Naciones Unidas

CRPD/C/PRK/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

10 de octubre de 2019

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informe inicial que la República Popular Democrática de Corea debía presentar en 2018 en virtud del artículo 35 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 19 de diciembre de 2018]

Prefacio

1.La República Popular Democrática de Corea firmó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, la Convención) el 3 de julio de 2013 y la ratificó el 23 de noviembre de 2016. La Convención entró en vigor para el país el 7 de enero de 2017.

2.De conformidad con sus obligaciones en virtud del artículo 35 de la Convención, la República Popular Democrática de Corea preparó el presente informe siguiendo las directrices de las Naciones Unidas sobre la redacción de los informes de los Estados partes que aplican tratados de derechos humanos (HRI/GEN/2/Rev.5) y las directrices del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad relativas a los informes sobre la aplicación de la Convención (CRPD/C/2/3).

3.En el presente informe se exponen, siguiendo el orden de los artículos de la Convención, las medidas legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas por la República Popular Democrática de Corea para proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad, los esfuerzos desplegados para aplicar esas medidas y el disfrute de los derechos de las personas con discapacidad, con estadísticas incluidas ya sea en las secciones correspondientes o en el anexo.

4.Para preparar el presente informe se organizó un grupo de redacción bajo los auspicios del Comité Nacional para la Aplicación de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos (véase el párr. 37 del presente informe), integrado por los funcionarios y expertos interesados del Presídium de la Asamblea Popular Suprema, las comisiones, los ministerios, las organizaciones sociales, las asociaciones y las instituciones de investigación relacionadas con la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad. El grupo redactó el presente informe sobre la base de las directrices correspondientes y de los datos reunidos en diversos sectores. Para facilitar la preparación del informe se celebraron nueve reuniones consultivas, en que se prestó la debida atención a recabar las opiniones y los puntos de vista de las personas con discapacidad, en estrecha cooperación con el Comité Central de la Federación Coreana para la Protección de las Personas con Discapacidad (en adelante, la KFPD). El proyecto de documento terminado se distribuyó a las instituciones interesadas para que hicieran sus aportaciones, y la versión definitiva se presentó al examen y la aprobación del Comité Nacional de Protección de las Personas con Discapacidad.

5.La Sra. Catalina Devandas-Aguilar, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, visitó la República Popular Democrática de Corea del 3 al 8 de mayo de 2017. Durante su estancia visitó varios centros relacionados con la discapacidad en Pyongyang y otras localidades y se reunió con representantes de diferentes asociaciones de personas con discapacidad y con particulares, para informarse sobre el disfrute de los derechos por las personas con discapacidad. También se reunió con funcionarios y expertos de varias instituciones estatales relacionadas con la discapacidad y con la KFPD para celebrar un diálogo constructivo sobre la aplicación de la Convención y la mejora de la protección de las personas con discapacidad en la República Popular Democrática de Corea. El documento A/HRC/37/56/Add.1 contiene un informe detallado de su visita.

6.La información general sobre la República Popular Democrática de Corea figura en el documento básico común actualizado en 2018.

Artículos 1 a 3Propósito, definición y principios generales

7.La República Popular Democrática de Corea aprobó la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad el 18 de junio de 2003, con el fin de proteger los derechos e intereses de las personas con discapacidad y proporcionarles condiciones de vida y un entorno más favorables. En esta Ley se definió a la persona con discapacidad como “una persona con dificultades a largo plazo para llevar una vida normal debido a la limitación o la pérdida de funciones físicas o mentales”, lo que representa una definición basada principalmente en el punto de vista médico. En el curso de la aplicación de esta Ley, se consideró necesario reexaminar la definición, que fue puesta en consonancia con la de la Convención y luego aprobada el 13 de diciembre de 2006.

8.La República Popular Democrática de Corea firmó la Convención el 3 de julio de 2013, después de lo cual enmendó su Ley de Protección de las Personas con Discapacidad para incorporar los requisitos de la Convención. De este modo manifestó su firme resolución de seguir promoviendo los derechos de las personas con discapacidad, cumplir los requisitos establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos y fortalecer la cooperación con la comunidad internacional a ese respecto.

9.En la Ley enmendada el 21 de noviembre de 2013, se modificó el concepto de “persona con discapacidad”, que quedó definido como “una persona con deficiencias físicas a largo plazo que, en interacción con factores ambientales, pueden dificultar su participación independiente en la sociedad. Las deficiencias físicas comprenden las deficiencias visuales, auditivas, del habla, físicas, intelectuales, mentales y múltiples”. La nueva definición indica que los factores que obstaculizan el disfrute por las personas con discapacidad de sus derechos a participar en la sociedad en pie de igualdad con las demás no son solo sus deficiencias físicas, sino también factores externos como una percepción pública desfavorable de la discapacidad, las actitudes hacia las personas con discapacidad y la ausencia de un entorno sin barreras. Por consiguiente, se pusieron en marcha iniciativas más enérgicas para proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad de manera más profunda y en mayor escala.

10.En el cuadro 1 del anexo figura la tasa de discapacidad por sexo y edad, y en el cuadro 2, la tasa de discapacidad por tipos de discapacidad.

11.Los principios generales de la Convención, como el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual y la independencia de las personas con discapacidad, la no discriminación, la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad, la accesibilidad, la igualdad entre hombres y mujeres y el respeto de los derechos de los niños con discapacidad a preservar su identidad, entre otros, se reflejan en diferentes leyes sectoriales de la República Popular Democrática de Corea, a saber, la Constitución Socialista, la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, la Ley de Salud Pública, la Ley de Educación, la Ley de Educación General, la Ley de Educación Terciaria, la Ley Laboral Socialista, la Ley de Seguridad Social, la Ley de Elecciones a la Asamblea Popular en Todos los Niveles, la Ley de la Familia, la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia, la Ley de Protección de los Derechos de la Mujer, el Código Civil, la Ley de Procedimiento Civil, el Código Penal, la Ley de Procedimiento Penal, etc.

12.La Constitución Socialista aclara los principios fundamentales de la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, señalando que “[e]l Estado garantizará eficazmente los verdaderos derechos y libertades democráticos, así como el bienestar material y cultural de todos sus ciudadanos.” (art. 64), “[l]os ciudadanos tendrán derecho a recibir atención médica gratuita, y todas las personas que ya no puedan trabajar debido a la edad avanzada, a una enfermedad o a una discapacidad, así como las personas mayores y los menores de edad que carezcan de medios de subsistencia, tendrán derecho a recibir asistencia material. Este derecho se garantizará mediante la atención médica gratuita, una red cada vez más amplia de hospitales, sanatorios y otros establecimientos médicos, el seguro social del Estado y otros sistemas de seguridad social.” (art. 72) y “[l]os soldados con una discapacidad adquirida en el servicio gozarán de la protección especial del Estado y de la sociedad.” (art. 76).

13.La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, centrada exclusivamente en la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, encarna los principios de la Constitución arriba mencionados y establece las obligaciones de las instituciones, las empresas, las organizaciones y los ciudadanos particulares con respecto a la protección de los derechos de esas personas en sectores como la salud, la rehabilitación, la educación, la vida cultural, el empleo y otros. En particular, la Ley dispone que el Estado respetará la personalidad de las personas con discapacidad y les garantizará los derechos sociopolíticos y el respeto de su libertad y sus intereses en igualdad de condiciones con los demás (art. 2), y que el Estado reforzará la educación de la población para que trate a las personas con discapacidad con un noble amor humano y sin discriminación alguna y les preste un apoyo sincero (art. 6).

14.La Ley de Salud Pública dispone que el Estado asumirá el cuidado de quienes hayan perdido la capacidad de trabajar, de los niños y los pacientes con enfermedades crónicas y sin medios de sustento y de los pacientes ancianos, que podrán disfrutar plenamente de los beneficios de la atención médica gratuita (art. 13). La Ley de Educación contiene disposiciones sobre la educación general obligatoria de los niños con discapacidad y la creación de condiciones materiales adecuadas para la educación de los exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio (arts. 15, 17 y 18).

15.La Ley Laboral Socialista establece que el Estado, en el marco de su sistema de seguro social, concederá subsidios a los trabajadores que tengan discapacidades temporales debido a accidentes, enfermedades o lesiones laborales y, si el período de discapacidad se prolonga más allá de seis meses, les otorgará una prestación por discapacidad en el marco del sistema de seguridad social (art. 73); también dispone que el Estado se ocupará gratuitamente, en las residencias de ancianos y sanatorios, de las personas con discapacidad que no tengan otros medios de subsistencia (art. 78). La Ley de Seguridad Social contiene disposiciones relativas a la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en el marco del sistema de seguridad social, como la concesión de diferentes tipos de pensiones y subsidios de vejez, y la producción y el suministro de sillas de ruedas, prótesis y otros dispositivos de asistencia (arts. 9 y 13).

16.La Ley de Protección de los Derechos de la Infancia dispone que los niños con discapacidad tendrán los mismos derechos que los demás a recibir educación y atención médica (art. 30) y que los padres o tutores prestarán especial atención a su educación y cuidarán de su vida y su salud de manera responsable (art. 40). La Ley de Registro de la Ciudadanía establece que los ciudadanos no estarán autorizados a cambiar el nombre, el sexo, o la fecha y el lugar de nacimiento registrados en su certificado de nacimiento o de ciudadanía, y que, en caso de necesidad muy urgente, deberán presentar una solicitud al órgano de seguridad del pueblo, que la concederá o rechazará tras haberla examinado detenidamente (art. 16). La Ley de la Familia garantiza jurídicamente el apoyo a las personas con discapacidad, al disponer que los miembros de la familia tienen el deber de mantenerlas (arts. 40 a 45).

17.Las cuestiones relativas a la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad se detallan en los reglamentos de aplicación de las leyes mencionadas y en otros instrumentos, como el Reglamento de las Escuelas para Personas Ciegas y Sordas, el Reglamento del Seguro Social, el Reglamento sobre el Trabajo con Exmilitares con Discapacidad Adquirida en el Servicio, el Reglamento sobre el Establecimiento y Funcionamiento de los Albergues para Beneficiarios de la Asistencia Social y las Fábricas de Trabajos Ligeros, el Reglamento sobre la Colocación Laboral y el Reglamento sobre la Evaluación Médica de la Capacidad para Trabajar, entre otros.

Artículo 4Obligaciones generales

18.Desde sus comienzos, la República Popular Democrática de Corea reconoció a las personas con discapacidad los mismos derechos que a los demás ciudadanos, estableció un sistema nacional para protegerlas y adoptó una serie de medidas especiales para su bienestar.

19.La Ley sobre la Actividad Laboral de Trabajadores y Funcionarios en Corea del Norte fue aprobada el 24 de junio de 1946 para establecer las prestaciones que se otorgarían a las personas con una discapacidad causada por un accidente laboral y a las que hubieran perdido la capacidad de trabajar debido a enfermedades profesionales. El 19 de diciembre de 1946, el Comité Popular Provisional de Corea del Norte publicó la Decisión sobre la Aprobación de la Ley del Seguro Social, en que se especificaban los asuntos relativos a la provisión de condiciones de vida para las personas con discapacidad. El 28 de febrero de 1948 se organizó la Unión Democrática de Personas Ciegas de Corea del Norte, con el fin de adoptar las medidas necesarias para el sustento de las personas con ceguera. La Constitución, aprobada simultáneamente con la fundación de la República Popular Democrática de Corea el 9 de septiembre de 1948, estableció que el Estado prestaría asistencia médica en el marco del sistema de seguro social o apoyo material a las personas que hubieran perdido la capacidad de trabajar a causa de una enfermedad.

20.El Estado siguió otorgando prestaciones a las personas con discapacidad incluso durante la guerra (1950-1953), a la vez que adoptaba medidas legislativas para garantizar su aplicación efectiva. La Decisión del Gabinete sobre el Establecimiento de Escuelas para Exmilitares con Discapacidad Adquirida en el Servicio fue adoptada el 13 de abril de 1951, con el fin de proteger a esas personas y ofrecerles formación profesional. En virtud de esta Decisión, se les proporcionarían gratuitamente materiales didácticos, artículos de uso diario y prótesis de brazos y piernas, y también tendrían derecho a atención médica gratuita, incluidos los reconocimientos periódicos y la medicación. En abril de 1953 se publicó la Directiva del Gabinete para la organización de cooperativas de exmilitares heridos en el servicio, en agosto de 1953 se adoptó la Decisión del Gabinete sobre la provisión por el Estado de condiciones para el empleo y la asistencia a la escuela de los soldados heridos, y el 27 de enero de 1954 se aprobó el Reglamento de Seguridad Social del Estado para ofrecer una vida estable a las personas con discapacidad y a otros beneficiarios de la asistencia social.

21.A fin de aumentar el apoyo estatal y la asistencia social para los exmilitares y las personas con discapacidad, en abril de 1960 el Gabinete emitió una directiva que otorgaba a las fábricas de exmilitares con discapacidad y a las fábricas de trabajos ligeros una reducción del 50 % del impuesto sobre las ventas y una exención del 100 % de los pagos debidos al Estado. La directiva obligaba también a las fábricas a contratar, independientemente de sus cupos de empleo, a los exmilitares y las personas con discapacidad que desearan trabajar. Desde mayo de 1960, las personas con discapacidad pueden viajar en autobús gratuitamente y disfrutan de un trato preferencial en el uso de trenes, automóviles, barcos y otros medios de transporte público, así como en los teatros, cines y otros centros culturales.

22.Se adoptaron medidas legislativas para poner a las personas con discapacidad y sin medios de subsistencia al cuidado del Estado. En octubre de 1961 se aprobó el Reglamento de las Residencias de Ancianos y las Residencias de Recuperación, y se crearon los establecimientos necesarios en varias partes del país. En junio de 1962 se aprobaron también las Normas para el Suministro de Materiales a las Residencias de Ancianos y las Residencias de Recuperación, en virtud de las cuales el Estado proporcionaría los artículos de uso diario y las condiciones de vida necesarias a las personas con discapacidad que carecieran de medios de subsistencia.

23.La política del Estado de atender a las personas con discapacidad sin medios de subsistencia en las residencias de recuperación se reflejó en la Constitución Socialista y en la Ley Laboral Socialista aprobadas el 27 de diciembre de 1972 y el 18 de abril de 1978 respectivamente, garantizándose así su aplicación efectiva. Con la adopción, en abril de 1985, de la medida sobre el fortalecimiento de la rehabilitación médica, se crearon servicios terapéuticos en hospitales de todos los niveles, desde el central hasta el de los condados, y salas de terapia en varios dispensarios, y se establecieron sanatorios con servicios de rehabilitación funcional destinados exclusivamente a personas con discapacidad.

24.Los esfuerzos para proteger a las personas con discapacidad se amplificaron y diversificaron con el establecimiento, el 29 de julio de 1998, de la Asociación Coreana de Apoyo a las Personas con Discapacidad, que representa los derechos y defiende los intereses de las personas con discapacidad, y la vigorosa labor que desempeña. (En el párr. 35 del presente informe se describen las actividades de esta Asociación y su reorganización.)

25.Con la aprobación, el 18 de julio de 2003, de la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, se obtuvieron importantes logros en los esfuerzos por asentar en una firme base jurídica los derechos e intereses de las personas con discapacidad, establecer un sistema de orientación estatal unificado para su protección y aumentar la conciencia pública sobre las cuestiones relacionadas con la discapacidad.

26.En cumplimiento de esta Ley, se organizó un comité nacional de protección de las personas con discapacidad, se instituyó el Día de las Personas con Discapacidad y se creó un centro de rehabilitación funcional destinado exclusivamente a estas personas. Se llevaron a cabo eficaces campañas de creación de conciencia, y los medios de comunicación informaron ampliamente sobre las contribuciones de las personas con discapacidad a la sociedad, promoviendo así las percepciones positivas de sus capacidades y potencialidades y fomentando un clima favorable a un apoyo activo a esas personas. Hubo cambios notables en la actitud pública hacia la discapacidad y las personas con discapacidad. Los términos “discapacitado” y “lisiado” fueron sustituidos por la expresión “personas con discapacidad”, y otros términos peyorativos fueron desapareciendo gradualmente. El público en general, que antes solo sentía compasión por las personas con discapacidad, empezó a reconocer su potencial y sus contribuciones a la sociedad y a comprender que esas personas no eran meras receptoras de protección y cuidados, sino titulares de derechos del mismo modo que las demás.

27.La República Popular Democrática de Corea firmó la Convención el 3 de julio de 2013, y el 21 de noviembre de 2013 modificó la legislación interna para armonizarla con lo dispuesto en la Convención. La legislación enmendada contiene una nueva definición de las personas con discapacidad y nuevas disposiciones sobre cuestiones como la creación de centros de investigación para realizar estudios e investigaciones sobre las causas y la incidencia de la discapacidad, el establecimiento de un sistema bien regulado de producción y suministro de dispositivos de asistencia y su entrega con arreglo al plan, la concesión de becas a los alumnos de clases y escuelas especiales, la designación por los comités populares competentes de organizaciones de apoyo a las escuelas especiales, la obligación de esas organizaciones de comprobar periódicamente la situación real de las escuelas especiales y de proporcionarles medios suficientes para su buen funcionamiento, la elaboración de planes de estudios para las escuelas especiales sobre la base del principio de utilizar principalmente la educación general y complementarla con la formación profesional, la creación de asociaciones deportivas y artísticas a nivel central y local, la concesión de un trato preferencial a las unidades empresariales de personas con discapacidad en sus actividades económicas, el diseño y la construcción de viviendas y edificios públicos basados en el principio de la accesibilidad para las personas con discapacidad, y el establecimiento y funcionamiento de una fundación para el apoyo a esas personas.

28.Como seguimiento de la ratificación de la Convención el 23 de noviembre de 2016 y teniendo seriamente en cuenta las recomendaciones formuladas por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad durante su visita al país, la República Popular Democrática de Corea realizó un examen completo de las leyes internas relacionadas con la discapacidad para verificar su conformidad con los requisitos de la Convención, y los proyectos de enmienda de varias de ellas están actualmente en proceso de examen.

29.Por ejemplo, con miras a incorporar en mayor medida los requisitos de la Convención, la actual Ley de Protección de las Personas con Discapacidad será rebautizada como Ley de Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se está examinando un proyecto de enmienda que aborda cuestiones tales como los derechos de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas, a expresar sus opiniones, a ocupar cargos públicos, a afiliarse a organizaciones sociales y a presentar quejas y peticiones, las obligaciones de las instituciones, empresas, organizaciones y personas respecto de la creación de un entorno sin barreras, y asuntos relativos a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. El proyecto de enmienda especifica en particular, de conformidad con los artículos 12 y 23 de la Convención, que se deben proporcionar a las personas con discapacidad las condiciones suficientes para que puedan ejercer su capacidad jurídica y que, si fuere necesario por circunstancias ineludibles, se designará, a petición o con el consentimiento de la persona con discapacidad, a otra persona que actúe como su representante, junto con los procedimientos para confiar la representación, el alcance de esta, y la responsabilidad por el resultado de las actividades realizadas dentro de los límites de los derechos de representación. Además, se están examinando proyectos de enmienda de leyes como la Ley de Construcción, la Ley de Control de la Construcción, la Ley de Planificación Urbana, la Ley de Gestión Urbana y la Ley de Comercio, en que se reflejan cuestiones como el diseño universal, los ajustes razonables y la accesibilidad. En cumplimiento de los requisitos de la Convención, se rectificó el lenguaje peyorativo utilizado para referirse a las personas con discapacidad en las traducciones al inglés de la Ley Laboral Socialista, la Ley de Salud Pública, la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia, la Ley de Procedimiento Penal y la Ley de Procedimiento Civil.

30.Se elaboraron y aplicaron planes de acción a corto y mediano plazo para proteger los derechos de las personas con discapacidad. Por ejemplo, el Plan de Acción 2008-2010 logró su meta de renovar y reacondicionar las fábricas de aparatos ortopédicos y los consultorios de ortopedia para prestar mejores servicios de salud a las personas con discapacidad, modernizar los edificios escolares y de internado y promover el bienestar de los niños con discapacidad. El Plan de Acción 2013-2015 tenía las metas de mejorar la formación profesional de las personas con discapacidad, proporcionarles condiciones de trabajo adecuadas, sentar las bases para una educación inclusiva, reforzar las actividades de eliminación de las barreras de comunicación, acelerar el desarrollo de los deportes para personas con discapacidad, aumentar los medios de la Asociación Artística de Personas con Discapacidad, organizar y fomentar la capacidad de la Asociación de Personas Sordas, fomentar la capacidad de la Asociación de Personas Ciegas, organizar la Asociación de Mujeres con Discapacidad y activar el funcionamiento del Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad, y logró todos estos avances. El Plan de Acción 2016 contenía metas tales como el establecimiento de una red de educación a distancia para mejorar la educación secundaria de los niños con discapacidad, el patrocinio de un servicio piloto de taxis para personas con discapacidad, la creación de capacidad mediante la formación del personal de la KFPD y la introducción de nuevo equipo de tecnología de la información, la edición de un nuevo documental introductorio sobre la KFPD, el refuerzo de la capacidad de producción de prótesis en régimen de autosuficiencia, y el fortalecimiento del intercambio académico y la cooperación en la esfera de la rehabilitación y las prótesis. Las estrategias sectoriales en ámbitos como la educación, la salud pública, el trabajo o la construcción para la aplicación de la Estrategia Nacional de Desarrollo Económico 2016‑2020 también incluyen a las personas con discapacidad, con metas a largo plazo y por etapas que deberán alcanzarse a más tardar en 2020. Actualmente se está aplicando el Plan Estratégico Nacional para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad 2018-2020.

31.En la República Popular Democrática de Corea, el Comité Nacional de Protección de las Personas con Discapacidad es el responsable de la coordinación unificada de la aplicación de las leyes y la política del Estado respecto de las personas con discapacidad. Este Comité está presidido por el Viceprimer Ministro del Gabinete. Sus vicepresidentes son el presidente de la Comisión de Educación y los Ministros de Salud Pública y de Trabajo, y sus miembros, los vicepresidentes de la Comisión de Planificación del Estado y la Comisión Estatal de Emergencias y Desastres, los viceministros de los Ministerios de Finanzas, Seguridad del Pueblo, Control Estatal de la Construcción, Gestión Urbana, Relaciones Económicas Exteriores, Industria Ligera, Deportes y Cultura Física, Cultura, Administración de Alimentos y Artículos de Uso Diario, la Oficina General de Diseño y la Oficina Central de Estadística, y los presidentes de las Asociaciones de Personas Ciegas y Sordas. Los comités provinciales, municipales y de condado para la protección de las personas con discapacidad, bajo la égida de la KFPD, están encabezados por los presidentes de los comités populares de cada zona, siendo sus secretarios los presidentes de la Federación Provincial para la Protección de las Personas con Discapacidad, y sus miembros, los dirigentes de las instituciones relacionadas con la discapacidad y los representantes de las Asociaciones de Personas Ciegas y Sordas y de Mujeres con Discapacidad. El Comité Nacional se reúne una vez al año, y los comités provinciales, municipales y de condado más de dos veces al año, para examinar cuestiones relativas a la protección de los derechos de las personas con discapacidad, como la atención sanitaria y la rehabilitación, la educación, la vida cultural, el trabajo y el empleo y la provisión de condiciones de vida adecuadas.

32.Con miras a garantizar la aplicación plena y efectiva de las leyes y la política del Estado sobre la discapacidad, un funcionario de cada ministerio competente e institución central es designado como coordinador en materia de discapacidad y desempeña un papel importante en el ámbito respectivo. Por ejemplo, los coordinadores de los Ministerios de Deportes y Cultura Física, de Cultura y de Salud Pública trabajan en estrecho contacto con la KFPD a fin de organizar actividades deportivas, culturales y de esparcimiento para las personas con discapacidad, proporcionar a aquellas que puedan trabajar empleos apropiados y buenas condiciones laborales, realizar una encuesta periódica de esas personas y registrarlas por tipo de discapacidad, y, en estrecha cooperación con el centro de salud y rehabilitación funcional, velar por que se presten los debidos servicios de atención sanitaria y rehabilitación.

33.Se han establecido diversos tipos de instituciones y organizaciones relacionadas con la discapacidad para salvaguardar los derechos e intereses de las personas con discapacidad y promover su participación en la vida pública. Existen, por ejemplo, escuelas para alumnos ciegos, escuelas para alumnos sordos, escuelas superiores para exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio, departamentos de investigación y educación para niños con discapacidad de la Academia de Educación, el Centro de Rehabilitación Funcional de Munsu, el Instituto de Investigación sobre Rehabilitación Funcional del Hospital General de la Cruz Roja de Corea, fábricas para exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio, fábricas de trabajos ligeros, fábricas de aparatos ortopédicos y sus albergues, residencias de recuperación y sanatorios para personas con discapacidad. Todas ellas son instituciones especializadas en personas con discapacidad y patrocinadas por el Estado.

34.En la República Popular Democrática de Corea, los comités populares de todos los niveles son los responsables directos de la aplicación de la política estatal sobre las personas con discapacidad. Ofrecen orientación a las instituciones arriba mencionadas en la zona que tienen a su cargo, y cuidan de que se gestionen adecuadamente y ofrezcan las condiciones necesarias. Regularmente se familiarizan con la situación de las personas con discapacidad interesadas y toman medidas para apoyar con recursos materiales y técnicos su rehabilitación sanitaria y funcional, su educación, su vida cultural y su empleo.

35.La KFPD, una organización social que trabaja para proteger los derechos e intereses de las personas con discapacidad, también contribuye de manera importante a la aplicación de la política del Estado sobre las personas con discapacidad. La Asociación Coreana de Apoyo a las Personas con Discapacidad, establecida el 29 de julio de 1998 con la misión exclusiva de prestar apoyo social a las personas con discapacidad, fue transformada en julio de 2005 en la Federación Coreana para la Protección de las Personas con Discapacidad a fin de que, en estrecha cooperación con las instituciones estatales interesadas, contribuyera a la aplicación de la política pública de protección de las personas con discapacidad de manera más completa y unificada. La KFPD tiene por misión representar y proteger los derechos e intereses de las personas con discapacidad y hacer efectiva su participación autónoma, creativa e integral en las actividades públicas. Su principal objetivo es realizar una variedad de actividades de apoyo, promoción e información, educación y comunicación para asegurar la posición social de las personas con discapacidad, promover su rehabilitación mental y física, su educación y trabajo y sus actividades deportivas, de cultura física y artísticas, y crear un entorno sin barreras. El Comité Central tiene organizaciones coordinadoras en todas las provincias, municipalidades y condados, y de ese modo vela por que en todo el país se desplieguen esfuerzos para proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad.

36.Al amparo de la KFPD se han creado la Asociación de Personas Sordas, la Asociación de Personas Ciegas, la Asociación de Mujeres con Discapacidad, la Asociación Deportiva de Personas con Discapacidad, la Asociación Artística de Personas con Discapacidad, la Fundación para Personas con Discapacidad y Huérfanos, la Compañía de Apoyo a Personas con Discapacidad, el Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad, el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas, el Centro de Formación Profesional, la Asociación para la Rehabilitación de Personas con Discapacidad, la Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas y la Oficina de Cooperación para Personas con Discapacidad y Huérfanos. La Fundación para Personas con Discapacidad y Huérfanos tiene una oficina de representación en el extranjero.

37.En la República Popular Democrática de Corea, la coordinación de la aplicación de la Convención y de otros instrumentos internacionales de derechos humanos en que la República Popular Democrática de Corea es un Estado parte corre a cargo del Comité Nacional para la Aplicación de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos. Este Comité se reúne periódicamente para examinar las medidas de aplicación de la Convención y de otros instrumentos de derechos humanos, así como para difundir los instrumentos internacionales de derechos humanos, preparar los informes de aplicación correspondientes y distribuir las observaciones finales aprobadas por los órganos de tratados interesados, entre otras cosas. También examina el estado de aplicación de las convenciones y las leyes internas pertinentes en las instituciones, empresas y organizaciones, y presenta opiniones y recomendaciones al Presídium de la Asamblea Popular Suprema, al Gabinete y a otras instituciones competentes.

Artículo 5Igualdad y no discriminación

38.Las personas con discapacidad gozan de la misma protección jurídica y las mismas prestaciones que los demás ciudadanos en los ámbitos político, económico, social y cultural y en otras esferas.

39.La Constitución establece en el artículo 65 que los ciudadanos gozarán de igualdad de derechos en todas las esferas de la actividad estatal y pública. Esta disposición es una declaración de los derechos adquiridos de todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad.

40.De conformidad con la Constitución y la Ley de Elecciones a la Asamblea Popular en Todos los Niveles, todos los ciudadanos que han cumplido los 17 años de edad tienen el derecho de votar y de ser elegidos, con independencia del sexo, la raza, la ocupación, la duración de la residencia, la situación económica, el nivel de instrucción, la afiliación política, las opiniones políticas o la creencia religiosa. La Ley de Salud Pública, la Ley de Seguridad Social y la Ley Laboral Socialista dan a las personas con discapacidad el derecho a recibir atención médica gratuita en igualdad de condiciones con las demás, y reconocen a todas las personas que ya no pueden trabajar debido a la edad avanzada, la enfermedad o la discapacidad, y a los ancianos y los menores que no tienen medios de subsistencia, el derecho a recibir asistencia material. De conformidad con la Ley de Educación, la Ley de Educación Superior, la Ley de Educación General y la Ley de Crianza y Cuidado de los Niños, todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, reciben educación gratuita desde el jardín de infancia hasta la universidad.

41.También se han tomado medidas para garantizar la realización de ajustes razonables que respondan a las características físicas de las personas con discapacidad. Según lo dispuesto en la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, los proveedores de servicios que trabajan en establecimientos frecuentados por personas con discapacidad reciben regularmente capacitación en braille y en la lengua de señas, para que puedan atender las necesidades de esas personas. De conformidad con la Ley de Procedimiento Penal y la Ley de Procedimiento Civil, las personas sordas acusadas de un delito o que comparecen como testigos cuentan con los servicios de un intérprete de lengua de señas cuando son interrogadas.

Artículo 6Mujeres con discapacidad

42.La República Popular Democrática de Corea promulgó el Decreto sobre la Igualdad de Género el 30 de julio de 1946, y el 10 de diciembre de 2010 aprobó la Ley de Protección de los Derechos de la Mujer, estableciendo así la garantía jurídica de la protección y promoción de los derechos de las mujeres y reforzando aún más su posición y papel en todas las esferas de la vida social. Esta Ley dispone en su artículo 2 que la República Popular Democrática de Corea mantendrá sistemáticamente la política de garantizar la igualdad de la mujer y el hombre, y que el Estado velará por que se prohíban estrictamente todas las formas de discriminación contra la mujer. En virtud de esta legislación, todas las mujeres de la República Popular Democrática de Corea, con o sin discapacidad, disfrutan de sus derechos sociales y políticos y de los derechos a la educación, la cultura, la atención de la salud, el trabajo, la persona y la propiedad, el matrimonio y la familia en pie de igualdad con los hombres.

43.Para garantizar a las mujeres con discapacidad el pleno disfrute de sus derechos, desde 2011 se han organizado Asociaciones de Mujeres con Discapacidad en cuatro provincias, lo que allanará el camino para la organización y el funcionamiento de dicha asociación a nivel central. Las asociaciones organizadas en las provincias de Pyongan Septentrional y Meridional, la provincia de Kangwon y la provincia de Hamgyong Meridional se han fijado como funciones principales concienciar a la opinión pública sobre las capacidades y potencialidades de las mujeres con discapacidad, comprender sus necesidades y sus situaciones económicas y culturales y adoptar las medidas requeridas para que puedan disfrutar de una vida que merezca la pena, en igualdad de condiciones con los demás. Elaboran planes de acción, trabajan con los comités provinciales de la KFPD, eligen a los representantes de las mujeres con discapacidad en las ciudades y los condados y colaboran con ellos. Su misión principal es la creación de conciencia pública, la evaluación de las necesidades y la organización de las actividades económicas, deportivas y culturales de las mujeres con discapacidad. Dada la prioridad máxima atribuida al fomento de la capacidad del personal de esas asociaciones, el Comité Central y los comités provinciales de la KFPD han organizado conjuntamente talleres y cursos de capacitación sobre diferentes temas. El personal de estas asociaciones realiza visitas a domicilio para hablar con las mujeres con discapacidad y sus familias, conocer sus necesidades y su situación real y formular sugerencias a los comités provinciales de la KFPD a fin de encontrar soluciones. De esta manera, se aseguran de que los esfuerzos provinciales en favor de las mujeres con discapacidad respondan a los problemas que tienen estas mujeres para atender sus propias necesidades y deseos y mejorar su situación. Por ejemplo, la Asociación Provincial de Pyongan Meridional organizó un grupo de autoayuda integrado por mujeres con discapacidad y sus familiares para la confección de prendas de vestir y otras actividades económicas. Gracias a todas estas iniciativas, las mujeres con discapacidad se sienten miembros de la sociedad y saben que pueden hacer contribuciones al desarrollo de esta y a sus familias, así como mejorar sus competencias técnicas.

44.Todavía hay casos de mujeres con discapacidad y familiares suyos que, debido a un estereotipo profundamente arraigado, se avergüenzan de la discapacidad; esas mujeres son reacias a darse a conocer o a interactuar con otros. Estos problemas se superarán seguramente con la mejora de las actividades de las asociaciones de mujeres con discapacidad, una mayor creación de conciencia entre la población y otras medidas.

Artículo 7Niños y niñas con discapacidad

45.Fiel al principio de “lo mejor para los niños”, la República Popular Democrática de Corea ha aplicado invariablemente la política de proporcionar a todos los niños, con carácter preferente, lo mejor de todo lo que necesitan para su salud, su educación y su vida. La aplicación de esta política está garantizada por la Ley de Crianza y Cuidado de los Niños, la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia, la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, la Ley de Salud Pública, la Ley de Educación y la Ley de la Familia, entre otras.

46.Por ejemplo, la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia dispone, en su artículo 3, que todos los niños de la República Popular Democrática de Corea tienen los mismos derechos, independientemente de su origen social y sexo, de la posición y los bienes de sus padres o tutores y de su discapacidad; en su artículo 16, que los niños tienen derecho a afiliarse a la Unión de Niños u otras organizaciones infantiles y a expresar libremente sus opiniones, ya sea oralmente, por escrito o mediante publicaciones u obras de arte; en su artículo 17, que la privacidad, la familia, la correspondencia, el honor y la dignidad de los niños estarán protegidos por la ley; en su artículo 20, que los niños tendrán derecho a presentar quejas y peticiones, que las instituciones, empresas y organizaciones interesadas recibirán las quejas y peticiones de los niños sin demora y las resolverán de manera responsable, y que no las ignorarán ni las tratarán de forma irresponsable; en su artículo 30, que los niños con discapacidad tendrán los mismos derechos que los demás niños a recibir educación y atención médica, que las instituciones de orientación de la educación, las instituciones de salud pública y los comités populares locales gestionarán adecuadamente las escuelas para alumnos ciegos y sordos y dotarán a esos niños de condiciones adecuadas para la escolaridad, el tratamiento médico y la vida; en su artículo 42, que los pensamientos de los niños se tendrán debidamente en cuenta en la familia y no se pasarán por alto o ignorarán; en el artículo 43, que los niños no serán sometidos a actos como el maltrato, el abuso o la censura en la familia, ni serán ignorados o golpeados; y en el artículo 47, que, al tratar con niños en conflicto con la ley, las instituciones judiciales garantizarán plenamente sus derechos en todas las etapas de la tramitación de la causa.

47.Se han adoptado medidas destinadas a crear condiciones para que los niños expresen libremente sus opiniones. Diversos tipos de festivales y concursos, como el Concurso del Premio Literario Mi Aula, la Exposición Nacional de Escolares sobre Ciencia Ficción, las Obras y Modelos Literarios, la Presentación de Bellas Artes, el Festival Nacional de Arte de los Escolares y el Concurso de Arte de los Jardines de Infancia, se celebran dos veces al año y reúnen a cientos de niños de todo el país, incluidos niños con discapacidad. Los mejores participantes reciben certificados y premios, y sus trabajos se difunden a través de la televisión, la radio y periódicos infantiles como Sonyon Sinmun y Saenal Sinmun. Por ejemplo, una persona con poliomielitis que actualmente es escritor de la Asociación Artística de Personas con Discapacidad escribió en su adolescencia el cuento “Mis amigos” y muchas otras obras y ganó cinco Premios Literarios Mi Aula, el más alto galardón en el campo de la literatura juvenil. Hoy día continúa produciendo buenas obras que describen la vida de las personas con discapacidad. Los medios de comunicación difunden también canciones y poemas escritos por otros niños con discapacidad, que dejan una profunda huella en el público.

48.En los párrafos 141 a 150, 155, 164 y 188 a 196 se describen las medidas adoptadas para la educación, los deportes y las actividades culturales y la rehabilitación de los niños con discapacidad.

49.Se han establecido una serie de medidas para fomentar la confianza en sí mismos y la autoestima de los niños con discapacidad desde la primera infancia, y para guiarlos a fin de que participen en la vida social de manera activa y consciente, al tiempo que se promueve entre los niños sin discapacidad el respeto por la dignidad de los que tienen una discapacidad y se les impulsa a brindarles apoyo y amistad. La enseñanza de la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia, la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad y otras leyes conexas en la clase de derecho y moral socialista de las escuelas contribuye a combatir los estereotipos y prejuicios contra los niños con discapacidad y a promover las imágenes positivas de esos niños. Los maestros de jardines de infancia y de escuelas primarias deben prestar especial atención al estudio y la vida de los niños con discapacidad y a su interacción con los demás, y crear las condiciones y el entorno adecuados para que se mezclen con los otros niños. Se organizan las actividades de formación necesarias para desarrollar la capacidad de los maestros en este ámbito. Los casos de niños con discapacidad que tienen buenas notas y modales y de otros niños que les prestan asistencia se destacan en los periódicos infantiles y otros medios de comunicación. Tan solo en los años 2017 y 2018 la televisión y los principales periódicos informaron sobre varios maestros y niños que, con gran nobleza de ánimo, habían brindado un cálido apoyo y asistencia a niños con discapacidad en sus estudios y en la vida.

50.En cada primavera y otoño y con ocasión del Día de las Personas con Discapacidad, se organizan deportes escolares, representaciones artísticas y otras actividades diversas para encaminar a los niños con discapacidad hacia una vida rica en emociones y una buena salud mental. La organización de juegos deportivos amistosos entre los niños de escuelas especiales y ordinarias ha mejorado la toma de conciencia pública sobre las personas con discapacidad y ha fomentado un clima de ayuda y orientación mutua.

51.En el cuadro 4 del anexo figuran las tasas de discapacidad de los niños, por grupos de edad y tipos de discapacidad.

Artículo 8Toma de conciencia

52.La República Popular Democrática de Corea presta gran atención a proporcionar a las personas con discapacidad condiciones y entornos favorables para la participación activa en la vida social en igualdad de condiciones con las demás.

53.La Constitución Socialista establece que en la República Popular Democrática de Corea los derechos y deberes de los ciudadanos se basan en el principio colectivista de “Uno para todos y todos para uno” (art. 63) y la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone que el Estado reforzará la educación de la población para que trate a las personas con discapacidad con un noble amor humano y sin discriminación alguna y les preste un apoyo sincero (art. 6).

54.La difusión de la Constitución Socialista, la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, la Ley Laboral Socialista, la Ley de Seguridad Social, la Ley de Educación y otras leyes relacionadas con la discapacidad se ha llevado a cabo de diversas formas y por distintos métodos, guiando a la población para que comprenda que las personas con discapacidad no son meras receptoras de cuidados sino titulares de derechos en igualdad de condiciones con las demás, y que protegerlas y apoyarlas no es solo una cuestión ética y moral sino también una obligación legal. Por ejemplo, en diciembre de 2016 y en febrero de 2017, a modo de seguimiento de la ratificación de la Convención, expertos de la KFPD dieron una detallada conferencia sobre la discapacidad y las personas con discapacidad ante los altos funcionarios de los ministerios e instituciones centrales, para que pudieran adoptar una actitud correcta frente a las cuestiones relacionadas con la discapacidad. El Comité Central de la KFPD organizó tres talleres de fomento de la capacidad para los coordinadores del tema de la discapacidad en los ministerios competentes y las instituciones centrales, además de los cursos de capacitación y talleres para el personal de sus organizaciones locales dictados periódicamente. La formación sobre el terreno de quienes trabajan para y con las personas con discapacidad resultó muy útil y mejoró la capacidad de esos profesionales de dar a conocer a la población los derechos y habilidades de las personas con discapacidad y sus contribuciones a la sociedad.

55.La firma y ratificación de la Convención por la República Popular Democrática de Corea en 2013 y 2016, respectivamente, así como los principios y requisitos en ella establecidos, fueron difundidos ampliamente por los medios de comunicación. La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad enmendada también se dio a conocer a través de la red nacional de formación jurídica. La Convención se tradujo al idioma coreano en 2011, y en 2012 y 2015 se imprimieron y publicaron miles de ejemplares de la Convención, la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad y las leyes y reglamentos relacionados con la discapacidad, tanto en inglés como en coreano, lo que permitió, no solo a los expertos y profesionales en materia de discapacidad sino también al público en general, tener una comprensión clara y positiva de las cuestiones relacionadas con la discapacidad.

56.También se procuró divulgar entre la población información general sobre el concepto y los tipos de discapacidad, los métodos de atención a las personas con diferentes tipos de discapacidad y otras cuestiones relacionadas con el tema. Se recurrió a la televisión y otros medios de comunicación para difundir, con noticias, reportajes, ayudas visuales y otros modos y métodos, conocimientos generales sobre la discapacidad y el cuidado de las personas con discapacidad. También se prestó la debida atención al funcionamiento regular de la Intranet destinada a las personas con discapacidad, para que pudieran mantenerse informadas de las actividades estatales y públicas en curso. Para las personas con deficiencia auditiva, se incluyeron subtítulos en las noticias, en obras literarias y en algunos otros programas de televisión. Sin embargo, la normalización de la lengua de señas coreana en todo el país sigue siendo un reto, y se está trabajando intensamente para superarlo.

57.La KFPD desempeña un papel importante en la creación de conciencia pública. Habiendo dado prioridad a la concienciación de las personas con discapacidad para ayudarlas a superar la sensación de impotencia y frustración y a desarrollar el sentido de la dignidad y la autoestima, difundió numerosos ejemplares de folletos y prospectos destinados tanto a las personas con discapacidad como a sus familias, colegas y otras personas obligadas a cuidarlas. En 2010, la KFPD inauguró su sitio web Huimang (Esperanza) en la página web de la República Popular Democrática de Corea Naenara. Este es uno de los sitios web más populares administrados por las instituciones y organizaciones nacionales, y es una fuente de información para las organizaciones extranjeras, los particulares y los agentes internacionales que desean comprender correctamente los esfuerzos de la República Popular Democrática de Corea para proteger a las personas con discapacidad, así como para los que cooperan o están dispuestos a cooperar con la República Popular Democrática de Corea a ese respecto.

58.Las organizaciones afiliadas a la KFPD, como el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas, la Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas y el comité no permanente de examen de la lengua de señas coreana, están realizando estudios para normalizar esta lengua. En los puestos de CD/DVD de Pyongyang y otras localidades se distribuyen diferentes tipos de DVD y CD para la enseñanza de la lengua de señas, a fin de que las personas con deficiencia auditiva y sus familias, parientes, amigos y otras personas interesadas en las cuestiones relacionadas con la discapacidad puedan aprender esta lengua. Una vez normalizada la lengua de señas coreana, la Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas tiene previsto introducir la subtitulación en esa lengua en los programas de noticias de la televisión, para lo cual está haciendo ahora el trabajo preparatorio.

59.Se han desplegado esfuerzos para alentar a las personas a que sigan el ejemplo de otras y apoyen y atiendan a las personas con discapacidad, a fin de crear una sociedad en que prevalezcan el apoyo y la amabilidad hacia estas personas.

60.La sociedad de la República Popular Democrática de Corea es una gran familia armoniosa, en que abundan los ejemplos de nobleza de espíritu en la dedicación al cuidado de personas con discapacidad: una mujer contrajo matrimonio con un exmilitar que tenía una hemiplejia dolorosa y otras deficiencias severas adquiridas durante la guerra (1950‑1953) y, con sus leales cuidados y sus ánimos, contribuyó a que el marido, postrado en cama durante 43 años, escribiera decenas de poemas y cuentos para la educación de la generación joven y finalmente fuera condecorado como Artista del Pueblo y Héroe del Trabajo; la directora de la Escuela de Alumnos Ciegos de Taedong comenzó a enseñar en esta escuela cuando era una niña y dedicó toda su vida a los alumnos ciegos, ganándose el respeto de todos; una maestra de una escuela rural hizo posible la escolarización de una niña con poliomielitis congénita al recorrer 2 km al día cargándola en su espalda para que pudiera aprender en igualdad de condiciones con los demás, y luego fue maestra de otros dos niños con discapacidad; una maestra muy joven se dedicó a llevar a un niño con poliomielitis a la escuela en su bicicleta cada día e hizo todo lo posible para su rehabilitación; un hombre que quedó parapléjico por una enfermedad repentina no perdió la esperanza ni se frustró, sino que, dentro de sus capacidades, realizó muchas acciones meritorias para el bien de la sociedad y fue premiado con el título de Héroe del Trabajo. Todas estas acciones han sido divulgadas ampliamente a través de los medios de comunicación y han tenido una influencia positiva en el fomento de una atmósfera de apoyo a las personas con discapacidad.

61.Instituido como Día de las Personas con Discapacidad, el 18 de junio, día de la aprobación de la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, se celebra anualmente en todo el país con animadas actividades, contribuyendo a fomentar en la población una actitud de respeto a la dignidad y los derechos de las personas con discapacidad. Este día es una ocasión importante para dar a conocer la política del Estado sobre la protección de las personas con discapacidad, promover el apoyo social a esas personas y fomentar su participación en la vida pública. Desde 2014 se ha organizado ese día una celebración conjunta, que ha reunido a los miembros de las misiones diplomáticas de los países de la Unión Europea y de las organizaciones internacionales presentes en la República Popular Democrática de Corea y a los coreanos en el extranjero que visitan el país. Los participantes en los actos presencian una representación artística de los miembros del grupo de música y danza de la Asociación Artística Coreana de Personas con Discapacidad, que muestra vívidamente sus sentimientos y talentos artísticos, experimentan la vida cotidiana de las personas con discapacidad y, en los seminarios, intercambian sus puntos de vista y opiniones sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad. Las instituciones y organizaciones que se ocupan de la discapacidad en diferentes partes del país también organizan representaciones artísticas, juegos recreativos y otras actividades interesantes, y visitan a familias de personas con discapacidad para brindarles apoyo moral y material.

62.El Día Internacional de las Personas con Discapacidad se celebra anualmente, desde 2010, bajo los auspicios de la KFPD. En las celebraciones participan ciudadanos de Pyongyang, funcionarios y expertos de instituciones relacionadas con la discapacidad, personas con discapacidad y sus familias, y miembros de las misiones diplomáticas de países extranjeros y organizaciones internacionales presentes en el país. Los vídeos que describen las actividades realizadas por la KFPD se presentan con interpretación en lengua de señas y subtítulos en coreano e inglés. Todas las alocuciones y presentaciones de la celebración cuentan con interpretación en lengua de señas e interpretación oral al inglés. Los miembros de la Asociación Artística de Personas con Discapacidad ofrecen una representación artística, y se organizan también exposiciones fotográficas y de artesanía.

63.Todos estas iniciativas se divulgan ampliamente a través de la televisión y la prensa. En particular, la difusión de información general sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad y los informes sobre la vida laboral y cultural de las personas con discapacidad que se dan a conocer antes y después del Día de las Personas con Discapacidad son de gran importancia para transmitir una imagen positiva de estas personas y motivarlas a participar activamente en la vida pública, con confianza en sí mismas y respeto.

64.La cobertura mediática de la visita a la República Popular Democrática de Corea de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y su equipo en mayo de 2017 fue muy importante para señalar a la atención del público las cuestiones relacionadas con la discapacidad. La acogida de la delegación por la República Popular Democrática de Corea fue una manifestación de su empeño en mejorar la protección de las personas con discapacidad, en consonancia con las tendencias mundiales, y permitió a la población entender mejor la necesidad y la importancia de los esfuerzos en ese ámbito, así como las capacidades y el potencial de las personas con discapacidad.

Artículo 9Accesibilidad

65.Una de las prioridades de la República Popular Democrática de Corea en la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad es facilitar su vida independiente y su participación plena en todos los aspectos de la vida garantizándoles el acceso, en condiciones de igualdad con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones y otros servicios e instalaciones abiertos u ofrecidos al público, tanto en las zonas urbanas como en las rurales.

66.La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone, en el artículo 47, que las instituciones de control estatal de la construcción, de diseño y de gestión urbana, así como las instituciones, empresas y organizaciones interesadas, respetarán, al construir y diseñar viviendas y edificios y estructuras públicas, el principio de la provisión de condiciones de vida adecuadas a las personas con discapacidad; en el artículo 48, establece que los servicios de transporte, los establecimientos de servicios y los centros de comunicación facilitarán a las personas con discapacidad el uso de los vehículos, las instalaciones de servicios y los medios de comunicación y les prestarán un servicio amable y preferente, y que las personas ciegas y las demás personas con serias restricciones o la pérdida total de la capacidad de vida independiente podrán viajar gratuitamente en los autobuses, barcos y otros medios de transporte.

67.Las Normas de Diseño y Construcción de Espacios para las Personas con Discapacidad, publicadas mediante la directiva del Ministerio de Control Estatal de la Construcción de 19 de julio de 2009, contienen especificaciones detalladas para el diseño de edificios en que las personas con discapacidad puedan circular cómodamente. Estas normas representan las directrices sobre el diseño de espacios para las personas con discapacidad en las vías urbanas y las instalaciones públicas que vayan a construirse o renovarse, así como para el diseño de los edificios o instalaciones en que vayan a trabajar y vivir personas con discapacidad. Las normas contienen también los requisitos básicos para el diseño de aceras, cruces, paradas de autobús, puentes y túneles teniendo en cuenta las necesidades de las personas en silla de ruedas, las personas ciegas y las que utilizan bastones, muletas u otras ayudas para caminar, así como las normas para el diseño de rampas, entradas, placas en braille, ascensores, baños y aseos, salones, vestíbulos y asientos para el público adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad. Actualmente, el Ministerio de Control Estatal de la Construcción y la Oficina General de Diseño están revisando estas normas con referencia a los datos técnicos más recientes sobre el entorno sin barreras.

68.En septiembre de 2017 se organizó un taller con el objetivo de dar conocer mejor a los coordinadores de los ministerios encargados de crear un entorno sin barreras, entre ellos el Ministerio de Control Estatal de la Construcción, la Oficina General de Diseño y el Ministerio de Gestión Urbana, así como a otros interesados, los conceptos y requisitos del diseño universal, los ajustes razonables y otros aspectos de la accesibilidad mencionados en la Convención, y examinar las medidas que debían adoptarse. El Plan de Acción Estratégico Nacional para la Protección de las Personas con Discapacidad que se está aplicando incluye también medidas jurídicas, institucionales, administrativas, técnicas y logísticas para la creación de un entorno sin barreras.

69.Se está procurando asimismo eliminar las barreras físicas que impiden la participación de las personas con discapacidad en la vida social, y ofrecer a estas personas condiciones y un entorno mejores, más seguros y más favorables para su vida cotidiana y su participación social.

70.En los recintos de los principales hospitales se han creado zonas de estacionamiento de taxis que llevan las marcas internacionales de las personas con discapacidad y hay taxis que están exclusivamente al servicio de estas personas. La Casa Conmemorativa de la Guerra de Liberación de la Patria, el Aeropuerto Internacional de Pyongyang y el Aeropuerto de Kalma, en Wonsan, construidos recientemente, tienen vías para personas ciegas, aseos, ascensores y puntos de inspección para personas con discapacidad, y otros servicios e instalaciones adaptados a sus necesidades. Los nuevos vagones de metro fabricados en 2015 tienen asientos y espacios especiales para las personas de edad y las personas con discapacidad. El Estadio del Día de Mayo y otros lugares públicos, como los otros estadios, los teatros y los parques de recreo, al igual que el Complejo de Ciencia y Tecnología y la Residencia de Ancianos de Pyongyang, tienen aseos para uso exclusivo de las personas con discapacidad. En particular, el Complejo de Ciencia y Tecnología tiene una sala de lectura electrónica especialmente diseñada para las personas con discapacidad, donde las personas sordas o que tienen deficiencia auditiva pueden ver películas sobre ciencias y utilizar otros medios electrónicos con lengua de señas y subtítulos en coreano, y las personas ciegas o con deficiencia visual pueden escuchar libros electrónicos con programas de audio y leer los documentos que necesiten en versiones impresas por computadoras con el programa de reconocimiento y edición en braille coreano. Los bibliotecarios de esta sala de lectura reciben regularmente capacitación en la lengua de señas, impartida por la Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas, para que puedan prestar un servicio satisfactorio a las personas sordas o con deficiencia auditiva.

71.Los diseños para la remodelación del condado de Samjiyon, que será el municipio modelo del país, y para la construcción de la zona turística costera de Kalma, en Wonsan, comprenden la construcción de un entorno sin barreras para las personas con discapacidad, de conformidad con las normas internacionales.

72.El Centro de Servicios Jangwonde Phyongchon, construido recientemente en Pyongyang con el patrocinio de la KFPD, es una instalación modelo, accesible para personas con y sin discapacidad, que ayuda a obtener una comprensión suficiente del concepto, la necesidad y la importancia de un entorno sin barreras y contribuye enormemente a aumentar la conciencia pública sobre las cuestiones de la accesibilidad para las personas con discapacidad.

73.El Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas, una organización afiliada a la KFPD que es el centro de actividades económicas y culturales de las personas con sordera y ceguera, organizó en 2015 la capacitación técnica y la entrega de materiales para el desarrollo de dispositivos de alarma luminosa para las personas sordas o con deficiencia auditiva, a lo que siguió, en mayo de 2018, la propuesta del proyecto de desarrollo de dispositivos de tecnología de la información para personas con discapacidad. La ejecución de este proyecto permitirá a las personas con deficiencia auditiva o visual comunicar con los demás sin ninguna dificultad.

74.La Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas publica manuales de lengua de señas para los principales edificios públicos, los establecimientos de restauración y otras instancias para que las personas con discapacidad puedan acceder a las instalaciones públicas y a los servicios prestados o abiertos al público. También está realizando la labor preparatoria para la publicación del diccionario de la lengua de señas coreana normalizada y de un libro de referencia para el estudio de la lengua de señas y la dactilología coreanas. La clase de educación temprana en la lengua de señas del Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas enseña esta lengua a niños con deficiencia auditiva y a todas las personas que lo deseen. Por ejemplo, en 2011 este centro organizó cuatro cursos de capacitación para el personal del Comité Central y las organizaciones afiliadas de la KFPD. Cuando se anunció el plan de construcción del Complejo de Ciencia y Tecnología, la KFPD y el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas prestaron asistencia técnica en el diseño de la sala de lectura especializada para personas con discapacidad y organizaron la capacitación en la lengua de señas de los futuros bibliotecarios y otros proveedores de servicios, a fin de que las personas con deficiencia auditiva pudieran recibir en el Complejo los servicios que precisaran.

75.La Oficina de Tecnología de la Información de Pyongyang y otras dependencias para el desarrollo de las tecnologías de la comunicación están trabajando en estrecha cooperación con el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas en la elaboración de programas informáticos a fin de que las personas con deficiencia auditiva o visual puedan acceder a los nuevos sistemas tecnológicos, de comunicación y de información.

76.A la luz de los requisitos de la Convención, aún queda mucho por hacer para facilitar el acceso de las personas con discapacidad al entorno físico, lo que incluye la mejora de la accesibilidad de las instalaciones públicas y la subtitulación en lengua de señas de los programas de noticias de la televisión. La República Popular Democrática de Corea tiene previsto introducir y difundir ampliamente tecnologías de accesibilidad avanzadas, a fin de crear un entorno físico adaptado a las necesidades de las personas con discapacidad para su plena y efectiva integración social y su vida independiente y autónoma.

Artículo 10Derecho a la vida

77.La Constitución otorga a todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, el derecho a la inviolabilidad de la persona. Poner a una persona bajo control o detenerla sin una orden judicial constituye una grave violación de la ley.

78.De conformidad con el Código Penal, la pena de muerte no se impone a personas que hayan cometido un delito siendo menores de 18 años, ni se ejecuta en el caso de las mujeres embarazadas. Los delitos que atentan contra la vida de otros se castigan con penas severas. Por ejemplo, el artículo 58 del Código Penal exige que en los casos graves de homicidio intencional la persona sea sometida a una sanción penal, independientemente de la prescripción que rija, mientras que el artículo 266 dispone que la persona que haya dado muerte intencionadamente a otra será sometida a una pena de reforma mediante el trabajo de no menos de diez años o a una reforma mediante el trabajo por un período indefinido, o a la pena de muerte en los casos extremadamente graves.

79.La Ley de Protección de los Derechos de la Infancia otorga a todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, el derecho a la vida y al desarrollo, y obliga a los padres, los tutores o las instituciones interesadas a garantizar que disfruten plenamente de los derechos a la protección de la vida y la existencia y a crecer física y mentalmente sanos. Para cumplir las obligaciones que les impone esta Ley, las instituciones de orientación de la salud pública y los comités populares locales han asignado trabajadores médicos a las guarderías, los jardines de infancia y las escuelas, y suministran los medicamentos y aparatos médicos adecuados para poder cuidar bien la salud de los niños, mientras que las instituciones de crianza de niños cumplen sus funciones de manera científica, con controles periódicos de la salud y el crecimiento de los niños y la adopción de las medidas necesarias.

Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

80.Las medidas de protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo y emergencias humanitarias están establecidas en la Ley de Prevención de Desastres, Socorro y Recuperación, la Ley de Prevención de Desastres Causados por Terremotos y Volcanes, la Ley de la Sociedad de la Cruz Roja y sus reglamentos de aplicación. Por ejemplo, en virtud de la Ley de Prevención de Desastres, Socorro y Recuperación, cuando ocurre un desastre el Estado debe movilizar con prontitud los recursos humanos y el equipo adecuados para la realización inmediata y eficaz de la labor de socorro y recuperación, las instituciones educativas deben impartir educación sobre la preparación y respuesta en casos de desastre, y los medios de difusión deben informar a la población sobre los fenómenos naturales que pueden tener consecuencias desastrosas, la prevención de los daños posibles y los primeros auxilios. En particular, la Ley dispone que al determinar el orden de suministro de las reservas de emergencia, la institución de que se trate deberá dar prioridad a los niños, las personas de edad, las personas con discapacidad, las mujeres y otras personas que necesiten apoyo urgente en las zonas afectadas.

81.En caso de desastre, la atención se centra principalmente en la protección y el rescate de las personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, y se han establecido las medidas necesarias para ello. El Comité Central de la KFPD trabajó en estrecha cooperación con el Comité Estatal de Gestión de Emergencias y Desastres para incorporar en las actividades de prevención de desastres cuestiones como la evaluación de las dificultades y posibilidades de las personas con discapacidad afectadas por los desastres, la elaboración de un plan de contingencia, el establecimiento de un sistema de alerta temprana y la creación de un entorno sin barreras. También organizó talleres para el fomento de la capacidad de quienes trabajan para y con las personas con discapacidad en la esfera de la prevención de desastres. Por ejemplo, la KFPD ejecutó con éxito un proyecto piloto para la reducción inclusiva del riesgo de desastres en la Escuela para Personas Sordas de Pongsan, en la provincia de Hwanghae Septentrional, cuando fue afectada por inundaciones y corrimientos de tierra en 2015. También proporcionó ayudas para la movilidad y artículos de primera necesidad a 500 personas con discapacidad y sus familias en la zona afectada por el desastre de Hoeryong, en la provincia de Hamgyong Septentrional, en septiembre y octubre de 2016. Desde 2017, se está aplicando un programa inclusivo de reducción de los riesgos de desastre en la Escuela para Personas Ciegas y la Escuela para Personas Sordas de Hamhung, en la provincia de Hamgyong Meridional, en la Escuela para Personas Sordas de Pongsan y la aldea vecina de la provincia de Hwanghae Septentrional, y en la sede del condado de Ryongchon y en Ryongampo y sus alrededores, en la provincia de Pyongan Septentrional.

82.El Comité Central de la KFPD tiene previsto elaborar directrices para la reducción inclusiva del riesgo de desastres, que se distribuirán a las oficinas de prevención de desastres de los comités populares provinciales; renovar, a título experimental, los edificios existentes en dos provincias a fin de utilizarlos como albergues para personas con discapacidad; almacenar, en cooperación con los comités provinciales de protección de las personas con discapacidad, dispositivos de asistencia y otras reservas de emergencia; y establecer un sistema que le permita compartir el estado de las existencias con el Comité Estatal de Gestión de Emergencias y Desastres y los comités provinciales de prevención de desastres, con miras a suministrarlas prontamente a las personas con discapacidad en caso de desastre.

Artículo 12Igualdad ante la ley

83.Las personas con discapacidad ejercen la misma capacidad jurídica que las demás, de acuerdo con la Constitución Socialista, el Código Civil, la Ley de la Familia, la Ley de Sucesiones y la Ley de Procedimiento Civil.

84.La Constitución dispone en su artículo 65 que los ciudadanos gozarán de igualdad de derechos en todas las esferas de la actividad estatal y pública; la Ley de la Familia establece en su artículo 4 que la protección de la dignidad y la promoción de los derechos de las personas son un requisito intrínseco del sistema socialista, en virtud del cual el ser humano es el bien más preciado, y que el Estado, mediante un sistema de tutela, protegerá los derechos e intereses de los ciudadanos incapacitados; el Código Civil dispone en el artículo 19 que un ciudadano adquiere derechos civiles al nacer y los pierde al morir, que todos los ciudadanos son iguales en lo que respecta a los derechos civiles y que nadie puede limitar esos derechos de un ciudadano, salvo que así esté previsto en la ley; y la Ley de Sucesiones establece, en su artículo 3, que el Estado garantizará los derechos de los herederos en pie de igualdad, y en su artículo 4, que el Estado garantizará que en la gestión de los asuntos relacionados con la sucesión se promuevan preferentemente los intereses de las personas que carezcan de capacidad independiente.

85.En la República Popular Democrática de Corea, la mayoría de edad se alcanza al cumplir los 17 años. Todo ciudadano que tenga 17 años cumplidos podrá actuar de forma independiente con arreglo al derecho civil. Las personas incapacitadas para celebrar actos civiles o las personas con discapacidad podrán, a petición suya o con su consentimiento, realizar un acto de derecho civil a través de sus padres o tutores. La incapacidad de un adulto para celebrar un acto civil se determina por procedimientos legales. Cuando una persona con discapacidad es incapaz de realizar un acto civil, podrán ser elegidos para actuar como tutor su cónyuge o uno de sus padres, hijos, abuelos, nietos o hermanos. El tutor asume la obligación de administrar los bienes de la persona en cuyo nombre actúa, ser su representante y cuidar de su salud y su vida. Un representante tiene derecho a realizar un acto regido por el derecho civil en nombre de su mandante, y la responsabilidad jurídica recae en este último. La representación se confía verbalmente o por escrito. En caso de que un ciudadano autorice verbalmente a un representante, la otra parte deberá ser informada de ello y de los límites del derecho de representación. El representante tiene la obligación de llevar a cabo la representación fielmente, dentro de los límites de los derechos de representación, y debe responder ante el mandante por todo daño que cause por una representación impropia, dentro de los límites de los derechos de representación. El ejercicio de la tutela es supervisado por la institución de administración de la población.

86.El artículo 37 del Código Civil establece, para la propiedad de los bienes en la República Popular Democrática de Corea, las categorías de propiedad estatal, social, cooperativa y privada, y el artículo 39 dispone que la persona que tenga la propiedad de un bien podrá poseer, utilizar o enajenar ese bien dentro de los límites previstos por la ley. De conformidad con estas disposiciones, las personas con discapacidad pueden, en igualdad de condiciones con las demás, celebrar contratos de compra o venta de bienes con instituciones de comercio minorista, organismos de adquisición y particulares, contratos para vender a los consumidores los productos agrícolas secundarios que hayan producido, contratos de servicio para la fabricación, la reparación o el mantenimiento de bienes y otros servicios, contratos de almacenamiento para el depósito o la conservación de bienes, contratos de préstamo para el empréstito de libros, artículos de primera necesidad, instalaciones recreativas y aparatos de gimnasia, contratos de transporte de pasajeros, contratos de ahorro, contratos de seguro, contratos de préstamo, etc. Los derechos y obligaciones relativos al cumplimiento de los contratos se establecen en el Código Civil.

Artículo 13Acceso a la justicia

87.Los principios, procedimientos y métodos para un juicio imparcial se establecen en la Constitución, la Ley de Composición de los Tribunales, la Ley de Procedimiento Penal, la Ley de Procedimiento Civil y otras leyes pertinentes, que se aplican por igual a todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad.

88.La justicia es administrada por un tribunal compuesto por un juez y dos asesores del pueblo, elegidos en las asambleas populares correspondientes. En la administración de justicia, los tribunales son independientes y las actuaciones judiciales se llevan a cabo en estricta conformidad con la ley y sin injerencia o influencia externas. Los tribunales dictan sentencias de culpabilidad o no culpabilidad cuando la verdad del caso en cuestión queda demostrada fuera de toda duda razonable sobre la base de pruebas científicas corroboradas durante el juicio. El propio acusado debe asistir al juicio y es defendido por un abogado defensor de su elección. El acusado puede llamar a un testigo para defenderse y para interrogarlo. Está prohibido obligar a un acusado a declarar contra sí mismo o a confesarse culpable. Al interrogatorio asiste un oficial de actas y, en caso necesario, un observador, y todo el proceso de examen preliminar y el juicio se hacen constar en acta y se filman en vídeo para garantizar la imparcialidad, objetividad y exactitud del juicio. Si un acusado o un abogado defensor consideran que la sentencia es injusta, pueden presentar un recurso en un plazo de diez días a partir del pronunciamiento de la sentencia.

89.La Ley de Procedimiento Penal y la Ley de Procedimiento Civil disponen que las personas con deficiencia auditiva o del habla que participen en procedimientos judiciales por haber infringido la ley o como testigos deberán contar con intérpretes de lengua de señas.

90.Cuando un delincuente comete un acto socialmente peligroso por tener una enfermedad mental crónica o un trastorno mental temporal que le impide juzgar su propia conducta o controlarse, no se le impone un castigo sino que se le somete a medidas médicas. El principio que se aplica en el caso de las personas ciegas, sordomudas o con otra discapacidad que cometen delitos comunes es eximirlas de la pena o mitigarla.

91.En ocasiones como la aprobación de la enmienda de la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad en 2013 y la ratificación de la Convención en 2016, se han organizado talleres, seminarios y cursos de capacitación para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, a fin de que conozcan perfectamente los derechos de las personas con discapacidad y les garanticen esos derechos en el desempeño de sus funciones. También se les han enseñado los principios y requisitos establecidos en las leyes y en la Convención, para que traten a las personas con discapacidad que hayan violado la ley con el debido respeto a su dignidad y de manera adecuada a sus circunstancias, junto con otras cuestiones prácticas.

Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

92.La Constitución establece en el artículo 79 que se garantizará a los ciudadanos la inviolabilidad de la persona y del domicilio, así como la privacidad de la correspondencia, y que no se podrá poner bajo control o detener a ningún ciudadano, ni registrar su domicilio, sin una orden judicial.

93.La Ley de Procedimiento Penal dispone que los detectives de la policía no deberán detener a los sospechosos o delincuentes salvo en casos inevitables, cuando sean descubiertos justo antes o en el acto mismo de cometer un delito o estén a punto de huir.

94.El detective que detenga a un sospechoso o a un delincuente deberá redactar una decisión de detención en el plazo de 48 horas, obtener la aprobación del fiscal, y completar las investigaciones y trasladar al detenido a un examen preliminar en el plazo de 10 días. Si no se obtiene la aprobación del fiscal o no se demuestra la existencia de un caso contra la persona en los 10 días siguientes a la detención, el detenido debe ser puesto en libertad inmediatamente. En caso de que el detective decida no mantener bajo arresto a un sospechoso o un delincuente que haya sido detenido, deberá informar al fiscal de la fecha de la detención y de los motivos de su decisión en un plazo de 48 horas.

95.El examen y el tratamiento en régimen de aislamiento de las personas con trastornos mentales se llevan a cabo en estricta conformidad con la Ley de Tratamiento Médico y el Reglamento sobre el Examen Medicolegal de las Enfermedades Mentales y el Tratamiento en Régimen de Aislamiento de Personas Sometidas a Medidas Médicas. El examen médico se realiza a solicitud de las instituciones de reglamentación y supervisión u otras instituciones, empresas y organizaciones, por notificación de una institución médica o a petición de particulares, o cuando se detectan circunstancias que requieren dicho examen en el curso de una inspección médica. Al recibir una solicitud, la institución examinadora celebra una reunión consultiva a la que asisten los jefes de las instituciones en cuestión, los profesionales de la salud interesados y, en caso necesario, psiquiatras competentes de otras instituciones, y, sobre la base de datos científicos y objetivos, adopta una decisión que debe satisfacer los requisitos jurídicos y médicos. Si se plantea alguna objeción a la decisión, el caso en cuestión se somete a la revisión del Comité de Examen Medicolegal, un órgano no permanente, cuya decisión es definitiva.

Artículo 15 Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

96.Conforme al artículo 242 del Código Penal, un funcionario de policía judicial que interrogue ilegalmente a una persona o que invente o exagere un caso será castigado con una pena de trabajo obligatorio de no más de 1 año. Si el acto mencionado causa a esa persona una lesión grave, la pérdida de la vida o la imposición de una pena, el funcionario será sometido a una pena de reforma mediante el trabajo obligatorio de no más de 5 años. En casos de delito grave, el funcionario incurrirá en una pena de reforma mediante el trabajo obligatorio de no menos de 5 años y no más de 10 años.

97.La Ley de Procedimiento Penal prohíbe el uso de métodos coercitivos para obligar a una persona a admitir un delito o inducirla a hacer una declaración, y dispone que la declaración de un investigado o un acusado que se haya obtenido por esos medios no será reconocida como prueba admisible.

98.Conforme a la ley correspondiente, los fiscales llevan a cabo la inspección periódica de las instituciones de investigación y examen preliminar y de los centros penitenciarios y, si descubren algún acto de violación de los derechos humanos o reciben alguna queja al respecto de parte de un investigado o un acusado, o del abogado defensor u otras personas interesadas, realizan prontamente una investigación y adoptan las medidas necesarias para poner remedio a la situación.

99.Las escuelas y facultades de derecho enseñan a los estudiantes a comprender claramente por qué es ilegal y perjudicial utilizar métodos coercitivos de interrogatorio, y cómo garantizar la exactitud científica, la objetividad y la prudencia en el tratamiento de los casos, respetando estrictamente el principio de juzgar los casos sobre la base de las pruebas. Las instituciones de las fuerzas del orden también adoptan medidas educativas y reglamentarias para evitar que los funcionarios de la policía judicial que realicen interrogatorios apliquen medios coercitivos, induzcan al interrogado a hacer una declaración o utilicen otros métodos ilegales.

Artículo 16 Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

100.El artículo 26 de la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia dispone que los educadores de niños deberán ser siempre un modelo para ellos, y que nunca, en ninguna circunstancia, podrán atentar contra su dignidad, discriminarlos, utilizar un lenguaje agresivo, censurarlos, insultarlos, golpearlos o cometer otros actos de esta índole; el artículo 40 establece que los padres o tutores deberán prestar especial atención a la educación de los niños con discapacidad y cuidar de su vida y su salud de manera responsable; y el artículo 43 establece que en la familia no se maltratará, ignorará, censurará o golpeará a los niños ni se abusará de ellos de ninguna otra forma. La Ley de Protección de los Derechos de la Mujer dispone, en el artículo 38, que la mujer tendrá el derecho inviolable a la salud y la vida, y que nadie dará muerte a un bebé por ser de sexo femenino, ni maltratará o descuidará a una mujer por haber dado a luz a una niña, por estar embarazada, enferma o anciana o por tener una discapacidad, y en el artículo 46, que se habrán de prohibir todas las formas de violencia doméstica y que los comités populares, instituciones, empresas y organizaciones locales deberán incluir en sus programas de trabajo la educación de los residentes y empleados a su cargo con respecto a la prevención de la violencia doméstica, para evitar que se cometan actos de violencia en sus familias. En el artículo 260 del Código Penal se establece que quien cause a una persona que esté bajo su protección una discapacidad, una lesión grave o la pérdida de la vida, o con un acto de esa índole la induzca al suicidio, será sometido a una pena de reforma mediante el trabajo de no más de tres años. En caso de delito grave se aplicará una pena de reforma mediante el trabajo de no más de cinco años.

101.En los párrafos 59 a 63 del presente informe se exponen las medidas adoptadas para fomentar un clima de respeto del honor y la dignidad de las personas con discapacidad y un cálido apoyo a esas personas.

102.Las personas con discapacidad que consideren que sus derechos han sido vulnerados pueden presentar denuncias. La Ley de Quejas y Peticiones dispone, en su artículo 8, que los ciudadanos tendrán derecho a presentar quejas y peticiones a instituciones, empresas, organizaciones y funcionarios, incluido el órgano supremo del poder estatal, siempre que tengan buenas razones para hacerlo, y, en el artículo 9, que los ciudadanos presentarán las quejas en persona o, cuando ello sea imposible, a través de su tutor o representante.

103.El mecanismo de denuncia bien desarrollado, desde el nivel central hasta el comunitario, garantiza a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos a presentar quejas y peticiones. Todas las instituciones estatales cuentan con departamentos especializados en la tramitación de esas quejas y peticiones, mientras que otras empresas y organizaciones disponen de funcionarios que se dedican a tiempo completo o parcial a esa tarea. El examen de los resultados de la investigación de las quejas o peticiones y la resolución correspondiente tienen lugar en la reunión consultiva de los dirigentes de la institución pertinente o en el Día de Resolución de Quejas. Las instituciones centrales y los comités populares provinciales y otras instituciones de nivel provincial se reúnen una vez al mes, mientras que los comités populares municipales y de condado y otras instituciones y empresas se reúnen los días 1, 11 y 21 de cada mes para resolver las quejas y peticiones. Como norma general, las quejas y peticiones se investigan y resuelven por orden de recepción y registro, pero las presentadas por personas con discapacidad, personas de edad y mujeres tienen prioridad.

104.Se ofrecen condiciones adecuadas para que las personas con discapacidad y otros ciudadanos puedan ejercer su derecho a presentar quejas y peticiones. Hay buzones de quejas en la recepción u otro lugar adecuado de todas las instituciones, empresas y organizaciones, y salas dedicadas exclusivamente escuchar a las personas que tengan quejas. Los funcionarios encargados deben abrir los buzones cada día y dejar constancia en un registro de las cartas que en ellos encuentren. El resultado de la investigación y la resolución de las quejas deben notificarse a los autores, y el día en que se hace esa notificación se considera el día de resolución definitiva de la queja en cuestión. Si el autor de una queja se siente agraviado por el resultado de la resolución, puede presentar una nueva queja. En tal caso, se designará un oficial de rango superior al anterior para que lleve a cabo una nueva investigación y resuelva la queja en cuestión.

105.Por lo general, las personas con discapacidad presentan sus quejas ante el Comité Central de la KFPD, una organización que representa sus derechos y protege sus intereses. El Comité registra las quejas y peticiones de conformidad con los principios y procedimientos previstos en la Ley de Quejas y Peticiones y, si no corresponden a su ámbito de competencia o autoridad, las remite a las instituciones pertinentes, especificando el plazo para la resolución. Estas últimas tienen la obligación de informar al Comité del resultado de la resolución de cada caso.

106.Existe un sistema de informes bien estructurado en todo el país. Los agentes de seguridad del pueblo recuerdan regularmente a los ciudadanos de la zona bajo su control por qué es importante informar con prontitud y precisión, sobre qué hay que informar y cómo hacerlo. En todas las instituciones, empresas y organizaciones están indicados los números telefónicos de emergencia, y los ciudadanos tienen la obligación de informar verbalmente o por escrito de cualquier práctica o fenómeno inhabitual que observen o de que tomen conocimiento. Los dirigentes comunitarios velan por que todo acto de descuido o abuso de personas con discapacidad por parte de los residentes en sus comunidades se notifique oportunamente, y por que se adopten las medidas que procedan.

Artículo 17 Protección de la integridad personal

107.Los derechos de las personas con discapacidad a que se respete su integridad física y mental en pie de igualdad con los demás están garantizados por la Ley de Salud Pública, la Ley de Tratamiento Médico, la Ley de Cirugía Plástica, el Código Penal y la Ley de Indemnizaciones por Daños.

108.El artículo 26 de la Ley de Tratamiento Médico dispone que las instituciones médicas informarán al paciente sobre los procedimientos médicos que deban seguirse. Cuando se vaya a realizar una operación, se deberá obtener el consentimiento del paciente. Si el paciente está inconsciente, se solicitará el consentimiento de la persona que esté autorizada a otorgarlo. La Ley de Cirugía Plástica dispone en el artículo 10 que el centro de cirugía plástica realizará un examen y una prueba a los pacientes que deseen someterse a ese tipo de cirugía antes de celebrar una conferencia médica para analizar el caso, después de lo cual emitirá un diagnóstico exacto; el diagnóstico confirmado se registrará en la historia clínica y se comunicará al paciente. En el artículo 12 de la misma Ley se establece que el centro de cirugía plástica informará al paciente por adelantado del tratamiento médico que se aplicará y obtendrá su consentimiento. Cuando, por circunstancias ineludibles, no sea posible obtener el consentimiento del paciente, se solicitará el consentimiento de la persona que esté autorizada a darlo.

109.El desprecio de la dignidad de una persona y la difamación se tipifican como delitos en el Código Penal y están sujetos a las sanciones prescritas en la Ley de Indemnizaciones por Daños. El artículo 322 del Código Penal dispone que quien insulte a otra persona o menoscabe su honor por motivos o propósitos viles incurrirá en una pena de trabajo obligatorio, y el artículo 40 de la Ley de Indemnizaciones por Daños dispone que en caso de lesiones corporales se indemnizarán los daños causados a la salud o la vida de la persona, y que también se pagará una indemnización cuando se haya restringido la libertad de una persona o se le haya causado una angustia psicológica por el menoscabo de su dignidad o su honor.

110.El aborto puede ser legal, según el motivo por el que se necesite. Se ofrecen servicios de aborto a las mujeres que lo solicitan cuando existe riesgo para su vida o para su salud física o mental. De conformidad con la directiva del Ministerio de Salud Pública de julio de 2015, se han adoptado medidas adecuadas para garantizar la prestación satisfactoria de servicios de atención después del aborto a las mujeres que tengan abortos espontáneos o provocados. La prevención de las complicaciones del aborto mediante la prestación de servicios de aborto sin riesgo y de atención después del aborto en los establecimientos sanitarios es una de las metas que se procurará alcanzar con las Estrategias de Salud Reproductiva.

Artículo 18 Libertad de desplazamiento y nacionalidad

111.Los derechos de los ciudadanos a la libertad de circulación y a una nacionalidad están garantizados por la Constitución, la Ley de Inmigración, la Ley de Nacionalidad y la Ley de Registro de la Ciudadanía. La Constitución establece en el artículo 75 que los ciudadanos tendrán libertad de residencia y de viaje, y la Ley de Inmigración dispone en el artículo 10 que los ciudadanos podrán salir o entrar en el país con fines públicos o privados.

112.Las personas con discapacidad disfrutan de la libertad de circulación en pie de igualdad con las demás. Se desplazan libremente para recibir rehabilitación o servicios ortopédicos, para participar en juegos deportivos y espectáculos artísticos en el país o en el extranjero, y con otros fines. Las personas con discapacidad que desean viajar dentro o fuera del país para recibir tratamiento médico o un servicio especializado cuentan con todas las facilidades posibles.

113.La Ley de Nacionalidad concede el derecho a adquirir la nacionalidad de la República Popular Democrática de Corea a las siguientes personas: los hijos de dos ciudadanos de la República Popular Democrática de Corea, las personas que sean hijas de un progenitor nacional de la República Popular Democrática de Corea residente en el territorio del país y de un ciudadano extranjero o una persona apátrida, las personas cuyos padres sean ambos apátridas residentes en el territorio de la República Popular Democrática de Corea y las personas nacidas en el territorio de la República Popular Democrática de Corea de padres desconocidos. Puesto que la Ley de Nacionalidad aplica tanto el jus sanguinis como el jus soli, no es posible que un niño nacido en el territorio de la República Popular Democrática de Corea sea apátrida. De conformidad con la Ley de la Familia, los niños nacidos fuera del matrimonio también tienen garantizado el derecho a la nacionalidad.

114.Según lo dispuesto en la Ley de Registro de la Ciudadanía, los padres o tutores deben presentar a la institución de seguridad del pueblo correspondiente una solicitud de inscripción del niño en el plazo de 15 días contados a partir del nacimiento. La institución de seguridad del pueblo examina la solicitud en los 15 días siguientes a su recepción y expide un certificado de nacimiento. Una vez inscrito el nacimiento de un niño, este disfruta de una serie de prestaciones estatales, como la atención sanitaria a cargo de un médico de familia, el suministro de arroz y alimentos nutritivos, y la provisión de artículos de primera necesidad y de una vivienda, entre otros. Por lo tanto, nadie elude la inscripción de los nacimientos.

Artículo 19 Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

115.En la República Popular Democrática de Corea se respetan plenamente y se garantizan por ley los derechos de las personas con discapacidad a elegir su lugar de residencia, y dónde y con quién vivir, en igualdad de condiciones con las demás.

116.Administrativamente, la República Popular Democrática de Corea se divide en provincias (o municipios que dependen directamente de la autoridad central), ciudades (o distritos), condados y aldeas (o ri) (up, gu o dong). La unidad básica de la vida comunitaria es el vecindario. En casi todas las unidades hay personas con algunos tipos de discapacidad, como las debidas a la vejez, las congénitas, las causadas por accidentes, enfermedades o intoxicaciones, etc. Gracias a los intensos esfuerzos desplegados para concienciar a la población sobre las personas con discapacidad, sus vecinos las tratan y apoyan con amabilidad, y se esfuerzan al máximo por incluirlas plenamente en la comunidad. Por ejemplo, los jefes de los vecindarios hacen todo lo posible para que las personas con discapacidad participen en actividades recreativas los días festivos y los domingos, ya sea pidiéndoles, por su comodidad, que acojan las actividades en sus casas o proporcionándoles dispositivos de asistencia o vehículos para que puedan desplazarse al lugar de la actividad sin molestias.

117.Proveedores de servicios voluntarios de diferentes sectores de la sociedad, como funcionarios públicos, estudiantes, amas de casa y otros, visitan a las personas con discapacidad en grupos o individualmente para prestarles apoyo en su participación en la comunidad. Estas interacciones ayudan a las personas con discapacidad a mantener un estrecho contacto con la sociedad, a tomar conciencia de que son miembros de pleno derecho de esta y a llevar una vida que merece la pena, participando en la vida social en la medida de sus posibilidades. Los establecimientos de servicios públicos también ofrecen sus mejores asientos a las personas con discapacidad y les prestan un servicio preferencial.

118.La normalización de la lengua de señas coreana aún no es perfecta, y los establecimientos de servicios públicos tienen dificultades para prestar servicios satisfactorios a las personas sordas, debido a los problemas de comunicación, y no están dotados de las instalaciones necesarias para atender las necesidades de las personas ciegas. Sin embargo, estos problemas se resolverán sin duda progresivamente, ya que la normalización y la difusión de la lengua de señas coreana y la cuestión de la accesibilidad de las instalaciones y los edificios públicos para las personas con discapacidad son aspectos destacados del Plan Estratégico Nacional para la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad que se está aplicando.

Artículo 20 Movilidad

119.La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone en su artículo 48 que los servicios de transporte, los establecimientos de servicios y los centros de comunicación deberán facilitar a las personas con discapacidad el uso de los vehículos, las instalaciones de servicios y los medios de comunicación y prestarles un servicio amable y preferente, y que las personas con ceguera y las demás personas que hayan perdido la capacidad de vida independiente o la tengan seriamente restringida deberán poder utilizar gratuitamente los autobuses, los barcos y otros medios de transporte.

120.Los taxis que llevan el logotipo de la KFPD, administrados por la Songgwang Joint Venture Corporation, una organización afiliada a la KFPD, comenzaron a prestar servicios a las personas con discapacidad de Pyongyang, a título experimental, en mayo de 2016, permitiéndoles desplazarse libremente en el momento que lo deseen. Estos taxis transportan gratuitamente a las personas con discapacidad severa o a las que no pueden pagar, y cobran tarifas reducidas a las otras personas con discapacidad. Las personas sin discapacidad también utilizan estos taxis, lo que ayuda a compensar las pérdidas por los servicios prestados gratuitamente o a precio reducido. Sobre la base de esta experiencia, la KFPD se está preparando para ampliar el servicio de taxis a otras partes del país.

121.En cuanto a la accesibilidad de los medios de transporte para las personas con discapacidad, los de fabricación reciente tienen asientos y espacios marcados con símbolos especiales. Por ejemplo, los nuevos vagones de metro y los trolebuses que empezaron a funcionar en diciembre de 2015 y 2018, respectivamente, tienen asientos especiales marcados con el símbolo internacional de las personas con discapacidad. Las instituciones interesadas tienen previsto reforzar la investigación y el desarrollo para que las personas con discapacidad puedan utilizar los transportes públicos con toda comodidad.

122.También se presta gran atención a facilitar el acceso de las personas con discapacidad a diferentes tipos de ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos, tecnologías de asistencia y formas de asistencia vital a un costo asequible. Se les han proporcionado bastones de guía, triciclos, sillas de ruedas y otras ayudas para la movilidad, a fin de que puedan viajar por su cuenta con seguridad, sin dificultades y sin la asistencia de otros ni el uso de los transportes públicos.

123.Se han adoptado diversas medidas para proporcionar a las personas con discapacidad distintos tipos de prótesis. La Oficina de Gestión de la Industria de los Aparatos Médicos del Ministerio de Salud Pública se encarga de la planificación y producción de dispositivos de asistencia para la rehabilitación funcional y la vida cotidiana de las personas con discapacidad. La Oficina de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo gestiona la distribución de los productos de asistencia según las necesidades de las personas con discapacidad. En la fábrica de aparatos ortopédicos de Hamhung, en la provincia de Hamgyong Meridional, se estableció un proceso de producción de prótesis plásticas de polipropileno, y en Songrim, en la provincia de Hwanghae Septentrional, se construyó recientemente un centro ortopédico. En particular, se construyó un centro de rehabilitación para exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio en el distrito de Rangnang, en Pyongyang, donde se ofrecen servicios integrados de cirugía ortopédica, prótesis y órtesis de ajuste y diferentes tipos de terapias, mejorando así la comodidad de las personas con discapacidad y la eficacia de los servicios.

124.Bajo los auspicios de organizaciones y agentes internacionales, se organizaron cursos de capacitación técnica para protesistas, ortopedistas y expertos en diferentes instalaciones y unidades de producción de dispositivos de asistencia, para proporcionar a las personas con discapacidad mejores prótesis y órtesis y mejorar la calidad de los servicios.

Artículo 21 Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

125.Los derechos de los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, a la libertad de expresión y de prensa están garantizados por la Constitución Socialista, la Ley de Derechos de Propiedad Intelectual, la Ley de Ciencia y Tecnología, la Ley de Protección de los Programas Informáticos y otras leyes conexas.

126.La Constitución Socialista y la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad establecen, en los artículos 67 y 29, respectivamente, que se garantizará a los ciudadanos la libertad de expresión, de prensa, de reunión, de manifestación y de asociación, y que las instituciones editoriales prepararán y editarán publicaciones destinadas a las personas con discapacidad a expensas del Estado.

127.La lengua de señas coreana fue reconocida oficialmente como idioma nacional, y su normalización, así como su difusión y uso, se promueven mediante la organización del comité no permanente de examen de la lengua de señas coreana y la mejora de su función. En todas las actividades organizadas por la KFPD se ofrece interpretación en lengua de señas y subtitulación para las personas con deficiencia auditiva. La editorial Kwangmyong publica en braille coreano varios tipos de publicaciones para personas ciegas y libros de texto para estudiantes ciegos, así como libros de sociopolítica, economía y tecnología, literatura y fomento del sentido común. Para asegurar el buen funcionamiento de esta editorial, se le asignaron periodistas y redactores competentes, con una formación universitaria de calidad. Actualmente, el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas está ampliando su capacidad y renovando sus edificios.

128.La Asociación de la Lengua de Señas y el comité no permanente de examen de la lengua de señas coreana producen películas, compilaciones y vídeos de ciencias para personas con deficiencia auditiva, en cooperación con el Comité Central de Radiodifusión y Televisión de Corea y otras instituciones interesadas. Se han producido 14 películas y compilaciones de ciencias con subtítulos en lengua de señas y en coreano. Cuando esté ultimada la normalización de la lengua de señas, en el futuro próximo, será posible producir más películas y compilaciones de ese tipo y proceder a una labor a gran escala de subtitulación de los programas de noticias y otros programas de televisión en lengua de señas o en coreano.

129.El Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas y el Centro de Información de Pyongyang están colaborando para perfeccionar el Programa de Reconocimiento y Conversión de Letras Coreanas para su difusión entre las personas ciegas o con deficiencia visual severa, así como el Programa de Conversión del Idioma Coreano Escrito en Letras del Braille Coreano, cuyas versiones de prueba ya están desarrolladas y disponibles.

Artículo 22 Respeto de la privacidad

130.En la República Popular Democrática de Corea, se garantiza efectivamente a todos los ciudadanos con y sin discapacidad la inviolabilidad de la persona y del hogar y la privacidad de la correspondencia, y toda injerencia o violación ilegal en estos ámbitos puede ser castigada por la ley.

131.La Constitución Socialista dispone en su artículo 79 que se garantizará a los ciudadanos la inviolabilidad de la persona y del hogar y la privacidad de la correspondencia, y la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia, en el artículo 17, establece que la privacidad, la familia, la correspondencia, el honor y la dignidad de los niños estarán protegidos por la ley. La Ley de Procedimiento Penal y la Ley de Procedimiento Civil disponen, en el artículo 270 y el artículo 10 respectivamente, que, cuando haya necesidad de mantener el secreto nacional o personal o se tema un efecto negativo en la sociedad, las actuaciones judiciales podrán celebrarse, total o parcialmente, a puerta cerrada. El Código Penal prevé el castigo legal para delitos como el asesinato, las lesiones, la violencia, la restricción ilegal de la libertad, el secuestro de un niño, el estupro, las relaciones sexuales forzadas, el robo, el fraude, la malversación de fondos, el saqueo en gran escala y la destrucción intencional de la propiedad privada, proporcionando así una protección eficaz de la vida, la salud, la dignidad y los bienes de todos los ciudadanos.

132.Los trabajadores sanitarios tienen la obligación legal de mantener la estricta confidencialidad de los datos sobre la salud de los ciudadanos, incluida la información sobre su tratamiento médico y rehabilitación. Se les exige la total confidencialidad de la historia clínica del tratamiento médico y la rehabilitación, de los secretos personales de que tomen conocimiento en el curso de la consulta, de los resultados de los exámenes medicolegales y de otros hechos relacionados con el caso.

Artículo 23 Respeto del hogar y de la familia

133.El matrimonio y la familia están protegidos por la ley en la República Popular Democrática de Corea. La Ley de la Familia dispone, en su artículo 2, que el matrimonio es la base de la familia y que el Estado protegerá jurídicamente el matrimonio, y en los artículos 8 y 11, que los ciudadanos tienen derecho a un matrimonio libre, que el matrimonio se celebrará entre un hombre y una mujer solteros y será reconocido legalmente y protegido por el Estado solo después de que se haya inscrito debidamente en un centro de registro, y que nadie llevará vida conyugal sin haber registrado el matrimonio.

134.La Encuesta por Muestreo sobre la Discapacidad realizada en 2014 indicó que las personas solteras con discapacidad representaban el 12 % de la población con discapacidad en edad de contraer matrimonio (un 11,8 % en el caso de los hombres y un 12,4 % en el de las mujeres), mientras que las personas casadas con discapacidad constituían el 75,8 % de la población con discapacidad en edad de contraer matrimonio (el 85,1 % en el caso de los hombres y el 67,5% en el de las mujeres).

135.Un sistema educativo bien desarrollado pone los conocimientos sobre salud reproductiva y planificación familiar al alcance de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad. Los coordinadores de este sistema son los servicios de obstetricia y ginecología y los servicios de pediatría de los policlínicos urbanos y los hospitales populares rurales, que son los centros de atención primaria de salud. Los obstetras, ginecólogos y pediatras se esfuerzan por proteger y mejorar la salud de todas las mujeres en edad de procrear, incluidas las que tienen una discapacidad, mediante reconocimientos y consultas regulares, tratamientos especializados, y el registro y cuidado responsable de las mujeres embarazadas. En 2015 se empezaron a crear servicios de asesoramiento familiar en los hospitales populares a nivel provincial, municipal y de condado, para ayudar a los hombres y mujeres a tomar decisiones informadas sobre el número de hijos y el espaciamiento de los nacimientos y sobre los métodos anticonceptivos adecuados para cada uno. Los trabajadores de información, educación y comunicación (IEC) a tiempo completo de las instituciones de tratamiento médico y prevención, así como los médicos de familia, difunden información sobre la salud reproductiva y la planificación familiar de acuerdo con un plan. La KFPD está realizando una labor preparatoria para que las personas con discapacidad puedan asistir a los cursos de capacitación sobre salud reproductiva y planificación familiar organizados por la Asociación Coreana de Planificación Familiar y Salud Maternoinfantil. En 2010 distribuyó folletos sobre la salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad, mientras que el servicio de rehabilitación del Comité Central de la KFPD está preparando una propuesta de proyecto para impartir educación sobre ese tema a nivel comunitario.

136.En la República Popular Democrática de Corea la adopción de niños está sujeta a estrictos procedimientos legales. Los ciudadanos pueden adoptar hijos de otras personas según lo dispuesto en la Ley de la Familia. El ciudadano que desee adoptar un niño está obligado a obtener el consentimiento de los padres biológicos o de los tutores u otros cuidadores del niño. Si el niño que se va a adoptar tiene más de 6 años, se requiere también su consentimiento. La adopción se hace efectiva cuando la institución de administración de la población responde favorablemente a la solicitud de los padres adoptivos y esa aprobación se inscribe en el registro civil. En algunos casos, la adopción puede disolverse si se llega a un acuerdo al respecto entre el niño adoptado y los padres adoptivos, o entre los padres adoptivos y los padres biológicos o el tutor del niño adoptado, y ese acuerdo se inscribe en el registro civil, previa aprobación de la institución de administración de la población competente. Cuando no es posible llegar a un acuerdo sobre la disolución de la adopción, el tribunal interviene para dirimir el asunto.

137.A medida que se crean diversos tipos de organizaciones afiliadas a la KFPD y se defienden y promueven los derechos e intereses de las personas con discapacidad de distintas maneras, van desapareciendo gradualmente las prácticas antiguas como la de ocultar a los niños con discapacidad en el hogar o de ignorarlos.

138.En el período 2014-2016 se reconstruyeron todas las casas cuna, los hogares de niños y los internados de enseñanza primaria y secundaria del país, que ofrecen excelentes condiciones para la crianza, la educación y la vida de los niños. Se han establecido nuevas Normas sobre el Régimen Nutricional de los Niños, así como un nuevo sistema de suministro preferente de alimentos nutritivos y otros productos alimenticios a los niños. Al mismo tiempo, se da amplia publicidad a la nobleza de espíritu de los ciudadanos que, a título voluntario, se hacen cargo de niños con discapacidad carentes de cuidados parentales o internados en instituciones y se ocupan de ellos como si fueran sus propios hijos, a fin de animar a otros a seguir su ejemplo.

Artículo 24 Educación

139.En la República Popular Democrática de Corea la educación es gratuita desde el nivel preescolar hasta la universidad. La gratuidad de la enseñanza se remonta a 1956, cuando se introdujo el sistema de enseñanza primaria obligatoria universal, al que siguió la implantación de la enseñanza secundaria obligatoria universal en 1958, la enseñanza técnica obligatoria de 9 años en 1967 y la enseñanza obligatoria universal de 11 años en 1975. Desde 2014 está en vigor el régimen de enseñanza obligatoria universal de 12 años.

140.La primera institución educativa para personas con discapacidad nació en 1947 y fue la Escuela Pública de Alumnos Ciegos y Sordos de Wonsan, una escuela primaria de cinco años que ofrecía educación gratuita. Esta escuela se dividió en la Escuela de Alumnos Ciegos y la Escuela de Alumnos Sordos en 1955 para proporcionar la respectiva educación especializada. Con la introducción de la educación secundaria obligatoria universal, en 1959 se crearon escuelas para alumnos sordos en todas las provincias y escuelas para alumnos ciegos en las regiones, lo que permitió a los niños con sordera o ceguera disfrutar de los beneficios de la educación secundaria obligatoria.

141.En la República Popular Democrática de Corea, la educación de las personas con discapacidad apunta a desarrollar al máximo sus posibilidades de participar en la vida social de forma independiente, sobre la base de la igualdad de oportunidades con los demás, y de hacer contribuciones prácticas a la sociedad y a la colectividad, mediante la introducción de contenidos y métodos educativos especializados adecuados a sus características mentales y físicas y a los distintos tipos de discapacidad.

142.El artículo 17 de la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone que las instituciones educativas matricularán a los niños con discapacidad en edad preescolar sin excepción alguna y que cada institución educativa cuidará, junto con los padres o tutores de los niños con discapacidad, de que esos niños asistan a la escuela y no queden excluidos del sistema de educación general.

143.Por lo general, los niños con discapacidad en edad preescolar son educados en los jardines de infancia de la comunidad sobre la base de la igualdad con los demás, a la vez que una institución especializada les ofrece rehabilitación funcional y educación adecuada a su edad, psicología y tipo de discapacidad. Por ejemplo, el Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad imparte educación especializada temprana a niños con diferentes tipos de discapacidad y, tan solo en 2015, 6 niños con discapacidad (4 con parálisis cerebral y 2 con autismo) que habían recibido un tratamiento satisfactorio pudieron matricularse en escuelas ordinarias. El Centro está preparando directrices para la educación especializada temprana de niños con diferentes tipos de discapacidad.

144.Los departamentos de educación de los comités populares provinciales, municipales y de condado tienen la obligación de registrar a todos los niños con discapacidad de la zona a su cargo antes del comienzo de un nuevo año escolar y de asegurarse de que asistan a la escuela junto con los demás. Por ejemplo, los departamentos de educación de los comités populares de distrito y de condado de la capital, Pyongyang, reunieron todas las estadísticas relativas a los niños con discapacidad en edad escolar en febrero y marzo de 2018 e inscribieron a esos niños en las escuelas ordinarias. Se están realizando los trabajos preparatorios para designar una escuela primaria de Pyongyang como escuela piloto de educación integrada y crear una clase de alumnos sordos.

145.Se han dedicado muchos esfuerzos a mejorar la calidad de la educación en las escuelas para alumnos ciegos y sordos. Con miras a armonizar el plan de estudios con los de la enseñanza obligatoria de 12 años, en 2015 estas escuelas elaboraron su plan de estudios centrándose principalmente en la educación general, con una proporción adecuada de formación profesional. Por ejemplo, en el ciclo de enseñanza primaria de las escuelas para alumnos sordos se imparten asignaturas como la moral socialista, el idioma materno, las matemáticas, los fundamentos de la higiene, el estudio de la naturaleza, la tecnología de la información, la cultura física y el dibujo y la artesanía; en la secundaria se enseñan la moral socialista, el idioma materno, la geografía coreana, las matemáticas, el estudio de la naturaleza, la tecnología de la información, los fundamentos de la tecnología, la cultura física y el arte (bellas artes y danza); y en la secundaria superior se imparten clases de derecho y moral socialista, lengua y literatura coreanas, matemáticas, tecnología de la información, cultura física y arte (bellas artes y danza). En el nivel secundario superior también se imparte formación profesional, de acuerdo con los deseos y aptitudes de los estudiantes, a fin de prepararlos debidamente para adaptarse a la vida comunitaria después de la graduación.

146.Para mejorar las cualificaciones de los maestros de las escuelas para alumnos ciegos y sordos, se creó el Departamento de Educación Especial en el Centro de Formación Pedagógica de la Academia de Educación, que organiza dos talleres al año para enseñar a los docentes nuevos métodos y técnicas de pedagogía. A veces, los profesores de este centro visitan las escuelas para impartir formación en la enseñanza de diferentes materias. Se publicaron el Diccionario de la Lengua de Señas y el Libro de Referencia para el Estudio de la Lengua de Señas, destinados a la educación de las personas sordas. Tras impartir un curso piloto de informática para niños sordos en la Escuela de Alumnos Sordos de Wonsan, se organizó un taller nacional para generalizar la experiencia adquirida. De conformidad con el plan de estudios elaborado tras la implantación de los 12 años de enseñanza obligatoria, en el período 2014-2018 se prepararon nuevos libros de texto para las escuelas de alumnos sordos y ciegos, se introdujo la tecnología de la información en la publicación de los libros de texto para esas escuelas y se completó el proceso de edición e impresión de las publicaciones en braille.

147.Como fruto de la estrecha cooperación entre la Comisión de Educación y la KFPD, se suministró equipo de tecnología de la información al Departamento de Educación Especial y a seis escuelas para alumnos ciegos y sordos, a fin de formar una red de área local e introducir así la tecnología de la información en la educación de los niños con discapacidad.

148.Después de la graduación, los niños ciegos o sordos pasan, si así lo desean, a instituciones de educación terciaria como las escuelas de formación profesional afiliadas a fábricas o empresas, escuelas superiores, universidades, instituciones de educación a distancia o institutos superiores de aprendizaje en el trabajo. Un ejemplo típico es el Centro de Formación Profesional de la KFPD, que ofrece a los graduados de las escuelas formación especializada en carpintería, fabricación de aparatos eléctricos ligeros, confección de prendas de vestir, técnicas de reparación, odontología protésica, masajes, elaboración de alimentos y otros oficios. La KFPD tiene previsto diversificar las opciones profesionales para las personas con distintos tipos de discapacidad, ampliando el ámbito del plan de estudios de este centro de modo que las personas con discapacidad puedan adquirir competencias en una variedad de campos.

149.El sistema de educación a distancia establecido en 2009 está desempeñando un papel importante en el esfuerzo por poner la educación superior y la información a disposición y al alcance de las personas con discapacidad. El sistema de educación a distancia establecido en las universidades centrales y provinciales está permitiendo a estas personas recibir educación en los campos que les interesan sin ninguna dificultad. El número de personas con discapacidad que reciben esta educación va en aumento. En el cuadro 5 del anexo figura información sobre la educación de las personas con discapacidad.

150.Quedan muchas cuestiones por resolver para hacer efectiva la educación integrada e inclusiva de los niños con discapacidad. Debe prestarse especial atención a investigar la metodología de enseñanza para los niños con discapacidad intelectual o mental, a elaborar planes de estudios adaptados a sus necesidades y a buscar soluciones a los problemas que puedan surgir en la enseñanza impartida a los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias. Con ese fin, la República Popular Democrática de Corea tiene previsto adoptar medidas prácticas para capacitar a expertos competentes en esta esfera, promoviendo al mismo tiempo los intercambios técnicos con otros países.

Artículo 25 Salud

151.En la República Popular Democrática de Corea, la primera atención médica gratuita, ofrecida en virtud de la Ley del Seguro Social de 1947, abarcó únicamente a los trabajadores, los funcionarios y las personas a su cargo; en 1953, en medio de la guerra, se introdujo la atención médica gratuita universal y, por último, en 1960, el sistema médico gratuito completo y universal.

152.La Ley de Salud Pública dispone, en su artículo 9, que el Estado proporcionará a todos los ciudadanos los beneficios de un servicio médico completamente gratuito, y que los trabajadores, agricultores, intelectuales en activo y todos los demás ciudadanos tendrán derecho a recibir tratamiento médico gratuito. La Ley también establece, en el artículo 10, que el servicio médico gratuito incluirá lo siguiente: todos los medicamentos proporcionados por los establecimientos sanitarios a los pacientes, incluidos los ambulatorios; todos los servicios prestados a los pacientes, como el diagnóstico, los análisis, el tratamiento, las operaciones, las visitas a domicilio y el tratamiento y las comidas en los hospitales; los servicios médicos para la recuperación de los trabajadores y los gastos de viaje de ida y vuelta al lugar de recuperación, que correrán a cargo del Estado o de cooperativas sociales; la asistencia en el parto; y los reconocimientos médicos, las consultas médicas, la vacunación preventiva y otros servicios médicos profilácticos. Las personas con discapacidad ejercen el derecho a recibir tratamiento médico gratuito sobre la base del principio de igualdad y de no discriminación.

153.En la República Popular Democrática de Corea hay establecimientos médicos y trabajadores sanitarios dondequiera que viva gente, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, costeras, remotas y de montaña. Cada médico presta asistencia sanitaria a unos 130 hogares, en el marco del sistema de médicos de distrito, un sistema de atención y servicios de salud que permite a las personas disfrutar de los beneficios de la atención médica gratuita en lugares lo más cercanos posible a sus hogares y con la máxima comodidad.

154.Se han organizado instituciones especializadas en la rehabilitación funcional de personas con discapacidad con el fin de mejorar su nivel de especialización, reducir las discapacidades funcionales por tipos y proteger y promover la salud de esas personas. Por ejemplo, el Centro de Rehabilitación Funcional de Munsu y el Instituto de Investigación sobre Rehabilitación Funcional del Hospital General de la Cruz Roja de Corea son centros especializados de investigación y rehabilitación funcional para personas con discapacidad. Ofrecen servicios de rehabilitación a personas con diferentes tipos de discapacidad, y realizan investigaciones sobre técnicas y terapias de rehabilitación, como la terapia ocupacional, la logopedia y otras, para prevenir la discapacidad y promover la integración de las personas con discapacidad en la vida pública. El Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad, una unidad modelo de detección, rehabilitación y educación tempranas, ofrece a los niños con discapacidad física, mental, intelectual, múltiple, auditiva y/o del habla y visual servicios de rehabilitación funcional y educación tempranas. En la actualidad, esos servicios se prestan únicamente a los niños que viven en la capital, Pyongyang, pero cuando se formulen las directrices para la crianza, la educación y la rehabilitación temprana sobre la base de las experiencias adquiridas, se crearán centros de ese tipo en todas las provincias.

155.Las estrategias nacionales de salud reproductiva tienen por objeto ofrecer una atención materna y neonatal segura, servicios de planificación familiar de calidad, servicios de prevención, detección y tratamiento de las infecciones del aparato reproductor, las enfermedades de transmisión sexual y el VIH, abortos sin riesgo, tratamientos de la infecundidad, la detección y el tratamiento tempranos del cáncer cervicouterino y el cáncer de mama, el tratamiento de los trastornos de la menopausia y servicios de salud de los adolescentes. A fin de aplicar eficazmente estas estrategias, se elaboraron y distribuyeron varios libros de referencia técnica y módulos de capacitación para mejorar la capacidad de los obstetras y ginecólogos, así como de los médicos de familia, con el fin de difundir los conocimientos sobre la salud reproductiva y prestar servicios de salud reproductiva de calidad a todas las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad.

156.En el párrafo 135 del presente informe figura más información sobre otras medidas destinadas a mejorar la atención de la salud reproductiva de las personas con discapacidad.

157.Diversas garantías jurídicas aseguran la prestación de los servicios de salud que necesitan las personas con discapacidad y de los servicios destinados a reducir al mínimo y prevenir las nuevas discapacidades, en particular entre los niños y las personas de edad. El artículo 34 de la Ley de Protección de los Derechos de la Infancia dispone que las instituciones de orientación de la salud pública y los comités populares locales asignarán trabajadores médicos a las guarderías, los jardines de infancia y las escuelas, enviarán un suministro adecuado de aparatos médicos y medicamentos y verificarán que los niños estén bien atendidos y que los que hayan contraído enfermedades sean tratados a tiempo en establecimientos médicos especializados, mientras que el artículo 40 establece que los padres o tutores prestarán especial atención a la educación de los niños con discapacidad y cuidarán de su vida y su salud de manera responsable. La Ley de Seguridad Social dispone en su artículo 33 que las instituciones de la seguridad social prestarán especial atención a la salud de los beneficiarios de la asistencia social y proporcionarán tratamiento y atención médica de forma responsable, y que la persona que necesite un tratamiento especial será enviada a tiempo al hospital especializado. La Ley de Atención a las Personas de Edad dispone en su artículo 15 que el órgano de control estatal de la construcción, los órganos de planificación urbana y las empresas constructoras interesadas deberán crear un entorno sin barreras al realizar la planificación urbana, diseñar y construir viviendas y ejecutar otros proyectos para garantizar a las personas mayores una vida estable y cómoda, y que quienes deban prestar apoyo a personas de edad dispondrán las salas de estar de un modo que responda a las características individuales de esas personas y les permita tener una vida confortable; en el artículo 18, esta Ley establece que los servicios de salud y las instituciones de tratamiento médico registrarán a todas las personas de edad que vivan en la zona a su cargo, las someterán regularmente a reconocimientos médicos y les administrarán los tratamientos necesarios, y las atenderán del mejor modo posible en las visitas a domicilio y otros servicios médicos, y que quienes deban prestar apoyo a personas de edad adquirirán conocimientos generales de enfermería geriátrica y se esforzarán especialmente por atender a aquellas que no puedan desplazarse por sí mismas.

158.Se han adoptado medidas para transformar los hospitales de condado en hospitales generales y para aumentar la capacidad de los hospitales populares de las aldeas (ri), prestando así servicios de salud de base comunitaria en todas las zonas, incluidas las rurales. En los hospitales de las ri, que son las unidades de atención primaria de salud en las zonas rurales, se han establecido servicios especializados, por ejemplo, de medicina interna, pediatría, cirugía, obstetricia y ginecología, medicina tradicional koryo y odontología, así como laboratorios y habitaciones para pacientes hospitalizados. Esos servicios realizan actividades de información, educación y comunicación, administran vacunas, responden a las llamadas de urgencia, hacen visitas a domicilio, y ofrecen asesoramiento a las mujeres, atención obstétrica y atención posnatal. En 2012 se comenzó a establecer la red de telemedicina para conectar por fibra óptica los hospitales generales, la Maternidad de Pyongyang y el Hospital Infantil de Okryu a nivel central con sus homólogos a nivel provincial, y estos últimos con unos doscientos hospitales de condado, a fin de proporcionar asesoramiento, formar a los médicos y examinar casos. Esta red permite a las personas con discapacidad recibir cómodamente una atención sanitaria de calidad en los establecimientos médicos de su lugar de residencia.

159.Se han organizado cursos de formación sobre la discapacidad y las personas con discapacidad para los médicos de familia, a fin de que tengan debidamente en cuenta la dignidad y las necesidades de las personas con discapacidad, les presten especial atención y les proporcionen los servicios necesarios para cada discapacidad cuando atiendan a las familias a su cargo. En especial, el módulo de perfeccionamiento profesional para los médicos de familia mejora sus conocimientos y habilidades clínicas y especifica los servicios necesarios para las personas con discapacidad, las personas de edad y los adolescentes.

160.También se ha procurado mejorar la atención médica de las personas con problemas mentales y proteger y promover la salud mental. A tal efecto, el Gabinete ha emitido decisiones y directivas sobre la mejora de los servicios médicos y las condiciones en las instituciones de atención médica preventiva y curativa de las enfermedades mentales; las medidas para el tratamiento médico y la atención de las personas con enfermedades mentales; el reglamento sobre la gestión de las residencias de recuperación para personas con enfermedades mentales; y la realización correcta de los exámenes medicolegales y la atención en régimen de aislamiento de las personas con enfermedades mentales. Las instituciones de atención de la salud mental preparan las historias clínicas de los enfermos mentales sobre la base de un diagnóstico científico y de las opiniones de sus familiares y vecinos. Cuando se determina que una persona necesita un tratamiento hospitalario a largo plazo, se le proporciona psicoterapia, tratamiento médico, musicoterapia, terapia cinética y terapia ocupacional, junto con atención nutricional científica. Se han publicado y difundido directrices y manuales sobre la atención de la salud mental, y los médicos de familia difunden regularmente información sobre la higiene para que el público tenga un conocimiento general de la salud mental. Mediante exámenes periódicos de la salud mental se identifica a las personas que tienen enfermedades mentales o que pudieran tenerlas, para proporcionarles una atención médica apropiada y oportuna en los hospitales. También se organizan periódicamente actividades de fomento de la capacidad de los psiquiatras para mejorar la detección e intervención tempranas en casos de enfermedades y trastornos mentales de diferentes tipos.

161.Las personas con discapacidad tienen garantizadas por ley las prestaciones de seguros de distintos tipos, de manera justa y razonable y sobre la base de la igualdad con los demás. El sistema de seguros cubre a todos los ciudadanos de la República Popular Democrática de Corea y no se permiten prácticas discriminatorias en razón de la discapacidad. Por el contrario, las personas con discapacidad disfrutan de prestaciones adicionales en el sistema de seguridad social y el sistema de seguro social.

Artículo 26 Habilitación y rehabilitación

162.La República Popular Democrática de Corea considera que lograr que las personas con discapacidad alcancen y mantengan la máxima independencia y toda su capacidad física, mental, social y profesional es fundamental para su participación plena en todos los aspectos de la vida, y ha adoptado medidas adecuadas al respecto.

163.El Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad ofrece un servicio de rehabilitación temprana a los niños con discapacidad, y realiza la labor preparatoria para la detección e intervención precoces a escala nacional. Los departamentos o secciones de rehabilitación de los hospitales de todos los niveles prestan a las personas con discapacidad un servicio de rehabilitación funcional, y, en particular, el Centro de Rehabilitación Funcional de Munsu, un complejo especializado en la rehabilitación funcional, lleva a cabo investigaciones científicas y capacitación y ofrece servicios de rehabilitación. Las personas con discapacidad reciben prótesis, órtesis y dispositivos de asistencia de forma gratuita o a precio reducido.

164.Anualmente se organizan servicios periféricos para las personas con discapacidad física que viven lejos de las instituciones que ofrecen prótesis, órtesis y otros dispositivos de asistencia. Con el apoyo técnico y material de la KFPD, estos servicios han atendido a un gran número de personas con discapacidad física. Por ejemplo, en el período 2008-2014 recibieron servicios de prótesis/órtesis un promedio de 800 a 900 personas con discapacidad al año, en 2015 y 2017, unas 1.000 personas, respectivamente, y en 2016, 4.420 personas de Nampho y la provincia de Hamgyong Septentrional afectada por las inundaciones.

165.En el período 2009-2014 se realizaron 15.000 operaciones de cataratas por año, como resultado de las medidas adoptadas por el Estado y los esfuerzos positivos de la KFPD para prevenir la ceguera por cataratas. Se impartió capacitación a los cirujanos oftalmólogos de los hospitales provinciales, y cada año, desde 2009, se han proporcionado equipo oftalmológico y bienes fungibles, como ecógrafos unidimensionales, microscopios para cirugía ocular y lentes intraoculares, a los hospitales provinciales, contribuyendo así a la prestación de servicios de rehabilitación quirúrgica de calidad a las personas con discapacidad.

166.Se han distribuido a las personas con discapacidad una gran variedad de publicaciones, entre ellas un manual para usuarios de sillas de ruedas, folletos sobre cómo manejar las prótesis femorales y las prótesis tibiales, un panorama general de la poliomielitis y las órtesis, y una publicación sobre la fabricación y distribución de prótesis y órtesis, para que adquieran un conocimiento suficiente de estos dispositivos y los utilicen de manera adecuada y eficaz.

167.A fin de mejorar las habilidades prácticas de los expertos en rehabilitación y los funcionarios competentes, en 2015 y 2016 se organizaron cursos de capacitación en fisioterapia y terapia ocupacional para los fisioterapeutas del Hospital Ortopédico de Hamhung, el Hospital Popular del Condado de Tongrim, en la provincia de Pyongan Septentrional, y el Hospital Popular del Distrito de Songchongang en Hamhung, en la provincia de Hamgyong Meridional, sentando así las bases para la prestación de un servicio de rehabilitación funcional más científico a las personas con discapacidad de esas zonas.

Artículo 27 Trabajo y empleo

168.La República Popular Democrática de Corea considera que la creación de condiciones de trabajo favorables para que las personas con discapacidad participen en actividades de trabajo social con arreglo a sus capacidades es importante para que puedan disfrutar de una vida que merezca la pena, con el orgullo de ser miembros de la sociedad, y ha plasmado esta visión en la Ley Laboral Socialista y en la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad. De conformidad con esta segunda Ley, los órganos administrativos laborales y las instituciones interesadas registran a todas las personas con discapacidad que pueden trabajar y les proporcionan condiciones de trabajo adecuadas, mientras que las instituciones, empresas y organizaciones asignan trabajos a las personas con discapacidad teniendo en cuenta su grado de discapacidad, sexo, edad y estado físico, así como sus deseos. En el cuadro 6 del anexo figura la proporción de personas con discapacidad que trabajan en el grupo de edad de 17 a 59 años.

169.Se organizan y gestionan diversos tipos de talleres adecuados a las características físicas y mentales de las personas con discapacidad. En diferentes partes del país existen fábricas para exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio, talleres de trabajos ligeros, fábricas Kwangmyong (fábricas de personas ciegas y con deficiencia visual), grupos de autoayuda y otras empresas y organizaciones especializadas. Por ejemplo, los talleres de trabajos ligeros son unidades de producción de pequeño tamaño, dotadas de equipo sencillo, organizadas y gestionadas por el Estado con el fin de mejorar la salud y los medios de vida de las personas con discapacidad y las personas débiles. Estas personas realizan un trabajo ligero y adecuado a sus condiciones físicas durante 4 o 5 horas al día. Las fábricas Kwangmyong emplean a personas ciegas en edad de trabajar. En la actualidad, más de 60 condados tienen este tipo de fábricas, que ofrecen a las personas con deficiencia visual oportunidades de trabajo acordes con sus características. Además, las personas con deficiencia auditiva o del habla o con discapacidad física trabajan en establecimientos de servicios sociales abiertos al público, como peluquerías, talleres de reparación, sastrerías, etc., interactuando con otros.

170.De conformidad con la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, se otorgan condiciones preferentes a las actividades económicas de las empresas y organizaciones especializadas de personas con discapacidad. Por ejemplo, las fábricas Kwangmyong, en cumplimiento del Reglamento de las Fábricas para Personas Ciegas, depositan gran parte de sus utilidades en un fondo especial, con el fin de pagar prestaciones a las personas ciegas, según su grado de discapacidad, una bonificación especial, subsidios de subsistencia especiales y subsidios para bodas y funerales. También están equipadas con las instalaciones necesarias, como lavanderías y plantas de procesamiento de alimentos, para ofrecer a las personas con deficiencia visual una vida adecuada.

171.En virtud de la Ley de Protección de las Personas con Discapacidad, el trabajo de las personas con discapacidad es objeto de protección especial. La jornada laboral de estas personas es de 8 horas, pero puede reducirse si tienen una discapacidad severa y en el caso de las trabajadoras que tienen hijos con discapacidad. De conformidad con la Ley Laboral Socialista, la jornada laboral es de 7 o 6 horas en los oficios arduos y otras categorías especiales de trabajo, y la jornada de las mujeres con tres o más hijos es de 6 horas, con lo que se garantiza la participación activa de las mujeres, incluidas las que tienen una discapacidad, en la vida laboral. Las instituciones, empresas y organizaciones están obligadas por ley a ofrecer condiciones de trabajo adecuadas a las personas con discapacidad, y la ley prohíbe estrictamente el trabajo de estas personas cuando no se den las condiciones para la seguridad y protección laboral. Además, las instituciones, empresas y organizaciones interesadas cuidan de que el trabajo de los empleados con discapacidad se combine adecuadamente con el descanso, y estos empleados tienen preferencia en los balnearios y las residencias vacacionales.

172.El Plan Estratégico Nacional para la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad contiene aspectos tales como la mejora del entorno institucional para el empleo de las personas con discapacidad y sus diversas actividades laborales, la formulación de planes de estudios que desarrollen nuevas aptitudes profesionales según los tipos de discapacidad, la mejora de la formación profesional, la transformación de las actuales empresas de personas con discapacidad en empresas basadas en la tecnología de la información, y la creación y generalización del modelo compuesto de actividades laborales de las personas con discapacidad.

Artículo 28 Nivel de vida adecuado y protección social

173.A tenor del artículo 25 de la Constitución Socialista, la mejora constante del nivel de vida material y cultural de la población es el principio supremo de las actividades de la República Popular Democrática de Corea, y la creciente riqueza material de la sociedad del país, donde se han suprimido los impuestos, se utiliza enteramente para promover el bienestar de la población trabajadora; el Estado proporciona a todos los trabajadores todas las condiciones necesarias para obtener alimentos, ropa y vivienda. La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone en su artículo 3 que el Estado aumentará sistemáticamente la inversión en la esfera de la protección de las personas con discapacidad a fin de consolidar los fundamentos materiales y técnicos y mejorar constantemente el entorno y las condiciones de vida de esas personas.

174.En la República Popular Democrática de Corea, el Estado es el proveedor de todos los componentes de las condiciones de vida, como la alimentación, la vestimenta y la vivienda de sus ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad. Ni siquiera a mediados del decenio de 1990, cuando el país tuvo graves dificultades económicas, se interrumpió en ningún momento el suministro de alimentos y otros materiales a los niños de las escuelas para alumnos ciegos y sordos. El Estado construye casas modernas a sus expensas y las proporciona gratuitamente a todos sus ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, y todos los planes nacionales para mejorar los medios de subsistencia de la población incluyen cuestiones relativas al bienestar de las personas con discapacidad.

175.El 25 de noviembre de 2009 se promulgó la Ley de Abastecimiento de Agua y Saneamiento con el fin de establecer un sistema y orden estrictos en la construcción y gestión de las instalaciones de abastecimiento de agua y en la producción, el suministro y el consumo del agua para uso diario, así como para la normalización de la calidad del agua y su suministro regular de conformidad con los niveles prescritos. El 12 de octubre de 2017 se promulgó la Ley de Gestión de Aguas de Manantial con el fin de establecer normas de seguridad higiénica en la producción y el suministro de este tipo de agua sobre una base científica, garantizar el pleno cumplimiento de esas normas, establecer las condiciones para la gestión del agua de manantial y reforzar su supervisión y regulación.

176.Se han instalado sistemas de abastecimiento de agua incluso en las aldeas agrícolas, de modo que no solo las personas con discapacidad de las ciudades sino también las de las aldeas disponen de agua corriente salubre. En los últimos años se han creado varias fábricas de agua de manantial y estaciones de suministro en las zonas con fuentes de agua de calidad, que proporcionan a la población agua potable de buena calidad.

177.La Ley de Seguridad Social dispone en su artículo 25 que la institución central de administración del trabajo y los comités populares interesados organizarán y gestionarán de manera responsable los sanatorios, las residencias de ancianos, las residencias de recuperación y otros órganos de la seguridad social, a fin de proporcionar condiciones de vida adecuadas a los exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio, a las personas de edad que no tengan quien las cuide y a las personas con discapacidad. La Ley de Atención a las Personas de Edad establece, en su artículo 6, que el Estado velará por que se intensifique la educación sobre la moral socialista y los comportamientos nobles, a fin de crear en la sociedad un clima de respeto y apoyo a las personas de edad.

178.Las personas con discapacidad reciben dispositivos de asistencia y subsidios, prestaciones de la seguridad social y pensiones. Se han reforzado la educación moral y las actividades de información, educación y comunicación, para alentar a la población a cuidar bien de las personas con discapacidad y proporcionarles una protección social completa.

179.La ley garantiza las condiciones sociales para la atención de las personas con discapacidad. En la República Popular Democrática de Corea, todos los ciudadanos en edad legal de trabajar y con capacidad para hacerlo tienen la obligación legal de participar en el trabajo social, con el derecho a percibir una remuneración equivalente a sus ingresos. Las amas de casa, sin embargo, están exentas del cumplimiento de esta obligación en ciertos casos. Pueden no ir a trabajar si tienen un bebé que amamantar, o si están cuidando a personas mayores, personas que han perdido la capacidad de trabajar o personas con discapacidad. Incluso así, el Estado les proporciona alimentos. En el caso de las personas con discapacidad que han perdido completamente la capacidad de trabajar y necesitan ser atendidas por otros, se pagan subsidios a los cónyuges o familiares que las cuidan, contribuyendo así a mejorar la situación económica de las familias de las personas con discapacidad.

180.De diversas formas se han transmitido conocimientos especializados a los familiares y al personal de las instituciones sanitarias que se encargan de atender a personas con discapacidad. Se han difundido y distribuido entre los interesados materiales de referencia tales como las Directrices sobre la creación de un entorno sin barreras para las personas con discapacidad, y obras referentes al cuidado y tratamiento de la epilepsia, los conocimientos generales sobre las deficiencias intelectuales, la ayuda a los niños sordos y la ayuda a los niños ciegos. También se han publicado y difundido revistas y folletos tales como los Principios del diseño de órtesis, el Glosario de prótesis y órtesis, y las Referencias para el cuidado de mujeres con discapacidad.

Artículo 29 Participación en la vida política y pública

181.El artículo 6 de la Constitución establece que los órganos del poder estatal de todos los niveles, desde las Asambleas Populares de condado hasta la Asamblea Popular Suprema, serán elegidos por votación secreta sobre la base del principio del sufragio universal, igual y directo, y el artículo 2 de la Ley de Elecciones a la Asamblea Popular en Todos los Niveles dispone que todos los ciudadanos con 17 años cumplidos tienen derecho a votar y a ser elegidos, independientemente de su sexo, nacionalidad, ocupación, tiempo de residencia, situación económica, nivel de instrucción, afiliación política, opinión política y creencia religiosa.

182.De conformidad con la Ley de Elecciones a la Asamblea Popular en Todos los Niveles, todos los ciudadanos con derecho a voto tienen un voto en las elecciones y eligen personalmente a los diputados de las asambleas populares de todos los niveles. Nadie está autorizado a votar por poder. Los electores tienen garantizada la libertad de votar a favor o en contra de un candidato. Nadie puede pedir a un votante que declare si ha emitido un voto afirmativo o negativo, ni ejercer presión o represalias contra alguien en relación con el voto.

183.Las personas con discapacidad cuentan con condiciones adecuadas para ejercer su derecho de voto. Por ejemplo, cuando un votante no puede acudir a la mesa electoral debido a una enfermedad grave, a la edad avanzada o a una discapacidad física, un miembro de la comisión electoral correspondiente lo visita con su papeleta de voto y una urna sellada. En el caso de las personas ciegas, un miembro de la comisión electoral correspondiente las informa sobre los derechos de los votantes y los procedimientos y métodos de votación previstos en la ley, así como sobre el candidato, y se asegura de que emitan su voto con la asistencia de una persona de su elección.

184.El entorno y las condiciones para que las personas con discapacidad participen en las actividades públicas y del Estado han mejorado considerablemente. Representantes de las Asociaciones de Personas Ciegas y Sordas integran el Comité Estatal para la Protección de las Personas con Discapacidad y desempeñan un papel fundamental en la representación de los derechos e intereses de las personas ciegas y sordas, planteando opiniones y formulando sugerencias respecto del disfrute de sus derechos. La proporción de personas con discapacidad que trabajan en las organizaciones relacionadas con la discapacidad va en aumento, representando el 20 % del personal en el Comité Central de la KFPD, el 100 % de los miembros en las Asociaciones de Personas Ciegas y Sordas y en el Equipo de Fútbol de Personas Sordas, el 70 % del personal en el Centro Económico y Cultural para Personas Sordas y Ciegas, el 50 % de los miembros en la Asociación Artística, el 14,3 % de los miembros en la Asociación de Intérpretes de Lengua de Señas y el 84 % de los empleados de la Fábrica de Muebles de Personas Sordas.

Artículo 30 Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

185.Se han adoptado diversas medidas para velar por que se respete el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida cultural en igualdad de condiciones con las demás.

186.Desde 2014 se han puesto subtítulos en varios programas de televisión, para las personas con deficiencias auditivas, y en la radio se leen obras literarias nacionales y extranjeras para las personas con ceguera y deficiencia visual severa.

187.En los párrafos 65 a 75 figura información sobre las medidas adoptadas para garantizar a las personas con discapacidad el acceso al entorno físico.

188.Con miras a posibilitar a las personas con discapacidad el acceso a los lugares de su interés y a los servicios de turismo, la KFPD incluyó la cuestión del fomento del turismo de esas personas en el Plan Estratégico Nacional para la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, y está haciendo los preparativos para la aplicación de las medidas correspondientes en cooperación con la institución central de orientación turística. La aplicación de esta estrategia permitirá a las personas con discapacidad disfrutar de acceso a una variedad de atracciones turísticas y servicios específicos para distintos tipos de discapacidad dentro de algunos años, y contribuirá a promover mejor el intercambio internacional a través del turismo.

189.La ratificación por la República Popular Democrática de Corea del Tratado de Marrakech en 2016 es una expresión de su compromiso a esforzarse más por difundir las obras publicadas en formas accesibles para las personas ciegas, con deficiencia visual o con otras dificultades para leer textos impresos.

190.Para garantizar a las personas con discapacidad sus derechos a participar en la vida cultural, se han creado organizaciones especializadas, como la Asociación Deportiva de Personas con Discapacidad y la Asociación Artística de Personas con Discapacidad, que funcionan eficazmente y ofrecen a esas personas la posibilidad de cumplir sus deseos y desarrollar sus talentos.

191.La Asociación Deportiva hace aportaciones a la formulación de las políticas y planes estatales destinados a desarrollar los deportes para personas con discapacidad, presenta periódicamente sugerencias al Comité Paralímpico Nacional, y organiza y lleva a cabo diversas actividades, como la organización de subasociaciones por tipos de discapacidad y de eventos deportivos, el fomento de la participación de las personas con discapacidad en la cultura física y el deporte, la promoción de los deportes para personas con discapacidad, y los intercambios y la cooperación con organizaciones internacionales, asociaciones nacionales y personas interesadas. En los últimos años, las actividades de esta asociación se han ampliado y ya incluyen, además del tenis de mesa y la natación, el levantamiento de pesas, el goalball, el tiro con arco y el esquí. Esta asociación acoge torneos nacionales de tenis de mesa para personas con y sin discapacidad dos veces al año, motivando a las personas con discapacidad a practicar deportes populares y aumentando la conciencia de la población sobre el potencial de esas personas.

192.El Comité Paralímpico Nacional de la República Popular Democrática de Corea fue establecido el 19 de octubre de 2011. En diciembre del mismo año, este Comité presentó una solicitud para participar como miembro asociado en el Comité Paralímpico Internacional, y el 30 de noviembre de 2013 pasó a ser miembro de pleno derecho. En los Juegos Paralímpicos de Londres de 2012 participó por primera vez un nadador con amputación de la República Popular Democrática de Corea, y otras personas con discapacidad participaron, con gran éxito, en los terceros Juegos Paralímpicos Asiáticos de la Juventud de 2013, los Juegos Paralímpicos Asiáticos de Incheon de 2014, los Juegos Paralímpicos de Río de Janeiro de 2016, los Juegos Paralímpicos de Invierno de Pyeongchang de 2018 y otros juegos internacionales.

193.La Asociación Artística de Personas con Discapacidad, que se ha propuesto como meta principal hacer realidad el sueño de las personas con discapacidad de realizar actividades artísticas, proporciona formación profesional a personas con discapacidad integrándolas en grupos de música y danza, según sus deseos y aptitudes. En 2015 y 2017, miembros de este grupo tuvieron actuaciones no solo en el país sino también en algunos países europeos, donde mostraron todo su talento y potencial y fueron aclamados por el público. Actualmente, esta Asociación está haciendo los preparativos para organizar sus sucursales provinciales, impartiendo educación artística desde la etapa de la escuela primaria e inscribiendo a las personas talentosas con discapacidad en instituciones de educación artística, en cooperación con la Comisión de Educación.

Artículo 31 Recopilación de datos y estadísticas

194.La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone en su artículo 5 que el Estado realizará un estudio periódico de la situación real de las personas con discapacidad, hará una evaluación correcta del grado de discapacidad y definirá debidamente los criterios, y que el Gabinete se encargará de determinar los criterios para la evaluación del grado de discapacidad; en su artículo 10, dispone que las instituciones médicas y otras entidades interesadas realizarán periódicamente un estudio de todas las personas con discapacidad en la zona a su cargo y las registrarán por tipos de discapacidad, y que, en caso de que una persona con discapacidad cambie de lugar de residencia, los datos registrados que la conciernan se transferirán a la institución correspondiente de la zona de que se trate.

195.En la República Popular Democrática de Corea, la encuesta y el registro de las discapacidades corren a cargo de las instituciones de salud pública, educación y administración laboral: las instituciones de salud pública reúnen datos sobre el nacimiento de niños con discapacidad y sobre la prevalencia de las discapacidades; las instituciones de educación recopilan datos sobre los niños con discapacidad en edad preescolar y escolar; y las instituciones de administración laboral se encargan de los datos sobre las personas con discapacidad que pueden y que no pueden trabajar. Los médicos de familia tienen la responsabilidad directa de la recopilación de datos y el registro de las personas con discapacidad, por tipos de deficiencia.

196.Los indicadores del estudio son establecidos por la KFPD en consulta con la Asociación de Personas Sordas, la Asociación de Personas Ciegas y otras organizaciones de personas con discapacidad y por referencia a las normas internacionales. Todos los datos sobre la discapacidad recogidos por los médicos de familia y las instituciones de educación, salud pública y administración laboral se envían a los órganos locales de estadística y a los órganos de protección de las personas con discapacidad de la zona de que se trate, donde terminan introduciéndose en la base de datos sobre discapacidad que comparten la Oficina Central de Estadística y el Comité Central de la KFPD. Para gestionar esta base de datos, se estableció en 2015 un sistema de estadísticas sobre discapacidad basado en un programa informático de registro y gestión de las personas con discapacidad, que se actualiza continuamente.

197.También se reúnen datos sobre la discapacidad en los censos nacionales y mediante encuestas por muestreo específicas. En el censo de 2008 se incluyeron cuatro preguntas del Grupo de Washington sobre Estadísticas de la Discapacidad. La KFPD trabajó en estrecha cooperación con la Oficina Central de Estadística en el establecimiento de indicadores para el censo de 2018. Personal del Comité Central de la KFPD participó en la elaboración del cuestionario para la encuesta piloto de enero de 2017 y en la capacitación de los encuestadores.

198.La encuesta por muestreo sobre discapacidad es realizada, en general, por expertos en discapacidad y estadísticos profesionales de la KFPD y la Oficina Central de Estadística cada tres años. La primera encuesta de este tipo, realizada en 1999, indicó que las personas con discapacidad representaban aproximadamente el 3,41 % de la población. La segunda encuesta por muestreo tuvo lugar en 2011 y la tercera, en 2014. La encuesta de 2014 abarcó a 50.175 personas (un 47,4 % de hombres y un 52,6 % de mujeres) de los hogares de cuatro provincias: Hamgyong Meridional, Kangwon, Pyongan Meridional y Pyongan Septentrional. El resultado reveló que el 6,2 % de la población tenía diferentes tipos de discapacidad. En el cuadro 3 del anexo figura la proporción de personas con discapacidad, por grupos de edad y zonas de residencia (urbanas y rurales). Todos estos resultados se utilizan eficazmente para elaborar las políticas nacionales que afectan a las personas con discapacidad y los planes de acción de los ministerios competentes para la protección de esas personas.

Artículo 32 Cooperación internacional

199.La Ley de Protección de las Personas con Discapacidad dispone, en su artículo 8, que el Estado promoverá el intercambio y la cooperación con otros países, con las organizaciones internacionales y con las organizaciones de coreanos en el extranjero en la esfera de la protección de las personas con discapacidad. La República Popular Democrática de Corea ha prestado gran atención al fortalecimiento de la cooperación y el intercambio con todos los países, organizaciones internacionales y personas que están en buenos términos con la República Popular Democrática de Corea y que están interesados en sus esfuerzos por proteger a las personas con discapacidad del país y dispuestos a apoyarlos.

200.El Estado se ha preocupado de que las cuestiones relativas a la discapacidad se incluyan en sus programas de cooperación con las misiones diplomáticas de países extranjeros, y las organizaciones internacionales presentes en la República Popular Democrática de Corea en ámbitos tales como la seguridad alimentaria, la salud pública, la educación, la protección de la infancia y la reducción del riesgo de desastres han adoptado medidas apropiadas y eficaces para su aplicación. Como resultado de ello, las escuelas para alumnos ciegos y sordos y otras escuelas para niños con discapacidad han recibido alimentos y otros artículos de primera necesidad continuamente, y desde 2007 se han suministrado también alimentos nutritivos.

201.La cooperación internacional para el fomento de la capacidad del personal de las organizaciones especializadas en la discapacidad ha sido proactiva. Por ejemplo, a partir de 2013 se han organizado casi todos los años cursos de capacitación técnica para los terapeutas del Centro de Rehabilitación Funcional de Munsu, en que fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y otros expertos en rehabilitación de renombre mundial han dado conferencias sobre cuestiones teóricas y prácticas. A estos cursos de capacitación han asistido terapeutas y expertos en rehabilitación de los servicios de rehabilitación de los hospitales centrales, así como los del Centro de Rehabilitación para Niños con Discapacidad. Los fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y protesistas del Hospital Ortopédico y la fábrica de aparatos ortopédicos de Hamhung también recibieron capacitación sobre el terreno. Los funcionarios de la KFPD y de la Comisión de Educación que se encargan de la educación de los niños con discapacidad asistieron a conferencias y cursos de capacitación internacionales para aprender a aplicar la educación inclusiva y la educación integrada. Se está desarrollando la reducción inclusiva del riesgo de desastres, como esfera prioritaria en los esfuerzos por proteger a las personas con discapacidad a fin de cumplir los requisitos prácticos de elaborar medidas de respuesta a emergencias adaptadas a sus necesidades. Desde 2016 se está trabajando para incluir en los programas de reducción del riesgo de desastres componentes relacionados con la discapacidad, como la recogida y el rescate de las personas con discapacidad en casos de desastre y el establecimiento de un sistema de alerta temprana adecuado a sus circunstancias, y se han organizado cursos de capacitación para mejorar la capacidad de los expertos que trabajan en la reducción del riesgo de desastres.

202.Desde la aprobación del Memorando de Entendimiento entre la KFPD y la Federación Mundial de Sordos en 2010, se han ejecutado dos proyectos de cooperación de cuatro años de duración, completándose satisfactoriamente la cooperación logística en la formación profesional de las personas sordas y la creación de la infraestructura necesaria.

203.Como seguimiento de las recomendaciones formuladas por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las personas con discapacidad al equipo de las Naciones Unidas en el país, los donantes y los agentes de cooperación internacional para incorporar los derechos de las personas con discapacidad en todas las estrategias, evaluaciones y proyectos, la KFPD, el Programa de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Unidad de Apoyo a los Programas de la Unión Europea elaboraron conjuntamente un nuevo proyecto de cooperación para los niños con discapacidad, que fue aprobado por la sede del UNICEF.

204.Diferentes organizaciones internacionales, misiones diplomáticas y asociaciones nacionales de países y personas extranjeros hicieron valiosas contribuciones para sentar las bases materiales, proporcionar mejores condiciones educativas y fomentar la vida deportiva y cultural de las personas con discapacidad.

205.Sin embargo, los esfuerzos de la República Popular Democrática de Corea por proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad y su cooperación con organizaciones internacionales y países extranjeros se están viendo muy dificultados por las injustificables sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas contra la República Popular Democrática de Corea. Por ejemplo, algunos países se niegan a conceder el despacho de aduanas incluso a la ayuda humanitaria para las personas con discapacidad, u obstaculizan o retrasan su entrega, mientras que otros bloquean la compra de materiales destinados a la producción de equipo para personas con discapacidad, prótesis y órtesis y accesorios escolares para niños con discapacidad. Esas violaciones flagrantes de los derechos humanos de las personas con discapacidad causan un daño incalculable a los esfuerzos de la República Popular Democrática de Corea por aplicar fielmente la Convención.

206.La República Popular Democrática de Corea sostiene firmemente que esas sanciones inhumanas que son contrarias a los ideales del humanitarismo y a los principios y exigencias de los instrumentos internacionales de derechos humanos, y en particular de la Convención, no pueden justificarse por motivo alguno y deben retirarse inmediatamente sin condiciones.

Artículo 33 Aplicación y seguimiento nacionales

207.En la República Popular Democrática de Corea, la coordinación nacional de la aplicación de la Convención corre a cargo del Comité Nacional de Protección de las Personas con Discapacidad y del Comité Nacional para la Aplicación de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos. En los párrafos 31 y 37 del presente informe se describen las funciones y la composición de estos comités.

208.La aplicación de la Convención y de las leyes internas conexas es supervisada por los departamentos de reglamentación de los ministerios interesados, los departamentos de inspección de los órganos de poder local, los órganos de seguridad popular y las fiscalías, dentro de sus respectivas competencias. Por ejemplo, estas entidades supervisan, entre otras cosas, si se asigna y ejecuta un presupuesto apropiado para las instalaciones relacionadas con la discapacidad, como las escuelas para alumnos ciegos y sordos, los centros de rehabilitación funcional, las fábricas de exmilitares con discapacidad adquirida en el servicio, las fábricas de trabajos ligeros y las residencias de recuperación, si se suministran los materiales necesarios con arreglo a los planes, si se prestan servicios de tratamiento médico y atención de la salud eficaces, si las condiciones de alimentación son adecuadas, y si se realizan periódicamente trabajos de reparación y mantenimiento de los edificios y el equipo, e imponen las sanciones correspondientes cuando se detectan violaciones de la ley. Se presta especial atención a fortalecer la vigilancia administrativa y económica, por parte de la fiscalía, de la gestión de las instituciones relacionadas con la discapacidad, a fin de detectar a tiempo o prevenir las vulneraciones de los derechos e intereses de las personas con discapacidad y el incumplimiento del deber de suministrar materiales suficientes para su protección, y comprobar que las instituciones relacionadas con la discapacidad y otras entidades cumplan las responsabilidades y funciones que se les haya confiado a ese respecto.

209.La KFPD también desempeña un papel importante en el proceso de vigilancia. Recopila la información y los datos necesarios sobre el disfrute de los derechos de las personas con discapacidad a través de sus organizaciones subsidiarias y de reuniones presenciales con personas con discapacidad y, si lo considera necesario, formula recomendaciones o sugerencias a los órganos administrativos o a los órganos encargados de hacer cumplir la ley.

210.Quienquiera que menoscabe el disfrute por las personas con discapacidad de sus derechos, sus medios de subsistencia, su vida y sus bienes, en contravención de las leyes y reglamentos correspondientes, es castigado con sanciones penales o administrativas, lo que contribuye a garantizar el respeto de los derechos e intereses de las personas con discapacidad.