Naciones Unidas

CRC/C/BHR/Q/2-3

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

2 de noviembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

57º período de sesiones

30 de mayo a 17 de junio de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicional yactualizada en relación con el examen de los informes periódicos segundo y tercero combinados de Bahrein (CRC/C/BHR/2-3)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 19 de noviembre de 2010 y sin exceder las 30 páginas.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse proporcionar información sobre la situación en la que se encuentra actualmente el proyecto de ley sobre la infancia y el proyecto de ley sobre educación infantil.

2.Rogamos informen sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar la compatibilidad de la legislación nacional con la Convención, especialmente con respecto a la prohibición explícita en la legislación interna del castigo corporal en cualquier contexto, incluido el hogar, la edad mínima de los jóvenes y las jóvenes para contraer matrimonio y la edad mínima de admisión al empleo.

3.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para modificar la legislación relativa a la transmisión de la nacionalidad de Bahrein a los hijos de padre extranjero y madre bahreiní.

4.Proporciónese información actualizada sobre los progresos realizados para adoptar la estrategia nacional en favor de los niños.

5.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los avances logrados en la creación de un mecanismo centralizado (DevInfo) para reunir datos relativos a la aplicación de la Convención en todo el territorio del Estado parte.

6.Rogamos faciliten información actualizada sobre la situación, la composición y los recursos humanos y financieros de la institución nacional de derechos humanos mencionada en el párrafo 54 del informe del Estado parte e indíquese si tiene una dependencia específica que se ocupe de los derechos del niño y si está facultada para recibir quejas.

7.Sírvanse indicar si el Estado parte ha previsto desarrollar un enfoque sistemático para cooperar con la sociedad civil y hacerla partícipe, especialmente por lo que se refiere a las asociaciones que se ocupan de los niños y las organizaciones no gubernamentales que se centran en los derechos humanos, en todas las etapas de la aplicación de la Convención, incluidas las formulación de políticas, y la supervisión y evaluación de los programas.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse facilitar información actualizada correspondiente al período que abarca el informe sobre las asignaciones presupuestarias para los niños en las áreas de la educación, la salud, los servicios sociales y la protección de la infancia. Rogamos expliquen cuáles son las repercusiones de la crisis financiera en los recursos destinados a los niños.

2.Sírvanse aportar datos estadísticos desglosados (por sexo, edad, origen étnico, zonas urbanas o rurales y situación socioeconómica) correspondientes al período que abarca el informe sobre los siguientes aspectos (como porcentaje del grupo de edad correspondiente):

a)Porcentaje de niños en la enseñanza preescolar;

b)Porcentaje de niños que terminan la enseñanza primaria y la secundaria;

c)Porcentaje de niños que participan en programas de educación y formación no académica;

d)Índice de alumnos por profesor y número de niños en cada clase.

3.Facilítense datos desglosados correspondientes al período examinado (por sexo, edad, origen étnico, zonas urbanas o rurales y situación socioeconómica) en relación con el número de personas menores de 18 que trabajan, tanto en los sectores estructurado como no estructurado.

4.En relación con el maltrato de niños, sírvanse aportar datos desglosados (por edad, sexo, origen étnico, zonas urbanas o rurales y tipo de violación denunciada) correspondientes al período que abarca el informe sobre los casos de maltrato infantil, incluidos los abusos sexuales, el número y el porcentaje de los que han dado lugar a una decisión judicial o a otro tipo de seguimiento, y el número y la proporción de víctimas que han recibido orientación y asistencia para su recuperación.

5.Sírvanse facilitar el número de niños en instituciones de atención a la infancia, en particular en el Centro Nacional para la Protección de la Infancia, la Fundación Benéfica Real para Huérfanos y el Centro para el Bienestar de los Niños, así como información sobre su rehabilitación y reintegración.

6.Rogamos proporcionen la información actualizada disponible sobre el número de niños internados en centros para menores, el número de niños privados de libertad y el número de sentencias.

7.El Estado parte también podría citar las áreas que afectan a los niños y que, en su opinión, son importantes para la aplicación de la Convención.