Distr.GENERAL

CCPR/C/70/L/ARG31 de julio de 2000

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

69º período de sesiones

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAREL TERCER INFORME PERIÓDICO DE LA ARGENTINA

(CCPR/C/ARG/98/3)(HRI/CORE/1/Add.74)

Libre determinación y derechos de los pueblos indígenas y de las personas pertenecientes a minorías (artículos 1 y 27)

1.¿Cuál es la posición del Estado Parte sobre el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas?

2.Teniendo presente la reforma de la Constitución Nacional, que reconoce la especificidad étnica y cultural de los pueblos indígenas de la Argentina, sírvanse proporcionar información sobre la aplicación práctica de esas disposiciones y en particular de los resultados del programa del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para restituir tierras y propiedades ancestrales a las comunidades indígenas y regularizar los títulos de propiedad, así como los esfuerzos realizados para resolver los conflictos relacionados con los derechos sobre la tierra, que se mencionan en el párrafo 291 del informe.

3.¿Qué resultados ha tenido hasta ahora en la práctica el Plan Nacional para las Comunidades Indígenas, mencionado en los párrafos 286 y 287 del informe?

4.Sírvanse formular comentarios sobre cualquier medida especial de carácter legislativo o administrativo que se haya adoptado para proteger a las minorías, conforme a lo previsto en el artículo 27 del Pacto.

GE.00-43681 (S) Marco constitucional y legal para la aplicación del Pacto (artículo 2)

5.Sírvanse dar ejemplos de casos en que se haya invocado directamente el Pacto ante los tribunales desde que se lo incorporó en la Constitución de 1994.

6.Sírvanse facilitar información sobre la condición de los derechos humanos en la legislación y la práctica provinciales (véase, por ejemplo, la referencia del párrafo 238 a "la concurrencia de jurisdicciones provinciales sobre casos de niños hallados en situación de riesgo en jurisdicción nacional" y "los distintos departamentos de derechos humanos de las provincias" (párrafo 83 del documento básico), así como los párrafos 85, 91, 96, 138, 139 y 156 del informe, en que figuran referencias a ambas jurisdicciones). Sírvanse informar si las autoridades nacionales pueden obligar a las provincias a legislar con arreglo a las disposiciones del Pacto o si la legislación federal es directamente aplicable en las provincias.

Instituciones de derechos humanos (artículo 2 del Pacto)

7.Sírvanse proporcionar más información sobre la jurisdicción y las actividades del Defensor del Pueblo, mencionado en el párrafo 11 del informe. ¿Existe en la Argentina una comisión de derechos humanos independiente o un órgano similar? De ser así, describan sus funciones. ¿Cuántas denuncias recibió la Subsecretaría de Derechos Humanos (párrafo 50 del documento básico) en el último año para el que se dispone de cifras?

No discriminación e igualdad de los sexos (artículo 3)

8.Sírvanse facilitar información sobre la participación de la mujer en la vida pública, en el Congreso, en los gobiernos federal, provinciales y municipales, en la fuerza de trabajo y en la educación, así como sobre la proporción de mujeres que ocupan cargos de responsabilidad o cargos directivos en los sectores público y privado.

Derecho a la vida y prohibición de la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones y la detención arbitraria o el encarcelamiento arbitrario (artículos 3, 6, 7, 9 y 10)

9.¿Qué normas legales o de otro tipo existen en materia de acceso de la mujer al aborto y a los servicios de esterilización? (Párrafos 50 y 51 del informe.)

10.¿Qué medidas específicas legales o de otro tipo se han adoptado para combatir la violencia contra la mujer y cuál ha sido su grado de eficacia? (Párrafos 64 y 65 del informe.)

11.En vista de la solicitud formulada por el Comité en sus observaciones finales sobre el segundo informe periódico de la Argentina (CCPR/C/79/Add.46), sírvanse proporcionar información acerca del resultado de las investigaciones que el Estado Parte sigue realizando sobre el paradero y la identificación de los desaparecidos, así como sobre los mecanismos creados para indemnizar a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado (párrafos 79, 80 y 216 del informe).

12.En el informe se afirma que se han denunciado algunas muertes como posibles casos de violación del derecho a la vida (párr. 23), en especial de periodistas y de investigadores de las violaciones de los derechos humanos. Sírvanse proporcionar detalles sobre el resultado de las investigaciones realizadas en relación con esas muertes e indicar si se ha enjuiciado a los culpables.

13.¿Cuál es la situación en la esfera de la pena de muerte? Sírvanse informar si existe un proyecto de adhesión al Segundo Protocolo Facultativo.

14.Sírvanse facilitar información sobre las normas que rigen el uso de armas por la policía, el ejército y otras fuerzas de seguridad. ¿Se han dado casos de violación de esas normas en el período que se examina? En caso afirmativo ¿qué medidas se han adoptado para castigar a los culpables de esos actos y evitar que se repitan?

15.¿Se han comunicado denuncias de tortura o malos tratos cometidos por agentes del orden en el período que se examina? Sírvanse proporcionar información detallada sobre los mecanismos para investigar esos abusos y hacer comparecer a los imputados ante los tribunales, así como sobre el número de casos efectivamente investigados y sus resultados.

Prisión preventiva (artículo 9)

16.En relación con las preocupaciones expresadas por el Comité durante el examen del informe anterior del Estado Parte sobre las disposiciones relativas a la prisión preventiva (véase el documento CCPR/C/79/Add.46) sírvanse indicar si ha habido alguna enmienda al Código Procesal Penal. De ser así, sírvanse proporcionar información detallada acerca de sus efectos sobre la proporción de la población penitenciaria que se encuentra a la espera de juicio y el período medio de prisión preventiva, así como sobre los criterios aplicados para conceder la libertad bajo fianza.

Condiciones de encarcelamiento (artículos 10 y 24)

17.En el párrafo 92 del informe se afirma que está prohibido el hacinamiento en las cárceles. Al respecto, sírvanse aclarar qué significa la observación que se hace después, según la cual la norma no prevé "las medidas que habrán de adoptarse para el caso en que el número de plazas disponibles sea superado", a la luz de los informes que dan cuenta del hacinamiento en las cárceles argentinas.

18.Sírvanse indicar si se han dispuesto locales separados para el encarcelamiento de los delincuentes juveniles.

Derechos de los extranjeros (artículo 13)

19.En vista de las muy amplias causales de expulsión de extranjeros (véase, por ejemplo el párrafo 131 del informe) y de denegación de la residencia (apartados b) y e) del párrafo 134), sírvanse explicar el procedimiento de expulsión a la luz de lo dispuesto en el artículo 13 del Pacto.

El sistema judicial y la independencia e imparcialidad del poder judicial (artículo 14)

20.¿Cómo se garantiza en la práctica la independencia e imparcialidad de los jueces y, en particular, cuáles son las normas que rigen su inamovilidad, su destitución y las sanciones disciplinarias? ¿Cómo está abordando el Estado Parte la cuestión del cúmulo de casos pendientes en los tribunales y las prolongadas demoras judiciales?

Libertad de religión (artículos 18 y 26)

21.¿En qué medida el trato financiero preferencial de que goza la Iglesia Católica Romana (párrafos 150 y 151 del informe) es compatible con los artículos 18 y 26 del Pacto?

No discriminación (apartado 1 del artículo 2, y artículo 26)

22.Sírvanse dar ejemplos concretos de la aplicación del principio de igualdad mencionado en el párrafo 276 del informe.

Protocolo Facultativo

23.En vista de la recomendación del Comité sobre el examen del tercer informe periódico del Estado Parte (véase el documento CCPR/C/79/Add.46), sírvanse indicar qué procedimientos o mecanismos existen para la aplicación de los dictámenes aprobados por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo.

Difusión de la información relativa al Pacto (artículo 2)

24.Sírvanse indicar las medidas que se hayan adoptado para difundir la información sobre la presentación de los informes y el examen de éstos por el Comité, y en particular sobre las observaciones finales de éste. Sírvanse también facilitar información sobre los programas de educación y capacitación relativos al Pacto impartidos a todas las categorías de agentes estatales, en particular los maestros de escuela, los jueces, los abogados y los policías.

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