Naciones Unidas

CRC/C/SR.1414

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

29 de junio de 2010

Español

Original: francés

Comité de los derechos del niño

51º período de sesiones

Acta resumida de la 1414ª sesión

Celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra, el jueves 4 de junio de 2009, a las 15.00 horas

Presidenta: Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Segundo informe periódico del Níger acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (continuación)

La sesión se declara abierta a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (tema 6 del programa) (continuación)

Segundo informe periódico del Níger acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/NER/2; documento básico (HRI/CORE/1/Add.45/Rev.1); lista de cuestiones que se deben abordar (CRC/C/NER/Q/2); respuestas escritas del Estado parte a la lista de cuestiones que se deben abordar (CRC/C/NER/Q/2/Add.1)) (continuación)

1.Por invitación de la Presidenta, la delegación del Níger vuelve a tomar asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Herczog pregunta qué tipo de apoyo se ofrece a las familias, en particular en materia de reparto de las responsabilidades parentales, educación de los hijos y métodos disciplinarios. También desearía saber si existen programas de desarrollo de la primera infancia.

3.El Sr. Koompraphant, refiriéndose a la aplicación de los artículos 19 y 39 de la Convención, pregunta qué mecanismo se ha instituido para hacer el seguimiento de las familias en caso de negligencia o de malos tratos, qué medidas se adoptan después de la notificación de violencias contra un niño y de qué tipo de ayuda se benefician los niños víctimas. Además, desearía saber si existen programas obligatorios para los padres autores de malos tratos, si el Estado parte piensa ratificar el Protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Internacional que tiene por objeto prevenir, reprimir y castigar la trata de personas, en particular de mujeres y niños, y si ha promulgado una ley específica acerca de la explotación sexual a fin de llevar a la práctica los artículos 34 y 35 de la Convención.

4.La Sra. Villaran de la Puente pregunta qué medidas en concreto ha tomado el Estado parte para proteger a los niños en el conflicto armado que se registra en el norte del país, para combatir, en el marco del Plan de acción nacional de supervivencia, protección y desarrollo del niño, la malnutrición crónica y la desnutrición severa de que sufren los niños, y para prevenir, reprimir y erradicar las violencias contra las muchachas, en particular las mutilaciones genitales, que no pueden explicarse únicamente por la "cultura y la pobreza" del país, como se indica en el párrafo 185 del informe.

5.El Sr. Kotrane se refiere al respeto de los derechos del niño en la familia polígama y pregunta cómo, en caso de repudiación de una de las esposas, el juez interviene concretamente para decidir, entre otras cosas, a quién se atribuye la custodia de los niños y a quién se asignan alimentos. Subrayando los esfuerzos desplegados por el Estados parte para ayudar a los refugiados en el conflicto del Níger septentrional, pregunta si existen planes análogos a favor de los niños desplazados dentro del país. Recuerda que el 74% de los menores de 15 años trabaja, en condiciones peligrosas, en las minas y canteras del país, pregunta si el Estado parte tiene inspectores de trabajo y si piensa celebrar acuerdos de colaboración con la OIT, en particular en el marco del programa internacional de esta ultima para la erradicación del trabajo infantil (IPEC), para proteger a los niños contra la explotación económica. Por último, piensa que sería útil disponer de informaciones complementarias sobre la esclavitud tradicional, que sigue siendo una realidad en el país.

6.La Sra. Varmah (Relatora para el Níger) pregunta si hay en el Estado parte centros encargados de velar por el bienestar de los niños de la calle y de proceder a su seguimiento sanitario y educativo. Desearía, además, informaciones sobre las medidas adoptadas por el Gobierno a favor de los adolescentes aquejados de infecciones de transmisión sexual, de toxicomanía y de trastornos mentales, y desea saber cuáles son los niños beneficiarios de la distribución de maletines escolares. Sería muy de agradecer toda información complementaria sobre las guarderías establecidas fuera de las zonas urbanas, en particular, fuera de la comunidad urbana de Niamey, así como sobre las normas reglamentarias vigentes. Sería interesante saber si existen en las zonas rurales guarderías gratuitas para las familias desfavorecidas y conocer los proyectos del Gobierno acerca de la atención a los niños pobres.

7.La Sra. Asma (Níger) dice que la situación sociosanitaria de la madre y del niño en el Níger, aunque es preocupante, ha mejorado. El Níger ha aprobado un plan de desarrollo sanitario para el período 2006-2010 que reagrupa el 70 % de las actividades relativas a la salud materno‑infantil, y una hoja de ruta para la reducción de la mortalidad materna, infantil y neonatal ya se está llevando a la práctica. La estrategia «supervivencia del niño» −basada en 13 prácticas familiares esenciales (entre ellas, la existencia de puntos o fuentes de agua, el lavado de manos, la utilización de letrinas, la lactancia natural, la alimentación complementaria y la utilización de mosquiteros impregnados) e iniciada en 2009 en la región de Madari, donde se registra la tasa más alta de fecundidad y de mortalidad infantil‑ es uno de los elementos que forman parte de la puesta en práctica del Plan de acción nacional para la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño.

8.El Níger se está esforzando por mejorar la tasa de planificación familiar. Ha introducido un amplio programa de concienciación, en particular a través de las radios comunitarias y, en el conjunto del territorio, los centros de salud ponen a disposición de la población métodos anticonceptivos. En vista de la inmensidad del país, se han instituido otras estrategias, como la distribución comunitaria de anticonceptivos, en las zonas aisladas y remotas. Los servicios de planificación familiar son gratuitos.

9.Respecto de la salud de los adolescentes y de los jóvenes, el Gobierno lanzó en las ocho regiones del país un amplio programa nacional de salud sexual y reproductiva. Así, pues, existen 19 centros que aconsejan a los jóvenes, incluso mediante líneas telefónicas gratuitas, y donde algunos jóvenes trabajan como "educadores". En esos centros una comadrona realiza una labor de concienciación de los jóvenes con respecto al VIH y distribuye productos anticonceptivos y preservativos.

10.El 98% de las mujeres nigerinas amamantan a sus hijos, pero la tasa de lactancia materna exclusiva de los niños de 0 a 6 meses sigue siendo floja. El Níger está introduciendo un amplio programa destinado a fomentar el amamantamiento natural.

11.El Níger tiene más de 150 lugares de prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo que permiten a las madres recibir, en su caso, antirretrovirales para la práctica de un amamantamiento exclusivo junto con un destete precoz o un acompañamiento para la introducción de una lactancia artificial, siempre que lo permitan los recursos financieros de la madre.

12.Por último, el Níger, que en 2005 conoció una crisis alimentaria, está desplegando grandes esfuerzos, incluso en el plano de la prevención, para luchar contra la malnutrición, que ahora tiene rango de prioridad nacional. A tal fin, se ha creado en el Ministerio de Salud Pública una dirección nacional que se dedica a la nutrición y se ha introducido un amplio programa de lucha contra la malnutrición, siendo así que el protocolo de atención previsto ha permitido reducir la malnutrición de los niños del 30 % al 5 %. A nivel comunitario, se han creado servicios de seguimiento del crecimiento.

13.La Sra. Gnandou (Níger) precisa que la organización Médicos sin Fronteras, que hizo una evaluación excesiva de las cifras de malnutrición, es la única asociación a la que las autoridades nigerinas han pedido que salga del territorio, de modo que todas las demás organizaciones no gubernamentales prosiguen su labor en el país.

14.El Sr. Illo (Níger) añade que las autoridades del Níger desean que Médicos sin Fronteras pueda regresar rápidamente al país, siempre que sus actividades respeten el acuerdo celebrado. Indica que las cifras referentes al número de niños aquejados de malnutrición comunicadas por dicha asociación rebasaban con creces la población total del departamento de Maradi, donde operaba la asociación. Por supuesto, la partida de ésta ha creado un vacío, pero otras organizaciones no gubernamentales trabajan de manera armoniosa con el Gobierno nigerino, el UNICEF y los demás copartícipes presentes en el país.

15.La Sra. Villarán de la Puente pregunta si el Estado parte tiene un plan nacional de prevención, de represión y de erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas, y desearía conocer el número de penas pronunciadas por violencias sexuales cometidas en niñas.

16.La Sra. Gnandou (Níger) dice que se ha modificado el Código Penal del Níger para tener en cuenta todas las formas de violencia, incluidas las que se cometen en mujeres y niños, y reforzar las sanciones previstas en un principio, en particular en caso de violación. El hecho de que las violencias sean cometidas en niños constituye una circunstancia agravante. Como en todos los casos el niño tiene acceso a la justicia para presentar una denuncia, no existe ningún problema de impunidad. Además, cada año, se organizan en el país, en torno a la lucha contra la violencia, 16 jornadas de activismo durante las cuales se realizan actividades de escucha, de concienciación, de seguimiento y de asistencia letrada.

17.El Sr. Issouffou (Níger) agrega que existe en el Níger un plan de lucha contra las violencias cometidas en mujeres y en niños, plan que prevé, entre otros actos, jornadas de activismo y de concienciación acerca de esta cuestión. Sin embargo, conviene señalar que la denuncia no es cosa corriente en la sociedad nigerina y que las fuerzas de policía o los magistrados no pueden actuar mientras no se les presenta directamente un asunto. Ahora bien, es rarísimo, por ejemplo, que una mujer denuncie a su marido por violencia. Cabe esperar que las mentalidades evolucionen progresivamente y que la denuncia pueda algún día percibirse como un acto de protección.

18.El Sr. Kotrane desearía saber si la ley prohíbe explícitamente los castigos corporales y si los médicos, las autoridades sociales, los maestros o cualquier otro profesional que trabaje con niños tiene el deber de notificar los malos tratos.

19.El Sr. Koompraphant desearía conocer los mecanismos y los servicios de protección que pueden utilizar los niños víctimas de malos tratos.

20.La Sra. Ortiz pregunta si existen en el Estado parte mecanismos de denuncia y de atención accesibles y capaces de hacer evolucionar la situación para romper esa cultura del silencio.

21.El Sr. Filali (Relator para el Níger) pregunta si se ha pedido a los medios de comunicación social –que pueden resultar muy útiles en esta materia‑ que participen en los diversos programas de concienciación sobre los castigos corporales.

22.La Presidenta, tras señalar que los castigos corporales no se limitan a una azotaina, desearían conocer la definición, si la hay, que de ellos da el Código Penal.

23.La Sra. Gnandou (Níger) dice que los castigos corporales como tales no se mencionan en el Código Penal –donde sólo se habla de malos tratos‑ en la medida en que se sitúan en cierta cultura y ciertas tradiciones del país. En África, dar unos azotes a un niño que se ha portado mal no se considera necesariamente un mal trato. Sin embargo, las autoridades, conscientes de su deber de protección, han dictado una decisión que prohíbe la práctica de los castigos corporales en la escuela. Unos inspectores pedagógicos velan por que la aplicación sea efectiva.

24.Los niños víctimas de malos tratos son atendidos por estructuras concretas, como la brigada de menores y, gracias a los esfuerzos desplegados por el Gobierno para dar formación a todos los agentes que intervienen en esta esfera sobre los aspectos positivos de la denuncia, se registra un número cada vez mayor de casos que desembocan en procesamiento.

25.El Sr. Issouffou (Níger) agrega que el país dispone de un marco de concertación nacional de la lucha contra la violencia en las mujeres y los niños, es decir de un órgano que reagrupa a partícipes técnicos y financieros y representantes de la sociedad civil, que organiza actividades de concienciación, en particular en los medios de comunicación públicos y privados y que es recibido cada año por el Presidente de la República. El Gobierno, que dispone de recursos humanos y financieros muy limitados, está estudiando, por otra parte, con UNICEF-Níger la instalación de una línea telefónica gratuita para la notificación de los malos tratos. Desde luego, hay un operador de telefonía móvil que está dispuesto a abrir un número gratuito, pero la cuestión de la infraestructura necesaria al buen funcionamiento de ese nuevo servicio merece examinarse, ya que se trata de dar una respuesta adecuada a la situación individual de cada niño.

26.La Sra. Ortiz cree que las vacilaciones del Estado parte son legítimas, pero desea estimularlo a proceder por etapas y a instalar, a la brevedad posible, una línea telefónica gratuita.

27.La Sra. Al-Asmar desearía comprender por qué la educación está gestionada por varios ministerios y conocer con más detalle el funcionamiento del sistema educativo.

28.El Sr. Krappmann desea saber si la educación preescolar es gratuita y cuántos niños asisten a una institución de la primera infancia antes de entrar en la enseñanza primaria. También le gustaría conocer la consignación presupuestaria del sector de la educación, en particular a la luz de las informaciones facilitadas acerca de la penuria de pupitres en las escuelas y las reducciones de los sueldos de los docentes, así como las razones que explican la reducida tasa de escolarización de los niños.

29.La Sra. Aidoo pregunta si existen formas no tradicionales de enseñanza y, en su caso, posibilidades de equivalencia con la enseñanza escolar. También quisiera saber cuáles son los niños que asisten a las escuelas coránicas y si estos establecimientos están reglamentados y dispensan otras enseñanzas que la religiosa.

30.La Sra. Rabi (Níger) explica que el Presidente de la República, atendiendo a las reivindicaciones de los docentes expresadas en ocasión de varias huelgas, aumentó recientemente las primas del personal docente en un 50%, y que se ha iniciado un proceso de titularización con miras a la contratación de 6.000 maestros y profesores en el sector público. Con respecto al control de la calidad de la enseñanza, el Ministerio de Educación Nacional ha elaborado varios criterios para el nombramiento de los docentes, incluidos los docentes no titulares y los directores de establecimientos. El presupuesto de la educación sigue siendo bajo pero ha registrado una clara progresión, pasando del 2% en 2002 al 16% en 2009.

31.Los niños de 12 a 16 años que cursan una formación profesional son acogidos en los centros de formación y desarrollo comunitario (CFDC). El Ministerio encargado de la formación profesional y técnica y el Ministerio encargado de la reinserción de los jóvenes para el desarrollo disponen también de programas para la formación de los jóvenes.

32.Varios ministerios atienden a la primera infancia en el Níger, en el marco del programa de desarrollo de la primera infancia y de la política integrada de desarrollo del niño. El Ministerio de Educación Nacional ha realizado encuestas para hacer un censo de los niños que se hallan en situación de conflicto o de los niños desplazados, ha elaborado programas concretos de recuperación escolar para ellos a fin de garantizar su integración escolar y ha capacitado especialmente a profesores y maestros. Además, ha hecho un llamamiento a las organizaciones no gubernamentales para que se encarguen de la alimentación de los más pequeños.

33.La Sra. Gnandou (Níger) observa que todo país, incluso movido por la mejor voluntad, sólo puede actuar en los límites de sus recursos y que el Níger, que es un país pobre, ya ha hecho mucho. La explotación de los recursos petroleros del país debería permitir pronto obtener fondos suplementarios para la educación de los niños. Conviene advertir que, además del presupuesto de la educación, que ha evolucionado en función de las nuevas necesidades, para tener en cuenta, por ejemplo, la apertura de escuelas en las aldeas más remotas, el programa especial del Presidente de la República contiene una faceta de enseñanza y que el personal docente no está remunerado con cargo al presupuesto de la educación nacional.

34.El Sr. Kotrane desearía obtener un complemento de información sobre la coordinación, en las esferas de la educación y de la salud en particular, de los programas que dependen de los ministerios interesados y del programa especial del Presidente de la República.

35.La Presidenta desearía algunas aclaraciones sobre la apertura de 1.000 centros nuevos de salud en el contexto general de una reducción del presupuesto dedicado a la salud y los servicios sociales.

36.El Sr. Illo (Níger) dice que la estructuración de los diversos programas, compleja en apariencia, se articula en torno a la Estrategia de reducción de la pobreza. El Níger es un país que durante mucho tiempo se ha encontrado en una fase de ajuste y que, por esa razón, debe respetar ciertas reglas relativas a la utilización de sus fondos, que en este caso son fondos especializados. Por lo general, en el Níger los sueldos no son pagados por los ministerios del caso. Así, por ejemplo, el Ministerio de Educación Nacional no paga directamente a sus colaboradores. El programa especial del Presidente, que depende de un modo distinto de financiación, se basa en la construcción de infraestructuras, como las escuelas o los dispensarios.

37.La Sra. Varmah(Relatora para el Níger) desea saber si los servicios de salud privados y públicos son verdaderamente accesibles a los pobres.

38.La Sra. Villarán de la Puente pide, con miras a la evaluación de los fondos dedicados efectivamente a la aplicación de los derechos del niño, aclaraciones sobre la organización presupuestaria general del Estado parte.

39.El Sr. Citarella pregunta si en el Estado parte hay escuelas privadas.

40.La Presidenta quiere saber la fracción exacta de los fondos que se dedican a la infancia, en la estructura presupuestaria general del Estado parte.

41.El Sr. Illo (Níger) dice que el programa especial del Presidente de la República es un fondo de infraestructura alimentado por los recursos procedentes de la anulación de la deuda del Níger, país admitido en la Iniciativa Reforzada para los Países Pobres Muy Endeudados, y no por las sumas pagadas por el contribuyente nigerino. El Níger tiene evidentemente un presupuesto nacional que controlan estrechamente las instancias internacionales como el FMI y el Banco Mundial para paliar ciertos desequilibrios macroeconómicos que entorpecen la realización de programas sociales y sanitarios. El presupuesto nacional contiene, por una parte, créditos para "gastos de personal" y, por otra, las consignaciones de funcionamiento de los diversos ministerios. Todos los agentes del Estado del Níger están remunerados con cargo a la misma asignación presupuestaria, de conformidad con un solo y mismo baremo salarial. Algunos funcionarios, en particular el personal docente y los empleados del cuerpo médico, también perciben primas, vinculadas con su sector de actividad.

42.La Sra. Aidoo quisiera saber qué parte del presupuesto nacional se dedica efectivamente a la realización de los derechos del niño, a través de los presupuestos de funcionamiento de los diversos ministerios interesados.

43.La Presidenta pregunta quién paga a los profesores y maestros de las escuelas privadas y de las escuelas coránicas, cómo se reglamenta el funcionamiento de esas escuelas y si existe un seguimiento y una evaluación de la calidad de la enseñanza.

44.La Sra. Rabi (Níger) dice que el presupuesto asignado a la enseñanza representa el 15,1% del presupuesto global del Estado. Hay en el Níger escuelas públicas, escuelas privadas, escuelas comunitarias y escuelas coránicas. Los maestros y profesores de las escuelas públicas son remunerados por el Estado, los de las escuelas privadas son pagados por los fundadores de las escuelas. Las escuelas privadas reciben una subvención del Estado.

45.Se está reorganizando el sistema de las escuelas coránicas. Los maestros y profesores de esas escuelas reciben una formación y cumplen ciertas directrices, y la inspección de la enseñanza franco-árabe controla la calidad de la enseñanza. El Ministerio de Educación Nacional facilita carpetas escolares a los niños de la enseñanza preescolar y de la primaria, para lo cual tiene el apoyo de socios técnicos y financieros. La calidad de la enseñanza está controlada por la inspección del Ministerio de Educación Nacional.

46.La Sra. Rabi indica que la tasa de escolarización de los niños en edad preescolar es del 2%. La Inspección de la Educación Preescolar controla la calidad de la enseñanza. Las guarderías que dependen del Ministerio de Promoción de la Mujer y Protección del Niño acogen a niños de 0 a 3 años, mientras que los jardines de la infancia acogen a los niños de 3 a 6 años. Respecto de los jardines de la infancia comunitarios, el Ministerio de Educación Nacional ha elaborado un documento titulado "Normas de acreditación", que regula la matrícula, la superficie de los locales y las enseñanzas impartidas en ese tipo de establecimientos. El Programa Decenal de Desarrollo de la Educación (PDDE) tiene en cuenta la educación de la primera infancia en lo que se refiere al acceso, a la calidad de la enseñanza y a las infraestructuras.

47.La Sra. Gnandou (Níger) dice que no resulta posible determinar la cuantía del presupuesto que se asigna específicamente a la primera infancia porque el Ministerio de Promoción de la Mujer y Protección del Niño recibe una cuantía global.

48.El Sr. Filali (Relator para el Níger) pregunta si los maestros y profesores de las escuelas coránicas también son pagados por el Estado, si esas escuelas son objeto de inspecciones y qué se hace para evitar que los alumnos de esas escuelas se vayan a mendigar por las calles.

49.La Sra. Villarán dice que convendría que el Estado parte elaborase indicadores que permitiesen saber cuánto se ha invertido en la realización de los derechos del niño, en la educación y en la salud de los niños.

50.El Sr. Krappmann pregunta cuántos jóvenes reciben una formación profesional y a qué edad. También desearía que se complementaran las informaciones sobre la educación no académica que, a su entender, podría contribuir a paliar ciertas insuficiencias del sistema de educación clásico.

51.El Sr. Citarella desearía saber el número de niños que acuden a las escuelas públicas, a las escuelas coránicas, a las escuelas comunitarias y a las escuelas privadas. También desearía saber si sólo las escuelas públicas están a cargo del Estado.

52.La Sra. Aidoo pregunta si las escuelas coránicas sólo imparten una enseñanza religiosa o si los niños pueden igualmente estudiar en ellas materias tales como las matemáticas o las ciencias. También quisiera saber si a esas escuelas sólo acuden niños desfavorecidos y si ocurre que los maestros envíen a los niños a mendigar en la calle. La Sra. Aidoo señala que el sistema de educación no académica puede resultar muy valioso porque, con las equivalencias, puede permitir a niños desfavorecidos ingresar algún día en el sistema de educación clásica.

53.La Presidenta pregunta si las muchachas que se casan o tienen hijos en una edad precoz tienen alguna posibilidad de terminar su escolaridad.

54.La Sra. Rabi (Níger) contesta que esas muchachas tienen la posibilidad de terminar su escolaridad. Añade que, en el marco de la reorganización de las escuelas coránicas, está previsto que se integren en los programas las materias enseñadas en la escuela primaria, en particular las matemáticas y las ciencias. Con todo, hay en el Níger unas 50.000 escuelas coránicas y el proceso de reorganización es bastante lento, por lo que algunas de esas escuelas todavía se hallan en el sistema de educación no académica y el Ministerio de Educación Nacional no puede garantizar la calidad de la enseñanza que en ellas se imparte.

55.El Sr. Issouffou (Níger) dice que, en ocasión de la elaboración de la política nacional de desarrollo integrado del niño de corta edad, que atañe a los niños de 0 a 8 años, las autoridades han comenzado a elaborar un marco para las escuelas coránicas y a garantizar en esos establecimientos una mejor protección del niño. La reorganización de esas escuelas está coordinada por el Ministerio de Promoción de la Mujer y Protección del Niño, porque no se refiere únicamente a los aspectos pedagógicos, sino también a las cuestiones relativas a la protección y a la salud de los niños. Es cierto, efectivamente, que los maestros de las escuelas coránicas a menudo envían a los niños a mendigar en la calle, lo que puede tener para estos últimos graves consecuencias. Recientemente se ha invitado al Ministerio de Salud Pública, al Ministerio de Educación Nacional y al Ministerio de Trabajo, así como a la Secretaria General del Gobierno, a que emprendan una reflexión profundizada sobre los medios que parezcan más apropiados para resolver este problema.

56.La Sra. Gnandou (Níger) dice que, en el marco del Acuerdo Multilateral de Cooperación en Materia de Lucha contra la Trata de Niños en el África Occidental, firmado por diez Estados, se imparte una formación a los funcionarios de policía, al personal de la gendarmería, a los trabajadores sociales y a los jueces para que puedan atender mejor a los niños talibés que son víctimas de una explotación económica. Por otra parte, se han instalado en las fronteras puestos de control y ya los niños no pueden hoy en día pasar de un país al otro.

La sesión se suspende a las 16.45 horas y se reanuda a las 15.05 horas.

57.La Sra. Gnandou (Níger) puntualiza que las escuelas coránicas bien estructuradas se llaman «madrazas» en el Níger. Las madrazas tienen un programa de estudios muy largo y llevan a la universidad, en particular a la Universidad islámica de Say. Las autoridades son conscientes de que la reorganización, por el Estado, de la educación no académica podría permitir aumentar la tasa de escolarización de los niños.

58.La Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales es totalmente independiente, aunque su presidente sea nombrado por el Presidente de la República. Ha recibido la calificación «A» otorgada por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (CIC). Se ha votado un texto para que esté representada en todo el territorio. Dicha Comisión dispone de su propio presupuesto, tiene una división encargada de ocuparse de los derechos de la mujer y de los derechos del niño, se puede acudir a ella en todo momento y tiene la posibilidad de investigar las denuncias recibidas; un vez que el asunto está en manos de la justicia, la Comisión ya no puede tomar ninguna decisión, pero acompaña a los demandantes.

59.El Plan nacional de lucha contra las violencias sexuales en niños tiene por objeto proteger a los niños contra la explotación sexual. Este problema no se plantea con gran agudeza en el Níger, que es principalmente un país de tránsito a este respecto.

60.Las reformas iniciadas en materia de justicia de menores todavía no han dado todos sus frutos y se plantea, en particular, un problema de recursos humanos. Los jueces de los tribunales en general son diplomados muy jóvenes, mientras que los asuntos que se tratan pueden ser importantes y complejos y deberían ser instruidos por magistrados más experimentados.

61.El Sr. Zermatten pregunta qué medidas, distintas de las obras de interés general, pueden tomarse respecto a los menores. Se muestra sorprendido de que las penas de prisión aplicables a los menores puedan ser de hasta 30 años y desearía saber en qué establecimientos se ejecutan esas penas, si los menores en prisión preventiva son custodiados en las comisarías de policía o en cárceles y si existen pabellones separados para los menores. Por otra parte, pregunta a partir de qué edad puede un menor ser condenado a una sanción penal, ya que, según la ordenanza no 99‑11 de 14 de mayo de 1999, el menor de 18 años que actúa con discernimiento puede ser condenado a una pena privativa de libertad.

62.La Sra. Gnandou (Níger) contesta que antes de la edad de 14 años el niño no puede ser condenado a una sanción penal. Sólo a partir de esa edad se intenta averiguar si ha actuado con discernimiento. Subraya que las autoridades del Níger desean crear infraestructuras y tomar medidas que cumplan las normas internacionales y que han aprobado los textos necesarios, pero que, a la hora de aplicarlos, tropiezan con limitaciones presupuestarias y la falta de recursos humanos. Sin embargo, se ha progresado algo y los menores están ahora recluidos en locales distintos de los que acogen a los adultos. Es cierto que la regla es la sanción penal, pero las autoridades judiciales esperan poder recurrir cada vez más a medidas educativas, como la educación vigilada, que están previstas en la ordenanza n° 99-11.

63.El Sr. Kotrane dice que sería necesario introducir algunas modificaciones en la legislación y, en particular, prever penas menos largas para los menores. Subraya, por lo demás, que, según las informaciones de que dispone el Comité, las condiciones de detención de los niños son sumamente difíciles.

64.La Sra. Gnandou (Níger) dice que las condiciones de detención están fijadas por el Código Penal y que a los niños se les aplican condiciones más favorables que a los adultos. Con todo, con el tiempo será posible mejorar aún más esas condiciones

65.El Sr. Citarella pregunta si se lleva a juicio al menor de 13 años que ha cometido una infracción penal.

66.La Sra. Gnandou (Níger) dice que los menores de 13 años pueden ser llevados a juicio pero no pueden ser condenados a una sanción penal. Pueden ser objeto, sin embargo, de medidas de educación vigilada o de un seguimiento psicológico o psiquiátrico.

67.El Sr. Issouffou (Níger) dice que sólo como último recurso se pronuncia una pena privativa de libertad contra un niño. La ordenanza n° 99-11 prevé en el caso de los niños medidas de educación y de reinserción social que se enmarcan en las soluciones de sustitución del encarcelamiento. En el marco del proyecto titulado «Justicia de menores», unos comités locales se esfuerzan por promover, en colaboración con los magistrados, soluciones distintas del encarcelamiento para los niños que entran en conflicto con la ley. El Gobierno ha iniciado la construcción de dos centros para niños en situación particularmente difícil, incluidos los niños que entran en conflicto con la ley, uno en Maradi y otro en Niamey.

68.La Sra. Gnandou (Níger) dice que el país no reconoce ninguna posición privilegiada a la adopción, que sigue siendo una solución de último recurso. Sin embargo, cuando un niño ha de ser adoptado, las autoridades se cercioran de que los adoptantes cumplen efectivamente las condiciones requeridas. En el caso de las adopciones internacionales, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Niño estudia el expediente presentado por los candidatos adoptantes y lo transmite al Ministerio de Justicia. Las autoridades del Níger conservan cierto control sobre el niño adoptado y exigen que se les presente cada año un informe sobre la evolución del niño y sus condiciones de vida.

69.Los niños nacidos en el Níger de padres extranjeros adquieren automáticamente la nacionalidad nigerina. Los padres pueden inscribir el nacimiento de su hijo en cualquier parte del país. El código de la nacionalidad prevé que, cuando la nacionalidad de un niño no puede determinarse, la nacionalidad nigerina se le concede ex officio,a fin de que sea protegido por las leyes nacionales. Por lo demás, las mujeres pueden hoy en día transmitir la nacionalidad.

70.La Sra. Ortiz pregunta si en el Níger existe la adopción simple o la adopción plena y desearía conocer el número de unas y otras. También quisiera saber cuántos niños han sido adoptados por extranjeros y cuál es el órgano encargado de fiscalizar las adopciones. Pregunta si el Níger piensa ratificar la Convención de La Haya sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional.

71.La Sra. Gnandou (Níger) dice que la legislación nigerina prevé la adopción simple y la adopción plena. En el ámbito nacional, se practica más la adopción simple. La adopción plena concierne sobre todo a los niños que no tienen vínculos con ninguna familia.

72.La Presidenta pregunta si, habida cuenta de la reducida tasa de inscripción de los nacimientos en el Estado parte, los niños nacidos de padres extranjeros tienen verdaderamente la garantía de poder acogerse al Ius soli.

73.La Sra. Gnandou(Níger) contesta que el Estado procura facilitar a la población los servicios necesarios para que sea inscrito todo niño nacido en territorio nigerino. Se han creado centros auxiliares en las aldeas, donde los registros son llevados por los jefes de aldea. En los centros secundarios, el jefe de cantón se encarga de llevar el registro y está facultado para expedir actas de registro civil. En las grandes aglomeraciones el registro de los nacimientos se efectúa en los centros principales, en particular a nivel del ayuntamiento o de la prefectura. Además, se organizan en el país campañas de registro gratuito de nacimientos. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que, con una superficie de 1.267.000 km2, el Níger es un país muy vasto y que es difícil llegar a toda la población.

74.El Sr. Filali (Relator para el Níger) señala que los agentes que trabajan para los servicios del registro civil en general no reciben ninguna remuneración y acaban por dejar su cargo. Pregunta cómo, en esas condiciones, es posible efectuar las inscripciones.

75.La Sra. Gnandou (Níger) dice que acaban de nombrarse directores departamentales y directores regionales, que se han pagado los atrasos de sueldos y que el Estado procurará en adelante garantizar que los agentes del registro civil sean pagados regularmente.

76.La Sra. Varmah (Relatora para el Níger) pregunta cuáles son los plazos para declarar el nacimiento de un niño.

77.La Sra. Gnandou (Níger) contesta que en las zonas rurales el plazo es de 45 días y en las ciudades de tres días. Vencidos esos plazos, un tribunal tiene que dictar una sentencia declarativa de nacimiento.

78.El Sr. Filali (Relator para el Níger) pide más información sobre los diferentes planes a favor de la infancia adoptados por el Estado parte y desearía saber si se han tomado decisiones acerca de la puesta en práctica del Plan de acción nacional para la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño.

79.El Sr. Issouffou (Níger) dice que el país ha tropezado con dificultades en el proceso de elaboración y aprobación del Plan de acción nacional para la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño, lo que no ha sido óbice para que tome medidas a favor de los niños en todas las esferas, en particular las de la salud y la educación. Dicho plan ha sido revisado y hoy tiene en cuenta los Objetivos de Desarrollo del Milenio; se ha aprobado un presupuesto para llevarlo a la práctica. El Plan nacional de lucha contra las violencias sexuales en niños (2006‑2010) se está ejecutando y las autoridades se esfuerzan, en particular, por concienciar a los administradores de hoteles y a los transportistas con respecto a la cuestión del turismo sexual.

80.La Sra. Gnandou (Níger) dice que el Ministerio de Promoción de la Mujer y Protección del Niño procura que la sociedad civil participe en la elaboración y aprobación de los planes y de las políticas, así como en la realización de estudios sobre los niños. Las presiones que las organizaciones de la sociedad civil ejercen son indispensables para que puedan ultimarse los textos propuestos por el Ministerio. El Níger acaba de aprobar una política nacional en materia de género, que tiene por objeto poner fin a la discriminación de que son víctimas las muchachas y las mujeres y devolver a la mujer su lugar en la célula familiar, en la economía y en la vida política.

81.El Sr. Hamadou (Níger) dice que la legislación nigerina tiene en cuenta la cuestión del trabajo infantil. Recuerda que el Níger ratificó el Convenio no 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) acerca de la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio no 182 sobre las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata con miras a su eliminación. Las disposiciones del Convenio n° 138 se han incorporado al Código de trabajo. La edad mínima para trabajar es de 14 años en el Níger. Sin embargo, es posible emplear a niños de entre 12 y 14 años en trabajos ligeros, a condición de que esos trabajos no perjudiquen su integridad física y moral y no perturben su escolaridad. Igualmente, existen restricciones relativas a los trabajos que puedan efectuar los jóvenes de entre 16 y 18 años. El Código de trabajo se está revisando en la actualidad y se prevé que se le incorporarán los preceptos del Convenio n° 182 de la OIT. El Níger aplica ya las disposiciones de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Por otra parte, existe un servicio de inspección del trabajo en cada capital de región, y a ellos hay que añadir la Inspección del trabajo del departamento de Arlit, donde están agrupadas las grandes sociedades mineras. El Níger trabaja en estrecha colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo sobre la cuestión del trabajo infantil y el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) que se está ejecutando en el país.

82.La Sra. Varmah (Relatora para el Níger) da las gracias a la delegación del Estado parte por la franqueza y la precisión con que ha contestado a las preguntas del Comité y dice que las recomendaciones del Comité se referirán, entre otras cosas, a la definición del niño, la edad para contraer matrimonio, la edad para trabajar, la responsabilidad penal, la inscripción de los nacimientos, la preservación de la identidad, la libertad de expresión, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la protección de la vida privada, el derecho de no ser sometido a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, la intensificación de los esfuerzos a favor de la educación de las muchachas en las zonas rurales, la mejora de la capacidad del personal docente y de la calidad de la enseñanza, los cuidados de salud básicos, las enfermedades de transmisión sexual, el VIH/SIDA, el acceso al agua potable, el acceso de los niños con discapacidad y de los grupos de niños vulnerables a cuidados médicos, el nivel de vida, la instalación de un mecanismo nacional encargado de la reunión de datos, la adopción de un nuevo plan de acción nacional a favor de la infancia y el proyecto de documento marco de política nacional de desarrollo integrado del niño de corta edad elaborado en 2005, la difusión de la Convención entre los niños y la elaboración de un programa de concienciación destinado a denunciar los actos de violencia.

83.La Sra. Gnandou (Níger) dice que su Gobierno tendrá en cuenta las recomendaciones que le dirija el Comité. Las autoridades del Níger tienen una verdadera voluntad de promover y proteger mejor los derechos del niño, aun cuando los recursos humanos y financieros del país no permitan progresar tan rápidamente como sería deseable.

84. La delegación del Níger se retira.

Se levanta la sesión a las 18 horas.

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