Naciones Unidas

CRC/C/SR.1679

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

28 de diciembre de 2012

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

59º período de sesiones

Acta resumida de la 1679ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 23 de enero de 2012, a las 10.00 horas

Presidente: Sr. Zermatten

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados del Togo acerca de la  aplic ación de la  Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados del Togo acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/TGO/3-4; CRC/C/TGO/Q/3-4; CRC/C/TGO/Q/3-4/Add.1)

1. Por invitación del Presidente, la delegación del Togo toma asiento a la mesa del Comité .

2.El S r. Hamadou (Togo) indica que el Togo ha sido escenario de una crisis sociopolítica que se resolvió en 2006 gracias a la firma del Acuerdo Político Global, por iniciativa del Jefe del Estado. Desde entonces, el clima político se ha ido apaciguando progresivamente; varios partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil están ahora representados en el Gobierno y se ha reanudado la cooperación internacional y las inversiones de los donantes. Por consiguiente, cabe esperar que en el futuro los derechos de los aproximadamente 3 millones de niños del país estén mejor protegidos, en particular por las políticas sectoriales, programas y otros proyectos de desarrollo elaborados por el Gobierno del Togo, que se llevan a la práctica en colaboración con los asociados para el desarrollo y las organizaciones de la sociedad civil.

3.Desde 1990 el Gobierno ha manifestado su compromiso mediante la ratificación de 17 instrumentos internacionales de derechos humanos en general, y de los derechos del niño en particular, y luego por la aprobación, a efectos de armonización con las normas internacionales, de medidas legislativas, administrativas o judiciales. La Constitución de 1992 consagra varios artículos a la protección y promoción de los derechos del niño, y las disposiciones del Código de la Infancia —a cuya elaboración contribuyeron participantes estatales, organizaciones de la sociedad civil, los asociados para el desarrollo y las organizaciones de niños— retoman los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos Protocolos facultativos.

4.El Togo, asimismo, ha perfeccionado el marco institucional de protección de los derechos del niño mediante la creación de multitud de instituciones, como la Dirección General de Protección de la Infancia, el Comité de los Derechos del Niño, cuya autonomía se acrecentará al término de la reestructuración actual, la Comisión Nacional de acogida y reinserción social de los niños víctimas de la trata, el Comité Nacional para la adopción de niños en el Togo, el Comité Rector Nacional para la abolición del trabajo infantil en el Togo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Consejo Consultivo Nacional del Niño o incluso las comisiones especializadas en la protección del niño a nivel comunitario. Desde 2006 se imparte formación sobre la Convención, el Código de la Infancia y otros instrumentos de derechos del niño a juristas, trabajadores sociales, miembros de organizaciones de la sociedad civil, docentes, periodistas y jefes tradicionales y comunitarios, así como a los propios niños.

5.Desde el 11 de junio de 2009, fecha de la promulgación de la Ley del registro civil del Togo, que amplió de 30 a 45 días el plazo de inscripción de los nacimientos, se han llevado a cabo campañas de sensibilización para la inscripción sistemática de los nacimientos en todo el país, y los tribunales deben dar a los niños que no están inscritos en el registro civil un fallo supletorio que sustituye al certificado de nacimiento. Se considera que, en el marco de la campaña nacional organizada a estos efectos en diciembre de 2011, con los asociados para el desarrollo, entre ellos el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 150.000 niños escolarizados en la enseñanza primaria debían obtener así un certificado de nacimiento.

6.En 2009 el Gobierno, con el apoyo del UNICEF, de Child Helpline International y del sector privado, inauguró un número de teléfono gratuito que da la posibilidad a los niños de denunciar la violencia de la que hayan sido víctimas. Este mecanismo de alerta permite además reunir información sobre los malos tratos y otras infracciones, y centralizarla.

7.Se han adoptado medidas disuasorias para luchar contra ciertas prácticas como las mutilaciones genitales femeninas, los infanticidios de niños con discapacidad o malformaciones, o los matrimonios forzados o precoces, que se siguen llevando a cabo en algunas comunidades. Desde la aprobación en 1998 de la Ley sobre la prohibición de la mutilación genital femenina, la tasa de prevalencia de estas mutilaciones ha pasado del 12% en 1998 al 6,9% en 2007 y en 2010 cayó al 3,9%. Está en curso de realización un estudio para evaluar la incidencia de las medidas adoptadas en la lucha contra las otras prácticas.

8.En el marco de la lucha contra la violencia sexual, en los programas escolares de la enseñanza preescolar, primaria y secundaria se han incluido cursos de educación sexual, cursos que dotan a los alumnos de medios para detectar y prevenir los riesgos de explotación o de agresión sexual y llaman la atención de los docentes sobre el respeto de la integridad de los alumnos y los peligros vinculados a las conductas anómalas. A falta de datos centralizados sobre la violencia sexual ejercida en niños, cabe mencionar los procedentes de las instituciones de acogida, que indican que, en el período 2008-2010, 117 niñas entre los 2 y los 18 años de edad fueron víctimas de violencia sexual y recibieron atención médica y psicosocial y asesoramiento jurídico. Con el fin de que los niños participen en la lucha contra las prácticas culturales nefastas, difíciles de controlar porque son clandestinas —entre las cuales, además de las ya mencionadas, se cuenta el fenómeno de los niños "brujos"— el Gobierno del Togo estableció el Consejo Consultivo Nacional del niño, que tiene representación en todas las regiones y prefecturas del país.

9.En 2008 la implantación de la gratuidad de la enseñanza preescolar y primaria y la reducción de los gastos de matrícula para las niñas en el primero y segundo ciclos de enseñanza secundaria significó un avance en el terreno de la educación. Estas medidas han tenido por efecto el aumento de la tasa de escolarización de las niñas, del 72% al 88%, y la reducción del abandono escolar. Con miras a implantar de aquí a 2015 la enseñanza primaria para todos, como prevé el segundo Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM), el Gobierno del Togo aprobó un plan sectorial para el período 2010-2020. Pese a la ingente labor desplegada para aumentar la tasa de escolarización de la enseñanza preescolar, primaria y secundaria, debe reconocerse que el ejercicio del derecho a la educación tropieza con algunos obstáculos socioculturales, la insuficiencia de recursos económicos y la penuria de infraestructuras y de docentes calificados. En lo que respecta a la educación de los niños con discapacidad, la situación es aún más crítica: cierto es que el Togo ha optado por la educación inclusiva pero, por falta de medios, las infraestructuras siguen en general sin adecuarse a los niños con discapacidad severa, por lo general escolarizados en centros o establecimientos de educación especial privados que cuentan con subvención del Estado.

10.Se han adoptado numerosas medidas para mejorar el nivel de la salud infantil, en particular permitiendo que los niños tengan acceso gratuito a los servicios de atención preventiva o terapéutica. Con miras a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio cuarto y quinto sobre el desarrollo y el sexto sobre la salud, el Togo se dotó de planes de desarrollo sanitario, el primero de los cuales abarca el período 2009-2013, y ha elaborado planes de lucha contra el paludismo, las infecciones de transmisión sexual (ITS) y el VIH/SIDA, así como estrategias para reducir la mortalidad materna y neonatal y promover la vacunación. El país lleva a cabo campañas de desparasitación, de vacunación y de distribución de vitamina A y mosquiteros tratados con insecticida, y subvenciona hasta el 90% del costo de las cesáreas.

11.El Gobierno ha desplegado una gran actividad en la prevención y el tratamiento de las ITS y del VIH/SIDA y se ha propuesto el objetivo de reducir, incluso de erradicar, la transmisión maternoinfantil del VIH mediante las pruebas de detección sistemática del VIH en las mujeres embarazadas. Esta estrategia ha contribuido a reducir considerablemente la tasa de transmisión, que ha pasado del 20% en 2005 al 7,5% en 2010. Paralelamente, se ofrecen pruebas de detección gratuitas, anónimas y voluntarias a la población en su conjunto.

12.Las medidas adoptadas en el marco de la modernización de la justicia garantizan una buena protección judicial del niño, en particular mediante la especialización de los jueces en la justicia juvenil que, a la larga, debería permitir que todas las jurisdicciones del país contaran con ellos, incluso que se implantaran jurisdicciones para menores en el plano nacional. Además, a causa de las diversas actividades de formación organizadas para los magistrados, agentes de la policía judicial y abogados y secretarios judiciales, cada vez se respetan más las garantías procesales que prevé el Código de la Infancia. La Escuela Nacional de Administración, a su vez, incluye desde 2005 los derechos del niño en el programa de estudios de los alumnos magistrados.

13.El Código de la Infancia dedica un capítulo entero al respeto de los derechos de las víctimas menores de edad en los procedimientos relacionados con ellas y prevé sanciones para las personas que cometan agresiones contra niños. Estos últimos pueden denunciar o informar de actos delictivos de los que hayan sido víctimas a las autoridades competentes, directamente o mediante representación. Además, toda persona que tenga conocimiento de tales actos puede recurrir a los servicios sociales, de forma anónima o no.

14.El Gobierno del Togo fomenta, asimismo, la protección del niño en el ámbito privado y hace hincapié en las ventajas que conlleva mantener al niño en la familia, lo que no impide que promueva la adopción, tomando medidas para supervisar rigurosamente los correspondientes procedimientos. También vela por que se reglamente el régimen jurídico de los hogares de guarda.

15.El S r. Kotrane (Relator para el Togo) menciona cierto número de obstáculos que pueden dificultar la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, entre ellos el hecho de que los niños representen aproximadamente la mitad de la población del país, que en el Estado parte siga habiendo dificultades y tensiones, y que esté clasificado entre los países con bajo nivel de desarrollo humano, todo lo cual entraña graves consecuencias para la situación social y el nivel de pobreza.

16.El Sr. Kotrane señala por otra parte varios aspectos positivos, entre ellos la armonización de la legislación nacional con la Convención y otras normas internacionales pertinentes, lo que ha permitido, en particular, la aprobación de la Ley de 6 de julio de 2007 por la que se aprobó el Código de la Infancia, la Ley de 23 de junio de 2009 sobre la abolición de la pena de muerte, la Ley de 11 de junio de 2009 sobre la organización del registro civil en el país, la Ley de 13 de diciembre de 2006 por la que se aprobó el Código del Trabajo o la Ley de 3 de agosto de 2005 sobre la trata de niños en el Togo. Celebra además la adhesión del Estado parte a la mayoría de los instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos el Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional en 2009.

17.Asimismo, el Sr. Kotrane acoge con satisfacción la creación del Comité Nacional de los Derechos del Niño, la elaboración del Plan nacional de lucha contra la trata de personas, la revisión del Plan nacional de lucha contra el trabajo infantil y por último, la inauguración del número de teléfono gratuito al que los niños pueden recurrir para presentar denuncias.

18.Tomando nota con preocupación del considerable retraso del Estado parte en la revisión del Código del Estatuto Personal y de la Familia, del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, el Sr. Kotrane pregunta qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para revisar estos Códigos, así como para acelerar la promulgación de los textos de aplicación de las numerosas leyes aprobadas en los últimos años y fortalecer el marco judicial y administrativo necesario para la aplicación eficaz del Código de la Infancia.

19.A continuación se invita a la delegación del Togo a que indique las medidas que ha adoptado el Estado parte o se propone adoptar para acelerar la creación del Comité Nacional de los Derechos del Niño, de qué medios humanos y financieros lo dotará y si tiene intención de hacer participar en la labor del Comité a los principales participantes en la protección de la infancia, en particular a representantes de la sociedad civil.

20.El Sr. Kotrane quisiera saber si el Estado parte se propone revisar las disposiciones del artículo 21 del Código de la Infancia que dispone que todo niño extranjero que se case con un togolés o togolesa puede adquirir la nacionalidad togolesa, lo que supone autorizar el matrimonio de niños extranjeros cuando la edad legal para contraer matrimonio ha sido fijada en 18 años para ambos sexos. A este respecto, ¿ha llevado a la práctica el Estado parte programas encaminados a hacer respetar la prohibición legal de los matrimonios precoces y forzados, sabiendo que estas prácticas siguen estando muy extendidas en el Estado parte?

21.El Sr. Kotrane, que señala que el principio de no discriminación consagrado por el artículo 2.1 de la Constitución solo se aplica a los ciudadanos togoleses, que grupos de niños vulnerables siguen siendo víctimas de discriminación y que el Estado parte no ha adoptado medidas suficientes para corregir la situación tras las recomendaciones del Comité, pregunta qué medidas se han adoptado para poner fin a todas las formas de discriminación de los niños, en particular de las niñas y de los niños con discapacidad.

22.El principio del interés superior del niño, aunque está consagrado por el Código de la Infancia, no está realmente incorporado en la legislación ni en los procedimientos legislativos. La delegación tendrá a bien indicar las medidas adoptadas para ampliar la difusión de este principio entre los jueces y garantizar que se aplique en todos los procedimientos y decisiones administrativas y judiciales, así como en las políticas, programas y proyectos que afecten a los niños.

23.El Sr. Madi pregunta cómo se puede determinar la edad de los futuros esposos para evitar los matrimonios precoces, cuando se sabe que no se inscriben los nacimientos de casi la mitad de los niños togoleses y que, por consiguiente, es difícil establecer con certidumbre la edad de una persona. Quisiera tener más información sobre la aplicación del artículo 269 del Código de la Infancia, que dispone que los matrimonios contraídos sin el consentimiento de los futuros esposos son nulos y que todo acto sexual impuesto es una violación, y pregunta si los hijos de esas uniones se inscriben al nacer y cuál es su situación jurídica. Según la información de que dispone el Comité, ocurre que se entregue a los hijos en matrimonio como pago de una deuda o a cambio de una suma de dinero, ¿qué medidas adopta el Estado parte para poner fin a estas prácticas?

24.El Sr. Koompraphant pregunta qué medidas prevén los tribunales del Estado parte para proteger a los niños víctimas de violencia y garantizar que se tenga en cuenta su interés superior. Quisiera saber al respecto si las personas a las que se declara culpables de violencia contra un niño son objeto de un seguimiento terapéutico o de medidas disciplinarias positivas que vengan a complementar las medidas punitivas. Quisiera saber, además, qué medidas se han adoptado para mejorar la independencia del poder judicial y reforzar la capacidad de los jueces del tribunal de menores de Lomé.

25.El Sr. Pollar pregunta si el Togo tiene intención de ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Pregunta, además, qué medidas se han adoptado para aplicar en la práctica las disposiciones del Código de la Infancia, pese a la falta de medios. Quisiera saber también si en el futuro Comité Nacional de los Derechos del Niño habrá miembros de la sociedad civil y qué medidas se adoptan para eliminar la práctica de los castigos corporales, que está profundamente arraigada en la cultura.

26.El Sr. Guráň pregunta si los niños pueden acceder fácilmente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ya que esta ha recibido pocas denuncias. También convendría saber si esta institución tiene un servicio que se ocupe exclusivamente de las denuncias de los niños, cuál es su grado de independencia y cómo se selecciona a sus integrantes.

27.Por último, el Sr. Guráň pregunta si se ha traducido la Convención a todos los idiomas nacionales y si se han organizado campañas de promoción y de sensibilización.

28.La Sra. Maurás Pérez señala que casi el 20% de las adolescentes en edades comprendidas entre los 15 y los 19 años están casadas, muchas veces en uniones poligámicas, aun cuando el Código de la Infancia prohíbe el matrimonio de los menores de 18 años, y recuerda que la poligamia tiene consecuencias psicológicas importantes para los niños nacidos de esas uniones. También señala que, en la práctica, muchas veces solo el padre ejerce la patria potestad, si bien la ley dispone que la mujer tiene derecho a ejercerla. Además, el repudio, que con frecuencia sustituye al divorcio, supone para la madre la pérdida de la custodia de los hijos y las mujeres no tienen los mismos derechos que los hombres en materia de herencia. La delegación tendrá a bien proporcionar información complementaria sobre estos temas.

29.Por último, la Sra. Maurás Pérez pregunta si hay una ley que prohíbe la violencia familiar y si se incluye en ella la violación conyugal.

30.La Sra. Al-Shehail pregunta si los niños que se encuentran en el territorio nacional son considerados nacionales o apátridas y si un niño de padre extranjero o apátrida y de madre togolesa recibe la nacionalidad de su madre.

31.Quisiera saber además qué medidas se han adoptado para que los niños con discapacidad tengan acceso a la atención y los servicios adecuados y si se han organizado campañas para promover una imagen positiva del papel que pueden desempeñar las personas con discapacidad en la comunidad.

32.El Sr. Cardona Llorens señala que el informe indica que la parte del presupuesto asignado a la infancia va en disminución desde 2006 y pide información actualizada sobre el presupuesto previsto para 2012. Al observar con preocupación que son numerosos los factores que obstaculizan la inscripción de los nacimientos, pregunta si se prevé entregar certificados de nacimiento de forma gratuita, a fin de incitar a los padres a realizar las gestiones necesarias para inscribir a los hijos. Por último, aproximadamente el 90% de los niños interrogados en 2006 dicen haber sido víctimas de castigos corporales, aunque esta práctica esté prohibida por ley. ¿Se ha llevado a los tribunales alguno de estos casos?

33.La Sra. Aidoo celebra la labor realizada por el Estado parte para difundir la Convención y sensibilizar a la población, a los parlamentarios y a los dirigentes locales sobre sus disposiciones, y se pregunta si estas medidas son suficientes, habida cuenta de los problemas que persisten. Pregunta si el Estado parte se propone dedicar los medios humanos y económicos a la difusión y aplicación del Código de la Infancia.

34.La Sra. Aidoo quisiera saber si los poderes públicos han establecido un marco de cooperación con las numerosas organizaciones no gubernamentales presentes en el Togo. Según el informe de 2008 de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (A/HRC/10/12/Add.2), las mujeres que defienden los derechos humanos son estigmatizadas y son objeto de presiones de la población y las autoridades locales. ¿Qué medidas adopta el Estado parte para corregir esta situación?

35.El Sr. Gastaud pregunta por qué el Comité Nacional de los Derechos del Niño sigue sin funcionar. Quisiera saber también cuáles serán las atribuciones respectivas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, del futuro Comité Nacional de los Derechos del Niño y del Consejo Consultivo Nacional del Niño.

36.Por último, pregunta si desde todas las regiones se puede acceder al teléfono gratuito para la protección del niño, si se utiliza con frecuencia y qué medidas de seguimiento se adoptan tras las llamadas.

37.La Sra. Wijemanne pregunta si el Estado parte ha establecido un sistema de recopilación de datos desglosados por sexo y por origen geográfico. También desearía saber si el Estado parte ha aumentado la parte del presupuesto asignada a la salud y a la educación.

Se suspende la sesión a las 11.15 horas y se reanuda a las 11.40 horas.

38.El Sr. Hamadou (Togo) reconoce que ha habido retrasos en la aprobación de algunos textos, pero indica que la Asamblea Nacional examina actualmente el Código de la Familia y la Persona, que se aprobará próximamente, y el examen del nuevo proyecto de código penal, que también trata ampliamente de la violencia contra la mujer, está asimismo en curso.

39.La Comisión Nacional de Derechos Humanos es una institución constitucional independiente que tiene una misión general de protección de los derechos humanos y que ha sido acreditada con la categoría A por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos. No habrá solapamiento de sus actividades y las de los órganos dependientes de un ministerio. Del mismo modo, las prerrogativas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se distinguen de las del Consejo Consultivo Nacional del Niño.

40.El Sr. Kotrane (Relator para el Togo) dice que la Comisión Nacional de Derechos Humanos carece de medios humanos y materiales para tramitar las denuncias de niños. En efecto, no se conoce fuera de Lomé y sus miembros no están suficientemente especializados. Convendría, por lo tanto, dotarla de más medios para que se conozca su existencia en todo el país y sea más eficaz.

41.El Sr. Hamadou (Togo) dice que grupos de juristas recorren el país para divulgar la Convención y dar a conocer a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Cuando la población conozca mejor sus derechos debido a este tipo de actividades y a la traducción a los idiomas locales de los textos de derechos humanos, estará en mejores condiciones de reivindicar sus derechos. Los niños sabrán que pueden recurrir a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en particular por medio del teléfono gratuito "Allo 111". Además, la Comisión está actualmente facultada para ocuparse directamente de los casos de violación de los derechos humanos de los que tenga conocimiento.

42.El Presidente pregunta de quien dependen los juristas que divulgan la Convención.

43.El Sr. Hamadou (Togo) responde que dependen de organizaciones de la sociedad civil. El Gobierno no puede aprobar texto alguno sin una concertación previa con las organizaciones de la sociedad civil, que son muy activas en el Togo. Cabe recordar al respecto que el Gobierno se compone de representantes de la mayoría, la oposición y la sociedad civil, que, además, ha participado ampliamente en la elaboración del informe sobre la aplicación de la Convención.

44.El Sr. Kotrane (Relator para el Togo) señala que algunos defensores de los derechos humanos son a veces objeto de intimidación y de estigmatización, en particular las defensoras de los derechos de la mujer, a las que se acusa de destruir hogares y de ser malas madres.

45.El Sr. Hamadou (Togo) contesta que la mayoría de los países de África han tenido hasta ahora regímenes autocráticos y el aprendizaje de la democracia lleva tiempo.

46.La Sra. Aidoo pregunta si el Estado parte prevé crear un marco de cooperación con la sociedad civil para elaborar políticas y programas, y si tiene intención de financiar a las organizaciones de la sociedad civil que tienen competencias técnicas en el terreno de la protección de los derechos del niño, pero carecen de recursos económicos.

47.El Sr. Hamadou (Togo) dice que el Gobierno no financia directamente a estas organizaciones porque no quiere que pierdan su independencia. Cuenta con el apoyo que pueda proporcionarles la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.

48.En lo que respecta a la cooperación, existe un mecanismo, el Documento de estrategia de lucha contra la pobreza, que permite la participación del Gobierno, de los distintos colaboradores del Togo y de las organizaciones de la sociedad civil.

49.La Sra. Azambo (Togo) dice que la creación del Comité Nacional de los Derechos del Niño, que prevé el Código de la Infancia de 2007, forma parte de una empresa de gran envergadura del Ministerio de Acción Social y Solidaridad Nacional. El proyecto de decreto previsto en el Código de la Infancia ha sido elaborado y todas las partes interesadas, es decir el Gobierno, las organizaciones de la sociedad civil y los niños, habrán de introducir modificaciones.

50.Con objeto de mejorar la coordinación de la aplicación de la Convención en el plano nacional, se han establecido marcos de concertación a nivel nacional y regional que reúnen a todos los ministerios, las organizaciones de la sociedad civil y los asociados para el desarrollo a fin de abordar las cuestiones sociales, sanitarias y educativas. Los marcos regionales están descentralizados a nivel de las prefecturas. Se pidió apoyo al UNICEF para la elaboración de instrumentos de recopilación de datos sobre los niños. Una vez que se validaron estos instrumentos, el UNICEF prestó ayuda en la capacitación destinada a utilizarlos.

51.En la actualidad, para paliar una coordinación insuficiente, los agentes que se ocupan de temas específicos, como la trata o la adopción, se agrupan para debatir en el marco de órganos que se dedican a cuestiones específicas, como la Comisión Nacional de acogida y reinserción social de los niños víctimas de la trata.

52.El Presidente considera que es motivo de preocupación que el Comité Nacional de los Derechos del Niño, que se suponía que debía ser el instrumento práctico para la aplicación del Código de la Infancia, no esté todavía en marcha después de cuatro años.

53.Las políticas sectoriales deberían estar coordinadas y convendría saber cómo se articula con ellas el Documento de política nacional de protección del niño, que existe desde 2008.

54.La Sra. Nores de García (Relatora para el Togo) pregunta si el proyecto de protección de la infancia establecido con el UNICEF se refiere a todas las disposiciones de la Convención y de los Protocolos facultativos o solo a la cuestión de la trata.

55.El Sr. Gastaud pregunta cómo coexistirán y se pondrán de acuerdo el Comité Nacional de los Derechos del Niño, los marcos de concertación, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Consejo Consultivo Nacional del Niño para aplicar la Convención.

56.El Sr. Hamadou (Togo) dice que la coordinación se lleva acabo de manera armoniosa sobre el terreno. El trabajo parece evolucionar lentamente, pues el Togo necesita tiempo para establecer un marco sólido y eficaz ya que ha atravesado importantes dificultades. Se suspendió la cooperación durante casi 20 años, período en el cual solo pudo contar con sus propios recursos, y ha sido víctima de catástrofes naturales. Actualmente ha emprendido un proceso de apaciguamiento general y se ha establecido un diálogo permanente entre las autoridades y las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones y los sindicatos.

57.La Sra. Azambo (Togo) dice que la colaboración con el UNICEF abarca todas las esferas de la protección del niño y no solo la trata. La revisión de la Ley de protección social de las personas con discapacidad, que está en proceso, se propone tomar en consideración las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Paralelamente, se llevan a cabo actividades de sensibilización de la población y se establecen comisiones especializadas de protección de la infancia en las comunidades.

58.El Consejo Consultivo Nacional del Niño, que se acaba de crear, reúne a niños de todas las prefecturas del Togo. Su misión consiste principalmente en lograr que los niños togoleses participen de manera activa en la lucha contra la violencia de que son objeto y en la formulación de propuestas que se transmitirán a los responsables de las decisiones. Si se tiene en cuenta que los miembros del Consejo Consultivo son en su mayoría alumnos, el período de mayor actividad es el de las vacaciones escolares.

59.El número de teléfono gratuito "Allo 111" está en fase experimental y de momento solo funciona en Lomé, lo que significa que, si bien puede recibir llamadas de todo el país, fuera de la capital no se presta apoyo a las víctimas de manera satisfactoria. Se ha realizado una primera evaluación y la aplicación de las recomendaciones está en proceso. A partir de ahí, se ampliará la cobertura a todo el territorio nacional.

60.El Presidentequisiera saber si el Consejo Consultivo Nacional del Niño puede expresar su punto de vista sobre todas las cuestiones relacionadas con los niños y si a estos se los consulta, por ejemplo, sobre las dotaciones presupuestarias y los proyectos legislativos. Asimismo, quisiera saber si el nuevo Código Penal y el nuevo Código de la Familia y la Persona consagran el derecho de los niños a ser oídos en los procedimientos que les afectan.

61.La Sra. Azambo (Togo) explica que en la elaboración del Código de la Infancia participaron organizaciones infantiles, antes de la creación del Consejo Consultivo Nacional y que se tuvieron en cuenta sus observaciones. El Código de la Infancia de 2007 prevé que el niño sea oído por el juez en todo asunto que le concierna.

62.La Sra. Tebie (Togo) dice que se llevan a cabo varios programas y proyectos de sensibilización dirigidos a los jefes tradicionales y religiosos con objeto de luchar contra las tradiciones socioculturales que pretenden que las niñas se casen para evitar la promiscuidad. Se han elaborado programas de lucha contra el abandono escolar de las niñas con los asociados para el desarrollo y la sociedad civil; se está aplicando actualmente el proyecto "Because I am a girl" para fomentar la escolarización de las niñas y luchar contra los matrimonios precoces.

63.El Sr. Madi considera que un tribunal debería poder anular todo matrimonio forzado de niños de 12 a 17 años de edad.

64.La Sra. Aidoo pregunta qué medidas se adoptan para tomar en consideración el papel de los hombres en el pleno ejercicio de los derechos de las niñas menores de 18 años.

65.El Sr. Hamadou (Togo) dice que las actividades de sensibilización se dirigen tanto a hombres como mujeres y la principal dificultad con la que tropieza el Gobierno del Togo es la presión social que se ejerce sobre la familia de la víctima, que suele pertenecer a la misma comunidad que el autor de la infracción, comunidad que considera normales las prácticas consuetudinarias. El Sr. Hamadou explica que es preciso hacer comprender a los individuos que están infringiendo la ley, dar a conocer las disposiciones de determinados instrumentos de derechos humanos y lograr que la población no considere estas disposiciones como un freno a su libertad, sino como una garantía del ejercicio de sus derechos y una mejora de sus condiciones de vida; estas son actividades de larga duración.

66.El Sr. Kotrane (Relator para el Togo) subraya con preocupación el retraso en la derogación de las disposiciones discriminatorias de las mujeres y en la resolución del problema del repudio que obliga a la mujer a volver a casa de sus padres y le hace perder la custodia de los hijos. Quisiera saber si hay programas de sensibilización destinados a cambiar los estereotipos sobre el papel de los padres y las madres. A la vez que celebra la ratificación del Convenio de la Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional y la aprobación de los decretos Nº 2008-103/PR, y Nº 2008-104/PR de 29 de julio de 2008, que reglamentan los procedimientos de adopción, y del reglamento de 24 de octubre de 2008, que determina las funciones y los miembros del Comité Nacional para la Adopción de Niños, el Sr. Kotrane lamenta que estos textos no estén armonizados con las normas internacionales y que no se dé prioridad a la adopción nacional, que suele ser muy onerosa para las familias del Togo.

67.El Sr. Kotrane observa con preocupación que, pese al proyecto de lucha contra el trabajo infantil a través de la educación, que lleva a cabo el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), hay millares de niños que trabajan. Se trata especialmente de niñas empleadas como trabajadoras domésticas desde la edad de 9 años, que no tienen ni un solo día de descanso ni remuneración y que con frecuencia son víctimas de violencia física, verbal y sexual. Al Sr. Kotrane le preocupa también la situación de los niños porteadores en el mercado central de Lomé y de los que se ven expuestos a los insecticidas y pesticidas en el sector agrícola. Quisiera, por tanto, conocer las medidas y programas adoptados para poner fin de manera gradual al trabajo infantil y a su explotación económica.

68.La Sra. Herczog, lamenta que los niños no constituyan un grupo aparte como destinatarios de las estrategias de reducción de la pobreza y quisiera saber qué medidas se prevén para luchar contra la pobreza de los niños y para mejorar su nivel de vida, así como su acceso a los juegos, el esparcimiento y las actividades recreativas.

69.El Sr. Pollar pregunta por las medidas adoptadas para luchar contra las prácticas tradicionales perjudiciales, en particular las mutilaciones genitales femeninas. Pregunta si se han celebrado acuerdos de cooperación con los países vecinos del Togo para que las mutilaciones no se lleven a cabo del otro lado de la frontera.

70.El Sr. Pollar quisiera saber también qué medidas se adoptan para prevenir los matrimonios precoces, que pueden asimilarse a la venta de niños cuando la dote de la esposa representa un interés económico. Quisiera saber si el Código Penal define la venta de niños y tener más información sobre la celebración de matrimonios como forma de pagar deudas.

71.El Sr. Cardona Llorens dice que la mejor manera de luchar contra los infanticidios y la estigmatización de los niños con discapacidad es practicar una política de inserción de estos niños, en particular mediante una educación inclusiva que permita que los niños con y sin discapacidad crezcan juntos y se respeten. Observa con preocupación que los menores y los adultos comparten los mismos locales de privación de libertad, que la falta de personal capacitado para atender a los jóvenes infractores supone muchas veces que estos sean objeto de malos tratos y que solo hay dos jueces de menores en todo el país. Pregunta sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho de los jóvenes recluidos a la educación, la salud, el juego y las actividades recreativas.

72.El Sr. Koompraphant quisiera saber lo que se hace para garantizar que hombres y mujeres compartan las responsabilidades familiares equitativamente, en un sistema que es mayoritariamente polígamo.

73.La Sra. Varmah observa con preocupación que el acceso de los niños a la terapia antirretrovírica es difícil y que el plan estratégico de lucha contra el sida (2007-2010) no se ocupa de los huérfanos que causa esta enfermedad, y pregunta si el nuevo plan de lucha contra el VIH/SIDA y las infecciones de transmisión sexual abarcará a los niños y los adolescentes vulnerables, si se prevén medidas de prevención para las futuras madres y las mujeres embarazadas y si se prevé adoptar medidas de prevención de la transmisión maternoinfantil. Quisiera saber qué medidas se han adoptado para proteger a los niños y los adolescentes contra el VIH/SIDA y por qué no se ha previsto incluir la educación sobre el sida en todos los niveles de enseñanza. Pregunta si se han organizado campañas de sensibilización sobre el VIH/SIDA para el conjunto de la población.

74.La Sra. Maurás Pérez desearía que se pusieran en práctica planes nacionales para aumentar la inversión en la educación, con recursos nacionales y no únicamente gracias a la cooperación internacional. Pregunta si existen planes especiales que permitan formar, supervisar y sancionar a los docentes para poner fin a la explotación económica y sexual de los alumnos por sus maestros. Por último, pide más información sobre los castigos corporales en la escuela.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.