Lista de cuestiones y preguntas relativa al quinto informe periódico de Kirguistán *

Marco constitucional, legislativo e institucional

Con referencia a los párrafos 5, 7, 9 y 10 del quinto informe periódico del Estado parte (CEDAW/C/KGZ/5), proporcionen información sobre las medidas adoptadas para aplicar la estrategia y los planes mencionados respecto de la igualdad entre los géneros e indiquen si se han establecido mecanismos de supervisión y evaluación. Indiquen también las medidas que el Estado parte ha adoptado para desarrollar y aprobar legislación general contra la discriminación que incluya una definición de discriminación contra la mujer y prohíba expresamente todas las formas de discriminación contra la mujer en todos los ámbitos contemplados en la Convención, incluida la discriminación directa e indirecta y las formas interseccionales de discriminación de conformidad con el artículo 1 de la Convención, tal como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 10). Indiquen además las medidas previstas para subsanar las incoherencias entre el derecho positivo y el derecho consuetudinario.

Acceso a la justicia

Aporten datos sobre el número de mujeres que han recibido asistencia jurídica gratuita en virtud de la Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado y especifiquen la infracción de la ley para la que fue necesaria. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para concienciar a las mujeres sobre sus derechos y las vías de recurso de que disponen para reivindicarlos, en particular en zonas rurales y remotas.

Mecanismos nacionales para el adelanto de las mujeres

Indiquen las medidas tomadas para proporcionar recursos humanos, técnicos y financieros adecuados a fin de reforzar los mecanismos nacionales para fomentar la igualdad de género y los derechos de la mujer y resolver el problema del elevado movimiento de personal. Con referencia a la anterior recomendación del Comité (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 12), aporten información sobre las medidas adoptadas para elaborar una estrategia de incorporación de una perspectiva de género y asegurar la preparación de unos presupuestos en los que se tenga en cuenta el género en todos los ministerios.

Instituciones nacionales de derechos humanos

Describan las medidas adoptadas para aumentar la transparencia en la selección del Defensor del Pueblo y el Defensor del Pueblo Adjunto y su separación del cargo, proporcionar a la Oficina del Defensor del Pueblo un mandato específico de protección y fomento de los derechos de la mujer y reforzar la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil, como recomendó el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, a fin de cumplir plenamente los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

Medidas especiales de carácter temporal

Proporcionen información sobre las medidas especiales de carácter temporal, incluidas las cuotas, a fin de lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en todas las esferas en que las mujeres estén insuficientemente representadas o desfavorecidas, en particular respecto de la participación de las mujeres en parlamentos y gobiernos locales y el espíritu empresarial entre las mujeres, especialmente en los puestos decisorios. Indiquen asimismo las medidas especiales de carácter temporal adoptadas o previstas para promover la participación de las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos, como mujeres de minorías étnicas, mujeres con discapacidad o mujeres de edad, en todas las esferas en que estén insuficientemente representadas o desfavorecidas.

Estereotipos y prácticas nocivas

A la luz de la recomendación formulada por el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 16), proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para desarrollar una estrategia general destinada a las mujeres y los hombres, incluidos los líderes religiosos, para eliminar las normas sociales, las actitudes y los estereotipos discriminatorios en relación con el papel y las responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. Indiquen también si se han utilizado en esas iniciativas los resultados del estudio nacional sobre la percepción del género en la sociedad (párr. 32).

Además de los programas en los medios de difusión para aumentar la conciencia sobre las consecuencias negativas del rapto de la novia y el matrimonio infantil en mujeres y niñas (párrs. 37 y 56), aporten información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para vigilar y eliminar el uso de lenguaje discriminatorio por razón de género y las imágenes estereotipadas de las mujeres en los medios de difusión. Con referencia al informe del Comité sobre su investigación en virtud del artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención (CEDAW/C/OP.8/KGZ/1), indiquen si el Estado parte ha adoptado un enfoque sistemático para ampliar los programas de educación pública sobre las repercusiones negativas del rapto de la novia y el matrimonio infantil, y eliminar los estereotipos de género discriminatorios de los planes de estudio y el material didáctico de todos los niveles educativos según un calendario específico.

Violencia de género contra la mujer

Aporten información sobre las medidas adoptadas para aplicar la Ley núm. 63, de 27 de abril de 2017, de Protección y Defensa contra la Violencia Doméstica (párr. 38) y las directrices para la organización de actividades de protección y defensa contra la violencia doméstica en virtud de la Orden núm. 970 del Ministerio de Interior (párr. 40), establecer mecanismos de supervisión y asignarles recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para aplicar la Ley y las directrices. Proporcionen además datos actualizados sobre el número de órdenes de protección dictadas, órdenes infringidas y sanciones impuestas por el incumplimiento de órdenes de protección, órdenes de protección únicas dictadas en virtud de la Ley núm. 63 (párr. 39) y mujeres víctimas de violencia de género que obtuvieron refugio o asistencia psicológica en virtud de la Orden núm. 42 del Ministerio de Salud Pública (párr. 47). Indiquen si las órdenes de protección únicas se ponen a disposición de las partes de inmediato y si protegen de manera efectiva a las víctimas de la violencia doméstica.

En relación con las recomendaciones del Comité relativas a la denuncia de casos de violencia doméstica y sexual a los órganos encargados de hacer cumplir la ley (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 18), especifiquen las medidas adoptadas para impartir capacitación sobre métodos de investigación e interrogatorio que tengan en cuenta las cuestiones de género en los casos de violencia de género contra la mujer a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Proporcionen también información sobre las medidas que se han tomado para velar por que los tribunales no utilicen procedimientos de conciliación como base para no proseguir con el enjuiciamiento penal en esos casos. Indiquen si el Estado parte ha adoptado medidas para modificar el Código Penal a fin de tipificar como delito todas las formas de violencia de género, incluida la violación conyugal, y garantizar el enjuiciamiento obligatorio y ex officio de esos casos de violencia.

Rapto de la novia

Aporten información sobre la situación actual del plan para la aplicación de la Ley de Prevención del Matrimonio Precoz (Decreto conjunto núm. 1084, de 21 de diciembre de 2017) e indiquen si se han asignado recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para su aplicación y la manera en que se supervisa y evalúa. Teniendo en cuenta la información facilitada por el Ministerio de Finanzas del Estado parte de que proporcionar viviendas asequibles a las víctimas del rapto de novias se ha visto dificultado por el considerable déficit del presupuesto del Estado parte (CEDAW/C/OP.8/KGZ/2, párr. 26), expliquen cómo el Estado parte se asegura de que todas las víctimas del rapto de novias tengan acceso a servicios de apoyo en todo su territorio, especialmente en zonas rurales donde persiste la legitimación social del rapto de la novia y el matrimonio forzado. Aporten datos sobre el número de casos denunciados de rapto de la novia, investigaciones penales correspondientes, enjuiciamientos, y condenas y penas impuestas a los autores en esos casos, así como sobre las reparaciones ofrecidas a las víctimas y las medidas adoptadas para aumentar el número de investigaciones, enjuiciamientos y condenas, así como para incrementar las reparaciones proporcionadas a las víctimas.

Trata y explotación de la prostitución

Indiquen los progresos realizados en la aplicación del programa de lucha contra la trata de personas en el Estado parte para el período 2017-2020 y el mecanismo nacional de remisión de las víctimas de la trata (párrs. 57 y 58) en todo el territorio del Estado parte. El Comité reconoce que el Estado parte tiene normas nacionales relativas a los centros de acogida financiados por el Estado para víctimas de la trata de personas, incluidas las mujeres víctimas de la trata para la explotación de la prostitución. Indiquen las medidas tomadas para asegurar que las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos tengan acceso efectivo a dichos centros de acogida y a servicios de apoyo psicológico, en particular en las zonas rurales. Asimismo, en lo referente a la realización por la policía de pruebas obligatorias ilegales de VIH/sida a las mujeres que ejercen la prostitución, aclaren si la policía está cumpliendo la Orden núm. 946-r, de 14 de diciembre de 2017 (párr. 73). En ese sentido, indiquen también las medidas adoptadas para reforzar la función supervisora de la Fiscalía.

Participación en la vida política y pública

Según el informe del Estado parte, el porcentaje de mujeres en el Zhogorku Kenesh ha disminuido de un 23,3 % en 2010 a un 15,8 % en 2018 (cuadro 3), a pesar de que la cuota legal mínima de representación de mujeres es del 30 %. Expliquen las razones de esa disminución y proporcionen información sobre las medidas adoptadas para eliminar las barreras a que se enfrentan las candidatas a las elecciones al Zhogorku Kenesh, incluida la capacitación destinada a las mujeres en materia de campañas políticas, liderazgo y capacidad de negociación. Indiquen también las medidas que se han tomado para fomentar el acceso de las mujeres a puestos decisorios en los gobiernos nacionales y locales, el servicio diplomático y las organizaciones internacionales. Asimismo, aporten información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las mujeres defensoras de los derechos humanos y las activistas, puedan realizar libremente su trabajo de protección de los derechos humanos de la mujer.

Las mujeres y la paz y la seguridad

Aporten información sobre el presupuesto asignado a implantar el plan de acción para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad relativa a las mujeres, la paz y la seguridad (párr. 10) y sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación de las mujeres en los procesos de prevención de los conflictos, consolidación de la paz y reconstrucción después de un conflicto. En relación con las denuncias de extremismo violento en el territorio del Estado parte, indiquen si el Estado parte ha investigado el fenómeno, incluida la situación de las mujeres que participaron en conflictos armados en otros países, y si ha integrado una perspectiva de género en las estrategias para prevenir el extremismo violento.

Nacionalidad

Con referencia a la recomendación general núm. 32 (2014) del Comité sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiada, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres, proporcionen información sobre las medidas adoptadas para garantizar la inscripción de los nacimientos de todos los niños nacidos en el territorio del Estado parte, incluidos aquellos cuyos progenitores estén indocumentados o hayan contraído matrimonio consuetudinario o religioso. Aporten datos actualizados sobre el número de mujeres apátridas y describan las medidas adoptadas por el Estado parte para reforzar el procedimiento de determinación de la apatridia. Indiquen también las medidas que se han tomado para velar por que se registren los matrimonios consuetudinarios o religiosos.

Educación

Con respecto a la baja matriculación de mujeres y niñas en ámbitos de formación no tradicionales, como la informática, la ingeniería, la arquitectura, las ciencias veterinarias y el transporte (cuadro 13), indiquen las medidas adoptadas, incluidas las especiales de carácter temporal, para alentar a las mujeres y las niñas a elegir ámbitos de formación y profesiones no tradicionales. Indiquen también si el Estado parte imparte, de manera sistemática, capacitación sobre cuestiones de género al personal docente, incluida la prevención del matrimonio infantil y forzado, para todos los niveles de enseñanza, y la manera en que se supervisa la incorporación de esta capacitación en la enseñanza en el aula. Aporten datos estadísticos desglosados por sexo y edad sobre las tasas de finalización y deserción escolar en el Estado parte, en todos los niveles de la enseñanza, e indiquen las medidas adoptadas para atajar las causas de la deserción escolar entre las niñas, incluido el matrimonio infantil y el embarazo precoz, y para velar por que las niñas y las mujeres jóvenes se reincorporen al sistema educativo.

Empleo

Expliquen la discrepancia entre la información proporcionada por el Estado parte de que la Inspección Estatal de la Seguridad Ecológica y Técnica, que supervisa la discriminación contra las mujeres en el lugar de trabajo, no detectó ningún caso discriminación en el período 2013-2018 (párr. 101) y el incumplimiento persistente de las normas laborales por parte de los empleadores (párr. 99). Proporcionen información sobre el mandato y las conclusiones de la Inspección Estatal. En relación con las inquietudes expresadas por el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 27), aporten información sobre los progresos realizados por el Estado parte en la aprobación de legislación específica que garantice la aplicación del principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. Proporcionen asimismo información sobre las medidas adoptadas para eliminar la segregación ocupacional en el mercado de trabajo y solucionar la concentración de las mujeres en el trabajo doméstico no remunerado y el sector no estructurado, con miras a mejorar el acceso de las mujeres al mercado formal de trabajo (párrs. 92, 96 y 97).

Aporten información sobre la situación actual de la revisión de las prestaciones por maternidad y de la encuesta general de la Oficina del Defensor Público sobre el acoso sexual en el lugar de trabajo (CEDAW/C/KGZ/CO/4/Add.1, párr. 11), así como sobre todas las demás medidas adoptadas para garantizar la igualdad de acceso a las prestaciones por maternidad en todo el territorio del Estado parte y para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo. Indiquen las medidas que el Estado parte ha adoptado para promover el uso de la licencia parental compartida y para alentar a los hombres a participar por igual en el cuidado de los niños. Indiquen también las medidas que se han tomado para suprimir la lista de ocupaciones que excluye a las mujeres e impide, de manera discriminatoria, su plena participación en el mercado de trabajo y el calendario previsto para la supresión.

Salud

Proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para eliminar el estigma y la discriminación contra las mujeres por parte del personal de atención de la salud y la corrupción en el sistema de salud que obstaculiza el acceso de las mujeres a servicios asequibles. Expliquen también si el Estado parte ha establecido mecanismos de supervisión para la aplicación efectiva de las directrices y los protocolos clínicos a fin de reducir aún más la tasa de mortalidad maternoinfantil y si ha intensificado sus esfuerzos para poner fin a la malnutrición de las mujeres y las niñas, en particular la de las mujeres embarazadas. Aporten información sobre las medidas que se han tomado para aumentar el número de especialistas médicos, incluidos neonatólogos, anestesiólogos e intensivistas (párr. 114), para garantizar servicios de atención de la salud de calidad para las mujeres y las niñas, en particular en zonas rurales y remotas, y para las que viven con el VIH/sida. Informen al Comité sobre las medidas que se han adoptado para garantizar la salud y los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y niñas, incluido el acceso a métodos anticonceptivos modernos y servicios de planificación familiar asequibles (párr. 117).

Prestaciones económicas y sociales

Describan las repercusiones de los mecanismos para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres a préstamos, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero descritos en el informe del Estado parte (párr. 136). Indiquen la manera en que el Estado parte garantiza el acceso efectivo a planes de protección social a las mujeres que desempeñan un trabajo sin remuneración o en el sector no estructurado y a las mujeres con discapacidad, de conformidad con la recomendación general núm. 16 (1991) del Comité sobre las mujeres que trabajan sin remuneración en empresas familiares rurales y urbanas. Proporcionen además información sobre las medidas adoptadas para promover el espíritu emprendedor entre las mujeres, por ejemplo mediante la oferta de programas de capacitación profesional.

Mujeres del medio rural

Aporten información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres del medio rural a la justicia, la educación, la salud, el empleo formal y la propiedad y el uso de la tierra, tal como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/KGZ/CO/4, párr. 32).

Grupos de mujeres desfavorecidas

Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la justicia, el empleo, la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, y la protección social a los grupos de mujeres desfavorecidas, entre ellas las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, las refugiadas y solicitantes de asilo, las migrantes, las mujeres de edad, las mujeres con discapacidad, las que viven con el VIH/sida, las drogodependientes y las lesbianas, bisexuales y transgénero. Indiquen también si el Estado parte ha tomado medidas para adoptar un programa nacional integral para las mujeres migrantes y para luchar contra la discriminación y la violencia que ejercen los agentes de policía contra mujeres en situaciones desfavorables, en particular, las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero, las que viven con el VIH/sida y las drogodependientes.

Matrimonio y relaciones familiares

Indiquen las medidas adoptadas para hacer cumplir la legislación modificada sobre creencias y prácticas religiosas, así como el Decreto núm. 410, de 21 de diciembre de 2016, de la Junta Espiritual Islámica de Kirguistán, que prohíbe el matrimonio religioso con menores de 18 años, y especifiquen sus repercusiones para la eliminación de los matrimonios religiosos infantiles (párr. 35). Proporcionen también información sobre las medidas que se han tomado para proteger los derechos de las mujeres tras la disolución de un matrimonio religioso, como se recomendó en el informe del Comité sobre su investigación en virtud del artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención (CEDAW/C/OP.8/KGZ/1, párr. 95 e)). Aporten además información sobre los resultados del primer plan de acción para prevenir el matrimonio infantil para el período 2017-2018 e indiquen si se ha aprobado un plan posterior.

Objetivos de Desarrollo Sostenible

Informen sobre las medidas adoptadas para incorporar una perspectiva de género en todas las iniciativas destinadas a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible.