Naciones Unidas

CRPD/C/PRY/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

25 de noviembre de 2022

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informes periódicos segundo y tercero combinados que el Paraguay debía presentar en 2019 en virtud del artículo 35 de la Convención *

[Fecha de recepción: 19 de marzode2019]

Introducción

La República del Paraguay, en virtud a sus obligaciones internacionales, presenta al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad su Segundo y Tercer Informe Periódico que los Estados Partes deben presentar conforme al artículo 35 de la Convención por los Derechos de las PcD.

En ese sentido, el Paraguay ha establecido un mecanismo de trabajo conjunto con las instituciones del Estado a fin de dar respuesta a la lista de cuestiones remitida por el Comité. Para ello, ha utilizado la herramienta informática online de acceso público, el Sistema de Monitorio de Recomendaciones en Derechos Humanos “SIMORE”, la cual permitió un mejor monitoreo y seguimiento de las implementaciones de las recomendaciones internacionales de DDHH. Dicha herramienta es el resultado de un proyecto de cooperación entre el Paraguay y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas de Derechos Humanos, y es considerada como buena práctica.

Asimismo, en el marco de la promoción de un diálogo constructivo e interactivo con los representantes de las OSC y miembros de las ONG, se realizó un taller de socialización del Informe redactado por el Estado, en la cual participaron representantes de OSC a fin de juntos cooperar en la promoción y protección de los DDHH en el Paraguay.

A.Propósito y obligaciones generales (artículos 1 a 4)

Respuesta a la cuestión 1 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPR/2-3)

Con relación a la modificación de la terminología empleada en el artículo 58 de la CN, el Estado paraguayo se permite señalar que, al encontrarse dicho artículo en la Parte I, Título II, Capítulo IV de la Carta Magna, siguiendo lo establecido en el artículo 290 in fine de la Ley Fundamental, su modificación solo es posible a través del procedimiento de reforma previsto en su artículo 289, lo cual requiere el establecimiento de una Convención Nacional Constituyente.

De este modo, dicho artículo no puede ser modificado por una ley del PL pues según el orden de prelación contenido en el art. 137 de la CN, cualquier otro instrumento normativo es de menor rango.

No obstante, la Ley 4720/12, que crea la SENADIS, y su Decreto reglamentario Nº 10.514/13, ha establecido las bases legales respecto a la discapacidad, lo que posibilita transversalizar el término en las normas dictadas con posterioridad.

Asimismo, desde el PL fueron numerosas las iniciativas tendientes a instalar y promover la terminología adecuada en la legislación proyectada y aprobada sobre la materia, de conformidad a los términos de la CDPD y su Protocolo Facultativo, aprobados por Ley Nº 3540/08.

Así, se han aprobado, por citar algunas, las siguientes leyes que incorporan la terminología apropiada:

Ley Nº 4962/13 “Que establece beneficios para los para los empleadores, a los efectos de incentivar la incorporación de PcD en el sector privado”.

Ley Nº 5136/13 “De educación inclusiva”.

Ley Nº 5362/14 “Que aprueba el tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso”.

Ley Nº 5421/15 “Equidad de oportunidad en educación para el trabajo de PcD”.

Ley Nº 4934/15 “De accesibilidad al medio físico para las PcD”.

Ley Nº 5884/17 “Que declara el 20 de mayo como Día Nacional de inclusión laboral de las PcD”.

En el mismo sentido, las iniciativas legislativas en trámite en el PL incorporan actualmente los estándares terminológicos adecuados, con relación a las PcD.

Respuesta a la cuestión 2

La SENADIS cuenta con un plantel activo de 518 personas entre profesionales, técnicos, nombrados, contratados y comisionados, conforme se desprende del siguiente cuadro:

Cuadro 1

RRHH SENADIS

Descripción

Femenino

Masculino

Total

Total de RRHH Activos (a+b)

293

225

518

RRHH Activos Nombrados (a)

186

142

328

RRHH Activos Contratados (b)

107

83

190

RRHH Profesionales (Nombrados y Contratados con Título

Universitario)

163

85

248

Personal en Cargos Gerenciales (a partir de Jefe de Departamento)

37

39

76

Cuadro 2

RRHH SENADIS por tipo de vínculo

Vínculo Laboral

Personal Administrativo

Personal de Salud

Funcionario Permanente

217

111

Funcionario Contratado

105

85

Cuadro 3

Composición del Personal de Blanco SENADIS

Composición del Personal de Blanco

Dependencia

Médicos

Lic. Enfermería

Fisioterapeuta

Psicóloga/o

Odontólogo

Técnicos en Salud

Auxiliares en Salud

Trabajador Social

Nutricionista

Bioquímico

Fonoaudiólogo

Sede Central

35

13

33

32

8

3

4

24

3

7

4

Santani

1

0

4

1

1

2

1

0

0

0

Caacupé

1

0

3

1

0

0

0

0

0

0

0

Coronel Oviedo

0

0

2

2

0

0

0

0

1

0

0

Pilar

1

0

1

0

0

0

0

0

0

0

Villarrica/ Tebicuarymi

1

0

4

1

0

0

0

0

0

0

0

Concepción

0

0

0

2

0

0

0

0

0

0

0

Total

38

14

46

40

9

5

4

25

4

7

4

Cuadro 4

Total Personal de Blanco SENADIS

Composición del Personal de Blanco

Cantidad

Psicóloga/o

40

Fisioterapeuta

46

Odontólogo

9

Médico

38

Lic. Enfermería

14

Fonoaudióloga

4

Trabajador Social

25

Bioquímico

7

Nutricionista

4

Técnicos

5

Auxiliares

4

Total personal de blanco

196

Cuadro 5

Presupuesto SENADIS

Instancia

Año

Presupuesto

Plan financiero

SENADIS

2013

65 032 041 326

62 713 274 510

SENADIS

2014

54 882 232 173

59 157 232 173

SENADIS

2015

54 600 651 114

56 582 341 481

SENADIS

2016

54 099 485 743

51 394 511 456

SENADIS

2017

54 099 485 743

54 007 485 743

SENADIS

2018

54 099 485 743

52 085 506 313

SENADIS

2019

56 451 225 451

56 451 225 451

B.Derechos específicos: Igualdad y no discriminación (artículo 5)

Respuesta a la cuestión 3

El principio de no discriminación se encuentra consagrado en la Carta Magna de la República, la cual, en su artículo 46, establece que no se admiten discriminaciones entre ciudadanos de la República, debiendo removerse los obstáculos e impedir factores que las mantengan o propicien discriminaciones.

No obstante, a pesar de no contar una reglamentación del mismo, cabe señalar que el art. 45 del mismo cuerpo normativo, aclara que la falta de ley reglamentaria no podrá ser invocada para negar ni para menoscabar algún derecho o garantía, que, siendo inherentes a la personalidad humana, no figuren expresamente en ella.

La Ley Nº 4720/2012, que crea la SENADIS, en su Artículo 21 establece que:

Art. 21.- PROTECCION DE DERECHOS.

“…Toda persona que sufra discriminación por su condición de persona con discapacidad o amenaza en el ejercicio de sus derechos y beneficios consagrados en esta Ley y otras afines, podrá, antes de presentar su demanda y en cualquier etapa del juicio, demandar ante un Juez en lo Civil, las providencias preventivas y cautelares, las mismas que se tramitarán, en lo que sea aplicable, de conformidad con el CPC:

El cese inmediato de la acción discriminatoria; y,

Cualquier otra que evite la continuación de la violación a los derechos.

El Juez ordenará la medida al avocar conocimiento de la demanda, siempre que se acompañen pruebas sobre indicios precisos y concordantes que permitan, razonablemente, presumir la violación actual o inminente de los derechos reconocidos en esta Ley y otras afines a las PcD. El Juez deberá comprobar si el peticionario es una persona amparada por estas Leyes, para cuyo efecto se acudirá a las normas contenidas en las mismas.

En los procesos que se sustancien por esta materia, de verificarse la discriminación o la violación de los derechos de las PcD, el Juez en lo Civil podrá imponer una multa en la sentencia respectiva”.

Por su parte, la SFP tiene, entre sus competencias, la obligación de formular la política de RRHH del Estado y de velar por el cumplimiento efectivo de la ley de la Función Pública, que establece claramente la prohibición de discriminar. Ello implica la responsabilidad de diseñar los planes, programas, proyectos y acciones específicas tendientes a erradicar las prácticas discriminatorias en la función pública.

Una acción concreta en ese sentido es la presentación de una Guía para prácticas inclusivas y no discriminatorias en la Función Pública. El material pretende orientar al funcionariado público en conceptos, marco normativo y prácticas específicas de no discriminación e inclusión. El objetivo es que esta Guía se convierta en un instrumento de apoyo al proceso de transformación de una cultura estatal excluyente, hacia una cultura estatal de la inclusión.

En el punto 15 de esta guía trata de “Buenas prácticas con PcD”. El reconocimiento de la personalidad jurídica conlleva la misma capacidad de acceso a la justicia, incluso mediante ajustes de procedimiento para facilitar el desempeño de las PcD como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos o denunciantes, en procedimientos administrativos y judiciales.

Una práctica fundamental para la promoción de la inclusión de las PcD en los espacios y servicios públicos es la promoción progresiva de ajustes razonables, y la adopción en lo sucesivo de procedimientos, entornos y servicios ya establecidos sobre modelos de diseño universal.

En julio de 2018, la SFP presenta el “Protocolo de Intervención en Casos de Violencia Laboral” y la “Guía Metodológica para Incorporar el Enfoque de Género, No Discriminación y Buen Trato en reglamentos internos de instituciones públicas”. Mediante las Resoluciones Nº 387/2018 y Nº 388/2018, la SFP insta a los OEE, a implementar ambos instrumentos de igualdad y no discriminación.

Los instrumentos fueron desarrollados con asistencia técnica del programa Democracia y Gobernabilidad de USAID/Paraguay, gestionado por CEAMSO, en el marco de una Mesa Interinstitucional liderada por la SFP, el MINMUJER, el MSPyBS, el MTEySS, y la SENADIS.

A través de la Ley Nº 5.136 y el Decreto Nº 2837 que Reglamenta la Ley de Educación Inclusiva, el MEC tiene la facultad como órgano rector de educación para establecer acciones y mecanismos tendientes a la creación e implementación de un modelo educativo inclusivo dentro del sistema regular, en todos los niveles educativos, de manera a garantizar la accesibilidad, permanencia, aprendizaje, participación, promoción y conclusión oportuna de los Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.

Cuenta con una Dirección General de Educación Inclusiva. Asimismo, ha desarrollado el Plan Nacional de Educación 2024 “Igualdad de oportunidades en el acceso y garantía de condiciones para la culminación oportuna de los estudiantes de los diferentes niveles/ modalidades educativas”, que contempla una ampliación de Centros de Apoyo a la Inclusión, mediante la Reconversión gradual de las Escuelas Especiales y la Expansión de la oferta del Servicio de Atención Educativa Compensatoria: Aulas Hospitalarias, Centros/Hogares y Albergues; beneficiando con más apoyo a equipo técnico, docentes, alumnos y familias de instituciones educativas donde se encuentran incluidos estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo.

La Resolución MEC Nº 1/2015 “Por la cual se reglamenta el régimen de faltas y sanciones por incumplimiento de la Ley 5136/13 De Educación Inclusiva Aplicable a las Instituciones Educativas de Gestión Oficial, Privada y Privada Subvencionadas dependiente de este Ministerio”, tiene por objetivo precautelar los Derechos de Niños y Adolescentes que pudieran ser vulnerados por la inobservancia de la normativa por parte delas Instituciones Educativas a nivel país.

El MEC, también cuenta con la Resolución Nº 31561/2018 “Por la cual se dispone que los libros de textos licitados en esta Secretaría de Estado, para todos los niveles y modalidades, cuenten con soporte digital editable en formatos accesibles, para personas ciegas, PcD visual y otros usuarios que tengan dificultad para acceder al formato impreso”.

En el mismo contexto, el MEC ha emitido un Informe Técnico Jurídico en el que considera dar curso favorable al Anteproyecto de Ley “por la cual se establece el uso del sistema braille y otros medios técnicos y tecnológicos que faciliten el acceso a la información para las pcd visual, en la cédula de identidad y todas las documentaciones bancarias y de servicios; incluyendo la información en sitios visibles de espacios físicos”.

Se entregaron a los Supervisores de Control y Apoyo Administrativo, a los Supervisores de Apoyo Técnico Pedagógico e Indígenas los textos: Lineamientos para un sistema educativo inclusivo en Paraguay - Resolución Nº 17267/2018 y el Manual de accesibilidad física en escuelas.

El MINMUJER impulsa la implementación del marco del IV Plan Nacional de Igualdad, por medio del cual se han formulado e implementado una serie de documentos y planes nacionales que contemplan la mirada de género, tales como; El Plan de Gobierno 2018-2023; el Plan Nacional de Educación (2024); Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2009-2013 y 2014-2018); Marco Estratégico Agrario (2009-2018); Plan Nacional de Seguridad Ciudadana (2013-2018); PLANPcD (2030), entre otros.

Asimismo, SENADIS y MINMUJER coordinan acciones e integran la “Mesa Interinstitucional para la inclusión laboral y efectiva de las PcD” e implementa el PLANPcD (2030), aprobado y validado a nivel nacional, que contempla la promoción de medidas de carácter temporal para avanzar en la igualdad sustantiva en la educación, salud y trabajo de las mujeres con discapacidad frente a las barreras persistentes. Además, promueve el cumplimiento del Decreto Reglamentario de la Ley Nº 4.934/13 de “Accesibilidad al Medio Físico para las PcD” (2015), que incluye un “Plan de Adecuación del Sistema de Transporte”, abarcando temas sobre la accesibilidad para las unidades y paradas de transporte público, etc.

El proceso de construcción de indicadores del PLANPcD con enfoque de Derechos se ha iniciado durante los años 2016-2017 con la cooperación técnica de la OACNUDH; en dicho proceso se han elaborado indicadores de los ejes/áreas de producción de Datos Nacionales, Accesibilidad, Derecho a la Educación, Derecho al Trabajo y Empleo e Inversión y se obtuvo como resultado concreto la aprobación de los mismos a través de la resolución 4.004/17 y la incorporación de los mismos en el SPR de la STP.

Actualmente la SENADIS a través de la Cooperación de la AECID y la UE en el marco del proyecto Acortando Distancia II se encuentra en proceso de construcción de indicadores de todos los ejes del PLANPcD con el objeto de transversalizar derechos de las PcD, fortalecer la gestión institucional y la participación de la sociedad civil. En ese marco, se han aprobado los ejes en los que la SFP se encuentra involucrada: Producción de Datos Nacionales, Derecho al Trabajo y Empleo.

Igualmente, la SFP ha elaborado un Barómetro de Igualdad que contiene los siguientes parámetros en materia de implementación de políticas de igualdad y no discriminación en la función pública paraguaya:

Lista de OEE que realizaron Concursos Públicos para PcD.

Instituciones que realizaron medición del Grado de Implementación de Plan de Igualdad y No Discriminación.

Instituciones que cuentan con Planes de Inclusión de PcD.

Transparencia e el uso de los recursos públicos (Ley Nº 5189/2014).

Índice de Feminidad (número de mujeres por cada 100 hombres).

Índice de masculinidad (número de hombres por cada 100 mujeres).

Instituciones que se adhirieron a la Resolución SFP Nº0516/2016.

Respuesta a la cuestión 4

Al mes de abril 2018, el programa Tekoporã del MDS ha invertido Gs 1.609.360.000 en las PcD. Al cierre de 2017, estaban protegidas por dicho programa un total de 19.595 PcD (2.176 con discapacidad severa). Al mes de abril 2018, la cobertura ha llegado a 20.068 PcD (8.944 son mujeres).

Desde el 2015, el MDS cuenta con un módulo de inclusión de PCD. La metodología aplicada es la de focalización, inclusión y permanencia, con corresponsabilidad y aportes específicos para este sector de la población. Las familias que cuenten con uno o hasta dos miembros con discapacidad severa, reciben un monto adicional. Para las corresponsabilidades, se aplican criterios de gradualidad y pertinencia, es decir en la medida que el Estado garantice el goce de los derechos de acuerdo a la oferta pública y, además, cuente con un enfoque intercultural, en el caso de familias indígenas.

Al cierre del 2017, estaban incluidas 23.319 familias indígenas (cubriendo el 95 % de las viviendas indígenas ocupadas del país), de las cuales 541 son PCD. El programa Tekoporã protege en su gran mayoría a personas en situación de pobreza de áreas rurales (aproximadamente 88 % del total). El 75 % de los titulares son mujeres jefas de familia. La población total protegida por el programa, a fines de 2017 es de 152.132 familias (alrededor de 664.000 personas).

Mujeres con discapacidad (artículo 6) - Protección contra explotación, violencia y abuso (artículo 16)

Respuestas a las cuestiones 5 y 17

En los últimos años Paraguay ha puesto gran empeño en generar las condiciones para el empoderamiento de las mujeres y niñas a través de la promoción de acciones que buscan eliminar las desigualdades y las barreras que ellas tienen para lograr un desarrollo integral y alcanzar una autonomía sustancial y real sobre sus propias vidas.

Desde el año 2016, el Paraguay se adhirió a la Campaña del Lazo Naranja por el “Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, aprobado por la AGNU. Asimismo, se ha ampliado el marco jurídico de promoción y protección de las mujeres y niñas, con leyes promulgadas en los últimos años, tales como la Ley Nº 5.446/15 “De políticas públicas para mujeres rurales” y la Ley Nº 5777/16 “De protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia”.

Por Decreto Nº 6973 de fecha 27 de marzo de 2017, fue aprobada la reglamentación de la Ley Nº 5777/16, estableciendo como personas protegidas a toda mujer en situación de violencia, sin ningún tipo de discriminación en razón de la edad, lengua, idioma, religión o creencias, estado civil, nacionalidad, discapacidad, estado de salud, aspecto físico, situación económica, pertenencia cultural, origen étnico, orientación sexual, procedencia urbana o rural, y de cualquier otra condición o circunstancia, incluidos sus hijos, hijas y otras personas dependientes.

El Capítulo III, artículo 27 la Ley 5777/16, relativo a Políticas Estatales para la prevención, atención y protección para las mujeres, hace referencia la Mesa Interinstitucional de Prevención de la violencia contra la Mujer en la cual participan instituciones del PE y Judicial, así como la Sociedad Civil, destacándose la participación de la SENADIS.

Continuos programas de capacitación son desarrollados con el fin de sensibilizar a las autoridades y representantes institucionales en torno a la violencia contra la mujer y el feminicidio, propiciando un marco común de acción interinstitucional e introduciendo las definiciones, estrategias y procedimientos presentados por la Ley Nº 5777/16. Así mismo se han publicado materiales de difusión de la Ley.

En este contexto, han sido capacitados/as personas de diferentes sectores en talleres de difusión y capacitación como ser: a funcionarios/as del Estado (instituciones públicas), así como a la sociedad civil en general, como mujeres emprendedoras, estudiantes de colegios y universidades públicos y privados y empresas privadas.

Mediante Decreto Nº 5140, del 13 de abril de 2016, se aprobó el II Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres 2015-2020 y se conformó la “Mesa Interinstitucional para la Prevención, Atención, Seguimiento de casos y Protección a mujeres en situación de violencia”, conformada por 13 instituciones del Estado, con el objetivo de orientar las acciones que contribuyan al pleno respeto de los DDHH de las mujeres, promoviendo una respuesta integral por parte de las instituciones públicas y privadas, en la implementación de acciones de prevención, atención, seguimiento de casos y protección de mujeres en situación de violencia.

Asimismo, en el marco de la implementación de la Ley Nº 5.777/16, la Secretaría de Género de la CSJ firmó una línea de colaboración con la Cooperación Alemana, a través del Programa Regional “Combatir la Violencia contra las Mujeres en Latinoamérica” (ComVoMujer) con el objetivo de realizar un diagnóstico y jornadas de capacitación a la magistratura y al funcionariado judicial de las Circunscripciones Judiciales de: Boquerón, Alto Paraná y Amambay, para la correcta aplicación de la menciona Ley (año 2017). Con el mismo propósito, también se firmó un memorándum de entendimiento con ONU Mujeres para cubrir el diagnóstico y capacitación en las Circunscripciones de: Central y Capital, San Pedro, Paraguarí, Cordillera, Guairá e Itapúa (año 2018).

En noviembre de 2017 se lanzó una campaña comunicacional denominada “Kuña, ñañopytyvõ ñaguahẽ hag̃ua” (“Mujeres, ayudémonos para llegar”), con el fin de concienciar y sensibilizar acerca de la importancia del trabajo en sororidad en vista a la entrada en vigor de la nueva ley y los desafíos que la misma plantea como herramienta en el acceso a la justicia. Se ha difundido dicha campaña a través de materiales impresos y digitales.

Avances importantes respecto al área/eje 14 del PLANPcD lo constituyen la Ley Nº 6002/16 que modifica el art. 135 del CP elevando las condenas en casos de abuso sexual en niños/as e incorporando los medios tecnológicos en la comisión de estos hechos. De igual manera, la Ley Nº 6083/18 modifica el art. 29 del CNA sobre publicación de nombres, imágenes o audios de niños/as o adolescentes víctimas, autores o testigos de hechos punibles o accidentes por todos los medios incluyendo a sistemas tecnológicos.

Asimismo, el PL ha aprobado la Ley Nº 4788/12 “Integral contra la trata de personas” que tiene por objeto prevenir y sancionar la trata de personas en cualquiera de sus manifestaciones, perpetrada en el territorio nacional y en el extranjero. Es también su objeto el proteger y asistir a las víctimas, fortaleciendo la acción estatal contra este hecho punible.

Además, la Ley 5683/16 “Que establece la obligación de exhibir una leyenda en lugares públicos y visibles que diga “la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y la trata de personas en la república del Paraguay es un delito severamente penado. denúncielo” establece que los aeropuertos, puertos, terminales de transporte, medios de transporte público, pasos fronterizos, oficinas públicas de turismo, instituciones públicas, oficinas de promoción del país, hoteles, pubs, discotecas, casinos, moteles, y otros indicados por la autoridad de aplicación deberán exhibir la citada leyenda en lugares visibles.

Por Decreto Nacional Nº 11.056/2013 fue creada la Comisión Nacional de la Prevención y Atención Integral de la Violencia hacia la Niñez y Adolescencia del Paraguay, liderada por el MINNA, instancia a la que debe sumarse la Mesa Interinstitucional para la construcción participativa de la “Ruta de Intervención Interinstitucional de Atención Integral en caso de abuso sexual y violencia sexual”, liderada por el MSPyBS.

Una de las acciones resaltantes apoyadas por esta Comisión Nacional fue la promoción de la Ley Nº 5659/16 “De promoción del buen trato, crianza positiva y de protección a niños, niñas y adolescentes contra el castigo físico o cualquier tipo de violencia como método de corrección o disciplina”, cuyo objeto es que todo niño, niña y adolescente goce del derecho al buen trato y a que se respete su integridad física, psíquica y emocional.

El MEC ha dictado la Resolución Nº 25664/2017 “Por la cual se conforma la red de prevención y atención integral de la violencia hacia niñas, niños y adolescentes en el ámbito educativo”, en virtud a la cual se han conformado de redes de protección, con técnicos especializados de las diferentes supervisiones de cada departamento, teniendo como función principal la de “Constituirse en referentes departamentales en el campo de la prevención y atención integral de situaciones de violencia hacia niñas, niños y adolescentes de su Departamento, en el ámbito educativo”.

En noviembre de 2016 se presentó Proyecto de Ley “Que tipifica el trabajo infantil peligroso y el criadazgo”, que actualmente se encuentra para el primer trámite constitucional en la Cámara de Senadores.

La Campaña Lazo Verde del MINNA, desarrollada desde 2012, simboliza la lucha contra el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes, busca concienciar a instituciones públicas y privadas, medios de comunicación, ciudadanos adultos, así como a los propios niños, niñas y adolescentes respecto al abuso sexual infantil y adolescente, recordándose el 31 de mayo como el “Día nacional contra el maltrato, abuso sexual y laboral de niñas niños y adolescentes”. Esta campaña es promovida en los medios masivos de comunicación teniendo una llegada significativa a través de los gobiernos departamentales y municipales.

Además, las campañas de prevención del abuso sexual actualmente se encuentran inmersas en el currículo nacional vigente, partiendo de la educación inicial y en los diferentes niveles de las instituciones del país.

Asimismo, el MEC viene realizando varias acciones a través de la Dirección de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, destacándose entre ellas el dictamiento de las siguientes resoluciones ministeriales:

Resolución Nº 5731/15 “Guía de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se activa en los diferentes casos de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes que se tenga conocimiento en el ámbito educativo”.

Resolución Nº 1848/2015 “Protocolo para la atención pedagógica a estudiantes en situación de riesgo, de instituciones educativas de los niveles de educación inicial y escolar básica, media y permanente. En este protocolo se prevé la situación de vulnerabilidad (vulneración de derechos sexuales y derechos reproductivos). Con esta normativa como base y según la situación planteada se conforma un equipo de intervención que entre otras responsabilidades tiene la de flexibilizar el currículum y garantizar la permanencia de estudiantes en el sistema educativo.

Resolución Nº 11646/17 “Por la cual se aprueba el programa ñañe’eke de prevención educativa de la violencia sexual y el embarazo en la adolescencia, para los distintos niveles/modalidades educativas nacional así mismo se crea la coordinación del mencionado programa”.

Resolución Nº 22446/2017 “Por la cual se establecen medidas de protección aplicables ante denuncias de supuestos hechos punibles contra niños y adolescentes escolarizados, atribuidos a docentes o funcionarios del ministerio de educación y ciencias”, que contiene medidas de urgencia para casos en que se confirmase algún tipo de vulneración de derechos de la niñez y adolescencia por parte del docente o personal administrativo.

Resolución Nº 25664/17 “Por la cual se conforma la red de prevención y atención integral de la violencia hacia niños, niñas y adolescentes en el ámbito educativo”, estas redes están siendo instaladas en los diferentes departamentos del país, conformándolas con profesionales preparados en la intervención efectiva ante casos vinculados a la protección de los niños, niñas y adolescentes. Actualmente ya se encuentran en funcionamiento en doce departamentos del país.

Como principal efecto de la socialización de estas normativas es que las mismas han alentado a la comunidad educativa a denunciar y comunicar a las autoridades estos hechos de violencia hacia los niños, niñas y adolescentes.

Igualmente, debe destacarse la ley Nº 4633/12 “Contra el acoso escolar en instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas”, en virtud de la cual el MEC ha dictado la Resolución Nº 8353/2012 “Por la cual se aprueba el protocolo de atención para los casos de violencia y acoso escolar en las instituciones dependientes del ministerio de educación y cultura”. Este Protocolo es activado en todas las instituciones educativas en casos de violencia entre pares y/o acoso escolar. Se realizaron diferentes capacitaciones sobre el acoso y la violencia escolar, con base en las normativas y el proceso de acompañamiento del niño afectado.

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Este punto constituye un desafío para el país, partiendo de la concepción misma de lo que significa violencia de género en sentido estricto. Se realizan esfuerzos para que las instituciones brinden las garantías necesarias para que las mujeres con discapacidad accedan al sistema de justicia, procurando salvaguardar sus derechos teniendo en cuenta, en estos casos, la situación de múltiple vulnerabilidad.

En tal sentido, la Secretaría de Género de la CSJ informa que, con relación al registro de datos sobre violencia doméstica e intrafamiliar hacia las mujeres, se revisó el “Formulario de Registro de Violencia”aprobado por Acordada Nº 454/2007 de la CSJ y sugirió modificaciones relacionadas con la carga obligatoria del campo de registro interno. Así, por ejemplo, la introducción de datos de PcD en las causas a fin de contar datos sobre mujeres con discapacidad, víctimas de violencia doméstica e intrafamiliar; lo que permitirá la elaboración de Políticas específicas para lograr el acceso a la justicia de PcD conforme a los principios del debido proceso.

El mencionado formulario ha sido rediseñado según mandatos establecidos en el artículo 30 sobre los indicadores que deben contener los Informes del Sistema Único y Estandarizado de Registro, atendiendo a lo dispuesto en el inciso a) del citado artículo que establece la “identificación y cantidad de mujeres denunciantes por edad, discapacidad, estado civil, procedencia territorial, lengua, etnia, escolaridad, profesión u ocupación, vínculo con la persona agresora, naturaleza de los hechos, y su cuantificación”. Esto quiere decir, contemplaría el factor discapacidad como una variable. La solicitud de aprobación y entrada en vigor del formulario rediseñado se ha presentado a la máxima instancia judicial, estando pendiente su aprobación.

En el mismo contexto, el Artículo 36 de la Ley Nº 5.777/16 establece los mandatos a seguir por el Poder Judicial, y en el inciso f) específicamente dispone el deber de: “Crear una base de datos con información sobre todas las denuncias por hechos de violencia contra las mujeres ingresados en el sistema judicial y reportar los mismos al Sistema Unificado y Estandarizado de Registro”.

Por su parte, el MINMUJER, a través de la Casa para Mujeres en situación violencia “Mercedes Sandoval” brinda los siguientes servicios: alojamiento temporal, seguridad personal, atención y apoyo psicológico, asesoría y acompañamiento legal, atención y apoyo médico, terapia ocupacional, información y capacitación sobre sus derechos, apoyo a la continuidad de los programas educativos escolares para las/os niños/as ingresadas/os con sus madres, introducción a programas de generación de ingresos que les posibilite alcanzar independencia económica para sí misma para sus hijas e hijos. Se trabaja con 17 Secretarías de la Mujer coordinadamente a nivel nacional.

Desde el período comprendido del 2014 a noviembre 2018 han sido albergadas en la Casa para Mujeres en situación violencia “Mercedes Sandoval” 5 (cinco) mujeres con discapacidad de las cuales, una cuenta con discapacidad auditiva, una con discapacidad física, y tres mujeres con discapacidad visual.

El MINMUJER articula con el mecanismo de género del PJ, para la implementación y/o Aplicación de la Ley 5777/16“De protección integral a las mujeres, en contra de toda forma de violencia”. Se ha creado el Observatorio de Género para fomentar la aplicación de instrumentos internacionales” y se prevé la designación de Defensores/as Públicos/as especializados.

La DP trabaja con el MINMUJER en los acompañamientos de los casos de Mujeres con discapacidad a través de los distintos organismos estatales solicitando la inclusión en diversos programas por medio de los cuales puedan beneficiarse en lo económico. Además, el Departamento de Acciones contra toda forma de discriminación de la DP, ha firmado un convenio de con la CONAPRODIS a fin de promover el respeto de los Derechos de ese sector de la población, por lo cual tiene a bien realizar recomendaciones a instituciones que afecta esta temática.

El siguiente cuadro nos presenta la cantidad de alumnos matriculados con discapacidad. Del total de alumnos y alumnas matriculados en el Sistema Educativo, 1,6 % niñas y mujeres declararon tener un tipo de discapacidad.

Cuadro 6

Cantidad de alumnos matriculados con discapacidad

Cantidad de alumnos matriculados con discapacidad

Datos

Cantidad

Alumnos matriculados en Escuelas Especiales (Educación

inicial y escolar básica)

603

Alumnos matriculados en grados especiales de escuelas regulares

244

Alumnos matriculados en escuelas regulares que declararon alguna discapacidad (Educación inicial, escolar básica y media)

22 586

Fuente: MEC-DGPE. RUE 2018. Corte de base 18 de diciembre 2018 .

Cantidad de alumnos matriculados con discapacidad

Datos

Cantidad

Cantidad de inscriptos en Escuelas especiales - programa de servicios

3 679

Nota: Un alumno inscripto en programas de servicio puede estar matriculado también en algún grado de educación inicial, escolar básica o media.

Fuente: MEC-DGPE. RUE 2018. Corte de base 18 de diciembre 2018 .

El 0,611 % de los más de 300 mil puestos en la administración pública, están ocupados por PcD. De los 1947 FcD, 1303 son hombres y 644 mujeres.

Dicho de otro modo, del total de FcD, el 33 % corresponde a mujeres y casi el 67 % son hombres. Al clasificar por tipo de vinculación, en los denominados cargos permanentes están ocupados el 69 % y casi el 31 % están vinculados a cargos temporales, mediante contratos.

Cuadro 7

FcD en OEE por sexo (diciembre de 2018)

PcD

Cantidad

% del total

Hombres

1 303

66,92 %

Mujeres

644

33,08 %

Total

1 947

100 %

Cuadro 8

FcD en OEE por tipo de vínculo (diciembre de 2018)

Por Tipo de Vínculo

Masculino

Femenino

Total

%

Permanente

880

467

1 347

69,2 %

Temporal (Contratado)

423

177

600

30,8 %

Total

1 303

644

1 947

100 %

Fuente: Inclusión de PcD en los OEE - SICCA .

Niños y niñas con discapacidad (artículo 7)

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

A través de los programas del MDS, el Estado ha realizado grandes esfuerzos para fomentar y proteger los DDHH de los sectores más vulnerables. Desde el año 2014, se ha incorporado el enfoque de DDHH en la gestión de los programas de la Institución, impulsado inicialmente mediante la capacitación de los funcionarios y los propios titulares de derechos, en colaboración con la OACNUDH, mediante varios talleres, permitiendo así instalar el enfoque en la ejecución y desarrollo de sus programas.

En este contexto, se han aprobado el Protocolo de Consulta de las Comunidades/Aldeas y Núcleos de Familias Indígenas; el Módulo de Inclusión de Familias Indígenas al Programa Tekoporã; la Inclusión de PcD en el Programa Tekoporã; el diseño de un esquema de Indicadores en DDHH y el Desarrollo del Manual para el abordaje de violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes.

En los últimos años, el MDS amplió de manera significativa la inversión en sus programas. En Tekoporã, el presupuesto asignado cada año ha ido creciendo gradualmente hasta alcanzar alrededor de 70 % más de lo que fue inicialmente, lo que ha permitido aumentar la cantidad de familias protegidas a alrededor de 80 % más que en años anteriores, extendiendo la cobertura a sectores más vulnerables como las familias indígenas y PcD.

La cobertura de Tenonderã ha crecido casi 8 veces en cantidad de familias asistidas. El PACOC, desde el año 2016, es administrado por el MDS, entregando insumos para alimentación. Desde el mes de abril de 2017, se está implementando un microseguro de vida para las familias incluidas en Tekoporã, llegándose además a una cobertura del 100 % de viviendas indígenas en abril de 2018.

El programa Tekoporã está orientado esencialmente a la protección de niños, niñas y adolescentes, a través de las corresponsabilidades en salud y educación. Están protegidas aproximadamente 664.000 personas, de las cuales el 50 % son niños, niñas y adolescentes, que incluye 5.396 niños, niñas y adolescentes con discapacidad en Tekoporã (3085 varones - 2311 mujeres).

Las PcD son incluidas en el programa de conformidad a un módulo de inclusión aprobado por el MDS. La metodología aplicada es la de focalización, inclusión y permanencia, con corresponsabilidad y aportes específicos para esta población. Las familias que cuenten con uno o hasta dos miembros con discapacidad severa, recibe un monto adicional. Se aplican ajustes razonables en la medida que cada caso requiera. Al mes de abril 2018, están protegidas 541 personas indígenas con discapacidad en Tekoporã (166 niños, niñas y adolescentes). Fueron incluidas previa consulta libre, informada y posterior consentimiento.

Las corresponsabilidades se aplican conforme a criterios de gradualidad y pertinencia, en la medida que el Estado garantice a las PCD el acceso a los derechos a la salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección y según las posibilidades que permita la condición de discapacidad.

El MINNA atiende a niñas, niños y adolescentes con discapacidad en todos los servicios que ofrece, gestiona y articula acciones para la atención integral y restitución de derechos:

Cuadro 9

Atención de Niños, Niñas y Adolescentes con discapacidad – MINNA

Programa

N ú mero de NNA

PROGRAMA ABRAZO

147 niños, niñas y adolescentes

PROGRAMA PAINAC

2 Adolescentes

PROGRAMA PAIVTES

1 Adolescente

DIPROE

4 niños, niñas y adolescentes en acogimiento

69 niños, niñas y adolescentes en Abrigo

CENTRO DE ADOPCIONES

7 niños, niñas y adolescentes.

CRC

4 niños, niñas y adolescentes

2 adultos

FONO AYUDA (147)

5 niños, niñas y adolescentes

El Programa Abrazo tiene como objetivo la erradicación del trabajo infantil peligroso en espacios públicos, olerías, vertederos y agricultura, con fines de derivación y acompañamiento a las familias ante las demás instituciones públicas y/o privadas para atenciones especializadas.

Abrazo está orientado a la atención a niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años, en especial de familias que en su composición haya algún miembro con discapacidad, que inhabilite al adulto a realizar actividades de generación de ingresos, y esa situación lo conlleve a cuidados especiales y exclusivos por parte del núcleo familiar. Se realiza acompañamiento a las familias a través de un Apoyo Familiar y otorgando una transferencia monetaria condicionada y cestas básicas de alimentos.

Cuadro 10

Programa Abrazo - Cantidad de niños 0-17 con discapacidad

NNA con discapacidad

Cantidad

Familias

Cantidad de niños 0-17 con discapacidad empadronados

147 NNA

140 familias

Hombres

Mujeres

86

61

El PAINAC atiende a las niñas, niños y adolescentes en situación de calle. PAINAC posee dispositivos de protección de emergencia, brinda atención en albergues y centros habilitados en Asunción, Lambaré, San Lorenzo y Ciudad del Este, donde niños, niñas y adolescentes reciben servicios de alimentación, techo, salud, higiene, contención psicológica, actividades recreativas, educación, etc. Actualmente, PAINAC brinda protección en el Centro de Convivencia Pedagógica Ñemity “Jorge Patiño Palacios” a 5 NNAs, de los cuales 4 son niños y 1 adolescente.

El PAIVTES ofrece atención a niñas y adolescentes victimas de trata dentro de un Centro de Protección, actualmente brinda protección a dos adolescentes con discapacidad.

La Dirección de Promoción del Buen Vivir de la Niñez y la Adolescencia de Pueblos Originarios aborda la problemática de la niñez indígena en situación de calle, los mismos reciben cobertura y atención integral para su desvinculación de las calles y las familias beneficiarias reciben asistencia, enfocada a la restitución, protección y promoción de derechos de niños, niñas y adolescentes y familias indígenas. Entre mayo y noviembre del 2018 atendieron a un niño de 8 años con discapacidad física y una niña de 3 años con discapacidad psicomotriz.

Fono Ayuda 147 es un servicio de atención y orientación telefónica para situaciones que involucren a niñas, niños y adolescentes, especializado en brindar orientación psicológica, social y legal en casos que se presenten vulneraciones de derechos tales como: maltrato, abuso sexual, explotación sexual, negligencia, entre otras, además de responder a temas de intereses genuinos de las niñas, niños y adolescentes.

El CRC, actualmente denominado DRI, es un conjunto de estrategias de atención permanente, para actuar de manera oportuna en casos de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes. Recibida la denuncia, el DRI aplica un procedimiento de evaluación de riesgos al que se expone cada niño o niña, para gestionar la derivación del caso, si corresponde, a otras instancias de protección del Estado. Desde esta dependencia se ha realizado acompañamientos para acceso a la identidad, salud, entrega de cestas básicas de alimentos y la articulación para las medidas de protección por parte del Sistema de Administración de Justicia.

De junio 2018 a febrero 2019 han sido atendidos 19 casos entre los cuales se encuentran 4 niñas y 3 niños de 0 a 8 años; 1 niña y 6 niños de 9 a 13 años; 1 adolescente de sexo femenino de 14 a 17 años; y 4 casos de adultos con discapacidad explotados en la vía pública.

Todas las dependencias del MINNA articulan con la SENADIS, con el MUVH para el acceso a la vivienda digna con las necesidades funcionales y el MDS para la inclusión de la familia del niño a programas sociales.

Mediante un acuerdo de cooperación entre la OEI, el IIN, el MEC, la STP, el MINNA, CAF, entre otros, se ha realizado audiovisuales sobre los Derechos de la Infancia interpretado en castellano, guaraní y lengua de señas, realizado en el marco del Proyecto “Generando Sinergias en la Extensión y Cualificación de la Educación Inicial: Educar mejor a niños y niñas”. Se realizaron audiovisuales, spots radiales dirigido a familias para el fortalecimiento de las capacidades y las prácticas de crianzas positivas en niños.

La STP posee un convenio con el MINNA con el objeto de que el Centro de Relevo - Servicio de Comunicación accesible para Personas Sordas articule acciones con el Servicio de Fono Ayuda de manera a facilitar el acceso a la comunicación de niños, niñas y adolescentes con discapacidad auditiva o en su defecto a familiares de niños, niñas y adolescentes con dicha discapacidad y con el fin de que los mismos puedan acceder a servicios de orientación psicológicas, sociales y legales o reportar vulneraciones de derechos mediante una plataforma on line para la comunicación a través de “videollamadas” entre el Centro de Relevo y el Servicio Fono Ayuda. Además, a través del Centro de Relevo, la STP realiza las adaptaciones a formato accesible de las informaciones del MINNA dirigidas a los niños, niñas y adolescentes sordos.

Entre las líneas de acción de las distintas estrategias de la Política Nacional de Salud 2015-2030 se destacan las de fortalecer las acciones de Protección Social, con enfoque de derechos, con énfasis en las poblaciones vulnerables, los grupos etarios del ciclo vital (niños/as, adolescentes y adultos mayores) y de las PcD, incorporando el enfoque de género e interculturalidad; y la de promover el Desarrollo de un sistema integrado de información y análisis intersectorial que permita generar y sistematizar evidencias desagregadas por grupos de población según edad, sexo, condiciones de discapacidad, distribución demográfica, nivel socio económico, etnia y otras variables, para hacer abogacía a favor de la salud y disminuir las inequidades.

El MSPyBS desarrolla todos sus programas a nivel nacional, sobre todo en los sectores más vulnerables de la sociedad. Se ha extendido la cobertura de la RIISS, basada en la estrategia de APS. El IBS contribuye en el diseño y la aplicación de planes y programas que posibiliten el mejoramiento de la calidad y el nivel de vida, a través de los servicios sociales que garanticen el acceso, la gratuidad, la calidad y calidez de la atención, basado en los principios de universalidad, integralidad, equidad y participación.

Por su parte, la DGEEI enmarca sus actividades con relación a medidas adoptadas para asegurar que los niños y niñas con discapacidad y especialmente aquellos pertenecientes a la población indígena, tengan acceso en igualdad de condiciones con los demás, a programas y servicios comunitarios relacionados a la educación.

En ese sentido, el Plan Educativo Indígena para los años 2013-2018 tuvo por objetivo mejorar la educación escolar de los Pueblos Indígenas en el Paraguay, garantizando la calidad educativa con pertinencia cultural y lingüística, conforme al marco legal vigente. El mismo fue elaborado y consensuado con la participación de los pueblos indígenas, como líderes comunitarios, miembros organizaciones indígenas, ONG, jóvenes, adultos, Comunidad Educativa y Equipo Técnico de la DGEEI, apostando al mejoramiento de condiciones de infraestructura de instituciones educativas y equipamiento para la inclusión educativa de todas las personas en igualdad de oportunidades.

El equipo técnico de la DGEEI, en trabajos de campo realizados dentro del marco de capacitaciones a docentes y a madres del Programa Atención a la Primera Infancia, pudo constatar que, en las instituciones educativas en comunidades indígenas, están en aula niños, niñas y jóvenes con discapacidad, donde acceden a la educación con atención especial.

Se coordinaron actividades con las Supervisiones Educativas de modo a trabajar en las capacitaciones y formación a los docentes en temas relacionados a la Ley Nº 5136/13 “DE EDUCACIÓN INCLUSIVA” y su reglamentación, a fin de apoyar al mejoramiento de los aprendizajes de niños y niñas y jóvenes con discapacidad, dar herramientas pedagógicas y sensibilización sobre el modelo de educación inclusiva y de asesoramiento a instituciones educativas.

En el Plan Nacional de Educación 2024 “Igualdad de oportunidades en el acceso y garantía de condiciones para la culminación oportuna de los estudiantes de los diferentes niveles/ modalidades educativas”, se contemplan una Ampliación de Centros de Apoyo a la Inclusión, mediante la Reconversión gradual de las Escuelas Especiales y la Expansión de la oferta del Servicio de Atención Educativa Compensatoria: Aulas Hospitalarias, Centros/Hogares y Albergues, beneficiando con más apoyo a equipo técnico, docentes, alumnos y familias de instituciones educativas donde se encuentran incluidos estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo.

A través de la Ley Nº 5.136/13 y el Decreto Nº 2837/14 que Reglamenta la Ley de Educación Inclusiva, el MEC tiene la facultad como órgano rector de educación para establecer acciones y mecanismos tendientes a la creación e implementación de un modelo educativo inclusivo dentro del sistema regular, en todos los niveles educativos, de manera a garantizar la accesibilidad, permanencia, aprendizaje, participación, promoción y conclusión oportuna de los Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.

Toma de conciencia (artículo 8)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

La SENADIS lleva adelante el programa CID, capacitación dirigida a funcionarios estatales y miembros de la sociedad civil.

La CID es un aprendizaje basado en el descubrimiento, para garantizar los derechos y la dignidad de las PcD, teniendo como base el concepto “Modelo Social de la Discapacidad”, en donde la discapacidad no está en la persona sino en la sociedad. CID aplica un enfoque único para el empoderamiento de las PcD y la incorporación de las perspectivas en los temas de discapacidad.

La CID es llevada a cabo por las mismas PcD, para lo cual fueron entrenadas 20 personas de diferentes puntos del país, teniendo en cuenta que Discapacidades son entendidas mejor por PcD que enfrentan muchos desafíos en su vida, tales como barreras físicas o actitudinales discriminatorias por parte de las personas sin discapacidad.

La Cantidad total de CID implementados durante todo el período 2017 a Julio 2018: Total: 124 capacitaciones con 4,199 participantes; de los cuales 78 CID fueron implementados por facilitadores de la SENADIS, en los cuales participaron 3.688 personas de diferentes departamentos del país.

Durante este período de informe, los participantes de la CID hicieron cambios visibles en sus lugares, como la construcción de rampas y la pintura en murales y la igualdad de las PcD. Para realizar esta meta, la CID tiene dos objetivos o componentes centrales. Un componente igualmente importante es facilitar a los participantes el desarrollo de su propio plan de acción concreto, para romper y prevenir las barreras que obstaculizan la participación de las PcD, en su trabajo y en sus vidas.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

A los efectos de asegurar la implementación de la Ley Nº 4934/13 “De accesibilidad al medio físico para las PcD” se ha promulgado el Decreto Reglamentario Nº 3891/15 “Por el cual se reglamenta la Ley Nº 4934/2013 “De accesibilidad al medio físico para las PcD”.

Asimismo, la Ley 4.934/13 autoriza al INTN a crear un Consejo Consultivo, como órgano técnico asesor del Gobierno en el ámbito de la accesibilidad al medio físico, para la elaboración, ejecución seguimiento y evaluación de las políticas técnicas sobre accesibilidad. Dicha Ley faculta al INTN a certificar la accesibilidad al medio físico de las construcciones de uso público, y actualmente ya tiene estructurado todo el esquema de certificación que tiene como base el informe de inspección.

El Consejo Consultivo de Accesibilidad al Medio Físico, para un mejor desarrollo de sus actividades ha aprobado su Plan Estratégico 2016-2018, en el cual se han establecido las acciones a desarrollar y las organizaciones responsables. Son miembros de este Consejo Consultivo, bajo la presidencia del Director General del INTN: el INTN, el MJ, la SENADIS, la OPACI, sector de la construcción, Universidades, OSC representativas de las PcD, miembros de la CONADIS.

En fecha 30 de setiembre de 2015, se dio inicio a las actividades del Consejo Consultivo de Accesibilidad al Medio Físico en las instalaciones del INTN, y a la fecha ya han sido desarrolladas todas la Normas Paraguayas (estándares) de Accesibilidad al Medio Físico para las PcD, encontrándose disponibles en la página web del INTN.

Tras la conformación de la Oficina de Certificación de Accesibilidad, sus evaluadores para inspecciones han sido formados mediante la “Capacitación para Formar Evaluadores en Accesibilidad al Medio Físico”, desarrollada con un primer grupo entre julio y diciembre de 2018, mediante un Equipo Técnico de Accesibilidad conformado para esa actividad e integrado por el INTN, la SENADIS, la Municipalidad de Asunción, la SENATUR, Itaipú Binacional y la Fundación Solidaridad, con la asistencia técnica de la JICA.

Como resultado de la capacitación fueron formados 49 evaluadores (entre ellos 28 PcD física y visual), quienes fueron registrados en el INTN para los procedimientos de evaluación y certificación de accesibilidad al medio físico de los lugares de uso público.

El 3 de diciembre de 2018, la Municipalidad de Asunción aprobó la Ordenanza Nº186/2018 “Que dispone la adopción de normas y condiciones básicas obligatorias de accesibilidad al medio físico para las PcD”, de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 4.934/13 “De accesibilidad al medio físico para las PcD”, para hacer cumplir la certificación de nuevas construcciones.

En cuanto al grado de implementación de los ejes/áreas de Accesibilidad e Inversión del PLANPcD cabe informar que a través de la resolución Nº 4004/2017, la SENADIS ha aprobado indicadores de todas las líneas, los cuales fueron incorporados al SPR de la Secretaría Técnica de Planificación y actualmente se ha iniciado el proceso de construcción de fichas de metadatos.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Tras haber entrado en vigencia la Ley Nº 4934/13 “de accesibilidad al medio físico para las PcD”, se ha promulgado el Decreto Reglamentario Nº 3891/15. Las normas citadas sirven de precedente a la ordenanza municipal de Asunción Nº 186/2018 que fue elaborada con el objetivo de dar cumplimiento a la ley de accesibilidad.

Con el objeto de ampliar el alcance y a aplicación de esta norma municipal el Consejo Consultivo de Accesibilidad Física decidió iniciar una campaña para que dicha ordenanza pueda ser replicada en todos los municipios y para ello el INTN y la SENADIS tienen programado llevar las capacitaciones a los 252 municipios del país, además se hará entrega de una copia de la Guía de Accesibilidad Física elaborada por el equipo técnico. La Municipalidad de la ciudad de Fernando de la Mora cuenta con una ordenanza sobre accesibilidad física a partir del año 2014.

Asimismo, el Gobierno Nacional a través del Plan de Renovación de Buses ha incorporado aproximadamente 350 buses 0km, con aire acondicionado y rampas para PcD. Los transportes cumplen con la CTN 39 Industria Automotriz, la Norma Paraguaya del Ómnibus Accesible fue elaborada en el Comité Técnico de Normalización CTN 39 “Industria Automotriz” - Subcomité “Transporte Accesible”, y contiene los requisitos técnicos para que las unidades del transporte de uso público sean consideradas accesibles.

La mencionada Norma es denominada Norma Paraguaya PNA 3900612 “Unidad Accesible de Transporte de Pasajeros” y está disponible en el Centro de Información Tecnológica y de Normas Técnicas del INTN.

Desde la SENADIS de manera articulada con el Vice Ministerio de Transporte, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y la CETRAPAM, se han realizado charlas de sensibilización y trato adecuado a PcD a conductores de transportes públicos, fueron sensibilizados y capacitados 300 conductores quienes recibieron certificados de participación y son denominados Conductores Inclusivos.

El 29 de enero de 2016, el Viceministerio de Transporte dictó la Resolución G.V.M.T. Nº 20/16 “Por la cual se amplía la resolución VMT Nº 03/14, de fecha 16 de mayo de 2014” “Por la cual se reglamentan los requisitos técnicos y legales que deberán cumplir los buses de las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros del área metropolitana de asunción con permisos vigentes a los efectos de su habilitación”.

Esta disposición tiene como objetivo dar cumplimiento a los requisitos establecidos por el INTN en la Norma de Aplicación PNA 39 006 12 “Unidad Accesible de Transporte de Pasajeros”, que en términos generales requiere que las unidades de transporte cuenten con sistemas de ascenso y descenso de pasajeros, asignación de ubicaciones próximas a los accesos, espacios reservados para PcD y/o personas con movilidad reducida, y eliminación de todo tipo de obstáculo o impedimento técnico que constituya una barrera física para las PcD.

A fin de promover un transporte público terrestre inclusivo dentro del plan de modernización de flota del transporte público, adecuándola a las necesidades de todos los usuarios, el Viceministerio de Transporte del MOPC amplió, mediante la aludida disposición, los requisitos técnicos establecidos en la Resolución VMT Nº 03/14, estableciendo que las unidades de tipo 0Km deberán contar obligatoriamente con rampas de acceso para PcD, en cumplimiento de la Norma de Aplicación PNA 39 006 12 “Unidad Accesible de Transporte de Pasajeros” del INTN, a los efectos de su habilitación.

El MEC cuenta con un Manual de Escuelas Accesibles, aprobado por Resolución Nº 118 del 4 de febrero del año 2015, en el marco del convenio de cooperación interinstitucional subscripto entre el tribunal superior de Justicia Electoral, Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las PcD, Fundación Saraki y el Ministerio de Educación y Cultura.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (artículo 11)

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El MDS cuenta con un Microseguro Social que tiene por objeto cubrir las contingencias que enfrentan personas de escasos recursos. Tiene características especiales, como pronto pago, sumas aseguradas y primas pequeñas y opera fundamentalmente con mecanismos sumamente simplificados que disminuyen en forma considerable los costos administrativos y de gestión, con la finalidad de que la prima sea barata y la suscripción sea rápida y fácil para poder alcanzar el mayor número de personas aseguradas.

El Microseguro Social sirve como un instrumento de combate a la pobreza, actuando como mecanismo para atenuar el impacto que los eventos fortuitos pueden tener sobre los bienes patrimoniales de las personas de escasos recursos. Cubre al asegurado ante el riesgo de fallecimiento por cualquier causa o invalidez total y permanente por enfermedad o accidente. Contempla cobertura adicional de gastos de sepelio dirigidas a los familiares del asegurado. Al cierre de 2017 estaban cubiertas 13.109 familias, en seis departamentos.

La SEN articula los lineamientos del eje 15 “Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias” del PLANPcD. En ese contexto, se ha impulsado la promulgación del Decreto Nº 1402/14 “Por el cual se aprueba el documento sobre política nacional de gestión y reducción de riesgos (PNGR)”.

Mediante el referido Decreto, la SEN establece entre sus objetivos la instalación de la Gestión y Reducción de Riesgos de desastres en los diversos niveles de Gobierno, sociedad civil, sector privado y la comunidad en general, buscando transversalizarla en el diseño e implementación de políticas públicas, así como en planes y programas de desarrollo.

La Política Nacional de Gestión y Reducción de Riesgos busca cumplir sus objetivos a través de dos áreas estratégicas: i) la Gestión de Riesgos (GR); y ii) la Reducción de Riesgos de Desastres (RR). El esquema se basa en las experiencias de la SEN y en los marcos conceptuales consensuados por los actores involucrados en el tema.

Las mencionadas áreas estratégicas están interconectadas por cuatro pilares que sirven de soporte entre las mismas y mantienen su solidez mediante ocho ejes transversales que abarcan todos los temas, aportando así una visión de conjunto.

Cuadro 11

Política Nacional de Gestión y Reducción de Riesgos

Los ejes transversales representan marcos conceptuales para procesos de desarrollo humano; tienen un carácter interdisciplinario y de convergencia porque atraviesan, vinculan y conectan todas las acciones y áreas de gestión de esta Política. Entre los citados ejes transversales se identifican los siguientes con relación a las PcD:

a)Enfoque de derecho: basado normativamente en estándares internacionales de DDHH y operacionalmente dirigido a promover, proteger y efectivizar tales derechos. Un enfoque así integra la normativa, principios y estándares internacionales en la legislación, programas, planes y proceso del desarrollo.

b)Perspectiva de discapacidad: considera acciones que aseguren que las PcD recibirán por igual los beneficios de las medidas desarrolladas respecto a la GR y RR, aunque para ello deban realizarse abordajes diferenciados y ajustes razonables para este sector.

En fecha 1 de abril de 2.014 la SEN ha suscripto un Convenio de Cooperación Interinstitucional con la SENADIS, en virtud a la cual, en cada campamento de desplazados por fenómenos naturales, localizados en predios de OEE, la SEN realiza un censo, remitiendo los datos de las PcD a la SENADIS para que se realicen las atenciones pertinentes a las mismas.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (artículo 12)

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

La Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados se encuentra estudiando la LEY Nº 9379/16 “para la promoción de la autonomía personal de las PcD” de Costa Rica, que busca promover y asegurar a las PcD el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones del derecho a su autonomía personal. La Comisión actualmente se encuentra analizando la señalada ley con miras a elaborar un Proyecto de Ley e introducirlo para su estudio en el Congreso Nacional.

Entretanto, el PL ha creado la Comisión Permanente de defensa de los Derechos de las personas con discapacidad, para asegurar la revisión y proposición de proyectos de ley que incorporen el enfoque de derechos de las PcD en los distintos ámbitos, sin distinción.

Además, en mayo de 2017 y en noviembre de 2018, se realizó el seminario “La capacidad jurídica de las Personas con Discapacidad” buscando analizar medidas posibles para avanzar en la implementación del art. 12 de la CDPD.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

A fin de avanzar en el diseño e implementación de mecanismos de apoyo a la toma de decisiones con la participación de las PcD, a través de sus órganos representativos, la CONADIS ha creado las siguientes subcomisiones:

Educación Inclusiva.

Salud y Bienestar Social.

Trabajo y seguridad social.

Plan de Acción Nacional por los Derechos Humanos de las PcD.

Información, Comunicación y Lengua de señas.

Niñez y adolescencia.

Comunicación, obras y transporte.

Asuntos departamentales y municipales.

A través de las Mesas Técnicas de Participación de las Sub-Comisiones de la CONADIS se establece un espacio participativo y de canal directo entre las OSC que representan a las PcD, y altos representantes del PE, Gobernaciones Departamentales y Municipales, a modo de garantizar que las acciones, leyes y políticas a ser implementadas respondan a la necesidad real y actual y a la visión de una sociedad inclusiva.

Acceso a la justicia (artículo 13)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Mediante la Acordada 633/10 por la cual se aprueban las “100 Reglas de Brasilia”, el PJ facilita y remueve los obstáculos para garantizar el acceso efectivo a la justicia a las personas en situación de vulnerabilidad, identificadas en grupos de acuerdo a la edad, discapacidad, comunidades indígenas, género, privados de libertad, entre otros. Asimismo, se trabaja en la sensibilización a los administradores de justicia para su cumplimiento. La Dirección de Derechos Humanos de la CSJ se encuentra elaborando un “Protocolo de Acceso a la Justicia para PcD” que busca garantiza el respeto a los DDHH. El mismo será presentado a las autoridades del Poder Judicial a finales de presente año, previa socialización con las OSC y demás actores por los derechos de las PcD.

Asimismo, el PJ, se encuentra enfocado en fomentar el buen trato a fin de evitar cualquier tipo de barrera actitudinal por parte de los operadores de justicia a usuarios judiciales con discapacidad. En ese sentido, a través de la Dirección de Derechos Humanos se han realizado encuentros y actualizaciones dirigidos a funcionarios, en especial a aquellos que trabajan en forma directa (mesa de entrada, guardia, etc.) con los usuarios, sobre la importancia del buen trato y el uso del lenguaje inclusivo.

En diciembre de 2015 se lanzó una campaña a nivel nacional de buen trato a usuarios pertenecientes a grupos vulnerables, entre ellos PcD, denominada “Ponete en sus zapatos” mediante la colocación de cartelería, trípticos, banners y ploteados, desarrollándose una campaña gráfica que buscaba crear impacto visual en funcionarios y operadores de justicia, acerca de las dificultades que encuentran las personas pertenecientes a grupos vulnerables al acceder a sedes judiciales.

En el 2018 se lanzó la campaña “Hechakua´á” o “Considerado” entre distintas dependencias del PJ, dividida en dos etapas. La primera consiste en la capacitación en DDHH y la distribución de un manual sobre lenguaje inclusivo sobre distintos grupos vulnerables, entre ellos las PcD, a los funcionarios judiciales. La segunda etapa consiste en la habilitación de ventanillas de atención preferencial a Personas Mayores, PcD, embarazadas, entre otras. El PJ cuenta, además, con una Oficina de Información y Orientación Judicial que tiene a su cargo informar y acompañar a los usuarios en los trámites que los mismos deben realizar en la administración de la justicia, haciendo especial énfasis en la atención de personas en situación de vulnerabilidad.

Durante el 2018 se realizó un total de 760.021 consultas tanto dentro del PJ como a través de otros medios gratuitos como la línea de teléfono info-justicia, correo electrónico, y el acompañamiento a personas en situación de vulnerabilidad. Del total de personas atendidas, 3.166 son personas adultas mayores y 125 PcD.

El MDP ha dictado la Resolución Nº 886/14 “Por la que se insta a los defensores públicos requerir la aplicación de los derechos y garantías enunciados en la “convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las PcD” y la “Convención sobre los derechos de las PcD y el protocolo facultativo de la convención sobre los derechos de las PcD” y se instruye procurar la difusión de sus dispociones”.

Incluye la mención de las 100 Reglas de Brasilia, aprobadas por Resolución D.G. N° 43/2013, en lo que se refiere a la accesibilidad al sistema de justicia, incluyendo medidas conducentes a utilizar los servicios judiciales requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad, movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación (Regla nro. 8), así como lo referente a la necesidad de accesibilidad en la celebración del acto judicial, en los que deben intervenir PcD, y que se promoverán en particular la reducción de las barreras arquitectónicas, facilitando tanto el acceso como la instancia en los edificios judiciales (Regla nro. 77).

A través de la Resolución Nº 90/16 se implementó la utilización de nuevos formatos para la presentación de informes para los defensores en lo civil, niñez y adolescencia y laboral, de acuerdo a la Ley Orgánica del MDP y las prioridades de la política institucional, en dicho cuestionario se contempla las recomendaciones dadas por la ONU en cuanto a la importancia de la recopilación de datos sobre PcD. Asimismo, cuenta con una Guía Instructiva.

Por Decreto Nº 3296/15, se crea el Consejo Nacional de Acceso a la Justicia, conformado por el MTESS, MSPyBS, MEC, MM, Secretaría de la Juventud, MDS y la SENADIS, bajo la coordinación general del MJ. Esta disposición establece el Programa Nacional de Casas de Justicia, que tiene por objeto facilitar a las comunidades y personas en estado de vulnerabilidad el acceso a la justicia. La Dirección de Acceso a la Justicia del MJ realizó 7972 atenciones en el período 2018.

Las Casas de Justicia atienden prioritariamente a personas en estado de vulnerabilidad, con atención integral para determinados grupos: mujeres, niños/as PcD e indígenas. En ese sentido, se han habilitado siete casas de Justicia en las ciudades de Concepción, San Juan Bautista Misiones, Ybycui, San Francisco, Ciudad Mujer, y recientemente habilitadas en Quiindy y Presidente Hayes. Las Casas de Justicia y su modalidad de “Casa de Justicia Móvil” son centros físicos multidisciplinarios de información, orientación, referencia y prestación de servicios, en especial de resolución de conflictos y orientación legal gratuita.

Para el 2019 se tiene planeado habilitar 5 Casas de Justicia en el Departamento de Ñeembucú, Alto Paraná, San Pedro, Caazapá y Asunción-zona Sur, atendiendo las prioridades del Plan 2030.

Libertad y seguridad de la persona (artículo 14)

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Está vigente en Paraguay la Ley Nº 4288/11, del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que en su artículo 10 faculta tanto al MNP, como a sus colaboradores al acceso sin previo aviso y sin restricción alguna a lugares en los cuales se encuentren personas privadas de libertad y a los sitios de reclusión de las mismas.

Asimismo, Altas Autoridades del MJ mantienen reuniones periódicas con los Comisionados Nacionales y Técnicos del MNP a fin de fortalecer el diálogo constructivo, recibir solicitudes puntuales e informar sobre el proceso de avance de las recomendaciones recibidas.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Tomando en cuenta el informe publicado por el MNP, el MJ y la SENADIS impulsan un Convenio de Cooperación a fin de articular acciones orientadas a la atención adecuada de las PcD privadas de libertad. Mediante la metodología de los monitoreos a los centros penitenciarios y centros educativos, la Dirección General de Derechos Humanos del MJ y la Dirección de Derechos Humanos de la CSJ articulan acciones para el acceso a la justicia de las PCD privadas de libertad.

El MJ ha establecido un mecanismo interno de trabajo para promover la implementación de las recomendaciones del MNP, así como el apoyo técnico a los Directores Generales y Directores responsables de las personas bajo custodia del Estado en el sistema penitenciario. Actualmente se encuentra en proceso la elaboración de indicadores cuantitativos para medir los avances.

La Resolución Nº 731/15 “Que aprueba el protocolo de atención a PcD privadas de libertad” establece pautas para la atención adecuada de las PcD privadas de libertad. Asimismo, se realizaron talleres de socialización dirigidos a agentes penitenciarios, con el objetivo de impulsar la aplicación del instrumento y promover el trato adecuado. Durante el 2018 se capacitó a alrededor de 100 agentes penitenciarios.

También fue dictada la Resolución Nº 223/15 “Por la cual se aprueba el protocolo de atención para el acceso a la justicia de PcD psicosocial”.

El SENAAI aplica el Plan de acción del Área de Salud Mental y Adicciones en los establecimientos penitenciarios del país, como ente encargado de las políticas adoptadas en la Centros Educativos.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

A través de la Casa para Mujeres en situación violencia “Mercedes Sandoval”, el MINMUJER, que trabaja coordinadamente con 17 Secretarías de la Mujer a nivel nacional, brinda alojamiento temporal, seguridad personal, atención y apoyo psicológico, asesoría y acompañamiento legal, atención y apoyo médico, terapia ocupacional, información y capacitación sobre sus derechos, apoyo a la continuidad de los programas educativos para las/os niños/as ingresadas/os con sus madres, e introducción a programas de generación de ingresos que les posibilite alcanzar independencia económica.

En el período comprendido entre 2014 y noviembre del 2018 se ha albergado a 5 mujeres con discapacidad de entre 18 y 34 años, de 3 Departamentos: Central, Caazapá y Paraguarí. Así mismo han sido albergados/as 5 hijos y 3 hijas con discapacidad de entre 1 mes y 7 años, de 2 Departamentos: Central y San Pedro.

Si bien no cuenta con datos desagregados, el MI, a instancias de su Dirección de DDHH, el ONSCC, responsable oficial de recabar y analizar la información delictual del país, con la finalidad de orientar y apoyar las acciones propuestas en la Estrategia Nacional de Seguridad Ciudadana, se encuentra abocado a la inclusión de datos estadísticos de PcD ante diferentes hechos, una vez que las denuncias ingresen al SIP en las unidades policiales del país. Esto permitirá contar con información confiable y actualizada en tiempo real, y por otro lado facilitar y simplificar a la ciudadanía el proceso de toma de denuncias en sedes policiales.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (artículo 18)

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El MI, a través de la Dirección de Población, en coordinación con el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, cuenta con el Programa de Derecho a la Identidad, que tiene como una de sus líneas de acción la promoción y garantía del acceso a la identidad de las PcD, de manera sencilla y gratuita, mediante campañas de cedulación en las que equipos móviles de identificaciones se trasladan hasta las comunidades más alejadas y se apersonan hasta los domicilios de las PcD para el relevamiento de los datos requeridos para la expedición de la documentación.

Mediante un Convenio de Cooperación entre la Vicepresidencia de la República, el MSPyBS y el MDI, la DGREC del MJ implementa la campaña “Todos Somos Alguien” enmarcada en el Plan Nacional del Derecho a la identidad. Esta iniciativa tiene el objetivo general de iniciar, articular y consolidar la cooperación entre estas instituciones para asegurar que cada niño nacido en el territorio nacional sea inscripto en el Registro del Estado Civil y obtenga su cédula de identidad civil desde el día de su nacimiento.

En los establecimientos de salud existe oferta permanente de servicios de registro, ello permite una solución inmediata, a través de un proceso rápido y sencillo. Además, para eliminar la tasa de nacimientos no registrados (subregistro) continúan las campañas de inscripción masiva y expedición de certificados de nacimientos en todo el país.

Viviendo independientemente y ser incluido en la comunidad (artículo 19)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Actualmente, el centro asistencial Hospital Neuropsiquiátrico cuenta con un promedio de 255 pacientes internados (30 % menos de lo que se registraba años atrás) y realiza alrededor de 24.000 consultas al año, constituyéndose, en el único centro de internación para el tratamiento de personas con discapacidad mental.

El sistema de Salud Penitenciaria implementa el Plan de Salud Mental y Adicciones que registra aproximadamente 350 internos con discapacidad mental bajo atención médica, a cargo de 4 psiquiatras de planta y un plan de tratamiento multidisciplinario.

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El Hospital Psiquiátrico de Asunción viene implementando la tarea de la desinstitucionalización, tanto de las personas adultas como de los niños, niñas y adolescentes. Una de las acciones es la atención ambulatoria de las personas mayores de edad. Este trabajo se lleva a cabo a través de un proceso de intervención de varios médicos psiquiatras del sistema de salud que inclusive continuaron trabajando desde una instancia de vigilancia del proceso.

Por su parte, el Hospital General Pediátrico “Niños de Acosta Ñu” cuenta con especialistas médicos en neuropsiquiatría infantil, donde son derivados los niños, niñas y adolescentes que requieren atención ambulatoria en estas especialidades. Cuenta con servicio de urgencia, para una vez dados de alta retornar con sus respectivas familias.

El IBS, dependiente del MSPyBS, cuenta con 6 hogares sustitutos para PcD Psicosocial: 2 en la Capital, 3 en el Departamento Central y 1 en el Área Rural.

En la tercera Región Sanitaria (Cordillera) se habilitaron 4 espacios de rehabilitación física, en las ciudades de Atyrá, Ascurra, Cabañas y Caacupé; en la Séptima Región Sanitaria (Itapúa), 10 espacios; en la Undécima Región Sanitaria (Central), fueron habilitados los siguientes espacios de rehabilitación física:

Itauguá: dos: CAPEDI y Escuela Nº 707 Itauguá.

Ypacaraí: dos: Centro de Discapacidades Visuales y APAPEDY.

Zeballos – Cué: uno.

El MINNA, a través de la DIPROE implementa la PONAPROE para la atención de niños y niñas separados de sus familias. Esta política propone tres ejes estratégicos para el trabajo con los mismos. 1) el mantenimiento del vínculo como principio orientador; 2) el acogimiento familiar como modelo de protección y, 3) la desinstitucionalización como estrategia.

En dicho marco se ha aprobado por Resolución Nº 632/15 el “Reglamento de Cuidado Alternativo de niños, niñas y adolescentes en programas de acogimiento familiar y entidades de abrigo” que se encuentra enmarcado dentro de las Directrices de la ONU sobre Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños privados del cuidado parental.

La DIPROE es la encargada de autorizar, registrar y fiscalizar el funcionamiento de las entidades de abrigo, mediante la aplicación del “Reglamento de cuidados alternativos de niños, niñas y adolescentes en programas de acogimiento familiar y entidades de abrigo” y 7 anexos que son:

Anexo I. Protocolo para el trabajo de búsqueda y localización de familias de origen de niño, niñas y adolescentes separados de sus familias.

Anexo II. Protocolo para el trabajo de mantenimiento del vínculo familiar, de niño, niñas y adolescentes separados de su familia.

Anexo III. Protocolo de atención a niños, niñas y adolescentes en cuidados alternativos.

Anexo IV. Protocolo para el trabajo de acogimiento familiar, con niños niñas y adolescentes separados de su familia.

Anexo V. Protocolo para el trabajo con niños, niñas y adolescentes separados de su familia, que se encuentran en entidades de acogimiento o abrigo residencial.

Anexo VI. Protocolo para el trabajo de búsqueda de orígenes de niños, niñas y adolescentes.

Anexo VII. Protocolo para el otorgamiento de subsidios a niños, niñas y adolescentes en acogimiento familiar.

El reglamento de cuidado alternativo establece los principios fundamentales, criterios técnicos y las normas administrativas que deben ser consideradas por toda persona física y jurídica que realice acciones de protección y tiene a su cuidado niños, niñas y adolescentes que han sido separados de su familia nuclear por cualquier causa, o cuyo derecho a vivir y crecer con su familia ha sido vulnerado ya sea mediante un programa de acogimiento familiar o en entidad de abrigo.

La DIPROE tiene el mandato legal de autorizar, registrar y fiscalizar, y cuando corresponda revocar la autorización para el funcionamiento de las entidades de abrigo, para lo cual se aboca a la tarea de verificar in situ la entidad de abrigo residencial, conforme a criterios de funcionalidad de la infraestructura, aspectos psicosociales y aspectos legales.

Mediante las tareas de fiscalización a las entidades de abrigo o la comunicación de ingreso o egreso de un niño, realizada a la DIPROE se mantiene actualizada la base de datos. Actualmente, se encuentran 42 niños, niñas y adolescentes con discapacidad en entidades de abrigo:

Cuadro 12

Niños, niñas y adolescentes con discapacidad en entidades de abrigo

Entidades de abrigo

Sexo femenino

Sexo masculino

Total

0 a 8 años

9 a 13 años

14 a 17 años

0 a 8 años

9 a 13 años

14 a 17 años

Hogar Albino Luis

2

3

4

4

1

14

Pequeño Cottolengo

1

1

2

4

Aldeas SOS de Misiones

4

4

8

Las tías (Alto Paraná)

2

1

3

6

Chiquitunga

1

2

1

4

Niños Actos de Amor (Amambay)

1

1

Villa del Sol

1

1

2

Vientos de Esperanza

1

1

Santa Elena

1

1

Mita Roga San José

1

1

Totales

5

9

13

4

4

7

42

La DIPROE implementa el Programa de Acogimiento Familiar mediante la captación y sensibilización de familias solidarias que voluntariamente deseen asumir el cuidado temporal de niños que por distintos motivos no pueden permanecer al cuidado de su familia nuclear, mientras se realice el trabajo de búsqueda y localización de la familia ampliada para la inserción o reinserción familiar.

Actualmente, se encuentran en el Programa de manera prioritaria niños y niñas en primera infancia, totalizando la cantidad 70, de los cuales 3 cuentan con alguna discapacidad. Las familias acogedoras son debidamente evaluadas y acompañadas por profesionales de las áreas de psicología y trabajo social. Así también, en cuanto a citas médicas, psicológicas, psiquiátricas entre otros, y reciben apoyo material consistente en transferencias monetarias, cestas básicas de alimentos e insumos.

Cuadro 13.

Niños y niñas en acogimiento familiar

NNA en acogimiento familiar

Apoyo material

C antidad

S exo

0 a 8 años

9 a 13 años

Subsidio Monetario

Lácteos

Pañales

Cestas Básicas de Alimentos

1

Femenino

1

RECIBE

RECIBE

RECIBE

2

Maculino

1

RECIBE

3

Masculino

1

RECIBE

RECIBE

RECIBE

El MINNA cuenta con una base de datos actualizada de las entidades de abrigo a nivel nacional, así como los programas de acogimiento familiar con la identificación de los niños, niñas y adolescentes, desagregados por sexo, edad, motivos de ingreso, identidad entre otros datos requeridos por el mencionado Reglamento de Cuidado Alternativo.

Actualmente, se ha lanzado una campaña bajo el lema “Sentí la experiencia de ser familia acogedora, cambia una historia de vida”, a través del cual la DIPROE hace un llamado a la solidaridad para hacer efectivo el derecho a vivir en familia a aquellos niños, niñas y adolescentes que han sido separados de sus familias por diferentes motivos.

Libertad de expresión y acceso a la información (artículo 21)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

La CONADIS cuenta con una Subcomisión de Información, Comunicación y Lengua de Señas, integrada por distintos OEE (SPL, SENADIS, MEC, Centro de Relevo de la STP) y OSC (Federación Nacional de Personas Sordas, Asociación Nacional de Intérpretes de Lengua de Señas, Intérpretes sordos y guías interpretes para personas sordo ciegas del Paraguay, y otras), que es la responsable de la elaboración del Plan Nacional de Lengua de Señas y ha logrado avances con el proyecto de Ley de reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Paraguaya, que prevé la formación y acreditación de intérpretes.

La STP ha suscripto un Convenio con la Federación Nacional de Personas Sordas y la Asociación Nacional de Intérpretes para brindar espacios de pasantía en el Centro de Relevo para intérpretes de Lengua de Señas. Asimismo, realiza la adaptación a formato accesible para la comunidad sorda de materiales educativos e informativos de Instituciones Públicas con las cuales posee convenios.

En agosto de 2018 se lanzó el primer tomo del Signario digital de Lengua de Señas Paraguaya, con alrededor 2.500 señas validadas por la comunidad sorda del Paraguay. La iniciativa involucró a la SPL, la STP y el MEC, y su contenido será actualizado y ampliado continuamente, debido a su extensión y por tratarse de una lengua viva y en constante crecimiento.

El Departamento de Comunicación Inclusiva de la STP realiza capacitaciones para promover el uso de tecnología para el acceso a la información por la comunidad sorda, y provee Intérpretes de Lengua de Señas a Paraguay TV para que la información transmitida sea accesible a la comunidad sorda; además, comisiona periódicamente Intérpretes de Lengua de Señas a Instituciones Públicas para actividades y eventos público con participación de PcD.

El Centro de Relevo es un servicio gratuito de comunicación telefónica accesible para personas sordas, que permite poner en contacto, por esta vía, a personas sordas con oyentes, entidades o servicios. El mismo se encuentra establecido en la STP.

En marzo de 2017, se habilitó SIEL a través de la aplicación Skype, con videollamadas directas seguidas por un intérprete desde un teléfono móvil inteligente. El servicio cuenta con 10 intérpretes de Lengua de Señas de lunes a viernes de 06 a 21:00 hs.

El MTEySS, a través de SINAFOCAL, se aboca a generar oportunidades laborales en permanente actualización e innovación. En octubre de 2015, creó el Departamento de Gestión para la Formación Laboral Inclusiva, que ha favorecido al aumento cualitativo y cuantitativo de la cobertura en favor de las PcD. Se han dispuesto 31 cursos a nivel nacional para los años 2016 y 2017 en conjunto con la Fundación “Saraki”, realizándose una Adenda de 10 cursos para el segundo semestre de 2017. A principios del 2018, SINAFOCAL firmó otro convenio específico con la Fundación SARAKI para la realización de 38 cursos, cuya meta es llegar a 950 beneficiarios PcDs.

Como resultado, se obtienen los siguientes datos:

2016:3 cursos por LPN con 79 egresados; 9 cursos por convenio específico con 232 egresados. Total: 12 cursos con 311 beneficiarios.

2017: 12 cursos en el primer semestre, con 285 egresados; 10 cursos en el segundo semestre (Adenda), con 223 egresados. Total: 22 cursos con 508 beneficiarios.

2018: 38 cursos por convenio específico para 950 beneficiarios.

Los Convenios Específicos adquieren la modalidad de Empleo con Apoyo, que consiste en acompañamiento de egresados para la realización de pasantías laborales acordes a la especialidad del curso y al perfil del egresado, generando vínculos con el circuito de Empleabilidad, a través del contacto con empresas, interesándolas en la contratación de PcD.

En el Convenio Específico “Oportunidades para la inclusión efectiva 2018”, fue incluida la especialidad de “Lenguaje de Señas Básico”, que fue impartida en tres cursos a los sectores tanto público como privado.

El MITIC viene realizando desde 2011 talleres de capacitación para comunicadores del Estado y comunicadores independientes, en conjunto con la SENADIS y UNESCO acerca del lenguaje inclusivo. En cada medio de comunicación del Estado se difunden campañas de sensibilización sobre el tema. Desde febrero de 2018 Paraguay Tv HD, cuenta con lenguaje de señas en todos sus noticieros, mediante convenio con la STP.

El MEC ha verificado los siguientes avances:

Programa TIC: R4. A3. Provisión de Kits tecnológicos: 111 laboratorios fijos a Instituciones de Educación Indígena, 69 Kits tecnológicos para instituciones educativas que ofertan Educación Inclusiva y 318 Kits tecnológicos para instituciones educativas que ofertan Educación Permanente.

Planificación de un curso dirigido a los Docentes sobre el uso accesible de la tecnología (Población: Instituciones de Educación Inclusiva).

Elaboración del Plan formativo “Accesibilidad y Tecnología” dirigido a los Directivos y Docentes de las Instituciones Educativas beneficiadas con Proyectos de incorporación TIC.

Creación de una Red de Docentes TIC, en conjunto con los IFD.

Establecimiento de una mesa de trabajo con los IFD, para incluir dentro de las competencias TIC, el abordaje de la tecnología en el ámbito pedagógico.

Capacitación a docentes del servicio de atención educativa compensatoria en “Lengua de señas”: 45 docentes de Aulas Hospitalarias, Centros Comunitarios, Técnicos de Nivel Central y de Supervisiones Capacitados y Certificados en “Lengua de Señas”, de Capital y Departamento Central.

La CSJ, en conjunto con el CIEJ, realiza en forma periódica capacitaciones a funcionarios en materia de inclusión, mediante un “Curso Básico de Lengua de Señas con Enfoque en Derechos Humanos”, con objetivos de concienciación y sensibilización.

En octubre de 2016 se lanzó, en el marco de la política de acceso a la justicia, la aplicación digital “Guía Legal”, con el propósito de crear una justicia inclusiva y cercana a todas las personas, puesto que además de utilizar un lenguaje sencillo y claro, sirve como medio de información para PcD sensorial, al contar con audios explicativos y gráficos, donde se ofrece a los usuarios/as, tanto en español como en guaraní, lo siguiente:

Información judicial básica sobre trámites, entre los que se destacan: Asistencia alimenticia; Denuncia de maltrato infantil o abuso sexual; Denuncia de violencia doméstica; Pruebas gratuitas de ADN; Reconocimiento de filiación; Autorización para viaje al exterior sin acuerdo de los padres, entre otros.

Listado de facilitadores judiciales.

Datos georreferenciados de todas las sedes judiciales del país.

Listado de las Circunscripciones Judiciales.

Hasta octubre de 2017 se tienen contabilizada 3.931 descargas para la versión Android, teniendo una calificación de 4.5/5 en cuanto a la facilidad y contenido de la información por parte de los usuarios.

Educación (artículo 24)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Mediante Resolución Nº 4004/2017, la SENADIS aprobó los indicadores del eje/área “Derecho a la Educación” del PLANPcD, los cuales han sido incorporados al SPR de la STP, iniciándose procesos para elaboración de fichas de metadatos para la implementación de dichos indicadores.

Con relación a la implementación de la Ley Nº 5136/13 de Educación Inclusiva y su Decreto Reglamentario Nº 2837/14, se ha iniciado el proceso de construcción del Modelo Educativo Inclusivo dentro del sistema educativo nacional, en todos los niveles y modalidades, propendiendo a la eliminación de barreras para garantizar la permanencia, el aprendizaje, la participación y la promoción de Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.

En el Plan Nacional de Educación 2024 “Igualdad de oportunidades en el acceso y garantía de condiciones para la culminación oportuna de los estudiantes de los diferentes niveles/modalidades educativas”, se contempla una Ampliación de Centros de Apoyo a la Inclusión, mediante la Reconversión gradual de las Escuelas Especiales y la Expansión de la oferta del Servicio de Atención Educativa Compensatoria: Aulas Hospitalarias, Centros/Hogares y Albergues, beneficiando con más apoyo a equipo técnico, docentes, alumnos y familias de instituciones educativas donde se encuentran incluidos estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo.

En el año 2018, el MEC dictó la Resolución Nº 17267/2018 “Por la cual se aprueban los alineamientos para un sistema educativo inclusivo en el Paraguay, en instituciones educativas de gestión oficial, privada subvencionada y privada de este Ministerio”.

Se realizaron jornadas de socialización y capacitación en Capital y los 17 departamentos del país sobre el marco normativo e implementación de la Educación Inclusiva para distintos actores: Coordinadores Departamentales, Supervisores, Técnicos y Asesores Jurídicos, con la participación de un total de 694 personas. Paralelamente, se realizaron jornadas de asistencia técnica a Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades sobre Educación Inclusiva, llegando a un total de 3758 Profesionales: Directores, docentes y técnicos de instituciones educativas de todos los niveles, así como a padres de familia y 135 referentes de Institutos de Formación Docente (datos a noviembre de 2015).

En el marco del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Institucional en el Marco de una Educación Bilingüe para PcD Auditiva en Paraguay”, se encuentran en pleno proceso de elaboración los materiales correspondientes por parte del MEC.

A través del Proyecto MAPEse logró identificar a niños, niñas, adolescentes y jóvenes que no estaban escolarizados.

En una primera fase se realizaron campañas de sensibilización y capacitación para profesionales del área; fueron realizados talleres para directores de escuelas, Técnicos de apoyo a la Inclusión, docentes y para las Familias y miembros de la sociedad civil; fueron realizados 7 talleres con la participación de un total de 700 personas. Fueron relevados datos de 81 niños y niñas con discapacidad visual fuera del sistema educativo, cuyas familias fueron visitadas de modo a lograr que acudan a los servicios educativos de su comunidad, también se realizó la sensibilización a las autoridades educativas locales para su inclusión.

El número de alumnos y alumnas con discapacidad visual incluidos en los distintos niveles del sistema educativo nacional es de 291. Fueron recibidos, respecto ese total, total 241 planes individuales, (adecuaciones curriculares individuales), en los que constan sus necesidades de apoyo específico y las ayudas técnicas y materiales necesarias para su aprendizaje, y fueron entregados igual cantidad de kits escolares conforme requerimiento de cada niño niña. Cantidad de beneficiarios: 109 Centros Educativos, 400 docentes, 532 referentes de familias y de OSC.

Asimismo, se desarrolló un programa de “Formación en competencias básicas para comunicación en Lengua de Señas Paraguaya”, con una carga horaria de 102 horas cátedra, resultando beneficiados 67 Educadores y Técnicos de Central y Capital.

Transformación de Escuelas Especiales en centros de recursos de apoyo:

Se encuentra en desarrollo un Plan de Reconversión de las Instituciones, cuyo objetivo es ajustar los servicios ofrecidos conforme a las normativas vigentes. Técnicos pedagógicos del MEC se hallan cumpliendo un plan de visitas a las instituciones, a fin de recabar datos actuales de su funcionamiento, alumnos, características particulares, infraestructura, profesionales, perfil de los mismos, ofertas para los usuarios, entre otros.

Presentación de los primeros Videolibros paraguayos en formato inclusivo: dos libros de cuentos y un material educativo que incorporan adaptaciones a las características sociolingüísticas de la comunidad sorda. Los materiales fueron traducidos del español escrito por Intérpretes de Lengua de Señas y adaptados e interpretados a la Lengua de Señas Paraguaya por narradores sordos.

Los materiales disponibles cuentan con subtítulos, voz en off e imágenes animadas. Además, se está trabajando a nivel global en la elaboración de un protocolo básico y universal para la licitación de libros de textos en formatos accesibles para niños, niñas y adolescentes PcD, que cuenten con una guía de actividades para el docente y orientaciones para implementar actividades en aula.

Programas de estudios que incorporan la temática:De manera transversal, en todos los programas de estudio a nivel nacional, se abordan temas relacionados a la inclusión como la no discriminación, la alteridad, el respeto a los DDHH, la diversidad, reconocer las diferencias en el desarrollo evolutivo de las personas, en las disciplinas de Sociología, Antropología, Formación ética y ciudadana y Psicología, todas en el área de Ciencias Sociales.

El “Programa de Capacitación a Educadores para el mejoramiento de los aprendizajes de niños, niñas, jóvenes y adultos a nivel nacional” tiene previsto el diseño del Modelo de Formación Docente en Inclusión educativa y Capacitación en Educación Inclusiva dirigido a Docentes en servicio. Para ello se ha desarrollado una Especialización en Educación Inclusiva dirigida a Formadores de Formadores, que incluye la elaboración de textos didácticos para los módulos de la especialización. La misma contó con 1100 participantes: Supervisores, Directores, Docentes, Psicólogos, Psicopedagogos, en el marco del Plan Nacional de Educación 2024 y en la Agenda Educativa 2013-2018 del MEC.

En el marco del Proyecto de Cuidados para el Desarrollo Infantil se han brindado servicios de asistencia técnica a Educadores de 27 instituciones de Educación Inclusiva, y de 10 instituciones de EEB para expansión del servicio. Asimismo, se ha universalizado la implementación de los ajustes razonables a nivel país, mediante la desconcentración de la elaboración de dictámenes, a cargo de las supervisiones locales.

El Plan Educativo Indígena para los años 2013 - 2018 tuvo por objetivo mejorar la educación escolar de los Pueblos Indígenas, garantizando la calidad educativa con pertinencia cultural y lingüística, conforme al marco legal vigente. El mismo fue elaborado y consensuado con la participación de los pueblos indígenas, ONG, Comunidad Educativa y Equipo Técnico de la DGEEI, apostando al mejoramiento de condiciones de infraestructura y equipamiento para la inclusión educativa de todas las personas en igualdad de oportunidades.

Se realizaron reuniones de sensibilización sobre la Ley Nº 3.231/07 “De educación indígena”. En el marco de asambleas indígenas, se designaron representantes para el Consejo de Área de Educación Escolar Indígena, fue conformado oficialmente el Consejo Nacional de Educación Indígena, que cuenta con representantes de 19 pueblos, y se consolidó la figura de Director de Área de Educación Indígena.

Desde esta estructura conformada, se lideran las formulaciones propias de cada pueblo indígena para presentar tanto los contenidos educativos, con relatos de la historia de los pueblos indígenas por líderes religiosos, ancianos y otros conocedores de la misma, con períodos de enseñanzas fuertes y cortos de manera gradual desde la vivencia del niño en su comunidad, para luego ampliar el conocimiento con lo que le rodea, fortaleciendo la promoción de la interculturalidad y la atención integral del niño, niña, jóvenes de todos los niveles.

Se coordinaron con las Supervisiones Educativas actividades de capacitación y formación a los docentes de escuelas situadas en Comunidades Indígenas en temas relacionados a la Ley Nº 5136/13 “De educación inclusiva” y su reglamentación, a fin de apoyar el mejoramiento del aprendizaje de niños, niñas y jóvenes con discapacidad, dar herramientas pedagógicas y sensibilizar sobre el modelo de educación inclusiva.

La UNA implementa como Extensión Universitaria el Proyecto Centro de Atención a PcD con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de los estudiantes con discapacidad en el ámbito universitario y potenciar sus capacidades, para favorecer su ingreso y permanencia en la UNA y su salida al mercado laboral.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El país cuenta con 50 intérpretes de lenguas de señas. Cuatro de ellos se encuentran cumpliendo funciones en aulas de nivel universitario, acompañando los estudios de PcD auditiva, que cursan la carrera de Ciencias de la Educación en la UNA.

Se inició el proceso de inclusión de personas sordas jóvenes y adultas en la modalidad de educación permanente, acompañados de 4 intérpretes de lengua de señas en 2 centros de la mencionada modalidad.

Salud (artículo 25)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El Instituto de Bienestar Social, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, contribuye en el diseño y la aplicación de planes y programas que posibiliten el mejoramiento de la calidad y el nivel de vida, a través de servicios sociales que garanticen el acceso, la gratuidad, la calidad y calidez de la atención, basado en los principios de universalidad, integralidad, equidad y participación. En cuanto a la cantidad de establecimientos con atención en habilitación y rehabilitación, por región, el IBS cuenta con 6 Hogares sustitutos para PcD Psicosocial: 2 en Capital, 3 en el Departamento Central y 1 en el Área Rural. Se cuenta en cada uno de ellos con 10 residentes.

Todos los programas del MSPyBS son desarrollados a nivel nacional, sobre todo en los sectores más vulnerables. Entendiendo la salud como el producto social resultante de la interacción de factores sociales, económicos, culturales y ambientales, mediante Resolución S.G. Nº 613/2015, el MSPyBS, con la cooperación técnica de la OPS, implementa las RIISS, basadas en la estrategia de APS, para contribuir en el avance hacia el acceso y la cobertura universal de salud, mediante mecanismos basados en el ordenamiento territorial, la reorganización de los servicios, la articulación y el desarrollo de las Redes, el fortalecimiento de RRHH, los procesos de gestión y el financiamiento institucional.

La RIISS, denominada “Tesai Pyahura Paraguay”, es un conjunto de servicios de salud vinculados entre sí por su misión única, por objetivos comunes y funcionamiento cooperativo e interdependiente, que permiten ofrecer atención continua e integral a la población, de forma humanizada, segura y con equidad. Las RIISS articulan las unidades del MSPyBS con otras instituciones prestadoras de servicios de salud públicos y privados, como, por ejemplo: con los servicios del Instituto de Previsión Social (IPS), Sanidad Policial, Sanidad Militar, Municipios y Gobernaciones, entre otras; para lo cual establecerán acuerdos, convenios, alianzas.

Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud:

Atención individual, familiar y comunitaria: Complejidad: Baja complejidad.

Nivel de Atención: Primer Nivel.

Correspondencia: USF 3 tipos: USF satélite, USF Estándar, USF Móvil.

Atención Hospitalaria: Complejidad: Baja Complejidad Nivel de Atención: Primer Nivel.

Correspondencia Operativa: USF Ampliada.

Complejidad: Mediana Complejidad Nivel de Atención: Segundo Nivel.

Correspondencia Operativa: Hospitales Distritales.

Complejidad: Alta Complejidad Nivel de Atención: Tercer Nivel.

Correspondencia Operativa: Hospitales Regionales.

Complejidad: Alta Complejidad Nivel de Atención: Tercer Nivel.

Correspondencia Operativa: Hospitales Nacionales; Hospitales Generales; Hospitales Especializados; Institutos; Otros (Hospital Central del IPS).

Sistema Logístico:

Correspondencia Operativa:

Sistema de Acceso Regulado SEME, ASANED Sistema Informático de Salud (online).

Registro electrónico en Salud (citas médicas) SEME.

MOVILES DE SALUD: terrestre, acuático y aéreo.

Sistemas de Apoyo:

Correspondencia Operativa:

Sistemas de Apoyo Diagnóstico, Terapéutico y Biomédicos Sistema de Asistencia Farmacéutica.

Tele-asistencia /Telemedicina Sistema de Información en Salud.

Servicios Ambientales: SENASA, SENEPA, DIGESA, etc. Sistema de laboratorios de análisis clínicos y bacteriológicos. Sistema de diagnósticos por imágenes.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El fortalecimiento de acciones de Protección Social, con enfoque de derechos, con énfasis en poblaciones vulnerables, los grupos etarios del ciclo vital (niños/as, adolescentes y adultos mayores) y de las PcD, incorporando el enfoque de género e interculturalidad; y el desarrollo de un sistema integrado de información y análisis intersectorial que permita generar y sistematizar evidencias desagregadas por grupos de población según edad, sexo, condiciones de discapacidad, distribución demográfica, nivel socio económico, etnia y otras variables, constituyen líneas de acción destacadas de las distintas estrategias de la Política Nacional de Salud 2015-2030.

En lo que respecta a las PcD, la producción de datos desagregados constituye un desafío que el Estado asume con el mayor de los compromisos, y como parte de la implementación de eje 2 del PLANPcD se realizaron, durante el año 2017, jornadas interinstitucionales para la revisión y validación de los indicadores del PLANPcD para el desarrollo y fortalecimiento de mecanismos de generación y sistematización de datos. La SENADIS se encuentra ejecutando acciones para la producción de datos en el sector de discapacidad, a fin de implementar un sistema de gestión e información integral.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Presupuesto público de la Nación destinado a la discapacidad es de un 4 % anual con relación al porcentaje del Presupuesto total.

En el siguiente cuadro, se expone el presupuesto de SENADIS desde su puesta en marcha:

Cuadro 14

Presupuesto SENADIS

Instancia

Año

Presupuesto

SENADIS

2013

65 032 041 326

SENADIS

2014

54 882 232 173

SENADIS

2015

54 600 651 114

SENADIS

2016

54 099 485 743

SENADIS

2017

54 099 485 743

SENADIS

2018

54 099 485 743

Cuadro 15

Presupuesto para PcD (para el mecanismo nacional y programas específicos)

Presupuesto SENADIS

Presupuesto

Cotización Dólar Promedio dic.

2018

Presupuesto en USD

54 099 485 743 G.

5.841,71726 G.

9 260 887 D.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Además del Hospital Psiquiátrico y el Centro Nacional de Prevención y Tratamiento de Adicciones que se encuentran en la Capital, las RIIS del MSPyBS cuentan con los siguientes servicios de atención especializada (psiquiatras y psicólogas/os):

En 25 Hospitales Regionales, Generales y Especializados (Hospital General Pediátrico “Niños Mártires de Acosta Ñu”, Centro Nacional de Quemaduras y Cirugías Reconstructivas “Dr. Arnaldo Bendlin” (CENQUER), Hospital de Trauma “Profesor Dr. Manuel Giani”, Hospital Indígena, 2 centros de especialidades).

En 28 Hospitales Distritales.

En 26 Centros de Salud.

Se abarca 17 de las 18 Regiones Sanitarias, donde se realiza atención ambulatoria y en uno de los Hospitales Regionales se cuenta con internación para situaciones de crisis de enfermedades mentales (Hospital Regional de Pedro Juan Caballero), además de la Unidad móvil de salud mental, que con especialistas y medicación atiende en 12 distritos del país. En total en 91 servicios de salud cuenta con atención especializada en salud mental. En estos servicios trabajan 45 psiquiatras y 220 psicólogos/as.

La inversión para la salud y enfermedad mental es del 1,84 % de presupuesto general de salud; el 65 % de dicha inversión es para el Hospital Psiquiátrico y el Centro Nacional de Prevención y Tratamiento de Adicciones, y el 35 % para el resto de los servicios.

En cuanto a la internación con consentimiento informado se cuenta con un protocolo llamado “Guía de criterios de admisión y manejo de personas con trastornos mentales”, aprobado por Resolución S.G. Nº 164 del 28 de abril de 2.014.

Además, se trabajó con la SENADIS y el actual MDS en un protocolo para evaluación de la disfuncionalidad de las personas con discapacidad psicosocial, para que familias de escasos recursos con miembros con discapacidad severa puedan ser beneficiarias del programa Tekoporã.

Asimismo, por Resolución S.G. Nº 001 del 4 de enero de 2.017 fue aprobado un Protocolo a ser aplicado en las Unidades de Salud de la Familia para la evaluación de las habilidades en personas con diagnóstico de discapacidad psicosocial.

Habilitación y rehabilitación (artículo 26)

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Actualmente, se encuentran a cargo de la SENADIS 7 filiales en funcionamiento donde se prestan servicios de habilitación y rehabilitación, establecidas en los Departamentos de Cordillera (Caacupé), Caaguazú (Coronel Oviedo), Guairá (Villarrica), San Pedro (Santaní), Paraguarí (Tebicuarymi), y Ñeembucú (Pilar).

En el marco de la implementación de las RIIS, se han iniciado las gestiones entre la SENADIS y el MSPyBS para el traslado de los servicios de rehabilitación a cargo de este último; de hecho, algunas filiales de los servicios de rehabilitación se encuentran funcionando en los hospitales regionales con el involucramiento del MSPyBS.

Asimismo, en la III Región Sanitaria se habilitaron 4 espacios de rehabilitación física, en Atyra, Ascurra, Cabañas y Caacupé; en la VII Región Sanitaria, 10 establecimientos; en la XI Región Sanitaria, fueron habilitados para los distritos de Itauguá e Ypacaraí: CAPEDI, Esc. Nº 707 Itauguá, Centro de Discapacidades Visuales, APAPEDY (Ypacaraí), y un espacio de rehabilitación en Zeballos Cué.

Trabajo y empleo (artículo 27)

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Con la creación del MTEySS, la nueva política de trabajo, empleo y seguridad social del Paraguay se enfoca en garantizar a toda la población el acceso a trabajo decente en condiciones de igualdad, seguridad, libertad y dignidad, poniendo énfasis en las poblaciones vulnerables. Al mismo tiempo apoya la consolidación y sostenibilidad de condiciones laborales que promueven la formalización del empleo, el cumplimiento de las regulaciones del trabajo y el diálogo social tripartito.

A través de la DGE del MTEySS, en el período 2014 a mayo de 2018, se realizaron 100 Ferias de Empleo en el área metropolitana y en el interior del país, de modo a posibilitar el acceso a empleo y salario dignos, seguridad social y ambiente seguro y saludable.

En el año 2017, se habilitó el primer portal de empleo del sector público y privado, denominado “Paraguay puede más”, por medio del cual los interesados pueden acceder a los perfiles laborales requeridos por las empresas de manera rápida y sencilla.

Se realizaron ferias de empleo para PcD en mayo de 2016; en mayo de 2017, y en agosto de 2017. Las PcD asesoradas para empleo fueron: en el 2016: 207 personas; en el 2017: 226 personas; mientras que en 2018 se proyectó la Cuarta Feria para el mes de setiembre.

Se insertó laboralmente en empresas privadas a 12 PcD en el año 2016; mientras que en el año 2017 se insertó a 14 personas.

En cuanto a las medidas adoptadas para fomentar las oportunidades de empleo, incluyendo a los sectores vulnerables aplicando la política pública “todos los sectores de la ciudadanía merecen oportunidades de empleo”, se mencionan:

Ferias de empleo digno: cantidad de insertados en el año 2015: 4061 insertados; en el año 2016: 5008 insertados; en el año 2017: 7343 insertados; en ferias de empleo rural, sector industrial, sector informático, para PcD auditiva, madres solteras jefas de hogar, empresas maquiladoras, para personas que sufrieron algún accidente, para jóvenes sostén de familia, empleadas domésticas, entre otros.

Acciones en Mercados municipales (4 acciones): para buscar formalizar a comerciantes informales.

Lanzamiento del Día Nacional del Empleo Formal con descuentos en Negocios Formales para ciudadanos que trabajen formalmente.

Lanzamiento de “Juego Súper Vale” (alianza público-privada), pensando en concientizar a jóvenes sobre que el verdadero héroe es aquel que cumple con todas las leyes.

Aplicación del Test Tutorial y Test Psicotécnico, a fin de detectar los perfiles que permitan identificar competencias laborales, tanto a jóvenes como a personas adultas. Así, en el año 2016 se realizaron 4.265 tests; en el año 2017, 4443 tests; y en el año 2018 (julio), 1805 tests.

EMPLEPAR: llamado al Encuentro entre líderes empresariales, Ministros y buscadores de empleo, que tiene como lema “Mejora tu empleabilidad, capacítate con los mayores referentes de empleo del País”. Se realizaron cuatro (4) ediciones donde aproximadamente 10.000 jóvenes pudieron conocer cuáles son los valores y cualidades que se tienen en cuenta al momento de la selección y recomendaciones para mejorar y ascender en su vida profesional.

Visitas a colegios: se abarcó a más de 12.0000 jóvenes en forma presencial concienciando sobre la importancia del trabajo legal e informando sobre sus derechos y obligaciones; y se alcanzó a 60.000 personas a través del Boletín informativo realizado en conjunto con el MEC.

En cuanto a promoción profesional, en el SNPP, entre enero de 2014 y mayo de 2018 han sido entregados 40.347 certificados en todo el país, a través del desarrollo de planes de formación dirigidos a poblaciones específicas como: PcD, pueblos indígenas, empresas, personas en contexto de encierro.

Se destaca el Proyecto AGORA Paraguay, que es una iniciativa de la Fundación ONCE FOAL de España y se desarrolla en 14 países en América Latina, el mismo tiene como socios locales al SNPP y el Centro de Rehabilitación para Personas Ciegas dependiente del MEC. Su objetivo es fortalecer los derechos del colectivo de PcD visual, a través de su acceso a un empleo digno.

Según datos de la Dirección del Proyecto AGORA Paraguay dependiente del SNPP, en el marco de dicho Proyecto, 275 personas egresaron del programa en el año 2016, mientras que en el año 2017 se realizaron 66 cursos de diversa índole, con un total de 331 participantes. En 2018 (hasta julio), se realizaron 40 cursos con un total de 161 participantes.

En el año 2017, el SNPP realizó inserciones laborales de PcD visual en instituciones públicas y empresas privadas, llegando a 19 personas, de las cuales 14 han sido hombres y 5 mujeres. En el año 2018, se insertó laboralmente a 10 personas, 7 hombres y 3 mujeres.

Se destaca igualmente, el apoyo a PcD visual dedicadas al micro emprendimiento tales como elaboración de productos del aseo y del hogar, manualidades, entre otros, llegando en el año 2017 a 70 personas, 36 han sido hombres y 34 mujeres. En lo que va del año 2018 (julio), se llegó a 7 personas, 1 hombre y 6 mujeres.

El Centro Ciudad Mujer, un modelo integral de atención exclusiva para mujeres, contempla la implementación de 5 módulos distribuidos de acuerdo al ámbito de cada competencia institucional. El MTEySS coordina el módulo de empoderamiento económico, con el objetivo de lograr la generación de ingresos económicos propios mediante la capacitación y formación.

Por su parte, el Poder Judicial al mes de mayo de 2018, cuenta con 55 FcD. De estos, 16 son contratados y 39 funcionarios permanentes. El 27 % es de sexo femenino y el 73 % de sexo masculino, de los cuales 4 funcionarios cuentan con discapacidad intelectual, 6 funcionarios con discapacidad auditiva, 2 funcionarios con discapacidad visual, 36 funcionarios con discapacidad física, 4 funcionarios con discapacidad múltiple y, 3 con discapacidad psicosocial. En cuanto al rango de edades, se encuentran distribuidos de la siguiente manera: 2 mayores de 60 años, 10 de entre 50 a 59 años, 14 de entre 40 a 49 años, 16 de entre 30 a 39 años y, 12 de entre 20 a 29 años.

Respecto a la distribución geográfica por circunscripciones judiciales, la misma es la siguiente: 2 en Alto Paraná, 6 en Amambay, 25 en Capital, 4 en Central, 3 en Caazapá, 4 en Cordillera, 3 en Concepción, 2 en Itapúa, 1 en Misiones, 2 en Ñeembucú y 3 en Paraguarí.

En líneas generales, el 0,611 % de los más de 300 mil puestos ocupados en la administración pública, están ocupados por PcD. De los 1947 FcD, 1303 son hombres (67 %) y 644 mujeres (33 %). Al clasificar por tipo de vinculación, en los denominados cargos permanentes están ocupados alrededor del 69 % y casi el 31 % están vinculados a cargos temporales, mediante contratos. Son 144 instituciones las que informan que cuentan con PcD en sus planteles.

Acciones afirmativas de inclusión laboral implementadas como política pública : La ley Nº 4962/13 “Que establece beneficios para empleadores, a efectos de incentivar la incorporación de PcD en el sector privado”. La SENADIS, el MTEySS, representantes de la Sociedad Civil (Fundación Saraki) y USAID/Paraguay lanzaron el “Día Nacional de Inclusión Laboral de PcD”, que fue celebrado el 20 de mayo y que busca concienciar sobre las ventajas y beneficios de la incorporación de PcD en el mundo laboral. Su instauración por Ley fue presentada ante el pleno de la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social de la Honorable Cámara de Diputados, instancia que a su vez ha comprometido su apoyo a la iniciativa.

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Actualmente, la reglamentación de la Ley. 4962/13 de Incentivo Fiscal para empresas privadas, para impulsar la inclusión de las PcD, se encuentra en etapa de ajuste, principalmente por la necesidad de consultar con todos los actores y de armonizar y adecuar sus términos y alcances procedimentales y prácticos con otras normas nacionales e internacionales existentes. Considerando su alcance e impacto, el MH, la SENADIS y el MTEySS han asumido con denodados esfuerzos el desafío de consolidar, con los actores de los diversos sectores, y en diferentes instancias, el diseño de una normativa reglamentaria que materialice con eficiencia y pertinencia global los objetivos perseguidos por la Ley.

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El Decreto Nº 6369/2011 por el cual se reglamenta la Ley Nº 2479/04 “Que establece la obligatoriedad de la incorporación de PcD en las instituciones públicas” y la Ley Nº 3585/08 “Que modifica los artículos 1º, 4º y 6º de la Ley Nº 2479/04”, determina los procedimientos y mecanismos para el ejercicio de las funciones y atribuciones de la SFP, relativas al cumplimiento de dichas leyes. Su art. 5º establece la reserva de vacantes y previsión de partidas presupuestarias para PcD en las oportunidades de empleo público, en una proporción no menor al 5 % de las vacantes.

La SFP ha adoptado medidas temporales condicionando a los OEE que presentan solicitudes de homologación de perfiles, a destinar el 30 % de sus vacancias para PcD. Asimismo, la referida dependencia ha verificado avances en la promoción de Planes y Cronograma de Inclusión progresiva de PcD de los OEE; acompañamiento a través de veedurías, en procesos de concursos públicos destinados a PcD; establecimiento de la Sub Comisión de Función Pública (CONADIS); membresía en la Mesa Interinstitucional por los Derechos de las PcD; generación y publicación periódica de Informes sobre el grado cumplimiento de la cuota mínima de PcD en la administración pública, entre otros.

Por su parte, a través de la Acordada Nº 960/2015, la CSJ creó el “Departamento de Inclusión y Apoyo Laboral de PcD”, que tiene entre sus funciones: b)Realizar las acciones necesarias para la eliminación de las barreras de cualquier índole que impidan u obstaculicen la incorporación, permanencia y/o promoción de PcD en el Poder Judicial; c) Realizar tareas de facilitador laboral para las PcD intelectual incorporadas al Poder Judicial; y d) Detectar y remover los obstáculos que impidan u obstaculicen la movilidad física de las PcD en las sedes del Poder Judicial.(…).

Dicho departamento es el encargado de realizar las tareas previas de inserción laboral y el posterior seguimiento de la inclusión efectiva de dichas personas sean funcionarios permanentes o no.

Nivel de vida adecuado y protección social (artículo 28)

Respuesta al párrafo 34 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Desde 2014, se ha incorporado el enfoque de DDHH en la gestión de los programas del MDS, impulsado inicialmente mediante la capacitación de funcionarios y de los propios titulares de derechos, en colaboración con la OACNUDH, mediante varios talleres, permitiendo así instalar el enfoque en la ejecución y desarrollo de sus programas. En este contexto, se han aprobado el Protocolo de Consulta de las Comunidades/Aldeas y Núcleos de Familias Indígenas, el Módulo de Inclusión de Familias Indígenas al Programa Tekoporã; el Módulo de Inclusión de PcD en el Programa Tekoporã, un esquema de Indicadores en DDHH y el Manual para el abordaje de violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Tekoporã es un programa social implementado por MDS, orientado a la protección y promoción de las familias en situación de pobreza y vulnerabilidad, identificadas y clasificadas conforme a instrumentos de selección vigentes (Índice de Calidad de Vida hasta el Estrato II), cuyo principal objetivo es mejorar su calidad de vida, facilitando el ejercicio de los derechos a alimentación, salud, y educación, mediante el aumento del uso de servicios básicos y el fortalecimiento de las redes sociales, con el fin de cortar la transmisión inter generacional de la pobreza.

El Programa cuenta con dos componentes:

Acompañamiento socio familiar y comunitario realizado por Guías Familiares con el seguimiento permanente de la Coordinación Distrital.

Transferencias Monetarias con Corresponsabilidad (TMC): estas consisten en aportes del Estado otorgados en carácter de subsidios financieros directos, mediante la entrega periódica (en forma bimestral) de sumas de dinero a hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad.

El Módulo de inclusión de PcD es aplicado desde el 2015, y su metodología se basa en la de focalización, inclusión y permanencia, con corresponsabilidad y aportes específicos para este sector de población. Las familias que cuenten con uno o hasta dos miembros con discapacidad severa, reciben un monto adicional. Se aplican ajustes razonables en la medida que cada caso requiera.

Las corresponsabilidades se aplican conforme a criterios de gradualidad y pertinencia, en la medida necesaria para que el Estado garantice a las PCD el acceso a los derechos a la salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección, y según las posibilidades que permita la condición de discapacidad.

El Estado ha aumentado significativamente la inversión en sus programas sociales destinados a combatir la pobreza extrema, aumentando en cada año el presupuesto asignado, especialmente del Programa Tekoporã; el 80 % del cual es destinado a las transferencias y 20 % a gastos operativos.

La población total protegida por el programa, a fines de 2017 es de 152.132 familias (alrededor de 664.000 personas). Al cierre de dicho período, estaban protegidas por el programa Tekoporã 19.595 PcD (2.176 con discapacidad severa). Al mes de abril 2018, el programa ha invertido Gs 1.609.360.000 en las PcD, llegando a 20.068 PcD (8.944 son mujeres).

Requisitos para acceder al Programa : Culminada la aplicación del mecanismo de selección, el Programa prioriza a las familias que cuenten entre sus integrantes a:

Niños y niñas de 0 a 14 años, y/o;

Jóvenes de 15 a 18 años y/o;

Mujeres embarazadas y/o;

PcD;

Indígenas.

Inclusión de las PcD severa: Mediante Convenio Específico de Cooperación suscrito entre el MDS y la SENADIS se aprobó el “Módulo de inclusión de las PcD severa al Programa Tekoporã”, cuyos criterios de inclusión son los siguientes:

Familias con PcD severa, sea física, intelectual, sensorial, psicosocial o múltiple discapacidad;

En condiciones de pobreza;

Todas las edades;

En todo el territorio nacional.

Corresponsabilidades: Las familias de las PcD severa se comprometen a la actualización de la documentación de la persona con discapacidad, cuidar de la higiene de la misma y su entorno, a brindar la nutrición adecuada, al tratamiento de su salud, habilitación y/o rehabilitación, educación y al acceso al cuidado, según corresponda en cada caso.

Participación en la vida política y pública (artículo 29)

Respuesta al párrafo 35 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

En cuanto a las medidas legislativas adoptadas para garantizar los derechos políticos de las PcD, es relevante mencionar que se encuentra en estudio el proyecto de Ley de “Reconocimiento de los derechos civiles y políticos de PcD”.

En el mismo contexto, la restricción contenida en el art. 91 del CEP ya se encuentra en estudio para su modificación. La propuesta fue presentada en el año 2014, y su revisión ha sido impulsada a través de comisiones legislativas, asesores, funcionarios del TSJE y OSC.

En lo que respecta a las medidas que se implementaron para incrementar la participación de las PcD, en el 2014, el TSJE en conjunto la SENADIS, en cumplimiento del CEP, el art. 118 de la CN y el art. 29 de la Convención sobre los Derechos de las PcD, a través de la Resolución SENADIS Nº 270/14, se estableció el plan piloto de “Voto Accesible”, cuyos mecanismos de implementación son: Voto en Casa, Voto en Orden Preferente, Voto Asistido, Voto en Mesa Accesible, Voto con Plantilla Braille y Mesa de Consulta.

El interesado debe llenar un formulario provisto por el TSJE y demostrar la discapacidad a través de una Constancia de la SENADIS o constancias médicas visadas por el MSPyBS. Previa verificación in situ, la lista de electores beneficiarios es publicada en las páginas web de la SENADIS y del TSJE. Estos mecanismos cuentan con una página accesible (incluyendo intérprete de lengua de señas, para PcD auditiva), y proveen información sobre el procedimiento de votación.

El TSJE, por Resolución Nº 41/2017, estableció el “Reglamento para el Voto Accesible Elecciones Generales y Departamentales 2018”, instaurando las modalidades de Mesa Accesible, Voto en Casa y Mesa de Consulta; aparte de las modalidades establecidas en el CEP que son el Voto Asistido y el Voto Preferente.

Mesa Accesible: en todos los locales de votación se dispuso la Mesa Accesible (Nº 1), ubicada en un sitio de fácil acceso, con dos cuartos oscuros, uno de ellos con dimensiones que faciliten el acceso de electores con silla de ruedas, y el otro tradicional. Dicha mesa cuenta con un padrón compuesto por electores que habitualmente votan en ella, por electores con discapacidad, y adultos mayores que hayan solicitado su inclusión dentro del período que fuera establecido por Resolución el año anterior a cada elección. Fueron habilitados para votar 5342 personas en las Mesas Accesibles de todos los locales de votación.

Voto en casa: El Voto domiciliario consiste en acercar la mesa receptora de votos hasta el domicilio de las PcD física severa o por motivos graves de salud que hayan solicitado su inclusión dentro de esta modalidad, habiendo reunido los requisitos establecidos en el Reglamento del Voto Accesible para las Elecciones Generales y Departamentales del 2018, y respecto a los cuales se haya cumplido un proceso de verificación in situ a cargo de médicos designados por el TSJE, acompañados de representantes de la Comisión del Voto Accesible, y opcionalmente de representantes de los partidos y movimientos políticos.

Los distritos habilitados para llevar adelante este programa fueron las ciudades de Asunción, Fernando de la Mora, Lambaré, Capiatá, Mariano Roque Alonso, Luque, Ñemby, San Lorenzo, Coronel Oviedo, Ciudad del Este y Encarnación.

Respecto al sufragio de las PcD visual, el artículo 217 del CEP dispone: “Las personas que por defecto físico estén impedidas de marcar los boletines e introducirlos en la urna podrán servirse para estas operaciones de una persona de su confianza”. Por tanto, la persona con discapacidad visual puede solicitar a los miembros de mesas receptoras de votos que una persona de su confianza, pueda ingresar con él al cuarto oscuro para marcar los boletines de voto.

En el Reglamento del Voto Accesible para las Elecciones Generales y Departamentales del 2018, se estableció la integración de una Mesa de Consultapara PcD y adultos mayores; la misma está integrada por voluntarios previamente capacitados. En dicha mesa, ubicada en un lugar accesible, a la entrada del local de votación, se contó con materiales instructivos sobre el ejercicio del derecho al voto de las PcD.

La mesa contó con plantillas en braille para PcD visual, de manera a evitar que otra persona marque los boletines de voto por ella. El solicitante era acompañado por un integrante de la mesa de consulta, quien acercaba las plantillas al Presidente de la Mesa donde el elector debía depositar su voto, para introducir los boletines en ellas.

La mesa de consulta aparte de contar con la plantilla braille y el instructivo en braille, cuenta con lupas para personas con visión reducida, adaptador ergonómico para las PcD física en miembros superiores, videos que explican paso por paso el sistema de votación en lengua de señas, así como carteles y afiches ilustrativos de cómo llevar adelante dicho proceso, y los manuales y reglamentos referentes al Voto Accesible.

El programa denominado Voto Accesible ha tenido resultados muy positivos sobre la participación de las PcD, ya que desde su implementación muchas personas con distintos tipos de discapacidad pueden ejercer su derecho al voto.

C.Obligaciones especiales (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (artículo 31)

Respuesta al párrafo 36 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Con la cooperación técnica de la OACNUDH, se desarrolló el proceso de construcción de indicadores del PLANPcD durante los años 2016-2017, en el que se han elaborado indicadores de los ejes/áreas de producción de Datos Nacionales, Accesibilidad, Derecho a la Educación, Derecho al Trabajo y Empleo e Inversión, que fueron aprobados a través de la Resolución SENADIS Nº 4004/17 e incorporados al SPR de la STP.

En el marco del proyecto Bridging the Gap II - Políticas y Servicios Inclusivos para la Igualdad de Derechos de las PcD, financiada por la UE, se inició un Plan de Acción tendiente a contribuir a la inclusión socioeconómica, la igualdad y la no discriminación de las PcD, a través de instituciones y políticas más inclusivas y responsables.

El objetivo del Proyecto es mejorar la inclusión de las PcD a través del fortalecimiento de los sistemas de información y el uso de datos desglosados. En ese contexto, ha apoyado la creación de indicadores y metas medibles para el PLANPcD 2015-2030, que ayudará a avanzar en la evaluación cuantitativa y cualitativa como parte de un proceso de monitoreo permanente, así como a la evaluación de otros planes y programas.

La DGEEC ha participado sistemáticamente en las reuniones del Grupo de Washington y ha incorporado en el Censo Nacional de Población y Viviendas 2012 ítems de preguntas específicas para medición de la discapacidad desde el enfoque de limitaciones. Además, en el marco del proyecto Bridging the Gap II, se previó Asistencia Técnica para la incorporación de información desagregada sobre discapacidad en el próximo censo de población, previsto para el año 2022.

Respuesta al párrafo 37 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

La DGEEC, como parte de la mesa de “Producción de Datos Nacionales” (eje 2 del PLANPcD), participó durante el año 2017 de jornadas interinstitucionales para la revisión y validación de los indicadores del PLANPcD. Los indicadores de dicho eje comprometen el desarrollo y fortalecimiento de sistemas de información de las instituciones, a las que la DGEEC está comprometida a proveer asistencia técnica para los procesos de generación y sistematización de datos.

A través del proyecto Bridging The Gap II se recomendó que el set de indicadores del PLANPcD sea incorporado en el tablero de control SPR para un seguimiento más efectivo, lo cual se materializó mediante la Resolución Nº 4004/2017 de la SENADIS, iniciándose, de esta forma, el proceso de elaboración de ficha de metadatos para la implementación de dichos indicadores.

A fin de garantizar la transverzalización de los derechos de las PcD se han definido resultados, entre los cuales se encuentra el Resultado 2: Aumentar la capacidad de los actores estatales para elaborar e implementar políticas públicas y servicios inclusivos para las PcD, así como asegurar la participación de las OPD en el proceso.

El Estado Paraguayo reafirmó su voluntad de realizar todos los esfuerzos necesarios para crear las condiciones suficientes con miras al cumplimiento efectivo de los objetivos de la Agenda 2030, aprobada por Resolución 70/1 de la ONU, incluyendo el apoyo nacional. Se ha verificado un alto porcentaje de alineación de la Agenda 2030 con el PND, y en diciembre de 2017 fue lanzada una versión ampliada del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones utilizado por el Estado desde 2014, que con la denominación SIMORE Plus, vincula el seguimiento de las recomendaciones internacionales de DDHH a los ODS y sus metas, además de las observaciones generales de los Órganos de Tratados.

Esta versión incluye mejoras en la funcionalidad que fortalecen el mecanismo estatal de seguimiento e implementación, facilitando la elaboración de informes nacionales e investigaciones sobre DDHH en el país, además de habilitar un espacio para la participación y el monitoreo de la sociedad civil. Actualmente, el Paraguay se encuentra compartiendo esta experiencia con otros países por medio de cooperación técnica.

El SIMORE Plus funciona con base en una red de puntos focales distribuidos en las diversas Instituciones Públicas de los tres Poderes del Estado, incluida la SENADIS, que se encargan de dar seguimiento a las recomendaciones internacionales en DDHH asignadas a sus respectivas instituciones, así como a los ODS vinculados.

Para la mejor organización de la herramienta informática, se establecieron mesas poblacionales que tienen por objetivo la articulación de políticas, planes y programas provenientes de instituciones del Estado con relación a las recomendaciones internacionales en materia de DDHH y los ODS, con el fin de dar seguimiento a cada uno de ellos, identificando esfuerzos, avances, resultados, retos y desafíos. Estas mesas recogen los temas/poblaciones, entre ellos, se encuentra la mesa denominada Adultos Mayores/PcD, que se encarga del tema que nos ocupa.

Cooperación internacional (artículo 32)

Respuesta al párrafo 38 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

El MJ como coordinador de la Red de DDHH del PE llevó a cabo Talleres de Validación de la vinculación del PNDH vigente con el PND, con el apoyo de la STP. Los temas fueron abordados teniendo en cuenta los ejes del PNDH: transformación de desigualdades estructurales, educación en DDHH, estado social de derecho y seguridad humana, con el fin de delinear estrategias a corto, mediano y largo plazo. Participaron 38 representantes de 20 OEE.

La vinculación del PNDH con el PND ha permitido analizar la alineación de acciones con ambos instrumentos y visibilizar las conexiones existentes entre el marco de políticas públicas en DDHH y los mecanismos de implementación de la agenda de desarrollo en el país. Son objetivos de esta vinculación: a) Lograr un Sistema Integrado de Políticas Públicas de DDHH; b) Visualizar la política pública nacional de DDHH en la proyección del país; c) Armonizar los objetivos de DDHH y los ODS, a través del establecimiento de un Tablero de Control con indicadores y metas.

Con el fin de fortalecer la Red de DDHH del PE, mediante Resolución MJ Nº 375/16 fueron incorporados 8 OEE como miembros plenos, entre ellos la SENADIS, cuya participación en el referido proceso de vinculación ha reforzado la instauración de una visión transversal de los derechos de las PcD en la coordinación de acciones estatales para su inclusión en las políticas de desarrollo, en línea con las disposiciones de la CDPD.

Aplicación y seguimiento nacionales (artículo 33)

Respuesta al párrafo 39 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

En fecha 3 de diciembre de 2018, en un acto público el Presidente de la República, conjuntamente con los Ministros de su gabinete, suscribieron un Acta de Compromiso en el sentido de redoblar esfuerzos en pos del cumplimiento del PLANPcD. Esta acción constituye una muestra clara del compromiso del Gobierno Nacional respecto a la revitalización del esquema de coordinación interinstitucional necesario para avanzar en la materialización de los objetivos del Plan en favor de las PcD.

Respuesta al párrafo 40 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

Habiéndose iniciado en su momento actividades entre las organizaciones miembros de la CONADIS con la asistencia técnica de la OACNUDH para la elaboración de un anteproyecto de ley que busca crear un Mecanismo Nacional Independiente, conforme al artículo 33 de la CDPD, se prevé la suscripción de Acuerdo estratégico entre la SENADIS y la DP para que mediante el liderazgo de esta última institución se fortalezcan las gestiones para la conformación del Mecanismo, cuyo funcionamiento y monitoreo pueda finalmente incorporar una instancia que cumpla el rol de contralor de la gestión gubernamental en materia de cumplimiento de la CDPD.

Respuesta al párrafo 41 de la lista de cuestiones (CRPD/C/PRY/QPD/2-3)

En cuanto a los esfuerzos adoptados para facilitar los procesos de registro de las OPD, la SENADIS estableció mecanismos y prácticas de gestión administrativa de acompañamiento y asesoramiento, puestos en marcha a fin de apoyar a los interesados para reunir los requisitos esenciales, legalmente establecidos, los cuales han favorecido a que las organizaciones puedan obtener estatus legal con mayor celeridad y facilidad. En la actualidad se viene trabajando en el fortalecimiento de las OPD y se ha verificado un notable aumento en cuando a las inscripciones en la SENADIS.