Naciones Unidas

CCPR/C/HRV/QPR/4

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

25 de noviembre de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones previa a la presentación del cuarto informe periódico de Croacia *

A.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas en las anteriores observaciones finales del Comité (CCPR/C/HRV/CO/3). Indiquen qué procedimientos se han establecido para aplicar los dictámenes del Comité en virtud del Protocolo Facultativo y faciliten información sobre las medidas adoptadas para dar pleno cumplimiento al dictamen del Comité en Paraga c. Croacia (comunicación núm. 727/1996) y para dar a conocer mejor el Protocolo Facultativo, en particular entre las personas que consideren que los derechos humanos que les reconoce el Pacto pueden haber sido vulnerados.

2.Sírvanse informar de cualquier novedad significativa que se haya producido en el marco jurídico e institucional de promoción y protección de los derechos humanos desde la aprobación de las anteriores observaciones finales.

B.Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto, incluida la relacionada con las recomendaciones anteriores del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (art. 2)

3.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 6), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para concienciar sobre el Pacto a los jueces, abogados y fiscales. Aporten ejemplos de casos en que se hayan invocado las disposiciones del Pacto ante los tribunales nacionales.

Medidas de lucha contra la corrupción (arts. 2 y 25)

4.Sírvanse responder a las denuncias de que la corrupción, que incluye el soborno, el nepotismo, el fraude y el clientelismo, sigue estando muy extendida, e informar sobre los avances realizados en lo referente a prevenir y combatir eficazmente la corrupción, en particular por lo que respecta a la adopción de medidas eficaces para prevenir el conflicto de intereses, especialmente en el Parlamento, y enjuiciar a las personas involucradas en casos de corrupción de alto nivel (proporcionen datos actualizados).

Rendición de cuentas por violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado (arts. 2, 6, 7, 14 y 16)

5.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 11), la evaluación del Comité de la información de seguimiento proporcionada por el Estado parte (véase CCPR/C/118/2) y la información adicional de seguimiento facilitada por el Estado parte (CCPR/C/HRV/CO/3/Add.1), sírvanse:

a)Informar sobre las medidas adoptadas desde la aprobación de las observaciones finales del Comité el 31 de marzo de 2015 para acelerar el enjuiciamiento de los casos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad y para velar por que todos esos casos sean enjuiciados de manera no discriminatoria (proporcionen datos actualizados sobre el número de enjuiciamientos iniciados o concluidos desde el 31 de marzo de 2015);

b)Describir los progresos realizados en la mejora del marco jurídico para las víctimas civiles de la guerra (CCPR/C/HRV/CO/3/Add.1, párr. 6), y aclarar en qué medida la nueva legislación permite hacer frente a los obstáculos con que tropiezan las víctimas en el reconocimiento de su condición y si esta nueva legislación garantiza el derecho de las víctimas de la guerra a un recurso efectivo;

c)Proporcionar información específica actualizada desde el 1 de abril de 2015 sobre el número de reclamaciones registradas y el número real de personas que se han beneficiado de medidas de reparación en virtud de la Ley de Derechos de los Veteranos de la Guerra Civil de Croacia y sus Familiares, la Ley de Protección de los Inválidos Militares y Civiles de Guerra y la Ley de Derechos de las Víctimas de Violencia Sexual con Ocasión de la Agresión Armada contra la República de Croacia durante la Guerra Civil, así como sobre el tipo de reparaciones concedidas, incluida información sobre el alojamiento ofrecido y la construcción de edificios de viviendas destinados a las víctimas de crímenes de guerra.

6.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 12), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas y los avances logrados en lo referente a esclarecer la suerte y el paradero de las personas que desaparecieron durante la guerra, velar por que las víctimas y sus familiares sean informados periódicamente de los progresos y los resultados de las investigaciones, llevar a los autores de esos actos ante la justicia y proporcionar una reparación integral a las víctimas. Informen sobre el estado de la Ley de Personas Desaparecidas Durante la Guerra Civil, y aclaren si la desaparición forzada se ha tipificado efectivamente como delito de conformidad con las normas internacionales.

No discriminación, derechos de las minorías y prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso (arts. 2, 20, 26 y 27)

7.En relación con las anteriores observaciones finales (párrs. 21 y 22), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para combatir eficazmente la discriminación contra las minorías étnicas, en particular los serbios y los romaníes. Describan los progresos logrados en lo referente a: a) hacer frente a las tasas de abandono escolar y garantizar la educación inclusiva de los niños romaníes; b) garantizar el acceso efectivo de los romaníes al empleo, la vivienda y la atención sanitaria; y c) regularizar la condición jurídica de los romaníes que residen en el territorio. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para aplicar plenamente el derecho al uso en pie de igualdad de los idiomas y alfabetos de las minorías, en particular el alfabeto cirílico en la ciudad de Vukovar y otros municipios a los que atañe esta cuestión.

8.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 10), sírvanse describir las medidas adoptadas en respuesta a las informaciones sobre casos de discriminación y prejuicios contra las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero, incluida la discriminación en el empleo.

9.En relación con las anteriores observaciones finales (párrs. 9 y 10), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente de manera eficaz a: a) el auge del revisionismo histórico en forma de negación del Holocausto y glorificación del régimen fascista de la Ustacha; b) las continuas denuncias de intolerancia étnica, de discurso de odio y retórica racistas y antisemitas —en particular en el discurso político, en los medios de comunicación y en Internet— y de violencia motivada por el odio contra los serbios, los romaníes y los judíos; c) las pintadas racistas o incendiarias de símbolos y lemas nazis y de la Ustacha frecuentemente dirigidas a la minoría serbia; y d) el discurso de odio y los delitos motivados por prejuicios en razón de la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Respondan a las preocupaciones que suscita el hecho de que el Estado parte no condene suficientemente esas infracciones ni las investigue o castigue debidamente, y de que, al parecer, los delitos de discurso de odio y de violencia motivada por el odio se enjuicien principalmente como delitos menores y rara vez se apliquen en la práctica las disposiciones que consideran circunstancia agravante el hecho que esos actos estén motivados por el odio. Faciliten estadísticas desde 2015 sobre el número de delitos de odio denunciados, así como de investigaciones y enjuiciamientos, y sobre su resultado. Aclaren si la incitación a la discriminación está tipificada como delito y proporcionen información sobre las decisiones jurisprudenciales pertinentes.

Igualdad entre hombres y mujeres (arts. 2, 3 y 25)

10.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 14), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para combatir eficazmente los estereotipos de género arraigados, en particular en el material educativo. Formulen observaciones sobre los efectos de las cuotas de género y la ejecución, al parecer insuficiente, de las multas pecuniarias impuestas por incumplirlas tras las elecciones locales de 2017. Informen de las medidas adoptadas y los avances logrados en relación con la representación equitativa de las mujeres: a) en la vida política y pública, especialmente en los puestos decisorios y en el Parlamento; y b) en el sector privado, especialmente en los puestos decisorios.

Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica y sexual (arts. 2, 3, 6, 7 y 26)

11.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 15), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para responder a las denuncias de violencia contra la mujer, lo que incluye el femicidio, la violencia doméstica y la violación, así como sobre las disposiciones tomadas para: a) garantizar la eficacia de las medidas de prevención y la pronta detección de este tipo de violencia; b) alentar las víctimas a presentar denuncias; c) tratar la cuestión de la supuesta levedad de las penas que se imponen a los autores; y d) garantizar la disponibilidad de albergues en todos los condados, así como de fondos suficientes para todos los servicios de apoyo a las víctimas, incluidos albergues y centros de asesoramiento para las víctimas de violencia doméstica. Faciliten información sobre los efectos de las medidas adoptadas y sobre los avances logrados en lo referente a garantizar una protección jurídica adecuada contra la violencia en las relaciones de pareja.

Interrupción del embarazo y derechos reproductivos (arts. 2, 3, 6 y 7)

12.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente a: los obstáculos que impiden el acceso efectivo de las mujeres y las niñas al aborto legal y no peligroso, incluidos los obstáculos económicos; la negativa del personal médico a prestar asistencia en casos de aborto por motivos de conciencia o religión, incluidos los casos en que las instituciones se hayan negado a prestar este tipo de asistencia; y la insuficiencia de personal médico capacitado dispuesto a prestar servicios de aborto y el limitado ámbito geográfico que abarca este personal. Proporcionen información sobre la situación y el contenido del proyecto de ley relativo al aborto y sobre su compatibilidad con el Pacto, aclarando, entre otras cosas, si elimina todos los obstáculos al acceso efectivo a abortos legales y no peligrosos. Sírvanse responder a las preocupaciones que suscita el hecho de que la falta de acceso a servicios de salud materna de calidad para las mujeres que viven en zonas rurales o fuera de los centros urbanos y para las mujeres migrantes indocumentadas y los factores que dificultan el acceso de las mujeres migrantes indocumentadas a servicios de salud materna asequibles expongan a estas mujeres a un mayor riesgo de mortalidad y morbilidad maternas. Sírvanse también responder a la información de violaciones de los derechos de la mujer en entornos de atención de la salud reproductiva, que incluyen la no obtención del consentimiento pleno e informado para las intervenciones médicas, la denegación de acceso a tratamientos analgésicos, y malos tratos emocionales y verbales y humillaciones.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y trato dispensado a las personas privadas de libertad (arts. 7 y 10)

13.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 19), sírvanse informar sobre los progresos realizados en lo referente a: a) resolver el hacinamiento y cumplir las normas relativas al espacio mínimo vital en los calabozos de las comisarías y en las cárceles; b) velar por que todas las celdas de detención en las comisarías dispongan de una iluminación y una ventilación adecuadas y de colchones y ropa de cama suficientes; c) seguir mejorando las condiciones materiales de reclusión, en particular en las cárceles de los condados de Osijek, Split y Zagreb; d) prevenir la violencia entre reclusos; y e) velar por que se preste a los reclusos una atención de la salud adecuada y reducir la escasez de personal médico, en particular en las cárceles del estado y el condado de Požega y del condado de Pula.

Trata de personas (art. 8)

14.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 17), sírvanse responder a las informaciones sobre casos de trata de personas con fines de delincuencia forzada, explotación sexual y trabajo forzoso en el sector agrícola, e informar sobre las medidas adoptadas para: a) detectar eficazmente a los grupos en situación de vulnerabilidad, como los solicitantes de asilo, los refugiados, los migrantes y los romaníes; b) alentar a las víctimas de la trata a cooperar en las investigaciones; y c) garantizar que se investigue, enjuicie y condene a los responsables de la trata, abordar el problema de la levedad de las penas impuestas por los jueces y formar a los jueces sobre la gravedad de la trata. Proporcionen estadísticas desde 2015 sobre el número de casos de trata registrados, de investigaciones y procesos judiciales iniciados y de condenas dictadas, así como sobre las sanciones impuestas a los autores y la reparación concedida a las víctimas.

Refugiados, solicitantes de asilo, repatriados y desplazados internos (arts. 7, 13, 14, 17 y 24, párr. 3)

15.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 13), la evaluación del Comité de la información de seguimiento proporcionada por el Estado parte (véase CCPR/C/118/2) y la información adicional de seguimiento facilitada por el Estado parte (CCPR/C/HRV/CO/3/Add.1), sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas en favor del reasentamiento y el regreso de los refugiados, repatriados y desplazados internos, entre otras cosas en lo que respecta a la búsqueda de alojamiento adecuado para los repatriados y los antiguos titulares de derechos de arrendamiento, desde la aprobación de las observaciones finales en marzo de 2015, así como sobre la finalización de los proyectos de construcción.

16.Sírvanse proporcionar información sobre las salvaguardias que protegen adecuadamente contra la devolución y sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso efectivo de todos los solicitantes de asilo al territorio del Estado parte y a procedimientos de asilo justos. Respondan a las denuncias según las cuales: a) se deniega el acceso al territorio del Estado parte y a procedimientos de asilo a las personas procedentes de Bosnia y Herzegovina y de Serbia que entran irregularmente, y se devuelve a esas personas sin que antes se evalúen sus reclamaciones y necesidades; y b) la policía hace un uso excesivo de la fuerza en la frontera con Serbia y la policía de fronteras devuelve violentamente a los migrantes y solicitantes de asilo al territorio de Bosnia y Herzegovina, y las autoridades se niegan a investigar dichas denuncias. En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 8), sírvanse informar sobre los progresos realizados en relación con el problema de la apatridia y la regularización de la situación de los apátridas, incluidos los romaníes, y aclarar, entre otras cosas, si se ha previsto establecer un procedimiento de determinación de la apatridia específico para identificar a los apátridas y regularizar su situación.

Administración de justicia y juicio imparcial (art. 14)

17.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas y los avances logrados en lo referente a ofrecer salvaguardias adecuadas contra la influencia política en el procedimiento de selección, nombramiento y renovación de mandato del Presidente del Tribunal Supremo, mejorar la eficiencia del sistema judicial y reducir el número considerable de casos pendientes, en particular de casos civiles y mercantiles. En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 18), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la insuficiencia de recursos asignados al sistema de asistencia jurídica gratuita, en particular la asistencia jurídica primaria, a los retrasos o interrupciones en la prestación de asistencia jurídica por culpa de los reglamentos relativos a las licitaciones para financiar proyectos de proveedores de asistencia jurídica y a los consiguientes retrasos en la concesión de los fondos, así como sobre los esfuerzos destinados a informar adecuadamente a las personas en situación de vulnerabilidad sobre la asistencia jurídica gratuita.

Libertad de conciencia y de creencias religiosas (arts. 2, 18 y 26)

18.Sírvanse responder a las denuncias de casos de hostigamiento de miembros de la comunidad ortodoxa serbia y de vandalismo contra sus iglesias, e indicar las medidas adoptadas para identificar y enjuiciar a los autores de esos actos y cuál ha sido el resultado. Describan las medidas adoptadas respecto de la restitución de los bienes de las comunidades de la Iglesia Ortodoxa Serbia y la Coordinación de las Comunidades Judías. Formulen observaciones sobre las denuncias de que algunas instituciones de salud pública se han negado a operar a testigos de Jehová que no aceptaron transfusiones sanguíneas por motivos religiosos.

Libertad de expresión (art. 19)

19.En relación con las anteriores observaciones finales (párr. 23), la evaluación del Comité de la información de seguimiento proporcionada por el Estado parte (véase CCPR/C/121/2) y la información adicional de seguimiento facilitada por el Estado parte (CCPR/C/HRV/CO/3/Add.1), sírvanse responder a las continuas denuncias según las cuales los periodistas son objeto de hostigamiento, intimidación, amenazas de muerte y discurso de odio, también en línea, y no se han adoptado medidas suficientes para investigar esos actos y hacer comparecer a los responsables ante la justicia (proporcionen estadísticas actualizadas desde 2017). Aclaren si el Estado parte está considerando la posibilidad de volver a examinar la cuestión de la despenalización de la difamación, así como del insulto y el descrédito, y respondan a las preocupaciones que suscitan la práctica habitual de demandar a periodistas y a medios de comunicación por violaciones contra el honor y la reputación y las sanciones pecuniarias desproporcionadas que se imponen, que dan lugar a la autocensura y tienen un efecto disuasivo para el ejercicio de la libertad de expresión.

20.Sírvanse formular observaciones sobre la supuesta influencia política ejercida sobre la emisora de televisión nacional Hrvatska radiotelevizija, en particular la injerencia del Estado en su política editorial, e informar de las medidas adoptadas para garantizar su independencia. Informen sobre las medidas adoptadas para velar por la disponibilidad de fondos suficientes para la aplicación efectiva de la Ley de Protección de Denunciantes de Irregularidades.

Participación en los asuntos públicos (art. 25)

21.Sírvanse informar sobre los progresos realizados respecto del aumento de la participación de las personas que pertenecen a minorías nacionales en la gestión de los asuntos públicos y de su representación en la función pública, por ejemplo en las fuerzas del orden y el poder judicial, y describir las medidas concretas adoptadas o previstas —incluidas las medidas especiales de carácter temporal— para que las minorías nacionales estén debidamente representadas en todos los niveles de la función pública.

22.Sírvanse aclarar si la legislación permite que candidatos independientes se presenten a las elecciones individualmente, en vez de en una lista con otros candidatos. Indiquen si sigue siendo necesario disponer de un documento de identificación válido para poder figurar en la lista de electores en una mesa de votación.