Distr.GENERAL

CCPR/C/TUN/Q/528 de noviembre de 2007

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS91º período de sesionesGinebra, 15 de octubre a 2 de noviembre de 2007

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL QUINTO INFORME PERIÓDICO DE TÚNEZ (CCPR/C/TUN/5)

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto (artículo 2)

1.Sírvanse explicar cómo se aplicó, durante el período que abarca el presente informe, el artículo 32 de la Constitución de la República de Túnez, que dispone que los tratados prevalecerán sobre las leyes. ¿Pueden invocarse las disposiciones del Pacto directamente ante los tribunales o las autoridades administrativas? En caso afirmativo, ¿según qué procedimientos y con qué resultados? Sírvanse indicar asimismo si el Estado Parte tiene la intención de adherirse al primer Protocolo Facultativo del Pacto.

2.¿Se ajusta el Comité Superior de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales a los Principios de París (resolución 48/134 de la Asamblea General, adjunta)?

3.¿Qué dificultades se han presentado en la ejecución de los fallos (párrafo 77 del informe del Estado Parte)? Sírvanse asimismo facilitar información sobre la labor de la Comisión establecida para garantizar el seguimiento de la ejecución de los fallos, precisar los casos litigiosos y las soluciones aportadas.

4.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para afianzar la independencia de la justicia.

GE.07-45794 (S) 181207 080108

Medidas de lucha contra el terrorismo y respeto de los derechos garantizados en el Pacto

5.Sírvanse facilitar información detallada sobre la legislación en vigor relativa a la lucha antiterrorista, y precisar la definición de terrorismo y de actos terroristas, en particular por lo que se refiere a su compatibilidad con el respeto de los derechos garantizados en el Pacto.

No discriminación e igualdad entre hombres y mujeres (artículos 3 y 26)

6.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la magnitud del fenómeno de la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar, y sobre las medidas adoptadas para resolver el problema. Sírvanse proporcionar datos estadísticos correspondientes a los últimos cinco años sobre el número de denuncias de casos de violencia contra la mujer, las investigaciones y acciones judiciales emprendidas a raíz de esas denuncias, el tipo de penas impuestas y las indemnizaciones acordadas a las víctimas o sus familiares. ¿Tiene el Estado Parte la intención de tipificar como delito la violación en el matrimonio? Sírvanse formular observaciones sobre la conformidad con las disposiciones del Pacto del artículo 218 del Código Penal, relativo a la retirada de la demanda por parte del ascendiente o del cónyuge que han sido víctimas teniendo en cuenta su conformidad con las disposiciones del Pacto.

7.Sírvanse formular observaciones sobre la compatibilidad con los artículos 3 y 26 del Pacto del artículo 58 del Código del Estatuto Personal relativo al derecho de custodia de los hijos.

Derecho a la vida (artículo 6)

8.Sírvanse indicar el número de presos condenados a muerte y por qué delitos, así como el número de condenas a muerte dictadas en rebeldía. Dado que no se ha producido ninguna ejecución desde 1991 (párrafo 142 del informe del Estado Parte), ¿tiene Túnez previsto ratificar el segundo Protocolo Facultativo del Pacto?

Prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, derecho a la libertad y la seguridad y trato de los presos (artículos 7 , 9 y 10)

9.Aunque hay nuevas leyes contra la detención y la prisión arbitrarias (párrafos 167 a 179 del informe del Estado Parte), parece que esas prácticas existen y que afectan en particular a los defensores de los derechos humanos. Sírvanse formular observaciones al respecto. Asimismo, sírvanse explicar si la legislación y la práctica del Estado Parte permiten que toda persona detenida o presa recurra ante un tribunal, a fin de que éste decida a la brevedad posible sobre la legalidad de su detención y ordene su libertad si la detención fuera ilegal de conformidad con el artículo 9 del Pacto. Sírvanse indicar asimismo si se garantiza el derecho a un abogado y en qué condiciones.

10.Pese a la promulgación de la Ley de 14 de mayo de 2001 relativa a la organización de las prisiones (párrafos 188 y 189 del informe del Estado Parte), al parecer las condiciones de encarcelamiento son preocupantes. Sírvanse facilitar información adicional sobre el resultado y el seguimiento de las investigaciones realizadas por la Comisión de investigación respecto de las condiciones de internamiento en las cárceles (párrafos 195 y ss. del informe del Estado Parte).

11.Sírvanse indicar el número de denuncias de torturas o malos tratos por funcionarios públicos y proporcionar información sobre las investigaciones, juicios, condenas e indemnizaciones a que hayan dado lugar esas denuncias. Sírvanse proporcionar más información sobre los mecanismos establecidos para examinar las denuncias de tortura o malos tratos formuladas contra los funcionarios públicos en todas las etapas de la privación de libertad. En particular, ¿en qué medida son independientes esos mecanismos? ¿Tienen acceso a las cárceles las organizaciones no gubernamentales (ONG), y en qué condiciones?

12.Al parecer, los opositores políticos y los defensores de los derechos humanos sufren hostigamiento, intimidación e incluso torturas o malos tratos por parte de funcionarios públicos. Sírvanse hacer observaciones al respecto y, en su caso, indicar las medidas adoptadas para garantizar el respeto en la práctica de las disposiciones del Pacto.

13.En el marco de la lucha contra la impunidad (párrafos 180 a 185 del informe del Estado Parte), sírvanse proporcionar datos sobre las penas impuestas en los últimos cinco años, desglosados según el delito y el grado del funcionario.

Derecho a un juicio imparcial (artículo 14)

14.¿Prohíben las leyes de Túnez el uso de declaraciones obtenidas mediante torturas o malos tratos como prueba en un juicio?

Libertad de opinión y de expresión (artículo 19)

15.Al parecer, se censura el trabajo de los periodistas pese a que la legislación tunecina garantiza la libertad de informar y de ser informado (párrs. 260 a 289). Sírvanse formular observaciones sobre esa información y, en su caso, indicar las medidas adoptadas para ajustar la práctica a las disposiciones del Pacto.

16.Parece que en Túnez se cierran regularmente algunos sitios informativos o diarios electrónicos, así como los de partidos políticos, ONG o medios de comunicación extranjeros que difunden información crítica sobre el Gobierno de Túnez y la situación de los derechos humanos en el país. Sírvanse hacer observaciones al respecto y, en su caso, indicar si esas prácticas están en conformidad con las disposiciones del Código de Comunicaciones promulgado en virtud de la Ley Nº 2001-1 de 15 de enero de 2001 y el artículo 19 del Pacto (párrafos 278 a 289 del informe del Estado Parte).

17.Sírvanse formular observaciones sobre la nueva disposición del Código Electoral, dimanante de la Ley orgánica Nº 2003-58 de 4 de agosto de 2003, que prohíbe a los ciudadanos de Túnez manifestarse en un medio audiovisual extranjero a favor o en contra de un candidato a las elecciones presidenciales durante la campaña electoral (el incumplimiento de esta prohibición se castiga con una multa de 25.000 dinares habida cuenta de su compatibilidad con el artículo 19 del Pacto).

Derecho de reunión pacífica (artículo 21)

18.Al parecer las autoridades del Estado Parte coartan la libertad de reunión de los defensores de los derechos humanos de diversas maneras, como el precinto de las oficinas de las ONG y el acordonamiento de barrios para impedir la celebración de reuniones. Sírvanse hacer observaciones al respecto y, en su caso, indicar las medidas adoptadas o previstas para garantizar el respeto de las disposiciones del artículo 21 del Pacto.

19.Sírvanse especificar los criterios que se aplican para declarar que las manifestaciones son ilegales o representan una amenaza para la seguridad pública. Sírvanse indicar también si cabe apelar ante la denegación de la solicitud de autorización para celebrar una reunión y, en caso afirmativo, de qué manera se procede. Sírvanse proporcionar datos estadísticos correspondientes a los últimos cinco años sobre el número de reuniones declaradas ilegales, el nombre de las organizaciones, los motivos de la denegación del permiso de reunión y el nombre de los organismos o autoridades que hayan intervenido en el proceso decisorio.

Libertad de asociación (artículo 22)

20.Al parecer, pese a lo dispuesto en la legislación nacional por la que se rige la inscripción de asociaciones en el registro, así como en las disposiciones del artículo 22 del Pacto, en la práctica las autoridades del Estado Parte ponen numerosas trabas (denegación del acuse de recibo por el que se confirma la declaración de constitución en asociación; falta de respuesta ante el depósito de los estatutos) para que los defensores de los derechos humanos no puedan ser reconocidos como asociaciones. Sírvanse aportar informaciones precisas sobre el número de solicitudes de inscripción de asociaciones de defensores de los derechos humanos en el registro, el plazo para obtener dicha inscripción, el número de solicitudes denegadas y los motivos alegados.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (artículo 2 7 )

21.Según parece los bereberes reivindican la protección y la promoción de su cultura y su idioma. Sírvanse explicar si se han adoptado o previsto medidas para garantizar la conservación y el desarrollo de la cultura bereber de conformidad con el artículo 27 del Pacto.

Difusión de información sobre el Pacto

22.Sírvanse facilitar información sobre la capacitación de los funcionarios públicos, en particular los jueces y los agentes de policía, sobre las disposiciones del Pacto.

23.Sírvanse señalar si el Estado Parte ha difundido información sobre el Pacto, las anteriores observaciones finales del Comité y el proceso de presentación del informe del Estado Parte. Sírvanse comunicar informaciones sobre la participación de representantes de la sociedad civil en el proceso de preparación.

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