63º período de sesiones

15 de febrero a 4 de marzo de 2016

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos octavo y noveno combinados de Mongolia

General

En el informe del Estado parte (CEDAW/C/MNG/8-9) se indica que la Oficina Nacional de Estadística está elaborando metodologías para utilizar los indicadores estadísticos básicos de género y establecer un enlace de la base de datos de estadísticas de género con las de distintos ministerios y tiene previsto crear una base de datos desglosados por sexo a nivel nacional (pág. 5). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de la base de datos.

Marco constitucional, legislativo e institucional

En el informe se indica que se han elaborado nuevos proyectos de enmienda de la Ley de la Familia y la Ley Laboral (pág. 10). Sírvanse aportar información actualizada sobre la situación presente y el contenido de dichos proyectos, así como información sobre todas las nuevas leyes, estrategias y planes de acción pertinentes que se hayan aprobado durante el período sobre el que se informa en relación con los derechos de las mujeres. A tenor de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/MNG/CO/7, párr. 12) y su carta de seguimiento con fecha de 19 de septiembre de 2012, sírvanse indicar si la Ley sobre la Igualdad entre los Géneros prohíbe la discriminación por razón de género, tanto directa como indirecta, por parte de entidades de los sectores público y privado, en todas las esferas de la sociedad.

Medidas especiales de carácter temporal

El informe ofrece poca información acerca del uso de medidas especiales de carácter temporal durante el período sobre el que se informa. Sírvanse facilitar ejemplos específicos de dichas medidas, su inclusión en las políticas y programas nacionales y su aplicación concreta con vistas a fomentar y acelerar el logro de una igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, en consonancia con el artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité referente a esta cuestión. Sírvanse proporcionar información sobre si el proyecto revisado de la Ley de Elecciones, Partidos Políticos y Financiación Política prevé medidas específicas para los programas y la capacitación de la administración pública a fin de promover la participación de la mujer en la vida política y pública, y para la contratación, la asistencia financiera y la capacitación de candidatas.

Estereotipos

En el informe se reconoce la existencia de estereotipos de género en el Estado parte y se afirma que aún queda mucho por hacer para mejorar las políticas, los programas y los planes de acción; fortalecer las capacidades de los expertos y las instituciones; emprender análisis y evaluaciones sistemáticos; recaudar fondos y asignar presupuestos; e identificar políticas “culturales” específicas (pág. 11). Sírvanse proporcionar información actualizada y detallada sobre si se han adoptado las medidas mencionadas para combatir actitudes estereotipadas y si se han evaluado los resultados.

Violencia contra la mujer

En el informe se reconoce que no existe ningún mecanismo establecido para proteger los derechos de las víctimas y los supervivientes de la violencia y que no se han previsto asignaciones presupuestarias para tal fin (pág. 8). Se indica que los proyectos de enmienda de la Ley sobre la Lucha contra la Violencia Doméstica se presentaron al Parlamento para que los examinara. Sírvanse facilitar información actualizada sobre la situación y el contenido de esas enmiendas e indicar si se ha creado un mecanismo especial para proteger a las mujeres que son víctimas de violencia. Sírvanse además proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las mujeres tengan acceso a la justicia, conforme a la recomendación general núm. 33 del Comité sobre este tema. Sírvanse indicar si la violación conyugal se encuentra tipificada como delito y si es posible iniciar un enjuiciamiento de oficio por ese delito.

Se señala que solo existe un centro de acogida estatal para las víctimas de violencia doméstica y que el Estado parte está estudiando la posibilidad de asignar los recursos presupuestarios que se necesiten en apoyo de los centros de acogida a nivel nacional (pág. 9). Sírvanse proporcionar información sobre la situación actual de los centros, tanto el estatal como los gestionados por organizaciones no gubernamentales, que actualmente se encuentran a disposición de las víctimas de violencia doméstica en todas las regiones.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse ofrecer información sobre las condenas impuestas a los traficantes, sobre las medidas para una identificación y protección precoz de las víctimas de la trata y sobre los servicios de rehabilitación que están a su disposición, especialmente los financiados por el Estado. Sírvanse también indicar las medidas adoptadas para establecer relaciones de cooperación bilateral y regional con respecto a la prevención de la trata de mujeres y niñas, para proteger a las víctimas de la trata y para facilitar el enjuiciamiento de los autores.

Dado que nada se dice en el informe sobre la explotación de la prostitución, sírvanse proporcionar información actualizada sobre la prevalencia de este fenómeno en el Estado parte, sobre las medidas adoptadas para prevenir la explotación sexual de niñas y mujeres, y sobre las medidas dirigidas a desalentar la prostitución. Sírvanse describir los mecanismos existentes para las mujeres que deseen abandonar la prostitución.

Participación en la vida política y pública

En el informe se indica que el 19% de los secretarios de Estado y el 26% de los ministros son mujeres, que de los 32 embajadores que trabajan en el extranjero solo 4 son mujeres y que todavía ninguna mujer ha resultado elegida o nombrada para gobernar un aimag o una ciudad (pág. 15). También se reconoce que existen muchos obstáculos que impiden la participación de las mujeres en la vida política y pública. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas, incluidas medidas especiales de carácter temporal como las cuotas, que se hayan tomado para aumentar la representación de las mujeres en las esferas política y pública y en los puestos de adopción de decisiones. Sírvanse indicar también si esas medidas incluyen campañas de sensibilización sobre la importancia que, para la sociedad en su conjunto, tiene la participación de la mujer en la adopción de decisiones, así como mecanismos de seguimiento de las repercusiones de dichas medidas.

Nacionalidad

En el informe se indica que, debido a que el 90% de los ciudadanos mongoles casados con extranjeros son mujeres y que esta tendencia va en aumento, han surgido nuevos temas, como los relativos a los contratos de matrimonio, la propiedad de bienes y la nacionalidad de los hijos (pág. 15). Sírvanse proporcionar información acerca de las disposiciones legislativas vigentes en este ámbito y de las medidas adoptadas para proteger a las mujeres casadas con extranjeros. Sírvanse asimismo presentar información acerca de la posibilidad de que las mujeres transmitan su nacionalidad a sus hijos y su marido extranjero.

Educación

En el informe se indica que las madres adolescentes afrontan dificultades en materia de acceso a la educación y que el Ministerio de Educación alienta a las mujeres de todas las edades a acudir a los centros de educación permanente (pág. 16). Asimismo, se señala que, desde el año académico 2014-2015, los estudiantes universitarios tienen la posibilidad de hacer un curso sobre cuestiones de género (pág. 10). Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la igualdad de acceso de todas las niñas a la educación básica obligatoria y gratuita. Sírvanse también ofrecer datos sobre las tasas de deserción escolar e información sobre las medidas adoptadas para lograr que las madres adolescentes regresen a la escuela y retomen sus estudios en el nivel que los dejaron. Sírvanse también ofrecer información relativa a si se ha llevado a cabo algún análisis basado en el género y la revisión de materiales educativos y si el plan de estudios incluye educación sobre salud y derechos sexuales y reproductivos apropiada para cada edad. Sírvanse además facilitar información acerca de las medidas adoptadas para incluir un curso sobre cuestiones de género a nivel universitario.

Empleo

En el informe se indica que no existe ningún mecanismo de coordinación y rendición de cuentas para denunciar prácticas discriminatorias en relación con el empleo (pág. 18). También se reconoce el escaso conocimiento que existe entre la población en general con respecto a sus derechos y la existencia de desigualdad salarial por razón de género (pág. 18) y que las mujeres trabajan en gran medida en pequeñas empresas comerciales en las que no se ha creado todavía un marco jurídico para proteger sus derechos (pág. 21). Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas con el fin de establecer un mecanismo de denuncia del que puedan servirse las mujeres, las medidas encaminadas a introducir sanciones que puedan aplicarse a los empleadores que discriminan a las mujeres y vulneran sus derechos, y las iniciativas emprendidas para aprobar legislación específica con el fin de proteger a las mujeres que trabajan en pequeñas empresas comerciales. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para afrontar la segregación horizontal y vertical entre hombres y mujeres, que da lugar a la desigualdad salarial por razón de género. Sírvanse además ofrecer información acerca de las acciones puestas en marcha para consolidar una política estatal sobre la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a todos los niveles de todos los sectores económicos, basada en estrategias y mecanismos específicos.

En el informe se reconoce que, a pesar de las disposiciones vigentes de la Ley sobre la Promoción de la Igualdad de Género que abarcan el acoso sexual en el lugar de trabajo, este tipo de acoso es común (pág. 8) y se desconoce que está prohibido (pág. 18). Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas que se han adoptado para obligar a los empleadores a garantizar un entorno laboral exento de acoso sexual, e indicar si existen mecanismos para que las mujeres puedan denunciar de manera confidencial los casos. Sírvanse también proporcionar información sobre los datos reunidos para evaluar el alcance del problema y detectar las deficiencias que a este respecto pueda presentar el marco jurídico, y sobre las medidas adoptadas para concienciar a las mujeres con respecto a las disposiciones jurídicas vigentes que las protegen frente al acoso sexual.

Según la información presentada ante el Comité, el acceso a servicios de guardería es limitado. Sírvanse proporcionar información sobre si la legislación nacional prevé la licencia de paternidad tanto en el sector público como en el privado, sobre la licencia para cuidar a los hijos y modalidades de trabajo flexibles, y sobre la forma en que se aplican esas disposiciones, indicando si el Estado parte ha emprendido acciones para aumentar la cantidad de guarderías con el fin de permitir que las mujeres concilien el trabajo con la vida familiar. Sírvanse también aclarar si las mujeres que regresan a su trabajo tras los tres años de licencia de maternidad remunerada padecen alguna consecuencia negativa en el desarrollo de su carrera profesional.

Salud

Se reconoce que la tasa de abortos sigue siendo elevada en el Estado parte y que es necesario mejorar la accesibilidad y la calidad de los servicios de asesoramiento para la planificación familiar (pág. 21). Sírvanse ofrecer información sobre las medidas adoptadas para afrontar la alta tasa de abortos, en particular aumentando la accesibilidad de los métodos anticonceptivos modernos y su disponibilidad y asequibilidad, y sobre las medidas adoptadas para promover una mayor conciencia entre las mujeres y las niñas en cuanto a la planificación familiar. Sírvanse indicar asimismo si se han tomado medidas que garanticen el acceso de las mujeres y las niñas a los servicios de salud generales y los centros de salud reproductiva.

Según la información presentada ante el Comité, a pesar de que se han logrado algunos progresos a la hora de proteger los derechos de las personas que viven con el VIH, siguen existiendo actitudes sociales negativas y prácticas discriminatorias, como son las pruebas obligatorias del VIH en algunos lugares de trabajo para los trabajadores del servicio doméstico y el hecho de que las embarazadas seropositivas den a luz en el Centro Nacional de Enfermedades Transmisibles en vez de en maternidades. También se ha informado de que no existen leyes ni reglamentos sobre la no discriminación que establezcan la protección de las comunidades afectadas por la discriminación relacionada con el VIH. Sírvanse ofrecer información sobre las medidas adoptadas para aprobar legislación y estrategias específicas a fin de proteger de la discriminación a las mujeres seropositivas y hacer frente al estigma, la discriminación y la violencia cuyo objeto son las mujeres que viven con el VIH.

Mujeres rurales

En el informe se indica que las mujeres de las zonas rurales del Estado parte asumen un trabajo arduo, continuo y no remunerado y afrontan muchas dificultades (pág. 19). Además se indica que, pese a que la legislación en vigor permite que todo ciudadano registre una parcela de tierra a título individual, los terrenos arrendados para actividades empresariales suelen estar registrados a nombre de los hombres en el 65% de los casos y que los costosos trámites para encontrar parcelas no privatizadas obstaculizan que las mujeres participen en la privatización de tierras (pág. 24). Igualmente se indica que las desigualdades de género actuales impiden que las mujeres inicien negocios y limitan su iniciativa empresarial (pág. 25). Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para incrementar la participación de las mujeres en la vida pública y política, mejorar su acceso a la justicia, brindarles protección, apoyo y asistencia cuando son víctimas de la violencia de género y garantizar su acceso a los servicios sanitarios, al empleo, a la propiedad y gestión de la tierra y a las oportunidades económicas.

Grupos desfavorecidos de mujeres

En el informe se reconoce que las mujeres migrantes afrontan numerosos retos, en particular discriminación y violencia (pág. 23). También se afirma que el empleo de las mujeres con discapacidad y su inclusión social constituyen asuntos prioritarios para el Estado parte (pág. 23). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar su acceso a la justicia, los servicios de atención médica, el empleo, las oportunidades económicas y la protección social, indicando los programas y estrategias formulados para satisfacer las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos de mujeres. Sírvanse informar asimismo sobre la supuesta práctica de retirar a los niños de sus madres con discapacidad, basándose presuntamente en que esto se hace por el bien del niño.

En el informe se ofrece poca información sobre las mujeres detenidas (pág. 7). Sírvanse aportar información sobre las mujeres detenidas, el modo en que se supervisan las condiciones de las mujeres en las prisiones y si tales condiciones son compatibles con las normas internacionales generales.

Mujeres indígenas y pertenecientes a minorías

Este informe no hace referencia a la situación de las mujeres indígenas. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar a las mujeres indígenas una protección jurídica eficaz, en particular con respecto a sus derechos culturales y su derecho a la tierra, territorios, recursos y representación en los órganos decisorios. Sírvanse también proporcionar información sobre la situación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas con respecto a su acceso a la educación, el cuidado de la salud, la participación en la vida política y pública, y la adopción de decisiones.

Matrimonio y relaciones familiares

Hay fuentes alternativas que informan de que, en virtud de la Ley de la Familia, las mujeres que están embarazadas o tienen un hijo menor de 1 año no pueden divorciarse y que esta ley autoriza a los jueces a imponer un período de reconciliación de 3 meses antes de conceder un divorcio. En el informe, el Estado parte afirma que los hogares encabezados por mujeres constituyen el 76,2% del total de familias monoparentales (pág. 4). Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas emprendidas para modificar las disposiciones discriminatorias y eliminar los períodos de reconciliación y las restricciones para las mujeres que deseen divorciarse. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para proteger a las mujeres solteras que son cabeza de familia y a las esposas con hijos que han sido abandonadas, en especial en las situaciones en que estas mujeres todavía se encuentran oficialmente casadas.