Nro.

Causa

Mes/ Año

Carátula

Hecho Punible

Denuncian te

Víctimas

Denunciado/ Imputados

Recluidos

Situación Procesal

1

9426

09/11/ 05,

Hernán López

y otro s/

tortura

Tortura

Deolinda Bogarín

Juan Acosta Bogarín

En fecha 8/02/2008

Hernán López Vera

y Pedro Antonio

Aquino Pereira

No

IMPUTADO

2

5504

08/08/ 06

*

Agente

Policial de la

Comisaría 3.ª

s/tortura

Tortura

Osear Zayas Maríni

Osear Zayas Marini

Persona Innominada

No

Investigación

3

6116

04/09/ 06

Persona

Innominada s/

tortura

Tortura

Hermelin

da

Viveros

de Zarza

Marcos Chamorro

Persona Innominada

No

Investigación

4

■,'

7282

18/10/ 07

Juan Carlos

Bedoya y

otros s/ tortura

Tortura

Demetria Zarza

Juan Ramón Zarza

Juan Carlos

Bedoya; Victor

Benítez; Raúl

Aquino

No

Investigación

INFORME DEL 31 DE OCTUBRE DE 2005 HASTA ENERO DE 2008 - Agente Fiscal Juan de Rosa Ávalos.

Año:2005

CAUSA N.ºN.º

FECHA DE ENTRADA

HECHO PUNIBLE

IMPUTADO O DENUNCIADO

DENUNCIANTE

VICTIMA

ESTADO DE LA CAUSA

9417

11/11/2005

Lesión Corporal en las Func. Públicas

Comisaria 5 a Melrop.

Celsa Soto Romero

Joao Gilva Cuevas

Investigación

9619

16/11/2005

Lesión Corporal en las Func. Públicas

Comisaria 13 Metrop.

Mirian Beatriz Almada

Ignacio Escobar ferreira

Investigación

9921

29/11/2005

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Comisaria 7 a Metrop.

Bernardo lópez

Bernardo lópez

Investigacion

10035

01/12/2005

A determinar

Personas Innominadas

Personas Innominadas

Personas Innominadas

Investigación

10246

10/12/2005

A determinar

Personas Innominadas

Mirian Graciela Amarilla

Nelson Medina

Investigacion

10266

28/12/2005

A determinar'

Carlos Ortiz Barrios

Cinéfila Pérez Toranzos

Cinthia Pérez Toranzos

Desestimado

8366

Lesión Corporal en las func. Publicas.

Ofic. Manuel Llamas

Diego Garcia Armoa

Dieqo García Armoa

Investigacion

10430

16/12/2005

Tortura

Comisaria de Itaugua

Dario Fariña y otros

Dario Fariña y otros

Investigación

10429

16/12/2005

A determinar

Personas innominadas

Personas Innominadas

Personas Innoircnacas

Archivado

Año: 2006

CAUSA N.ºN.º

FECHA DE ENTRADA

HECHO PUNIBLE

IMPUTADO O DENUNCIADO

DENUNCIANTE

VICTIMA

ESTADO DE LA CAUSA

498

24/01/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Agentes del Sistema 911

Teresa Insfrán

Jorge Valiente y otros

Archivado

571

26/01/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Agentes del Sistema 911

Carlos Medina Caballero

Félix Caballero y otros

Investigación

1771

15/03/2006

Tortura

Aqentes de! Sistema 911

Pedro Aval os

Pedro Avalos

Imputados

2032

17/03/2006

Lesión Corporal en las Func.

Publicas.

Ofic. Marcos Giménez

Nilza Noemi Nuñez Rolón

Nilza Noemi Nuñez Rolón

Desestimado

2291

03/04/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Comisaria 1a San Lorenzo

Nancy Elena Silva

Milciades Gauto Romero

Investigación

3202

10/05/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Personas innominadas

Osear Ricardo Zayas

Osear Ricardo Zayas

Archivado

3130

08/05/2006

Tortura

Brigada San Lorenzo

Teófilo Guerrero

Teófilo Guerrero

Investigación

3900

06/06/2006

Persecución de inocentes

Comisaria 143 Metrop.

Gustavo Silvestre Sanabria

Gustavo Silvestre Sanabria

Archivado

3938

07/06/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Antonio Gamarra y otros

Valdomera Urbieta

Valdomera Urbieta y otros

Investigación

6599

22/09/2006

Tortura

Sergio Eduardo González

Derlis Céspedes

José Amarilla y otros

Investigación

6656

25/09/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Oficiaies Com. 9a Metrop.

Aqustín Cabanas Escobar

José Cabanas León

Archivado

6790

28/09/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Sergio Ramírez

César Auqusto Baez

Cesar Auqusto Baez

Investigación

6813

Lesión Corporal en las Func.

Luis Alfredo Sosa Blanco

Edgar Villalba Riquelme

Juan Milciades Marino A.

Investigación

7476

26/10/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Agentes del Sistema 911

Antoliano Aquino

Marcelino Recalde Aranda

Investigación

7530

01/11/2006

Privación de Libertad y otros

Comisaria 2a Fernando de la M

José Eduardo Vieira Zarate

José Eduardo Vieira Zarate

Investigación

8357

27/11/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Comisaria 21 Metrop. Y otros

Selva Stcheverry

Carlos Estigarribia y otros

Investigación

8452

30/11/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Personas Innominadas

Fiscal Juan Avalos

Personas Innominadas

Archivado

8424

29/11/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Personas Innominadas

Maria Estela Cáceres

Víctor Alderete y otros

Archivado

9135

27/12/2006

Lesión Corporal en las Func. Publicas.

Alberto Buenaventura Cantero

Melanio Medina

Candido Aquino y otros

Investigación

Año: 2007

CAUSA N.ºN.º

FECHA DE ENTRADA

HECHO PUNIBLE

IMPUTADO O DENUNCIADO

DENUNCIANTE

VICTIMA

ESTADO DE LA CAUSA

220

10/01/2007

A determinar

F.F.A.A

Clara Rolón

Victor Coronel de otros

Archivado

2762

27/03/2007

Tortura

Comisaria de Posta Yby Cuá

Cesar Baez

Eduardo Vera

Investigación

3749

24/05/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 7.a Ñemby

Roberto Presentado

Roberto Presentado

Investigación

5164

26/07/2007

Persecución de inocentes

Juan Pedro Shaerer y otros

Pastora Arrióla

Pastora Arrióla

Desestimado

5201

27/07/2007

A determinar

Comisaria 6.a Metrop.

Raúl Casanello

Raúl Casanello

Investigación

6469

18/09/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 4.a Villa Hayes

Fiscal Ysaac Ferreira

Vicente Gaona y otros

Investigación

6563

21/09/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 5.a Metrop.

Susana Zarza

Susana Zarza

Investigación

7479

29/10/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Personas Innominadas

Camilo Torres

Jorge David Benitez

Investigación

7577

30/10/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Gustavo Achar

Fiscal Juan Avalos

Carlos Pereira Duarte

Investigación

8177

26/11/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 7.a Metrop.

Francisca Esquivel Benitez.

David Daniel esquivel

Investigación

8775

22/12/2007

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 1.a Metrop.

Juan Bautista Saldivar

Juan Bautista saldivar

Investigación

8899

28/12/2007

Desaparición Forzosa

Personas Innominadas

Verdad y Justicia

Personas Innominadas

Investigación

Año:2008

CAUSA N.ºN.º

FECHA DE ENTRADA

HECHO PUNIBLE

IMPUTADO O DENUNCIADO

DENUNCIANTE

VICTIMA

ESTADO DE LA CAUSA

480

23/01/2008

Lesión Corporal en la Func. Publica.

Comisaria 9.a y 21.a Metrop

Rodolfo Ramón Bordoy R.

Rodolfo Ramón Bordoy R.

Investigación

Párrafo 17. El Comité lamenta la falta de criterios objetivos en relación al nombramiento y destitución de jueces, incluidos los de la Corte Suprema, lo que puede menoscabar la independencia judicial. (Artículo 14 del Pacto).

El Estado Parte debe adoptar medidas efectivas para asegurar la independencia judicial

Cabe destacar en primer término, que dentro de la estructura de selección de Magistrados se encuentra la Corte Suprema de Justicia, donde finaliza todo el proceso de selección de los Miembros de Tribunales y Juzgados con nombramiento propiamente dicho, con excepción de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia y los Miembros del Tribunal de Justicia Electoral (nombrados por la Cámara de Senadores con acuerdo del Poder Ejecutivo), el Fiscal General del Estado (nombrado por el Poder Ejecutivo con el acuerdo de la Cámara de Senadores), En cuanto a las funciones que compete netamente a Consejo de la Magistratura de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional y las Leyes, y los avances registrados referente a sus, labores, se destaca cuanto sigue:

Desde su creación, en la Constituyente de 1992 el Consejo de la Magistratura que es el órgano encargado de la selección de postulantes a ejercer cargos dentro de la Magistratura Judicial ha evolucionado de manera paulatina. En sus inicios, fiel a lo preceptuado en la Constitución Nacional, la Ley 296/94 y su Reg1amento Interno, la selección se basamentó en la idoneidad, considerando los méritos y aptitudes de cada postulante. Evidentemente, transparentar dicha selección ha sido la tarea y el compromiso del Consejo hasta hoy día. El mecanismo inicial de selección, que se materializaba con el análisis de los currículos y posterior elevación de las ternas correspondientes, a la Corte Suprema de Justicia o la Cámara de Senadores (dependiendo del caso), no proporcionaba la transparencia y publicidad en cuanto al criterio de los Miembros del Consejo para el estudio de las carpetas de los postulantes.

Asimismo, con la elaboración y puesta en vigencia (Acta N.º 804, del 13 de septiembre de 2004), de un Reglamento que Establece el Criterio de Selección y Exámenes para Candidatos a los Cargos de la Magistratura a través de la Escuela Judicial, se ha conseguido transparentar aún más y dar asimismo gran publicidad al criterio de selección. Este Reglamento establece métodos de puntuación de los perfiles de cada candidato, además de un examen de conocimiento general y específicos que mide, como su nombre lo dice, el nivel de conocimiento generales en el área en que se postula el interesado. No menos importante es el Test psicotécnico y vocacional, que el Reglamento lo contempla pero aún no se lo ha puesto en práctica por cuestiones presupuestarias.

El Test psicotécnico y vocacional tiene como objetivo medir la personalidad, rasgos emocionales, nivel de tolerancia, frustración, la inteligencia general específica y lógica, el razonamiento y la vocación para el cargo vacante al cual se encuentra concursando y de acuerdo a los perfiles especiales que se establezcan.

Así mismo, y a los efectos de ejecutar un proceso de selección más eficiente y transparente, el Consejo de la Magistratura ha suscripto un acuerdo con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) quien considera al Consejo como la Institución en el proceso de reforma judicial. La asistencia que fue implementada ya en abril del año 2005, incluye: a) el análisis del marco jurídico vigente para la selección de magistrados; 2) la implementación de un registro electrónico de candidatos a magistrados y la reglamentación necesaria para desarrollar, implementar y mantener dicho registro. Con este registro el Consejo de la Magistratura buscará mejorar gestiones, ejecutar procesos más eficientes, disminuir los tiempos de respuestas, el ahorro de tiempo y recursos, y al mismo tiempo la confiabilidad y seguridad, proveyendo información con gran facilidad y exactitud sobre las ternas en proceso de selección.

La capacitación de los profesionales abogados y magistrados es una prioridad para los Sistemas Judiciales por considerar que en la medida en que ellos estén mejor preparados estarán en condiciones de responder óptimamente en su desempeño a la sociedad, por este motivo es que se crea la Escuela Judicial (Ley 1376/98), que un órgano dependiente del Consejo de la Magistratura y tiene por finalidad impartir enseñanza jurídica especializada, para contribuir al mejoramiento de la administración de justicia. La realización del curso de la Escuela Judicial y las buenas calificaciones obtenidas en ella, será un elemento de valoración para los postulantes a cargos del Ministerio de Primera Defensa Pública y el Ministerio Público.

La independencia del Poder Judicial es un compromiso en el cual el Consejo de la Magistratura se encuentra abocado para que la misma no sea solamente un ideal, sino una realidad en pos del bienestar de la sociedad.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados es un órgano extra-poder de rango constitucional, independiente de los poderes del Estado, con competencia exclusiva y excluyente para el juzgamiento y remoción de los magistrados y agentes fiscales, por la comisión de delitos y mal desempeño de sus funciones, siendo su fin último proteger los intereses públicos contra el abuso del poder jurisdiccional; es decir, no tiene como objeto la sanción individual de los enjuiciados, sino la tutela de los intereses jurídicos confiados a aquellos por la sociedad. En suma, aplica un control sobre quienes ejercen un poder jurisdiccional y en ese carácter, aplica las normas pertinentes para garantizar los derechos de los ciudadanos y asimismo, dar garantía de un debido proceso en un juicio de responsabilidad a 1os magistrados y agentes fiscales.

En este sentido, en el periodo transcurrido desde el 31 de octubre de 2005 al 9 de octubre del 2006 año, se han dictado 33 sentencias definitivas de las cuales 26 han sido de absolución, cinco de remoción y dos de cancelación. Igualmente, fueron impulsados de oficio, de conformidad a la facultad que otorga a éste Jurado el artículo 16 de la Ley N.º 1084/97 y su modificatoria Ley N.ºN.º 1752/01. Igualmente, 17 enjuiciamientos y fueron rechazadas in limine 27 presentaciones; resoluciones que han sido dictadas siempre siguiendo la prolífica y pacífica jurisprudencia sentada por este órgano.

Asimismo, al ser modificada la Ley N.ºN.º 131 del año 1993 por las Leyes N.ºN.º 1084 del año 1997 y 1752 del año 2001, normativas que regulan el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de Magistrados fueron ofrecidas mayores ventajas y garantías a las partes en la tramitación del juicio de responsabilidad a magistrados judiciales e integrantes del Ministerio Público, otorgando al Jurado una mayor eficiencia en el cumplimiento de su labor constitucional. Sin embargo, se han observado algunas omisiones importantes en su estructura técnica y legislativa, las que necesariamente deben ser enmendadas en busca de una mayor eficiencia en la realización de su rol como Institución extra poder, sin que ello signifique, en forma alguna, la violación del principio constitucional del debido proceso. Al respecto, fue presentado el 9/12:04, ante la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de reforma de las referidas 1eyes.

Acompaña a este oficio el listado de expedientes en los cuales, desde el 31 de octubre de 2005 al 9 de octubre de 2006, recayeran las Sentencias Definitivas y los Autos Interlocutorios más arriba mencionadas.

Párrafo 21. El Comité nota que, a pesar de existir cierto progreso normativo e institucional, el trabajo infantil persiste, así como la situación de un elevado número de niños de la calle. (Artículo 8 y 24)

El Estado Parte debe adoptar medidas para asegurar el respecto de los derechos del niño, incluyendo medidas urgentes para erradicar el trabajo infantil.

En relación al cumplimiento de la Recomendación del Comité de Derechos Humanos, órgano supervisor del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Paraguay luego de la adopción de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) N.º 138, sobre la edad mínima de admisión al empleo, y N.º 182 sobre la prohibicion de las peores formas de trabajo infantil y la accion inmediata para su eliminacion, ha desarrollado una serie de actividades tendientes a la disminución del trabajo infantil procurando su eliminación.

En el año 2005, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N.º 4951 que establece el listado de Trabajo Infantil Peligroso y prohíbe su ejecución para los menores de 18 años (artículo 3). El artículo 2, numeral 2 de dicho Decreto, dispone taxativamente como uno de los trabajos prohibidos, el trabajo en la vía pública y el trabajo ambulante que genera riesgos de accidentes de transito, problemas respiratorios, neurológicos y de piel debido a la polución ambiental y a la radiación solar, riesgo de abuso psicológico y sexual, estrés, fatiga, trastornos psicosomáticos, baja autoestima, dificultades de socialización, comportamiento agresivo y antisocial, depresión, drogadicción, embarazo precoz y otros.

Por otra parte, La Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Trabajo de los y las Adolescentes (CONAETI), órgano cuatripartito presidido por el Ministerio de Justicia y Trabajo e integrado por representantes del Gobierno ha desarrollado con el apoyo del Programa IPEC de la OIT, un plan de actividades para el año 2006, que incluye:

La elaboración y aprobación del Registro del Adolescente Trabajador;

Realización de 7 talleres a un total de 80 Consejeros/as de las Consejerías Municipales por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI), a realizarse en las ciudades de Asunción, Caacupé, Concepción, Coronel Oviedo, Carapeguá. Encarnaci6n y Ciudad del Este;

Realización de talleres con los 65 inspectores de trabajo, higiene y seguridad ocupacional, y del sector del transporte público de pasajeros, dependientes todos del Ministerio de Justicia y Trabajo acerca del Sistema Nacional de Protección y Promoción de la Niñez y Adolescencia, las Peores Formas del Trabajo Infantil, el Registro del Adolescente Trabajador/a y el sistema de inspección;

Realización de un taller para Adolescentes y ONG vinculadas al tema infancia;

Impresión de 25000 ejemplares del Registro del Adolescente trabajador/a, para su distribución en las CODENIS de las Municipalidades de todo el país;

Impresión de 7.000 trípticos sobre las peores formas de trabajo infantil;

Diseño de 1 díptico sobre el trabajo Adolescente protegido e impresión de 7.000 ejemplares para difusión;

Realizar dos desayunos de trabajo con representantes de los gremios empresariales y centrales de trabajadores respectivamente, para difundir el tema y sensibilizar sobre su implementación.

Asimismo el Ministerio de Justicia y Trabajo y la Secretaria Nacional de la Niñez y la Adolescencia, vienen realizando actividades en forma conjunta para atender el tema del trabajo infantil. Por su parte en el seno del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, presidido por la Ministra de la Niñez y la Adolescencia, se abordan permanentemente temas que se refieren al trabajo infantil y la forma en que las políticas públicas inciden sobre los mismos.

Luego de una reunión mantenida este año por el Ministerio de Justicia y Trabajo con las máximas autoridades del ministerio de la Defensa Pública, dependiente del Poder Judicial, han establecido un camino a seguir para los adolescentes que necesitan litigar con representación de un Defensor Público, en caso que el mismo carezca de padres, lo cual le da a los mismos la alternativa de realizar su reclamo judicial en caso de que sus derechos laborales no sean cumplidos y/o respetados.

Informe de avance trabajo infantil - niñez en situación de calle

En cuanto al marco normativo y avances logrados, pueden citarse los siguientes antecedentes legislativos:

El Decreto N.º 4907 del 10/3/2005 por el cual se creó el Comité Nacional para la Protección Integral de la Niñez en Situación de Calle (CONASICA);

Decreto N.ºN.º 4951 del 22/3/2005 por el cual se reglamentó la Ley N.° 1657/2001 y se aprobó el “Listado de trabajo infantil peligroso”;

Decreto N.º 2645 del 08/6/2004 por el cual se aprueba el Plan Nacional de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo de los adolescentes.

El Gobierno Nacional, por Decreto N.º 2616/04, declaró de interés nacional las actividades conmemorativas del Día Mundial del Trabajo Infantil convocando a la ciudadanía a la reflexión y al compromiso de prevenir y eliminar progresivamente el trabajo infantil en el Paraguay. A este fin, el Ministerio de Educación y Cultura por Resolución N.º 3.631, incorporó dicha fecha (12 de Junio) instruyendo a las instituciones educativas la realización de actos destinados a lograrlo;

La promulgación de la ley 1980/02 de Primer Empleo cuyo objeto es establecer normas para regular, incentivar y fomentar el empleo juvenil, concerniente a la prestación subordinada y retribuida de la actividad laboral;

En su calidad de miembro de CONAETI, la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia colaboró activamente en la formulación de las constancias del Registro del Adolescente Trabajador en cumplimiento de los preceptos establecidos en la Ley 1680/2001, artículos 55 a 57;

Por Resolución N.º 701 de fecha 03/10/2006, el Ministerio de Justicia y Trabajo aprobó los “formatos y diseños para el registro especial del/a adolescente trabajador/a” y dispuso la utilización obligatoria de los mismos a cargo de las CODENIS y el control respectivo, ejercido por el Ministerio de Justicia y Trabajo.

Para la correcta utilización de los formularios arriba mencionados, se están realizando JORNADAS DE CAPACITACIÓN con los consejeros/as de las CODENIS a partir de esta fecha y hasta el día 02 de noviembre de 2006 en diferentes Departamentos del país (Concepción, Cordillera, Central, Alto Paraná, Ka'aguasu, Paraguari e Itapúa).

La Coordinadora de Centrales Sindicales del Paraguay, (CUT - CNT - CUT -A - CGT y CPT) concienciada de la problemática del Trabajo infantil y del derecho de los niños/as a disfrutar plenamente de su niñez ha promovido también una campaña para reducir la tolerancia al trabajo de menores de 14 años.

Cabe mencionar las siguientes accionescciones específicas.

Comité Nacional para la Protección de la Niñez y Adolescencia en Situación de Calle

El Comité Nacional para la Protección de la Niñez y Adolescencia en Situación de Calle (CONASICA) está conformado por Decreto Presidencial N.º 4907 del 10 de marzo de 2005. Este grupo de trabajo está conformado por ONGs. La finalidad es la reinserción social de niños en situación de calle y sus familias; el propósito, brindar atención integral a la niñez en situación de calle para la restitución de sus derechos. En el marco de CONASICA se han creado 5 Sub Comisiones que establecieron un plan de trabajo en los siguientes ejes:

Abordaje (en calle);

Hogares de Abrigo;

Plan Nacional de Acción;

Fortalecimiento Familiar;

Prevención de la Callejización.

El Comité está presidido por la Secretaría Nacional de la Niñez e integrado por las instituciones que se citan a continuación:

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social;

Ministerio de Educación y Cultura;

Ministerio del Interior;

Ministerio de Hacienda;

Secretaría de la Mujer;

Secretaría de Acción Social;

Secretaría Técnica de Planificación;

Secretaría Nacional Antidrogas;

Secretaría Nacional de Deportes;

Consejo Departamental de la Niñez y la Adolescencia correspondiente a las ciudades que presentan niños y niñas en situación de calle;

Tres organizaciones no gubernamentales (ONG) de reconocida actuación, elegidas por consenso entre las propias ONGs;

Cámara de Industria;

Cámara de Comercio.

Posteriormente, por Decreto N.º 5988 de fecha 20 de julio de 2005, se modificó parcialmente el Decreto anterior, agregándose como integrantes a las siguientes instituciones:

Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (DIBEN);

La Red Paraguaya para el Desarrollo Humano (REPADEH);

Gobierno Municipales.

Análisis y articulación de programas entre todas las instituciones que componen el CONASICA

El CONASICA actúa en los siguientes ejes principales:

Focalización geográfica y zonificación grupo meta;

Mapeo, tipificación y empadronamiento (ficha de niños/as y familias);

Elaboración del plan de acción (comité focalizado). El Comité está autorizado por el mismo decreto a elaborar sus planes de acción y dictar su reglamento interno.

Atención y rehabilitación de niños según derechos vulnerados con y sin vínculos familiares

Reinserción familiar y comunitaria para niños y niñas con vínculos familiares.

Monitoreo y protección en las calles.

El Programa esta dividido en cuatro componentes cuyos resultados esperados son los siguientes:

Componente 1: Articulación Interinstitucional La problemática de Niñez en situación de calle se instala como tema transversal en las instituciones que componen el Comité Focalizado.

Componente 2: Inserción Efectiva Niños/as beneficiarios/as del Proyecto participan de un sistema de abordaje integral para la restitución de derechos vulnerados a partir del fenómeno de callejización.

Componente 3: Fortalecimiento familiar y comunitario para la protección integral de la niñez

Las familias cuentan con apoyo bio-psicosocial para fortalecer los vínculos;

Las familias cuentan con asistencia material (bonos solidarios) con exigencia de corresponsabilidad;

Las familias reciben capacitación laboral que les permitan generar ingresos;

Inversiones Sociales en municipios y comunidades expulsoras. (Espacios recreativos, guarderías, centros comunitarios, comedores, etc).

Componente 4: Monitoreo y evaluación Todos los componentes del proyecto son monitoreados y evaluados lo cual permite actuar a lo largo del proyecto.

Desde la creación del CONASICA, las distintas instituciones integrantes de este comité, en consideración a la necesidad de articular esfuerzos para brindar atención integral a la Niñez en Situación de calle, pusieron en marcha los siguientes programas:

Programa de Atención Integral a niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad en las calles de Asunción (PRAINA) de la Red Paraguaya para el Desarrollo Humano (REPADEH)

Este programa tiene como objetivo general la atención integral a niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad en las calles de Asunción, con la finalidad de brindarles hogares transitorios con servicios de alimentación, salud, educación, orientación psicológica, recreación y capacitación para el trabajo, e iniciar con ellos un proceso de reinserción familiar, comunitaria y social.

El programa está diseñado para brindar atención a un total de 300 niños, niñas y adolescentes de 0 a 17 años en un plazo de 4 años.

Este programa tiene 3 fases:

La fase 1 (captación) tiene por finalidad establecer un nexo de amistad y confianza con los niños, niñas y adolescentes, y propiciar el interés por una opción diferente a la calle.

La fase 2 (inserción en hogares transitorios) tiene por finalidad que los niños, niñas y adolescentes accedan a una vida familiar sustituta que satisfaga sus necesidades básicas, a fin de orientar su reinserción familiar, comunitaria y social. El hogar transitorio de esta fase está ubicado en un predio de poco más de 18 hectáreas que cuenta con 10 casas disponibles para albergar a 12 niños en cada una de ellas a cargo de familias acogedoras.

El lugar posee espacio para el desarrollo de actividades de capacitación y autosustento, como tambo, corral, huerta, piscina de piscicultura y viveros ornamentales, entre otras. El hogar cuenta además con un bosque de árboles frutales, campo de recreación, centro médico y centro educativo en funcionamiento.

La fase 3 (reinserción familiar) tiene por finalidad reinsertar al niño, niña o adolescente en su familia y su comunidad. Para ello, se diseñará un plan de reinserción familiar, teniendo en cuenta los factores que los llevaron al estado de vulnerabilidad.

La fase 4 (hogares de larga estada) tiene por finalidad albergar a los adolescentes que no cuentan con las condiciones mínimas requeridas para ser reinsertados en sus familias. Cuenta con un Programa especial de inserción al Sistema Educativo y Profesional.

Asimismo se brindará subsidio y capacitación a aquellas familias que se encuentren en avanzado proceso de reintegración de niños, niñas y adolescentes al núcleo básico. Una vez lograda la reinserción del niño, niña o adolescente, se llevará a cabo un proceso de acompañamiento de las familias.

La población beneficiaria de estos programas son los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en calle sin vínculo familiar, sin discriminar si son trabajadores o no, pero éstos viven en calle.

Hasta el año 2007 fueron reinsertados en sus familias 170 niños, niñas y adolescentes.

En 2005 se alcanzaron los siguientes logros:

Restitución de derechos de niños/as abandonados/as: 42 niños/as;

Niños/as censados: 458 niños/as;

Desintoxicados: 70 niños y niñas en ACEINA y el Centro de Adicciones;

Albergados: 39 niñas y niños en distintos centros especializados (Hogar Don Bosco Roga, Tekové Pyahú, Mujer Tu importas);

Reinsertados en sus familias: 09 niños;

Regresaron a la calle: 15 niños;

Entregados al INDI y derivados a la Comunidad Takuaró: 22 niños/as;

Diseño de nuevo modelo de abordaje y coordinación con OG y ONGs (Callescuela, Don Bosco Roga, Hogar Mimbi, etc.) para su implementación.

Se celebraron las siguientes reuniones interinstitucionales de trabajo para la coordinación y articulación de acciones:

En el mes de julio de 2006 se realizaron reuniones plenarias los días 20 y 28 de julio;

En el mes de agosto de 2006, el día 19, se realizó una reunión plenaria, y una reunión de la subcomisión de abordaje el día 23;

En el mes de septiembre de 2006 se realizaron reuniones de la subcomisión de abordaje los días 5, 8 y 14 de dicho mes.

Se realizaron operativos semanales de abordaje en calle (de 16.30 a 20.00 horas), cuyos resultados se detallan a continuación:

Julio de 2006: Los abordajes son realizados los días lunes 4, 11, 18, y 25 de julio. Ingresan a Alceina 15 niños, reingresan 17 niños. Son trasladados a Tape Pyahu 15 niños y son retirados por sus familias cuatro niños;

Agosto de 2006: Los abordajes son realizados los días lunes 1, 8, 17, y 26 de agosto Ingresan a Alceina tres niños, reingresan tres niños y son trasladados a Tape Pyahu cuatro niños;

Septiembre de 2006: Los abordajes son realizados los dias lunes 2, 12, 19 y 26 de septiembre. Ingresan a Alceina 21 niños, reingresan ocho niños. Son trasladados a Tapé Pyahú siete niños, 15 niños regresaron a las calles, y siete niños permanecen en Alceina;

Octubre de 2006: Los abordajes se realizaron los días 3, 11, 12 y 19;

Noviembre de 2006: Los abordajes se realizaron los días 18, 22 y 25;

Diciembre de 2006: Los abordajes se realizaron los dias 20 y 22.

Se tiene realizado un censo, a través de los abordajes realizados, en las zonas del Microcentro, Mercado 4, Mercado de Abasto, Shopping Multiplaza Km.5. Terminal de Omnibus de Asunción y Esquinas de mayor prevalencia de niñez en situación de calle.

Resumen de Actividades Enero-Diciembre 2006: 33 días de abordajes: 458 niños/as y adolescentes registrados en fichas y enviados a la STP para su procesamiento y luego a la Secretaría de Acción Social.

Programas y resultados en 2006

Programa/Proyecto del CONASICA

Beneficiarios

Resultados a la fecha (octubre 2006)

Abordaje y Atención Integral

Niños, niñas y adolescentes en situación de calle, sin vínculo familiar y victimas de adicción a las drogas, para iniciar un proceso de desintoxicación y restitución de derechos.

46 niños y niñas derivadas a centros de atención y desintoxicación

El Programa PRAINA dependiente del REPADEH

Niños/as en situación de calle de 6 a 14 años de Asunción y Gran Asunción.

120 niñas y niños que reciben los servicios del proyecto.

66 niños y niñas en proceso de reinserción familiar.

La Dirección de Beneficencia y Ayuda social (DIBEN) en el proyecto Fortalecimiento de hogares de niños y niñas que trabajan en la calle, realiza actividades de subsidio familiar, atención odontológica, provisión de kits de alimentos básicos.

Familias en situación de vulnerabilidad social.

600 familias, 1800 niños y niñas.

Programa Abrazo

Otro de los programas de acción que se implementan en el marco de CONASICA es el programa Abrazo, para la Disminución Progresiva del Trabajo infantil en las calles, en Asunción y en diez distritos del Departamento Central. El mismo es ejecutado por la Secretaría de Acción Social, con el apoyo de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), dentro del cual se asiste diariamente a más de 1350 niños y niñas que asisten todos los días a los centros de atención abiertos del programa. El programa responde a la Estrategia de Reducción y Disminución de la Pobreza y forma parte de:

El Plan de Atención integral a la niñez en situación de calle que coordina la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia que se inició en febrero 2005;

El Plan Nacional de Lucha contra la pobreza y la Red de Protección Social que impulsa el Gobierno Nacional.

El programa tuvo las siguientes etapas:

Focalización y censo en las calles;

Invitación a las familias a participar del Programa;

Entrevistas, compromiso familiar y visita a los hogares de los niños y niñas trabajadores;

Niños y niñas asistentes a 14 centros abiertos que se encuentran en las siguientes ciudades: Luque, Fernando de la Mora, Lambaré, Villa Elisa, Ñemby, San Lorenzo, Itauguá, Capiatá, Limpio, Mariano Roque Alonso, Asunción y Ciudad del Este;

Familias seleccionadas y fichadas, cobran bono solidario;

Familias reciben servicios de oferta pública;

La familia es abordada para capacitación y generación de ingresos;

Niños y niñas dejan de trabajar en las calles y sus familias mejoran sus condiciones de vida.

El programa Abrazo ofrece acompañamiento en calle, atención en los centros, apoyo familiar, generación de ingreso y pago de bonos.

Resultados del programa Abrazo hasta el año 2007

El programa Abrazo tiene como resultados al 2007 la asistencia diaria de 1340 niños, niñas y adolescentes a los centros abiertos de atención del programa en la ciudad de Asunción, beneficiándose con ello a 665 familias. Al mismo tiempo, 391 familias cobran bonos solidarios.

A partir de enero del año 2007, el programa Abrazo inicia sus primeras acciones en Ciudad del Este y se instala un proceso de adaptación del modelo de gestión. La meta propuesta era llegar a 200 niños/as pertenecientes a 147 familias, logrando un resultado de 129 niños/as pertenecientes a 105 familias. Un total de 116 niños y niñas asisten regularmente al Centro Abierto.

Entre las buenas prácticasen el componente estratégico cabe mencionar la cooperación técnica en el proyecto Tejiendo Redes; en el ámbito regional se desarrollaron dos modelos de intervención en el ámbito escolar.

El programa Abrazo es un programa de atención integral que tiene como meta atender a 1.600 niños y niñas que trabajan en las calles y 800 familias de extrema pobreza. Presta servicio en cinco áreas: identificación; cultura y deportes; nutricion y salud; trabajo e ingresos; y educación.

El programa Abrazo ha obtenido los siguientes logros y resultados:

Proyecto para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil Domestico en Hogares de Terceros, cuyo objetivo es contribuir a la erradicación del trabajo infantil y fortalecer el sistema de protección para niños, niñas y adolescentes en el Paraguay. Llevado a cabo por Global Infancia, la OIT y con el apoyo de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia;

La Secretaría de la Niñez y la Adolescencia colaboró con el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) para la realización de una investigación en el Departamento de Canindeyú. Dicha investigación contiene información respecto a las características del trabajo realizado por niños niñas y adolescentes en el sector agropecuario. Analiza variables de género, establece la relación entre asistencia escolar y trabajo y además ofrece una tipología de riesgos en el trabajo vinculados a aspectos climáticos, topográficos, exposición de los niños y niñas a químicos o tóxicos, entre otros, que permiten configurar un amplio escenario de la situación en que se da la participación laboral de las personas menores de edad. Este estudio fue un paso más en el conjunto de acciones públicas y privadas destinadas a la protección de los derechos de los niños y niñas del Paraguay de manera a ampliar los esfuerzos para garantizar un futuro libre de trabajo infantil

A continuación se proporciona información actualizada proveída por la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia, en particular, con relación a los programas dirigidos a frenar el trabajo infantil:

Programa de Atención Integral a la niñez en situación de calle de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia

Este programa se implementó a partir del año 2005, teniendo como finalidad la reinserción social de niños/as en situación de calle y sus familiasy con el propósito de brindar atención integral a la niñez en situación de calle para la restitución de sus derechos. Los principios estratégicos en que se basa este programa son: integralidad, focalización, equidad, participación, descentralización, sostenibilidad, sustentabilidad, enfoque de derechos.

Directamente unos mil quinientos niños y niñas, de los cuales doscientos sin vínculo familiar, constituyen el grupo objetivo, cuyas situaciones típicas por las que atraviesan son:

1. Niñez trabajadora con familia nuclear/ampliada

2. Niñez trabajadora sin vínculo familiar

3. Niñez y Adolescentes adicta y en conflicto con la Ley

4. Niñez indígena

Las actividades principales del Programa son las siguientes:

Fortalecimiento de hogares de niños y niñas que trabajan en la calle

El proyecto de Atención a la Infancia que trabaja en calle se implementa con éxito desde el año 2004, iniciándose en un primer momento como un sistema de becas para niños/as y adolescentes que trabajan en calle, debido al aumento progresivo de la problemática en Asunción, a fin de dar una respuesta que propicie la protección de los mismos. En el año 2005 se ha continuado con el mismo sistema de Becas, no obstante a partir del año 2006 se amplia la cobertura del proyecto beneficiando a las familias en su totalidad a partir de un aporte mensual entrega de víveres y atención a la salud.

El Proyecto está dirigido a la atención de los niños, niñas y adolescentes que trabajan en calle acompañados o no de sus padres. La estrategia consiste en una ayuda condicionada, con la entrega mensual de un aporte en efectivo, un kit de víveres a los padres o responsables y atención médico odontológica a las familias. Los padres o responsables se comprometen contractualmente a que sus hijos dejen de trabajar en calle y asistan regularmente a la escuela.

El sistema de selección de beneficiarios se realiza abordando al niño y la niña en el lugar de trabajo, posteriormente se realiza una entrevista con los responsables y reuniones de información sobre el alcance del proyecto. Para la selección se trabaja en forma coordinada con las instituciones públicas y ONG que intervienen en las mismas áreas de influencia

Los servicios de atención a la salud médico odontológico, se brindan tanto a la madre como a los niños y niñas beneficiados, con la provisión de medicamentos y estudios especializados.

El monitoreo y seguimiento en calle se realiza en coordinación con las mismas instituciones co-participantes en la selección de los beneficiarios.

Durante el año 2007 la DIBEN concreto las siguientes metas: 1.000 niños y niñas dejan de trabajar en calle y se encuentran escolarizados; 600 familias reciben un aporte mensual en efectivo, víveres y atención médico odontológica; un Centro de atención integral para 100 niños/as es habilitado en la localidad de Valle Pucu, Aregua.

La creación de Centros de atención integral en las principales localidades identificadas como zonas expulsoras de familias en situación de pobreza que acuden al centro de Asunción para incorporarse al mercado informal, está orientada a crear condiciones que favorezcan el desarrollo integral del niño y la niña y el trabajo con la familia y la comunidad. Dichos centros deberán ser conformados a partir de un trabajo articulado con los municipios, la Secretaría de la Niñez y Adolescencia y otras instituciones afines a los objetivos con el propósito de lograr que el municipio y la comunidad asuman la responsabilidad del proyecto y se obtenga de esta forma la sustentabilidad.

También para el año 2007 otra de las metas logradas fue que 100 familias de niños, niñas que trabajan en Ciudad del Este reciban mensualmente subsidios en efectivo, teniendo en consideración la realidad de niños, niñas y adolescentes que viven en esa ciudad expuestos a diferentes situaciones de vulneración de sus derechos atendiendo a las características de la zona por ser una Ciudad fronteriza.

Otros resultados en diferentes proyectos y programas hasta el año 2007

Entre los resultados hasta el 2007 cabe mencionar que fueron beneficiados con este programa 1.700 niños, niñas y adolescentes pertenecientes a 598 familias de la ciudad de Asunción. Estas familias reciben subsidio en efectivo, kits de víveres con productos como leche, yerba, aceite, porotos, fideos, antiparasitarios y vitaminas. También se han llevado a cabo dos jornadas de cedulación, con 124 niños documentados.

En el Centro de Atención Integral San Miguel de la ciudad de Areguá se ha brindado refuerzo escolar con un promedio variable de 70 a 85 niños y niñas presentes, lo cual ha favorecido al rendimiento de los mismos, 90% ha aprobado y 70% mejora su rendimiento; un promedio de 100 niños/as recibieron alimentación diaria en el centro; 15 a 20 familias han recibido asistencia médica y medicamentos; en mayo y noviembre se ha realizado control de peso y altura, en promedio han aumentado de 3 a 5 kilos y han crecido 5 a 10 cm. Se realizaron jornadas de despioje, desparasitación y revisión de problemas dérmicos. Un total de 50 niños/as han contado con atención psicológica, obteniendo perfil psicológico mediante la implemetación de tests psicométricos y proyectivos.

Los comedores comunitarios cuyo objetivo es prevenir que vivan en la calle niños, niñas y adolescentes en riesgo han tenido como resultado que 1000 niños y niñas reciben alimentación diaria, 1000 niños y niñas se encuentran escolarizados y se promueve la participación de grupos organizados que apoyan el funcionamiento de los comedores.

En Ciudad del Este, durante el año 2007 se entregaron bonos solidarios a 114 familias quienes también son beneficiadas del Programa Abrazo de la Secretaría de Acción Social.

Trabajo con educadores voluntarios para la identificación, monitoreo y acompañamiento de trabajadores y ex trabajadores infantiles domésticos

El proceso de desarrollo personal con énfasis en autoestima (DPA), mediante el cual se implementó esta experiencia, tenía como objetivo generar capacidades en las escuelas para que niños, niñas y adolescentes trabajadores en el servicio doméstico tengan la oportunidad de acceder a espacios de contención y el desarrollo de actitudes y valores favorables al cambio de su situación. La acción fue ejecutada por la ONG Global Infancia, entre junio de 2005 y agosto de 2007 a través de un programa de acción del proyecto Tejiendo Redes. La propuesta se enmarca dentro de los lineamientos del Plan Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil que es un plan sectorial del Plan de Acción por la Infancia y la Política Nacional de la Infancia de Paraguay.

Resultaba de particular importancia trabajar con los docentes de escuelas para volverlos agentes de prevención y protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pues tradicionalmente en Paraguay, cumplían el rol de intermediarios entre las familias rurales (de origen) de los niños y niñas y las familias urbanas en las que los recibían, bajo la práctica del criadazgo. Lograr que los docentes se transformasen en “educadores voluntarios” actuando como agentes de monitoreo del trabajo infantil doméstico actuando con la población de trabajadores infantiles, así como con los niños y niñas vulnerables al reclutamiento a esta forma de trabajo, constituye por tanto un aporte estratégico importante de esta experiencia.

La población beneficiada de la acción estuvo ubicada en las ciudades de Mariano Roque Alonso, Ñemby, Capiata, Areguá y Luque todas estas ubicadas en el Departamento Central y la ciudad de Encarnación, en el Departamento de Itapúa.

El objetivo fue brindar un espacio de formación a docentes en DPA para posteriormente ser replicada por éstos a los niños, las niñas y adolescentes beneficiarios directos del programa de acción. Se planteó que los docentes realizaran una identificación eficiente y no violenta de las condiciones de vida y las posibilidades efectivas de retiro de las y los trabajadores domésticos infantiles y de mejora de las condiciones laborales de los adolescentes, desarrollasen la réplica de talleres de autoestima; el posterior acompañamiento de los grupos y promoviesen las constitución de un espacio de contención y apoyo para los trabajadores infantiles y adolescentes.

La experiencia promovió intervenciones de sensibilización centrada entre distintos actores sociales. En estas acciones se involucró principalmente a Directores voluntarios y funcionarios de las Consejerías Municipales por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (CODENIS ).

En términos cuantitativos 60 maestros fueron formados, de éstos 49 efectivamente actuaron como educadores voluntarios, logrando monitorear a 363 trabajadores infantiles domésticos. En 15 escuelas, los docentes voluntarios se constituyeron en un referente significativo, al que acuden los niños cuando se sienten amenazados.

El impacto de la experiencia se relaciona asimismo con la permanencia de los trabajadores infantiles en la escuela y la mejora de la calidad de su participación en ella. Varios beneficiarios señalaron que después de los talleres, al experimentar la vivencia de ser queridos y comprendidos, se animaron a exigir sus derechos más que antes.

Se citan como lecciones aprendidas lo siguiente:

La experiencia resalta las fortalezas y ventajas de la utilización del espacio escolar en la lucha contra esta problemática;

En la implementación de experiencias similares sería necesario contar con un equipo técnico más amplio por Municipio, lo que permitiría un acompañamiento más cercano a los docentes voluntarios, así como el fortalecimiento de las capacidades técnicas y metodológicas de los mismos;

Es necesario que modelos, como el planteado, incluyan más explícitamente dentro de sus estrategias, mecanismos que permitan responder a posibles impactos negativos para los niños y niñas generados por el temor de empleadores ante la acción de sensibilización.

Prevención del trabajo infantil doméstico y la explotación sexual comercial mediante la sensibilización de docentes, infancia y adolescencia en el medio escolar; réplica de la metodología SCREAM a través del Ministerio de Educación

El objetivo de esta iniciativa fue promover el cambio de actitudes sociales y culturales hacia el trabajo infantil, como un prerrequisito indispensable para su prevención y eliminación progresiva, incorporando dentro de la estructura regular del Ministerio de Educación y Cultura la metodología y diseñoSupporting Children’s Rights through Education, the Arts and the Media (Defensa de los Derechos del niño a través de la educación, SCREAM) las artes y los medios de comunicación, también traduce el sufrimiento que soportan en silencio los niños que trabajan y a quienes hay que dar voz. Esta experiencia fue implementada entre 2005 y 2007, por medio de contratos de servicios del Proyecto Tejiendo Redes.

Esta metodología de la OIT consiste en un conjunto de 15 módulos multiuso que pueden aplicarse de manera abierta, total o parcialmente, en espacios educativos formales y no formales, en cualquier ámbito geográfico o cultural, con diversos grupos (aunque está pensado fundamentalmente para adolescentes) y con amplia capacidad de diversificación según la realidad educativa y social donde se aplique. En tal sentido ofrece buenas posibilidades de acción a maestros creativos y dedicados.

El objetivo esencial del módulo está enmarcado por la iniciativa “¡Alto al Trabajo Infantil! Proyecto SCREAM de formación y movilización social”, y busca ayudar a docentes de todo el mundo a instruir y concienciar a los jóvenes acerca del trabajo infantil.

La aplicación de la metodología SCREAM en los años 2005 y 2006 resultó en una mayor sensibilización y concientización de los niños/as, adolescentes, docentes, padres, madres, y otros actores claves a acerca del peligro que representa el trabajo infantil. A consecuencia de este trabajo, en diciembre de 2006 el Ministerio de Educación conjuntamente con la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia solicitaron al programa Tejiendo Redessu implementación en escuelas de cinco Departamentos del país, siendo seleccionados por la Dirección General de Coordinadores de Supervisión, los Departamentos de Alto Paraná, Canindeyú e Itapúa (por encontrarse en mayor riesgo y vulnerabilidad) y de San Pedro y Guairá (por muy baja matriculación de alumnos). Esta última fase de la acción se desarrolló a lo largo del año 2007 y fueron capacitados los supervisores departamentales, directores y docentes.

La metodología fue asumida por el Ministerio de Educación e incentiva la solidaridad y el compromiso de los adolescentes con sus pares, llegando en forma efectiva a mas de 15.000 en tres años. En el año 2005 participaron 30 docentes quienes luego aplicaron la metodología con 633 alumnos del primer y segundo ciclos de la escolar básica en las localidades de Caacupé y Tobatí, Departamento de Cordillera. En el año 2006 participaron 65 docentes quienes aplicaron la metodología con 2.700 alumnos del tercer ciclo de la escolar básica y de la media en las localidades de Arroyos y Esteros, San Bernardino, Atyrá y Tobati, Departamento de Cordillera. Y en el 2007 participaron 300 docentes quienes aplicaron la metodología con 12.500 alumnos en cinco Departamentos que se citan a continuación: Alto Paraná, Guairá, Canindeyú, Itapúa y San Pedro.

La lección aprendida durante la ejecución de esta iniciativa fue el trabajar en forma preventiva en el ámbito de la educación pública que debe basarse en la adopción de un enfoque gradual en la implementación de acciones. La capitalización de los logros obtenidos en cada nivel debe apuntar a promover la multiplicación progresiva de las acciones y la generalización de metodologías de intervención y resultados al conjunto del sistema.

En cuanto al ámbito del marco jurídico paraguayo, cabe destacar que el mismo contiene una serie de disposiciones que establecen protecciones especiales para los adolescentes trabajadores, de entre las se destacan:

En el Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 1680), el derecho del niño y adolescente a ser protegido contra toda forma de explotación (art. 25) así como por las disposiciones del Libro Segundo, Título Segundo, De la Protección a los Adolescentes Trabajadores, Capítulos I a IV y sus concordantes;

En el Código Laboral (Leyes 213 y 496), las Garantías Del Trabajo, Artículos 8, 9, 11 a 16 y 19, así como lo dispuesto en el Libro Primero, Título III, Capitulo II Del Trabajo de Menores y Mujeres, Sección I, Del Trabajo de Menores, que no fueron específicamente derogadas por el nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia y las respectivas sanciones previstas en los Artículos 384, 385 y 389 del mismo cuerpo legal;

En el Código Penal: lo dispuesto por el artículo 12 de manera general y por los artículos 119 a 121, 124, 125, 128, 129, 132, 134 a 138, 140, y 203 a 205 en particular;

Ley 1657/01, que ratifica el Convenio N.º 182 de la OIT, sobre la prohibicion de las peores formas de trabajo infantil y la accion inmediata para su eliminación, de 1999;

Ley 2332/03, que ratifica el Convenio N.º 138 de la OIT sobre la edad mínima de admisión al empleo, de 1973.

Ley 1652, que crea y organiza el Sistema de Formación y Capacitación Laboral. En su artículo 4, establece que los jóvenes de entre 14 y 25 años que buscan su primer empleo son beneficiarios del sistema. Por tanto son sujetos y objetos del proceso de formación y capacitación laboral contemplados en esta ley, fortaleciendo de esta manera la articulación entre la capacitación laboral y las exigencias del mercado de trabajo, siendo uno de los puntos focales de la política laboral y de la política de fomento del empleo juvenil en particular. Todo ello acompañado de un adecuado sistema de control y fiscalización de las condiciones del trabajo adolescente, previendo que éste se realice en condiciones que no afecten su escolaridad, su salud, y en definitiva su adecuado desarrollo físico, intelectual y moral;

Decreto N.º 4951/05 del Poder Ejecutivo, que reglamenta lo dispuesto en la Ley 1657/01, y establece la prohibición para que los menores de 18 años trabajen en determinadas actividades.

Resolución N.º 701/06 del Ministerio de Justicia y Trabajo, por la que se aprobó el formato del “Registro de Trabajadores Adolescentes”, que es obligatorio para todo el país.

En cuanto a los mecanismosinstitucionales formales para investigar y abordar denuncias relacionadas con el Trabajo Infantil cabe mencionar que existen dos mecanismos de intervención en cuanto al trabajo infantil y la protección del trabajo de los adolescentes.

En el primer caso, los inspectores del Ministerio de Justicia y Trabajo están facultados para realizar la fiscalización en las empresas y lugares en donde existen adolescentes trabajando, a fin de controlar si los mismos se encuentran registrados ante la CODENI de su municipio y si el empleador está munido de la constancia correspondiente, por ser el Registro una forma de protección no solo para el adolescente si no también para el empleador pues en el registro los padres o tutores autorizan al adolescente a trabajar.

En el caso de que el empleador no presente las documentaciones pertinentes en cuanto a la constancia del adolescente que trabaje en su empresa, los inspectores del Ministerio de Justicia y Trabajo se encuentran obligados a instruir sumarios administrativos con el objeto de deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder al empleador por la falta de cumplimiento en la inscripción en el Registro del Adolescente por ser éste de carácter obligatorio.

Si en el sumario administrativo se llegase a resolver la sanción a la empresa por dicha falta administrativa, se procederá de conformidad al procedimiento establecido en el Código del Trabajo que en su artículo 384 dispone que “las sanciones establecidas en este título se aplicarán sin perjuicio de las demás responsabilidades, indemnizaciones o pagos de otro orden que este Código determina, en caso de incumplimiento de sus disposiciones (…)”. Así también en su artículo 385 se estatuye que “las faltas de cumplimiento de las disposiciones de este Código que carezcan de pena especial, serán sancionadas con multa correspondiente al importe de diez a treinta jornales mínimos por cada trabajador afectado, que se duplicará en caso de reincidencia. El incumplimiento de cada obligación legal del empleador con la Administración del Trabajo será sancionada con multa equivalente de diez a treinta jornales mínimos diarios que será duplicada en caso de reincidencia, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley (…)”.

Asimismo en los artículos 389 del Código del Trabajo se establece que “los empleadores que obligan a los varones menores de diez y ocho años de edad, a realizar labores en lugares insalubres o peligrosos, o trabajos nocturnos industriales, serán sancionados con multa(…). Al empleador que ocupe niños menores de doce años, se le impondrá multa de cincuenta jornales mínimos que se duplicará en caso de reincidencia, por cada menor ocupado en contravención a la Ley. La autorización dada para trabajar por los representantes legales de los menores, en fraude a la Ley, constituirá causa de nulidad de contrato de trabajo, y serán pasibles dichos representantes legales de una multa de cincuenta jornales mínimos, por cada menor afectado, que duplicará en caso de reincidencia (…)”. En el artículo 398 se dispone que “las sanciones a que se refiere este Título, las impondrá sumariamente la Autoridad Administrativa Competente, previa audiencia del infractor y tomando en consideración las pruebas producidas. Contra su resolución podrá recurrirse ante el Tribunal del Trabajo. En caso de que el infractor consienta la multa y la abone en el plazo de cuarenta y ocho horas, la multa quedará reducida al 50% (cincuenta por ciento)”.

El segundo caso se presenta cuando existe una denuncia formal ante la Fiscalía Penal por violación a la Convención N.º 182 de la OIT, al Código de la Niñez y la Adolescencia y al Decreto N.ºN.º 4951 sobre el Listado de las Peores Formas de Trabajo Infantil, o en el caso de que la denuncia se trate de que el empleador admita niños para trabajar sin contar con la edad mínima para el empleo, que en nuestro país se estableció en 14 años. En estos casos, la jurisdicción pertinente es la penal, y el empleador será imputado por los siguientes hechos punibles establecidos en el Código Penal Paraguayo en su artículo 204 (Actividades peligrosas en la construcción) disponiendo que: “el que con relación a actividades mercantiles o profesionales de construcción, e incumpliendo gravemente las exigencias del cuidado técnico, proyectara, construyera, modificara o derrumbara una obra construida y con ello peligrara la vida o la integridad física de otros, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa, o el que realizara el hecho mediante una conducta culposa, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa” y en el 205, (Exposición de personas a lugares de trabajo peligrosos), se expresa: que “1º el titular de un establecimiento o empresa y su responsable de la prevención de accidentes de trabajo que: inc. 1) causara o no evitara que los lugares o medios de trabajo incumplan las disposiciones legales sobre la seguridad y la prevención de accidentes en lugares de trabajo; o inc. 2) claramente incumpliera las exigencias del cuidado técnico y con ello peligrara la vida o la integridad física de otros, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa. 2º Los responsables, conforme al inciso 1º, que omitiera informar en forma idónea a los empleados sobre los peligros para la vida o la integridad física vinculados con los trabajos y sobre las medidas para la prevención, serán castigados con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa, 3º el que realizara el hecho mediante una conducta culposa será castigado, en los casos del inciso 1º, con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa y, en los casos del inciso 2º, con multa”.

El Paraguay tiene varios mecanismos de control tanto para lo concerniente a la prohibición del trabajo infantil como también para la protección del trabajo de los adolescentes.

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