Información recibida de la República de Moldova relativa al seguimiento de las observaciones finales sobre su sexto informe periódico *

[Fecha de recepción: 21 de febrero de 2023]

* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.

Información de seguimiento relativa al párrafo 15 a) de las observaciones finales (CEDAW/C/MDA/CO/6)

De conformidad con las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, durante 2020 y 2021 el Gobierno se propuso transferir las funciones del Comité Gubernamental al mandato del Comité Nacional de Derechos Humanos, pero ese proceso no se finalizó debido al limitado poder de decisión que tenía el Gobierno en funciones.

El 28 de abril de 2021, tras casi cuatro años de inactividad, el Comité Gubernamental para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (creado por la Decisión Gubernamental núm. 350/2006) se reunió en sesión ordinaria con la asistencia de representantes de la administración pública central, instituciones públicas y sociedad civil, y de una invitada, a saber, la Embajadora de Suecia. Los temas que se trataron fueron la estructura del mecanismo institucional que vela por la igualdad de género y las principales dificultades para garantizar su funcionamiento.

De conformidad con la decisión adoptada, el Ministerio de Trabajo y Protección Social estableció un grupo de trabajo constituido por representantes de los ministerios y de la sociedad civil que se reunió en dos ocasiones, los días 11 de junio y 22 de julio de 2021. Durante estas reuniones, los asistentes elaboraron y acordaron propuestas para modificar el mecanismo institucional, así como recomendaciones para modificar el marco regulador pertinente.

Con el establecimiento del nuevo Gobierno en 2021, está previsto que se adopte una decisión al más alto nivel sobre la continuidad del funcionamiento del Comité Gubernamental para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Información de seguimiento relativa al párrafo 23 f) de las observaciones finales

El Parlamento de la República de Moldova ratificó el Convenio de Estambul mediante la Ley núm. 144, de 14 de octubre de 2021, promulgada posteriormente mediante el Decreto Presidencial núm. 197, de 19 de octubre de 2021.

Tras la ratificación del Convenio, el Gobierno inició en diciembre de 2021 un proceso participativo para la elaboración de la nueva hoja de ruta específica para la aplicación del tratado, haciendo participar a organizaciones no gubernamentales (ONG), partes interesadas y organizaciones internacionales. Garantizar la armonización de la legislación nacional con las disposiciones del Convenio reviste gran prioridad.

Información de seguimiento relativa al párrafo 27 a) de las observaciones finales

El proyecto de ley por el que se modificaban el Código Penal y el Código de Contravenciones, registrado en el Parlamento con el número 301, fue aprobado en primera lectura el 8 de diciembre de 2016. Mediante este proyecto de ley se propone introducir varias modificaciones en el Código Penal, en particular en el componente de infracción que figura en el artículo 346, a fin de tipificar como delito las acciones de “incitación a actos violentos basados en prejuicios” y sustituir en toda la legislación penal la expresión “odio social, nacional, racial o religioso” por la de “prejuicios”. A este respecto, se recomienda agregar al Código Penal el artículo 134, párrafo 1, que definirá el término “prejuicio”. Además, en una serie de delitos, su comisión “por motivos de prejuicio” constituirá una circunstancia agravante.

Al mismo tiempo, para garantizar que el texto del proyecto se ajustara a las normas internacionales en la materia, el Ministerio de Justicia pidió a la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) que lo examinase. Tras la recepción, el 26 de abril de 2019, del dictamen de la OIDDH de la OSCE, el contenido del proyecto de ley se revisó con arreglo a las recomendaciones formuladas y la Comisión de Nombramientos e Inmunidades organizó varios debates públicos. El último debate sobre la plataforma parlamentaria se organizó el 17 de diciembre de 2021.

Tras esos debates, en 2020 y 2021, las organizaciones de la sociedad civil emitieron dos documentos de posición en los que pedían que se introdujeran nuevas enmiendas al artículo 701 del proyecto de ley núm. 301/2016, sobre “incitación a la discriminación” en espacios públicos y basada en prejuicios, y que se encomendara al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación y Garantizar la Igualdad el mandato de sancionar las acciones de “incitación al odio y la discriminación”.

Tras el debate público sobre el proyecto de ley núm. 301 organizado por el Ministerio de Justicia y celebrado el 22 de diciembre de 2021, al que asistieron representantes de las autoridades públicas, parlamentarios, representantes de la sociedad civil y asociados para el desarrollo, se acordó finalizar dicho proyecto de ley sobre la base de principios mutuamente acordados con todas las partes interesadas, teniendo en cuenta las normas internacionales existentes, y aprobarlo en lectura final.

Por lo que respecta al ámbito político, el Consejo de Prevención y Eliminación de la Discriminación y de Garantía de la Igualdad ha observado de manera concluyente que el discurso de odio se intensifica durante los períodos electorales, como lo confirman los informes de seguimiento del discurso de odio que elabora Promo-LEX, y disminuye durante los períodos postelectorales. Para atenuar este fenómeno, el Consejo, junto con la sociedad civil, instó a los candidatos electorales a que evitasen recurrir al discurso de odio.

Durante 2020 y 2021, el Consejo examinó 609 denuncias (297 en 2020 y 312 en 2021). De los 297 casos denunciados en 2020, se invocó un atentado contra la dignidad en 57, 18 de los cuales estaban motivados por el sexo o el género. En siete casos se concluyó que se había producido un atentado a la dignidad por discurso de odio o incitación a la discriminación. De las 126 decisiones dictadas en 2020, en 19 casos el criterio de sexo o género fue la causa del comportamiento discriminatorio.

En 2021, del total de 312 denuncias examinadas, en 54 casos se invocó un atentado a la dignidad, 7 de ellos basados en el sexo o el género y en otros criterios confirmados como las creencias, la discapacidad o la maternidad. En siete casos se concluyó que se había producido un atentado a la dignidad por discurso de odio o incitación a la discriminación. De las 51 decisiones dictadas en 2021, en 8 casos el criterio de sexo o género fue la causa del comportamiento discriminatorio.

Las denuncias en las que se invoca un atentado a la dignidad pueden clasificarse en casos de:

i)Discurso de odio pronunciado por políticos o personas públicas;

ii)Publicidad sexista.

Gran parte de las denuncias en las que se invoca un atentado a la dignidad guardan relación con la publicidad sexista, un fenómeno que todavía no está castigado en la República de Moldova debido a la ambigüedad de las disposiciones legales.

En cuanto a la eficiencia de los recursos para las víctimas, el Consejo menciona que, aunque sus decisiones son ejecutables cuando pasan a ser definitivas, las partes recurren gran parte de ellas, lo que retrasa su ejecución durante años y priva de un recurso efectivo a la víctima de la discriminación. El discurso de odio y la instigación a la discriminación son fenómenos que están definidos de forma imprecisa en la legislación, que no establece sanciones disuasorias.

La Comisión Electoral Central (CEC) condena el discurso del odio y el lenguaje sexista en los procedimientos electorales y alienta a los partidos políticos y a los candidatos electorales a que se abstengan de utilizar una retórica basada en la intolerancia. Sin embargo, de acuerdo con las funciones previstas por la ley electoral y por la legislación conexa, esa autoridad electoral central no tiene competencias institucionales ni cuenta con instrumentos normativos para vigilar, documentar y sancionar el empleo de estereotipos discriminatorios, el lenguaje sexista en el discurso político y el discurso de odio en las campañas electorales.

En este contexto, cabe señalar que la CEC inició la revisión y la mejora del Código Electoral y de la legislación conexa y, en el curso de ese proceso, considerará la posibilidad de definir el discurso de odio en las campañas electorales y reglamentar los métodos para disuadir del empleo de dicho discurso.

Durante el período electoral, a invitación de la CEC, los medios de comunicación y los candidatos electorales firman el Código de Conducta sobre el Desarrollo y la Cobertura de la Campaña Electoral, que incluye disposiciones por las cuales, cuando se pronuncien discursos públicos, se utilizará un lenguaje respetuoso, sin incitar a la discriminación, el odio ni la violencia, ya sea en televisión, radio, medios en línea, en material electoral o en cualquier otra aparición pública durante la campaña electoral. Todos los signatarios adoptarán las medidas necesarias para informar y capacitar a sus miembros, representantes y simpatizantes sobre los principios de igualdad y no discriminación y la prohibición de la incitación al odio, y para condenar públicamente y denunciar ante las autoridades competentes los casos detectados de incitación al odio.

En 2021, el Consejo de Radio y Televisión, en colaboración con la Oficina del Consejo de Europa en Chisinau, organizó para los editores y periodistas de radio y televisión sujetos a la jurisdicción de la República de Moldova dos seminarios bajo el título “Entorno Nacional de Radiodifusión: entre la Ética y la Realidad”, en los que se abordó el tema de la promoción de buenas prácticas para apoyar el principio de igualdad y no discriminación.

El Código de Servicios de Comunicación Audiovisual de la República de Moldova, Ley núm. 174/2018, establece en su artículo 17, párrafo 3, que no podrán emitirse en el ámbito de la radiodifusión nacional contenidos audiovisuales consistentes en discursos que inciten al odio; y en su artículo 11, párrafo 2 a), prohíbe la emisión de programas que difundan, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras formas de odio basadas en la intolerancia o en la discriminación por razón de sexo, raza, nacionalidad, religión, discapacidad u orientación sexual.

El Consejo de Radiodifusión, durante las campañas electorales, recomendó a los proveedores de servicios de comunicación audiovisual que respetaran los principios aplicables a esta y no admitieran en sus programas la difusión, incitación, promoción o justificación del odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras formas de odio por intolerancia o discriminación por criterios protegidos.

El Consejo de Radiodifusión supervisó la cobertura que 15 proveedores de televisión y 1 proveedor de radio dieron a la campaña electoral para las elecciones parlamentarias anticipadas del 11 de julio de 2021, en lo que respecta a la incitación al odio o la discriminación. En los informes de supervisión del Consejo se constató que los proveedores de servicios de medios de comunicación no admitieron haber cometido infracciones en su cobertura de dicha campaña electoral.

En octubre de 2020, la Plataforma para la Igualdad de Género, respaldada por la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres), y con la ayuda financiera de Suecia y el apoyo técnico de Promo-LEX, creó una plataforma en línea (www.monitor.md) en la que presentar informaciones y denuncias de casos de discriminación de género, mensajes sexistas y violencia contra las mujeres en las elecciones y la política. Así, la sociedad en general puede denunciar los casos de sexismo, comentarios sexistas y violencia contra las mujeres en las elecciones. Posteriormente, ONU-Mujeres apoyó la modernización de esa plataforma en línea, dedicada a denunciar distintos tipos de discriminación contra las mujeres en las elecciones y la política, con el desarrollo de una nueva sección (https://gender.monitor.md/). Como resultado, la plataforma en línea se utiliza actualmente para denunciar la discriminación por motivos de género, la violencia de género, los discursos sexistas y la violencia contra las mujeres en las elecciones.

Se supervisó la campaña electoral para las elecciones presidenciales de 2020 en lo que respecta al empleo del sexismo, del discurso de odio y de la violencia contra las mujeres. En este sentido, en solo dos meses de campaña presidencial de 2020, se denunciaron 144 casos de este tipo. De ellos, 65 casos fueron clasificados como violencia contra las mujeres, 61 como discurso sexista y 18 como discurso sexista y discriminatorio en el espacio público, durante una campaña electoral. A raíz de los casos de sexismo detectados durante las elecciones, se presentaron tres denuncias ante el Consejo de Radiodifusión, que se tradujeron en sanciones para quienes pronunciaron declaraciones sexistas.

Durante las elecciones parlamentarias anticipadas del 11 de julio de 2021, la plataforma de seguimiento de la igualdad de género recibió un total de 113 denuncias (93 de ellas iniciadas por hombres) sobre el uso de lenguaje sexista y comentarios discriminatorios contra las candidatas, según se detalla a continuación:

•Empleo de insultos: 36 casos;

•Comentarios que refuerzan los estereotipos: 26 casos;

•Empleo de generalizaciones y términos absolutos: 19 casos;

•Humor inapropiado (con insinuaciones sexuales o vulgaridades): 11 casos;

•Empleo de atributos estereotipados, eufemismos, diminutivos o tratamientos desproporcionadamente corteses: 8 casos;

•Comentarios sexualizados sobre el atuendo, el aspecto corporal, las características físicas y el estado civil: 7 casos;

•Violencia física o emocional: 7 casos.

El informe completo sobre la supervisión del lenguaje sexista durante las elecciones del 11 de julio de 2021 puede consultarse en el sitio web de la Plataforma para la Igualdad de Género.

Información de seguimiento relativa al párrafo 41 c) de las observaciones finales

La institución adscrita al Organismo Nacional de Asistencia Social adoptó las siguientes medidas para respetar los derechos de los residentes:

•Oferta de acceso gratuito al Servicio de Asesoramiento Telefónico Gratuito para Personas con Discapacidad;

•Entrega de teléfonos móviles modernos, con el apoyo de asociados para el desarrollo, a diversos beneficiarios de centros de acogida temporal para personas con discapacidad, para que avisaran a las autoridades competentes cuando fuese necesario;

•Instalación de buzones seguros en zonas seguras que pueden utilizar los beneficiarios y el personal para presentar quejas, objeciones, propuestas y peticiones de forma privada. Los documentos introducidos en esos buzones se extraen cada semana y, una vez registrados, se envían al destinatario, respetando las medidas de confidencialidad. Se informa a los residentes sobre la función de estos buzones;

•Instalación en todos los Centros, en lugares accesibles para los residentes, de monitores modernos, en los que se muestra de forma continuada información relativa a los derechos humanos y otras cuestiones, adaptada y comprensible para las personas con discapacidad;

•Dotación de cámaras de video en los lugares públicos de las instalaciones;

•Instalación en todas las instituciones de acogimiento de paneles informativos que contienen toda la información útil en un lenguaje accesible y comprensible para los beneficiarios sobre sus derechos y responsabilidades, así como los números de contacto de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, de las ONG de defensa de los derechos humanos, del Servicio de Asesoramiento Telefónico Gratuito para Personas con Discapacidad y otros datos;

•Apoyo de la sociedad civil en la actividad de supervisión de estas instituciones, que demostró ser otro mecanismo alternativo de control eficaz y un instrumento adicional para prevenir y combatir la tortura y los tratos inhumanos y degradantes;

•Organización de seminarios a los que asistieron las personas beneficiarias y cuyo fin era prevenir comportamientos violentos e informarlas de la responsabilidad administrativa por actos de violencia y alteración del orden público;

•Celebración de sesiones informativas del 19 de octubre al 3 de noviembre, con la participación de representantes del Organismo Nacional de Asistencia Social y profesionales de los centros de acogimiento gestionados por las autoridades (trabajadores sociales, abogados, psicólogos y gestores), a los que asistieron 55 personas. En esas sesiones informativas se abordaron los temas siguientes: el Defensor del Pueblo y sus tareas y su papel en la sociedad; la interacción del Defensor del Pueblo con las autoridades públicas; el enfoque basado en los derechos humanos; los denunciantes de irregularidades; y la supervisión del respeto de los derechos humanos en las instituciones psiquiátricas;

•En el contexto del apoyo prestado por la Oficina de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la República de Moldova en el ámbito de la asistencia social, elaboración, en 2021, de un manual de formación sobre derechos humanos y discapacidad dirigido al personal empleado en instituciones de acogimiento social para personas con discapacidad. En este sentido, se celebraron 2 eventos de formación para 40 profesionales del Organismo Nacional de Asistencia Social y de centros de acogimiento para personas con discapacidad;

•En el marco del proyecto Apoyo al Proceso de Transformación de la Atención a Personas con Trastornos Mentales y Dificultades de Aprendizaje en la República de Moldova, financiado por la ONG People in Need, elaboración de una guía metodológica para los trabajadores sociales que trabajan en centros de acogida, durante un proceso participativo en el que intervinieron profesionales del sector;

•Asunción por las autoridades del desarrollo de las competencias de los profesionales de la asistencia social. Con el apoyo financiero de ONU-Mujeres, el equipo del Centro Nacional de Formación, Asistencia, Asesoramiento y Educación de Moldova y el Organismo Nacional de Asistencia Social iniciaron el desarrollo de un curso de formación digitalizado sobre el tratamiento de los casos de violencia contra mujeres y niñas. En este sentido, durante los días 28 a 30 de septiembre de 2021 se organizaron 5 talleres en los que participaron 153 profesionales.

Durante los meses de agosto y septiembre de 2021, tres instituciones de acogimiento (la de la localidad de Badiceni y las de los municipios de Hincesti y Orhei) recibieron visitas sin previo aviso de la Oficina del Defensor del Pueblo. Durante el segundo trimestre de 2021, los empleados del Organismo, en colaboración con representantes de la Inspección Social, la Inspección Laboral del Estado, el Mercado Laboral Internacional, People in Need y el Centro de Salud Mental de Praga (República Checa) realizaron visitas sin previo aviso a los centros de acogimiento mencionados.

En 2022, ONU-Mujeres y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo implementarán un proyecto de la Alianza de las Naciones Unidas para Promover los Derechos de las Personas con Discapacidad titulado “Abordar el Estigma y la Discriminación que Sufren las Mujeres con Discapacidad en Moldova”, con el fin de contextualizar y ensayar un instrumento global para la evaluación del estigma y la discriminación contra las mujeres y las niñas con discapacidad, entre otras cosas para fundamentar una toma de decisiones de base empírica. El proyecto contribuirá a reducir la estigmatización y la discriminación de las mujeres con discapacidad como resultado de respuestas de base empírica y de los cambios de actitud y de comportamiento de los titulares de derechos y obligaciones.

La Ley de Salud Mental, núm. 1402/1997, y la Ley de Derechos y Responsabilidades del Paciente, núm. 263/2005, establecieron los mecanismos necesarios para aplicar las recomendaciones del párrafo 41 c) sobre la protección de las mujeres y las niñas con discapacidad frente a los abusos y la violencia, garantizando mecanismos confidenciales e independientes para la presentación de denuncias en todos los hospitales psiquiátricos y para garantizar que no se las someta a procedimientos médicos sin su consentimiento previo e informado.

Así, según el artículo 5, párrafo 2 i), de la Ley núm. 1402/1997, cuando se preste asistencia psiquiátrica a una persona que padezca trastornos mentales, esta tendrá derecho a una intimidad adecuada dentro de las instalaciones de salud mental, incluidos los dormitorios, de modo que las mujeres duerman separadas de los hombres.

El artículo 11, párrafo 1, de la Ley núm. 1402/1997 establece la posibilidad de administrar tratamiento a personas con trastornos mentales únicamente con su consentimiento libre y por escrito.

De conformidad con el artículo 29, párrafo 1, de la Ley núm. 1402/1997, la asistencia psiquiátrica hospitalaria se prestará en condiciones mínimamente restrictivas para garantizar la seguridad de la persona hospitalizada y de otras personas, de forma que los profesionales sanitarios respeten los derechos e intereses legítimos de la persona.

De conformidad con el artículo 36, párrafos 2 y 3, de la Ley núm. 1402/1997, un paciente hospitalizado en un hospital psiquiátrico tiene derecho, entre otras cosas, a lo siguiente:

•Presentar solicitudes directamente al médico jefe o al jefe de sección en relación con el tratamiento, el examen, su alta del hospital psiquiátrico y la observancia de los derechos especificados en dicha ley;

•Presentar quejas y solicitudes, sin censura, a su abogado y a las autoridades públicas, la fiscalía, los tribunales, el Defensor del Pueblo o, en su caso, el Defensor de los Derechos del Niño;

•Reunirse en persona con su abogado y con los representantes del clero;

•Mantener correspondencia sin censura;

•Recibir y enviar paquetes, envíos y pedidos por correo;

•Utilizar el teléfono;

•Recibir visitas.

Para cumplir con estas disposiciones y con el fin de proteger a las mujeres y niñas con discapacidad contra eventuales abusos y violencia y de observar los derechos de todos los pacientes, se han instalado buzones de peticiones y correspondencia en todas las secciones de atención curativa de los hospitales psiquiátricos, que permiten que las personas hospitalizadas tengan acceso directo a cualquier institución y puedan notificar cualquier problema o presentar denuncias sin censura.

Así, en los últimos tres o cuatro años, los hospitales psiquiátricos no registraron quejas relativas a malos tratos, actitudes o actuaciones inhumanas o degradantes ni abusos o violencia contra los pacientes, incluidas las mujeres y niñas con discapacidad. Los pacientes pueden ejercer su derecho a utilizar teléfonos móviles y pueden comunicarse sin restricciones con sus familiares, con su abogado o con cualquier otra persona de su elección.

La hospitalización, las investigaciones y procedimientos terapéuticos y las intervenciones médicas se realizan con el consentimiento informado y por escrito del paciente.

En las secciones de los hospitales psiquiátricos se exhibe información, incluido el número de teléfono de la línea verde del Ministerio de Sanidad en la que los pacientes pueden denunciar posibles abusos.

Asimismo, las descripciones de los puestos de trabajo de los trabajadores sanitarios y del personal auxiliar de los hospitales psiquiátricos contienen disposiciones destinadas a eliminar posibles abusos contra los pacientes.

El Ministerio de Sanidad supervisa y proporciona apoyo metodológico continuo a los centros sanitarios y psiquiátricos para proteger de los abusos y la violencia a las mujeres y niñas con discapacidad, de acuerdo con las recomendaciones que hizo el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en 2020.

El Consejo de Radiodifusión, a través de los informes en su ámbito de competencia y ofreciendo información de interés público en 2021, mantuvo un diálogo abierto con las instituciones del Estado y la sociedad civil. La autoridad reguladora del sector audiovisual, en colaboración con las instituciones estatales, las organizaciones gubernamentales y las ONG, actuando en interés del público para sensibilizarlo sobre importantes problemas sociales, promovió una serie de campañas en los medios de comunicación.

Así, el Consejo de Radiodifusión apoyó la solicitud de la asociación Motivatie de Moldova (núm. 09-003 de 24 de septiembre de 2021), que en el contexto del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se celebra anualmente el 25 de noviembre, pidió ayuda para dar cobertura mediática a un video publicitario destinado a disminuir los estereotipos y promover un comportamiento positivo y no violento de la sociedad hacia las personas con discapacidad. Mediante la Decisión núm. 36/218 de 30 de septiembre de 2021, el Consejo recomendó a las cadenas de televisión que operaban en la jurisdicción de la República de Moldova que emitieran un anuncio de video destinado a combatir la violencia contra las personas con discapacidad.