NACIONES UNIDAS

CRC

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr.GENERAL

CRC/C/SR.123324 de Agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

45º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1233ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,

el miércoles, 23 de mayo de 2007, a las 10.00 horas

Presidenta: Sra. LEE

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados Partes (continuación)

Segundo y tercer informes periódicos de Maldivas

_______________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Sección de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un único documento que se publicará poco después de finalizado el período de sesiones.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 6 del programa)(continuación)

Segundo y tercer informes periódicos de Maldivas (CRC/C/MDV/3 y CRC/C/MDV/Q/3 y Add.1)

1.Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Maldivas toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. DIDI (Maldivas) presenta el segundo y tercer informes periódicos (CRC/C/MDV/3) y dice que en los últimos diez años Maldivas no ha cumplido satisfactoriamente con sus obligaciones de presentación de informes porque no han dispuesto de un mecanismo adecuado para vigilar la aplicación de la Convención. Se ha necesitado un cierto tiempo para desarrollar un enfoque basado en los derechos y aplicarlo a la planificación, vigilancia y realización de un entorno protector para los niños, incluida la aprobación de la legislación adecuada.

3.En Maldivas hay escuelas primarias en todos los lugares donde viven niños, y la matriculación es casi del 100 por cien en la enseñanza primaria hasta el grado 7. Según el censo de 2006, casi ha desaparecido la diferencia entre sexos en el alumnado de la enseñanza secundaria. En la enseñanza superior los estudiantes de Maldivas se han situado entre los mejores estudiantes seleccionados a nivel internacional en 2007. Sin embargo, Maldivas se enfrenta todavía con algunas limitaciones en cuanto a la calidad de la enseñanza. Las iniciativas apoyadas por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) encaminadas a disponer de centros preescolares basados en el juego, de escuelas primarias acogedoras para los niños y de centros de recursos para profesores en los atolones están contribuyendo a reducir las disparidades en la prestación de una educación primaria de calidad.

4.La aplicación de medidas especiales ha reducido los índices de mortalidad infantil y materna a 16 y 0,69 por 1.000 nacimientos vivos, respectivamente. La cobertura de la inmunización (DTT3 y sarampión) supera actualmente el 95 por ciento.

5.Después de haber ratificado la Convención, Maldivas ha procurado prestar servicios adecuados a los niños que necesitan protección. Las dificultades principales que plantea proporcionar servicios accesibles a los niños son la dispersión geográfica de las comunidades y los recursos financieros, institucionales y humanos limitados, en especial la escasez de profesionales formados. El Ministerio de Género y la Familia ha iniciado un programa de descentralización que presta servicios de protección a los niños y las familias en riesgo. A fines de 2008 cada atolón dispondrá de un centro de servicios con un equipo multidisciplinario encargado de proporcionar protección social a los niños. El Ministerio está trabajando también con Child Helpline International para establecer una línea telefónica de ayuda a los niños de Maldivas.

6.Maldivas está experimentando una reforma política importante. La Hoja de Ruta de la reforma, que el Presidente anunció en marzo de 2006, introducirá la democracia moderna y dará un nuevo impulso a la promoción y protección de los derechos de los niños. Están en curso de ejecución planes para incorporar en la legislación interna la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño. El Gobierno ha adoptado medidas para establecer un sistema integral de justicia juvenil* y el Gabinete ha aprobado recientemente una dependencia de justicia juvenil. Se ha revisado el Código Penal y los proyectos de ley sobre pruebas, empleo y la policía han tenido en cuenta las normas y las mejores prácticas internacionales de derechos humanos. La Ley de la familia se revisará a fines de 2007 para incorporar cuestiones relativas a los derechos de los niños.

7.Maldivas ratificó en septiembre de 2005 la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su Protocolo facultativo, y en septiembre de 2006 el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo facultativo y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

8.La vigilancia y presentación de informes sobre la aplicación de los derechos de la mujer y del niño se realizarán sistemáticamente después del establecimiento de una división especial dedicada a este fin en el Ministerio de Género y la Familia. El Ministerio de Planificación y Desarrollo Nacional es el organismo básico del Estado que se ocupa de la reunión de datos. Se está preparando con apoyo del UNICEF un sistema de registro y gestión de la información para niños, jóvenes y familias en riesgo.

9.Ha habido un cambio de política en la esfera de la protección del niño, que ahora se centra más en el riesgo, en lugar de considerar al niño solo. El objetivo es salvaguardar el interés superior del niño dando capacidades a los padres y ofreciendo a los niños un entorno protector dentro de la familia. Sin embargo, los niños cuyo interés superior no puede garantizarse de esta manera se dejan a la atención del Estado como recurso último. Mejorar la atención que el Estado presta y encontrar formas alternativas de atención plantea un gran reto al Gobierno. Se han preparado normas mínimas para las instituciones y se aprobarán oficialmente en los próximos meses. Se está considerando la posibilidad de introducir la kafalah como alternativa a la adopción y el cuidado de acogida como alternativa a la atención del Estado.

10.Se han realizado muy pocos esfuerzos para familiarizar a los niños con la Convención. No se ha establecido todavía una cultura que haga participar a los niños en la aplicación y vigilancia de sus derechos, si bien se ha consultado a los alumnos de las escuelas para redactar el Plan Nacional de Acción para el Bienestar de los Niños de Maldivas 2001-2010. Las escuelas permiten que los niños formen asociaciones y clubes, pero no hay ninguna asociación que promueva la participación de los niños en la aplicación de sus derechos.

11.En Maldivas los niños con discapacidades tienen un acceso mínimo a la escolarización y a otros servicios públicos. Para remediar esta situación se está formulando una política nacional sobre discapacidad y un grupo de trabajo técnico está preparando un plan de acción. Se están adoptando medidas para garantizar que haya por lo menos una escuela en cada atolón que imparta educación a los niños con discapacidades mediante un enfoque integrado. Se creará a fines de 2007 un registro nacional de niños con discapacidades. La oradora alaba la labor de la Sociedad de Atención por sus iniciativas a favor de los niños con discapacidades de Maldivas.

12.Otras cuestiones importantes que el Gobierno debe solucionar son la frecuencia del abuso de drogas entre los jóvenes y la participación de niños en violencia motivada políticamente. La rehabilitación de los jóvenes consumidores de drogas no es satisfactoria y esta situación debería resolverse de modo urgente, habida cuenta de que casi el 42 por ciento de la población del país tiene menos de 18 años de edad.

13.El Sr. SIDDIQUI (Relator del país) dice que en los últimos años Maldivas ha realizado progresos económicos, sociales y políticos significativos. Su progreso social se refleja en el hecho de que haya conseguido los mejores resultados entre los países de Asia meridional en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas.

14. El Relator señala con satisfacción que algunas de las preocupaciones y recomendaciones del Comité sobre el informe inicial de Maldivas (CRC/C/8/Add.33) se han resuelto mediante la adopción de leyes y políticas. Sin embargo, no se han tratado de modo suficiente las recomendaciones del Comité sobre reservas, la armonización de la legislación interna con la Convención, la discriminación contra los niños con discapacidades y contra los niños nacidos fuera del matrimonio, la prevención de los malos tratos de los niños, incluidos los abusos sexuales, el problema del abuso de drogas y la administración de la justicia juvenil. La delegación debe explicar por qué Maldivas no ha aplicado estas recomendaciones y cuándo tiene previsto hacerlo. El Relator invita al Estado Parte a retirar sus reservas a los artículos 14 y 21 de la Convención.

15.El Relator desea saber si se han asignado recursos humanos y financieros adecuados al Plan Nacional de Acción para el Bienestar de los Niños de Maldivas 2001-2010 y si la ejecución del Plan correrá a cargo de un órgano del Estado o se realizará en colaboración con la sociedad civil. Desea saber también si se ha llevado a cabo alguna evaluación a mediano plazo y, en caso afirmativo, cómo se ha seguido su aplicación.

16.El Relator pide esclarecimientos sobre los informe según los cuales los órganos encargados de vigilar la aplicación de la Convención no disponen de suficientes recursos humanos y financieros, y de que el Grupo de Trabajo Multisectorial para la Protección de la Infancia dejó de funcionar en 2005.

17.El Relator acoge con agrado las iniciativas encaminadas a recopilar datos sobre la situación de los niños aplicadas por el Ministerio de Planificación y Desarrollo y el Ministerio de Género y la Familia en cooperación con el UNICEF, pero señala que el sistema nacional de recopilación de datos no abarca todos los aspectos de la Convención y se centra principalmente en los niños en conflicto con la ley. Además, hay pocos datos sobre la situación de los niños de atolones remotos. Dificulta la recopilación de datos la escasez de personal formado y una coordinación insuficiente entre las autoridades del Estado y los organismos que se ocupan del bienestar social. Se pregunta cómo tiene previsto el Estado Parte superar estos problemas.

18.El Relator invita a la delegación a comentar los informes según los cuales están disminuyendo las partidas presupuestarias del Estado asignadas a la salud y la educación. Esto tendrá necesariamente efectos negativos en los niños. Además, al preparar el presupuesto no se ha consultado con las asociaciones de niños y no hay constancia de la existencia de partidas presupuestarias para los niños o de gastos reales para ellos.

19.Las administraciones de los atolones no son representativas de la población local y su capacidad de satisfacer las necesidades de los niños es muy limitada. Se pregunta cómo tiene previsto el Gobierno remediar esta situación.

20.Se ha informado de que la Convención no se ha difundido de modo sistemático y específico, con lo que pocos padres, niños, profesores y personal de atención están familiarizados con su contenido. El Gobierno no ha publicado o distribuido el informe inicial de Maldivas ni las observaciones finales del Comité. La delegación debería comentar estas observaciones.

21.A pesar de las recomendaciones de un eminente estudioso islámico de armonizar la legislación interna con la Convención, no ha habido enmiendas a la Ley de la Protección de los Derechos del Niño, excepto el aumento de la mayoría de edad de los 16 a los 18 años.

22.La Sra. VUCKOVIC-SAHOVIC (Relatora suplente del país) dice que, desde el examen del informe inicial por el Comité, la sociedad civil parece haberse desarrollado de modo significativo en Maldivas. Pregunta hasta qué punto las ONG han participado en la redacción del segundo y tercer informes periódicos. Pide información adicional sobre el número de ONG que se ocupan específicamente de los niños. Debería promoverse la colaboración con estas organizaciones porque las ONG pueden prestar servicios a los niños que viven en zonas remotas. Otros Gobierno pueden prestar asistencia técnica.

23.Algunas ONG han expresado preocupación por los trámites de inscripción. Es responsabilidad del Gobierno prestar asistencia a la sociedad civil y la oradora remite al Estado Parte a la observación general No. 5 del Comité sobre las medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Maldivas debería promover las asociaciones de niños, porque quienes se acostumbran a expresar su opinión sobre sus propios asuntos escolares es probable que más adelante en la vida tengan confianza para manifestar sus opiniones.

24.El Sr. KOTRANE dice que Maldivas tiene un sistema jurídico dualista, a consecuencia de lo cual los instrumentos internacionales deben incorporarse a la legislación interna y no pueden invocarse directamente ante los tribunales. En relación con ello, pregunta si los jueces y expertos jurídicos conocen lo suficiente las disposiciones de la Convención para promover las necesarias reformas legislativas.

25.El orador está preocupado por la coexistencia del Código Civil y de la sharia, lo que significa que no todos los niños están sujetos a las mismas disposiciones jurídicas. Pregunta se si han adoptado medidas para unificar la legislación de Maldivas.

26.Señala que Maldivas ha hecho reservas sobre la libertad de religión o creencia definida en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Pregunta si hay posibilidad de que el Estado Parte ejerza una mayor tolerancia religiosa. La Relatora Especial sobre la libertad de religión o de creencias ha recomendado que se permita a los presos practicar su religión en los centros de detención, y el orador se pregunta si Maldivas tiene previsto tomar medidas activas para promover la tolerancia y la coexistencia. En relación con el trabajo infantil, dice que Maldivas debería considera ingresar en la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

27.La definición de niño en la legislación de Maldivas debería ser más precisa. Es positivo que la edad mínima de matrimonio se haya elevado de 16 a 18 años, pero la edad de responsabilidad penal es todavía demasiado baja. La edad para completar la enseñanza primaria también es demasiado baja y debería aumentar a los 15 años.

28.La Sra. ALUOCH dice que el Comité ha recibido información de que la policía de Maldivas ha hecho en varias ocasiones comentarios a los medios de difusión que infringen el derecho de los niños a la intimidad y la dignidad. La oradora pregunta si hay restricciones o directrices para los medios de comunicación que informan sobre casos que afectan a niños. Ha oído que los delincuentes sexuales en Maldivas a menudo quedan sin castigar y en ocasiones incluso se les indulta, y pregunta si la nueva legislación tratará esta cuestión.

29.La Sra. KHATTAB señala que Maldivas ha hecho una reserva al artículo 14 de la Convención porque la Constitución afirma que todos los maldivos deben ser musulmanes, y pregunta si la Constitución se enmendará, puesto que el país está experimentando un proceso de democratización. No se debe obligar a las personas a ser musulmanas, sino que deben tener libertad para escoger su fe. Muchos países musulmanes no han hecho reservas al artículo 14, mientras que otros, como Marruecos y la República Árabe Siria, han retirado sus reservas o tienen intención de hacerlo.

30.En relación con la reserva al artículo 21 de la Convención, la oradora dice que Maldivas debería considerar el ejemplo de Egipto que ha retirado sus reservas sobre adopción y kafalah cuando ha comprendido que no estará en contradicción con la sharia. Espera que Maldivas seguirá este ejemplo llevando la cuestión al Parlamento.

31.La oradora expresa preocupación por la discriminación de que son objeto los niños nacidos fuera de matrimonio, los cuales carecen de todo derecho. Es importante integrar a estos niños en la sociedad y defender su interés superior. Al parecer recientemente ha habido intentos para impedir que las muchachas asistan a la escuela. Desea saber qué se ha hecho para prevenir este comportamiento, porque es esencial que las niñas disfruten de igualdad de derechos en la educación.

32.La Sra. AL-THANI dice que ha habido informes en los medios de comunicación de Maldivas sobre infanticidios. Las muchachas menores que quedan embarazadas a menudo recurren a abortos clandestinos o matan a sus hijos recién nacidos. La delegación debería indicar si el Gobierno tiene intención de tratar este problema.

33.El Sr. PARFITT dice que si bien se estableció en Maldivas en 2003 una comisión de derechos humanos todavía no es plenamente funcional y no tiene un componente de derechos de los niños. Además, parece ser que los niños sólo pueden presentar denuncias por conducto de su tutor. Pide información adicional sobre las medidas que está adoptando Maldivas para establecer un mecanismo independiente y accesible de denuncias para los niños.

34.La Sra. SMITH dice que es importante que los niños sean conscientes de su derechos a la dignidad y a la integridad física y psicológica. Parece bastante contradictorio que los niños de Maldivas disfruten de la libertad de asociación pero que no se les permita ingresar en partidos políticos o asociaciones de adultos. Desea saber por qué no se permite a los niños ingresar en partidos políticos. La delegación debería explicar el sentido de “asociación de adultos”. Maldivas debería suministrar información sobre las medidas que se están tomando para promover la libertad de expresión de los niños, especialmente haciéndoles intervenir en la televisión y otros medios de comunicación.

35.En relación con la reserva al artículo 14, la oradora pregunta si se tendrá en cuenta esta reserva en el contexto del actual examen de la Constitución.

36.El Sr. ZERMATTEN dice que la participación de los niños en cuestiones jurídicas parece estar restringida principalmente a procesos sobre su custodia; hay poco margen para la participación de los niños en la justicia juvenil. Por consiguiente hay que introducir disposiciones de procedimiento para rectificar esta situación. Parece que no existe un sistema para garantizar una participación eficaz de los niños en las escuelas y queda mucho por hacer para garantizar que los niños participen en la vida pública. Agradecería recibir ejemplos específicos de mecanismos de participación, como parlamentos de los niños u otras instituciones.

37.El Sr. FILALI pregunta si la Asamblea Constitucional en su examen de la Constitución propondrá alternativas al principio de que todos los maldivos deben ser musulmanes. No está claro cómo trata Maldivas a los extranjeros o no musulmanes. Es importante por encima de todo considerar los efectos de la religión en la educación de los niños.

38.El orador pregunta si Maldivas ha incorporado las disposiciones de todos los instrumentos internacionales en su legislación interna. La delegación debería indicar si los jueces han recibido formación sobre las convenciones internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño.

39.Volviendo al tema del divorcio, el orador dice que las restricciones de la libertad que tienen los hombres de divorciarse fuera de los tribunales no representa un paso adelante, porque los tribunales simplemente formalizan la decisión tomada por el marido, sin examinar la situación de ambos cónyuges. Pregunta qué sucede con los hijos de los “matrimonios domésticos” en los casos en que los padres se separan o fallecen, especialmente teniendo en cuenta que estos matrimonios generalmente no se inscriben en el registro.

40.Hay remedios jurídicos disponibles cuando se violan derechos incluidos en la Convención, pero no hay un proceso de evaluación porque el sistema de denuncias no está claro. Es evidente que el sistema de recursos no funciona.

41.La Sra. AIDOO pregunta si las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se han incorporado en la legislación interna. Pregunta si el Consejo para la Igualdad de Género está haciendo alguna cosa para eliminar las barreras socioculturales y religiosas que impiden a las muchachas disfrutar de sus derechos.

42.La Sra. ORTIZ dice que algunos países tienen un código de ética para los medios de comunicación que incluye la obligación de respetar los derechos de los niños, y pregunta si Maldivas ha adoptado medidas para reglamentar los medios de comunicación a este respecto.

Se suspende la sesión a las 11.15 horas y se reanuda a las 11.40 horas

43.La PRESIDENTA desea saber si Maldivas tiene intención de prohibir los castigos corporales en el hogar y como pena para los delincuentes. Solicita más información sobre los matrimonios tempranos.

44.La Sra. DIDI (Maldivas) dice que la mayoría de edad se elevó a 18 años en 2002. Con arreglo al proyecto de ley de educación, la escolarización obligatoria será de 12 años y la edad para dejar la escuela serán los 16 años. Está de acuerdo en que es inaceptable indultar aunque sea a una sola persona condenada por abusar sexualmente de un niño; los cambios propuestos en el Código Penal garantizarán que los delincuentes sexuales sean castigados más severamente que en el pasado. Los informes sobre delitos sexuales que afectan a niños se transmiten sistemáticamente al Ministerio de Justicia.

45.La Sra. JAMEEL (Maldivas) dice que si bien las ONG no tienen autoridad en Maldivas, se las consultó durante la preparación de los informes periódicos en plan de igualdad con las partes interesadas del Gobierno, y se espera que la importancia de las consultas aumente. La ONG responsable de presentar un informe alternativo es nueva pero ha participado plenamente en la labor del Comité Directivo establecido para coordinar la preparación de informes para el Comité de los Derechos del Niño. Las ONG han desempeñado una función directiva en muchas iniciativas del Estado relacionadas con niños, como la preparación de una política nacional de discapacidades y la línea telefónica de ayuda a los niños.

46.En relación con la participación de los niños en la adopción de políticas, la oradora dice que el Gobierno ha esperado que los resultados de los estudios distingan entre las buenas prácticas y las formas puramente teóricas de participación de los niños. Según estudios realizados por el UNICEF se están empezando ya a aplicar en las escuelas de Maldivas buenas prácticas de participación infantil. Además, los niños han desempeñado una función activa en la preparación de la línea telefónica de ayuda. Dentro de los preparativos para la próxima conferencia nacional sobre la protección del menor, se ofrecerá a los niños la oportunidad de expresar sus preocupaciones.

47.En los últimos años el Gobierno se ha centrado en el mejoramiento de la formación de las personas que trabajan en la rehabilitación de los niños víctimas de abusos sexuales, tanto niños como niñas. Las autoridades se esfuerzan por dar respuesta a todas las denuncias de abuso y de explotación sexual de niños y tienen en cuenta la opinión de los niños y de los padres al tratar estas cuestiones. Se alienta a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para que presten una atención especial a eliminar el estigma que recae en las víctimas de abuso sexual. Los progresos conseguidos en este tema se reflejan en las enmiendas propuestas al Código Penal.

48.Las conversaciones entre el Ministerio de Información, Artes y Cultura y los grupos de los medios de comunicación han tenido por resultado la formulación de un proyecto de directrices que aplica los principios del UNICEF sobre la presentación responsable de informes sobre cuestiones de niños. Cuando estas directrices se aprueben se difundirán para su aplicación a todas las actividades de formación en los medios de comunicación.

49.La Sra. ALUCOH pregunta si los funcionarios de policía y el persona de la Fiscalía recibirán también formación sobre la difusión de información responsable sobre cuestiones de niños.

50.La Sra. SMITH pregunta si las niñas que han sufrido abuso sexual pueden ser objeto de procesos penales.

51. La Sra. JAMEEL (Maldivas) dice que las niñas que no tienen aún la edad del consentimiento sexual son enjuiciadas a veces por “mala conducta sexual” y pueden recibir una condena penal. El Ministerio del Género y de la Familia ha trabajado con los tribunales y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para acabar con esta práctica.

52.La Sra. SMITH pregunta por la definición de mala conducta sexual.

53.El Sr. ANIL (Maldivas) dice que, una vez aprobadas, las enmiendas propuestas al Código Penal armonizarán la definición de mala conducta sexual con las normas internacionales. Con arreglo al Código Penal enmendado ya no será posible que los tribunales tengan en cuenta en ningún caso el consentimiento de un menor que haya sufrido supuestos abusos sexuales. El Gobierno está actualmente preparando legislación que permitirá presentar de modo fiable ante los tribunales todas las pruebas, incluidas pruebas dadas por los menores. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están recibiendo ya formación especial sobre cómo investigar los delitos sexuales contra niños y garantizar que los autores no eludan su enjuiciamiento. Con arreglo al Código Penal enmendado se dictarán sentencias más severas contra los delincuentes sexuales, especialmente en casos que afecten a menores.

54.El orador espera que la reserva de Maldivas al artículo 21 de la Convención se retirará a fines de 2007. Es posible que se apruebe legislación que permitirá a Maldivas ingresar en la OIT a fines de 2007, después de lo cual el Gobierno podrá firmar y ratificar todos los convenios pertinentes.

55.Ni la Convención sobre los Derechos del Niño ni la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se han incorporado en la legislación interna, pero el Gobierno tiene previsto aprobar leyes para rectificar la situación. Algunas disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño se han incorporado a la legislación sobre protección del niño. El orador pide a las organizaciones internacionales que presten asistencia práctica a Maldivas para incorporar ambas convenciones en la legislación interna.

56. Si bien la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas tuvo un inicio poco prometedor en 2003, se le ha dado ahora un estatuto independiente con arreglo a la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos de 2005 que incorpora la mayor parte de los Principios de París y que da a los menores el derecho de apelar directamente a la Comisión.

57.La Sra. SHAKOOR (Maldivas) dice que si bien hay inscritas en el Ministerio del Interior 740 ONG, menos de diez se ocupan directamente de cuestiones de los niños. Se espera que cuando se hayan enmendado las leyes sobre asociaciones, la sociedad civil se desarrollará más. No se prohíbe legalmente a los niños que participen en ONG, pero la situación quedará más clara a fines de 2007, cuando entren en vigor las nuevas reglamentaciones.

58.Se ha modificado la ley para elevar a 18 años la edad mínima de reclutamiento en la policía y las fuerzas armadas.

59.No se denunció a la policía en 2005 ningún caso de infanticidio, pero en 2006 hubo tres casos y otros tres en 2007. El Ministerio del Interior trabajará con otros ministerios para solucionar este creciente problema.

60.La Junta de Tratamiento de la Libertad Condicional, creada en 2005 y dependiente del Ministerio del Interior, tiene en exclusiva la capacidad constitucional de indultar a los delincuentes. Desde 2005 se ha indultado a una persona condenada por un delito sexual con un menor. Los presos tienen libertad para practicar su religión en Maldivas. Un hindú ha hecho una petición para tener comida especial en la cárcel. El Ministerio del Interior está considerando la manera de satisfacer todos los requisitos religiosos de los presos.

61.El Sr. MOHAMED (Maldivas) dice que no se permite a los menores participar en las actividades políticas. Si bien la democracia pluralista es un fenómeno reciente en Maldivas, hay directrices firmemente establecidas sobre los derechos y las responsabilidades políticas. El Ministerio de Educación cree que las escuelas son el mejor lugar para que los jóvenes aprendan los derechos humanos y la libertad de expresión.

62.Los niños no musulmanes van a la escuela en Maldivas, pero no deben tomar parte en estudios y actividades religiosas. El Ministerio de Educación ha dado respuesta a la tendencia creciente de no enviar a las niñas a la escuela tratando los casos por separado. Después de celebrar consultas con representantes de los estudiantes, consejeros, expertos religiosos y padres, todas las niñas protagonistas volvieron a la escuela. El Ministerio de Educación vigila activamente la participación de los estudiantes en la gestión escolar y el orador apela al Comité para que preste asistencia a fin de encontrar más medios de aumentar la participación de los niños y los padres en la gestión de las escuelas.

63.La Sra. MUHAMMAD (Maldivas) dice que si bien la edad mínima de matrimonio ha subido a 18 años, se permite en “circunstancias excepcionales” el matrimonio a los 16 y 17 años. El Consejo Nacional para la Protección de los Derechos del Niño debe evaluar estas circunstancias antes de que pueda reconocerse oficialmente el matrimonio. Ha habido en los últimos dos años cuatro de estos casos.

64.Los tribunales reconocen todos los matrimonios inscritos, tanto si la ceremonia ha tenido lugar en Maldivas como en el exterior. A consecuencia del aumento del fundamentalismo islámico, las ceremonias de matrimonio se celebran a veces en el hogar, y los tribunales reconocen los derechos jurídicos completos de los niños nacidos de estos matrimonios.

65.Solamente son legales los divorcios celebrados por acuerdo mutuo; los hombres que se divorcian unilateralmente de sus esposas fuera de los tribunales son multados. Después de la aprobación de la Ley de la Familia en diciembre de 2000 el índice de divorcios disminuyó pronunciadamente; sin embargo, en los últimos años ha aumentado de nuevo hasta casi los niveles de antes del 2000. El Gobierno ante esta tendencia y ante otros problemas está revisando la legislación sobre la familia y tiene la intención de introducir un proyecto de ley a fines de 2007 que protegerá más los derechos de mujeres y niños. Se ofrece asesoramiento prematrimonial con miras a reducir la frecuencia de los divorcios, mientras que hay programas de mediación para resolver los problemas de la custodia, el mantenimiento y otros derechos.

66.De conformidad con los acuerdos internacionales, el primer proyecto de ley sobre justicia juvenil hizo hincapié en la justicia restaurativa y en las formas de castigo sin detención. Los jueces, con asistencia del UNICEF han recibido una formación especial sobre la Convención y sobre todas las leyes relacionadas con los niños.

67.La PRESIDENTA pide confirmación de que no ha habido matrimonios tempranos en Maldivas.

68.La Sra. DIDI (Maldivas) dice que la política general del Consejo Nacional para la Protección de los Derechos del Niño es aprobar peticiones de matrimonios antes de los 18 años sólo en circunstancias excepcionales. De las 32 peticiones de autorización especial recibidas desde que se fijó la edad mínima de matrimonio sólo se han concedido cuatro. Lamenta que las organizaciones de niños no hayan participado en el proceso de preparación del presupuesto y acogería con agrado cualquier sugerencia sobre la manera de incluirlos. Desde 2005 las partidas presupuestarias para la protección de los niños se han triplicado. Es difícil coordinar la aplicación de la Convención en una superficie geográfica tan extensa como Maldivas. Al mismo tiempo Maldivas ha conseguido aumentar el número de nacimientos inscritos (del 70 al 95 por ciento desde 2001) y ha financiado su programa de vacunación a cargo del presupuesto general en lugar de la asistencia internacional.

69.La autonomíalocal es un concepto nuevo en Maldivas y constituye una parte integrante del programa de reforma. Por ejemplo, se están estableciendo comités de protección del niño en todos los atolones a fin de garantizar el respeto de los derechos del niño. Sin embargo, queda mucho por hacer en materia de desarrollo de la autonomíalocal.

70.El Sr. SIDDIQUI (Relator del país) dice que si bien Maldivas tenía antes una administración local fuerte, el Estado moderno en sus esfuerzos por unificar el país ha favorecido la centralización. El actual nivel de desarrollo del transporte y las comunicaciones es tal que podría considerarse ahora volver a la administración local sin poner en peligro la unidad nacional. Unas autoridades locales debidamente elegidas podrían defender la aplicación de la Convención y prestar a atención a las necesidades de los niños.

71.La Sra. DIDI (Maldivas) dice que las interpretaciones variadas del Islam profesadas en Maldivas son una cuestión reciente y muy sensible. Puede atribuirse al hecho que muchos maldivos han viajado a otros países musulmanes y han regresado con ideas enfrentadas con las tradiciones islámicas seculares que prevalecen en Maldivas. Sería de agradecer recibir del Comité sugerencias sobre la manera de dar respuesta a este problema. Si bien todos los talleres celebrados para consejeros voluntarios locales desde 1991 han incluido segmentos de la Convención, reconoce que las iniciativas para difundir la Convención han sido insuficientes.

72. El Sr. SIDDIQUI (Relator del país) alaba las iniciativas eficaces tomadas por Maldivas para combatir la pobreza, incluidos los planes para elaborar un programa sobre una red de seguridad social. Pregunta qué medidas tiene previstas el Gobierno para resolver las grandes disparidades existentes entre Malé, la capital, y los atolones y entre los atolones del sur y los del norte.

73. La Sra. VUCKOVIC-SAHOVIC (Relatora suplente del país) pregunta qué mecanismos se han utilizado para aplicar la Ley de la Familia. Pregunta si la Ley de la Familia prevé la posibilidad de la custodia conjunta del niño en caso de divorcio. Con arreglo al artículo 18 de la Convención, ambos padres, tanto si están casados como si no, tienen una responsabilidad común en la crianza y desarrollo del niño. La oradora pregunta si la Ley de la Familia contiene una definición de la familia; en caso contrario, alienta al Gobierno a considerar la posibilidad de ofrecer una definición más general que incluya los miembros de la familia amplia, porque una definición de este tipo garantizaría una mejor protección del niño en caso de abuso.

74. La Sra. KHATTAB pregunta qué medidas se han adoptado para proteger a los niños de la explotación sexual. El sexo es tradicionalmente un tema tabú en Maldivas, por lo que se pregunta cómo se alienta a los niños a denunciar la explotación sexual. La delegación debería proporcionar información sobre las actividades que ha emprendido basándose en el estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños. Quizás el Gobierno al realizar reformas jurídicas en esta esfera considerará útil consultar aspectos particulares del estudio.

75.El Sr. PARFITT pregunta de qué servicios disponen las muchachas que desean denunciar incidentes de abuso sexual. Pregunta si se ha instalado una línea telefónica de ayuda y si está conectada con la policía o con un centro de recepción. Desea saber de qué servicios alternativos disponen los niños que están en una situación de abuso pero que no pueden ser admitidos en una de las dos instituciones administradas por el Estado. Pregunta si las leyes prevén que estos niños se pongan al cuidado de su familia amplia. Pregunta si hay disposiciones que prohíban específicamente el castigo corporal de los niños en instituciones alternativas de cuidado. Las reglamentaciones que rigen estas instituciones deberían permitir a organismos independientes realizar visitas periódicas a fin de garantizar que los niños reciben cuidados y tratos adecuados. Desea saber si se ha establecido un mecanismo de denuncias para investigar las que presentan los niños en instituciones alternativas de atención. Pregunta si se han preparado planes de atención para los niños de estas instituciones y si las autoridades han revisado periódicamente estos planes.

76.El SR. KRAPPMANN alaba a Maldivas por haber puesto la educación al alcance de todos los niños en todos los atolones. Es gratificante tomar nota de que ha aumentado el número de escuelas secundaria y la asistencia a ellas. La delegación debería explicar por qué hay pocos lugares de recreo abiertos a los niños. Desea saber cuándo se aprobó la ley que hace obligatoria la enseñanza primaria y secundaria.

77.Estudios realizados en varios países han demostrado que el costo de la enseñanza plantea un obstáculo a la igualdad de oportunidades en educación e influye negativamente en los resultados escolares. La educación en Maldivas no es gratuita, por lo que la delegación debería explicar si los alumnos y los estudiantes que no pueden costear estos gastos reciben asistencia.

78.Pregunta si se ha introducido la formación profesional en las escuelas secundarias y si los profesores han recibido la necesaria formación. Desea saber si la formación profesional está coordinada con las demandas del mercado laboral. Pregunta qué medidas se han tomado para solucionar el problema de la formación inadecuada de los profesores en Maldivas. Pide información sobre la situación de los planes para desarrollar la enseñanza preescolar, teniendo en cuenta que el juego es uno de los medios más importantes para que los niños pequeños aprendan. Pregunta si Maldivas tiene previsto aprobar leyes para garantizar la participación de los niños en decisiones que les afectan en las escuelas, y pide más información sobre los consejos de estudiantes y de clase.

79.El Sr. FILALI pide a la delegación que explique el significado de “delitos haddu”. Pregunta si hay alguna posibilidad de cambiar la legislación que atribuye a niños de menos de diez años responsabilidad penal por algunos delitos haddu. Pide una exposición detallada sobre los planes de reforma del sistema de justicia juvenil.

Se levanta la sesión a las 13 horas

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