Naciones Unidas

CERD/C/MNG/23-24

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

12 de noviembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes periódicos 23º y 24º combinados que Mongolia debía presentar en 2018 en virtud del artículo 9 de la Convención *

[Fecha de recepción: 2 de octubre de 2018]

I.Introducción

1.Mongolia presenta sus informes periódicos 23º y 24º combinados en un único documento, de conformidad con el artículo 37 de las observaciones finales sobre los informes periódicos 19º a 22º del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.

2.El presente informe está formado por dos capítulos. En el primero de ellos se abordan todas las cuestiones planteadas en las observaciones finales del Comité, y en el segundo se exponen las medidas adoptadas para aplicar la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial en virtud de su artículo 9. El informe incluye datos nuevos relativos al primer semestre de 2018.

3.El informe se publicó en los sitios web oficiales de las organizaciones gubernamentales responsables de la aplicación de la Convención.

II.Respuesta de seguimiento a las observaciones finales del Comité

4.De conformidad con el párrafo 36 de las observaciones finales del Comité, en esta parte del informe se abordan, de manera general, las cuestiones planteadas en los artículos 7, 16 y 27.

Artículo 1

Legislación contra la discriminación

Adoptar una legislación específica y completa que defina la discriminación racial conforme al artículo 1 de la Convención y prohíba todas las formas de discriminación racial

5.Mongolia legalizó en la Constitución de 1992 la prohibición de la discriminación como un principio fundamental. Por lo tanto, ese principio constitucional se refleja en las principales leyes que regulan las relaciones sociales. Por ejemplo, la Ley de Tribunales de 2012, el Código Penal de 2015, la Ley de Familia de 1999, la Ley de Procedimiento Civil de 2002 y la Ley de Aplicación de la Disposición relativa a la Detención y Reclusión de Sospechosos y Acusados de 1999 incluyen provisiones que prohíben la discriminación de personas en razón de su origen nacional o étnico, idioma, raza y religión. En otras palabras, la legislación vigente constituye una reglamentación de amplio alcance encaminada a prohibir la discriminación.

6.Aunque se considera que se ha establecido un entorno jurídico adecuado, el Ministerio de Justicia e Interior pidió al Instituto Jurídico Nacional que realizara un estudio para determinar si otros países cuentan con una legislación general de lucha contra la discriminación. La conclusión de ese estudio también permitirá determinar las perspectivas de la aplicación de la legislación general en la materia adaptándola a las condiciones específicas de Mongolia.

Artículo 2

Falta de datos desglosados: a) la situación socioeconómica de los grupos étnicos minoritarios, como las poblaciones kazaja y tsaatan (dukha), y la representación de las mujeres de esos grupos en posiciones de liderazgo; y b) la situación socioeconómica de los extranjeros, incluidos los solicitantes de asilo, los refugiados, los migrantes y los apátridas

a)La situación socioeconómica de los grupos étnicos minoritarios, como las poblaciones kazaja y tsaatan (dukha), y la representación de las mujeres de esos grupos en posiciones de liderazgo

7.De conformidad con el artículo 8, párrafo 1, de la Ley del Censo de Población y Vivienda, Mongolia realiza un censo nacional cada diez años desde 2010. Además, de conformidad con el artículo 7, párrafo 1.2, de esa Ley, Mongolia realizará una encuesta intercensal cada cinco años, entre los censos decenales. La información que figura en este apartado se basa en los datos de la encuesta intercensal de 2015.

8.En 2017, la población de Mongolia era de 3.178.000 personas. Los hombres representan el 49,2 % de la población, y las mujeres el 50,8 %, lo que equivale a una relación de masculinidad del 96,7 %. Entre la población total, la proporción de personas de 0 a 14 años asciende al 30,4 %, mientras que las personas entre los 15 y los 64 años representan el 65,7 %, y la proporción de personas mayores de 65 años se sitúa en el 3,9 %. A finales de 2017, la esperanza media de vida era de 69,9 años; 65,9 años para los hombres y 75,4 años para las mujeres. En comparación con los datos correspondientes a 2007 y 2012, la esperanza media de vida aumentó 3,4 y 1,2 años, respectivamente.

9.Los kazajos representan el 3,9 %, los tuvas (turegs) el 0,1 % y los tsaatan, el 0,02 % de la población de Mongolia, y a los 3 grupos se los considera minorías étnicas nacionales. Según los datos de 2015, solo en la provincia de Bayan-Ulgii residían 28 grupos étnicos diferentes. La proporción de kazajos entre la población total de Bayan-Ulgii es del 89,8 %, mientras que el 5,7 % son uriankhais, y el resto tuvas, khalkhas, durvud, buriatos, bayad, uuld, zakhchin, etc.. En 2015, de las 9.155 personas que residían en el soum de Tsengel, perteneciente a la provincia Bayan-Ulgii, el 83,1 % eran kazajos y el 14,1 % (1.300 personas), tuvas.

10.Hay 119.000 kazajos en Mongolia, la mayoría de los cuales vive en las provincias de Bayan-Ulgii, Hovd y Ulaanbaatar. La proporción de la población kazaja entre 0 y 14 años representa el 34,5 % del total; el grupo de edad entre los 15 y los 64 años constituye el 62,3 % de la población kazaja, y las personas mayores de 65 años representan el 3,2 % del total. La distribución de la población kazaja mayor de 15 años en función de su estado civil es la siguiente: el 34,6 % está soltera, el 60,6 % está casada y el 4,8 % ha enviudado o está divorciada o separada. Los datos muestran que las personas con discapacidad representan el 2,9 % del total de la población de Kazajstán.

11.En cuanto al nivel de educación, el 77,4 % de los kazajos de 6 años o más ha cursado estudios y, de ellos, el 11,6 % tiene estudios superiores, el 3,9 % ha completado estudios de educación especial, el 3,8 % posee estudios técnicos y formación profesional, el 21,5 % ha completado el segundo ciclo de enseñanza secundaria, el 19,3 % ha terminado la escuela secundaria y el 17,3 % ha completado la enseñanza primaria. El 22,6 % de los ciudadanos kazajos no tiene estudios.

12.En lo referente al empleo, el 32,5 % de los nacionales kazajos trabaja y el 67,5 % está desempleado. El 53,8 % del total de los trabajadores kazakos ejerce su actividad por cuenta propia, mientras que el 35,5 % de los trabajadores poseen empleos remunerados. Si bien el 47,3 % de los ciudadanos kazakos desempleados cursa estudios, el 12,9 % está jubilado, el 13,9 % busca trabajo y el 9,2 % no logra encontrar un empleo adecuado.

13.El porcentaje de mujeres con educación superior en 2015 había aumentado un 4,3 % en comparación con la cifra registrada en el Censo de Población y Vivienda de 2000, y un 1,2 % en comparación con los datos de 2010. Asimismo, en el año 2000, el porcentaje de mujeres que poseían una titulación académica, una licenciatura o un título de enseñanza superior era un 2 % inferior al de los hombres, mientras que en 2015 la cifra era un 1,9 % superior. En otras palabras, el aumento del número de mujeres con estudios en el seno de ese grupo minoritario refleja la creciente representación de las mujeres en posiciones de liderazgo y su condición social.

Gráfico 1

Porcentaje de kazajos con estudios superiores

Fuente : Instituto Nacional de Estadística.

14.En Mongolia residen 545 tsaatan, la mayoría de los cuales vive en la provincia de Huvsgul. En 2015 había 466 tsaatan pertenecientes a la minoría nacional tuva residiendo en el soum de Tsagaan Nuur. Del total de la población tsaatan, el 30,3 % tiene edades comprendidas entre 0 y 14 años, el 65,3 % tiene entre 15 y 64 años, y el 4,4 % son personas mayores de 65 años. Por lo que respecta al estado civil, el 42,8 % de los tsaatan de 15 años o más está soltero, el 53,5 % está casado y el 3,7 % ha enviudado o está divorciado o separado. El 6,3 % de los tsaatan son personas con discapacidad. En función del estado civil de las personas mayores de 15 años, la población de tsaatan se distribuye de la siguiente manera: el 42,8 % de esa población no está casada, el 53,5 % sí lo está y el 3,7 % ha enviudado o se ha divorciado o separado. Los datos muestran que las personas con discapacidad representan el 6,3 % de la población tsaatan.

15.En cuanto al nivel de educación, el 82,8 % de los tsaatan de 6 años o más ha cursado estudios y, de ellos, el 6 % tiene estudios superiores, el 2,6 % ha completado estudios de educación especial, el 2,8 % posee estudios técnicos y formación profesional, el 12,8 % ha completado el segundo ciclo de enseñanza secundaria, el 25,9 % ha terminado la escuela secundaria y el 32,7 % ha completado la enseñanza primaria. El 17,2 % de los tsaatan no tiene estudios.

16.Por lo que se refiere al empleo, el 44,6 % de los tsaatan trabaja, y el 55,4 % está desempleado. Entre la población activa de los tsataan, el 50,9 % trabaja por cuenta propia, el 25,5 % realiza un trabajo no remunerado en empresas productivas y comerciales de carácter familiar y el 16,8 % tiene un trabajo remunerado. Si bien el 38,7 % de los tsaatan desempleados cursa estudios, el 22 % está jubilado, el 17,7 % no logra encontrar un empleo adecuado y el 5,4 % busca trabajo.

17.Por lo que respecta al grupo étnico de los tuvas, la mayoría de los 4.063 que viven en Mongolia reside en la provincia de Huvsgul, y los demás viven dispersos en las provincias de Bayan-Ulgii, Selenge, Hovd, Darkhan-Uul y Tuv.

18.Del total de la población tuva, el 32,8 % tiene edades comprendidas entre 0 y 14 años, el 63,6 % tiene entre 15 y 64 años, y el 3,6 % son personas mayores de 65 años. En cuanto al estado civil, el 36,1 % de los tuvas de 15 años o más está soltero, el 54,1 % está casado y el 9,8 % ha enviudado o está divorciado o separado. El 3,1 % de los tuvas son personas con discapacidad.

19.Por lo que se refiere al nivel de educación, el 83 % de la población de 6 años o más ha cursado estudios y, de ellos, el 6,6 % tiene estudios superiores, el 2,6 % ha completado estudios de educación especial, el 3,3 % posee estudios técnicos y formación profesional, el 21,7 % ha completado el segundo ciclo de enseñanza secundaria, el 23,8 % ha terminado la escuela secundaria y el 25 % ha completado la enseñanza primaria, mientras que el 17,2 % de los tuvas no tiene estudios.

20.El 40,6 % del grupo étnico de los tuvas trabaja, y el 59,4 % está desempleado. El 63,9 % del total de los trabajadores ejerce su actividad por cuenta propia, mientras que el 31,1 % de los trabajadores poseen empleos remunerados. Si bien el 44,9 % de los tuvas desempleados cursa estudios, el 16,4 % está jubilado, el 12 % no logra encontrar un empleo adecuado y el 7 % busca trabajo.

b)La situación socioeconómica de los extranjeros, incluidos los solicitantes de asilo, los refugiados, los migrantes y los apátridas

21.En el artículo 7, párrafo 3.3, de la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros se establece que los extranjeros tienen derecho a solicitar asilo político en Mongolia. Asimismo, el artículo 9, párrafo 1, de esa Ley dispone que el Presidente de Mongolia podrá otorgar el derecho de asilo a los extranjeros que sean objeto de persecución política por sus convicciones.

22.En el artículo 7, párrafo 2, se establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos extranjeros y se estipula que tendrán los mismos derechos, libertades y deberes públicos que los ciudadanos mongoles, salvo que la ley disponga lo contrario. Además, de conformidad con la Constitución de Mongolia, los tratados internacionales en los que Mongolia es parte surtirán efecto como legislación nacional desde el momento de entrada en vigor de las leyes o de su ratificación o adhesión. Asimismo, en el artículo 2, párrafo 2, de la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros se estipula que, cuando un tratado internacional en que Mongolia sea parte resulte incompatible con esa Ley, prevalecerán las disposiciones del tratado internacional.

23.Los ciudadanos extranjeros tienen derecho a trabajar o realizar actividades comerciales que no estén prohibidas por la legislación vigente. En el artículo 30, párrafo 1, de la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros se establece que el órgano administrativo estatal competente en los asuntos relativos a los ciudadanos extranjeros podrá conceder permisos de residencia a los extranjeros llegados a Mongolia por razones de trabajo, inversiones, estudios, formación, científicas y de investigación, y considerará las solicitudes de los órganos administrativos estatales encargados de las inversión, el empleo y la educación y sus organismos autorizados. La concesión de los permisos podrá expedirse tanto a los ciudadanos extranjeros con permiso de residencia como a sus familiares.

24.A continuación se detalla la situación respecto del permiso de residencia entre 2015 y 2018. En 2015, de un total de 20.635 permisos de residencia expedidos, 16.181 fueron visados del tipo HG, que se otorga a los extranjeros que visitan el país por razones laborales con un contrato de trabajo. En 2016, de los 14.852 permisos de residencia expedidos, 10.778 fueron visados del tipo HG; en 2017, de un total de 14.846 permisos, 10.320 fueron visados del tipo HG, y en 2018 se concedieron 2.497 visados del tipo HG de un total de 3.764 permisos de residencia expedidos.

25.En lo que respecta a los servicios de atención de la salud, en 2015, 2.362 ciudadanos extranjeros se sometieron a reconocimientos médicos preventivos en los centros de salud de la capital y las distintas provincias. La cifra ascendió a 1.544 ciudadanos extranjeros en 2016 y 3.017 en 2017.

26.El retiro de la ciudadanía mongola, el exilio o la extradición de los ciudadanos están prohibidos por la Constitución de Mongolia. Los motivos y procedimientos para la adquisición o la pérdida de la ciudadanía mongola se rigen exclusivamente por la legislación vigente. Además, la Constitución de Mongolia dispone que el Presidente decidirá las cuestiones relativas a la concesión y la retirada de la ciudadanía mongola. Las cuestiones que incumben a la adquisición, restauración y retiro de la ciudadanía mongola se regirán por la Ley de Ciudadanía de Mongolia.

27.Entre 1994 y 2018, un total de 60.099 kazajos renunciaron a la ciudadanía mongola para adquirir la ciudadanía de la República de Kazajstán. Durante el período entre 2001 y 2017, la ciudadanía mongola fue restituida a 1.799 kazajos. La razón principal de la migración de los ciudadanos de etnia kazaja es que la República de Kazajstán aplica una política abierta de concesión de la ciudadanía a las personas de etnia kazaja de otros países. Además, el país ofrece prestaciones económicas, asistencia y subsidios a los ciudadanos que haya adquirido su nacionalidad.

28.Mongolia y Kazajstán están trabajando en un acuerdo que pueda facilitar los trámites para la obtención de la ciudadanía a los ciudadanos mongoles que residen permanentemente en la República de Kazajstán y a los ciudadanos de la República de Kazajstán que residen permanentemente en Mongolia. El acuerdo también tiene por objeto impedir la pérdida de la ciudadanía, la doble ciudadanía y la apatridia.

Artículo 3

Discurso de odio racista

Tomando nota de que el Parlamento aprobó el 4 de diciembre de 2015 el Código Penal revisado, el Comité recomendó al Estado parte que se cerciorase de que las disposiciones que prohíben el discurso de odio racista se ajustasen al artículo 4 de la Convención y prohibiesen expresamente: a) toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial; b) la incitación a la discriminación racial; y c) la incitación a actos de violencia contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico

29.El Código Penal, promulgado en 2015, entró en vigor el 1 de julio de 2017. En cumplimiento de la Orden núm. A/58 del Ministro de Justicia e Interior, se estableció un grupo de trabajo para reformar el Código Penal con arreglo a las recomendaciones del Comité. La nueva versión modificada del Código Penal entró en vigor el 1 de julio de 2017.

30.La versión revisada del Código Penal introduce cambios en los artículos comprendidos en el capítulo 14 —”Delitos contra los derechos y libertades individuales y políticos”—, a saber, el artículo 14, párrafo 1, “Discriminación”, el artículo 14, párrafo 2, “Obstrucción del derecho a solicitar y recibir información”, el artículo 14, párrafo 3, “Vulneración del derecho a la libertad de expresión y de prensa” y el artículo 14, párrafo 4, “Obstrucción del derecho a la libertad de conciencia y de religión”.

31.En el artículo 14, párrafo 1, se estipula que la discriminación y la restricción de los derechos y las libertades individuales motivadas por su nacionalidad, origen étnico, idioma, raza, edad, sexo y origen o condición social, situación económica, ocupación, cargo, religión, opinión, educación, orientación sexual y estado de salud se castigarán con una multa de entre 450 y 5.400 togrogs o de 240 a 720 horas de trabajo comunitario o la prohibición de viajar de un mes a un año.

32.En el artículo 19, párrafo 9, del Código Penal se establece como delito la “alteración de la unidad nacional”. En ese artículo se dispone que la propaganda de incitación a la hostilidad y el odio contra otras personas en razón de su nacionalidad, etnia, lengua, raza o religión y la organización de actividades que promuevan y defiendan el separatismo, discriminen, permitan cometer abusos, limiten los derechos o instituyan preferencias llevarán aparejadas penas de 5 a 12 años de prisión:

En la lucha contra la incitación al odio racista se subraya, entre otras cosas, que la tipificación como delito de las formas de expresión racista debe reservarse para los casos más graves, y que los casos de menor gravedad deben tratarse por otros medios distintos del derecho penal.

33.El grupo de trabajo permanente se estableció en cumplimiento de la Orden núm. A/243 del Ministro de Justicia e Interior de 25 de septiembre de 2017, con el mandato de asegurar la aplicación efectiva del Código Penal revisado, el Código de Procedimiento Penal, la Ley de Responsabilidad Penal, la Ley de Procedimiento Penal, la Ley del Ministerio Público y la Ley de Ejecución de las Decisiones Judiciales y de mejorar su coherencia con otras leyes pertinentes y adoptar las medidas oportunas, según proceda.

Artículo 4

Organizaciones racistas y delitos de odio

El Comité solicitó información adicional sobre el resultado de los casos de violencia por motivos raciales que hubieran sido objeto de investigación y sobre el proceso de disolución de la organización Dayar Mongol; recomendó que se declarasen ilegales y se prohibiesen las organizaciones que promueven e incitan la discriminación racial y que se tipificase la participación de las personas en esas organizaciones o actividades; también recomendó al Estado parte que velase por que todos los casos de violencia por motivos raciales se investigasen con prontitud y eficacia y que los agresores fuesen enjuiciados; recomendó además que el Estado parte adoptase medidas adecuadas en los ámbitos de la enseñanza, la educación, la cultura y la información para combatir los prejuicios y otras causas subyacentes de la existencia de organizaciones ultranacionalistas y neonazis

34.En Mongolia no se han registrado delitos cometidos por motivos raciales en relación con las restricciones a la libertad de expresión, las opiniones separatistas causadas por los conflictos de los grupos étnicos y la persecución contra la voluntad de las personas.

35.Tampoco se han registrado casos relacionados con perturbaciones de la unidad nacional. Si bien existen leves indicios de conflictos menores entre algunas nacionalidades y grupos étnicos, no se ha suscitado ningún problema importante que desembocara en un conflicto étnico.

36.En Mongolia hay 18 organizaciones no gubernamentales (ONG), grupos y movimientos nacionalistas inscritos oficialmente. Ocho de ellos, a saber, Dayar Mongol, Tsagaan Khas, Talyn Tsuuvur Chono, Khas Mongol, Nogoon Khas, Khukh Mongol, Bosoo Khukh Mongol y Mongols of the World Green Union, permanecen activos y cuentan con unos 200 adeptos y seguidores.

37.Cuando una ONG haya sido inscrita conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Organizaciones No Gubernamentales, el tribunal podrá disolverla por los siguientes motivos: 1) si la ONG ha realizado actividades incompatibles con su objeto social; 2) si la ONG ha llevado a cabo actividades de carácter grave y ha vulnerado reiteradamente la legislación vigente. En particular, el poder judicial es competente para disolver una organización sobre la base de la realización de actividades incompatibles con su objeto social.

38.Además, en el artículo 9, párrafo 2, del Código Penal se establece la responsabilidad de las personas jurídicas. El tribunal puede imponer medidas obligatorias, como: 1) la suspensión de derechos; 2) la disolución de la ONG; y 3) la confiscación de los bienes e ingresos, como sanciones adicionales a las condenas principales. En otras palabras, esa Ley brinda la posibilidad de aplicar medidas obligatorias y disolver aquella ONG que, pese a estar legalmente inscrita, haya cometido un delito, imputándole además la responsabilidad penal correspondiente.

39.El poder ejecutivo no ha disuelto el grupo Dayar Mongol, que está inscrito como ONG.

40.De conformidad con la Orden núm. A/257 del Ministro de Justicia e Interior, de 12 de octubre de 2017, se creó un grupo de trabajo al que se asignó el cometido de redactar una versión revisada de la Ley de Organizaciones No Gubernamentales. Según lo dispuesto en esa versión revisada, la inscripción y vigilancia de las actividades de las ONG serán materia de regulación por la Ley.

41.Mongolia es miembro del Consejo de Derechos Humanos desde el 1 de enero de 2016. Mongolia votó a favor de la resolución propuesta por el Grupo de África “De la retórica a la realidad: un llamamiento mundial a la adopción de medidas concretas contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia”, de la resolución 34/35 del Consejo de Derechos Humanos para renovar el mandato del Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y de la resolución 34/36. Además, Mongolia se sumó al consenso sobre la resolución 32/17, propuesta por la Argentina, el Brasil, Colombia, el Paraguay y el Uruguay.

42.Desde 1997, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha aprobado la Declaración y el Programa de Acción de Durban contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia. Mongolia es coautora de la resolución.

43.Mongolia votó a favor de la resolución que instaba a una convocatoria mundial para “Combatir la glorificación del nacismo, el neonazismo y otras prácticas que contribuyen a exacerbar las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia”, propuesta por la Federación de Rusia y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Artículo 5

Solicitantes de asilo, refugiados y apátridas

Adoptar medidas eficaces para garantizar plenamente los derechos de los solicitantes de asilo, los refugiados y los apátridas

44.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, párrafo 1.9, de la Constitución, el Presidente de Mongolia tiene la facultad de decidir sobre cuestiones relativas a la concesión y el retiro de la ciudadanía mongola y la observancia del derecho de asilo.

45.Mongolia coopera con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados sobre la base de las leyes y normas pertinentes. Como ponen de manifiesto las estadísticas de enero de 2018, tras las solicitudes recibidas por el Organismo de Inmigración de Mongolia, se resolvieron los casos relativos a cinco refugiados de conformidad con las leyes y los reglamentos.

46.En el primer semestre de 2018 no se recibió ninguna solicitud oficial de asilo político en Mongolia.

47.Las cuestiones relativas a la adquisición y la cesación de la ciudadanía están reguladas por la Ley de Ciudadanía, la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros y los procedimientos para determinar los criterios de admisibilidad de los ciudadanos extranjeros y los apátridas que soliciten la ciudadanía mongola, aprobados por la Resolución Gubernamental núm. 62 de 2003. La Ley de Ciudadanía también regula los procedimientos de solicitud de la ciudadanía, y examina la solicitud y la adopción de decisiones.

48.No existe disposición o provisión alguna en la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros que sitúe la condición jurídica de los apátridas por debajo de la de los ciudadanos de otro Estado. Por lo tanto, los apátridas tienen los mismos derechos y deberes que los ciudadanos extranjeros. De las 664 leyes en vigor en el país, más de 50 estipulan los derechos, los deberes y las restricciones de los ciudadanos extranjeros.

49.Los extranjeros gozan, entre otros, de los 22 derechos que se enumeran a continuación: adquirir la ciudadanía; hacer uso de la tierra durante un cierto tiempo, asumiendo las cargas correspondientes; explotar los recursos naturales pagando las tasas correspondientes; percibir prestaciones y pensiones; adoptar a niños de nacionalidad mongola; suscribir seguros como cualquier otro ciudadano de Mongolia; participar en manifestaciones y reuniones; conducir un vehículo con un permiso internacional válido; disfrutar del derecho a la propiedad intelectual; acceder por la vía oficial a los organismos y estamentos públicos; constituir sociedades mercantiles y participar como accionista; percibir prestaciones sociales; participar, con ciertas restricciones, en licitaciones; tener acceso a un empleo; operar en la bolsa de valores; ejercer la profesión de abogado; trabajar en servicios de seguridad privados; viajar sin visado a zonas francas; trabajar en organizaciones dedicadas a la atención de la salud; realizar actividades profesionales; y tener acceso al agua y a la pesca.

50.A su vez, los ciudadanos extranjeros tienen, entre otras, las siete obligaciones siguientes: informar inmediatamente de la situación de emergencia en caso de incendio, participar en la extinción de incendios, vacunarse, informar a las autoridades competentes sobre los salarios y los ingresos de los empleados, pagar impuestos, suscribir un seguro médico obligatorio y redactar los documentos oficiales en idioma mongol.

51.Una vez obtenido el permiso de residencia en Mongolia, las personas apátridas gozarán de los derechos y cumplirán con las obligaciones previstas en la ley. Asimismo, los apátridas podrán solicitar la adquisición de la ciudadanía mongola o la restitución de la ciudadanía anterior. El Organismo de Inmigración de Mongolia se encarga de aplicar las políticas en materia de inscripción y documentación de los apátridas y de concesión del permiso de residencia. A continuación se desglosan atendiendo a su nacionalidad anterior los apátridas residentes en Mongolia en los últimos tres años: 12 personas de la República de Kazajstán en 2016, 13 en 2017 y 13 en junio de 2018; 5 personas de la República Popular China en 2016, 5 en 2017 y 5 en junio de 2018; 21 personas procedentes del Tíbet en 2016, 5 en 2017 y 6 en junio de 2018; 6 personas procedentes de la Federación de Rusia en 2016, 5 en 2017 y 6 en junio de 2018.

Política de inmigración

Eliminar el cupo para la entrada y residencia de los extranjeros según la nacionalidad

52.El reglamento relativo a la inscripción y residencia de los ciudadanos extranjeros en Mongolia, aprobado en virtud de la Resolución Gubernamental núm. 146 de 2018, rige los procedimientos de inscripción, supresión de nombres de la lista, concesión del permiso de residencia, prórroga y modificación del permiso de corta duración para los visitantes extranjeros que permanezcan en Mongolia durante más de 30 días, así como de los ciudadanos extranjeros que residan en el país con fines privados u oficiales y de los apátridas.

53.La disposición establece que, si la proporción entre los residentes extranjeros y los inmigrantes que residen en Mongolia es inferior al 0,4 % de la población total, el Parlamento de Mongolia determinará en una sola ocasión durante su legislatura el cupo y la composición de los inmigrantes que se permitirán en las unidades territoriales y administrativas de Mongolia, teniendo en cuenta la propuesta presentada por el Gobierno. Si la proporción es superior al 0,4 %, el Parlamento determinará esas cuestiones anualmente. En el marco de los límites de la proporción aprobada por el decreto parlamentario, los extranjeros y los apátridas que cumplan con los criterios establecidos podrán solicitar la inmigración.

54.El permiso de inmigración se concederá al cupo de solicitantes previsto en el artículo 29, párrafo 5, de la Ley de la Condición Jurídica de los Ciudadanos Extranjeros, previa consideración de la solicitud presentada por el ciudadano extranjero, su formación académica y recorrido profesional, la situación interna y la capacidad económica del país, y se tendrán en cuenta las observaciones de las fuerzas de seguridad competentes. Si el solicitante decide permanecer más tiempo en el país, el período del permiso de residencia se prorrogará de conformidad con las condiciones y los criterios establecidos en la Resolución Gubernamental núm. 219, de 2 de junio de 2015.

55.El 10 de enero de 2018, el Consejo de Ministros decidió presentar al Parlamento un proyecto de decreto relativo al cupo, la composición y los lugares de residencia de los inmigrantes extranjeros para el período de 2018-2020. En el marco de este proyecto, el permiso de inmigración expedido a los hijos de padres inmigrantes no se incluirá en el cupo fijado por el decreto. El proyecto se debatió en el período de sesiones de primavera del Parlamento y fue rechazado sobre la base del artículo 19, párrafo 3.7, de la Ley de los Procedimientos de las Sesiones Parlamentarias.

56.Desde 2018, el Gobierno, en cooperación con el Colegio de Abogados de Mongolia, presta asesoramiento jurídico en idiomas extranjeros para mejorar la calidad de la asistencia letrada y el acceso de los ciudadanos extranjeros a ella. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Asistencia Letrada a los Encausados Sin Recursos, el Centro de Asistencia Jurídica presta asistencia letrada gratuita y servicios jurídicos a los sospechosos, imputados y encausados sin recursos. Ello tiene por objeto hacer efectivo el derecho a la asistencia letrada, garantizada por la Constitución de Mongolia y los tratados y normas internacionales. El Centro presta la misma asistencia jurídica a los ciudadanos extranjeros.

57.El 1 de marzo de 2018, el Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Centro de Asistencia Jurídica organizaron una conferencia sobre el entorno jurídico para la prestación de asistencia letrada a los extranjeros en la que se presentó la labor del Centro, que ofrece servicios de asesoramiento gratuito a los extranjeros en inglés, alemán, chino, coreano y ruso. Al acto asistieron los funcionarios consulares de 18 misiones diplomáticas de Ulaanbaatar y funcionarios del Ministerio de Justicia e Interior, el Cuerpo Nacional de Policía y el Organismo de Inmigración de Mongolia.

Trabajadores migrantes

Adoptar medidas concretas para combatir el trabajo forzoso u obligatorio que realizan los trabajadores migrantes y garantizar que las condiciones laborales cumplan las normas internacionales

58.De conformidad con la 23ª disposición de las observaciones finales del Comité sobre los informes periódicos 19º a 22º de Mongolia, a continuación se proporciona información detallada sobre la lucha contra el trabajo forzoso u obligatorio de los trabajadores migrantes y acerca de sus condiciones laborales.

59.Las cuestiones relacionadas con la salida de mano de obra al extranjero y la acogida de trabajadores y especialistas de otros países están reguladas por la Ley de Emigración e Inmigración de Trabajadores y Especialistas, aprobada el 12 de abril de 2001. Debido a las necesidades y los requisitos derivados de las prácticas y el desarrollo social, la Ley ha sido modificada en siete ocasiones. En virtud de la modificación de 2017, en los casos en que la fuerza de trabajo del país no sea suficiente para ejecutar a nivel nacional programas, proyectos y obras de construcción a gran escala y para subsanar las consecuencias de desastres naturales, se podrá movilizar mano de obra extranjera cuando el Gobierno así lo decida. La Ley modificada también estipula que el protocolo de asistencia del Gobierno de Mongolia será el mismo cuando un ciudadano del país o un extranjero pierda la vida a causa de desastres naturales, incendios o inundaciones. Las modificaciones han demostrado ser una medida positiva para proteger los derechos de los trabajadores extranjeros en el país. La Ley también prevé que una resolución gubernamental apruebe el porcentaje admisible de mano de obra y especialistas extranjeros. En junio de 2018 había ciudadanos de 82 países trabajando en Mongolia. Más concretamente, había 5.938 empleados extranjeros en activo y con permiso de trabajo a fecha de 31 de diciembre de 2016, 7.892 en el mismo período de 2017, y 9.619 al 30 de junio de 2018.

60.Mongolia se ha visto obligada a pulir su legislación nacional y a garantizar su conformidad con los conceptos y principios de los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, el Convenio sobre el Servicio del Empleo (núm. 88), al que el país se adhirió en 2016, y el Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas (núm. 181), en el que Mongolia es parte. Además, está estudiando la posibilidad de adherirse al Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso u Obligatorio (núm. 29) y a los Convenios sobre la Inspección del Trabajo (núms. 81 y 129).

61.Con el fin de aplicar la resolución S/RES/2375 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el fortalecimiento de las sanciones contra la República Popular Democrática de Corea, el Comité Permanente de Seguridad y Política Exterior del Gran Khural del Estado (Parlamento) aprobó la Resolución núm. 8, de 13 de noviembre de 2017. La Resolución Parlamentaria estableció que, a partir de 2018, quedaban suspendidas la concesión y la prórroga de los permisos de los trabajadores por contrata de la República Popular Democrática de Corea. Asimismo, se decidió que, una vez concluido el acuerdo laboral intergubernamental vigente durante los últimos diez años, los trabajadores serían devueltos a la República Popular Democrática de Corea.

Artículo 6

Acceso a vías de recurso

Las medidas adoptadas por Mongolia para reformar el poder judicial deben adoptarse de forma global y holística, de modo que se haga frente a las causas fundamentales de la corrupción y la falta de transparencia y se garantice el acceso a recursos efectivos; el Estado parte debe velar por que la capacitación obligatoria para jueces, fiscales, funcionarios judiciales, abogados y otras profesiones conexas incluya formación sobre la Convención

62.Mongolia está aplicando medidas de amplio alcance para reformar el poder judicial con miras a hacer frente a las causas fundamentales de la corrupción y la falta de transparencia y a garantizar el acceso a recursos efectivos.

63.El Programa Nacional de Lucha contra la Corrupción fue aprobado mediante la Resolución Gubernamental núm. 114 de 2017. La finalidad del programa es prevenir el riesgo de corrupción en todos los niveles de los organismos y los funcionarios públicos, el sector privado, la sociedad civil y los grupos políticos. El programa también tiene por objeto promover la honestidad y sus ideales entre la población y crear una sociedad abierta, transparente y responsable. La Resolución Gubernamental ordenó que sus miembros, los jefes de los organismos públicos y los gobernadores de las provincias ( aimag ) y de la capital informaran anualmente sobre la aplicación del Programa al Organismo de Lucha contra la Corrupción.

64.Jueces, fiscales, funcionarios judiciales, abogados y otros funcionarios competentes han participado en los programas de formación relativos a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. El Ministerio de Justicia e Interior, en colaboración con el Instituto Jurídico Nacional y el Colegio de Abogados, organizó una formación sobre los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGTB) para funcionarios del orden público, que fue impartida el 3 de mayo de 2018. La formación proporcionó conocimientos sobre la investigación y la resolución de delitos relacionados con personas LGBT, la protección de los derechos de esas personas y las normas internacionales relativas a los delitos de discriminación. Los agentes del orden participaron en los cursos de formación sobre la protección de los derechos de las personas LGTB y el acceso a las vías de recurso cuando se vulneren sus derechos e intereses.

65.El Departamento de Policía ha puesto en marcha un servicio de atención telefónica que está disponible las 24 horas del día marcando el 126, para recabar las quejas e informaciones oportunas de los ciudadanos en relación con las aptitudes de comunicación, la ética y la burocracia de los agentes de policía:

El Comité recomienda a Mongolia que intensifique sus esfuerzos para concienciar a la población sobre los recursos de que disponen las víctimas de la discriminación racial.

66.El Programa Nacional para la Mejora de la Educación Jurídica Pública fue aprobado por la Resolución Gubernamental núm. 50 de 2018. El objetivo del programa es crear un sistema que permita la mejora continua de la formación jurídica pública mediante la obtención de información y conocimientos jurídicos que respondan a las necesidades y exigencias de los ciudadanos de manera abierta, accesible y simplificada, tanto en Internet como por medios no electrónicos.

67.El programa se ejecutará en dos fases durante un período de cinco años. En la primera fase, que va de 2018 a 2020, está previsto crear un sistema para mejorar la formación jurídica pública. En la segunda fase, que abarca 2021 y 2022, se evaluarán las actividades de la primera fase y se adoptarán medidas para aplicar el sistema. La ejecución del programa será competencia del Ministerio de Justicia e Interior.

Institución nacional de derechos humanos

Velar por que la Comisión Nacional de Derechos Humanos reciba una financiación suficiente para garantizar su plena independencia y eficacia de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París)

68.La financiación proporcionada a la Comisión Nacional de Derechos Humanos con cargo al presupuesto del Estado tiene por objeto aumentar las actividades y los recursos humanos de la Comisión. En el gráfico que figura a continuación se explica la ratio entre el presupuesto aprobado y las vacantes en recursos humanos.

Gráfico 2

Presupuesto y vacantes de la Comisión de Derechos Humanos

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Presupuesto aprobado (en miles de togrogs)

312 972,9

437 714,8

546 636,0

830 328,0

831 463,9

731 634,8

791 825,2

Cuantía del aumento en comparación con el año anterior

-

124 741,9

108 921,2

283 692,1

1 135,9

(99 829,1)

60 190,4

Crecimiento porcentual respecto del año anterior

40 %

25 %

52 %

0 %

- 12 %

8 %

Cuantía del aumento en comparación con 2011

124 741,9

233 663,1

517 355,1

518 491,0

418 661,9

478 852,3

Crecimiento porcentual con respecto a 2011

40 %

75 %

165 %

166 %

134 %

153 %

Vacantes aprobadas

20

26

28

49

49

49

49

Cuantía del aumento en comparación con el año anterior

6

2

21

0

0

0

Crecimiento porcentual respecto del año anterior

30 %

8 %

75 %

0 %

0 %

0 %

Cuantía del aumento en comparación con 2011

6

8

29

29

29

29

Crecimiento porcentual con respecto a 2011

30 %

40 %

145 %

145 %

145 %

145 %

Financiación adicional

39 873,20

153 287,66

170 074,48

40 000,00

Fuente : informe sobre la eficacia de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia e Interior.

69.El grupo de trabajo fue establecido por la Orden núm. A/66 del Ministro de Justicia e Interior con el cometido de elaborar un proyecto de ley revisado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El presidente del grupo de trabajo aprobó el proyecto revisado. El grupo de trabajo está estudiando la posibilidad de establecer mecanismos nacionales de prevención a ese respecto.

Artículo 7

Minorías étnicas

Realizar evaluaciones periódicas y exhaustivas de la situación de las minorías étnicas en lo que respecta a los derechos humanos, a fin de desarrollar políticas adecuadas y cerciorarse de que esas políticas sean eficaces para eliminar los obstáculos con que se topan las minorías en el disfrute de sus derechos, en particular en relación con la pobreza, el desempleo y la falta de acceso a la educación en los idiomas minoritarios

70.La Constitución de Mongolia, la Ley de Educación, la Ley de Enseñanza Primaria y Secundaria y la Ley del Idioma Mongol garantizan el derecho de las minorías étnicas a la educación. En virtud de esas leyes se legitima el derecho de las minorías étnicas al aprendizaje de la lengua materna y a una educación en su lengua materna. En esas leyes también se establece la obligación del Estado de brindar esas oportunidades.

71.En particular, el artículo 8, párrafo 1, de la Constitución de Mongolia dispone que el mongol es el idioma oficial del Estado, y el párrafo 2 establece que lo dispuesto en el párrafo 1 no menoscabará el derecho de las minorías nacionales de otras lenguas a utilizar su lengua materna en la educación y la comunicación y en la realización de actividades culturales, artísticas y científicas.

72.Además, en el artículo 5, párrafo 1.4, de la Ley de Educación se estipula que se brindarán a todos los ciudadanos mongoles las mismas oportunidades de recibir educación en su lengua materna, y el artículo 30, párrafo 1.12, de la misma Ley regula la organización de tareas para los nacionales menores de edad centradas en el aprendizaje, la herencia de la cultura y las costumbres tradicionales y la comunicación en la lengua materna en el entorno escolar. Asimismo, el artículo 4, párrafo 1.1, de la Ley de Enseñanza Primaria y Secundaria establece que la enseñanza primaria tendrá por objeto educar en las competencias orales necesarias del idioma materno y la expresión comprensible de los pensamientos, la lectura y la escritura.

73.El artículo 13, párrafo 1.4, de la Ley del Idioma Mongol determina que las funciones del órgano de la administración del Estado encargado de cuestiones de educación y ciencia son llevar a cabo la escolarización en un programa bilingüe si la mayoría de los estudiantes proceden de minorías étnicas con idiomas diferentes y aprobar el concepto de programa bilingüe, y el artículo 13, párrafo 1.5 de la misma Ley dispone la organización de actividades que permitan a las minorías étnicas tener acceso a la educación, recibir el legado de su cultura y sus tradiciones y llevar a cabo actividades científicas en mongol y en su lengua materna.

74.El grupo de trabajo del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Deportes trabajó del 28 al 31 de junio de 2018 en la provincia de Bayan-Ulgii con el cometido de observar las funciones profesionales y metodológicas del Departamento de Educación y Cultura de esa provincia, la cualificación profesional de los directores y docentes de la escuela provincial y sus capacidades para impartir cursos y clases en idioma mongol. El grupo de trabajo también está encargado de formular conclusiones y recomendaciones sobre las actividades de seguimiento para mejorar la calidad de la educación.

75.El Instituto de Educación estableció la sección de investigación sobre la educación de los niños pertenecientes a minorías étnicas y los niños mongoles en el extranjero. Las funciones de esa sección son evaluar las condiciones de escolarización y educación de los niños pertenecientes a minorías étnicas, diseñar programas educativos y planes de estudios, elaborar manuales educativos y herramientas de aprendizaje, apoyar el desarrollo profesional de los docentes y brindarles asistencia metodológica.

76.El Gobierno está aplicando la política de que los niños pertenecientes a minorías étnicas aprendan con manuales educativos en su idioma materno en las escuelas primarias. Los niños de las minorías kazajas cursan sus estudios en 43 escuelas secundarias públicas y privadas en la provincia de Bayan-Ulgii y 1 escuela en el soum de Hovd, en la provincia del mismo nombre. En esas escuelas, los programas de enseñanza primaria se imparten en su lengua materna. El Gobierno ha financiado la traducción y edición de todos los manuales que se utilizan en las escuelas de enseñanza primaria en el resto del país. Se ha editado una cantidad suficiente de manuales escolares, que han sido puestos a disposición de las bibliotecas escolares.

77.El Gobierno se muestra firme en su política de que los manuales escolares estén disponibles en la lengua materna de los alumnos. Se han redactado y editado libros de texto en kazajo para los siete primeros grados de enseñanza. Las escuelas kazajas han recibido una cantidad suficiente de manuales escolares. En 2018 está previsto editar y distribuir manuales escolares de lengua y literatura kazaja de 8º grado. En el marco del Programa de Lengua Tuva, aprobado por la Orden núm. 387 de 2005 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Deportes, se redactaron manuales educativos en lengua tuva para los tres primeros grados de enseñanza primaria, que fueron distribuidos en las escuelas del soum de Tsengel, en la provincia de Bayan-Ulgii, y del soum de Tsagaan Nuur, perteneciente a la provincia de Khuvsgul. El manual escolar de 4º grado en lengua tuva está en proceso de elaboración.

78.A fin de proporcionar una visión general de la situación de las minorías en Mongolia, es necesario abordar las cuestiones de las minorías en el seno de los grupos minoritarios. Las estadísticas de la encuesta intercensal de 2015 muestran que los kazajos constituyen el 3,9 % de la población total del país y que el 75,6 % vive en la provincia de Bayan-Ulgii. La población de la provincia de Bayan-Ulgii está formada por un 89,8 % de kazajos, un 5,7 % de uriankhais, un 1,4 % de tuvas, un 1,2 % de khalkhas, un 0,7 % de buriatos y un 0,2 % de otras minorías. La minoría nacional kazaja recibe educación y toma decisiones en su lengua materna en el territorio donde reside. No obstante, los niños de otras minorías étnicas que residen en la provincia de Bayan-Ulgii tienen un conocimiento insuficiente de una de las dos lenguas, concretamente el mongol. Debido a las barreras lingüísticas, las posibilidades de participación de los khalkhas, los uriankhais, los tuvas, los durvud, los buriatos y otros ciudadanos de minorías étnicas en los procesos de adopción de decisiones son limitadas, y esas minorías están expuestas a situaciones de desempleo y pobreza.

79.En el informe del grupo de trabajo establecido en virtud de la Orden núm. A/110 del Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Deportes, elaborado tras la misión llevada a cabo en la provincia de Bayan-Ulgii entre el 28 y el 31 de junio de 2018, se puso de manifiesto la necesidad prioritaria de asegurar que se prepara debidamente la incorporación de clases de idioma mongol a partir del 2º grado y de mejorar la capacidad de los docentes del sistema bilingüe. El grupo preguntó si la financiación estatal adicional que debe asignarse a causa de la peculiaridad y las diferencias entre los programas educativos y planes de estudios de la región y los de la provincia de Bayan-Ulgii se había utilizado eficazmente y con arreglo a lo previsto. No obstante, el grupo de trabajo recibió como respuesta que la cuestión no se reflejaba en su presupuesto. Si los fondos se reasignan adecuadamente, existe la posibilidad de mejorar los programas bilingües y preparar a los docentes y formadores que hablen mongol y entiendan el idioma y la cultura de los distintos grupos étnicos.

80.El Gobierno ha establecido un cupo para que los ciudadanos tsaatan puedan matricularse en la universidad. En 2017, 5 niños de origen étnico tsaatan que completaron sus estudios en la escuela del soum de Tsagaan Nuur, en la provincia de Khuvsgul, se matricularon en la universidad. Además, 11 niños tsaatan recibieron becas con cargo al presupuesto del Estado.

81.Se ha adoptado el entorno jurídico que permitirá al Gobierno sufragar los gastos de formación en caso de que se impartan cursos de formación profesional en ámbitos como la pedagogía y la formación de médicos a los ciudadanos tsaatan que así lo soliciten.

82.El Decreto Presidencial núm. 42, de 29 de marzo de 2013, fue promulgado con el fin de mejorar el nivel de vida de las personas de etnia tsaatan que viven en el soum de Tsagaan Nuur, en la provincia de Khuvsgul, y el pastoreo de renos en la taiga, y también para desarrollar la educación, la salud y el bienestar social de la población tsaatan. En el marco de ese Decreto, se han adoptado varias medidas. Por ejemplo, desde 2004, 2 médicos, 1 comadrona y 2 asistentes médicos que trabajan en el centro de salud del soum de Tsagaan Nuur, que presta servicios a la comunidad tsaatan, perciben cada año un aumento del 40 % del salario básico. El monto total del salario percibido asciende a 60.172.010 togrogs, desglosados anualmente de la siguiente manera: 13.361.692 togrogs en 2014, 13.714.992 en 2015, 14.042.096 en 2016, 13.074.586 en 2017 y, en mayo de 2018, 5.978.644 togrogs. Gracias al fondo de desarrollo local, en 2016 y 2017, en el marco de la iniciativa de proporcionar doctores y transporte médico a las bagh (unidades administrativas dependientes del soum), se destinaron doctores a las bagh occidentales y orientales y se les proveyó de motocicletas por un valor de 1,5 millones de togrogs, respectivamente. En 2017, el fondo estatal puso a disposición una ambulancia. En el ámbito del fomento de la capacidad de los trabajadores de la salud, en 2014 se impartió formación ginecológica a una persona, en 2015 se formó a una persona como enfermera pediátrica y a otra en 2017, y en 2018 se impartió formación a una persona como enfermera geriátrica del hospital del soum de Tsagaan Nuur. Todo ello posibilitó la prestación de servicios de salud especializados en el plano local y la mejora en la calidad de la atención médica.

Pueblos indígenas

A la luz de su recomendación general núm. 23 (1997) relativa a los derechos de los pueblos indígenas y teniendo en cuenta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Comité recomienda al Estado parte que vele por que se consulte de forma exhaustiva y eficaz al pueblo tsaatan (dukha) en todas las decisiones que lo afectan, en particular sobre la expedición de licencias para la explotación minera, las restricciones en las prácticas de caza y las políticas y programas gubernamentales destinados a mejorar su nivel de vida

83.El Decreto Presidencial núm. 42, de 29 de marzo de 2013, se publicó con el fin de estimular la aplicación de las medidas del Programa para Restablecer la Ganadería de Renos y Mejorar el Nivel de Vida de los Agricultores, que tiene por fin mejorar el nivel de vida de los tsaatan que residen en el soum de Tsagaan Nuur, en la provincia de Khuvsgul, y la cría de renos en la taiga, así como desarrollar la educación, la salud y el bienestar social de la población tsaatan y restablecer la ganadería de renos. Para aplicar el Decreto, de conformidad con la Resolución Gubernamental núm. 168 de 2013, en 2015 recibieron ayuda económica 334 ciudadanos de 94 familias (128 niños y 206 adultos); en 2016, 368 ciudadanos de 95 familias (155 niños y 213 adultos); en 2017, 382 ciudadanos; y en el primer trimestre de 2018, 369 ciudadanos. Asimismo, entre 2016 y 2017, un total de 164 personas participaron en la iniciativa del Estado para costear la cotización mensual de los tsaatan a la Seguridad Social. Además, 36 ciudadanos perciben una pensión del Fondo de la Seguridad Social.

84.Todos los niños de familias tsaatan perciben una prestación económica, y nueve personas de más de 65 años cobran prestaciones de conformidad con el artículo 12, párrafo 3, de la Ley de Personas de Edad. El cuadro que figura a continuación muestra las prestaciones percibidas.

Gráfico 3

Prestaciones percibidas por la población tsaatan

Fuente : Oficina Nacional de Estadística.

85.Se considera que el bienestar social de las personas de etnia tsaatan que viven en la taiga ha mejorado considerablemente desde que fueron inscritas en la Seguridad Social y el Gobierno comenzó a ofrecer subsidios mensuales para sufragar las cotizaciones mensuales del sistema público.

86.Se implantaron las siguientes mejoras para sus vidas: 1) los tsaatan pueden inscribirse en el seguro social y beneficiarse de sus servicios y prestaciones en caso de vejez, pérdida de la capacidad laboral, hijo a cargo y fallecimiento; 2) el número de renos aumentó debido a la posibilidad de comprar diversos tipos de alimentos elaborados a partir de la carne de reno. Por ejemplo, el número de cabezas pasó de 1.705 en 2014 a 1.823 en 2015 y 2.119 en 2016; 3) los tsaatan abandonaron la caza furtiva y el pastoreo; 4) comenzaron a depositar el importe de la prestación económica por hijo a cargo en una cuenta de ahorro en lugar de utilizarlo para sus gastos de subsistencia.

87.En 2012, en los soums de la provincia de Khuvsgul, donde vive la población tsaatan, había un problema de extracción ilegal de recursos naturales. No obstante, en la actualidad este problema ha quedado totalmente resuelto.

88.En el contrato de cooperación entre el Ministerio de Minería e Industria Pesada y el Consejo Profesional de Minería y en el Acuerdo Tripartito sobre Trabajo y Sociedad entre los sectores de la geología, la minería y la industria pesada se incluyeron, respectivamente, disposiciones para garantizar la igualdad en el disfrute o el ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y para asegurar la promoción adecuada de los grupos raciales y étnicos, los grupos sociales y sus miembros. En la actualidad, se está debatiendo con las partes vinculadas con el fin de aplicar esa disposición en todo el sector.

III.Conclusión

89.El Gobierno de Mongolia quisiera destacar los importantes esfuerzos desplegados para formular y poner en práctica medidas de conformidad con la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.