Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos quinto a noveno combinados de Saint Kitts y Nevis *

Marco constitucional y legislativo

En relación con las recomendaciones que aprobó el Comité en 2002 (A/57/38, segunda parte, párr. 94), informen de las medidas adoptadas o programadas para incorporar plenamente la Convención a la legislación nacional y que los tribunales del país la apliquen directamente. Indiquen en qué fase se encuentra actualmente la Ley sobre la Violencia Doméstica de 2014 (CEDAW/C/KNA/5-9, párrs. 27 y 56) y las iniciativas que se han puesto en marcha para aplicarla. De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención, y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo), indiquen si se han previsto o tomado medidas para adoptar una definición amplia de la discriminación contra la mujer, tanto directa como indirecta y en los ámbitos privado y público, y de las formas interseccionales de discriminación.

Acceso de las mujeres a la justicia

Informen y faciliten datos estadísticos respecto de las medidas adoptadas para corregir el sesgo judicial, impedir que se culpe a las víctimas y acabar con los estereotipos de género que afectan a las mujeres víctimas de la violencia de género, como la violación y la violencia de género, en el contexto del sistema de justicia. Describan las medidas adoptadas para establecer mecanismos sensibles a las cuestiones de género que permitan a las mujeres presentar sus denuncias y qué pasos se han dado para impartir programas de capacitación a jueces, fiscales y otros agentes de la autoridad sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género, y sobre cómo llevar a cabo entrevistas y recabar pruebas con perspectiva de género. Indiquen asimismo cómo se sensibiliza en el Estado parte a las mujeres acerca de sus derechos y los recursos jurídicos que les ofrecen la legislación interna y el Protocolo Facultativo de la Convención para denunciar la violencia y la discriminación por razón de género (A/57/38, segunda parte, párr. 105). Describan las medidas adoptadas para que todas las denuncias de violencia de género se investiguen como es debido y las víctimas puedan obtener reparación, incluidas indemnizaciones, de conformidad con el artículo 1 de la Convención y la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité, sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19.

Efectos de la pandemia en los derechos de la mujer y la igualdad de género

De conformidad con la nota orientativa que publicó el Comité el 22 de abril de 2020 sobre las obligaciones de los Estados partes en la Convención en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte: para situar a las mujeres en el centro de la recuperación como estrategia de diversificación económica y así superar las desigualdades que existen desde hace tiempo entre hombres y mujeres; para atender las necesidades y velar por los derechos de mujeres y niñas, incluidas las que pertenecen a grupos desfavorecidos y marginados o se hallan inmersas en un conflicto y otras situaciones humanitarias; y para que, en el contexto de las medidas adoptadas para contener la pandemia y los planes de recuperación después de la crisis, no se condene a las mujeres y a las niñas a representar roles de género estereotipados. Indiquen las medidas adoptadas para que las actividades de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación posterior: aborden y tengan por objeto prevenir eficazmente la violencia de género contra las mujeres y las niñas; garanticen la participación en pie de igualdad de mujeres y niñas en la vida política y pública, la toma de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios; y procuren que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo que tienen por objeto mitigar los efectos socioeconómicos de la pandemia, como son las ayudas económicas a quienes cuidan de personas dependientes sin recibir remuneración. Expliquen cómo se asegura el Estado parte de que las medidas adoptadas para contener la pandemia de COVID-19, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limitan el acceso de las mujeres y las niñas a la justicia, los centros de acogida, la educación, el empleo y la atención de la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Informen de las medidas adoptadas para destinar al Departamento de Asuntos de Género los recursos humanos, técnicos y financieros que necesita y coordinar eficazmente con el comité directivo multisectorial la aplicación de la Política y el Plan de Acción Nacionales sobre la Igualdad de Género (párr. 41). Informen de las novedades relativas al marco de vigilancia y evaluación y al sistema de presentación de informes y de evaluación de los efectos para aplicar de manera efectiva la Política y el Plan de Acción Nacionales sobre la Igualdad de Género, y de los resultados obtenidos desde diciembre de 2019. Describan en detalle los resultados logrados gracias al proyecto de sensibilización de género y las actividades desarrolladas por los puntos focales.

Institución nacional de derechos humanos

Indiquen los avances logrados de cara al establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de carácter independiente, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (los Principios de París), con el firme mandato de promover y proteger los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género.

Medidas especiales de carácter temporal

Según el informe del Estado parte (párr. 77), y pese a las recomendaciones previas del Comité (A/57/38, segunda parte, párr. 96), no se han introducido medidas especiales de carácter temporal para aumentar la representación de las mujeres en la vida política y pública, incluida la Asamblea Nacional, el Gabinete, el poder judicial y la policía, sobre todo en las instancias decisorias. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité sobre la materia, presenten ejemplos de medidas especiales de carácter temporal que el Estado parte haya adoptado o programado para lograr cuanto antes la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los ámbitos en que las mujeres se encuentran en situación de desventaja o están infrarrepresentadas, incluidas las medidas dirigidas a las mujeres con discapacidad y las mujeres del medio rural.

Estereotipos discriminatorios

El Comité toma nota de los programas de concienciación que se han ejecutado en el Estado parte para animar a hombres y niños a que asuman también las responsabilidades parentales, como son los programas de crianza de los hijos (párr. 46). Informen de la repercusión que han tenido esos programas y otras medidas adoptadas en colaboración con los medios de comunicación para acabar con las actitudes patriarcales y los estereotipos discriminatorios que existen respecto de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. Indiquen las medidas adoptadas para luchar contra la percepción cada vez más generalizada de que el sistema judicial discrimina a los hombres (párr. 48) y para cuestionar las actitudes patriarcales sobre la dominación masculina en el seno familiar.

Violencia de género contra la mujer

Informen de las medidas adoptadas para tipificar como delitos todas las formas de violencia de género contra las mujeres y las niñas, y para incorporar al Código Penal una definición de la violación (incluida la violación conyugal) basada en el consentimiento. Indiquen las medidas que se hayan tomado para ejercer de oficio la acción penal contra los autores de la violencia doméstica, aun en el supuesto de que la víctima decida retirar la denuncia o no testificar en el juicio. Describan las medidas adoptadas por el Estado parte para que no se recurra bajo ninguna circunstancia a la mediación para resolver los casos de violencia de género contra las mujeres y las niñas (párr. 26). Indiquen las medidas adoptadas para juzgar a los autores de abusos sexuales contra niñas y endurecer las penas con que se castiga a quienes aceptan sobornos para dejar de investigar o enjuiciar esos casos en los tribunales (párr. 68).

A juzgar por la información examinada por el Comité sobre el Estado parte, la violencia sexual y doméstica no se denuncia en un gran número de casos por temor a la estigmatización, las represalias y nuevos actos de violencia o por la falta de confianza en el sistema de justicia penal. Aporten los datos estadísticos de los cinco últimos años sobre los enjuiciamientos y condenas a los autores de actos de violencia por razón de género contra mujeres, desglosados según la edad de la víctima, la relación entre el autor y la víctima, el tipo de condena impuesto y otras características pertinentes. Expliquen cómo garantiza el Estado parte un entorno propicio para que las mujeres denuncien los casos de violencia de género, e indiquen si está previsto aumentar la plantilla de la Dependencia Especial para Víctimas (párr. 57) y formarla debidamente. Informen además del acceso que tienen las víctimas al tratamiento médico, la asistencia psicosocial, las órdenes de alejamiento y las pruebas forenses. Expliquen los resultados obtenidos gracias a la aplicación del Protocolo Nacional de Denuncias y Respuesta a la Violencia Doméstica y Sexual, así como el contenido y la repercusión del plan estratégico para combatir la violencia de género (párrs. 56 y 62).

Según el informe del Estado parte, no existe una línea telefónica gratuita oficial que funcione las 24 horas para las víctimas de violencia doméstica, ni tampoco un centro de acogida para las víctimas de la violencia contra la mujer por razón del género, ya que en una isla pequeña no es posible garantizar el anonimato y la seguridad (párr. 59). Indiquen si se han creado en el Estado parte, sobre todo en Nevis, espacios seguros y líneas telefónicas gratuitas y confidenciales que funcionen las 24 horas para las víctimas de la violencia de género, incluidas las mujeres con discapacidad. Faciliten también datos sobre el número de viviendas que la Corporación Nacional de la Vivienda destina a las supervivientes de la violencia de género (párr. 149).

Trata y explotación de la prostitución

En cuanto a la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité sobre la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial, informen de las medidas adoptadas para aprobar un plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas, especialmente las mujeres y los niños, y para establecer un órgano de coordinación que se ocupe de supervisar su ejecución. Indiquen asimismo las medidas tomadas para mejorar la recopilación de datos, brindar ayuda y reparación a las víctimas, e identificar cuanto antes a estas para derivarlas a los servicios que corresponda. Informen además de los programas de desarrollo de la capacidad que se impartan a los agentes de la autoridad sobre las necesidades concretas de las niñas víctimas de la trata.

Informen sobre la prevalencia de la explotación de mujeres y niñas en el marco de la prostitución y las medidas que se hayan introducido para prevenirla, así como las ayudas disponibles para que las mujeres puedan abandonar esa actividad y se ganen la vida de otro modo.

Participación en la vida política y pública

Según el informe del Estado parte, la representación femenina en el Gobierno federal apenas alcanza el 20 % (párr. 74). Describan las medidas tomadas para llevar a la práctica las recomendaciones que figuran en el informe del Commonwealth sobre las mujeres y los partidos políticos en los cinco pequeños Estados del Caribe que pertenecen al Commonwealth, publicado en 2018 (párr. 75), a fin de acabar con las actitudes condescendientes hacia las mujeres parlamentarias, las campañas negativas, la escasez de recursos económicos y el sesgo de la infraestructura en materia de género. Expliquen asimismo cómo ha repercutido el programa sobre la mujer en el liderazgo político que Nevis puso en marcha en 2019 (párr. 76).

Educación

Además de los talleres de formación de profesores sobre el uso de las técnicas empleadas en las asignaturas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM), indiquen las medidas que se hayan adoptado para animar a las mujeres y las niñas a matricularse en campos de estudio y formación profesional no tradicionales, sobre todo en CTIM y el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en los niveles de enseñanza secundaria y superior (párr. 97).

Indiquen las medidas adoptadas para incluir la educación sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos adaptada a la edad del alumno en los planes de estudio de todos los niveles de la educación. Expliquen además si el Proyecto Viola y otros proyectos enumerados en el informe (párrs. 38 y 39) se prorrogaron más allá de 2017 para seguir concienciando a los adolescentes y así reducir la elevada tasa de embarazos precoces en el Estado parte y ayudar a las jóvenes madres a proseguir sus estudios. Informen asimismo al Comité de las medidas adoptadas para garantizar una educación accesible e inclusiva a las mujeres y las niñas con discapacidad.

Empleo

Proporcionen datos estadísticos desglosados por ubicación geográfica (urbana o rural) sobre la participación de las mujeres en el mercado laboral. Informen asimismo sobre las medidas tomadas para que las mujeres puedan acceder en igualdad de condiciones al empleo formal y ocupen puestos directivos en el sector privado. Indiquen las medidas adoptadas para garantizar la protección social de las mujeres que trabajan en la economía informal, incluidas las prestaciones por maternidad, la licencia de enfermedad con sueldo, la protección en caso de enfermedad ocupacional y las pensiones. Describan las medidas adoptadas para aplicar la Ley de Igualdad de Remuneración de 2012 (párr. 111), como las inspecciones periódicas de trabajo, y otras que se hayan tomado para cerrar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Describan asimismo las medidas adoptadas para aplicar las observaciones aprobadas por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo en 2016 y 2019 en referencia a la falta de disposiciones en la Ley de Igualdad de Remuneración que garanticen explícitamente el mismo salario a hombres y mujeres por realizar el mismo trabajo. Indiquen los avances del Estado parte para aprobar una ley que prohíba el acoso sexual en el lugar de trabajo. Informen asimismo de las medidas concretas que se hayan adoptado para reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres y, en última instancia, eliminarla en todos los sectores, estén o no los salarios regulados por ley (párr. 78).

Salud

Informen de las medidas adoptadas a fin de contar con los recursos necesarios para que las mujeres accedan a unos servicios de salud de alta calidad, como el acceso a las vacunas, pruebas de detección y tratamientos del cáncer cervicouterino, sobre todo en las zonas rurales. Informen asimismo sobre la accesibilidad de los servicios de salud para las mujeres y las niñas con discapacidad y sobre las medidas que se hayan tomado para obtener su consentimiento pleno, libre, previo e informado antes de que se sometan a cualquier intervención médica.

Describan las medidas adoptadas para que las mujeres y las adolescentes puedan acceder en el Estado parte a servicios de planificación familiar y métodos anticonceptivos modernos y anticonceptivos de emergencia, sin precisar el consentimiento de los progenitores (párr. 119). Informen además de las medidas tomadas para legalizar el aborto no solo en los casos de violación y amenaza a la vida o la salud de la embarazada, sino también en caso de incesto y grave malformación del feto, y para despenalizarlo en los demás supuestos, además de garantizar el acceso de las mujeres a servicios seguros de aborto y posteriores al aborto.

Empoderamiento económico de las mujeres

Informen de las medidas que se hayan adoptado para abordar el problema de la feminización de la pobreza que se ilustra en el cuadro 1 del informe del Estado parte, y para reducir la carga desproporcionada del trabajo de cuidados no remunerados que han de soportar las mujeres. Describan en mayor detalle las medidas (incluidas medidas especiales de carácter temporal y programas específicos) que se hayan adoptado para apoyar y fomentar el emprendimiento de las mujeres y promover su empoderamiento económico. Informen en particular de las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres a préstamos, créditos y microcréditos bancarios, sistemas de garantía de crédito, capital de riesgo, mercados, cadenas de suministro y valor y otras oportunidades de desarrollo económico.

Mujeres del medio rural

El Estado parte indicaba en su informe que las mujeres del medio rural recibieron capacitación sobre la elaboración de productos agrícolas, el emprendimiento y la gestión de empresas agrícolas (párr. 158). Informen en detalle sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres del medio rural a la justicia, la educación, el empleo, los servicios de salud y la propiedad de la tierra, de conformidad con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité sobre los derechos de las mujeres rurales. Informen sobre la repercusión de las medidas adoptadas para promover la participación de las mujeres en igualdad de condiciones en el desarrollo y la implementación de las políticas rurales y agrícolas y la toma de decisiones en ese ámbito.

Cambio climático y reducción del riesgo de desastres

Teniendo en cuenta cuán vulnerable es el Estado parte a los efectos negativos del cambio climático, describan las medidas adoptadas para incorporar la perspectiva de género a las políticas y programas nacionales sobre el cambio climático, de conformidad con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático. Informen en detalle sobre la ejecución del plan nacional para casos de desastre de 2013 y los planes aprobados para que, en caso de desastre natural, la asignación de los centros de acogida no exponga a las mujeres al riesgo de sufrir actos de violencia sexual o de género. Indiquen las medidas adoptadas para que las mujeres que trabajan en el sector turístico puedan solicitar protección social en caso de producirse desastres naturales que afecten su seguridad en el empleo. Informen también acerca de la participación de las mujeres en la formulación e implementación de políticas y programas en materia de reducción del riesgo de desastres, gestión posterior a los desastres y cambio climático.

Matrimonio y relaciones familiares

Indiquen las medidas adoptadas para reducir la duración de las actuaciones relativas a la custodia de los hijos y a la pensión alimenticia, y para garantizar que los tribunales velen por el interés superior del niño y tengan en cuenta la violencia doméstica a la hora de decidir sobre el régimen de custodia y visita de los hijos. Indiquen si los ingresos y pensiones que puedan cobrar en el futuro los cónyuges se consideran bienes gananciales y si al distribuir los bienes en caso de divorcio o separación se tienen en cuenta el trabajo doméstico y los cuidados no remunerados, así como otras aportaciones no financieras al matrimonio. Expliquen las medidas adoptadas para que se conceda la patria potestad a las mujeres con discapacidad que decidan divorciarse en las mismas condiciones que otras mujeres.