Naciones Unidas

CRC/C/SR.1401

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

16 de diciembre de 2009

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

51º período de sesiones

Acta resumida de la 1401ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 26 de mayo de 2009, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Informes periódicos tercero y cuarto de Francia relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (tema 6 del programa)

Informes periódicos tercero y cuarto de Francia relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/FRA/4; documento básico ( HRI / CORE /1/ Add .17/Rev.1); lista de cuestiones que deben abordarse (CRC/C/FRA/Q/4); respuestas proporcionadas por escrito por el Gobierno de Francia a la lista de cuestiones (CRC/C/FRA/Q/4/ Add .1))

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Francia toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Morano (Francia) señala, en su calidad de Secretaria de Estado de Familia, que Francia acaba de establecer, con diez países de la Unión Europea, una línea telefónica internacional de coordinación, el número 116 000, en ocasión del Día Internacional de los Niños Desaparecidos, que se celebra el 25 de mayo.

3.En virtud de la Ley de 5 de marzo de 2007 Francia dispone de legislación amplia para la protección de la infancia que le permite aplicar a nivel nacional el marco jurídico de acción que hizo suyo al firmar la Convención. Esta ley tiene dos objetivos principales, a saber: la formulación de medidas de prevención de los malos tratos y el mejoramiento del dispositivo de alerta y detección de riesgos que corren los menores. La ley ha llevado al establecimiento de 70 unidades departamentales de alerta y aviso encargadas de la obtención, el tratamiento y la evaluación de información sobre menores en peligro. Gracias a estas unidades el Gobierno tiene un panorama amplio de la situación de la infancia en peligro y dispone de datos estadísticos fiables y completos sobre la evolución de la situación de los niños maltratados, lo que permitirá mejorar la detección, la gestión y la prevención.

4.Además, la ley prevé que todos los agentes de protección de los niños y todos los profesionales que están en contacto con niños (magistrados, agentes de policía, educadores deportivos y otros) reciban información relativa a la protección de la infancia en el curso de su formación.

5.Se han logrado importantes progresos en materia de coordinación entre el Estado, los departamentos y las asociaciones. En virtud de las leyes de descentralización, en Francia la protección de la infancia es una responsabilidad asumida por los departamentos, que en 2008 le asignaron unos 5.800 millones de euros. El Estado ejerce la función de liderazgo estratégico y sigue manteniendo la responsabilidad de las medidas judiciales.

6.La Defensoría del Niño, una autoridad independiente creada por ley el 6 de marzo de 2000, también desempeña un papel central. Su cometido es defender y promover los derechos del niño de conformidad con la definición contenida en la ley y en la Convención. Cabe señalar que se ha consultado a la Defensora del Niño para la elaboración del informe periódico.

7.Las asociaciones y las organizaciones no gubernamentales (ONG), que son recibidas periódicamente por la Secretaría de Estado de Familia en el marco del comité nacional de seguimiento de la aplicación de la Ley de 5 de marzo de 2007, desempeñan también un papel fundamental en lo que respecta a la protección de la infancia.

8.La protección del niño entraña la protección de su entorno familiar. Se inscribe, pues, en una política integral de la familia que tiene por objeto fortalecer el papel de la familia en la educación de los niños. Esto es inseparable de una actividad más amplia que guarda relación con todas las cuestiones familiares como los procedimientos de adopción, el apoyo a la paternidad, o la conciliación de la vida familiar y profesional.

9.El Presidente de la República ha decidido emprender reformas profundas en el ámbito de la adopción. Se ha establecido un portal en Internet para poner a disposición de los futuros padres adoptivos información fiable. Además, se ha creado un comité interministerial de adopción para definir la política de adopción y garantizar la coordinación de todos los agentes que intervienen en ella. Las familias también estarán mejor acompañadas en todas las etapas de la adopción. Por último, se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley que tiene por objeto dar a la fiscalía y a los servicios sociales un papel más activo en el seguimiento de las situaciones de abandono, racionalizar los procedimientos de aprobación e impulsar la labor del Organismo francés para la adopción.

10.En lo que se refiere a la paternidad, el Gobierno presta apoyo a los cientos de asociaciones que luchan de manera permanente y cotidiana contra todas las formas de violencia en el seno de la familia en el marco de las Redes de Atención, Asistencia y Apoyo a los Padres y los Puntos de información sobre la familia, a los que asignó casi 7 millones de euros en 2009. En 2008 se llevaron a cabo unas 6.000 actividades de apoyo que beneficiaron a 600.000 progenitores. En relación con los dos principales temas de preocupación actuales, a saber, la intensificación de los conflictos familiares y el aumento de los secuestros de niños, incluidos los secuestros internacionales, el Gobierno está examinando la forma de fortalecer las medidas de apoyo en caso de separación de los padres, en particular los servicios de mediación. A fines de 2009 se establecerá una línea telefónica gratuita dedicada a la infancia en peligro, el número 119, para los padres que necesitan ayuda para desempeñar su papel adecuadamente. Este número, creado por el Observatorio Nacional de la Infancia en Peligro, permitirá establecer vínculos con las familias que pasan por momentos difíciles y evitar que determinadas situaciones, en particular la separación de los padres, lleven a un desenlace fatal, para los niños y para toda la familia.

11.En lo que respecta a la lucha contra la utilización de niños en la pornografía, el marco legislativo de Francia penaliza tanto la producción como el consumo de imágenes pornográficas que utilizan niños. También reprime los delitos "clásicos" como el proxenetismo, las proposiciones sexuales a menores, inclusive por Internet, la violación, las agresiones sexuales, la trata de personas o la corrupción de menores. En virtud del artículo 227-27-1 del Código Penal, la legislación francesa se aplica también a las violaciones de los artículos 227-23 y siguientes cometidas en el extranjero. Se dotó a la policía de recursos nuevos y adaptados para la investigación de los delitos cometidos con la ayuda de Internet. Además, los agentes de policía pueden participar con un seudónimo en los intercambios electrónicos. Las sanciones aplicables a los delitos de carácter sexual contra menores son especialmente severas: el proxenetismo o la trata de personas que afectan a un menor son sancionados con diez años de cárcel o una multa de 1,5 millones de euros. En todos los casos, si la víctima es un menor esto constituye una circunstancia agravante.

12.El Gobierno también hace hincapié en la prevención y la información, con la colaboración de profesionales, la red de asociados y las ONG. Las actividades se llevan a cabo en los cuatro ámbitos siguientes: el mejoramiento del desempeño de programas informáticos de control parental, la sensibilización del público en general respecto de la protección del niño en Internet, el bloqueo del acceso a los sitios de pornografía infantil y la creación de las condiciones para una coordinación europea.

13.Además, el Gobierno de Francia está empeñado en facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional. Francia, que tiene la tasa de natalidad más alta de la Unión Europea y una tasa elevada de actividades de mujeres, debe crear 200.000 nuevas plazas de guardería. Se han adoptado medidas para permitir la reagrupación de los cuidadores de niños y autorizarles a cuidar hasta cuatro niños. El Gobierno también tiene previsto diversificar las formas de cuidado del niño para adaptarlas a las limitaciones profesionales de los progenitores y a las condiciones territoriales. En virtud del convenio sobre los objetivos y la gestión entre el Estado y la Caja Nacional de Subsidios Familiares, el Estado asigna casi 1.300 millones de euros a servicios de cuidado del niño, concretamente para la creación de 100.000 nuevas plazas de guarderías.

14.Por último, la Sra. Morano subraya que el Gobierno de Francia se ha fijado la prioridad de impulsar los derechos del niño en las esferas en que esto resulta necesario. Prestará la debida atención a las recomendaciones del Comité y velará por la aplicación plena y cabal de la Convención para que Francia siga siendo considerada la patria de los derechos humanos y de los derechos del niño.

15.El Sr. Citarella (Relator para Francia) agradece a la delegación de Francia el informe sumamente completo e interesante que ha presentado, con un año de retraso, y los nuevos datos que ha comunicado, además de los que figuran en el informe y en las respuestas escritas, lo que permite disponer de cuantiosa información sobre la evolución de la legislación del Estado parte, así como sobre la política del Gobierno con el fin de aplicar la Convención. No obstante, lamenta que en el informe periódico, que se elaboró siguiendo las directrices del Comité, no se mencionen los territorios de ultramar; los datos que figuran en el anexo I no permiten ni comparar la situación de los niños en los territorios de ultramar con la de los niños de la Francia metropolitana, ni verificar si se respeta el principio de no discriminación, ni determinar las posibles diferencias en el goce de los derechos establecidos por la Convención. Además, es lamentable que el informe no se haya elaborado con la cooperación y concertación de la sociedad civil y no se haya presentado a las ONG una vez finalizado.

16.El Relator observa con preocupación que se aplican directamente solo 11 de los 54 principios o normas contenidos en la Convención. Invita a Francia a velar por que la Convención pueda invocarse directamente ante los tribunales.

17.Destacando los numerosos avances realizados por Francia mediante la aplicación integral de la Convención, en particular mediante la aprobación de la Ley Nº 308 de 5 de marzo de 2007, el Relator señala que Francia no tiene debidamente en cuenta las observaciones y recomendaciones formuladas por el Comité en distintas oportunidades durante el examen de sus informes anteriores. Le preocupa en particular que la recomendación relativa al retiro de la reserva sobre el artículo 30 y la correspondiente a la justicia de menores sigan sin aplicarse. Insta a Francia a comprometerse a tener en cuenta las recomendaciones del Comité.

18.El Sr. Kotrane (Relator para Francia) dice que la presencia de una importante delegación demuestra la voluntad del Estado parte de continuar manteniendo un diálogo franco y fructífero con el Comité y subraya que los niños franceses viven en un país que les garantiza la salud y la educación, en que su voz se escucha cada vez más y sus derechos se respetan, en virtud de una tradición francesa bien arraigada en la historia, reservando a los derechos humanos en general y a los derechos del niño en particular, un lugar de privilegio en la organización política y social del país.

19.Desde el examen del segundo informe periódico, el Comité ha observado numerosos adelantos, en particular una importante labor legislativa que responde a ciertas recomendaciones hechas anteriormente. Así pues, la Ordenanza Nº 2005-759, de 4 de julio de 2005, reforma la filiación al suprimir los conceptos de filiación legítima y filiación natural, en tanto que la Ley Nº 2006-399, de 4 de abril de 2006, ha modificado el artículo 144 del Código Civil y dispone que tanto el hombre como la mujer deben haber cumplido los 18 años para poder contraer matrimonio. Durante el período transcurrido, el Estado parte también ha ratificado nuevos instrumentos internacionales, en particular la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2008) y el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2007).

20.El Comité también toma nota de las medidas adoptadas en relación con las recomendaciones anteriores del Comité para fortalecer los mecanismos de coordinación y de seguimiento, en particular el papel que desempeña la Delegación Interministerial de la Familia, que actualmente depende del Ministerio de Trabajo, Relaciones Sociales y Solidaridad; la posibilidad otorgada a los padres, los servicios médicos y sociales y los miembros del Parlamento, de apelar ante la Defensora del Niño; el fortalecimiento del estatuto jurídico de la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos; la obligación asumida por el Gobierno de presentar cada tres años ante el Parlamento el informe previsto en el apartado b) del artículo 44 de la Convención; y el establecimiento el 16 de enero de 2009 del Alto Comisionado de la juventud, encargado de aplicar una política coherente para los jóvenes de 16 a 26 años.

21.Sin embargo, el Relator lamenta que, según las ONG, el informe de Francia, presentado en septiembre de 2007, no figure en ningún sitio web ministerial ni haya sido objeto de ninguna promoción oficial. Pregunta qué medidas se tienen previstas para divulgar entre el público en general el informe de Francia y las observaciones finales del Comité tras el examen del presente informe y para celebrar, como lo sugieren las ONG, un importante debate nacional sobre la situación de los derechos del niño en Francia. Pregunta también si Francia tiene previsto establecer un organismo nacional, dotado de recursos suficientes, que se encargue de la coordinación global de la aplicación de la Convención, también en los departamentos y territorios de ultramar. Asimismo, desea conocer las medidas previstas para impartir formación obligatoria a los maestros y los profesionales en general sobre los derechos del niño.

22.También sería útil disponer de información sobre la etapa de aplicación del plan de acción nacional, de conformidad con lo dispuesto en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de 2001 para el seguimiento de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, y sobre la aplicación de la obligación asumida por el Gobierno de presentar cada tres años al Parlamento el informe previsto en el apartado b) del artículo 44 de la Convención. La delegación también podría indicar si el Estado parte tiene previsto establecer una delegación parlamentaria sobre los derechos del niño y una comisión encargada de verificar si la legislación del país se ajusta a lo dispuesto en la Convención, de adoptar medidas legislativas a fin de que sea obligatorio consultar la opinión de la Defensora del Niño sobre todos los proyectos de ley relativos a los menores de 18 años y de adoptar medidas con miras a poner en práctica la propuesta de publicar cada tres años, en un documento único, todos los datos que permitan medir los efectos de las políticas relativas a la infancia. Por último, se apreciaría toda información adicional sobre el curso dado a las propuestas de la Comisión Varinard sobre la reforma de la justicia de menores, en particular la revisión prevista de la edad mínima de responsabilidad penal.

23.La Sra. Aidoo dice que la presencia de una delegación multisectorial de alto nivel ilustra el interés de Francia en los niños y que el informe demuestra su voluntad y capacidad, tanto desde el punto de vista financiero como humano, de promover los derechos del niño. Sin embargo, le preocupa la falta de políticas o estrategias realmente globales para la aplicación de la Convención, que completen la política de familia y consideren al niño un verdadero sujeto de derechos y que faciliten la coordinación horizontal entre los diferentes ministerios, y vertical entre el Gobierno central y los distintos departamentos, incluidos los departamentos y territorios de ultramar. Indudablemente el Estado parte ha realizado una labor notable en materia de protección de los derechos del niño, en particular mediante la aprobación de la Ley de 5 de marzo de 2007, pero no ha prestado suficiente atención al derecho a la vida del niño (la tasa de suicidio de adolescentes es especialmente elevada), al desarrollo del niño ni a la participación de los niños.

24.Por otra parte, la Sra. Aidoo felicita a Francia por la formación inicial y continua en materia de derechos del niño que se imparte a todos los profesionales del ámbito de la infancia y por las iniciativas adoptadas para proteger a los niños de una mala utilización de Internet, aunque lamenta que la divulgación de la Convención sea limitada, inclusive en los establecimientos escolares. Citando un estudio del UNICEF realizado en 2007, según el cual las dos terceras partes de los adultos y las tres cuartas partes de los niños de 15 a 18 años ignoran la existencia de la Convención, la oradora observa que este año en que se conmemora el 20º aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, Francia tendría los recursos y la capacidad necesarios para dar difusión amplia a la Convención, tanto entre los niños como entre los padres, y tanto en la Francia metropolitana como en los departamentos y territorios de ultramar.

25.El Sr. Pollar dice que la cuestión de la cooperación internacional no ha sido objeto de mucha atención en el informe del Estado parte. Pregunta a la delegación qué resultados obtuvo Francia ante el Consejo de Seguridad en relación con las cuestiones relativas a los niños, esfera en que es muy activa, y qué influencia ha tenido Francia, durante su ejercicio de la presidencia del Consejo de la Unión Europea, en la política de la Unión en lo que atañe a la protección de los derechos del niño en el marco de la cooperación internacional, en particular con los países en desarrollo.

26.Recordando que Francia se ha comprometido a destinar el 0,8% de su ingreso nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo, pregunta si ha cumplido con este compromiso político o si está en vías de hacerlo.

27.En lo que respecta a la edad mínima de reclutamiento en el ejército o de inscripción en una escuela militar, establecida mediante la Ley Nº 2005-270 de marzo de 2005 en 17 y 16 años, respectivamente, el Sr. Pollar pregunta si el Estado parte estima que estas disposiciones se condicen con los principios de la Convención. Pide también más información sobre la suspensión del servicio militar obligatorio y sobre el hecho de que la ley permite su restablecimiento en cualquier momento.

28.Por último, sería útil saber si se aplica el fallo emitido por un tribunal de apelación francés relativo a la asignación de prestaciones familiares a los extranjeros que residen legalmente en Francia.

29.El Sr. Filali plantea la cuestión de lo que parece ser la aplicabilidad selectiva de la Convención y desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para remediar este problema. Además, solicita más información sobre la propuesta de creación de delegaciones de los derechos del niño, que ha sido rechazada por el Senado, y sobre el estado actual de esta cuestión.

30.Pide al Estado parte que formule su opinión sobre la cuestión de los acuerdos bilaterales para combatir el secuestro de niños y que indique qué medidas deberían tomarse al respecto. Asimismo, debería describir las iniciativas concretas de promoción que se han puesto en práctica para fomentar la aplicación de la ley que dispone que los padres impulsen la participación de los niños en las decisiones que les atañen.

31.En lo que se refiere a la cuestión de la violencia contra los niños, el Sr. Filali señala que la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad ha denunciado comportamientos durante la detención que presuntamente atentan contra la dignidad de los niños. Pregunta qué tiene esto de cierto y qué medidas ha adoptado el Estado para proteger a los niños de estos abusos. Subraya asimismo que el informe periódico parece contradecir las conclusiones de la Comisión mencionada que hace referencia a una tasa elevada de suicidios en las cárceles y a la falta de coordinación entre los profesionales y de una evaluación de los riesgos de suicidio.

32.El Sr. Zermatten está sorprendido de que en el informe se suministren escasos datos sobre las medidas generales de aplicación de la Convención, en particular de información amplia sobre las condiciones de vida de los niños, el entorno familiar y los numerosos niños pobres. Considera que esto revela la falta de una política general sobre la familia y sugiere que se resuelva mediante la realización, en ocasión del 20º aniversario de la Convención, de un estudio global sobre la infancia y la familia.

33.El orador señala que la cuestión del interés superior del niño, que se destaca en el informe, plantea problemas de aplicación concretos, en vista de que este principio supone que el Estado tiene por objeto satisfacer este interés mediante disposiciones y decisiones legislativas, lo que no parece ser el caso. En lo que se refiere al derecho del niño de ser escuchado, consagrado en el artículo 12 de la Convención, le sorprende que en la legislación francesa se deje en manos de los niños la tarea de pedir ser escuchados, y desearía que el Estado parte adoptara mecanismos para recoger las opiniones de los niños, como lo dispone la Convención.

34.El Sr. Krappmann solicita aclaraciones en relación con los párrafos 183 a 197 del informe periódico en lo que atañe a tener en cuenta las opiniones del niño, pues le resultan ambivalentes. Se pregunta si los niños están debidamente informados de sus derechos, en particular de los reconocidos en el artículo 12.

35.La Sra. Villarán de la Puente, remitiéndose a las conclusiones de un informe de la Red nacional de militantes, grupos de organizaciones, sindicatos y asociaciones de información y apoyo a jóvenes indocumentados que asisten a la escuela, señala que la política de inmigración de Francia indudablemente se condice con la Convención, pero su aplicación viola los derechos fundamentales de los niños. La retención de niños, aunque sea menos frecuente, es una práctica que se mantiene y plantea serios problemas en relación con las disposiciones del artículo 37 de la Convención. El arresto indebido de menores en condiciones semejantes a las de los adultos, las investigaciones policiales en las escuelas, la devolución de niños a sus países, la privación de la libertad de adultos y niños en los centros de espera o de retención administrativa son algunos de los hechos concretos que figuran en el informe de que se trata. La oradora señala que en 2007, de acuerdo con este informe, 242 niños, el 80% de los cuales tenían menos de 10 años, fueron alojados en centros de retención. Le agradaría saber qué medidas de política se aplican de conformidad con la Convención para garantizar que los niños no sean separados de sus padres en el contexto de la inmigración, que no sean privados de la libertad y que se sientan seguros en la escuela. Desea saber cuáles son las instancias públicas responsables de estas cuestiones y en qué fundamentos jurídicos se basan las autoridades francesas para garantizar los derechos de los niños cuyos padres son indocumentados.

36.La Sra. Ortiz se pregunta de qué forma Francia garantiza el derecho a la identidad de los niños nacidos de una madre que desea mantener el anonimato o mediante un procedimiento médico de reproducción asistida con un donante. En vista de que en el artículo 8 se dispone que cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad, le gustaría saber de qué forma Francia se propone garantizar los derechos relativos a la identidad del niño.

Se suspende la sesión a las 11.35 horas y se reanuda a las 12.05 horas.

37.La Presidenta observa con satisfacción que el informe del Estado parte es muy completo y contiene un gran volumen de información, aunque lamenta que no incluya más elementos de autocrítica y análisis. Le preocupa la cuestión de los territorios de ultramar, en particular en lo que respecta al derecho a la identidad y al derecho a la educación.

38.La Sra. Morano dice que el informe tiene en cuenta las observaciones formuladas por la Defensora del Niño y la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos. Respecto de la aplicabilidad de la Convención, subraya que 11 de los 54 artículos de la Convención son directamente aplicables al orden jurídico interno, lo que representa un progreso considerable. En relación con la cuestión de ultramar, señala que es la primera vez que el país presenta un informe en el que se incluyen datos sobre la situación en estos territorios; el Gobierno francés no establece ninguna distinción entre la metrópolis y los territorios de ultramar, aunque tiene en cuenta sus características particulares. Señala que, desde 2000, se han adoptado iniciativas para subsanar las deficiencias en el registro del estado civil en Mayotte.

39.En lo que respecta a la difusión y promoción de la Convención, la Sra. Morano subraya que el texto de la Convención puede consultarse en los sitios web de varios ministerios, que se imparte conocimientos sobre esta a los niños en la escuela primaria, en la escuela secundaria inferior y superior, y también se sensibiliza a los futuros docentes a este respecto en el marco de su educación universitaria. Desearía que el 20º aniversario de la Convención fuera una oportunidad para dar a conocer mejor sus disposiciones y objetivos, y se propone señalar esta cuestión a la atención de los demás ministerios de que se trata. La estrategia de acción global en favor de la infancia no es el único recurso del Ministerio de la Familia, esta se inscribe en un enfoque de amplio alcance en el que intervienen muchos ministerios.

40.En relación con la falta de datos que señalaron algunos miembros del Comité, se ha promulgado una ley que trata de la creación de centros encargados de detectar el maltrato de los niños. Esto debería permitir la recopilación de datos más fiables y completos sobre estas cuestiones. La opinión de la Defensora del Niño tiene solo un valor consultivo, pero se tuvo debidamente en cuenta al elaborar un proyecto de ley sobre la patria potestad y el derecho de terceros, que ocupa un lugar importante en el interés superior de los niños, preocupación central de las reflexiones cuando se elaboran los distintos instrumentos jurídicos relativos a la infancia.

41.En lo que se refiere a la edad del reclutamiento en las fuerzas armadas, la Sra. Morano recuerda que las disposiciones del derecho francés se ajustan a la Convención y a su Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados. En la práctica, ningún menor participa en operaciones sobre el terreno.

42.En el ámbito de la asistencia internacional, la oradora recuerda que, durante su ejercicio de la presidencia del Consejo de la Unión Europea, Francia reafirmó su compromiso con la meta de la asistencia oficial para el desarrollo establecida para 2015.

43.Por último, la oradora recuerda que, en el marco del Convenio sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional aprobado en La Haya, Francia ha celebrado 81 acuerdos internacionales para luchar contra el secuestro de niños, 15 de los cuales son de carácter bilateral. El Gobierno tiene previsto celebrar acuerdos semejantes con otros países.

44.La Sra. Mauras Pérez desea saber qué medidas se propone adoptar Francia para que la reducción prevista del producto nacional bruto para 2009 y 2010 no tenga repercusiones sobre las inversiones a favor de la protección de la infancia. Observa con satisfacción que los recursos asignados al sector de la educación han aumentado, aunque lamenta que esto no haya sucedido también en el caso de la salud y la vivienda. En relación con el informe de 2007 de la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos, la oradora señala que, debido a la falta de recursos asignados a la protección de la madre y el niño, este último suele considerarse un objeto de cuidado y no un sujeto con necesidades de desarrollo. La oradora tiene conciencia de la dificultad de definir claramente las partidas del presupuesto destinadas a la infancia y, sumándose a lo expresado por la Sra. Aidoo y el Sr. Zermatten, estima que sería prudente elaborar una política global para la infancia que permitiera determinar exactamente los logros, así como los ámbitos en que se necesitan mejoras.

45.El Sr. Kotrane (Relator para Francia) acoge con satisfacción los datos contenidos en el informe respecto de la cuestión del registro de los nacimientos y el derecho de los niños a conocer sus orígenes.

46.Observando que Francia autoriza las gestiones individuales de adopción en el extranjero, pregunta si el Estado prevé adoptar medidas que regulen mejor estas gestiones e impulsen la intervención de los organismos públicos, y si el Estado prevé reprimir más severamente las adopciones con fines de lucro y considerarlas venta de niños, conforme a la recomendación del Comité.

47.Observando que en el informe se indica que la concesión de prestaciones familiares está siempre supeditada a la legalidad de la estancia, le agradaría saber si el Estado tiene previsto remediar esta situación. Observa con satisfacción que el Estado parte ha adoptado iniciativas para reglamentar la cuestión de los niños no acompañados, aunque haciéndose eco de las preocupaciones expresadas por numerosas ONG a este respecto, desearía saber si se presta asistencia letrada de derecho pleno en forma generalizada a todos los solicitantes de asilo y qué ocurre en el caso de los niños. Le preocupa que la norma del "día completo" se haya suprimido en 2003 y desea saber qué medidas tiene previsto adoptar el Estado para evitar que un niño sea devuelto directamente a su país de origen y para garantizar que se beneficie de la asistencia de un administrador especial. Invita al Estado a adoptar medidas concretas para ayudar a los niños de la calle y a promulgar los decretos de aplicación de la Ley de reforma del sistema de protección de la infancia de 2007.

48.El Sr. Citarella (Relator para Francia) señala que, en lo que se refiere a la justicia de menores, la ley francesa considera que los jóvenes de 16 y 17 años son adultos, lo cual no se condice con la Convención, y pregunta si Francia se propone resolver este problema. Además, la aplicación del criterio de la capacidad de discernimiento para establecer la edad de responsabilidad penal plantea problemas pues esta queda sujeta a la discreción del juez y a veces puede ser arbitraria.

49.La Sra. Al-Asmar solicita datos sobre el plan de acción para prevenir la violencia en la escuela y desea saber si los servicios y programas para promover la educación y el desarrollo del niño en la primera infancia se ocupan también de los niños refugiados. Pregunta si estos servicios se prestan en la lengua materna del niño o únicamente en francés y si se inscriben en un plan de acción global a favor de las familias y de los niños. También debe aclararse si el Estado ha realizado estudios para determinar las razones por las cuales la tasa de deserción escolar es más elevada entre los alumnos extranjeros.

50.El Sr. Krappmann solicita información complementaria sobre el lugar que ocupa la educación en materia de derechos humanos en los programas escolares. Desea saber si los niños que han abandonado la escuela tienen una segunda oportunidad de proseguir los estudios y si hay mecanismos de atención de jóvenes desempleados. Pregunta si el Estado tiene previsto promulgar una ley que prohíba los castigos corporales y promueva el uso de medidas disciplinarias diferentes.

51.Plantea la cuestión de la confidencialidad de la información contenida en la base de datos sobre estudiantes jóvenes, que se conoce con el nombre de base de estudiantes, y desea saber si es cierto que los padres a veces ignoran que sus hijos están registrados en esta base de datos. Se agradecería información sobre esta cuestión.

52.Por último, el tema de la suspensión de los alumnos que portan símbolos o prendas de vestir propios de alguna religión, que se trató en el curso del examen del informe anterior, también requiere observaciones adicionales.

53.El Sr. Gurán señala que el número de personas que obtuvieron la aprobación para la adopción sigue siendo muy superior al número de niños adoptados, a pesar del plan de acción en la materia elaborado por el comité interministerial establecido en 2008. Señalando que los niños adoptados provienen de países que no necesariamente han ratificado el Convenio sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, pregunta si el Estado parte da el mismo trato, antes y después de la adopción, a todos los niños. Por último, desea conocer las cifras de adopción nacional y saber si los niños extranjeros que viven en Francia encuentran fácilmente padres adoptivos.

54.El Sr. Pollar pregunta si existen mecanismos de coordinación y de seguimiento para prevenir la explotación sexual, un sistema de recopilación de datos fiable que permita ver la evolución del número de delitos cometidos en este ámbito, y una unidad especial de fuerzas del orden encargada de luchar contra este problema.

55.Pide a la delegación que indique si Francia cuenta con una política relativa a la exportación de armas y vela por que las armas de pequeño calibre no caigan en manos de niños, y si las tropas francesas de mantenimiento de la paz tienen en cuenta las medidas de protección destinadas a los niños.

56.Por último, sería útil saber qué medidas se han adoptado para identificar a los niños que llegan al territorio de Francia provenientes de zonas de conflicto armado.

57.El Sr. Puras solicita datos adicionales sobre las disposiciones adoptadas para integrar a los niños seriamente discapacitados en el sistema escolar y en los servicios para niños de edad preescolar. Pregunta si, con las reformas en curso en el ámbito de la salud, Francia garantiza el mantenimiento de su sistema de salud, que está entre los mejores del mundo.

58.La Sra. Herczog solicita información adicional sobre la entrevista psicosocial en el cuarto mes de embarazo. Desea saber en particular si las personas encargadas de realizar estas entrevistas reciben la formación adecuada, si las entrevistas están adaptadas a la cultura de las mujeres de que se trata, qué tipo de datos se registran y a quiénes están destinados. También desea saber cuáles son las consecuencias, para las mujeres, de una decisión que tiene por objeto garantizar el seguimiento social de los niños durante los seis primeros años de vida, así como la relación entre los servicios sociales y las estructuras de guarderías y de enseñanza preescolar.

59.La Sra. Herczog pregunta si el Gobierno francés presta apoyo a la política exclusiva de lactancia establecida en una nueva directiva de la Unión Europea, en cuyo caso debería alentar a las mujeres a tomar una licencia de maternidad no de seis semanas sino de seis meses. Por último, desea saber qué proporción de hombres toma licencia por nacimiento de un hijo.

60.El Sr. Zermatten pregunta si la creación, en 2003, de centros educativos de régimen cerrado, y en 2008, de centros de detención especializados con el objeto de cerrar las secciones de menores de los establecimientos penitenciarios, ha dado resultados positivos, si las personas que se ocupan de los niños en estos centros son guardas o educadores, y si se mantiene la relación entre los niños y sus padres.

61.Desea saber si el Gobierno francés tiene previsto llevar a cabo una reforma general de la Ordenanza de 2 de febrero de 1945, relativa a la delincuencia infantil, que ha sido enmendada en numerosas ocasiones. También sería útil disponer de información sobre la labor de los jueces locales.

62.En lo que atañe a la justicia penal ordinaria, la delegación debería indicar si se han adoptado disposiciones para proteger a las víctimas menores de edad, e informar sobre la capacitación que reciben los magistrados y los especialistas facultados para entender en causas relativas a estos niños.

63.El Sr. Zermatten pregunta si, en los centros de retención administrativa, que representan una forma de privación de la libertad, los niños son alojados con adultos y si se garantiza el nombramiento de un administrador especial, en vista de que, según cierta información recibida, solo una tercera parte de los niños se benefician de esta disposición.

64.El orador también solicita información adicional sobre el derecho a la reunificación de las familias y los métodos empleados para determinar la edad de los niños extranjeros no acompañados. En particular, desea saber quién asume la responsabilidad de los niños una vez que estos son admitidos en el territorio francés y si el trato que se les imparte varía según el lugar en que son admitidos.

Se leva nta la sesión a las 13.00 horas.