Indicadores

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Razón de feminidad en la EGB y Polimodal combinada (Total urbano)I

93,6

97,7

101,4

95,2

104,0

98,0

96,0

97,7

97,1

Razón de feminidad en la EGB y Polimodal, terciaria y universitaria combinadas (Total urbano)I

101,4

103,7

106,7

102,2

111,3

104,2

111,0

103,6

108,8

Porcentaje de varones entre 15 y 24 años alfabetizados (Total urbano)I

99,1

99,2

99,1

99,3

99,8

99,2

99,4

99,2

99,4

Porcentaje de mujeres entre 15 y 24 años alfabetizados (Total urbano)I

99,4

99,3

99,5

99,6

99,9

99,5

99,5

99,6

99,6

Porcentaje de mujeres en empleos remunerados en el sector no agrícola (Total urbano)I

40,1

40,3

41,3

43,0

42,6

42,5

42,4

41,6

41,8

Brecha de ingresos salariales entre mujeres y varones (Total urbano)I

0,76

0,76

0,77

0,71

0,66

0,66

0,70

0,67

0,71

Razón entre mujeres y varones en puestos jerárquicos públicos y privados (Total urbano)I

0,50

0,53

0,55

0,45

0,40

0,35

0,41

0,37

0,42

Porcentaje de bancas ocupadas por mujeres en el Congreso NacionalII

s/d

30,6

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

Porcentaje de bancas ocupadas por mujeres en las Legislaturas ProvincialesII

s/d

22,1

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

s/d

Fuente:(I) Elaboración del CNM a partir de procesamientos de la EPH –INDEC. (II) Elaboración del CNM a partir de datos de Poderes Legislativos Nacional y Provincial

Como se ha señalado, la mayor permanencia de las mujeres en el sistema educativo y sus más altas calificaciones no siempre se reflejan en ventajas comparativas a la hora de ingresar y competir en el mercado de trabajo. (Ver datos: y acciones sobre mujeres en empresas, en carreras de educación técnicas no tradicionales- puntos 15, 16 y 17 del presente Cuestionario).

Salud

En el informe se hace referencia a un reducido número de casos en los que el aborto no está prohibido. Sírvanse indicar si el Gobierno ha aplicado alguna medida para despenalizar el aborto. Sírvanse informar también detalladamente sobre el número de mujeres que fueron enjuiciadas por abortar ilegalmente durante el Período que se examina y las sanciones que se les impusieron.

El Ministerio de Salud de la Nación no cuenta con datos acerca de mujeres que hayan sido enjuiciadas por abortar ilegalmente. En los últimos años este Ministerio ha elaborado una Guía Técnica para la Atención de Abortos No Punibles, dirigida a los equipos de salud, actualmente en difusión en el sistema pública de salud.

Por su parte, el Consejo Nacional de las Mujeres acompañó, bajo la figura de “amicus curiae”, los casos judiciales en que mujeres solicitaron autorización para realizarse abortos, expresándose claramente en defensa de los derechos humanos de las mujeres involucradas.

Finalmente, recientemente se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un Proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo por la derogación del artículo 85 inc.2 y los artículos 86 y 88 del Código Penal. Los lineamientos generales de este proyecto apuntan a reconocer el derecho de las mujeres a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional y a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud. Asimismo, el proyecto establece que fuera del plazo mencionado toda mujer tendrá derecho a decidir la interrupción del embarazo en caso de que el embarazo sea producto de una violación —acreditada con denuncia judicial o policial o formulada en un servicio de salud—, si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer y si existieran malformaciones fetales graves. En cuanto a los médicos/as y demás personal de salud que manifestara objeción de conciencia, deberá hacerlo saber a las autoridades de los establecimientos de referencia dentro del plazo de treinta días corridos contados a partir de la promulgación de la ley y quienes ingresen posteriormente, podrán hacerlo al comenzar a prestar servicio. Los/as profesionales que no hayan expresado objeción en los términos establecidos, no podrán negarse a efectuar las intervenciones. En todos los casos la autoridad responsable del servicio de salud deberá garantizar la realización de la práctica profesional que se hará efectiva sin ninguna autorización judicial previa, salvo que la mujer tuviera menos de catorce años en cuyo caso se requerirá el asentimiento de al menos uno de sus representantes legales, además del pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

Sírvanse facilitar información pormenorizada sobre el número de mujeres que han comunicado haberse quedado embarazadas a consecuencia de una violación en los cuatro últimos años y cuántas han muerto por someterse a un aborto ilegal. Rogamos tengan la amabilidad de informar sobre la labor realizada para hacer frente a esa cuestión.

Sírvanse igualmente aportar información sobre las medidas adoptadas para concienciar a las víctimas de la importancia de recibir atención médica tras una agresión.

Esta información no se registra a nivel nacional. En números absolutos las muertes por abortos en los últimos años se detallan a continuación:

2005: 79 mujeres

2006: 93 mujeres

2007: 74 mujeres

2008: 62 mujeres

Con el objetivo de mejorar la atención de las mujeres en situación de aborto se ha creado dentro de la Dirección de Maternidad e Infancia, el Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Atención Post-Aborto. El mismo tiene como principal propósito brindar un trato humanizado a todas las pacientes que consulten por complicaciones de abortos (ya sea espontáneos o inducidos), respetando sus derechos sexuales y reproductivos, poniendo énfasis en la orientación y consejería en salud sexual y reproductiva, y en la entrega del método anticonceptivo elegido por las usuarias antes del alta hospitalaria, con el fin de evitar futuros embarazos no planificados, que son el motivo fundamental por el cual las mujeres deben transitar por esta dramática situación.

Para eso se capacita a equipos de salud de todo el país por medio de talleres teórico-prácticos. Como apoyo a esta capacitación, se ha producido la Guía para el Mejoramiento de la Atención Post Aborto, se han multiplicado y distribuido CDs con bibliografía actualizada y un video producido especialmente por el Ministerio de Salud en instalaciones del sistema sanitario público. Al mismo tiempo, se imprimió y distribuyó un folleto dirigido a las potenciales destinatarias de estos servicios, que se propone promover la atención oportuna (evitando así las complicaciones por las consecuencias de los abortos inseguros, primera causa de mortalidad materna en el país), calificar la demanda y dar a conocer los métodos anticonceptivos disponibles. 

Por otro lado, algunas provincias argentinas, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y algunas intendencias municipales han dictado protocolos de atención a las víctimas de violencia sexual. Para subsanar la inequidad en el acceso a servicios de atención que esta situación representa, el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (PNSSPR) ha elaborado un Protocolo Nacional de Atención a las Víctimas de Violencia Sexual a efectos de garantizar los derechos consagrados en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, en la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y en la Convención sobre los Derechos del Niño. El Protocolo en cuestión recibe y reconoce como antecedentes las normas provinciales y municipales sobre la temática y tiene como objetivos:

1.Garantizar el ejercicio de los derechos humanos de las víctimas de violencia sexual

2.Disminuir la morbilidad de las personas víctimas de estos delitos.

3.Prevenir embarazos y enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA mediante las prestaciones de emergencia.

4.Asegurar la obtención y preservación de los elementos probatorios y la asistencia psicológica para contención y tratamiento de la víctima durante el tiempo necesario.

Por otro lado, un relevamiento realizado por el PNSSPR durante el año 2009 indicó que 13,2% de los hospitales que distribuyen métodos anticonceptivos (que representan el 90,1% del total de hospitales del país), cuentan además con servicios específicos de atención a victimas de violencia sexual. En el caso de los Centros de Atención Primaria, solo en el 2,1% se presta este servicio.

En sus anteriores observaciones finales (véase A/59/38, segunda parte, párrs 380 y 381), el comité expresó su preocupación por la falta de información sobre la labor realizada por el Estado parte para evaluar la eficacia del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y le pidió que en su próximo informe periódico le informara ampliamente sobre dicha evaluación. En el informe se proporciona información sobre las repercusiones del Programa, pero no se han evaluado 4 de sus 10 objetivos porque no se ha consolidado información estadística desde 2005. Sírvanse facilitar información estadística relativa a esos objetivos para poder valorar también las repercusiones del Programa en esas cuatro esferas.

El PNSSPR fue ubicado al momento de su creación dentro de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia, bajo la órbita de la Subsecretaria de Salud Comunitaria. En el año 2006, el programa adquiere independencia administrativa y financiera dentro de la misma subsecretaría. A partir de este momento el programa establece como su objetivo central la disminución de las brechas que afectan la salud sexual y reproductiva de la población. Para ello, se propone desarrollar acciones que incidan en dos dimisiones claves de la atención de la salud sexual y reproductiva: el acceso y la calidad.

El PNSSPR entiende el derecho a la salud sexual y reproductiva como la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, de procrear y de contar con la libertad de decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia. Este derecho constituye la premisa orientadora de las acciones y estrategias del PNSSPR. Sus acciones están orientadas garantizar el acceso de varones y mujeres a la información adecuada y oportuna sobre su salud sexual y reproductiva, métodos para la regulación de la fertilidad que sean seguros y eficaces y a servicios adecuados para la atención del embarazo y el parto. Los ejes centrales priorizados son el acceso universal y gratuito a los servicios de salud sexual y reproductiva, la igualdad de oportunidades, la calidad de la atención y la redistribución de recursos materiales y simbólicos.

Durante el año 2006 se sentaron las bases para un sistema unificado de monitoreo y evaluación del programa aunque recién en el año 2009 se lograron una serie de avances en su implementación. Adicionalmente, en el año 2005 se llevó a cabo la primera Encuesta sobre Salud Sexual y Reproductiva —en el marco de la Encuesta de Nutrición y Salud (ENNyS)— cuyo objetivo principal consistió en obtener información que permitiera orientar y priorizar las acciones del PNSSPR en función de las necesidades de las mujeres en materia de salud sexual y reproductiva. Los resultados permitieron conocer pautas de comportamiento y los conocimientos de las mujeres en cuestiones de salud sexual y reproductiva así como también evaluar las condiciones y las modalidades en que las mujeres ejercen sus derechos sexuales y reproductivos. Por último, en el año 2009 se seleccionaron un conjunto de indicadores que permitirán a partir de este momento realizar un seguimiento de la implementación del programa así como de los avances obtenidos en relación con los objetivos planteados.

En relación con las estrategias implementadas para dar cumplimiento al objetivo 2 de la Ley Nacional 25.673 que establece la obligación del Estado Nacional de garantizar el acceso a la información, orientación y métodos anticonceptivos a toda la población, se desarrolló y consolidó un Sistema Nacional de Aseguramiento de Insumos Anticonceptivos. Como un primer paso para el afianzamiento de esta política, en 2007 se establecieron un subsistema para la provisión de métodos anticonceptivos para mujeres y otro de preservativos masculinos. En cuanto al primero, la población objetivo son las mujeres en edad reproductiva de 15 a 49 años que no están afiliadas a obras sociales o pre-pagas, excluyendo a las embarazadas. Este criterio se justifica por el hecho de que al encontrarse excluida del subsistema privado y de obras sociales, esta es la población que cuenta con menores recursos para obtener métodos anticonceptivos y que, por lo tanto, se encuentra en una situación de mayor vulnerabilidad. Por su parte, la población objetivo del Subsistema de Aseguramiento de Preservativos (SAP) son los varones y mujeres, de 15 a 64 años que no están afiliados/as a obras sociales o pre-pagas. Si bien la población del grupo de 10 a 14 años es considerado en edad fértil, el porcentaje de adolescentes que están iniciados sexualmente dentro de este grupo es muy reducido. Asimismo, también son muy pocos quienes utilizan preservativos entre la población de 65 años y más.

A lo largo del período 2003-2009 el PNSSPR distribuyo un total de 75.954.806 tratamientos equivalentes a 28.418.097 de pesos argentinos.

A ño

Total en unidades de tratamiento

Total en Pesos

2005

21.085.968

$7.000.800

2006

14.690.651

$6.343.612

2007

6.576.984

$2.476.355

2008

15.377.611

$6.857.636

2009

9.326.700

$5.739.694

Por otro lado, mientras que en el año 2006, 78% de los establecimientos sanitarios en el sector público ofrecían servicios de Salud Sexual y Reproductiva, hacia finales del año 2009 este porcentaje llega a 86% del total de efectores.

Un análisis desagregado de las distintas jurisdicciones en el último año permite una apreciación más detallada de los distintos niveles de cobertura en cada provincia. Según datos aportados por los programas provinciales en 13 provincias (Chaco, Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Mendoza, Neuquén, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán) del total de 21 jurisdicciones que reportaron en ese período, el 100% de los efectores provinciales distribuía algún tipo de método anticonceptivo. En cinco de las ocho provincias restantes, el porcentaje de efectores que entregan métodos anticonceptivos es superior al 90,0% —Buenos Aires (98,0%), Chubut (96,7%), Entre Ríos (94,6%), Jujuy (96,1%) y Misiones (97,0%)—. Finalmente, estas cifras bajan a 67,4% en La Rioja, 53,9% en Santiago del Estero y 26,7% en Catamarca.

Si se considera el total de efectores informados el 91,0% distribuye algún método anticonceptivo.

En relación con otros servicios de salud sexual y reproductiva —como atención post aborto, atención a víctimas de violencia sexual o anticoncepción quirúrgica—, el número de efectores habilitados disminuye significativamente. Asimismo, se observa una oferta aún menor de estos servicios entre los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) provinciales: la única provincia en la que los CAPS prestan servicios de violencia sexual es Neuquén y sólo en Mendoza existen 3 CAPS que realizan vasectomías.

En síntesis, el número de establecimientos que ofrecen servicios de salud sexual y reproductiva en el subsistema público de salud ha registrado un avance significativo y relativamente uniforme, contribuyendo a la institucionalización del PNSSPR en todo el territorio nacional.

En relación con la provisión de métodos anticonceptivos, el PNSSPR distribuye desde el año 2003, y de manera gratuita, anticoncepción hormonal oral, inyectable y de lactancia, DIUs y preservativos. En el año 2006, con la sanción de la ley 26.130, se agregó a la oferta de métodos la ligadura tubaria y la vasectomía. La nueva normativa nacional establece que los tres subsectores de salud de la República Argentina —sector público, sector de obras sociales y sector de medicina privada— deben practicar dichas intervenciones quirúrgicas en forma totalmente gratuita y con el solo requerimiento de la mayoría de edad y el consentimiento informado. En ese mismo año, el PNSSPR incorporó la Anticoncepción de Emergencia (AHE), también conocida como la “píldora del día después”, a la canasta de distribución gratuita dentro del sistema público de salud. Como balance del comportamiento del programa pudo apreciarse que el acceso a estos dos últimos métodos, y en menor medida al DIU, han encontrado en algunos casos, fuertes resistencias por parte de los proveedores de salud. Informes e investigaciones realizadas desde la creación del programa dan cuenta de las distintas barreras que encuentran las mujeres cuando intentan acceder al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. Otras barreras en el acceso a la salud sexual y reproductiva tienen su origen en la falta de información o recursos adecuados por parte de las usuarias y en la violencia de género.

Con respecto a la población destinataria de los servicios brindados por el PNSSPR de acuerdo a la información brindada por las jurisdicciones provinciales 2.068.951 recibieron servicios de salud sexual y reproductiva, incluyendo insumos anticonceptivos. Desde el año 2006 la mortalidad materna ha disminuido de 333 a 296 en 2008. También las muertes por embarazos terminados en aborto han disminuido en el mismo período pasando de 93 en 2006 a 62 en el año 2008. También han disminuido los egresos hospitalarios por aborto:

2005: 68.869

2006: 67.472

2007: 59.960

Por último, es importante también agregar que en el año 2008 el Ministerio de Salud de la Nación creó el Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvico-Uterino, un área que se ocupa de implementar acciones para prevenir esta patología y reducir su incidencia y mortalidad.

El informe señala que en 2005 el 52% de los casos de mortalidad materna se debieron a una atención médica insuficiente y a la falta de calidad de los servicios sanitarios. Sírvanse proporcionar información estadística sobre las principales causas y los porcentajes de mortalidad materna correspondientes a 2006 y 2007.

Sírvanse informar también sobre la principal labor realizada para mejorar el acceso a servicios sanitarios de calidad en todo el país .

Mortalidad Materna (MM) en números absolutos

2005: 279

2006: 333

2007: 306

2008: 296

MM según causas

2005

2006

2007

2008

Causas obstetricias directas

2,1

2,5

2,2

2,3

Causas obstétricas indirectas

0,7

0,9

1,1

0,8

Embarazo terminado en aborto

1,1

1,3

1,1

0,8

Creación del Plan NACER

A partir del año 2005, el Ministerio de Salud de la Nación a través del “Plan Nacer” promovió en las 24 jurisdicciones del país, la creación y desarrollo de Seguros Materno Infantil Provinciales (SMIP), con el propósito de construir desde una perspectiva de “equidad”, las mejores condiciones de acceso de la población materno infantil a un paquete básico de prestaciones seleccionadas por su relevancia en el cuidado de la salud y que se espera contribuya a la reducción de la mortalidad infantil y materna, en sus causas reducibles mediante el diagnóstico, la prevención y el oportuno tratamiento. La implementación de estos Seguros de Salud prevé una secuencia de fases en las que se incluyen otras prácticas de mayor complejidad que actúan sobre las causas de mortalidad infantil y materna difícilmente reducibles, tales como, cirugías de cardiopatías congénitas, cuidados maternos-neonatales de alta complejidad, y diagnóstico y prevención de ciertas enfermedades crónicas. Asimismo, se prevé extender la cobertura a otros grupos poblacionales como los niños y jóvenes hasta los 18 años y las mujeres hasta los 65 años de edad.

La Nación ha contribuido a la conformación y consolidación de estos seguros mediante transferencias asociadas a resultados que al 31 de Julio del 2009 alcanzaban la suma de $ 363.328.393. Un aspecto innovador del Plan Nacer lo constituye el hecho de que las transferencias entre la Nación y las Provincias, y entre las Provincias y sus efectores, están asociadas a resultados acordados, nominalizados, medibles y auditables, que impacten en la reducción de la mortalidad infantil y materna. Por otra parte, la inversión de los recursos económicos atiende las necesidades de los efectores quienes deciden acerca del destino final de los fondos lo que representa un aspecto destacable del programa como política pública de salud que procura fortalecer el nivel de gestión local.

Al 30 de Junio del año 2009, los SMIP habían financiado 12.798.451 prácticas del nomenclador materno infantil definido por el Plan Nacer. Estas prácticas son brindadas por una red de efectores públicos que celebran anualmente compromisos de gestión con el Plan Nacer y posibilitan alinear de manera efectiva los esfuerzos intergubernamentales hacia el logro de objetivos explícitos. Al 30 de septiembre de 2009, los efectores participantes eran 5.481 y habían recibido más de $250 millones por las prácticas facturadas y los resultados de salud obtenidos. Dichas prestaciones y cuidados de salud se destinaron a la población bajo programa: niños hasta 6 años y embarazadas hasta los 45 días después del parto sin cobertura explícita de salud, que representaban —a esa fecha— 1.031.166 beneficiarios. Esta población se encuentra nominalizada, identificada y asignada a un establecimiento de la red pública de atención que debe dar cuenta de los cuidados provistos de acuerdo a los protocolos de buena práctica.

El adecuado funcionamiento de este modelo se busca mediante un sistema de reportes que permite tanto la asignación de transferencias a las provincias, como el seguimiento de resultados de salud. Para ello se monitorea el desempeño de los sistemas provinciales de salud y los progresos que se obtienen a partir de un conjunto indicadores de salud, que evalúan y retribuyen los mejores resultados obtenidos en la captación temprana de las mujeres embarazadas, en el seguimiento del niño sano, en el cuidado de la salud sexual y reproductiva, en la conformación y funcionamiento de los comités locales de auditorías de muerte y en la cobertura en inmunizaciones, entre otras dimensiones de salud evaluadas. Para verificar el efectivo cumplimiento de los resultados de salud retribuidos se utiliza un mecanismo de supervisión y auditoría externa y concurrente que evalúa los registros clínicos de los efectores participantes y que genera datos a nivel regional, provincial y departamental, que hace posible un seguimiento nominalizado de la atención que recibe la población bajo programa.

Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y la Mortalidad infantil 2009-2011

En el año 2008, los ministros de salud de las provincias reunidos en el consejo Federal de Salud (COFESA) acordaron la implementación de un Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y la Mortalidad Infantil 2009-2011. Con el propósito de hacer operativa la propuesta, se han realizado hasta el presente las siguientes acciones:

•Definición de jurisdicciones que por sus mortalidades materna e infantil resultan prioritarias;

•Aseguramiento de la “voluntad política provincial” para la realización de los cambios necesarios;

•Convocatoria a los actores sociales nacionales y provinciales;

•Jornadas de trabajo participativo para definir causas del problema y proponer acciones para su mejora;

•Establecimiento de metas;

•Comunicación social;

•Firma de los Acuerdos políticos Nación – Provincia;

•Seguimiento y monitoreo conjunto del Plan establecido;

•Evaluación de resultados.

Metas

Objetivo General

Situación actual nacional (2007)

Impacto

Meta 2011

Reducción de la mortalidad materna

4,4 %

25 %

3, 3 %

Disminución del número de muertes por aborto en mujeres

22,6%

50 %

11,3% del total de muertes por aborto en todas las edades

Disminución de la mortalidad por Cáncer Cérvico-uterino

46,8%

30%

60% de las mujeres entre 35 y 64 años tamizadas

El informe indica que en 2005 el porcentaje de embarazos de adolescentes fue relativamente alto. Sírvanse aportar información estadística sobre el número de casos de embarazos de adolescentes que se registraron durante el período que se examina.

Porcentaje de nacidos vivos de madres menores de 15 años (2005) (de edad conocida)

2005: 0.4

2006: 0,4

2007: 0,4

Porcentaje de nacidos vivos de madres menores de 20 años (2005) (de edad conocida)

2005: 15,2

2006: 15,4

2007: 15,6

El informe se refiere a la Ley Nacional 26.130 sobre la anticoncepción quirúrgica, que se aprobó en 2006 y regula la práctica médica de la ligadura de las trompas de Falopio y la vasectomía.

Sírvanse informar sobre la aplicación de esa ley en todo el país e indicar las principales dificultades que ha encontrado su aplicación efectiva.

31,1% de los hospitales que entregan MAC realizan ligadura tubaria mientras que sólo el 6,2% realiza vasectomía.

Con relación a la ligadura tubaria, son 11 las provincias en las que el porcentaje de hospitales que la realizan es menor al promedio. En 4 provincias ningún hospital las realiza (Chubut, Entre Ríos, Jujuy y Tucumán), en 2 provincias todos los hospitales provinciales que entregan métodos anticonceptivos las hacen (Neuquén y Tierra del Fuego) y en otras 2 provincias (Córdoba y La Pampa) lo hacen el 90% de los efectores.

La principal barrera en la aplicación de la práctica está referida a la falta de información acerca de la normativa por parte del personal médico y a la objeción de conciencia de un número significativo de prestadores de salud que, por razones religiosas o ideológicas, se niegan a realizar ligaduras tubarias .

En cuanto a la vasectomía, en 10 jurisdicciones el porcentaje de hospitales que la realizan es bajo, nulo en otras cinco y la Ciudad de Buenos Aires es la jurisdicción con el mayor porcentaje de hospitales que realizan vasectomías (54,5%).

En sus anteriores observaciones finales (véase A/59/38, segunda parte, párrs. 380 y 381) el Comité expresó su preocupación por el incremento de las enfermedades de transmisión sexual, como el VIH/SIDA.

Sírvanse proporcionar información estadística sobre el porcentaje de personas infectadas por el VIH/SIDA durante el período que se examina, desglosada por sexo, edad y grupo étnico.

Sírvanse indicar si existe un registro nacional que aporte datos comparativos para facilitar el acceso a la información. Sírvanse especificar también si se han introducido programas dedicados concretamente a las mujeres y las niñas para luchar contra las enfermedades de transmisión sexual, como el VIH/SIDA.

No se cuenta con la información desagregada por edad y grupo étnico, solo por sexo.

Casos

Tasa x 100.000 hab.

Varón

Mujer

Ambos

Varón

Mujer

Ambos

2001

3 640

2 010

5 667

20,0

10,6

15,3

2002

3 288

1 861

5 151

17,9

9,7

13,7

2003

3 626

2 233

5 859

19,6

11,6

15,5

2004

3 760

2 446

6 208

20,1

12,5

16,2

2005

3 257

2 042

5 299

17,2

10,4

13,7

2006

3 008

1 836

4 844

15,8

9,2

12,4

2007

2 765

1 657

4 422

14,3

8,3

11,2

2008

2 434

1 633

4 067

12,5

8,1

10,2

En el nivel nacional, la relación hombre/mujer de nuevas infecciones por VIH se mantiene estable desde hace varios años en alrededor de 1,6 hombres por cada mujer diagnosticada. A escala regional hubo descensos muy leves en la mayoría de las jurisdicciones excepto en el Gran Buenos Aires, que se mantuvo estable en 1,2, y en Cuyo, que tuvo un ligero aumento en el último período. Tanto a nivel nacional como regional, se incrementa la relación a medida que aumenta la edad y llegan a duplicarse los guarismos del grupo de 15 a 24 años al de 35 a 44 años y es en éste donde se observan las mayores variaciones. 

La tasa de mortalidad por SIDA en Argentina alcanzó un pico de 59,6 defunciones por millón de habitantes en 1996, para luego descender hasta estabilizarse, en 1999, en 40 defunciones por millón. Al desagregar los datos por sexo, si bien la tasa ha descendido en forma más marcada entre los varones, ha cuadriplicado la de las mujeres en su pico y la ha triplicado en la mayor parte del período 1990-2007. La disminución de la brecha entre ambos sexos, en los últimos años, se ha reducido a expensas de la mayor caída de la tasa de mortalidad en hombres. 

Tasa de defunciones por sida por millón de habitantes por sexo

Defunciones

Tasa

Varón

Mujer

Desc

Total

Varón

Mujer

Total

1990

243

41

2

286

15,2

2,5

8,8

1991

389

68

3

460

24,0

4,0

13,9

1992

631

111

6

748

38,4

6,5

22,3

1993

683

124

9

816

41,0

7,2

24,1

1994

963

232

17

1 212

57,1

13,3

35,3

1995

1 385

363

24

1 772

81,2

20,5

51,0

1996

1 614

440

44

2 098

93,5

24,5

59,6

1997

1 351

438

40

1 829

77,4

24,1

51,4

1998

1 252

421

1 673

70,9

22,9

46,5

1999

1 087

382

1 469

60,9

20,6

40,4

2000

1 120

351

1

1 472

62,1

18,7

40,0

2001

1 092

382

1 474

60,0

20,2

39,7

2002

1 142

386

1 528

62,1

20,2

40,7

2003

1 155

416

2

1 573

62,3

21,5

41,5

2004

1 055

396

1

1 452

56,4

20,3

38,0

2005

923

381

3

1 307

48,8

19,3

33,9

2006

1 015

388

1 403

53,2

19,5

36,0

2007

994

429

2

1 425

51,6

21,4

36,2

La Dirección de SIDA, conjuntamente con UNFPA, han desarrollado las guías de atención integral para la mujer con VIH las cuales fueron consensuadas en trabajo de campo con el personal de salud involucrado en la asistencia (ginecólogos, tocoginecólogos, psicólogos, personas de la comunidad, etc.) de cada provincia y con las sociedades científicas pertinentes. Estas guías incluyen temas de atención, prevención, salud reproductiva y aspectos legales) y se encuentran disponibles en www.msal.gov.ar/sida.

También se han desarrollado programas de Prevención de la Transmisión vertical del VIH y de la Sífilis.

Prestaciones sociales y económicas

En el informe se afirma que, si bien en principio no hay límites para que las mujeres accedan a líneas de crédito, hipotecas y otras formas de crédito, en la práctica existen impedimentos, especialmente respecto del acceso a líneas de crédito y garantías.

Sírvanse facilitar información sobre las limitaciones que tienen las mujeres al respecto y especificar si el Gobierno está haciendo algún intento por eliminar toda desigualdad de facto entre la mujer y el hombre en relación con ese tema. Sírvanse indicar también las iniciativas que se están llevando a cabo en ese ámbito para solucionar la marginación de los indígenas afroargentinos y de otras minorías.

El VI Informe daba cuenta preciosamente de la ausencia de impedimentos para que el acceso de las mujeres a las líneas de crédito y demás instrumentos de financiamiento. Asimismo, se implementaron un conjunto de medidas a cargo de Ministerios y otras dependencias del Estado Nacional (i.e., Ministerio de la Producción) cuyo objetivo es que tanto mujeres como varones puedan acceder a distintos instrumentos crediticios. Todas estas medidas están orientadas a profundizar las políticas activas para generar empleo y consumo y sus modalidades y requisitos son ampliamente flexibles con el objeto de poder llegar a los sectores sociales menos beneficiados tradicionalmente. Si bien no se ha evaluado aún el impacto diferenciado por sexo, en el acceso a las mismas no se han detectado condicionantes de género o límites específicos.

Grupo de Políticas Implementadas por el Ministerio de Producción

–Líneas de financiamiento para la adquisición de bienes de consumo durables: el gobierno licitó los recursos entre entidades bancarias, estableciendo tasas testigos de 11% en pesos y 7% en dólares. El plazo de los créditos se establece en 12 meses. Los créditos al consumo pueden utilizarse para financiar la adquisición de electrodomésticos, vestimenta, calzado y planes de turismo. La meta en este grupo es de 700 mil créditos. También se podrá financiar la adquisición de vehículos, con créditos a 48 meses, a través de préstamos prendarios hasta el 90% del valor de la unidad, en cuotas fijas. La meta en este caso es de 100 mil créditos.

–Plan de renovación de bicicletas, utilitarios y camiones: consiste en líneas de financiamiento para la compra de camiones y utilitarios en la modalidad de 70% en cuotas, y 30% al contado, o con el pago de 12 meses, y con financiamiento de hasta 36 meses.

–Plan canje para electrodomésticos de la línea blanca: consiste en la adquisición de electrodomésticos de la línea blanca a precio subsidiado y contra la entrega de un artefacto similar usado. Asimismo se prevé una financiación a 12 meses, a tasas de 11%.

–Prórroga al Régimen de incentivo a la inversión y a la producción local de bienes de capital y maquinaria agrícola: promueve la adquisición de bienes de capital y maquinaria agrícola mediante la baja en los aranceles a la importación que viene de extra zona. La rebaja opera como un crédito fiscal equivalente al arancel (que es del 14%), que puede aplicarse al pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), Anticipo de Ganancias, Ganancia Mínima Presunta e Impuestos Internos. Durante 2008, los fondos utilizados en el marco de este régimen alcanzaron los 1004 millones y el régimen benefició a 2.000 empresas registradas. En la última prórroga al régimen se incluyeron dos condiciones adicionales: i) el mantenimiento del plantel de personal; ii) un plazo de 60 días para la digitalización de las facturas sobre las cuales se calcula el beneficio.

–Inclusión dentro del Régimen de Bonificación de Tasas para Pequeñas y Medianas Empresas de un componente para financiar capital de trabajo: se trata de créditos a tasa subsidiada (12,5%) para financiar montos totales que no excedan los $300 mil, con 12 meses de plazo.

–Créditos para PYMES y Micro Emprendimientos pertenecientes a una cadena de valor: se hace operativo a través de la constitución de enlaces regionales/sectoriales para líneas de créditos que financian la modernización y/o ampliación de producción de las PYMES y Micro-emprendimientos. Las empresas centrales funcionan como aval para los créditos que otorga un Banco y que permite la adquisición de bienes de capital de origen nacional.

–Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura: establece beneficios fiscales para aquellas empresas que presenten proyectos de inversión en obras de infraestructura y actividades productivas de alto impacto económico y social vinculadas a la generación de energía, producción y explotación de hidrocarburos, obras hídricas, viales, ferroviarias y demás proyectos que permitan la expansión de la capacidad productiva en todos los sectores económicos. El esquema prevé la devolución anticipada del IVA correspondiente a los bienes u obras de infraestructura incluidos en el proyecto de inversión que presente la empresa, y/o practicar la amortización acelerada de bienes en el Impuesto a las Ganancias. Asimismo, se puede solicitar el beneficio de eximición de los derechos de importación, tasa de estadística y tasa de comprobación para aquellos bienes y/o equipos nuevos que no se produzcan en el país y que resulten necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura.

Mujeres de zonas rurales

En sus anteriores observaciones finales (véase A/59/38, segunda parte, párrs. 376 y 377), el Comité manifestó su preocupación por la situación de las mujeres de las zonas rurales, particularmente habida cuenta de su extrema pobreza y su falta de acceso a la atención sanitaria, la educación, las posibilidades de obtención de créditos y los servicios comunitarios. En el informe se señalan que entre las dificultades que se oponen a la promoción de los derechos de las mujeres de zonas rurales se cuentan el sexismo, la violencia y otras relativas a la salud y la educación de la mujer. Se afirma también que hay una falta de coordinación entre las diferentes instituciones que se encargan de esos problemas.

Sírvanse indicar la labor que ha realizado el Gobierno para promover la coordinación entre las diversas instituciones a fin de superar esas dificultades. Sírvanse especificar también si en el presupuesto nacional se dedica una suma concreta a programas en favor de las mujeres de zonas rurales.

Sírvanse aportar información sobre la tasa de mortalidad de las mujeres de zonas rurales en comparación con la de las mujeres de zonas urbanas. Sírvanse proporcionar también información estadística sobre la tasa de mortalidad infantil en las zonas rurales comparada con la de las zonas urbanas.

En cuanto a este punto nos remitimos a lo informado en el VI Informe Periódico de la Argentina, —Parte Especial- Aplicación del de la Convención— Art. 14, donde se indicó las áreas de gobierno y los Programas que están trabajando en los temas de las mujeres rurales, se ha comenzado con articulaciones y espacios de trabajo conjunto con diversos ámbitos y Programas del Gobierno Nacional. Oportunamente, se realizaron convocatorias a distintos organismos a fin intercambiar y sumar esfuerzos en la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas de las respectivas áreas. En la defensa del VI Informe estaremos en condiciones de actualizar los datos requeridos.

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención

Sírvanse indicar los progresos logrados en la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención .

Por ley 26.486 de abril de 2009, el Congreso de la Nación aprobó la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la CEDAW.