SIDA

síndrome de inmunodeficiencia adquirida

CIDA

Organismo Canadiense de Desarrollo Internacional

DANIDA

Organismo Danés de Desarrollo Internacional

VIH

virus de inmunodeficiencia humana

OIT

Organización Internacional del Trabajo

IPEC

Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil

JICA

Organismo Japonés de Cooperación Internacional

AOD

asistencia oficial para el desarrollo

OPEP

Organización de Países Exportadores de Petróleo

OSDI

Organismo Sueco de Desarrollo Internacional

UNAFEI

Instituto de las Naciones Unidas de Asia y el Lejano Oriente para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente

PNUFID

Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas;

PNUD

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

UNESCO

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

UNFPA

Fondo de Población de las Naciones Unidas

ACNUR

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

USAID

Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

OMS

Organización Mundial de la Salud

Prólogo

El segundo informe periódico de Kenya sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas comprende ocho esferas temáticas:

Medidas generales de aplicación

Definición de niño

Principios generales de aplicación

Derechos y libertades civiles

Entorno familiar y otras formas de tutela

Atención básica de la salud y bienestar

Educación, esparcimiento y actividades culturales

Medidas especiales de protección

Las medidas generales de aplicación se centran especialmente en la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño y su incorporación al derecho interno mediante la promulgación de la Ley de menores (Recopilación Legislativa de Kenya, cap. 586).

Además, la ley establece estructuras legislativas como el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, los tribunales de menores y las instituciones de internación y atención de niños que necesitan cuidados y protección.

El proceso de presentación de informes de la Convención sobre los Derechos del Niño comenzó en 2003, con la participación de diversas partes interesadas y de los propios niños. El formato utilizado para los informes comprende el marco jurídico, la aplicación y los logros alcanzados desde la presentación del último informe, las dificultades con que se ha tropezado y la formulación de recomendaciones.

En el proyecto de Constitución de Kenya se ha adoptado la definición de niño que figura en la Convención sobre los Derechos del Niño, con arreglo a la cual se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años. Esto, sumado a las nuevas políticas aprobadas será muy útil para los procesos de planificación y la aplicación de la Ley de menores.

Aunque los principios generales de aplicación se basan en los principios de la no discriminación, el interés superior del niño, el derecho al desarrollo y a la libertad de opinión, en algunos casos la sociedad de Kenya sigue discriminando a las niñas en aspectos como la herencia. Sin embargo, en una enmienda introducida a la Constitución en 1997 se prohibía la discriminación basada en el sexo.

La pobreza ha constituido un gran escollo para el logro del derecho del niño al desarrollo. Con la Estrategia de Recuperación Económica, el Gobierno de Kenya ha intentado, entre otras cosas, luchar contra la pobreza y elevar el nivel de vida de la población en general, lograr la enseñanza primaria universal y reducir las tasas de mortalidad materna e infantil.

En 2003, el Gobierno de Kenya estableció la enseñanza primaria gratuita, con lo que la matrícula en las escuelas primarias aumentó en 900.000 alumnos. Para solucionar algunos inconvenientes iniciales debidos a la falta de instalaciones físicas adecuadas y de maestros, el Gobierno, con la ayuda de sus asociados en el desarrollo, ha comenzado a ampliar los locales existentes y a emplear a más maestros.

Es importante señalar que, aunque se han hecho esfuerzos por proporcionar a los niños educación básica y atención médica, su supervivencia y desarrollo siguen amenazados por la pandemia del VIH/SIDA. Con todo, se han creado programas de intervención, como el de protección de los niños huérfanos y vulnerables, que se ocupa de los niños afectados por el VIH/SIDA.

En la Ley de menores (cap. 586) se han propuesto penas severas, encaminadas a reducir las violaciones de los derechos de los niños. Anteriormente, ni las sentencias dictadas ni las multas impuestas a los autores de delitos contra los derechos y el bienestar de los niños habían sido lo suficientemente rigurosas para tener efectos disuasorios. Ciento diecinueve magistrados ya han entendido en causas relativas a niños y se les ha encomendado velar por que el proceso judicial sea rápido.

Kenya ha iniciado una revisión del actual Plan de Acción Nacional, elaborado tras el informe del país acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño, a fin de evaluar en qué medida se han alcanzado los objetivos de la Cumbre y elaborar un nuevo plan. El segundo informe acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Manifiesto del partido gobernante, el documento de trabajo sobre la Estrategia de Recuperación Económica para crear riqueza y empleo, y los objetivos de desarrollo del Milenio serán la base sobre la cual se elaborará el nuevo Plan de Acción Nacional.

(Firmado)Hon. Dr. A. A. Moody Awori, EGH, MP

Vicepresidente y Ministro del Interior

Introducción

Kenya: Características socioeconómicas y demográficas

Kenya tiene una superficie total de 582.646 kilómetros cuadrados. Está situada entre los 3º y 5º de latitud sur y entre los 33º y 42º de longitud este. Su capital es Nairobi.

Kenya está integrada por unas 43 comunidades indígenas con diversas tradiciones y culturas.

Kenya tiene unos 32 millones de habitantes, de los cuales 14,2 millones son hombres y 14,5 millones son mujeres. Según proyecciones, en 2020 la población será de 43 millones de habitantes.

La tasa de mortalidad infantil es de 71‰, y la mortalidad de niños menores de cinco años es de 105‰.

La población se distribuye de manera desigual. Las zonas urbanas, las más densamente pobladas del país, se sitúan alrededor del Lago Victoria, en las tierras altas y en el litoral marítimo. Todas esas zonas son fértiles, con lluvias regulares y bien distribuidas.

Kenya tiene un número cada vez mayor de refugiados y solicitantes de asilo, procedentes de los países limítrofes.

En los diez últimos años se han llevado a cabo importantes reformas económicas en el país. Por ejemplo, se han eliminado los controles que pesaban sobre las importaciones, los precios y las divisas, con lo que el país se ha abierto a una fuerte competencia extranjera.

La tasa de crecimiento del PIB descendió del 2,8% al 1,8% entre 1992 y 1998; la más baja del período fue del 0,2% en 1993.

En 2000 se registró una tasa negativa de crecimiento, del 0,2%, que se recuperó levemente en 2001, en que llegó al 1,2%.

Ese mejoramiento fue el resultado de condiciones climáticas favorables a la agricultura y la generación de energía. Además, aumentó la demanda de servicios de información y comunicaciones, se impusieron reformas tributarias favorables y se ampliaron los mercados, de resultas de la Ley de Crecimiento y Oportunidades para África (AGOA) de los Estados Unidos, el Mercado Común del África Meridional y Oriental (MECAFMO), la Unión Europea (UE) y el Estudio Económico de 2002 de la Comunidad del África Oriental (CAO).

Los datos del empleo se desglosan según tres sectores: el sector moderno o estructurado, el sector no estructurado y el sector rural, de agricultura en pequeña escala.

En 2003, la cifra total de puestos de trabajo se estimó en 7,3 millones, sin contar la agricultura en pequeña escala ni la actividad ganadera. El crecimiento del empleo se atribuye a los 458.800 nuevos puestos de trabajo creados en el sector no estructurado en 2003, que representan el 94,3% de todos los creados fuera de la agricultura en pequeña escala. Según proyecciones, en 2010, corresponderá al sector no estructurado el 18,9% de los puestos de trabajo.

Los ingresos anuales de Kenya en concepto de exportaciones ascienden aproximadamente a 150.000 millones de chelines kenianos, y los gastos a 250.000 millones de chelines kenianos.

El turismo, con más de 1,5 millones de visitantes por año, reporta ingresos de 25.000 millones de chelines kenianos.

Kenya es una nación de deportistas, conocida mundialmente por sus maratonistas y otros fondistas.

Kenya es una isla de paz en una región que ha sido testigo de muchas guerras y mucho caos. El país ha sido huésped de diversas iniciativas de paz encaminadas a normalizar la situación de los Estados vecinos.

CAPÍTULO I: MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN

Artículo 4: Aplicación de la ley de menores

Marco jurídico y normativo

1.El Gobierno de Kenya ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño el 30 de julio de 1990 y, con el propósito decidido de incorporar sus disposiciones en el derecho interno, inició un proceso que culminó con la promulgación de la Ley de menores (Recopilación legislativa de Kenya, cap. 586), en vigor desde el 1º de marzo de 2002. Se considera, en general, que la promulgación de la Ley de menores ha marcado un nuevo comienzo en el desarrollo y la protección eficaz de los niños de Kenya. La Ley de menores codificó y sustituyó tres estatutos: La Ley de menores y jóvenes (cap. 141), la Ley de Adopciones y la Ley de Tutela de Menores (cap. 144).

2.La Ley de menores marca un hito en materia de derechos humanos en la historia legislativa de Kenya y es actualmente el único instrumento jurídico que protege los derechos sociales, económicos y culturales y, en cierta medida, las libertades civiles. Entre sus disposiciones fundamentales en materia social cabe mencionar la garantía de la enseñanza primaria gratuita y de la atención de la salud.

3.En virtud de la Ley se han creado estructuras jurídicas para facilitar la administración y protección de los derechos del niño, como el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, los tribunales de menores y las instituciones de acogida y atención de los niños necesitados de protección. Con arreglo a la Ley, las autoridades locales tienen la obligación de promover el interés superior del niño en sus respectivas competencias, y se prohíbe la discriminación por motivos de origen, sexo, religión, credo, costumbres, idioma, opinión, conciencia, nacimiento, situación social, económica o de otro tipo, convicciones políticas, raza, discapacidad, tribu, residencia o vinculaciones locales.

4.La Ley también prevé recursos para los casos de violación de los derechos reconocidos en la Convención, con inclusión de penas graves como prisión y multas. Además, se prevén penas severas para los responsables de obstaculizar un funcionario en el ejercicio de sus funciones de protección de los derechos del niño.

5.Algunos grupos señalan las limitaciones de la Ley y observan que el estado de salud debe añadirse a la lista de motivos de discriminación en defensa de los intereses concretos de los huérfanos y los niños vulnerables. Se han señalado además las omisiones y limitaciones siguientes: en la ley no se menciona concretamente el derecho de los niños vulnerables a recibir atención médica gratuita si su vida corre peligro, incluido el acceso a medicamentos en casos de necesidad urgente, y a las drogas antirretrovirales, aunque se garantiza el derecho a la salud y a los servicios médicos.

6.Las penas previstas por la Ley no son suficientemente severas para disuadir a quienes cometen delitos contra los niños vulnerables, como el secuestro, la trata, la venta, los abusos sexuales u otras formas de explotación. El Gobierno ha puesto en marcha un programa de enseñanza primaria gratuito que permite que se matriculen muchos niños no escolarizados. A fin de incorporar a la legislación interna las metas de la educación para todos establecidas en la declaración de la Conferencia de Jomtien de 1990, reafirmadas en el Foro Mundial sobre la Educación celebrado en Dakar en 2000, el Gobierno ha elaborado y puesto en marcha un plan nacional de educación para todos para el período 2003-2015.

7.Se ha puesto en vigor un código uniforme de conducta para funcionarios encargados de proteger a la infancia y para voluntarios en la materia que contiene procedimientos normalizados de presentación de informes. El Departamento de Asuntos de la Infancia ha puesto en marcha reformas relativas a la gobernanza, la justicia y el orden público, con miras a promover los derechos de los delincuentes juveniles internados en centros de rehabilitación y reforzar los programas de cumplimiento de la ley y rehabilitación. Como primer paso, en el actual ejercicio económico se han construido en algunas comisarías, locales de internación de menores en conflicto con la ley para poder recluirlos separadamente de los adultos. El programa se ampliará en los próximos años. Se comprarán minibuses para trasladar a los delincuentes juveniles entre los tribunales y los locales de internación. En los distritos de Nairobi, Kisumu y Nakuru se ha puesto en marcha un programa experimental que tiene por objeto sustraer del sistema judicial a los menores en conflicto con la ley. Se han elaborado normas sobre adopción que la Oficina del Fiscal General se encargará de redactar y publicar en el Diario Oficial de Kenya.

8.Todas las partes interesadas han participado en la redacción de normas y reglamentos para la gestión y dirección de las instituciones benéficas de atención de la infancia, que se presentarán al Ministro encargado de los asuntos de la infancia para que adopte las medidas del caso.

9.Desde la presentación del último informe, se han aprobado otras leyes que han tenido repercusiones positivas en la situación de la infancia, en especial, la Ley de la propiedad industrial, la Ley sobre las personas con discapacidad y la Ley de enmienda del Código penal. Ya se han presentado al Parlamento la Ley sobre la violencia doméstica (protección de la familia) y la Ley sobre los refugiados y personas desplazadas. Por su parte, la Ley de menores contiene disposiciones sobre los niños en situaciones de violencia, los niños con discapacidad y los niños refugiados y desplazados. El Comité de examen de la ley laboral también ha presentado su informe al Fiscal General para su estudio, en el que se propone, entre otras cosas, la enmienda de las leyes laborales a fin de proteger a la infancia.

10.A nivel más alto, el Gobierno de Kenya, está redactando una nueva Constitución por conducto de la Comisión de Examen de la Constitución de Kenya. Se han celebrado tres conferencias constitucionales nacionales encargadas de redactar un proyecto de Constitución que se presentará al Parlamento para su examen y aprobación. En el proyecto de Constitución se abordan cuestiones relativas a los niños y se garantizan sus derechos en varios ámbitos. El capítulo IV trata de las cuestiones de la ciudadanía. La ciudadanía se obtiene por nacimiento, inscripción y naturalización y abarca a los niños hallados en Kenya cuya nacionalidad no pueda verificarse y a los niños adoptados.

11.En el capítulo V se enuncian los derechos y las libertades fundamentales, y se define al niño como toda persona menor de 18 años. También se establece el derecho a recibir protección especial del Estado y la sociedad de los niños (y niñas) con necesidades especiales, los huérfanos, los niños con discapacidad, los niños refugiados y los niños sin hogar.

12.En materia socioeconómica, en su Estrategia de Recuperación Económica para crear riqueza y empleo (2003-2007), el Gobierno de Kenya establece objetivos amplios de reducción de la pobreza y las desigualdades mediante el empleo, la promoción y el aumento del acceso, la asequibilidad y la calidad de los servicios sociales. Se han definido metas concretas en cada esfera:

Enseñanza: Lograr una tasa de matrícula del 100% en la enseñanza primaria y reducir las desigualdades de acceso y calidad de la enseñanza.

Salud: Lograr que se alcancen los objetivos fundamentales de equidad, acceso, asequibilidad y calidad de los servicios básicos de salud.

VIH/SIDA: El Gobierno reconoce los efectos devastadores de la pandemia en los niños y los encargados de atenderlos, y le hará frente mediante la investigación y la lucha sistemática.

Vivienda: Facilitar la construcción de viviendas para satisfacer la demanda cada vez mayor; investigar la posibilidad de trabajar con los asociados en el desarrollo para elaborar un marco para el mejoramiento de las zonas de tugurios y asentamientos improvisados de las zonas urbanas.

Alimentación y nutrición: El Gobierno reconoce que una gran proporción de la población, sobre todo niños, sigue viviendo bajo la amenaza del hambre y la desnutrición. La malnutrición de los niños está particularmente extendida en determinadas zonas y épocas del año. Los programas de recuperación elaborados por el Gobierno tienen el objetivo fundamental de alcanzar la seguridad alimentaria y eliminar la deficiencia de vitamina A en los niños menores de cinco años.

Marco institucional para la prestación de servicios a la infancia

13.El Consejo Nacional de Servicios para la Infancia establecido en virtud de la Ley de menores, se ocupa de la supervisión y el control generales de la planificación, la financiación y la coordinación de las actividades de defensa de los derechos de los niños y promoción de su bienestar. También asesora al Gobierno en todos los aspectos pertinentes.

14.El Departamento de Servicios para la Infancia de la Oficina del Vicepresidente y Ministro del Interior es el organismo oficial encargado de prestar servicios para lograr el bienestar del niño y el respeto de sus derechos reconocidos en la Ley de menores.

15.El Departamento persigue los siguientes objetivos:

Lograr que se satisfagan las necesidades básicas de los niños internados en instituciones gubernamentales;

Promover la rehabilitación de los niños para que puedan reintegrarse en la comunidad como ciudadanos responsables;

Reducir mediante orientación y asesoramiento el número cada vez mayor de niños que necesitan protección especial;

Registrar e inspeccionar todas las instituciones oficiales de atención de niños, incluidas las escuelas de rehabilitación, los hogares voluntarios de atención de la infancia y las entidades locales enumeradas en la lista oficial;

Investigar los casos de niños que necesitan disciplina y que tienen dificultades con la ley, y formular recomendaciones a los tribunales sobre las mejores formas de intervención;

Investigar los casos de niños desatendidos, huérfanos o abandonados, y prestarles asistencia; y

Está en marcha un plan de trabajo estratégico para el período 2005-2009 de aplicación de la Ley de menores basado en la creación de instituciones de protección de los derechos del niño y en la labor del Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, que elabora normas y asesora en materia de planificación, financiación y coordinación de las actividades de asistencia a la infancia, incluidas las actividades de supervisión.

Contexto y aplicación

Aplicación de la Ley de menores

Consejo Nacional de Servicios para la Infancia

16.El Consejo comenzó a funcionar en septiembre de 2002; llevan a cabo las funciones administrativas en el terreno los consejos asesores regionales. El Consejo está integrado por el Departamento de Servicios para la Infancia, los ministerios competentes, organizaciones no gubernamentales, organizaciones religiosas y el sector privado.

17.El plan estratégico del Consejo Nacional de Servicios para la Infancia propone establecer un proceso de vigilancia y evaluación para observar los progresos, la eficiencia, la eficacia, los resultados y los efectos de la aplicación de las diversas estrategias encaminadas a hacer valer los derechos del niño. El Consejo Nacional de Servicios para la Infancia ha venido ejecutando su mandato y trabaja en estrecha colaboración con los ministerios competentes, ONG y organismos donantes, a fin de combinar recursos para abordar las cuestiones que afectan a los niños a nivel nacional y local.

Acceso a la enseñanza

18.El Fondo de becas se ha trasladado del nivel de distrito al nivel local con miras a que los niños de las familias pobres de todas partes de Kenya tengan acceso a la enseñanza.

Tribunales de menores

19.Se han nombrado 119 magistrados para desempeñarse en los Tribunales de menores. Salvo las causas por homicidio, entienden en todos los asuntos relativos a los niños, por ejemplo, los siguientes:

Guarda y manutención;

Tutela;

Dictado de órdenes judiciales de protección de la infancia;

Adopción de medidas en relación con niños necesitados de atención y protección especiales; y

Tratamiento de los delincuentes juveniles.

Niños necesitados de atención especial

20.La Ley de menores define muchas categorías de niños necesitados de protección especial que reúnen las condiciones para recibir ayuda del Gobierno: todos los huérfanos, en especial los que han quedado huérfanos a causa del VIH/SIDA y los infectados con la enfermedad, los niños de la calle, los niños trabajadores, los niños indigentes, los que son víctimas de violencia, las madres adolescentes, los niños con discapacidad, los huérfanos, los delincuentes juveniles, los niños cuyos padres se encuentran en la cárcel o sufren una discapacidad mental; los que son víctimas de abusos sexuales o de desatención, y los niños abandonados. El Gobierno ha creado instituciones de rehabilitación y atención de los niños, y ha establecido normas y reglamentos sobre el trato de los niños necesitados de atención y protección especiales.

Huérfanos y otros niños vulnerables

21.Gracias a las medidas elaboradas por el Gobierno para hacer frente a la situación de los huérfanos y otros niños vulnerables, en el último año se han registrado los siguientes progresos:

Se ha creado un Comité Directivo Nacional para representar a los huérfanos y otros niños vulnerables; se han elaborado directrices nacionales para los huérfanos y otros niños vulnerables en que se delimitan claramente las funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Asuntos de Género, Deportes, Cultura y Servicios Sociales y diversos grupos de interesados. Mediante esas directrices se promueve la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, se establecen normas para la programación relativa a los huérfanos y otros niños vulnerables basadas en los derechos y se extienden las disposiciones de la Ley de menores, lo que demuestra la decisión de Kenya de hacer efectivos los derechos de los niños, en especial los que han quedado huérfanos y en situación de vulnerabilidad a causa del VIH/SIDA;

Se ha hecho una rápida evaluación y se ha puesto en marcha un proceso de planificación con intervenciones prioritarias y estimaciones presupuestarias;

Se ha hecho un examen legislativo que ha permitido determinar la existencia de lagunas jurídicas en relación con los huérfanos y otros niños vulnerables, lo cual servirá de base para la redacción de un proyecto de ley sobre los huérfanos y otros niños vulnerables, y

Se ha establecido un Comité Parlamentario oficioso sobre los huérfanos y otros niños vulnerables para promover la conciencia política a ese respecto.

Vigilancia de la puesta en práctica de los derechos

22.La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya tiene el mandato de vigilar la puesta en práctica de los derechos de todas las personas, incluidos los niños. La Comisión se creó en 2003, en sustitución del Comité Permanente de Derechos Humanos, en virtud de una ley del Parlamento.

23.En su plan estratégico de 2005-2009, el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia ha previsto un mecanismo de vigilancia de la aplicación de la Ley de menores de 2001.

24.El Gobierno ha hecho esfuerzos especiales para lograr que las comisarías reciban e investiguen las denuncias de violación de los derechos de los niños, y lo hagan de manera adecuada a la sensibilidad infantil.

25.Los funcionarios administrativos locales colaboran estrechamente con ONG, organizaciones religiosas, organizaciones de la comunidad, y organizaciones de la sociedad civil, a fin de preservar y proteger a las niñas del matrimonio precoz forzado. También se han puesto en marcha iniciativas para educar a las comunidades sobre los daños provocados por la mutilación genital femenina y ofrecer alternativas para las ceremonias de iniciación de las niñas. Las niñas rescatadas de matrimonios precoces forzados y de la mutilación genital son rehabilitadas y enviadas de regreso a la escuela. Además, se da a las madres adolescentes la oportunidad de proseguir sus estudios.

Asignación presupuestaria

26.Entre el ejercicio económico 2000/2001 y el de 2003/2004, el Gobierno ha aumentado considerablemente la asignación presupuestaria destinada al Departamento de la Infancia, de 20,2 millones a 74,1 millones de chelines kenianos, y de 197,7 millones a 240,8 millones de chelines kenianos la destinada a gastos de desarrollo y gastos regulares, respectivamente.

27.Además, se han aumentado en general las partidas para servicios sociales como la salud y la cultura. (No es posible cuantificar las partidas asignadas específicamente a la infancia). Con la introducción de la enseñanza primaria gratuita, se asignaron 3.600 millones de chelines kenianos al sector de la enseñanza. Ese monto se financió en parte con el apoyo del UNICEF y otros donantes bilaterales.

Proporción del presupuesto asignada a gastos sociales

28.En un estudio publicado recientemente se señala que hay marcadas diferencias regionales, socioeconómicas, étnicas y de género en lo referente a la distribución del ingreso y el acceso a los servicios sociales. En su Estrategia de Recuperación Económica para crear riqueza y empleo (2003-2007), el Estado se compromete a reducir los niveles inaceptablemente altos de pobreza, hambre y desigualdad mediante iniciativas en sectores concretos.

29.El Gobierno ha observado esa necesidad, tras comprobar que las importantes partidas presupuestarias asignadas a la educación no han dado como resultado una mejor calidad de la enseñanza, puesto que la mayor proporción del presupuesto se destina a pagar los sueldos de los maestros. Las importantes partidas que el Gobierno asigna a la salud (el 60% de las cuales se destina a gastos ordinarios) no han mejorado las condiciones de salud de los kenianos. De hecho, se ha producido un grave deterioro de diversos indicadores del bienestar, como el aumento de las tasas de mortalidad materna e infantil.

30.Es difícil establecer la proporción del presupuesto nacional que se dedica concretamente a la infancia. Si se analizan las tendencias de los gastos del Gobierno en los seis últimos años, se observa que se destinan importantes sumas al servicio de la deuda, los sueldos y otros gastos periódicos, en detrimento de los servicios sociales. El nivel de ahorro ha descendido. Desde 1995, Kenya ha gastado más de lo que ha ahorrado o invertido y, en el presupuesto 2003/2004, el Gobierno central asignó una partida de 254 millones de dólares de los EE.UU., la mayor de todo el presupuesto, al servicio de la deuda externa. El aumento de la pobreza ha contribuido en gran medida a agravar la situación. Cabe señalar que el 56% de la población vive con menos de un dólar por día.

31.De la suma total de 35.800 millones de chelines kenianos recibida en concepto de subsidios y préstamos de ayuda externa al desarrollo en el ejercicio económico 2003/2004, a febrero de 2004, sólo se habían desembolsado 10.900 millones de chelines kenianos, lo cual representaría una tasa de desembolso del 30,6% al tercer trimestre del ejercicio económico.

32.Es probable que la financiación para el desarrollo procedente de donantes aumente en forma exponencial en cuestiones prioritarias como el VIH/SIDA (por ejemplo, los fondos del Plan de Emergencia para el Alivio del SIDA (PEPFAR) del Gobierno de los Estados Unidos) y otras fuentes de financiación (como los Constituency Development and Bursary Funds). Los enfoques sectoriales y otras estrategias innovadoras de ejecución de programas que se están introduciendo pueden atraer considerables recursos adicionales. En noviembre de 2003, en la primera reunión del Grupo Consultivo celebrada entre los donantes y el Gobierno en ocho años, los donantes internacionales hicieron promesas de contribuciones de hasta 1.200 millones de dólares de los EE.UU. anuales en los tres años siguientes, en concepto de apoyo presupuestario y de otro tipo, para cubrir el gran déficit presupuestario y reducir la necesidad de recurrir a préstamos bancarios nacionales a tasas comerciales.

33.Se prevé un mayor ingreso de recursos, por lo que es importante reorientar el gasto público hacia los ministerios centrales del sector social y mejorar la tasa de utilización de esos fondos. Para ello, será necesario fijar prioridades a nivel de distrito e incorporar en la planificación financiera la presupuestación y la normativa sociales.

34.Actualmente, varias iniciativas de base amplia abordan la formulación y ejecución de las políticas presupuestarias del Estado con miras a crear articulaciones sistémicas a todos los niveles. Esas iniciativas brindarán las condiciones necesarias para la plena aplicación del Artículo 4 de la Convención, que se incorpora en el Artículo 3 de la Ley de menores, por el que se dispone que la fijación de prioridades respecto de las asignaciones presupuestarias refleje la determinación del Estado Parte de aplicar la Convención.

Gastos del presupuesto del Gobierno 1999-2004

Gastos del Gobierno central en servicios sociales, 1999-2004 (en millones de K Sh)

1999/2000

2000/2001

2001/2002

2002/2003

2003/2004

Gastos periódicos

Educación, ciencia y tecnología

47 600

48 768

53 738

61 603

71 800

Salud

9 336

14 870

10 527

14 448

16 005

Trabajo y recursos humanos

678

825

1 048

1 465

1 483

Desarrollo, asuntos internos, patrimonio nacional y deportes

3 220

3 882

6 581

5 235

5 992

Subtotal

60 834

68 355

71 896

82 751

95 281

Gastos en desarrollo

Educación, ciencia y tecnología

660

1 093

2 597

4 814

8 434

Salud

865

759

3 540

4 893

5 116

Trabajo y desarrollo de los recursos humanos

147

334

493

389

297

Asuntos internos, patrimonio nacional y deportes

84

356

890

1 127

442

Subtotal

1 756

2 543

7 520

11 224

14 290

Total

62 590

70 889

79 416

93 975

109 570

Gastos de las autoridades locales en servicios sociales, 1999-2004 (en millones de K Sh)

1999/2000

2000/2001

2001/2002

2002/2003

2003/2004

Educación

631

694

718

822

835

Salud

786

859

993

1 107

1 291

Otros servicios sociales

100

254

231

357

443

Total

1 518

1 873

1 872

2 286

2 568

Gastos desglosados

35.A fin de reunir información sistemática sobre la infancia, la Oficina Central de Estadística, con apoyo técnico de las Naciones Unidas, ha establecido, una base de datos socioeconómicos denominada KenInfo. El Departamento de Servicios para la Infancia ha creado una base de datos nacional sobre los niños necesitados de protección especial con objeto de reunir información sistemática sobre los niños y sus derechos fundamentales y evaluar las tendencias actuales a nivel nacional y local.

36.En 2000, el Gobierno de Kenya, por conducto de la Oficina Central de Estadística del Ministerio de Planificación y Desarrollo Nacional, llevó a cabo una encuesta a base de indicadores múltiples. El principal objetivo de la encuesta era vigilar el grado de cumplimiento de los objetivos de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia y reforzar la capacidad nacional de generación de indicadores que permitieran evaluar los progresos alcanzados en las cuestiones relativas al niño y la mujer.

37.La encuesta tenía un módulo sobre huérfanos menores de 17 años, y se determinó que el 8,3% de los niños entrevistados eran huérfanos. Del total de niñas entrevistadas, el 8,7% eran huérfanas; entre los varones el porcentaje era del 7,8%. A nivel provincial, en Nyanza se registró el mayor índice de orfandad, del orden del 13,9%.

38.Ahora se dispone de datos sobre inmunización, enseñanza, inscripción de nacimientos, nutrición y trabajo de niños. En el plan estratégico de la Oficina Central de Estadística para el período 2003-2008 se ha previsto hacer una encuesta nacional sobre las personas con discapacidad.

39.La Oficina Central de Estadística ha podido trazar el mapa de la pobreza por edad y género. Estos datos adicionales permitirán asignar los recursos a grupos específicos, con miras a aliviar la pobreza. El ACNUR dispone de datos sobre niños refugiados, aunque se limitan a los que se encuentran en los campamentos.

40.En 2002, el Estado Parte inició una campaña de concienciación sobre la importancia de las diferentes dimensiones del desarrollo, en relación con el logro de los objetivos de desarrollo del Milenio. A la cabeza de este proceso ha estado un grupo de trabajo sobre los objetivos de desarrollo del Milenio, integrado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo Nacional, el sistema de las Naciones Unidas, las ONG y el sector privado. En el marco de esta iniciativa se han organizado talleres conjuntos de sensibilización con ONG, sesiones de información a los medios de difusión y seminarios técnicos. El principal objetivo de las actividades era lograr consenso y promover la comprensión de la importancia de los objetivos de desarrollo del Milenio, su vinculación con los marcos de planificación nacionales, y las modalidades y frecuencia de los informes de los países. En 2003, el Estado Parte preparó su primer informe amplio sobre los progresos registrados en el logro de los objetivos de desarrollo del Milenio.

Limitaciones y recomendaciones

41. Limitaciones

1.Está en marcha el proceso de revisión de la Constitución de Kenya. Deben preservarse los adelantos logrados en el proyecto de Constitución, como la referencia concreta a los derechos de los niños considerados separadamente de los derechos de los adultos.

2.En el presupuesto no se individualizan claramente los intereses de los niños, por lo que no es posible hacer un análisis preciso de la proporción que se gasta en la infancia.

3.A pesar de que las asignaciones a servicios sociales como la salud y la cultura han aumentado en general, no es posible determinar qué parte del presupuesto se destina a la infancia ni analizar esa proporción.

42. Recomendaciones

1.Debe sensibilizarse a los funcionarios encargados del presupuesto sobre los derechos del niño, para que las cuestiones que afectan a los niños no se traten con un criterio ad hoc.

2.Deben proporcionarse recursos suficientes a los sectores de hacienda, personal, oficinas, transporte y logística.

Artículo 42: Difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño

Contexto jurídico y normativo

43.El Gobierno ha comenzado a dar la mayor difusión posible a la Convención sobre los Derechos del Niño, utilizando para ello todas las estructuras a su disposición.

Contexto y aplicación

44.Se ha dado difusión a la Convención sobre los Derechos del Niño entre los responsables de formular políticas nacionales y regionales. La Convención se ha traducido a la lengua kiswahili, el idioma oficial, el lenguaje de signos, el sistema Braille y varios idiomas autóctonos. Se han creado clubes sobre los derechos del niño en las escuelas, donde se imparte formación a los niños sobre la Convención y, más concretamente, sobre sus derechos. En la Escuela de Formación de la Policía se ha introducido un programa sobre los derechos del niño, que se imparte a los reclutas; a los policías en servicio se les dictan cursos de actualización en la materia. Además, se distribuye gratuitamente una versión popular de la Ley.

45.Se ha distribuido material de información, educación y comunicación a casi todas las escuelas de todos los niveles, incluidos los centros de enseñanza no académica. También se ha difundido información mediante carteles y folletos. Se utilizan los medios de difusión en masa (impresos y electrónicos) para dar a conocer las cuestiones de que tratan la Convención y la Ley. Además, los periódicos y las estaciones de radio difunden programas especiales sobre los derechos del niño, a veces preparados por los propios niños. La cifra de diarios ha aumentado, como se indica en el párrafo referente al artículo 17.

Limitaciones y recomendaciones

46. Limitaciones

1.En algunas comunidades sigue habiendo escasa conciencia de los derechos del niño. Las actividades encaminadas a contrarrestar algunas posiciones culturales y religiosas muy arraigadas que atentan contra los derechos del niño, por ejemplo en materia de guarda y herencia, han tropezado con diversas formas de resistencia.

2.No bastan los enormes esfuerzos desplegados para dar a conocer la Ley de menores, sino que es necesario crear mayor conciencia de los derechos del niño en determinados sectores, como los agentes encargados de hacer cumplir la ley y las autoridades locales, en talleres comunitarios y por medios electrónicos e impresos.

47. Recomendaciones

1.Es necesario dar más formación sobre los derechos del niño a los que moldean la opinión pública y otros interesados, con miras a luchar contra las prácticas culturales arraigadas contrarias a esos derechos.

2.Debe darse prioridad a la capacitación de los encargados de hacer cumplir la ley y formular políticas.

Artículo 44: Proceso de presentación de informes sobre la

Convención sobre los Derechos del Niño

Marco jurídico y normativo

48.En 2002, cuando el Gobierno de Kenya recibió las observaciones y recomendaciones finales sobre el informe presentado por el país al Comité de los Derechos del Niño, el Departamento de Servicios para la Infancia del Ministerio del Interior, en colaboración con la oficina del UNICEF en Kenya, la Kenya Alliance for Advancement of Children y Action Aid Kenya and Childlife Trust, inició tareas de difusión en todo el país.

49.Se difundió información a los organismos encargados de la atención de los niños y a los propios niños en todas las provincias de Kenya. Todos los interesados participaron en la planificación, elaboración y finalización del informe final. Los funcionarios encargados de la infancia en las provincias tuvieron una función directriz en esta importante actividad. Las recomendaciones sobre la forma de llenar las lagunas señaladas en el primer informe de Kenya fueron de orden jurídico y político.

50.Se individualizaron las siguientes cuestiones jurídicas:

Necesidad de armonizar toda la legislación sobre la infancia con la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley de menores;

Actividades de promoción con miras a la aprobación de una nueva Constitución en que las cuestiones relativas a la infancia se traten aparte de las relativas a los adultos;

Promoción en el Parlamento del proyecto de ley sobre la violencia doméstica (protección de la familia);

Leyes que concedan la ciudadanía automática a los niños nacidos en el extranjero de padre o madre kenianos.

51.Se definieron las siguientes prioridades en materia de políticas:

Elaborar políticas concretas para aplicar la Ley de menores en materia de educación, salud, erradicación de la pobreza y disciplina de los niños en las escuelas;

Fortalecer los programas de sensibilización para crear conciencia de la necesidad de luchar contra las prácticas culturales perniciosas;

Reforzar las tareas encaminadas a dar participación a la comunidad en los asuntos relativos a los niños;

Reconocer los certificados de nacimiento como constancia de la nacionalidad;

Iniciar programas de sensibilización sobre los efectos negativos de la corrupción;

Promover la buena gobernanza en las provincias, y

Aprovechar la reunión de información para instituir políticas y programas eficaces.

52.El proceso de preparación del segundo informe periódico de Kenya para el período 1998-2003 comenzó en julio de 2003, cuando Save the Children Canada organizó un seminario de tres días en Machakos sobre la participación de los niños, con la asistencia de 50 organismos dedicados a la infancia y los ministerios del Gobierno competentes en la materia. Se definió un plan de trabajo para iniciar el proceso de preparación del segundo informe nacional. Se formó un Comité de Planificación integrado por seis personas del Gobierno y de los organismos más importantes dedicados a la infancia que habían participado en el proceso del primer informe, que determinó los recursos humanos y financieros necesarios para redactar el informe. El Comité se reunió semanalmente en el Departamento de Servicios para la Infancia (secretaría del recientemente creado Consejo Nacional de Servicios para la Infancia) a fin de planificar el proceso de presentación de informes.

Contexto y aplicación

53.Tras las actividades señaladas en el párrafo precedente, el Comité de Planificación y el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia organizaron un seminario para 86 representantes de organizaciones dedicadas a la infancia. La reunión se celebró en septiembre de 2003, bajo la presidencia del Excelentísimo Sr. Moody Awori, Vicepresidente de Kenya y Ministro del Interior. Se eligió un Comité Directivo Nacional que elaboró un plan de acción integral para la reunión de información y la redacción del informe nacional dentro de un plazo determinado.

54.Para iniciar el proceso, se organizó un seminario nacional de redacción que se regiría por las directrices de presentación de informes del ACNUR. El seminario, que se reunió en noviembre de 2003, redactó un informe sobre la base de la información proporcionada por los ministerios del Gobierno competentes y por los organismos de la infancia de Kenya. También se señalaron las lagunas de información que era necesario llenar con datos regionales.

55.En febrero de 2004, en preparación de la reunión de información, se dictaron cursos de formación a 30 moderadores que habían de dirigir el proceso en todas las regiones del país. Estos moderadores recibieron capacitación en promoción de la participación de niños y la formación de niños para que se desempañaran como facilitadores. Los moderadores capacitaron a 60 niños – seis por región – como facilitadores del proceso en las provincias. A continuación, entre marzo y junio de 2004 se celebraron los seminarios regionales para unos 300 adultos y 400 niños, divididos en grupos de un promedio de 30 a 40 adultos y niños por región. Entre agosto y septiembre se celebró un seminario nacional de convalidación, al que asistieron 107 niños y 40 adultos representantes de todas las regiones, que confirmaron la validez de los datos del informe.

56.Los recursos utilizados para reunir información en los foros regionales y las conferencias nacionales de convalidación fueron proporcionados por los principales interesados del sector de la infancia, como se consigna en los agradecimientos, que apoyaron las actividades de los diferentes programas.

57.En noviembre de 2004, bajo la dirección del Comité Directivo, el grupo de 40 expertos procedentes del Gobierno y del sector de la infancia inició la redacción final del informe, que se entregó luego a un pequeño subcomité que le dio forma definitiva con la ayuda de dos editores. Una vez terminado, el informe se presentó a la Oficina del Fiscal General en un seminario de autoridades nacionales de formulación de políticas, al que asistieron altos funcionarios del Gobierno, y representantes de las ONG y los niños, de Plan International Kenya, Save the Children Canada, Action Aid Kenya, World Vision Kenya, y el Departamento de la Infancia, entre otros asociados.

Limitaciones y recomendaciones

58. Limitaciones

1.El Consejo Nacional de Servicios para la Infancia y sus contrapartes en los distritos, los consejos asesores regionales, están apenas dando sus primeros pasos y no han terminado de establecer contacto con otros interesados.

2.La mayoría de las organizaciones de protección de los derechos del niño se encuentran en zonas urbanas, lo que limita los servicios para los habitantes de zonas rurales. Aunque hay gran acopio de datos sobre temas pertinentes, no es fácil acceder a ellos ni utilizarlos para la preparación sistemática de los informes que exige la Convención.

3.Hay frecuentes quejas de que el Gobierno ha llevado a cabo varias encuestas sobre la infancia, pero no se han adoptado medidas para aplicar sus conclusiones y recomendaciones. Cabe mencionar ejemplos como el documento de la Estrategia de lucha contra la pobreza y el informe de la Comisión Investigadora de la educación de Kenya (informe Koech). El primer informe que presentó Kenya sobre la aplicación de la Convención no fue dado a conocer al público.

4.La falta de recursos ha perjudicado el proceso de presentación de informes.

5.Los niños participaban por primera vez y los interesados no estaban familiarizados con lo que debían hacer en circunstancias que habían cambiado.

59. Recomendaciones

1.Es urgente asignar más recursos financieros y humanos para propiciar el funcionamiento eficaz del Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, los consejos asesores regionales y el Departamento de Servicios para la Infancia.

2.Es necesario dar formación a los miembros de los diversos consejos asesores regionales sobre los derechos del niño.

CAPÍTULO II: DEFINICIÓN DE NIÑO

Artículo 1: Definición de niño

Marco jurídico y normativo

60.La actual Constitución de Kenya no contiene una definición de niño, y en ninguna sección de la Carta de Derechos hay referencias concretas a los niños. Sin embargo, en el proyecto de Constitución se propone corregir la situación con una disposición expresa en que se definiría al niño como toda persona menor de 18 años.

61.En la Ley de menores (cap. 586) se define claramente al niño como toda persona menor de 18 años. En virtud de esta Ley se derogó la Ley de adopciones, en que no se consideraba niño al menor de 18 años que estuviera casado. En virtud de la nueva Ley también se derogó la Ley de menores y jóvenes (cap. 141), y la Ley de Tutela de Menores (cap. 144), que contenían diferentes definiciones de niño.

Edad mínima para consentir en mantener relaciones sexuales

62.La Ley Penal (enmendada) de 2003 enmendó el Código Penal (cap. 63) y fijó en 16 años la edad en que las niñas pueden consentir en mantener relaciones sexuales, que anteriormente era de 14 años. No se ha fijado una edad mínima para los varones, aunque el Código Penal establece que los niños menores de 12 años no pueden tener relaciones carnales. Con arreglo a la Ley de menores el estado también debe proteger a los niños de la explotación sexual y de los abusos, incluida la prostitución y la pornografía.

Edad mínima para contraer matrimonio

63.La Ley de menores fija indirectamente la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años, al prohibir el matrimonio de menores. Sin embargo, hay otras normas que fijan edades mínimas diferentes para el matrimonio, como la Ley Hindú de Matrimonio y Divorcio, y la Ley de Matrimonio. Esas normas fijan en 16 años la edad mínima para el matrimonio de una muchacha y en 18 la edad mínima para el matrimonio de un varón. El derecho consuetudinario y el derecho islámico, Sharia, autorizan el matrimonio de menores de 18 años.

Edad de imputabilidad penal

64.El Código Penal fija la edad de imputabilidad penal en 8 años. Entre los 8 y los 12 años, se presume que un niño no es responsable penalmente de sus actos, salvo que pueda probarse que, en el momento de cometer la acción o la omisión, el niño tenía la capacidad de discernir.

Edad mínima para el empleo

65.En relación con el empleo, en el artículo 10 de la Ley de menores se protege al niño del “trabajo infantil, la explotación económica y los trabajos peligrosos”.

66.Un grupo de trabajo sobre leyes laborales ha presentado un proyecto de ley de empleo, que contiene recomendaciones sobre el trabajo infantil. El proyecto de ley, que se apunta a enmendar las normas laborales de Kenya, contiene disposiciones sobre protección de la infancia, incluida la protección de las peores formas de trabajo infantil. Las disposiciones se ajustan al contenido del protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en los conflictos armados, y al Convenio de la OIT, con la recomendación correspondiente. En el proyecto de ley se define al niño como toda persona menor de 18 años, tal como en la Ley de menores. Sin embargo, permite el empleo de niños de 13 a 16 años en tareas livianas, y define como aptos para el empleo a los menores de 16 a 18 años. En el proyecto no se definen claramente los parámetros de este empleo ni las tareas livianas, ni se prevé la forma en que se protegerá a los menores empleados.

67.La Ley de empleo (cap. 266) prohíbe emplear a menores de 16 años en tareas industriales, salvo como aprendices o en régimen de formación en el empleo.

68.En el proyecto de política nacional sobre el trabajo infantil se establece categóricamente la prohibición de emplear a menores de 18 años.

Edad mínima para la enseñanza

69.Enseñanza primaria: En el artículo 7 2) de la Ley de menores se establece el derecho de todo niño a la enseñanza primaria gratuita, que será obligatoria. La Ley de menores no fija una edad mínima para comenzar ni terminar la enseñanza primaria obligatoria ni tampoco para terminar la enseñanza obligatoria.

Acceso a asesoramiento jurídico

70.Todos los niños de cualquier edad pueden tener acceso a asesoramiento jurídico. En el artículo 77 1) de la Ley de menores se dan facultades a un tribunal para que disponga la representación jurídica de un menor que deba comparecer ante un tribunal. Además, en el artículo 186 b) se dispone que el Estado proporcionará asistencia letrada a los delincuentes juveniles.

71.Un menor de 18 años no puede entablar una acción por sí mismo ni tiene capacidad para iniciar juicio, ni presentar denuncias ni recursos ante un tribunal ni otra autoridad competente, sin autorización de sus padres. Pueden iniciar esos procedimientos por intermedio de un adulto que sea “amigo cercano”.

Acceso independiente a tratamiento médico

72.No hay edad mínima para tener acceso independiente a tratamiento médico.

Capacidad para celebrar contratos

73.La Ley de contratos no establece una edad mínima para celebrar un contrato. El derecho de Kenya se ha inspirado en gran medida en el derecho anglosajón y en el derecho legislado relativo a los contratos. Los siguientes principios tomados del derecho anglosajón se aplican en Kenya:

Se pueden celebrar contratos con menores, salvo cuando el derecho legislado establezca lo contrario, y las consecuencias de esos contratos pueden determinarse por el derecho del Estado.

Los contratos celebrados con menores pueden dejarse sin efecto a instancias del menor.

Algunos contratos celebrados por menores son nulos de pleno derecho, en virtud de la Ley de recursos del menor de 1874 de Inglaterra.

74.Esta Ley, considerada en Kenya norma de aplicación general, rige los principales aspectos de la capacidad contractual de un niño. Deja sin efecto todos los contratos celebrados con niños para el pago de dinero prestado o que se haya de prestar, o contratos de bienes suministrados o que se hayan de suministrar, y establece que la presunta ratificación de un contrato anterior por un menor al llegar a la mayoría de edad no será base para que se entablen acciones judiciales contra él.

Capacidad jurídica para heredar y celebrar transacciones con bienes

75.En virtud de la Ley de Sucesiones, un menor puede heredar, pero no puede celebrar transacciones con bienes hasta tanto no alcance la mayoría de edad.

Edad mínima para crear asociaciones o incorporarse a asociaciones ya creadas

76.No existe ninguna disposición de la ley que establezca la edad mínima legal para crear asociaciones o incorporarse a asociaciones ya creadas.

Edad mínima para elegir un credo o recibir instrucción religiosa

77.Los menores adquieren el derecho absoluto de cambiar de religión al cumplir los 18 años. Mientras son menores, pueden practicar su religión bajo la guía de sus padres.

Consumo de alcohol y otras sustancias fiscalizadas

78.El artículo 16 de la Ley de menores trata de la protección de los niños de las sustancias alucinógenas y narcóticas, el alcohol, el tabaco y las drogas psicotrópicas y afines. También incluye en la categoría de niño necesitado de atención y protección al que consume alcohol.

79.El artículo 30 de la Ley de licencias para la venta de alcohol (cap.121 de la Recopilación Jurídica de Kenya) prohíbe el empleo de menores de 18 años en la venta, o el control o la supervisión de la venta de bebidas alcohólicas. En el mismo artículo se prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años.

80.La Ley de enmienda del Código Penal de 2003 tipifica como delito el acto de suministrar u ofrecer a un niño productos alucinógenos destilados del petróleo, adhesivos o afines. En esta ley se define al niño como persona menor de 18 años.

Alistamiento voluntario en las fuerzas armadas; conscripción en las fuerzas armadas; participación en hostilidades

81.El artículo 10 2) de la Ley de menores establece lo siguiente: “Ningún menor participará en hostilidades ni será reclutado para participar en conflictos armados y, de producirse un conflicto armado, se preservará el respeto, la protección y la atención de los menores con arreglo a la ley”. Cabe destacar que a tenor de la Ley de las fuerzas armadas, capítulo 199, pueden alistarse en las fuerzas armadas los menores que cuenten con el consentimiento de sus padres y tutores o del Comisionado de Distrito. Falta uniformidad en las leyes.

82.En el artículo 10 3) se asigna al Gobierno la responsabilidad de prestar protección, servicios de rehabilitación, recuperación y reinserción a la vida normal en sociedad a todo niño víctima de un conflicto armado o un desastre natural. Con arreglo a la Ley de menores, podrá internarse en una institución gubernamental para su protección a todo niño que haya participado en hostilidades.

83.Hay varias leyes que se aplican a la situación de los niños que participan en hostilidades. Se es imputable penalmente a partir de los 8 años de edad, por lo cual no puede detenerse a un menor de 8 años en relación con un asunto penal.

84.No se ha fijado una edad mínima para la internación de niños en instituciones de salud.

85.En relación con la edad mínima legal para la internación de niños en instituciones de asistencia, el artículo 191 1) e) de la Ley de menores dispone que los delincuentes de 10 a 15 años de edad serán internados en centros de rehabilitación. La Ley de reformatorios fija en 15 años la edad mínima para ingresar a esas instituciones. La Ley prevé que los niños podrán permanecer en reformatorios un máximo de tres años. El artículo 190 3) de la Ley de menores dispone que no se internará a ningún niño menor de 10 años en una institución de rehabilitación.

86.La Ley de cárceles (capítulo 90) también dispone que las personas de 17 a 21 años de edad podrán ser internadas en instituciones correccionales de formación en lugar de cárceles.

87.El proyecto de ley sobre los refugiados, que se transformaría en el marco jurídico para solicitantes de asilo y refugiados, no fija una edad mínima para la privación de libertad de niños solicitantes de asilo o refugiados, y sólo establece que se dará protección especial a las mujeres y los niños solicitantes de asilo y refugiados.

Participación en procedimientos administrativos y judiciales que afecten a un niño

88.Con arreglo al artículo 4 de la Ley de menores, en todos los procedimientos que afecten a un niño, los tribunales procurarán obtener la opinión de éste y determinar el peso que ha de dársele, según la edad y madurez del niño.

89.Además, en caso de adopción de un menor que haya cumplido los 14 años, se requerirá el consentimiento de éste.

90.Con arreglo al artículo 76 3) a) de la Ley de menores, el tribunal deberá hacer lo posible por tener en cuenta los sentimientos y deseos del niño, en la medida en que éste tenga la capacidad de comprender los procedimientos.

Prestación de testimonio en causas civiles y penales

91.La Ley de enmienda del Código Penal de 2003 ha modificado el artículo 124 de la Ley de pruebas (cap. 80), que disponía la obligatoriedad de corroborar las pruebas presentadas por un niño menor de 10 años en las causas por abusos sexuales. No se ha fijado una edad mínima legal para prestar testimonio en los tribunales, sino que se deja a la discreción del tribunal.

Contexto y aplicación

92.Aunque la Ley de menores define al niño como toda persona menor de 18 años, en otras leyes y normas se encuentran disposiciones diferentes, lo que dificulta la planificación y ejecución de actividades. En algunos casos, estas diferencias impiden que los programas destinados a los niños los beneficien. Un ejemplo es la enseñanza primaria universal, de la que sacan provecho personas que no se ajustan a la definición de niño y se benefician a expensas de éstos.

93.En la práctica, las diferentes comunidades tienen su propia definición de niño. La mayoría define al niño como el ser humano que sigue dependiendo de sus padres, que todavía va a la escuela o la universidad, no está casado y, en algunos casos, no ha sido circuncidado, o aún no ha traspuesto el umbral de la vida adulta. En otros casos, sólo se tiene en cuenta la contextura física o cambios biológicos como la menstruación en las niñas. Una persona puede ser mayor de 18 años y recibir todavía la atención y protección de sus padres o tutores. Sólo se considera adulta a una persona que ya no está bajo la supervisión de sus padres, por ejemplo, cuando se casa o cuando consigue un empleo y establece su propio domicilio.

94.Existe la tendencia a tratar las cuestiones relativas a los niños de manera fragmentaria, elaborando diferentes políticas para diferentes cuestiones y utilizando diferentes definiciones de niño, de resultas de lo cual diferentes organismos del Gobierno difieren respecto de la categorización de niño. La Ley de menores establece un marco jurídico para la protección de los derechos del niño, pero las políticas actuales debilitan la protección establecida por la ley.

95.Se ha establecido como parte del Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, un Comité que dará asesoramiento sobre reforma y cuestiones jurídicas y normativas. Con mayor capacidad, este comité y el Consejo Nacional en general podrán ejercer el liderazgo necesario para armonizar las leyes y políticas.

Edad de imputabilidad penal

96.Se hace sentir la necesidad de elevar la edad de imputabilidad penal mediante medidas y reglamentos que contemplen los casos de menores de 18 años que hayan cometido delitos. Habrá que considerar la posibilidad de elaborar políticas para que los niños en conflicto con la ley no queden internados en instituciones y que los reformatorios dejen de pertenecer al sistema carcelario, a fin de que los delincuentes juveniles reciban un trato más humano.

97.A tal fin, se ha puesto en marcha un programa del Gobierno y de la sociedad civil en los distritos de Nairobi, Nakuru y Kisumu. El Gobierno proyecta reproducir el programa en todo el territorio del país.

Edad mínima de libre consentimiento para tener relaciones sexuales

98.Aunque se ha fijado en 16 años la edad mínima para que las niñas puedan consentir en tener relaciones sexuales, las diferentes leyes sobre el matrimonio que permiten el matrimonio de niñas menores de 16 años dificultarán el cumplimiento de esa disposición. Diversos planes procuran armonizar las leyes pertinentes, mediante un examen de la Constitución. También hay propuestas de que se eleve a 18 años la edad de libre consentimiento para tener relaciones sexuales.

99.En muchos casos, los padres no hablan con sus hijos sobre cuestiones del sexo, porque se considera mala educación: “tabia mbaya” . Además, algunos niños son testigos, desde temprana edad, de las relaciones sexuales de sus padres, en muchos casos porque las familias habitan viviendas pequeñas, y también porque uno o ambos padres se exceden en el consumo de alcohol.

100.La pobreza y otros factores, como los efectos del VIH/SIDA, han sido causa de que las niñas empiecen a tener relaciones sexuales antes de alcanzar la edad mínima de consentimiento.

Edad mínima para contraer matrimonio

101.Los matrimonios a edad temprana siguen siendo frecuentes en el país, debido al derecho consuetudinario que permite el matrimonio de niños, especialmente después de algunos ritos de iniciación, como la circuncisión. Después de la circuncisión, se alienta a muchas niñas a dejar la escuela y casarse. La situación se agrava por las normas contradictorias contenidas en las leyes ya mencionadas.

“Tenía una buena amiga, que no volvió a la escuela después de que terminamos las clases en abril. Nos dijeron que se había casado”.

Amina Godana, 17 años, Moyale, Isiolo.

102.Con el proyecto de Constitución se procura aprobar una disposición que deje sin efecto las diferentes leyes contradictorias respecto de la edad mínima para contraer matrimonio.

El empleo y el trabajo infantil

103.Dada la situación económica de Kenya, los niños se ven obligados a trabajar y someterse a la explotación económica. La situación se agrava por la incidencia cada vez mayor de hogares encabezados por un menor. Las muertes provocadas por el VIH/SIDA han dejado muchos huérfanos que deben arreglarse solos. Aproximadamente el 12% de los hogares de Kenya está compuesto de huérfanos que se valen por sí mismos. En muchas comunidades, niños de no más de 10 años se emplean como sirvientas, pastores y trabajadores de las plantaciones.

“Es tan niña, apenas tiene 8 años. Acarrea carbón vestida con el uniforme escolar. Si se le pregunta por qué no ha ido a la escuela, dice que está trabajando”.

Innocent Musa, 15 años, 1º año, Isiolo.

104.Aunque Kenya ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño y los Convenios pertinentes de la OIT, algunos procesos actualmente en marcha promueven variaciones en la edad mínima para el empleo. Por ejemplo, el proyecto de ley de empleo propone que se permita trabajar a menores de 13 a 18 años de edad. Esa propuesta es contraria a la Convención sobre los Derechos del Niño y a la recomendación en contra del trabajo de los menores de 18 años que figura en un proyecto de política nacional sobre el trabajo infantil.

Acceso independiente a asesoramiento jurídico; capacidad para entablar acción legal, presentar denuncias y procurar la reparación ante un tribunal u otra autoridad competente sin consentimiento de los padres

105.Aunque los niños no tienen capacidad jurídica procesal para recurrir a la justicia en busca de reparación y sólo pueden hacerlo por intermedio de otros, el Reglamento de práctica y procedimiento de la Ley de menores es muy técnico y sólo puede ser aplicado por personas técnicamente calificadas, como los abogados. Con ello se dificulta el acceso a la justicia, que queda fuera del alcance de los menores

106.Se recomienda adoptar medidas especiales para facilitar el acceso de los niños a otras instituciones que pueden proporcionarles recursos, como los consejos regionales de asesoramiento, la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya y la Comisión Nacional sobre el Género y el Desarrollo. Los niños deberían tener acceso a esas instituciones por sí mismos, mediante procesos simplificados.

Acceso independiente a tratamiento médico

107.En Kenya, los padres acompañan a sus hijos a las instituciones de salud hasta que son tan mayores que su compañía les provoca incomodidad. Sin embargo, en la práctica, no está permitido que el personal médico atienda a las niñas en ausencia de sus padres. Es necesario que las intervenciones para promover una mayor independencia mantengan el equilibrio entre la necesidad de intimidad de los niños y la orientación y vigilancia de los padres.

Edad mínima para celebrar contratos

108.La Ley de contratos no establece una edad mínima para celebrar contratos. En Kenya casi no existe la práctica de celebrar contratos con menores. En general no existe un contrato de empleo entre un menor empleado y su empleador. Los menores no conocen las disposiciones legales y no pueden negociar ni mejorar las condiciones de sus contratos. No puede seguirse justificando la aplicación del derecho anglosajón en esta materia.

Alistamiento voluntario en las fuerzas armadas; conscripción en las fuerzas armadas; participación en hostilidades

109.Con arreglo a la Ley de las Fuerzas Armadas, no existe la conscripción de menores para el ejército. Sin embargo, la Ley permite el alistamiento voluntario de un menor, si cuenta con el consentimiento de sus padres. Los niños atrapados en medio de hostilidades son tratados como niños necesitados de atención y se los interna en instituciones oficiales para su protección.

Privación de libertad por arresto, detención o encarcelamiento, en relación, entre otras cosas, con la administración de justicia, el asilo y la internación de niños en instituciones de asistencia y de salud

110.En lo que se refiere a la aplicación, generalmente es difícil verificar con exactitud la edad de las personas, por lo que, en algunos casos, se envía a niños a instituciones que no están en condiciones de atender a sus necesidades.

Participación en procedimientos administrativos y judiciales que afecten al menor

111.Queda a criterio del magistrado o de la autoridad administrativa la decisión sobre si se tendrán en cuenta los deseos del menor. La falta de directrices obstaculiza la participación efectiva de los niños en esos procedimientos.

Prestación de testimonio judicial en causas civiles y penales

112.Se permite a los niños prestar testimonio ante un tribunal en material civil y penal. Sin embargo, los procedimientos judiciales y la atmósfera del tribunal suelen intimidar a los niños, que pueden no resultar testigos eficaces. Se está trabajando para que los tribunales tengan en cuenta las necesidades de los niños. En el Tribunal de Menores de Nairobi, los niños pueden prestar testimonio desde un cubículo de protección de testigos. Se planifica construir más tribunales de menores con cubículos de protección de testigos.

Consentimiento para cambiar la identidad y el nombre, modificación de las relaciones familiares, adopción y tutela

113.Esas cuestiones no se aplican a nuestra situación, aunque si el menor es mayor de 14 años se requiere su consentimiento para su adopción.

Capacidad jurídica para heredar y celebrar transacciones con bienes

114.De resultas de la pandemia de VIH/SIDA, hay muchos hogares encabezados por niños. La mayoría de esos niños no tienen acceso fácil a los beneficios de la herencia de sus padres para mantener a sus hermanos. Aunque haya dinero en poder de un administrador nombrado por el Estado, muchos niños no están en condiciones de iniciar el procedimiento para acceder a él. Esto se presta a que los menores sean presa del abuso de sus tutores.

Edad mínima para crear asociaciones o incorporarse a asociaciones ya creadas

115.La mayoría de las asociaciones en pro de la infancia se han creado bajo los auspicios de escuelas o grupos juveniles, en el ámbito del Ministerio de Género, Cultura, Deportes y Servicios Sociales.

Consumo de alcohol y otras sustancias fiscalizadas

116.No se permite el ingreso de menores no acompañados a establecimientos que vendan alcohol. Lamentablemente, muchos niños están expuestos al consumo de alcohol en sus propios hogares, cuando sus padres elaboran bebidas alcohólicas. Una maestra denunció que un niño llevaba “marua”, una bebida típica, a la escuela. Señaló lo siguiente:

“El niño no habría tenido acceso a la bebida si no se elaborara en su casa”

Hellen K. Nkanda, maestra del Distrito de Tharaka

117.Hay niños involucrados en la venta y el consumo de alcohol y estupefacientes. Deben aplicarse con más rigor las leyes que prohíben la venta de alcohol a los niños. Un padre lamenta que los dependientes no miren siquiera a las personas a quienes venden alcohol.

118.A veces, los traficantes de drogas utilizan a niños porque saben que despiertan menos sospechas y, si se los detiene, probablemente se los trate con mayor indulgencia.

119. Limitaciones

1.Aunque la Ley de menores define al niño como toda persona menor de 18 años, hay disposiciones divergentes en otras leyes y normas, lo que dificulta la planificación y ejecución de actividades. En algunos casos, esas divergencias impiden que los programas destinados a los niños los beneficien. En la práctica, las diferentes comunidades tienen su propia definición de niño.

2.Aunque se ha fijado en 16 años la edad mínima para que las niñas puedan consentir en tener relaciones sexuales, las diferentes leyes sobre el matrimonio que permiten el matrimonio de niñas menores de 16 años dificultan el cumplimiento de esa disposición.

3.Aunque Kenya ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño y los Convenios pertinentes de la OIT, algunos procesos actualmente en uso promueven las variaciones en la edad mínima para el empleo. Por ejemplo, el proyecto de ley de empleo propone que se permita trabajar a menores de 13 a 18 años de edad, lo cual contraviene las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se ha terminado de redactar una política nacional sobre el trabajo infantil en que se manifiesta expresamente que ninguna persona menor de 18 años debe trabajar.

4.En lo referente a la aplicación, es difícil verificar con exactitud la edad de las personas, por los que se las suele enviar a instituciones inadecuadas.

5.De resultas de la pandemia de VIH/SIDA hay muchos hogares encabezados por niños. La mayoría de esos niños no tienen acceso fácil a los beneficios de la herencia de sus padres para mantener a sus hermanos. Aunque haya dinero en poder de un administrador nombrado por el Estado, muchos niños no están en condiciones de iniciar el procedimiento para acceder a él, lo cual limita su capacidad jurídica para heredar e intervenir en transacciones con bienes.

CAPÍTULO III: PRINCIPIOS GENERALES DE APLICACIÓN

Artículo 2: No discriminación

Marco jurídico y normativo

120.Además de las disposiciones de la actual Constitución, el proyecto de Constitución de Kenya contiene varias disposiciones contra la discriminación.

El artículo 40 3) dispone que todos los niños, hayan nacido dentro o fuera del matrimonio, son iguales ante la ley, y la Constitución les reconoce iguales derechos.

El artículo 40 7) establece el derecho de todo niño con necesidades especiales, en particular las niñas, los huérfanos, los niños con discapacidad, los niños refugiados y los niños sin techo, a recibir protección especial del Estado y la sociedad.

El artículo 42 2 b), d) y e) trata de las personas con discapacidad, incluidos los niños. “El Estado aprobará legislación y políticas con miras a: b) educar a las comunidades y la sociedad sobre las causas de la discapacidad y la necesidad de respetar la dignidad y los derechos de todos; d) garantizar el acceso a todos los lugares, el transporte público y la información y las comunicaciones adaptadas a las personas con discapacidad, con miras a superar las barreras físicas y de otro tipo que obstaculizan dicho acceso; e) alentar el desarrollo y el empleo del lenguaje de signos, el sistema Braille y otros medios de comunicación adecuados”.

121.La Ley de menores dispone lo siguiente:

El artículo 5 dispone que ningún niño será discriminado por motivos de origen, sexo, religión, credo, costumbres, idioma, opinión, conciencia, color de la piel, nacimiento, condición social, política, económica o de otro tipo, raza, discapacidad, tribu, residencia o vinculaciones sociales.

El artículo 12 dispone que un niño con discapacidad tendrá derecho a que se lo trate con dignidad y se le dispense tratamiento médico, atención especial, educación y formación, de ser posible gratuitamente o a costo reducido.

122.La Ley sobre las Personas con Discapacidad tipifica como delito la discriminación de los niños con discapacidad de cualquier tipo.

Contexto y aplicación

123.Se han creado el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia a nivel nacional y los consejos regionales de asesoramiento a nivel de distrito y de circunscripción para abordar las cuestiones relativas a los niños.

124.El Gobierno, en colaboración con sus asociados, aplica una iniciativa tendiente a proponer ritos de iniciación alternativos, a fin de sustituir, y por ende eliminar, la mutilación genital de las niñas. La policía detiene y pasa a la justicia a quienes pretenden obligar a las niñas a someterse a la mutilación genital.

125.Hasta la fecha, el Servicio Nacional para la Juventud ha rehabilitado a 800 niños de la calle y ha devuelto a 2000 a sus comunidades, por conducto del Fondo Fiduciario para la rehabilitación de las familias que viven en la calle. También han participado organizaciones religiosas y el Concejo de la Ciudad de Nairobi. Al mismo tiempo, los grupos de mujeres registrados aumentaron de 107.080 con un total de 4.287.701 miembros en 1999, a 127.951, con un total de 4.928.690 miembros en 2003 (Estudio Económico de 2004). El objetivo de la mayoría de esos grupos es lograr que los programas comunitarios los ayuden a mejorar el nivel de vida de sus familias, especialmente los niños.

126.En todos los distritos de Kenya se han establecido centros de recursos de evaluación educacional a fin de atender a las necesidades en materia de enseñanza de los niños con discapacidad. De ese modo, los servicios de evaluación se han puesto al alcance de los niños con discapacidad de la comunidad. Según el informe de las deliberaciones de la Conferencia Nacional sobre la Discapacidad, celebrada en 2004, hay más de diez centros de este tipo dotados de personal capacitado y bien equipado. En 2003, el Gobierno creó un grupo de trabajo sobre enseñanza especial para que estudiara la situación de los niños con discapacidad. El grupo de trabajo elaboró un informe cuyas recomendaciones se transmitieron al ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Se está tratando de establecer una enseñanza integradora, en que los niños con discapacidad puedan asistir a cualquier escuela de su elección.

127.Las organizaciones de la sociedad civil han establecido programas para patrocinar a los jóvenes con discapacidad en la enseñanza secundaria. Estos programas complementan el fondo de becas establecido por el Gobierno en los 210 distritos.

128.Desde hace tres años, el Gobierno y el UNICEF han venido trabajando en una política de género y educación. Han comenzado a observarse los resultados alcanzados por dos grupos de trabajo establecidos por el Gobierno. El primero presta asesoramiento al Gobierno en materia de políticas de género y enseñanza, y el segundo es un órgano ministerial encargado de incorporar la perspectiva de género. Por ejemplo, en lo referente a las reformas del sector de la enseñanza, se ha incorporado la perspectiva de género en la labor del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, el Plan sectorial estratégico, la Ley de educación, el Plan de enseñanza primaria gratuita y el Plan rector de educación y formación (1997-2010).

129.El Ministerio de Educación ha elaborado una política de rematriculación de las madres adolescentes en la escuela.

130.En diversos documentos oficiales, como el documento de la Estrategia de lucha contra la pobreza de marzo de 2002 y el segundo estudio de vigilancia del bienestar, también se incluyen medidas encaminadas a abordar la desigualdad entre los géneros en materia de educación. En el documento de la Estrategia se reconoce expresamente que las mujeres y las niñas están en situación de relativa desventaja en cuanto al acceso a la enseñanza. A este respecto, también cabe destacar el Plan rector de educación y formación, y la política sobre género y educación.

131.En marzo de 2004, el Gobierno estableció el Centro de rehabilitación de niñas de Dagoretti, para complementar la atención que presta el Centro de rehabilitación de niñas de Kirigiti a las niñas necesitadas de protección especial.

132. Limitaciones

1.Diversas prácticas culturales anacrónicas, como la mutilación genital femenina, que ha sido prohibida, persisten en algunas comunidades. En algunas escuelas primarias, algunos niños mayores son víctimas de las burlas de sus maestros, precisamente por su edad, lo que les hace sentirse rechazados, despreciados y desalentados. El funcionamiento de algunos consejos regionales de asesoramiento es deficiente, y en algunas regiones del país ni siquiera se han establecido. En algunos distritos no hay funcionarios que se ocupen de cuestiones de la infancia.

2.Hay demasiado pocas instituciones de atención de niños con discapacidad de todas las edades, desde centros de estimulación de la primera infancia hasta escuelas primarias y secundarias e instituciones de enseñanza terciaria. Dada la situación, los niños con discapacidad enfrentan grandes dificultades y considerable competencia para ingresar en las escuelas.

“En nuestra escuela las cosas son muy traumatizantes, especialmente cuando tenemos exámenes. Los alumnos ciegos rinden examen mucho después que los demás estudiantes.”

Un niño de la Provincia Oriental.

3.Aunque el Gobierno ha asignado los recursos adicionales para la atención de los niños con discapacidad los montos siguen siendo insuficientes.

“No fue nuestro deseo nacer ciegos para tener que pagar una matrícula extraordinaria. También nosotros necesitamos enseñanza gratuita”.

Mutinda, del Distrito de Kitui, en la Provincia Oriental.

4.La política de enseñanza primaria gratuita no abarca a los alumnos preescolares, con las consiguientes consecuencias negativas en la calidad de la enseñanza primaria, ya que los niños se matriculan directamente en el primer grado de la escuela primaria.

5.Hay muchos niños en situación de abandono, descuido, explotación sexual y económica, obligados a trabajar y desheredados por sus familiares. Los niños en cuyas familias hay personas infectadas por el VIH/SIDA sufren discriminación y estigmatización; algunas personas los creen infectados, los demás niños no juegan con ellos y se los aísla en la escuela. Los niños nacidos fuera del matrimonio sufren discriminación en lo que respecta a la inscripción del nacimiento, la herencia, la admisión en la escuela, etc.

Artículo 3: Interés superior del niño

Marco jurídico y normativo

133.Aunque la actual Constitución no menciona los derechos del niño, el proyecto de Constitución de Kenya contiene las siguientes disposiciones: El artículo 40 4) establece que la defensa del interés superior del niño tendrá prioridad en todos los asuntos relativos a la infancia.

134.El artículo 4 2) de la Ley de menores establece que en todas las actividades relativas a los niños, llevadas a cabo por instituciones privadas de asistencia social, tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos, se considerará antes que nada el interés superior del niño. Insiste además en que el interés superior del niño sea la consideración más importante en todas las decisiones que adopte un Tribunal de Menores.

Contexto y aplicación

135.Se han adoptado diversas iniciativas en diferentes sectores con miras a velar por el interés superior del niño. En la Escuela de Policía de Kiganjo se ha introducido un curso para capacitar a los policías en lo tocante a los derechos y la protección del niño. El programa se puso en marcha en 2001, con el apoyo de organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno. Los egresados de este curso serán más sensibles a las cuestiones relacionadas con los niños y protegerán sus intereses.

136.En todas las comisarías hay oficiales encargados de los casos que afecten a mujeres y niños. El departamento de policía ha colaborado con asociados de la sociedad civil para establecer unidades de protección de la infancia en cinco comisarías del país, y se prevé seguir estableciéndolas.

137.En el marco del programa de gobernanza, justicia y orden público, el Departamento de la Infancia prevé establecer otros siete tribunales de menores en el país y cinco locales especiales de reclusión de niños en las comisarías. Se están mejorando los centros de internación y rehabilitación de niños y fortaleciendo los programas de rehabilitación mediante el fomento de la capacidad. Actualmente hay un total de 11 centros de internación, con una población media anual de 600 niños, y 12 centros de rehabilitación con una población media anual de 1510 niños.

138.El Presidente de la Corte Suprema ha nombrado a 119 jueces de menores en todo el país, quienes, además de entender en las causas relativas a niños, elaborarán las normas y los reglamentos de los tribunales de menores. En Nairobi se estableció un tribunal especializado en asuntos de menores, y está a punto de comenzar sus actividades un segundo tribunal en Mombasa, para cuyo establecimiento se ha contado con el apoyo de otras entidades.

139.El Gobierno, en colaboración con sus asociados, ha elaborado las directrices que regirán el establecimiento y la gestión de las instituciones de asistencia de niños de Kenya. Esas formas de colaboración permitieron que, en 2001, un Foro de trabajadores sociales de programas para niños de la calle elaborara y diera a conocer las “Prácticas óptimas para el trabajo con niños de la calle de Kenya”.

140.Por conducto del Departamento de Servicios para la Infancia, el Gobierno facilita la interpretación y ejecución del plan de trabajo conjunto del Gobierno de Kenya y las organizaciones de la sociedad civil (Fundación de Medicina e Investigaciones de África, AMREF II) previsto en la Ley de menores. Además, se ha constituido el Consejo Nacional de Servicios para la Infancia, encargado de recaudar fondos para actividades relativas a la infancia en todo el país.

141.En los tribunales se dispone de intérpretes del lenguaje de señas y posibilidades de producir material en sistema Braille para los niños con necesidades especiales. La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas también se ha publicado en sistema Braille.

142.El Departamento de Servicios para la Infancia y sus asociados han establecido un sistema de reunión de información centralizado que mejorará la prestación de servicios, mediante el intercambio de información y la adecuada planificación de las cuestiones relativas a la infancia. Hasta la fecha se han inscrito para utilizar la base de datos 249 organizaciones dedicadas a la infancia, y el proceso de difusión ya está en marcha.

143.El Ministerio de Género, Deportes, Cultura y Servicios Sociales proyecta hacer un censo de niños con discapacidad. Sin embargo, a los efectos de la planificación, el Informe Koech (1999) ya incluía indicadores que permitirán tratar cuestiones relativas a los niños con discapacidad.

144. Limitaciones

1.Las partidas presupuestarias para el Departamento de Servicios para la Infancia son insuficientes en comparación con las de otros departamentos del Gobierno y en relación con el alcance y el número de actividades que el Departamento tiene a su cargo. La escasez de personal suficientemente capacitado en los diversos programas de atención de la infancia perjudica la realización de los derechos del niño. De resultas de ello, no se ha logrado afianzar suficientemente el principio del “interés superior del niño” en todas las actividades relacionadas con la infancia.

2.La labor de los padres, tutores, agentes encargados de hacer cumplir la ley y miembros de la comunidad en pro del interés superior del niño se ve contrarrestada por las actividades que atentan contra los derechos de los niños, sobre todo en los casos de abuso sexual. Muchos de los antes nombrados aceptarán soborno para ocultar el abuso sexual, lo que hace difícil la tarea de llevar ante la justicia a los autores.

3.Los niños con discapacidad internados en centros especiales y de rehabilitación no reciben la debida atención porque las instituciones fueron creadas originalmente para recibir a delincuentes juveniles.

4.Aunque el Gobierno ha establecido centros de evaluación educacional en 72 distritos de todo el país, todavía hay muy pocas instituciones que atiendan a niños con discapacidad a todos los niveles.

5.Los padres de muchos niños con discapacidad siguen manteniéndolos recluidos en sus casas durante largas horas. Los padres de niños internados en centros de rehabilitación o instituciones de asistencia tienden a desatender sus propias responsabilidades. La pobreza ha provocado un aumento del número de casos de niños abandonados.

Artículo 6: Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

Marco jurídico y normativo

145.Además del derecho a la vida, garantizado por la Constitución de Kenya, el proyecto de Constitución afirma el derecho de los niños a la alimentación, la vivienda, la atención básica de la salud y los servicios sociales. Reconoce el derecho de las personas con discapacidad de disfrutar de todos los derechos y libertades establecidos en la Carta de Derechos, y de participar plenamente en la sociedad.

146.La Ley de menores también reconoce el derecho inherente a la vida, la supervivencia y el desarrollo de las maneras siguientes:

En el art. 4 1) se establece que todos los niños tendrán el derecho inherente a la vida, y que el Gobierno y la familia serán responsables de garantizar la supervivencia y el desarrollo de los niños.

En el art. 8 1) y 2) se establece que todos los niños tendrán derecho a la enseñanza religiosa con la debida orientación de los padres, y que el Ministro elaborará los reglamentos necesarios para hacer efectivo el derecho de los niños de las comunidades minoritarias a preservar su cultura, hablar su propio idioma y practicar su religión.

En el artículo 17 se establece que todo niño tendrá derecho al esparcimiento, el juego y la participación en actividades culturales y artísticas.

En el artículo 18 2) se establece que, no obstante las disposiciones de cualquier otra ley, ningún niño sufrirá la pena capital ni la reclusión de por vida.

En el artículo 190 2) se prohíbe la aplicación de la sentencia de muerte a un niño.

147.Por otro lado, el Código Penal prevé los delitos de infanticidio, aborto y “homicidio del niño por nacer”, a fin de proteger la vida de los niños pequeños. El Código Penal establece además que no se dictará sentencia de muerte contra una mujer embarazada, también con miras a proteger la vida del niño por nacer.

148.Se ha promulgado la Ley de personas con discapacidad, que prevé la defensa de los derechos y la rehabilitación de las personas con discapacidad. Esto abarca el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo de los niños con discapacidad. El Gobierno de Kenya y sus asociados han elaborado un plan de acción quinquenal para la protección de otros niños vulnerables.

149.Se ha elaborado un proyecto de ley de prevención del VIH/SIDA y lucha contra la enfermedad, para prevenir la propagación del VIH/SIDA y mejorar la calidad de vida de los niños afectados e infectados por el VIH/SIDA.

Contexto y aplicación

150.Las comunidades en general tienen conciencia de los derechos del niño. Los encargados de prestar servicios jurídicos y los responsables de hacer cumplir la ley adoptan medidas positivas en los casos denunciados a las autoridades.

151.La Policía de Tránsito ha puesto en marcha un programa para enseñar a los escolares a cruzar la calle en forma prudente y a comprender las señales camineras, con el objetivo de prevenir la muerte de niños en accidentes de tránsito.

152.El Gobierno tiene campañas encaminadas a preservar la vida de los niños, como el programa ampliado de inmunización, para que no mueran niños de enfermedades prevenibles. Aproximadamente el 90% de los niños de 12 a 23 meses de edad tienen acceso a la infraestructura existente de atención de la salud. La incidencia y prevalencia de las enfermedades que pueden prevenirse mediante la vacunación se ha reducido constantemente en los últimos cinco años, al haberse logrado una cobertura de más del 75% de vacunación contra todos los antígenos. El Gobierno aplica un programa de prevención de la transmisión del VIH/SIDA de la madre al hijo. El Gobierno y sus asociados siguen movilizando recursos por intermedio de organismos como el Global Fund Initiative, para apoyar los programas que abordan la prevención, la atención y el apoyo de los niños afectados por el VIH/SIDA y otras enfermedades como el paludismo.

153.La política de tratamiento gratuito de los menores de cinco años en los hospitales, ha sido muy útil para prolongar y mejorar la calidad de vida de los niños de corta edad.

154.Existe un programa integral de salud maternoinfantil en virtud del que se brinda atención neonatal y postnatal gratuita a las madres en todos los centros públicos de salud. Se han instalado clínicas itinerantes en las zonas áridas y semiáridas. El Gobierno y sus asociados han llevado a cabo campañas para prevenir el paludismo y la poliomielitis y entregar mosquiteros a las embarazadas y los niños menores de cinco años, con miras a reducir las tasas de mortalidad infantil.

155.Se ha propuesto un Fondo Nacional de Seguro Social de Salud que permitirá ofrecer tratamiento sin cargo a todas las categorías de niños. Los niños de la calle obtienen servicios de salud de organizaciones de asistencia tales como la Cruz Roja y la Media Luna Roja. Una clínica ambulante de Goal Kenya presta atención sanitaria a los niños de la calle y procura atraerlos hacia los diversos centros de Nairobi. El Hospital Kenyatta y otros centros de salud estatales ofrecen tratamiento gratuito o subvencionado a los niños de la calle.

156.La Oficina del Presidente tiene una política de seguridad alimentaria y una Dependencia de Gestión de Desastres.

157.Desde que comenzó a ejecutarse el programa de enseñanza primaria gratuita, la tasa de matriculación ha aumentado y los programas escolares incluyen juegos, hobbies, teatro, etc. El programa escolar de alimentación en las zonas áridas y semiáridas sigue desempeñando un importante papel en la retención de los alumnos en 30 distritos. Este programa funciona en 29 distritos de tierras áridas y semiáridas y en Nairobi. Según datos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a julio de 2004 había 1.027.339 beneficiarios.

158.El Gobierno ha establecido un grupo de trabajo encargado de elaborar una política de vivienda en colaboración con otros asociados.

159. Limitaciones

1.Las leyes actuales no se hacen cumplir con el debido rigor, y hay denuncias de casos de niños golpeados. Los niños que trabajan suelen ser explotados, económica y sexualmente. Hay pocas instituciones juveniles y de rehabilitación que se ocupen de los niños en dificultades con la ley.

2.En algunas zonas, la inseguridad ha tenido efectos negativos en la matrícula y la retención de niños en las escuelas. La falta de instalaciones sanitarias adecuadas en algunas escuelas ha puesto en peligro la salud de los niños, especialmente las niñas, que deben quedarse en casa durante la menstruación.

3.Las madres adolescentes están expuestas a complicaciones en el parto, que pueden poner en peligro su vida y la del hijo.

4.Entre 1998 y 2003, la tasa de mortalidad infantil aumentó de 74 a 77 por cada 1000 nacidos vivos y, en el mismo período, la tasa de mortalidad de menores de cinco años aumentó de 112‰ a 116‰, a causa del VIH/SIDA (Monografía del censo y proyección de mortalidad en 2003).

5.A pesar de que el aborto es ilegal en Kenya, en diversos centros de salud se hacen abortos clandestinos.

6.No hay información sobre infanticidio, embarazo de adolescentes o suicidio de menores. Se emprende una investigación sólo si la muerte se produjo en circunstancias sospechosas. No se dispone de información sobre el índice de embarazo de adolescentes.

Artículo 12: Respeto por la opinión del niño

Marco jurídico y normativo

160.Aunque la Constitución actual no establece expresamente que se deben respetar las opiniones del niño, el proyecto de Constitución de 2004 dispone lo siguiente:

Con arreglo al artículo 40 4), deberá darse prioridad al interés superior del niño en todos los asuntos que le conciernan.

En el artículo 40 6) k) se reconoce el derecho del niño a conocer las decisiones que lo afecten, a expresar su opinión y a que dicha opinión se tenga en cuenta, tomando en consideración la edad y madurez del niño y la índole de la decisión.

161.La Ley de menores dispone lo siguiente:

En el artículo 4 4) se dispone que en toda cuestión de procedimiento que afecte a un niño se concederá a éste la oportunidad de expresar su opinión, y esa opinión será tenida en cuenta, según proceda, tomando en consideración la edad y el grado de madurez del niño.

En el artículo 6 1) del cuarto anexo de la Ley, relativo a las normas de colocación en hogares de guarda, se establece que, siempre que sea posible, se colocará al niño en un hogar de guarda del mismo origen cultural y geográfico de los padres del niño.

En el artículo 8 1) se establece que todo niño tendrá derecho a recibir educación religiosa, con la debida orientación de sus padres.

En el artículo 83 1) d) se establece que antes de adoptar una decisión sobre una solicitud de tutela de un menor, el tribunal deberá tener en cuenta los deseos del niño afectado.

En el artículo 158 4) se establece que, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 159, toda solicitud de adopción deberá ir acompañada de lo siguiente: consentimiento por escrito respecto del decreto de adopción de un menor; f) en el caso de un menor que haya cumplido los 14 años, del consentimiento de éste.

En el artículo 186 se establece que todo niño acusado de haber violado la ley será informado de inmediato y directamente de los cargos que pesan contra él, y no se le obligará a prestar testimonio ni a confesarse culpable.

Contexto y aplicación

162.Las organizaciones de la sociedad civil han seguido estableciendo clubes sobre los derechos del niño. Los clubes dan a los niños la oportunidad de expresarse en sus diferentes escuelas, sociedades y comunidades. Para apoyar este tipo de expresión también hay clubes de derecho, vida silvestre, medio ambiente, debate e interacción. Varias organizaciones de la sociedad civil también organizan programas de joven a joven y de niño a niño. En algunas escuelas se permite a los niños elegir a sus líderes escolares.

163.Algunos asociados han formado un “Parlamento de los Niños”, con la esperanza de que pase a ser un órgano representativo de los niños.

164.El Gobierno, en colaboración con entidades asociadas, ha introducido el programa de participación de la infancia y la juventud, denominado “Programa Sungura”, para enseñar a los niños a participar en programas de desarrollo, como los clubes sobre los derechos del niño, de deportes y juego, y los de iniciación en actividades de generación de ingresos. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha elaborado un manual para maestros sobre los derechos del niño, destinado a los centros de formación de maestros de enseñanza primaria. Los profesionales que trabajan en el sector de la infancia reciben orientación antes del empleo.

165.Uno de los asociados organiza dos reuniones anuales para niños, “Voces de niños”, en que se reúnen niños de todo el país para intercambiar información sobre cuestiones cruciales que afectan a su vida, y “Al otro lado de la calle”, foro en que se exponen el talento y las habilidades de niños indigentes. Los medios de difusión dirigen varios programas para niños, entre los que cabe mencionar el “Club Kiboko”.

166.Las organizaciones de la sociedad civil y el Departamento de Servicios para la Infancia han impartido formación a magistrados, maestros, jueces, asistentes sociales, funcionarios encargados de la infancia, policías y agentes de libertad vigilada sobre el derecho del niño a la participación.

167.La participación de niños en el proceso de presentación de los informes sobre la Convención sobre los Derechos del Niño dio a éstos la posibilidad de expresarse. El Gobierno y sus asociados elaboraron directrices normalizadas de participación que dan a los niños la oportunidad de expresarse y protegerse.

“ … la termita sólo se ve cuando le crecen las alas. Ahora los menores conocemos nuestros derechos y, por lo tanto, debemos dejar que nos crezcan alas para volar y que la gente nos conozca ...”

Lewis, 17 años, Kenya occidental.

168.En algunas regiones los niños dijeron que tenían una buena relación con sus padres y parientes, en la medida en que pudieran convencerlos de que tuvieran en cuenta sus opiniones.

169. Limitaciones

1.Las actitudes tradicionales hacia los niños han impedido su plena participación en cuestiones que los afectan. La mayor parte de la sociedad teme que si se da a los niños la posibilidad de expresar libremente sus opiniones escaparán a toda vigilancia y no se les podrá controlar.

CAPÍTULO IV: DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES

Artículos 7 y 8: Nombre, nacionalidad y preservación de la identidad

Marco jurídico y normativo

170.En el artículo 11 de la Ley de menores se reconoce a todo niño el derecho a un nombre y una nacionalidad, y a que el Gobierno le preste la debida asistencia y protección con miras a establecer su identidad.

171.En el artículo 35 a) del proyecto de Constitución se dispone, además, que todo niño tiene derecho a un nombre y una nacionalidad desde su nacimiento, y a que su nacimiento se inscriba.

172.La Ley de registro de nacimientos y defunciones (cap. 149 de la Recopilación Jurídica de Kenya, L.N 184/1971) establece la obligatoriedad de la inscripción del nacimiento y la defunción de todos los habitantes de la República. La inscripción del nacimiento es gratuita si se efectúa dentro de un plazo de seis meses.

173.Con arreglo al artículo 8 de la Ley, hay un plazo de seis meses para inscribir nacimientos y defunciones. Transcurrido ese plazo, será necesario presentar una autorización escrita del Director del Registro Civil General y pagar derechos de inscripción.

174.El artículo 12 dispone que nadie podrá ser inscrito como padre de un niño a menos que lo soliciten conjuntamente el padre y la madre, o que presenten constancia de estaban casados con arreglo a la ley o a alguna costumbre reconocida en África.

175.Toda persona que encuentre a un recién nacido o a cuyo cargo se haya puesto a un recién nacido deberá, dentro de los siete días siguientes al hallazgo, presentar al registro civil de la zona en que se encontró al niño la información de que disponga, necesaria para la inscripción del nacimiento.

Contexto y aplicación

176.El Departamento de Registro Civil ha elaborado y aplicado estrategias de movilización social y de formación encaminadas a crear conciencia de la importancia de inscribir los nacimientos. Los destinatarios son los dirigentes de la comunidad y otras personas influyentes, así como los funcionarios de registro civil. Los dirigentes de la comunidad sensibilizan al público, influyen positivamente en la actitud respecto de la inscripción de los nacimientos y ayudan a que se notifiquen los nacimientos. Los funcionarios de registro civil sensibilizan al público en las barazas (reuniones públicas), las funciones comunitarias y las clínicas de atención de las embarazadas. En las campañas de concienciación también se usan los medios de difusión impresos y electrónicos.

177.Las actividades de inscripción de nacimientos se supervisan desde la oficina central, los distritos, las divisiones y las localidades por conducto de los servicios de inscripción de distrito localizados en la sede, los comités de distrito de vigilancia del registro civil, los comités de división del registro civil y los comités de acción de las localidades.

178.Estos comités están integrados por las autoridades provinciales, los Ministerios de Salud y Educación, la Oficina Central de Estadística, el Departamento de Servicios para la Infancia, las ONG que funcionan a nivel de divisiones y localidades, los grupos de mujeres y de jóvenes, los ancianos de las aldeas y las parteras tradicionales.

179.El hecho de que los subjefes inscriban los nacimientos que se producen en los domicilios ha hecho que aumentara considerablemente el número de inscripciones. Aunque se está lejos de alcanzar el nivel previsto, la estrategia ha aumentado la cifra de inscripción de nacimientos. La formación y la movilización de los miembros y líderes de la comunidad ha mejorado considerablemente el nivel de conciencia de la importancia de registrar los nacimientos.

180.Se han elaborado folletos de información, destinados a los siguientes usuarios:

Jefes y funcionarios de los distritos

Personal de salud

Organizaciones y dirigentes de la comunidad

Docentes de las escuelas elementales y superiores y de las escuelas de adultos

Jefes y subjefes

El público en general

181.Los folletos se distribuyen gratuitamente en los cursos de movilización social y se entregan a los funcionarios de los registros de cada distrito para que los distribuyan a los diversos grupos.

182.Con ayuda financiera del UNICEF, el Gobierno llevó a cabo, un estudio de evaluación de las repercusiones de las iniciativas de mejoramiento de la inscripción en Nyanza y las provincias occidentales.

183.El Gobierno está revisando la Ley de inscripción de nacimientos y defunciones a fin de armonizarla con las prácticas óptimas actuales. A este respecto está resultando útil el de reformas amplias del sector judicial.

184.El Gobierno también está aplicando en todo el país un plan de computadorización del proceso de inscripción (2004-2008).

185.El Gobierno ha iniciado un proceso intensivo de capacitación de la administración provincial a todos los niveles en que para la prestación de servicios se tienen muy presentes los derechos humanos. Considerando que se trata de la misma red que se utiliza para inscribir los nacimientos que se producen en el domicilio, se prevé lograr una mayor cobertura de nacimientos.

Limitaciones

1.No existe un mecanismo adecuado para lograr que la inscripción de los nacimientos se haga en el plazo estipulado de seis meses. Las creencias culturales en algunas comunidades constituyen un escollo contra el que choca la inscripción de los nacimientos. En algunas comunidades, las madres no abandonan el hogar durante un período de hasta nueve meses después de dar a luz. Esta dificultad se abordará una vez que se revise la Ley.

Articulo 13: Libertad de expresión

Marco jurídico y normativo

186.El artículo 79 de la Constitución vigente protege la libertad de recibir información e ideas sin impedimentos.

187.El artículo 44 del proyecto de Constitución de Kenya establece que los kenianos gozan de libertad de conciencia, religión, pensamiento, creencia y opinión. También establece que tienen derecho a manifestar, en forma individual o colectiva, públicamente o en privado, cualquier religión o creencia mediante el culto, la observancia, las prácticas o la enseñanza.

188.El artículo 8 de la Ley de menores establece que todo niño tiene derecho a recibir una educación religiosa sujeta a la apropiada dirección y orientación de los padres y dispone también que el Ministro prepare las normas necesarias para que los niños de las comunidades minoritarias puedan seguir los dictados de su cultura, usar su lenguaje y practicar la religión que les es propia.

189.La Ley establece, además, que en cualquier cuestión de procedimiento que afecte al menor, éste debe tener la oportunidad de expresar su opinión y de que esa opinión se tenga en cuenta de la manera adecuada, teniendo en cuenta la edad y el grado de madurez del menor.

Contexto y aplicación

190.Hasta cierto punto, los niños participan en las decisiones familiares en relación con los bienes de la familia, incluida la venta de tierras, y con las perspectivas de carrera, especialmente en las instituciones que cuentan con departamentos de orientación vocacional; algunas escuelas tienen buzones para sugerencias en los que los niños pueden expresar sus ideas y opiniones; en algunas escuelas los alumnos eligen a los preceptores; algunas escuelas permiten que los alumnos participen en la formulación de normas; los menores se pueden asociar al club de su preferencia entre los existentes y pueden participan en festivales de teatro y de música.

191.Se ha procurado facilitar la participación de los niños en celebraciones nacionales o internacionales, como el Día del Niño Africano, el Día Universal del Niño, el Día Mundial del SIDA, la participación en la Convención sobre los Derechos del Niño, en Children's Voices (Voces de los Niños) y en otros acontecimientos. También se ha permitido que una cantidad considerable de niños participe en reuniones internacionales, congresos y foros similares relacionados con problemas que los afectan.

192. Limitaciones

1.La participación del niño constituye un concepto nuevo que todavía no ha arraigado en la sociedad. El Gobierno y los participantes del proceso están trabajando para sensibilizar a la sociedad y a las personas que están en contacto con niños con respecto a la participación de los menores.

Artículo 14: Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

Marco jurídico y normativo

193.Tanto la Constitución vigente como el proyecto de Constitución establecen que todas las personas tienen el derecho a la libertad de conciencia, religión, pensamiento, creencia y opinión. El artículo 44 del proyecto de Constitución y el artículo 8 de la Ley de menores establecen que los niños gozan de la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

194.El artículo 158 f) de la Ley de menores establece que en el caso de adopción de menores de más de 14 años se debe contar con el consentimiento del menor.

195.El artículo 83 l) de la Ley de menores establece que para determinar si es necesario dictar una orden de custodia a favor del solicitante, el tribunal debe tener en cuenta los deseos expresos del menor, las costumbres de la comunidad a la cual pertenece el menor y la confesión religiosa de éste.

196.En el caso de que se deba recurrir a la colocación en un hogar de guarda, la Ley de menores establece que cuando se conozca la religión del niño, se lo debe colocar con figuras parentales sustitutivas que sean de la misma confesión religiosa que el menor en guarda o que se comprometan a criar al menor respetándole la confesión religiosa.

197.La norma 6 l) del anexo IV de la Ley de menores establece que siempre que sea posible se deberá colocar al niño con padres sustitutos que pertenezcan a la misma cultura y que sean originarios de la misma región de Kenya que los padres del niño.

198.La Ley también establece que los padres tienen el derecho de brindar dirección y orientación al niño en materia de valores religiosos, morales, culturales y de otra naturaleza.

Contexto y aplicación

199.Los tribunales reconocen ampliamente los derechos del menor en materia de confesión religiosa dentro del marco de la adopción y la tutela. Cuando el menor tenga más de 14 años, será obligatorio contar con su consentimiento antes de tomar una decisión con respecto a adopción, tutela o cualquier otra decisión que le afecte.

200.Se han intensificado las campañas para generar conciencia de las prácticas culturales nocivas, como la mutilación genital femenina, que violan los derechos de la infancia a la libertad de pensamiento y de conciencia.

201. Limitaciones

1.Algunos grupos religiosos tienen creencias y prácticas que atentan contra los derechos de los niños. Hay sectas religiosas, por ejemplo, que prohíben a sus adeptos que busquen atención médica en los hospitales cuando se enferman. Algunas comunidades todavía mantienen prácticas nocivas como la mutilación genital femenina, los matrimonios precoces, la inhalación de tabaco y la violencia.

2.En algunas instituciones dedicadas a los niños, no está muy clara la diferencia entre la educación religiosa y el adoctrinamiento, razón por la cual muchos menores resultan siendo víctimas de lo segundo cuando lo que la ley protege es lo primero.

3.En algunos casos, las niñas se ven obligadas a adoptar un atuendo determinado de conformidad con las normas de la religión patrocinadora.

Artículo 15: Libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas

Marco jurídico y normativo

202.La Constitución de Kenya garantiza a quienes se encuentren en suelo keniano el derecho de asociarse y de celebrar reuniones en forma pacífica.

203.El artículo 48 del proyecto de Constitución establece la libertad de asociación, dentro de la que se incluye la formación, el funcionamiento y la existencia continua de las organizaciones. También contempla la libertad de las personas para asociarse a la institución de su preferencia.

204.El artículo 49 del proyecto de Constitución también estipula que toda persona tiene derecho a reunirse, manifestar, integrar piquetes y peticiones ante las autoridades públicas, si lo hace de manera pacífica y sin armas, sin necesidad de autorización previa.

205.El artículo 8 de la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño establece que todo niño tendrá el derecho de asociarse libremente y de reunirse pacíficamente conforme a la ley.

Contexto y aplicación

206.Los organismos gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil han colaborado para la creación de estructuras y foros destinados a que los niños se reúnan, se asocien y expresen sus opiniones en los ámbitos local, nacional e internacional. En el Artículo 13 se mencionan ejemplos de esas iniciativas.

207.En las instituciones educacionales y religiosas, los niños generalmente reciben estímulo para participar en actividades extracurriculares, como las deportivas y las de una amplia gama de clubes y grupos. También se deja tiempo libre para que los diversos clubes y grupos se reúnan y desarrollen sus actividades y, en gran medida, contribuyan a las decisiones que los van a afectar en la sociedad.

208.Más de diez organizaciones no gubernamentales dedicadas a los menores han elaborado manuales que usan los cuidadores y otros trabajadores del sector de minoridad para aplicar técnicas que permitan estimular la participación de los menores en el lugar de trabajo y en la comunidad.

209. Limitaciones

1.Sigue siendo difícil lograr la participación de los menores, especialmente de los sectores rurales y de menores recursos. Todavía persisten creencias religiosas y prácticas culturales que frustran la puesta en práctica del ejercicio del derecho a la libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas debido a la prohibición de las interacciones, especialmente entre niñas y varones.

Artículo 16: Protección de la privacidad

Marco jurídico y normativo

210.El artículo 43 del proyecto de Constitución establece que toda persona tiene derecho a la privacidad, que incluye el derecho de que su persona, su casa y sus propiedades no sean sometidas a requisa, sus bienes no le sean incautados, los detalles sobre su vida familiar o privada no sean revelados innecesariamente y la privacidad de sus comunicaciones no sea violada. El artículo 19 de la Ley de menores establece que todo niño tiene derecho a la privacidad, dentro del marco de la guía y orientación de sus padres.

211.El artículo 74 de la Ley de menores establece que los tribunales de menores se reunirán en un edificio o sala diferente de las que se usan para las demás audiencias, o bien en un horario diferente al de éstas, y que las únicas personas presentes en las audiencias de los tribunales de menores serán los integrantes del tribunal, los oficiales de justicia, las partes intervinientes en el juicio, los abogados, testigos y demás personas directamente relacionadas con el caso, los padres o tutores del menor compareciente, los representantes acreditados de diarios o agencias de noticias y otras personas cuya presencia esté expresamente autorizada por el tribunal.

212.El artículo 76 5) de la Ley de menores establece que en cualquier actuación concerniente a un menor, esté ésta amparada por esta Ley o por cualquier otra ley escrita, no se publicarán ni se divulgarán de manera alguna ni por ningún medio, ni siquiera en informes legales, el nombre del menor, su identidad, su domicilio particular o el del último lugar de residencia, ni su escuela, como tampoco se darán a conocer los datos de los padres o familiares del menor ni su fotografía, retrato o caricatura.

Contexto y aplicación

213.La Encuesta Demográfica de Hogares de Kenya de 2004 revela que el 62,1% de los hogares tiene una ocupación media de 2,6 personas por habitación en las áreas urbanas. El Gobierno ha elaborado directrices para las instituciones que se ocupan de menores en las que se establecen estándares mínimos con respecto a las instalaciones destinadas a vivienda y sanitarios para menores.

214.El Estudio Económico de 2004 demuestra que los gastos aprobados para la construcción de viviendas por el Gobierno de Kenya se duplicaron en un año, pasando de 48, 6 millones de chelines kenianos en el ejercicio económico 2002/2003 a 81,2 millones de chelines kenianos en el ejercicio económico 2003/2004. Los gastos aprobados como porcentaje de los gastos de desarrollo aumentaron ligeramente durante el ejercicio económico 2003/2004: 0,4% frente al 0,29% del ejercicio económico 2002/2003.

215. Limitaciones

1.Es difícil distinguir los límites entre la protección de la privacidad y las medidas que los padres y tutores deben tomar como parte de sus obligaciones parentales.

2.Los niños carecen de intimidad en la familia y en las escuelas porque los cuartos y los retretes son insuficientes.

3.En algunas escuelas continúa la práctica de abrir y leer la correspondencia dirigida a los alumnos, y en algunas escuelas de niñas, las alumnas deben soportar la experiencia deshumanizante de que la dirección les haga frecuentes análisis obligatorios de diagnóstico del embarazo.

Artículo 17: Acceso a la información adecuada

Marco jurídico y normativo

216.el artículo 79 de la Constitución de Kenya protege la libertad de recibir sin impedimentos información e ideas, pero no pornografía.

217.El proyecto de Constitución de Kenya establece que toda persona tiene el derecho a la libertad de expresión, lo que incluye: a) la libertad de la prensa y otros medios de difusión; b) la libertad de recibir y difundir información e ideas; c) la libertad para la creatividad artística, y d) la libertad académica y para la investigación científica.

218.La puesta en vigor de la Ley sobre la Comisión de Comunicaciones de Kenya (1988) ha generado la liberalización de los medios de difusión y ha ofrecido la oportunidad de entrar en el mercado a medios de difusión no estatales. El artículo 15 de la Ley de menores establece que debe protegerse a los menores contra el material obsceno. La Junta Censora de Películas tiene la responsabilidad de garantizar que los menores no tengan acceso a material obsceno. Sin embargo, la Junta, sin embargo, no puede censurar los programas de televisión que provienen de distribuidores internacionales y que se envían por los servicios de satélite y cable.

219.Para fortalecer la reglamentación de la información que llega al público, los propietarios de medios de difusión han constituido una Comisión de medios de comunicación que funciona como mecanismo de autorregulación.

220.Las autoridades provinciales, en especial de las zonas rurales, controlan el acceso de los menores a la información, en particular en lo relacionado a los puestos electrónicos de exhibición de vídeos.

Contexto y aplicación

221.Hay ocho canales de televisión que transmiten desde Kenya y hay acceso a los canales de televisión por cable y por satélite en casi todo el territorio, con excepción de las pocas zonas a las que no llegan las señales. La mayoría de los canales tienen programas para niños que son conducidos por niños y ofrecen una amplia variedad de programas, como documentales sobre la flora y fauna silvestre, programas cómicos, dibujos animados y deportes.

222.Hay 23 estaciones locales de radio y varias emisoras internacionales que incluyen en su programación programas para niños que son conducidos por niños y que tratan temas variados que van desde los derechos del niño y el VIH/SIDA hasta una amplia gama de programas educativos, informativos y de entretenimiento. La mayoría de las estaciones de radio transmiten en inglés y en swahili. Una cantidad cada vez mayor de estaciones, incluida la radio estatal KBC, usan lenguas vernáculas en las transmisiones.

223.Al 30 de noviembre de 2004, el Instituto Keniano de Educación había distribuido 11.000 radios World Space en las escuelas primarias. Las escuelas tienen un horario de transmisión de ocho horas en que docentes especialmente capacitados difunden programas educativos a las escuelas con pocos maestros.

224.Hay cinco diarios nacionales en Kenya, uno de los cuales se publica en swahili. Los dos diarios principales, el Nation y el Standard, incluyen noticias relacionadas con la infancia y ofrecen suplementos infantiles los sábados.

Media de diarios y periódicos en circulación, 1999-2003

(por miles de ejemplares)

( Estudio Económico de 2004)

1999

2000

2001

2002

2003

Diarios

En inglés

82.372

78.844

78.335

82.067

86.508

En swahili

10.387

10.007

9.622

9.255

8.686

Periódicos semanales

En inglés

1.312

1.297

1.283

1.311

1.505

225.Hay pocos menores que tengan acceso a los diarios y los lean. A los menores les gustan los deportes, los suplementos que resaltan cuestiones relativas a los niños, las caricaturas, las tiras cómicas y los juegos de palabras. Tienen acceso a los diarios a por conducto de sus padres, parientes, vecinos y amigos, y pueden encontrarlos en las bibliotecas.

226.Publicaciones para niños: Hay algunas publicaciones especialmente destinadas a los niños, como Maneno, Sarah, Binti e Insyder, que les brindan material educacional y de entretenimiento.

227.El Ministerio de Información y Comunicaciones publica 11 diarios rurales que se distribuyen en todas las regiones. La Agencia Keniana de Noticias, que depende del Ministerio de Información, tiene la función de reunir y difundir información en las zonas rurales, de preparar artículos sobre temas sociales y económicos en forma impresa o en formato electrónico y organizar las unidades móviles de cine que difunden documentales sobre el VIH/SIDA y otros temas.

228.Muchas instituciones educacionales también proyectan películas con fines educativos y de esparcimiento. Hay 10 salas de cine en Nairobi y Mombasa.

229.Los kioskos de exhibición de vídeos, que son privados, constituyen una de las formas de entretenimiento preferidas de las áreas más densamente pobladas de las ciudades y los centros comerciales rurales.

230.Los organismos del Gobierno recurren al Departamento de producción cinematográfica de Kenya para la producción de documentales que luego se distribuyen a los canales de televisión.

231.Algunas escuelas primarias y secundarias de los centros urbanos han iniciado cursos de computación que permiten a los niños tener acceso a Internet.

232.Ha aumentado considerablemente el número de organizaciones no gubernamentales que trabajan con niños y para su beneficio y que producen películas, vídeos, documentales y publicaciones sobre los derechos del niño y la salud de los adolescentes. Se presentaron a los delegados de la Conferencia Constitucional Nacional opiniones de niños. Algunas ONG publican periódicos, revistas y circulares regionales y nacionales, algunos de ellos en idiomas locales.

233.El Servicio Nacional de Bibliotecas de Kenya mantiene bibliotecas públicas en todas las ciudades principales del país y bibliotecas itinerantes en algunas zonas rurales apartadas.

234.Además, los niños reciben información por conducto de los padres, maestros, amigos, clubes, sesiones de orientación, campañas de sensibilización, seminarios y talleres.

235. Limitaciones

1.En la mayoría de las zonas se proyectan películas al aire libre, pero no hay mucha concurrencia de niñas debido a las grandes distancias y a la falta de seguridad.

2.La mayoría de los niños de las zonas rurales no tienen acceso a Internet, y algunos no saben siquiera de su existencia.

3.Sigue habiendo dificultades para reglamentar las vías privadas de difusión, en especial la difusión pública de casetes de vídeo y videodiscos (DVD) pirateados, el acceso irrestricto a Internet y a las redes de computación que difunden material con escenas de sexo o violencia. Por su índole a la vez distorsionada y explícita los mensajes de los medios de difusión sobre el sexo, la droga y la violencia afectan el normal desarrollo del niño.

4.El idioma es una barrera para las modalidades de comunicación tradicionales y culturales.

5.El hecho de que los medios de difusión estén en manos privadas, que actúan en función de las ganancias, hacen que sea difícil controlar el tipo de programas que se difunde.

6.Los medios de difusión generalmente no tienen en cuenta a sectores especiales de la población, como las personas con discapacidad (ciegos, sordos, etc.).

Artículo 37: Tortura

Marco jurídico y normativo

236.El artículo 74 l) de la Constitución de la República de Kenya prohíbe la tortura.

237.El capítulo 5 del proyecto de Constitución de Kenya también prohíbe la tortura.

238.El artículo 37 5) g) del proyecto de Constitución protege a los menores de los castigos corporales y de otras formas de violencia y tratos crueles e inhumanos en las escuelas y otras instituciones encargadas de la atención de menores. El artículo 18 l) de la Ley de menores establece que ningún niño será sometido a torturas, a trato o castigos crueles ni a la detención o privación de la libertad ilegales. El párrafo 2) prohíbe la pena capital y la de prisión perpetua, en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 a) de la Convención sobre los Derechos del Niño.

239.La Ley de la policía de Kenya prohíbe el uso de la tortura y de cualquier tipo de violencia injustificada por la policía.

240.La Ley de enmienda del Código Civil incorporó enmiendas procedentes de la Ley de enjuiciamiento criminal, del Código Penal y de la Ley de la prueba. La Ley de enmienda prohíbe el uso de la tortura como medio para obtener la confesión de sospechosos o acusados. Esto incluye a los menores que estén en conflicto con la ley. El artículo 186 d) de la Ley de menores establece que ningún menor acusado de haber infringido una ley será obligado a prestar testimonio ni a confesarse culpable.

241.Con arreglo a la Ley de enmienda del Código Civil, las confesiones sólo serán admisibles ante un tribunal si se han hecho durante un trámite judicial y no en las comisarías, lo que se aceptaba anteriormente. La Ley de menores establece además que no se deberá interrogar a ningún menor en ausencia de uno de sus padres o de su tutor, de un asistente social o de un oficial de menores. El objetivo es lograr que se atienda al interés superior del menor.

242.El Gobierno también ha ratificado la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y está preparando en la actualidad el primer informe para el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en que se descuiden los esfuerzos desplegados hasta el presente para eliminar la tortura.

Contexto y aplicación

243.El Gobierno de Kenya ha adoptado medidas para resolver el problema de la tortura, entre las que se incluyen la creación de escuelas de rehabilitación, centros de detención provisional para menores, tribunales de menores y el Programa de Reorientación para niños en conflicto con la ley. El objetivo del Programa de Reorientación es ofrecer una opción práctica y adecuada a los niños para tratar los casos de menores y al mismo tiempo tratar de reorientar a un número mayor de menores en conflicto con la ley en un ambiente ajeno al sistema formal de la justicia de menores y de reinsertarlos en la comunidad de origen y en la sociedad. El Programa está destinado a las comisarías. Los datos del Departamento de Servicios para la Infancia indican que la cantidad de menores en conflicto con la ley ha sido fluctuante, sin una tendencia definida durante los últimos cinco años: en 2000 eran 416; en 2001, 676; en 2002, 466; en 2003, 674 y en 2004 disminuyeron a 662.

244.El plan estratégico del Departamento de Policía de Kenya se ha preparado teniendo en cuenta la dimensión de derechos humanos en la prestación de servicios. Se han constituido varias organizaciones no gubernamentales y organismos gubernamentales, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya, para la investigación de casos de tortura. Gracias a la capacitación recibida, la policía ahora trata los casos de menores de manera más compasiva.

245.El Gobierno, por conducto del Departamento de Servicios para la Infancia, sigue interviniendo a nivel de distrito en los casos de abuso de menores, con inclusión de los casos de tortura y otras formas de trato inhumano y degradante. Concretamente, el Departamento de Servicios para la Infancia ha organizado un centro de crisis para rescatar a los niños que necesitan protección, que funciona mediante líneas telefónicas de atención permanente.

246.Dado que hay una enorme necesidad de servicios para la infancia, las organizaciones e instituciones asociadas ofrecen ayuda a los niños cuyos derechos han sido violados. Estos servicios van desde la asistencia jurídica hasta la provisión de albergue, orientación y derivación.

247. Limitaciones

1.La falta de acceso suficiente a la asistencia jurídica y las creencias y actitudes culturales hacen que los niños sean vulnerables a la tortura y a los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

2.Las campañas de sensibilización encaminadas a capacitar a todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y funcionarios de los organismos de seguridad se han concentrado en los funcionarios policiales y han dejado de lado a otros que se dedican a cuestiones de seguridad, como guardias, serenos y autoridades locales.

3.Aún después de haber entrado en vigor la Ley de menores, en el país sigue habiendo casos de tortura y tratos crueles e inhumanos que afectan a menores. En casos extremos ha habido muertes. Algunos niños quedan lisiados de por vida. Entre los responsables se cuentan los padres, cuidadores, maestros y otros.

4.Los niños que siguen siendo víctimas de torturas, según los informes oficiales, son aquellos nacidos fuera del matrimonio y que son martirizados por los padrastros o madrastras y, en ciertos casos, incluso por los padres biológicos. Los huérfanos a que ha dado lugar la pandemia del VIH/SIDA se destacan por ser maltratados por los parientes que consideran que se los está obligando a atenderlos.

5.Los niños de la calle siguen recibiendo tratos crueles e inhumanos, especialmente a manos de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, generalmente so pretexto de que han cometido delitos. Algunos mueren y otros quedan gravemente lesionados. Pocos de estos casos se llevan a juicio, debido a que los padres y tutores son renuentes a buscar asistencia jurídica o bien no tienen acceso al sistema de administración de justicia. El proceso judicial sigue siendo lento y está fuera del alcance económico de la mayoría de los kenianos.

6.Incluso después de la prohibición de los castigos corporales prevista en la Ley de menores, se los sigue aplicando en las instituciones escolares. Entre las formas de castigo que se usan en las escuelas cabe mencionar las siguientes: bastonazos, golpes propinados por el maestro, obligación de cortar el césped desde las 6.00 hasta las 19.00 horas, obligación de recoger el estiércol de las vacas, orden de sentarse al sol durante períodos prolongados con una manta sobre la cabeza, palizas propinadas con un caño mientras el alumno tiene la cabeza debajo de la mesa, bofetadas, obligación de construir cercas en la escuela, obligación de desarraigar árboles, cavado de trincheras, obligación de lavar las instalaciones sanitarias, caminar de rodillas, hachar leña y recibir suspensiones injustificadas. Los bastonazos siguen siendo el castigo que los niños mencionan con mayor frecuencia.

CAPÍTULO 5: ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA

Artículo 5: Dirección y orientación parentales

Marco jurídico y normativo

248. Los niños tienen el derecho de conocer a sus padres y de ser criados por ellos. Esto es lo que establece la Ley de menores. La Ley de menores contiene disposiciones que reconocen la responsabilidad de los padres en diversos artículos: el artículo 23 2) c) 1) reconoce el derecho de los padres de guiar al niño, pero, además, encarga a los padres la tarea de orientar al niño en materia de valores religiosos, morales, sociales, culturales y de otra naturaleza. Esto se reitera en las disposiciones de la Ley que reconocen el derecho del menor a la educación religiosa y a la privacidad, con la dirección y orientación de los padres.

249.En el artículo 114 e) se dispone que los tribunales pueden dictar una orden de asistencia a la familia, mediante la cual los padres tienen acceso a distintos servicios, como los de asesoramiento, lo que les permite ejercer adecuadamente sus funciones de guía y orientación de los hijos.

Contexto y aplicación

250.Los organismos del Gobierno, las organizaciones religiosas, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones comunitarias han puesto en marcha programas de orientación familiar y educación para padres. Sin embargo, esos programas tienen un alcance limitado y no están al alcance de una gran parte de la población.

251.Mediante los consejos regionales de asesoramiento, el Gobierno ha iniciado programas que combinan las actividades del sector privado, los organismos gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales activos en cuestiones de la infancia. Los representantes de los 63 consejos regionales de asesoramiento constituidos hasta el momento en el país han recibido capacitación en cuestiones relacionadas con los derechos del niño y la protección de los menores, con el objetivo a largo plazo de mejorar el sistema de protección a la infancia.

252.En todos los casos se han respetado los derechos de los padres, con la excepción de aquellos en los que se ha vulnerado el interés del menor, como en los casos de matrimonio precoz o de mutilación genital femenina.

253.Se han adoptado ahora medidas jurídicas con arreglo a lo estipulado en la Ley de menores (cap. 586 de la Recopilación Jurídica de Kenya), y en el artículo 40 del capítulo 6 del proyecto de Constitución de Kenya (Declaración de derechos), que también define la misión de los padres, de la comunidad y del Gobierno en la crianza de los niños.

254.Ha aumentado el número de organizaciones no gubernamentales que se ocupan de los niños necesitados de atención y protección y de sus respectivas familias. Hasta el momento, el Departamento de Servicios para la Infancia ha registrado en todo el país, más de 400 instituciones de beneficencia dedicadas a la atención de niños, pero cabe observar que la mayoría de esas organizaciones no está registrada.

255. Limitaciones

1.Los niños y jóvenes reciben cada vez menos guía y orientación de sus padres. Esto se debe al aumento de los divorcios, a los padres que delegan su tarea socializadora a los medios de difusión electrónicos e impresos y a Internet, y al VIH/SIDA, que ha dejado muchos huérfanos. En general, el Gobierno no ha sensibilizado a los padres y a la comunidad sobre la misión y responsabilidad que les compete como guías de los hijos. El Gobierno no ha hecho los esfuerzos suficientes para sancionar a los padres que se niegan a cumplir con sus responsabilidades y, de resultas de ello, hay muchos niños que terminan en la calle.

2.Hay muy pocas organizaciones que ofrezcan servicios de asesoramiento familiar. Las que lo hacen carecen de mecanismos para controlar y evaluar la efectividad de sus actividades. No hay estructuras institucionales que permitan dar cumplimiento al artículo 114 e) de la Ley de menores, que permite que los tribunales designen a una persona para que brinde orientación al niño, el padre, el tutor o la familia.

3.Los altos índices de pobreza también contribuyen a aumentar el número de menores que necesitan asistencia y protección. Muchos de esos menores viven en la calle y quedan abandonados a su propia suerte.

4.Hay falta de coordinación en la inscripción de las instituciones que ofrecen atención y protección a los menores. El hecho de que estén inscritas en distintos organismos gubernamentales hace difícil supervisar y reglamentar su funcionamiento.

Artículo 9: Separación de los padres

Marco jurídico y normativo

256.En el artículo 6 l) de la Ley de menores se reconoce al niño el derecho de vivir con sus padres y ser atendido por ellos. También se dispone que un niño solamente puede ser separado de sus padres si ello responde al interés superior del niño, por ejemplo, en los casos de abuso a manos del padre o de la madre. Esto se hace por conducto de los tribunales, y el Gobierno tiene la responsabilidad de proporcionar otro tipo de tutela.

257.Al asumir la responsabilidad mencionada en el párrafo anterior, el tribunal puede librar una orden de exclusión que garantice que el padre que ha cometido un abuso contra su hijo se mantenga alejado de éste.

258.En el caso de que el menor sea separado de sus padres por razones extrajudiciales, el Gobierno también tiene la responsabilidad de prestar ayuda para la reunión del niño con su familia.

Contexto y aplicación

259.El informe de la encuesta a base de indicadores múltiples para el año 2000 realizada por la Oficina Central de Estadísticas indica que el 65,7% de los menores de entre 0 y 14 años vive con ambos padres. En la comparación por género, se observó que un 66,5% de varones vivía con sus padres, en comparación con el 64,9% de niñas. Una proporción mucho mayor, 72% de los menores de las zonas urbanas, vive con ambos padres, en comparación con el 64,1% de los menores de las zonas rurales.

260.La muerte de uno de los padres o de ambos tiene la consecuencia de que el menor queda huérfano. La encuesta a base de indicadores múltiples demostró que hay un 8,3% de menores huérfanos. El porcentaje de niñas huérfanas, 8,7%, es superior al de varones huérfanos, que es del 7,8%. En el plano regional, la provincia de Nyanza tiene el índice más alto de orfandad, que es de 13,9%.

261.En el informe UNICEF/Gobierno de Kenya de 2004 sobre el proceso de evaluación rápida, análisis y planificación de las medidas relacionadas con los huérfanos y otros menores de Kenya en situación vulnerable como consecuencia del VIH/SIDA se señala que el total de huérfanos (entre 0 y 14 años de edad) se estima en aproximadamente 1,7 millones, lo que representa un 12% de la población infantil. Los menores que han quedado huérfanos como consecuencia del SIDA representan entre el 54 y el 60% del total de huérfanos. De este grupo, los menores de entre 10 y 14 años representan el 55%, mientras que los niños de entre 0 y 4 años representan el 14,5%.

262.El Gobierno ha iniciado reformas en el Departamento de Cárceles con el fin de ofrecer un ambiente que no sea hostil a los hijos de las madres encarceladas. Los niños de menos de cuatro años no pueden ser separados de la madre, mientras que los mayores reciben otro tipo de tutela.

263.Para mejorar la prestación de servicios de las instituciones dedicadas a la infancia, el Departamento de Servicios para la Infancia ha establecido las normas y los requisitos mínimos que se deben cumplir para su administración y funcionamiento. Además, algunas organizaciones no gubernamentales han investigado y recopilado las normas e intervenciones en la práctica profesional en una publicación de 2001 sobre las prácticas óptimas para el trabajo con los niños de la calle en Kenya.

264.El menor que ha llegado a los 14 años de edad debe dar su consentimiento para la adopción (párr. 158 4) f) de la Ley de menores, cap. 586). En las leyes de tutela enmendadas se establece que se deben tener en cuenta los deseos expresos del niño.

265.En 2003, el Gobierno, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales que trabajan con menores pusieron en funcionamiento un fondo para la rehabilitación de familias de la calle que ya ha marcado varios hitos en la rehabilitación de familias que solían vivir en la calle. Alrededor de 2000 jóvenes (mujeres y varones) consiguieron empleo mediante los centros nacionales de formación profesional y empleo de jóvenes. Esta iniciativa comenzó en Nairobi y ahora hay proyectos piloto en los distritos de Mombasa, Kisii y Nyeri. Muchos niños de la calle se han reunido con sus familias gracias a esta iniciativa.

266. Limitaciones

1.La separación de los padres, por el lapso que fuere, tiene efectos negativos en los niños, que necesitan afecto, cuidados y modelos de conducta. Estos niños nunca están psicológicamente preparados para hacer frente a esta separación por falta de apoyo psicosocial. No siempre es fácil decidir si conviene mantener a los niños con sus padres, porque en casos como el de los niños que van a la cárcel con sus madres, los niños están igualmente expuestos a abusos o negligencia, pero si se los separa de las madres encarceladas, con frecuencia deben valerse por sí mismos, dejan la escuela o son dejados de lado por la sociedad.

2.A pesar del empeño del Gobierno de estimular la atención de los niños basada en la comunidad, las comunidades tienen capacidad limitada para ocuparse de los niños separados de sus padres. Además, las instituciones existentes no son adecuadas para atender al número cada vez mayor de niños necesitados de atención, y las que lo son no cuentan con recursos suficientes.

3.Los funcionarios locales, que con arreglo al artículo 40 de la Ley de menores (cap. 586), tienen la obligación de ocuparse de las cuestiones relativas a los menores, no han asumido totalmente sus responsabilidades en el país.

4.No hay normas ni reglamentos generales que orienten a los responsables en la aplicación de las disposiciones de la Ley de menores en lo concerniente a guarda, tutela y manutención.

Artículo 10: Reunión de la familia

Marco jurídico y normativo

267.La Ley de menores dispone que, cuando los menores son separados de sus padres o familias por medios extrajudiciales, el Gobierno tiene la responsabilidad de brindar asistencia para que el niño se reúna con sus padres o con su familia.

268.El Gobierno tiene también la responsabilidad de que los niños separados de sus padres como consecuencia de conflictos armados o catástrofes naturales sean rehabilitados y restituidos a su familia (art. 10 3). La Ley también prevé que se dicten órdenes de custodia, que los padres pueden solicitar ante un tribunal, para lograr que los padres tengan contacto con los hijos.

269.El Gobierno ha presentado un proyecto de ley de refugiados y personas desplazadas que contribuirá, cuando sea aprobada, a la reunión de los menores refugiados con sus padres o sus familias.

Contexto y aplicación

270.Las condiciones que rigen la ciudadanía no han cambiado con respecto a lo expuesto en el informe inicial.

271.En virtud de la Ley de menores, el Gobierno debe prestar asistencia para que el niño se reúna con su familia. Ello está previsto en las normas nacionales para los procedimientos de adaptación ambiental, que apuntan a que el niño se incorpore a su familia con la mayor facilidad posible.

272.El Gobierno designó una Comisión Investigadora sobre enfrentamientos por motivos étnicos y de tierras (Comisión Njonjo) con el fin de reasentar a las personas desplazadas internamente. Se espera que las familias afectadas se reasienten.

273. Limitaciones

1.El Gobierno se ha demorado en adoptar las medidas tendientes a facilitar la reunión de los niños desplazados internamente con sus respectivas familias.

2.Los organismos de ejecución no tienen información clara sobre la manera de proceder para facilitar el reasentamiento de los refugiados kenianos en el extranjero que buscan la reunión y de los que han obtenido amnistía.

Artículo 11: Traslados ilícitos y retención ilícita

Marco jurídico y normativo

274.Kenya ha firmado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

275.El artículo 13 1) de la Ley de menores establece que los menores tienen derecho a recibir protección respecto de todo tipo de abusos psicológicos y físicos, negligencia y cualquier otra forma de explotación, por ejemplo, ser vendidos o secuestrados por cualquier persona. El artículo 22 contiene medidas necesarias para hacer efectivos esos derechos.

276.La Ley de inmigración establece que todo ciudadano keniano que viaje fuera del país debe tener documentos de viaje válidos. La orden de tenencia prevista por la Ley de menores establece que los niños deben quedar bajo la protección y custodia de los tribunales (art. 114 f)).

277.El proyecto de Constitución propone la creación de un consejo de ciudadanía para tratar los asuntos relacionados con el tema.

278. Limitaciones

1.La falta de mecanismos apropiados para aplicar las normas sobre el regreso de los menores constituye una limitación, al igual que la falta de controles adecuados de inmigración para evitar los traslados ilícitos de menores al extranjero.

2.También hay deficiencias en los procedimientos de adopción, especialmente en lo que respecta a las adopciones internacionales. Sin embargo, el proyecto de Reglamento de adopción apunta a resolver los problemas observados en las adopciones internacionales.

Artículo 18: Responsabilidades de los padres

Marco jurídico y normativo

279.La Ley de menores establece cuáles son las responsabilidades de los padres, y asigna a los padres la responsabilidad de proporcionar educación, orientación, atención médica, inmunización, una dieta adecuada, vestimenta y vivienda a los hijos. La Ley es minuciosa en cuestiones relacionadas con la tutela y los derechos de visita, y da los mismos derechos a ambos padres: ni el padre ni la madre tienen derechos prioritarios sobre el otro en cuestiones relacionadas con el ejercicio de la responsabilidad parental.

280.En los casos de padres que no proporcionan a los hijos la atención y protección necesarias, si se los enjuicia en un tribunal, el juez podrá:

Ordenarles que ejerzan adecuadamente su función de padres;

Dictar una orden de asistencia a la familia.

281.Las órdenes mencionadas apuntan a que los padres que no han cumplido con sus responsabilidades se vean obligados a hacerlo y reciban la ayuda necesaria para ello.

282.La Ley también contempla el delito de negligencia, que abarca la negligencia intencional, los malos tratos y la crueldad de padres y tutores con los menores. El delito puede castigarse con penas de cárcel de hasta dos años, multas de hasta 200.000 chelines kenianos (alrededor de 2.700 dólares de los EE.UU.) o ambas cosas.

Contexto y aplicación

283.El Gobierno y sus asociados hacen lo posible para sensibilizar a las comunidades respecto de las responsabilidades de los padres mediante diversos foros públicos.

284. Limitaciones

1.La pobreza, los bajos ingresos de los que tienen empleo, el analfabetismo, el VIH/SIDA, el alcoholismo y la violencia familiar han contribuido a que los padres no puedan asumir plenamente las responsabilidades que les competen, lo cual les impide ser buenos modelos de conducta para sus hijos.

2.Las uniones de hecho ponen en riesgo a los niños nacidos de esas parejas, ya que les niega ciertos derechos, como el derecho al apellido y a la herencia.

3.Los artículos 24 3) a) y b) y 25 1) a) y b) de la Ley de Menores (cap. 586), no armonizan las diversas prácticas culturales relacionadas con la responsabilidad de los padres.

4.La autorización legal para hacer análisis de ADN, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de enmienda del Código Civil, solamente se aplica a los casos penales y no a los civiles, que son los que abarcan los litigios por paternidad. Cuando el tribunal ordena que se haga un análisis de ADN, los costos son prohibitivos: 36.000 chelines kenianos (alrededor de 450 dólares de los EE.UU.) para el análisis de dos muestras. La Ley de menores (cap. 586) no prevé análisis de ADN en los casos de litigios por paternidad.

Artículo 19: Protección contra el abuso y el trato negligente

Marco jurídico y normativo

285.Los principales estatutos que tratan los temas relacionados con la violencia contra los menores, el abuso y el trato negligente son la Ley de menores (cap. 586 de la Recopilación Jurídica de Kenya) y el Código Penal (cap. 63 de la Recopilación Jurídica de Kenya).

286.Los artículos 14, 15 y 16 de la parte II (salvaguarda de los derechos y el bienestar del menor) de la Ley de menores disponen que el niño estará protegido de malos tratos físicos o psicológicos, el trato negligente y otros tipos de explotación, como puede ser la venta, el tráfico o el secuestro del menor por cualquier persona.

287.La Ley de menores también establece para los condenados por los delitos enumerados en el artículo 20 una pena por condena sumaria consistente en un período de cárcel y una multa.

288.La Ley de menores prohíbe a cualquier persona que someta a una niña a la circuncisión y dispone la protección de todos los menores contra los matrimonios precoces, los ritos culturales, las costumbres y las prácticas tradicionales que se presuma que puedan afectar negativamente la vida, la salud, el bienestar, la dignidad y el desarrollo físico y psíquico del menor, la explotación y el sometimiento de los niños a la prostitución, el estímulo y la coerción para dedicarse a cualquier actividad sexual, la exposición a material obsceno, el uso de alucinógenos, estupefacientes, alcohol o tabaco o sustancias psicotrópicas y de cualquier droga que sea declarada nociva por el Ministerio de Salud, la tortura, los tratos o castigos crueles, la detención y la privación de la libertad ilegítimas (artículos 14, 15, 16, 17 y 18). El artículo 127 legisla sobre el delito de negligencia, que abarca desde el descuido deliberado hasta los malos tratos o la crueldad infligidos a un menor por sus padres o tutores.

289.Los artículos 73 a 80 de la misma Ley hablan de los mecanismos (tribunales de menores) que se usarán para intervenir en el caso de los menores necesitados de cuidado y protección. Los menores víctimas de abuso deben ser trasladados a lugares seguros por los funcionarios administrativos, de menores, organismos de voluntarios o miembros de la comunidad autorizados para tal fin.

290.El Gobierno de Kenya ha prohibido los castigos corporales en las escuelas (notificación reglamentaria LN56/2001 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología). Además de lo antedicho, el Código Penal legisla sobre los delitos relacionados con el abuso de menores, tales como violación, corrupción, atentados contra el pudor y agresión común.

Contexto y aplicación

291.El Gobierno ha habilitado oficinas para la atención de menores en algunas comisarías. Ya no es obligatorio que el niño haga declaraciones de corroboración en los casos de corrupción. En el marco de la Ley de enmienda del Código Civil, el Gobierno ha aumentado la sentencia para los corruptores de menores de la de 14 años vigente anteriormente a prisión perpetua. Se cuenta con instituciones (reformatorios, escuelas y albergues de rehabilitación) en las que se interna a los menores que delinquen para su formación. El programa de reorientación está destinado a los menores detenidos en las comisarías.

292.El Gobierno y sus asociados han capacitado a los menores en cuestiones relacionadas con sus derechos mediante los clubes de derechos del niño que funcionan en las escuelas. Los menores que participan en estos clubes toman conciencia de sus derechos e informan de los casos de abuso. Además, los medios de difusión electrónicos e impresos han destacado el tema de los abusos contra menores, lo que ha dado lugar a que las autoridades pertinentes adoptaran las medidas del caso.

293.Las ONG tienen programas para oponerse a la mutilación genital femenina promoviendo otros ritos de iniciación.

294.Según estadísticas recientes (2003-2004), se han denunciado alrededor de 3.097 casos de violación en todo el país. Las cifras reales pueden ser más elevadas, ya que la mencionada representa solamente los casos denunciados a la policía. La reacción del Gobierno ante esto ha sido la de reforzar los controles efectuados por la comunidad, designar a miembros de la policía femenina para que se ocupen de las oficinas para la atención de mujeres y organizar una división policial totalmente equipada en Nairobi para dedicarse específicamente a estos casos. El Fiscal del Estado está estudiando reformas adicionales (Diario Nation, 9 de diciembre de 2004).

295.Varias ONG han formado alianzas y constituido redes para mejorar los servicios que se brindan a los menores necesitados de protección especial. El establecimiento de la División de la Familia en la Suprema Corte y de los tribunales de menores y la capacitación del personal de justicia de menores ha creado un ambiente más apropiado para los niños en el sistema judicial.

296. Limitaciones

1.No hay suficientes programas para tratar los casos de abuso y negligencia. Se puede observar que hay muchos niños que trabajan, trafican en drogas, se prostituyen y participan en actividades delictivas. Algunas familias están dispuestas a negociar y llegar a un acuerdo con los abusadores sin tener en cuenta en lo más mínimo el bienestar del menor. Esto se debe principalmente a la ignorancia sobre los efectos del abuso en la víctima.

2.La insuficiencia de recursos representa otra limitación en los esfuerzos por encarar los casos de abuso contra menores. En algunas zonas de las provincias del noreste no hay servicios de asistencia jurídica para menores.

3.En general, quienes se ocupan de relacionados con menores no son especialistas. Es limitado el número de programas de intervención destinados a ayudar tanto a la víctima como al autor del delito una vez denunciado el caso.

4.Debido a las complejidades del sistema jurídico, algunos violadores son absueltos por los tribunales, lo que genera temor e incertidumbre en los padres o tutores, que procuran obtener reparación por el abuso cometido contra sus hijos.

Dos niñas de 4 y 5 años que iban caminado solas por una plantación de café fueron violadas por un hombre de 21 años. La madre del autor de la violación lo ayudó a

huir para que no fuera detenido. Las niñas fueron atendidas en el hospital. La policía todavía está buscando al violador.

Mary Muthoni, 5º grado, escuela pública primaria, Embu.

Artículo 20: Protección de los niños que no tienen familia

Marco jurídico y normativo

297.La Ley de menores prevé la tutela, la adopción y el sistema de hogares de guarda. El tribunal puede designar a un tutor para los menores cuyos padres hayan muerto o desaparecido y que carezcan de tutor u otra persona que asuma la responsabilidad parental correspondiente. El tribunal también puede designar a un tutor para los menores desplazados necesitados de protección especial.

298.Cuando un menor ha sido derivado por medio de una orden de guarda a una escuela de rehabilitación o a una institución de beneficencia, el director, conjuntamente con el administrador de la institución, puede colocar al menor en un hogar de guarda por el tiempo que el director autorice en cada oportunidad (art. 147 1)). El administrador de la institución en la cual el menor ha estado originalmente en guarda debe supervisar y evaluar periódicamente las condiciones en las que éste se encuentre y adoptar las medidas que sean necesarias para salvaguardar su bienestar (art. 147 2)).

299.La Ley prevé la adopción de niños tanto en el plano local como en el internacional.

Contexto y aplicación

300.El Gobierno declaró el VIH/SIDA pandemia nacional en 1999. Las estimaciones indican que 1,5 millones de kenianos han muerto, dejando 1,7 millones de huérfanos menores de 18 años. El UNICEF estima que esta cifra llegará a 1,8 millones en 2005.

301.El Gobierno y sus asociados han preparado normas y directrices nacionales sobre otros tipos de tutela.

En Isiolo, los niños que viven en la calle no son sanos, no van a la escuela y cargan sobre los hombros los bultos de los viajeros que bajan de los ómnibus. Viven en un ambiente sucio donde se enferman a menudo. Viven con prostitutas y destiladores de chang'aa que contaminan el aire con la basura que producen.

Lucy Wamuyu, 12 años, 6º grado, Escuela primaria Little Angels, Isiolo.

(La chang'aa es una bebida alcohólica local.)

302. Limitaciones

1.Hay información dispersa sobre los servicios y programas disponibles para ayudar a los menores huérfanos y vulnerables.

2.A pesar de que el Gobierno ha preparado proyectos de reglamentos sobre la inscripción y administración de instituciones de beneficencia para la atención de menores, la inscripción de tales instituciones no está centralizada.

3.El Departamento de Servicios para la Infancia tiene recursos humanos y financieros limitados, lo que dificulta la atención rápida de los casos de menores sin familia.

4.Todavía no se han establecido mecanismos independientes de denuncia a que puedan recurrir los menores internados en instituciones.

5.La economía de Kenya ha tardado bastante en repuntar, y todavía representa un escollo importante para la tarea de proporcionar atención suficiente a los niños necesitados de la comunidad, a pesar de que algunos familiares se presentan espontáneamente para hacerse cargo de los menores huérfanos, constituyendo así familias extensas.

Artículo 21: Adopción

Marco jurídico y legal

303.La Ley de menores prevé la adopción a nivel local o internacional de niños residentes en Kenya. En el pasado, Kenya no permitía la adopción internacional.

304.A pesar de que Kenya todavía no ha ratificado el Convenio de la Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, en la Ley de menores se han introducido disposiciones del Convenio.

305.El Gobierno también ha preparado proyectos de normas suplementarias que apuntan a que la adopción se maneje dando la máxima importancia al interés superior del menor. La Ley faculta al Ministro para constituir un consejo de adopción que se encargue de formular las normas que regirán en materia de adopción, hacer de vínculo entre las organizaciones dedicadas a la adopción, el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales, examinar y proponer los nombres de los tutores ad litem, controlar las actividades relacionadas con la adopción en el país y desempeñar las funciones que se le asignen conforme a la Ley. El comité supervisará las cuestiones relacionadas con la adopción en el país.

306.Todo niño que resida en Kenya, ya sea de nacionalidad keniana o no, nacido en Kenya o no, podrá ser adoptado (art. 157 1)). La persona que infrinja las disposiciones de la sección de adopción será culpable de delito y podrá ser condenada a prisión o a una multa (art. 179 b) ii)).

307.No se podrá solicitar una orden de adopción con respecto a ningún niño a menos que el niño haya estado en forma ininterrumpida bajo el cuidado y control del solicitante dentro de la República de Kenya durante un período de tres meses consecutivos inmediatamente antes de la presentación de la solicitud (art. 157 1)).

308.La Ley establece que la única jurisdicción que entenderá sobre órdenes de adopción será el Tribunal Superior (art. 154).

309.No se emitirá una orden de adopción si el solicitante no está en pleno uso de sus facultades mentales, ha sido acusado o condenado por un tribunal competente o es homosexual. Las solicitudes conjuntas deben ser hechas por matrimonios legalmente constituidos. Los hombres solteros extranjeros no están autorizados a adoptar (art. 158 3) a) y b)). Sin embargo, en circunstancias especiales, una mujer soltera extranjera puede solicitar la adopción de un niño.

310.La Ley también autoriza las adopciones internacionales conjuntas solicitadas por un matrimonio cuyos miembros no residan en Kenya ni sean ciudadanos kenianos, siempre que los solicitantes hayan obtenido el consentimiento de un tribunal competente del país en el cual ambos o uno de ellos tiene residencia permanente (art. 162).

Contexto y aplicación

311.Desde la creación de la División de la Familia en 2002, se ha constituido el Comité de Adopción, se han preparado los proyectos de normas y los casos se atienden de manera rápida y eficiente en el Tribunal Supremo.

312.Se han iniciado las consultas tendientes a que el país ratifique el Convenio de la Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional.

313. Limitaciones

1.La mayor parte de los miembros de la comunidad optan por los hogares de guarda o hacen acuerdos locales para ayudar a los menores huérfanos. Como obstáculos para la adopción citan los gastos del caso y la falta de información precisa sobre el tema. Desde el punto de vista de la aplicación, las normas relativas a la adopción todavía no tienen fuerza de ley. El presidente de la Suprema Corte todavía no ha elaborado las normas para la adopción.

2.Muchas organizaciones dedicadas a la infancia no saben que se pueden inscribir como organismos de adopción, lo cual genera un monopolio y propicia los abusos en el proceso de adopción.

Artículo 25: Examen periódico de las condiciones de colocación

en instituciones u hogares de guarda

Marco jurídico y normativo

314.El artículo 130 de la Ley de menores prevé la posibilidad de dictar una orden de supervisión para que un funcionario de la fiscalía de menores u otro funcionario autorizado vigile la situación del niño mientras está bajo el cuidado y la tutela de sus padres o tutores.

315.En virtud del artículo 131 2) de dicha Ley, el tribunal, cuando lo estime oportuno, podrá examinar, modificar, suspender o anular cualquier orden dictada en virtud de la propia Ley, así como restablecer una orden suspendida o anulada.

316.Con arreglo a la Ley, el director de la institución de guarda donde se haya colocado a un niño deberá supervisar y evaluar las condiciones de internación del niño de forma periódica y adoptar las medidas necesarias para salvaguardar su bienestar.

317.En las adopciones internacionales, el Tribunal Superior podrá exigir al país receptor que presente informes periódicos con el fin de supervisar los progresos del niño adoptado (art. 16 2) f)).

Contexto y aplicación

318.El Departamento de Servicios para la Infancia, con el apoyo del Organismo Japonés de Cooperación Internacional (JICA) y del Instituto de Asia y el Lejano Oriente para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (UNAFEI), ha elaborado normas nacionales sobre el "cuidado integral" en las que se detallan medidas encaminadas a la adecuada reintegración en la sociedad de los niños procedentes de los centros de rehabilitación. La puesta en práctica de estas normas nacionales posibilita el examen. El Gobierno inspecciona periódicamente la situación de los niños en las instituciones para asegurarse de que en ellas se vele por su bienestar, aunque esta tarea no se cumple en grado suficiente. El Gobierno también ha puesto en marcha un programa de rehabilitación con base en la comunidad en el que participan a título voluntario funcionarios de los servicios para la infancia.

319. Limitaciones

1.La escasez de recursos y de personal capacitado sigue planteando dificultades para hacer los exámenes periódicos. El número actual de funcionarios de atención a la infancia no puede satisfacer la demanda de servicios. Además, algunos funcionarios no tienen experiencia en la supervisión de las condiciones de colocación. La capacitación en supervisión periódica no es parte de los planes de rehabilitación.

2.El transporte constituye un problema para los niños y para los funcionarios de atención a la infancia que tienen que supervisar la situación de los niños y su reinserción en la sociedad cuando abandonan las instituciones estatales.

3.Además de las limitaciones relativas al personal, los servicios de atención ulterior que se prestan a los niños tras abandonar las instituciones estatales también son insuficientes.

4.Las instituciones de colocación de menores no tienen capacidad para encargarse de los niños con necesidades especiales. Por ejemplo, en el sistema educacional no se prevé en grado suficiente la colocación y supervisión de los niños. En algunos casos, los retrasados mentales son internados en el Hospital Psiquiátrico de Mathare, junto con adultos.

5.No existe ninguna política establecida que oriente a las ONG acerca del examen periódico de las condiciones de colocación de los niños que están a su cargo.

6.Otro problema es determinar cuánto tiempo más podrá sostenerse exclusivamente con voluntarios de servicios para la infancia.

CAPÍTULO VI: SALUD Y BIENESTAR BÁSICO

Artículo 6: Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

Marco jurídico y normativo

320.El artículo 9 de la Ley de menores establece que todo niño tiene derecho a la atención de la salud y a la asistencia médica. La Política general de salud de Kenya es el principal texto normativo que contiene directrices sobre el sector. Estas directrices se han recogido en el Plan estratégico nacional para el sector de la salud 1999-2004. Entre los demás textos y documentos normativos cabe señalar los siguientes:

Estrategia nacional de salud reproductiva (1997-2010);

Plan nacional de aplicación de la estrategia de salud reproductiva (1998-2003);

Plan nacional de formación en salud reproductiva (2003);

Plan de acceso y adquisición de métodos anticonceptivos (2003-2006);

Manual de atención obstétrica básica para proveedores de servicios de salud en Kenya (marzo de 2002);

Normas de atención de las madres en Kenya (diciembre de 2002);

Plan de atención de posparto en Kenya (1999);

Manual para la realización de auditorías clínicas eficaces (2003);

Protocolos y directrices para una atención obstétrica y perinatal de calidad (2002);

Plan nacional de aplicación de la Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia (2000-2004);

Plan nacional de acción sobre nutrición;

Plan de acción sobre nutrición y atención de la salud en la comunidad (1999);

Política de salud reproductiva y desarrollo de los adolescentes (mayo de 2003);

Plan estratégico nacional sobre el VIH/SIDA (2000-2005);

Directrices nacionales sobre el tratamiento de las infecciones oportunistas;

Directrices nacionales para la prevención de la transmisión del VIH/SIDA de madre a hijo;

Programas y directrices nacionales sobre huérfanos y otros niños vulnerables de resultas del VIH/SIDA;

Proyecto de ley sobre el seguro médico, y

Estrategia de Recuperación Económica para la creación de riqueza y empleo.

Contexto y aplicación

321.El Código Penal prohíbe que se imponga la pena de muerte a un niño. La ley extiende el derecho a la vida a los niños no nacidos, por lo que prohíbe el aborto a menos que la vida de la madre corra peligro. No se puede aplicar la pena de muerte a una mujer embaraza. El Código Penal tipifica también el delito de infanticidio para proteger la vida de los niños de menos de un año de edad.

322.Kenya ha declarado como objetivo la erradicación del tétanos neonatal para 2005. El Gobierno hizo esta declaración en forma conjunta con el UNICEF, la OMS y el FNUAP, y ha creado un fondo mundial a tal efecto. Posteriormente también se declaró objetivo prioritario la erradicación del tétanos materno, dado que la muerte de la madre por tétanos repercute en el bebé tanto como el tétanos neonatal. En el marco del Programa Ampliado de Inmunización de Kenya se proporciona a las mujeres embarazadas anatoxina tetánica desde aproximadamente el cuarto mes de gestación. Para dar seguimiento a los esfuerzos por eliminar el tétanos materno y neonatal, el Gobierno elaboró un plan quinquenal de erradicación basado en un enfoque de alto riesgo. El plan se ha puesto en marcha en siete distritos de la Provincia de la Costa, con una cobertura del 30%, 54% y 78,9% en la primera, segunda y tercera fase de la aplicación, respectivamente. Las dos primeras fases del plan se han llevado a cabo en los distritos de Kisumu, Rachuonyo y Busia, con una cobertura del 91% y del 59%, respectivamente.

323.Las principales iniciativas emprendidas en aras de la maternidad sin riesgo se centran en la atención prenatal, el parto en condiciones de seguridad, la planificación de la familia, la atención obstétrica básica, los cuidados de postparto, la atención neonatal y la atención posterior al aborto.

324.La Estrategia de gestión integrada de las enfermedades de la infancia se ha incorporado a todos los planes de trabajo de los distritos, y en 24 distritos ya se ha proporcionado formación en la materia a los profesionales de la salud del primer nivel. Hasta la fecha, se ha proporcionado capacitación al respecto a 1.238 trabajadores de los servicios clínicos de atención de la salud. El Gobierno también ha adoptado medidas para proporcionar asistencia médica gratuita a los niños menores de cinco años.

325.El Estado ha intensificado las medidas de lucha contra el VIH/SIDA, lo que ha contribuido en cierta medida a reducir su incidencia en el país, del 13,5% registrado en 2000 al 9,4% registrado en 2003.

326.Para reducir el índice de transmisión del VIH de madre a hijo, se puso en marcha el Programa de prevención de la transmisión de madre a hijo. La plena aplicación del Programa se inició a finales del decenio de 1990, y las estrategias nacionales de intervención se emprendieron en Kenya en 2000. En la actualidad, los servicios de prevención de la transmisión del virus de madre a hijo se prestan en centros de salud públicos y privados distribuidos por 450 localidades. Entre las estrategias aplicadas cabe mencionar el mejoramiento de la atención prenatal, la asistencia en el alumbramiento y el equipamiento de las salas de parto. Se ha establecido un grupo de trabajo técnico encargado de supervisar el desarrollo de las iniciativas emprendidas en el marco del Programa. El Gobierno tiene registrados 401 centros de consultas y pruebas voluntarias, tanto integrados como independientes.

327.En el marco de la Campaña contra el Uso Indebido de Drogas se han adoptado varias iniciativas contra la droga. Hay un alto grado de participación de la sociedad civil en las iniciativas que promueven la supervivencia y el desarrollo, como los centros de consultas y pruebas voluntarias y los programas de prevención del maltrato y el abandono de niños.

328. Limitaciones

1.El índice de pobreza sigue siendo muy alto: el 56% de los kenianos vive por debajo del umbral de pobreza.

2.La incidencia del VIH, que es del 9,4%, sigue siendo un enorme problema para el país y las familias por sus devastadoras consecuencias, en particular el aumento del número de huérfanos y el efecto directo que ello tiene en el desarrollo socioeconómico.

3.La prestación de servicios de salud reproductiva e infantil de calidad en Kenya se ve obstaculizada por la distribución irregular de las clínicas (lo que obliga a muchos kenianos a caminar largas distancias para llegar a ellas), la mala gestión, la escasez de personal suficientemente capacitado, la falta de equipos médicos y de medicamentos básicos y la existencia de algunas prácticas culturales y religiosas perniciosas. Las limitaciones que afectan a la prestación de los servicios de salud reproductiva e infantil repercuten gravemente en los jóvenes, quienes, además de no estar preparados para asumir responsabilidades familiares, se convierten en el centro de las burlas de sus padres si no respetan las prácticas de su comunidad.

4.Las estructuras sociales existentes son insuficientes y no cuentan con los recursos necesarios. Ello obstaculiza la protección del derecho de los niños a la vida, la supervivencia y el desarrollo, especialmente cuando proceden de familias pobres.

5.La malnutrición sigue siendo un gran problema para la mayor parte de los kenianos, dado que el 56% de la población vive por debajo el umbral de la pobreza. La mayoría sólo puede permitirse una comida al día. Las condiciones climáticas adversas que han caracterizado los cinco últimos años han agravado la situación, ya que han provocado el aumento de los precios de los alimentos, que se han vuelto inasequibles para muchos kenianos. La ampliación de los programas de lucha contra la malnutrición es problemática, ya que los datos son insuficientes y no revelan el estado nutricional de los niños necesitados de protección especial, los niños de la calle y los niños con discapacidad.

6.La mortalidad infantil también es elevada en algunas zonas debido a la falta de servicios adecuados de atención prenatal y posnatal, lo que pone en peligro la vida de los recién nacidos. En algunos casos, ello se debe a la inaccesibilidad de los servicios de asistencia médica o a la falta de conocimientos en materia de cuidados infantiles. El hecho de que, en algunos casos, las madres deban reincorporarse a su trabajo 60 días después de dar a luz hace que éstas tengan que alimentar a sus bebés con alimentos distintos de la leche materna, lo que los expone a infecciones que pueden provocar la muerte.

7.La falta de mecanismos eficaces de registro de los nacimientos dificulta la planificación efectiva de los servicios de atención infantil.

Artículo 23: Niños con discapacidad

Marco jurídico y normativo

329.En el proyecto de Constitución se reconoce que la cuestión de las personas con discapacidad se ha de abordar desde la perspectiva de los derechos humanos; por tanto, en él se enuncian los derechos de que gozan las personas con discapacidades. Un aspecto clave a este respecto es la protección de su dignidad de seres humanos.

330.La Ley sobre las personas con discapacidad de 2003 se promulgó para velar por los derechos de estas personas, como el derecho a la rehabilitación y a la igualdad de oportunidades.

331.La Ley sobre la infancia (cap. 586, art. 12) dispone que todo niño discapacitado tendrá el derecho a ser tratado con dignidad y a recibir tratamiento médico apropiado, atención especial y educación o formación a título gratuito o a precio reducido, siempre que sea posible.

Contexto y aplicación

332.El Ministerio de Asuntos de Género, Deporte, Cultura y Servicios Sociales tiene el mandato general de mejorar el nivel de vida de los kenianos mediante la movilización de los recursos necesarios para el desarrollo socioeconómico. El Ministerio también desempeña un papel principal en la promoción y rehabilitación de las personas con discapacidad y en la defensa de sus derechos.

333.El Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad se creó para supervisar la aplicación de la Ley sobre las personas con discapacidad de 2003.

334.Los equipos, prótesis y otros elementos de asistencia para niños y personas con discapacidad están exentos de impuestos si se importan por conducto de organizaciones de discapacitados u organizaciones activas en esa esfera. Se proyecta tener próximamente una encuesta nacional sobre la población de personas con discapacidad.

335.Se calcula que aproximadamente el 25% de los niños en edad escolar (750.000) tiene alguna discapacidad. De ellos, 90.000 han sido identificados y examinados. Sin embargo, en 1999, sólo 14.614 estaban inscritos en programas educativos para niños con discapacidad, mientras que otros tantos permanecían en casa o asistían a escuelas ordinarias, donde la asistencia especial era escasa o nula.

336.Se está revisando la Ley de educación actualmente en vigor con miras a atender a las necesidades especiales de los niños con discapacidad. Se han elaborado programas para integrar a los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias. Tras la aplicación de la política de enseñanza primaria gratuita, el Gobierno estableció un grupo de tareas para que se encargase de los aspectos relativos a la educación de los niños con necesidades especiales. Con arreglo a las conclusiones obtenidas por este grupo de tareas, los fondos se han asignado de la siguiente forma:

se han asignado 17.000 chelines kenianos anuales a cada una de las escuelas ordinarias que cuentan con unidades especiales para que hagan accesibles sus infraestructuras;

se asignan 2.000 chelines anuales por cada niño con discapacidad, en comparación con los 1.020 chelines que se asignan por cada niño sin discapacidad; y

se han asignado 153.000 chelines anuales adicionales a cada una de las escuelas destinadas a los niños con necesidades especiales.

337.El Gobierno apunta a que en cada escuela primaria haya al menos un docente con formación en educación especial. Ello se logrará mediante un programa de formación continua a distancia de educación especial. Entre tanto, el Gobierno ha establecido 62 centros de recursos para la evaluación educacional en todo el país en los que se prestan servicios de detección y colocación tempranos de los niños con discapacidad.

338. Limitaciones

1.La infraestructura de la mayoría de los espacios públicos, como escuelas, hospitales, lugares de esparcimiento y medios de transporte público, no está adaptada a las necesidades de las personas con discapacidad.

2.La mayoría de las instituciones de salud siguen careciendo de medios para diagnosticar discapacidades en los primeros años de vida. El hecho de que las personas con discapacidad figuren entre las más pobres de la sociedad y, por tanto, no puedan pagar los servicios y equipos necesarios no hace sino agravar la situación.

3.Aunque el Gobierno ha incrementado la partida presupuestaria destinada a este sector de la población, ésta sigue siendo insuficiente para hacer frente al creciente número de personas con discapacidad de resultas de accidentes de tráfico, consumo de drogas o catástrofes naturales.

4.Las deficiencias de los establecimientos y la escasez de información, personal especializado y personal en general para tratar los problemas derivados de la discapacidad –especialmente en las fases iniciales– impiden el pleno desarrollo de los niños con discapacidad.

5.Los problemas de comunicación constituyen también un enorme obstáculo para alcanzar a las personas con discapacidad. La mayoría de los canales de comunicación presupone que sus clientes son personas sin discapacidad y con capacidad auditiva y visual, y son pocas las actividades dirigidas a las personas que se comunican mediante el lenguaje de señas, el sistema Braille o cintas magnetofónicas. Ejemplo de ello son los elementos ideados para modificar los hábitos en el marco de la lucha contra el VIH/SIDA: ninguno de ellos ha sido concebido específicamente para las personas con discapacidad. La falta de estadísticas sobre la situación de los niños con discapacidad hace que sea difícil para el Gobierno adoptar medidas adecuadas para ellos.

6.La ignorancia y la falta de conciencia de algunos padres explican el maltrato continuado que sufren algunos niños con discapacidad. Ciertas prácticas y creencias culturales también perpetúan la discriminación de los niños con discapacidad en algunas comunidades, donde se los considera tabú o de mal agüero.

7.Las instituciones dedicadas a los niños con discapacidad, aunque actúan de buena fe, aíslan a los niños del resto de la sociedad. No hay en la actualidad ningún plan adecuado para integrar a estos niños en la sociedad. Por ejemplo, en las escuelas ordinarias, ni los maestros ni los alumnos están concienciados para ayudar a los niños discapacitados y convivir con ellos.

Artículo 24: Salud y servicios sanitarios

Marco jurídico y normativo

339.La Ley de menores establece el derecho de todos los niños de Kenya a tener acceso a los servicios médicos y de atención de la salud.

340.El Fondo nacional del seguro social de enfermedad tiene como objetivo lograr que todos los kenianos tengan acceso a servicios médicos y de salud gratuitos.

341.Hay en vigor algunas directrices de carácter normativo para hacer frente a los principales problema de salud de Kenya. Las más importantes son: el Plan estratégico nacional para el sector de la salud (1999-2004), la Estrategia nacional de salud reproductiva (1997-2010), y el Plan nacional de aplicación de la Estrategia de salud reproductiva (1998-2003). También cabe citar: el proyecto de programa nacional de diagnóstico precoz del cáncer de cuello del útero (septiembre de 2003); el Plan nacional de aplicación de la Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia (2000-2004); la Estrategia nacional de lucha contra el paludismo (2001-2010); el Plan nacional de acción para la erradicación de la mutilación genital femenina en Kenya (1999-2019); la Política y Estrategia nacionales de promoción del uso de preservativos (2001-2005); las Directrices nacionales sobre los huérfanos y otros niños vulnerables de resultas de la pandemia de VIH/SIDA; el Plan nacional de acción a favor de los huérfanos y otros niños vulnerables, y el Estudio sobre demografía y salud en Kenya (2003).

Contexto y aplicación

Derecho a la salud y al acceso a los servicios de salud

342.Las reformas del sector de la salud esbozadas en la Estrategia de Recuperación Económica para la creación de riqueza y empleo tienen como fin reducir las desigualdades en el acceso a los servicios de salud y hacer que tengan acceso a ellos y los puedan pagar los kenianos. El Ministerio de Salud ha seguido formando a un número cada vez mayor de profesionales del sector, lo que se ha traducido en un aumento del 3,2% del número de profesionales de la medicina registrados desde 2001 (57.208) hasta 2002 (59.049). El Gobierno también se ha esforzado por aumentar la remuneración de los médicos con el fin de frenar el éxodo intelectual. El Gobierno aumentó en un 200% la remuneración de los médicos en 2002, lo que ha tenido como resultado el regreso de unos 1.100 médicos que habían emigrado debido a las precarias condiciones laborales.

343.Se está proporcionando capacitación a parteras tradicionales con el apoyo del UNICEF, la OMS y la Fundación Africana de Medicina e Investigaciones, entre otros organismos. Ya en 2000 se había proporcionado capacitación a unas 3.000 parteras. Su función se está redefiniendo para que puedan actuar como asesoras comunitarias y constituyan un vínculo entre las comunidades y los servicios de salud.

344.El Gobierno reconoce el papel que desempeñan los curanderos tradicionales en el sistema de salud. El Instituto de Investigaciones Médicas de Kenya está haciendo investigaciones sobre plantas medicinales, y la Universidad Kenyatta también tiene un departamento de medicina tradicional. Por su parte, el Departamento de normas y reglamentos del Ministerio de Salud está trabajando con miras a la integración de la medicina tradicional en la medicina moderna. El número de centros de salud, hospitales, camas y cunas ha experimentado un leve aumento en los últimos años. En 2001 había 4.421 centros de salud en Kenya, en comparación con los 4.499 de 2002. El número total de camas y cunas en los hospitales también aumentó de 58.080 en 2001 a 60.657 en 2002, lo que representa un ligero aumento del 4,4%. En general, la proporción de camas y cunas por cada 100.000 habitantes aumentó ligeramente en todas las provincias.

345.El Gobierno ha tomado medidas para incrementar el acceso a la atención primaria de la salud racionalizando la distribución de los costos en dispensarios (10 chelines kenianos) y centros de salud (20 chelines kenianos). Mediante el proyecto de ley sobre el fondo nacional del seguro social de enfermedad se incrementará aún más la accesibilidad de los servicios de salud en todos los niveles.

346.Se calcula que la tasa actual de mortalidad infantil (de niños menores de un año) es de 77 por cada 1.000 nacidos vivos, mientras que la tasa correspondiente a los niños menores de cinco años es de 115 por cada 1.000 nacidos vivos (Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya, 2003). La tasa de mortalidad materna era de 590 mujeres por cada 100.000 nacidos vivos en 1998, mientras que en 2003 fue de 414 por cada 100.000. El 57% de los niños de entre 12 y 23 meses están totalmente inmunizados (Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya, 2003), con una diferencia mínima entre las zonas rurales (56%) y las urbanas (59%). La cobertura regional va del 9% al 79%.

347.El estado nutricional de los niños menores de cinco años no mejoró en el quinquenio precedente a la elaboración del Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya de 2003, en el que se revelaron los siguientes datos: el 30% de los niños presenta un retraso del crecimiento (grave en el 11% de los casos), el 6% padece emaciación y el 22% está por debajo de su peso normal, a lo que hay que añadir que la tasa de lactancia materna exclusiva de los niños de entre cuatro y seis meses es del 2,6%. Según los datos de los hospitales, el 20% de los embarazos presentan complicaciones, y el 20% de las mujeres sufren complicaciones durante el parto.

348.Aproximadamente 1,08 millones de niños nacen cada año en Kenya (Estado Mundial de la Infancia 2003). En el período de alto riesgo que sigue inmediatamente al nacimiento se dan diversos factores que causan hasta el 40% de las muertes infantiles (Plan estratégico nacional para el sector de la salud, 1999). Las muertes de recién nacidos no suelen registrarse debido a que la mayoría de ellas se produce en los hogares. Se calcula que el 9% de los niños kenianos nace con bajo peso (Estado Mundial de la Infancia 2003). Probablemente, el bajo peso al nacer es por sí mismo el principal factor causante de la mortalidad neonatal. Se estima que el paludismo durante el embarazo provoca entre el 5% y el 10% de las muertes de bebés relacionadas con el bajo peso al nacer.

349.Ya en 2000, Kenya se había propuesto erradicar el tétanos neonatal (véase UNICEF: Elimination of Maternal Neonatal Tetanus, 2000). Así pues, el país formuló una declaración conjunta con el UNICEF, la OMS y el FNUAP que incluía el objetivo de eliminar el tétanos neonatal para 2005, además de crear un fondo global a tal fin.

350.Durante el embarazo, aproximadamente el 90% de las mujeres son examinadas al menos una vez por un profesional de la salud; sin embargo, en el momento del parto, el porcentaje de mujeres atendidas por personal calificado es muy inferior (en 1998, el 45%; en 1990, el 51%; en 2000, el 41%, y en 2003, el 42%). En 1998, sólo alrededor del 42% de los partos tuvo lugar en un establecimiento de salud, mientras que el 58% se produjo en el hogar, con la asistencia de parteras no calificadas. El Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya de 2003 pone de manifiesto que la situación no mejoró en dicho año, en el que sólo el 40% de los partos se produjo en un establecimiento de salud. Las principales iniciativas encaminadas a reducir los riesgos de la maternidad en Kenya se centran en las siguientes esferas fundamentales: la atención prenatal, el parto sin riesgos, la planificación de la familia, la atención obstétrica básica, la atención posterior al parto, la asistencia al recién nacido y la atención posterior al aborto.

351.En 1999, sólo el 15% y el 9% de los establecimientos contaban con el equipamiento necesario para prestar, respectivamente, servicios básicos de atención obstétrica básica y servicios integrales de atención obstétrica básica (Estudio de evaluación de la prestación de servicios en Kenya, 1999). En la actualidad, el 40% de los hospitales, el 30% de las maternidades, el 3% de los centros de salud y el 5% de las clínicas pueden prestar servicios de atención obstétrica básica. Aproximadamente el 28% de los hospitales, el 15% de las maternidades y el 3% de los centros de salud pueden prestar servicios integrales de atención obstétrica básica. La cuarta parte de todos los hospitales y el 15% de las maternidades cumplen los requisitos necesarios para prestar servicios integrales de atención obstétrica básica. Unas dos quintas partes de los hospitales y menos de una tercera parte de las maternidades cumplen todos los requisitos y cuentan con los elementos necesarios para poder prestar servicios básicos de atención obstétrica básica.

352.La mayoría de los puntos designados para la prestación de los servicios de planificación de la familia están distribuidos en forma despareja (Ministerio de Salud, 1996). Alrededor del 88% de las clínicas que prestaban servicios de planificación de la familia facilitaban al menos tres tipos de métodos anticonceptivos, aunque con acusadas variaciones entre las provincias. Por ejemplo, aproximadamente una tercera parte de las clínicas de la Provincia de la Costa y de la Provincia de Nyanza proporcionaban dispositivos anticonceptivos intrauterinos, en comparación con el 60% de las clínicas de la Provincia Central y el 77% de las clínicas de Nairobi.

353.Entre 1993 y 1998, el uso de todo tipo de anticonceptivos experimentó un ligero aumento (del 33% al 39%). Esta situación no había cambiado en 2003 (39%). En 1998, la tasa más alta de utilización de anticonceptivos (55%) se registró en la Provincia Central, y la más baja (20%), en la Provincia de la Costa. La tasa nacional de necesidades no satisfechas de planificación de la familia asciende al 24% (Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya, 1993 y 1998).

354.Para contribuir a la reducción de las tasas de mortalidad de los niños menores de un año y de los niños menores de cinco años, el Gobierno adoptó en 1997 la Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia. Desde entonces, esta Estrategia se ha aplicado en colaboración con la OMS, el UNICEF y otros asociados, entre ellos la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), el Organismo Sueco de Cooperación para el Desarrollo Internacional (OSDI), el Organismo Danés de Desarrollo Internacional (DANIDA) y el Banco Mundial. La Estrategia de atención integrada de las de la infancia es también uno de los componentes prioritarios en materia de salud pública y asistencia clínica del Plan estratégico nacional para el sector de la salud 1999-2004. Otros componentes esenciales son: la salud reproductiva; la lucha contra el paludismo; el Programa Ampliado de Inmunización de Kenya relativo al VIH/SIDA; la lucha contra las enfermedades de transmisión sexual; la prevención de las principales enfermedades transmisibles a través del medio ambiente, como el cólera, la fiebre tifoidea y la disentería, y la seguridad alimentaria. La Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia también es un componente de la Estrategia de lucha contra la pobreza y de la Estrategia de Recuperación Económica para la creación de riqueza y empleo. Los trabajadores del sector de la salud ya han recibido capacitación acerca de la Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia. Hasta la fecha, 24 distritos (el 35%) han puesto en marcha la Estrategia. Un total de 1.238 trabajadores de los servicios clínicos de salud (el 7%) han recibido formación acerca de la puesta en práctica de la Estrategia; asimismo, el 22% de las instituciones de enseñanza de la medicina están proporcionando formación acerca de la Estrategia. Los medicamentos contemplados en la Estrategia se han incorporado a los botiquines básicos, de forma que los centros de atención primaria pueden dispensar medicamentos sin necesidad de remitir al paciente a un especialista. Se está avanzando en la elaboración de un documento estratégico para la aplicación de la Estrategia de atención integrada de las enfermedades de la infancia en la comunidad.

355.Se sigue administrando la vacuna antipoliomielítica a los niños con el fin de erradicar la enfermedad. En el marco del Plan nacional de acción en materia de nutrición, hay planes avanzados de dejar sin efecto el código keniano de comercialización de los sucedáneos de la leche materna del registro de la Oficina de Normas de Kenya y sustituirlo por disposiciones de la Ley de salud pública destinadas a salvaguardar la salud del niño. Se han adoptado varias medidas para reducir las altas tasas de malnutrición. Entre ellas cabe mencionar la evaluación de la iniciativa denominada "Hospitales Amigos del Niño" y la capacitación de los trabajadores de la salud en la cuestión de la alimentación infantil en el contexto del VIH, la observación y la promoción del crecimiento, el control de la carencia de micronutrientes y la gestión nutricional en situaciones de emergencia.

Agua y saneamiento

356.Casi el 25% de los kenianos obtienen el agua que beben de ríos o arroyos. Aproximadamente el 21% tiene agua corriente en sus viviendas, edificios o parcelas, mientras que el 11% utiliza una fuente pública. Casi uno de cada cinco hogares utiliza pozos para abastecerse de agua potable, la mayoría de los cuales están tapados o protegidos. Menos del 5% de los hogares utiliza otro tipo de fuentes de abastecimiento de agua. La mayoría de los hogares (el 53%) están a una distancia máxima de 15 minutos de sus fuentes de agua (Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya, 2003). El 83% de los hogares tiene acceso a instalaciones sanitarias salubres, como cloacas y letrinas de pozo (Censo de 1999). En las zonas rurales, el 21% de los hogares está expuesto a condiciones sanitarias deficientes, en comparación con el 2% en las zonas urbanas.

357.Un acontecimiento significativo a este respecto es la entrada en vigor de la Ley de abastecimiento de agua de 2002.

358.El Gobierno de Kenya, en colaboración con sus asociados, ha puesto en marcha un programa integrado de abastecimiento de agua y saneamiento ambiental en las escuelas y las comunidades. El objetivo de este programa, que apunta a lograr el acceso universal a servicios de abastecimiento de agua apta para el consumo y saneamiento ambiental, es contribuir a la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño.

Salud de los adolescentes

359.Según el Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya de 2003-2004, los adolescentes constituyen el 45% de la población del país. Tras la implantación de la educación primaria gratuita, una gran proporción de los adolescentes están escolarizados. Los adolescentes enfrentan diversos problemas, como el uso indebido de drogas, los embarazos y los abortos precoces, los matrimonios a edad temprana y los problemas mentales, incluidas las tendencias suicidas.

360.En el informe titulado Adolescence in Kenya – the Facts (La adolescencia en Kenya: los hechos), elaborado por el Centro para la salud y el desarrollo de los adolescentes, se indica que el 55% de la población del país tiene menos de 19 años y que un tercio de la población total tiene entre 13 y 19 años. Aproximadamente el 29% de los niños trabajan para ayudar a sus familias, el 13% para costearse la matrícula escolar, y el 10% para comprar alimentos. De los adolescentes sin educación, el 46% tiene hijos. Uno de cada cinco niños en la escuela primaria y dos de cada cinco en la escuela secundaria han consumido alcohol. Cuatro de cada diez mujeres que mueren por complicaciones de abortos realizados en condiciones poco seguras tienen menos de 20 años; las adolescentes son las más propensas a sufrir complicaciones relacionadas con el embarazo. Por último, tres de cada diez mujeres kenianas han sido circuncidadas, lo que representa un descenso del 10% con respecto a 1998.

361.El Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya revela que los adolescentes se están iniciando en la delincuencia en mayor número y a una edad más temprana que en el pasado. Un estudio realizado por el UNICEF en el marco de la Estrategia de asistencia al país en 2003 revela que el 58% de los jóvenes había cometido robos de carácter general y que el 30% lo había hecho por razones de inactividad. La pobreza, el desempleo y el consumo de drogas son algunos de los factores que contribuyen al aumento de la actividad criminal entre los jóvenes.

362.En mayo de 2003, el Gobierno puso en marcha la Política de salud reproductiva y desarrollo de los adolescentes para hacer frente a los problemas que afectan a este sector de la población. En algunos establecimientos sanitarios se han creado servicios de salud adaptados a las necesidades de los adolescentes, como servicios de salud reproductiva, de orientación, de asesoramiento acerca del consumo de drogas y de información acerca del embarazo precoz y sus consecuencias.

363.El Gobierno también está elaborando directrices normativas sobre la salud en las escuelas para promover un entorno seguro y saludable. El 40% de las escuelas primarias y el 77,7% de las escuelas secundarias prestan servicios de orientación y asesoramiento.

364.Se ha prohibido fumar en los lugares públicos. Más aun, se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley sobre el tabaco. La Ley de enmienda del Código Penal de 2003 tipifica como delitos el ofrecimiento y la entrega a niños de destilados del petróleo, pegamentos y otros alucinógenos semejantes. Se ha prohibido el envasado de alcohol en recipientes de material plástico para contrarrestar el aumento de la venta de alcohol a menores.

365.El Gobierno y algunos organismos privados prestan servicios de salud a los niños de la calle y a las familias sin hogar. En el marco de un programa del Ministerio de Gobierno Local e Interior dirigido a las familias sin hogar de Nairobi, varios centros de formación y rehabilitación y el Servicio Nacional de la Juventud se han hecho cargo de los niños de estas familias. También les han prestado servicios de salud en esos centros.

“En nuestro centro de rehabilitación hay enfermeras y el hospital está a sólo 500 metros. Estamos contentos porque cuando nos enfermamos nos dan tratamiento enseguida.”

Osiako, 15 años, de Kakamega.

366.En cuanto a las prácticas culturales perniciosas, el Gobierno está promoviendo el aumento de la edad legal para contraer matrimonio de los 16 a los 18 años, con el fin de proteger a este grupo de edades de dichas prácticas. Se están adoptando medidas para proteger a las niñas de los matrimonios precoces; así, por ejemplo, se está alentando a las comunidades a que adopten otros ritos para marcar el paso de la infancia a la edad adulta y se proporciona a los oficiantes otras fuentes de ingresos.

VIH/SIDA

367.La incidencia del VIH/SIDA en Kenya es actualmente del 9,4%, porcentaje menor que el 13% registrado en 1999.

368.Se calcula que en 2002 hubo 1,02 millones de nacimientos. En un país con 30 millones de habitantes, esta cifra revela que existe un gran número de mujeres en edad reproductiva. Dado que la tasa de transmisión del VIH durante el embarazo es del 10%, se calcula que en 2002 nacieron en Kenya 13.300 niños con el VIH.

369.Alrededor del 10% de los casos de SIDA registrados se da en niños menores de cinco años.  La mayoría de estos niños ha contraído la enfermedad por la transmisión del virus de madre a hijo. Se calcula que entre 50.000 y 60.000 niños menores de cinco años quedan infectados por el VIH cada año. Aproximadamente 100.000 bebés y niños menores de cinco años viven con el VIH en Kenya, y muchos más han muerto de SIDA. Hay cerca de un millón de huérfanos por el VIH en el país, así como numerosos hogares cuya cabeza de familia es un niño. Según los cálculos, el número total de huérfanos de hasta 14 años era de 1,7 millones en 2004. Se prevé que esta cifra aumentará a 1,8 millones en 2005. Del número total de huérfanos, entre el 54% y el 60% lo son de resultas del VIH/SIDA.

370.Para hacer frente a los problemas planteados por el flagelo del VIH/SIDA, el Gobierno declaró que el VIH/SIDA era catástrofe nacional y creó en 1999 el Consejo Nacional de Lucha contra el SIDA, cuyo objetivo es coordinar las actividades de lucha contra la enfermedad. Un logro notable del Consejo es la reciente publicación del proyecto de ley sobre el VIH/SIDA de 2003 y la preparación y divulgación de varias directrices en la materia, como las Directrices nacionales sobre los huérfanos y otros niños vulnerables por el VIH/SIDA, las Directrices para la prevención de la transmisión de madre a hijo, las Directrices sobre consultas y pruebas voluntarias, y las Directrices sobre la prestación de cuidados en el hogar. Se han llevado a cabo encuestas anuales de vigilancia permanente de la propagación de la enfermedad, se ha elaborado el Estudio sobre la demografía y la salud en Kenya de 2003 y se ha preparado un Plan estratégico nacional sobre el VIH/SIDA para 2000-2005. Por último, se ha llevado a cabo una revisión anual conjunta de los programas sobre el SIDA junto con organismos de ejecución asociados.

371.En colaboración con las ONG, el Gobierno ha intensificado sus esfuerzos de lucha contra la propagación del VIH/SIDA mediante toda una serie de iniciativas, como el establecimiento de 401 centros de consulta y pruebas voluntarias y de 450 centros de prevención de la transmisión de madre a hijo en todo el país, la creación de un comité del Consejo de Ministros sobre el VIH/SIDA encabezado por el Presidente, y la puesta en marcha del Programa nacional de lucha contra el SIDA y las infecciones de transmisión sexual y de varios programas de promoción y concienciación.

372.Varias organizaciones prestan servicios relacionados con el VIH, y la mayoría de las personas está al corriente de la existencia de la enfermedad. Se proporciona terapia antirretroviral por conducto de centros de tratamiento en dos hospitales nacionales universitarios y de remisión, ocho hospitales generales provinciales, 16 hospitales de distrito y seis hospitales de misiones. Todos estos establecimientos cuentan también con máquinas de conteo de células CD4. Unas 24.000 personas están recibiendo tratamiento antirretroviral; a ese respecto, el objetivo del Gobierno es que 95.000 personas puedan llegar a beneficiarse de dicho tratamiento, para lo cual ha puesto en marcha la iniciativa denominada “tres millones para 2005”. Sin embargo, la escasez de medicamentos antirretrovirales formulados específicamente para los niños ha obstaculizado el acceso de éstos a este tratamiento. Aunque su precio se ha reducido a 500 chelines kenianos por mes, la mayoría de los kenianos no puede costeárselo. Unos 1.100 trabajadores del sector de la salud han recibido formación acerca de los medicamentos antirretrovirales. El tratamiento contra la tuberculosis es gratuito en los hospitales públicos. Se han creado unidades de lucha contra el SIDA en todos los ministerios y departamentos gubernamentales, y se han elaborado planes y políticas específicos para el sector.

373.Mediante el proyecto para hacer frente a la pandemia del Consejo Nacional de Lucha contra el SIDA, se ha destinado el 10% de aproximadamente 1.400 millones de chelines kenianos a ayudar a los huérfanos y los niños vulnerables.

Paludismo

374.El paludismo sigue siendo la causa más común de mortalidad entre los niños menores de cinco años en Kenya. Cada año, 20 millones de kenianos contraen la enfermedad y 26.000 niños menores de cinco años (72 al día) mueren a causa de ella. Por otro lado, las mujeres embarazadas, al contraer la enfermedad, padecen anemias agudas, por lo que suelen dar a luz a niños con bajo peso. Según los cálculos, cada año se pierden 170 millones de jornadas laborales a causa del paludismo, lo que afecta negativamente al desarrollo económico del país.

375.Alrededor del 15% de los niños duerme con un mosquitero, mientras que el 5% duerme bajo un mosquitero impregnado de insecticida. La proporción de mujeres embarazadas que duermen con mosquitero es del 13%, mientras que el 4% duerme con un mosquitero impregnado de insecticida. Aproximadamente el 24% de las mujeres embarazadas recibe un tratamiento antipalúdico apropiado de carácter intermitente dos veces a lo largo de su embarazo. Pero sólo el 6% de los niños menores de cinco años recibe medicación antipalúdica adecuada dentro de las 48 horas siguientes a su exposición a la enfermedad.

376.El Gobierno ha adoptado medidas contra el paludismo, como se indica en la Estrategia nacional de lucha contra el paludismo (2002-2005). Las esferas de intervención son el tratamiento de la enfermedad, la lucha antivectorial, el control de la enfermedad durante el embarazo y el control de las epidemias de paludismo. Se han eliminado los impuestos a la importación de mosquiteros, y su costo se ha subvencionado. Se han emprendido varias iniciativas para extender la utilización de los mosquiteros impregnados de insecticida, sobre todo entre los pobres; así, por ejemplo, se están facilitando mosquiteros altamente subvencionados o a título gratuito.

377.El país ha recibido ayuda del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria.

378. Limitaciones

1.Las zonas rurales hacen frente al problema de la insuficiencia de personal de atención de la salud, ya que más del 80% de los médicos desarrollan sus actividades en las zonas urbanas, donde atienden al 20% de la población. Hay una escasez aguda de funcionarios y técnicos en salud pública, expertos en nutrición y trabajadores sociales, quienes son los que deberían ir a la cabeza de la campaña de promover la atención médica preventiva y no la curativa.

2.Los establecimientos de salud disponibles son insuficientes para satisfacer la demanda de servicios de salud. Los pocos hospitales existentes están generalmente superpoblados, y en ellos los pacientes suelen tener que compartir cama. La reciente reducción de la racionalización de la distribución de los costos en los dispensarios y clínicas ha traído aparejado un aumento del 300% de la carga de trabajo en dichos establecimientos. Algunos establecimientos carecen incluso de los medicamentos y equipos básicos para satisfacer la elevada demanda.

3.Algunas regiones son inaccesibles porque los caminos son impracticables, especialmente en las estaciones lluviosas. El mal estado de la infraestructura obstaculiza el acceso a los servicios de salud incluso cuando éstos son gratuitos.

4.Según las estimaciones de los gastos periódicos para 2004-2005, publicadas en junio de 2004, el gasto neto estimado del Ministerio de Salud para el ejercicio financiero 2004/2005 es de 15.900.389.280 chelines kenianos (unos 212.000.000 de dólares de los EE.UU.), cifra que, si se compara con la correspondiente al ejercicio financiero 2003/2004 (15.936.440.460 chelines), acusa una disminución de 36.051.180 chelines (unos 481.000 dólares).

5.Una gran parte de los kenianos sigue padeciendo la escasez de alimentos provocada por la inseguridad alimentaria. Aproximadamente el 56% de los kenianos sigue viviendo por debajo del umbral de pobreza. Ello se ve agravado por las catástrofes naturales recurrentes -como inundaciones y sequías- que afectan a varias partes del país.

6.El carácter multiétnico del país dificulta la promoción de la atención primaria de la salud y la eliminación de las creencias y prácticas culturales perniciosas.

7.La pandemia del VIH/SIDA sigue dificultando la prestación de una atención de la salud de calidad a los niños. Además, los establecimientos públicos no disponen fácilmente de medicamentos antirretrovirales formulados específicamente para los niños. Los niños huérfanos por el VIH/SIDA siguen siendo estigmatizados.

Artículo 26: Seguridad social y servicios e instalaciones de guarda de niños

Marco político y normativo

379.La Ley de pensiones (cap. 189), el Fondo nacional de seguridad social (cap. 268), el Fondo nacional del seguro de enfermedad y el Fondo nacional del seguro social de enfermedad para los casos de hospitalización (proyecto de ley sobre la creación de un fondo nacional del seguro social de enfermedad) constituyen el marco en que se inscribe la seguridad social en Kenya.

Contexto y aplicación

380.En la actualidad, los funcionarios públicos que alcanzan la edad de jubilación (55 años) reciben una pensión si el Gobierno los ha empleado con carácter permanente.

381.El Fondo nacional de seguridad social también beneficia a los contribuyentes con contratos temporarios y a prueba. No obstante, las pensiones son insuficientes y, en la mayoría de los casos, no alcanzan para que los trabajadores jubilados puedan mantener a sus hijos. No hay prácticamente prestaciones de seguridad social para las personas de edad, los discapacitados, las madres solteras y los niños que son cabeza de familia, ni tampoco para quienes no hayan hecho aportaciones al Fondo nacional de seguridad social. Los pacientes internos que hayan contribuido al Fondo nacional del seguro de enfermedad pueden recibir prestaciones del seguro de enfermedad, que son extensibles a sus hijos. El sector no estructurado participa en este Fondo a título voluntario.

382.La política actual del Gobierno consiste en convertir el Fondo nacional del seguro de enfermedad en un fondo nacional del seguro social de enfermedad, con el que se cubrirán las necesidades médicas de los pacientes tanto internos como externos y cuyo costo será compartido por el erario público, los empleadores y los empleados, el sector no estructurado y otros segmentos productivos de la sociedad. Como parte del proceso de establecimiento de dicho fondo nacional del seguro social de enfermedad, el Gobierno creará un fondo especial de atención de la salud financiado mediante donaciones, que apuntará a prestar servicios a grupos vulnerables como las personas de edad, las personas desplazadas y otras categorías de personas necesitadas. Se ha presentado al Parlamento un proyecto de ley con el que se llevará a efecto ese proceso.

383. Limitaciones

1.No hay ningún régimen de seguridad social para las personas muy pobres, las personas de edad, los discapacitados o los niños que se encuentren en circunstancias especiales. El régimen de seguridad social vigente requiere el pago de primas para beneficiarse de sus prestaciones tras la jubilación. Sin embargo, incluso para quienes hacen sus aportaciones, las prestaciones no bastan para cubrir las necesidades familiares.

2.El proceso de acceso a las prestaciones es extremadamente largo. Cuando los contribuyentes mueren, no hay ningún mecanismo que asegure que sus bienes lleguen a sus legítimos beneficiarios. En muchas ocasiones, los hijos de contribuyentes fallecidos se ven privados de su herencia.

Artículo 27: Nivel de vida

384.“Nuestro principal problema de la población es la escasez de alimentos. Ya no recibimos donaciones en comida de organismos y entidades de beneficencia, como ocurría antes. La crisis alimentaria ha obligado incluso a ancianos a emplearse en el servicio doméstico. Esto también ha fomentado el trabajo infantil, ya que los niños se ponen a trabajar para comer”.

Kimathi, de Isiolo.

Marco jurídico y normativo

385.Por conducto de la Estrategia de recuperación económica para la creación de riqueza y empleo, el Gobierno ha previsto construir casas de bajo costo para todas las personas que vivan en tugurios en las zonas urbanas, con el fin de mejorar las condiciones de vida de un mayor número de niños.

386.El objetivo del proyecto de política de desarrollo social de Kenya es aumentar la conciencia del país sobre la necesidad de contar con un marco integrado de desarrollo social en que se tenga especialmente en cuenta a las personas vulnerables y marginadas. El Gobierno, mediante un programa específico y exhaustivo, tomará en consideración a las personas más pobres, los sin tierra, las personas con discapacidad, las personas de edad y los niños y velará por el cumplimiento de sus derechos y la satisfacción de sus necesidades. Su objetivo será garantizar su acceso a las oportunidades y servicios sociales de calidad.

Contexto y aplicación

387.Un recuento llevado a cabo en 2002 con el apoyo del Organismo Alemán de Cooperación Técnica y de otros asociados en el desarrollo reveló que había hasta 10.000 niños de la calle en Nairobi. Será necesario hacer encuestas análogas en todos los centros urbanos del país. El Ministerio de Asuntos de Género, Deporte, Cultura y Servicios Sociales tiene 14 centros de nutrición basados en la comunidad para atender a los niños malnutridos de menos de cinco años, y tiene previsto aumentar el número de dichos centros en todo el país. El Gobierno ha rehabilitado a 300 niños y jóvenes de la calle por medio del Servicio Nacional de la Juventud y, en la actualidad, está haciendo lo propio con otros 1.500 con el fin de darles la capacitación necesaria para que puedan valerse por sí mismos.

388.Una serie de organizaciones basadas en la comunidad y ONG han alentado a las comunidades a emprender actividades generadoras de ingresos mediante la concesión de préstamos. El Ministerio de Planificación brinda apoyo a estas iniciativas destinando fondos a las organizaciones basadas en la comunidad para fines de desarrollo de la comunidad.

389. Limitaciones

1.Dado que más del 50% de los kenianos vive por debajo del umbral de la pobreza, huelga decir que el nivel de vida de la mayoría de la población es bajo. Ello se debe al aumento del desempleo, el gran tamaño de las familias, y el incremento de divorcios y separaciones.

2.La vivienda es cara, especialmente para las personas que viven en las ciudades, lo que empuja a la mayoría de ellas a instalarse en asentamientos espontáneos que carecen de los servicios básicos y donde los niños están expuestos a abusos.

3.En los casos de refutación de la paternidad, no hay mecanismos adecuados para obligar a los padres a hacerse cargo de las necesidades de sus hijos, especialmente cuando éstos viven en el extranjero.

4.Es difícil hacer valer los derechos del niño establecidos en el artículo 22 de la Ley de menores cuando el niño nace fuera del matrimonio.

5.La mayoría de los servicios sociales se concentran en las zonas urbanas, lejos de las poblaciones rurales. Esta tendencia afecta también a las ONG, que duplican sus servicios en las zonas urbanas y dejan desatendidas a las rurales.

CAPÍTULO VII: EDUCACIÓN, ESPARCIMIENTO Y

ACTIVIDADES CULTURALES

Artículo 28: Derecho a la educación

Marco jurídico y normativo

390.La educación y la formación en Kenya se rigen por lo dispuesto en la Ley de educación (cap. 211) y en otras leyes del Parlamento conexas, como la Ley sobre la Comisión del servicio docente, la Ley sobre el Consejo Nacional de Exámenes de Kenya, la Ley de educación de adultos y varias leyes y estatutos por las que se rigen las universidades. En la actualidad se está estudiando la Ley de educación con miras a armonizar todas las leyes conexas y abordar cuestiones nuevas y ámbitos que deben reformarse, como la enseñanza primaria gratuita, el VIH/SIDA, la alimentación y la nutrición y el uso indebido de drogas.

391.En vista de lo que antecede, el Gobierno ha elaborado una nueva política sobre educación y formación con una filosofía y una visión nacionales apropiadas. El proyecto de documento del período de sesiones sobre la elaboración un marco de políticas para el sector de la educación para enfrontar los problemas de educación y formación de Kenya en el siglo XXI contiene propuestas de políticas para hacer avanzar el programa de desarrollo del sector.

392.La Ley de menores (cap. 586) establece que todo niño tiene derecho a la educación, y que es responsabilidad del Gobierno y de sus padres proporcionársela; a su vez, en virtud del artículo 7 2), todo niño tiene derecho a la enseñanza básica gratuita, que será obligatoria de conformidad con el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Con arreglo al artículo 5, ningún niño puede ser discriminado por motivo alguno, incluida la discapacidad. La Ley sobre los discapacitados de 2003 dispone que ningún niño se verá privado del derecho a la educación, derecho que le reconocen la Ley de menores y la Convención sobre los Derechos del Niño. El artículo 12, el artículo 13 1) y el artículo 18 1) de la Ley de menores (cap. 586) protegen a los niños del maltrato físico y psicológico. Con arreglo al artículo 76 3) b) de la Ley sobre las personas con discapacidad, toda persona o institución que preste cuidados especiales o atención médica a niños con discapacidad debe tener en cuenta sus necesidades físicas, emocionales y educacionales.

393.Hay una directriz de carácter normativo sobre las madres adolescentes. En la actualidad, las adolescentes que quedan embarazadas mientras están en la escuela son readmitidas de nuevo en las escuelas tras dar a luz, para que completen su educación. Así se logra que no se deniegue a la niña su derecho a la educación y se reafirma el principio de la no discriminación.

394.En 2003 se implantó la enseñanza primaria gratuita con el fin de mejorar los índices de acceso, permanencia e igualdad en la educación. El propósito de esta medida era, y sigue siendo, lograr la educación primaria universal y la educación para todos, que es uno de los objetivos de desarrollo del Milenio.

Contexto y aplicación

395.El castigo corporal en las escuelas se prohibió mediante la notificación reglamentaria Nº 56 (2001) y una circular enviada a todos los jefes de departamento de los establecimientos educacionales en la que se les comunicaba dicha prohibición. El Ministerio también está fortaleciendo su función de orientación y asesoramiento, tanto en la sede como en las escuelas, y está elaborando directrices sobre las alternativas al castigo corporal. Entre tanto, se han denunciado algunos casos de castigo corporal en diarios locales, que han sido examinados por la oficina de educación de distrito.

396.El derecho a la educación se garantiza desde el nivel preescolar (0 a 6 años). En Kenya hay 28.176 centros preescolares, que cobran un importe mínimo en concepto de matrícula.

397.Con respecto a la protección de los niños, el Ministerio de Educación ha elaborado un plan para integrar la cuestión de los derechos del niño en los planes de estudios de los centros de educación preescolar y en las escuelas de magisterio. Además, el Ministerio de Educación, en colaboración con la ONG Comisión de Derechos Humanos de Kenya, ha elaborado y divulgado un manual de derechos humanos destinado a las escuelas primarias.

398.Durante el período que se examina se ha acelerado la cooperación entre el Gobierno de Kenya y un gran número de asociados que contribuyen al fortalecimiento de las actividades destinadas al sector de la educación, entre los que cabe destacar el Banco Mundial, el Departamento de Desarrollo Internacional (ex Dirección de Desarrollo de Ultramar (ODA)), el JICA, la Unión Europea, la USAID, el Organismo Canadiense de Desarrollo Internacional (CIDA), el OSDI, la UNESCO, el FNUAP, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (PNUFID), El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la OIT (OIT/IPEC), el UNICEF y el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional.

399.Además, numerosas ONG, organizaciones religiosas y organizaciones de la comunidad -tanto internacionales como locales- han brindado una inestimable ayuda para aumentar el acceso a la educación académica y no académica.

400.Desde la entrada en vigor de la enseñanza primaria gratuita, la proporción de libros de texto por alumno es de 1:3, mientras que la proporción de retretes por alumno ha aumentado de 1:100 a 1:70. El actual programa de contratación de docentes apunta a mejorar la proporción maestro/alumno, que en la actualidad oscila entre 1:35 y 1:70, según las regiones.

401.En 2003, el número total de escuelas primarias en el país era de 17.832, en las que había matriculados 6,8 millones de niños de 6 a 13 años de edad; en 2002, esta cifra era de 5,9 millones. Así pues, el número de alumnos matriculados aumentó en 0,9 millones, tal como se indica en el cuadro que figura a continuación.

Matriculación en escuelas primarias por provincia en 2002 y 2003

2002

2003

Provincia

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Costa

204 071

169 485

373 556

242 336

204 540

446 876

Central

397 152

398 335

795 487

425 034

423 654

848 688

Oriental

577 956

578 977

1 156 933

641 562

625 840

1 267 401

Nairobi

72 436

72 439

144 929

134 782

88 783

205 362

Valle del Rift

798 881

744 704

1 543 585

875 002

838 162

1 713 241

Occidental

384 393

383 787

768 180

509 883

508 739

1 018 662

Nyanza

560 654

534 885

1 095 539

649 455

622 786

1 272 241

Nororiental

34 626

15 406

50 032

41 688

19 129

60 817

Total

3 030 169

2 898 072

5 928 241

3 519 742

3 331 634

6 851 376

Fuente: Ministerio de Educación, 2003.

402.Género: En 2002 casi se logró la paridad de géneros, ya que los porcentajes correspondientes a niños y niñas fueron, respectivamente, del 51,1% y del 48,8%. La situación permaneció igual en 2003, con porcentajes del 51,3% y el 48,6% respectivamente.

403.Educación Especial: Se han establecido varios centros de educación especial para todas las categorías de niños con discapacidad, donde se proporciona desde la enseñanza primaria hasta la enseñanza de artes y oficios. La integración de los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias ha aumentado sus oportunidades educativas y aminorado el peligro de aislamiento. Ello les ha infundido un sentimiento de dignidad y promovido su independencia. La política gubernamental consiste en fomentar la integración de los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias, con el fin de garantizar su plena participación en el proceso de aprendizaje. En el marco de la enseñanza primaria gratuita, el Gobierno asegura a los niños con discapacidad el doble de recursos presupuestarios que los asignados a los demás niños.

404.Desafortunadamente, un gran número de niños con discapacidad no tiene acceso a la educación debido a la falta de instituciones y establecimientos adaptados a sus necesidades, a la escasez de personal capacitado e, incluso, a la ignorancia de los padres. Se alienta a las juntas de educación y capacitación de distrito a que creen escuelas especiales para los niños con discapacidad y a que, a la hora de diseñar los edificios escolares, tengan en cuenta las necesidades específicas de éstos. Hay un proceso establecido para identificar a los niños con discapacidad y alentar a sus familias a que los matriculen en las escuelas. El Gobierno también está estudiando las necesidades en materia de planes de estudios de los niños con discapacidad que no pueden integrarse plenamente en el sistema educacional vigente. En el Ministerio de Educación se creó en 1972 una Dependencia de educación especial (Garantía de Calidad y Dirección General de Enseñanza Básica), tras de lo cual se establecieron centros de recursos para la evaluación de la educación en todo el país. Estas medidas fueron necesarias para adecuar la enseñanza a los niños con necesidades especiales. También se creó el Instituto Keniano de Educación Especial para capacitar a los docentes en los métodos de enseñanza. Los niños con discapacidades menos graves aprenden junto con los demás niños en virtud del Programa de integración de Kenya.

405.No hay centros de excelencia para los niños superdotados. Hay recomendaciones de carácter normativo, pero se ha de poner en marcha un mecanismo para individualizar a los niños superdotados y muy inteligentes, elaborar planes de estudios apropiados para ellos y definir opciones de colocación.

406.E ducación secundaria:Si bien la educación secundaria no es gratuita, hay becas para niños necesitados, de modo de que todos puedan tener acceso a ella. Es necesario simplificar y coordinar el proceso de concesión de estas becas. El número de alumnos matriculados en las escuelas secundarias ha ido aumentando de forma constante; por ejemplo, en 2002, el número de alumnos matriculados aumentó en un 5%, pasando de 804.510 en 2001 a 847.287 en 2002, de los cuales el 47,2% eran niñas. El aumento lento del número de escuelas secundarias también ha contribuido a que el número de niños que pasan de la enseñanza primaria a la secundaria sea reducido. La proporción de alumnos y alumnas que empiezan el primer año y llegan al cuarto descendió del 95% en 1996 al 80,7% en 2000. El índice de transición de la escuela primaria a la secundaria en 2003 fue del 42,3%, lo cual indica que sólo unos pocos alumnos de la escuela primaria se inscriben en la secundaria. Este bajo índice de transición a secundaria se ha atribuido a los altos niveles de pobreza de las familias, que se sitúa en el 56%.

407.La disminución del número de niños que terminan la escuela secundaria se atribuye a la pobreza, los matrimonios precoces, el trabajo infantil y ciertas prácticas culturales perniciosas. La instauración de la enseñanza primaria gratuita supone resolver el problema del alto número de alumnos que necesitarán acceso a la enseñanza secundaria. La calidad de la educación secundaria ha mejorado considerablemente gracias a las recientes reformas, entre las que se cuentan el nombramiento de un Director de control y normas de calidad y la adquisición de 72 vehículos y 200 motocicletas para mejorar los servicios de inspección.

408.En la escuela secundaria casi hay paridad entre los géneros, con un 50,06% de varones y 49,93% de niñas. Se aprecian diferencias entre las regiones: en el noroeste la proporción es de 50 varones frente a 45 niñas, mientras que en Nairobi es de 42,2 varones frente a 57,7 niñas. El país se apresta a alcanzar el objetivo de desarrollo del Milenio Nº 3, relativo a la igualdad entre los sexos.

409.E ducación universitaria: La educación universitaria constituye la cima del sistema de educación y capacitación de Kenya. El acceso a la universidad se ve dificultado por la falta de recursos y de instalaciones. El número anual de alumnos matriculados en universidades públicas es de 10.000, mientras que el de matriculados en universidades privadas es de aproximadamente 6.000, otros 4.000 corren con sus propios gastos. Alrededor de 5.000 acuden a universidades extranjeras para cursar sus estudios universitarios. Únicamente son admitidos 25.000 de los 45.000 alumnos que obtienen la nota mínima de acceso a la universidad (C+).

410.El porcentaje de alumnas sigue siendo reducido y en el año académico 2003/2004 fue del 32,9%. Se ha producido un aumento del 18,8% en el número de alumnos matriculados en las seis universidades públicas, de 52.906 alumnos en el año académico 2001/2002 a 62.876 en 2003/2004. Los alumnos de primer y segundo ciclo universitario representan el 94,9% del total de la población universitaria. El 35% de de esa cifra son mujeres, lo que representa un aumento del 1,2% respecto del año académico 2001/2002. El Gobierno ha acreditado a otras 15 universidades privadas, además de las seis universidades públicas ya existentes. Aún no se ha alcanzado la paridad entre los géneros, pero se está avanzando hacia ella gracias a iniciativas como la de rebajar la nota de acceso para las alumnas. En 2003 esta nota de acceso fue de 65 para las alumnas y de 66 para los alumnos, en comparación con 65 para los alumnos y 64 para las alumnas en 2002. Algunas instituciones de educación superior, como los centros de formación profesional y las escuelas normales y de formación del profesorado, también ofrecen estudios de educación terciaria.

411.Orientación y asesoramiento: En la actualidad, el 75% de las escuelas y de las escuelas de magisterio tienen programas de orientación y asesoramiento. La Comisión de servicios de docentes ha colocado a maestros al frente de los departamentos de orientación y asesoramiento del 75% de las escuelas. Muchos centros educacionales de formación de maestros han incluido asimismo la orientación y el asesoramiento como asignatura principal, y existe la posibilidad de especializarse en ello a nivel de diploma, de licenciatura y máster. Que existan servicios de orientación y asesoramiento eficaces reduce al mínimo los casos de indisciplina. Hacen falta profesionales cualificados especializados en orientación y asesoramiento que refuercen estos servicios destinados a los alumnos.

412.Fomento de la asistencia: Para fomentar la asistencia a la escuela y reducir el índice de abandono escolar se están aplicando las siguientes estrategias: becas en escuelas secundarias para ayudar a los alumnos pobres, suministro de libros de texto a todas las escuelas primarias, programas de alimentación en las escuelas de las regiones áridas y semiáridas y la readmisión en la escuela de las adolescentes que han sido madres.

413.D isciplina escolar: El Gobierno ha adoptado medidas para que se discipline a los alumnos sin excesiva dureza y de conformidad con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño. A ese respecto, el Gobierno dictó la notificación legal Nº 56 de 2001, por la que se prohíben los castigos corporales en las escuelas. Además, en el artículo 18 1) de la Ley de menores (cap. 586) se estipula que ningún niño será sometido a torturas ni a tratos o penas crueles. Las preocupaciones recogidas en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley de educación han sido incorporadas a la Ley de menores.

414.A pesar de las disposiciones jurídicas existentes que prohíben la discriminación contra cualquier niño, algunos grupos de niños aún tropiezan con dificultades de acceso a la educación. Uno de esos grupos es el de los niños afectados e infectados por el VIH/SIDA, a los que a veces se discrimina por su situación. Se tiene conocimiento de casos en los que se les ha denegado el acceso a determinadas instituciones de enseñanza. El Ministerio ha publicado una directriz sobre la admisión de niños dirigida a todas las escuelas en la que hace hincapié en que no debe haber discriminación de ningún tipo.

415.Para que la educación de los menores en conflicto con la ley no se vea afectada, la Ley de menores prevé que sus causas se examinen con celeridad y sin demoras innecesarias. Si tres meses después de la presentación de la defensa del menor no se ha resuelto el caso, la causa será sobreseída. (Ley de menores, anexo 5, Reglamento sobre delincuencia juvenil). En el caso de que estos menores sean declarados culpables, se les envía a escuelas de rehabilitación, centros de libertad condicional y reformatorios, donde también reciben educación. Cualquier menor que sienta que ha sido perjudicado por el sistema educacional podrá acudir al tribunal de menores en busca de reparación, como se estipula en el artículo 6 de la Ley de menores.

416. Limitaciones

Todavía imperan las prácticas culturales nocivas como los matrimonios precoces, la mutilación genital femenina, la herencia de las viudas, el envío de los niños a cuidar del ganado, y la discriminación contra las niñas, lo que dificulta la permanencia de los niños en general en las escuelas.

El VIH/SIDA ha hecho que muchos niños no tengan a nadie que cuide de ellos y ha dado lugar a familias encabezadas por menores que tienen que combinar la asistencia a la escuela con el cuidado de sus hermanos.

En las zonas áridas y semiáridas los trayectos hasta la escuela son muy largos y los niños tienen que salvar grandes distancias para llegar a ellas, lo que a menudo pone en peligro sus vidas y atenta contra su asistencia a la escuela.

Entre los factores que dificultan que la disciplina se aplique en consonancia con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño cabe mencionar la falta de preparación de los docentes de aplicar medidas disciplinarias alternativas, la influencia negativa de la televisión, el consumo de drogas, el acceso a internet y el elevado número de alumnos por clase. La conjunción de esas circunstancias hace que muchos profesores recurran a los castigos corporales para imponer disciplina.

“Hay muchas tandas de bastonazos y los profesores maltratan a los alumnos. Otros castigos abarcan cortar la hierba desde las 6 de la mañana hasta las 7 de la tarde, recoger estiércol de vaca, estar al sol durante mucho rato con una manta en la cabeza, que te peguen con un tubo mientras tienes la cabeza bajo la mesa, que te abofeteen y te den bastonazos, que te manden a construir la cerca de la escuela o a desarraigar árboles, que te expulsen temporalmente de forma injustificada y que te maltraten los profesores”

Innocent Musa, 15 años – Isiolo

417.En muchas partes de Kenya la alta proporción de maestros no cualificados y carentes de formación incide negativamente en la calidad de la enseñanza preescolar. Sigue resultando difícil el acceso a las escuelas para la primera infancia, pues no son gratuitas.

418.El mobiliario del que disponen los centros de enseñanza preescolar no es el adecuado para niños de corta edad, y son insuficientes tanto los materiales pedagógicos como los juguetes. Los maestros de enseñanza preescolar están desmoralizados porque ganan poco. El Gobierno financia en la actualidad centros educacionales no académicos que cumplen ciertos criterios establecidos. Además, a fin de simplificar el suministro de servicios en este sector, el Gobierno está ultimando una política sobre la educación no académica en Kenya.

419.No hay un marco jurídico para aplicar el principio de no discriminación de las niñas en la educación.

420.El efecto global de la introducción en la enseñanza primaria gratuita, a pesar de que aún no es obligatoria, ha sido que el número de alumnos matriculados aumentase en 1,3 millones en 2003 y en 0,2 millones en 2004. Este alto índice de matriculación ha provocado una gran escasez de docentes, a la que se está intentando hacer frente mediante la contratación de más personal. El Gobierno aún tiene el problema de que la infraestructura, como las aulas y los retretes, es insuficiente para hacer frente al alto número de alumnos matriculados.

421.Muchas de las escuelas rurales por lo general no cumplen los requisitos mínimos en materia de edificio y mobiliario, lo que hace difícil proporcionar un entorno propicio para el aprendizaje. Algunas escuelas no tienen suficientes aulas y algunas de las clases se dictan bajo los árboles.

Artículo 29: Objetivos de la educación

Marco jurídico y normativo

422.Las iniciativas recientes en materia de políticas se han centrado en lograr la educación para todos y la enseñanza primaria universal. Dichas iniciativas se incluyen en el informe de 1999 elaborado por la Comisión Investigadora sobre el sistema educacional (Comisión Koech), en el informe sobre el sector educacional de 2002/2003 y en el proyecto de documento del Gobierno de 2004. Algunas de las principales preocupaciones son el acceso, la retención, la igualdad, la calidad y la pertinencia, y la eficacia, tanto interna como externa, del sistema educacional.

423.El Gobierno está decidido a proporcionar una educación y formación de calidad como derecho humano de todos los kenianos, según lo estipulado en las convenciones internacionales. El Gobierno está desarrollando estrategias destinadas a que el país avance en la consecución del objetivo de la educación para todos.

424.La puesta en marcha de la enseñanza primaria gratuita también constituye un avance hacia el logro de la educación primaria universal y un paso decisivo para alcanzar el objetivo de la educación para todos.

Objetivos y metas

425.Como se ha indicado, el objetivo global es lograr la educación para todos para 2015, de conformidad con los compromisos y obligaciones nacionales e internacionales. A partir de esas aspiraciones y metas nacionales e internacionales se han establecido los siguientes objetivos:

426.Desarrollo del niño en la primera infancia y en la etapa preescolar:

Sentar las bases para que los niños tengan confianza en sí mismos, se expresen libremente y desarrollen la capacidad de apreciar las necesidades y opiniones ajenas para ayudarles a que valoren su propia cultura;

Lograr el desarrollo integral de los niños de 0 a 6 años.

427.Los objetivos 2) a 5) tienen que ver con la enseñanza primaria.

Lograr que todos los niños y las niñas, incluidos los niños con discapacidad, los que viven en circunstancias difíciles o los que pertenecen a grupos marginados o vulnerables tengan acceso a la enseñanza primaria gratuita y obligatoria para 2010;

Aumentar el acceso, la igualdad y la calidad de todos los niveles de la educación y la capacitación para 2010;

Eliminar las diferencias entre los géneros y las regiones en la enseñanza primaria y secundaria para 2015;

Lograr que se satisfagan las necesidades en materia de educación de todos, jóvenes y adultos, mediante el acceso equitativo a programas educacionales y de preparación para la vida para 2015;

Ayudar a las personas con discapacidad a que avancen en el logro de la igualdad y de su pleno desarrollo y participación en la vida social;

Impartir los conocimientos empresariales y profesionales necesarios para poder trabajar por cuenta propia.

Educar y formar a personal altamente cualificado, necesario para alcanzar el desarrollo mediante la industrialización de la economía.

Contexto y aplicación

428.La eficacia de la estructura en ciclos de ocho años de escuela primaria, cuatro de escuela secundaria y cuatro de universidad también se ha puesto en tela de juicio a raíz del descenso del índice de matriculación y retención, en especial en la enseñanza primaria y secundaria, que se ha producido en el último decenio.

429.A fin de lograr los objetivos anteriormente mencionados, el Ministerio ha individualizado los siguientes indicadores que utiliza para supervisar el sector de la enseñanza:

Lograr la enseñanza primaria universal y la educación para todos para 2015;

Alcanzar para 2008 un índice de transición de la escuela primaria a la secundaria de un 70%, en comparación con el 47% actual, prestando especial atención a la educación de las niñas;

Mejorar el acceso, la igualdad de los géneros y la calidad de la enseñanza primaria y secundaria mediante el fomento de la capacidad de 45.000 administradores de la enseñanza para 2005. En relación con este fomento de la capacidad del personal administrativo cabe destacar que ya en noviembre de 2004 un total de 19.000 directores de escuela, 1100 inspectores de educación zonales y 150 funcionarios de educación de los distritos habían recibido formación en gestión financiera. Los 24.750 restantes habrán recibido formación para finales de 2005.

Construir o reformar las instalaciones y equipamientos de los establecimientos públicos de enseñanza de las zonas desfavorecidas, en especial de las zonas áridas y semiáridas y de los barrios de viviendas precarias urbanos para 2008. Se ha concedido ayuda por valor de 50.000 chelines kenianos a cada escuela primaria para el acopio y almacenamiento de agua y para el saneamiento. Esta asignación se volverá a examinar todos los años.

430.Con ayuda de estos indicadores, el Ministerio de Educación ha podido hacer un seguimiento de sus programas. En 2002 se revisó y racionalizó el plan de estudios, que empezó a utilizarse en 2003 en los grados primero y quinto de primaria y en primer año de secundaria. Se tardará cuatro años en sustituir totalmente el antiguo plan de estudios.

431.El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología tiene una dirección encargada de las normas de calidad y su aplicación. Los niños tienen asignaturas prácticas, como economía doméstica, agricultura y artes y oficios, a fin de impartirles conocimientos comerciales y de artes y oficios. Se les enseña a valorar y a respetar el medio ambiente por conducto de clubes, asociaciones y concursos.

432.El Gobierno contrata a profesores altamente cualificados en todos los niveles educacionales a fin de hacer valer el derecho del niño a recibir una educación de calidad, continuar en el sistema educacional y tener acceso a seguridad, protección y salud. Sin embargo, hay escasez de inspectores escolares y de profesores en todos los niveles de la enseñanza, problema que se está intentando solucionar mediante contrataciones anuales.

433.Por lo que respecta a la orientación religiosa en las escuelas, el personal y los consejos de educación (comisiones de administración de las escuelas y consejo escolar) respetan todos los derechos del niño, incluido el derecho a la libertad de culto. La educación religiosa también forma parte del plan de estudios.

434.Elabora el plan de estudios el Instituto de Educación de Kenya, por conducto del Centro Nacional de la Educación Preescolar y en colaboración con otras partes interesadas, y con financiación del Banco Mundial. Su objetivo es crear un medio propicio para el desarrollo cognitivo y físico del niño. No obstante, está muy marcado por la naturaleza competitiva del plan de estudios de las escuelas primarias, con arreglo al cual los niños de primer grado de la enseñanza primaria tienen que alcanzar un determinado nivel de lectura, escritura y aritmética.

435.Los maestros reciben capacitación sobre el plan de estudios elaborado por especialistas en enseñanza de la primera infancia en centros habilitados para tal fin en determinados distritos.

436.En los distritos de las zonas áridas o semiáridas el programa de alimentación en las escuelas se ha ampliado a los centros de enseñanza preescolar de 29 distritos, y también se aplica en los barrios de viviendas precarias de Nairobi.

437. Limitaciones

La escasez de inspectores escolares, a pesar de que el Gobierno contrata a profesores plenamente capacitados para todos los niveles escolares, afecta al derecho de los niños a recibir una educación de calidad, continuar en el sistema educacional, y tener acceso a la seguridad, la protección y la salud en la escuela.

La falta de instalaciones físicas adecuadas obstaculiza los esfuerzos por hacer valer el derecho de todos los niños a la educación.

Las asignaciones presupuestarias son insuficientes.

Número de centros y de maestros de enseñanza preescolar, 1999 a septiembre de 2003

Año

Número de centros

Niños

Niñas

Total

Con formación

Sin formación

Total

2003

28 176

720 144

721 724

1 441 868

24 414

39 285

63 699

2001

27 573

590 816

572 716

1 163 532

22 311

24 808

47 119

2000

26 294

558 130

538 499

1 096 629

19 408

23 201

42 609

1999

24 429

544 644

519 239

1 063 883

17 541

22 750

40 291

Artículo 31: Esparcimiento y actividades recreativas y culturales

Marco jurídico y normativo

438.En la Ley de menores se enunciaron las responsabilidades y los deberes del niño (Art. 21 b), d) y e)). Este artículo reconoce que los niños tienen un papel que desempeñar en la tarea de preservar y fortalecer la solidaridad social y nacional y apoyar el desarrollo de valores culturales positivos en sus comunidades mediante su relación con otros miembros de dicha comunidad.

439.El artículo 17 de la Ley de menores prevé la participación del niño en actividades de esparcimiento, recreación, culturales y artísticas y estipula las sanciones para quienes conculquen este derecho. La Ley de educación dispone que las escuelas han de brindar un entorno propicio que deje a los niños tiempo para jugar y para participar en actividades de esparcimiento.

440.Hay un proyecto de política cultural que aborda los conflictos basados en las diferencias culturales y que inciden en el bienestar del niño. Dichos conflictos surgen por diferencias étnicas o religiosas o problemas relacionados con herencias y sucesiones. Este proyecto reconoce, prevé y apoya las actividades culturales que no violen los derechos del niño.

441.El derecho al esparcimiento y a las actividades recreativas y culturales no puede disfrutarse de forma independiente o aislada. Por ejemplo, el derecho a la educación brinda la oportunidad de disfrutar del derecho al esparcimiento contemplado en el artículo 31, concediendo a los niños tiempo para participar en actividades recreativas y culturales. La Ley de propiedad industrial de 2001 protege las galerías de arte, los libros, los espacios de innovación y los monumentos para su disfrute por los niños y para su aprendizaje.

442.El Ministerio de Cuestiones de Género, Deportes, Cultura y Servicios Sociales mantiene la política de crear centros de arte nacionales a fin de proteger y fomentar el arte y el talento creativo de los niños y los jóvenes.

Contexto y aplicación

443.El Gobierno financia instituciones a distintos niveles dedicadas a la conservación y promoción del patrimonio cultural de Kenya para su disfrute por los niños y por las generaciones futuras.

444.El Gobierno ha creado y mantenido un ambiente propicio para que las artes del espectáculo, como la música, el teatro, la danza, los recitales, la narración de cuentos, el cine y la poesía, florezcan en beneficio de los niños y del público en general.

445.Los clubes y las asociaciones escolares brindan a los niños la oportunidad de descansar y participar en actividades recreativas, culturales y artísticas.

446.El Departamento de Cultura, mediante subvenciones y el fomento de la capacidad, apoya la expresión creativa como medio para revivir y revitalizar los idiomas, las tradiciones y las prácticas que están desapareciendo y que contribuyeron a promover la dignidad de los niños en la gran familia africana. El Gobierno apoya la utilización de la música y el idioma en todas las instituciones educacionales con el fin de transmitir y fomentar una cultura positiva y al mismo tiempo desalentar y erradicar las prácticas culturales retrógradas que afectan negativamente a los niños.

447.Los juegos, los deportes, el esparcimiento y la recreación son importantes para el desarrollo intelectual, emocional y físico de los niños y los jóvenes y también para que relajen la mente y el cuerpo. El Gobierno ha construido estadios deportivos a nivel de distrito a los que tienen acceso a un coste mínimo o de forma gratuita los jóvenes y los niños en edad escolar de las respectivas localidades. La Junta de Gestión de los Estados Deportivos Nacionales se encarga del mantenimiento y equipamiento de los estadios.

448.El Gobierno también ha fomentado el renacimiento, el desarrollo, la investigación y la popularización de los juegos y deportes tradicionales que mejoran la calidad de las actividades recreativas y de esparcimiento tanto a nivel local como internacional.

449.El Gobierno ha comenzado a alentar la protección de los valores familiares y de los derechos del niño en la familia. Los conflictos que tienen su origen en la cultura y que inciden directamente sobre el bienestar del niño, como los provocados por diferencias étnicas o religiosas, los problemas relacionados con herencias y sucesiones y las disputas por cuestiones de entierros o de matrimonio se abordan mediante los diversos mecanismos previstos en el proyecto de política cultural.

450.El Gobierno, por conducto del Departamento de Cultura, fomenta la existencia de todos los credos y creencias que promuevan el respeto a la vida, la libertad personal y la coexistencia pacífica entre los kenianos. Al mismo tiempo rechaza y combate las prácticas culturales, las creencias, los credos y las manipulaciones retrógradas que perjudiquen o violen los derechos de las personas y de los niños. Entre estas prácticas se encuentran la circuncisión femenina, los matrimonios precoces, la maternidad precoz, la violencia doméstica de que son víctimas las mujeres, la herencia de las viudas, algunos tabúes y ceremonias relacionados con la muerte y las filosofías religiosas extremas.

451. Limitaciones

1.Los padres y maestros no conceden suficiente tiempo para el juego y el esparcimiento. Algunas escuelas privadas están situadas en entornos poco higiénicos y disponen de pocos patios de recreo o carecen totalmente de ellos.

2.Algunas prácticas culturales negativas o retrógradas están tan arraigadas en algunas culturas y tradiciones que llevará mucho tiempo erradicarlas, por ejemplo la mutilación genital femenina, la herencia de las viudas y los matrimonios precoces.

“Algunas niñas no van a la escuela y, si lo hacen, la tasa de deserción escolar es alta debido a la circuncisión femenina, que las lleva al embarazo y el matrimonio”

Menor de una provincia oriental.

CAPÍTULO VIII: MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN

Artículo 22: Los niños refugiados

Marco jurídico y normativo

452.La Ley de menores considera a los niños refugiados niños necesitados de cuidado y protección. La ley responsabiliza de este cuidado y protección al Gobierno, que tiene también el deber de ayudarles a reunirse de nuevo con sus padres o sus familias.

453.Se ha elaborado un proyecto de ley sobre los refugiados y las personas desplazadas que ha sido sometido a la aprobación del Parlamento. Este proyecto de ley estipula las normas y procedimientos que han de aplicarse a los niños solicitantes de asilo y refugiados no acompañados, y establece sus derechos y responsabilidades mientras permanezcan en el país.

Contexto y aplicación

454.Kenya sigue acogiendo a miles de refugiados procedentes de países vecinos,. a los que se proporcionan servicios de educación, salud y nutrición gracias a la colaboración entre el Gobierno y asociados como el ACNUR.

455.Según la Oficina del Vicepresidente y el Ministerio de Interior, que se ocupa de las cuestiones relacionadas con los refugiados, las mujeres y los niños se consideran grupos vulnerables en los campamentos de refugiados, por lo que reciben una atención especial. Los problemas que afectan a las niñas, como los relacionados con los servicios de saneamiento, se han abordado construyendo retretes separados. Las mujeres y las niñas tienen prioridad en cuestiones de alimentación y educación. Se ha disminuido el volumen de trabajo de los niños y en especial el de las niñas. Las escuelas han introducido el plan de estudios conforme al sistema de ciclos de ocho años de primaria, cuatro de secundaria y cuatro de universidad.

456.El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha expresado su preocupación por el escaso nivel de los recursos y la cooperación prestados por el Gobierno. El ACNUR ha aumentado su financiación y fortalecido su cooperación con el Estado Parte por conducto del departamento pertinente del Ministerio de Interior.

457. Limitaciones

Las barreras idiomáticas y la estigmatización de los refugiados por las comunidades locales representan un obstáculo para lograr que se respeten los derechos de los niños refugiados. En los campamentos de refugiados y las escuelas destinadas a ellos hay muy pocos intérpretes, lo cual limita la comunicación y por ende el acceso a otros derechos.

Algunos niños refugiados presentan cicatrices emocionales y mentales debido al trauma sufrido al huir de sus hogares. Algunos campamentos de refugiados se han convertido en campo fértil para la infiltración de armas de pequeño calibre y el tráfico de drogas, y muchos niños refugiados se han visto arrastrados a estas actividades delictivas, lo cual crea una situación difícil para el país de acogida.

Es difícil encontrar a los miembros de la familia y a los parientes de los niños refugiados no acompañados. A esta dificultad se añade la falta de cooperación de algunas embajadas extranjeras en cuanto a ayudar a trasladarlos y reunirlos con sus padres.

Artículo 30: Niños pertenecientes a minorías

Marco jurídico y normativo

458.En el artículo 5 de la Ley de menores se estipula que ningún menor será objeto de discriminación por ningún motivo. En el párrafo 2 del artículo 8 se pide además al Ministro que dicte normas que velen por el derecho de los niños que pertenecen a comunidades minoritarias a disfrutar de su cultura, practicar su propia religión y hablar su propio idioma. Estas normas aún no están en vigor.

459.La Ley permite al Ministro responsable eximir a niños que pertenecen a una determinada raza, tribu, grupo religioso o secta de la aplicación de algunas estipulaciones, artículos o secciones de la Ley, si las partes interesadas así lo solicitan.

460.El artículo 63.A 2) del proyecto de Constitución estipula que a una persona que pertenezca a una determinada comunidad cultural, religiosa o lingüística no se le puede denegar el derecho a disfrutar de su cultura, practicar su religión y utilizar su idioma junto a los otros miembros de dicha comunidad, ni a formar, mantener o incorporarse a asociaciones culturales religiosas o lingüísticas o a otras organizaciones de la sociedad civil.

Contexto y aplicación

461.Algunos de los grupos minoritarios de Kenya son los rendille, ogiek, dorobo, el-molo, sabaot/sebei, burji, gabbra y otros.

462.La descentralización prevista en el marco del Programa de Reforma de la autoridad local y la transferencia de poderes contemplada en el proyecto de Constitución son algunas de las medidas destinadas a abordar las necesidades de las minorías.

463.Entre las medidas adoptadas para preservar la identidad de la minoría a la cual pertenece el niño cabe mencionar la existencia de un sistema escolar que permite que los niños practiquen su religión siempre y cuando ello no sea incompatible con la justicia y la moralidad. El sistema de cuotas y las medidas de acción afirmativa del sistema educativo permiten que los niños de grupos minoritarios tengan acceso a la educación superior.

464.Muchos niños de grupos minoritarios se benefician de la enseñanza gratuita y, además en las escuelas de las zonas áridas y semiáridas se han puesto en marcha programas de alimentación para que los niños permanezcan en la escuela. Algunos elementos básicos, como los uniformes, no son obligatorios. El sistema educacional se adapta al sistema de vida de las personas, y algunos niños asisten a clase por la mañana y otros por la tarde tras ocuparse del ganado. También se han creado escuelas itinerantes para tener en cuenta el estilo de vida nómada de muchos grupos minoritarios. Además, todos los alumnos de primaria reciben una donación para material didáctico y otros gastos.

465.El Gobierno ha puesto en marcha un programa, denominado Programa de gestión de los recursos de las zonas áridas, que se ocupa de las necesidades de las minorías en general.

466. Limitaciones

Hacen falta más escuelas itinerantes.

No hay un sistema de justicia de menores.

La forma de vida de muchas de estas minorías hace que al Gobierno le resulte difícil elaborar programas adecuados para ellas. La mayoría son comunidades de nómadas o pastores, y otras de cazadores y recolectores.

Artículo 32: Niños de la calle

Marco jurídico y normativo

467.La Ley de menores reconoce que los niños de la calle son niños necesitados de cuidado y protección, y asigna al Gobierno la responsabilidad primordial de su rehabilitación y reintegración en la sociedad.

Contexto y aplicación

468.El Gobierno, por conducto del Ministerio de Gobierno Local, sigue una política encaminada a alejar a los niños de las calles y colocarlos en programas de rehabilitación, como el programa de formación del Servicio Nacional de la Juventud que les proporciona capacitación. También se han abierto centros de recepción en todas las provincias; Nairobi cuenta con cuatro, que sirven como centros de tránsito para los niños de la calle colocados en programas de rehabilitación. En estos centros se recibe a los niños de la calle y se les evalúa y proporciona asistencia y apoyo adecuados.

469.El Gobierno y sus asociados también han desarrollado un programa de asistencia a los niños de la calle, que en 2001 ascendían a 250.000. La iniciativa del Fondo Fiduciario para las familias de la calle comenzó en enero de 2003 con el objetivo de devolver a los niños a sus familias y prestarles asistencia para su reintegración en la comunidad, y también apoya otros programas. El Fondo ha pasado de ocuparse de las medidas de emergencia y de las necesidades inmediatas, como la comida, el vestido, la vivienda y los problemas psicológicos y de salud, y a desarrollar programas a largo plazo que incluyen el apoyo a la educación de estos niños.

470.Se ha creado un Comité interministerial para que individualice y aborde el problema de los niños y las familias de la calle. El Comité cuenta con expertos procedentes de diferentes ministerios y organizaciones clave. Estos expertos tienen la tarea de preparar una evaluación de las necesidades que ha de presentarse a las partes interesadas para que desarrollen un plan de acción conjunto para los niños y las familias de la calle.

471.Las ONG y el sector privado desempeñan un papel crucial en la tarea de aportar recursos financieros y materiales. Los miembros del Parlamento también han lanzado iniciativas por conducto de los consejos de las circunscripciones electorales para individualizar la causa principal de que los niños acaben en la calle.

472.La elaboración de directrices para la protección de los huérfanos y los niños vulnerables ha contribuido a evitar que los huérfanos terminen viviendo en las calles.

473. Limitaciones

Los recursos humanos y financieros son insuficientes para enfrentar la magnitud del problema.

El mercado laboral no puede absorber a estos niños tras su rehabilitación.

No hay un marco de política que permita alejar de la calle a niños y familias enteras.

Artículo 32: Trabajo infantil

Marco jurídico y normativo

474.El artículo 10 de la Ley de menores protege a los niños de la explotación económica y de las peores formas de trabajo infantil.

475.La Ley de empleo protege a los niños menores de 16 años de trabajar en la industria.

476.Kenya ratificó el Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil en 2001, y desde entonces ha elaborado un proyecto de política sobre el trabajo infantil. El Convenio 138 de la OIT sobre la edad mínima, que Kenya también ha ratificado, fija la edad mínima de admisión al empleo.

Contexto y aplicación

477.Las peores formas de trabajo infantil influyen en la educación y la salud del niño y perjudican su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

478.En las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas se señalaba que había una falta de información y datos suficientes sobre la situación del trabajo infantil y la explotación económica de los niños. La Oficina Central de Estadística realizó un estudio exhaustivo y elaboró un informe que se publicó en diciembre de 2002 (Informe del Estudio sobre el trabajo infantil 1998/1999).

479.Se determinó además que la mayoría de los trabajos que efectúan los niños son peligrosos, se realizan en condiciones de explotación y les impiden asistir a la escuela.

480.En el informe del Estudio sobre el trabajo infantil 1998/1999 se señaló que hay 1,9 millones de niños de entre cinco y 17 años que trabajaban por dinero, por alguna ganancia o para beneficio de su familia.

481.El Gobierno, en colaboración con otras partes interesadas y gracias a la financiación del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la Organización Internacional del Trabajo ha puesto en marcha proyectos encaminados a eliminar las peores formas de trabajo infantil, principalmente en los sectores de la agricultura comercial, la pesca y el servicio doméstico.

482.El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con el apoyo de Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la Organización Internacional del Trabajo, ha elaborado un programa para retirar a los niños del trabajo infantil y enviarlos a la escuela. La introducción de la enseñanza primaria gratuita ha hecho que muchos niños dejen de trabajar y se matriculen en la escuela.

483.Diversas organizaciones se ocupan de cuestiones relacionadas con el trabajo infantil y de dotar de medios a las familias de los niños trabajadores domésticos.

484.Además, las escuelas han recibido ayuda de ONG para iniciar actividades generadoras de ingresos como medio de mantener a los niños en la escuela. Se han beneficiado de esta labor 12.000 niños.

485.El Ministerio de Trabajo tiene una división del trabajo infantil y coordina las actividades de un comité directivo nacional sobre trabajo infantil.

486.Con arreglo al párrafo 2 del artículo 7 del Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, el Gobierno ha elaborado un programa con plazos de cumplimiento (2005-2010) para la eliminación de las peores formas de trabajo infantil y ha establecido un plan de acción nacional. También se ha elaborado un proyecto sobre trabajo infantil y un sistema de supervisión del trabajo infantil.

487. Limitaciones

El trabajo infantil es un problema provocado por la pobreza y la cultura materialista. Muchos niños trabajan para ganar dinero y mantener a sus padres o hermanos enfermos, y otros lo hacen porque les gusta. Los empleadores que les hacen trabajar muchas horas y les pagan poco explotan a estos niños.

A causa del VIH/SIDA y de la pobreza ha aumentado el número de niños cabezas de familia que buscan trabajo para poder mantener a los suyos. La explotación infantil se atribuye en gran medida al desmoronamiento de los valores culturales y a la pobreza.

No hay colaboración entre el Ministerio de Trabajo, la sociedad civil y el Ministerio de Interior, que son los responsables de las cuestiones relacionadas con los niños.

La Política Nacional sobre trabajo infantil y el proyecto de Ley de empleo todavía están en forma de proyecto.

No hay suficiente personal ni recursos para encarar los casos de trabajo infantil.

Artículo 33: Uso indebido de estupefacientes

Marco jurídico y normativo

488.En Kenya la expresión “uso indebido de estupefacientes” abarca el consumo y el uso indebido de drogas y sustancias químicas.

489.La Ley de menores protege a los niños del uso de sustancias alucinógenas, estupefacientes o psicotrópicas y de su participación en la producción, el tráfico y la distribución de ellas. Cuando se descubre a un niño en estas circunstancias se considera que necesita una atención y protección especiales y no se le considera delincuente.

490.El artículo 242A de la Ley de enmienda del Código Penal prohíbe el suministro y el uso de sustancias que han sido declaradas estupefacientes por el Ministerio de Salud.

491.Es ilegal la venta de pegamento a niños y también está prohibida la venta de bebidas alcohólicas y licores en recipientes de material plástico. La Ley de lucha contra los estupefacientes y las sustancias psicotrópicas prohíbe el tráfico de estupefacientes.

Contexto y aplicación

492.Antes de que entrase en vigor la Ley de menores en 2001, el consumo y el uso indebido de drogas y sustancias químicas había alcanzado niveles alarmantes en Kenya, sobre todo en los centros de enseñanza secundaria. En 2001 se creó la Oficina Nacional encargada de la Campaña contra el uso indebido de drogas. Este organismo cuenta con el apoyo de altos funcionarios adscritos procedentes de varios ministerios y departamentos gubernamentales que trabajan en cuestiones relacionadas con los niños y los jóvenes. Tres funcionarios proceden del Ministerio de Educación, tres de las autoridades provinciales, uno del Ministerio de Finanzas, uno del Ministerio de Información y Comunicación y uno de los servicios sociales. Su tarea principal es elaborar estrategias adecuadas para la lucha contra el uso indebido de drogas y aplicarlas con la financiación del Gobierno central.

493.Puesto que los escolares son los más vulnerables, la Oficina Nacional encargada de la Campaña contra el uso indebido de drogas ha llevado a cabo diversas campañas educacionales y de sensibilización en las escuelas y por los medios de difusión. El uso indebido de drogas y sus consecuencias ha sido incorporado a los planes de estudio de la enseñanza primaria como parte de las principales asignaturas.

494.El Gobierno ha creado unidades policiales de lucha contra el narcotráfico en las ocho provincias. Su cometido es arrestar y llevar ante la justicia a los implicados en el cultivo de bhang o en el comercio y tráfico de estupefacientes. Muchas organizaciones religiosas, el sector privado y ONG trabajan en labores de prevención del consumo y el uso indebido de drogas y sustancias químicas y en la rehabilitación de los consumidores de drogas y de los drogadictos.

495. Limitaciones

Las instalaciones, el personal y los recursos son insuficientes para luchar de forma eficaz contra el uso indebido de drogas.

La mayoría de las películas que ven los niños fomentan el uso indebido de drogas.

Los controles fronterizos son insuficientes para detener el tráfico de drogas.

Muchas organizaciones que se ocupan del uso indebido de drogas, incluida la Oficina Nacional encargada de la Campaña contra el uso indebido de drogas, tienen su sede en la provincia de Nairobi, por lo que la actividad al nivel de las provincias y los distritos es muy reducida o nula.

Artículo 24: Explotación sexual de los niños

Marco jurídico y normativo

496.La Ley de enmienda del Código Penal, promulgada en julio de 2003, incluía diversas medidas rigurosas para poner freno a los abusos sexuales, entre las se encuentran la eliminación del requisito de que el Fiscal General dé su aprobación para que se enjuicie a los culpables de incesto, el incremento de la edad legal de consentimiento de los 14 a los 16 años para las niñas y el establecimiento de penas más severas para los autores de abusos contra menores, que han pasado de un máximo de 14 años de prisión a cadena perpetua. Se ha suprimido la necesidad de corroboración del testimonio del niño en los casos de delitos sexuales contra niños menores de 10 años.

497.El artículo 15 de la Ley de menores estipula que se protegerá a los niños de la explotación sexual, lo que incluye la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía infantil, la posesión de pornografía infantil y la utilización de niños en otras prácticas sexuales ilegales.

Contexto y aplicación

498.Según información disponible, hay un aumento de la explotación sexual de niños con fines comerciales en el marco del turismo sexual y la pornografía infantil, en especial en las zonas costeras de Kenya. Este comercio afecta tanto a niños como a niñas.

499.La explotación sexual de niños se ha vinculado a la pobreza y a los estragos causados por el VIH/SIDA. Kenya, mediante el programa internacional sobre trabajo infantil, ha prestado una especial atención a las trabajadoras del sexo menores de edad, a las que considera categoría en riesgo.

500.Se considera que el uso indebido de drogas y alcohol contribuye de forma sustancial a la explotación sexual de los niños.

501. Limitaciones

La explotación sexual de los niños se ve exacerbada por las prácticas culturales retrógradas, la pobreza, en especial la provocada por el VIH/SIDA, que ha hecho que haya muchas familias encabezadas por menores, la desintegración de la familia y la falta de conciencia de los miembros de la comunidad de las cuestiones relacionadas con los abusos sexuales.

Las iniciativas actuales para rehabilitar a los niños que han sido víctimas de abusos sexuales no son suficientes.

La edad mínima de consentimiento permite que personas que caen dentro de la definición de niño (entre 16 y 18 años) puedan dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales.

Artículo 35: Venta, trata y secuestro de niños

Marco jurídico y normativo

502.El Código Penal en su definición de secuestro establece que “toda persona que obligue por la fuerza o mediante engaño a cualquier otra a abandonar un lugar será considerada culpable de secuestro de dicha persona”. También define los delitos de rapto y robo de niños.

503.El artículo 13 de la Ley de menores protege a los niños de la venta, la trata y el secuestro y define estas formas de abuso.

Contexto y aplicación

504.El Gobierno, por conducto del Departamento de Inmigración, supervisa de cerca a todos los niños que salen del país, y el Departamento de Asuntos de la Infancia tiene que emitir una carta dando su visto bueno antes de que se autorice a cualquier niño a viajar fuera del país.

505.El Gobierno creó hace poco un grupo de trabajo encargado de investigar los casos de niños desaparecidos enseguida de nacer en el hospital público de Nairobi. Este grupo de trabajo rinde informe al Ministerio de Estado de Administración Provincial y Seguridad Nacional, que posteriormente adopta las medidas del caso.

506.Se están investigando acusaciones relacionadas con la trata de niños con participación de un miembro de la iglesia evangelista keniana residente en el Reino Unido, tras determinar que tenía en su casa niños nacidos con menos de nueve meses de diferencia entre sí, los que afirmaba que eran sus hijos. Se cree que estos niños estaban en su casa de forma temporal mientras se preparaba su traslado al extranjero. Este caso ha dado lugar a un proceso judicial.

507. Limitaciones

Kenya no tiene ninguna ley que aborde de forma expresa y específica los casos de secuestro y trata de niños.

La legislación en vigor que contempla la trata no abarca todas las formas en las que ésta se puede producir y no incluye a todas las personas que en realidad pueden estar implicadas en ella, sobre todo por lo que respecta a la trata transnacional.

La combinación de desempleo, desigualdad de los géneros, legislación insuficiente y deficiencias en la aplicación de las leyes hacen que la trata de niños esté en aumento en Kenya.

El proceso legal de adopción es largo y complejo y puede ser un factor que contribuya a que se produzcan secuestros.

Artículo 37: Niños privados de libertad

Marco jurídico y normativo

508.En la Ley de menores se estipula que ningún niño será sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, ni será privado de libertad ilegal o arbitrariamente. La ley prohíbe la pena capital y la prisión perpetua para los niños. Si se priva de libertad a un delincuente juvenil, tendrá que separársele de los otros adultos detenidos y el Gobierno le proporcionará asistencia jurídica o de otro tipo, así como la posibilidad de ponerse en contacto con su familia.

Contexto y aplicación

509.Se ha puesto en marcha un programa para lograr que los niños que necesitan ayuda y protección y los que han cometido delitos menores no tengan que pasar por el sistema judicial. Este programa se denomina proyecto de remisión de casos y ya ha sido ensayado en cinco regiones. Con él se evita que muchos niños permanezcan en celdas policiales durante períodos largos de tiempo o que puedan ser internados en centros de acogida o de rehabilitación. El proyecto ha servido para descongestionar las instituciones gubernamentales, al devolver a muchos niños a sus familias en el momento mismo en que entran en contacto con la ley.

510.Mediante el Sector de orden público, justicia y gobernabilidad del Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, el Gobierno proyecta ampliar y reforzar el programa de remisión de casos. El objetivo es crear instalaciones para los niños privados de libertad. Anteriormente los casos en los que había niños implicados se denunciaban en las secciones de lucha contra la delincuencia de las comisarías, pero el departamento de policía ha creado ahora una sección de protección de menores en las comisarías.

511.El Ministerio de Interior, en colaboración con otros interesados, ha elaborado disposiciones que rigen las instituciones infantiles. El reglamento se ocupa, entre otras cosas, del proceso de presentación de quejas en las instituciones, la inspección de las instituciones y las medidas disciplinarias que pueden aplicarse a los niños. Se han prohibido los castigos corporales como medio de imponer la disciplina en las instituciones.

512.Los centros de rehabilitación han mejorado mucho, y se agrupa a los niños en función de su edad y de sus necesidades. En los centros infantiles se les proporciona educación académica y no académica y capacitación en artes y oficios.

513.Los hijos de madres reclusas tienen acceso a servicios de educación y de salud en las cárceles.

514. Limitaciones

Los centros que acogen a los niños privados de libertad no disponen de recursos suficientes, y hay una falta general de conocimientos sobre los problemas que afectan a estos niños, así como escasez de personal que pueda ocuparse de la difícil situación de los niños privados de la libertad.

El número de centros de rehabilitación y de hogares de acogida es insuficiente y los que existen tienen muy pocos recursos.

No hay suficiente personal cualificado en justicia de menores que pueda dirigir y administrar las instituciones.

Los registros del sistema de justicia de menores no se mantienen al día.

El Gobierno ha previsto la prestación de asistencia jurídica, pero ésta no es obligatoria.

Artículo 38: Niños afectados por un conflicto armado

Marco jurídico y normativo

515.El artículo 10 de la Ley de menores estipula que ningún niño tomará parte en hostilidades ni conflictos armados y que, cuando estallen tales conflictos, se respetará la protección y el cuidado de los niños de conformidad con lo previsto por la ley. Además, el Gobierno es el responsable de proporcionar protección, rehabilitación, recuperación y reinserción en la sociedad normal a cualquier niño que pueda ser víctima de un conflicto armado o un desastre nacional.

Contexto y aplicación

516.Los conflictos étnicos que provocaron el desplazamiento interno de más de 195.671 niños pueden atribuirse en gran medida a los efectos de las elecciones multipartidarias que tuvieron lugar en 1992 y en 1997. Durante los comicios generales de 2002 no se produjeron enfrentamientos tribales o de otro tipo. De hecho, desde el último período examinado se ha sabido de muy pocos incidentes o enfrentamientos. Cuando han surgido, se ha procedido a contenerlos lo antes posible, por lo que desde entonces los casos de desplazamiento han sido mínimos.

517.Tras los enfrentamientos por cuestiones de tierras del decenio de 1990 el Gobierno nombró una Comisión de investigación sobre enfrentamientos tribales (la Comisión Akiwumi) para que estudiara sus causas y efectos. Posteriormente se publicó el informe Akiwumi en que se identificaba a los instigadores de los conflictos y se examinaban los efectos negativos de éstos como pérdidas de vidas y de bienes y desplazamientos internos. Se formularon recomendaciones para el reasentamiento de las víctimas de los enfrentamientos, recomendaciones que aún no se han aplicado.

518.En los centros urbanos se están formando grupos armados organizados, y los niños y jóvenes que no van a la escuela cada vez participan más en estos grupos ilegales, que los utilizan para transportar armas. El Gobierno declaró ilegales a estos grupos en 2003 y ha adoptado medidas estrictas para abordar el problema,. entre las que se incluyen el arresto y enjuiciamiento de las personas implicadas.

519. Limitaciones

No hay programas de rehabilitación para los niños afectados por conflictos internos. Se han creado comisiones que han propuesto el reasentamiento de las personas internamente desplazadas, pero esto aún no se ha llevado a la práctica.

Artículo 40: Administración de la justicia de menores

Marco jurídico y normativo

520.Con arreglo al artículo 77 2) a) y b) de la Constitución de Kenya, toda persona, incluidos los menores, acusada de un delito penal será considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad y deberá ser informada cuanto antes, en detalle y en un idioma que entienda, de la índole del delito. Las disposiciones sobre delincuencia juvenil y las normas que de ellas se derivan (Reglamento sobre delincuencia juvenil), incluidas en la Ley de menores establecen el marco jurídico para la administración de la justicia de menores.

Se enumeran y protegen las garantías procesales de los niños, que incluyen lo siguiente:

El derecho a ser considerado inocente hasta que se demuestre la culpabilidad;

El derecho a ser informado inmediatamente de la razón de la detención;

El derecho a una pronta resolución de la causa;

El derecho a la asistencia y representación jurídica;

El derecho a no ser obligado a prestar testimonio o a confesarse culpable; y

Durante el examen de la causa los tribunales reciben instrucciones de tener debidamente en cuenta el interés superior del niño.

521.Los casos en los que se juzgue a un menor, excepto cuando se le acuse de asesinato o cuando se le acuse conjuntamente con un adulto, tienen que ser vistos en un tribunal de menores por un juez de menores. Los tribunales tendrán que estar adaptados a las necesidades de los menores y en todo momento se deberá proteger la privacidad del menor.

522.El Reglamento sobre delincuencia juvenil estipula, entre otras cosas, lo siguiente:

Se mantendrá a los menores bajo custodia únicamente como último recurso o cuando sea para su beneficio;

No se les mantendrá en una comisaría más de 24 horas sin permiso del tribunal;

Se mantendrá a los niños separados de los adultos, y a las niñas de los niños, y

Las niñas tendrán que ser conducidas ante el tribunal por oficiales de policía de sexo femenino.

Si se juzga a un niño que se encuentra en prisión preventiva por un delito menor, el niño tendrá que ser puesto en libertad bajo fianza si el caso no se ha resuelto tres meses después de la presentación de la defensa, y tendrá que ser directamente sobreseído si no se ha resuelto después de seis meses.

Si se juzga a un niño por un delito que acarrea la pena capital, el período de prisión preventiva no podrá superar los seis meses y el caso será sobreseído directamente si no se ha resuelto 12 meses después de la presentación de la defensa.

Contexto y aplicación

523.En virtud de lo estipulado en la Ley de menores el Gobierno ha creado tribunales de menores en todas las provincias y se han nombrado en todo el país a 119 magistrados a los que se ha sensibilizado sobre cómo abordar casos de menores. El tribunal de menores tiene que dirimir las causas penales con celeridad, en un plazo de tres meses en el caso de delitos comunes y de seis en el caso de delitos que acarreen la pena capital.

524.Gracias a la cooperación técnica entre el Gobierno de Kenya y el Organismo Japonés de Cooperación Internacional (JICA) los magistrados judiciales, los fiscales, los abogados, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los funcionarios de inmigración han sido capacitados por diversas organizaciones acerca del sistema de tratamiento de delincuentes juveniles. Se han elaborado asimismo normas nacionales y manuales de capacitación en consonancia con las normas internacionales. Se ha incluido formación acerca de los derechos del niño en los programas de formación de policías y maestros y en la Escuela de Derecho de la Universidad de Nairobi. Hay una colaboración cada vez mayor entre diversas partes interesadas y el Departamento de Asuntos de la Infancia.

525.Diversas organizaciones no gubernamentales y abogados a título privado brindan asistencia jurídica, aunque en muy pequeña escala.

526. Limitaciones

La ley no prevé la prestación de asistencia y asesoramiento jurídicos. Esto hace que no se disponga de apoyo cuando se toma o se presta declaración.

Debido a las limitaciones financieras, sólo el tribunal de menores de Nairobi dispone de un modelo de cubículo de protección de los testigos. En otros lugares se desaloja la sala si un niño tiene que sentarse a declarar frente a sus agresores o a quienes lo han denunciado. Esto puede resultar muy intimidatorio.

El número de tribunales de menores y de magistrados del país es insuficiente, lo que hace que se retenga a los niños en dependencias policiales y en hogares de acogida.

En las zonas en las que la cultura está profundamente arraigada son frecuentes los sistemas de justicia comunitaria en los que los ancianos resuelven las diferencias. Los casos de malos tratos a los niños normalmente se resuelven sin tener en cuenta al menor. Los ancianos suelen ser indulgentes con los autores de los abusos y, cuando se impone algún castigo, éste suele consistir en el pago de penas pecuniarias que van directamente a los padres del niño. Esto compromete la debida administración de justicia en estos casos.

‘Acha nikupapase au nikufagilie ndio nikupe comidas especiales. A los niños se les estrujan las partes íntimas, en especial el ano y los testículos o el pene. A veces wakubwa wakinyua halafu ufunge macha unapigwa mbaya.”

Crispin, un niño de la región de la costa.

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