CRCConvención sobre los Derechos del Niño

Distr. GENERAL

CRC/C/SR.77010 de junio de 2004

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

29º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 770ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 28 de enero de 2002, a las 15.00 horas

Presidente : Sr. DOEK

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )

Informe inicial de Bahrein ( continuación )

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La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.02-40212 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )

Informe inicial de Bahrein [CRC/C/11/Add.24; CRC/C/Q/BAH/1 (lista de cuestiones), respuestas por escrito de Bahrein (documento sin signatura, distribuido en la sesión, en inglés solamente)]

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Bahrein vuelve a tomar asiento a la mesa del Comité .

2. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que el Comité de Protección de la Infancia del Ministerio de Salud continúa recibiendo denuncias de maltrato de menores pero que el Comité Nacional de la Infancia, creado en 1999, podría empezar a asumir también esta función. El Presidente del Comité de Protección de la Infancia es también miembro del Comité Nacional de la Infancia. Respecto a la aplicación de la Convención en el país, la oradora destaca que se ha superado una primera etapa con la incorporación del tema de la Convención en los programas escolares y que el personal docente recibirá la formación adecuada.

3. La Sra. KARP pregunta si se presta atención a la opinión de los niños en los procedimientos judiciales, por ejemplo en las decisiones sobre la custodia de un hijo en caso de divorcio de los padres.

4. El Sr. AL-SHEDDI desea saber en particular qué actividades se han previsto en el marco de la primera etapa del plan de acción para la aplicación de la Convención.

La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que las actividades son principalmente de formación de los padres, de los maestros, del personal sanitario asignado a las escuelas, y que a través de estas categorías, llegarán a gran parte de la población.

6. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ considera que convendría que las autoridades iniciaran un proceso de reforma legislativa, ya que es necesario modernizar algunos aspectos del derecho interno.

7. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que el proceso de armonización de la legislación con la Convención ya ha comenzado. Por otra parte, se ha creado un Parlamento de los Niños, que reúne a niños de edades entre 8 y 18 años; este Parlamento ya ha realizado en condiciones de completa independencia una serie televisiva de 13 episodios dedicada a los temas que interesan y preocupan a los niños. Se han lanzado otras iniciativas en el marco del Centro Cultural para la Infancia.

8. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que la tortura está prohibida en todas sus formas en Bahrein, que es Parte en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y ha retirado su reserva al artículo 20. Las denuncias de tortura son atendidas por las autoridades competentes del país, en plena conformidad con la ley. Los ciudadanos pueden utilizar los recursos jurídicos existentes y, por ejemplo, presentar una denuncia ante las instituciones de derechos humanos, ante la policía o directamente ante los tribunales de conformidad con el artículo 132 del Código de Procedimiento Penal. Todas las denuncias de tortura se toman muy en serio, especialmente si afectan a niños.

9. El PRESIDENTE , hablando como experto, dice que el Comité es consciente de que la situación en el país ha mejorado desde 1999 pero sigue preocupado por la información recibida sobre actos de tortura perpetrados, en cualquier caso, hasta finales de 2000. Pregunta en particular cómo tratan actualmente las autoridades los casos de tortura de que fueron víctimas niños en 1996, 1997 o 1998 y si los niños pueden acudir a servicios especializados sin que se inicie un procedimiento judicial.

10. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que todas las denuncias de tortura han sido examinadas por el Grupo de Trabajo sobre las Comunicaciones de la Subcomisión de Protección y Promoción de los Derechos Humanos con arreglo al procedimiento 1503, que ha suspendido el examen de éstas por considerarlas infundadas. Por otra parte, en octubre de 2001 el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, por invitación del Gobierno de Bahrein, realizó una visita al país que se desarrolló en las mejores condiciones.

11. El Sr. DERBASS (Bahrein) dice que en virtud de un decreto promulgado en 2000 los niños privados de un entorno familiar gozan de prestaciones sociales y son ingresados en hogares en caso de que sea imposible que su familia ampliada se haga cargo de ellos. Un centro, que funciona desde 1980, alberga actualmente a unos 30 niños de menos de cuatro años; unos 80 niños han sido integrados en familias de acogida, que reciben una ayuda del Estado. Los trabajadores sociales realizan visitas a estas familias regularmente para velar por que se respete plenamente el interés superior del niño. Además, más de 1500 niños discapacitados, ciudadanos de Bahrein o extranjeros, son acogidos en centros especializados.

12. El PRESIDENTE , hablando como experto, pregunta si en Bahrein una familia que no sea de este país puede adoptar un niño nacido fuera del matrimonio. En un plano más general, ¿son criados por sus madres los niños nacidos fuera del matrimonio? ¿Tiene el padre en todo caso la obligación de mantener a su hijo?

13. El Sr. DERBASS (Bahrein) confirma que por regla general los niños nacidos fuera del matrimonio son criados por sus madres. Si el padre es extranjero, se alienta a su familia a que adopte el niño.

14. El PRESIDENTE , hablando en su calidad de experto, pregunta si en el marco de la aplicación por el Ministerio de Educación del Código de Disciplina Escolar los profesores reciben una formación especializada, en particular sobre nuevos métodos de disciplina en las clases. Por otra parte, desea saber cuál es actualmente la situación de los niños apátridas (bidoun).

15. La Sra. KARP pregunta si los niños traumatizados debido a los malos tratos, en particular la agresión sexual, son atendidos por personal especializado.

16. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que como resultado después de la Conferencia sobre el maltrato de menores, celebrada en Bahrein en octubre de 2001, las autoridades decidieron organizar sesiones de formación sobre este tema.

17. El Sr. SHAIKH AL-KHALIFA (Bahrein) añade que la Conferencia además dio lugar al inicio de un estudio encargado al Centro de Ciencia e Investigación sobre el maltrato de menores en Bahrein, que debería estar terminado dentro de cuatro meses.

18. El Sr. Khalid AL-KHALIFA (Bahrein) dice que el Gobierno de Bahrein se ha comprometido a proporcionar una ayuda financiera mensual a las viudas y a los huérfanos. Contrariamente a lo que se suele creer, los recursos financieros del Estado de Bahrein son bastante limitados y el país, que debe ser considerado un país en desarrollo, necesita el apoyo financiero de la comunidad internacional.

19. El Sr. TURKI BIN RASHID AL-KHALIFA (Bahrein) dice que el matrimonio forzado y el matrimonio precoz no existen en el país ya que todos los matrimonios de personas de menos de 18 años deben ser aprobados por un tribunal familiar basándose en dos criterios: la madurez física y mental y el consentimiento de ambas personas.

20. El Sr. SHAIKH AL-KHALIFA (Bahrein) dice que el Gobierno ha entregado, durante los últimos años, unos 50.000 pasaportes a los bidoun . Además, después de que en 2001 el Emir pidiera al Ministerio del Interior que resolviera totalmente el problema de los bidoun, recibieron pasaportes 10.000 bidoun más. Actualmente ningún bidoun puede considerarse apátrida.

21. En virtud de la nueva legislación, ninguna mujer está obligada a pedir el consentimiento de su marido para obtener un pasaporte.

22. Respecto a la disciplina en las escuelas, un profesor fue sancionado por golpear y herir a un alumno y el Ministerio de Educación vela desde entonces por que se respete el Código de Disciplina Escolar y por que ningún alumno sea sometido a castigos corporales por sus profesores.

23. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que también están prohibidos los insultos y que el Ministerio de Educación ha sancionado a profesores que se han mostrado verbalmente agresivos con sus alumnos.

24. El PRESIDENTE , en su calidad de experto, pregunta en qué criterios (edad, sexo) se basan los tribunales para conceder la custodia de un hijo en caso de divorcio y si se toman en cuenta las opiniones del interesado.

25. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta si el niño cuya custodia se confía al padre puede permanecer en contacto con su madre y visitarla libremente.

26. El Sr. BU HAMOOD (Bahrein) dice que en caso de violencia física o sexual contra menores se inician procedimientos penales, sea quien sea el autor de dichos abusos.

27. Las mujeres no están obligadas a obtener el consentimiento de su marido para solicitar un pasaporte. De hecho, en un caso reciente un tribunal dictaminó que la mujer tenía la libertad de solicitar un pasaporte y viajar.

28. Como establece la ley sobre la nacionalidad, los niños nacidos de padres desconocidos o de madre de Bahrein y padre desconocido tienen la nacionalidad de Bahrein. De acuerdo con las recomendaciones del Emir, los niños nacidos de madre de Bahrein y padre extranjero que resida habitualmente en Bahrein pueden recibir la nacionalidad de Bahrein.

29. Respecto a la igualdad entre los ciudadanos de Bahrein y los extranjeros, en el artículo 18 de la Constitución se estipula que todos los ciudadanos son iguales en dignidad y ante la ley. La principal fuente de la legislación es la sharia, que consagra el principio de la igualdad de todas las personas. No existe ninguna diferencia de trato entre nacionales y extranjeros en las disposiciones legislativas de carácter general. En la práctica, sin embargo, esta igualdad no es absoluta. En sus relaciones con los nacionales de otros Estados, Bahrein aplica el principio de reciprocidad en el derecho a la nacionalidad y a la propiedad y el de residir en el país, en particular.

30. En cuanto a la custodia de los hijos después del divorcio, existen dos posibilidades dependiendo de que los padres sean chiítas o sunnitas. En la tradición chiíta, el hijo se queda con la madre hasta la edad de dos años y la hija hasta la edad de siete años, tras lo cual la custodia corresponde al padre. El hijo puede escoger con quién quiere vivir a partir de la edad de nueve años si es mujer y de quince años si es varón. En el caso de los sunnitas, la hija se queda con la madre hasta que se casa y el hijo, hasta la edad de 14 ó 15 años. Tanto entre los chiítas como entre los sunnitas, la custodia del menor se transfiere a la madre en caso de fallecimiento o demencia del padre. En caso de impedimento moral o de incapacidad de uno de los padres, sea cual sea la índole de ésta, los tribunales confían la custodia al otro. En la práctica, los tribunales hacen valer la opinión del niño únicamente si el padre o la madre lo solicita de manera expresa.

31. El Sr. AL ‑SHEDDI (Bahrein) señala que sólo el 30% de los niños menores de seis años asisten habitualmente a las instituciones de enseñanza preescolar, que dependen del sector privado, y pregunta si el Estado Parte tiene previsto abrir nuevas salas-cuna y guarderías infantiles y subvencionar las instituciones privadas o proporcionar ayuda financiera a los padres que deseen matricular a sus hijos en estas instituciones. Desea saber si la ley estipula que la escolarización es obligatoria y si los niños extranjeros pueden estudiar en las escuelas públicas. Sugiere al Estado Parte que se adhiera a la Convención en lo relativo a la lucha contra la discriminación en el ámbito de la enseñanza.

32. Por otra parte, el orador desearía conocer los progresos realizados en la ejecución de los programas de integración de los niños discapacitados a cargo del Ministerio de Educación, así como las medidas adoptadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para proteger a los niños con discapacidades graves.

33. La Sra. AL ‑THANI , observando que los 11 centros para niños discapacitados se encuentran principalmente en las grandes ciudades, pregunta cuál es el porcentaje de niños discapacitados matriculados en escuelas públicas o privadas por no poder asistir a esos centros. Se congratula de las medidas adoptadas para luchar contra la anemia hereditaria y pregunta si se han llevado a cabo actividades de información y de sensibilización para prevenir a la población de los problemas de salud derivados de los matrimonios consanguíneos. Finalmente, desearía conocer las disposiciones adoptadas en favor de las mujeres lactantes, sobre todo cuando se reincorporan al trabajo.

34. La Sra. CHUTIKUL pregunta si los manuales escolares y otros instrumentos pedagógicos están exentos de todo prejuicio en cuanto a las funciones del hombre y de la mujer, tanto en el texto como en las ilustraciones, y si en la formación profesional ciertas disciplinas o materias están reservadas exclusivamente a los chicos o a las chicas. Finalmente, pide precisiones sobre las actividades de ayuda a los niños con dificultades de aprendizaje y con problemas de conducta en la escuela.

35. El Sr. CITARELLA pregunta si el Estado Parte tiene previsto adoptar una ley que vuelva no sólo gratuita sino también obligatoria la escolaridad, al menos en la enseñanza primaria y también para los niños extranjeros.

36. Deplorando que no existe un límite de edad en materia de responsabilidad penal, se muestra sorprendido de que las enfermedades o deficiencias mentales que acarrean una pérdida total o parcial de la facultad de discernimiento o de elección figuren en la lista de los factores que generan la delincuencia juvenil. En cuanto a hacerse cargo de los niños fuera de las instituciones, desea saber por cuánto tiempo puede dictar una orden de detención la sección de menores de la policía de mujeres.

37. La Sra. OUEDRAOGO , habiendo leído los folletos distribuidos sobre los cuidados en la guardería y los centros para niños discapacitados, observa con sorpresa que el principal requisito para inscribirse en estas instituciones es tener la nacionalidad de Bahrein y se pregunta por tanto qué sistemas de guarderías y qué servicios existen para los niños discapacitados extranjeros.

38. Por otra parte, la oradora tiene entendido que la explotación sexual de los menores, a pesar de ser ilegal, existe sin lugar a dudas y que la prostitución constituye un delito. La incriminación de las víctimas sigue siendo un tema que preocupa mucho al Comité. En este contexto, agradecería recibir información sobre las medidas adoptadas respecto a quienes ejercen la explotación sexual, por una parte, y sus víctimas por otra.

39. De modo general, celebra los esfuerzos realizados en el Estado Parte en materia de salud y de educación, aunque lamenta que el informe no contenga información alguna sobre la atención odontológica ni sobre la obesidad o la diabetes entre los niños.

40. La oradora quisiera saber también si, como estaba previsto, se han iniciado programas para hacer participar a los hombres en las campañas de planificación familiar y una investigación sobre la carencia de yodo, y en caso afirmativo, cuáles han sido los resultados.

41. También sería útil saber si las escuelas en que están matriculados los niños extranjeros tienen los mismos programas que las escuelas públicas y si en sus programas hay lugar para la protección del medio ambiente, la salud reproductiva y las enfermedades de transmisión sexual, en especial el VIH/SIDA. Aunque la incidencia de esta enfermedad es relativamente baja en el mundo árabe, es fundamental que todos los Estados cumplan su obligación de informar, y también es importante que se planteen los motivos de la deserción escolar, aunque los índices de deserción no sean altos.

42. Finalmente, sería útil obtener información sobre la asistencia que se facilita a los refugiados, sobre todo a los más jóvenes.

43. La Sra. SARDENBERG quisiera recibir más información sobre la función de la Organización de la Juventud y los Deportes, así como sobre las medidas concretas adoptadas para hacer efectiva la prohibición legal de los castigos corporales. Pregunta además si los matrimonios precoces y los matrimonios forzados siguen siendo prácticas habituales, y en tal caso, si está previsto tipificarlas como delitos penales. Pregunta también si se ha hecho balance del proceso de descentralización escolar iniciado en los años noventa y si este proceso se ha visto acompañado de una mayor participación de los alumnos en la adopción de decisiones.

44. La Sra. KARP solicita que la delegación explique por qué la tasa de escolarización de las mujeres es superior a la de los varones. Respecto al sistema de justicia de menores, desea saber si el número sorprendentemente bajo de personas de menos de 18 años detenidos por la policía y sancionados mencionado en el informe incluye todo tipo de infracciones o sólo los delitos graves. El decreto de 1976 que regula el sistema de justicia de menores parece contemplar solamente a los niños de menos de 15 años y la oradora se pregunta si el derecho a los servicios gratuitos de un abogado de oficio y a la reevaluación periódica de la colocación del menor también está garantizado para los que tienen más de 15 años y si los menores de edades entre 15 y 18 años reciben el mismo trato y la misma escala de penas que los adultos. Debería aclararse también la propia terminología de este decreto, ya que al parecer el término "amenazas para la comunidad" abarca a las víctimas, es decir, los menores que mendigan, se prostituyen o abandonan la educación. Cabe esperar que a pesar de esta aparente confusión los menores con dificultades de inserción en la sociedad no sean tratados de la misma manera que los que han cometido realmente un delito. Para estos últimos, ¿existen instituciones de detención reservadas, que permitan separarlos de los adultos y soluciones alternativas a la reclusión?

45. La Sra. TIGERSTEDT ‑TÄHTELÄ pregunta, respecto a los problemas vinculados a las tradiciones, si la delegación confirma que se considera que los hombres culpables de un homicidio cometido para vengar su honor tienen circunstancias atenuantes y reciben penas menos severas, y en caso afirmativo, si puede aportar más datos.

46. A continuación la oradora desearía saber si la formación profesional que ofrecen las grandes empresas está destinada exclusivamente a los hombres o si las mujeres tienen ahora la posibilidad de formarse en otros campos que el de la cocina y el cuidado de los niños.

Se suspende la sesión a las 16.45 horas y se reanuda a las 17.00 horas .

47. El Sr. SHAIKH AL ‑KHALIFA (Bahrein) indica que la Organización del Deporte y la Juventud coordina las diversas iniciativas lanzadas para promover los deportes y los diversos programas destinados a la juventud, en particular los programas de sensibilización y de desarrollo cultural. Esta organización tiene un departamento que se ocupa específicamente de las instituciones de acogida para los niños.

48. Los menores que han transgredido la ley pueden permanecer detenidos durante un máximo de 48 horas en una comisaría, donde son interrogados por una mujer policía cualificada, y luego, si es necesario, pasan a disposición judicial. Para los niños de menos de 15 años la medida impuesta suele ser la colocación en un centro de menores, cuya supervisión está a cargo de mujeres. Estos centros ofrecen a los jóvenes en situación difícil un techo, el acceso a servicios educativos y una alimentación suficiente en un entorno de buena calidad; estos centros están bien distribuidos por todo el país. Los casos de menores delincuentes de más de 15 años, que cabe destacar que son muy excepcionales, efectivamente, no están contemplados en el decreto de 1976 sobre la justicia de menores. Los jóvenes de más de 15 años también tienen derecho a los servicios gratuitos de un abogado de oficio y a la reevaluación periódica de su colocación en el centro.

49. No existe una ley específica sobre los crímenes de honor y los asuntos de este tipo son instruidos como los demás casos penales.

50. El Sr. BU ‑HAMOOD (Bahrein) añade que según el artículo 70 del Código Penal de 1976 el hecho de tener entre 15 y 18 años en el momento de los hechos constituye una circunstancia atenuante. Aunque los jóvenes de más de 15 años no tienen una escala de penas específicas, el juez tiene completa libertad para tomar en cuenta la corta edad del acusado, y generalmente lo hace imponiendo multas o penas con suspensión condicionada en lugar de penas de prisión firmes. El largo proceso de adaptación del derecho interno dista aún de haber terminado y debería permitir colmar este vacío del Código Penal respecto a los menores de entre 15 y 18 años.

51. El Sr. CITARELLA pide más información sobre las penas que se imponen a los menores, incluidos los que tienen deficiencias mentales. Supone que los menores de entre 15 y 18 años condenados por delitos graves o incluso por crímenes reciben penas más severas que una simple multa y que el vacío jurídico al respecto debe de tener consecuencias sociales.

52. El Sr. SHAIKH AL ‑KHALIFA (Bahrein) indica que los legisladores tienen la intención de aclarar en el futuro la situación de los menores de entre 15 y 18 años que han transgredido la ley. La razón por la que no lo han hecho antes es sin duda que han considerado que no era prioritario en una sociedad en que sólo se ha registrado un caso de homicidio en los tres últimos años.

53. El Sr. BU ‑HAMOUD (Bahrein) dice que los niños de menos de 15 años que han transgredido la ley suelen ser considerados víctimas en lugar de culpables y que se hace hincapié en la prevención. Por tanto, cuando los jóvenes, generalmente de condición modesta, comienzan a mostrar comportamientos incívicos, la policía está facultada para elaborar un informe sobre ellos que es enviado al juez de menores, y para advertir a sus padres de los riesgos de que el menor caiga en la delincuencia. El principio general de que debe tratarse a los menores como víctimas también se aplica a los casos de prostitución. Los proxenetas, los clientes y los cómplices de la prostitución de menores son quienes tienen la responsabilidad penal, y no los propios menores.

54. El PRESIDENTE , hablando en su calidad de experto, cree entender que entre los niños de menos de 15 años contemplados por el decreto de 1976 pueden distinguirse la categoría de los delincuentes potenciales, es decir, los menores que han abandonado la escuela y que presentan dificultades de orden social, y la categoría de los delincuentes efectivos, que ya han cometido delitos. Sería útil saber qué criterios se utilizan para hacer comparecer ante el juez a los menores y para hacerles regresar o no en un centro de menores, y si en estos centros se hace una distinción entre las dos categorías mencionadas.

55. El Sr. BU ‑HAMOUD (Bahrein) señala que la policía de mujeres interviene cuando un menor se encuentra en una situación que le expone a la delincuencia, como la mendicidad, la venta ambulante, el absentismo escolar o incluso la falta de vigilancia de los padres. En caso de delito, corresponde de nuevo a la policía de mujeres decidir si el caso debe llevarse ante la justicia o si es preciso solucionar el problema con los padres del menor en cuestión o su representante legal. En caso de falta de protección de los padres, los especialistas adscritos a los centros de acogida (psiquiatras, trabajadores sociales y educadores) son quienes deciden si recurrir a la justicia o no.

56. El Sr. SHAIKH AL ‑KHALIFA (Bahrein) precisa que solamente un juez de menores puede ordenar la reclusión de un menor. La Policía de mujeres puede, por su parte, decidir que se detenga al menor durante un período máximo de 24 horas.

57. La Sra. AL ‑DOSSARY (Bahrein) dice que el Estado de Bahrein ha instaurado la educación gratuita para todos, sean o no nacionales. Las escuelas privadas creadas por los extranjeros según el modelo escolar de su país de origen (la India, Pakistán, las Filipinas, los Estados Unidos de América o el Reino Unido) también están disponibles para todos, pero mediante el pago de tasas de matriculación, ya sea el niño nacional de Bahrein o extranjero. Aunque las escuelas del Estado no son mixtas por razones culturales y religiosas, las escuelas privadas y las universidades sí lo son.

58. La cuestión de la educación preescolar es objeto de un animado debate en el país; deberían crearse las instituciones de este tipo en todo el país, pero de momento son escasas y de pago.

59. Dado que los manuales escolares están destinados por igual a las niñas y a los niños, las ilustraciones que contienen son neutras y no transmiten ningún estereotipo sobre el papel de cada sexo. Por otra parte, no se ha formulado ninguna denuncia al respecto. Es cierto que algunos cursos son exclusivamente femeninos (costura, cocina) y otros masculinos (mecánica, electricidad); aunque se ha planteado la posibilidad de abrir estos cursos a los alumnos de ambos sexos, la asistencia a las escuelas que ofrecen este tipo de formación especializada refleja la realidad del mercado laboral.

60. En el Estado de Bahrein la educación es gratuita para todos, pero aún no ha sido declarada obligatoria. Actualmente se está estudiando un proyecto de ley que establecerá ocho años de enseñanza obligatoria.

61. Para luchar contra las enfermedades hereditarias, el Estado de Bahrein organiza talleres de sensibilización de la población a los peligros de los matrimonios consanguíneos. Actualmente se estudia un proyecto de ley en que se prevé también el establecimiento de un examen prenupcial obligatorio para detectar las enfermedades hereditarias, entre otras.

62. El Sr. DERBASS (Bahrein) dice que el Ministerio de Educación aplica en las escuelas públicas una política de integración de los niños con discapacidad motora, que consiste en facilitarles el acceso a los centros escolares mediante la construcción de rampas de acceso y de aseos habilitados para ellos y en poner en marcha cursos para quienes tienen dificultades de aprendizaje. Los discapacitados pueden acceder a programas de formación profesional que ellos eligen en función de su discapacidad. A pesar de que algunas profesiones están reservadas exclusivamente a las chicas o a los chicos, otras, como las de automatización de oficinas, informática y otras formaciones administrativas son mixtas. El Ministerio de Salud también ha creado servicios para los discapacitados en los hospitales, clínicas y centros de salud. Además, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha puesto en marcha varios servicios específicos para los discapacitados mentales en colaboración con organizaciones no gubernamentales y organismos privados. Cabe señalar en particular la creación de un centro de rehabilitación que se ocupa de los niños discapacitados mentales a partir de los tres años de edad.

63. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) dice que se prevé incluir en los programas escolares cursos de salud de los adolescentes.

64. La caída repentina de la tasa de lactancia materna después de un mes y medio se explica por el hecho de que las mujeres tienen una licencia de maternidad remunerada de 40 días solamente. Una vez transcurrido este plazo, la madre puede pedir una licencia de maternidad no remunerada de seis meses de duración. Se está considerando actualmente la posibilidad de prolongar la licencia de maternidad remunerada hasta los seis meses.

65. El Gobierno está procediendo actualmente a la descentralización de la educación, pero de momento las escuelas no tienen plena libertad en la elección de los libros de texto, y no deciden respecto a sus programas. Se tardará aún algunos años en instaurar un sistema realmente descentralizado.

66. El Sr. AL-SHEDDI se congratula del productivo diálogo mantenido con la delegación de Bahrein, así como de la voluntad del Estado Parte de adoptar un enfoque basado en los derechos humanos en general y los derechos del niño en particular. Subraya la importancia de la educación preescolar y la necesidad de fortalecer el Comité Nacional de la Infancia.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas .