Sexagésimo noveno período de sesiones

19 de febrero a 9 de marzo de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos inicial a tercero combinados de las Islas Marshall

Marco legislativo, normativo e institucional

En el párrafo 235 del informe se señala que, si bien se han ratificado los principales tratados de derechos humanos, no existe legislación específica contra la discriminación. Sírvanse indicar las medidas que el Estado parte tiene previsto adoptar para integrar en la Constitución o en la legislación pertinente una definición de discriminación contra la mujer conforme al artículo 1 de la Convención. Asimismo, se ruega que aporten ejemplos de casos, si los hay, en que los tribunales nacionales hayan invocado las disposiciones de la Convención.

En su informe, el Estado parte indicaba que “las costumbres tradicionales de las Islas Marshall o manit complementan la Constitución” (párr. 25). De conformidad con la obligación contraída por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que tiene por objeto poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que el derecho consuetudinario aplicable no discrimine a las mujeres y las niñas. Sírvanse indicar qué medidas existen para velar por que el derecho consuetudinario se armonice de manera sistemática en consonancia con las disposiciones de la Convención. Asimismo, se ruega que aporten información sobre los progresos realizados con respecto a la creación de una institución nacional de derechos humanos de carácter independiente, provista de un mandato amplio en el ámbito de los derechos humanos, incluidos los derechos de las mujeres y la igualdad de género, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) (párr. 68).

Recopilación de datos

En el párrafo 42 del informe se señala que no existe ninguna disposición jurídica para la recopilación de datos desglosados y que es necesario mejorar la recopilación de datos y ampliarla a otros sectores. Sírvanse facilitar información sobre las medidas específicas que se están adoptando para crear una entidad especializada que garantice la reunión sistemática de datos completos desglosados por sexo e indicadores mensurables para evaluar las tendencias en la situación de las mujeres y las niñas, incluida la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como los progresos realizados en el logro de la igualdad sustantiva. ¿Está previsto que se adopten leyes que rijan la producción de estadísticas de género?

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Según el informe, la Oficina de Género y Desarrollo del Ministerio del Interior es el órgano gubernamental responsable de liderar la promoción de la igualdad de género en el Estado parte (párr. 64). No obstante, el Estado parte todavía no ha nombrado coordinadores de cuestiones de género en todos los ministerios y organismos gubernamentales (párr. 65) y los recursos financieros asignados a la Oficina son limitados. Además, la política de incorporación de la perspectiva de género del Estado parte todavía no se ha aplicado (párr. 235). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para designar a los coordinadores de las cuestiones de género y para aplicar la política de incorporación de la perspectiva de género. Asimismo, sírvanse indicar qué medidas se están aplicando para mejorar los conocimientos pertinentes para el análisis de los derechos humanos y la incorporación de la perspectiva de género, que se consideran escasos en el Estado parte (párr. 67). Se ruega que faciliten información detallada sobre los desafíos y logros del Estado parte en lo referido a la aplicación de sus actividades de elaboración de presupuestos con perspectiva de género. Indiquen también qué medidas se han adoptado para aumentar la asignación presupuestaria destinada a la Oficina, de tal manera que esta pueda llevar a cabo con eficacia sus actividades como mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer.

Medidas especiales de carácter temporal

El informe del Estado parte no hace referencia a la existencia de medidas legislativas o de otra índole destinadas a aumentar el número de mujeres presentes en los órganos decisorios, en todos los niveles y en todos los ámbitos. Sírvanse facilitar información sobre las medidas especiales de carácter temporal ya implantadas o previstas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité relativa a dicho tipo de medidas, a fin de acelerar el logro de la igualdad de facto entre mujeres y hombres.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para elaborar una política integral orientada a modificar las pautas sociales y culturales que dan lugar a la fijación de estereotipos y refuerzan los papeles tradicionales de las mujeres y los hombres en el seno de la familia y de la sociedad, especialmente en relación con las prácticas de socialización de género, que fomentan la imagen del hombre como sostén de la familia (párr. 92) y de la mujer como madre. Faciliten también información sobre el papel de la Oficina de Género y Desarrollo en la aplicación de tales medidas, incluida la sensibilización acerca de los estereotipos de género relativos a las funciones de hombres y mujeres en la sociedad. Sírvanse indicar qué repercusión han tenido esas medidas a la hora de eliminar las percepciones y actitudes estereotipadas con respecto al papel de la mujer en la sociedad y en la familia, así como de hacer frente a la persistencia de prácticas nocivas como el matrimonio infantil.

Violencia por razón de género contra la mujer

En el párrafo 47 se indica que un estudio llevado a cabo en los cuatro atolones de Majuro, Kwjalein (Ebeye), Mili y Ebon puso de manifiesto que la violencia por razón de género contra la mujer es una cuestión importante, dado que aproximadamente el 80% de las mujeres comunicaron que habían sufrido violencia física. La información de que dispone el Comité también indica que existe un elevado nivel de violencia por razón de género contra la mujer en el Estado parte, con un alto grado de aceptación de este tipo de violencia como algo “normal” Sírvanse facilitar información sobre los desafíos y logros en la aplicación de la Ley de Prevención y Protección contra la Violencia Doméstica de 2011. Indiquen si existen compromisos presupuestarios para la aplicación de la Ley. Indiquen también si la definición de violación incluye la violación conyugal. Asimismo, sírvanse facilitar información sobre la función específica del Grupo de Trabajo Técnico sobre la Ley de Prevención y Protección contra la Violencia Doméstica, encargado de coordinar la aplicación de la Ley, en particular en las islas periféricas, donde supuestamente la violencia física es frecuente (párr. 230). Indiquen qué medidas se han adoptado para sensibilizar a la población a fin de mejorar las actitudes sociales con respecto a la violencia por razón de género contra las mujeres y las niñas. Indiquen también si los castigos corporales contra las niñas están prohibidos en el entorno familiar y escolar.

Sírvanse proporcionar información sobre el número de órdenes de alejamiento emitidas desde la aprobación de la Ley de Prevención y Protección contra la Violencia Doméstica y el número de órdenes que se han violado, así como sobre las sanciones que se han impuesto por la violación de tales órdenes (párr. 31). Faciliten también datos, desglosados por edad y tipo de delito, sobre los casos de violencia contra la mujer denunciados a la policía, el número de casos presentados ante los tribunales y el número de enjuiciamientos y condenas resultantes de esos casos. Proporcionen información sobre la repercusión de la política de tolerancia cero a la hora de combatir la violencia doméstica y alentar la presentación de denuncias por parte de las víctimas (párr. 38). Proporcionen información sobre la forma en que se recopilan, cotejan, analizan y comparten los datos a nivel nacional, con el objeto de combatir eficazmente la violencia por razón de género contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia doméstica, en particular en las islas periféricas.

En el informe se indica que las sanciones para los actos de violencia contra la mujer recogidas en la Ley de Prevención y Protección contra la Violencia Doméstica se solapan con las disposiciones del Código Penal para los delitos semejantes, de tal manera que determinados delitos se pueden castigar con penas más leves o más graves, en función de qué legislación se aplique (párr. 233). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se aplican para resolver la superposición de la reglamentación penal de diversos delitos relacionados con la violencia por razón de género contra la mujer, que afecta a la naturaleza de las penas que pueden imponerse. En el informe también se indica que la violencia por razón de género contra la mujer es un problema que se complica debido a, entre otras cosas, las prácticas sociales y la falta de apoyo institucional y de organismos que proporcionen socorro o refugio (párrs. 232 y 233). Sírvanse proporcionar información sobre la disponibilidad y la accesibilidad de los centros de acogida para las mujeres y las niñas que son víctimas de la violencia, en particular en las islas periféricas, así como sobre la naturaleza de su financiación, incluidas las fuentes, la sostenibilidad y el alcance de esa financiación.

Trata

La información de que dispone el Comité indica que el Estado parte es un país de origen y de destino para la trata. En el párrafo 97 del informe, el Estado parte indica que “hay pocos datos sobre las características demográficas de las mujeres que son víctimas de la trata, las personas que facilitan la trata de mujeres, las razones por las que las mujeres se dedican al trabajo sexual”. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se están adoptando para llevar un cabo un estudio integral que investigue el alcance y las causas fundamentales de la trata de personas y la explotación de la prostitución, en concreto, de mujeres y niñas, en el Estado parte. En el párrafo 101 se señala que el Grupo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas proporciona un foro para el debate y la realización de consultas sobre cuestiones relativas a la trata de personas y formula recomendaciones al Gobierno. Sírvanse proporcionar información sobre: a) el marco jurídico vigente para luchar contra la trata de personas; b) el número de casos investigados y enjuiciados y la naturaleza de las sanciones impuestas a los responsables de la trata de personas, en particular en lo referido a la trata de mujeres y niñas; c) las medidas existentes para, entre otras cosas, identificar, detectar, proteger y prestar asistencia a las mujeres y niñas víctimas de la trata y sensibilizar a la opinión pública sobre la trata de personas; d) las medidas adoptadas para combatir el reclutamiento de mujeres y niñas como trabajadoras sexuales para los miembros de las tripulaciones de los buques de pesca y transbordo extranjeros que hacen escala en Maduro, en particular las mujeres de Asia Oriental, que son obligadas a ejercer la prostitución en establecimientos en tierra, frecuentados por los miembros de las tripulaciones de los buques de pesca extranjeros.

Participación en la vida política y pública

En el párrafo 14 del informe se indica que, si bien se han producido algunas mejoras en cuanto a la representación de las mujeres en los órganos decisorios, incluida la elección de la primera Presidenta del país, estas siguen estando insuficientemente representadas, especialmente en el Parlamento (el Consejo de Iroij y el Nitijela) y en la judicatura. Sírvanse facilitar información sobre las medidas previstas para aumentar el número de mujeres en los órganos decisorios a los que se accede por elección o por designación, entre ellos, consejos de administración, sindicatos y consejos locales, así como para lograr la igualdad de representación de las mujeres en la vida política y pública, en particular mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité. Proporcionen información, en concreto, sobre las medidas adoptadas o previstas, de conformidad con la recomendación general núm. 23 (1997) relativa a la mujer en la vida pública, para introducir un sistema de cuotas destinado a lograr, como mínimo, una representación del 30% de mujeres en el Parlamento y apoyar a las mujeres candidatas a cargos electivos en el Estado parte (párrs. 12 y 106). Sírvanse indicar si existen incentivos para los partidos políticos que incluyan a mujeres en las listas de candidatos para las elecciones nacionales y locales.

Educación

En el párrafo 132 del informe se reconoce que la incidencia del embarazo en la adolescencia es elevada y que el Estado parte registra la tasa más alta de fecundidad en la adolescencia en la región del Pacífico. Sírvanse proporcionar información detallada sobre los programas existentes destinados a reducir la incidencia del embarazo en la adolescencia. En el párrafo 133 se indica que, de conformidad con las normas y reglamentos de la enseñanza secundaria pública, una alumna embarazada estará autorizada a permanecer en la escuela siempre que su embarazo no afecte a sus calificaciones o a su asistencia, pero esa política no se aplica en las escuelas privadas. Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de manera uniforme de esa política en las escuelas privadas y la reinserción de las madres adolescentes en la educación formal, incluidas las escuelas privadas, después del parto. Asimismo, facilítese información actualizada sobre los progresos realizados en la elaboración de un programa educativo adaptado a las diferentes edades sobre salud y derechos sexuales y reproductivos para todos los niveles de la educación en el Estado parte. Sírvanse proporcionar datos sobre: a) las tasas de deserción escolar entre las niñas como consecuencia de los embarazos y los niveles en que se producen; b) los costos indirectos que pueden impedir el acceso de las mujeres y las niñas a la educación; y c) el número de madres adolescentes que han regresado a la escuela después de dar a luz durante el período sobre el que se informa.

En el informe se indica que las costumbres y las actitudes tradicionales todavía ejercen presión sobre las opciones educativas (párr. 131). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas existentes para alentar a las niñas a cursar estudios no tradicionales, en particular en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas. Faciliten también información sobre los avances realizados para: a) revisar los libros de texto para eliminar los estereotipos de género; y b) mejorar el acceso a los materiales de aprendizaje para las mujeres y las niñas de las escuelas de las islas periféricas (párr. 126).

Empleo

En el párrafo 147 del informe se indica que el número de mujeres empleadas por la Comisión de Administración Pública ha aumentado en los tres últimos años naturales. Sírvanse facilitar datos sobre la participación laboral de las mujeres en el sector privado. Asimismo, sírvanse proporcionar información actualizada sobre los avances realizados para: a) aprobar el proyecto de ley presentado ante el Parlamento en marzo de 2016, que tiene por objeto modificar el salario mínimo (párr. 145); y b) promulgar nuevas leyes que velen por la salud y la seguridad y aborden las preocupaciones relativas a las indemnizaciones de los trabajadores, en particular de las mujeres (párr. 148). Proporcionen también información sobre las medidas concretas adoptadas para: a) mejorar la tasa de empleo entre las mujeres, en particular mediante el uso de medidas especiales de carácter temporal; y b) aplicar el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, de conformidad con el Convenio sobre Igualdad de Remuneración, 1951 (núm. 100) de la Organización Internacional del Trabajo, con el fin de eliminar la desigualdad salarial entre mujeres y hombres (párr. 151). Sírvanse indicar qué medidas se están adoptando para: a) mejorar la disponibilidad de los servicios de guardería; b) promulgar una ley que establezca la licencia de maternidad para las empleadas del sector privado; y c) examinar la escala de sueldos establecida por la Comisión de Administración Pública, que se basa en la educación, la experiencia y las responsabilidades laborales (párrs. 150 y 151). Indiquen asimismo si la ley prevé la licencia de maternidad, de conformidad con las normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Salud

En el informe, el Estado parte indicó que han fallecido a causa del cáncer más mujeres que hombres, debido a las radiaciones relacionadas con el programa de ensayos nucleares de los Estados Unidos de América (párr. 164). También se indica que las mujeres de los cuatro atolones afectados por los ensayos nucleares padecen los efectos de estos ensayos, que han tenido repercusiones sobre su salud sexual y reproductiva, ya que la radiación ha afectado a su capacidad para dar a luz hijos sanos (párr. 210). En el informe también se afirma que las mujeres: a) sufrieron tasas elevadas de abortos espontáneos; b) dieron a luz a bebés con graves defectos congénitos; y c) sufrieron cambios en los ciclos menstruales y la consiguiente incapacidad para concebir. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se están adoptando para hacer frente a estos efectos sobre las mujeres y las niñas, incluida la elevada incidencia del cáncer de tiroides. En concreto, proporcionen información sobre las medidas específicas que se están adoptando para verificar hasta qué punto los radionucleidos estuvieron efectivamente presentes en la leche materna de las mujeres expuestas a los ensayos nucleares, de tal manera que puedan evaluarse debidamente los riesgos para las personas que fueron amamantadas por estas mujeres, así como las intervenciones médicas disponibles.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para adoptar una definición de partera calificada, en consonancia con las definiciones convenidas internacionalmente, y sobre las medidas adoptadas para mejorar la recopilación de datos acerca de la mortalidad materna. Indiquen qué medidas se han puesto en marcha para abordar la elevada prevalencia de las infecciones de transmisión sexual. Proporcionen información sobre la incidencia del aborto en condiciones de riesgo y su repercusión sobre la salud de la mujer, incluida la mortalidad materna. Asimismo, faciliten información sobre las situaciones en las que puede practicarse un aborto y sobre si el aborto se ha despenalizado en todos los casos. Respondan también a las informaciones según las cuales el aborto requiere el consentimiento del cónyuge.

Mujeres del medio rural

En el párrafo 185 del informe se señala que “las poblaciones muy dispersas, la lejanía y el carácter limitado del transporte y las comunicaciones de las islas periféricas implican verdaderas limitaciones en cuanto a la igualdad de acceso y la eficiencia de la prestación de servicios”. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para abordar el problema de la insuficiencia de las infraestructuras y los servicios públicos en las islas periféricas (párr. 187). Indiquen las medidas que se aplican para adoptar un programa de desarrollo destinado a las mujeres de las zonas rurales, que el Estado parte reconoce como inexistente (párr. 187). En concreto, sírvanse proporcionar información sobre los programas destinados a las mujeres de las zonas rurales de las islas periféricas, a fin de garantizar su acceso a: a) los servicios de atención médica, el saneamiento y la electricidad; y b) los créditos agrícolas y el transporte (párrs. 185, 195, 197, 202, 203 y 206). Indiquen también qué programas existen para garantizar su acceso a la información, las tecnologías modernas, el empleo, la protección social y la educación de adultos.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse proporcionar información sobre la situación de las mujeres con discapacidad, en particular de aquellas afectadas por la radiación como resultado de los ensayos nucleares, así como sobre la asistencia prestada a las mujeres que han adquirido la discapacidad debido a la diabetes y la lepra. Indiquen los progresos que se han realizado en la aplicación de la Política Nacional de Desarrollo Integrador de las Personas con Discapacidad para 2014-2018 y de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad de 2015, así como los progresos realizados para garantizar la representación de las personas con discapacidad, en particular las mujeres, en los órganos decisorios. Asimismo, indiquen qué medidas de protección social se han puesto en marcha para aliviar los efectos de la radiación sobre las mujeres y las niñas. Se ruega que aporten ejemplos concretos de los programas de protección social existentes destinados a reducir la carga económica que sufren las mujeres de edad, las mujeres que son cabeza de familia y las madres jóvenes.

Reducción del riesgo de desastres y cambio climático

En el párrafo 181 del informe se señala que el atolón de Bikini corre un grave peligro debido a los efectos negativos del cambio climático. Habida cuenta de que el Estado parte es un país costero de baja altitud y expuesto a las tempestades tropicales y los tifones, sírvanse facilitar información sobre si se ha incorporado una perspectiva de género en el marco de las estrategias de gestión, socorro y recuperación relacionadas con los desastres naturales, e indicar el grado de participación y representación de las mujeres en las consultas sobre la reducción del riesgo de desastres y las iniciativas sobre el cambio climático, en particular en las islas periféricas. Sírvanse proporcionar información sobre los avances en la aplicación del marco normativo nacional sobre el cambio climático y la participación de las mujeres y las niñas en la mitigación del cambio climático y la adaptación a él.

Matrimonio y relaciones familiares

Según la información de que dispone el Comité, con arreglo a la Ley de Protección de los Derechos del Niño de 2015, la edad mínima legal para contraer matrimonio es de 18 años, tanto para hombres como para mujeres. Sin embargo, la Ley de Inscripción de Nacimientos, Fallecimientos y Matrimonios de 1988 fija la edad mínima para contraer matrimonio con el consentimiento de los padres en 16 años en el caso de las niñas, mientras que para los niños es de 18 años. Sírvanse proporcionar información sobre los avances realizados para aprobar el proyecto de ley (enmienda) para la inscripción de nacimientos, fallecimientos y matrimonios, que elevará la edad mínima para contraer matrimonio de las niñas de los 16 a los 18 años y modificará la sección 434 de dicha Ley, que exime al matrimonio consuetudinario de cualquier edad mínima. Sírvanse indicar qué medidas se están aplicando para combatir los matrimonios forzosos y para evaluar la repercusión que tiene sobre las mujeres y las niñas el régimen jurídico de divorcio basado en la culpa. Indiquen, asimismo, si las mujeres y los hombres gozan de los mismos derechos a la tutela legal de sus hijos durante y después del matrimonio.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20 1)

Sírvanse indicar los progresos realizados con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación de la enmienda del artículo 20 1) de la Convención.