Naciones Unidas

CAT/C/RUS/7

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

16 de enero de 2023

Español

Original: ruso

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité contra la Tortura

Séptimo informe periódico que la Federación de Rusia debía presentar en 2022 en virtud del artículo 19 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes *

[Fecha de recepción: 7 de diciembre de 2022]

Respuestas a la lista de preguntas (CAT/C/RUS/QPR/7)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones

1.Los órganos de investigación de la Federación de Rusia prestan especial atención a la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos a la vida, la libertad y la seguridad de la persona y a la observancia de los derechos de los participantes en procedimientos penales.

2.Cada denuncia de tortura o malos tratos recibida se investiga oportunamente de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Penal, se incoa un proceso penal si existen motivos suficientes para ello y se lleva a cabo una investigación exhaustiva e independiente.

3.Los medios de comunicación y los funcionarios competentes de los órganos regionales de la Fiscalía y del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia se hacen eco del desarrollo y los resultados de las investigaciones, en la medida en que ello no sea contrario a las disposiciones legales sobre la inadmisibilidad de la divulgación de los datos de la investigación preliminar.

4.Con el fin de mejorar la eficacia de la labor de prevención de la tortura y los malos tratos, los órganos de investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia han adoptado medidas de carácter organizativo. La atención se centra en la evaluación objetiva de las lesiones corporales detectadas en sospechosos y acusados de delitos; un enfoque equilibrado a la hora de decidir qué medidas cautelares se imponen a los sospechosos y acusados (teniendo en cuenta su estado de salud, condición social y otros factores); la prevención de casos de tratos crueles a sospechosos y acusados; la realización de una inspección en cada caso de abuso de funciones o abuso de autoridad por parte de los agentes del orden; y la adopción de medidas adicionales para verificar exhaustivamente las alegaciones de las víctimas de delitos, incluso llevando a cabo, con la participación de las víctimas o sus representantes, las diligencias necesarias. Los funcionarios que realizan la investigación preliminar tienen instrucciones de cumplir las salvaguardias contra la tortura y otros tratos crueles.

5.Los investigadores de los órganos de investigación estudian constantemente los métodos de investigación de determinados tipos de delitos, incluidos los relacionados con el abuso de autoridad y el abuso de funciones, así como las tácticas de interrogatorio de las personas sospechosas y acusadas de esta clase de delitos.

6.Con respecto a la situación de los defensores de los derechos humanos y los periodistas, cabe señalar que en Rusia está tipificada como delito (art. 144 del Código Penal) la obstrucción de las actividades profesionales legítimas de los periodistas obligándoles a difundir determinada información o a renunciar a su difusión. Se incurre en una mayor responsabilidad penal por esos mismos actos cuando los comete una persona valiéndose de su cargo oficial, o acompañados de violencia, contra un periodista o sus allegados o de daños o destrucción de sus bienes, o de la amenaza del uso de dicha violencia.

7.Con el fin de garantizar que los abogados puedan ejercer sus derechos, la legislación procesal penal prevé un procedimiento especial para la incoación de causas penales y la formulación de acusaciones contra ellos y la realización de registros, inspecciones e incautaciones en sus domicilios y en los locales utilizados para el ejercicio de su profesión (cap. 52 del Código de Procedimiento Penal).

8.En relación con el caso de Sergei Magnitsky, informamos de que la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia ha investigado el caso penal sobre la muerte de Sergei Magnitsky cuando se encontraba en prisión preventiva.

9.Se determinó que su muerte había estado causalmente vinculada a la inacción de la doctora que lo atendió, Sra. Litvinova, y del jefe adjunto del departamento de tratamiento y prevención del centro federal de prisión preventiva núm. IZ-77/2 de la Dirección del Servicio Penitenciario Federal en Moscú, Sr. Kratov. Habida cuenta de que el delito cometido por la Sra. Litvinova había prescrito, se puso fin a su procesamiento. El Tribunal del Distrito de Tver, en Moscú, absolvió al Sr. Kratov al concluir que sus actos no habían revestido carácter delictivo.

10.En el curso de la investigación de la causa penal relativa a la implicación en la muerte de Magnitsky fueron investigados funcionarios del Servicio Penitenciario Federal y del Ministerio del Interior, y fiscales supervisores, así como jueces, a los que señalaron en sus denuncias la autora, sus representantes y defensores de los derechos humanos. Sin embargo, los argumentos sobre las presuntas acciones ilícitas de estos contra Magnitsky no pudieron confirmarse, por lo que la causa penal se archivó por inexistencia del hecho delictivo.

11.En relación con el caso de Yevgeny Makarov informamos de que la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia continúa investigando la causa penal incoada el 20 de julio de 2018 por un presunto abuso de autoridad cometido contra personas condenadas por funcionarios de la Colonia Penitenciaria núm. 1 de la provincia de Yaroslavl (art. 286, párr. 3 a), del Código Penal).

12.Seis causas penales relacionadas con presuntos actos ilícitos cometidos por funcionarios de la Colonia Penitenciaria núm. 1 de la provincia de Yaroslavl fueron reunidas en una única causa. En dicha causa penal se reconoció la condición de víctima a cinco condenados recluidos en la institución penal, entre ellos Y. A. Makarov.

13.En noviembre de 2020 se enjuició a 11 funcionarios de la Colonia Penitenciaria núm. 1 de la provincia de Yaroslavl, que fueron condenados a diversas penas de privación de libertad efectiva (de tres años a tres años y cuatro meses).

14.Otros 18 miembros del personal del sistema penitenciario implicados en el incidente fueron despedidos.

15.El 2 de octubre de 2018, el Sr. Makarov fue puesto en libertad tras haber cumplido su condena penal. En julio de 2022, el Sr. Makarov murió de neumonía.

16.En relación con las supuestas amenazas a la abogada defensora del Sr. Makarov, Irina Biryukova, informamos de que el 23 de julio de 2018 el departamento de investigación de la provincia de Yaroslavl llevó a cabo una verificación de conformidad con los artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Penal, según informaciones de los medios de comunicación (Novaya Gazeta), sobre la presunta comisión por personas no identificadas de un delito de amenazas contra la Sra. Biryukova por motivos relacionados con sus actividades profesionales, a saber, la defensa del Sr. Makarov.

17.El 26 de octubre de 2018, se dictó una orden de protección estatal en favor de la Sra. Biryukova y su hija.

18.A la vista de los resultados de la verificación de la denuncia del delito, se tomó la decisión de no incoar un procedimiento penal por los motivos establecidos en el artículo 24, párrafo 1, apartado 1, del Código de Procedimiento Penal, es decir, por inexistencia del hecho delictivo tipificado en el artículo 119 del Código Penal (“Amenaza de muerte o de lesiones graves”).

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

19.La prohibición de la tortura, la violencia y otros tratos o penas crueles o degradantes está consagrada en el artículo 21, párrafo 2, de la Constitución. Normas similares figuran también en la legislación específica, en particular en el artículo 7, párrafo 2, del Código Penal y en el artículo 9, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal.

20.De conformidad con el Código Penal ruso, la “tortura” no se considera un delito autónomo, tal como se establece en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en lo sucesivo, “la Convención”). Se incurre en responsabilidad penal por actos de tortura en virtud de varios artículos de la Parte Especial del Código Penal (en particular, los arts. 117, 286 y 302).

21.Según estadísticas del Departamento Judicial del Tribunal Supremo, en 2021 fueron condenadas 442 personas por maltrato agravado, incluida la tortura (art. 117, párr. 2, del Código Penal; en 2020, 366; y en 2019, 499); por abuso de autoridad cometido por una persona que ostenta un cargo público mediando circunstancias agravantes (art. 286, párr. 3, del Código Penal) se condenó a 575 personas (en 2020 fueron 503, y en 2019, 626); por coacción para prestar declaración con recurso a la violencia, intimidación o tortura (art. 302, párr. 2, del Código Penal) no hubo condenas (en 2020 tampoco, lo mismo que en 2019).

22.Al mismo tiempo, se sigue reformando la legislación penal en materia de lucha contra la tortura y otros tratos crueles o degradantes. La Ley Federal núm. 307-FZ, de 17 de julio de 2022, por la que se modifica el Código Penal, establece unas sanciones más severas para aquellos casos en que un funcionario haga uso de la tortura a la hora de cometer determinados delitos, a saber, abuso de autoridad (art. 286, párrs. 4 y 5, del Código Penal) y coacción para prestar declaración (art. 302, párrs. 3 y 4, del Código Penal). Estos actos se castigan con penas de privación de libertad de entre 4 y 12 años, junto con la inhabilitación para desempeñar determinados cargos o funciones durante un período de hasta 10 años (art. 286, párr. 4, y art. 302, párr. 3, del Código Penal).

23.El abuso de autoridad o la coacción para prestar declaración en que se recurra a la tortura y que tenga como resultado la muerte de la víctima por imprudencia o daños graves a su salud se castiga con una pena de privación de libertad de hasta 15 años y la inhabilitación para desempeñar determinados cargos o funciones por un período de hasta 10 años (art. 286, párr. 5, y art. 302, párr. 4, del Código Penal).

24.Además, en el artículo 302 del Código Penal se ha ampliado el círculo de personas imputables por la comisión de este delito: además del investigador o instructor, cualquier miembro de las fuerzas del orden incurrirá en responsabilidad por la comisión de un acto de coacción para prestar declaración.

25.Estos actos están tipificados como delitos especialmente graves para los que el plazo de prescripción es de 15 años a partir de la fecha de comisión del delito, de conformidad con el artículo 78, párrafo 1 d), del Código Penal.

26.Sin embargo, a pesar del alto grado de peligrosidad social de los delitos, no hay razones suficientes para incluirlos en la lista de delitos imprescriptibles.

27.Además, mediante la Ley Federal núm. 307-FZ, se añadieron comentarios al artículo 286 del Código Penal en los que se proporciona una definición detallada del concepto de tortura.

28.Se entenderá por tortura toda acción u omisión por la cual se inflija intencionadamente a una persona dolor o sufrimiento graves, físicos o mentales, con el fin de obtener, de ella o de un tercero, información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación. Se exceptúan los sufrimientos físicos o psíquicos que sean consecuencia de los actos lícitos de un funcionario o de otra persona, o que sean inherentes a ellos.

29.Esta definición reproduce el concepto de tortura que figura en el artículo 1, párrafo 1, de la Convención.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

30.La legislación rusa contempla las salvaguardias necesarias para garantizar los derechos de las personas recluidas en régimen de prisión preventiva como sospechosas o acusadas de un delito.

31.En primer lugar, el Código de Procedimiento Penal ruso garantiza a la persona sospechosa de un delito el derecho a que la asista un defensor en su causa penal desde el momento en que se le impute efectivamente el delito (art. 49 del Código). Los sospechosos o acusados tienen derecho a reunirse con su defensor en privado y de forma confidencial, incluso antes de su primer interrogatorio, sin restricciones en cuanto al número de dichas reuniones o a su duración. A los abogados se les permite reunirse con el sospechoso o acusado antes de asumir la defensa de la causa penal con el fin de obtener su consentimiento para participar en ella.

32.El sospechoso tiene derecho a mantener, lo antes posible, pero a más tardar tres horas después de su entrega al órgano encargado de la investigación preliminar o al instructor, una única conversación telefónica en ruso, en presencia de la persona encargada de la investigación inicial o del instructor, con el fin de informar a sus parientes cercanos, familiares o allegados de su detención y paradero, extremo que se hace constar en el acta de detención. Se permite, en interés de la investigación previa al juicio, mantener en secreto la detención mediante una orden de no divulgación emitida por el instructor o la persona que lleva a cabo la investigación preliminar, con la aprobación del fiscal. Esta norma no es aplicable a los sospechosos menores de edad, cuyos parientes cercanos deben ser informados de su detención en todos los casos.

33.En segundo lugar, se garantiza a todo sospechoso o acusado recluido en unas instalaciones de detención o en un centro de prisión preventiva el derecho a una atención médica adecuada.

34.Los derechos, incluido el derecho a recibir asistencia médica, de un sospechoso o acusado recluido en unas instalaciones de detención cuya causa se encuentre en fase de investigación preliminar, están reconocidos en la Ley Federal núm. 103-FZ de Prisión Preventiva de Sospechosos y Acusados, de 15 de julio de 1995, y el Reglamento Interno de las Instalaciones de Detención de las Fuerzas del Orden para Sospechosos y Acusados, aprobado por la Orden núm. 950 del Ministerio del Interior, de 22 de noviembre de 2005.

35.En el momento en que una persona sospechosa o acusada ingresa en unas instalaciones de detención, es puesta en libertad o es entregada a un convoy para su traslado, debe ser sometida a un reconocimiento médico para valorar su estado de salud y determinar si presenta lesiones corporales. En algunos casos, entre otras cosas cuando lo solicite la persona sospechosa o acusada, el reconocimiento médico será realizado por personal de otras instituciones médicas. La negativa a realizar dicho reconocimiento podrá recurrirse ante un fiscal o bien ante un tribunal. Si se constatan lesiones corporales, se lleva a cabo una verificación de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Penal, a resultas de la cual se decide si se abre o no un procedimiento penal.

36.De conformidad con el párrafo 15 del Manual de Obligaciones y Derechos de los Agentes de Policía en las Comisarías tras la Puesta a Disposición Policial de un Ciudadano, aprobadas mediante la Orden núm. 389 del Ministerio del Interior, de 30 de abril de 2012, antes del ingreso en unas instalaciones de detención, el funcionario de guardia debe preguntar a la persona si padece alguna enfermedad crónica o dolencia de salud y dejar constancia de su respuesta en el acta de detención.

37.Si la persona puesta a disposición policial presenta heridas visibles, lesiones corporales o un estado que requiera intervención médica urgente (por accidentes, lesiones, envenenamientos u otras condiciones o enfermedades que pongan en peligro su vida o su salud), así como en el caso de que la persona declare sufrir un deterioro de la salud, presente lesiones autoinfligidas o haya intentado suicidarse en las dependencias de la comisaría, el funcionario de guardia, tras informar de la incidencia al jefe de la Dirección Regional del Ministerio del Interior, estará obligado a:

Llamar a una ambulancia, y, antes de su llegada, iniciar los primeros auxilios y asegurarse de que la persona esté bajo supervisión en todo momento. Si la ambulancia no puede socorrer a tiempo a la persona puesta a disposición policial, el funcionario de guardia estará obligado a trasladarla al centro médico más cercano.

Averiguar las razones y circunstancias de las heridas y lesiones corporales sufridas por la persona puesta a disposición policial y hacerlas constar en el acta de detención que se levante.

38.De acuerdo con el párrafo 16 del manual, si se llega a tener conocimiento de que la persona ha sufrido lesiones o daños corporales como consecuencia de un acto violento, se le deberá tomar declaración y, si resulta imposible hacerlo, redactar un informe razonado, que deberá ser incorporado al libro de registro de declaraciones y comunicaciones sobre delitos, infracciones administrativas e incidentes.

39.A continuación se presenta lo dispuesto en el párrafo 14 del Procedimiento para la prestación de atención médica a los presos preventivos y a las personas que cumplen penas privativas de libertad, aprobado mediante la Orden núm. 285 del Ministerio de Justicia, de 28 de diciembre de 2017, así como en la sección XII del Reglamento Interno de los Centros de Prisión Preventiva del Sistema Penitenciario, aprobado mediante la Orden núm. 110 del Ministerio de Justicia, de 4 de julio de 2022.

40.Cuando un preso preventivo o condenado afirme haber sufrido lesiones corporales, traumatismos o envenenamiento, y cuando un trabajador médico u otro empleado del sistema penitenciario detecte signos visibles de lesiones corporales, traumatismos o envenenamiento, se le proporcionará la atención médica necesaria y el trabajador médico correspondiente elaborará un informe sobre el examen médico de las lesiones corporales, traumatismos o envenenamiento. La constatación de lesiones corporales, traumatismos o envenenamiento se anotará en el registro a tal efecto, en el registro de pacientes que reciben asistencia ambulatoria y en el historial médico del paciente. Si, para determinar la presencia de lesiones corporales, traumatismos o envenenamiento son necesarios exámenes y consultas adicionales de especialistas, dichos exámenes y consultas serán ordenados por el profesional médico.

41.La administración de la institución penitenciaria se asegurará de que los materiales fotográficos y de vídeo (si se dispone de ellos) que confirmen las lesiones corporales, traumatismos (sufridos en el ámbito privado o laboral) o envenenamiento de una persona sospechosa o acusada se conserven hasta que finalicen las actividades de verificación y el órgano de investigación o de instrucción tome una decisión al respecto de conformidad con los artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Penal.

42.En tercer lugar, se garantiza al sospechoso y al acusado el derecho a recurrir, entre otras entidades ante un tribunal, cualquier acción, omisión o decisión ilegal de un funcionario público que restrinja o viole sus derechos y libertades.

43.De conformidad con el artículo 21 de la Ley Federal núm. 103-FZ, las propuestas, solicitudes y denuncias dirigidas al fiscal, al tribunal o a otras autoridades estatales autorizadas para llevar a cabo una labor de vigilancia en los lugares de reclusión de sospechosos y acusados, al Defensor de los Derechos Humanos en la Federación de Rusia, al Defensor de los Derechos del Niño dependiente de la Presidencia de la Federación de Rusia, al Defensor de los Derechos de los Empresarios dependiente de la Presidencia de la Federación de Rusia y a los defensores de los derechos humanos, los defensores de los derechos del niño y los defensores de los derechos de los empresarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, así como, de conformidad con los tratados internacionales en los que es parte la Federación de Rusia, a los organismos intergubernamentales de protección de los derechos humanos y las libertades, no pueden ser objeto de censura y deben ser remitidas al destinatario en un sobre o paquete cerrado a más tardar el día hábil siguiente a su fecha de presentación.

44.Los sospechosos y acusados tienen derecho a asistencia jurídica gratuita. En virtud del artículo 47, párrafo 4, apartado 8, del Código de Procedimiento Penal, los acusados tienen derecho a recibir asistencia de un defensor, incluso con carácter gratuito. En virtud del artículo 50, párrafo 5, del Código de Procedimiento Penal, si un abogado participa en la investigación preliminar o en los procedimientos judiciales por designación del instructor, el investigador o el tribunal, sus honorarios se reembolsan con cargo al presupuesto federal.

45.En cuanto a las modalidades para vigilar si se respetan los derechos de los presos preventivos, las fuerzas del orden utilizan, además de las formas tradicionales de vigilancia ininterrumpida por parte del departamento y la fiscalía del respeto de la legalidad en las instalaciones de prisión preventiva y de arresto administrativo, medios audiovisuales de vigilancia y supervisión objetivas.

46.Su utilización en las instalaciones de detención y en los centros de arresto administrativo se enmarca en el dispositivo que garantiza el régimen y el procedimiento de reclusión, el respeto de los derechos y la seguridad de los presos (prevención de actos ilícitos, tentativas de suicidio, lesiones autoinfligidas, etc.). Según datos de los órganos de orden público, el número de suicidios entre sospechosos o acusados en instalaciones de detención ha disminuido, pasando de 87 en 2009 a 18 en 2021. El número de suicidios entre las personas que cumplen penas de arresto administrativo en los centros correspondientes no superó los dos casos al año durante el período comprendido entre 2016 y 2021.

47.Los datos procedentes de la videovigilancia se conservarán durante al menos 30 días y, al igual que otros documentos generados a raíz de la labor de los organismos policiales especiales, tendrán carácter confidencial, y su divulgación será sancionable de conformidad con la legislación.

48.En las instituciones penitenciarias se están adoptando medidas similares para organizar y aumentar la eficacia del sistema de videovigilancia. Con el fin de garantizar la supervisión de los sospechosos, acusados y condenados en las prisiones, están en funcionamiento 170.270 videocámaras (el año precedente había 158.845). Se ha introducido además la práctica del uso obligatorio de grabadoras de vídeo por parte del personal de servicio durante los turnos diurnos en las instituciones penitenciarias. Los guardianes que no utilicen la grabadora de vídeo mientras estén de servicio se enfrentan a medidas disciplinarias, y en caso de que falte la grabación de casos en que se han empleado la fuerza física o medios especiales contra sospechosos, acusados o condenados sin que concurran circunstancias de fuerza mayor, se estudia la posibilidad de proceder a su despido.

49.Además, actualmente se está preparando un proyecto de ley federal por la que se modifican el Código Penitenciario de la Federación de Rusia y la Ley Federal núm. 103-FZ, con el que se prevé añadir una nueva disposición al artículo 34 de esa ley federal sobre la admisibilidad del uso de tales medios de grabación.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

50.El artículo 19 de la Constitución garantiza la igualdad en cuanto a los derechos y libertades de la persona y del ciudadano independientemente del sexo, disfrutando los hombres y las mujeres de los mismos derechos y libertades y de las mismas oportunidades para hacerlos efectivos.

51.A pesar de la ausencia de normas específicas destinadas a combatir la violencia de género, en la Federación de Rusia se prevé responsabilidad penal, administrativa o civil por cualquier tipo de violencia, lo que incluye la violencia doméstica.

52.Se castigan penalmente las lesiones intencionales graves (art. 111 del Código Penal); el asesinato cometido en estado de enajenación (art. 107); el homicidio imprudente (art. 109); las lesiones intencionales de gravedad media (art. 112); las lesiones intencionales leves (art. 115); los malos tratos (art. 116); las lesiones cometidas por una persona a la que ya se le haya impuesto una sanción administrativa (art. 116)1; los tratos crueles (art. 117), la amenaza de muerte o de lesiones graves (art. 119) y otros actos. Dependiendo de las circunstancias de su comisión, los actos de violencia doméstica pueden calificarse de violación (art. 131 del Código Penal), actos violentos de naturaleza sexual (art. 132) o coacción para realizar actos de naturaleza sexual (art. 133). La comisión de cualquier delito contra una mujer a sabiendas de que está embarazada, o contra una persona indefensa o desvalida o una persona dependiente del autor del delito, o de un delito acompañado de un grado elevado de crueldad, sadismo, humillación o tortura de la víctima se considerará circunstancia agravante y conllevará una responsabilidad penal agravada (art. 63, párr. 1 h) y i), del Código Penal). Las palizas aisladas se sancionan por la vía administrativa (art. 6, párr. 1, apdo. 1, del Código de Infracciones Administrativas). A nivel de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia se están tipificando varios tipos de infracciones administrativas (por ejemplo, el “alboroto doméstico” o la “violencia en el hogar y familiar” previstos por las leyes de la república de Mordovia, la provincia de Sarátov, etc.).

53.A finales de 2021, habían disminuido los delitos cometidos contra mujeres (de 670.000 a 618.000), incluidos los delitos violentos (de 72.000 a 68.000).

54.A fin de garantizar una protección penal proporcionada del derecho a la seguridad de la persona y del derecho a la protección de la dignidad personal frente a actos violentos, la Ley Federal núm. 203-FZ, de 28 de junio de 2022, por la que se modifican el artículo 1161 del Código Penal y el artículo 20 del Código de Procedimiento Penal, añadió un segundo párrafo al artículo 1161 del Código Penal, en el que se tipifican las palizas u otros actos violentos que causen dolor físico y sean cometidos por una persona con antecedentes penales por delitos con violencia.

55.Actualmente se está examinando un proyecto de ley federal por el que se modifica el Código de Procedimiento Penal(en relación con la modificación del tipo de enjuiciamiento penal respecto de los delitos previstos en el artículo 115, párrafo 1, el artículo 1161 y el artículo 128, párrafo 1, del Código Penal), que prevé la tipificación de este tipo de infracciones como delitos semipúblicos. El proyecto de ley tiene por objeto subsanar las carencias existentes en el procedimiento penal para el enjuiciamiento de esta categoría de casos, en los que el hecho de sostener la acusación ante el tribunal, la prueba de la culpabilidad del acusado y la posibilidad de poner fin a la causa penal por conciliación de las partes dependen totalmente de la posición y la acción de la víctima. En el caso de aprobarse la modificación propuesta en el procedimiento de enjuiciamiento penal, la carga principal de la prueba recaerá en las fuerzas del orden, lo que permitirá que, en el marco de la investigación preliminar, se lleve a cabo una investigación más exhaustiva de las circunstancias que rodean la comisión del delito.

56.La tipificación de los artículos 116 y 1161 del Código Penal contribuye asimismo a prevenir delitos más graves contra la persona. Así pues, las garantías frente a los atentados contra la salud de la persona se han conservado íntegramente y se consideran suficientes. Así lo confirma indirectamente la reducción en un 13,2 % en el número de asesinatos y tentativas de asesinato de mujeres en 2021 y en un 1 % en el número de agresiones agravadas en las que las víctimas eran mujeres.

57.Estas estadísticas parecen sugerir que, en general, no se ha producido un aumento drástico de la “violencia doméstica” desde la entrada en vigor de las normas que despenalizan los malos tratos cometidos contra personas allegadas. Se han cometido 88.000 delitos contra mujeres a manos de familiares cercanos y lejanos, lo que representa el 15 % de todos los delitos registrados de los que han sido víctimas mujeres.

58.La legislación penal también prevé otros medios para proteger a las mujeres de la violencia doméstica. La Ley Federal de Protección Estatal de las Víctimas, los Testigos y otros Participantes en el Proceso Penal prevé una serie de medidas para garantizar la seguridad de las personas protegidas. En las entidades constitutivas de la Federación de Rusia se han creado centros de asistencia a mujeres y niños, que disponen de líneas telefónicas de atención ininterrumpida.

59.Se presta atención a las infracciones de la ley en la fase de recepción, registro y examen de las denuncias de delitos. En 2021, el número de delitos por los que se incoaron procedimientos penales tras la revocación de decisiones ilegales e injustificadas de no incoar procedimientos penales en virtud del artículo 116 del Código Penal fue de 1.825; y, en el caso del artículo 1161 del Código Penal, 377 delitos. En 2021, los fiscales enviaron a las autoridades competentes 8.700 informes sobre vulneraciones de los derechos y libertades de los ciudadanos para que tomaran una decisión sobre su enjuiciamiento penal, y a resultas de su examen se incoaron más de 8.000 causas penales.

60.Las víctimas de la violencia doméstica tienen derecho a recurrir a determinados servicios y recibir asistencia, incluidos servicios de protección social y atención sanitaria, lo cual está regulado por la Ley Federal núm. 442-FZ de Fundamentos de los Servicios Sociales para los Ciudadanos en la Federación de Rusia, de 28 de diciembre de 2013.

61.En 2020, ofrecieron servicios sociales a las mujeres víctimas de la violencia doméstica las siguientes instituciones de asistencia social:

241 centros de asistencia social para familias y niños.

587 centros de rehabilitación social para menores.

68 centros de acogida para niños.

361 unidades dedicadas a la familia y la infancia en centros de servicios sociales.

947 centros integrados de servicios sociales a la población.

14 centros de crisis para mujeres.

71 unidades de crisis para mujeres y 57 hogares sociales para mujeres con hijos en centros de servicios sociales para familias y niños.

62.Por ejemplo, la institución financiada por el Estado denominada Centro de Crisis para Mujeres y Niños, adscrita al Departamento de Trabajo y Protección Social de la ciudad de Moscú, acogió a 1.845 mujeres y niños entre 2014 y 2020. Durante este período atendió a 52.860 ciudadanos en persona y a 29.258 por teléfono, prestándoles ayuda psicológica.

63.Los servicios más solicitados son: asesoramiento psicológico, diagnóstico y terapia psicológica, asistencia y asesoramiento en la búsqueda de empleo, tramitación de documentación, medidas de apoyo social y prestación de ayuda material.

64.Los órganos del poder ejecutivo de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia prestan todo tipo de apoyo a las organizaciones sin fines de lucro que se dedican a prestar asistencia social a las mujeres víctimas de la violencia doméstica.

65.También es de señalar que las recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos se tienen en cuenta en la labor de las autoridades. Concretamente, las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 9 de julio de 2019 en el caso Volodina c. la Federación de Rusia y el dictamen del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de 25 de febrero de 2019 en el caso S. T. c. la Federación de Rusia, cuyo tema era la violencia doméstica, se han puesto en conocimiento de los jueces y el personal del Tribunal Supremo, se han remitido a los tribunales inferiores a título informativo y para que los tuvieran en cuenta en su labor, y se han incluido en el Boletín de prácticas de los organismos intergubernamentales de protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales núm. 1 (2020) y núm. 6 (2020) para su uso generalizado en las actividades de las autoridades públicas.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

66.En la Federación de Rusia, la trata de personas se considera un fenómeno complejo que conlleva no solo el hecho de comerciar de algún modo con una persona, sino también el de someterla a diversos tipos de explotación o servidumbre.

67.Los actos ilícitos previstos en los artículos 120, 1271, 1272, 240, 2401, 241, 242, 2421y 2422 del Código Penal están considerados delitos relacionados con la trata de personas.

68.El análisis de la información estadística sobre los resultados de la lucha contra la trata de personas que se llevó a cabo en 2021 mostró que en la Federación de Rusia no se había constatado ninguna violación del artículo 120 del Código Penal (“Coacción para someterse a una extracción de órganos o tejidos humanos con fines de trasplante”).

69.Durante el año pasado, se registraron 24 delitos (-36,8 %) y fueron encausadas 23 personas (-30,3 %) en virtud del artículo 127, párrafo 1, del Código Penal (“Trata de personas”).

70.Durante ese mismo año se registraron ocho delitos en virtud del artículo 127, párrafo 2, del Código Penal (“Uso de mano de obra en condiciones de esclavitud”); ocho personas fueron procesadas penalmente.

71.La labor sistemática de seguimiento de los resultados de la lucha contra la trata de personas indica que el 99 % de ellos se cometen con fines de explotación sexual. A menudo, las víctimas de los tratantes de personas son mujeres jóvenes que se encuentran en situaciones precarias o que son socialmente vulnerables. En 2021, se instruyeron 162 causas penales (‑30 %) en virtud del artículo 240 del Código Penal (“Incitación al ejercicio de la prostitución”) y se identificó a 126 culpables (+41,6 %); en virtud del artículo 2401 del Código Penal (“Obtención de servicios sexuales de un menor”) se abrieron 70 causas penales, con 8 personas inculpadas; en aplicación del artículo 241 del Código Penal (“Organización de la práctica de la prostitución”), se abrieron 301 causas (+14 %), con 486 personas inculpadas; al amparo del artículo 242 del Código Penal (“Distribución y tráfico ilegales de materiales y artículos pornográficos”) se abrieron 1.664 causas (+18,9 %) y se identificó a 425 personas. Las fuerzas del orden registraron 620 casos (+12,5 %) en virtud del artículo 2421 del Código Penal (“Producción y tráfico de materiales o artículos con imágenes pornográficas de menores”); y en virtud del artículo 2422 (“Utilización de un menor para la producción de materiales o artículos pornográficos”) se registraron otros 401 casos (+75,9 %).

72.Por iniciativa de la Fiscalía General, en octubre de 2021 se celebró la 19ª reunión de Fiscales Generales de los Estados miembros de la Organización de Cooperación de Shanghái para debatir la cuestión de la lucha contra la trata de personas.

73.En noviembre de 2021, un representante de la Fiscalía General de la Federación de Rusia participó en una reunión de coordinadores y relatores nacionales sobre la lucha contra la trata de personas, organizada en Estrasburgo los días 15 y 16 de noviembre de 2021 por la Oficina de la Representante Especial y Coordinadora para la Lucha contra la Trata de Seres Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en colaboración con el Consejo de Europa.

74.Las medidas para prevenir diversas formas de violencia contra las mujeres y los niños se aplican en el marco de la Estrategia Nacional para la Mujer (2017-2022), aprobada por la Directriz Gubernamental núm. 410-r, de 8 de marzo de 2017, así como por la Ley Federal núm. 182-FZ de Fundamentos del Sistema de Prevención de la Delincuencia en la Federación de Rusia, de 23 de junio de 2016.

75.Se han creado centros regionales de asistencia social a las familias y los niños, centros de rehabilitación social para menores, centros de acogida para niños y adolescentes, centros de asistencia psicológica y pedagógica para la población y centros de atención psicológica de urgencia para prestar asistencia y aplicar programas de rehabilitación. Los menores en situación precaria y las víctimas de la violencia reciben gratuitamente alojamiento temporal en instituciones especializadas de servicios sociales, asesoramiento psicológico y educativo, protección social y jurídica, asistencia social y médica y servicios de rehabilitación. El sistema estatal de servicios sociales es administrado por las autoridades ejecutivas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

76.La Ley Federal núm. 58-FZ, de 5 de abril de 2013, por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la Federación de Rusia para prevenir la trata de niños, su explotación, inclusive para la prostitución, y las actividades relacionadas con la producción y el tráfico de materiales o artículos con imágenes pornográficas de menores, introdujo los conceptos de trata de niños y explotación infantil en la legislación rusa, y las autoridades estatales y los órganos de la administración autónoma local están obligados, dentro de los límites de sus competencias, a tomar medidas para luchar contra la trata y la explotación de menores y a proporcionar diversas formas de asistencia a los niños víctimas y a sus padres. Se han establecido los principios generales y los fundamentos para exigir responsabilidades a las personas físicas y jurídicas que cometan vulneraciones en este ámbito.

77.Las personas jurídicas también incurren en responsabilidad administrativa por crear condiciones para la venta y/o explotación de niños (art. 6, párr. 19 del Código de Infracciones Administrativas).

78.Una de las garantías jurídicas para la protección de los intereses de la infancia es el artículo 156 del Código Penal, que tipifica como delito el incumplimiento de las obligaciones en materia de crianza y el maltrato infantil. La protección de la integridad sexual de los niños contra cualquier forma de explotación sexual está garantizada mediante la tipificación delictiva de tales actos.

79.Según datos del Departamento Judicial del Tribunal Supremo, 16 personas fueron condenadas por el delito de trata de personas (art. 1271 del Código Penal) cada año durante el período indicado. Todas ellas fueron condenadas a penas privativas de libertad, que en 2021 habían cumplido de forma efectiva 10 personas (en 2020, 5 personas; en 2019, 14); el cumplimiento de dichas penas fue suspendido en el caso de 6 personas (en 2020, 11 personas; en 2019, 2).

80.Con el fin de garantizar la aplicación uniforme por los tribunales de la legislación penal en materia de secuestro, privación ilegal de libertad y trata de personas, el Pleno del Tribunal Supremo adoptó la resolución núm. 58, de 24 de diciembre de 2019, relativa a la jurisprudencia en casos de secuestro, privación ilegal de la libertad y trata de personas.

81.Según lo dispuesto en la legislación procesal penal vigente, una víctima de la trata adquiere la condición de víctima en una causa penal y tiene a su disposición una amplia gama de opciones (art. 42 del Código de Procedimiento Penal) para hacer valer dichos derechos e intereses legítimos, incluido el derecho a contar con la asistencia de un representante legal (incluido un abogado) y a constituirse en parte civil para reclamar una indemnización por los daños ocasionados por el delito. La víctima, teniendo en cuenta los requisitos que imponen los artículos 131 y 132 del Código de Procedimiento Penal, también tiene derecho a una indemnización por las costas procesales asociadas a su participación en el caso, incluidas las cantidades gastadas para cubrir los costos de la participación de su representante en el proceso penal.

82.En cuanto a la cooperación jurídica internacional, desde 2018 se han celebrado los siguientes tratados internacionales que contienen disposiciones sobre la prevención de la trata de personas:

a)El Tratado sobre Relaciones Amistosas y Asociación Estratégica Integral entre la Federación de Rusia y Mongolia, firmado en Ulaanbaatar el 3 de septiembre de 2019, ratificado por la Federación de Rusia mediante la Ley Federal núm. 198-FZ de 13 de julio de 2020. El artículo 7 del Tratado establece que las Partes cooperarán a nivel bilateral y multilateral en la lucha contra la trata de personas;

b)El Tratado de Asociación Estratégicaentre la Federación de Rusia y Turkmenistán de 2 de octubre de 2017, ratificado por la Federación de Rusia mediante la Ley Federal núm. 152-FZ de 27 de junio de 2018. El artículo 9 establece que las Partes ampliarán y profundizarán la cooperación en la lucha contra la trata de personas;

c)El Protocolo por el que se modifica el Acuerdo entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República Helénica sobre la Cooperación entre el Ministerio del Interior de la Federación de Rusia y el Ministerio de Orden Público de la República Helénica en el Ámbito de la Lucha contra la Delincuencia, de 6 de diciembre de 2001, firmado en Moscú el 7 de diciembre de 2018. El Protocolo entró en vigor el 28 de octubre de 2020. El artículo 2 del Protocolo establece que las autoridades competentes cooperarán en la prevención, la detección, la represión y el esclarecimiento de delitos, en particular de delitos de trata de personas y de tráfico de órganos humanos;

d)El Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio del Interior de la Federación de Rusia y el Ministerio del Interior de la República de Mozambique, de 22 de agosto de 2019. De conformidad con el artículo 14, párrafo 1, el Acuerdo entró en vigor el 22 de agosto de 2019. Según lo dispuesto en el artículo 2, las Partes cooperarán en la prevención, la detección, la represión y el esclarecimiento de delitos, incluidos los cometidos por un grupo organizado o una asociación u organización delictiva, especialmente en lo relacionado con la trata de personas, en particular de mujeres y niños, así como con el tráfico de órganos y tejidos humanos;

e)El Acuerdo entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República de El Salvador sobre cooperación en la lucha contra la delincuencia, especialmente en sus formas organizadas, de 24 de mayo de 2019. De conformidad con el artículo 1 del Acuerdo, la cooperación se lleva a cabo, entre otras cosas, en la lucha contra los actos delictivos definidos como delitos: la trata de personas, especialmente de mujeres y personas menores de 18 años, y la incitación a la prostitución, así como la explotación sexual de menores de 18 años y la pornografía infantil;

f)El Protocolo sobre Cooperación en la Lucha contra la Delincuencia Organizada en el Mar Caspio relativo al Acuerdo de Cooperación en el Ámbito de la Seguridad en el Mar Caspio de 18 de noviembre de 2010, suscrito en Aktáu el 12 de agosto de 2018. El artículo 3 del Protocolo establece que las Partes cooperarán en la lucha contra los delitos relacionados con la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, y contra la extracción de órganos o tejidos humanos con fines de trasplante, así como en materia de migración ilegal.

83.Desde 2017 hasta la actualidad, el Ministerio del Interior ha celebrado 15 acuerdos de cooperación entre el Ministerio del Interior y los organismos competentes de Estados extranjeros, en virtud de los cuales las partes cooperan en la prevención, la detección, la represión y el esclarecimiento de delitos, incluidos los cometidos por un grupo organizado o una asociación u organización delictiva, con arreglo al artículo 127, párrafo 1, del Código Penal (“Trata de personas”).

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

84.Los fundamentos y el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado en el territorio de la Federación de Rusia se describen en la Ley Federal núm.4528-I de Refugiados, de 19 de febrero de 1993, que establece garantías para la protección de los derechos e intereses legítimos de los refugiados en la Federación de Rusia.

85.Por refugiado se entiende una persona que no es nacional de la Federación de Rusia y que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, etnia, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no desea acogerse a la protección de dicho país; o, no teniendo una nacionalidad determinada y encontrándose fuera del país de su anterior residencia habitual como consecuencia de tales acontecimientos, no puede o no desea regresar a él debido a dichos temores.

86.Como prueba de la condición de refugiado, se expide a una persona un documento de identidad por el período de reconocimiento de su titular como refugiado, pero por un máximo de tres años (art. 3, párr. 2, apdo. 7, de la Ley Federal de Refugiados; y párr. 3 de la Disposición sobre la Tramitación, Expedición y Conversión de Documentos de Identidad de Refugiados).

87.Si a una persona que se encuentra fuera del territorio de la Federación de Rusia se le deniega el reconocimiento de la condición de refugiado, el órgano ejecutivo federal, en el plazo de cinco días laborables a partir de la emisión de la decisión de denegación, enviará esa decisión a la misión diplomática u oficina consular en la que se presentó la solicitud, la cual, en el plazo de tres días laborables a partir de la recepción de la decisión de denegación, entregará o enviará al interesado una notificación en la que se expondrán los motivos de la denegación y el procedimiento para recurrir la decisión (art. 7 de la Ley Federal de Refugiados).

88.Si se deniega el reconocimiento de la condición de refugiado a una persona que se encuentra en el territorio de la Federación de Rusia, el órgano territorial del poder ejecutivo federal encargado del orden público, en el plazo de tres días laborables a partir de la fecha de la decisión de denegación, entregará o enviará a la persona, a su lugar de residencia, una notificación en la que se le expondrán los motivos de la denegación y el procedimiento para recurrir la decisión y se explicará la situación jurídica de esa persona y de los miembros de su familia.

89.De conformidad con la Ley Federal de Refugiados (art. 12), a un ciudadano extranjero o apátrida se le puede conceder asilo temporal además de reconocérsele la condición de refugiado, siempre que: 1) tenga motivos para que se le reconozca la condición de refugiado, pero se limite a solicitar por escrito la posibilidad de permanecer temporalmente en el territorio de la Federación de Rusia; y 2) no tenga motivos para que se le reconozca la condición de refugiado con arreglo a las circunstancias estipuladas por la citada ley federal, pero por razones humanitarias no pueda ser expulsado del territorio de la Federación de Rusia.

90.Las disposiciones del artículo 218, párrafo 1, del Código de Procedimiento Administrativo facultan a un ciudadano al que se le haya denegado el asilo temporal o el reconocimiento de la condición de refugiado para acudir a los tribunales a fin de impugnar una decisión, acción u omisión de una autoridad, otro órgano o un funcionario si considera que con ella se han vulnerado sus derechos, libertades o intereses legítimos o se han creado obstáculos para su ejercicio.

91.El artículo 462 del Código de Procedimiento Penal estipula que la decisión de extraditar a un extranjero o apátrida que se encuentre en la Federación de Rusia y haya sido acusado de cometer un delito o condenado por un tribunal de un Estado extranjero es adoptada por el Fiscal General o su adjunto; se informará al respecto por escrito a la persona objeto de la decisión, explicándole su derecho a recurrirla ante un tribunal.

92.La decisión de extraditar será efectiva diez días después de que haya sido notificada a la persona respecto de la cual se adopta. En caso de recurso contra la decisión, la extradición no tendrá lugar hasta que la decisión judicial sea firme.

93.La decisión del Fiscal General o de su adjunto sobre la extradición puede recurrirse ante el tribunal supremo de una república, un tribunal de un territorio o provincia, un tribunal de una ciudad autónoma, un tribunal de una provincia autónoma o un tribunal de una región autónoma del lugar donde se encuentre la persona respecto de la cual se adoptó la decisión, en un plazo de diez días a partir de la fecha de recepción de la notificación (art. 463 del Código de Procedimiento Penal).

94.El sistema de reconocimiento de la condición de refugiado o de concesión de asilo temporal en la Federación de Rusia sigue reformándose. El Ministerio del Interior, en cumplimiento del Plan Maestro de Política Migratoria Estatal de la Federación de Rusia (2019-2025), aprobado por el Decreto Gubernamental núm. 265-r de 22 de febrero de 2019, ha elaborado un proyecto de ley federal de concesión de asilo en el territorio de la Federación de Rusia. El proyecto de ley tiene por objeto reformar el sistema de asilo para garantizar que la Federación de Rusia cumpla sus obligaciones internacionales para con las personas que buscan protección en su territorio, teniendo en cuenta las disposiciones de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951 y su Protocolo de 31 de enero de 1967, en los que la Federación de Rusia es parte.

95.Una innovación importante es la consagración en la ley de cuatro tipos de asilo en el territorio de la Federación de Rusia: el estatuto de refugiado, el asilo temporal, el asilo político y la protección temporal, así como los criterios para su concesión de acuerdo con las normas internacionales.

96.Entre otras propuestas, se pueden destacar: un nuevo procedimiento de asilo, en virtud del cual, al examinar una solicitud de asilo, se decidirá si se reconoce al solicitante la condición de refugiado o la de asilado temporal, lo que reducirá el plazo para dirimir el estatuto legal del solicitante en más de tres meses; la redacción de nuevas normas sobre la confidencialidad de los datos relativos a los solicitantes de asilo y las personas a las que se les concede asilo en el territorio de la Federación de Rusia; propuestas de incorporar en la legislación la facultad del organismo de orden público para aprobar el mecanismo de prórroga del asilo, en términos tanto de revisión de la condición de refugiado como de prórroga del asilo temporal, con el fin de determinar si las circunstancias de la persona justifican la renovación de su condición de refugiado o su pérdida o retirada.

97.Se prevé una regulación aparte para los casos de éxodo masivo de extranjeros debido a un conflicto político interno en su país de origen, para los que se está introduciendo una nueva figura de “protección temporal” (uno de los tipos de asilo), que es una medida preliminar urgente para proporcionar protección a extranjeros que lleguen en masa al territorio ruso. Además, el proyecto de ley preserva el derecho de las personas a las que se haya concedido protección temporal a recibir otro tipo de asilo de acuerdo con el procedimiento establecido.

98.El proyecto de ley también desarrolla una norma que da derecho a un miembro de la familia de una persona a la que se le haya concedido asilo que haya llegado por separado a la Federación de Rusia a solicitar y recibir asilo en el mismo lugar de residencia que otros miembros de su familia. Por lo que respecta a los miembros de una misma familia que llegan al territorio ruso al mismo tiempo, la decisión se adopta teniendo en cuenta la preservación de la integridad familiar, tanto en el caso de los menores como de los mayores de 18 años.

99.El proyecto de ley también prevé motivos que justificarían la denegación del asilo, entre otros fines para impedir la utilización de la figura del asilo como alternativa al procedimiento general para la regularización de extranjeros en el territorio de la Federación de Rusia. Estos motivos permitirían denegarlo en estos casos: cuando la solicitud sea infundada; cuando contenga información poco fiable, en particular sobre las circunstancias de la llegada y en relación con la identidad del solicitante de asilo; si existe ya una solicitud sobre la que no se ha adoptado ninguna decisión o hay una resolución judicial firme que deniega el asilo en la Federación de Rusia; y cuando exista abuso del derecho de asilo, al haber otros regímenes migratorios para regularizar la situación legal en la Federación de Rusia con arreglo a la legislación rusa.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

100.Al examinar las solicitudes de extradición de personas presentadas por Estados extranjeros se tienen en cuenta las disposiciones de los artículos 10 y 12 de la Ley Federal de Refugiados relativas a las garantías de los derechos de las personas que solicitan el reconocimiento de la condición de refugiado, las personas reconocidas como refugiadas, las que han perdido o han sido privadas de dicha condición y las que solicitan asilo temporal. Estas personas no pueden ser devueltas contra su voluntad al territorio de su Estado de nacionalidad mientras persistan las circunstancias que dieron lugar a la solicitud de protección del Estado de acogida.

101.La extradición de personas puede denegarse por los motivos expuestos en el artículo 464, párrafo 1, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal. Uno de los motivos de denegación de la concesión de asilo en la Federación de Rusia es que la persona solicitante haya sido objeto de una solicitud de extradición por parte de un Estado extranjero.

102.De conformidad con los artículos 10 y 12 de la Ley Federal de Refugiados, las decisiones, acciones u omisiones de los órganos del poder ejecutivo federal, las autoridades ejecutivas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, los órganos de la administración autónoma local y los funcionarios en esta materia pueden ser recurridas ante un órgano de rango superior o ante un tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218, párrafo 1, del Código de Procedimiento Administrativo.

103.El Pleno del Tribunal Supremo, en su resolución de 14 de junio de 2012 (modificada el 3 de marzo de 2015), sobre la práctica del examen por los tribunales de las cuestiones relacionadas con la extradición de personas para su enjuiciamiento penal o la ejecución de una sentencia, así como el traslado de personas para que cumplan condena, llamó la atención sobre el hecho de que el tribunal debe tener en cuenta que, de conformidad con el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 3 de la Convención, la persona no puede ser extraditada si el tribunal tiene razones fundadas para creer que en el Estado solicitante dicha persona puede ser sometida no solo a tortura sino también a tratos o penas inhumanos o degradantes (párr. 12 de la resolución).

104.El párrafo 13 de la resolución del Pleno establece que la extradición de una persona puede denegarse cuando circunstancias excepcionales indiquen que la extradición pondría en peligro su vida o su salud, circunstancias entre las que cabe incluir su edad y su estado físico (art. 9 del Código de Procedimiento Penal).

105.El párrafo 14 de la resolución del Pleno aclara que, al examinar un recurso contra una decisión de extradición, los órganos de la fiscalía de la Federación de Rusia tienen la obligación de justificar las circunstancias que demuestren que no hay razones fundadas para creer que una persona pueda ser sometida a la pena de muerte, a tortura o a tratos o penas inhumanos o degradantes, o que pueda ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, etnia, pertenencia a un grupo social determinado u opiniones políticas.

106.Con el fin de proteger eficazmente los derechos y libertades, incluido el derecho a recurrir una decisión de extradición, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la Federación de Rusia y el artículo 462, párrafo 6, del Código de Procedimiento Penal teniendo en cuenta el artículo 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la persona debe ser notificada de la decisión, entregándosele al mismo tiempo una copia de la decisión en cuestión. Si la persona no habla o no domina suficientemente la lengua rusa, los documentos en cuestión deben traducirse a la lengua materna de la persona o a un idioma que la persona hable (párr. 24 de la resolución) de conformidad con el artículo 18, párrafo 3, del Código de Procedimiento Penal.

107.También se señala a la atención de los tribunales el hecho de que las condiciones y los motivos para denegar la extradición están previstos no solo en el Código de Procedimiento Penal y otras leyes, sino también en los tratados internacionales en los que es parte la Federación de Rusia. Una persona reconocida como refugiado o a la que se haya concedido asilo temporal y respecto de la cual la Federación de Rusia haya recibido una solicitud de extradición no podrá ser extraditada al Estado solicitante que sea su Estado de nacionalidad o de residencia habitual ni a cualquier otro Estado cuando en su territorio se hayan dado las circunstancias que constituyeron la base para conceder a la persona el asilo temporal o reconocerle la condición de refugiado (párr. 10 de la resolución del Pleno).

108.En el Boletín sobre la aplicación por los tribunales de los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional y de los tratados internacionales suscritos por la Federación de Rusia a la hora de examinar causas penales (aprobado por el Pleno del Tribunal Supremo el 8 de diciembre de 2021) se exponen ejemplos concretos de la práctica de los tribunales.

109.Por ejemplo, mediante resolución del Tribunal del Territorio de Krasnoyarsk de 15 de mayo de 2019, la resolución del Fiscal General Adjunto sobre la extradición de S. por la que se le procesaba penalmente por fraude en virtud del artículo 177, párrafo 3 b), del Código Penal de la República de Kazajstán fue confirmada sin cambios. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estimó el recurso de S. contra la resolución judicial, señalando que los argumentos de S. sobre el posible uso de tortura y malos tratos contra él en Kazajstán habían sido examinados por el tribunal de primera instancia, que los había considerado infundados al no haber sido probados. Junto con otros documentos examinados, la Sala de lo Penal, al fundamentar su posición de que no había amenaza de tortura u otros tratos no permitidos en la República de Kazajstán contra S., se refirió como pruebas en el caso a sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dictámenes y otros documentos del Comité de Derechos Humanos, así como a decisiones del Comité contra la Tortura, de las Naciones Unidas (sentencia núm. 53-AGTU19-12 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 24 de julio de 2019).

110.Existen decisiones judiciales en las que los tribunales ordenaron que no se trasladara por la fuerza a una persona a su país de nacionalidad debido al riesgo de que dicha persona fuera sometida a torturas y otros malos tratos. Mediante resolución del Tribunal del Distrito de Matveyev-Kurgán de la provincia de Rostov de 8 de febrero de 2020 en el caso núm. 5‑74/2020, el tribunal, al decidir sobre la cuestión de la sanción administrativa que se debía imponer a una persona por incumplimiento de las normas de residencia en el territorio de la Federación de Rusia, tras haberla declarado culpable de cometer este acto ilícito y remitiéndose a diversos documentos internacionales, no le impuso la sanción de expulsión administrativa por el motivo anteriormente mencionado. A las mismas conclusiones llegaron el Tribunal Municipal de Almétyevsk de la república de Tatarstán en su sentencia de 24 de noviembre de 2017 en el caso núm. 5-1227/17, y el Tribunal Supremo de la república de Tatarstán en su sentencia de 28 de marzo de 2022 en el caso núm. 5-5552/2022, 7-884/2022.

111.También se ha dado el caso de que unos extranjeros hayan impugnado con éxito denegaciones judiciales de asilo temporal o prórrogas de asilo temporal debido al riesgo de tortura en su país de nacionalidad. En particular, la sentencia núm. 88A-19532/2020 del Octavo Tribunal Ordinario de Casación de 23 de diciembre de 2020 declaró ilegal la denegación de la prórroga del asilo temporal concedido al solicitante; y la sentencia núm. 88a-11807/2022 del Octavo Tribunal Ordinario de Casación, de 8 de junio de 2022, confirmó las decisiones de los tribunales inferiores de declarar ilegal la denegación de asilo temporal en la Federación de Rusia en varios casos.

112.En el marco de la cooperación jurídica internacional en la esfera de la extradición, las autoridades competentes de la Federación de Rusia tienen en cuenta si la parte solicitante es parte en la Convención y, por lo tanto, tiene obligaciones internacionales recíprocas en lo tocante a cumplir los requisitos que impone el tratado internacional. Según la legislación rusa, los delitos contemplados en el artículo 4 de la Convención se consideran delitos que dan lugar a extradición. La responsabilidad por delitos de tortura o complicidad en la tortura está prevista en el Código Penal. La Fiscalía General adopta decisiones sobre la extradición de personas por delitos de esta categoría de conformidad con lo exigido en los artículos 5 y 8 de la Convención, de acuerdo con el principio de derecho internacional aut dedere aut iudicare.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

113.En la Federación de Rusia se han desarrollado los denominados mecanismos de supervisión, que los funcionarios diplomáticos rusos aplican activamente para supervisar el respeto de los derechos e intereses legítimos de las personas extraditadas de la Federación de Rusia en instituciones de prisión preventiva o penitenciarias extranjeras, incluso en lo que respecta al cumplimiento de las garantías dadas por los Estados extranjeros en las correspondientes solicitudes de extradición.

114.Con el fin de unificar estas actividades, se elaboraron las Recomendaciones metodológicas sobre el procedimiento de visitas de los funcionarios diplomáticos rusos a las personas extraditadas de la Federación de Rusia para verificar el respeto de sus derechos y las garantías dadas por las autoridades competentes de los Estados extranjeros en relación con su extradición en instituciones de prisión preventiva o penitenciarias.

115.Este mecanismo, que existe en la Federación de Rusia en el marco de la cooperación con la República Kirguisa, ha sido acogido favorablemente por los organismos internacionales, en particular, en la sentencia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 29 de abril de 2022 en el caso Khasanov y Rakhmanov c . Rusia (demandas núm. 28492/15 y núm. 49975/15). El Tribunal no encontró vulneración alguna en la actuación de las autoridades rusas en relación con la extradición a Kirguistán de dos personas de etnia uzbeka buscadas en su país de nacionalidad como sospechosas de delitos comunes debido al supuesto riesgo que corrían allí de ser sometidas a tortura u otros malos tratos por motivos relacionados con la etnia. Entre otras cosas, en el marco del examen de ese caso, se evaluó la información sobre la labor del mecanismo de supervisión anteriormente mencionado en Kirguistán, durante cuyo funcionamiento no se puso de manifiesto ninguna violación de los derechos de las personas extraditadas.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

116.Desde 2018 se han celebrado y ratificado varios tratados internacionales sobre extradición, traslado de personas condenadas y asistencia judicial en materia penal, que contienen disposiciones destinadas a combatir la tortura.

117.Los Estados partes en esos tratados se comprometen a extraditar a personas para su enjuiciamiento o para el cumplimiento de una pena cuando así lo solicite otro Estado parte. Por delitos extraditables se entiende actos punibles que, según las leyes de los Estados partes, conllevan una pena de al menos un año de privación de liberad u otra pena más severa. Las obligaciones internacionales de la Federación de Rusia prohíben extraditar a personas a Estados en los que puedan ser sometidas a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

118.En particular, la Federación de Rusia ha firmado y posteriormente ratificado dos tratados internacionales bilaterales de extradición desde 2018:

a)El Tratado de Extradición entre la Federación de Rusia y la República del Ecuador (firmado en Moscú el 7 de agosto de 2019 y ratificado por la Ley Federal núm. 358-FZ de 9 de noviembre de 2020; entró en vigor el 13 de agosto de 2021);

b)El Tratado de Extradición entre la Federación de Rusia y la República de Zimbabwe(firmado en Moscú el 15 de enero de 2019 y ratificado por la Ley Federal núm. 76-FZ de 1 de abril de 2020; no ha entrado en vigor de conformidad con el art. 19, párr. 1, del Tratado).

119.Además, desde 2018 se han firmado y posteriormente ratificado cinco tratados internacionales bilaterales sobre asistencia judicial en materia penal:

a)El Protocolo por el que se modifica el Tratado de Asistencia Judicial y Relaciones Jurídicas en Cuestiones Civiles y Penales entre la Federación de Rusia y la República Islámica del Irán, de 5 de marzo de 1996 (firmado en Moscú el 28 de marzo de 2017, y ratificado mediante la Ley Federal núm. 4-FZ de 5 de febrero de 2018; no ha entrado en vigor de conformidad con el art. 13 del Tratado);

b)El Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y la República de Indonesia (firmado en Moscú el 13 de diciembre de 2019 y ratificado por la Ley Federal núm. 356-FZ de 9 de noviembre de 2020; entró en vigor el 18 de diciembre de 2021);

c)El Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y el Reino de Camboya (firmado en Phnom Penh el 26 de septiembre de 2019 y ratificado por la Ley Federal núm. 167-FZ de 8 de junio de 2020; entró en vigor el 11 de marzo de 2021);

d)El Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y la República de Namibia (firmado en Windhoek el 8 de octubre de 2018 y ratificado por la Ley Federal núm. 362-FZ de 12 de noviembre de 2019; no ha entrado en vigor de conformidad con el art. 23, párr. 2, del Tratado);

e)El Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y la República Federal de Nigeria (firmado en Moscú el 26 de noviembre de 2018 y ratificado por la Ley Federal núm. 74-FZ de 1 de abril de 2020; no ha entrado en vigor de conformidad con el art. 22, párr. 1, del Tratado).

120.También durante el período examinado, se firmaron y posteriormente ratificaron dos tratados internacionales bilaterales sobre el traslado de personas condenadas a penas privativas de libertad:

a)El Tratado entre la Federación de Rusia y la República de Namibia sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad(firmado en Moscú el 17 de junio de 2019, ratificado por la Ley Federal núm. 465-FZ de 27 de diciembre de 2019; no ha entrado en vigor de conformidad con el art. 21, párr. 2, del Tratado);

b)El Tratado entre la Federación de Rusia y los Emiratos Árabes Unidos sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad(firmado en Moscú el 26 de junio de 2019 y ratificado por la Ley Federal núm. 464-FZ de 28 de diciembre de 2019; no ha entrado en vigor en aplicación del art. 18, párr. 1, del Tratado).

121.Además, desde 2018 se han ratificado varios tratados de extradición, traslado de condenados y asistencia judicial que se habían firmado en años anteriores. En particular, se han aprobado las siguientes leyes federales:

a)La Ley Federal núm. 125-FZ, de 4 de junio de 2018, por la que se ratifica el Tratado de Extradición entre la Federación de Rusia y el Reino de Camboya;

b)La Ley Federal núm. 274-FZ, de 3 de agosto de 2018, por la que se ratifica el Tratado de Extradición entre la Federación de Rusia y la República de Filipinas;

c)La Ley Federal núm. 276-FZ, de 3 de agosto de 2018, por la que se ratifica el Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y la República de Filipinas;

d)La Ley Federal núm. 343-FZ, de 2 de octubre de 2018, por la que se ratifica el Tratado de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre la Federación de Rusia y la República Argelina Democrática y Popular;

e)La Ley Federal núm. 7-FZ, de 5 de febrero de 2018, por la que ratifica el Tratado entre la Federación de Rusia y la República Islámica del Irán sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad;

f)La Ley Federal núm. 128-FZ, de 4 de junio de 2018, por la que se ratifica el Tratado entre la Federación de Rusia y la República de Cuba sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad para el Cumplimiento de la Condena;

g)La Ley Federal núm. 344-FZ, de 2 de octubre de 2018, por la que se ratifica el Tratado entre la Federación de Rusia y la República Democrática Popular Lao sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad;

h)La Ley Federal núm. 15-FZ, de 6 de marzo de 2019, por la que se ratifica el Tratado entre la Federación de Rusia y la República Popular Democrática de Corea sobre el Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad.

122.En cuanto al cumplimiento de las obligaciones internacionales de la Federación de Rusia, en 2021, 571 ciudadanos extranjeros fueron extraditados de la Federación de Rusia (445 en 2020) para que fueran enjuiciados o cumplieran sentencia en países extranjeros, y otras 156 personas llegaron extraditadas a la Federación de Rusia procedentes del extranjero (154 en 2020).

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

123.Los programas de formación impartidos a los agentes del orden incluyen disciplinas y/o temas relacionados con las normas jurídicas internacionales sobre el trato de los reclusos; la jurisprudencia de los órganos intergubernamentales de protección de los derechos humanos y las libertades; y los requisitos de los instrumentos internacionales en relación con los fundamentos jurídicos y los procedimientos que regulan el uso de la fuerza física, los medios especiales y las armas de fuego.

124.Por lo que respecta a los órganos de la fiscalía, en el curso 2021/22 se impartieron, en la Universidad de la Fiscalía de la Federación de Rusia, una serie de cursos de formación, en el marco de los cuales se organizaron las siguientes conferencias: “Responsabilidad penal de los funcionarios de instituciones penitenciarias por delitos contra los intereses de la administración pública”; “Colaboración de los órganos de la fiscalía con los defensores de los derechos humanos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, las comisiones de vigilancia pública y otras asociaciones civiles para la protección de los derechos de los reclusos”; y “Supervisión por la fiscalía del uso legítimo de la fuerza física y los medios especiales y garantía de la seguridad personal de las personas condenadas a penas privativas de libertad”. Durante las sesiones, los fiscales estudiaron las disposiciones de la Convención, el Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Protocolo de Estambul) y un programa especialmente elaborado para la detección e investigación de incidentes de violencia contra reclusos.

125.Se presta especial atención a la formación del personal en materia de protección de los derechos humanos en los lugares de privación de libertad. En el marco de esa formación, los alumnos estudian el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos en que es parte la Federación de Rusia, y también se familiarizan con las características especiales del estatuto jurídico, las condiciones y los procedimientos de reclusión de sospechosos, acusados y condenados en instituciones penitenciarias.

126.En cuanto a los órganos del sistema de cumplimiento de penas, cabe señalar que el párrafo 1.21 del Plan de Acción para la Aplicación del Marco de Desarrollo del Sistema Penitenciario de la Federación de Rusia hasta 2030 prevé que se modifiquen los programas educativos del Servicio Penitenciario Federal para desarrollar competencias profesionales destinadas a prevenir el uso de métodos prohibidos de presión y tratos inhumanos, crueles o degradantes por parte de los funcionarios del sistema penitenciario. El Servicio Penitenciario Federal está trabajando actualmente para modificar sus programas educativos conexos.

127.En lo que respecta a los órganos de orden público, de conformidad con la Orden núm. 275 del Ministerio del Interior, de 5 de mayo de 2018, por la que se aprueba el Procedimiento para la Formación del Personal de las Fuerzas del Orden de la Federación de Rusia, todas las dependencias de estos órganos organizan periódicamente sesiones de formación profesional para el personal, en las que, entre otras cosas, se estudian cuestiones relativas a la observancia de la legalidad en la prestación del servicio.

128.En lo que respecta a los órganos de investigación, los programas educativos de los centros de enseñanza del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia en los que se estudian la prevención y erradicación eficaz de los malos tratos a las personas en situación de vulnerabilidad ante el sistema estatal de mantenimiento del orden son los siguientes: el programa básico de enseñanza superior profesional, o programa sobre la especialidad 40.05.01 “Garantía jurídica de la seguridad nacional”, así como una serie de programas educativos complementarios, como los programas de formación continua. En el marco de estos programas los estudiantes se familiarizan con las disposiciones de la Convención y también aprenden métodos no coercitivos de investigación de delitos.

129.El Protocolo de Estambul se ha dado a conocer entre los jueces y el personal del Tribunal Supremo y de los tribunales inferiores.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

130.Los interrogatorios se rigen por las disposiciones del Código de Procedimiento Penal. Según el artículo 187 del Código, no se permite que el interrogatorio se prolongue durante más de cuatro horas ininterrumpidas; el interrogatorio puede continuar tras una pausa de al menos una hora para descansar y alimentarse, sin que la duración total del interrogatorio en un día exceda de ocho horas; cuando existan síntomas de tipo médico, la duración del interrogatorio se establecerá en función del informe de un médico.

131.La Ley Federal núm. 501-FZ, de 30 de diciembre de 2021, por la que se modifica el Código de Procedimiento Penal, introdujo en el Código varias disposiciones en virtud de las cuales el instructor o el investigador puede, siempre que sea técnicamente posible, emplear los sistemas de videoconferencia de los órganos estatales encargados de las investigaciones preliminares para llevar a cabo interrogatorios, careos o ruedas de reconocimiento, excepto cuando puedan divulgarse secretos de Estado, otros secretos protegidos por la legislación federal o datos de una persona en favor de la cual se hayan dictado medidas de seguridad.

132.Las personas presentes en una audiencia pública tendrán derecho a realizar grabaciones de audio y a tomar notas por escrito. Se permitirá fotografiar, grabar en vídeo y/o filmar, así como retransmitir una audiencia pública por radio, televisión o Internet, con la autorización del juez que presida la audiencia (art. 241 del Código de Procedimiento Penal).

133.Cuando sea técnicamente posible, los órganos jurisdiccionales deberán registrar los procedimientos utilizando grabaciones de audio y/o vídeo y otros medios técnicos. Los materiales de dicha grabación (por ejemplo, un soporte de grabación de audio) se adjuntarán al expediente del caso (art. 259 del Código de Procedimiento Penal).

134.En virtud de las disposiciones interrelacionadas del artículo 164, párrafos 6 y 8, y del artículo 166, párrafos 2 y 5, del Código de Procedimiento Penal, la decisión de utilizar la grabación en vídeo durante las diligencias previas es competencia del investigador o el instructor.

135.Los participantes en procedimientos penales en virtud del capítulo 15 del Código de Procedimiento Penal pueden solicitar al investigador o al instructor que se graben en vídeo las actuaciones de instrucción (art. 119, párr. 1, del Código de Procedimiento Penal).

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

136.Con el fin de reformar el sistema penitenciario, se aprobó el Marco de Desarrollo del Sistema Penitenciario de la Federación de Rusia hasta 2030.

137.A 1 de julio de 2022, el sistema penitenciario contaba con 659 establecimientos penitenciarios —con una capacidad total de 549.387 plazas—, en los que estaban recluidos 351.689 penados, y 203 centros de prisión preventiva y 72 instalaciones que hacían las veces de centros de prisión preventiva, con una capacidad total de 118.495 plazas, de las cuales 114.419 estaban ocupadas. El espacio habitable medio por persona y celda es de 4,14 m2.

138.En el marco de la construcción y rehabilitación de instituciones penitenciarias y de conformidad con un programa federal específico titulado “Desarrollo del Sistema Penitenciario (2018-2030)”, aprobado mediante la Resolución Gubernamental núm. 420 de 6 de abril de 2018, está previsto construir o rehabilitar 13 centros de prisión preventiva con una capacidad de 17.988 plazas, 9 pabellones de régimen penitenciario específico con un total de 2.175 plazas en centros de prisión preventiva, 1.000 plazas para acusados y sospechosos en instituciones para presos tanto preventivos como condenados, 13 dormitorios con una capacidad de 3.359 plazas en los centros correccionales y 2.000 plazas para condenados en instituciones para presos tanto preventivos como condenados, la construcción de una institución penitenciaria con 200 plazas, un centro de tratamiento y prevención, dotado con 215 camas, y 6 instituciones penitenciarias y de tratamiento y prevención, con 703 camas.

139.Con el fin de proporcionar condiciones adecuadas de reclusión a sospechosos, acusados y condenados, en 2021 se llevaron a cabo obras de renovación en 794 instituciones, incluidas 469 colonias penitenciarias, 207 centros de prisión preventiva y prisiones, 17 colonias correccionales y 101 centros médicos penitenciarios y hospitales.

140.En 2022 están previstas obras de renovación en 156 centros de prisión preventiva que afectan a 356 edificios. Con el fin de crear condiciones adecuadas para los detenidos, se repararán 186 pabellones de régimen específico en 142 instituciones del sistema penitenciario.

141.A 31 de diciembre de 2021, el 54,3 % de los centros de prisión preventiva y las instalaciones que se emplean como tales estaban equipados con sistemas de renovación del aire (el año anterior, esta cifra era del 53,4 %).

142.Dado que la construcción o rehabilitación de las instalaciones requiere un tiempo considerable, el Servicio Penitenciario Federal ha tomado medidas destinadas a reducir el número de presos preventivos.

143.Con el fin de reducir los traslados a través de los centros de prisión preventiva, se están habilitando puntos de tránsito y traslado en las instituciones penitenciarias.

144.La administración de las instituciones penitenciarias colabora con los tribunales en lo que respecta a la cuestión de la recepción puntual de las decisiones judiciales sobre traslado de condenados al lugar en el que vayan a cumplir condena. Se notifican a los tribunales los casos en que el sospechoso ha permanecido recluido en prisión preventiva durante un largo período de tiempo.

145.Los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal están adoptando medidas para reubicar las distintas unidades administrativo-territoriales desde las que se entrega a los presos preventivos.

146.En el marco de la implementación de planes de acción (“hojas de ruta”) para mejorar los indicadores de accesibilidad de las personas con discapacidad en las instalaciones del Servicio Penitenciario Federal, durante el período 2019-2021 se tomaron medidas para crear un entorno libre de barreras para las personas con movilidad reducida, y en particular para equipar las unidades sanitarias adaptándolas a la ergonomía de las personas con discapacidad.

147.El uso de medidas cautelares no privativas de libertad sigue aumentando. Durante el año pasado, el número de sospechosos y acusados contra los que los tribunales dictaron medidas cautelares como el arresto domiciliario, la prohibición de realizar determinadas actividades y la libertad bajo fianza aumentó en casi un 12 %; ese tipo de medidas se dictaron contra 34.000 personas (durante el mismo período del año anterior fueron 30.300).

148.Las penas de trabajo obligatorio están cobrando cada vez más importancia. Ya se han creado instituciones especializadas en todos los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal para cumplir este tipo de condenas. En 2021 se crearon 77 instituciones de este tipo (35 en 2020) con una capacidad total de 7.647 plazas para condenados a trabajo obligatorio (2.100 en 2020). A 22 de julio de 2022, se habían creado 227 instituciones para el cumplimiento de condenas de trabajo obligatorio, con capacidad para 20.844 condenados.

149.De conformidad con la Orden núm. 1162 del Servicio Penitenciario Federal, de 20 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las dotaciones de medios de transporte de los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal y de las instituciones que dependen directamente del Servicio Penitenciario Federal, el Servicio Penitenciario Federal contempla una necesidad total de 1.686 vehículos especiales para el traslado de condenados, y se cuenta con 1.691 unidades, por lo que la dotación es del 100,3 %. Todos los vehículos especiales fabricados desde 2012 están equipados con aire acondicionado y, desde 2015, con un inodoro químico. Para el traslado de reclusos con movilidad reducida se utilizan vehículos especiales equipados con mecanismos elevadores y dispositivos de anclaje de sillas de ruedas.

150.Los vehículos especiales se fabrican de conformidad con los requisitos del Reglamento Técnico Sobre la Seguridad de los Vehículos de Ruedas (TR CU 018/2011) de la Unión Aduanera, que contiene disposiciones de obligado cumplimiento para los autobuses en lo que respecta a la iluminación, la calefacción, la ventilación y el espacio entre asientos. La conformidad de los vehículos de las instituciones penitenciarias con el reglamento se confirma mediante las homologaciones de vehículos expedidas por los organismos de certificación de la Federación de Rusia.

151.En respuesta a la resolución “piloto” del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Tomov y otros c. la Federación de Rusia, en 2021 el Servicio Penitenciario Federal completó el desarrollo y la producción de tres prototipos de vehículos especiales del tipo A3 sobre los chasis KAMAZ-43502, GAZon NEXT y GAZelle NEXT. Los vehículos mencionados fueron diseñados de forma que tuvieran una mayor superficie de cabina individual, no inferior a 0,6 m2, y se redujera el número de asientos en las celdas colectivas, tomando como base una superficie estándar de al menos 0,5 m2 por persona escoltada.

152.Las especificaciones técnicas de los vehículos prototipo tienen en cuenta las recomendaciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a saber, la disponibilidad de una cabina de aseo, independientemente del número de plazas, la instalación de asideros en las celdas para garantizar la seguridad del transporte y la colocación de puertas con barrotes en los cubículos individuales para mejorar la ventilación en esos espacios y permitir la observación de las personas escoltadas.

153.En 2022 se organizó la producción en serie de vehículos especiales A3 basados en el chasis GAZon NEXT con una nueva distribución interior del espacio útil. La compra de 29 vehículos de este modelo está prevista para 2022.

154.Con el fin de aumentar el espacio por persona en los cubículos de los vehículos especiales de tipo “AZ” y garantizar unas condiciones sanitarias e higiénicas adecuadas a los reclusos durante su traslado, el 19 de febrero de 2021 se envió una carta a los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal sobre la necesidad de reducir el número de asientos en las celdas comunes de los vehículos especiales hasta un 80 %, y, cuando se transportan a una distancia superior a 200 km o a una temperatura ambiente del aire superior a 25 ºC, al 50 % de la capacidad máxima estipulada en la norma. Cuando se aplique la reducción del 50 % de asientos en las celdas comunes de los vehículos especiales, la superficie por persona escoltada será de al menos 0,5 m2. Dicha misiva también contiene los requisitos sobre el funcionamiento ininterrumpido de los sistemas vitales básicos (ventilación, aire acondicionado y calefacción) instalados en los vehículos especiales mientras están estacionados en los puntos de intercambio (instituciones penitenciarias, estaciones de ferrocarril o aeropuertos).

155.El Ministerio del Interior también ha estado aplicando una serie de medidas desde 2018, incluida la modernización de los vehículos especiales para el transporte de la población reclusa. A finales del primer semestre de 2022, los órganos de orden púbico disponían de cuatro nuevos modelos de vehículos especiales que cumplen los requisitos necesarios. Se está llevando a cabo una labor similar para mejorar las condiciones de traslado de personas escoltadas en lo que respecta a las modificaciones en el diseño de los furgones especiales.

156.Desde 2015 se está empleando un nuevo modelo de vagón especial con un total de 26 unidades, en el que, además de aseos de tipo cerrado, se ha utilizado un sistema de aire acondicionado en las instalaciones para el personal y en el pasillo para la población reclusa a fin de mantener el microclima necesario en los cubículos ocupados, se han mejorado los sistemas de iluminación y videovigilancia y se han instalado unidades de desinfección del agua y del aire para reducir significativamente el riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas. En 2022 ya estaban en servicio 12 de estos vagones especiales, y está previsto que se añadan otros 12 de aquí a finales de año.

157.En 2018 se redujo en la normativa correspondiente el número máximo de personas que podían ser trasladadas en las celdas grandes del furgón especial, que pasó de 12 a 10 personas, así como en las celdas pequeñas, que pasó de 6 a 4 personas.

158.El Servicio Penitenciario Federal también ha elaborado un proyecto de procedimiento para el traslado en convoy de reclusos y presos preventivos recluidos en instituciones penitenciarias por unidades especiales del sistema penitenciario, que contiene disposiciones relativas al régimen de reclusión y normas relativas a la conducta de las personas escoltadas, su distribución en los medios de transporte teniendo en cuenta sus características técnicas, la garantía de las condiciones sanitarias e higiénicas de los condenados y la prestación de asistencia médica cuando son trasladados en un transporte especial.

159.El citado proyecto de procedimiento también modifica las modalidades de transporte de mujeres y personas con discapacidad. Si el trayecto no supera los 500 km, los presos preventivos y condenados con movilidad reducida, las mujeres embarazadas de más de 6 meses y las mujeres con hijos menores de 3 años son trasladados en vehículos especiales separados. Si el trayecto es superior a 500 km, las personas pertenecientes a estas categorías son trasladadas por vía aérea. Solo se las traslada en furgones especiales si no pueden ser trasladadas por carretera o en avión.

160.El 17 de julio de 2022 entró en vigor la Orden núm. 110 del Ministerio de Justicia, de 4 de julio de 2022, por la que se aprueban el Reglamento Interno de los Centros de Prisión Preventiva del Sistema Penitenciario, el Reglamento Interno de las Instituciones Penitenciarias y el Reglamento Interno de los Centros Correccionales del Sistema Penitenciario, que tienen por objeto aumentar las garantías de respeto de los derechos humanos y mejorar las condiciones en las instituciones penitenciarias, en particular en lo que respecta a:

a)La observancia de la higiene y las condiciones generales de convivencia. Por ejemplo, se regula la posibilidad de que las mujeres embarazadas, las mujeres con niños pequeños y las personas con discapacidad de grado I o II puedan tomar una ducha diariamente;

b)La garantía de preservación de la intimidad al incorporar instalaciones sanitarias (baños);

c)El registro y cacheo de sospechosos, acusados y condenados sin proceder a desnudarlos, recurriendo a la utilización de medios técnicos especiales, y la instalación de mamparas en las salas de registro, con la participación obligatoria de personal médico en el registro de determinadas categorías de enfermos y personas con discapacidad;

d)La lista de artículos que los presos pueden tener en su poder se ha ampliado para incluir libros electrónicos y suplementos dietéticos.

161.En cuanto a las instalaciones de detención, en 2021, 930.196 ciudadanos, incluidos 4.255 menores y 66 mujeres, estaban recluidos en instalaciones de detención de los órganos regionales del Ministerio del Interior para sospechosos y acusados.

162.Mediante la Orden núm. 615 del Ministerio del Interior, de 24 de septiembre de 2018, se aprobó el Marco para el Desarrollo de la Atención Primaria de Salud en el Sistema del Ministerio del Interior (2019-2024), que prevé establecer 393 consultorios de salud médica o paramédica y nueve centros de cuidados ambulatorios para dar servicio a los órganos regionales del Ministerio del Interior a nivel de distrito.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

163.Con el fin de mejorar las condiciones de reclusión de las mujeres en los centros de prisión preventiva del sistema penitenciario se promulgó la Ley Federal núm. 520-FZ, de 27 de diciembre de 2019, por la que se modifica la Ley Federal de Prisión Preventiva de Sospechosos y Acusados. La ley exige que las mujeres con hijos menores de 3 años y las mujeres embarazadas sean mantenidas separadas del resto de sospechosos o acusados, y que se proporcione en la celda un mínimo de 4 m2 de superficie por niño menor de 3 años que esté internado junto con su madre reclusa.

164.Actualmente se está trabajando para modificar la legislación con miras a aumentar la edad a la que los niños deben ser trasladados a la residencia de primera infancia del centro de prisión preventiva, y también a fin de determinar con exactitud los motivos de la puesta en libertad anticipada o la conmutación de la parte pendiente por cumplir de la pena por una forma menos severa de castigo para esta categoría de mujeres y para las mujeres que hayan sido condenadas por delitos menores y tengan algún hijo en la residencia de primera infancia de la institución penitenciaria.

165.Además, las disposiciones del marco anteriormente mencionado también abordan las siguientes cuestiones: la posibilidad de que las mujeres embarazadas y las mujeres que cumplen condena con hijos pequeños se duchen a diario; la elaboración de requisitos mínimos unificados sobre equipamiento de los locales de las residencias de primera infancia, incluidos los clubes, las actividades deportivas y culturales, y los edificios e instalaciones deportivas o patios de recreo; la posibilidad de que las mujeres sospechosas y acusadas con hijos de hasta 14 años pueden realizar llamadas telefónicas de pago a sus hijos, sin tener que esperar turno; la ampliación de la lista de casos en que se puede aplazar el cumplimiento de la pena para las mujeres embarazadas y las mujeres que tengan a cargo a un hijo menor de 14 años, y la mejora de la atención médica ofrecida a los niños ingresados con sus madres presas.

166.El internamiento de personas privadas de libertad que no son capaces de desplazarse por sí mismas o que sufren de enfermedades o afecciones que hagan que su vida corra peligro, en condiciones que no tengan en cuenta su estado de salud o en ausencia de cuidados adecuados por parte del personal de la autoridad o la institución correspondiente (incluida asistencia para desplazarse y para mantener la higiene personal) puede constituir un incumplimiento de las condiciones de reclusión.

167.De conformidad con el artículo 99 del Código Penitenciario, los condenados eximidos de trabajar por motivo de enfermedad, las mujeres embarazadas condenadas y las madres lactantes condenadas reciben alimentos de forma gratuita durante el período en que disfrutan de la exención de la obligación de trabajar. De conformidad con las modificaciones introducidas por la Ley Federal núm. 432-FZ de 21 de diciembre de 2021, los penados recluidos en colonias penitenciarias, los condenados con discapacidad del grupo I o II y los niños huérfanos o privados del cuidado parental condenados que reciben educación general o educación secundaria profesional en el marco de programas de formación de trabajadores manuales y no manuales cualificados o que siguen una formación profesional financiada con cargo a los presupuestos correspondientes del sistema presupuestario de la Federación de Rusia, así como los condenados que cursan estudios superiores en centros de enseñanza superior por correspondencia y que pertenecen a la categoría de personas que, durante sus estudios en el marco de los programas de formación profesional básica y/o de formación profesional para oficios manuales o profesiones no manuales, han perdido a ambos progenitores o a su único progenitor, reciben gratuitamente alimentos, ropa, acceso a servicios personales y artículos de higiene personal de uso individual.

168.Las instituciones del sistema penitenciario aplican las normas relativas a la prestación de atención médica mediante el uso de equipos de diagnóstico y tratamiento y medicamentos. Cuando es necesario, se presta atención médica especializada a los reclusos en instituciones sanitarias estatales o municipales. Se ha introducido con éxito la telemedicina, que permite organizar consultas médicas por videoconferencia.

169.Se están adoptando medidas para mejorar el nivel de dotación de personal médico en las subdivisiones de las unidades médicas y sanitarias del Servicio Penitenciario Federal. A finales de 2021, la dotación de personal médico en las instituciones médicas del sistema penitenciario era de 110,4 médicos por cada 10.000 personas, el doble que en los sistemas de atención sanitaria estatales y municipales. Además, en caso necesario, se subcontratan servicios de atención médica en centros pertenecientes a los sistemas de atención sanitaria estatales y municipales.

170.En 2021, el número de fallecimientos por enfermedades se mantuvo al mismo nivel que el año anterior y fue de 1.917 decesos. Al mismo tiempo, el número de fallecimientos por tuberculosis en instituciones penitenciarias disminuyó un 32,4 % (pasando de 34 a 23 decesos) y por infección por VIH un 18,7 % (pasando de 491 a 399 decesos). Se realizan pesquisas cada vez que fallece un recluso.

171.En 2021, el número de pacientes con tuberculosis activa disminuyó un 14,9 % en comparación con 2020 (pasando de 11.566 a 9.834 casos), y el número de pacientes internos con tuberculosis recién diagnosticada en instituciones penitenciarias (excluidas las colonias residenciales en régimen abierto) disminuyó un 18,1 % (pasando de 1.433 a 1.173).

172.A finales de 2021 estaban internados en instituciones penitenciarias 49.893 presos seropositivos, un 5 % menos que en el mismo período del año anterior (52.531). Un total de 46.082 personas recibían terapia antirretroviral (durante el mismo período del año anterior fueron 47.051), lo que supone un 92,4 % del total (el 89,6 % el año anterior).

173.El número de personas con discapacidad internadas en instituciones penitenciarias ascendió a 17.820 (en el mismo período del año anterior fueron 17.600 personas). Necesitaban tecnología de apoyo 2.451 personas con discapacidad, de las que 2.325 tuvieron acceso a ella en 2021, es decir, el 94,8 % del total.

174.Se están realizando esfuerzos constantes para mejorar la prestación de atención médica a las mujeres. Las dependencias médicas del Servicio Penitenciario Federal cuentan con 166 consultorios de ginecología y 45 salas de reconocimiento. En 8 pabellones médicos hay 294 plazas para pacientes de las especialidades de obstetricia y ginecología, de las cuales 84 son de ocupación tanto diurna como nocturna y 210, solo diurna. Con el fin de mejorar la calidad de los exámenes preventivos y la detección precoz de patologías cancerosas en las mujeres, se suministraron de forma centralizada equipos de mamografía a 14 órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal.

175.Los niños que viven en residencias de primera infancia están cubiertos por el seguro médico obligatorio y son derivados, en el lugar en que está ubicada su institución, a centros médicos pediátricos del sistema de atención sanitaria estatal y municipal, lo que garantiza que se les hagan exámenes médicos preventivos y las pruebas de laboratorio y funcionales necesarias y también un seguimiento ambulatorio. La atención primaria la prestan los pediatras de las residencias de primera infancia.

176.Para prevenir la aparición y propagación de la enfermedad por coronavirus (COVID‑19) en las instituciones penitenciarias se están adoptando una serie de medidas sanitarias y antiepidémicas de carácter preventivo, así como de tratamiento y diagnóstico: se dispone de una sede operativa y la situación epidemiológica se vigila diariamente desde el comienzo de la pandemia. El Servicio Penitenciario Federal ha habilitado una línea telefónica directa sobre la COVID-19 para proporcionar información con rapidez a las instituciones penitenciarias.

177.A fecha de 19 de julio de 2022, se habían registrado 14.260 casos de la COVID-19. En 14.182 de ellos, el paciente se había recuperado. La cifra de morbilidad en las prisiones es 4,1 veces inferior a la de incidencia media en la Federación de Rusia. Cuando la situación epidemiológica empeora, se introducen medidas restrictivas (cuarentena) en las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y/o las instituciones penitenciarias.

178.Para reducir el riesgo de aparición y propagación de la COVID-19 en las instituciones penitenciarias, se ha puesto en marcha el siguiente paquete de medidas sanitarias y antiepidémicas:

a)La introducción de un sistema de turnos para que el personal penitenciario preste servicio en una institución determinada durante 14 días sin posibilidad de abandonar la institución;

b)La designación de un centro determinado (centro de prisión preventiva) en el que únicamente se reciba a sospechosos, acusados y condenados recién ingresados;

c)Las restricciones a la admisión de personas llevadas a los centros de prisión preventiva desde las instalaciones de detención de las fuerzas del orden que estén enfermas o se sospeche que padecen la COVID-19, o con síntomas de infecciones respiratorias no excluyentes de la COVID-19, como una temperatura corporal elevada, así como de los contactos de personas infectadas por el coronavirus;

d)El aumento de la duración de la estancia en la unidad de cuarentena en el caso de las personas ingresadas en centros penitenciarios, hasta un mínimo de 14 días a contar desde el momento del ingreso;

e)Los exámenes, mediante termómetros sin contacto, del personal penitenciario y de todas las personas que visiten las instituciones y establecimientos del sistema penitenciario, con exclusión obligatoria de acceso al sistema penitenciario y las dependencias o el lugar de trabajo de las personas febriles o con síntomas de afección respiratoria aguda;

f)El refuerzo de las medidas de desinfección en las instalaciones de las instituciones penitenciarias y los vehículos en uso, celebrando una jornada de saneamiento con una desinfección rutinaria semanal en forma de desinfección radical de todos los locales e instalaciones mediante el uso de medios desinfectantes;

g)La utilización de equipos de protección individual (mascarillas higiénicas para proteger los órganos respiratorios) por parte de los sospechosos, acusados y condenados, así como del personal del sistema penitenciario, en las instalaciones de los centros penitenciarios, respetando una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros en los lugares de fuerte aglomeración de personas dentro de las instituciones penitenciarias.

179.Se realizaron pruebas de laboratorio para la detección del coronavirus en 49 laboratorios de los centros médicos del sistema penitenciario.

180.Para prevenir la propagación de la COVID-19 y crear una inmunidad colectiva a la enfermedad entre los sospechosos, acusados y condenados, así como entre el personal del sistema penitenciario, se han organizado campañas de vacunación contra la COVID-19.

181.En cuanto al acceso a los programas educativos para los niños nacidos en las cárceles y sus madres, de conformidad con el artículo 80, párrafo 1, de la Ley Federal núm. 273-FZ de Educación en la Federación de Rusia, de 29 de diciembre de 2012, las autoridades ejecutivas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia tienen la obligación de establecer las condiciones necesarias para que las personas recluidas en instituciones penitenciarias reciban una educación general mediante la creación de centros de educación general en las instituciones penitenciarias. La administración de los centros de prisión preventiva ofrece a los menores sospechosos y acusados en prisión preventiva las condiciones necesarias para que puedan adquirir una enseñanza inicial general, básica general y secundaria general en modalidad de autoaprendizaje; y también se proporciona asistencia para que puedan alcanzar esos niveles de instrucción (art. 80, párr. 2). Las personas condenadas a penas privativas de libertad y menores de 30 años cursarán enseñanza inicial general, básica general y secundaria general en los centros de enseñanza general de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia creados en los establecimientos del sistema penitenciario. Las personas condenadas a penas privativas de libertad que no hayan cumplido 30 años, así como las personas con discapacidad de grado I o II condenadas a penas privativas de libertad, recibirán educación básica general o secundaria general si así lo solicitan (art. 80, párr. 4).

182.En los establecimientos penitenciarios donde cumplan condena las reclusas con hijos a cargo podrán crearse residencias de primera infancia que ofrezcan las condiciones necesarias para la vida normal y el desarrollo de los niños. Las reclusas pueden llevar a sus hijos menores de 3 años a las residencias de primera infancia de los centros penitenciarios y pasar con ellos su tiempo libre sin restricciones. Se les puede autorizar a convivir con sus hijos (art. 100, párr. 1, del Código Penitenciario).

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

183.La legislación rusa prevé diferentes motivos para imponer la reclusión en régimen de aislamiento, principalmente en el caso de los hombres condenados por delitos especialmente graves, en casos de reincidencia especialmente peligrosa y en el de los condenados a cadena perpetua.

184.Con arreglo al artículo 74 del Código Penitenciario, estas categorías de reclusos cumplen sus penas en colonias penitenciarias de régimen especial y prisiones destinadas a los reclusos condenados a más de 5 años de privación de libertad por delitos especialmente graves y por reincidencia especialmente peligrosa, así como a los condenados que, tras haber infringido reiteradamente el reglamento establecido para el cumplimiento de su condena, hayan sido trasferidos desde colonias penitenciarias.

185.El artículo 115, párrafo 1 d), del Código Penitenciario dispone que los condenados ingresados en colonias penitenciarias de régimen especial y prisiones que sean delincuentes reincidentes podrán ser recluidos en régimen de aislamiento durante un máximo de seis meses.

186.El artículo 131 del Código Penitenciario dispone que, en caso necesario, los presos pueden ser mantenidos en régimen de aislamiento siempre que se cuente con una decisión motivada del director de la prisión y con la anuencia del fiscal.

187.En virtud del artículo 127 del Código Penitenciario, los presos condenados a cadena perpetua pueden ser mantenidos en régimen de aislamiento si así lo solicitan y en otros casos necesarios, por orden del director de la colonia penitenciaria, si corre peligro la seguridad personal de esos presos.

188.Las particularidades y los fundamentos de la imposición de la reclusión en régimen de aislamiento y celdas disciplinarias a sospechosos y acusados se establecen en los artículos 32 y 40 de la Ley Federal núm. 103-FZ. Los sospechosos y acusados en régimen de aislamiento se encuentran recluidos en solitario. La legislación de la Federación de Rusia no dispone que deba contarse con una autorización judicial para recluir a un preso en régimen de aislamiento.

189.La reclusión de sospechosos y acusados en régimen de aislamiento por un período superior a 24 horas se autorizará mediante una orden motivada del director del centro de prisión preventiva, aprobada por el fiscal. La reclusión de sospechosos y acusados en régimen de aislamiento no requerirá la autorización del fiscal siempre que:

a)No haya otra posibilidad de garantizar el cumplimiento de los requisitos en materia de reclusión separada previstos en el artículo 33 de la Ley Federal núm. 103-FZ;

b)Ello vaya en interés de la seguridad vital y en materia de salud del propio sospechoso o acusado o de otros sospechosos o acusados;

c)El sospechoso o acusado haya solicitado por escrito la reclusión en régimen de aislamiento; o

d)Los sospechosos o acusados sean recluidos en régimen de aislamiento nocturno si durante el día se encuentran en celdas compartidas (art. 32 de la Ley Federal núm. 103-FZ).

190.El procedimiento del juicio en casos contencioso-administrativos para impugnar decisiones, acciones u omisiones de las autoridades, los órganos de la administración autónoma local, otros organismos, organizaciones que ejercen un poder estatal u otros poderes públicos, funcionarios, y empleados públicos y municipales se establece en el capítulo 22 del Código de Procedimiento Administrativo.

191.Se han observado buenas prácticas en la impugnación de decisiones de la administración de los lugares de privación de libertad relativas a la reclusión de personas en régimen de aislamiento (sentencia en casación de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de 20 de noviembre de 2020, relativa a la indemnización de daños morales por haber permanecido en régimen de aislamiento).

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

192.El Servicio Penitenciario Federal adopta sistemáticamente medidas para garantizar el mantenimiento del orden y prevenir y reprimir ilícitos en las instituciones penitenciarias. El desarrollo y la aplicación de medidas destinadas a garantizar la seguridad personal, prevenir la propagación de la subcultura criminal y fortalecer el estado de derecho siguen siendo una prioridad.

193.A 1 de julio de 2022, en las instituciones penitenciarias se habían registrado 678 delitos cometidos por sospechosos, acusados o condenados, incluidos 27 delitos de especial gravedad (2 casos de organización de disturbios, 7 homicidios, 12 delitos de lesiones intencionales graves y 6 delitos de lesiones intencionales graves con resultado de muerte).

194.En virtud del artículo 13 del Código Penitenciario, los reclusos tienen derecho a la seguridad personal. Si su seguridad corre peligro, un recluso puede informar de ello a cualquier miembro del personal de la institución, que estará obligado a adoptar medidas inmediatas para garantizar la seguridad personal del recluso sobre la base de una declaración (escrita u oral) del recluso o de información fidedigna obtenida, en el menor tiempo posible, de otras fuentes.

195.El director de un establecimiento penitenciario, a petición del interesado o por iniciativa propia, trasladará al recluso a un lugar seguro por un período no superior a 90 días o adoptará otras medidas (detención y aislamiento de las personas que hayan proferido las amenazas, etc.). En casos urgentes, puede hacerlo el funcionario de guardia durante un máximo de 24 horas (hasta que llegue el director de la institución).

196.Se pueden adoptar medidas penales o disciplinarias contra una persona por atentar contra la vida o la salud de un condenado, de conformidad con el procedimiento establecido. Si la amenaza no se elimina por completo, el condenado en peligro puede ser trasladado a otro establecimiento penitenciario del mismo tipo, con su consentimiento y previa decisión del Servicio Penitenciario Federal.

197.En el caso de un condenado que esté participando en un proceso penal, las medidas de seguridad las adopta el director de la institución u órgano de ejecución de la pena sobre la base de una decisión motivada o resolución del tribunal, fiscal, investigador u órgano de investigación e instrucción.

198.El artículo 17, párrafo 2, de la Ley Federal núm. 103 prevé la posibilidad de adoptar medidas similares en favor de sospechosos y acusados. Se ampara su derecho a la seguridad personal, que está garantizado por el derecho a apelar al personal del lugar de privación de libertad, que está obligado a adoptar medidas inmediatas (por ejemplo, el traslado de los sospechosos y acusados a otra celda o su reclusión en régimen de aislamiento). El traslado tiene lugar con la autorización escrita del director del centro de prisión preventiva o de la persona que lo sustituya en su puesto.

199.Las instituciones y órganos del sistema penitenciario también se ocupan de las denuncias de los condenados y presos preventivos. Si reciben denuncias en las que figura información sobre la comisión de un delito, los expedientes se remiten, dentro del plazo establecido por la ley, a las autoridades investigadoras para que los examinen y decidan si se debe incoar un procedimiento penal.

200.El número de denuncias presentadas por particulares a las instituciones y órganos del Sistema Penitenciario Federal en las que se planteaban cuestiones sobre el uso ilegal de la fuerza física y medios especiales fue de 1.044 en 2019, 898 en 2020 y 1.040 en 2021; los traslados por motivos de seguridad personal en 2019 ascendieron a 4.108, a 3.493 en 2020, y a 3.573 en 2021.

201.A finales de 2021, el número de fallecimientos en instituciones penitenciarias había disminuido un 0,7 % (pasando de 2.400 a 2.383 decesos), de los cuales 1.917 fueron por enfermedad, 4 por accidentes laborales, 250 por suicidio y 212 debidos a otras causas.

202.Cada muerte que se produce en una institución penitenciaria es investigada por las autoridades competentes, incluidas las autoridades de investigación y el ministerio fiscal.

203.Según los informes departamentales del Ministerio del Interior, en las instalaciones de detención se registraron 24 suicidios, 35 homicidios y 318 casos de lesiones autoinfligidas.

204.En el primer semestre de 2022 se registraron 143 casos de suicidio de sospechosos, acusados y condenados en instituciones penitenciarias, 83 de ellos en instituciones penitenciarias y 60 en centros de prisión preventiva. Cada caso de suicidio se investiga bajo la supervisión del Servicio Penitenciario Federal, y en función de los resultados se establecen medidas preventivas.

205.En el sistema penitenciario se ha creado actualmente un sistema de prevención del comportamiento suicida de los sospechosos, acusados y condenados, en cuyo marco se ha enviado a los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal:

a)Un protocolo para hacer constar en el expediente personal de sospechosos, acusados y condenados información sobre la existencia de un estado de ánimo depresivo;

b)Un conjunto de programas psicológicos destinados a prevenir los casos de violaciones de la ley que impliquen el uso de la fuerza física y medios especiales;

c)Una serie de experiencias en materia de prevención y lucha contra los intentos de suicidio entre sospechosos, acusados y condenados;

d)Una instrucción sobre la prevención de suicidios de sospechosos, acusados y condenados en centros de prisión preventiva, en virtud de la cual se establece una supervisión especial del órgano regional del Servicio Penitenciario Federal sobre los centros de prisión preventiva en los que se hayan producido casos reiterados de suicidios de sospechosos, acusados y condenados durante ese año;

e)Una recopilación de experiencias sobre la prevención del comportamiento suicida de los reclusos mediante “biblioterapia”;

f)Una lista indicativa de las cuestiones que deben tenerse en cuenta en la investigación de los suicidios de sospechosos, acusados y condenados;

g)Una instrucción sobre la adopción de medidas adicionales para la prevención del suicidio entre sospechosos, acusados y condenados.

206.Se ha elaborado un plan piloto para la prevención del suicidio de sospechosos, acusados y condenados, que se ha incorporado en la labor de los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal.

207.Con miras a la adopción de decisiones coordinadas, se dictó la Directriz núm. 299-r del Servicio Penitenciario Federal, de 9 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Reglamento del grupo de trabajo para la coordinación de las actividades encaminadas a prevenir el comportamiento suicida de los sospechosos, acusados y condenados. En los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal se crearon grupos de trabajo para la coordinación de las actividades destinadas a prevenir el comportamiento suicida de sospechosos, acusados y condenados.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

208.La Federación de Rusia cuenta con un mecanismo nacional independiente para la prevención de las violaciones de los derechos humanos en los lugares de privación de libertad. Existen comisiones de vigilancia pública, que funcionan en las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

209.La Ley Federal núm. 76-FZ, de 10 de junio de 2008, de Vigilancia Pública del Respeto de los Derechos Humanos en los Lugares de Privación de Libertad y de Asistencia a las Personas Recluidas en Lugares de Privación de Libertad, establece la base jurídica de las actividades de las comisiones de vigilancia pública al realizar su labor de vigilancia del respeto de los derechos humanos en los lugares de privación de libertad.

210.Las comisiones de vigilancia pública supervisan si se respetan los derechos y libertades de las personas recluidas en lugares de privación de libertad, informan al público de los resultados de su labor de vigilancia y promueven la cooperación entre las asociaciones civiles y las administraciones de los lugares de privación de libertad para garantizar los derechos y libertades legítimos y las condiciones de reclusión de las personas privadas de libertad. Las asociaciones civiles y las organizaciones sin fines de lucro de orientación social prestan asistencia a las personas recluidas en lugares de privación de libertad.

211.En 2021, los miembros de las comisiones de vigilancia pública realizaron 3.000 visitas a instituciones penitenciarias (2.400 en el mismo período del año anterior), de las cuales 1.600 se efectuaron en compañía del jefe adjunto de la oficina regional del Servicio Penitenciario Federal para la observancia de los derechos humanos en las prisiones (1.200 visitas el año anterior).

212.Los miembros de las comisiones de vigilancia pública y los defensores de los derechos humanos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusiarealizaron en2021 un total de 1.423 visitas (192 más que en 2020) a lugares de detención de las fuerzas del orden, entre ellas 1.068 (+142) inspecciones a instalaciones de detención, 238 (+46) a centros de arresto administrativo, 115 (+6) a centros de internamiento de ciudadanos extranjeros y apátridas sujetos a expulsión administrativa forzosa o a deportación o readmisión. Asimismo, se llevaron a cabo 219 visitas de vigilancia (65 más que el año anterior) a centros de detención para menores infractores, incluidas las realizadas por los defensores de los derechos humanos a nivel federal y regional, que fueron 7 (+5); los defensores de los derechos del niño realizaron 65 (+28); las comisiones de vigilancia pública, 28 (+9), y las organizaciones civiles de defensa de los derechos humanos, 116 (+22).

213.En total, los miembros de las comisiones de vigilancia pública realizaron 7.700 entrevistas individuales con sospechosos, acusados y condenados (6.400 el año anterior), y revisaron 2.200 comunicaciones presentadas por escrito por penados y presos preventivos (1.900 el año anterior).

214.Los miembros de las comisiones de vigilancia pública recibieron 1.900 informes, propuestas y comunicaciones como resultado de sus visitas a establecimientos penitenciarios (frente a los 1.600 del año anterior).

215.Se celebraron 356 reuniones de trabajo entre los jefes de los órganos regionales del Servicio Penitenciario Federal y los presidentes de las comisiones de vigilancia pública de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia para debatir cuestiones de actualidad en materia de cooperación (frente a las 317 del año anterior).

216.La formación de las comisiones de vigilancia pública, la suspensión y el cese de las actividades de las comisiones, la habilitación y la suspensión de las prerrogativas de los miembros de estas y la prestación de asistencia a las comisiones proporcionándoles materiales metodológicos, documentos y materiales relacionados con sus actividades, así como los seminarios de formación para mejorar sus actividades, son responsabilidad de la Cámara Social de la Federación de Rusia. El Consejo de la Cámara Social decide si acepta o rechaza la candidatura de un miembro propuesto para formar parte de una comisión.

217.Este procedimiento de constitución de las comisiones de vigilancia pública garantiza la independencia de sus miembros con respecto a las autoridades estatales federales y regionales y les permite ejercer eficazmente sus competencias en materia de protección de los derechos humanos.

218.El artículo 19, párrafo 32, del Código de Infracciones Administrativas prevé que los funcionarios pueden incurrir en responsabilidad administrativa por obstruir las actividades de los miembros de las comisiones de vigilancia pública en el ejercicio de sus atribuciones de vigilancia pública del respeto de los derechos humanos.

219.Así pues, la Federación de Rusia dispone de un sistema de vigilancia pública cuyo principal objetivo es la prevención de las violaciones de los derechos humanos en las instituciones penitenciarias. El procedimiento de constitución y el amplio abanico de competencias de los órganos que componen este sistema permiten garantizar su independencia e imparcialidad, así como excluir la posibilidad de que los funcionarios influyan sobre quienes participan en esta labor de vigilancia.

220.Desde 2018, se han aprobado varias leyes federales para mejorar la regulación de la institución de vigilancia pública de los derechos humanos en los lugares de privación de libertad.

221.La Ley Federal núm. 203-FZ, de 19 de julio de 2018, por la que se modifica el artículo 18, párrafo 1, de la Ley Federal de Prisión Preventiva de Sospechosos y Acusados y la Ley Federal de Vigilancia Pública de los Derechos Humanos en los Lugares de Privación de Libertad y de Asistencia a las Personas Recluidas en Lugares de Privación de Libertad, introdujo modificaciones relacionadas con el ejercicio por los miembros de las comisiones de vigilancia pública del derecho a filmar, fotografiar y grabar en vídeo las violaciones de los derechos de los sospechosos y acusados recluidos, así como del derecho a utilizar instrumentos de medición. Se concedió a la Cámara Social y a los defensores de los derechos humanos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia el derecho a presentar recomendaciones al Consejo de la Cámara Social sobre la composición de una comisión de vigilancia pública. También se aclaró el protocolo de visita por parte de los miembros de una comisión de vigilancia pública a los lugares de privación de libertad y se definió el protocolo de visita a los centros médicos en los que se presta atención psiquiátrica en régimen de hospitalización.

222.Actualmente se está examinando el proyecto de ley federal núm. 99435-8 por la que se modifica la Ley Federal de Vigilancia Pública de los Derechos Humanos en los Lugares de Privación de Libertad y de Asistencia a las Personas Recluidas en Lugares de Privación de Libertad (aprobado en primera lectura el 25 de mayo de 2022). El proyecto de ley amplía la lista de entidades con derecho a participar en la labor de vigilancia pública, aclara los requisitos que deben cumplir las organizaciones con derecho a presentar candidatos a integrar una comisión de vigilancia pública, el concepto de lugares de privación de libertad (se propone incluir las instituciones penitenciarias en las que se cumplen condenas penales de trabajo obligatorio) y la noción de personas recluidas en lugares de privación de libertad. Se ha modificado el enfoque relativo al reembolso de los costos asociados al ejercicio de las funciones de los miembros de la comisión de vigilancia pública. Según el proyecto de ley, son reembolsados no solo por la organización que los designa, sino también por la Cámara Social de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia en la que se haya establecido la comisión. Se suprime la disposición según la cual las autoridades tenían derecho a prestar apoyo financiero a sociedades militares privadas. Se aclara el procedimiento de constitución de las comisiones de vigilancia pública mediante la ampliación de los plazos de designación de los miembros de las comisiones y la duración del mandato de dichos miembros. Se especifica el procedimiento de designación de un miembro de una comisión de vigilancia pública para sustituir a otro miembro que haya finalizado su mandato antes de lo previsto. El proyecto de ley propone establecer que la prohibición de ser miembro de una comisión de vigilancia pública se aplique a las personas que ocupen cargos municipales (y no solo a las personas que ocupen cargos electivos en órganos de la administración autónoma local). Se propone facultar al Consejo de la Cámara Social para decidir el cese de un miembro de la comisión en caso de desempeño inadecuado de sus funciones o de vulneración grave del código ético.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

223.Con el fin de aumentar las garantías de protección de los derechos de los extranjeros y apátridas retenidos en instituciones especiales del Ministerio del Interior de la Federación de Rusia o de sus dependencias regionales y de los extranjeros y apátridas contra los que se ha dictado una orden de expulsión administrativa en forma de expulsión forzosa, deportación o readmisión (centros de retención temporal para extranjeros), el Gobierno ruso emitió la Resolución núm. 1366, de 17 de agosto de 2021, por la que se modifican las Normas para la reclusión o internamiento en instituciones especiales del Ministerio del Interior de la Federación de Rusia o de sus dependencias regionales de extranjeros y apátridas contra los que se ha dictado una orden de expulsión administrativa de la Federación de Rusia en forma de expulsión forzosa, deportación o readmisión, aprobadas mediante la Resolución núm. 1.306 del Gobierno de la Federación de Rusia de 30 de diciembre de 2013.

224.La Resolución núm. 1.306 modifica dichas normas regulando en mayor medida las cuestiones relativas a:

a)La atención médica a personas internadas en instituciones especiales, incluido el mantenimiento de historiales médicos;

b)Las normas nutricionales para esta categoría de personas, incluidas las relativas al aumento de las raciones para las mujeres embarazadas, las madres que amamantan a sus hijos, las personas con discapacidad de grado I o II, y los enfermos durante su internamiento en una institución especial, así como las normas en materia de alimentación de los menores extranjeros y los apátridas, y la sustitución de determinados productos alimenticios por otros.

225.Se reconoce el derecho a adquirir productos de primera necesidad a las personas detenidas en los centros de retención temporal para extranjeros.

226.En caso de internamiento ilegal de personas en un centro de retención temporal para extranjeros, estas tienen derecho a solicitar que un tribunal revise dicha medida y a reclamar una indemnización por daños morales. La sentencia núm. 88-17350/2020 del Séptimo Tribunal Ordinario de Casación, de 26 de noviembre de 2020, confirmó la posición de los tribunales de primera instancia y de apelación, según la cual el demandante, que había sido internado ilegalmente en el centro de retención temporal para extranjeros, fue indemnizado por daños morales con la cantidad de 60.000 rublos.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

227.De conformidad con el artículo 21 del Código Penal, una persona que en el momento de cometer un acto socialmente peligroso estaba enajenada, es decir, era incapaz de ser consciente de la naturaleza real y el peligro social de sus acciones o inacción o de controlarlas como resultado de un trastorno mental crónico, un trastorno mental temporal, una deficiencia mental u otra enfermedad mental, no estará sujeta a responsabilidad penal. A la persona que haya cometido en estado de enajenación un acto socialmente peligroso tipificado en el derecho penal, el tribunal podrá imponerle medidas obligatorias de carácter médico, como el tratamiento obligatorio por un médico psiquiatra en régimen ambulatorio o de hospitalización.

228.En 2021, 7.642 personas fueron sometidas a medidas obligatorias de carácter médico por cometer actos socialmente peligrosos en los que había indicios de delitos (en 2020 fueron 7.061 personas y en 2019, 7.866). Toda persona que participe en un proceso penal tiene garantizada la posibilidad de impugnar tanto la decisión relativa a su hospitalización como la de prolongación de su internamiento hasta recibir el alta, y dichas impugnaciones son examinadas por un equipo médico que se reúne en comisión una vez cada seis meses.

229.Además de un representante legal y un abogado, una persona contra la que se hayan dictado medidas obligatorias de carácter médico tendrá derecho a asistir a la audiencia en persona si su estado mental le permite tomar parte en ella (art. 441, párr. 1, del Código de Procedimiento Penal).

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

230.Véanse las respuestas a los párrafos 1 y 20 de la lista de cuestiones.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

231.Los detalles relativos a la investigación del incidente en el que se vio implicado Evgeny Makarov figuran en la respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones.

232.En relación con los presuntos actos de tortura y violencia sexual cometidos contra I. Salikov en mayo de 2018, se estableció que, en virtud del veredicto del Tribunal Militar de la Guarnición de Vyborg, un exempleado del Servicio Federal de Seguridad, I. Kirsanov, fue declarado culpable y condenado a cuatro años de prisión, que deberá cumplir en una colonia de régimen común, por cometer actos de violencia sexual contra el Sr. Salikov mientras realizaba un registro en su domicilio.

233.En relación con el caso de S. Tepsurkayev, el Departamento de Investigación del Comité de Instrucción de Rusia de la ciudad de Gelendzhik, en el territorio de Krasnodar, inició el 27 de noviembre de 2020 un procedimiento penal al amparo del artículo 126, párrafo 2 a), del Código Penal por el secuestro del Sr. Tepsurkayev cometido de manera premeditada por un grupo de personas.

234.Se determinó que, el 6 de septiembre de 2020, unas personas no identificadas habían introducido al Sr. Tepsurkayev en un auto en Gelendzhik, territorio de Krasnodar, y lo habían llevado a un lugar no revelado. Algún tiempo después, el Sr. Tepsurkayev hizo una llamada telefónica y dijo que se había marchado con sus hermanos y pidió que se comunicara dicho extremo a los agentes de policía que habían llegado al lugar. Con anterioridad a estos hechos, no se había recibido de él ninguna denuncia de amenazas contra su vida y su salud.

235.Posteriormente, el 7 de septiembre de 2020, se publicó en una red social un vídeo en el que el Sr. Tepsurkayev se sometía a actos de naturaleza sexual.

236.De acuerdo con los resultados de la investigación preliminar, debido al importante número de testigos presentes en la república de Chechenia en el caso penal y de personas posiblemente implicadas en el secuestro del Sr. Tepsurkayev, así como a la geolocalización de su teléfono móvil en Grozny, el caso penal fue transferido el 28 de mayo de 2021 al Departamento de Investigación del Comité de Instrucción de Rusia para la república de Chechenia, a fin de realizar una investigación en mayor profundidad.

237.En relación con el caso, se adoptaron medidas de verificación y otras medidas procesales. En particular, se llevó a cabo una inspección de la plataforma de vídeos YouTube, durante la cual se encontraron publicados videoclips en los que aparecía el Sr. Tepsurkayev afirmando que su vida no corría peligro y que se había sometido a tal castigo porque había ofendido el honor y la dignidad de las mujeres.

238.Actualmente se desconoce el paradero del Sr. Tepsurkayev y de las personas que lo secuestraron. Continúa la investigación penal y se están supervisando sus progresos y resultados.

239.El 10 de abril de 2020, el Departamento de Investigación del Comité de Instrucción de Rusia para la provincia de Irkutsk inició un procedimiento penal por perturbación de la actividad en la Colonia Penitenciaria núm. IK-15 del Departamento Principal del Servicio Penitenciario Federal para la provincia de Irkutsk (ciudad de Angarsk) mediante el uso de violencia, que constituyó una amenaza para la vida y la salud del personal de la institución, la organización de disturbios, acompañados de violencia, caos, incendios provocados, destrucción de bienes, uso de objetos peligrosos para terceros y resistencia armada a los representantes de la autoridad en el recinto de la institución penitenciaria.

240.Se estableció que durante los disturbios los reclusos habían infligido lesiones a dos empleados de la institución penitenciaria. Como resultado del caos y los incendios provocados, casi todas las instalaciones del área industrial quedaron destruidas; los disturbios fueron sofocados el 11 de abril de 2020 por agentes de las fuerzas especiales, utilizando la fuerza física y medios especiales.

241.Un total de 19 personas condenadas fueron acusadas de cometer delitos tipificados en los artículos 212 y 312, párrafo 3, del Código Penal. Actualmente se cumple, en relación con el caso, lo dispuesto en el artículo 217 del Código de Procedimiento Penal.

242.Tras los disturbios, se registraron numerosos casos de violencia contra personas recluidas en régimen de prisión preventiva en las instalaciones del Servicio Penitenciario Federal en la provincia de Irkutsk, a consecuencia de los cuales se iniciaron 13 causas penales entre 2020 y 2021 por actos violentos de naturaleza sexual cometidos contra 54 personas, así como por abuso de autoridad por parte del personal de las instalaciones.

243.Fueron procesados un total de 33 delincuentes condenados y 11 funcionarios del Servicio Penitenciario Federal. Se han sometido a los tribunales, para su examen en cuanto al fondo, seis causas penales, aprobándose un pliego de cargos contra 15 presos condenados y 8 funcionarios del sistema penitenciario; todavía no se ha dictado ninguna resolución judicial. En el resto de las causas penales, se está aplicando un conjunto de medidas de investigación y operativas para establecer las circunstancias del incidente e identificar a todos los culpables, así como para verificar las alegaciones de las víctimas de que se utilizó la violencia para obligarlas a prestar declaración en el caso de los disturbios en la Colonia Penitenciaria núm. IK-15.

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

244.Según estadísticas del Departamento Judicial del Tribunal Supremo, en 2021, 442 personas fueron condenadas por maltrato agravado, incluyendo el uso de tortura (art. 117, párr. 2, del Código Penal) (en 2020, fueron 366, y en 2019, 499), 575 personas lo fueron por abuso de autoridad cometido por una persona en el ejercicio de un cargo público, con circunstancias agravantes (art. 286, párr. 3, del Código Penal) (en 2020, fueron 503, y en 2019, 626); y no se encausó a nadie por coacción para prestar declaración con recurso a la violencia, intimidación o tortura (art. 302, párr. 2, del Código Penal) (como tampoco en 2020 y 2019).

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

245.La Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia para la circunscripción federal del Cáucaso Septentrional llevó a cabo un control procesal del recurso registrado el 18 de abril de 2017, con el núm. 97-pr, por la Editorial y Publicación Novaya Gazeta, una organización autónoma sin fines de lucro, relativo a secuestros masivos, detenciones, torturas y asesinatos de residentes de la república de Chechenia con una orientación sexual no tradicional. En dicha publicación se informaba de que personas no identificadas adscritas a las fuerzas del orden de la república de Chechenia habían secuestrado y asesinado entre diciembre de 2016 y enero de 2017 a 29 personas pertenecientes al mencionado grupo.

246.Durante el control procesal de las denuncias sobre la comisión de delitos tipificados en los artículos 105, párrafo 2 a), g) y k); 119, párrafo 2; 282, párrafo 2 a), b) y c); 286, párrafo 3 a), y 126, párrafo 3 a), del Código Penal, se determinó que las personas en cuestión no habían sido detenidas por agentes del orden de la república de Chechenia entre diciembre de 2016 y marzo de 2017.

247.Los periodistas de Novaya Gazeta entrevistados, E. V. Milashina, E. G. Kostyuchenko e I. Gordiyenko, dieron explicaciones de las que se deduce que las personas secuestradas fueron llevadas y retenidas ilegalmente en una antigua comisaría en Argún, la Dirección del Ministerio del Interior en Grozny, la Brigada Especial Antirrobo “Terek”, el Centro de Policía de Asalto Ajmat Kadyrov y la sede del Ministerio del Interior en la localidad de Tsotsin-Yurt. Sin embargo, durante la inspección no se encontraron rastros de la presencia de las personas mencionadas en los locales y recintos de las ubicaciones citadas.

248.En el curso de la inspección, los periodistas dieron explicaciones sobre la publicación de actos ilegales contra residentes de la república de Chechenia de orientación sexual no tradicional y también proporcionaron una lista de 24 personas que supuestamente habían sido asesinadas por ser homosexuales. Posteriormente, se publicaron los nombres de 27 personas, incluidas 24 previamente identificadas por los periodistas como homosexuales, que supuestamente habían sido detenidas por ser sospechosas de actividades extremistas y terroristas y asesinadas en el territorio de la república de Chechenia la noche del 25 al 26 de enero de 2017.

249.Concretamente, en el marco de la investigación se examinaron 31 informes de hechos no relacionados entre sí que supuestamente habían tenido lugar en distintos momentos (entre diciembre de 2016 y febrero de 2017) y en diferentes distritos de la república de Chechenia, que estaban conectados únicamente por un artículo publicado por periodistas de medios de comunicación.

250.Además, las autoridades investigadoras han localizado a tres personas que se encuentran en su lugar de residencia y han explicado que no fueron objeto de actos ilícitos; una persona había abandonado la república de Chechenia para encontrar trabajo y otra se encuentra recluida en prisión preventiva en relación con un caso penal que está siendo investigado. Dos personas fallecieron por causas naturales, el 21 de febrero de 2017 y el 8 de marzo de 2017, respectivamente.

251.Otras dos personas fueron abatidas el 20 de diciembre de 2016 en un ataque contra agentes de policía. El 18 de diciembre de 2017, el Departamento de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia para la república de Chechenia decidió poner fin a los procedimientos penales incoados en aplicación de los artículos 166, 208, 222, 226, 317 del Código Penal contra esas personas sobre la base del artículo 24, párrafo 1, apartado 4, del Código de Procedimiento Penal.

252.Con respecto a 22 personas de las mencionadas en la lista de Novaya Gazeta, entre ellas M. M. Seriev, las fuerzas del orden de la república de Chechenia han incoado procedimientos penales por delitos tipificados en los artículos 208, párrafo 2, y 205, párrafo 1, del Código Penal y han sido incluidas en la lista de personas buscadas como sospechosas y acusadas de participar en un grupo armado ilegal en la República Árabe Siria y también de colaborar en actividades terroristas.

253.No había indicios de que ninguno de los ciudadanos enumerados anteriormente tuviera una orientación sexual no tradicional y, según sus familiares, no eran homosexuales ni habían sido perseguidos por ese motivo.

254.El 9 de febrero de 2018, a la vista de los resultados de un control procesal realizado por la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de Rusia para la circunscripción federal del Cáucaso Septentrional, se tomó la decisión de no iniciar un proceso penal sobre la base del artículo 24, párrafo 1, apartado 1, del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, porque no se apreció que los hechos revistiesen carácter delictivo.

255.Además, la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción para la circunscripción federal del Cáucaso Septentrional llevó a cabo un control procesal de una declaración registrada por M. G. Lapunov el 21 de septiembre de 2017, que contenía información sobre la comisión de un delito del que había sido víctima y que está tipificado en el artículo 286, párrafo 3, del Código Penal.

256.Durante esa labor de control, el Sr. Lapunov dio explicaciones sobre su declaración acerca de los actos ilícitos cometidos contra él por agentes del orden de la república de Chechenia por motivos relacionados con su orientación sexual no tradicional, y se elaboró un croquis que mostraba el edificio de las fuerzas el orden de la república de Chechenia donde supuestamente había sido retenido y golpeado.

257.Según la descripción dada por el Sr. Lapunov y de acuerdo con el croquis que había elaborado, se registró el edificio de las fuerzas del orden de la república de Chechenia y no se encontraron detenidos ni rastros de personas en los sótanos.

258.Tras el registro de todos los edificios de las oficinas de las comisarías de Grozny, en la república de Chechenia, no se encontró ninguna prueba de que hubiera ciudadanos detenidos ilegalmente.

259.Se identificó e interrogó a los empleadores, vecinos y conocidos del Sr. Lapunov y a otras personas que supuestamente tenían información sobre las acciones ilegales de los agentes del orden de la república de Chechenia. Sin embargo, estas personas explicaron que no tenían información sobre la detención del Sr. Lapunov, ni sobre las presuntas palizas o detenciones a que había sido sometido por parte de agentes de policía; no habían declarado nada sobre su detención, y no habían visto que presentara ninguna lesión corporal.

260.También se establecieron la identidad y el paradero de un residente de la república de Ingushetia que, según el Sr. Lapunov, había sido retenido en el sótano con él y, al parecer, asesinado posteriormente por los agentes del orden de la república de Chechenia por motivos relacionados con su orientación sexual no tradicional. De las explicaciones de esa persona, que negó ser homosexual, se desprendió que los agentes del orden no habían ejercido violencia física contra él, que no había estado detenido en las dependencias de las fuerzas del orden indicada por el Sr. Lapunov y que no conocía a este último.

261.Según las conclusiones de los exámenes médicos y psicofisiológicos forenses realizados al Sr. Lapunov, no se encontraron lesiones traumáticas en su cuerpo que indicaran que había sido golpeado en las circunstancias que había descrito, y no disponía de información detallada sobre su detención por la policía ni del uso de violencia física o psicológica contra él.

262.Dado que la información expuesta por el Sr. Lapunov en su declaración no había sido confirmada, el 21 de marzo de 2018 se dictó una orden por la que se desestimaba la apertura de un procedimiento penal en virtud del artículo 24, párrafo 1, apartado 1, del Código de Procedimiento Penal, por inexistencia del hecho delictivo.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

263.La Federación de Rusia rechaza categóricamente el término “ocupación” o “anexión” de Crimea. La república de Crimea y la ciudad autónoma de Sebastopol pasaron a formar parte de la Federación de Rusia como resultado de un referéndum celebrado en plena conformidad con el derecho internacional. A través del referéndum, la población de Crimea ejerció el derecho a la libre determinación consagrado en documentos fundamentales como la Carta de las Naciones Unidas y el artículo 1 común al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

264.En el territorio de la república de Crimea y la ciudad de Sebastopol, en cuanto que entidades constitutivas de la Federación de Rusia, son plenamente aplicables la Constitución de la Federación de Rusia, la legislación rusa y otros instrumentos jurídicos y normativos, así como los tratados internacionales suscritos por la Federación de Rusia, incluidos los relativos a los derechos humanos.

265.Las personas que residen en el territorio de la república de Crimea y la ciudad de Sebastopol gozan de todos los derechos humanos y libertades garantizados por la Constitución de la Federación de Rusia, la legislación rusa y los tratados internacionales en que es parte la Federación de Rusia en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna. Todas las denuncias fiables y atendibles de presuntas vulneraciones de las normas de derechos humanos son examinadas por las autoridades rusas competentes.

266.Asimismo, si una persona considera que ha sido víctima de una violación de esa índole, tiene a su disposición todas las salvaguardias de sus derechos previstas en el ordenamiento jurídico nacional, incluida la vía judicial. No hay ninguna diferencia en cuanto al funcionamiento de las autoridades policiales o judiciales en el territorio de la república de Crimea y Sebastopol si se compara con la forma en que lo hacen en el territorio de otras entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

267.La Federación de Rusia se compromete a cumplir sus obligaciones internacionales en todo el país, incluidas la república de Crimea y la ciudad de Sebastopol. Rusia está abierta al diálogo con las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales sobre la cuestión de los derechos humanos en Crimea en el marco de los procedimientos aplicables al cumplimiento por la Federación de Rusia de sus obligaciones en este ámbito en territorio ruso. Asimismo, está dispuesta a recibir en Crimea misiones de las organizaciones pertinentes si se envían en virtud de un mandato de la organización correspondiente y de conformidad con los procedimientos aplicables a las visitas al territorio de la Federación de Rusia.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

268.En diciembre de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Misión Permanente ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra, recibió una comunicación conjunta de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos relativa a la ejecución extrajudicial de un nacional de la República Árabe Siria, Muhammad Al-Abdullah (alias Elismail Mohammed) (comunicación núm. AL RUS 14/2021, de fecha 13 de diciembre de 2021). En febrero de 2022, basándose en la información recibida del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia, la Fiscalía General y el Comité de Instrucción de la Federación de Rusia, el Ministerio de Relaciones Exteriores respondió a dicha comunicación aportando la siguiente información.

269.El 18 de marzo de 2021, la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia recibió una denuncia penal en nombre de Elismail Abdullah en relación con el presunto asesinato de su hermano Elismail Mohammed por ciudadanos rusos en la República Árabe Siria en 2017. Sin embargo, la autoridad investigadora no vio motivos para iniciar una investigación en virtud de los artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Penal a falta de circunstancias que apuntaran a la existencia de indicios de delito.

270.Esta posición de la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de Rusia parece estar debidamente justificada, ya que la denuncia presentada por Elismail Abdullah y los elementos adjuntos a ella carecían de información fiable sobre la muerte de Elismail Mohammed y la participación de ciudadanos rusos en las acciones ilícitas concomitantes. Además, no se confirmó la autenticidad de la grabación de vídeo correspondiente.

271.Se determinó que el presunto delito podría haber sido cometido fuera de la Federación de Rusia. Sin embargo, no había indicios de que estuviera siendo investigado por las autoridades competentes de la República Árabe Siria, ni sobre las correspondientes solicitudes de prestación de la asistencia judicial necesaria.

272.Habida cuenta de lo anterior, el 18 de enero de 2022, el Tribunal del Distrito Basmanny, en Moscú, estimó el recurso presentado por el abogado P. I. Zaikin en nombre de Elismail Abdullah contra la inacción de los funcionarios del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia al no haber llevado a cabo una investigación procesal.

273.La legislación rusa no prevé la creación de empresas militares o de seguridad privadas. En consecuencia, en el Registro Estatal Único de Personas Jurídicas que lleva el Servicio Fiscal Federal, por definición, no pueden figurar entidades con un perfil similar al del Grupo Wagner.

274.Al mismo tiempo, el hecho de que estos u otros nacionales de la Federación de Rusia se encuentren en el extranjero en virtud de contratos privados con entidades no estatales, inclusive extranjeras, no puede ser motivo para asociar sus actividades con la política estatal de las autoridades rusas. En el caso de que dichas personas cometan fuera del territorio de la Federación de Rusia delitos que atenten contra intereses protegidos por el Código Penal ruso, serán enjuiciadas en aplicación de dicho Código siempre que ningún tribunal de otro Estado haya juzgado tales actos (art. 12 del Código Penal). El mercenarismo está tipificado como delito en la legislación rusa (art. 359 del Código Penal).

275.Actualmente no se dispone de información sobre casos en que se haya enjuiciado en la Federación de Rusia a algún miembro del personal de empresas militares o de seguridad privadas por actos ilícitos cometidos en el extranjero.

276.Según el Comité de Instrucción de la Federación de Rusia, la información de que el hombre rusófono que había filmado la tortura y el asesinato de un prisionero en la República Árabe Siria fue supuestamente identificado como miembro de la compañía rusa Wagner, una empresa militar privada, y de que era presuntamente un agente de las fuerzas de seguridad de la Federación de Rusia en el territorio de Stávropol no había sido presentada previamente a las autoridades de investigación rusas, y no se llevaron a cabo controles procesales sobre las circunstancias mencionadas ni se investigó ninguna causa penal.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

277.Uno de los recursos en materia de reparación de que disponen las personas privadas de libertad cuyas condiciones de reclusión hayan sido vulneradas, entre otras cosas debido al uso de la tortura, es el derecho de esas personas a recibir una indemnización financiera.

278.Una persona que considere que se han vulnerado las condiciones de su reclusión en régimen de prisión preventiva o como condenada en una institución penal tiene derecho a presentar ante un tribunal una demanda administrativa de impugnación de las condiciones de reclusión en una institución penal, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo, contra una decisión, acción o inacción de una autoridad o funcionario público y solicitar una indemnización con cargo al erario público por dicha violación (art. 171 de la Ley Federal núm. 103-FZ y art. 12, párr. 1, del Código Penitenciario).

279.Hay ejemplos positivos de resarcimiento de daños morales ordenados por los tribunales por violaciones de las condiciones de reclusión de personas privadas de libertad, entre otras cosas en relación con el uso de la tortura u otros malos tratos. La sentencia en casación núm. 88a-7067/2022, de 20 de abril de 2022, del Tercer Tribunal Ordinario de Casación confirmó las decisiones de los tribunales de primera instancia y apelación al determinar que se habían violado las condiciones de reclusión de la demandante por haber sido golpeada por un funcionario de la institución penitenciaria y al concederle una indemnización por daños morales por un importe de 10.000 rublos. Además, la sentencia en casación núm. 88-2950/2022, de 21 de febrero de 2022, del Tercer Tribunal Ordinario de Casación confirmó las decisiones de los tribunales de primera instancia y apelación de conceder al demandante una indemnización de 30.000 rublos en concepto de daños y perjuicios por la tortura que se le había infligido mediante un dispositivo de electrochoque, tal como determinó el tribunal en su sentencia. La sentencia núm. 88-2667/2021 del Séptimo Tribunal Ordinario de Casación, de 24 de febrero de 2021, confirmó las decisiones de los tribunales de primera instancia y apelación de conceder al demandante una indemnización de 150.000 rublos por los graves daños sufridos a manos del personal del sistema penitenciario.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

280.En virtud del artículo 75 del Código de Procedimiento Penal, las pruebas obtenidas en violación de los requisitos del Código de Procedimiento Penal son inadmisibles, es decir, carecen de fuerza legal y no pueden utilizarse como base de acusación ni tienen valor probatorio.

281.El artículo 9 del Código de Procedimiento Penal prohíbe durante el proceso judicial la realización de actos y la adopción de decisiones que atenten contra el honor de un participante en un proceso penal, así como los tratos que atenten contra su dignidad humana o pongan en peligro su vida o su salud. Ningún participante en un proceso penal puede ser sometido a violencia, tortura u otros tratos crueles o degradantes.

282.La ley prohíbe el uso de declaraciones obtenidas mediante métodos ilícitos de investigación, incluida la presión moral y psicológica, y con más razón la tortura, como prueba. Habida cuenta de las reglas y normas en materia de prueba en los procedimientos penales rusos, en el curso de dichos procedimientos se ha implantado el concepto del “fruto del árbol envenenado”, según el cual las pruebas obtenidas mediante la utilización de medios de prueba inadmisibles también se consideran inadmisibles en su totalidad o en parte.

283.El Pleno del Tribunal Supremo explicó que, al examinar la solicitud de una de las partes de que se declare inadmisible una prueba en virtud del artículo 75, párrafo 2, apartado 3, del Código de Procedimiento Penal, el tribunal debe averiguar en qué consistió exactamente la vulneración de los requisitos que impone la ley procesal penal; concretamente, la prueba se declarará inadmisible si se han producido violaciones sustanciales del procedimiento establecido en lo que respecta a su recogida y custodia, si la recogida y custodia de la prueba fue llevada a cabo por una persona u órgano no competente o si no se hizo de conformidad con el procedimiento (párr. 13 de la resolución núm. 51, de 19 de diciembre de 2017, relativa a la práctica de aplicar la legislación al ventilar casos penales en un tribunal de primera instancia (fuero procesal ordinario)).

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

284.En lo que respecta a la protección jurídica de los defensores de los derechos humanos y los periodistas frente a amenazas abusivas, actos de violencia y asesinatos, véase la respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones.

285.Con respecto a los párrafos 28 y 29, 46 y 47 b) de las observaciones finales sobre el sexto informe periódico, declaramos lo que se indica a continuación.

286.En relación con la investigación del asesinato de la columnista de Novaya Gazeta Anna Politkovskaya, se informa de que la Dirección General de Investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia continúa investigando un caso penal que ha sido investigado como pieza aparte del caso, incoado contra los organizadores y las personas que ordenaron el asesinato (art. 105, párr. 2 b), del Código Penal). Los autores probados en la causa penal, D. Y. Pavlyuchenkov, I. R. Makhmudov, D. R. Makhmudov, R. R. Makhmudov, S. G. Khadzhikurbanov y L.-A. A. Gaytukayev, fueron condenados por el Tribunal Municipal de Moscú a diversas penas de privación de libertad.

287.Además, la Dirección General de Investigación de la circunscripción federal del Cáucaso Septentrional está investigando una causa penal iniciada en relación con el secuestro y asesinato de N. K. Estemirova, que trabajaba para el centro Memorial de defensa de los derechos humanos.

288.Durante la instrucción de la causa penal se llevó a cabo una considerable labor de investigación, a resultas de la cual se determinó que A. A. Bashayev había estado involucrado en la comisión de los delitos contra la Sra. Estemirova, y el 3 de octubre de 2010 se dictó un auto de acusación en su contra por delitos tipificados en los artículos 105, párrafo 2 c) y g), y 126, párrafo 2 a), c) y d), 208, párrafo 2, y 222, párrafo 2, del Código Penal. La culpabilidad de este último en la comisión de los delitos que se le atribuyen se basa en las actas de las investigaciones, las declaraciones de los testigos y los informes forenses.

289.El 3 de octubre de 2010, el Sr. Bashayev fue incluido en la lista internacional de personas buscadas, y un tribunal dictó en su contra, en rebeldía, una orden de prisión preventiva como medida cautelar.

290.El 15 de noviembre de 2017 se suspendió la investigación preliminar de la causa penal al no haberse podido establecer el paradero del acusado Sr. Bashayev.

291.En relación con el caso de Oyub Titiev, nos complace informar de que, el 2 de agosto de 2018, la Fiscalía remitió el caso penal correspondiente a la Dirección de Investigación de la república de Chechenia.

292.La investigación estableció que, el 9 de enero de 2018, agentes de policía detuvieron un automóvil conducido por el Sr. Titiev para efectuar un control de la documentación. Durante su registro se le encontró y decomisó una bolsa de plástico que contenía una sustancia de origen vegetal (según el informe del registro, se trataba de cannabis (marihuana), con un peso de 206,9 g) debajo del asiento del copiloto.

293.Una sentencia judicial de 18 de marzo de 2018 declaró al Sr. Titiev culpable del delito tipificado en el artículo 228, párrafo 2, del Código Penal, y lo condenó a cuatro años de privación de libertad, que debía cumplir en una colonia residencial en régimen abierto.

294.A petición del Sr. Titiev se llevó a cabo una verificación procesal de la presunta actuación ilícita de los agentes de policía, que supuestamente habían colocado una sustancia estupefaciente en su coche, a resultas de la cual el 22 de marzo de 2018 se decidió no incoar una causa contra los agentes de la comisaría del distrito de Kurchaloy, en la república de Chechenia, por los motivos establecidos en el artículo 24, párrafo 1, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal, es decir, por inexistencia de hechos constitutivos de delito.

295.Con respecto a los presuntos casos de represalias contra personas que cooperan con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, comunicamos que la Federación de Rusia apoya el principio de cooperación en la promoción y protección de los derechos humanos, incluida la cooperación a nivel internacional de todas las partes interesadas con las Naciones Unidas y sus órganos y organismos subsidiarios. La Federación de Rusia se opone a cualquier represalia contra las personas que cooperan con los organismos y expertos de las Naciones Unidas.

296.Para resolver las controversias sobre el acceso de personas a los organismos de las Naciones Unidas o las presuntas represalias contra dichas personas, el Secretario General de las Naciones Unidas ha autorizado a su Subsecretario General de Derechos Humanos, el jefe de la oficina de Nueva York de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), a hacer un seguimiento del esclarecimiento de estos casos en cooperación con el Estado interesado.

297.La Federación de Rusia está estudiando detenidamente las solicitudes pertinentes del ACNUDH en materia de derechos humanos recibidas en el marco de la preparación del informe anual del Secretario General sobre presuntos casos de represalias contra personas que cooperan con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, y les está dando respuesta.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

298.Según lo dispuesto en la Constitución, la maternidad y la infancia, así como la familia, están protegidas por el Estado (art. 38, párr. 1).

299.En cumplimiento del deber constitucional del Estado de proteger los derechos de los menores, la Ley Federal núm. 124-FZ de Garantías Básicas de los Derechos del Niño en la Federación de Rusia, de 24 de julio de 1998, establece las garantías básicas de los derechos y los intereses legítimos de los niños, incluida la obligación de las autoridades estatales de adoptar medidas para proteger a los niños de la información y las actividades de promoción y propaganda que resulten perjudiciales para su salud y su desarrollo moral y espiritual (art. 14, párr. 1).

300.La Ley Federal núm. 436-FZ de Protección del Niño contra la Información Perjudicial para su Salud y Desarrollo, de 29 de diciembre de 2010, regula las cuestiones relativas a la protección de los niños contra la información perjudicial para su salud y/o desarrollo, incluida la información de este tipo contenida en los productos informativos.

301.El artículo 5 de esta ley federal clasifica como perjudicial la información relativa a las relaciones sexuales cuya difusión entre los niños está, o bien prohibida, como en el caso concreto de la promoción de las relaciones sexuales no tradicionales (párr. 2), o bien restringida a niños de determinadas categorías de edad (párr. 3), tomando como base las nociones tradicionales de la moral pública y del estado de derecho y teniendo en cuenta el desarrollo mental del niño, e implica supervisión por parte de los educadores y los padres.

302.Como declaró el Tribunal Constitucional en la sentencia núm. 24-P, de 23 de septiembre de 2014, la familia, la maternidad y la infancia en su sentido tradicional y ancestral representan aquellos valores que garantizan el relevo generacional y son necesarios para la preservación y el desarrollo de la población multiétnica de la Federación de Rusia, por lo que requieren una protección especial por parte del Estado. Habida cuenta de las nociones tradicionales de estos valores en el contexto de la composición étnica y confesional específica de la sociedad rusa, sus características socioculturales y otras características históricas, la Federación de Rusia tiene derecho a regular a nivel legislativo determinadas cuestiones en ámbitos que tienen que ver con las relaciones sexuales y las relaciones interpersonales conexas, sin que por ello niegue la obligatoriedad de tener en cuenta los requisitos de la Constitución y los instrumentos jurídicos internacionales tanto en lo que respecta a la autonomía individual como en lo que se refiere a la libertad de difundir información.

303.Dado que uno de los fines de la familia es la procreación y la crianza de los hijos, el enfoque legislativo de las relaciones familiares en la Federación de Rusia se basa en el concepto del matrimonio como unión entre un hombre y una mujer.

304.Considerando que ni la Constitución ni las obligaciones jurídicas internacionales de la Federación de Rusia imponen al Estado la obligación de crear condiciones para la promoción, el apoyo y el reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo, la regulación por el legislador federal de la libertad de expresión y la libertad de difundir información no tiene por objeto fomentar que en la sociedad surjan y se asienten como variantes equivalentes otras interpretaciones de la institución de la familia y de las figuras jurídicas y sociales asociadas a ella que difieran de las interpretaciones universalmente reconocidas.

305.La Constitución de la Federación de Rusia permite al legislador federal utilizar todos los medios disponibles, dentro de los poderes discrecionales que se le conceden, guiándose por los principios generales de responsabilidad jurídica, que tienen un significado universal y están intrínsecamente relacionados con los fundamentos del ordenamiento jurídico constitucional. En el ámbito de la protección de los derechos e intereses legítimos de los niños, la prohibición administrativa y legal de la propaganda de relaciones sexuales no tradicionales entre menores tiene por objeto evitar la influencia negativa que puede ejercer en su desarrollo la información externa.

306.En el artículo 6.21, párrafo 1, del Código de Infracciones Administrativas, se tipifica el hecho de hacer propaganda de las relaciones sexuales no tradicionales entre menores divulgando información dirigida a desarrollar actitudes sexuales no tradicionales en los menores, despertar atracción por las relaciones sexuales no tradicionales o generar una percepción distorsionada de la equivalencia social de las relaciones sexuales tradicionales y no tradicionales, o la imposición de opiniones sobre las relaciones sexuales no tradicionales que despierten interés por tales relaciones, siempre y cuando estas acciones no constituyan un hecho penalmente punible.

307.Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la normativa actual no reviste en sí misma carácter discriminatorio, ya que tiene por objeto proteger a los niños de los efectos destructivos de la propaganda de las relaciones sexuales no tradicionales y establecer la obligación de los poderes públicos de adoptar medidas para proteger a los niños de la información y las actividades de promoción y propaganda que resulten perjudiciales para su salud y su desarrollo moral y espiritual.

308.Basándose en las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (ratificada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989) que aluden al desarrollo físico y moral de los niños como uno de los elementos más importantes, el legislador ruso partió de la base de que, en lo que respecta a las relaciones entre personas del mismo sexo, la protección de la salud y los derechos de los niños prima sobre la libertad de expresión.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

309.La protección de la vida y la salud del personal militar es una prioridad para la Fiscalía General Militar y las fiscalías militares de distrito y de guarnición.

310.Con el fin de redoblar esfuerzos para combatir la violencia en las unidades militares y evitar las muertes y lesiones del personal militar, el Fiscal General Adjunto emitió la Orden núm. 66, de 29 de mayo de 2012, por la que regula la supervisión de la aplicación de las leyes para garantizar unas condiciones seguras del servicio militar, que establece un conjunto de medidas sistemáticas para prevenir los delitos violentos y otros actos ilegales (“novatadas”) en las fuerzas armadas rusas y en otras tropas, organismos y unidades militares.

311.De conformidad con esa orden, los fiscales verifican el cumplimiento por el mando militar de la legislación sobre la garantía de unas condiciones seguras del servicio militar, sin perjuicio de la instrucción de una causa penal y la realización de una investigación en caso de muerte o lesión de un militar. Se verifica la exactitud de los registros de casos de muerte o daños a la salud del personal militar, así como la puntualidad y objetividad de las investigaciones sobre dichos casos. En caso de que exista una vulneración de la ley, se pone en marcha una respuesta de la fiscalía y se toman medidas para restablecer los derechos e intereses legales del personal militar de servicio o de los miembros de sus familias y para procesar tanto a los funcionarios directamente responsables de causar daños a la salud del personal de servicio como a los altos funcionarios que no tomaron medidas efectivas para garantizar unas condiciones seguras de servicio en el ejército.

312.Habida cuenta de la importancia de prevenir y reprimir los delitos violentos cometidos por militares, en 2000 se creó un grupo de trabajo interdepartamental sobre la lucha contra las conductas antirreglamentarias, la violencia física y otros delitos violentos en las unidades militares para evaluar si se respeta el ordenamiento jurídico en las tropas, elaborar medidas encaminadas a combatir los delitos violentos entre los militares y comprobar la eficacia con la que el mando ha prevenido esos delitos. Se realizan visitas programadas a las unidades, formaciones, establecimientos y guarniciones militares que peores resultados tienen en términos de disciplina y de respeto del ordenamiento jurídico. Con la participación de fiscales militares, se organizan sesiones de formación jurídica para familiarizar al personal militar con las normas sobre responsabilidad penal por delitos militares. Siguiendo un principio similar, también se han creado grupos de trabajo conjuntos permanentes con fiscales militares a nivel de distrito.

313.La supervisión de las actividades procesales de los órganos militares de investigación del Comité de Instrucción de la Federación de Rusia y de los comandantes de las unidades militares en su condición de órganos de instrucción de delitos cometidos por personal militar está a cargo de los fiscales militares. Por cada denuncia de un delito violento, así como en el caso de que muera un recluta, se abre una causa penal.

314.Durante la investigación de los delitos, las autoridades militares de investigación, de conformidad con el artículo 73, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal, también establecen las circunstancias que condujeron a la comisión del delito. Una vez concluida la instrucción, sobre la base de los informes de los investigadores se plantea la cuestión de la responsabilidad (disciplinaria o material) de los militares culpables de infracciones del reglamento o de actos de violencia física.

315.Se está llevando a cabo una labor específica para mejorar el respeto del ordenamiento jurídico y la disciplina militar entre las tropas. Como resultado de las medidas adoptadas, se ha observado una disminución sistemática del número de infracciones de las normas reglamentarias que rigen las relaciones entre miembros del personal militar que están en un mismo escalafón de la cadena de mando.

316.A fin de mejorar la eficacia de la lucha contra la delincuencia, el Ministerio de Defensa envió a las tropas 32 órdenes administrativas y realizó 16 visitas conjuntas con órganos de la fiscalía militar y 61 salidas de equipos de inspección independientes a unidades y formaciones militares en las que existía riesgo de infracción. En 2021 se llevaron a cabo en total más de 15.000 intervenciones en todas las fuerzas armadas para reforzar la cohesión de las unidades militares y prevenir las conductas antirreglamentarias.

317.Las medidas adoptadas permitieron reducir el número de víctimas de tratos antirreglamentarios y violencia física (-12,3 %) en 2022; también disminuyó el número de personas condenadas por violación del reglamento (-6 %) y por abuso de autoridad con uso de violencia contra subordinados (-26,8 %). Todos los casos penales de esta categoría dieron lugar a sentencias legítimas y fundamentadas y se concedieron las reparaciones solicitadas.

318.De conformidad con los requisitos del artículo 51 de la Ley Federal de Reclutamiento y Servicio Militar, todos los militares que hayan cometido delitos violentos serán apartados del servicio cuando se haga firme una sentencia judicial por la que se les imponga una condena de privación de libertad, en tanto que los militares de carrera serán destituidos cuando se les imponga una pena de privación de libertad, incluso con libertad condicional, por delitos intencionales. La legislación vigente no prevé la expulsión de ciudadanos del servicio militar si han sido condenados a otras penas. El despido de la mayoría de los oficiales que han cometido tales delitos es competencia del mando militar. Además, con el fin de mejorar la calidad de los índices de reclutamiento, los ciudadanos con condenas penales no cumplidas o pendientes no pueden ser llamados a filas (art. 23, párr. 2 b), de la Ley Federal de Reclutamiento y Servicio Militar).

319.La asistencia médica y psicológica a los militares que hayan sido víctimas de delitos se prestará gratuitamente en las unidades médicas del ejército, y los daños materiales y morales causados serán indemnizados de conformidad con el procedimiento establecido por la legislación procesal penal y civil, a expensas de la persona culpable o del erario público.

320.La labor de las fiscalías militares en la lucha contra los actos ilícitos violentos se lleva a cabo de forma transparente. Los resultados de las investigaciones de los delitos que tienen relevancia social se comunican en los medios de comunicación y en el sitio web oficial de la Fiscalía General Militar. Asimismo, la Fiscalía General Militar dispone de un portal en Internet que permite denunciar en línea actos ilícitos. Las líneas telefónicas de ayuda, los centros de asesoramiento, las inspecciones periódicas de las unidades militares y la cooperación constante con las organizaciones de la sociedad civil, incluidos los padres del personal militar, han contribuido a restablecer la confianza en las fuerzas del orden y a reducir al mínimo la ocultación de estos delitos.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

321.Según lo dispuesto en el artículo 65 del Código de la Familia, en el ejercicio de la patria potestad, los padres no pueden atentar contra la salud física o mental ni el desarrollo moral de los hijos. La crianza de los hijos debe excluir el trato negligente, cruel, brutal o degradante, y la humillación o la explotación de los niños.

322.El derecho penal ruso también excluye los castigos corporales, incluidos los infligidos a niños. Los actos que implican daños a la salud pueden calificarse con arreglo a los artículos 111 (“Lesiones intencionales graves”); 112 (“Lesiones internacionales de gravedad media”); 115 (“Lesiones intencionales leves”); 116 (“Malos tratos”); 1161(“Lesiones cometidas por una persona a la que se haya impuesto una sanción administrativa”), y 117 (“Tortura”) del Código Penal, entre otros. Cuando las víctimas de estos delitos sean menores de edad, sus autores incurrirán en penas mayores. La minoría de edad de la víctima constituye una circunstancia agravante en la comisión de un delito.

323.El capítulo 20 del Código Penal está dedicado exclusivamente a los delitos contra la familia y los menores de edad, y en él se agrupan aquellos delitos que atentan contra las relaciones sociales que contribuyen al desarrollo físico, intelectual y moral normal de la personalidad de un menor.

324.Se castiga penalmente la inducción a un menor a cometer un delito mediante promesa, engaño, amenaza u otros medios por parte de una persona mayor de 18 años o del progenitor o maestro de la víctima u otra persona que tenga legalmente la responsabilidad de criar al menor, cuando para ello se recurra a la violencia o a la amenaza de su uso (art. 150, párr. 3, del Código Penal), así como la incitación de un menor al consumo sistemático de bebidas alcohólicas o que contengan alcohol, o de sustancias embriagantes, o al vagabundeo o la mendicidad, por parte de una persona mayor de 18 años o del progenitor o maestro de la víctima u otra persona que tenga legalmente la responsabilidad de criar al menor, cuando para ello se recurra a la violencia o a la amenaza de su uso (art. 151, párr. 3, del Código Penal), así como el incumplimiento o el cumplimiento inadecuado de los deberes de crianza de un menor por parte del progenitor u otra persona a la que se hayan encomendado tales deberes, un maestro u otro miembro del personal de un centro educativo, un centro médico, un centro de servicios sociales u otra institución que tenga la obligación de supervisar a un menor, cuando este acto vaya acompañado de tratos crueles a un menor (art. 156 del Código Penal).

325.El 6 de marzo de 2022, la Ley Federal núm. 38-FZ por la que se modifican el Código Penal y el artículo 280 del Código de Procedimiento Penal tipifica como delito el encubrimiento sin concierto previo de delitos graves cometidos contra menores y amplía la lista de circunstancias agravantes que se tienen en cuenta a la hora de imponer penas por delitos cometidos contra un menor.

326.La comisión de cualquier delito contra un menor de edad, una persona indefensa o desamparada o una persona que dependa del autor del delito, así como de un delito contra un o una menor por parte del progenitor u otra persona responsable de la manutención, crianza, educación y/o protección de los derechos e intereses legítimos del o de la menor, o por una persona que conviva con el o la menor, o un maestro u otro miembro de personal de un centro educativo, un centro médico, un centro de servicios sociales u otra institución que tenga la obligación de supervisar al o a la menor, o por otra persona que ejerza su actividad laboral en la esfera de la educación, crianza y desarrollo de menores, un centro recreativo y de rehabilitación, de apoyo médico, protección social y servicios sociales o en el ámbito del deporte, la cultura y el arte infantil y juvenil con la participación de menores, se consideran circunstancias agravantes de la pena, y comportan medidas por responsabilidad penal agravada (art. 63, párr. 1 h) y 1 o), del Código Penal).

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

327.De conformidad con la Orden núm. 850n del Ministerio de Sanidad, de 23 de octubre de 2017, por la que se aprueban el formulario y el procedimiento de emisión del documento relativo a una reasignación de sexo por parte de un centro médico, dicho documento es expedido por el centro médico u otra institución que preste servicios médicos y disponga de una licencia que le permita ofrecer servicios de atención psiquiátrica, una vez aprobada dicha reasignación. Un psiquiatra, sobre la base de la observación médica del ciudadano, lo derivará para se proceda a su reasignación de sexo una vez que haya sido diagnosticado de “transexualidad”.

328.Según la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (versión 2.21 de 7 de septiembre de 2022), la “transexualidad” está clasificada como un trastorno de la personalidad y del comportamiento en la edad adulta.

329.Además, la aprobación de la reasignación de sexo es competencia de la comisión médica del centro médico correspondiente, y la solicitud de aprobación de la reasignación de sexo es de carácter declarativo, y no la presenta el centro médico pertinente por iniciativa propia.

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

330.De conformidad con el artículo 20, párrafo 2, de la Constitución y el artículo 59, párrafo 1, del Código Penal, la pena de muerte puede imponerse mediante ley federal como pena excepcional para delitos especialmente graves contra la vida.

331.La pena de muerte como forma de castigo está prevista en el artículo 44 del Código Penal, pero actualmente no se aplica.

332.La no aplicación de la pena de muerte se basa en las decisiones del Tribunal Constitucional, expresadas en las resoluciones núm. 3-P, de 2 de febrero de 1999, y núm. 8‑P, de 19 de abril de 2010, y en la sentencia núm. 1344-O-R, de 19 de noviembre de 2009, según las cuales la Federación de Rusia ha establecido garantías fiables del derecho a no ser sometido a la pena de muerte y ha establecido un régimen constitucional y legal legítimo, en virtud del cual está en marcha un proceso irreversible destinado a abolir la pena de muerte como castigo excepcional de carácter temporal (“en espera de su abolición”) y permitido únicamente durante un período transitorio, es decir, con miras a lograr el objetivo consagrado en el artículo 20, párrafo 2, de la Constitución.

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones

333.En virtud de la Ley Federal núm. 35-FZ de Lucha contra el Terrorismo, de 6 de marzo de 2006 (art. 2), la lucha contra el terrorismo se basa, entre otras cosas, en los siguientes principios básicos:

a)La salvaguardia y protección de los derechos y libertades fundamentales de la persona y del ciudadano;

b)La legalidad;

c)El carácter prioritario de la protección de los derechos e intereses legítimos de las personas que corran el riesgo de ser víctimas del terrorismo.;

d)La ineluctabilidad del castigo por la realización de actividades terroristas;

e)El carácter prioritario de las medidas de prevención del terrorismo;

f)La prohibición de realizar concesiones políticas a terroristas;

g)La mitigación y/o eliminación de los efectos de las manifestaciones de terrorismo;

h)La proporcionalidad entre las medidas antiterroristas y la amenaza terrorista.

334.De conformidad con el artículo 22 de esa ley federal, es legal quitar la vida a una persona que cometa un acto de terrorismo o menoscabar la salud o los bienes de esa persona u otros intereses legalmente protegidos de una persona, la sociedad o el Estado al reprimir un acto de terrorismo o ejecutar otras medidas de lucha contra el terrorismo mediante acciones prescritas o permitidas por la legislación de la Federación de Rusia.

Respuesta al párrafo 34 de la lista de cuestiones

335.En cuanto a las medidas adoptadas para prevenir la aparición y propagación de la COVID-19 en las instituciones penitenciarias del Servicio Penitenciario Federal, se proporciona información detallada en la respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones (párrs. 178 a 182 del presente informe).

336.Con respecto a las medidas adoptadas en las instalaciones de detención y otros lugares de reclusión dependientes del Ministerio del Interior, cabe señalar que se está aplicando un conjunto de medidas organizativas y prácticas para garantizar el funcionamiento sostenible de las instalaciones policiales especiales en el contexto de la pandemia de COVID-19.

337.Los órganos regionales del Ministerio del Interior han recibido aclaraciones sobre la manera de proceder ante la amenaza de propagación de la enfermedad y la adopción de medidas adicionales para prevenir dicha propagación. En el marco de estas medidas, se ha elaborado un protocolo dirigido al personal de las fuerzas del orden sobre el internamiento de sospechosos y acusados puestos bajo arresto administrativo, extranjeros, apátridas y menores en conflicto con la ley en dependencias policiales especiales en las que exista riesgo de propagación de la COVID-19, y la asignación de dependencias policiales especiales de reserva o unidades de seguridad individuales para alojar a personas con síntomas de enfermedad respiratoria aguda o diagnóstico confirmado de COVID-19.

338.Con el fin de optimizar la labor de los órganos de las fuerzas del orden en la prevención de conculcaciones de la legislación migratoria, se enviaron a las autoridades regionales del Ministerio del Interior recomendaciones metodológicas sobre cómo aplicar las disposiciones del Decreto núm. 274 del Presidente de la Federación de Rusia, de 18 de abril de 2020, de medidas temporales para regular la condición jurídica de los extranjeros y apátridas en la Federación de Rusia en el contexto de la amenaza de una mayor propagación de la COVID-19; y el Decreto núm. 364 del Presidente de la Federación de Rusia, de 15 de junio de 2021, de medidas temporales para regular la condición jurídica de los extranjeros y apátridas en la Federación de Rusia durante el período de superación de los efectos de la propagación de la COVID-19.

339.El número de reclusos infectados en 2021 no superó el 0,1 % (19 personas, excluyendo las personas escoltadas).

340.Las medidas desarrolladas han permitido controlar los brotes graves de la enfermedad en las instalaciones de detención, los centros de arresto administrativo y los centros de retención temporal para extranjeros.