Naciones Unidas

CRC/C/MNE/Q/1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño 55º período de sesiones13 de septiembre a 1º de octubre de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicional y actualizada en relación con el informe inicial de Montenegro (CRC/C/MNE/1)

En el diálogo con el Estado parte el Comité podrá abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, que no exceda de 30 páginas, de ser posible antes del 2 de agosto de 2010.

Parte I

1.En relación con el Consejo de los Derechos del Niño, sírvanse especificar en qué consiste exactamente su mandato y cuáles son los logros prácticos obtenidos, así como informar sobre sus actividades de coordinación, supervisión y evaluación con respecto a la Convención, sus Protocolos facultativos y el Plan de Acción Nacional 2004-2010.

2.Sírvanse indicar si se está evaluando la aplicación del actual Plan de Acción Nacional (2004-2010) y si se está desarrollando un nuevo plan de acción nacional en favor de la infancia.

3.Sírvanse informar al Comité acerca del mandato exacto del Protector adjunto de las libertades y los derechos humanos, en particular en lo que concierne a las competencias para recibir quejas de los niños o en su nombre.

4.Sírvanse explicar el proceso y los criterios, si los hubiera, utilizados por el Estado parte para identificar colaboradores de la sociedad civil dispuestos a participar en el diseño de políticas, estrategias y planes de acción públicos, especialmente en esferas importantes para los niños. Sírvanse asimismo indicar si el Estado parte proporciona algún tipo de apoyo financiero a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la esfera de los derechos del niño.

5.Sírvanse informar sobre las medidas específicas destinadas a proteger a los niños romaníes contra la discriminación, inscribir los nacimientos y proporcionar acceso a los servicios educativos, de atención médica y de protección social.

6.Sírvanse facilitar información actualizada acerca de las condiciones de los niños con discapacidad alojados en la institución "Komanski most".

7.Sírvanse aportar información sobre las principales medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otro tipo en vigor para hacer efectivo el derecho a no ser víctima de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A este respecto, sírvanse indicar si existe algún mecanismo disponible para que los niños privados de libertad y aquellos recluidos en instituciones psiquiátricas puedan presentar una queja sobre su privación de libertad, las condiciones de la detención/internamiento y el tratamiento.

8.Sírvanse indicar si las personas que trabajan para y con niños tienen la obligación de informar acerca de los malos tratos y el descuido; proporciónese información sobre el número de casos denunciados y las condenas.

9.Sírvanse facilitar información sobre el número de niños que viven o trabajan en la calle y las medidas adoptadas para protegerlos.

10.Sírvanse proporcionar al Comité información práctica acerca del proyecto de ley sobre justicia juvenil, así como datos e información acerca de:

a)Si el Estado parte dispone de un sistema amplio de justicia juvenil con arreglo al párrafo 3 del artículo 40 de la Convención;

b)Si hay tribunales de menores compuestos por jueces especializados que se encargan de todos los menores de 18 años;

c)El número de niños privados de libertad, en particular cualquier forma de detención, encarcelamiento o internamiento en un establecimiento vigilado (artículos 37 b), c) y d) del proyecto de ley).

Parte II

En esta sección, el Comité invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las nuevas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y otra información, si la hubiera

1.Sírvanse especificar el número de niños con discapacidad, de hasta 18 años, desglosado por edad, sexo y zona rural/urbana correspondiente a los años 2007, 2008 y 2009:

a)Que viven con sus familias;

b)Que viven en instituciones;

c)Que viven en hogares de acogida;

d)Que estudian en escuelas normales;

e)Que estudian en escuelas especiales; y

f)Que no van a la escuela.

2.Sírvanse informar sobre las medidas tomadas para promover y proteger los derechos de los niños en lo que respecta a la salud de los adolescentes y sírvanse aportar datos sobre:

a)El número de adolescentes que padecen enfermedades de transmisión sexual, en particular VIH/SIDA, que consumen tabaco y que abusan de las drogas y el alcohol, desglosado por sexo y edad;

b)El número de embarazos en la adolescencia, desglosado por zona rural/urbana y por grupos minoritarios; y

c)El número de programas y servicios destinados a la prevención y el tratamiento de los problemas de salud de los adolescentes, incluidos los problemas de salud mental.

Además, el Estado parte podrá indicar las esferas que afectan a los niños que considere importantes en relación con la aplicación de la Convención.