas herramientas de la asistencia a nacionales para el personal de los Puestos del Servicio Exterior de las regiones de Asia y el Pacífico, Oriente Medio y África.
26.En 2022, el Departamento de Relaciones Exteriores organizó un taller y una consulta sobre la asistencia a nacionales para funcionarios y personal de los Puestos del Servicio Exterior, con el fin de aclarar la labor del Departamento tras la creación del Departamento de Trabajadores Migratorios y el despliegue de Oficiales de Asuntos Migratorios, anteriormente conocidos como Agregados Laborales, y se actualizaron las competencias y los conocimientos del personal dedicados a la asistencia a nacionales en el tratamiento de cuestiones especiales, como la lucha contra la trata de personas, el género y el desarrollo, y el contrabando de drogas.
Garantizar que los trabajadores migratorios tengan acceso a información y orientaciones sobre los derechos que les reconoce la Convención
27.El Estado aplica un Programa de Educación Previa a la Salida obligatorio para los trabajadores filipinos en el extranjero, que incluye un seminario de orientación previa a la salida y un programa de educación completo para las diferentes categorías de trabajadores filipinos que van a trabajar en el extranjero. Los programas contienen información sobre prestaciones contractuales y derechos básicos, así como sobre la legislación pertinente de los países de destino (por ejemplo, sobre salud, seguridad y protección social, entre otros). También se facilitan los datos de contacto de las misiones filipinas más cercanas y de las Oficinas para Trabajadores Filipinos y Oficinas de Asistencia Social en el Extranjero que hay en el país para que recurran a ellas en casos de emergencia.
28.En los países de destino, las Oficinas de Trabajo en el Extranjero o las Oficinas de Asistencia Social en el Extranjero organizan sesiones de orientación tras la llegada para proporcionar a los trabajadores filipinos recién llegados más información y asistencia.
Respuesta a las llamadas de trabajadores migratorios en situaciónprecaria en el extranjero o de sus familiares
29.El Estado dispone de mecanismos para responder de manera eficaz a las preocupaciones y problemas de los trabajadores migratorios y sus familiares:
a)Mantenimiento de 33 Oficinas de Asistencia Social en el Extranjero en 30 países de destino en los que hay una importante concentración de trabajadores filipinos. Esas Oficinas, que dependen de las Oficinas para Trabajadores Migratorios integradas en las misiones filipinas en todo el mundo, están atendidas por oficiales de bienestar y personal administrativo que cuentan con la ayuda de personal local contratado e intérpretes locales para prestar asistencia a esos trabajadores;
b)El Proyecto de Apoyo Auxiliar a los Trabajadores proporciona a los trabajadores filipinos en el extranjero, entre otras cosas, asistencia jurídica, orientación e información sobre la protección de sus derechos, así como servicios de conciliación en cuestiones relacionadas con el empleo;
c)El Sistema de Respuesta en Línea del Registro Electrónico de Casos (E‑CARES), que se puso en marcha en 2021, impulsa la coordinación entre el Gobierno de Filipinas, por medio de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero del Departamento de Trabajadores Migratorios y el sector privado, concretamente las agencias de contratación y dotación de personal, tanto en el ámbito local como en el extranjero, con el fin de agilizar la respuesta a los trabajadores migratorios en situación precaria, o a sus familiares en el país;
d)El Centro de Operaciones de Atención Permanente de la Administración, o su Línea Telefónica de Atención Directa 1348, reciben llamadas telefónicas, correos electrónicos y otras comunicaciones de trabajadores filipinos en el extranjero en cualquier momento y en cualquier lugar del mundo, junto con la Línea de Ayuda Kumusta Ka Kabayan (Línea Directa de Asistencia a Trabajadores Filipinos en el Extranjero), con el fin de promover el bienestar mental de estos trabajadores y sus familias;
e)Parokya ng OWWA sa Barangay at Pamilyang OFW (Centro de Información de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero), un proyecto de participación comunitaria en el nivel de gobierno local, especialmente en los barangay o pueblos, funciona como centro de información para los trabajadores filipinos sobre los programas y servicios de la Administración. También facilita los contactos comunitarios regulares y continuos entre comunidades de trabajadores filipinos en el extranjero, con la participación de las partes interesadas y los grupos de interés, incluidos los funcionarios de los barangáis, la policía, las ONG de base comunitaria y la sociedad civil.
30.Para agilizar la respuesta en los casos urgentes de trabajadores filipinos en el extranjero que estén en dificultades, el Estado, por medio del Departamento de Relaciones Exteriores, ha impartido las siguientes directrices sobre el uso del Fondo de Asistencia Jurídica y el Fondo de Asistencia a Nacionales:
a)La Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores fue la entidad designada para aprobar solicitudes por valor igual o inferior a 20.000 dólares;
b)Las solicitudes por valor superior a 20.000 dólares, en las que se requieran medidas legales inmediatas para proteger la vida y garantizar la seguridad de una persona filipina, preservar pruebas cruciales o evitar daños graves e irreparables a una persona filipina, son aprobadas por el Secretario de Relaciones Exteriores;
c)El Secretario también aprueba las solicitudes suplementarias que, sumadas a la solicitud original aprobada, superen los 20.000 dólares; solicitudes de celebración de un contrato legal de prestación continuada de servicios; solicitudes de contratación de abogado en recursos ante el Tribunal de Apelación y el Tribunal Supremo; solicitudes para viajes oficiales; y solicitudes de contratación de personal adicional para la Asistencia a Nacionales.
Difusión de la Convención y de las anteriores observaciones finales delComité en todos los poderes del Estado, la institución nacional dederechos humanos y las organizaciones no gubernamentales
31.El Estado coordina estrechamente su labor con los organismos públicos pertinentes en la difusión de documentos sustantivos de las Naciones Unidas, entre ellos las anteriores observaciones finales del Comité.
Control del cumplimiento de los contratos de trabajo por parte de losempleadores de trabajadores filipinos en el extranjero en lo referenteal pago de salarios adecuados y la concesión de prestaciones laborales
32.Es política del Estado verificar los contratos de trabajo para comprobar la legitimidad de los empleos que esperan a los trabajadores migratorios y velar por que las condiciones de empleo cumplan las normas laborales mínimas. Las Oficinas para Trabajadores Migratorios verifican los contratos y supervisan las condiciones de esos trabajadores.
33.Antes de que se creara el Departamento de Trabajadores Migratorios, el Estado, por conducto de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, ha seguido una política de uso de contratos de trabajo normalizados, en los que se especifiquen el sueldo de los trabajadores de conformidad con las leyes salariales y de salario mínimo del Gobierno anfitrión, y la concesión de prestaciones laborales, como transporte, alojamiento y comida gratuitos, entre otras.
34.El recién creado Departamento perfeccionará estas políticas con la introducción de contratos de trabajo normalizados específicos para cada país y cada tipo de competencias profesionales, lo que permitirá adaptarse con flexibilidad a las normas del país de acogida y a los mercados laborales respecto de determinadas categorías de competencias.
Comisión de Derechos Humanos de Filipinas
Garantizar la capacidad de la Comisión para promover y proteger los derechosque se reconocen a los trabajadores migratorios y a sus familiares en la Convención mediante su mandato y los recursos humanos y financieros necesarios
35.El Estado reconoce plenamente el mandato de la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas como institución nacional de derechos humanos independiente. El artículo XII de la Constitución de Filipinas define las funciones fundamentales de la Comisión en cuanto a la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares:
a)Artículo 3.3: “Adoptar medidas legales apropiadas para la protección de los derechos humanos de todas las personas de Filipinas, así como de los filipinos residentes en el extranjero, y disponer medidas preventivas y servicios de asistencia jurídica a las personas desfavorecidas cuyos derechos humanos hayan sido vulnerados o que requieran protección”;
b)Artículo 3.1: “Investigar, por sí misma o por denuncia de cualquiera de las partes, todas las formas de violación de los derechos humanos que afecten a los derechos civiles y políticos”; y
c)Artículo 3.7: “Supervisar el cumplimiento por parte del Gobierno de las obligaciones contraídas en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos”.
36.Como ente de carácter constitucional, la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas cuenta con 16 oficinas regionales sobre el terreno, 6 suboficinas y 2 oficinas provinciales en todo el país. Cada una de esas oficinas ejerce competencias territoriales en asuntos que afectan a los derechos humanos fundamentales de los ciudadanos.
37.La Comisión supervisa la aplicación nacional de los tratados internacionales de derechos humanos y estudia casos específicos de grupos vulnerables como objetivo principal de sus funciones de vigilancia. Esos grupos son las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, las personas de edad, los pueblos indígenas, los trabajadores migratorios y sus familiares, y otros grupos de riesgo o marginados. Con este fin, la Comisión ha creado un Observatorio de los Derechos de las Personas Migrantes.
38.En aplicación de su mandato consultivo, la Comisión participa activamente en el proceso de presentación de informes sobre derechos humanos en las Naciones Unidas. Tiene derecho a intervenir en las sesiones del Consejo de Derechos Humanos y de los comités de los órganos creados en virtud de tratados, donde puede informar sobre cuestiones relativas a los derechos de las personas migrantes y cuestiones referentes a Filipinas. Ha tomado la iniciativa en las deliberaciones sobre el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Por otro lado, tiene el mandato de transmitir las recomendaciones de los tratados y su aplicación a los Gobiernos, otras partes interesadas y el público en general.
39.El siguiente cuadro muestra el presupuesto asignado a la Comisión y sus recursos humanos desde 2017 hasta la fecha.
Año |
Presupuesto total |
Número de puestos ocupados (plantilla y temporales) |
2017 |
724 868 000 pesos (12,5 millones de dólares) |
625 |
2018 |
666 939 000 pesos (11,5 millones de dólares) |
680 |
2019 |
799 498 000 pesos (13,78 millones de dólares) |
677 |
2020 |
888 755 000 pesos (15,32 millones de dólares) |
681 |
2021 |
883 097 000 pesos (15,23 millones de dólares) |
664 |
2022 |
921 156 000 pesos (15,88 millones de dólares) |
609 |
Información actualizada en relación con el proyecto de Ley sobre la Cartade la Comisión
40.La Comisión de Derechos Humanos de Filipinas ha estado abogando por la promulgación de una Carta de la Comisión de Derechos Humanos (por medio del proyecto de Ley sobre la Carta de la Comisión) para reforzar el mandato de esta e incorporar los requisitos de los Principios de París, así como para fortalecer sus estructuras organizativas, funcionales y de fiscalización. El 23 de septiembre de 2022 se presentaron dos proyectos de ley que están pendientes de examen en el Comité de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes.
Adopción de procedimientos transparentes de selección y destitución demiembros de la Comisión
41.La versión de la Comisión de su proyecto de Carta prevé mejoras en la selección y destitución de sus miembros. Entretanto, la Presidencia examina actualmente una solicitud de la Comisión de que emita una Orden Ejecutiva en la que se especifiquen las normas de selección y nombramiento del Presidente y los miembros de la Comisión, de conformidad con los Principios de París.
BInformación solicitada, por artículos de la Convención
1.Principios generales
Invocación de las disposiciones de la Convención y ejemplos en casosy sentencias judiciales
42.Actualmente no hay constancia de ningún caso en el que se haya invocado directamente la Convención ante los tribunales. Sin embargo, considerando que existe una ley nacional (LR núm. 8042, en su forma modificada) que prevé específicamente la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares, puede inferirse que dicha Ley surte los efectos de la Convención en los recursos internos.
43.Entre 2018 y 2022 hubo 23 decisiones del Tribunal Supremo basadas en la LR núm. 8042 en su forma modificada, que se desglosan en 10 casos de condena por el delito de contratación ilegal, 8 de ellos cometidos en gran escala; 12 casos relativos a la concesión de reclamaciones monetarias; y 1 caso de absolución del acusado. Entre estos casos, son particularmente dignas de destacar las siguientes decisiones:
a)En Dionella A. Gopio c. Salvador B. Bautista, el Tribunal dictaminó que los trabajadores en el extranjero, con independencia de su clasificación, tienen derecho a la seguridad en el empleo, al menos durante el período acordado en sus contratos, por lo que no pueden ser despedidos antes de que finalice el plazo de su contrato sin las debidas garantías; y
b)En Jerzon Manpower and Trading, Inc. c. Emmanuel B. Nato, el Tribunal dictaminó que a los trabajadores filipinos en el extranjero que tienen derecho contractual y legal a recibir prestaciones del seguro de enfermedad no se les pueden denegar los derechos y privilegios que les reconoce la ley, aunque haya terminado su empleo o falten pruebas de que la enfermedad contraída esté relacionada con el trabajo.
Mecanismos judiciales y administrativos competentes para examinar lasdenuncias de los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidoslos que se encuentran en situación irregular
44.El Estado aplica el Sistema de Ventanilla Única, en virtud del cual las Oficinas para Trabajadores Migratorios de los niveles central y regional median entre el empleador y el trabajador en el extranjero para llegar a una solución amistosa extrajudicial de los asuntos o casos laborales y de empleo.
45.El Sistema de Ventanilla Única se institucionalizó en 2012 mediante la promulgación de la LR núm. 10396 o Ley de Fortalecimiento de la Conciliación y Mediación como Modo Voluntario de Solución de Controversias para Todos los Casos Laborales, modificando a ese efecto el artículo 228 del Decreto Presidencial núm. 442, también conocido como Código del Trabajo de Filipinas, que establece que todas las cuestiones derivadas del trabajo y el empleo estarán sujetas a conciliación y mediación.
46.Posteriormente, de conformidad con el artículo 2 de la LR núm. 10396, el Departamento de Trabajo y Empleo publicó las Normas y Reglamentos de Aplicación el 22 de febrero de 2016.
47.El Sistema fue implantado por el Departamento de Trabajo y Empleo por medio de sus diversas oficinas centrales, regionales y de ultramar, y organismos adscritos. Si el Sistema no conduce a un acuerdo, los trabajadores migratorios pueden solicitar asistencia jurídica a la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero.
48.El Departamento de Trabajadores Migratorios se ha hecho cargo del Sistema y lo complementa con el recién creado Fondo AKSYON. Este Departamento está actualizando la información sobre las intervenciones del Sistema.
49.El Departamento de Trabajadores Migratorios, en el desempeño de su función cuasijudicial, ejerce la jurisdicción original y exclusiva para conocer y decidir todos los casos de carácter administrativo que impliquen o se deriven de infracciones de las normas y reglamentos de contratación, como el cobro de comisiones a trabajadores filipinos en el extranjero; infracciones de los requisitos para la expedición de la licencia de contratación de trabajadores filipinos en el extranjero; y casos de medidas disciplinarias.
50.El Estado persigue y sanciona las denuncias penales por contratación ilegal en virtud de la LR núm. 8042 en su forma modificada. Los casos de contratación ilegal se denuncian ante el Departamento de Justicia y sus fiscalías provinciales y municipales. Posteriormente, estos casos se presentan y juzgan ante el Tribunal Regional de Primera Instancia de la provincia o ciudad donde se cometió el delito o donde la parte agraviada residía efectivamente en el momento de cometerse el delito.
51.El poder judicial del Estado ha instituido medidas para intensificar la campaña de erradicación de la contratación ilegal. La Oficina del Secretario de Gobierno ordenó a los tribunales inferiores que presentaran lo siguiente con el fin impulsar las actuaciones judiciales:
a)Copias de órdenes y decisiones definitivas relativas a casos de contratación ilegal;
b)Copias de las órdenes de detención dictadas contra los acusados de contratación ilegal que siguen en libertad o han eludido la fianza;
c)Si está disponible, una copia de la fotografía de archivo del acusado.
Dar a conocer a los trabajadores migratorios los mecanismos disponibles
52.Las orientaciones obligatorias del Estado para los trabajadores filipinos en el extranjero antes y después de su partida, como se indica en los puntos 21 y 22 del presente informe, incluyen información sobre dichas medidas y mecanismos correctivos. Por otro lado, el Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas, dirigido por el Departamento de Justicia, se encarga de informar a los posibles trabajadores filipinos en el extranjero sobre la amenaza de la contratación ilegal.
Datos sobre las denuncias examinadas por los mecanismos indicados en losúltimos cinco años y resultados a que han dado lugar, desglosados por sexo,edad, nacionalidad y situación migratoria
53.El siguiente cuadro ilustra los datos de la Oficina del Secretario de Gobierno específicamente relativos a los casos de contratación ilegal. Actualmente no se dispone de datos sobre casos desglosados por sexo, edad, nacionalidad y situación migratoria.
Casos de contratación ilegal presentados y resueltos entre 2018 y 2022 |
||||||||||
Región |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
|||||
P resentados |
R esueltos |
P resentados |
R esueltos |
P resentados |
R esueltos |
P resentados |
Resueltos |
P resentados |
R esueltos |
|
Gran Manila |
438 |
179 |
199 |
218 |
124 |
119 |
108 |
140 |
170 |
150 |
1 |
113 |
65 |
124 |
88 |
47 |
49 |
41 |
66 |
31 |
98 |
2 |
56 |
28 |
21 |
30 |
20 |
19 |
26 |
17 |
29 |
31 |
3 |
50 |
59 |
74 |
56 |
36 |
36 |
29 |
36 |
48 |
54 |
4A |
55 |
52 |
65 |
36 |
31 |
40 |
27 |
19 |
34 |
25 |
4B |
6 |
6 |
8 |
1 |
0 |
4 |
0 |
3 |
1 |
1 |
5 |
16 |
22 |
3 |
8 |
3 |
3 |
6 |
15 |
6 |
17 |
6 |
11 |
3 |
5 |
9 |
7 |
2 |
9 |
9 |
22 |
7 |
7 |
8 |
7 |
14 |
46 |
4 |
5 |
4 |
5 |
5 |
6 |
8 |
2 |
1 |
3 |
1 |
0 |
3 |
3 |
5 |
0 |
0 |
9 |
4 |
9 |
7 |
7 |
7 |
4 |
5 |
3 |
2 |
1 |
10 |
14 |
2 |
17 |
4 |
12 |
2 |
8 |
4 |
9 |
4 |
11 |
28 |
21 |
12 |
28 |
2 |
14 |
10 |
15 |
9 |
11 |
12 |
4 |
2 |
5 |
2 |
4 |
0 |
3 |
4 |
3 |
4 |
Total |
805 |
456 |
557 |
534 |
297 |
300 |
279 |
341 |
369 |
409 |
Total general |
Presentados: 2 307 |
|||||||||
Resueltos: 2 040 |
Asistencia jurídica prestada a los inmigrantes en Filipinas y a los nacionalesde Filipinas que viven como migrantes en el extranjero, en particularmediante el Fondo de Asistencia Jurídica
54.A continuación se enumeran los programas que realizan o apoyan intervenciones legales tanto a inmigrantes en el Estado como a migrantes filipinos:
a)El Sistema de Ventanilla Única aplicado a inmigrantes con una relación establecida entre empleador y empleado;
b)Seminarios de orientación previos a la salida y posteriores a la llegada a cargo de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero y las anteriores Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero, ahora Oficinas para Trabajadores Migratorios;
c)Plataforma de Asistencia Jurídica en Línea de la Administración Filipina de Trabajo en el Extranjero o la División de Asistencia Jurídica;
d)Fondo AKSYON del Departamento de Trabajadores Migratorios; y
e)Fondo de Asistencia Jurídica gestionado por la Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores. Hasta 2022, el Fondo de Asistencia Jurídica, que cuenta con una financiación de 200 millones de pesos (3,45 millones de dólares) para honorarios de abogados, costas impuestas por los tribunales, fianzas y otros gastos relacionados con los servicios jurídicos, ha beneficiado a 6.461 trabajadores filipinos en el extranjero, con una tasa de utilización del 100 %.
Reparaciones, incluidas las indemnizaciones, otorgadas a las víctimas devulneraciones de los derechos reconocidos en la Convención
55.La LR núm. 8042 en su forma modificada, no prevé la indemnización de reclamaciones monetarias de trabajadores migratorios. Sin embargo, el Tribunal Supremo de Filipinas, en diversas decisiones, ha concedido salarios impagados, coeficientes diferenciales de sueldos y comisiones por gastos de colocación en su caso, incluidos daños morales e indemnizaciones ejemplares.
56.En Jacob c. First Step Manpower International Services, Inc., el Tribunal dictaminó que una empleada del hogar filipina que fue repatriada a consecuencia de los malos tratos físicos recibidos de sus empleadores había sido objeto de despido indirecto y, por tanto, tenía derecho a la parte no vencida de su contrato. El Tribunal también le concedió daños morales por valor de 50.000 pesos (910 dólares) y daños ejemplares por valor de 25.000 pesos (455 dólares), además de los honorarios del abogado y los intereses legales.
57.En la reciente sentencia Jerzon Manpower and Trading, Inc. y otros c. Nato y CA, el Tribunal subrayó la necesidad de una aplicación más estricta de la ley, las normas y los reglamentos relativos a los trabajadores filipinos contratados en el extranjero. Dictaminó que el trabajador migratorio cuyo contrato había sido prerrescindido y que fue repatriado debido a una enfermedad contraída mientras estaba vigente el contrato de trabajo fue despedido sin causa justa o autorizada. Así pues, el Tribunal dictaminó que tenía derecho a la parte no vencida del contrato. Además, el Tribunal concedió 200.000 pesos (3.641 dólares) en concepto de daños morales, 200.000 pesos (3.641 dólares) en concepto de daños ejemplares y 500.000 pesos (9.103 dólares) en concepto de asistencia financiera, así como honorarios de abogado equivalentes al 10 % del total de la indemnización monetaria y un 6 % de intereses legales desde la finalidad de la decisión hasta el pago íntegro.
Medidas adoptadas para informar a los trabajadores migratorios y sus familiaresacerca de los recursos de que disponen en caso de vulneración de sus derechos
58.El Departamento de Trabajadores Migratorios estableció el Centro de Mando Único de Repatriación en julio de 2021 como sistema centralizado para responder rápidamente a las solicitudes de intervención y repatriación de trabajadores filipinos en el extranjero.
59.El Centro está compuesto por oficiales de bienestar, profesionales médicos y oficiales de casos que se encargan de prestar asistencia a los trabajadores migratorios filipinos con independencia de su situación migratoria en el extranjero. El Centro no solo se ocupa de la cuestión de los trabajadores filipinos en el extranjero, sino que también proporciona información fidedigna para dar a conocer a los trabajadores filipinos en el extranjero y sus familiares las diversas medidas preventivas y recursos disponibles cuando se vulneran sus derechos.
60.Los trabajadores filipinos en el extranjero reciben información básica sobre sus derechos, incluidos los sistemas de reparación e información específicos de cada país cuando esos derechos son vulnerados. Un manual para trabajadores filipinos en el extranjero publicado en 2022 sirve de referencia a los trabajadores migratorios. Contiene información esencial para los trabajadores filipinos en el extranjero, como evitar la contratación ilegal, factores que se deben tener en cuenta y el proceso de solicitud de empleo en el extranjero, consejos previos a la partida, información sobre la llegada y el país de acogida, incluidos los datos de contacto de las organizaciones de trabajadores filipinos en el extranjero, derechos y responsabilidades de los trabajadores, responsabilidades de las agencias de empleadores, y procesos y programas de repatriación y reintegración.
Pandemia de COVID-19
Restricciones impuestas a los derechos de los trabajadores migratorios ysus familiares, incluidas las relativas a su entrada o salida de los paísesde origen, tránsito o destino
61.Para facilitar el despliegue de trabajadores filipinos en el extranjero durante la pandemia de COVID-19, la entonces Administración Filipina de Empleo en el Extranjero:
a)Emitió avisos sobre la reanudación del despliegue de trabajadores filipinos en el extranjero en países que cerraron sus fronteras durante la pandemia de COVID-19;
b)Negoció que los empleadores de algunos países receptores asumieran los costos de la RT-PCR, la cuarentena y la vacunación contra la COVID-19 de los trabajadores filipinos a su llegada;
c)Revalidó los Certificados de Empleo en el Extranjero que expiraron durante las cuarentenas comunitarias en Filipinas, los períodos de confinamiento o las restricciones de viaje en los países de destino y cancelaciones de vuelos imprevistas por causas de fuerza mayor;
d)Puso en marcha el sistema de tramitación de contratos basado en la Web para los trabajadores filipinos en el extranjero en tierra, que facilita el acceso a la tramitación de los Certificados de Empleo en el Extranjero de esos trabajadores;
e)Lanzó el sistema de contratación directa del Sistema de Nombramiento en Línea de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero; y
f)Activó el sistema de tramitación en línea de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero para las contrataciones directas, accesible en el sitio web de la Administración, entre otros.
Retorno voluntario al país de origen
62.Se autorizó la salida de los trabajadores migratorios que regresaban voluntariamente al trabajo y que cumplían suficientemente las disposiciones pertinentes, y cuya entrada no estaba prohibida por las restricciones del país de destino en materia de inmigración y viajes.
63.Por otro lado, el Estado, por conducto de la Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores, participó en la elaboración y aplicación de una Circular Conjunta sobre la Vía Verde Filipina para los Marinos, que reconocía a los marinos como trabajadores esenciales y les permitía viajar con seguridad y cambiar de tripulación durante la pandemia.
64.El Estado, por conducto del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, repatrió a 27.974 trabajadores filipinos en el extranjero o sus familiares entre 2020 y 2022.
Tramitación de solicitudes de asilo
65.En cuanto a los procedimientos de inmigración y control fronterizo, la tramitación de los pasajeros solicitantes de asilo no se vio afectada. En el punto álgido de la pandemia, el Estado, por medio del Departamento de Justicia, mantuvo una fuerza básica de personal de primera línea que recibía las solicitudes de asilo presentadas bien de forma personal, observando los protocolos sanitarios adecuados, bien por correo electrónico cuando concurrían circunstancias excepcionales que lo justificaban, en particular por solicitantes de fuera de la Gran Manila.
Inclusión de los trabajadores migratorios y sus familiares en los planesnacionales de prevención y respuesta a la pandemia, especialmentepara asegurar su acceso a una vacuna
66.Conscientes de las importantes repercusiones para la recuperación económica de Filipinas, así como de los riesgos asociados a los viajes durante una pandemia, los trabajadores filipinos en el extranjero tienen prioridad y son clasificados en la misma categoría que los trabajadores sanitarios de primera línea en el programa nacional de vacunación contra el virus de la COVID-19.
67.Las Directrices relativas a la Aplicación de un Programa de Vacunación contra la COVID-19 para Misiones Diplomáticas y Ciudadanos Extranjeros garantizaron la inclusión de ciudadanos extranjeros, así como de refugiados, solicitantes de asilo y apátridas, en el programa de vacunación del Estado.
68.Durante el período de restricciones nacionales relacionadas con la COVID-19 de 2020 a 2021, el Departamento del Interior y de las Administraciones Locales dispuso mostradores especiales para trabajadores filipinos en el extranjero y designó oficiales a esos efectos en las administraciones locales encargados de las siguientes funciones:
a)Hacer un seguimiento de todos los trabajadores filipinos en el extranjero que se disponían al retorno dentro de sus respectivas áreas de jurisdicción;
b)Coordinarse inmediatamente con los Jefes Ejecutivos Locales interesados y facilitarles la información pertinente sobre el trabajador filipino en el extranjero de que se tratase;
c)Velar por que las administraciones locales prestasen toda la asistencia necesaria a los trabajadores filipinos en el extranjero; y
d)Controlar el estado de salud del trabajador filipino por medio de los trabajadores sanitarios de la ciudad o el municipio, los trabajadores sanitarios del barangay o los miembros de los equipos de respuesta a emergencias sanitarias del barangay.
69.En el mismo período, el Departamento del Interior y de las Administraciones Locales también publicó lo siguiente:
a)Deberes y responsabilidades de los funcionarios de la administración local, los directores regionales del Departamento y los oficiales sobre el terreno, la Policía Nacional de Filipinas y otras personas implicadas en la gestión del retorno de filipinos en el extranjero y las personas varadas localmente;
b)Movilización de la sociedad civil en los programas de respuesta y recuperación del Gobierno relacionados con la COVID-19;
c)Directrices sobre la realización de actividades de generación de demanda y comunicación en apoyo del plan nacional de despliegue de la vacuna contra la COVID-19;
d)Directrices para acelerar el despliegue de la vacunación contra la COVID-19 en las administraciones locales;
e)Bayanihan, Bakunahan: días nacionales de vacunación contra la COVID-19; y
f)Inventario de la población vacunada en el barangay para restringir la circulación de personas no vacunadas.
Garantizar el acceso a los servicios de salud
70.Durante la pandemia de COVID-19 se prestó asistencia médica ininterrumpida a los migrantes y filipinos en el extranjero por conducto del Programa Estatal de Asistencia Médica a la Repatriación para la asistencia médica y la expedición de certificados de exención para la cuarentena obligatoria de migrantes y filipinos en el extranjero por parte de la Oficina de Cuarentena. Los servicios de salud mental estuvieron fácilmente accesibles por teleconsulta con el Centro Nacional de Salud Mental.
71.Con el fin de simplificar el sistema de derivación y optimizar el uso de los servicios de atención médica a nivel nacional para dar una respuesta unificada a la COVID-19, se designó al Centro de Mando Único Hospitalario como Sistema Nacional de Derivación Provisional de Pacientes. El Centro de Mando Único Hospitalario y la Unidad de Salud de los Migrantes han estado colaborando activamente para facilitar la coordinación entre los centros sanitarios y las redes de proveedores de atención sanitaria para la derivación eficiente de los pacientes, incluidos los migrantes retornados y los filipinos en el extranjero con casos de COVID-19.
72.El Estado, por medio de la Oficina de Desarrollo de Instalaciones Sanitarias del Departamento de Salud, ordenó a todos los hospitales del Departamento de Salud que asignaran camas a los trabajadores filipinos en el extranjero y a las personas a su cargo de conformidad con las directrices sobre el establecimiento de un pabellón específico para los trabajadores filipinos en el extranjero en determinados hospitales del Departamento de Salud de todo el país.
Prevención de la COVID-19 y protección en el lugar de trabajo
73.El Estado, por conducto del Departamento de Salud, instituyó estrategias para mitigar la transmisión de la COVID-19 y salvaguardar la salud de los trabajadores y otras personas siguiendo las Estrategias de Prevención, Detección, Aislamiento, Tratamiento, Reintegración y Vacunación (PDI+) y las Directrices Actualizadas del Departamento sobre la Adopción de Disposiciones Laborales Alternativas.
74.La Proclamación núm. 922 (f. 2020), por la que se declaró el estado de emergencia de salud pública debido a la pandemia de COVID-19, y otras publicaciones y avisos conexos ordenaron la aplicación estricta de las normas mínimas de salud pública, entre ellas el distanciamiento físico, la higiene de las manos, las precauciones al toser y estornudar, el uso de mascarillas y protectores faciales (según correspondiera), entre otras, en todos los entornos, incluidos los lugares de trabajo, con independencia de la clasificación del nivel de alerta de COVID-19.
75.Además, el Estado, por medio de las Directrices Generales del Departamento de Salud sobre las Normas Mínimas de Salud Pública para la Reapertura Segura de las Instituciones, prescribió la aplicación de las normas mínimas de salud pública siguiendo las estrategias PDI+ en todos los entornos para la reapertura de los diferentes sectores de la economía en condiciones de seguridad.
Prevención de la COVID-19 en los centros de detención y prestación deservicios de atención sanitaria a las personas contagiadas
76.Mediante las Directrices Provisionales del Departamento de Salud sobre la prevención y el control de la COVID-19 en establecimientos penitenciarios y centros de detención, el Estado veló por que las personas privadas de libertad, el personal de las prisiones y los centros de detención y los visitantes se beneficiaran de la prestación continua de servicios de atención sanitaria y otros servicios.
77.Además de cumplir con el derecho a la salud, la publicación conjunta de los Departamentos de Salud, Justicia, Interior y Administraciones Locales, y Bienestar Social y Desarrollo sobre la promoción del derecho a la salud de las madres privadas de libertad y de sus hijos lactantes y pequeños en prisiones, cárceles, lugares de detención y otros entornos cerrados garantizó un acceso fácil y continuo a los servicios de salud sexual y reproductiva, salud mental y apoyo psicológico y servicios de atención para las personas privadas de libertad.
Información a las familias y devolución de los restos mortales de los trabajadores migratorios fallecidos a sus parientes más cercanos
78.El Estado, a través de las operaciones ininterrumpidas del Centro de Mando Único para la Repatriación, responde a las necesidades de los trabajadores filipinos en el extranjero y sus familiares, guiándose por el artículo 13 de la LR núm. 10022, relativo específicamente a la repatriación de trabajadores. El Centro, en coordinación con la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero y el Departamento de Relaciones Exteriores, se encarga de ponerse en contacto con las familias para transmitirles la noticia del fallecimiento de los trabajadores migratorios y las prestaciones por defunción que los familiares supervivientes pueden percibir de organismos públicos como el Centro.
79.Los Puestos del Servicio Exterior tienen la obligación de facilitar el traslado de los restos mortales de los trabajadores filipinos en el extranjero y de informar y coordinarse con los familiares del fallecido.
80.Este servicio se mantuvo durante la pandemia y cubrió a los trabajadores filipinos en el extranjero que murieron de COVID-19. En estos casos, los Puestos del Servicio Exterior se coordinan con las autoridades competentes de los países de acogida y con los organismos del Estado, como el Departamento de Trabajo y Empleo, para facilitar el traslado de conformidad con las restricciones de viaje.
81.Por otra parte, el Estado, a través de la Oficina de Cuarentena, publicó las Directrices Provisionales para la Entrada de Restos Humanos en Filipinas durante la pandemia de COVID-19 para devolver a las familias los restos mortales de sus seres queridos fallecidos por diversas causas en la Arabia Saudita.
82.El Estado, por conducto del Departamento de Salud, proporcionó orientación a las familias en lo relativo al manejo adecuado de los restos mortales de los trabajadores filipinos en el extranjero sospechosos o confirmados como casos de COVID-19, lo que incluyó la prestación de la siguiente asistencia:
a)Provisión de transporte adecuado por una empresa funeraria o crematorio acreditado o identificado;
b)Asistencia en la disposición adecuada de los restos mortales de los casos sospechosos, probables y confirmados de COVID-19 que estuvieron en cuarentena en un centro no sanitario (por ejemplo, el hogar), en coordinación con los familiares del fallecido;
c)Asistencia en el manejo adecuado de los restos mortales de los casos sospechosos, probables y confirmados de COVID-19 por parte de personal autorizado (por ejemplo, personal sanitario y personal de apoyo, equipo de la Unidad de Gobierno Local para la gestión de los casos de personas fallecidas y desaparecidas, trabajadores de funerarias).
Mitigación de los efectos adversos de la pandemia de COVID-19 en los derechosde los trabajadores migratorios, teniendo en cuenta la nota de orientación conjuntadel Comité y el Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes
83.De 2020 a 2022 las Agregadurías de Bienestar Social prestaron asistencia a un total de 50.529 filipinos en el extranjero en dificultades en siete Puestos del Servicio Exterior que abarcaban seis países: Hong Kong (Región Administrativa Especial de China), Qatar, Malasia, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita y Kuwait. Los homólogos de las Oficinas en Filipinas, la Oficina Central de Servicios Sociales y las personas de contacto en 16 Oficinas de Zona prestaron asistencia a un total de 12.136 personas en ese período.
84.En el mismo período, los Equipos de la Ventanilla Única en los Aeropuertos, dependientes del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, prestaron apoyo psicosocial y asistencia humanitaria por valor de 4,6 millones de pesos (79.310 dólares) a 2.744 filipinos que regresaban al país en situación de desamparo.
85.Las normas publicadas por la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero durante la pandemia de COVID-19 de 2020 a 2022 garantizaron el empleo y el despliegue continuos de trabajadores filipinos en otros países.
2.Parte II de la Convención
Artículo 7
Adaptar la legislación nacional (por ejemplo, la Constitución, la Ley deTrabajadores Migratorios y Filipinos en el Extranjero y la Ley deInmigración) a la Convención y garantizar a los trabajadoresmigratorios el disfrute de sus derechos sin distinción alguna
86.La legislación nacional no permite el despliegue de empleadas domésticas menores de 23 años por considerarlas más vulnerables.
87.El Estado defiende los derechos de los trabajadores migratorios, como lo demuestra el hecho de que haya ratificado los convenios internacionales y aprobado las leyes pertinentes:
a)Ratificación sin reservas de las disposiciones y los anexos del Convenio sobre los Trabajadores Migrantes (Revisado), 1949 (núm. 97) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el 21 de abril de 2009;
b)El Código del Trabajo de Filipinas afirma, entre otras cosas, que el Estado deberá:
i)Garantizar la protección del trabajo, promover el pleno empleo, asegurar la igualdad de oportunidades laborales sin distinción de sexo, raza o credo y regular las relaciones entre trabajadores y empresarios; y
ii)Garantizar los derechos de los trabajadores a organizarse, a la negociación colectiva, a la seguridad de la tenencia y a condiciones de trabajo justas y humanas.
c)La Ley sobre los Trabajadores Migrantes y Filipinos en el Extranjero declara que:
i)El Estado afirma la igualdad fundamental ante la ley de mujeres y hombres y el importante papel de la mujer en la construcción de la nación;
ii)El Estado aplicará criterios con perspectiva de género en la formulación y aplicación de políticas y programas que afecten a los trabajadores migratorios y en la composición de los órganos encargados del bienestar de esos trabajadores; y
iii)No se denegará a ninguna persona, por motivos de pobreza, el libre acceso a los tribunales y órganos cuasijudiciales ni una asistencia jurídica adecuada.
Sobre la modificación de la Ley contra la Discriminación por VIH/sida
88.Actualmente no hay proyectos de ley pendientes para modificar la Ley contra la Discriminación por VIH/sida.
89.La LR núm. 11166 o Ley Filipina de Política sobre el VIH y el sida ha proporcionado redes de protección social contra la discriminación no solo a los trabajadores migrantes, sino también a la población general. Como complemento de dicha Ley, el 1 de diciembre de 2021 la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas y el Departamento de Justicia firmaron las Reglas Uniformes sobre Mecanismos de Reparación para Personas que Viven con el VIH.
90.El Comité de Derechos Humanos del Consejo Nacional del Sida de Filipinas, organismo dependiente del Departamento de Salud, colabora con la Comisión de Seguros en la revisión de las directrices para la suscripción por parte de las sociedades de seguro médico de solicitantes con seropositividad real, presunta o sospechada respecto del VIH.
91.El artículo 29 de la LR núm. 11166 establece lo siguiente: “Para garantizar que toda prueba sanitaria sea voluntaria y se base en el consentimiento libre e informado de los trabajadores migratorios y sus familiares para someterse a la prueba del VIH, el Estado fomentará como cuestión de política la prueba voluntaria del VIH. Se obtendrá el consentimiento por escrito de la persona que se somete a la prueba del VIH antes de realizarla”.
92.El artículo 50 de la misma Ley prevé castigos severos para quien obligue a una persona a someterse a la prueba del VIH sin su consentimiento, con penas de prisión de hasta 12 años, sin perjuicio de la imposición de multas y sanciones administrativas como la suspensión o la revocación de la licencia profesional.
3.Parte III de la Convención
Artículos 8 a 15
Derecho de los trabajadores migratorios a residir en el Estado por motivoslaborales si pierden el empleo prematuramente
93.Filipinas es signataria del Consenso de la ASEAN sobre la Protección y Promoción de los Derechos de los Trabajadores Migratorios, que también cubre a los trabajadores migratorios documentados y a los que quedan sin documentación por causas ajenas a su voluntad. El Consenso dispone que los Estados de acogida y los Estados de origen deben, por razones humanitarias, cooperar estrechamente para resolver los casos de trabajadores migratorios que, por causas ajenas a su voluntad, hayan quedado indocumentados. También tendrán en cuenta los derechos fundamentales y la dignidad de los trabajadores migratorios y sus familiares que ya residen con ellos, sin menoscabo de la aplicación por parte de los Estados receptores de sus leyes, reglamentos y políticas.
Protección de los derechos de los trabajadores migratorios filipinosen el extranjero reconocidos en la Convención
Acuerdos bilaterales y multilaterales en materia laboral entre Filipinasy los países de destino u origen
94.Existen 42 acuerdos laborales bilaterales en vigor con los siguientes países: Alemania (3), Arabia Saudita (3), Bahrein (2), Canadá (4), Commonwealth de las Islas Marianas del Norte (1), Emiratos Árabes Unidos (1), España (1), Estados Unidos de América (1), Indonesia (1), Iraq (1), Israel (2), Italia (1), Japón (3), Jordania (3), Kuwait (3), Líbano (1), Libia (1), Nueva Zelandia (2), Papua Nueva Guinea (1), Qatar (1), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (1), República de Corea (1), República Democrática Popular Lao (1), Rumania (1), Suiza (1) y Taiwán (1).
95.De los 42 acuerdos existentes, el Estado firmó tanto acuerdos laborales generales como acuerdos específicos para el despliegue y la protección de los trabajadores domésticos con Jordania, Kuwait, el Líbano, la Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos.
96.Hay siete acuerdos entre Gobiernos, con Alemania, el Canadá, China, Israel, el Japón, la República de Corea y Taiwán
97.El acuerdo con el Gobierno de Israel se refiere específicamente a la contratación y el despliegue de cuidadores y trabajadores de hostelería.
98.El despliegue de trabajadores filipinos al resto de países con los que el Estado mantiene un acuerdo laboral bilateral válido se realiza por medio de agencias privadas de contratación.
99.El Estado ha aprobado un contrato de trabajo normalizado para los trabajadores en general con destino a Qatar, para los trabajadores domésticos con destino a la Arabia Saudita, los Emiratos Árabes Unidos y Kuwait, y para los marinos filipinos embarcados en buques de altura.
100.Los cuatro acuerdos regionales o multilaterales son los siguientes:
a)Convención de la ASEAN contra la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños;
b)Anexo de la Asociación Europea de Libre Comercio sobre Transporte Marítimo y Servicios de Transporte Conexos;
c)Consenso de la ASEAN sobre la Protección y Promoción de los Derechos de los Trabajadores Migratorios;
d)Memorando de Entendimiento entre la Organización Internacional para las Migraciones, el Ministerio de Servicios de la Provincia de Alberta (Canadá), el Ministerio de Relaciones Laborales y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Saskatchewan (Canadá), y el Departamento de Trabajo y Empleo de la República de Filipinas relativo al Ensayo de Aplicación del Sistema Internacional de Integridad en la Contratación.
Denuncias de trabajadores migratorios filipinos por abusos de sus empleadores
101.Hasta 2020, habían recibido ayuda de los Puestos del Servicio Exterior 2.391 víctimas de la trata en Oriente Medio.
102.En 2022, la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero registró 43 denuncias de abusos a mujeres avaladas por Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero. Esas denuncias fueron objeto de un examen y una investigación minuciosos y se decidieron en función del fondo. A los empresarios extranjeros declarados culpables se les impuso la pena de suspensión o inhabilitación para participar en el programa de empleo en el extranjero del Gobierno de Filipinas.
103.La Oficina Internacional de Servicios Sociales del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo ha prestado servicios a 1.133 víctimas de la trata de personas y contratación ilegal.
104.En el primer trimestre de 2021, los Equipos de Tareas dedicados a los trabajadores filipinos en el extranjero prestaron asistencia a 382 repatriados procedentes de diferentes embajadas, entre ellos 18 derivaciones de casos que afectaban a 57 personas repatriadas, en su mayoría procedentes de Siria. La mayoría de estos trabajadores filipinos en el extranjero considerados indocumentados habían sido captados para trabajar en el extranjero y viajaron utilizando un visado de turista utilizando canales clandestinos.
105.En coordinación con la División de Procesamiento de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, el Centro de Operaciones del Consejo Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas prestó asistencia a 17 personas repatriadas de Siria (todas ellas mujeres adultas) para realizar una entrevista virtual y una investigación, así como la preparación de declaraciones juradas de estas personas con miras a la presentación de posibles denuncias contra sus empleadores y agencias de empleo ilegales.
Prohibición del despliegue de trabajadores migratorios filipinos en países donde sus derechos no estén protegidos, de conformidad con la Ley sobre los Trabajadores Migratorios y Filipinos en el Extranjero en su forma modificada
106.Las garantías previstas en la LR núm. 10022 se aplican mediante un sistema de certificación para los países de destino que cumplen las normas. La certificación de conformidad es realizada por el Departamento de Relaciones Exteriores y remitida a la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero para que estudie su incorporación a la lista exclusiva de países en los que está autorizado el despliegue. La lista se actualiza con regularidad en función de la situación presente en los países de acogida.
107.El Estado, por medio de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, publica periódicamente en su sitio web la lista de países que cumplen y no cumplen las condiciones establecidas por la LR núm. 10022 (Opinión Consultiva de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero núm. 1 de diciembre de 2017). En 2020, la Administración también publicó prohibiciones de despliegue de trabajadores para los siguientes países de la zona del Golfo:
a)Resolución núm. 4 de la Junta de Gobierno (f. 2020) por la que se prohíbe el despliegue de todos los trabajadores filipinos en el extranjero con destino a Kuwait, excepto los trabajadores calificados y los profesionales clasificados como balik-manggagawa (trabajador que regresa); y
b)Resolución núm. 8 de la Junta de Gobierno (f. 2020) por la que se suspende la tramitación y el despliegue de trabajadores recién contratados con destino al Líbano, incluidos los cambios de tripulación, el desembarco y los permisos en tierra para los marinos.
108.El Estado, por conducto del Departamento de Trabajo y Empleo, sigue implicando a los Gobiernos de los países de acogida para que firmen Acuerdos de Empleo Bilaterales, una de las garantías exigidas por la LR núm. 10022. El Departamento de Trabajadores Migratorios ha señalado como uno de sus ejes prioritarios el establecimiento de Acuerdos de Empleo Bilaterales con los Gobiernos de los países de acogida.
Asegurar que su personal diplomático y consular en el extranjero conozca las leyesy los procedimientos de los países de empleo de trabajadores filipinos, en particularde los considerados “sumamente problemáticos” por el Departamento de Relaciones Exteriores y el Departamento de Trabajo y Empleo
109.El Estado mantiene un sólido programa de capacitación para su personal encargado de proteger el bienestar de los trabajadores filipinos en el extranjero.
110.Antes de su asignación a destino, se imparten seminarios de orientación previa a la partida al personal de los Puestos del Servicio Exterior del Departamento de Relaciones Exteriores y al de otros organismos adscritos, como el Departamento de Trabajo y Empleo (agregados laborales), el Departamento de Turismo (agregados turísticos) y el Departamento de Comercio e Industria (agregados comerciales).
111.En 2022, la Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores organizó dos tandas de talleres y consultas sobre la Asistencia a Nacionales, en septiembre y noviembre, en los que participaron varios funcionarios del Departamento y personal asignado a diversos Puestos del Servicio Exterior.
112.El personal del Departamento de Trabajo y Empleo y de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero asignado a las Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero debe seguir una estricta formación previa a la partida a cargo del Departamento de Trabajo y Empleo y el Instituto del Servicio Exterior del Departamento de Relaciones Exteriores antes de su despliegue. Este personal no puede ser autorizado a partir para misiones en el extranjero sin haber completado satisfactoriamente la formación.
113.El Departamento de Trabajadores Migratorios, de conformidad con la LR núm. 11641, establecerá un Instituto de Formación para programas de capacitación en liderazgo sustantivos, analíticos y estratégicos con el fin de dotar a los empleados, especialmente a los que trabajarán en el extranjero, de los conocimientos y las competencias necesarios, como el idioma, las costumbres, las tradiciones y las leyes, entre otros, de los países de acogida donde hay trabajadores filipinos. La formación también incluirá medios y métodos eficaces para trabajar en pro de los intereses de los trabajadores filipinos en el extranjero.
Orientación para los trabajadores migratorios filipinos y sus familiares que viajana países en los que existe el sistema de kafala (patrocinio)
114.El sistema de kafala se utiliza para supervisar a los trabajadores migratorios que trabajan principalmente en los sectores de la construcción y doméstico en los Estados miembros del Consejo de Cooperación del Golfo y algunos de sus países vecinos, a saber, la Arabia Saudita, Bahrein, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, el Líbano, Omán y Qatar.
115.El sistema exige que todos los trabajadores migratorios tengan un patrocinador en el país, por lo general su empleador, que se hace responsable de su visado y su situación legal.
116.El sistema de kafala se menciona como una práctica de muchos países de destino de Oriente Medio, pero no se trata extensamente como tema en las formaciones del Programa de Educación Previa a la Partida.
117.La Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero y las Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero siguieron organizando seminarios de orientación previa a la contratación, el despliegue y la llegada para solicitantes de empleo en el extranjero, trabajadores migratorios salientes y trabajadores migratorios recién llegados a los países de acogida. Estos seminarios se impartieron en línea, en el caso de los seminarios previos a la contratación, o en persona, en el caso de los seminarios previos a la salida y posteriores a la llegada.
118.En el punto álgido de la pandemia de COVID-19, la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero y las Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero recurrieron a sesiones virtuales para asegurar la continuidad de estos programas de orientación.
119.Los programas de orientación tenían por objeto informar a los trabajadores migratorios sobre la legislación y las políticas laborales, así como sobre los mecanismos disponibles para la reparación de agravios en los distintos países de destino. Estos programas estarán a cargo del Departamento de Trabajadores Migratorios y las Oficinas de Trabajadores Migratorios, y se hará más hincapié en ellos.
Protección de los trabajadores migratorios filipinos destinados en paísesque practican el sistema de kafala
120.Debido al creciente número de abusos contra los trabajadores filipinos del servicio doméstico en Kuwait, el Estado declaró una prohibición total del despliegue de trabajadores en dicho Estado en febrero de 2018.
121.Esa prohibición dio lugar a negociaciones entre ambos países para la adopción de un acuerdo que intensificara la protección de los derechos de los trabajadores filipinos del servicio doméstico, lo que demuestra el reconocimiento por parte de Kuwait de la importancia de dichos trabajadores, así como su disposición a llegar a un arreglo con Filipinas en la elaboración de mecanismos de protección.
122.El acuerdo prevé el respeto de políticas de contratación éticas; una contratación regida por un contrato normalizado; la reducción de los gastos de contratación de trabajadores domésticos; y un trato humano para los trabajadores.
123.El Estado acogió con satisfacción las reformas laborales introducidas por otros países del Golfo, como la Arabia Saudita.
124.La Iniciativa de Reforma Laboral adoptada por este país puede mejorar apreciablemente las condiciones de trabajo y beneficiar a los trabajadores migratorios que allí se encuentran, entre ellos casi 800.000 filipinos.
125.La Arabia Saudita también aprobó el denominado “visado verde”, que permite a los trabajadores extranjeros entrar en el país sin patrocinador, apartándose de la práctica del sistema de kafala.
126.El Estado, por medio del Departamento de Relaciones Exteriores, ha presionado enérgicamente en favor de la protección de los migrantes y de las reformas en todos los eventos y oportunidades bilaterales y multilaterales, en particular impulsando el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Con ello se pretende dar respuesta, entre otras cosas, al sistema de kafala, que obliga a los Puestos del Servicio Exterior a negociar con los empleadores abusivos y a convencerlos de que expidan visados de salida a los trabajadores filipinos en dificultades que tienen empleados para que puedan ser repatriados a Filipinas.
127.Los empleadores abusivos y oportunistas utilizan a menudo el poder que les otorga el sistema de kafala para exigir cantidades injustas y enormes, comparables a un rescate, por la expedición de los visados de salida de sus empleados. Mediante el Fondo de Asistencia a Nacionales y el Fondo de Asistencia Jurídica, el Estado, por conducto del Departamento de Relaciones Exteriores, ayuda a los trabajadores filipinos en situación difícil a conseguir visados de salida para su repatriación, así como a pagar los servicios jurídicos necesarios para emprender acciones judiciales contra sus empleadores.
128.En sus esfuerzos por proteger a los trabajadores filipinos en el extranjero, especialmente al grupo vulnerable de trabajadores domésticos en el Golfo, el Estado, por conducto del Departamento de Trabajo y Empleo, participó en reuniones de comités mixtos con países del Golfo para abogar repetidamente por la abolición del sistema de kafala.
129.El ex-Presidente Duterte denunció públicamente el sistema de patrocinio de visados “injusto y explotador” que se practica en Oriente Medio y pidió su completa abolición.
130.Con la puesta en marcha del Departamento de Trabajadores Migratorios, el Estado seguirá manteniendo contactos con los Gobiernos de los países de acogida en Oriente Medio para examinar la cuestión de la kafala.
131.En cuanto a la protección de los trabajadores filipinos en el extranjero en general, el Departamento mantiene una lista blanca de agencias y empleadores que cumplen normas y principios de contratación justos y éticos. El Departamento también publica las identidades de los empleadores extranjeros y las agencias de contratación, tanto extranjeras como locales, que han sido incluidos en la lista negra por infracciones en materia de contratación o que han cometido en graves casos de explotación y abusos de trabajadores filipinos en el extranjero o han estado implicados en ellos. Esto está en consonancia con los objetivos contenidos en el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular a la hora de negociar acuerdos laborales bilaterales con otros países.
Casos de abuso de autoridad de funcionarios públicos en relación con losderechos de los trabajadores migratorios
132.El Estado se ha ocupado eficazmente de estos casos, como se indica a continuación:
a)Hasta junio de 2021 se habían producido 158 casos en los que estaba implicado personal de la Oficina de Inmigración;
b)Unos 89 funcionarios de esta Oficina fueron acusados ante la Oficina del Ombudsman por su participación en una trama de sobornos para la entrada en Filipinas de extranjeros contratados para las Operaciones de Apuestas Extraterritoriales de Filipinas sin pasar por el trámite habitual de inmigración. Todos ellos salvo 2 han sido suspendidos de sus funciones de forma preventiva;
c)Se incoaron causas penales y administrativas contra un agente de la Oficina Nacional de Investigación y un funcionario de la Oficina de Inmigración a raíz de una operación de trampa policial basada en acusaciones de soborno.
133.El Estado creará el Comité de Denuncias Administrativas en el Departamento de Trabajadores Migratorios para investigar y sancionar a los funcionarios y empleados que cometan infracciones. Dicho organismo asumirá las tareas del Comité de Denuncias Administrativas del Departamento de Trabajo y Empleo, que se encargaba de investigar y sancionar a los funcionarios y empleados del programa de empleo en el extranjero acusados de corrupción o abuso de autoridad.
Acceso a documentos legales de los filipinos indocumentados en Sabah
134.En 2022 el Estado, mediante la colaboración entre la Autoridad Estadística de Filipinas, el Departamento de Relaciones Exteriores y la Embajada de Filipinas en Kuala Lumpur, reanudó la realización de Misiones Consulares Especiales in situ en Sabah para inscribir los nacimientos de filipinos indocumentados, incluidos sus familiares. Estas misiones se reanudarán en febrero de 2023 para practicar nuevas inscripciones.
135.La misión incluye el registro de los trabajadores filipinos para obtener la tarjeta de identificación filipina a fin de garantizar su incorporación al Sistema Nacional de Identificación.
136.Se practicaron 3.852 inscripciones de nacimiento en campañas rurales sobre el terreno, y otras 602 inscripciones de nacimiento se realizaron en línea en febrero de 2022.
137.El Departamento de Relaciones Exteriores, que dirige el traslado de filipinos desde Sabah, ha comunicado el traslado de 3.133 personas hasta el 1 de noviembre de 2022.
138.La Embajada de Filipinas en Kuala Lumpur informó además del traslado de 485 filipinos desde Sandakan, operación que sigue en curso en el momento de redactar este informe.
139.El Departamento de Relaciones Exteriores coordina con el Departamento de Defensa Nacional las autorizaciones de seguridad para el traslado y sufraga parte de los gastos de la prueba RT-PCR de al menos 1.000 personas trasladadas con cargo al Fondo de Asistencia a Nacionales.
Artículos 16 a 32
Asistencia a los trabajadores migratorios filipinos y sus familiares privadosde libertad o sujetos a una orden de expulsión
140.Uno de los pilares de la política exterior de Filipinas es la protección de los derechos y la promoción del bienestar y los intereses de los filipinos en el extranjero.
141.En cada Puesto del Servicio Exterior, el Estado ha creado una Sección de Asistencia a Nacionales con personal que atiende y presta específicamente diversas formas de asistencia a sus ciudadanos. La Sección proporciona fondos para casos de infracciones de las leyes de inmigración, internamiento en prisión, visitas a prisión y asistencia financiera o social en forma de artículos personales, repatriación (es decir, billetes de avión de vuelta a Filipinas tras la puesta en libertad del nacional) y pagos con cargo al Fondo de Asistencia Jurídica para servicios jurídicos de abogados a sueldo o por contrato para trabajadores migratorios y filipinos en el extranjero que están en situación de dificultad.
142.El Fondo de Asistencia Jurídica cubre los honorarios de los abogados extranjeros encargados de defenderlos con toda la protección de la ley; fianzas para garantizar su libertad provisional bajo custodia; tasas judiciales y otros gastos y costas procesales.
143.Filipinas presenta informes periódicos al Congreso para hacer un seguimiento de los filipinos privados de libertad con el fin de supervisar sus casos y proporcionarles la asistencia adecuada en función de sus necesidades mientras permanecen detenidos temporalmente.
Inscripción de nacimientos de hijos de trabajadores migratorios en elextranjero, incluidos los que se encuentran en situación irregular, yactualizaciones de las bases de datos pertinentes
144.Las Embajadas de Filipinas animan a todos los trabajadores migratorios filipinos, incluidos los que se encuentran en situación irregular, a comunicar el nacimiento de sus hijos para que puedan ser inscritos por la Autoridad Estadística de Filipinas.
Medidas adoptadas para modificar el artículo 22 del Código del Trabajo relativoa las remesas obligatorias de los trabajadores migratorios filipinos
145.En el 19º Congreso del Estado se presentó el proyecto de Ley núm. 1311 del Senado para modificar el Código del Trabajo, específicamente en lo relativo a las remesas obligatorias de ingresos de los trabajadores filipinos en el extranjero. El proyecto de Ley dispone que será obligatorio que todos los trabajadores filipinos en el extranjero contratados y colocados por agencias de empleo privadas que cobran honorarios o entidades privadas de contratación para un empleo local o en el extranjero remitan una parte de sus ingresos en divisas a sus familiares legítimos, dependientes o beneficiarios en el país, de conformidad con las normas y los reglamentos prescritos por la Secretaría del Departamento de Trabajo y Empleo o el Departamento de Trabajadores Migratorios.
4.Parte IV de la Convención
Artículo 40
Modificación de los artículos 269 y 272 b) del Código del Trabajo en relacióncon el derecho a establecer asociaciones y sindicatos de conformidad conel artículo 40 de la Convención
146.En el 19º Congreso del Estado se presentó el proyecto de Ley núm. 1311 del Senado para modificar el Código del Trabajo, mediante la adición de nuevas disposiciones relativas a las actividades sindicales.
Artículo 41
Derecho de los trabajadores migratorios filipinos a participar en los asuntospúblicos, a ser elegidos en las elecciones del Estado parte y a votar, tambiénpor correo y por Internet
147.El Estado garantiza a los trabajadores filipinos en el extranjero todas las oportunidades de participar en los asuntos del Estado, especialmente en el ejercicio de su derecho de sufragio.
148.La Oficina de Voto en el Extranjero de la Comisión Electoral del Estado y la Secretaría de Voto en el Extranjero del Departamento de Relaciones Exteriores siguen esforzándose conjuntamente en el registro de los electores filipinos en el extranjero y promover su participación en todas las elecciones nacionales.
149.Para las elecciones presidenciales de 2022, más de 680.000 electores en el extranjero pudieron emitir su voto, lo que supuso un índice de participación del 40 %, el máximo en la historia del voto en el extranjero en Filipinas.
150.Las medidas adoptadas para aumentar la participación electoral en 2022 incluyeron la distribución de franqueo de retorno prepagado para los electores que votaban por correo, así como el programa “Voto en cualquier lugar” para que los electores en el extranjero pudieran emitir su voto en sus países de acogida aunque estén inscritos en el censo de otro lugar.
151.La Comisión Electoral ha realizado pruebas piloto no vinculantes de las soluciones de voto por Internet existentes con el propósito de presentar un informe de recomendaciones a la cámara legislativa para preparar la aprobación de una ley que autorice el uso del voto por Internet a los filipinos en el extranjero debidamente registrados.
5.Parte V de la Convención
Artículos 58 a 63
Igualdad de trato de los trabajadores de temporada e itinerantes y lostrabajadores nacionales filipinos, y garantía del cumplimiento por partede los empleadores de las normas internacionales del trabajo pertinentes
152.Uno de los pilares de las operaciones en materia de trabajo en el extranjero en lo que respecta a garantizar el cumplimiento por parte de los empleadores de las normas laborales mínimas establecidas en la legislación del país de acogida y en los convenios internacionales es el sistema filipino de verificación del empleo y acreditación de los empleadores, que durante mucho tiempo aplicaron las Oficinas de Trabajo en el Extranjero dependientes del Departamento de Trabajo y Empleo y que ahora corre a cargo de las Oficinas para Trabajadores Migratorios dependientes del Departamento de Trabajadores Migratorios. El Gobierno filipino utiliza este sistema para verificar la legitimidad de los empleos y los empleadores y asegurarse de que las condiciones de empleo cumplen las normas laborales mínimas.
6.Parte VI de la Convención
Artículos 64 y 66
Supervisión de las agencias privadas de contratación
Aplicación del régimen regulador y refuerzo del actual sistema de concesiónde licencias a las agencias de contratación
153.Para garantizar la protección de los trabajadores migratorios filipinos, en particular de los que ejercen ocupaciones vulnerables como los empleados domésticos, el Departamento de Trabajadores Migratorios ha dispuesto lo siguiente:
a)Revisión y evaluación del desempeño de las agencias de contratación autorizadas y sus homólogas extranjeras con arreglo al número de trabajadores desplegados, el cumplimiento de normas y principios de contratación éticos y justos, y la capacidad de supervisar a los trabajadores desplegados y actuar en casos de protección social;
b)Elaboración de contratos de trabajo específicos por país o por competencias o puesto, teniendo en cuenta la legislación laboral vigente y las políticas en materia de migración, así como el contenido de los acuerdos laborales bilaterales, si los hubiera, con los países de destino de los trabajadores;
c)Estrictas directrices del Departamento para garantizar que solo se envía al extranjero a trabajadores domésticos calificados y plenamente formados;
d)Obligación para todos los nuevos empleadores de ver un vídeo sobre los derechos y el bienestar de los trabajadores filipinos en el extranjero antes de firmar cualquier contrato de trabajo;
e)Confección de una lista blanca de agencias de contratación y agencias de contratación extranjeras que hayan demostrado un cumplimiento constante y estricto de normas y principios de contratación justos y éticos, que sirva como orientación para los trabajadores filipinos en el extranjero y los empleadores extranjeros;
f)Revisión y elaboración de nuevas directrices de verificación por parte de las Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero para subsanar las deficiencias del sistema y reforzar los mecanismos de protección de los trabajadores filipinos en el extranjero; y
g)Revisión, modificación y eventual publicación de las nuevas normas y reglamentos que rigen el empleo de los trabajadores de tierra y mar en el extranjero.
Control o inspección de las agencias privadas de contratación, especialmentede las comisiones que cobran por sus servicios
154.La Administración Filipina de Empleo en el Extranjero ha venido realizando inspecciones aleatorias y selectivas de las agencias de contratación como parte de su mandato de hacer cumplir la normativa sobre empleo en el extranjero, incluida la relativa al cobro de comisiones por gastos de contratación. Las inspecciones se llevan a cabo de forma aleatoria (inspección ordinaria) o mediante inspecciones puntuales e inspecciones múltiples simultáneas, operaciones especiales y vigilancia basada en la información facilitada por los trabajadores migratorios y otros informadores. Las agencias autorizadas que cometen infracciones son sancionadas con la suspensión o cancelación de la licencia y, en caso necesario, son objeto de acciones penales.
155.Además, la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, a iniciativa propia o por recomendación de las Oficinas de Trabajo en el Extranjero, también investiga a las agencias de contratación extranjeras que presuntamente cobran comisiones excesivas o son sospechosas de otras infracciones de las normas y los reglamentos de la Administración. Si son declaradas culpables, estas agencias son inhabilitadas de forma permanente o suspendidas del programa de empleo en el extranjero del Gobierno de Filipinas.
Medidas contra la complicidad de funcionarios públicos con entidades decontratación extranjeras abusivas, en particular la práctica de la “sustituciónde contratos”, la servidumbre por deudas y la falsificación de partidas denacimiento y documentos de viaje
156.El Departamento de Trabajadores Migratorios se esfuerza sin descanso por hacer frente a los abusos denunciados de entidades de contratación y empleadores extranjeros y señala que la proliferación de documentos falsificados y espurios desempeña un papel de enorme importancia en el envío de menores y trabajadores de edad inferior a la mínima exigida. Para combatir estas actividades, el proyecto de Reglamento del Departamento ha elevado la tipificación de la infracción de “emplear a sabiendas a un trabajador de edad inferior a la mínima exigida” de “infracción menos grave” a “infracción grave”, que conlleva la sanción más severa de cancelación de la licencia.
157.El Departamento sigue recordando a las agencias de contratación, así como a los empleadores, que los trabajadores extranjeros deben tener la custodia y posesión de su pasaporte y otros documentos de viaje pertinentes, de conformidad con la LR núm. 8239 o Ley de Pasaportes de Filipinas de 1996.
158.En consonancia con esto, la disposición especial 15 e) del Contrato de Trabajo Tipo para Empleados Domésticos establece que “será ilegal que el empleador retenga o conserve el pasaporte del empleado con o sin su consentimiento”.
159.El punto 4 del Compromiso del Empleador de Trabajadores Domésticos, entre otros, exige que “se permita al trabajador doméstico comunicarse con su embajada cuando sea necesario y que tenga la custodia de su pasaporte o sus documentos de viaje en todo momento”.
Velar por que las agencias privadas de contratación faciliten informaciónadecuada a las personas que buscan empleo en el extranjero y garanticenel disfrute efectivo de las prestaciones laborales convenidas
160.El Estado, por conducto de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, realiza inspecciones in situ para garantizar que los encargados de aplicar el Programa de Educación Previo a la Partida cumplen las normas estatales en lo que respecta a las instalaciones de aprendizaje, incluida la disposición de las zonas de formación, y la conformidad con los módulos de capacitación exigidos.
161.La Unidad de Gestión Previa a la Salida, dependiente de dicha Administración, imparte periódicamente cursos de actualización para los proveedores del Programa de Educación Previo a la Partida. Entre 2019 y 2022, llevó a cabo 571 cursos de este tipo: 130 en 2019, 205 en 2020, 178 en 2021 y 58 en 2022.
162.La formación de los responsables de bienestar de las agencias de contratación filipinas que envían trabajadores domésticos al extranjero garantiza la corresponsabilidad y la colaboración a la hora de hacer que los empleadores cumplan los contratos de trabajo y proteger los derechos y la seguridad de los trabajadores domésticos desplegados, especialmente en la región de Oriente Medio.
163.Las agencias de contratación están obligadas, en virtud de las normas y reglamentos de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero (2016), a realizar, entre otras, las siguientes tareas:
a)Artículo 4 f) 3): Orientar a los trabajadores sobre los procedimientos de contratación, así como sobre la descripción del país y las condiciones de trabajo y de vida, y otra información pertinente sobre el país de acogida y el lugar de trabajo;
b)Artículo 4 f) 1): Negociar las mejores condiciones de empleo para los trabajadores;
c)Artículo 4 f) 8): Asumir la responsabilidad solidaria con el empresario por todas las reclamaciones y responsabilidades que puedan surgir en relación con la ejecución del contrato, incluidos, entre otros, los salarios impagados, las indemnizaciones por muerte o invalidez y la repatriación; y
d)Artículo 4 f) 11): Garantizar el cumplimiento de la legislación laboral y social vigente en Filipinas y en el país de empleo de los trabajadores contratados.
164.Las obligaciones señaladas figuran entre las condiciones impuestas a las agencias de contratación para la concesión de la licencia por parte de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero. El incumplimiento de estas obligaciones es motivo de suspensión o cancelación de la licencia.
Investigar y sancionar las prácticas ilegales de las entidades de contratación, y proporcionar información sobre las prácticas abusivas a quienes buscan empleo
165.El Departamento de Trabajadores Migratorios ejerce poder regulador sobre las agencias de contratación o las entidades de contratación, lo que incluye la realización de investigaciones administrativas y penales contra las agencias de contratación y las personas implicadas en la contratación ilegal. Está facultada para elaborar listas negras de agencias de contratación por infracción de la ley y de sus directrices y disposiciones administrativas.
166.Las entidades de contratación que infrinjan las normas y los reglamentos de la Administración serán acusados de infracciones de contratación o contratación ilegal y perseguidos en virtud de la LR núm. 8042, modificada por la LR núm. 10022.
167.Según las leyes indicadas, toda persona que sea declarada culpable de contratación ilegal sufrirá una pena de prisión no inferior a 12 años y 1 día, pero no superior a 20 años, y una multa no inferior a 1 millón de pesos (17.241 dólares) ni superior a 2 millones de pesos.
168.Si la contratación ilegal llega a constituir un acto de sabotaje económico, se impondrá la pena de prisión perpetua y una multa no inferior a 2 millones de pesos (34.283 dólares) ni superior a 5 millones de pesos (86.207 dólares). La contratación ilegal se considera acto de sabotaje económico si la realiza un grupo de tres o más personas que conspiran o actúan como cómplices entre sí o se comete contra tres o más personas de forma individual o en grupo.
169.El Departamento de Trabajadores Migratorios ha mantenido la Asistencia a Víctimas de Contratación Ilegal o Trata de Personas de la Administración Filipina de Trabajo en el Extranjero, que proporciona asistencia jurídica gratuita a los denunciantes que han sido víctimas de contratación ilegal y de infracciones de contratación por parte de entidades de contratación con o sin licencia, y de infracciones de las normas y los reglamentos de la Administración por parte de empleadores extranjeros. La asistencia jurídica gratuita incluye asesoramiento jurídico, derivaciones a servicios de conciliación, asistencia en la preparación de denuncias y documentación justificativa, presentación de denuncias administrativas por infracciones de contratación, inicio de actuaciones penales y asistencia durante la investigación preliminar y el juicio.
Política en materia de comisiones por gastos de colocación
170.De acuerdo con las normas y los reglamentos de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, está prohibido el cobro de comisiones por gastos de colocación en el caso de los trabajadores domésticos, los trabajadores marítimos y los trabajadores migratorios que solicitan empleo en países donde no está permitido el cobro de esas comisiones. A quienes no afecte esta prohibición se les podrán cobrar comisiones por gastos de colocación que no superen el equivalente a un mes de salario, siempre que dichas comisiones se cobren únicamente después de que los solicitantes de empleo hayan firmado ya los contratos de trabajo.
Ratificación del Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas, 1997(núm. 181) de la OIT
171.Filipinas aún no ha ratificado el Convenio núm. 181 de la OIT.
Artículo 67
Definición del perfil demográfico de los hijos de trabajadores migratoriosen el lugar de destino y de los que se quedan en el país de origen para laelaboración de programas y políticas
172.La confección de una base de datos de hijos de trabajadores migratorios en el país de destinoy de los que se quedan en Filipinas será una de las prioridades del Estado por conducto del Instituto de Estudios Avanzados y Estratégicos sobre Migración y Desarrollo, dependiente del Departamento de Trabajadores Migratorios.
Protección de los derechos de los hijos y las familias de los trabajadoresmigratorios filipinos mediante, entre otras cosas, programas de educación,fomento de la iniciativa empresarial, formación y bienestar comunitario
173.El Estado, por conducto de la Agregaduría de Bienestar Social, facilita y presta asistencia en la obtención de la partida de nacimiento y los pasaportes o documentos de viaje de los hijos habidos fuera del matrimonio (ilegítimos) en coordinación con la Sección Consular de la Embajada de Filipinas.
174.También hay una coordinación estrecha con el Departamento de Inmigración del Gobierno de acogida en la repatriación de niños indocumentados y de sus padres sin permiso de residencia; por lo general se cuenta con el apoyo del país de acogida para que se les condonen las sanciones en materia de inmigración y se acorte su estancia en los centros de deportación antes de ser repatriados.
175.Asimismo, la Agregaduría puede colaborar de cerca con grupos de la sociedad civil y ONG que aboguen por la protección de los derechos de los trabajadores migratorios. Por ejemplo, la Agregaduría en Kuwait colaboró con el Centro Likhaan para la Salud de la Mujer, ONG con sede en Filipinas, en la prestación de conjuntos de servicios esenciales para trabajadoras migratorias.
176.El sistema establecido y el proceso de gestión de casos llevado a cabo por las Agregadurías garantiza que los clientes reciban el respaldo adecuado de los Puestos del Servicio Exterior antes, durante y después de la repatriación al país de origen. En los casos en que el interés superior y el bienestar del interesado se atienden mejor bajo custodia precautoria en los centros de asistencia residencial del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, las Agregadurías o los Puestos del Servicio Exterior realizan las derivaciones. Del mismo modo, los casos que necesitan más intervenciones o la gestión de casos en la familia o la comunidad se derivan o asignan a las respectivas Oficinas Locales de Bienestar Social y Desarrollo u otros asociados pertinentes.
177.Para mantener un entorno familiar adecuado ante el número creciente de trabajadores filipinos en el extranjero que dejan a sus hijos en Filipinas, el Estado promulgó la Ley de Administración del Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero de 2016 con el fin de reforzar los servicios de apoyo a esos trabajadores y a sus familiares dependientes, y sigue aplicando programas de repatriación y reintegración, becas para los hijos dependientes y asistencia económica y de subsistencia.
178.De 2013 a 2016, unos 30.000 becarios se beneficiaron del fondo para educación y formación dotado de 30 millones de pesos (517.000 dólares) para hijos de trabajadores filipinos en el extranjero.
179.En 2016 se crearon 41 instituciones educativas filipinas en el extranjero debidamente registradas en 10 países para atender las necesidades educativas de los hijos que viven en el extranjero con padres trabajadores filipinos. Estas instituciones siguen el plan de estudios básico del Departamento de Educación y atienden a 33.000 alumnos matriculados, desde preescolar hasta secundaria.
180.En reconocimiento de los diversos problemas a que se enfrentan estos niños, la Comisión para los Filipinos en el Extranjero propuso que se incluyera a los niños filipinos que se encuentran en el extranjero en el Plan de Desarrollo de la Juventud de Filipinas (2017-2022).
181.Un memorando de entendimiento entre el Departamento de Justicia, el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, y la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero reforzó la campaña interinstitucional del Estado encaminada a proporcionar asistencia social, prevenir el abuso y la explotación infantil, y ofrecer soluciones para los niños, en particular los de trabajadores en el extranjero que se quedan en el país.
182.El memorando de entendimiento, que complementa las leyes vigentes en materia de protección de la infancia, puso en marcha en marzo de 2017 un programa para capacitar a los cuidadores y los encargados de la ejecución del programa en lo relativo a los derechos y responsabilidades de los niños, y para prevenir los abusos y la violencia que se cometen contra ellos en la comunidad.
183.El programa también tenía por objeto sensibilizar a la opinión pública sobre los problemas de los niños de padres trabajadores en el extranjero que han permanecido en Filipinas; definir intervenciones de protección adecuadas para estos niños; mostrar las actitudes y perspectivas adecuadas que se requieren para tratar los problemas pertinentes; determinar las convergencias entre la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo y el Departamento de Justicia, por un lado, y las entidades de gobierno local, por otro; y formular un plan de acción para abordar las cuestiones y los problemas indicados.
184.En 2022, el Estado, por conducto del Departamento de Trabajadores Migratorios y la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, puso en marcha un programa llamado Círculo de Niños de Trabajadores Filipinos en el Extranjero que presta asistencia psicosocial y promueve la alfabetización digital entre los hijos de esos trabajadores abarcando diversos temas, como las artes y la cultura, los deportes y el ocio, la participación cívica y la reorientación de valores, el espíritu empresarial y la alfabetización financiera, y la salud y el bienestar.
185.Se ha asignado al programa un presupuesto de 15 millones de pesos para cubrir los gastos operacionales y administrativos.
186.Hasta diciembre de 2022, el programa ha inscrito a 9.997 niños de trabajadores en el extranjero y realizado 132 actividades con un total de 7.179 participantes.
Seguimiento de los retornados y reasentamiento de los trabajadoresmigratorios filipinos a su regreso, incluida su reunificación con loshijos que se quedaron en Filipinas
187.Los casos de filipinos en el extranjero en dificultades y sus familiares, derivados por las Agregadurías de Bienestar Social o los Puestos del Servicio Exterior, son asignados de igual modo a las Oficinas Locales de Bienestar Social y Desarrollo por las respectivas oficinas exteriores del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo. Los preparativos para la reintegración de la persona interesada en la familia y la comunidad incluyen el establecimiento de contacto con los familiares más próximos y la prestación de servicios psicosociales.
188.El Estado, por medio de la sede central de la Oficina Internacional de Servicios Sociales del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo y las oficinas locales correspondientes, cuenta con un sistema bien definido y establecido de asistencia a un grupo concreto de destinatarios (adultos y niños por igual) para su repatriación o su reunificación familiar.
189.En virtud de la LR núm. 11641, el Departamento de Trabajadores Migratorios tiene el mandato de desarrollar y aplicar un programa nacional de reintegración amplio y de ciclo completo para los trabajadores filipinos en el extranjero, tanto documentados como indocumentados, que se incorporará a todas las etapas de la migración por motivos laborales, desde antes de la partida, en el país de destinodurante el empleo y tras el retorno, ya sea voluntario o involuntario.
190.El programa de reintegración abarcará las diferentes dimensiones del apoyo que necesita el trabajador filipino en el extranjero, a saber, económico, social, psicosocial, de género y cultural, incluida la certificación de competencias y el reconocimiento de equivalencias para ofrecer unos servicios de empleo eficaces, y garantizará la contribución de los trabajadores calificados o profesionales al desarrollo nacional mediante inversiones y transferencia de tecnología.
191.El programa de reintegración incluirá la promoción del acceso a los instrumentos de protección social y a los servicios financieros, así como la reintegración de supervivientes de la violencia contra la mujer y de la trata de personas.
192.El Estado, por conducto del Centro Nacional de Reintegración de Trabajadores Filipinos en el Extranjero del Departamento de Trabajadores Migratorios, tiene el mandato de mantener una política de promoción de la protección social de base amplia para los trabajadores filipinos retornados y sus familiares que permita mitigar y contrarrestar sus vulnerabilidades, al tiempo que los pone en contacto con la asistencia disponible para la reintegración y diversas iniciativas que capacitan y aumentan su motivación y compromiso para reintegrarse con éxito, ya sea para el empleo local, la práctica profesional, o como inversores o empresarios, por ejemplo:
a)Ampliación de los programas de facilitación del empleo con otros organismos públicos pertinentes que abarcan, entre otros, los ámbitos de la educación profesional, la construcción y la ingeniería, la atención sanitaria y los servicios médicos conexos, las ciencias, la industria manufacturera y la agricultura; y
b)Establecimiento de vínculos más estrechos y compromisos de colaboración con organismos públicos y ONG existentes y futuros en la realización de intervenciones de reintegración holísticas e integradoras, entre otras la mejora de las calificaciones, la prestación de apoyo financiero para la subsistencia, y el desarrollo profesional y técnico continuo.
Programas y proyectos de fomento de los medios de subsistencia, la iniciativa empresarial y la alfabetización financiera dirigidos a los trabajadoresmigratorios filipinos retornados y a sus familiares, en coordinacióncon las partes interesadas pertinentes
193.Las personas que pueden optar al Programa de Medios de Vida Sostenibles del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo reciben ayuda para la subsistencia y servicios de creación de capacidades por medio de la preparación social, lo que abarca la alfabetización financiera, la preparación de propuestas de proyectos y la concesión de subvenciones, así como la integración mediante la colaboración con las partes interesadas. Los trabajadores migratorios y sus familiares pueden acogerse al programa siempre que cumplan los requisitos exigidos.
194.Como miembros activos de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, los trabajadores migratorios y sus familiares tienen derecho a lo siguiente:
a)Prestaciones por fallecimiento e invalidez, lo que incluye prestaciones de seguro para los familiares supervivientes del trabajador fallecido, subvención funeraria y prestaciones por invalidez relacionada con accidentes;
b)El Programa de Asistencia Médica Suplementaria, que proporciona una ayuda económica de hasta 50.000 pesos (860 dólares) a los trabajadores que reúnan los requisitos;
c)El Programa de Asistencia Social, destinado a los miembros activos e inactivos de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, así como a los familiares que no puedan acogerse a otros programas y servicios de prestaciones sociales de la Administración. Los demandantes pueden hacerlo por los siguientes motivos: calamidad, duelo, discapacidad, cuestiones médicas y desempleo;
d)En el apartado de educación y formación, los trabajadores filipinos en el extranjero que cumplan los requisitos necesarios o las personas a su cargo pueden seguir desarrollándose mediante becas o ayudas a la formación. Las ayudas a corto plazo centradas en competencias especializadas son el Programa de Becas de Capacitación para el Empleo, el Programa de Perfeccionamiento para Marinos, el Programa de Formación en Tecnologías de la Información y los Cursos de Actualización para Personal del Nivel Directivo. También hay becas disponibles para los interesados en programas de estudios de bachillerato de cuatro a cinco años de duración, como el Programa de Becas de Educación para el Desarrollo, el Programa de Becas para Personas Dependientes de Trabajadores en el Extranjero, el Programa de Asistencia a la Educación y los Medios de Subsistencia – Componente Educativo, y el Programa de Becas del Congreso para Trabajadores Migratorios;
e)Servicios sociales, como la asistencia a las familias para localizar a los trabajadores en el extranjero desaparecidos; asesoramiento psicosocial; mediación o conciliación con el empleador; y visitas a cárceles, hospitales, lugares de trabajo, campamentos y asistencia parajurídica;
f)La repatriación de los trabajadores filipinos en el extranjero en situación de dificultad o enfermedad cubre el billete de avión, la asistencia en el aeropuerto, el alojamiento, la atención o derivación médica, la asistencia en el transporte nacional y el asesoramiento psicosocial. Incluye también el transporte de los restos mortales y las pertenencias del fallecido de vuelta a Filipinas.
195.Con el fin de preparar a los trabajadores filipinos en el extranjero y a sus familiares para su futuro regreso a Filipinas, el Estado, por medio de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero, aplica el Programa de Reintegración con los siguientes componentes:
a)Componente psicosocial, que incluye la creación de capacidades mediante la asistencia en la organización comunitaria y el mantenimiento de las Comunidades de Filipinos en el Extranjero, y servicios como el asesoramiento psicosocial, intervenciones psicológicas breves tras situaciones de estrés, la reorientación de valores y la educación financiera; y
b)Componente económico, que consta de programas de preparación social para proyectos de medios de subsistencia o proyectos comunitarios de generación de ingresos, formación profesional y facilidades de crédito o préstamo.
196.El Estado da prioridad a la reintegración de los trabajadores filipinos retornados por medio del Centro Nacional de Reintegración de Trabajadores en el Extranjero, que ofrece una amplia gama de programas y servicios en los ámbitos de la educación, la salud, el empleo y la vivienda, así como otras ayudas económicas:
a)Balik Pinay! Balik Hanapbuhay! El Programa de Medios de Subsistencia para Trabajadores Filipinos en el Extranjero se dirige principalmente a las trabajadoras filipinas retornadas y estimula en ellas una mentalidad emprendedora facilitándoles un conjunto de materiales iniciales para la creación de empresas y la formación en competencias que lo acompaña. Da prioridad a las trabajadoras del servicio doméstico desplazadas o en dificultades, así como a las que quedaron desplazadas por hostilidades o conflictos en su país de acogida o a las supervivientes de la contratación ilegal y la trata de personas;
b)El Programa de Asistencia para el Desarrollo de Medios de Subsistencia ofrece oportunidades empresariales semejantes a las del programa anterior, pero se dirige a los trabajadores filipinos retornados que se encontraban en situación irregular o indocumentados;
c)Sa ‘ Pinas, Ikaw ang Ma ’ am/Sir (Programa de Reintegración de Maestros) anima a los maestros titulados de escuelas públicas destinados en el extranjero a ejercer su profesión en Filipinas;
d)El Seminario de Formación en Gestión de Pequeñas Empresas y Conocimientos de Economía se centra en impartir a los trabajadores filipinos en el extranjero y a sus familiares conocimientos básicos de economía en relación con el empleo en el extranjero y en promover la iniciativa empresarial con el objetivo de que trabajen por cuenta propia;
e)El Servicio de Facilitación del Empleo ofrece servicios gratuitos por parte del Centro Nacional de Reintegración de Trabajadores en el Extranjero en coordinación con otros organismos públicos y empresas privadas;
f)Tulong Pangkabuhayan sa Pag-Unlad ng Samahang-OFW (Ayuda de Subsistencia para el Desarrollo de la Comunidad de Trabajadores Filipinos en el Extranjero) apoya el inicio, la mejora o el restablecimiento de proyectos o iniciativas de medios de subsistencia de organizaciones de trabajadores filipinos en el extranjero debidamente registradas.
197.En reconocimiento de los efectos acrecentados de la pandemia para los trabajadores migratorios, el Estado proporcionó lo siguiente:
a)Un programa de asistencia colectiva y recuperación para emergencias;
b)Ayuda para alojamiento, denominada Kalinga sa OFW (Atención para los Trabajadores Filipinos en el Extranjero);
c)Asistencia en aeropuertos y otros medios de transporte, también denominada OFW Hatid Sundo (Apoyo para el Transporte de Trabajadores Filipinos en el Extranjero);
d)Asistencia económica y educativa, por ejemplo, el proyecto Alagang Kabayan (Atención a los Compatriotas), el Abot-Kamay ang Pagtulong sa OFWs (AKAP) (Tender la Mano a los Trabajadores Filipinos en el Extranjero) de la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero del Departamento de Trabajo y Empleo, Tabang (Ayuda) para los trabajadores filipinos en el extranjero o la Subvención para Educación Terciaria, Becas en Situaciones de Emergencia (proyecto EASE), el proyecto Alalay sa Pag-aaral para sa mga Anak-OFWs sa Panahon ng Pandemya (PAP) o Apoyo Educativo para Hijos de Trabajadores Filipinos en el Extranjero en Tiempos de Pandemia;
e)Bienes, suministros y servicios esenciales;
f)Proceso de repatriación ordenado y sin contratiempos y asistencia a los trabajadores filipinos que regresan por medio del Sistema de Información de Asistencia a los Trabajadores en el Extranjero (OASIS);
g)Ayuda a la formación, por ejemplo, el programa OFW RISE (Reintegración de Trabajadores Filipinos en el Extranjero mediante la Adquisición de Competencias y la Iniciativa Empresarial).
198.Como respuesta sostenida a las crisis socioeconómicas sufridas por los trabajadores filipinos en el extranjero a raíz de la pandemia sanitaria mundial de COVID-19, el Estado, por conducto de las Oficinas Regionales de Bienestar del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, puso en marcha el proyecto Especial de Medios de Subsistencia para Trabajadores del Servicio Doméstico y otros Filipinos en el Extranjero.
199.El objetivo de este proyecto es prestar ayuda económica para la subsistencia a los trabajadores filipinos en el extranjero que hayan finalizado su empleo en el país de destino y planeen iniciar, restablecer o ampliar sus medios de vida o sus negocios.
200.Los beneficiarios que cumplan los requisitos tendrán derecho a una ayuda económica para la subsistencia de hasta 20.000 pesos (345 dólares).
201.El Estado, mediante el Programa de Medios de Vida Sostenibles del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, proporcionó ayuda para la subsistencia a solicitantes individuales mediante un sistema de derivación de casos (sin cita previa y derivados).
202.Aparte de las ayudas económicas, el Programa fomenta las capacidades por medio de actividades de alfabetización financiera, asistencia en la preparación de propuestas de proyectos e integración mediante la colaboración con las partes interesadas.
203.Para ayudar específicamente a las víctimas de la trata a reasentarse en sus respectivas comunidades, el Estado proporciona educación financiera, formación empresarial y ayuda para la subsistencia mediante el Programa de Recuperación y Reintegración para las Víctimas de la Trata y en los establecimientos de atención residencial gestionados por el Departamento que tienen como finalidad la futura vida independiente de los residentes, la reunificación con sus familias y la reintegración en sus comunidades.
Artículo 68
Trata de personas
Mecanismos existentes de identificación y derivación de trabajadores migratoriosque son víctimas de la trata y su acceso a la asistencia jurídica
204.En 2017, el Estado, por conducto del Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas liderado por el Departamento de Justicia, publicó unas Directrices sobre el sistema de derivación relativo a los casos de trata de personas, que establece procedimientos detallados para la coordinación interinstitucional en la prestación de servicios adecuados a las víctimas de la trata, tanto nacionales como internacionales.
205.Las Directrices prevén un procedimiento de derivación para los casos de trata de personas dentro del país, a saber, denuncia en la oficina correspondiente, rehabilitación y reintegración de las víctimas tras su rescate, e interceptación en el aeropuerto o el puerto marítimo antes de la salida de Filipinas.
206.En los casos de trata de personas a través de la frontera, las Directrices prevén procedimientos de derivación desde los Puestos del Servicio Exterior o el país de destino, y en el aeropuerto o puerto marítimo a la llegada de la persona repatriada.
207.Las Directrices ordenan al Puesto del Servicio Exterior del país de destino que, cuando reciba la denuncia de un caso de trata de personas, verifique el incidente, determine la ubicación y el estado de la víctima, rescate a la víctima en coordinación con el país anfitrión y asigne a un oficial del Servicio Exterior para que actúe como persona de enlace de la Misión en materia de trata de personas.
208.En caso de que la víctima se encuentre bajo custodia de las autoridades del país de acogida, el Puesto del Servicio Exterior, a través de la persona de enlace, hará gestiones para hacerse cargo de la custodia de la víctima o, al menos, para que se facilite a esta acceso a los funcionarios consulares. Si se concede la custodia, el Puesto del Servicio Exterior se asegurará de que las víctimas tengan acceso a los servicios prestados por los Centros de Recursos para Trabajadores Filipinos en el Extranjero y Sus Familiares, y asignará un oficial responsable del caso que se comunicará con los familiares más próximos de las víctimas en caso necesario y previo consentimiento de estas.
209.En los países donde el Centro de Recursos no esté accesible, el Estado, por medio del Puesto del Servicio Exterior correspondiente, prestará los servicios adecuados. Si las víctimas desean permanecer en el país de destino, dicho Puesto presentará la solicitud al país teniendo en cuenta el interés superior de la víctima. En todos los demás casos, las víctimas serán repatriadas.
210.El Departamento de Relaciones Exteriores sigue siendo miembro activo del Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas del Departamento de Justicia.
211.En el período comprendido entre enero y junio de 2022, el Departamento de Relaciones Exteriores remitió al Comité Interinstitucional un total de 65 posibles casos de trata de personas, que afectaban a 326 víctimas filipinas, para proceder a la investigación y el enjuiciamiento de los traficantes y agentes de contratación ilegal.
212.Según los informes recibidos de los Puestos del Servicio Exterior, Oriente Medio sigue siendo el principal destino de las probables víctimas de la trata de personas, seguido de otras partes de Asia.
213.La cifra de víctimas probables de la trata de personas sigue estando abrumadoramente formada por mujeres, con un 92 %.
214.La contratación ilegal sigue siendo la principal modalidad de trata, y representa el 91 % de los casos remitidos por el Departamento de Relaciones Exteriores al Comité Interinstitucional.
215.El 20 de julio de 2022 el Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó su Informe sobre la Trata de Personas 2021, que incluía a Filipinas entre los países de Nivel 1 por séptimo año consecutivo, lo que indica que el Estado cumple plenamente las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas. En el reciente informe se señalaba, entre otras cosas, lo siguiente:
a)La página de Facebook OFW HELP de Filipinas, gestionada por la Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores, para trabajadores filipinos en el extranjero en situación precaria y para sus familiares cercanos que soliciten ayuda;
b)La Asistencia a Víctimas de Contratación Ilegal o Trata de Personas, que presta asistencia jurídica gratuita a las víctimas de la trata, concretamente en la presentación de la debida acción penal contra sus agentes de captación, en coordinación con la Policía Nacional de Filipinas, así como asesoramiento psicosocial y asistencia económica.
Garantizar que los Estados receptores apliquen el principio de no sancionara las víctimas de la trata de personas
216.La Ley contra la Trata de Personas de 2003 prevé las siguientes protecciones para las víctimas de la trata:
a)Artículo 17: Las personas objeto de trata serán reconocidas como víctimas y no serán castigadas por delitos directamente relacionados con los actos de trata o en obediencia a las órdenes del traficante;
b)Artículo 18: Las víctimas de la trata podrán acogerse al programa de protección de testigos del Estado; y
c)Artículo 19: Los extranjeros que sean víctimas de la trata también tendrán derecho a la protección, la asistencia y los servicios adecuados disponibles en virtud de la Ley.
Impartir justicia en todos los casos de trata de personas y agilizar elenjuiciamiento de los casos de agentes de contratación ilegal
217.El Estado aplica un enfoque interinstitucional para hacer frente a la trata de personas mediante la aplicación de la LR núm. 9208 o Ley contra la Trata de Personas de 2003, supervisada por el Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas dirigido por el Departamento de Justicia.
218.El Comité Interinstitucional dispone de mecanismos estructurales para la persecución e investigación de casos de trata de personas y casos conexos. Dispone de 24 Equipos de Operaciones contra el Tráfico de Personas en todo el país, entre ellos 6 equipos portuarios situados estratégicamente en puntos críticos de entrada o salida del país. Los equipos están compuestos por fiscales especialmente formados en la investigación, la instrucción y el enjuiciamiento de casos de delitos contra la trata de personas, en coordinación con las unidades de las fuerzas del orden. En 2020, los Equipos contaban con un total de 376 fiscales.
219.En estrecha coordinación con el Comité Interinstitucional están las Unidades Estatales de Aplicación de la Ley contra la Trata de Personas, como el Centro de Protección de Mujeres y Niños de la Policía Nacional de Filipinas y la División de Lucha contra la Trata de Personas de la Oficina Nacional de Investigación, así como el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, que rescata a menores y presenta los pertinentes cargos penales contra los sospechosos.
220.El Comité Interinstitucional y la judicatura, por conducto de la Oficina del Secretario de Gobierno, mantienen un acuerdo de cooperación para la rápida resolución de los casos de trata de personas, específicamente en el seguimiento y la información sobre el estado de dichos casos en los tribunales, que ha dado lugar a las siguientes publicaciones:
a)Circular de la Secretaría de Gobierno núm. 151-2010, de 26 de octubre de 2019, por la que se ordena a los jueces agilizar la resolución de los casos de trata de personas;
b)Circular de la Secretaría de Gobierno núm. 20-2018, de 31 de enero de 2018, por la que se ordena a los jueces y funcionarios judiciales que proporcionen a la Secretaría del Comité Interinstitucional copias de las decisiones de los casos de trata de personas para darles seguimiento efectivo; y
c)Circular de la Secretaría de Gobierno núm. 155-2020, de 16 de septiembre de 2020, en la que se ordena a todos los jueces y secretarios judiciales afectados que presenten copias de las decisiones de los casos de trata de personas al Comité Interinstitucional.
221.El Estado aplica el Programa de Lucha contra la Contratación Ilegal y la Trata de Personas, un enfoque en dos vertientes que tiene como fin promover la migración segura y legal y prevenir la contratación ilegal y la trata de personas.
222.El Programa se centra en medidas preventivas que se imparten en cursos de formación y seminarios para sensibilizar y concienciar a los futuros trabajadores filipinos en el extranjero, sus familiares y la población general sobre los peligros y el modus operandi de los agentes de contratación ilegal, consejos prácticos para evitar la contratación ilegal y vías legales para solicitar empleo en el extranjero.
223.El programa facilitó la firma de memorandos de entendimiento con las administraciones locales, los administradores escolares, las organizaciones confesionales y el sector privado, así como la celebración de seminarios colectivos de orientación previa a la contratación a escala local, especialmente en zonas identificadas como vulnerables a la contratación ilegal y a la trata de personas o en zonas donde los incidentes de contratación ilegal son frecuentes.
224.El Estado, por conducto de las oficinas apropiadas, proporciona asistencia jurídica gratuita en la preparación de denuncias por parte de las víctimas de infracciones de contratación y contratación ilegal, sean de naturaleza administrativa o penal.
225.En marzo de 2022, la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero puso en marcha una plataforma de asistencia jurídica en línea para ofrecer a los trabajadores migratorios, los solicitantes y sus familiares, incluidas las víctimas de contratación ilegal y de infracciones en la contratación, un asesoramiento jurídico más accesible por correo electrónico, mensajes de Facebook, teléfono y el Portal de Asistencia Jurídica.
226.En el período comprendido entre julio de 2016 y noviembre de 2022, el Estado prestó asistencia al siguiente número de denunciantes:
1.046 en la preparación de la declaración jurada del demandante en casos de contratación ilegal.
30.785 derivados a conciliación.
7.942 en la presentación de expedientes de infracción en materia de contratación.
1.213 en expedientes disciplinarios contra trabajadores.
5.666 en expedientes disciplinarios contra empresarios.
80.663 derivados a otros organismos públicos o receptores de otras formas de ayuda.
Mecanismos de apoyo, rehabilitación, protección y reparación, incluidos serviciosde rehabilitación social financiados por el Estado y asistencia para denunciarincidentes de trata a la policía, y garantía de la disponibilidad de esosmecanismos para todas las víctimas a nivel provincial y local
227.El Estado, por medio del Programa de Reintegración y Recuperación para Personas que han sido Objeto de Trata del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, presta servicios de recuperación y reintegración a las víctimas de la trata como programa obligatorio en virtud de la LR núm. 11862 o Ley Ampliada contra la Trata de Personas de 2022.
228.El Departamento gestiona los 44 centros de acogida temporal o residencial para víctimas de malos tratos en toda Filipinas, incluidas las víctimas de la trata. También designa Agregados de Bienestar Social en coordinación con las anteriores Oficinas de Trabajo en el Extranjero de Hong Kong, la República de Corea, Malasia, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Qatar, y las de Riad y Yeda.
229.La Agregaduría de Bienestar Social de Yeda impartió formación a organizaciones comunitarias y voluntarios filipinos, es decir, a voluntarios de Abha Khamis Mushayt, para que prestaran apoyo psicosocial inmediato in situ a niños vulnerables o en situación de riesgo, así como a familiares, amigos y conocidos que fueran víctimas o supervivientes de diversas formas de abuso. Esta iniciativa se puso en marcha en forma de red y pretendía reforzar tanto a los titulares de obligaciones como a los asociados.
230.A continuación se presentan datos estadísticos sobre las víctimas de la trata de personas que recibieron asistencia del Estado por medio del Programa de Recuperación y Reintegración entre 2017 y 2021.
Tipo de explotación |
2017 |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
Trabajo forzoso |
508 |
507 |
810 |
803 |
337 |
Pornografía o explotación sexual en línea |
150 |
230 |
258 |
187 |
173 |
Contratación ilegal |
298 |
295 |
227 |
128 |
209 |
Explotación sexual |
215 |
391 |
233 |
124 |
261 |
Interceptado o desembarcado |
0 |
174 |
52 |
111 |
671 |
Prostitución o explotación sexual comercial de niños |
151 |
289 |
236 |
93 |
144 |
Esclavitud o servidumbre involuntaria |
30 |
20 |
4 |
21 |
9 |
Repatriación |
22 |
40 |
16 |
6 |
0 |
Extracción de órganos |
7 |
1 |
26 |
4 |
1 |
Trata de niños |
54 |
64 |
8 |
3 |
5 |
Adopción ilegal |
4 |
4 |
13 |
1 |
4 |
Niños implicados en conflictos armados (presuntos) |
- |
- |
- |
- |
32 |
Otros (trabajadores filipinos en el extranjero retenidos o en dificultades, para evaluación) |
112 |
303 |
158 |
117 |
68 |
Total |
1 659 |
2 318 |
2 041 |
1 598 |
1 914 |
231.El Estado, por medio de la Oficina Internacional de Servicios Sociales del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, que se ocupa de los asuntos relacionados con los servicios sociales internacionales y locales para las víctimas de la trata, los filipinos indocumentados y en situación de desamparo en el extranjero y sus familiares, atendió a un total de 27.215 personas procedentes de los siguientes países de destino.
País |
Hombres |
Mujeres |
Total |
Porcentaje (%) |
Qatar |
220 |
709 |
929 |
3 |
Yeda (Arabia Saudita) |
449 |
651 |
1 100 |
4 |
Kuwait |
303 |
880 |
1 183 |
4 |
Hong Kong |
443 |
2 062 |
2 505 |
9 |
Otros países |
1 499 |
1 740 |
3 239 |
12 |
Dubái, Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos) |
1 380 |
2 655 |
4 035 |
15 |
Malasia |
2 003 |
2 299 |
4 302 |
16 |
Riad (Arabia Saudita) |
4 246 |
3 919 |
8 165 |
30 |
Familiares en Filipinas de trabajadores filipinos en el extranjero |
907 |
850 |
1 757 |
6 |
Total |
11 450 |
15 765 |
27 215 |
100 |
Formación en línea para usuarios del Sistema Integrado de Gestión de Casos
232.El Estado emplea un sistema digital de gestión de casos basado en la nube denominado Sistema Integrado de Gestión de Casos por el que se registra, supervisa, rastrea y alerta a los organismos públicos competentes para que den respuesta en los casos de trata y otros casos conexos de explotación grave de trabajadores filipinos en el extranjero. El sistema unifica las respuestas y mejora la coordinación entre los organismos públicos nacionales y locales para combatir la trata de personas.
233.El Estado, por medio del Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas y en colaboración con el Centro de Políticas Blas Ople y el Fondo Mundial para Acabar con la Esclavitud Contemporánea, organizó una serie de cursos de formación en línea para usuarios del Sistema Integrado de Gestión de Casos de los organismos que componen el Comité Interinstitucional y los equipos de tareas encargados de codificar, supervisar, derivar y hacer un seguimiento de los casos de trata de personas.
234.Se están impartiendo cursos de formación sobre el Sistema Integrado a diversos usuarios finales.
235.Las intervenciones de la Policía Nacional de Filipinas sustentan la campaña del Estado contra la trata de personas y la contratación ilegal.
236.El 26 de agosto de 2020, la Policía Nacional publicó el Memorando Circular 2020‑053 sobre la creación de una Línea Telefónica de Ayuda para Filipinos en el Extranjero de la Policía con el fin de establecer un enlace directo con los trabajadores filipinos en el extranjero de todo el mundo, así como con sus familiares, en colaboración con el Departamento de Relaciones Exteriores, el Departamento del Interior y de las Administraciones Locales, la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero, la Administración para el Bienestar de los Trabajadores en el Extranjero y otros organismos públicos pertinentes.
237.La Policía Nacional de Filipinas creó un Servicio de Asistencia a los Filipinos en el Extranjero en todas las comisarías, incluidas las Agregadurías de Policía de todo el mundo, y las plataformas de medios sociales; la Dirección de Inteligencia de la Policía es responsable de garantizar que sus respectivas Agregadurías de Policía sirvan como canal de las denuncias y los problemas de los filipinos en el extranjero, trabajadores o no, que requieran de intervención policial.
Formación del personal de las fuerzas del orden, jueces, fiscales, inspectoresde trabajo, docentes, profesionales sanitarios y personal de las embajadas yconsulados del Estado parte en materia de lucha contra la trata de personas
238.El Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, por conducto del Programa de Recuperación y Reintegración de Personas que han sido Objeto de Trata, impartió formación a los trabajadores sociales que se ocupan de los casos de trata de personas:
a)Curso sobre atención informada en casos de trauma y gestión de casos con perspectiva de género, del 25 al 29 de julio de 2022, en el que participaron 24 trabajadores sociales designados como personas de contacto del Programa de Recuperación y Reintegración y otros miembros del personal de 16 oficinas exteriores, incluido el Ministerio de Servicios Sociales y Desarrollo de la Región Autónoma de Bangsamoro del Mindanao Musulmán;
b)Curso del 24 al 28 de octubre de 2022 para 23 personas de contacto del Programa de Recuperación y Reintegración centrada en la gestión de casos con perspectiva de género, con el objetivo de mejorar las capacidades de las personas de contacto del Programa en la prestación de servicios de recuperación psicosocial, reintegración social y económica a las víctimas y supervivientes de la trata mediante una gestión de casos que responda a las cuestiones de género; y
c)Diversas actividades de capacitación en 2022 para trabajadores sociales de las Oficinas Locales de Bienestar Social y Desarrollo.
239.La creación de capacidades sigue siendo una actividad regular y continua del Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas.
240.En 2020 se llevaron a cabo un total de 172 actividades de capacitación, centradas en la investigación y el enjuiciamiento de las diversas formas y tendencias de la trata de personas.
241.Desde 2021 hasta el primer trimestre de 2022, se realizaron un total de 122 actividades de formación sobre lucha contra la trata de personas en las que se capacitó a 6.531 fiscales, policías y otro personal gubernamental y no gubernamental, entre ellos abogados y estudiantes. Los cursos de formación y los diálogos en línea y virtuales se centraron, entre otras cosas, en la investigación de casos de trata de personas que afectan a mujeres y niños, los delitos cometidos por Internet contra menores, la negociación de los cargos y la condena en casos de trata de personas y la aplicación del principio de no sancionar a las víctimas de la trata de personas.
242.En 2020 el Estado, en colaboración con el Centro Blas Ople, impartió formación a 34 fiscales para mejorar sus capacidades en la realización de indagaciones o investigaciones previas y el enjuiciamiento de casos de trata de personas remitidos por el Equipo de Tareas de Bangsamoro contra la Trata de Trabajadores Filipinos en el Extranjero.
243.La Academia Judicial Filipina, brazo docente del Tribunal Supremo, se asoció con el Programa Australia-Asia de Lucha contra la Trata de Personas y con Australian Aid para seguir capacitando a jueces, fiscales, investigadores jurídicos, trabajadores sociales e investigadores de las fuerzas de seguridad mediante varias series de un programa de formación intensivo y multidisciplinar de cinco días de duración diseñado para mejorar las competencias de los participantes en la tramitación de casos de trata de personas.
244.De 2015 a 2022, un total de 471 participantes se beneficiaron del Curso de Mejora de Competencias de la Academia Judicial para el Tratamiento de Casos de Trata de Personas, mientras que 253 participantes cursaron la Formación de Formadores y la Formación Avanzada de Mejora de Competencias sobre la Trata de Personas de 2016 a 2022.
245.El ámbito de dicha Formación es el siguiente: marco jurídico internacional y nacional; normas del Tribunal Supremo, disposiciones pertinentes del Reglamento del Tribunal y de las Normas de Procedimiento Penal; custodia precautoria; rastro del dinero; obtención de pruebas, asistencia judicial recíproca y otros tratados pertinentes; pruebas digitales; talleres sobre investigación, enjuiciamiento y equipo de apoyo a las víctimas.
246.Además del Tribunal Supremo y la Academia Judicial, se recurrió al grupo ASEAN‑Australia de Lucha contra la Trata, especialmente en los ámbitos de investigación, enjuiciamiento, gestión y resolución de casos de trata que se producen en diversos entornos, así como en aquellos que requieren diferentes intervenciones en cuanto a la aplicación y el cumplimiento debidos de la Ley contra la Trata de Personas y otras leyes conexas. Los participantes recibieron formación para abordar los casos teniendo en cuenta a las víctimas, la atención informada en casos de trauma, las cuestiones de género y los derechos humanos, especialmente el interés superior del niño.
247.El Estado, por conducto de la Subsecretaría para Asuntos de los Trabajadores Migratorios del Departamento de Relaciones Exteriores, organizó talleres y consultas con funcionarios y personal de los Puestos del Servicio Exterior, que incluyeron una sesión con el Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas para debatir sobre la lucha del Gobierno filipino contra la trata y familiarizar a los funcionarios de la Asistencia a Nacionales con los conceptos generales relativos a la trata de personas, las nuevas tendencias de la trata de migrantes filipinos y las nuevas experiencias de los investigadores o las fuerzas del orden en la lucha contra esta amenaza en Filipinas. El objetivo de las sesiones era sensibilizar a los participantes sobre la trata como problema global e incrementar su percepción a la hora de obtener datos pertinentes para sus informes sobre casos de trata en los Puestos del Servicio Exterior.
Fomentar una mayor toma de conciencia entre los migrantes y las personasque buscan empleo en el país y en el extranjero
Celebración del Día Mundial contra la Trata de Personas
248.En 2020, los actos de celebración del Día Mundial contra la Trata de Personas y del Día Internacional contra la Trata de Personas se centraron en la forma en que la trata de personas evoluciona y acecha a los niños y otros grupos vulnerables, como los pescadores y los trabajadores filipinos en el extranjero.
Campañas de sensibilización
249.El Comité Interinstitucional contra la Trata y sus equipos de tareas y asociados en las distintas regiones también realizaron actividades simultáneas en seminarios web para ampliar la campaña de concienciación contra la trata en sus respectivos ámbitos de competencia.
Comité Interinstitucional contra la Trata en los Barangáis
250.El Comité Interinstitucional contra la Trata en los Barangáis se puso en marcha en 2020 con el fin de llegar a las administraciones locales, los barangáis, las comunidades y la población general para que comprendan cabalmente la situación de la trata de personas en las zonas rurales y sepan dónde y cómo denunciar los casos de contratación ilegal y trata, y para destacar el papel crucial de los funcionarios de los barangáis en la prevención de ambos fenómenos. Estas series de actividades en línea del Comité Interinstitucional contra la Trata en los Barangáis se retransmitieron en directo en las plataformas YouTube, Facebook y Zoom, y contaron con más de 1.000 participantes en todo el país, entre ellos funcionarios de barangáis, líderes juveniles, estudiantes, organizaciones de la sociedad civil y comunidades de diversas zonas de Filipinas.
251.La Administración Filipina de Empleo en el Extranjero intensificó en 2018 la campaña del Gobierno contra la contratación ilegal y la trata de personas. Forjó alianzas con 51 administraciones locales y grupos privados mediante memorandos de acuerdo con el fin de recabar su participación y compromiso para proteger a sus comunidades contra las actividades de contratación ilegal.
252.La Administración Filipina de Empleo en el Extranjero organizó 51 seminarios contra la contratación ilegal dirigidos a agentes del orden, fiscales, directores de las Oficinas del Servicio Público de Empleo y funcionarios de las administraciones locales. En los seminarios se estudiaron las leyes contra la contratación ilegal y la trata de personas, el modus operandi de los agentes de contratación ilegal y el tratamiento adecuado de los casos de contratación ilegal.
253.La Administración también impartió 25 cursos de capacitación y mejora de las capacidades a unos 1.500 participantes, entre los que se contaban gestores de Oficinas del Servicio Público de Empleo, funcionarios de la administración local y los barangáis, orientadores escolares y estudiantes. Estas actividades de formación sobre capacidades se llevan a cabo para dar a conocer a los participantes las políticas y los programas gubernamentales de empleo en el extranjero, las leyes relativas a la contratación ilegal y trata de personas, y las tendencias actuales del mercado laboral en el extranjero.
III.Sección II
Proyectos de ley o leyes relacionados con la protección de los trabajadoresmigratorios y sus familiares
254.El Estado ha promulgado la Ley de Trabajadores Migratorios y Filipinos en el Extranjero de 1995 en su forma modificada, para mejorar aún más el nivel de protección y promoción del bienestar de los trabajadores migratorios y sus familiares y los filipinos en el extranjero en situación de desamparo, así como para otros fines. Esto se complementa con normas de aplicación, como el establecimiento de Centros Nacionales de Reintegración de Trabajadores en el Extranjero y las normas de aplicación general de la Ley de Trabajadores Migratorios y Filipinos en el Extranjero de 1995, así como la reorganización de la Comisión de Filipinos en el Extranjero dentro de la Oficina de Presidencia en virtud de la Orden Ejecutiva núm. 373 (f. 2004).
255.Como ya se ha señalado, el Gobierno de Filipinas ha promulgado recientemente la LR núm. 11641, por la que se creó el Departamento de Trabajadores Migratorios. La Ley enumera las funciones del Departamento de la siguiente manera: proteger los derechos y promover el bienestar de los trabajadores filipinos en el extranjero, con independencia de su situación y del medio de entrada en el país de destino; formular, planificar, coordinar, promover, administrar y aplicar políticas relacionadas con el empleo en el extranjero y la reintegración; implantar sistemas de regulación, gestión y seguimiento del empleo en el extranjero y la reintegración; y capacitar y formar a los trabajadores filipinos en el extranjero para que adquieran las competencias adecuadas, garantizándoles el acceso a la formación continua y el desarrollo de conocimientos.
Políticas, programas y planes de acción en materia de migración recientemente adoptados, así como su alcance y financiación
256.El Departamento de Trabajadores Migratorios, constituido en 2023 en virtud de la LR núm. 11641, sigue actualmente un proceso de revisión y reformulación de las normas y reglamentos existentes de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero en materia de contratación y despliegue de trabajadores migratorios.
Ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos por Filipinas
257.El Estado ha adoptado las siguientes medidas en relación con instrumentos de derechos humanos:
a)Adhesión, el 24 de marzo de 2022, a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961;
b)Ratificación, el 24 de marzo de 2022, del Tratado sobre el Comercio de Armas; y
c)Ratificación de la Convención de la ASEAN contra la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños, el 6 de febrero de 2017.
Estudios amplios realizados recientemente sobre la situación de los trabajadores migratorios y sus familiares
258.El Instituto de Estudios Laborales del Departamento de Trabajo y Empleo realizó los siguientes estudios:
a)¿Es la migración de las esposas al extranjero un factor disuasorio en el comportamiento de oferta de mano de obra del cónyuge no migrante que permanece en el país? Datos procedentes del estudio sobre Migración Temporal en Filipinas (2018);
b)“¿Me quedo o también me voy?”: Aspiraciones de empleo y trayectorias de migración de los niños que se quedan en Filipinas (2016).
IV.Sección III
Datos, estimaciones oficiales, estadísticas y demás información
Volumen y naturaleza de los flujos migratorios de entrada y salida del Estadoparte en el período examinado
259.Según los datos de la Administración Filipina de Empleo en el Extranjero del Departamento de Trabajadores Migratorios:
a)Desde 2018 hasta noviembre de 2022, el número total de contratos tramitados por la Administración fue de 14.890.055, de los que 11.621.701 correspondieron a empleo en tierra y 3.268.354 a empleo en el mar;
b)De 2018 a noviembre de 2022, el número total de contratos validados a través del Sistema Único de Validación de Certificados de Empleo en el Extranjero fue de 10.570.242, de los cuales 7.811.754 eran en tierra y 2.758.242 en el mar.
260.Según datos de las Naciones Unidas:
a)Población total al 31 de diciembre de 2022: 113.247.647 personas;
b)La tasa neta de migración de Filipinas en 2022 fue de -0,601 por cada 1.000 habitantes, un 1,31 % menos que en 2021;
c)La tasa neta de migración de Filipinas en 2021 fue de -0,609 por cada 1.000 habitantes, un 1,46 % menos que en 2020;
d)La tasa neta de migración de Filipinas en 2020 fue de -0,618 por cada 1.000 habitantes, lo que supone un descenso del 1,28 % respecto de 2019.
Trabajadores migratorios privados de libertad en Filipinas y trabajadores migratorios filipinos privados de libertad en los Estados de empleo
261.Según los informes de los Puestos del Servicio Exterior hasta septiembre de 2022, el Departamento de Relaciones Exteriores sigue los casos de 1.616 filipinos privados de libertad en el extranjero. Se trata de nacionales cuyos casos están activos, es decir, en fase de investigación, litigio o apelación. Los Puestos del Servicio Exterior también están gestionando o supervisando 2.245 casos de filipinos en el extranjero que tienen causas judiciales o penales abiertas, pero que no han sido detenidos por las autoridades de los respectivos países en los que residen o trabajan.
262.A los filipinos en el extranjero con causas judiciales se les han abierto causas penales en los países donde también se encuentran detenidos por las autoridades o alojados en centros designados u otros alojamientos autorizados.
263.Las causas penales pueden derivarse de cargos como huir del empleador (lo que se considera ilegal en algunos países que aplican el sistema de kafala), conducta inmoral (en países donde las relaciones sexuales entre personas no casadas entre sí se consideran delito), robo, y cargos más graves como abusos físicos o sexuales, tráfico de drogas, homicidio y asesinato.
Trabajadores migratorios y sus familiares expulsados del Estado parte
264.El Estado no dispone de estos datos.
Número de niños migrantes no acompañados o separados de suspadres en Filipinas
265.En 2021 y 2022, la Agregaduría de Bienestar Social de Kuwait, en coordinación con la Unidad de Atención a Nacionales de la Embajada de Filipinas, facilitó la repatriación de niños al país. Tres niños eran menores de 1 año huérfanos a causa de la COVID-19, cinco tenían a sus madres encarceladas por conducta inmoral y drogas, y cuatro eran hijos de madres que habían sido deportadas con anterioridad. Los niños permanecieron en el Departamento de Guarderías Familiares del Ministerio de Asuntos Sociales en Kuwait y en el Centro de Recursos para Trabajadores Migratorios y Otros Filipinos en el Extranjero de la Oficina Filipina de Trabajo en el Extranjero. Sus autorizaciones parentales de viaje se expidieron al acompañante autorizado por la Embajada de Filipinas y el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo y a los familiares más próximos.
266.El Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, mediante su Programa de Menores que Viajan al Extranjero, tramitó un total de 5.685 autorizaciones de viaje a niños no acompañados o niños que viajan con parientes o no parientes con el propósito de visitar a padres o tutores en el extranjero en 16 regiones, excluida la Región Autónoma de Bangsamoro del Mindanao Musulmán, de 2020 a 2022.
Trabajadores migratorios y sus familiares en relación con la COVID-19
267.El Estado, por conducto de sus 27 Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero, ha documentado unos 8.928 trabajadores filipinos en el extranjero contagiados; 53.138 se recuperaron y 1.002 fallecieron.
268.Hasta el 20 de enero de 2023, un total de 42.710 filipinos retornados desde el extranjero dieron resultado positivo en las pruebas de COVID-19. Entre ellos hay trabajadores y no trabajadores filipinos en el extranjero, como estudiantes retornados o turistas extranjeros. Mientras tanto, 1.675 de los casos de COVID-19 registrados eran ciudadanos extranjeros no filipinos que viajaban a Filipinas o residían en el país. La mayoría de los casos de COVID-19 se dan en la población adulta, siendo el grupo de edad de 60 años o más el que presenta la mayor tasa de letalidad.
Remesas recibidas de los trabajadores migratorios filipinos en el extranjero
269.En el cuadro siguiente se indica el total anual de remesas recibidas de los trabajadores filipinos en el extranjero.
Año |
Remesas totales ( en dólares) |
2017 |
28 059 789 |
2018 |
28 943 112 |
2019 |
30 133 300 |
2020 |
29 903 256 |
2021 |
31 417 614 |
2022 (enero a noviembre) |
29 380 296 |
Casos de trata y tráfico ilícito de migrantes, indicando las penas impuestasa los autores de esos actos, con datos desglosados por sexo, edad,nacionalidad y finalidad de la trata
270.De 2020 a 2022 ha habido 232 condenas por trata de personas. En todos estos casos las víctimas eran ciudadanos filipinos, en su mayoría niños y mujeres. El Comité Interinstitucional contra la Trata de Personas también registró 172 condenas por casos relacionados con la trata de personas o infracciones de otras leyes en relación con la Ley contra la Trata de Personas.
Servicios de asistencia jurídica prestados a los trabajadores migratorios y a sus familiares en el Estado parte y a los nacionales que trabajan en el extranjeroo se encuentran en tránsito en un tercer Estado
271.Las embajadas y los consulados de Filipinas en los Puestos del Servicio Exterior prestan servicios de asistencia jurídica a los trabajadores migratorios filipinos que se encuentran en dificultades y a sus familiares.
272.El Estado, por conducto de las oficinas centrales y locales y las Agregadurías de Bienestar Social del Departamento de Bienestar Social y Desarrollo, presta servicios de derivación o enlace a las personas que solicitan asistencia jurídica. Se remite a los interesados al organismo competente del puesto o se les informa sobre cómo recurrir a los servicios jurídicos de la Fiscalía o de otras organizaciones asociadas que prestan asistencia jurídica, incluidos los servicios a título gratuito.
Ejes y prioridades de Filipinas en la realización de los derechos de los trabajadores migratorios, incluida la consideración de los artículos 76 y 77 de la Convención, por los que se reconoce la competencia del Comité para recibir comunicaciones interestatales e individuales
273.El Departamento de Trabajadores Migratorios, una vez plenamente operativo, será la autoridad competente para todos los asuntos relacionados con los trabajadores migratorios filipinos y la migración laboral, incluidos los mecanismos de reclamación.
274.En virtud de la legislación, el Departamento de Trabajadores Migratorios debe garantizar una respuesta rápida y una asistencia adecuada a los trabajadores filipinos en el extranjero y a sus familiares por conducto de su Subsecretaría de Empleo en el Extranjero y Servicios de Bienestar y sus Oficinas para Trabajadores Migratorios destacadas en otros países.
275.Asimismo, el Departamento de Trabajadores Migratorios “apoyará y asistirá al Departamento de Relaciones Exteriores en la negociación de acuerdos, iniciativas y programas bilaterales y multilaterales, incluidos los procesos intergubernamentales, que se refieran principalmente a la migración laboral”.
276.El Estado examinará y evaluará su reconocimiento de la competencia del Comité en el marco del mecanismo del procedimiento de comunicaciones una vez que dichas oficinas dependientes del Departamento de Trabajadores Migratorios estén operativas y se hayan completado las transiciones organizativas conforme a lo dispuesto por la ley.
Presentación de un documento básico actualizado que se ajuste a las directrices armonizadas para la presentación de informes (HRI/GEN/2/Rev.6)
277.El documento básico común del Estado está en fase de elaboración.