Naciones Unidas

CAT/C/TCD/2

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

4 de marzo de 2020

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Segundo informe periódico que el Chad debía presentar en 2012 en virtud del artículo 19 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes *

[Fecha de recepción: 13 de septiembre de 2019]

Introducción

1.El Chad se adhirió a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 1995. El primer informe periódico se redactó, presentó y examinó en 2009. El segundo informe periódico debía haberse presentado a más tardar el 15 de mayo de 2013. Sin embargo, por razones técnicas y dificultades relacionadas con la fusión del Ministerio de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales con el Ministerio de Justicia, el informe no se presentó en el plazo previsto.

2.Tras examinar el informe inicial presentado, el Comité contra la Tortura elaboró una lista de preguntas para el Gobierno, cuyas respuestas constituyen el segundo informe periódico del Chad. Con el fin de reactivar la redacción del informe, en octubre de 2017 se celebró en Bakara un curso práctico para los miembros del Comité Interministerial de Seguimiento de los Instrumentos de Derechos Humanos.

3.Tras la celebración del curso práctico, se creó un comité especial integrado por representantes de los ministerios de justicia, salud y educación superior, la Oficina del Fiscal General y la magistratura de menores. El comité recibió apoyo técnico y financiero de la delegación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en el país.

4.El Ministerio de Justicia, que se ocupa de las cuestiones relacionadas con los derechos humanos, en colaboración con la delegación del ACNUDH en el país, creó un comité restringido integrado por cinco expertos de la Dirección de Derechos Humanos encargado de actualizar el segundo informe con miras a su presentación a los órganos competentes.

5.El presente informe abarca el período comprendido entre 2009 y 2019.

Respuesta a los párrafos 1, 2 y 3 de la lista de cuestiones CAT/C/TCD/Q/2

6.Con el fin de armonizar la legislación nacional con la definición de tortura, el Chad aprobó en 2017 un nuevo Código Penal, en cuyo artículo 323, párrafo 7, se establece que “se entiende por tortura todo acto por el cual un funcionario público o una autoridad tradicional en el ejercicio de sus funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia, inflige intencionadamente a una persona un dolor o sufrimiento grave, ya sea físico, mental o moral, con el fin, por ejemplo, de obtener de ella una confesión o información de un tercero, castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya cometido, ella o un tercero, o intimidar o coaccionar a esa persona o a un tercero, o por cualquier otro motivo basado en una discriminación de cualquier tipo”.

7.Las disposiciones del nuevo Código Penal y del nuevo Código de Procedimiento Penal en las que se tipifican como delito los actos de tortura y otros malos tratos y se establecen las penas, para las que tiene en cuenta la gravedad de los actos cometidos, son las siguientes (art. 323): “El que, mediante tortura, cause involuntariamente la muerte de otro será castigado con la pena de prisión de 20 a 30 años. La pena será de 10 a 20 años de prisión cuando la tortura cause a la víctima la privación permanente, total o parcial, del uso de un miembro, órgano o sentido. La pena será de 5 a 10 años de prisión y multa de 300.000 a 1.000.000 francos CFA si la tortura causa a la víctima una enfermedad o una incapacidad laboral de una duración superior a 30 días. La pena será de 2 a 5 años de prisión y multa de 500.000 francos CFA si la tortura causa a la víctima una enfermedad o una incapacidad laboral de una duración inferior a 30 días, o un dolor o sufrimiento mental o moral. Serán castigados con las mismas penas los funcionarios públicos, autoridades tradicionales o cualesquiera otras personas que desempeñen funciones oficiales que cometan, ordenen o consientan, expresa o tácitamente, cualesquiera otros actos que puedan considerarse como tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, aunque no se ajusten a la definición de tortura que figura en el presente artículo”.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

8.El Chad ha adoptado medidas concretas para garantizar que no se pueda invocar ninguna circunstancia excepcional como justificación del uso de la tortura, incluidos el estado de guerra o la amenaza de guerra, la inestabilidad política interna o cualquier otro estado de excepción, así como medidas destinadas a impedir la participación de los militares en la detención o el encarcelamiento de civiles.

9.En los artículos 18 y 19 de la Constitución de 4 de mayo de 2018 se dispone que “nadie podrá ser sometido a un trato degradante o humillante ni a tortura”. Se continúa diciendo que “se prohíben la esclavitud; la trata de personas; el trabajo forzoso; la tortura; la violencia física o moral; los tratos inhumanos, crueles, degradantes o humillantes; la violencia física; la mutilación genital femenina; el matrimonio precoz; y cualquier otra forma de degradación de la persona”. En el artículo 323 del nuevo Código Penal se dispone que “no se podrá invocar como justificación de la tortura ninguna circunstancia excepcional, como el estado de guerra o la amenaza de guerra, la inestabilidad política interna o cualquier otro estado de excepción. Tampoco se podrá invocar como justificación de la tortura una orden de un oficial superior o de una autoridad pública”.

10.En el artículo 324 se dispone que “podrá ordenarse la publicación de la sentencia pronunciada contra los funcionarios hallados culpables de los delitos previstos en el artículo 323 del Código Penal, así como la confiscación de sus bienes”.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

11.Guarda relación con el artículo 323.

12.Puede servir como ejemplo ilustrativo el de un miembro de la gendarmería que prestaba servicio en la Dirección Nacional de Investigación Criminal que fue procesado y condenado a pesar de haber invocado una orden de su superior como justificación de las torturas infligidas a un abogado. Ese argumento no fue aceptado por los jueces y fue condenado por un acto de tortura (sentencia penal, expediente 056/TGI/NDJ/2017, de 11 de abril de 2017). Durante el año 2016, tuvieron lugar dos acontecimientos significativos en la lucha contra la tortura: los actos de violencia contra los estudiantes, que llevaron a la condena de seis agentes de policía que cumplieron sus penas en la prisión de Moussoro. Ese juicio fue seguido de cerca por las organizaciones de la sociedad civil porque se trataba de hacer valer la ley frente a unos representantes del Estado que actuaban en el marco del mantenimiento del orden público en el ejercicio de sus funciones. Esos agentes de policía lograron dispersar a los manifestantes realizando detenciones que, lamentablemente, desembocaron en abusos y actos degradantes contra algunos estudiantes que fueron sometidos a tortura en los cuarteles de la Agrupación Móvil de Intervención de la Policía.

13.El segundo caso es el los “testículos encadenados”, cuyos cuatro autores, todos ellos miembros del ejército, fueron condenados a ocho años de prisión en primera instancia, pena que fue aumentada a diez años de prisión por el Tribunal de Apelación de Yamena.

14.Además, el Gobierno de la República del Chad se ha comprometido a modernizar su sistema judicial, en colaboración con la Unión Europea y el sistema de las Naciones Unidas, mediante el Memorando de Entendimiento con la Comisión de la Unión Europea sobre el Programa de Apoyo y Reforma del Poder Judicial en el Chad (PRAJUST 1 y 2). También está en marcha la ejecución, en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Programa de Fortalecimiento de la Capacidad Judicial, los Derechos Humanos y el Género.

15.Entre las medidas encaminadas a garantizar una formación adecuada de los jueces e incrementar los recursos humanos y materiales destinados a la administración de justicia figuran las siguientes:

a)La Ley núm. 032/PR/2009, de 28 de diciembre de 2009, por la que se crea la Escuela Nacional de la Magistratura. En el cuadro siguiente figuran estadísticas sobre los diplomados egresados de la Escuela entre 2012 y 2016;

Designación

Magistrados

Secretarios judiciales

Agentes penitenciarios

Supervisores penitenciarios

Número

433

257

239

270

b)La convocación periódica del Consejo Superior de la Magistratura, que se ocupa del nombramiento de los magistrados en todo el territorio;

c)Las medidas legislativas, administrativas y judiciales para combatir la corrupción de los magistrados, entre las que cabe mencionar las siguientes:

i)La Ordenanza núm. 007/PR/2012, de 21 de febrero de 2012, sobre el Estatuto General de la Judicatura;

ii)La Ordenanza núm. 003/PR/2012 por la que se modifica la Ley núm. 005/PR/98, sobre la organización y el funcionamiento del Consejo Supremo de la Magistratura;

iii)El Decreto núm. 574/PR/MJCDH, relativo al organigrama del Ministerio de Justicia, encargado de las cuestiones de derechos humanos, por el que se crea la Inspección General de los Servicios Judiciales;

iv)El Código de Ética de los magistrados;

d)Con el fin de garantizar la plena independencia del poder judicial respecto del poder ejecutivo, de conformidad con los principios fundamentales relativos a la independencia del poder judicial (resoluciones de la Asamblea General 40/32, de 29 de noviembre de 1985, y 40/46, de 13 de diciembre de 1985), en el artículo 146 de la Constitución del Chad se dispone que “el poder judicial es independiente de los poderes ejecutivo y legislativo”. En el artículo 152 se establece que “corresponde al Consejo Supremo de la Magistratura proponer el nombramiento y el ascenso de los jueces”. En el artículo 155 se establece que “Los jueces, en el ejercicio de sus funciones, únicamente estarán sujetos a la autoridad de la ley y serán inamovibles”.

16.En lo que respecta a los ascensos y ceses, los magistrados son nombrados por decreto del Presidente de la República, previo dictamen conforme del Consejo Superior de la Magistratura, y son destituidos del mismo modo, según lo dispuesto en el artículo 153 de la Constitución.

Respuesta a los apartados a) y b) del párrafo 6 de la listade cuestiones

17.El Ministerio de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, con la asistencia de los representantes del sistema de las Naciones Unidas en el Chad, ha celebrado varias reuniones para examinar la forma hacer que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sea compatible con los Principios de París. Esas reuniones dieron como resultado un anteproyecto de ley mediante el cual se pretende armonizar la CNDH con dichos Principios.

18.En abril de 2015, se creó un comité encargado de realizar una nueva lectura del proyecto de ley. Ese comité mantuvo conversaciones con el ACNUDH acerca de los Principios de París y las experiencias positivas de las instituciones nacionales de derechos humanos de África, que debían tenerse en cuenta.

19.Como resultado de todo ello se promulgó la Ley núm. 028/PR/2018, de 22 de noviembre de 2018, relativa a las atribuciones, la organización y el funcionamiento de la CNDH.

20.La CNDH está compuesta por 11 miembros, de los que 2 han de ser personalidades independientes y al menos 4 han de ser mujeres, reconocidos por su estatura moral, integridad, alto sentido de la responsabilidad, compromiso y probada experiencia en la esfera de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

21.Todos los miembros de la CNDH, con excepción de las dos personalidades independientes, han de proceder de la sociedad civil y de las sociedades y organismos que se enumeran a continuación:

Organizaciones de derechos humanos (dos miembros)

Organizaciones para la defensa y promoción de los derechos de la mujer (un miembro)

Organizaciones de personas discapacitadas (un miembro)

Organizaciones sindicales (un miembro)

Organizaciones profesionales de los medios de comunicación (un miembro)

Claustro de profesores de las facultades de derecho de las universidades públicas (un miembro)

Colegio de Abogados (un miembro)

Sindicato Representativo de Magistrados (un miembro)

22.Las dos personalidades independientes miembros de la CNDH serán nombradas, tras una convocatoria abierta de candidaturas, por un comité establecido a tal efecto.

23.La principal tarea de la CNDH es velar por la protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales. En calidad de órgano consultivo, puede presentar al Gobierno, a la Asamblea Nacional y a cualquier otro órgano, ya sea motu proprio o a petición de las autoridades interesadas, opiniones, recomendaciones y propuestas relativas a los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

24.En virtud de la Ley núm. 028/PR/2018, de 22 de noviembre de 2018, se otorga a la CNDH una autonomía financiera que le permite desempeñar su mandato de manera adecuada.

25.Previa autorización de la Dirección General de Administración Penitenciaria, las organizaciones de la sociedad civil y los organismos internacionales pueden realizar visitas a los lugares de detención, donde pueden entrevistarse con los reclusos y recoger sus testimonios. Por razones de seguridad, no se permite tomar fotografías en esos lugares, a menos que la autoridad competente lo autorice expresamente.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

26.A raíz de la aprobación del Estatuto General de la Judicatura, el Gobierno del Chad ha emprendido una serie de reformas encaminadas a modernizar el sistema judicial y armonizar la legislación nacional con las normas internacionales. Como resultado se han publicado los siguientes instrumentos:

Ley núm. 11/PR/2013, de 17 de junio de 2013, relativa al Código de la Judicatura.

Ley núm. 12/PR/2013, de 17 de junio de 2013, relativa a la organización y el funcionamiento de los tribunales administrativos.

Ley núm. 19/PR/2018, sobre el Estatuto del Cuerpo de Funcionarios de la Administración Penitenciaria.

Ley Orgánica núm. 15/PR/2018, relativa a la organización, el funcionamiento, las normas y los procedimientos del Tribunal Supremo.

Ley Orgánica núm. 017/PR/2014, de 17 de mayo de 2014, relativa a la organización, el funcionamiento, las normas y los procedimientos del Tribunal de Cuentas.

Ley núm. 029/PR/2015, de 21 de julio de 2015, por la que se ratifica la Ordenanzanúm. 006/PR/2015, en virtud de la cual se prohíbe el matrimonio de niños.

Ley núm. 021/PR/2019, de 15 de abril de 2019, por la que se regulan la asistencia letrada y la asistencia jurídica.

Decreto núm. 1010/PR/PM/MDJH/2014, de 4 de septiembre de 2014, por el que se establecen los ámbitos jurisdiccionales y se determina su competencia territorial.

Respuesta al apartado d) del párrafo 8 de la lista de cuestiones

27.Guarda relación con los elementos de la respuesta al párrafo 5.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

28.El Código de Procedimiento Penal se ha revisado a la luz de las observaciones finales del Comité con objeto de incorporar las salvaguardias jurídicas fundamentales. En el artículo 282 del nuevo Código de Procedimiento Penal se dispone que: “El funcionario de la policía judicial que tome parte en investigaciones preliminares, investigaciones de delitos flagrantes o comisiones rogatorias no podrá retener a una persona a efectos de la investigación durante más de 48 horas. Transcurrido ese plazo, la persona será liberada o llevada ante el juez. El funcionario de la policía judicial informará inmediatamente al juez de toda detención policial. El juez podrá autorizar la prórroga por un nuevo período de 48 horas de la detención de una persona si existen graves indicios de culpabilidad contra ella. La autorización se dará por escrito después de que el juez se haya cerciorado, personalmente si fuera necesario, de que la persona detenida no ha sido objeto de malos tratos. No obstante, en el caso de la investigación de un delito flagrante, la prórroga podrá concederse mediante instrucciones escritas o telefónicas sin necesidad de que la persona detenida comparezca. Las instrucciones telefónicas deberán ser confirmadas por escrito en un plazo de 12 horas”.

29.En cuanto a la inscripción de los detenidos en el registro al comienzo de la detención y la mención de todos los lugares de internamiento a los que sean trasladados, teniendo en cuenta que el sistema de mantenimiento de los registros de custodia es deficiente, en el artículo 285 del nuevo Código de Procedimiento Penal se dispone que “se levantará acta de las operaciones de detención. En dicha acta se consignarán la fecha y la hora del comienzo de la detención, así como, en su caso, la hora del comienzo de la prórroga de esa medida. En esos casos, en el acta se consignará la identidad del juez que la haya autorizado. También se consignarán la hora en que se informó de la detención a la fiscalía y la hora en que se solicitaron instrucciones sobre el destino de la persona detenida y el contenido de las instrucciones recibidas de la fiscalía. El acta será firmada por el detenido, a quien se facilitará una copia, que podrá entregar libremente a su abogado”.

30.En el artículo 50 también se señala que los detenidos tienen derecho a contar con la asistencia de un abogado o cualquier otra persona de su elección desde el primer interrogatorio realizado por la policía o por la fiscalía. Los detenidos tienen derecho a ponerse en contacto con sus familiares. La Dirección General de Administración Penitenciaria expedirá un permiso de comunicación a petición del interesado. Cabe señalar, no obstante, que algunos funcionarios de prisiones suelen condicionar las visitas al pago de una suma de dinero por desconocimiento de los familiares de los detenidos.

31.Los detenidos tienen derecho a ser examinados por un médico independiente y a que se les practique un reconocimiento médico inmediatamente después de su detención. También disponen de servicios médicos en las prisiones.

32.Los detenidos tendrán derecho a recibir asistencia letrada cuando sus recursos económicos no les permitan pagar un abogado u otro defensor, para lo que dentro del sistema judicial se establecerán abogados de oficio. En el Ministerio de Justicia, que se ocupa de las cuestiones relativas a los derechos humanos, existe también una Subdirección de Acceso a la Ley y a la Justicia.

33.Los detenidos no disponen de ningún recurso que les permita impugnar su ingreso en prisión preventiva, lo que no es óbice para que puedan plantear apelaciones jerárquicas. No obstante, disponen de vías de recurso si consideran que su detención es ilegal.

34.Tampoco hay alternativas a la prisión preventiva que permitan aliviar el problema del hacinamiento en las cárceles. No obstante, en la Ley núm. 007/PR/1999, de 6 de abril de 1999, relativa a los procedimientos para el enjuiciamiento y sanción de los delitos cometidos por menores de 13 a 18 años, se contemplan medidas que no entrañan la privación de libertad, como la colocación del menor bajo la custodia de sus padres, un pariente o una persona de buena reputación, o su ingreso en una institución de beneficencia o a un centro de acogida u observación.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

35.Algunas organizaciones no gubernamentales o periódicos “independientes” transmitieron información sobre una supuesta “prisión secreta” en Koro-Toro.

36.El régimen penitenciario del Chad se rige por la Ley núm. 19/PR/2017, de 28 de julio de 2017. En virtud de esa Ley, la administración penitenciaria tiene a su cargo tres tareas principales:

Garantizar la ejecución de las sentencias penales mediante la reclusión de las personas condenadas y privadas de libertad

Ofrecer un entorno seguro y protegido mediante la vigilancia de los reclusos

Promover la individualización de las sentencias y la reinserción social con miras a ayudar a los condenados a convertirse en ciudadanos respetuosos de la ley y evitar así la reincidencia

37.En el Chad existen los siguientes tipos de prisiones:

Prisiones de alta seguridad, como la de Koro‑Toro

Cárceles

Centros de rehabilitación

Campamentos penitenciarios

38.La prisión de Koro-Toro, que en 2010 dejó de ser una prisión ilegal, acoge a unos 630 reclusos, la mayoría de los cuales son extremistas violentos de Boko Haram acusados de actos de terrorismo y el resto cumplen penas de privación de libertad en aplicación del artículo 9 de la mencionada anteriormente Ley núm. 19.

39.El poder judicial lleva a cabo periódicamente misiones de supervisión en Koro‑Toro, donde se entrevista con los acusados y los examina. En la actualidad no hay lugares de detención secretos en el Chad, y la prisión de alta seguridad de Koro-Toro tampoco puede considerarse una prisión secreta, ya que se rige por los preceptos legales y está abierta a las visitas de organizaciones independientes, como el Comité Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones de derechos humanos que colaboran estrechamente con la Dirección General de Administración Penitenciaria y Reinserción Social. El deseo de mejorar las condiciones de internamiento de los reclusos llevó al Presidente de la República a visitar el centro de prisión preventiva de Amsinéné, en Yamena, el 17 de noviembre de 2017. Durante esa visita, el Presidente deploró las condiciones de internamiento y lamentó la suerte de las mujeres y los menores. Pidió la inmediata liberación de las madres lactantes y los menores detenidos por infracciones no penales.

Colocación bajo supervisión judicial

40.Mientras se encuentran internadas, las personas encarceladas gozan de un estatuto, en el que se consignan los derechos y deberes, que rige su vida cotidiana y contempla la sanción disciplinaria de los comportamientos reprensibles.

41.De conformidad con el artículo 16 de la Ley núm. 19/PR/2017, de 28 de julio de   2017, relativa al régimen penitenciario, nadie podrá ser internado en un centro penitenciario si no media:

Una orden de comparecencia, de detención o de prisión preventiva.

Una orden de ingreso en prisión emitida en ejecución de una sentencia firme.

Una orden de ingreso en prisión emitida en ejecución de un auto de apremio personal.

Una orden de detención provisional emitida contra una persona buscada por autoridades judiciales extranjeras.

Una orden judicial de aprehensión.

Una orden de ingreso en prisión emitida en contra un preso preventivo que ha presentado un recurso de casación y desea ser detenido de acuerdo con la ley.

Una orden judicial de custodia provisional en el caso de los menores.

42.La vida diaria de los reclusos difiere según la institución y el tipo de interno.

43.En general, el régimen aplicable en los centros de rehabilitación es más laxo: los internos pueden entrar y salir libremente durante el día.

44.Cada centro penitenciario dispone de módulos separados para hombres y mujeres dispuestos de manera que no pueden comunicarse entre sí, como tampoco pueden comunicarse los presos preventivos con los que cumplen condena. Esa separación también se aplica a los menores encarcelados. Sin embargo, las menores de edad sí suelen estar en el pabellón de mujeres.

45.Si bien se permite que los reclusos se comuniquen libremente con sus abogados y con el personal penitenciario y de rehabilitación social, el juez de instrucción puede decretar una prohibición temporal de la comunicación o la imposición de una medida de aislamiento. Los reclusos tienen derecho a recibir al menos una visita y no pueden tener dinero mientras permanecen internados.

46.Las prisiones se rigen por un reglamento interno en el que se detallan las infracciones disciplinarias (negativa a volver a la celda, posesión de artículos prohibidos, comportamiento violento, etc.). En caso de mala conducta, los detenidos comparecen, en su caso con la asistencia de un abogado, ante un comité disciplinario que puede imponer sanciones, que pueden llegar hasta la imposición del régimen de aislamiento o el internamiento en el pabellón disciplinario durante un máximo de 45 días.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

47.Se ha aclarado el concepto de plazo razonable para evitar cualquier uso abusivo y arbitrario de la prisión preventiva. Así, en el artículo 313 del nuevo Código de Procedimiento Penal se dispone que: “La prisión preventiva es una medida excepcional destinada a garantizar la representación legal de un acusado, a impedir una actividad que pueda dificultar la determinación de la verdad, a poner fin a un delito o a impedir su reiteración. La prisión preventiva no podrá exceder de seis meses en el caso de una falta y de un año en el de un delito grave...”. Cabe señalar también que el procedimiento relativo a los menores se ha acelerado en virtud de la Leynúm. 007/PR/1999, de 6 de abril de 1999, relativa al procedimiento para el enjuiciamiento y la sanción de los delitos cometidos por menores de 13 a 18 años. Los menores solo pueden permanecer detenidos durante diez horas.

48.En los centros de prisión preventiva de nueva construcción se ha tenido en cuenta la separación de los presos por categorías: presos preventivos, presos que cumplen condena, niños y mujeres, a fin de poner freno al problema de la violencia en las cárceles y los conflictos intergeneracionales. Además, el establecimiento de la prisión de alta seguridad de Koro-Toro ha permitido aislar a los presos más peligrosos, como delincuentes profesionales y terroristas de todo tipo.

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

49.A fin de prevenir las desapariciones forzadas y las ejecuciones extrajudiciales cometidas por grupos rebeldes o cualquier otro grupo armado, el poder legislativo del Chad ha incorporado en el nuevo Código Penal las disposiciones de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Así, en el artículo 292 se dispone: “Quien, durante un ataque generalizado o sistemático contra cualquier población civil, con pleno conocimiento de causa, cometa uno de los siguientes actos: ... k) Desaparición forzada de personas, será, como reo de un delito de lesa humanidad, castigado con la pena de prisión perpetua”.

50.En cuanto a la desaparición forzada, en el último párrafo del artículo 292 del Código Penal se define como: “el hecho de que una persona sea detenida, encarcelada o secuestrada por un Estado u organización política o con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un Estado u organización política, que luego se niegue a admitir que esa persona permanece privada de libertad o a revelar su suerte o paradero con la intención de sustraerla a la protección de la ley por un período prolongado”.

51.En los artículos 293 y 294 se aborda la responsabilidad del superior jerárquico y del ejecutor de la orden, que en ese caso se considera siempre “manifiestamente ilícita”.

52.En el artículo 295 se dispone que, en el caso de los delitos mencionados en el artículo 292, la acción judicial y las penas que puedan imponerse serán imprescriptibles. La Dirección de Estadísticas Judiciales, con el apoyo de la Unión Europea a través del Proyecto PRAJUST II, está trabajando para crear una base de datos estadísticos fiable.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

53.A fin de prevenir la violencia sexual contra las mujeres y los niños en las cárceles o cualquier otro lugar de detención, incluidas las comisarías de policía y de la gendarmería, por parte de los funcionarios públicos, se han adoptado diversas medidas legislativas, administrativas y judiciales, entre las que cabe señalar:

La Estrategia Nacional de Justicia de Menores.

La separación de los reclusos por módulos en todas las prisiones (hombres, mujeres, menores).

De conformidad con el artículo 341 del nuevo Código Penal, la violación y la violencia sexual contra los reclusos se consideran circunstancias agravantes contra los funcionarios que las cometen.

La creación de una brigada de protección de menores en Yamena.

Uno de los elementos importantes de las reformas es el Decreto núm. 413/PR/PM/MSPI/2016, de 15 de junio de 2016, sobre el Código de Ética de la Policía.

La Ley núm. 19/PR/2017, de 28 de julio de 2017, relativa al sistema penitenciario.

La Ley núm. 012/PR/2017, de 14 de julio de 2017, relativa al Código de Procedimiento Penal.

La Ley núm. 007/PR/1999, de 6 de abril de 1999, relativa a los procedimientos para el enjuiciamiento y sanción de los delitos cometidos por menores de 13 a 18 años.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

54.En el derecho positivo del Chad, en la Ley núm. 006/PR/02, de 15 de abril de 2002, relativa a la promoción de la salud reproductiva, se prohíben la violencia doméstica y el matrimonio forzado. En virtud de dicha Ley también se prohíben la mutilación genital femenina, la violencia doméstica y sexual y el matrimonio precoz. En la Leynúm. 029/PR/2015, por la que se prohíbe el matrimonio de niños, la edad mínima para contraer matrimonio se fija en 18 años para todos. En virtud de los artículos 323 y siguientes del nuevo Código Penal del Chad no se pueden invocar el derecho o las prácticas consuetudinarias como excepción a la prohibición absoluta de la tortura y, al mismo tiempo, se prohíben los arreglos amistosos.

55.La cuestión del matrimonio se aborda en el proyecto de código de la familia, que está en proceso de aprobación.

56.Lamentablemente, en el Chad siguen existiendo ciertas prácticas consuetudinarias degradantes y crueles para las personas. Los tribunales ante los que se presentan causas abiertas por el ejercicio de dichas prácticas dictan sentencias que oscilan entre cinco y diez años, a pesar de que la opinión nacional es profundamente contraria a la injerencia judicial en esa esfera, que se considera una cuestión reservada a la costumbre o a la religión.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

57.En los artículos 359 a 364 del nuevo Código Penal se tipifica como delito la trata de personas, en particular la “trata de mujeres y niños”. En ese mismo Código se protege a los niños contra todas las formas de explotación sexual y económica y frente a los atentados contra su dignidad, su persona, la unidad de su familia, su vida y su integridad física y moral. También se proporciona a las mujeres y a las niñas un entorno jurídico en el que se prohíbe toda forma de violencia contra ellas. El Chad también aprobó en 2018 la Ley contra la Trata de Personas. El proyecto de Código del Niño también contiene disposiciones sobre la trata.

58.A todo ello hay que añadir los artículos 371 a 373 del Código Penal, en virtud de los cuales se castiga el secuestro de menores, y los artículos 383 a 384, en virtud de los cuales se castigan el secuestro y la corrupción de menores.

59.Ese arsenal jurídico se ve reforzado por la Directiva Presidencial núm. 008/PR/EMP/2013, de 10 de octubre de 2013, relativa al cumplimiento de los requisitos de edad para el reclutamiento en el Ejército Nacional del Chad.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

60.La mutilación genital femenina se practica desde hace mucho tiempo en algunas partes del Chad. Consciente del sufrimiento que esas prácticas infligen a las víctimas, el Chad ha adoptado una serie de instrumentos jurídicos destinados a proscribirlas. Entre ellas cabe mencionar la creación de una brigada de protección de los menores y de la moral, la Ley de Prohibición del Matrimonio de Niños, la Ley núm. 006/PR/2002, de 15 de abril de 2002, relativa a la promoción de la salud reproductiva, y la incorporación en el nuevo Código Penal de disposiciones en virtud de las cuales se prohíbe la mutilación genital y se tipifican los delitos sexuales, entre las que cabe citar:

Artículo 307: “El que deliberadamente inflija golpes o heridas o cometa cualquier acto de violencia o agresión contra otro y con ello le cause la muerte, sin intención de hacerlo, será castigado con la pena de prisión de 5 a 10 años y multa de 50.000 a 500.000 francos CFA. Si hubiera actuado con premeditación o alevosía, la pena de prisión será de 10 a 20 años...”.

Artículo 318: “Será castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años y multa de 10.000 a 100.000 francos CFA el que atente contra la integridad del órgano genital de una persona de sexo femenino mediante:

La extirpación total o parcial del clítoris y/o los labios menores.

La extirpación total de los labios mayores y menores seguida de la sutura total o parcial o el estrechamiento total o parcial del orificio vaginal, la perforación, incisión o estiramiento del clítoris y/o los labios, la cauterización, la introducción de sustancias corrosivas o hierbas en la vagina para causar estrechamiento o sangrado, o cualquier otro procedimiento”.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

61.Instrumentos en virtud de los cuales se tipifican como delito la violación y otros actos de violencia sexual dentro y fuera de los campamentos de refugiados y se castiga a los autores:

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

El Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados.

La Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África, en la que el Chad es parte.

La Constitución: en el artículo 15 se dispone que “con la reserva de los derechos políticos, los extranjeros admitidos legalmente en el territorio de la República del Chad gozarán de los mismos derechos y libertades que los nacionales. Estarán obligados a respetar la Constitución y las leyes y reglamentos de la República”.

Los artículos 341, 349 a 354 y 359 a 364 del Código Penal, en virtud de los cuales se castiga a los autores de violación y otros actos de violencia sexual.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

62.En lo que respecta a las medidas legislativas, administrativas y judiciales encaminadas a garantizar que una persona no pueda ser extraditada a un tercer Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura, en el artículo 50 de la Constitución se establece que “se concederá el derecho de asilo a los extranjeros en las condiciones que determine la ley. Se prohíbe la extradición de los refugiados políticos”.

63.No se ha estudiado la posibilidad de recurrir a los tribunales para decidir acerca de la expulsión de los extranjeros en situación irregular en el Chad. A menudo, se adoptan medidas administrativas para expulsar a los extranjeros indeseables. Afortunadamente, las apelaciones de los abogados ante los tribunales competentes siempre han tenido éxito. No se dispone de cifras sobre los casos de expulsión, devolución y extradición. En dos casos, la expulsión ordenada por las autoridades administrativas fue anulada por la autoridad judicial, a saber, el caso de Changiz Vatankan, de nacionalidad, iraní y el del exobispo de Doba, Monseñor Michel Russo, de nacionalidad italiana.

64.No se dispone de cifras sobre el número de solicitudes de asilo registradas, aceptadas o rechazadas ni de solicitantes cuyas solicitudes se basen en el hecho de haber sido torturados en un tercer Estado o en el riesgo de ser sometidos a tortura a su regreso.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

65.En el caso de los delitos entre particulares en los que interviene el Estado, la solicitud de extradición será ejecutada por las Oficinas Centrales de la Interpol. En esos casos, no hay temor de que se inflija tortura. Las solicitudes de extradición entre países africanos francófonos se rigen por el Convenio General sobre Cooperación en Materia de Justicia (Convenio de Antananarivo), de 12 de septiembre de 1961.

66.Cuando se trata de otros Estados, el procedimiento se basa en la cooperación judicial entre Estados o en el principio de reciprocidad. La extradición está estrictamente regulada por la ley y no puede tener lugar fuera del sistema judicial.

Respuesta a los párrafos 22 y 24 de la lista de cuestiones

67.Las solicitudes de extradición de los cómplices de Hissein Habré, detenidos y juzgados por el Tribunal Penal Especial durante 2014, emitidas por el Fiscal General de las Salas Africanas Extraordinarias fueron rechazadas por considerarse que esas Salas se rigen por el principio de subsidiariedad.

68.El Chad ha contribuido con 2.000 millones de francos CFA a la financiación del proceso contra Hissein Habré en las Salas Africanas Extraordinarias en Dakar. También financió los viajes de los testigos y las víctimas. Participa asimismo en el proceso de indemnización de las víctimas que lleva a cabo la Unión Africana.

69.De conformidad con las disposiciones de la Convención, el Chad ha adoptado medidas para establecer y ejercer su jurisdicción sobre los actos de tortura cuando el presunto delincuente se encuentre en territorio chadiano, ya sea a efectos de extradición o de enjuiciamiento. Así pues, en el caso Habré, el Chad ha procesado y juzgado a los cómplices del ex-Presidente.

70.El Chad ha solicitado la extradición del ex-Presidente Hissein Habré. Esa solicitud fue rechazada por el Senegal al no existir un acuerdo judicial.

Respuesta a los párrafos 25 y 26 de la lista de cuestiones

71.Los conceptos del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos se enseñan en ciertas instituciones y en las escuelas de formación profesional, como la Escuela Nacional de Administración, en la que se forman los cuadros superiores, y la Escuela Nacional de Formación Judicial, en la que se forman los magistrados, secretarios y otros funcionarios judiciales. El tema de la tortura se aborda solo superficialmente. Como resultado, algunos cuerpos de funcionarios como los médicos, que se supone que deberían recibir instrucción sobre la tortura, no la reciben. Esa formación les permitiría expedir certificados médicos en los que se distinguiera entre los golpes y lesiones producidos de forma intencionada y los actos de tortura.

72.La enseñanza del derecho internacional humanitario se ha integrado en el programa de formación de las fuerzas armadas y de seguridad. En virtud de la Orden núm. 85/MDN/ENP/05, de 19 de mayo de 2005, es obligatorio impartir ese programa en los centros de formación de las fuerzas armadas y de seguridad.

73.Desde 2001, se han emprendido reformas que han dado lugar a la aprobación de un documento titulado “Manual de instrucciones para las fuerzas armadas y de seguridad”. En la redacción de ese manual participaron el ejército, la agrupación de escuelas militares conjuntas, la fuerza aérea, la gendarmería, la guardia nacional y nómada del Chad y la policía. El Manual se deriva, de hecho, de la refundición de dos volúmenes de folletos preparados en colaboración con la Liga Chadiana de Derechos Humanos. Ese documento, que se ha enriquecido y adaptado a las necesidades actuales en materia de formación, está organizado en forma de fichas descriptivas y abarca todos los temas con los que se suelen encontrar las fuerzas armadas del Chad durante las hostilidades.

74.Desde principios de los años noventa, el Chad ha emprendido una reforma de sus fuerzas de defensa y seguridad, y entre 2010 y 2019 puso en marcha el Programa de Apoyo a la Seguridad Interna del Chad, financiado en el marco de las rondas 10ª y 11ª del Fondo Europeo de Desarrollo, ya que se ha comprobado que las fuerzas de seguridad han sido responsables de algunos actos de tortura.

75.Uno de los elementos más importantes de esas reformas es el Decreto núm. 413/PR/PM/MSPI/2016, de 15 de junio de 2016, sobre el Código de Ética de la Policía. La parte dispositiva de este texto se refiere a todos los instrumentos de protección y promoción de los derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, etc. En el artículo 2 del Código de Ética de la Policía se establecen las obligaciones de los agentes de policía con respecto a las instituciones y la población. Además, en el artículo 14 se establece claramente que “ninguna persona que se encuentre bajo custodia policial será sometida a ningún trato cruel, inhumano o degradante”.

76.Además, “se prohíbe el uso de la violencia o la tortura contra las personas que se encuentren bajo custodia policial, incluso con el fin de extraer confesiones, etc.”.

77.Por su parte, las asociaciones de derechos humanos siguen organizando sesiones de formación en materia de derechos humanos para los oficiales de la policía judicial. La Liga Chadiana de Derechos Humanos y la Asociación Chadiana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos siguen impartiendo programas de formación para las fuerzas de seguridad.

78.Los destinatarios de esos cursos de formación son los funcionarios de los departamentos ministeriales directamente interesados en las cuestiones de derechos humanos, magistrados, agentes de las fuerzas del orden y miembros de la sociedad civil.

79.Para subsanar las deficiencias, se elaborarán programas de formación para los funcionarios directamente interesados en esas cuestiones. En dichos cursos de formación se utilizará el manual sobre cómo investigar la tortura de forma efectiva.

Respuesta a los párrafos 27 y 28 de la lista de cuestiones

80.La Agencia Nacional de Seguridad (ANS) fue creada mediante el Decreto núm. 302/PR/93, de 12 de abril de 1993, y posteriormente reestructurada mediante el Decreto núm. 008/PR/2017, de 17 de enero de 2017. Según lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Decreto, “la ANS es un servicio especial cuya misión general es contribuir a la protección de las libertades de las personas, la integridad de los bienes y la seguridad de las instituciones de la República”.

81.La ANS desempeña su mandato en el marco de las leyes de la República y de los compromisos internacionales suscritos por el Chad, por cuyo respeto vela en los ámbitos de su competencia (art. 3). La ANS está adscrita a la Presidencia de la República y tiene las siguientes funciones:

Obtener, recopilar y utilizar información relativa a la seguridad y la protección del Estado

Detectar, prevenir y anticipar cualquier actividad subversiva y de desestabilización dirigida contra los intereses vitales del Estado y de la nación, en coordinación con otros servicios u organizaciones

Cumplir, en el marco de sus atribuciones y prerrogativas, todas las misiones que le encomienden las altas instancias del país

82.Esas misiones son distintas de las de los demás servicios de seguridad, con los que no debe confundirse y a los que no pretende sustituir. El alcance del mandato de la ANS está limitado únicamente por el respeto de los derechos humanos y civiles.

83.A pesar de ese mandato bien definido, algunos de sus agentes experimentan cierta confusión sobre las misiones que se le asignan. Sin embargo, con el reciente cambio en la gestión, el Gobierno hace lo posible por dar a la SNA el papel que se merece.

84.En 2005, el Chad aprobó el Programa de Reforma de la Justicia, en el que se establecían cinco esferas de intervención para un período de diez años: la reforma o revisión de la legislación; el fortalecimiento del poder judicial en lo relativo a los recursos humanos; la promoción y protección de los derechos humanos; la información, la educación y la comunicación; y las infraestructuras y equipamientos. Esos componentes contaron con el apoyo de la Unión Europea entre 2009 y 2014 a través del Programa PRAJUST 1. Para el período 2016-2020, PRAJUST 2 tomó el relevo con la adopción, en 2016, de la Estrategia Provisional de Justicia de Menores 2017-2021, y la Política Sectorial de Justicia 2017-2027.

La población carcelaria

85.El Chad cuenta con 45 prisiones repartidas por todo el país, 43 de las cuales están en funcionamiento. A principios de 2009 había 3.380 reclusos; en 2010 ese número había aumentado a 4.775. Lamentablemente, para 2017 ese número se había duplicado. Esa situación se explica por el aumento de la delincuencia, incluido el extremismo violento, la evolución de la política penal que llevó a la tipificación de nuevos delitos y el recurso a la prisión preventiva. Cabe señalar que uno de cada dos detenidos termina en la cárcel.

86.La Ley núm. 19/PR/2017, de 28 de julio de 2017, relativa al régimen penitenciario, y el Decreto núm. 1848/PR/MJCDH/2018, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la gestión de los funcionarios de prisiones, van dirigidos al personal penitenciario, a saber: administradores, controladores, funcionarios administrativos y guardias de prisiones. En la normativa se establece que las prisiones ya no están dirigidas por un alcaide, sino por un director.

87.Al 1 de octubre de 2017, el Servicio de Prisiones se encargaba de la supervisión de aproximadamente 8.308 reclusos en unos 40 centros penitenciarios, como se indica a continuación.

Cuadro de personas internadas en centros de detención preventiva en el Chad

Población

Condenados

Preventivos

Acusados

Hombres

3 802

2 131

702

Mujeres

36

60

39

Niños

0

60

195

Total

3 838

2 251

936

El total asciende a 7.003 internos .

88.Todos esos esfuerzos dan prueba de la determinación del Gobierno de convertir las cárceles en lugares de rehabilitación y reinserción y no en lugares en los que impere la discriminación.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

89.Artículos 12 y 13, párrafo 29: de conformidad con el artículo 6 del nuevo Código Penal, el derecho penal se aplica a todo acto constitutivo de delito. En el artículo 1 del nuevo Código de Procedimiento Penal se establece que “la acción pública para la ejecución de las penas será iniciada y mantenida por los magistrados o los funcionarios a los que la ley la encomiende. También podrá ser iniciada por la parte perjudicada”. Esas disposiciones permiten iniciar inmediatamente una investigación sin necesidad de denuncia previa, de oficio, ya que la víctima es solo una parte más en el procedimiento.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

90.En virtud del artículo 323 y siguientes del Código Penal son punibles todas las formas de tortura y los tratos o prácticas inhumanos, crueles o degradantes.

91.Las medidas que garantizan la protección de las presuntas víctimas contra cualquier intento de intimidación o trato inhumano o degradante se contemplan en los artículos 5, 6 y 38 de la Ley de Reforma de la CNDH. La CNDH puede comparecer en nombre de las víctimas en los procedimientos judiciales directamente o indirectamente, a través de asociaciones, organizaciones no gubernamentales de derechos humanos o cualquier otra persona física o jurídica.

Respuesta a los párrafos 31 y 32 de la lista de cuestiones

92.No se pueden proporcionar estadísticas detalladas, desglosadas por delito, edad, etnia y género, sobre las denuncias de tortura y otros tratos o penas inhumanos o degradantes presuntamente cometidos por agentes de las fuerzas del orden o miembros del ejército.

93.Se pueden citar, no obstante, los casos de tortura de estudiantes por agentes de la Agrupación Móvil de Intervención de la Policía, que fueron juzgados y condenados; y el caso de tortura cometido en el domicilio de un general por miembros de las fuerzas de defensa y seguridad, que encadenaron los testículos a un presunto ladrón. Los autores fueron juzgados y condenados a ocho años de prisión en primera instancia y a diez años en apelación. También puede mencionarse la violación en grupo cometida en Zouhoura por un grupo de hijos de altos funcionarios, que fueron juzgados y condenados. Recientemente, fue detenido y puesto a disposición judicial el Comandante del Grupo de la Gendarmería de Djoumane, en la zona meridional del Chad, que una noche propinó cincuenta y cinco latigazos a dos mujeres en su despacho.

Respuesta a los párrafos 33 y 34 de la lista de cuestiones

94.No se conocen con exactitud los datos estadísticos sobre el número de denuncias, investigaciones y enjuiciamientos. Sin embargo, dentro del Ministerio de Justicia, que se ocupa de las cuestiones de derechos humanos, se ha creado una Dirección de Estadísticas Judiciales que será equipada en al marco del programa PRAJUST II. En 2016 se aprobó una ley sobre estadísticas que cumple las normas internacionales.

95.El Gobierno ha abierto una investigación judicial para determinar la autoría del secuestro y posterior desaparición del Sr. Ibni Oumar Mahamat Saleh. El caso fue remitido al juez de instrucción, que desestimó el caso, y se presentó un recurso contra ese fallo. La Sala de Acusación que conoció del recurso confirmó la decisión del juez de instrucción de desestimar el caso. En su razonamiento, la Sala exponía que seguía sin conocerse la identidad de los autores del secuestro y posterior desaparición del Sr. Ibni Oumar Mahamat Saleh.

96.En cuanto a la Brigada de Medio Ambiente y la Brigada de Búsqueda de Armas, no se dispone de suficiente información.

Respuesta a los párrafos 35, 36 y 37 de la lista de cuestiones

97.A raíz de los acontecimientos de 2008, el Estado y los tribunales concedieron medidas compensatorias a las víctimas.

98.En 2014, el Chad estableció el Tribunal Penal Especial para juzgar a los funcionarios de la Dirección de Documentación y Seguridad. El 25 de marzo de 2015, el tribunal dictó su fallo, en el que condenaba a los 19 exagentes de la Dirección a penas de prisión (de 7 años a prisión perpetua para los condenados por asesinato y tortura y de entre 7 y 20 años de prisión para el resto) y asignaba indemnizaciones a las víctimas por un importe de 75.000 millones de francos CFA, de los cuales el 50 % debía pagar el Estado y el 50 % restante los autores condenados.

99.En su fallo, el tribunal también ordenó la creación, bajo la dirección de la fiscalía, de un comité de gestión de fondos en el que estarían representados la fiscalía, los Ministerios de Justicia y de Acción Social, las víctimas y los abogados. El comité aún no ha sido establecido.

100.Los mecanismos específicos de reparación y rehabilitación orientados a los menores para brindarles apoyo médico, psicológico y financiero se contemplan en la Ley núm. 007/PR/99, de 4 de abril de 1999, relativa a los procedimientos para el enjuiciamiento y sanción de los delitos cometidos por menores de 13 a 18 años, así como en el proyecto de Código del Niño que se está tramitando en por la Asamblea Nacional. Por lo que respecta a las mujeres, los asociados técnicos y financieros del Gobierno les prestan apoyo por conducto del Comité Internacional de la Cruz Roja, Avocat Sans Frontières, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y la Asociación de Mujeres Juristas.

101.En el Chad, las pruebas de detección del VIH/sida y los antirretrovirales se ofrecen gratuitamente en los hospitales y centros de salud públicos, así como en los centros de salud de carácter religioso. El Estado ha establecido estructuras como el Programa Nacional de Lucha contra el Sida, el Comité Nacional de Lucha contra el Sida, la Asociación de Comercio Social y la Asociación para el Bienestar de la Familia, con el fin de sensibilizar a la población y realizar pruebas de detección voluntarias en masa.

102.El 8 de mayo de 2019, el Gobierno firmó un acuerdo de asociación con el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria. La subvención recibida, por valor de 25.000 millones de francos CFA, tiene por objeto proporcionar tratamiento (con antirretrovirales) a más de 80.000 personas afectadas por el VIH/sida y detectar y tratar a las casi 20.000 personas que padecen tuberculosis durante el período 2019-2021.

Respuesta al párrafo 38 de la lista de cuestiones

103.En los artículos 50 y 51 del nuevo Código de Procedimiento Penal se exige que los oficiales de la policía judicial informen a los acusados de su derecho a contar con la asistencia de un abogado desde el primer momento. El abogado tiene derecho a estar presente durante los interrogatorios, careos y registros que se realicen en el curso de la investigación.

Respuesta al párrafo 39 de la lista de cuestiones

104.Consciente de que en el Código Penal no se tienen en cuenta todas las violaciones de los derechos del niño, el Gobierno de la República del Chad ha emprendido diversos procesos de reforma. En 2015 se elaboró un proyecto de Código del Niño, en el que se deberían tener en cuenta los diversos derechos del niño contenidos en la Carta. Está a la espera de ser adoptado.

105.En el artículo 18 de la Constitución de la República del Chad se dispone que “nadie podrá ser sometido a abusos o tratos degradantes y humillantes ni a tortura” y en los artículos 323 y 324 del Código Penal se establece para la tortura una pena de 20 a 30 años de prisión y se contemplan las mismas penas para los funcionarios públicos, las autoridades tradicionales y cualquier otra persona que actúe en el ejercicio de funciones públicas.

106.En el Chad, el castigo corporal en las escuelas está expresamente prohibido. Esa prohibición se basa en la legislación vigente.

107.En una Orden del Ministerio de Educación Nacional de 1997 se prohíben los castigos corporales en los centros escolares.

108.En el artículo 167 del proyecto de Código del Niño se establece que “se prohíben los castigos corporales infligidos con el fin de corregir o disciplinar a un niño”. En el párrafo 2 del mismo Código se establece que “los padres, tutores o quien ostente la custodia velarán por que la disciplina se administre de manera que el niño sea tratado de manera decente y con el respeto debido a su dignidad”.

109.Lamentablemente, en la práctica, todavía hay algunos casos en que se utilizan los castigos corporales. Gracias a la labor de coordinación de unas asociaciones cada vez con mayor presencia, se está denunciando y combatiendo esa práctica.

110.Sin embargo, hay grupos tradicionales que consideran la corrección de los niños como parte de una buena educación.

111.La erradicación de la explotación de los niños como pastores y mouhadjirines es una de las principales preocupaciones del Gobierno. En consecuencia, ha adoptado varias medidas, entre ellas la adopción de medidas represivas contra esas prácticas, el fomento de la capacidad de los agentes que participan en la lucha contra ellas, la gestión y el intercambio de información, la movilización social mediante campañas de sensibilización y la realización de actividades de divulgación para recabar el apoyo de los encargados de la adopción de decisiones y los líderes de opinión en la lucha contra las peores formas de trabajo infantil, la explotación en todas sus formas y la trata de personas.

112.Cabe señalar que las medidas adoptadas por las autoridades administrativas y religiosas para combatir la explotación de los niños como pastores han contribuido a reducir el fenómeno y han dado lugar a la recuperación de los niños pastores y la reincorporación a sus familias.

113.Los autores de delitos sexuales o de actos de violencia sexual deben siempre rendir cuentas de sus actos cuando son detenidos. Sin embargo, la dificultad radica en la toma de conciencia acerca de la ilicitud de esos actos debido a las trabas socioculturales que impiden a las víctimas denunciar a los autores.

Respuesta al párrafo 40 de la lista de cuestiones

114.En la Ley núm. 007/PR/1999, de 6 de abril de 1999, relativa a los procedimientos para el enjuiciamiento y la sanción de los delitos cometidos por menores de 13 a 18 años, se establece una serie de medidas destinadas a promover el bienestar y el interés superior del niño. Esas medidas legislativas no solo responden a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), a las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) y a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de la Libertad (Reglas de Tokio), sino también al artículo 40, párrafo 3, de la Convención sobre los Derechos del Niño, en el que se dispone que: “... Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes...”.

115.La edad de responsabilidad penal en el Chad está fijada en 13 años. Sin embargo, el procedimiento de delito flagrante no se aplica en el caso de los menores y las audiencias de sus causas no son públicas.

116.En el caso de los menores de 13 años, se aplican medidas de tutela, supervisión o educación, no sanciones penales.

117.Sin embargo, en el caso de los menores de más de 13 años, se aplican medidas de custodia y rehabilitación. Incluso en el caso de sobre un menor recaiga una condena penal, la pena no podrá ser superior a la mitad de la pena mínima establecida en la ley y no podrá imponerse la pena de muerte. En los centros de internamiento, los menores están separados de los adultos.

118.Cuando un menor entra en conflicto con la legislación penal, las autoridades judiciales están obligadas a dar preferencia a las medidas alternativas a la privación de libertad.

Respuesta al párrafo 41 de la lista de cuestiones

119.En el marco de la aplicación de la resolución 1612 del Consejo de Seguridad, relativa a la vigilancia de seis violaciones graves de los derechos del niño en situaciones de conflicto armado, el 14 de junio de 2011 el Gobierno del Chad, en colaboración con el Equipo de Tareas de las Naciones Unidas de para la Vigilancia y la Presentación de Informes, aprobó un plan de acción sobre los niños vinculados a fuerzas y grupos armados. Se ha elaborado y puesto en práctica una hoja de ruta para la aplicación de ese plan de acción y se han designado centros de coordinación para este propósito. El Gobierno y el Equipo de Tareas han visitado todos los centros de formación militar para que las fuerzas de defensa y seguridad puedan verificar la presencia de menores en sus filas.

120.Con el fin de prevenir el reclutamiento y la utilización de niños por las fuerzas y grupos armados se ha puesto en marcha un Programa Nacional de Retirada, Atención de Transición y Reinserción de Niños Asociados a Fuerzas y Grupos Armados. En el marco de ese programa, entre 2007 y septiembre de 2012 fue posible retirar a 767 niños vinculados a fuerzas y grupos armados y reinsertarlos en la sociedad.

Fuente : Oficina del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en el Chad, diciembre de 2012.

121.El grupo Boko Haram utiliza frecuentemente a niños para cometer delitos. Tan pronto como las fuerzas regulares recuperan a esos niños, son puestos a disposición del Ministerio de Acción Social que, en asociación con el UNICEF, se ocupa de su cuidado y de la reunificación familiar.

122.En el marco de esa asociación, se ha establecido en Bol, Región de los Lagos, un Centro de Tránsito y Orientación que acoge a los niños asociados al grupo Boko Haram.

123.En 2016 se reunieron con sus familias 94 niños asociados al grupo Boko Haram, entre ellos 13 chicas. En 2017, se reunieron con sus familias otros 9 niños, entre ellos 2 chicas.

Número de niños del grupo de Boko Haram reunidos con sus familias

Año

Género

Número de niños reunidos con sus familias

Total

2016

Chicos

81

94

Chicas

13

2017

Chicos

7

9

Chicas

2

Total

103

124.Consciente del riesgo permanente que entrañan los conflictos armados, el Gobierno de la República del Chad se ha adherido a los principios del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño y a los Principios y Compromisos de París.

125.El 10 de octubre de 2013 el Presidente de la República emitió la Directiva Presidencial núm. 08/PR/EMP/2013, sobre los requisitos de edad para el reclutamiento en el Ejército Nacional del Chad. En esa Directiva se contemplan medidas disciplinarias contra los responsables que van desde la advertencia hasta la inhabilitación.

126.En el proyecto de Código del Niño se fija en 18 años la edad mínima para el reclutamiento de niños en las fuerzas armadas y se establecen las penas que se impondrán a los responsables del reclutamiento y la utilización de niños.

127.Como resultado de esos esfuerzos, en julio de 2014 el Chad fue retirado de la lista del Secretario General de las Naciones Unidas de países en los que hay niños afectados por conflictos armados.

Respuesta al párrafo 42 de la lista de cuestiones

128.En el artículo 14 de la Constitución, que trata de las libertades, los derechos fundamentales y los deberes se establece que: “El Estado garantizará la igualdad de todos ante la ley sin distinción de origen, raza, sexo, religión, opinión política o posición social. El Estado tiene el deber de asegurar la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la protección de sus derechos en todos los ámbitos de la vida privada y pública”.

129.En el artículo 27 de la Constitución se establece que “las normas consuetudinarias y tradicionales relativas a la responsabilidad penal y colectiva carecen de valor jurídico y solo son aplicables en los entornos en que se reconocen”. Sin embargo, en la práctica, la aplicación de la Dia a todas las comunidades va en contra de esa disposición.

130.El sistema de castas sociales que aún subsiste en algunas partes del país es una de las trabas socioculturales que obstaculizan la igualdad ante la ley.

Otros asuntos

131.Desde enero de 2015, el Chad se enfrenta a una gran inseguridad causada por los ataques del grupo islamista Boko Haram, en particular a orillas del lago Chad y en Yamena.

132.En respuesta a los ataques de junio y julio de 2015, que causaron la muerte de unas 50 personas en Yamena, el 30 de julio de 2015, el Chad aprobó la Ley núm. 034/PR/2015, sobre la represión de los actos terroristas.

133.Sobre la base de esa Ley, los autores de los atentados perpetrados los días 15 y 29 de julio de 2015 frente a la Comisaría Central de Policía y la Academia de Policía fueron juzgados, condenados a muerte y ejecutados.

134.El juicio se celebró los días 26 y 27 de agosto de 2015. Los cargos que se imputaban a los acusados eran: asociación para delinquir, asesinato, complicidad en el asesinato, complicidad en la destrucción de propiedades mediante sustancias explosivas, tráfico y posesión ilegal de armas de guerra, posesión y consumo de sustancias psicotrópicas y complicidad.

135.El mandato de la Asamblea Nacional expiró en abril de 2015, pero hasta ahora no se han celebrado elecciones debido a las dificultades financieras que atraviesa el país. El Presidente de la República ha anunciado que las elecciones parlamentarias se celebrarán, a más tardar, en diciembre de 2019, en una fecha aún por determinar.