Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

34° período de sesiones

16 de enero a 3 de febrero de 2006

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

Australia

Introducción

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Australia (CEDAW/C/AUL/4-5).

Aspectos generales

Sírvanse suministrar información sobre el proceso de preparación de los informes periódicos cuarto y quinto combinados. Esa información debería indicar los departamentos e instituciones del Gobierno que intervinieron y las características y el alcance de su participación, si se mantuvieron consultas con organizaciones no gubernamentales y si el informe se presentó al Parlamento.

Sírvanse suministrar información actualizada y datos estadísticos desglosados por sexo y origen étnico respecto de las principales disposiciones de la Convención para el período que no está abarcado por el informe.

Marco constitucional, legislativo e institucional y situación de la Convención

Otros órganos creados en virtud de tratados han expresado sistemáticamente su preocupación por el lugar que ocupan los tratados internacionales sobre derechos humanos en el sistema jurídico nacional de Australia y por la inexistencia de disposiciones constitucionales para dar efecto a esos tratados (véanse, por ejemplo, las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (A/55/40, párrs. 514 y 518); el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/2001/22, párr. 379); y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (C/AUS/CO/14, párr. 9)). Sírvanse suministrar información sobre las medidas que se están contemplando para proporcionar, de manera acorde con la Convención, una garantía explícita contra la discriminación por motivos de sexo que prevalezca sobre el derecho del Commonwealth y de los estados y territorios, y sobre los mecanismos que se han establecido para que Australia cumpla su obligación de velar por que los derechos consagrados en la Convención sean respetados y aplicados efectivamente en todos los estados y territorios.

En el informe se hace referencia a programas de educación judicial, incluida la capacitación en materia de diversidad a fin de determinar y abordar los prejuicios sobre género en el sistema judicial (párrs. 530 y 531). Sírvanse proporcionar más detalles sobre esos programas de capacitación, en particular acerca de si se imparte capacitación a los jueces sobre la aplicación de la Convención en el proceso nacional de adopción de decisiones.

Sírvanse suministrar detalles sobre los casos, de haberlos, en que los tribunales hayan utilizado la Convención o se hayan basado en ella.

En sus anteriores observaciones finales, el Comité manifestó preocupación por la reducción de los fondos asignados a la Oficina de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y a la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades y por la disminución de la participación de los mecanismos nacionales para la promoción de la mujer a la hora de prestar asesoramiento en materia de políticas de igualdad y en la supervisión de la aplicación efectiva de esas políticas (párr. 391). El Comité recomendó que el Estado parte supervisara la repercusión de esos cambios de política e informara al respecto en su próximo informe periódico (párr. 398). Sírvanse suministrar información actualizada a este respecto, en particular acera de si el presupuesto y la función del mecanismo nacional para la promoción de la mujer, incluida la Oficina de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, se han mejorado y fortalecido desde que se presentó el último informe.

Australia mantiene su reserva al párrafo 2 del artículo 11 de la Convención. El informe se refiere a esa reserva en varias ocasiones, pero no indica si el Gobierno está considerando retirarla. Sírvanse indicar la intención del Gobierno a ese respecto y las medidas que se están adoptando para iniciar el proceso de consultas necesario para la eliminación de la reserva descrita en el párrafo 19 del informe.

Violencia contra la mujer

A pesar de los logros considerables del Gobierno en sus iniciativas encaminadas a combatir la violencia contra la mujer, la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer se refirió a un aumento del número de casos de agresión sexual entre 2000 y 2001 y observó que el estudio sobre la seguridad de la mujer de 1996, realizado por la Oficina de Estadística de Australia, había puesto de manifiesto que 9 de cada 10 víctimas de agresiones sexuales no denunciaban la agresión a la policía (E/CN.4/2003/75/Add.1, párr. 918). Sírvanse suministrar estadísticas e información actualizadas sobre la incidencia de la agresión sexual en Australia, incluso las tasas de denuncia y de condena, e indicar qué medidas se están adoptando para alentar a las mujeres a acudir al sistema de justicia penal para denunciar incidentes de agresión sexual.

La Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer informa de que el grupo más destacado de mujeres que padecen la violencia doméstica son las mujeres indígenas, seguidas por las mujeres refugiadas y migrantes, que no pueden beneficiarse del robusto marco legislativo ni de los amplios sistemas de apoyo existentes para hacer frente a la violencia doméstica (ibíd.). Sírvanse suministrar información sobre los programas que se hayan establecido para que las mujeres indígenas, refugiadas y migrantes puedan recurrir a la legislación y a los sistemas de apoyo para hacer frente a la violencia doméstica, así como sobre los progresos realizados en la iniciativa encaminada a aplicar estrategias de lucha contra la violencia doméstica adaptadas a esos grupos de mujeres. Sírvanse suministrar también información sobre los progresos de los esfuerzos tendentes a sistematizar la legislación en materia de violencia doméstica y sobre las iniciativas encaminadas a fortalecer la aplicación de la ley.

Trata y explotación de la prostitución

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité tomó nota de las diferentes disposiciones de los distintos estados en relación con la prostitución y alentó al Gobierno a que evaluara la eficacia de las diversas medidas adoptadas para reducir la explotación de la prostitución (párr. 403). Sírvanse suministrar información sobre si ya se ha realizado este estudio y, de ser así, sobre su resultado.

Sírvanse suministrar información actualizada sobre las medidas encaminadas a luchar contra la pedofilia y el turismo sexual en que participan hombres australianos, principalmente en países asiáticos, y sobre la situación de las mujeres llevadas a Australia con fines matrimoniales.

Participación de la mujer en la vida política y pública

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité alentó al Gobierno a que reuniera datos estadísticos sobre la participación de las mujeres aborígenes e isleñas del Estrecho de Torres en los niveles de adopción de decisiones, en la política y la administración y en el poder judicial (párr. 404). Sírvanse suministrar dicha información.

En el informe se indica que las medidas encaminadas a aumentar el número de mujeres en la vida política y pública “no fueron de carácter normativo ni consistieron en establecer cupos obligatorios” y que las mujeres australianas “son seleccionadas sobre la base de sus méritos para los puestos más altos” (párr. 112). A la luz de la recomendación 25 sobre el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención acerca de las medidas especiales de carácter temporal, sírvanse indicar el motivo de que no se establezcan objetivos ni cupos para aumentar el número de mujeres en cargos políticos y públicos, particularmente para las que puedan estar o estén sujetas a múltiples formas de discriminación, como las mujeres pertenecientes a minorías étnicas y las mujeres inmigrantes.

Estereotipos y educación

En el informe se indica que el Gobierno ha otorgado prioridad a la eliminación de funciones estereotipadas de los géneros en el Plan de Acción de Australia Beijing + 5 para 2001-2005 (párr. 68), pero no proporciona detalles sobre las estrategias que se han adoptado para la erradicación de los estereotipos y normas patriarcales en Australia, ni sobre las medidas existentes para luchar contra la aceptación de funciones estereotipadas de los hombres y las mujeres. Sírvanse suministrar detalles sobre si existe una estrategia global para abordar la prevalencia en Australia de estereotipos que inhiban la plena participación de la mujer, y sobre las iniciativas del Commonwealth y de los gobiernos estatales y territoriales tendentes a eliminar los estereotipos en todos los sectores y esferas, de conformidad con el apartado a) del artículo 5 de la Convención.

En el informe se señala que Australia estableció una nueva serie de Objetivos nacionales en materia de escolaridad en el siglo XXI (párr. 213), pero no proporciona ninguna información sobre las prioridades y estrategias que se han definido para abordar cuestiones concretas relativas a la educación de las niñas y a los planes nacionales para erradicar los estereotipos en todo el sistema educativo. Sírvanse suministrar esa información. Por otra parte, sírvanse suministrar información sobre cualquier evaluación que se haya realizado de la Estrategia nacional para mujeres sobre formación y capacitación profesionales (1996) y las reformas de la iniciativa Nuevos aprendices (párrs. 223 y 224), centrándose en particular en la forma en que las mujeres indígenas se han beneficiado de esos programas.

En el informe se indica que, si bien las niñas tienen mejor rendimiento que los varones en las escuelas y están mejor representadas en la educación superior, debido a una serie de factores los resultados de las mujeres en el mercado de trabajo siguen estando por debajo de los de los hombres (párr. 222). ¿Qué estrategias ha establecido o considerado el Gobierno para asegurar que las jóvenes aspiren a puestos adaptados a sus logros académicos y puedan conservar dichos puestos?

Sírvanse suministrar información sobre los efectos desglosados por género de la Ley sobre el apoyo a la educación superior (2003), que aumenta las matrículas universitarias en un 25%, y el proyecto de ley de enmienda de la Ley sobre el apoyo a la educación superior (2005), que limita servicios esenciales en las universidades, como los servicios de guardería asequibles y flexibles, y los servicios de asistencia social, alojamiento y asesoramiento.

Sírvanse indicar qué medidas se adoptan para garantizar el pleno acceso y la permanencia de las muchachas indígenas en las escuelas de todos los estados y territorios, y su nivel de desempeño.

Empleo

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité recomendó que se realizara una evaluación de la Ley sobre relaciones laborales de 1996 en relación con su repercusión en las mujeres de diferentes edades, niveles de educación y grupos ocupacionales. El Comité solicitó particularmente que se evaluaran los efectos de la Ley en el empleo a jornada parcial y el empleo ocasional y su repercusión en las prestaciones de las mujeres trabajadoras y de los trabajadores con responsabilidades familiares, y en particular la posibilidad de que las mujeres obtuvieran licencias de maternidad (párr. 399). Sírvanse indicar si esa evaluación se ha realizado y cuáles han sido sus resultados. Sírvanse indicar también los efectos de la Ley sobre la igualdad de oportunidades para la mujer en el lugar de empleo de 1997.

No existen en Australia leyes que contemplen la licencia de maternidad remunerada, y según el informe sólo el 38% de las empleadas tiene derecho a licencia de maternidad remunerada (párr. 254). En el informe se indica también que en 2001 la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades realizó una investigación sobre las alternativas para la puesta en práctica de un plan de licencia de maternidad remunerada en Australia (párr. 255). Sírvanse indicar qué alternativas se están estudiando para instaurar la licencia de maternidad remunerada en todos los estados y territorios de Australia.

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité alentó al Gobierno a que reuniera datos estadísticos sobre la participación de las mujeres aborígenes e isleñas del Estrecho de Torres en el mercado laboral (A/52/38/Rev.1, párr. 404). Sírvanse suministrar esos datos, así como detalles sobre las medidas adoptadas para formular una política de igualdad de oportunidades y detalles sobre los recursos financieros que se han asignado al Programa de empleo indígena.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó su preocupación por el hecho de que los empleados domésticos, que eran predominantemente mujeres, no gozaran de ninguna forma de protección social y percibieran una remuneración considerablemente inferior al salario mínimo (E/2001/22, párr. 383). Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Gobierno para abordar la situación de los empleados domésticos, en particular las medidas para asegurar que perciban el salario mínimo oficial y que se beneficien de una seguridad social adecuada.

Salud

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité solicitó que el Gobierno suministrara datos e indicadores sobre la salud desglosados por sexo, edad, grupo étnico, zonas rurales y urbanas y otras distinciones (párr. 400). Sírvanse suministrar esa información, en particular información sobre las tasas de mortalidad materna, sobre la incidencia de las enfermedades de transmisión sexual y de los tipos de cáncer que afectan a las mujeres y sobre el grado de implantación de las pruebas de detección de esos tipos de cáncer.

Con arreglo a lo solicitado por el Comité en sus anteriores observaciones finales (párr. 400), sírvanse suministrar datos sobre la repercusión que ha tenido para las mujeres el traspaso de responsabilidades en materia de atención sanitaria del gobierno federal a los gobiernos estatales. Habida cuenta de la tendencia a la privatización de los hospitales y los servicios de salud, sírvanse suministrar información sobre las posibilidades que tienen las mujeres de acceder a los servicios de salud, tomando como indicadores el monto medio que cada persona dedica a la atención de la salud en relación con sus ingresos, la longitud de los períodos de espera y los gastos del Gobierno en servicios de salud en relación con el género y el origen étnico de las personas, y los servicios a las mujeres con discapacidad y a las mujeres que viven en zonas alejadas.

En el informe se indica que el Gobierno aporta fondos para mejorar el acceso de la población indígena a servicios integrales de salud primaria (párr. 370). Sírvanse suministrar información sobre otras estrategias, en particular las de sensibilización, que se hayan instaurado para mejorar el acceso a los servicios de atención de la salud de las mujeres aborígenes e isleñas del Estrecho de Torres.

Mujeres rurales, indígenas y migrantes

Sírvanse suministrar información sobre los efectos de las iniciativas nacionales descritas en el informe (párrs. 141, 142, 477 y 478) sobre la participación de las mujeres rurales en la adopción de decisiones.

En sus anteriores observaciones finales1, el Comité manifestó inquietud por la posibilidad de que la situación de las mujeres aborígenes e isleñas del Estrecho de Torres, así como de las mujeres migrantes, se viera agravada por un aparente aumento del racismo y de la xenofobia en Australia (párr. 397). Sírvanse indicar si se han realizado estudios que pongan de manifiesto los efectos del racismo y la xenofobia en las mujeres y las estrategias que ha considerado el Gobierno para aliviar dicho efecto en las mujeres.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial expresó su preocupación por la detención obligatoria de los inmigrantes ilegales y los solicitantes de asilo, en particular en la medida en que afecta a las mujeres y los niños (CERD/C/AUS/CO/14, párr. 23). Sírvanse suministrar información sobre el número de mujeres que se hallan en situación de detención obligatoria y sobre la duración de esa detención, así como sobre las medidas que se están adoptando o que se prevé adoptar para aliviar la situación de las mujeres en detención obligatoria.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial señaló que las mujeres indígenas eran la categoría de la población penitenciaria que aumentaba con más rapidez (CERD/C/AUS/CO/14, párr. 21). Sírvanse indicar a qué obedece esta tendencia y lo que se hace para poner remedio a la situación.

Protocolo Facultativo

En el informe no se suministra ninguna información sobre las medidas que se estén adoptando o considerando para ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Sírvanse indicar los progresos que se hayan hecho con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo.