CRCConvención sobre los Derechos del Niño

Distr. GENERAL

CRC/C/SR.763 10 de junio de 2004

ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

29º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 763ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el miércoles 23 de enero de 2002, a las 10.00 horas

Presidente : Sr. DOEK

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )

Segundo informe periódico de Chile

__________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.02-40174 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )

Segundo informe periódico de Chile (CRC/C/65/Add.13; CRC/C/Q/CHI/2; HRI/CORE/1/Add.103; respuestas escritas a las preguntas de la lista de cuestiones presentadas por el Gobierno de Chile (documento sin signatura distribuido en la sala de reuniones en español e inglés)).

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Chile toman asiento a la mesa del Comité .

2. La Sra. PÉREZ (Chile) dice que los progresos logrados en la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño han sido el resultado del importante esfuerzo realizado por erradicar la pobreza y la exclusión social, que ha entrañado la identificación de los problemas más esenciales. Aun cuando todavía existe una distancia sustancial respecto de las normas establecidas en la Convención, que es consecuencia de la persistencia de ciertas concepciones culturales en relación con la infancia, el Gobierno está plenamente a favor de la Convención y de los principios que la sustentan.

3. La pobreza entre los jóvenes ha disminuido drásticamente, la cobertura de la educación se ha ampliado en todos los niveles, y el hecho de que se hayan identificado mejor los sectores más pobres y más vulnerables ha reducido la mortalidad infantil. La Ley de filiación y la Ley de adopción protegen a los niños nacidos fuera del matrimonio y conceden prioridad al interés superior del niño. Chile ha firmado el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, y la adopción internacional es una excepción en lugar de una norma. La nueva Ley de delitos sexuales brinda una protección mayor a las víctimas, en particular a las menores de 12 años, y acelera los procedimientos judiciales, mientras que la Ley Orgánica Constitucional de la Enseñanza ha sido enmendada para que las adolescentes que están embarazadas o amamantando puedan continuar estudiando. Chile ha ratificado también los Convenios Nos. 103 y 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

4. El sistema de protección se ha reformado separando la protección de los derechos y la responsabilidad de los menores, y se ha prestado especial atención a los derechos de los niños y jóvenes vulnerables. La reciente Política Nacional a Favor de la Infancia y la Adolescencia, en la que se han definido diversos sectores estratégicos, se ha inspirado principalmente en la Convención. Los problemas más graves que es necesario resolver provienen de la persistencia de muchas y profundas diferencias sociales y de la consiguiente demora en el establecimiento de un enfoque sobre los derechos del niño. De cualquier modo, se está revisando lentamente el sistema de justicia de menores. El VIH/SIDA y las poblaciones indígenas son otros dos sectores que han recibido una escasa respuesta por parte del Estado y la sociedad, a lo que se ha añadido la dificultad con que ha tropezado el país para recabar la participación de los diversos sectores gubernamentales y no gubernamentales y coordinar sus aportaciones.

5. Entre los principales desafíos figuran el establecimiento efectivo de políticas públicas a favor de la infancia basadas en los derechos y el logro de un compromiso unánime para aplicarlas y lograr el acceso de todos a una educación primaria y secundaria de primera calidad, que es la piedra angular de la igualdad de oportunidades. Otra tarea es la creación de un nuevo sistema de establecimientos públicos para los niños y los jóvenes que garantice la aplicación efectiva de la Convención y de la Política Nacional y el Plan de Acción Integrado a Favor de la Infancia y la Adolescencia para el período 2001-2010, comprendidos los planes específicos que este último comporta. Las autoridades tienen la intención de integrar plenamente las organizaciones de la sociedad civil en sus esfuerzos por aplicar la Convención, así como de promulgar una legislación sustantiva que asegure a los niños el pleno disfrute de sus derechos.

6. La Sra. SARDENBERG acoge satisfecha a la delegación y la felicita por su presentación instructiva. Ha quedado impresionada por el alto nivel de la representación y por el hecho de que provenga de diversos sectores, lo que demuestra el enfoque integrado que ha adoptado el país.

7. Pide a la delegación que explique el papel que desempeña el Ministerio de Planificación y Coordinación y diga hasta qué punto es responsable de la realización de los derechos de los niños. También desearía saber cuáles son las responsabilidades del Departamento de Coordinación Intersectorial y Sociedad Civil, y exactamente cómo coopera con la sociedad civil. La adhesión de Chile a todos los principales instrumentos demuestra su compromiso a este respecto, y los indicadores de la esperanza de vida, inoculación y mortalidad infantil son favorables en comparación con las tendencias que se registran en el resto de América Latina. Con todo, como la democracia tiene consecuencias para los niños, se pregunta si el nuevo Gobierno que asumió el poder en el año 2000 como resultado de unas elecciones libres y justas encuentra difícil cumplir con los instrumentos de derechos humanos después de los largos años de dictadura.

8. Pese a lo detallado del informe, resulta algo vago respecto de lo que sucede realmente sobre el terreno. Por otro lado, se observan ciertas disparidades entre el informe y las respuestas presentadas por escrito, lo cual da a entender que no se ha coordinado adecuadamente el trabajo realizado por diferentes personas, por lo que la oradora desearía saber cómo se han redactado realmente ambos documentos. Aun cuando reconoce los progresos realizados, señala que algunas de las recomendaciones de la breve lista, que figura en las observaciones finales sobre el informe inicial, inclusive las relativas a la justicia de menores, no se han cumplido, y subraya que las recomendaciones de cada serie de observaciones finales deben ser el punto de partida para el siguiente informe. Por consiguiente, no ha quedado claro el criterio adoptado por el Gobierno al otorgar prioridad a la infancia en sus políticas generales.

9. Un obstáculo grave es que continúe vigente la Ley de menores de 1967 y que no exista una política oficial sobre las personas en situaciones irregulares, pese a que Chile hace tiempo que ratificó la Convención, en 1990. Sólo pueden formularse planes eficaces sobre la base de instrumentos actualizados. ¿Puede aclarar la delegación qué medidas están previstas para un futuro inmediato? Muchas leyes a las que se hace referencia en el informe siguen estando en su etapa inicial, y pueden pasar bastantes años hasta que se llegue a promulgarlas. Una cultura de derechos puede poner fin a la cultura de la violencia; por consiguiente, se hace necesario un nuevo enfoque para que el país cumpla plenamente la Convención. Desearía saber la competencia que tiene el Grupo de Trabajo Intersectorial en Materia de Infancia y Adolescencia, y el lugar que ocupa en la estructura de gobierno, y si la Convención se ha traducido y divulgado en idiomas distintos del español.

10. La Sra. CHUTIKUL da las gracias a la delegación por su instructiva presentación. Las respuestas presentadas por escrito la han desconcertado un poco. ¿Está en lo cierto al pensar que el Gobierno todavía no ha terminado de establecer un comité consultivo de la sociedad civil encargado de aplicar la Convención? Pregunta si todavía no se ha creado el Ministerio de Asuntos Sociales y cómo encaja en el Consejo de Ministros para la Infancia y la Adolescencia existente. ¿Cómo se llevarán a cabo sus actividades al nivel local -como se dice en el informe-, sobre todo dado que las respuestas escritas han revelado que las Oficinas de protección de los derechos de la infancia funcionarán a nivel local aunque, al parecer, tienen un mandato limitado y no abarcan la totalidad de la Convención? Pregunta, además, cómo encajan en la estructura general.

11.Desea saber si el Plan Nacional tiene un sistema de vigilancia automático o si habrá un órgano de vigilancia independiente. Teniendo en cuenta que Chile tiene 13 regiones ¿cómo funcionan los planes regionales destinados a los niños y cómo se relacionan con el Plan Nacional? Pregunta si existe una organización general que coordine las relaciones entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales (ONG) y si estas últimas participan en la formulación de los planes nacionales. ¿Existe un sistema para el desglose de datos? ¿Se ha desarrollado algún indicador de la infancia?

12. La Sra. AL-THANI pide que se le dé una explicación sobre los cambios legislativos introducidos en relación con los delitos sexuales contra niños menores de 12 años, ya que, según parece, la nueva ley hará más difícil el procesamiento de los delincuentes. También deja a los menores de edades comprendidas entre 12 y 18 años sin protección contra esos delitos. Desea saber si las Oficinas de protección de los derechos de la infancia desempeñarán la función del ombudsman, defendiendo los derechos de los niños y recibiendo quejas. De no ser así ¿tiene el Gobierno la intención de crear un órgano que desempeñe esas tareas?

13. Pregunta si se cotejan las diversas estadísticas elaboradas a partir de los datos recogidos por los ministerios, los centros nacionales y las encuestas sociales nacionales bienales, y cómo se realiza este trabajo. Pregunta, además, si el hecho de que las niñas y los niños menores de hasta 12 y 14 años, respectivamente, necesiten la autorización de sus padres para casarse significa que esas son las edades mínimas para el matrimonio. ¿O son una excepción a otra norma , y la edad para el matrimonio es más alta? Si esas son las edades mínimas deberían ser más altas, y en cualquier caso la edad de contraer matrimonio debería ser la misma para chicos y chicas.

14. El Sr. AL-SHEDDI dice que es lamentable que, después del retraso con que el Gobierno ha preparado su segundo informe periódico, todavía no haya encontrado tiempo para aplicar las recomendaciones contenidas en las anteriores observaciones finales. No está claro cómo las recomendaciones del Grupo de Trabajo Intersectorial han tenido en cuenta el interés superior de niño o qué medidas ha adoptado el Gobierno después de recibir su informe. No parece que se haya realizado ninguna evaluación. Agradecería que se facilitara más información acerca del seguimiento que ha hecho el Gobierno de esas recomendaciones, y acerca de la evaluación que ha hecho el Gobierno del anterior Plan Nacional de Acción a favor de la Infancia (PNI). ¿Se han cumplido la mayoría de las recomendaciones? ¿Se ha tropezado con algún problema?

15. Es lamentable la evidente falta de participación de la sociedad civil en las actividades en favor de la infancia, en la redacción del informe y en el Grupo de Trabajo Intersectorial, tanto más cuanto que podría mantener al Gobierno al corriente de las necesidades reales de los niños. Pregunta también hasta qué punto han participado los niños en la preparación del informe. Habida cuenta de la reducción de la parte del presupuesto que se gasta en los niños menores de 15 años que viven en la pobreza, desea saber cómo se desglosa el presupuesto y cuánto se gasta en asuntos sociales en general y en actividades destinadas a la infancia en particular. ¿Se presta una atención especial a las regiones que tienen un alto porcentaje de pobreza? ¿Toman las propias regiones medidas para aliviar la situación?

16. El Sr. CITARELLA dice que le preocupan los escasos progresos que se han realizado en la reforma de la Ley de menores; todavía no se ha presentado al Parlamento ninguno de los proyectos de ley mencionados en las respuestas escritas. Deben realizarse esfuerzos para lograr que en toda la legislación nueva relacionada con los niños se reconozcan los derechos enunciados en la Convención. El Estado informante debería ser más explícito respecto del lugar que ocupa la Convención en la legislación interna porque, aun cuando el hecho de que Chile haya ratificado la Convención otorga a ésta un carácter constitucional dentro de su ordenamiento jurídico, parece ser que los jueces no están obligados a tomar en consideración sus disposiciones. La cuestión de la definición del niño también merece una mayor aclaración. Señala a la atención el párrafo 60 del segundo informe periódico (CRC/C/65/Add.13), según el cual uno de los principios rectores del nuevo proyecto de ley sobre infracciones juveniles a la Ley penal es el reconocimiento de la calidad de persona y de las especiales necesidades de los niños y adolescentes. Consecuente con estos principios, el proyecto reconoce al niño y adolescente como sujeto de derecho responsable, en su medida, por las infracciones que comete. ¿Es ese principio conforme con la actual legislación en vigor que exime a los niños menores de 16 años de responsabilidad penal? En Chile la definición del niño no está clara y necesita una explicación más detallada. El informe revela que la legislación de Chile no contiene una definición del niño y, sin embargo, el Código Civil dice que toda persona que ha pasado de la edad de la pubertad debe considerarse un adulto. El orador prosigue diciendo que todo aquél que haya alcanzado la edad de 21 años debe ser considerado mayor de edad, o simplemente mayor, y todo aquel que no haya alcanzado esa edad debe ser considerado menor de edad, o simplemente menor. La confusión parece provenir de la discrepancia que existe entre las tradiciones culturales y las tradiciones legales. A su juicio, la edad mínima para el matrimonio es demasiado baja y no se ajusta a lo dispuesto en la Convención. El hecho de que las chicas puedan contraer matrimonio después de cumplidos los 12 años y los chicos después de cumplidos los 14 años establece también una discriminación contra las chicas.

17. La Sra. TIGERSTEDT ‑TÄHTELÄ dice que agradecería que se le diera más información sobre los resultados del Plan Nacional de Acción a favor de la Infancia (PNI), que se inició en 1992. ¿Ha logrado el Plan sus objetivos? También deberían facilitarse más detalles sobre el Plan de Acción Integrado a favor de la Infancia y la Adolescencia , 2000-2010. Al elaborar el Plan ¿examinó el Ministerio de Planificación y Cooperación la cuestión de cómo poner en marcha el Plan y estableció un plazo para la aplicación de las distintas medidas? Sería interesante conocer qué porcentaje del presupuesto se ha asignado al Plan. El hecho de que el Plan sea "integrado" ¿significa que abarca algunas de las otras iniciativas que actualmente lleva a cabo el Gobierno? Agradecería que se dieran más detalles acerca de las repercusiones de la Estrategia de Erradicación de la Pobreza para 2000 ‑2006.

18. En sus respuestas presentadas por escrito el Estado Parte dijo que el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) está proyectando una Política Nacional para las Familias de Chile, que se elaboró con la participación de diversos ministerios y servicios públicos siguiendo el modelo de trabajo adoptado al desarrollar la Política Nacional a Favor de la Infancia y la Adolescencia. Con arreglo a las respuestas escritas, la Política de la Familia es compatible con una perspectiva de derechos humanos y con la Convención. La oradora se pregunta si la política es para todos o está destinada a grupos específicos. ¿Tiene la intención el Gobierno de adoptar medidas para que se evite el internamiento de los niños facilitando ayuda financiera y psicológica a las familias con niños con necesidades especiales? En las respuestas escritas se dice también que el Servicio Nacional de Menores (SENAME) ha iniciado un proceso de reforma muy importante; deberían facilitarse más detalles acerca de esa reforma.

19. La Sra. KARP dice que la Política Nacional y el Plan de Acción Integrado a Favor de la Infancia y la Adolescencia es importante y está estructurado en torno a los principios generales de la Convención. En las respuestas escritas se enumeran los principios rectores concretos de la Política Nacional, a saber, el respeto a la vida y al desarrollo integral del niño, la igualdad de derechos y oportunidades, la autonomía progresiva, la no discriminación y el respeto de la propia identidad, la libertad de pensamiento y de expresión y el interés superior del niño. Se pregunta por qué no se hace mención alguna al derecho del niño a ser escuchado. Aunque es digno de elogio que se establezcan esos principios de derechos humanos en el documento, sería un desafío mayor ponerlos en práctica. ¿Cómo piensa el Gobierno lograr que se tome conciencia de los cambios que es necesario introducir para que se adopte un enfoque basado en los derechos humanos?

20. No comprende por qué el Consejo de Ministros por la Infancia y la adolescencia que se va a crear para vigilar la aplicación de la Convención y de la Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia necesitan la ayuda de dos órganos técnicos de consulta, uno integrado por representante de la sociedad civil y el otro por representantes de todos los ministerios y servicios que se ocupan de la infancia y la adolescencia. Sería sin duda más eficaz promover la colaboración entre ambos grupos para reflejar el enfoque global que debe adoptarse en relación con la aplicación de la Convención.

21. Referente a la cuestión de la legislación, no está claro por qué el proyecto de ley de protección de derechos de la infancia y la adolescencia y el proyecto de ley de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal todavía no se ha sometido al Parlamento. ¿Es este retraso debido al hecho de que el Gobierno esté trabajando para lograr que antes de que entre en vigor la legislación se disponga de las estructuras necesarias para su aplicación? ¿O puede más bien atribuirse a una pugna de intereses? Promulgar la legislación es sólo el primer paso para introducir el cambio; demorar esa promulgación significa que el Estado Parte tendrá que esperar más tiempo para poder cosechar beneficios prácticos. Sería interesante saber las consecuencias que ha tenido el nuevo proyecto de ley sobre delitos sexuales en la vida cotidiana de los niños. ¿Cuenta ya Chile con las estructuras necesarias para proteger a los niños en virtud del proyecto de ley y para proporcionar los servicios necesarios de tratamiento y rehabilitación?

22. La Sra. OUEDRAOGO acoge satisfecha la enmienda introducida en agosto de 2000 en la Ley de Enseñanza que da a las jóvenes embarazadas y a las madres lactantes adolescentes el derecho a acceder a los establecimientos docentes. Sería interesante saber qué medidas se están adoptando para promover cambios en las actitudes hacia las madres adolescentes y aumentar la autoestima de esas jóvenes para que tengan una confianza en sí mismas que les permita proseguir su educación al mismo tiempo que aceptan sus nuevas responsabilidades de madres.

23. La Sra. TIGERSTEDT ‑TÄHTELÄ dice que agradecería que le facilitaran más información acerca del Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS) y de los demás fondos mencionados en el segundo informe periódico. ¿Tienen los fondos una base legal? Sería útil saber cómo funcionan los fondos y si reciben asignaciones presupuestarias del Estado. Por último, pregunta si Chile tiene un sistema político descentralizado. Por ejemplo, existe algún órgano elegido localmente a nivel municipal encargado de adoptar decisiones sobre cuestiones relacionadas con la salud, la educación y el bienestar social?

24. El PRESIDENTE dice que, aunque el informe contiene información detallada, es difícil hacerse una idea del panorama completo. En el párrafo 212 del informe se dice que los niños mayores de 16 años y menores de 18 que se supone no poseen "discernimiento" están exentos de responsabilidad penal o criminal. El Estado Parte debería indicar cómo se determina si el niño ha actuado con discernimiento. También debería indicar qué medidas se adoptan cuando un niño menor de 16 años comete un delito grave. En las respuestas escritas se indica que en 2001 se anunció una reforma del Servicio Nacional de Menores (SENAME) que lo convertiría en un servicio especializado en actividades con los niños y jóvenes que contravienen la ley. Así pues, parece ser que el Gobierno cumple sus obligaciones de establecer una distinción entre los niños que contravienen la ley y otras actividades relacionadas con los derechos del niño, pero es necesario tener más detalles. El Estado Parte debe explicar cuál será la nueva función del SENAME. ¿Se convertirá en un servicio encargado de la libertad vigilada o tendrá como función proporcionar asistencia letrada a los menores? No está claro qué órgano será responsable de asistir a los grupos de niños vulnerables.

Se suspende la sesión a las 11.15 horas y se reanuda a las 11.30 horas .

25. La Sra. PÉREZ (Chile) dice que el Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN) se creó en 1990 y tiene una serie de responsabilidades relacionadas con la política social, incluida la coordinación y evaluación de las inversiones públicas en los niveles nacional y regional, y la coordinación de los proyectos de desarrollo regional. Otra de sus principales tareas es la preparación, coordinación y evaluación de las políticas sociales destinadas a los grupos desfavorecidos, entre los que figuran los niños, la población indígena, los discapacitados y las personas de edad. En 2001 el Presidente, en un esfuerzo por modernizar el Estado, anunció una reforma drástica de todas las instituciones públicas, entre ellas el Servicio Nacional de Menores (SENAME), para establecer un nuevo marco institucional para la infancia. Se están adoptando medidas par crear un Ministerio de Asuntos Sociales para que desempeñe la función que actualmente lleva a cabo el Ministerio de Planificación y Cooperación en materia de política social; entre sus tareas figurará la coordinación, evaluación y vigilancia de la Política Nacional y el Plan de Acción Integrado en Favor de la Infancia y la Adolescencia, y tendrá algunas responsabilidades en relación con la aplicación de la Convención. Chile ha sido tradicionalmente un país con un marco institucional y político altamente sectorial, y ha contado con la cooperación de las instituciones públicas y la sociedad civil. En lo referente a las inquietudes manifestadas por los miembros del Comité acerca de las demoras en la promulgación de la nueva legislación, dice que por razones políticas el sistema legislativo de Chile es complejo, y es difícil en las actuales circunstancias llegar a un consenso cuando se trata de introducir una nueva legislación para proteger a la infancia. A estas dificultades se añade un sistema electoral complejo.

26. El Sr. SALINAS (Chile) dice que Chile ratificó la Convención en 1990 y se dispone a ratificar los dos Protocolos Facultativos. La Constitución establece que todos los tratados de derechos humanos ratificados por Chile son plenamente aplicables dentro de la legislación chilena. Por consiguiente, la Convención puede invocarse ante los tribunales. Pero, lamentablemente, dada la complejidad del ordenamiento jurídico de Chile, se otorga a los jueces la facultad de interpretar y aplicar las disposiciones de los instrumentos internacionales de derechos humanos como lo juzguen conveniente. Por ello, pese a que cada vez se dictan más resoluciones judiciales en las que se aplican los principios y disposiciones de los instrumentos jurídicos internacionales, los criterios para interpretar la legislación en vigor todavía no están normalizados.

27. Incorporar las normas internacionales en la legislación interna es un proceso muy lento. El actual Gobierno de coalición no siempre tiene la mayoría suficiente para promulgar las leyes que considera necesarias, ya que el hecho de que el sistema electoral sea binominal significa que el partido de la oposición está representado en exceso en el Congreso Nacional, lo que a menudo dificulta la tarea del Gobierno de promulgar nuevas leyes. Una complicación adicional es que la Constitución permite que haya nueve senadores que no son elegidos por votación popular sino designados por los miembros de la Corte Suprema, el Consejo Nacional de Seguridad y el Presidente. La mayor parte de esos senadores no apoyan al Gobierno de coalición, y a menudo impiden la adopción de legislación.

28. Respondiendo a una pregunta de la Sra. Al ‑Thani, dice que lamenta que no se haya creado ninguna institución gubernamental encargada específicamente de vigilar la realización de los derechos del niño; aunque el Gobierno ha redactado un proyecto de ley para crear una oficina del Ombudsman, el complejo régimen jurídico no lo ha permitido hasta el presente. Con todo, se ha creado recientemente un Consejo Consultivo que ya está funcionando, con responsabilidades semejantes a las de una oficina del Ombudsman.

29. En cuanto a la preparación del informe del país, dice que ha sido redactado por el Ministerio de Planificación y Cooperación, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Las organizaciones no gubernamentales que trabajan en la esfera de la infancia fueron consultadas durante los trabajos preparatorios. Posteriormente se les entregó el informe y hubo un intercambio de opiniones. El Gobierno ha estado trabajando sobre un procedimiento que alentaría a la sociedad civil a adoptar una parte más activa en la preparación de informes y asistir en la aplicación de las recomendaciones del Comité.

30. Respondiendo a una pregunta acerca de la edad mínima en la que los padres pueden dar el consentimiento para el matrimonio de sus hijos, que es de 14 años para los chicos y 12 para las chicas, dice que aunque el Código Civil contiene disposiciones a tal efecto, éstas son tácitamente ignoradas. No conoce ni un solo caso en que niños de esa edad se hayan casado.

31. El PRESIDENTE pregunta si el Consejo Consultivo oye quejas de los niños.

32. El Sr. SALINA (Chile) dice que el Consejo Consultivo se ha creado recientemente para trabajar en favor de la creación de una oficina del Ombudsman. Oficialmente no le corresponde ese procedimiento de examen pero, en la práctica, recibe quejas y las transmite a otras instituciones. O la oficina del Ombudsman se crea en breve o se confiará especialmente al Consejo Consultivo la tarea de resolver esas quejas.

33. La Sra. ZULOAGA (Chile) dice que 22 organismos gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil han participado en la preparación del Plan de Acción Integrado y de la Política Nacional a Favor de la Infancia y la Adolescencia, que fueron anunciados por el Presidente Lagos en abril de 2001. Se ha realizado un esfuerzo para que en el Plan se tengan en cuenta las opiniones de la sociedad civil, de los niños y de las regiones. Desde el principio ha incorporado estrategias y prioridades regionales respecto de los niños, los cuales han tomado parte en los debates preparatorios. Su servicio, el Departamento de Coordinación Intersectorial y Sociedad Civil, coordina los objetivos sectoriales e intersectoriales con miras a obtener un presupuesto especial para los niños. Ello no será fácil: en general, la política social se decide sector por sector. Por ello, el hecho de que 22 organismos gubernamentales se hayan puesto de acuerdo sobre una política y un plan representa un importante avance. Por el momento su servicio trata de lograr que cada organismo defina sus propios objetivos sectoriales para que sean incluidos en los presupuestos que se preparan anualmente para ellos. Una de las principales tareas es poner la Convención y la Política Nacional y el Plan de Acción Integrado a disposición de todos, y el Gobierno ha trabajado para lograr este fin con la sociedad civil y el enérgico apoyo del UNICEF. Se han celebrado cinco foros regionales y se ha pedido a las regiones que aceleren el proceso de divulgación.

34. Sobre la cuestión de por qué el consejo de la sociedad civil debe ser diferente del recibido de los comités técnicos o intersectoriales, dice que cuando se preparó el Plan Nacional se pensó que la política oficial era fundamentalmente responsabilidad del Estado. Se ha prestado una atenta consideración a las recomendaciones de la sociedad civil, pero los organismos gubernamentales han tenido que actuar de acuerdo con la situación existente en el país. El Comité de Ministros Sociales es el órgano responsable de la adopción de decisiones en esta esfera.

35. La Sra. KARP dice que el debate se centra en un órgano consultivo y no en un órgano decisorio. Las organizaciones no gubernamentales conocen la situación sobre el terreno. La coordinación del trabajo de los organismos oficiales y de las organizaciones no gubernamentales beneficia a ambos. Las recomendaciones hechas por las organizaciones no gubernamentales no deben ser tratadas de forma diferente a las recomendaciones del órgano asesor ministerial. La oradora subraya la importancia que tiene trabajar con las ONG.

36. La Sra. ZULOAGA (Chile) dice que para Chile una de las cuestiones que presentan dificultad es la cooperación entre el Gobierno y la sociedad civil. Chile es muy consciente de que las ONG son aliadas suyas en el esfuerzo por alcanzar un objetivo común.

37. El Sr. MORENO (Chile), respondiendo a un comentario sobre la pobreza y la exclusión social dice que el Gobierno ha trabajado durante algún tiempo en la solución de este problema, en el que se han logrado considerables progresos. Entre 1990 y 2000 el porcentaje de la población que vivía en la pobreza se redujo del 38 al 20%. Entre 1990 y 2000 el porcentaje de niños que vivía en la pobreza descendió del 50 al 29%.

En 1998 se promulgó un decreto del Ministerio de Educación para garantizar la plena integración en las escuelas de los niños con discapacidades. Alrededor del 5,3% del total de la población y del 2,8% de los niños y adolescentes tienen una discapacidad; el 80% de los niños y adolescentes con discapacidades reciben asistencia del sector de salud pública. En la escolarización existe una diferencia de 3,6 años. Alrededor del 36% del Fondo Nacional de la Discapacidad se destina a proyectos que afectan a los niños y a los jóvenes.

39. Respondiendo a una petición de datos estadísticos, dice el orador que el Instituto Nacional de Estadísticas y diversos departamentos ministeriales realizan encuestas y estudios. Él es responsable de coordinar la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) a la que se someten cada dos años datos sobre educación, la situación de la mujer y de la infancia y el gasto público, en particular. Se ha realizado un esfuerzo para lograr que los ministerios preparen datos estadísticos que puedan compararse; con este fin las preguntas hechas en las encuestas se coordinan con antelación.

40. No existe un presupuesto aparte para los niños, pero señala que el 4,2% del PIB se destina a la infancia. Se asignan otros recursos a programas de la sociedad civil, bien iniciados por el Gobierno como por las ONG o el sector privado.

41. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta cuáles son los efectos de la estrategia de erradicación de la pobreza. ¿Se ha realizado algún progreso en la reducción de las diferencias en materia de ingresos?

42. El Sr. MORENO (Chile) dice que se han realizado algunos progresos en la erradicación de la pobreza pero que en el pasado decenio se han producido pocos cambios en la repartición del ingreso.

43. Sobre la cuestión de cómo se elabora el presupuesto, dice que las regiones presentan peticiones a los ministerios sectoriales y centrales, que son transmitidas al Tesoro, el cual, a su vez presenta el proyecto de presupuesto al Ejecutivo para su aprobación. En el presupuesto se incluye una partida para el Fondo de Desarrollo Regional, que asigna importantes sumas a las regiones.

44. En cuanto a la cuestión relativa al Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS), dice que éste es uno de los diversos órganos que tiene una base legal.

45. En cuanto a los embarazos de adolescentes, dice que en 1998 el 16% de los nacimientos correspondían a madres menores de 19 años; esta cifra, aunque es inferior a la de años anteriores, sigue siendo bastante alta. Respecto de la legislación que anima a las madres jóvenes a asistir a la escuela, dice que se han elaborado directrices administrativas con este fin. En 1999 el Ministerio de Salud decidió que se prestara una atención prioritaria a las madres adolescentes.

46. Se han expresado dudas acerca de las instituciones políticas del país. Chile tiene un sistema presidencial. A raíz de las reformas de 1992, se crearon 13 regiones administrativas, lo cual hizo posible que el Gobierno nacional adoptase decisiones sobre planificación conjuntamente con los gobiernos y consejos regionales, que son elegidos democráticamente. Los alcaldes y concejales que también son elegidos democráticamente, adoptan decisiones al nivel local en materia de salud, educación y otras cuestiones. También tienen que preparar su presupuesto anual, que luego es aprobado por el órgano legislativo.

47. La Sra. del GATTO , refiriéndose a la nueva legislación, dice que el Presidente ha introducido una reforma legislativa de gran alcance que contribuirá a resolver algunas de las cuestiones que preocupan al Comité. En breve se someterá al Parlamento un nuevo proyecto de ley sobre menores, una nueva ley para la protección de los derechos del niño sustituirá a la legislación actual, que está en vigor desde 1928, y se introducirán mecanismos para velar por la aplicación de la Convención. El proyecto de legislación sobre la responsabilidad penal de los menores está casi terminado y será sometido también al Parlamento al final del año, en cumplimiento del requisito establecido en la Convención de que se cree un sistema de justicia especial para los menores de 18 años que cometen infracciones: los niños de edades comprendidas entre 14 y 18 años serán responsables de las infracciones que cometan, pero las penas serán proporcionadas a su edad. La pena máxima por delitos violentos cometidos por niños de ese grupo de edad será de cinco años de prisión. En virtud de la nueva legislación se introducirá también un programa, que aplicará el SENAME, sobre medidas de rehabilitación incluso para los delitos más graves, como el asesinato, la violación o el robo. Se prevén también medidas no privativas de libertad. Ambas leyes darán lugar a dos servicios diferentes y, en efecto, el SENAME se dividirá en un órgano responsable de la protección de los derechos del niño y otro encargado de vigilar las penas previstas en la nueva legislación sobre responsabilidad penal juvenil. Para prepararse para el día en que ambos servicios sean operativos, un departamento dentro del SENAME presta especial atención a los delincuentes juveniles y otro ayuda a los jóvenes cuyos derechos han sido violados.

48. El SENAME realizará un diagnóstico de los delincuentes juveniles de edades comprendidas entre 16 y 18 años, para determinar si se les puede considerar penalmente responsables, aunque la decisión última corresponderá al juez. No se considera que los niños menores de 18 años han alcanzado la edad de la responsabilidad penal. A los jóvenes de ese grupo de edad que sean declarados culpables de un delito no se les condenará a una pena de prisión, pero se les podrá exigir que asistan a un centro de rehabilitación.

49. Siempre que se coloca a los niños maltratados o descuidados en casas de menores o instituciones asistenciales, el SEMANE trata de asegurarse de que pueden regresar al entorno familiar lo antes posible y de reforzar los vínculos con la familia ampliada o con el núcleo familiar. La actitud ha cambiado, pasando de internar a los niños en situaciones irregulares a adoptar una estrategia de protección basada en el interés superior del niño. El SENAME ha asignado el 80% de los recursos que dedica a la protección de la infancia a una red de asociados del sector privado, que son responsables de llevar a cabo las actividades de protección.

50. La Sra. KARP dice que comprende que con arreglo a los nuevos planes establecidos para el SENAME se creará un organismo independiente de protección del niño como parte del abandono de la política tradicional de internamiento. Pide detalles sobre las consecuencias presupuestarias de esos cambios.

51. El Sr. CITARELLA agradecería que le aclararan las disposiciones del nuevo proyecto de ley de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal, que en breve será presentado al Parlamento. La Ley de menores de 1967 no establece una edad mínima de responsabilidad penal. La lista de menores implicados en casos penales facilitada en las respuestas escritas da a entender que en tiempos tan recientes como 1998 los niños menores de 12 años todavía podían ser declarados culpables de infracciones. Pregunta si los menores de 16 años pueden seguir siendo tratados como delincuentes, pese a la distinción formal hecha entre los mayores y los menores de 16 años.

52. La Sra. TAGERSTEDT ‑TÄHTELÄ pregunta si las propuestas presupuestarias para la reforma del SENAME han sido sometidas al Parlamento. Teniendo en cuenta que el 80% del presupuesto para la protección de la infancia se asigna al sector privado, agradecería que se le aclarara si la colaboración externa se hace sobre una base contractual y si se vigila la calidad de los servicios.

53. La Sra. del GATTO (Chile) dice que el SENAME trabaja principalmente en dos ámbitos: el tratamiento de los menores delincuentes y la protección de la infancia. En 2002, del presupuesto anual de 87 millones de dólares, 19 millones se gastaron en el tratamiento de los menores delincuentes, y 68 millones en la protección de la infancia. Los nuevos organismos creados para tratar esas dos actividades por separado se ajustarán a las mismas disposiciones presupuestarias. Se supervisa la red de 270 asociados del sector privado, responsable de la aplicación de las medidas de protección a la infancia, en relación con la forma en que se gastan los recursos. Un comité consultivo nacional reúne a representantes de los sectores privado y público para intercambiar ideas sobre cuestiones estratégicas y prácticas. Las oficinas de protección de los derechos de la infancia son una parte esencial de los nuevos planes de protección de la infancia. Chile tiene el propósito de crear en los próximos cinco años 100 oficinas, una por cada 70.000 niños. Cada una de ellas contratará abogados que examinarán las quejas de violaciones de los derechos de los niños y resolverán los casos al nivel local antes de que lleguen a los tribunales. El nuevo proyecto de ley de delitos sexuales introduce penas más duras para los que abusan de los niños, en particular cuando la víctima es menor de 12 años, y prevé que las denuncias se traten de forma totalmente confidencial. Para los niños víctimas de abusos, el SENAME ha puesto a disposición 16 centros de recepción, que proporcionan rehabilitación psicológica gratuita.

54. El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a que hagan preguntas en relación con los principios generales, los derechos civiles y la libertades, y el entorno familiar y otros tipos de cuidado.

55. La Sra. SARDENBERG manifiesta su preocupación por la evidente falta de participación de la sociedad civil en la aplicación de la Convención. A su juicio, es esencial la reforma institucional del SENAME para mejorar la eficacia de la nueva legislación. Esta institución, que abarca todo lo relativo a la cuestión de los niños maltratados y de los menores delincuentes, se inspira todavía en la doctrina del internamiento de los niños que se hallan en situación irregular. Para introducir un cambio en la mentalidad existente acerca de los niños cuyos derechos han sido violados, es importante omitir el término "menores", que se asocia de forma demasiado estrecha a esa doctrina. El proceso de cambio institucional y legislativo debe ir acompañado de un cambio en las mentalidades. La divulgación de la Convención es, por consiguiente, particularmente importante. Tan pronto como la delegación regrese a Chile debería organizarse una conferencia de prensa sobre el examen del informe periódico. En cuanto a los principios generales, desearía saber cuál es la amplitud de la discriminación en el país. Le interesaría saber qué mejoras se han producido en la situación de las niñas y en la de los niños indígenas.

56. La Sra. CHUTIKUL dice que, aunque acoge satisfecha el hecho de que la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) se realice cada dos años, ciertos temas, como el abuso del niño no pueden evaluarse tomando como base una muestra representativa. No comprende la idea de los centros de internamiento para niños víctimas de abusos. Pregunta qué otros métodos para combatir el maltrato de niños se están considerando.

57. El Sr. AL ‑SHEDDI dice que agradecería que se le facilitara más información sobre los refugiados peruanos y bolivianos, en particular por lo que respecta a la prestación de servicios de salud y educación por el Estado. Pide más detalles de la campaña de concienciación pública sobre el empleo del castigo corporal, incluido un análisis de sus resultados. Agradecería que la delegación diera más información sobre la amplitud de la cooperación entre las distintas instituciones que trabajan con el SENAME en todo el país. Habida cuenta de que el 40% de los niños maltratados tienen madres de edades comprendidas entre 15 y 19 años, le interesaría conocer las medidas que adoptan las autoridades para reducir el número de embarazos de adolescentes.

58. La Sra. AL ‑THANI dice que no comprende cómo la nueva legislación sobre delitos sexuales contra menores ha endurecido las penas que se aplican a sus autores. Cree entender que la pena máxima se ha reducido a la mitad ‑de diez a cinco años ‑ y que muchos delincuentes todavía se libran de una pena de prisión.

59. La Sra. OUEDRAOGO , refiriéndose al párrafo 312 del informe, dice que dentro del sistema de justicia de menores a menudo se hace caso omiso del derecho del niño a expresar una opinión. Pregunta si se están realizando esfuerzos para mejorar esta situación. Habida cuenta de la frecuencia de los abortos ilegales entre los adolescentes, expresa su preocupación por la situación de la salud reproductiva y la eficacia de la educación. La delegación debería explicar cómo se garantiza el derecho de los niños de los grupos minoritarios, como son las comunidades indígenas y los refugiados, a que su nacimiento sea inscrito en el registro correspondiente. Deberá aclarar también si un niño nacido de madre chilena y padre extranjero tiene derecho a la ciudadanía chilena. Señala a la atención dos deficiencias que observa en el Parlamento de los jóvenes. Por un lado, se da el derecho a voto sólo a los niños que están matriculados en una escuela y, por otro, el hecho de que se reúna en la Cámara de Diputados hace a sus representantes vulnerables a una manipulación política por parte de los adultos. Pide detalles sobre cómo son tratados los delincuentes en los casos de torturas aplicadas a los niños, por ejemplo, dentro de las fuerzas de policía.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas .