CRCConvención sobre los Derechos del Niño

Distr. GENERAL

CRC/C/SR.772 10 de junio de 2004

ESPAÑOL Original: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

29º período de sesiones

ACTA RESUMIDA (PARCIAL)* DE LA 772ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el martes 29 de enero de 2002, a las 15.00 horas

Presidente : Sr. DOEK

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )

Informe inicial de Andorra ( continuación )

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* No se levantó acta resumida para el resto de la sesión.

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La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.02-40321 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )

Informe inicial de Andorra [CRC/C/61/Add.3;CRC/C/Q/AND/1 (lista de cuestiones); adición al informe inicial y respuestas por escrito (documento sin signatura distribuido en la sesión únicamente en inglés)]

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Andorra toma asiento como participante a la mesa del Comité .

2. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que la ley no prevé ninguna disposición encaminada a proteger los derechos de los trabajadores migratorios en situación irregular y de sus hijos, a causa justamente del carácter ilegal de la presencia de los interesados en el territorio nacional. No obstante, el presupuesto de salud prevé créditos para garantizar la atención a las personas que no están afiliadas al sistema de seguridad social o que no son titulares de un permiso de trabajo, como los turistas, por ejemplo. Por consiguiente, los trabajadores en situación irregular y sus hijos pueden disfrutar de cuidados a este respecto. Además, el servicio de urgencias del hospital de Andorra está abierto a todos.

3. La legislación no prevé la obligación de escolarizar a los hijos de los trabajadores estacionales, lo que no ocurre en los países vecinos. Atendiendo a las peticiones de las representaciones diplomáticas de España y Francia, el Secretario de Estado de Interior está preparando disposiciones encaminadas a remediar esta situación. Una de las soluciones previstas consistiría en conceder, estudiando caso por caso y teniendo en cuenta la situación particular de cada persona- número de hijos y presencia de la madre en el Principado, por ejemplo, un permiso de trabajo permanente a los trabajadores estacionales.

4. Hasta una fecha reciente, los curas de las parroquias se ocupaban de mantener los registros de los nacimientos. La ley adoptada en 1996 establece un registro del estado civil, con la obligación de inscribir a todos los niños nacidos en el territorio nacional, incluidos los hijos de los trabajadores estacionales. Estos últimos pueden recibir la nacionalidad andorrana, en particular, cuando la legislación en materia de nacionalidad del Estado del que el padre es originario reconoce únicamente el jus soli. Todo niño que se encuentre en el territorio nacional tiene la nacionalidad andorrana.

5. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) dice que una comisión interministerial ha creado un programa, destinado a los escolares, que tiene como objetivo informar a los niños de sus derechos e intensificar su participación en las actividades llevadas a cabo en todas las esferas abarcadas en la Convención.

6. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que, en el marco del Movimiento Mundial en favor de la Infancia, el UNICEF organiza, en cooperación con el Gobierno y el Parlamento, una campaña destinada a hacer participar a los niños en los procesos de toma de decisiones.

7. Las actividades de información sobre los problemas relacionados con el abuso del alcohol y las drogas se organizan en las escuelas para alumnos y profesores; sería útil que también participasen los padres.

8. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que solamente está cubierto el 40% de las necesidades en materia de guarda de niños y de educación preescolar pese a que la tasa de actividad de las mujeres en Andorra es una de las más elevadas de Europa. Se ha realizado un estudio para evaluar, por una parte, las necesidades relativas a los niños de tres meses a nueve años, teniendo en cuenta los deseos de los padres, y, por otra, la situación de las personas que cuidan niños a domicilio. Como continuación a este estudio, en septiembre de 2001 se ha adoptado un reglamento sobre el cuidado de los niños, y en enero de 2002 se han iniciado actividades de formación de las puericultoras. El objetivo general no es sólo abrir nuevas guarderías y jardines de infancia y reforzar los servicios de cuidado a domicilio, sino también adaptar el sistema a las necesidades de los padres ofreciendo a estos últimos una amplia gama de posibilidades.

9. La Sra. KARP pregunta si el Estado Parte ha estudiado las repercusiones que tiene para la familia el hecho de que los padres que trabajan en el sector del turismo trabajen principalmente los fines de semana.

10. El Sr. BONET CASAS (Andorra) dice que pese a que la semana de cuarenta horas está establecida en la legislación laboral, con un día de descanso semanal y treinta días de vacaciones anuales, esta reglamentación no puede aplicarse al sector del turismo.

11. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) dice que la Secretaría de Estado para la Familia adopta medidas para evaluar los problemas y encontrar soluciones. Se han previsto programas de sensibilización para hacer conocer a las familias las posibilidades existentes en materia de cuidado de los niños.

12. La Sra. SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que periódicamente se organizan misiones de inspección para hacer un seguimiento de la situación de los niños colocados en familias y centros de acogida, así como para ayudar a los niños que sufren problemas y mejorar la calidad de los servicios.

13. El Servicio de Mediación Familiar se dirige principalmente a las parejas en trámites de separación. Únicamente se invita a los niños a que participen en el proceso de mediación cuando los padres o los profesionales competentes lo consideran necesario. En 2002 se ha decidido pedir a los servicios sociales especializados que lleven a cabo actividades de mediación en todas las situaciones de conflicto que conciernen a los menores.

14. Se ha constituido una comisión que agrupa a los representantes de los Ministerios de Educación, Salud y Protección Social con vistas a examinar el problema de la violencia en la escuela. En 2001 dicha comisión ha llevado a cabo un estudio sobre el conjunto del sistema escolar, con el fin de precisar el número de niños afectados por ese fenómeno, así como el de niños en situación de riesgo. Los resultados se conocerán en febrero de 2002 y el Gobierno decidirá entonces las medidas que cabe adoptar para evitar que este problema, actualmente de poca importancia, se convierta en crónico. En colaboración con la UNESCO y el UNICEF, el Gobierno ha organizado asimismo una campaña de sensibilización, en la que ha participado un millar de niños de los diferentes sistemas educativos, y el Ministerio de Educación ha organizado, con el apoyo del UNICEF, seminarios de formación sobre la resolución de conflictos, dirigidos a alumnos y profesores.

15. Al parecer los problemas de ansiedad y depresión en los niños no han sido objeto de un estudio. La delegación comunicará al Centro de Salud Mental las preocupaciones expresadas por el Comité a este respecto. Los tratamientos psicológicos no están cubiertos por la Caja de la Seguridad Social, tanto si se trata de adultos como de niños, pero el Centro puede garantizar la prestación de servicios gratuitos.

16. La Sra. KARP pregunta si el Centro de Salud Mental puede hacer frente a todas las necesidades y si cuenta con los recursos humanos necesarios.

17. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que el Centro de Salud Mental dispone de especialistas y de establecimientos psiquiátricos, pese a que no posee en la actualidad estructuras especialmente destinadas a los niños. El Principado es consciente de la necesidad de mejorar los servicios en esta esfera y actualmente el Colegio de Psicólogos de Andorra está estudiando la cuestión.

18. En la actualidad no se dispone de ningún dato acerca de la infección de VIH/SIDA. El Gobierno ha empezado a aplicar varios programas de lucha contra las enfermedades de transmisión sexual y prevé organizar campañas de información sobre el SIDA para alumnos y profesores. Los menores interesados pueden dirigirse a los centros de salud de las parroquias para recibir orientación o efectuar las pruebas del VIH gratuitamente, llegado el caso.

19. La dislexia se detecta generalmente en la escuela. Los centros escolares velan por que los niños afectados reciban los cuidados adecuados. Los tratamientos destinados a los niños disléxicos están cubiertos en su totalidad por la seguridad social.

20. Los castigos corporales están prohibidos en la escuela. No existe ninguna ley que los prohíba en el hogar.

21. El Sr. BONET CASAS (Andorra) señala que a lo largo de los últimos veinte años solamente se ha dictado una sentencia contra padres que habían abusado de manera manifiesta de su derecho a corregir a su hijo.

22. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que Andorra acoge a un cierto número de trabajadores migratorios. El Gobierno trabaja en la elaboración de una ley sobre la inmigración, que se inspirará en los principios enunciados en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares , pese a que no la ha ratificado.

23. En el ámbito judicial, es cierto que la pena máxima a la que pueden ser condenados los menores es de 15 años de prisión pero hasta la fecha todavía no se ha pronunciado una pena tan estricta. Los menores delincuentes son encarcelados en pabellones separados de los adultos.

24. El Comité Nacional sobre Informática ha sido encargado de elaborar un sistema que permita bloquear el acceso de los niños a determinados sitios en Internet. El Principado de Andorra, que ha ratificado el Protocolo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, ha incorporado a su Código Penal disposiciones que castigan la posesión de material pornográfico que incluya a niños. Por otra parte, un comité compuesto por expertos se encarga de garantizar el respeto de la ley sobre la radio y la televisión, que prohíbe todos los programas que puedan resultar nocivos para el equilibrio de los niños.

25. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) dice que el Gobierno andorrano, que ha presentado en julio de 2001 su primer informe ante el Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ha elaborado asimismo un protocolo sobre la violencia doméstica, aprobado por el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud y Bienestar. Se acaba de poner en marcha la segunda fase de la aplicación de este protocolo; ésta se basa en una colaboración, en forma de grupos de trabajo, entre expertos procedentes del sistema judicial, los altos mandos de la policía y los servicios sociales. Entre los temas de reflexión asignados a estos grupos de trabajo figura especialmente la cuestión de los centros de acogida para mujeres maltratadas. Está prevista asimismo la elaboración, durante 2002, de un protocolo sobre los niños maltratados y la revisión de los manuales escolares con el fin de eliminar todos los estereotipos sexistas que contienen.

26. El Sr. BONET CASAS (Andorra) precisa que la edad mínima para contraer matrimonio se fija en los 16 años y que los menores que contraen matrimonio son emancipados automáticamente. La ley prohíbe los matrimonios convenidos por los padres.

27. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que el Gobierno tiene previsto retirar las declaraciones que realizó sobre los artículos 7 y 8 de la Convención - relativos al registro de los nacimientos y a la conservación de la identidad y la nacionalidad del niño - pese a que las disposiciones de la ley sobre la nacionalidad responden ya ampliamente a los objetivos previstos por dichos artículos. La legislación nacional no prevé la doble nacionalidad.

28. En respuesta a las preguntas de la Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ , el Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que, por ejemplo, Andorra ha firmado con España un acuerdo para la formación del personal de policía pero que el objetivo es no depender, dentro de veinte años, ni de Francia ni de España para la formación del personal especializado. En este sentido, existe ya una escuela de enfermería en el Principado.

29. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que las autoridades son conscientes de la necesidad de redoblar los esfuerzos para sensibilizar a todas las categorías profesionales que trabajan con los niños sobre las disposiciones de la Convención y elaborar un conjunto de normas que garanticen a los niños el pleno ejercicio de sus derechos.

30. El Sr. BONET CASAS (Andorra) señala que los jueces se forman en la Escuela de la Magistratura de Barcelona y que completan sus estudios con la asistencia a reuniones del Consejo de Europa en Estrasburgo.

31. El Sr. GABARRE IGLESIAS (Andorra) menciona que el Gobierno ha comenzado a concluir acuerdos bilaterales con varios países que han ratificado el Convenio sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional con el fin de multiplicar las posibilidades de adopción para las familias andorranas.

32. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) indica que todas las prestaciones sociales previstas, destinadas en particular a las personas y a las familias desfavorecidas, se conceden a todos los residentes sea cual fuere su nacionalidad. Las autoridades velan asimismo para que se atiendan las necesidades básicas de las personas que se encuentran en situación ilegal en el territorio.

33. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que a los extranjeros con un contrato de trabajo se les concede automáticamente el permiso de residencia. Las personas en situación irregular en el Principado de Andorra son poco numerosas dado que la situación es fácil de controlar a causa del tamaño del país, y a menudo se trata de personas que no regresan a su país de origen una vez que ha caducado su permiso de trabajo estacional.

34. El PRESIDENTE , que toma la palabra en calidad de experto, pregunta si existen organismos gubernamentales que se ocupen de las personas que no disfrutan de ninguna cobertura social, dado que un trabajador que haya sido despedido pierde su derecho a la seguridad social 25 días después de su despido.

35. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que el Principado de Andorra dispone de un sistema público de servicios sociales destinado a ayudar a las personas que lo necesiten, principalmente a través del suministro gratuito de prestaciones sociales básicas.

36. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) añade que en la actualidad su país tiene previsto prolongar la duración de la cobertura social en caso de despido y hacerla proporcional al número de años de cotización del trabajador.

37. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que en el Principado de Andorra, no se ha dado nunca el caso de que una madre divorciada niegue el derecho de visita al padre de su hijo. Por lo que se refiere al pago de la pensión alimenticia, el Principado ha firmado con Francia y España un Convenio de cooperación judicial en virtud del cual es posible notificar al padre que se encuentre en uno de estos países la decisión de un juez andorrano por la que se le ordena que pague la pensión alimenticia a la madre de su hijo que reside en Andorra.

38. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) señala que la Comisión Técnica de Atención a la Infancia y a la Juventud es una comisión consultiva interdisciplinar cuyo objetivo es facilitar la detección precoz de situaciones de riesgo entre la población infantil e intervenir cuando los derechos del niño se vean amenazados. Dicha comisión debería ser reformada en breve.

39. En virtud de la ley sobre la adopción y otras formas de protección del menor abandonado, es siempre responsabilidad del juez de menores resolver en materia de colocación. La elección del tipo de colocación más adecuado para el niño en función de su historia familiar y personal corresponde por su parte a la Dirección de Servicios Sociales, que se basa en los informes de los expertos y de la Comisión Técnica de Atención a la Infancia y a la Juventud.

40. El Sr. BONET CASAS (Andorra) menciona que el Mediador se encarga de recibir e instruir las quejas de los particulares, tanto de los adultos como de los niños, así como de las personas jurídicas, relativas al funcionamiento de la administración pública en la esfera de la salud, del bienestar o de la educación. Si la queja se refiere a un servicio privado, el particular no tendrá otro recurso que presentar una denuncia y entablar un procedimiento civil.

41. Para el desempeño de su función, el Mediador dispone de un presupuesto aprobado por el Parlamento. Cada año debe rendir cuentas de sus actividades ante el Parlamento, presentando de manera anónima cada uno de los casos que ha examinado.

42. La Sra. KARP , a la que se suma la Sra. CHUTIKUL , pregunta si el Mediador tiene facultades para adoptar decisiones o si debe limitarse a formular recomendaciones a las autoridades. Llegado el caso, ¿estas recomendaciones se ven seguidas por medidas inmediatas? Por último, ¿qué seguimiento hacen los parlamentarios del examen anual de los casos que se han presentado ante el Mediador?

43. La Sra. GABARRE IGLESIAS (Andorra) dice que si una investigación del Mediador pone de manifiesto que un niño ha sufrido un perjuicio, se adoptan medidas inmediatas para remediarlo, en general, mediante una indemnización. El Mediador recibe asimismo consultas sobre todas las cuestiones relativas a la infancia, como la manutención del niño en su entorno familiar o también las demandas de adopción internacional.

44. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) señala que un estudio reciente ha puesto de manifiesto que más del 50% de los niños que disfrutan de medidas de protección del Estado proceden de familias monoparentales. El Gobierno tiene la intención de poner en marcha una política encaminada a ayudar a esta categoría de niños así como a los niños de familias inmigrantes que son asimismo objeto de descuido.

45. El Sr. BONET CASAS (Andorra) indica que el Código Penal andorrano prohíbe el aborto. En la actualidad la modificación de esta disposición es objeto de un debate animado en el Parlamento.

46. No se ha realizado ningún estudio detenido sobre la incidencia de los embarazos precoces en Andorra, pero nadie ignora que las adolescentes que se encuentran en esta situación se someten a abortos en los servicios de salud de los países vecinos. Para luchar contra esta plaga, el Gobierno ha introducido cursos de educación sexual en las escuelas.

47. La Sra. KARP pregunta si los cursos de educación sexual están integrados en el plan de estudios o si se trata simplemente de un curso de introducción. A ese respecto, ¿choca el Gobierno con la iglesia, hostil a este tipo de educación?

48. La Sra. CHUTIKUL desea saber si los adolescentes que lo necesitan son orientados por su profesor de educación sexual a los servicios de planificación de la familia.

49. La Sra. OUEDRAOGO querría saber si las jóvenes pueden continuar fácilmente con su escolaridad después de un embarazo y de un alumbramiento.

50. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) precisa que si bien el aborto está prohibido, se fomenta, en cambio, la planificación de la familia. Es un tema que puede ser abordado en los centros de salud y los centros para jóvenes, pero también en las escuelas, en el marco de los cursos de educación sexual, que son optativos. Una adolescente no encuentra ningún obstáculo si desea retomar su escolaridad después del alumbramiento; muy al contrario, el Estado hace todo lo posible para alentarla a este respecto, en especial, poniendo a su disposición servicios de cuidado.

51. Por lo que se refiere a la inserción de las personas discapacitadas, está a punto de adoptarse una nueva ley; ésta va más allá de la precedente y garantiza a los discapacitados el acceso a determinadas prestaciones sociales, a los servicios de salud, a la educación, al empleo y a los servicios sociales.

52. La Sra. OUEDRAOGO pregunta qué proporción de madres amamantan a sus hijos y qué medidas se han adoptado para promover esta práctica.

53. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) responde que todo alumbramiento da derecho a una licencia de maternidad de 16 semanas. Una vez que se han reincorporado al trabajo, las mujeres que amamanten tienen asimismo derecho a ausentarse de su lugar de trabajo un determinado número de horas por día para hacerlo.

54. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) dice que la madre puede decidir, tras haberlo consultado con el padre, repartir con éste el número de días de permiso a los que tiene derecho por licencia de maternidad, que, por consiguiente, cabría llamar licencia paternal.

55. El PRESIDENTE , en calidad de experto, solicita a la delegación que precise los procedimientos de presentación y tramitación de las quejas por abusos sexuales de un menor y que indique si se forma a los agentes de policía para trabajar con los niños.

56. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que los casos de abusos sexuales son a menudo descubiertos en las escuelas y guarderías o por miembros de la profesión médica. Cualquier persona que sospeche de la existencia de abusos debe ponerse en contacto con el servicio de la infancia, que inicia una investigación e informa a la oficina del fiscal si las sospechas son fundadas. La fiscalía adopta entonces medidas destinadas a proteger a la víctima. Los servicios de policía comprenden una unidad especial de menores, que recibe formación específica. De todas formas, los interrogatorios de menores obedecen a normas y procedimientos concretos y se hacen en presencia de un abogado así como de un psicólogo en determinados casos.

57. La Sra. SARDENBERG querría saber si el albergue de la Gavernera mencionado en las respuestas por escrito acoge también a las víctimas de abuso sexual.

58. La Sra. KARP pregunta si se han evaluado ya la eficacia de las medidas de lucha contra el abuso sexual y de ayuda a las víctimas y la eventual necesidad de nuevas medidas.

59. La Sra. DA SILVA CERQUEIRA (Andorra) dice que el albergue de la Gavernera tiene por objeto recibir a niños víctimas de malos tratos, ya se trate de violencia, abuso sexual o descuido. Es el único centro de este tipo en todo el territorio y sólo puede recibir a un número limitado de niños, pero ello queda compensado por un trato muy individualizado, gracias a un personal numeroso y cualificado. No se ha realizado todavía ningún estudio de evaluación de las medidas adoptadas en el ámbito de los abusos sexuales. Hace muy poco que el Estado aplica una política activa en la materia; éste mantiene relaciones estrechas con los profesionales de las vecinas Francia y España para la formación de especialistas.

60. La Sra. OUEDRAOGO querría saber si, como la mayoría de los países que atraen a numerosos turistas, Andorra conoce casos de turismo sexual y de explotación sexual.

61. La Sra. SARDENBERG , apoyada por la Sra. KARP , observa que es hora de reexaminar las actividades y los programas de lucha contra los abusos sexuales y evaluar su eficacia. La legislación también debe revisarse. Adherirse a la Convención significa comprometerse a armonizar el derecho interno propio con las disposiciones de la Convención. Resultaría asimismo útil realizar un estudio sobre la explotación sexual; al parecer este fenómeno existe en todos los países turísticos, pese a que algunos de ellos todavía no sean conscientes de ello.

62. El Sr. FORNER ROVIRA (Andorra) recuerda que Andorra es un país de extensión muy reducida. Sin ser un Estado policial, está, debido a su tamaño, muy bien controlado. Otra de sus características es que acoge a turistas de paso, que no permanecen en el territorio más que un período muy breve de tiempo, para esquiar y hacer algunas compras. Andorra no ha conocido en toda su historia más que un único caso de explotación sexual, que fue inmediatamente castigado. Se trataba de una madre que obligaba a su hija discapacitada a prostituirse. En el supuesto de que se produzca un nuevo caso, no cabe ninguna duda de que sería asimismo detectado muy rápidamente. Es cierto que las disposiciones del Código Penal no se han armonizado con las normas internacionales contra la venta de niños, el tráfico de órganos y las adopciones ilegales, pero en el contexto nacional el legislador no ha considerado estos puntos como prioridades. En cambio, ha querido ser muy estricto por lo que se refiere a las cuestiones de la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. A este respecto, incluso la posesión de material pornográfico de carácter pedófilo constituye delito.

63. El Sr. BONET CASAS (Andorra) precisa que en virtud del Código Penal un ciudadano andorrano puede ser perseguido y sancionado en Andorra por actos cometidos fuera del territorio nacional y que ello se aplica a los actos de pedofilia. Además, Andorra ha participado activamente en la elaboración del Código ético de la Organización Mundial del Turismo.

64. La Sra. CHUTIKUL agradece a la delegación de Andorra la claridad de sus respuestas. Las observaciones finales del Comité harán especial hincapié en el seguimiento y la evaluación, la coordinación de la recopilación de datos, la participación del niño y el respeto de la opinión del niño, el abuso y la violencia, las estructuras de acogida de los niños y los hijos de los trabajadores migratorios estacionales. La oradora espera que el diálogo fructífero entre la delegación y los miembros del Comité haya contribuido a que las cosas progresen en Andorra y, en particular, a que se acepte la idea de que los niños tienen derechos y deben tenerse en cuenta en la elaboración de los programas y políticas del Estado.

Se levanta la parte de la sesión objeto de acta resumida a las 17.35 horas .