EPM 2005

EPM 2010

ENSOMD 2012

Medio

Sexo

15 a 24 años

15 a 24 años

15 a 24 años

Rural

Hombres

Porcentaje alfabetizado

74,1

75,0

68,7

Mujeres

Porcentaje alfabetizado

69,4

70,1

73,8

Índice de paridad entre hombres y mujeres

0,937

0,935

1,074

Urbano

Hombres

Porcentaje alfabetizado

85,1

88,0

95,8

Mujeres

Porcentaje alfabetizado

84,7

85,4

95,4

Índice de paridad entre hombres y mujeres

0,995

0,97

1,00

Total (urbano y rural)

Hombres

Porcentaje alfabetizado

76,6

77,8

74,0

Mujeres

Porcentaje alfabetizado

73,2

73,5

78,1

Índice de paridad entre hombres y mujeres

0,96

0,94

1,06

Fuente : EPM (Encuesta Permanente de Hogares) de 2005 y 2010; y ENSOMD (Encuesta Nacional sobre el Seguimiento de los Indicadores de los Objetivos de Desarrollo del Milenio) 2012-2013; y cálculos propios.

72.Para el tramo de edades de 15 a 24 años, según los resultados de la Encuesta Permanente de Hogares de 2005 y de 2010, la proporción de personas que saben leer, escribir y contar ha mejorado cualesquiera que sean el sexo y el medio. Los resultados de la encuesta nacional de seguimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, al final de 2012, indicaron que el índice alfabetización de las mujeres en el mismo tramo de edades es mejor que el de los hombres en el medio rural.

73.En materia de educación formal, el Ministerio de Educación Nacional desarrolla diversas actividades a favor de las niñas: el plan “Educación de las Niñas”; sistema de becas para la escolarización de las niñas en situación vulnerable; y sensibilización de los padres sobre el abandono de prácticas tradicionales que obstan a la escolarización de las niñas.

74.Con respecto a los resultados de la reciente evaluación nacional del plan Educación para Todos, estas medidas han tenido consecuencias positivas en la escolarización de las niñas:

•Las proyecciones nacionales sobre la población de 3 a 5 años para el año 2013 indican un índice bruto de preescolarización del 13,2%, con un 13,3% para las niñas y un 13% para los varones, lo que significa un índice de paridad de 1,02;

•Entre los años escolares 2009-2010 y 2012-2013, la deserción y la repetición son inferiores en las niñas que en los varones. En promedio, la deserción es del 16,9% entre las niñas y del 17,2% entre los varones, y la repetición de cursos es del 21% en las niñas frente al 23% en los varones.

Cuadro 2

Evolución de los índices de repetición y de deserción, por sexos

2002-2003

2005-2006

2009-2010

2012-2013

Índices de repetición

Niñas

34,8%

19,2%

19,0%

21,2%

Varones

37,2%

20,6%

21,3%

23,8%

Índices de deserción

Niñas

8,2%

22,4%

18,7%

16,2%

Varones

8,1%

22,4%

18,8%

16,6%

Fuente : Anuarios estadísticos de la Dirección de Planificación de la Educación del Ministerio de Educaci ón Nacional, y cálculos propios .

75.El cuadro que sigue indica un porcentaje de alumnos que completan la enseñanza primaria mayor entre las niñas que entre los varones en los años de 2011 a 2014.

Cuadro 3

Evolución del porcentaje de alumnos que completan la enseñanza primaria

2010-2011

2011-2012

2012-2013

2013-2014

Porcentaje de varones y niñas

74,3

71,9

70,0

69,5

Porcentaje de niñas

74,3

72,3

70,7

70,4

Porcentaje de varones

74,3

71,5

69,3

68,5

Fuente : Anuarios estadísticos de la Dirección de Planificación de la Educación del Ministerio de Educaci ón Nacional .

Violencia y acoso sexual en el medio escolar e incorporación en los programas escolares del derecho a la salud en materia de sexualidad y reproducción

76.En materia de violencia y acoso sexual, un supervisor general de una escuela fue sometido a proceso penal por acoso y violación de una alumna durante el mes de mayo de 2015.

77.En las escuelas se imparten cursos adaptados a la edad de los niños acerca del derecho a la salud sexual y reproductiva.

Empleo

Diferencias de remuneración y obtención de prestaciones sociales

78.No se ha llevado a cabo un estudio acerca de las diferencias de remuneración entre el hombre y la mujer. El proyecto de censo de población para 2016, por iniciativa del Instituto Nacional de Estadística, podría remediar esta insuficiencia.

79.La obtención de una prestación social en el sector informal sigue constituyendo un problema a pesar de la iniciativa adoptada por la Caja Nacional de Previsión Social de ampliar sus actividades al respecto a ese sector.

Tipificación como delito del acoso sexual en los lugares de trabajo

80.El acoso sexual está sancionado por el artículo 333 bis del Código Penal. Ese artículo se aplica a los casos de acoso en el lugar de trabajo.

81.No se dispone del número de casos de acoso sexual en el lugar de trabajo, debido a que las víctimas, por sentimientos de vergüenza, evitan denunciar los actos de acoso a los tribunales.

82.La insuficiencia del número de inspectores del trabajo constituye una traba para detectar los casos de acoso sexual en los lugares de trabajo.

83.El servicio de divulgación de las leyes del Ministerio de Justicia procura llevar a conocimiento del público la existencia de la ley que sanciona esta infracción a fin de que las víctimas puedan denunciarla.

Prevención de todas las formas de violencia contra la mujer

84.La nueva ley contra la trata comprende la prevención de la trata de personas vinculada con la prostitución y cualquier forma contemporánea de esclavitud que afecte a mujeres migrantes o empleadas domésticas.

85.La jurisdicción de los tribunales malgaches se ha ampliado para la protección de los derechos de las mujeres migrantes.

Salud

a) Hoja de Ruta y recursos presupuestarios

86.La aplicación de la Hoja de Ruta para 2015-2019 está a cargo del Ministerio de Salud, con la colaboración de sus asociados técnicos y financieros.

b) Acceso de la mujer rural a los servicios de salud

87.Mejoramiento del acceso a los servicios de atención primaria de la salud y los servicios obstétricos esenciales, en particular para las mujeres que residen en zonas rurales y apartadas, por los siguientes medios:

•La adecuación de los Centros de Atención Obstétrica y Neonatal Básica de Urgencia;

•La institucionalización del control de las muertes de madres y de las complicaciones obstétricas, con vistas a mejorar la atención en todos los establecimientos sanitarios de Madagascar en que se atienden partos;

•Se ha asignado prioridad al suministro de servicios de proximidad mediante estrategias tales como la celebración bianual de la Semana de la Salud Maternoinfantil, tendiente a mejorar la prestación y la utilización de los servicios de atención primaria de la salud mediante un conjunto integrado de servicios que comprende la vacunación, la prevención del paludismo, la consulta prenatal y la planificación de la familia. En materia de salud maternoinfantil se ofrecen servicios gratuitos de carácter fijo, avanzado o móvil. Ello ha permitido fortalecer e integrar estrategias eficaces para atender las zonas más apartadas, a las que corresponde un 40% de la población;

•La aplicación en todo el territorio, en el período de 2014-2015, de la campaña destinada a acelerar la reducción de la mortalidad materna en África. Esta campaña procura lograr el compromiso de los responsables en todos los niveles, desde el más alto hasta la base, y hacer efectiva su capacidad de dirección para la movilización de todas las fuerzas vivas a escala nacional;

•La aplicación de actividades comunitarias para fortalecer el sistema de referencia y sensibilización de la comunidad en relación con la salud materna y neonatal, en particular la consulta prenatal, el parto en establecimientos de salud, la consulta posnatal y la atención domiciliaria de la mujer y del recién nacido;

•La aplicación de estrategias de proximidad mediante las redes comunitarias para la prestación y el seguimiento de actividades sobre el desarrollo del programa de supervivencia de la madres y los recién nacidos.

c) Índices elevados de embarazos adolescentes

88.Medidas adoptadas para reducir el elevado índice de embarazos en la adolescencia:

•En 2012, el Estado dispone de un documento de orientación política sobre la salud reproductiva;

•Fortalecimiento de la sensibilización sobre salud reproductiva de los adolescentes y los jóvenes mediante un enfoque multisectorial y conjunto por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de la Juventud y el Esparcimiento y el Ministerio de Educación Nacional.

•Ampliación de los centros de salud convenientes para los jóvenes, encargados de la prestación de servicios de planificación de la familia y la salud reproductiva de los adolescentes y los jóvenes y de la lucha contra las enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA;

•Ampliación de los servicios convenientes para los jóvenes, en que se ofrecen actividades sociales y culturales además de la prestación de servicios integrados de planificación de la familia, salud reproductiva de los adolescentes, enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA.

d) Casos de fístulas vesicovaginales

89.Medidas adoptadas para reducir el índice de fístulas obstétricas:

•Mejoramiento de la capacidad de los cirujanos del centro nacional de referencia de fístulas obstétricas y de los servicios quirúrgicos anexos del país en materia de tratamiento quirúrgico de las fístulas obstétricas;

•Atención quirúrgica y psicosocial gratuita de las fístulas obstétricas;

•Fortalecimiento de las actividades comunitarias, como las siguientes:

•Fortalecimiento de la sensibilización de la comunidad sobre la prevención de las fístulas obstétricas;

•Fortalecimiento del sistema de referencia y sensibilización de la comunidad sobre la atención de la salud de la madre y el recién nacido (consulta prenatal, partos en centros de salud, consulta posnatal, prevención y atención de las fístulas obstétricas, atención domiciliaria de la mujer y el recién nacido).

Reforma, educación sexual y reproducción

•El proyecto de ley sobre la planificación de la familia se encuentra todavía en la etapa de elaboración.

•El capítulo III de ese proyecto de ley se refiere al acceso de los niños (todo ser humano menor de 18 años) a los métodos anticonceptivos y sus productos.

a) Educación sexual

90.El tema está tratado en el punto 11.

b) Utilización de medios anticonceptivos modernos

•El índice de prevalencia de anticonceptivos pasó del 18% en 2003 al 29% en 2008 (Fuente: Encuestas Demográficas y de Salud, “EDS IV”);

•En Madagascar, el aborto es ilegal.

c) Prevalencia de los abortos practicados en condiciones peligrosas, desglosados por regiones y situación económica de la mujer

91.No se ha realizado ningún estudio destinado a conocer los abortos practicados en condiciones peligrosas. Por consiguiente, no se dispone de los datos respectivos.

d) Cantidad de mujeres detenidas y condenadas por aborto

92.En todo Madagascar hay cuatro mujeres detenidas a causa de una condena impuesta por aborto. Ello representa el 0,02% del conjunto de las mujeres detenidas y condenadas.

e) Discriminación y estigmatización de las mujeres que viven con VIH/SIDA, y transmisión de éste de la madre al hijo

•La Ley 2005/040, de 20 de febrero de 2006, sobre la lucha contra el VIH/SIDA y la protección de las personas que viven con VIH/SIDA, se refiere en particular a la discriminación y estigmatización de las mujeres que viven con SIDA.

•Mejoramiento del acceso de las mujeres embarazadas a la prevención primaria del VIH/SIDA mediante la ampliación de los centros de detección y asesoramiento sobre el VIH;

•Gratuidad de los exámenes sobre VIH/SIDA durante las consultas prenatales;

•Asistencia gratuita de las mujeres embarazadas que viven con VIH/SIDA y del recién nacido de esas madres.

Empoderamiento económico de la mujer, las mujeres rurales y el cambio climático

Reducción de la pobreza y participación de las mujeres rurales en la política de desarrollo

93.La legislación nacional asigna a la mujer los mismos derechos que al hombre en cuanto al acceso a la propiedad inmueble, la herencia de bienes inmuebles y la gestión de los recursos económicos.

94.Para que las mujeres puedan ser independientes económicamente y no caigan en las redes de la trata y la explotación sexual, y para que sus hijas permanezcan en la escuela durante la pubertad, el PNUD ha proporcionado herramientas a varios grupos y asociaciones de mujeres en el marco de la aplicación del programa “Aumento de la Participación de la Mujer”, a través de la mejora del ejercicio de sus derechos civiles y económicos.

95.Varias asociaciones y organizaciones de mujeres beneficiarias de este apoyo en la región sudoriental y del medio oeste han podido obtener capacitación, créditos y materiales agrícolas o de otra índole que les han permitido mejorar su producción y, por consiguiente, sus condiciones de vida.

96.Además, Madagascar cuenta con una estrategia nacional de gestión del riesgo y de las catástrofes, así como un plan nacional de emergencia a fin de responder adecuadamente a las consecuencias de los desastres y del cambio climático.

97.La aplicación de este plan permitirá tomar en consideración el aspecto referente al cambio climático en relación con el desarrollo.

98.Con el apoyo del PNUD para la lucha contra la pobreza, en particular de las mujeres rurales, los problemas que es preciso abordar son los siguientes:

•Movilizar los recursos internos, en especial para el desarrollo rural

•Resolver el problema del acceso al agua

•Fortalecer la capacidad de los agricultores

•Mejorar la capacidad de gestión de los riesgos y de los desastres naturales

•Organizar una política de protección social para dar seguridad a los más desfavorecidos y en situación más vulnerable

•Mejorar la seguridad rural

•Facilitar las comunicaciones de las localidades para fomentar los intercambios comerciales y ofrecer nuevas oportunidades a los campesinos agricultores.

Grupos desfavorecidos de mujeres

99.La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se refiere a los derechos de las personas con discapacidad prestando particular atención a las mujeres y los niños.

100.Madagascar ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la ley núm. 2014-031, que autorizó su ratificación, y el decreto núm. 2015-687, de ratificación de esa Convención.

101.El Plan Nacional de Inclusión de las Incapacidades ha sido concebido para el período de 2015-2019 con el objetivo de acrecentar la participación social de los hombres, mujeres y niños en situación de discapacidad, sobre la base del respeto de sus derechos. Este plan es un instrumento de programación y un marco de referencia de las actividades en la esfera de las discapacidades, y tiene por objeto facilitar la aplicación efectiva de la Convención citada.

102.La aplicación del plan contribuirá a la mayor autonomía de las personas discapacitadas, su menor dependencia respecto de sus familias y de la comunidad y la lucha contra la pobreza, a fin de que puedan contribuir al desarrollo económico y sociocultural del país.

Matrimonio y relaciones familiares

Medidas adoptadas y previstas para hacer conocer y asegurar la aplicación integral de la ley núm. 2007-022, de 20 de agosto de 2007, relativa al matrimonio y los regímenes matrimoniales:

Medidas adoptadas:

•Se han organizado en numerosas comunas y fokontany sesiones públicas de sensibilización y divulgación jurídica referentes en especial al derecho de familia y al matrimonio, así como al acceso a la justicia, a las cuales han sido invitados y han asistido los alcaldes y alcaldes adjuntos, así como los jefes de los fokontany.

•Se han elaborado manuales de orientación destinados a los alcaldes y jefes de fokontany.

•Se han distribuido folletos referentes al matrimonio y el derecho de familia en general en los consultorios jurídicos, así como a la población en las sesiones mencionadas.

•Se han difundido emisiones al respecto reiteradas veces por las ondas de la Radio Nacional, en la emisión semanal “Zo sy Lalàna”, realizada por el Ministerio de Justicia.

Medidas previstas:

•Para mejorar el conocimiento y la aplicación de esta ley, se prevé multiplicar las sesiones de divulgación jurídica.

•Después de las elecciones comunales, los alcaldes electos y sus adjuntos recibirán capacitación adecuada sobre esta ley a fin de que alcancen el mismo nivel de conocimientos y competencia.

•Se producirán emisiones de televisión para la sensibilización y divulgación jurídica paralelamente con las emisiones de radio.

•Se desarrollarán asociaciones con otros sectores públicos y privados interesados en esta materia.

Detalles sobre las normas jurídicas referentes al reparto de bienes con motivo del divorcio:

103.El régimen de reparto de bienes de los cónyuges varía según que los cónyuges hayan optado por el régimen de derecho común o hayan concertado un convenio para determinar los efectos de su unión sobre su patrimonio.

En caso de régimen de derecho común:

104.En el régimen de derecho común, el principio es el reparto por partes iguales, o “zara-mira”. Sin embargo, corresponde distinguir los bienes personales, pertenecientes a cada cónyuge, que son los bienes muebles o inmuebles que les pertenecen en la fecha de su matrimonio o adquieren durante él por sucesión, donación o testamento, y los bienes gananciales adquiridos durante el régimen de comunidad. Cada cónyuge conserva la plena propiedad de sus bienes propios y dispone libremente de ellos; y los bienes gananciales se administran conjuntamente por ambos. Cada cónyuge puede demandar judicialmente la anulación de los actos realizados por el otro con infracción de los derechos del reclamante. La acción de nulidad puede ejercerse por el cónyuge durante tres meses a partir del día en que tuvo conocimiento del acto, pero no puede promoverse más de un año después de la disolución del régimen de comunidad. Esa acción no puede ejercerse en perjuicio de los derechos de terceros. Si uno de los cónyuges es indigno, incapaz o está impedido, o abandona voluntariamente la vida en común, el otro cónyuge puede demandar judicialmente el ejercicio, por sí solo, de la totalidad o una parte de las facultades de administración, de goce o de disposición de los bienes comunes. Si esa medida deja de estar justificada posteriormente, el tribunal puede restituir sus derechos al cónyuge que ha sido privado de ellos.

En caso de capitulaciones matrimoniales:

105.Si los cónyuges han establecido capitulaciones matrimoniales, que se formulan antes del matrimonio por escritura notarial autenticada en presencia y con el consentimiento de los cónyuges, pero que surten efecto solamente desde la fecha del matrimonio, los bienes se reparten conforme a las disposiciones de esas capitulaciones.

Matrimonios tradicionales:

106.Los matrimonios tradicionales pueden registrarse ante el oficial de estado civil conforme a disposiciones precisas que han sido determinadas por la ley núm. 2007-022. Sin embargo, antes de constatar el cumplimiento de las ceremonias tradicionales, el jefe del fokontany debe recordar a los contrayentes que la bigamia está prohibida y castigada por la ley. El cumplimiento de las ceremonias tradicionales se constata por el jefe del fokontany, que se desplaza al lugar, en la fecha y a la hora convenidas previamente con las familias. Al término de las ceremonias, su cumplimiento se hace constar en acta. Esa acta, de la que se entrega un ejemplar a los contrayentes, lleva también la firma de éstos, de los testigos y del jefe del fokontany que ha asistido a la ceremonia. Si las personas no saben firmar, se consigna ese hecho. El acta constituye prueba fehaciente mientras no se la declara falsa. El jefe del fokontany debe entregar un ejemplar al oficial de estado civil competente en un plazo de 12 días, bajo las penas previstas en el artículo 473 del Código Penal. El oficial de estado civil, teniendo a la vista el acta y la documentación que se le entrega, debe redactar de inmediato el acta de matrimonio. En caso de oposición formulada regularmente, con arreglo al artículo 14, no debe levantarse el acta.

Derecho de las mujeres a la herencia de bienes inmuebles:

107.Conforme a la legislación en vigor, las mujeres tienen los mismos derechos de herencia que los hombres. Sin embargo, se especifica que los coherederos pueden convenir en que los de sexo femenino reciban su parte en forma de dinero con arreglo a un inventario estimativo del patrimonio sucesorio, consignado en un acto auténtico o autenticado.

Medidas adoptadas y previstas:

•Sesiones públicas de sensibilización y divulgación jurídica.

•Se han distribuido folletos relativos al derecho de familia en general y al derecho sucesorio en especial en los consultorios jurídicos, así como entre la población durante las sesiones mencionadas.

•Se han difundido emisiones al respecto reiteradas veces por las ondas de la Radio Nacional, en la emisión semanal “Zo sy Lalàna”, realizada por el Ministerio de Justicia.

108.Actualmente, el Ministerio de Justicia elabora reformas y modificaciones que se introducirán en los textos relativos al derecho de familia, en particular el Código de la Nacionalidad y eventualmente la ley núm. 2007-022, para una mejor coherencia con los tratados internacionales ratificados por Madagascar.

109.Como ya se ha indicado, del mismo modo que las demás disposiciones relativas al matrimonio, la prohibición de la poligamia se recuerda a los contrayentes en el momento del matrimonio y durante las sesiones de divulgación y sensibilización.

Protocolo Facultativo de la Convención

110.Tras la presentación del informe de Madagascar en el marco del examen periódico universal de 2014, el Gobierno aceptó casi en su totalidad las recomendaciones formuladas, incluyendo la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

111.Para la aplicación de esas recomendaciones se ha elaborado un plan de puesta en práctica.

112.La ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención está incluida en ese plan, y se ha puesto en marcha el procedimiento correspondiente.