Página

Lista de siglas

3

Prólogo

4

Introducción

5

Primera parte. Antecedentes

5

1.1Contexto socioeconómico

5

1.2Indicadores socioeconómicos

7

1.3Estructura política general

8

1.4Marco normativo general para la protección de los derechos de la mujer

9

1.5Información y publicidad

10

1.6La Convención y las leyes internas

10

1.7La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y las políticas y programas nacionales

16

Segunda parte. Medidas generales de aplicación

24

Artículo 1.Definición de la discriminación contra la mujer

24

Artículo 2.Obligaciones de los Estados Partes

25

Artículo 3.Medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer

26

Artículo 4. Medidas especiales

28

Artículo 5. Modificación de los patrones socioculturales

29

Artículo 6. Supresión de la explotación sexual de la mujer

39

Artículo 7. Igualdad en la vida política y pública del país

34

Artículo 8. Igualdad en la vida política y pública en el plano internacional

37

Artículo 9. Igualdad ante la ley con respecto a la nacionalidad

37

Artículo 10. Educación y capacitación

40

Artículo 11. Empleo y trabajo

45

Artículo 12. Atención médica

47

Artículo 13. Seguridad económica y social

52

Artículo 14. La mujer rural

53

Artículo 15. Igualdad ante la ley y en materias civiles

55

Artículo 16. Matrimonio y relaciones familiares

55

Tercera parte. Factores y desafíos que afectan el cumplimiento de las obligaciones en virtud de la Convención

58

Anexos

62

Lista de siglas

ACNUROficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CNLSComisión Nacional de Lucha contra el SIDA

ECDMEstrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi

FMIFondo Monetario Internacional

MANMarco de acción nacional para el VIH/SIDA

MNIMarco normativo y de inversión

MENMarco estratégico nacional

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

PIBProducto interno bruto

PNSPolítica nacional sobre el SIDA

SADCComunidad del África Meridional para el Desarrollo

SIDASíndrome de la inmunodeficiencia adquirida

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

VIHVirus de inmunodeficiencia humana

Prólogo

La finalidad del presente informe es cumplir los compromisos asumidos por la República de Malawi al firmar y ratificar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

El informe fue preparado por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño, en su calidad de mecanismo nacional para las cuestiones de género y en un esfuerzo para desempeñar su mandato jurídico de dar seguimiento a las políticas públicas para el adelanto de la mujer, así como para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer.

El Fondo de Población de las Naciones Unidas prestó ayuda económica para la preparación del informe. Los datos utilizados para elaborar éste proporcionan un panorama general estructurado de los principales datos documentales y estadísticos producidos en Malawi por varios organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, los círculos académicos y diversos expertos. Esos datos se complementaron con información reunida en entrevistas con expertos e informantes clave. Un examen crítico del informe permitió incorporar información adicional.

En cumplimiento de los compromisos asumidos por Malawi cuando ratificó la Convención, el Gobierno se complace en someter este sexto informe a la consideración del Comité.

Honorable Anna Kachikho, M.P

Ministra de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño

Introducción

La República de Malawi ratificó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (llamada en adelante “la Convención”) en septiembre de 1987. De conformidad con el artículo 18 del instrumento, en 1988 se presentó al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer el informe inicial de Malawi. Dieciséis años después, en 2004, el país presentó al Comité los informes periódicos segundo, tercero, cuarto y quinto combinados.

El Comité examinó los informes combinados en sus sesiones 727ª y 728ª, celebradas en mayo de 2006.

El presente documento es el sexto informe periódico sobre las medidas adoptadas por Malawi para cumplir las disposiciones de la Convención y abarca el período comprendido entre 2006 y 2008. Durante el proceso de elaboración del informe se tuvieron en cuenta las observaciones del Comité sobre los informes anteriores, al igual que las opiniones y los análisis conjuntos proporcionados por los representantes de las instituciones estatales y la sociedad civil con respecto a la situación actual y a los progresos realizados durante el período que se examina.

El presente informe se ha elaborado en el marco de un proceso plenamente consultivo en el que han participado representantes del sector público, inclusive ministerios y organismos gubernamentales; el sector privado; los círculos académicos; la sociedad civil, comprendidas diversas redes y organizaciones que representaban los intereses de la mujer, y organizaciones internacionales.

El informe está dividido en tres partes. En la primera se facilita información general sobre Malawi y se describe el contexto social, económico y político existente durante el período que se examina. La segunda parte contiene las respuestas a las observaciones finales formuladas por el Comité y un examen detallado de la aplicación de cada uno de los artículos de la Convención, inclusive un análisis de los progresos realizados y de las tendencias pertinentes. Por último, en la tercera parte se presenta un panorama general de los principales desafíos a que hizo frente el Gobierno de Malawi durante el periodo abarcado por el informe.

Con respecto a las observaciones y recomendaciones del Comité acerca de los informes anteriores del país, el Gobierno aprecia en lo que vale el reconocimiento de los progresos que ha logrado y pone de relieve que las medidas adoptadas en respuesta a esas observaciones y preocupaciones ha servido de base para el presente informe.

Primera parteAntecedentes

1.1Contexto socioeconómico

Con arreglo a las proyecciones relativas a 2007, la población de Malawi se calcula en 11 937 934 habitantes, con una tasa de crecimiento anual estimada en un 3,32%. La densidad media de población es de 105 habitantes por kilómetro cuadrado. Conforme a las proyecciones demográficas relativas al periodo 1999-2008, se prevé un aumento constante de la población en el caso de los grupos de edad de 0 a 14 y de 15 a 19 años, y una disminución en el grupo de edad de 55 o más años (véase el cuadro 1). Además, las estimaciones indican una cifra de población de 16 millones de habitantes en 2015, y este rápido crecimiento demográfico es un factor fundamental de los niveles elevados y persistentes de pobreza y de una degradación ambiental generalizada en el país.

El crecimiento de la población de Malawi viene determinado por distintos factores, inclusive la fecundidad, la mortalidad, la migración y el proceso de urbanización. Los últimos datos registrados sobre la tasa de fecundidad indican que asciende a 6%, nivel que sigue siendo considerablemente elevado (Encuesta demográfica y de salud, 2004). En cuanto a la mortalidad, la esperanza de vida ha disminuido de 46 años en 1987 a 37 años en 2005, en gran parte debido al virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA). La mortalidad materna se redujo ligeramente, pasando de 1120 por cada 100.000 en 2000 a 984 por cada 100.000 en 2004. La mortalidad de los niños menores de cinco años bajó de 189 por cada mil nacidos vivos en 2000 a 133 por cada mil nacidos vivos en 2004, al tiempo que la mortalidad infantil disminuyó de 104 por 1.000 en 2000 a 76 por 1.000 en 2004. Los datos de la encuesta agrupada de indicadores múltiples muestran que la tasa de mortalidad infantil se calcula en 69 por cada 1.000 nacidos vivos, mientras que la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años se estima en cerca de 118 por cada mil nacidos vivos.

Se ha experimentado un aumento de la migración desde las zonas rurales a las urbanas. La encuesta integrada de hogares de 2005 puso de manifiesto que un 17,2% de los cabezas de familia habían migrado internamente, de los cuales un 11% se habían trasladado a zonas urbanas. La migración produce considerables efectos sobre la pobreza, la propagación del VIH y el medio ambiente.

La tasa de crecimiento de la población urbana de Malawi es de 6,3%, lo cual significa que es una de las más elevadas del mundo. Ello ha dado lugar a una escasez de vivienda, al incremento de la delincuencia y la propagación del VIH, y a altas tasas de desempleo.

El Gobierno acaba de concluir el censo de población y vivienda, y se prevé que sus resultados se publicarán alrededor de septiembre de 2008.

Cuadro 1Proyecciones demográficas

Grupo de edad

Porcentaje de la población

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

0 a 14

44

45,1

45,6

46

46,4

46,7

47

47,3

47,5

47,2

15 a 19

10,8

10,8

10,7

10,6

10,5

10,5

10,4

10,3

10,3

10,2

55 o más

6,3

5,7

5,2

4,7

4,5

4,3

4,2

4,1

4,0

4,0

Fuente: Oficina Nacional de Estadística, Projected Population Based on the 1998 Malawi Population and Housing Census.

1.2Indicadores socioeconómicos

La economía del país se caracteriza por una situación de pobreza generalizada. La estrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi (ECDM) indica que la situación de pobreza no ha cambiado en grado significativo en los últimos siete años. La encuesta integrada de hogares de 2004/2005 indica que un 52,4% de la población vive por debajo de la línea de la pobreza. Ello significa que alrededor de 6,3 millones de personas son pobres y que 2,7 millones de malawianos viven en una situación de pobreza extrema o no pueden atender sus necesidades diarias de alimentos recomendadas. Cabe señalar que las zonas rurales son más pobres que las urbanas; la región meridional es la más afectada por la pobreza, seguida por la región septentrional. Las manifestaciones de la pobreza incluyen bajos ingresos, inseguridad alimentaria, un alto grado de malnutrición y una elevada incidencia de enfermedades prevenibles.

La ECDM indica que los hogares encabezados por mujeres son los que se encuentran en peor situación. También indica que, en los últimos siete años, un 30% de los pobres salieron de su situación de pobreza, al tiempo que un 30% de las personas que no eran pobres pasaron a encontrarse en esa situación, lo cual pone de manifiesto que en el país existe una continua vulnerabilidad económica. La evaluación de la vulnerabilidad a la pobreza indica que los principales factores que afectan el grado de pobreza de los hogares son su tamaño, el nivel de educación, el acceso al empleo no agrícola, el acceso al riego, la proximidad a los mercados y centros comerciales, y el acceso a carreteras asfaltadas. Los indicadores de salud han empeorado en los diez últimos años. Durante este período, la cifra de médicos en relación con el número de habitantes se ha reducido a la mitad y la inmunización de los niños también ha bajado, pasando del 82% en 1992 al 64% en 2004. La malnutrición infantil ha permanecido prácticamente invariable desde 1992 y casi la mitad de los niños menores de cinco años registran un retraso en el crecimiento, al tiempo que un 22% de ellos experimentan un gran retraso en éste.

Malawi cumplió todos los requisitos necesarios para alcanzar el punto de culminación en el marco de la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados. Posteriormente se ha cancelado casi un 95% (alrededor de 3.000 millones de dólares de los EE.UU.) de todas las deudas externas. Es este un hito importante, ya que se han puesto a disposición recursos financieros adicionales para destinarlos a otros programas de desarrollo socioeconómico pertinentes.

La economía del país sigue basándose predominantemente en la agricultura, sector que aporta más de un tercio del producto interno bruto (PIB) del país y representa más del 90% de los ingresos de exportación. El sector de los servicios contribuye con un 45,1% del PIB.

La economía de Malawi sigue siendo débil y vulnerable a las crisis externas. Las estadísticas del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI) ponen de manifiesto que el crecimiento económico del país durante el período 2000-2005 fue del 3,4%, en comparación con el 4,2% en el caso del África subsahariana. De manera análoga, y aunque ha venido bajando en los dos últimos años, la inflación continua siendo alta en relación con las cifras regionales, con una tasa del 15% en 2005 frente al 8,9% en el caso del África subsahariana (cifras estadísticas del Banco Mundial y del FMI). Las variaciones de la tasa de inflación del país han seguido de cerca las experimentadas por el régimen meteorológico, los precios internacionales de los combustibles, la oferta de dinero y el tipo de cambio. Las causas de ello incluyen los desfases fiscales; los altos precios de los productos básicos indispensables, como, por ejemplo, los alimentos y el combustible; los insostenibles niveles del saldo de la deuda interna, que han ejercido presión sobre la política monetaria del país, y la depreciación de la moneda nacional. Esa depreciación fue una consecuencia directa del paso de un régimen de tipos de cambio fijos a uno de tipos flotantes. Además, y debido a la deficiente infraestructura física del transporte, la energía y el abastecimiento de agua, se ha registrado una atonía de las inversiones del sector privado, sobre todo en la industria manufacturera.

1.3Estructura política general

Con arreglo a la Constitución, aprobada en 1995, Malawi es un Estado soberano que tiene derechos y obligaciones en virtud del derecho de gentes. La Constitución es la Ley fundamental del ordenamiento del país y, como tal, toda norma legal o legislación que sea incompatible con ella es, en la medida de tal incompatibilidad, inválida.

En virtud de la Constitución, el Estado es una democracia con derechos participativos y representativos. La Carta Magna consagra la doctrina de la separación de poderes entre los órganos del Estado: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. La autoridad jurídica y política de toda persona que ejerza los poderes del Estado se deriva del pueblo y deberá ejercerlos, de conformidad con la Constitución, con el exclusivo propósito de servir a sus intereses y protegerlos. Todas las personas que ejerzan poderes del Estado lo hacen sobre la base del concepto de la confianza, y la autoridad para ejercerlos depende de la continua confianza del pueblo de Malawi, que puede mantenerse mediante una acción de gobierno abierta, responsable y transparente y una elección democrática bien fundada.

El Poder Ejecutivo está integrado por el Presidente, uno o dos Vicepresidentes, un Gabinete y el Fiscal General. Las funciones del Poder Ejecutivo son iniciar políticas y legislación y hacer cumplir las leyes.

El Poder Legislativo está encabezado por el Presidente del Parlamento e incluye el Parlamento, el Secretario del Parlamento y los miembros elegidos de éste. Su función es promulgar leyes, las cuales deben reflejar los intereses del pueblo de Malawi y los valores constitucionales.

La Judicatura es independiente de los poderes ejecutivo y legislativo, y está integrada por el Presidente del Tribunal Supremo de Apelación, los jueces de apelación, los magistrados del Tribunal Superior, los secretarios del Tribunal Supremo y el Tribunal Superior, y los magistrados profesionales y legos. El órgano judicial más alto de casación es el Tribunal Supremo de Apelación; el Tribunal Superior tiene una jurisdicción original ilimitada y una jurisdicción de apelación; la Judicatura también incluye los juzgados de instrucción. Posteriormente se han establecido tres tribunales especializados, a saber: la Sala de lo Mercantil y la Sala de lo Constitucional del Tribunal Superior, y el Tribunal de Relaciones Industriales que está subordinado al Tribunal Superior.

Las funciones de la Judicatura son interpretar y proteger la Constitución en forma independiente e imparcial teniendo en cuenta solamente los hechos y prescripciones jurídicamente relevantes. A la Judicatura se le ha conferido el mandato de promover los valores fundamentales de una sociedad abierta y democrática, tener en cuenta los derechos consagrados en la Constitución, y tomar en consideración las actuales normas de derecho internacional público y de jurisprudencia comparada.

El territorio nacional tiene una superficie de 118 480 km2, de los cuales 24.210 corresponden a agua dulce superficial; el territorio está dividido en cuatro regiones administrativas y 28 distritos.

1.4Marco normativo general para la protección de los derechos de la mujer

La Constitución de 1995 prevé la igualdad de todas las personas ante la ley, así como la protección y el disfrute de los derechos civiles y políticos sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, nacionalidad, origen étnico o social, discapacidad, patrimonio, nacimiento u otra condición.

Con arreglo a la Constitución, todas las personas gozan de la protección del Estado y del reconocimiento de los derechos consagrados en ella, en los instrumentos internacionales y en otras leyes. La Ley fundamental también prevé la aplicación, sin restricciones ni limitaciones, de los derechos y establece los foros a los que se puede recurrir para hacerlos valer. Estos foros incluyen los tribunales, la Comisión de Derechos Humanos y la Oficina del Ombudsman.

Desde el punto de vista institucional, el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño es el mecanismo nacional que tiene el mandato de supervisar la coordinación de todas las iniciativas de desarrollo y la incorporación de una perspectiva de género en ellas, la ejecución de los programas de desarrollo comunitario y la prestación de los servicios de asistencia y protección sociales en Malawi.

El Ministerio tiene cinco departamentos, tres de los cuales se encargan de los servicios técnicos básicos, a saber: Asuntos relativos al Adelanto de la Mujer, Desarrollo Comunitario y Asuntos del Desarrollo del Niño. Los otros dos brindan servicios de apoyo y recursos administrativos, financieros y humanos, y realizan actividades de planificación e investigación.

El Departamento de Asuntos relativos al Adelanto de la Mujer es la secretaría del mecanismo nacional para las cuestiones de género, y se encarga de la promoción de la igualdad entre los géneros y de la coordinación de las cuestiones de género, así como de la incorporación de éstas en todas las políticas, marcos, programas y actividades del Gobierno. El Departamento también se ocupa del fomento de los derechos de la mujer, comprendidos los derechos en materia de salud reproductiva.

1.5Información y publicidad

La introducción de nuevos elementos democráticos que comenzó en los primeros años noventa promueve una sociedad abierta que respeta una cultura de los derechos humanos. La incorporación de las cuestiones de género en las actividades y programas del país se ha llevado a cabo por conducto de varias instituciones estatales, a cuya vanguardia está el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño. Otros organismos gubernamentales tales como la Comisión de Derechos Humanos, la Comisión Jurídica y la Oficina del Ombudsman, así como agentes no estatales de la sociedad civil y organizaciones internacionales también han desempeñado un activo papel en las actividades para abordar las cuestiones de género en toda la sociedad.

La continuación de las bajas tasas de alfabetización de hombres y mujeres impide una educación efectiva en materia de derechos humanos en el país. La utilización del inglés como medio de comunicación en la esfera de esos derechos también ha obstaculizado el logro de progresos a ese respecto.

Malawi sigue desplegando esfuerzos para difundir ampliamente las disposiciones de la Convención en todo el país. Sólo hay una versión de la Convención traducida oficialmente, pese a la existencia de múltiples idiomas y dialectos locales. Sigue planteando un desafío el empleo de idiomas y métodos que promuevan el acceso de las comunidades rurales al texto de la Convención a fin de descubrir, practicar, proteger y ejercer sus derechos humanos.

En fecha reciente el Gobierno ha establecido el Departamento de Educación Cívica, adscrito al Ministerio de Información. El mandato del Departamento es coordinar todas las iniciativas referentes a la producción y difusión de material informativo, didáctico y en materia de comunicaciones sobre las políticas y programas gubernamentales encaminados a garantizar su relevancia y exactitud, así como su máxima divulgación.

Se prevé además que el Departamento de Educación Cívica prestará asistencia para la publicación, simplificación y promulgación de la Convención, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y su Protocolo sobre los Derechos de la Mujer en África, la Plataforma de Acción de Beijing, y el protocolo de la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo (SADC) sobre el género y el desarrollo pendiente de aprobación, entre otros instrumentos pertinentes, en colaboración con el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño.

1.6La Convención y las leyes internas

Desde el examen en 2006 de los informes combinados, se han llevado a cabo varias reformas legislativas encaminadas a incorporar las disposiciones de la Convención al derecho interno. Las reformas han sido iniciadas tanto por el sector público como por el sector no público.

Revisión de la Constitución

El Gobierno aprobó la propuesta de la Comisión Jurídica para revisar la Constitución en 2004. La Comisión Jurídica especial, encargada de llevar a cabo el proceso correspondiente, inició seriamente su labor en 2006. El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo el Niño contribuyó en grado considerable al proceso de revisión mediante la elaboración de un amplio documento de posición en el que se formulaban varias recomendaciones relativas a la mujer, fuera cual fuere su edad. En el documento de posición se tuvieron plenamente en cuenta las recomendaciones hechas por el Comité acerca de los informes combinados de Malawi. La mayoría de las propuestas contenidas en ese documento eran análogas a las formuladas por otras partes directamente interesadas y han sido discutidas por la Comisión Jurídica.

Una de las disposiciones puestas de relieve como problemáticas es el artículo 23 de la Constitución que establece la edad de un niño, a los efectos del artículo, en 16 años. El Ministerio tomó en consideración la vulnerabilidad de las niñas y propuso que la mayoría de edad se elevara a 18 años, a fin de armonizar la disposición con lo previsto en la Convención sobre los Derechos del Niño. La propuesta tiene en cuenta una característica concreta de los niños malawianos, que, en gran parte, son menores de 18 años, siguen asistiendo a la escuela secundaria y necesitan la protección de la ley como niños. La Comisión Jurídica ha tenido presente esta cuestión y propone que la mayoría de edad se fije en 18 años.

El proceso de reforma de la Constitución también comprendió el examen de su artículo 22, relativo a la familia y el matrimonio. Varias partes directamente interesadas señalaron que la Constitución no era muy clara en lo tocante a la edad mínima para contraer matrimonio. En virtud del artículo 22, una persona que haya cumplido los 18 años de edad puede contraer nupcias sin contar con el consentimiento de sus padres; las personas de edad comprendida entre 15 y 18 años deben obtener ese consentimiento antes de contraerlo, y el Estado está obligado a “desalentar” los matrimonios en los que una de las partes tenga menos de 15 años. Muchos comentaristas arguyen que en Malawi no se ha fijado ninguna edad mínima para casarse. También se ha sostenido que los matrimonios en los que uno o ambos contrayentes tienen menos de 15 años sólo pueden ser desalentados por el Estado, pero que no están prohibidos.

La mayoría de las propuestas presentadas a la Comisión Jurídica acerca de la cuestión de la edad mínima para contraer matrimonio indicaban que esa edad debería elevarse a 18 años, de conformidad con las normas internacionales sobre la definición del término “niño”. La Comisión Jurídica recomendó pues que la edad mínima para contraer matrimonio con el consentimiento de los padres o tutores se elevara a 18 años y recomendó además que, una vez cumplidos los 21 años, se permitiera contraerlo sin el consentimiento de los padres.

El proceso de revisión de la Constitución concluyó en 2007 y las recomendaciones y el proyecto de ley de enmienda se han sometido a la consideración del Gabinete. Se espera que el Parlamento pueda examinar esas recomendaciones durante 2008.

Normas consuetudinarias

Hasta la fecha ha habido dos programas que fueron iniciados para abordar las normas consuetudinarias incompatibles con las disposiciones de la Convención; se trata del programa de reforma legislativa en relación con las cuestiones de género y el programa de elaboración de normas legales sobre el VIH/SIDA.

En el marco del programa de reforma legislativa en relación con las cuestiones de género se han examinado las prácticas culturales y tradicionales que denigran a la mujer simplemente por motivos de género y estado civil; se ha comprobado que esas prácticas producen efectos perjudiciales. La Comisión sobre las Cuestiones de Género también ha señalado que, con frecuencia, las mujeres no participan en tales prácticas por voluntad propia, sino que se ven obligadas a hacerlo a causa del desequilibrio inherente en las relaciones de poder entre el hombre y la mujer. La Comisión ha estimado que deberían eliminarse y prohibirse las prácticas que discriminen contra la mujer simplemente por motivos de género y estado civil.

Al elaborar el programa de formulación de normas legales sobre el VIH/SIDA también se examinaron algunas prácticas culturales y sociales a la luz de esta pandemia. Se señaló que en Malawi, como en muchos otros países, el VIH y el SIDA han producido mayores efectos sobre las mujeres que sobre los hombres. Las mujeres constituyen el mayor número de víctimas del flagelo que representan esas enfermedades. La Comisión Nacional de Lucha contra el SIDA (CNLS) ha calculado que el número total de personas infectadas por el VIH en 2008 es de 898 888, de las cuales las mujeres de más de 15 años de edad representan un 53%. El riesgo de contraer el VIH en el caso de las personas menores de 25 años es a todas luces más grande en el caso de las niñas y las mujeres que en el de los niños y los hombres.

Las mujeres también soportan la mayor parte de la carga que representa el cuidado de los enfermos de SIDA. La Comisión también ha examinado las prácticas culturales y sociales en el contexto de su contribución a la propagación del VIH/SIDA. El programa correspondiente concluido en fecha reciente también ha formulado recomendaciones para que se prohíban algunas prácticas perjudiciales que propagan la infección por VIH. La Comisión Jurídica ha analizado, en el marco de diversos programas de examen, ciertas normas legales que codifican el derecho consuetudinario. En algunos casos, ha recomendado que se prohíban las normas consuetudinarias y las prácticas perjudiciales. La Comisión ha concluido un estudio de la legislación sobre la sucesión, el matrimonio y el divorcio en la que se codifican algunas de estas normas.

Violencia contra la mujer

La violencia de género es un problema persistente con que se enfrentan las mujeres y niñas en Malawi. Esa violencia refuerza la subordinación de la mujer y promueve asimismo los abusos sexuales que dan lugar a lesiones, infección por el VIH y embarazos no deseados. En 2004, un 28% de las mujeres, a la edad de quince años, y un 13% de las mujeres casadas habían sido objeto de violencia física. Las parejas íntimas, como los maridos, suelen ser los principales autores de esa violencia, y sus formas más comunes incluyen bofetadas y malos tratos (16%), así como relaciones sexuales forzadas o violación por el marido (13%).

A causa de ello, el Gobierno heredó un proceso, a cuyo frente estaba la sociedad civil, que se tradujo en la promulgación, en abril de 2006, de la Ley de prevención de la violencia en el hogar. Aunque la Ley está efectivamente en vigor, hay varias esferas que requieren un mayor desarrollo para que sus disposiciones sean plenamente operativas. El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño es consciente de las lagunas que existen en la Ley y se está esforzando en revisarla.

La elaboración del Estatuto sobre la igualdad entre los géneros y el proyecto de ley sobre la trata de personas tienen también por finalidad poner coto a los incidentes y casos de violencia de género que se han manifestado en formas tales como el acoso sexual, sobre todo en el lugar de trabajo, la violencia contra la mujer por razones culturales que promueve la discriminación y el contagio de la infección del VIH, y la explotación sexual como consecuencia de la trata de personas y otros medios violentos.

En relación con las políticas, el Gobierno adoptó la estrategia nacional para luchar contra la violencia por motivos de género (2002-2006) y la Respuesta nacional a la violencia basada en el género (2007-2011).

Ley de sucesión

El Gobierno también emprendió la reforma de la Ley de testamentos y sucesión y recomendó la aprobación de un proyecto de ley sobre la sucesión de personas fallecidas (testamentos, herencia y protección). Este proyecto de ley deroga completamente todas las normas consuetudinarias relativas a la sucesión. De especial importancia para la mujer en el marco de este programa es la abolición de las prácticas discriminatorias entre la niña y el niño en materia de herencia. Con arreglo a la normativa actual, al contraer matrimonio una hija hereda menos que un hijo. Esta disposición se consideró discriminatoria, sobre todo por que la Ley de matrimonio es actualmente lo bastante flexible para permitir incluso que lo contraigan las adolescentes de 15 años.

El Gobierno también recomendó que, como excepción a la norma de discriminación, los niños de menor edad recibieran una mayor proporción de la herencia, en consonancia con las mayores necesidades de esos niños. Se recomendó asimismo que la primera parte en la distribución de una sucesión se asignara a la “familia inmediata”, que se ha definido como la que comprende el cónyuge supérstite y los hijos. Ello garantizaría que los derechos de propiedad de las mujeres y los hijos estuvieran mejor protegidos, en comparación con el actual sistema de sucesión basado en las normas consuetudinarias en la materia.

Otra recomendación era en el sentido de que todos los hijos se beneficiasen de la sucesión de un progenitor fallecido, independientemente de las circunstancias de su nacimiento.

El Gobierno, por conducto del Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño, ha logrado grandes progresos en lo tocante a la amplia difusión de esas recomendaciones y a las actividades de cabildeo con respecto a los Miembros del Parlamento a fin de asegurar que las acepte para su promulgación en 2008.

Proyecto de ley sobre el matrimonio, el divorcio y las relaciones familiares

La revisión de las normas legales sobre el matrimonio y el divorcio constituyó la segunda fase del programa de reforma legislativa en materia de género. Las leyes y disposiciones legales objeto de revisión fueron la Ley de matrimonio, la Ley de inscripción del matrimonio africano (ritos cristianos), la Ley sobre los asiáticos (matrimonio, divorcio y sucesión), la Ley de divorcio, la Ley de pensión alimenticia de las mujeres casadas y la Ley de órdenes relativas a la pensión alimenticia (aplicación), así como las normas consuetudinarias sobre el matrimonio y el divorcio.

La Comisión Jurídica recomendó la derogación de todas estas leyes y normas y la promulgación en su lugar de un nuevo proyecto de ley titulado “Proyecto de ley relativo al matrimonio, el divorcio y las relaciones familiares”. La Comisión Jurídica ha recomendado que el proyecto de ley propuesto prohíba la poligamia, a causa de su efecto discriminatorio y de las consecuencias negativas que tiene para la mujer. En el proyecto de ley se reconoce que a veces se registra una negligencia maliciosa de la mujer y los hijos durante la existencia del matrimonio y no simplemente después del divorcio o durante el proceso de separación. A este respecto, se ha recomendado la aprobación de disposiciones concretas sobre el bienestar de la mujer y los hijos, tanto en términos de la pensión alimenticia como en lo que concierne a dar al hijo inteligente y con criterio la oportunidad de expresar sus opiniones sobre las cuestiones relacionadas con la custodia.

Estatuto sobre la igualdad entre los géneros

La elaboración de un régimen legal sobre la igualdad entre los géneros es la última fase del programa de reforma de la legislación relativa a las cuestiones de género, que también abarca directamente el tema de la derogación de las normas consuetudinarias que producen efectos negativos sobre la mujer y el niño. El proyecto de ley propuesto tiene por finalidad prohibir las prácticas consuetudinarias y tradicionales que conculcan los derechos de las mujeres y los niños. Esas prácticas promueven actividades sexuales que se imponen a las mujeres como prácticas independientes o como parte de otros ritos o prácticas.

Proyecto de ley de registro nacional

El proyecto de ley de registro nacional tiene por finalidad introducir la inscripción obligatoria de todos los nacimientos y defunciones, y la expedición de números y tarjetas de identidad a todos los malawianos de más de 16 años de edad, así como la inscripción oficial de todas las personas no malawianas que residan en el país. El proyecto de ley también establecerá la base jurídica para la creación de una oficina nacional de registro encargada de la elaboración, coordinación y aplicación de un sistema nacional de registro e identificación. Los órganos de este sistema llegarán hasta el nivel de aldea, donde se efectuará la inscripción en el registro civil.

La aprobación del proyecto de ley de registro nacional entraña importantes consecuencias para la mujer. Se espera que, tras el establecimiento del sistema, entre otras cosas, le resultará más fácil al Gobierno tomar medidas orientadas concretamente en favor de la mujer y ejecutar diversos programas con un mejor conocimiento de los distintos grupos de edad y las diversas poblaciones.

Otra finalidad de la medida es derogar la actual legislación sobre la inscripción de nacimientos y defunciones en el registro civil. El proyecto de ley, que se ha presentado anteriormente al Parlamento, no ha sido debatido y se prevé someterlo a la consideración de este órgano en 2008.

Proyecto de ley del niño (cuidado, protección y justicia de menores)

La Ley sobre la infancia y las personas jóvenes se revisó en respuesta a una exposición del Grupo parlamentario sobre la mujer y el niño acerca de la necesidad de enmendar ciertos aspectos de la legislación sobre filiación. Se señaló que esta legislación también entrañaba consecuencias para las mujeres, en particular las niñas. El proceso de revisión se finalizó en 2005 y dio lugar a la preparación de un informe sobre las conclusiones y recomendaciones de la Comisión Jurídica, que incluía un anteproyecto de ley titulado “Proyecto de ley del niño (cuidado, protección y justicia de menores)”.

Este proyecto de ley constituye un intento significativo para incorporar las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño al derecho interno, en la medida en que este instrumento rebasa las cuestiones del sistema de justicia de menores para incluir asuntos relacionados con los deberes y responsabilidades de los padres hacia sus hijos; la identificación de los niños que necesitan cuidado y protección; el régimen de tutela; la adopción y acogida en hogares; la colocación en una residencia; las facultades y deberes de los tribunales de menores en los asuntos ligados al cuidado y la protección; los derechos y funciones de las autoridades locales con respecto al sistema de justicia y protección de menores, y la protección del niño contra las prácticas inadmisibles.

Proyecto de ley sobre el VIH/SIDA (prevención y gestión de la lucha)

La formulación de legislación sobre el VIH/SIDA fue una respuesta a un flagelo creciente de dimensión multisectorial cuyos efectos se dejaban sentir, entre otras, en las esferas económica, jurídica, social, política, sicológica y de los derechos humanos.

Las principales instituciones del sector a nivel gubernamental son la Comisión Nacional de Lucha contra el SIDA (CNLS), una fundación pública, y el Departamento de Nutrición, VIH y SIDA, que actúa en el marco de la Oficina del Presidente y el Gabinete.

Los efectos desproporcionados de la pandemia sobre las mujeres y las niñas ilustran la omisión de las consideraciones de género en la aplicación de los derechos de los miembros de la sociedad. La inseguridad económica obliga a las mujeres a tener un comportamiento de alto riesgo, sin opción alguna para poder tener relaciones sexuales sin riesgo. A este respecto, la propuesta de ley tiene por objeto reducir las repercusiones de la pandemia en las mujeres. El Gobierno ha observado que éstas se ven fuertemente afectadas como personas infectadas y que la mayoría de las prácticas culturales y sociales que dan lugar a la propagación de la infección por VIH producen mayores efectos sobre la mujer.

Por consiguiente, la normativa propuesta prohíbe ciertas prácticas culturales que se sabe aumentan la probabilidad de infectar a otras personas con el VIH. También se ha observado que la pandemia produce efectos secundarios, inclusive la pérdida de bienes, el estigma social y la discriminación contra las personas infectadas, y que se ha legislado contra los vicios.

Proyecto de ley sobre la trata de personas

El Gobierno observó que Malawi era un país de origen, tránsito y destino de victimas de la trata de personas e inició la formulación de legislación para combatir este fenómeno. Las cuestiones relacionadas con la trata de niños se habían abordado en el marco de una iniciativa anterior para promulgar legislación sobre los asuntos relativos a los niños durante la revisión de la Ley de la infancia y las personas jóvenes.

También se observó que en el país existía una trata de personas, tanto externa como interna, para fines laborales y de explotación sexual. Ha venido aumentando el número de incidentes de extracción de órganos, especialmente órganos sexuales.

El Gobierno prevé que el proyecto de ley contra la trata de personas proporcionará protección legislativa a las víctimas, permitirá prevenir el fenómeno, enjuiciar a los autores de la trata y promover la cooperación de Malawi con otros Estados en la lucha contra esa lacra.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos de América incluía hasta fecha reciente a Malawi entre los países del nivel 1, lo cual significaba un reconocimiento de las iniciativas del país para poner término a la trata de personas.

En un examen reciente se ha rebajado a Malawi al nivel 2, a causa, entre otros motivos, de no castigar en medida suficiente a los autores de esa trata. El Gobierno ha tomado nota de las lagunas existentes en varios textos legislativos actuales y ha puesto de relieve la importancia de elaborar legislación específica sobre la trata de personas; además sigue utilizando los textos legislativos actuales, como, por ejemplo, la Ley de empleo y el Código Penal para poner coto a la trata de personas.

1.7La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y las políticas y programas nacionales

Estrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi (ECDM)

La ECDM es la estrategia general del país para el quinquenio de 2006-2011. Se trata de un único documento de referencia para los responsables de formular políticas a nivel de la administración pública, el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil, los asociados para el desarrollo y el público en general. La ECDM tiene por finalidad transformar a Malawi de un país predominantemente importador y consumidor en una economía predominantemente manufacturera y exportadora.

El objetivo básico de la ECDM es reducir la pobreza mediante un crecimiento económico sostenible y el desarrollo de la infraestructura. La estrategia abarca seis esferas prioritarias que definen la orientación del país durante un período de cinco años. Estas esferas incluyen la agricultura y la seguridad alimentaria; el riego y el desarrollo de los recursos hídricos; el desarrollo de la infraestructura del transporte; la generación y suministro de energía; el desarrollo rural integrado, y la prevención, gestión y tratamiento de los trastornos de la nutrición, el VIH y el SIDA.

También se persigue en las seis esferas prioritarias la finalidad de acelerar la consecución de otras metas tales como los Objetivos de Desarrollo del Milenio y, a este respecto, se reconoce en ellas la importancia de otros sectores críticos como la salud, la educación, las cuestiones de género, el medio ambiente y la gobernanza. La ECDM se basa en la estrategia de crecimiento económico de Malawi, en la que se subraya la necesidad de crear un entorno favorable para las inversiones del sector privado. Dichas esferas se han conformado en torno a cinco amplios temas, a saber, el crecimiento económico sostenible, la protección social, el desarrollo social, el desarrollo de la infraestructura y una mejor gobernanza. Se ha calculado el costo de todas las actividades contempladas en el contexto de estos temas y se han tenido en cuenta los limitados recursos disponibles.

Política nacional sobre cuestiones de género

La política inicial sobre cuestiones de género expiró en 2005 y, el Gobierno ha finalizado el examen de la política en esta esfera para el período 2005-2010. El programa nacional sobre cuestiones de género, que se elaboró con miras a reanudar la aplicación de la política que había expirado seguirá en vigor hasta 2009.

El objetivo general de la política sobre cuestiones de género revisada es incorporar una perspectiva de género en el proceso de desarrollo del país a fin de incrementar la participación de los hombres, mujeres, niños y niñas en él con miras a lograr un desarrollo sostenible y equitativo.

Esa política también tiene la finalidad de hacer frente a los principales desafíos actuales y los problemas emergentes que incluyen el VIH/SIDA, la violencia de género, la trata de personas, una mayor degradación ambiental y altos niveles de pobreza, aspectos todos que tienen una dimensión de género.

Aparte de la Convención, la política nacional revisada sobre cuestiones de género se ha inspirado también en la Conferencia sobre Derechos Humanos de Viena de 1993, la Declaración de la SADC sobre el género y el desarrollo, de 1997, el proyecto de protocolo de la SADC sobre el género y el desarrollo y el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los Derechos de la Mujer en África.

Los ocho temas normativos de la política revisada comprenden las cuestiones de género, la alfabetización, la educación y la capacitación; el género y la salud reproductiva; la agricultura, la seguridad alimentaria y la nutrición; la ordenación de los recursos naturales y el medio ambiente; la gobernanza y los derechos humanos; la erradicación de la pobreza y el empoderamiento económico; el género y el VIH/SIDA, y la violencia contra la mujer.

Política nacional sobre el VIH/SIDA y marco estratégico nacional (MEN) para el VIH/SIDA

En 2003 La CNLS formuló un plan de aplicación del MEN y una política nacional sobre el VIH/SIDA que incorpora la mayoría de los actuales principios de la política internacional y establece el marco administrativo y jurídico de todos los programas e intervenciones encaminados a reducir las infecciones y la vulnerabilidad, mejorar el tratamiento y la prestación de cuidado y apoyo a las personas que viven con el VIH, así como mitigar los efectos socioeconómicos de la epidemia. Al expirar el período del MEN, se elaboró un marco de acción nacional para el VIH/SIDA (2005-2009) (MAN), a fin de proseguir la respuesta oportuna y eficaz en el plano nacional a la pandemia durante los cinco años siguientes. El MAN también comporta elementos relacionados con el cuidado y atención de los huérfanos y niños vulnerables en el contexto de la mitigación de los efectos de la enfermedad.

En cuanto al marco institucional, el Gobierno estableció en 2004 el Departamento de Nutrición, VIH y SIDA, adscrito a la Oficina del Presidente y el Gabinete. El Departamento desempeña funciones de supervisión de la respuesta nacional al VIH/SIDA, mientras que la CNLS sigue siendo la institución encargada de las actividades de ejecución.

Las actividades llevadas a cabo por la CNLS están en consonancia con el MAN, en el cual se han identificado ocho esferas prioritarias para el quinquenio, a saber: prevención y cambio del comportamiento; tratamiento, atención médica y apoyo; mitigación de los efectos; repercusiones económicas y psicosociales; integración de las actividades, asociaciones y alianzas y fomento de la capacidad; seguimiento y evaluación; investigación; movilización, fiscalización y utilización de recursos, y coordinación de las políticas nacionales y planificación de programas. El MAN prevé aprovechar los recursos disponibles para reducir la prevalencia de VIH/SIDA y proporcionar tratamiento, cuidados y apoyo a las personas que viven con el VIH/SIDA y a todas las que se ven afectadas por la epidemia, especialmente los huérfanos, los niños vulnerables, las viudas y viudos y las personas de edad.

Plan de acción nacional en favor de los huérfanos y otros niños vulnerables, 2005-2009

El plan de acción nacional en favor de los huérfanos y otros niños vulnerables, elaborado por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño, es una respuesta estratégica para garantizar que se respeten plenamente los derechos de esos huérfanos y niños, velando por mitigar los efectos del VIH/SIDA. El plan de acción lo inauguró en 2005 el Presidente de la República el Día del Niño Africano y puso de manifiesto el decidido empeño del Gobierno en alcanzar los objetivos en materia de VIH/SIDA previstos por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su periodo extraordinario de sesiones con respecto a los huérfanos y otros niños vulnerables. El plan de acción también trata de hacer realidad algunos de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Las seis esferas estratégicas del plan de acción son las siguientes:

•Aumento del acceso de los huérfanos y otros niños vulnerables a unos servicios básicos de calidad en los sectores de la educación, la salud, la nutrición, el abastecimiento de agua y el saneamiento, y la inscripción de nacimientos en el registro civil, con un mayor apoyo de las redes de protección social;

•Fortalecimiento de la capacidad de las familias y comunidades para cuidar a los huérfanos y otros niños vulnerables;

•Establecimiento del marco jurídico y la coordinación requeridos para proteger a los niños más vulnerables;

•Fomento de la capacidad técnica, institucional y de los recursos humanos de los principales proveedores de servicios para los huérfanos y otros niños vulnerables;

•Aumento de la concienciación a todos los niveles a fin de crear un entorno propicio para los niños y los hogares afectados por la pobreza y el VIH/SIDA, y

•Realización de actividades de seguimiento y evaluación.

Hasta la fecha, el plan de acción nacional ha sido sumamente eficaz, aunque se han registrado algunos problemas de poca importancia en el caso de las organizaciones basadas en la comunidad, que siguen necesitando cierto aumento de su capacidad y alguna capacitación a fin de coordinar mejor sus actividades.

Política educacional

El Ministerio de Educación y Formación Profesional está ejecutando actualmente su segundo plan de educación, conocido por el nombre de “marco normativo y de inversión (MNI)”. El MNI inicial era un plan decenal para el periodo 1995-2005. La introducción de la enseñanza primaria gratuita sigue siendo el logro más significativo del MNI. Pese a la falta de una planificación estratégica y a una asignación presupuestaria insuficiente, y por lo tanto insuficientes actividades de ejecución, el establecimiento del MNI fue una medida acertada.

En la actualidad está en marcha un MNI revisado que abarca el período 2005-2012. Este MNI tiene por finalidad, entre otras cosas, hacer frente a los desafíos planteados desde la introducción de la política de enseñanza primaria gratuita en 1994. Con ayuda del Marco, el Gobierno proyecta desarrollar e impartir educación básica de calidad a todos los niños, en el contexto de una asociación efectiva con las partes interesadas competentes.

En el MNI se ha previsto alcanzar varias metas en el sistema educacional. En su contexto, se proyecta aumentar el acceso de todos a las oportunidades educativas a los distintos niveles del sistema. El objetivo que se persigue es incrementar la tasa neta de escolarización al 95% en todos los distritos para el año 2015. Al nivel de la enseñanza secundaria, la intención es aumentar la tasa bruta de escolarización desde el actual 18% de la cohorte de edades pertinente al 30%. Al nivel de la enseñanza superior el objetivo es elevar la participación de la cohorte de edades pertinente en las instituciones docentes del actual 0,3% al 1%.

La estrategia del MNI trata de reducir al mínimo las compensaciones recíprocas entre esos subsectores, al tiempo que se atribuye la máxima prioridad al progreso acelerado hacia la enseñanza primaria general porque ésta produce los máximos beneficios sociales de las inversiones correspondientes: una mayor población económicamente activa, bien informada, con un mejor estado de salud y más participativa. Reconociendo estas ventajas, en el MNI se propone la adopción de medidas para mitigar los problemas de la baja asistencia a la escuela, la deficiente escolarización, la repetición de cursos y el abandono de los estudios a todos los niveles del sistema. En la esfera de la enseñanza primaria, en la que son especialmente agudos esos problemas, el MNI propone estrategias, que contribuyan a reducir las tasas de repetición y abandono a menos del 5% en los grados primero a séptimo, y a menos del 10% en el octavo grado.

En el MNI también se subraya la necesidad de velar por que el sistema educacional no acreciente las desigualdades ya existentes entre grupos sociales y entre las distintas regiones. En el Marco se identifican estrategias, inclusive planes de becas, para aumentar la participación de las niñas y mujeres, los niños con necesidades especiales y de otros jóvenes desfavorecidos, así como de las comunidades rurales a todos los niveles del sistema educacional. En la enseñanza primaria, secundaria y superior, la intención es incrementar la participación femenina hasta al menos un 50%.

Al aplicar el MNI, el Ministerio formuló un plan decenal para el sector de la educación, cuya ejecución se inició en 2007. El plan establece estrategias concretamente orientadas hacia los distintos temas del MNI en todos los sectores educacionales, desde la enseñanza básica hasta la superior, incluida la formación profesional.

Políticas en materia de nutrición y seguridad alimentaria

En 2005, el Gobierno elaboró una Política nacional en materia de nutrición, 2006-2011 (que también comprende una política sobre seguridad alimentaria que llevará a efecto el Ministerio de Agricultura), la cual será aplicada por el Departamento de Nutrición, VIH y SIDA de la Oficina del Presidente y el Gabinete. A fin de superar las deficiencias de las anteriores políticas relativas a la nutrición, esta Política tiene por finalidad reducir los trastornos de la nutrición prevalecientes y asegurar que todos los malawianos tengan un mejor estado nutricional para poder contribuir eficazmente al crecimiento económico y el desarrollo. Para aplicar la Política se ha elaborado el programa nacional de nutrición (2006-2011), para el cual ha servido de guía el plan normativo y estratégico en materia de nutrición (2006-2011); el programa está respaldado por el plan de comunicación (2006-2011), como instrumento para la prestación de servicios a todos los niveles. Para alcanzar el objetivo de la Política en materia de nutrición, en el plan de actividades relacionadas con la nutrición y el VIH/SIDA (2006-2011) se describen las funciones y responsabilidades de todas las partes directamente interesadas.

En el marco de la política actual se hace frente a un gran desafío en lo que respecta al estado nutricional de la población de Malawi. La meta general de esa política es mejorar en grado significativo el estado nutricional de todos los malawianos, con especial hincapié en los grupos vulnerables, en particular las madres embarazadas y lactantes, los niños menores de15 años, los huérfanos, las personas discapacitadas, los ancianos y las personas que viven con el VIH.

Como se señala en la Política, el retraso en el crecimiento de los niños menores de cinco años es del 56%, la emaciación del 5% y el peso inferior al normal del 22%; la malnutrición en el caso de los adultos es del 25 al 36%; la obesidad registra un 25% en las zonas urbanas, un 12% en las zonas rurales y un 7% entre los niños a nivel nacional. En cuanto a los micronutrientes, la deficiencia de vitamina A es del 80% en el caso de los niños en edad preescolar, del 38% en el de los niños en edad escolar, del 57% en el de las mujeres en edad de procrear y del 38% en el de los hombres. La deficiencia de hierro afecta al 73% de los niños en edad preescolar, al 54% de los niños en edad escolar, al 44% de las mujeres en edad de procrear y al 47% de las mujeres embarazadas. Por otra parte, el 17% de los hombres sufren de anemia. Los trastornos relacionados con la deficiencia de yodo son también comunes y se calcula que el cretinismo registra una tasa del 3%; la deficiencia de yodo en la orina es del 50% en los niños en edad escolar y el 87% de los niños tienen un bajo coeficiente de inteligencia en las zonas con alta deficiencia de este elemento.

Programas y proyectos

El Gobierno ha estado ejecutando varios programas y proyectos encaminados a aplicar las disposiciones de la Convención.

Plan de protección social

La protección social se ha reconocido concretamente como segundo tema de la estrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi (ECDM). Esta protección está incorporada en políticas y prácticas que protegen y promueven los medios de subsistencia y el bienestar de la población más pobre y vulnerable.

El sistema de remesas en efectivo con fines sociales comenzó en abril de 2006, cuando se diseñó y ensayó en el distrito de Mchinji la metodología de un plan piloto de remesas. El plan piloto se ejecutó a partir de septiembre de 2006. El plan tenía por objeto reducir la pobreza, el hambre y la inanición de todas las familias que vivían en la zona piloto y se encontraran en una situación de extrema pobreza, y, al mismo tiempo, sufrieran de escasez de trabajo; desempeñar un papel en la estrategia de protección contra el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades debilitantes; aumentar la escolarización y la asistencia a la escuela de los niños de las familias de los grupos objetivo, así como invertir en actividades que promovieran su salud y su estado nutricional; generar información sobre la viabilidad, los costos y los beneficios, y sobre los efectos positivos y negativos de un plan de remesas en efectivo con fines sociales como componente de un programa de protección social para el país.

En 2007, el Gobierno inició la elaboración de una política y un programa de protección social. Reconoció que, para formular un programa de amplio alcance, era necesario extraer importantes enseñanzas de los programas de protección social ya existentes. El plan de remesas en efectivo con fines sociales se está ejecutando con carácter experimental en los distritos de Mchinji, Salima, Likoma, Machinga y Mangochi, a través de las asambleas de distrito.

Antes de la introducción del plan piloto, la organización no gubernamental Concern Worldwide estaba ejecutando un plan de remesas en efectivo con fines humanitarios encaminados a entregar dinero en lugar de ayuda alimentaria. Esta iniciativa se puso en marcha en el distrito de Dowa.

Los beneficiarios del plan se determinan con arreglo a dos criterios: que vivan en una situación de extrema pobreza y que sufran de escasez de trabajo. Las categorías que abarca el concepto de familias en situación de extrema pobreza y con limitaciones laborales son los ancianos, las personas de edad con huérfanos o niños vulnerables, los hogares encabezados por mujeres con más de tres niños huérfanos, las personas que sufren de enfermedades crónicas, las personas discapacitadas y los hogares cuyo cabeza de familia es un niño.

Las personas en situación de extrema pobreza son las que viven por debajo de la línea de la pobreza, y se caracterizan por tener solamente una comida al día, no poder adquirir los artículos no alimentarios indispensables como jabón, ropa y utensilios escolares, y carecer de bienes de valor. Los hogares con limitaciones laborales son los que no tienen al menos un miembro de la familia sano, del grupo de edad de 19 a 64 años, que es apto para el trabajo, o los que tienen un miembro de la familia del grupo de edad de 19 a 64 años apto para el trabajo que debe cuidar a más de tres familiares a cargo.

La remesa en efectivo mensual varia según el tamaño de la familia y tiene en cuenta el hecho de que ésta tenga hijos matriculados en la enseñanza primaria o secundaria, a saber:

•Hogar con 1 solo miembro: 600 kwachas malawianos;

•Hogar con 2 miembros: 1.000 kwachas;

•Hogar con 3 miembros: 1.400 kwachas, y

•Hogar con 4 o más miembros 1.800 kwachas.

En el caso de los niños matriculados en la escuela primaria se agrega una prima de 200 kwachas y en el de los que asisten a la escuela secundaria una de 400 kwachas. Esta prima tiene por objeto alentar la matriculación escolar y la permanencia en la escuela, así como servir de inversión en el estado de salud y de nutrición de los niños, y como medio para protegerlos contra la explotación y el abuso, como, por ejemplo, el trabajo infantil y el matrimonio precoz.

En la actualidad 2.442 familias se benefician del plan piloto, con un total de beneficiarios de 11.170. De éstos, 7.480 son niños, 6.013 de los cuales son huérfanos. De la cifra de familias, 1.604 están encabezadas por personas de edad, mientras que 34 tienen a un niño como cabeza de familia y 1.585 son hogares encabezados por mujeres.

La cuantía de la remesa depende del tamaño de la familia y del número de niños que asisten a la escuela. Los efectos de la remesa sobre el bienestar de los miembros de la familia, especialmente los niños, han sido significativos. Actualmente a los niños se les baña y alimenta, van a la escuela y tienen acceso a alimentos más nutritivos y a servicios de salud. Un componente fundamental del programa nacional de protección social será un plan para prestar asistencia a un 10% de las familias más pobres del país. Las proyecciones indican que dentro de 10 años podrán beneficiarse del plan hasta 250 000 familias.

El Gobierno prevé que las remesas de dinero en efectivo contribuirán a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio; a hacer frente a la pobreza y la falta de ingresos; a mejorar la nutrición y promover el empoderamiento de la mujer, así como a unas relaciones más equilibradas entre los géneros.

Protección de la mujer y el niño

En 2005, el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del niño elaboró un proyecto para poner fin a la violencia contra los niños y a su explotación, el cual se está ejecutando con gran éxito. El proyecto tiene por finalidad crear un entorno que proteja a los niños, con especial hincapié en los más vulnerables, mediante actividades de protección, prevención y rehabilitación. La mayor toma de conciencia del problema ha dado lugar a que se notifiquen más casos de abuso de los niños; el Ministerio está actualmente formulando una política de protección de la infancia.

Mecanismos de coordinación de políticas

La coordinación de las políticas y actividades relativas a los derechos de la mujer está a cargo del Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño. Anteriormente, las limitaciones de la capacidad de este organismo afectaron el logro de una coordinación eficaz. Sin embargo, durante el período que se examina se han realizado notables progresos hacia la consecución de una coordinación eficaz a distintos niveles. El Departamento de Asuntos de la Mujer del Ministerio coordina los programas de protección y derechos de las mujeres. A fin de reducir las limitaciones de la capacidad del Ministerio, la labor de coordinación está dirigida por varias redes, como la red de coordinación de las cuestiones de género a nivel de las organizaciones no gubernamentales. Esta red está integrada por organizaciones no gubernamentales que se ocupan de esas cuestiones.

Las funciones de los distintos miembros de la red están coordinadas por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño y, en general, están bien definidas, y cada uno de ellos desempeña el papel que está más en consonancia con su ámbito de acción.

También ha sido un problema la reunión de datos sobre las cuestiones relativas a los derechos de la mujer. La Comisión de Derechos Humanos de Malawi está tratando de colmar la brecha de datos mediante la coordinación de varias partes directamente interesadas a fin de reunir información sobre distintos grupos vulnerables. También en este caso, las actividades se desarrollarán en estrecha cooperación con dicho Ministerio a fin de evitar toda duplicación de esfuerzos.

Aunque el Ministerio ha tratado de superar sus propias limitaciones financieras en relación con las actividades de coordinación utilizando dichas redes, su capacidad efectiva sigue siendo limitada. El presupuesto ordinario de la Tesorería del Estado, especialmente para otras operaciones recurrentes, destinado al Ministerio ha venido disminuyendo constantemente en los últimos cinco ejercicios económicos. El presupuesto ordinario global disminuyó de 412 millones de kwachas malawianos en 2002/2003 a 173 millones en 2005/2006. La financiación de otras operaciones recurrentes bajó de 312 millones de kwachas en 2002/2003 a 73 millones en 2005/2006. En el caso del ejercicio económico de 2006/2007, el tope de la financiación del Ministerio con cargo al presupuesto ordinario se fijó en 207 millones de kwachas y el correspondiente a otras operaciones recurrentes en 81 millones.

La asignación presupuestaria para los programas sobre la mujer a nivel de la administración local es un problema que afecta a la aplicación de las disposiciones de la Convención. No se sabe qué proporción de la asignación presupuestaria en el plano de la administración local se destina efectivamente a los asuntos relacionados con la mujer. Es sumamente improbable que, cuando se conozca, la asignación aprobada para esos asuntos se utilice correctamente debido al limitado conocimiento de las cuestiones ligadas a los derechos de la mujer en ese plano.

Aunque el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño ha desplegado encomiables esfuerzos para difundir las disposiciones de la Convención y para concienciar y capacitar acerca de ellas a diversas partes interesadas, algunos funcionarios públicos a nivel de distrito siguen dando muestras de un bajo grado de conocimiento de la Convención.

La coordinación de las actividades ligadas a los derechos de la mujer se enfrenta con otros desafíos. Por ejemplo, la competencia, especialmente entre los comités establecidos en distintos sectores a nivel local, da lugar a una duplicación de esfuerzos debido a la renuencia a trabajar juntos. Por otra parte, los derechos de la mujer son un fenómeno relativamente nuevo en el país y la mayoría de los sectores y comunidades no se dan cuenta de la importancia y urgencia de las cuestiones relacionadas con esos derechos.

Segunda parteMedidas generales de aplicación

En esta parte se describen las medidas adoptadas por Malawi después de recibir las observaciones finales formuladas por el Comité acerca de los informes periódicos segundo, tercero, cuarto y quinto combinados, y se describen, además las medidas adoptadas por el país para aplicar la Convención, artículo por artículo.

Artículo 1Definición de la discriminación contra la mujer

En los informes periódicos combinados Malawi examinó el marco jurídico nacional y las garantías constitucionales de la igualdad del hombre y la mujer, señalando que la Constitución no definía jurídicamente la discriminación. Está prohibida en el país la discriminación contra todas las personas por varios motivos, inclusive el género y el estado civil.

La discriminación contra la mujer aún no ha sido definida por el Poder Legislativo. Malawi es parte en la Convención sobre todas las formas de discriminación contra la mujer, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en los cuales se ha definido la discriminación. Al elaborar el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros, la Comisión Jurídica ha tratado de incorporar la definición de “discriminación contra la mujer” en consonancia con los instrumentos internacionales y la propia Convención.

En el proceso de elaboración de ese Estatuto también se está estudiando la definición de esa discriminación teniendo en cuenta los demás sectores en los que la mujer hace frente a una discriminación endémica, como, por ejemplo, la vida cultural y la esfera pública. En ese proceso se propone una acción legislativa en aspectos como la prohibición de las prácticas que difundan la discriminación contra la mujer; el fomento de la participación de ésta en la vida pública en pie de igualdad con el hombre; la salud, con referencia concreta a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer; la educación; la dignidad, inclusive el acoso sexual; la reducción de la pobreza, y el empoderamiento económico.

Las normas y prácticas consuetudinarias siguen contribuyendo a las disparidades que definen las funciones y las relaciones de poder entre el hombre y la mujer. Al aislar las prácticas consideradas discriminatorias por motivo de género, la Comisión Jurídica señaló que era necesario que hubiera claridad y que había que centrarse en las normas encaminadas a eliminar la discriminación contra la mujer. Esas prácticas se han prohibido en la normativa propuesta sobre la igualdad entre los géneros.

Por último, y aunque la Constitución no permite ninguna discriminación, una definición legislativa en virtud del Estatuto sobre la Igualdad entre los géneros, que se prevé finalizar en 2008, consolidará los valores consagrados en la Convención e inducirá a que se invoquen sus disposiciones ante los tribunales locales.

Artículo 2Obligaciones de los Estados Partes

La Constitución ha enunciado el principio de igualdad, a la vez, como derecho humano y como principio de la política nacional. Al elaborar el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros, la Comisión Jurídica está introduciendo medidas legislativas y de otra índole a fin de prohibir todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas. Se prevé que, cuando entre en vigor, el Estatuto reforzará la protección de la mujer por medios legales a fin de garantizar una salvaguardia efectiva y el acceso a los tribunales competentes y a otras instituciones públicas, como la Oficina del Ombudsman y la Comisión de Derechos Humanos de Malawi.

El Estado también está obligado a aprobar y aplicar políticas y legislación que contribuyan al logro de la igualdad entre los géneros. El principio de la política relativa a la igualdad entre los géneros junto con la cláusula que prohíbe toda discriminación por motivos de género ponen de relieve las obligaciones del Estado con respecto a la consolidación de esa igualdad. En virtud de la Constitución, el Estado está también obligado a promulgar leyes que aborden las desigualdades en la sociedad y prohíban las prácticas discriminatorias, y que prevean la imposición de sanciones penales a los responsables de toda desigualdad.

La finalidad del Estatuto es hacer aplicables las disposiciones constitucionales mediante un aumento de los asuntos en que se puedan invocar las disposiciones legislativas ante un tribunal de justicia. El objetivo de la normativa propuesta es prever los casos que puedan entrañar desigualdades, así como las penas aplicables a las infracciones. Esa normativa también establece otros recursos legales además de las sanciones penales que podrán hacerse valer contra los autores de esas infracciones.

Con anterioridad al programa de reforma legislativa en relación con cuestiones de género, la Comisión Jurídica no recalcó especialmente las consideraciones de género, pero ahora ha adoptado una política que, desde el tema de la composición de las comisiones jurídicas especiales que examinan diversas leyes hasta la forma en que se aborda la materia objeto de revisión, prevé la incorporación de las cuestiones y consideraciones de género en las actividades de elaboración y revisión de normas legales.

Aunque el delito de violación no se ha calificado aplicando criterios imparciales en cuanto al género, la Comisión Jurídica especial encargada de revisar el Código Penal (2000) ha definido la actividad sexual en sentido lato para que incluya las prácticas entre mujeres o realizadas por ellas. Algunas enmiendas propuestas al Código Penal comprenden la tipificación como delito de las prácticas obscenas entre mujeres, la prohibición de las actividades sexuales para fines comerciales y la introducción de los delitos contra la moral relacionados con los niños. Los delitos abarcados por esta última categoría incluyen las prácticas con niños que entrañan un atentado a su pudor o las realizadas en presencia de un niño; el hecho de enseñar, vender o exhibir material ofensivo a un niño, e inducirlo a llevar a cabo o simular una actividad sexual en un espectáculo público.

Aunque el Código Penal revisado no se ha aprobado todavía, la propuestas formuladas en 2000 han servido de orientación para los programas de reforma posteriores, inclusive la elaboración del Estatuto sobre la igualdad entre los géneros y los procesos legislativos sobre el VIH y el SIDA.

El programa propuesto acerca de la legislación sobre el VIH/SIDA también prohíbe toda discriminación a causa de la infección efectiva o percibida con VIH. Aunque esta disposición se ha incluido en esa legislación, la Comisión señaló que las víctimas más comunes de esas formas de discriminación eran las mujeres, ya que sufrían los peores efectos de la pandemia, a la vez como personas infectadas y afectadas.

Al elaborar datos, la Oficina Nacional de Estadística vela por que ello se haga desglosando los datos por géneros, a fin de poder utilizarlos para seguir de cerca la situación de los hombres y mujeres de Malawi.

Artículo 3Medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer

En 2005, cuando expiró el periodo previsto en la Declaración sobre el género y el desarrollo de la SADC, que requería que los Estados partes se aseguraran de que para 2005, a más tardar, un 30% de los cargos en la vida pública se reservaran para las mujeres, el Gobierno aún no había alcanzado el 30% de representación en ningún sector. No obstante, las organizaciones de la sociedad civil malawianas que se ocupan de la protección y promoción de los derechos de la mujer han participado en la formulación del Protocolo de la SADC sobre el género y el desarrollo, en el cual se propone que la participación de la mujer en la vida pública tenga lugar en igualdad de condiciones con el hombre, en el sentido de que el umbral de esa participación sea del 50%.

La política sobre cuestiones de género ha sido revisada por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño. La nueva política, que está pendiente de aprobación por el Gabinete, se basa en los éxitos e intentos para corregir las deficiencias de la política anterior.

Algunos de los logros de la anterior política incluyen la preparación y aplicación de directrices para la incorporación de una perspectiva de género en las actividades y programas, de la estrategia para combatir la violencia de género y del programa sobre cuestiones de género; el fomento de la capacidad en materia de incorporación de esa perspectiva de las organizaciones públicas, privadas y de la sociedad civil; el aumento del número de mujeres en el Parlamento y en cargos con poder decisorio; la promulgación de la Ley de prevención de la violencia en el hogar, y la elaboración o revisión, con una perspectiva de género, de diversos textos legislativos.

El actual proyecto de política sobre cuestiones de género se ha basado en la directriz normativa general actualmente en vigor, es decir, la Estrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi (ECDM). El principal objetivo del proyecto de política es incorporar una perspectiva de género en el proceso nacional de desarrollo a fin incrementar la participación de los hombres y mujeres, y de las niñas y niños, en las actividades destinadas a lograr un desarrollo sostenible y equitativo, y erradicar la pobreza.

En la ECDM se reconoce que la igualdad entre los géneros es sumamente importante para la consecución de un desarrollo socioeconómico sostenible y equitativo; en ella se han adoptado las cuestiones de género como uno de sus subtemas. En la ECDM se indica que estas cuestiones forman parte integrante del programa general de desarrollo a nivel nacional. El índice de desarrollo relacionado con el género, que registra una cifra de 0,374, representa una prueba de las grandes disparidades entre los géneros. Esto implica que se registra una baja participación de la mujer en los campos económico, social y político, así como en otros sectores de la sociedad, pese al mayor número de mujeres en la población. Por consiguiente, la ECDM pretende incorporar una perspectiva de género en los planes de desarrollo nacionales a fin de mejorar la participación de ambos géneros en pie de igualdad para lograr un desarrollo sostenible.

En virtud del proyecto de política sobre las cuestiones de género, se encomiendan al Ministerio de Planificación Económica y Desarrollo funciones concretas que incluyen garantizar que todas las políticas, tanto macroeconómicas como microeconómicas, tengan en cuenta las cuestiones de género; fomentar la capacidad de los planificadores y analistas de políticas para aumentar sus conocimientos y aptitudes de análisis en materia de género, como estrategia para establecer vínculos estructurales efectivos entre la planificación central y sectorial y las autoridades locales; velar por que la presupuestación con una perspectiva de género se incorpore en los procesos de planificación, y asegurar que todos los datos reunidos, analizados y difundidos por la Oficina Nacional de Estadística estén desglosados por géneros.

Desde 2001, el Gobierno ha venido realizando actividades de fomento de la capacidad de las instituciones del sector público exigiendo el nombramiento de un coordinador de las cuestiones de género dentro de las instituciones. Desde entonces se ha capacitado a los coordinadores en la incorporación de la perspectiva de género y el análisis de esas cuestiones.

En el período 2002-2006 el Gobierno aplicó una estrategia nacional para luchar contra la violencia por motivos de género. Ello permitió sensibilizar a la población y las partes directamente interesadas sobre las causas y efectos de la violencia contra la mujer y la violencia por motivos de género, promover el acceso de las víctimas a la justicia, garantizar la idoneidad de las disposiciones legales para poner freno a la violencia de género y fortalecer la capacidad de las instituciones de ejecución. La estrategia fue objeto de examen entre 2007 y 2008.

En julio de 2008, el Gobierno adoptó la Respuesta nacional a la violencia por motivos de género. El periodo de vigencia de la Respuesta va de 2008 a 2011. En el documento correspondiente se reconoce el carácter endémico del problema de la violencia de género en el país y se indica que el objetivo que se persigue es reforzar el firme compromiso de Malawi con la Convención y otros instrumentos de derechos humanos, y apoyar al Gobierno en sus esfuerzos para prevenir y abordar los incidentes de violencia contra la mujer en el país.

También se prevé que la Respuesta contribuirá a: garantizar la promulgación de legislación en materia de género y la sensibilización de todas las partes directamente interesadas, inclusive la población local, sobre las cuestiones de la violencia de género; fortalecer la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley y otras instituciones para aplicar los principios de derechos humanos al tratar las cuestiones relacionadas con esa violencia; finalizar y aplicar la política sobre violencia de género; reforzar la coordinación y las asociaciones de las partes directamente interesadas con respecto a esa violencia; asegurar que las victimas reciban la atención, el cuidado y el apoyo necesarios, y velar por que se disponga de datos sobre la violencia de género, desglosados por sexos.

Artículo 4Medidas especiales

El programa en curso para la elaboración del Estatuto sobre la igualdad entre los géneros tiene por finalidad introducir un sistema de cupos a fin de promover la visibilidad de la mujer en la vida pública, en la esfera política y en el sector de la educación. El cupo se ha fijado en un 40% y se aplicará en todas las instituciones del sector público. El sistema también garantiza que la matriculación de niñas y mujeres en la enseñanza primaria, secundaria y superior tenga en cuenta y se ajuste al mínimo del 40% de las estudiantes que reúnan los requisitos exigidos.

El goce de los derechos de la mujer garantizados por la Constitución se ha visto restringido por la ausencia de legislación que permita que las disposiciones correspondientes se apliquen y sean operativas. La promulgación del Estatuto propuesto sobre la igualdad entre los géneros asegurará que los derechos constitucionales puedan ejercerse y aplicarse con facilidad.

La Comisión sobre las Cuestiones de Género también ha formulado recomendaciones en el sentido de que, aunque el sector privado no esté obligado a respetar el cupo propuesto, se le aliente ha hacerlo. La Comisión también ha propuesto que el Gobierno ponga en marcha programas e iniciativas para alentar a las instituciones del sector privado a aplicar el sistema de cupos.

El Gobierno sigue utilizando los medios de información para realizar diversas campañas que sirven para debatir y examinar las cuestiones relativas a los derechos de la mujer y las disposiciones de la Convención. En 2006, hizo un esfuerzo deliberado para utilizar esos medios como instrumento de difusión de la Convención y sus disposiciones. Esta iniciativa está siendo promovida por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño.

A nivel normativo, en el proyecto de política sobre cuestiones de género también se ha propuesto que el mecanismo para estas cuestiones vele por su incorporación en todas las actividades de las distintas organizaciones del país, inclusive, en particular, promoviendo la utilización de datos desglosados por géneros, fomentando el empleo de análisis de género en la planificación y la presentación de informes y estimulando el interés por las cuestiones relativas a la mujer, etc. También se ha propuesto que cada organización nombre a un coordinador para las cuestiones de género que deberá ser un funcionario de categoría superior con poder decisorio, el cual actuará como punto de contacto sobre los asuntos de la incorporación de una perspectiva de género en todas las actividades.

Artículo 5Modificación de los patrones socioculturales

La reglamentación de las prácticas perjudiciales se ha abordado en dos programas ejecutados por la Comisión Jurídica, es decir, los relativos a la reforma legislativa respecto de las cuestiones de género y a la legislación sobre el VIH/SIDA. Con anterioridad a la puesta en marcha de las iniciativas de la Comisión Jurídica, la Comisión de Derechos Humanos de Malawi también realizó un estudio para determinar las prácticas sociales y culturales que violaban los derechos humanos o frustraban su ejercicio. Basándose en las conclusiones de la Comisión de Derechos Humanos y en otras fuentes, la Comisión Jurídica constató la existencia de varias prácticas que se sabia discriminaban contra la mujer simplemente por motivos de género y estado civil. Esta Comisión ha propuesto que se prohíban esas prácticas y ha previsto sanciones penales contra toda persona que las realice.

La Comisión de reforma legislativa en materia de género decidió dar prioridad a tres áreas principales para la adopción de medidas legislativas inmediatas, a saber: las normas sobre la sucesión, las normas relativas al matrimonio y divorcio, y el estatuto sobre la igualdad entre los géneros. Al revisar la Ley de testamentos y sucesión, el principal texto legislativo sobre las cuestiones de herencia que también ha codificado algunos principios de derecho consuetudinario, la Comisión decidió modificar las disposiciones relativas a la sucesión a fin de reducir las dificultades para el cónyuge y la familia inmediata.

La Comisión Jurídica también ha propuesto que se proscriba la poligamia como institución matrimonial, así como otras prácticas, a fin de asegurar la eliminación de las prácticas discriminatorias difundidas por las normas consuetudinarias.

la Comisión Jurídica señaló asimismo que, al tiempo que esas prácticas discriminaban contra la mujer por motivos de género y estado civil, también propagaban la infección por VIH. La Comisión señaló que, en casi todas las circunstancias, eran las mujeres las que se veían más negativamente afectadas por las prácticas; este órgano ha propuesto igualmente que dichas prácticas perjudiciales se prohíban en la legislación propuesta sobre el VIH/SIDA.

El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño ha emprendido varios programas para reducir o eliminar los efectos culturales negativos sobre las mujeres. En el programa sobre las mujeres, niñas y el VIH se abordan varias prácticas culturales y tradicionales que propagan la infección en detrimento de la mujer. Otros programas se refieren a la capacitación de los jefes tradicionales y a campañas en los medios de información para la lucha contra las prácticas culturales perjudiciales.

Artículo 6Supresión de la explotación sexual de la mujer

En la actualidad no hay ninguna norma legal que regule la trata y explotación de la mujer. El país fue clasificado en 2007 en el nivel 1 por el Departamento de Estado de los Estados Unidos a causa de los esfuerzos que había desplegado para poner freno a la trata de mujeres y niños. El nivel 1 es el más alto en la clasificación.

Sin embargo, en el reciente informe publicado por el Departamento de Estado se ha rebajado a Malawi al nivel 2, que significa que todavía hay algunas esferas que el país debe abordar a fin de ser elevado nuevamente al nivel superior. Algunas de las razones mencionadas para rebajar al país del nivel 1 al 2 incluyen el hecho de no enjuiciar y castigar en medida suficiente a los responsables de la trata.

Se dispone de más información sobre los incidentes de trata de mujeres dentro y fuera del país. En lo que concierne a la trata de personas, Malawi es un país de origen, tránsito y destino. Los destinos exteriores van desde Europa occidental y América hasta Sudáfrica, donde las mujeres son con frecuencia objeto de explotación sexual. En algunos casos, mujeres jóvenes que abandonan legítimamente Malawi en busca de educación y empleo acaban siendo explotadas sexual y económicamente.

Continúa a un ritmo alarmante la explotación dentro de los hogares, especialmente de las muchachas del servicio doméstico. Raras veces se notifican los casos, y la mayoría de ellos se resuelven sin la intervención de los organismos encargados de hacer cumplir la ley. El Gobierno ha sido consciente de este creciente problema y ha iniciado un programa encaminado a elaborar legislación contra la trata de personas. La Comisión Jurídica especial que prepara este texto legislativo proyecta consolidar cuatro esferas básicas con respecto a esa trata, que son las siguientes: protección de las víctimas, participación del público y de las partes directamente interesadas, enjuiciamiento de los delincuentes y prevención de la trata.

No se dispone de datos sobre el número de mujeres y niños que son objeto de explotación sexual, inclusive prostitución, pornografía y trata, aunque éstas actividades son problemas sociales reconocidos.

En lo que se refiere a la trata, los informes de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) indican que las mujeres y niñas son captadas a lo largo de las carreteras por donde circulan camiones por los conductores que viajan largas distancias, los cuales les prometen empleo, matrimonio o una educación en Sudáfrica. Cruzan la frontera en Breitbridge o Komatipoort desprovistas de documentos. Una vez en Johannesburgo, se mantiene a las víctimas como esclavas sexuales. Empresarias malawianas también venden a las víctimas a prostíbulos de esta ciudad. Según informa la OIM, de las 80 personas deportadas a Malawi cada mes desde Sudáfrica, al menos dos de ellas son víctimas de la trata de personas.

Según un informe de la Comisión de Derechos Humanos de Malawi, en las zonas distantes de los distritos de Karonga y Chitipa, ubicados en la frontera septentrional, las muchachas jóvenes de familias pobres son vendidas a gente rica como esclavas sexuales. Algunos padres entregan a sus hijas para liquidar deudas. En la región septentrional del país, los nyakyusa y los ngonde, que viven en las orillas del lago Malawi, a lo largo de la frontera con Tanzania, y en las montañas Misuku, practican una costumbre tradicional conocida por el nombre de kupimbira. Con arreglo a esta tradición se mantiene a las niñas en una situación de perpetua servidumbre y a menudo son objeto de abusos.

Turistas europeos han visitado Malawi para captar en los centros vacacionales, a lo largo del lago Malawi, a niños de ambos sexos, con fines de explotación sexual. En algunos casos esos turistas son residentes del país y se dedican a diversas actividades legítimas. Por ejemplo, en 2002 se detuvo a un ciudadano británico por sospechar que sodomizaba a niños de la calle. Fue declarado culpable y su condena fue confirmada por el Tribunal Supremo de Apelación, pero fue indultado por el anterior Jefe de Estado, en mayo de 2003. Se le había declarado culpable de tres cargos y condenado a una pena de prisión de 12 años en régimen de trabajos forzados. Sólo había cumplido un año y seis meses de la pena y después fue deportado.

Por otra parte, se ha detenido en Malawi a personas acusadas de tráfico ilícito de partes u órganos del cuerpo humano, práctica ligada con frecuencia a la brujería o el satanismo. En mayo de 2003 se condenó a siete personas acusadas de tráfico ilícito de partes del cuerpo a una pena de prisión de catorce años. En ese mismo mes se procesó a una mujer por trata de mujeres jóvenes para su envío a Europa con fines de prostitución, con el pretexto de proporcionarles educación y empleo. Una de las víctimas había contado su historia a la policía después de escapar de un prostíbulo en Alemania.

En una fecha anterior, en 1999, tres muchachas de Lilongwe fueron detenidas en una redada de la policía en un club nocturno de Amsterdam y una empresaria local fue procesada con la acusación de inducir a la prostitución fuera de Malawi pero resultó absuelta por razones técnicas. Esas muchachas de edades comprendidas entre los 15 y 19 años fueron sometidas a diversas vejaciones durante su estadía en los Países Bajos, primero a manos de la responsable de la trata y después por parte de los empresarios nigerianos a quienes fueron vendidas por 10.000 dólares de los EE.UU.

Las respuestas legislativas incluyen la revisión del Código Penal y la elaboración de legislación de lucha contra la trata de personas por la Comisión Jurídica. Estos esfuerzos tienen por finalidad asegurar que los autores de delitos de trata no puedan aprovechar las lagunas existentes en la legislación, como ocurre actualmente.

En gran parte la prostitución no está reglamentada en el país. Las mujeres que trabajan en el sector del comercio sexual han sido a veces arrestadas por la policía y esto da casi siempre lugar a una protesta de las organizaciones de mujeres, aduciendo que las detenciones tenían carácter discriminatorio, ya que no se arrestaba a los hombres que contrataban los servicios de las prostitutas. La falta de reglamentación suele ser perjudicial para las profesionales del sexo, las cuales son muchas veces objeto de abusos físicos por parte de sus clientes. Se ha tratado de cerrar los prostíbulos y de detener a los proxenetas en las zonas urbanas a fin de poner coto a la propagación del VIH.

A fin de proteger a las mujeres y los niños, el Servicio de Policía y el Departamento de Inmigración están ejecutando programas y estableciendo diversos mecanismos. Estos incluyen las dependencias de apoyo a las víctimas y las de protección de la infancia, que proporcionan asistencia y vivienda a las víctimas. En 2005, los funcionarios de policía y de inmigración que prestan servicio en puestos fronterizos, así como otros agentes de orden público, participaron en actividades de sensibilización sobre a las cuestiones de la trata de mujeres y niños. Esa iniciativa fue puesta en marcha por la OIM en colaboración con la Comisión Jurídica. A este respecto, los agentes de orden público que prestan servicio en la frontera están ahora alerta a fin de interceptar a los responsable de actividades de trata de personas. El proceso de sensibilización también abarcaba al personal de mantenimiento del orden a nivel comunitario.

Por otra parte el Departamento de Inmigración ha adoptado algunas medidas para combatir la trata de mujeres y niños. Por ejemplo, ha establecido el requisito de que toda persona que viaje con niños fuera del país debe tener billetes de vuelta para garantizar el retorno a éste.

El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño, por conducto de los oficiales de desarrollo comunitario a nivel de distrito está aumentando la toma de conciencia del problema de la explotación sexual. Sin embargo, esos oficiales se enfrentan con desafíos en lo que respecta a su capacidad para ayudar a las víctimas que carecen de toda fuente alternativa de ingresos y asistencia después de abandonar su actividad. La falta de medios de transporte y de recursos para enviar a los niños a sus hogares y las necesidades básicas de asistencia a los niños que abandonan su actividad , a fin de que no retornen a su empleo, siguen siendo un problema.

Los oficiales de asistencia y protección sociales de distrito colaboran, a nivel comunitario, con los oficiales de protección del niño con base en la comunidad y han estado alentando la creación de clubes pro derechos de la infancia para combatir la lacra del abuso sexual de los niños, entre otras cuestiones en materia de protección. Se está impartiendo capacitación destinada a proporcionar los conocimientos esenciales para la vida a jóvenes adolescentes, a fin de reducir los niveles de explotación. Existe una tendencia creciente a captar mujeres jóvenes para trabajar en restaurantes, y sólo después se dan ellas cuenta de que se las utiliza para dormir con hombres mediante el pago de una remuneración. Los oficiales de asistencia y protección sociales se han mostrado especialmente activos en la intercepción de los autores de actos de explotación sexual y en el apoyo a la rehabilitación de las víctimas.

En 2007, el Gobierno aumentó el número de oficiales de protección del niño con base en la comunidad de 243 a 602. Esta iniciativa sigue en curso y tiene por finalidad incrementar el campo de acción de esos oficiales. Se prevé capacitar a 800 para el final de 2008 y ya se han asignado fondos para esta actividad. Esa capacitación se imparte durante cinco semanas.

La recuperación y rehabilitación de los niños víctimas de explotación sexual se han llevado a cabo con el asesoramiento de los oficiales de asistencia y protección sociales y los de protección del niño, el personal de hospitales y las dependencias de apoyo a las víctimas.

El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño también ha establecido una red nacional de lucha contra la trata de niños, que está integrada por organizaciones no gubernamentales y que rinde informes a un grupo de trabajo técnico sobre protección infantil. La red se ha creado con objeto de prestar asistencia para la eliminación de la trata de niños y de proporcionar apoyo a las actividades de integración y rehabilitación.

La organización no gubernamental End Child Prostitution, Child Pornography and Trafficking of Children for Sexual Purposes International inició un proyecto en favor de los niños victimas de explotación sexual en Malawi, Mozambique y Sudáfrica. La finalidad del proyecto es incrementar la participación de los niños en la lucha contra la explotación sexual con fines comerciales, aumentar los conocimientos esenciales de los niños para la vida, mejorar la calidad de los programas de recuperación y reintegración de las victimas y reducir la sensación de aislamiento de las victimas. Eye of the Child, una organización no gubernamental local, ejecutará el proyecto en Malawi.

El Gobierno también emprendió en 2007 una campaña destinada a poner término al abuso de los niños, que, aunque dirigida concretamente a los niños en general, también está orientada hacia las niñas. El eje específico de la campaña gira en torno de la lucha contra la trata, el trabajo infantil, el matrimonio precoz y el abuso de los niños.

El Gobierno también está formulando una política para la protección de la infancia que se prevé finalizar en 2008. La OIM ha iniciado recientemente en Pretoria un programa de dos años de duración a un costo de 1,9 millones de dólares de los EE.UU. para impedir la trata de personas y proteger a las víctimas, así como prestarles asistencia con miras a su rehabilitación o en relación con las opciones de retorno y reintegración. El programa se centrará en el análisis y difusión de datos sobre la lucha contra la trata en toda la región, así como en el fomento de la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley y de las organizaciones no gubernamentales proveedoras de servicios, para que puedan determinar y ayudar a las posibles víctimas. En colaboración con varios asociados gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, la OIM identificará también las víctimas de las actividades de trata, les brindará opciones de rehabilitación y les prestará ayuda para su repatriación voluntaria y reintegración. La OIM ha prometido además respaldar el programa de reforma legislativa sobre la trata que ejecutará la Comisión Jurídica.

Algunas organizaciones no gubernamentales ya han puesto en marcha una iniciativa para luchar contra la trata de personas en general, e incluso para prestar asistencia con respecto a la integración y rehabilitación posteriores de las víctimas, impartiendo formación profesional a las que eran objeto de explotación sexual comercial.

La Red de Malawi para la lucha contra la trata de niños ha encargado en 2008 la realización de un estudio encaminado a evaluar el alcance de la trata de personas en el país. La orientación prioritaria de este estudio son los niños, pero se espera que la información que se obtenga con él contribuirá en alto grado a la compilación de más estadísticas sobre la situación relativa a esa trata en Malawi.

La legislación propuesta sobre la trata de personas comprenderá la definición de “trata”, castigará con severas sanciones a los responsables de actividades de trata, fomentará la protección de las victimas y de sus derechos, y abordará asuntos relacionados con la trata en los planos interno y externo. La Comisión Jurídica especial también ha examinado, pero sin llegar a una conclusión, la cuestión de si debería haber un organismo independiente que se encargara de los asuntos relativos a la trata o un grupo especial de trabajo en el que estuvieran integradas todas las partes directamente interesadas. Se prevé que el informe de la Comisión se publicará en octubre de 2008.

Artículo 7Igualdad en la vida política y pública del país

Los foros políticos siguen siendo una de las esferas donde continúan manifestándose desigualdades entre el hombre y la mujer. El número de mujeres que ejercen altos cargos con poder decisorio es, con mucho, inferior al correspondiente a los hombres.

La Constitución ha establecido la igualdad de jure y ha dispuesto además que se promulgue legislación para hacer frente a las desigualdades en la sociedad. En sus deliberaciones, la Comisión sobre las Cuestiones de Género ha considerado que esta disposición constitucional ha sentado las bases para adoptar medidas especiales a fin de acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer.

Desde 1994, las mujeres han tenido el derecho a votar y a ser elegidas a cargos públicos. La Comisión Electoral indica que, durante las elecciones generales, un mayor número de mujeres que de hombres ejercen efectivamente su derecho de voto.

Hay varios factores que obstaculizan la elección de un mayor número de mujeres al Parlamento y una representación efectiva de ellas. Aunque las mujeres tienen derecho, en igualdad de condiciones con los hombres, a participar en la campaña de un partido político o de una causa, hay muchos factores subyacentes que les impiden hacerlo. Las principales razones son el requisito de utilizar el inglés como medio de comunicación en el Parlamento y la falta de recursos económicos.

En cuanto a recursos económicos, la vida política exige contar con gran cantidad de ellos para financiar las campañas electorales. Debido al limitado grado de instrucción, las mujeres suelen tener un acceso restringido a esos recursos y, por ese motivo, no pueden competir en igualdad de condiciones con los hombres.

El otro problema que mantiene más bajas las cifras estadísticas relativas a la mujer en la vida pública y política lo constituyen sus posibilitadas para ser votada. En la mayoría de los casos, los votantes suelen preferir representantes varones debido a los estereotipos profundamente arraigados de que la política es un campo exclusivo de los hombres. Esto se aplica incluso cuando se ha elegido a varias mujeres para ocupar cargos, las cuales han representado con éxito a sus electores.

El Gabinete está integrado por 19 ministros y 19 viceministros, de los cuales sólo siete son mujeres; de ellas, cuatro son ministras y tres viceministras. Hay cinco secretarias principales frente a 33 secretarios principales.

Menos del 10% de los puestos de gestión en las asambleas locales de las zonas rurales, frente a un promedio del 43% en las asambleas de las zonas urbanas de Mzuzu, Blantyre, Lilongwe y Zomba, están ocupados por mujeres.

Las organizaciones no gubernamentales tienen más mujeres en puestos con poder decisorio (38,7%) que las administraciones locales y la administración central, que tienen un 22,5% y un 22,4%, respectivamente. Sin embargo la mayoría de las mujeres en puestos con poder decisorios trabajan en organizaciones no gubernamentales que tienen su sede en centros urbanos.

Cuadro 2Resumen del número de mujeres que ocupan puestos con poder decisorio en relación con el de hombres, por categorías institucionales

Categoría institucional

Mujeres

Hombres

Porcentaje de  mujeres

Poder Ejecutivodel Estado

6

37

16,2

Poder Judicial

4

27

12,9

Poder Legislativo

27

193

14,0

Administración central (visitadas)

55

171

24,3

Administración local (zonas urbanas) (visitadas)

65

76

46,0

Administración local (zonas rurales) (visitadas)

9

51

15,0

Sector privado (visitadas)

11

110

9,1

Sociedad civil (visitadas)

27

48

36,0

Política (visitadas)

15

39

27,8

Parlamento (visitadas)

3

7

30,0

Religiosa (visitadas)

13

274

4,5

Paraestatal (visitadas)

5

23

17,8

Fuente: Women and Men in Decision Making Positions (2008) .

El Ministerio ha estado siguiendo de cerca la aplicación e incorporación al derecho interno de las disposiciones de la Convención y de otros instrumentos internacionales, como la Declaración de la SADC sobre el género y el desarrollo, de 1997, que prevé una proporción del 30% de mujeres en el Parlamento. La Declaración solemne sobre la igualdad entre los géneros en África, el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de la Mujer en África y el proyecto de protocolo de la SADC sobre el género y el desarrollo, en los cuales es parte Malawi, prevén una participación de las mujeres del 50% en lo que concierne a los cargos con poder decisorio.

El Gobierno también ha señalado que no ha habido ningún aumento del número de mujeres que ocupan escaños en el Parlamento porque, durante el periodo que se examina, no se han celebrado elecciones. Sin embargo, se celebraron elecciones para cubrir escaños vacantes en él, en las que sólo se eligieron hombres.

En respuesta a esta situación, el Ministerio ha elaborado un programa cuya finalidad es alcanzar una representación del 50% de mujeres en el Parlamento en las elecciones parlamentarias de 2009. El programa, de ámbito nacional, se inició el 18 de julio de 2008 con el título “Aumentar la representación de las mujeres en el Parlamento y la administración local”, y cuenta con el apoyo de la sociedad civil y los asociados para el desarrollo. El Ministerio también ha establecido una dependencia especializada para que dirija el programa.

El papel que incumbe a las organizaciones de la sociedad civil en el programa es realizar las actividades en colaboración con las instituciones que han sido autorizadas por la Comisión Electoral para llevarlas a cabo.

En el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros se ha previsto la adopción de medidas especiales para reducir el predominio de los hombres en la vida pública y política.

Artículo 8Igualdad en la vida política y pública en el plano internacional

Malawi carece de mecanismos específicos para garantizar la participación de mujeres malawianas en las organizaciones internacionales. El Presidente tiene facultades para nombrar embajadores, altos comisionados, plenipotenciarios, representantes diplomáticos, cónsules y funcionarios consulares. En el Ministerio de Relaciones Exteriores, a cuyo frente está actualmente una ministra, no se hace discriminación alguna con respecto a la participación en el servicio diplomático. Aun cuando las facultades se han conferido a la Presidencia, no hay directrices acerca de las personas que pueden ser destinadas al servicio exterior.

El principio de igualdad de oportunidades está consagrado en las disposiciones constitucionales sobre la no discriminación por motivos de sexo o estado civil, y será reforzado ulteriormente por el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros, en el cual se proyecta establecer un umbral mínimo del 40% en el caso de las mujeres empleadas en la administración pública.

Artículo 9Igualdad ante la ley con respecto a la nacionalidad

De conformidad con el artículo 47 de la Constitución, el ordenamiento jurídico no discrimina por motivos de género en lo que concierne al derecho a conservar o adquirir la nacionalidad, y subraya que el derecho de ciudadanía no se negará ni se privará arbitrariamente a nadie de él. El artículo 47 también ha definido el concepto de adquisición de la ciudadanía, que incluye la adquirida por nacimiento, ascendencia, matrimonio, inscripción registral, naturalización u otros medios prescritos por ley.

La Ley de ciudadanía sigue estando en vigor sin enmiendas.

Es preciso modificar las disposiciones de la Ley de ciudadanía para garantizar la igualdad de derechos de la mujer en lo concerniente a adquirir y conservar la nacionalidad.

No obstante, el marco jurídico nacional relativo a la inmigración es ahora insuficiente. Durante el periodo que se examina, las desigualdades señaladas en los anteriores informes periódicos combinados no se han abordado mediante una revisión, enmienda o derogación de las leyes de inmigración y ciudadanía.

En la actualidad el Departamento de Inmigración está preparando un documento sobre políticas acerca de la inmigración en Malawi y se prevé que en él se formularán recomendaciones ulteriores sobre las disparidades entre el hombre y la mujer con respecto a las cuestiones de inmigración.

La legislación no contiene ninguna definición del término “apatridia” y Malawi no es parte en la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, ni en la Convención para reducir los casos de apatridia, de 1961. Los principios consagrados en estos dos instrumentos tienen que incorporarse al derecho interno. La comunidad internacional, especialmente la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ha venido alentando a Malawi a pasar a ser parte en la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención para reducir los casos de apatridia. Además, el país debería retirar sus reservas al artículo 34 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951.

Al final de 2007, de un número total de 9.707 refugiados y solicitantes de asilo, 8.689 vivían en el campamento de Dzaleka y los restantes 1.018 en zonas urbanas. De los 3.032 refugiados, 1.694 eran rwandeses, 594 burundianos y 719 congoleños. De los 6.675 solicitantes de asilo, 2.801 eran rwandeses, 1.893 burundianos y 1.926 congoleños. Otras nacionalidades representadas correspondían a los siguientes países: Angola, Eritrea, Etiopía, Somalia, Zimbabwe, Kenya, el Sudán y Uganda. Casi el 46% de los solicitantes de asilo y los refugiados eran mujeres.

Malawi ha formulado nueve reservas a las disposiciones de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, a saber: el artículo 7, relativo a la exención de reciprocidad; el artículo 13, sobre los bienes muebles e inmuebles; el artículo 15, sobre los derechos de asociación; el artículo 17, sobre el empleo remunerado; el artículo 19, relativo a las profesiones liberales; el artículo 22, sobre la educación pública; el artículo 24, sobre la legislación del trabajo y seguros sociales; el artículo 26, sobre la libertad de circulación, y el artículo 34, sobre la naturalización. Las reservas sobre la libertad de circulación (y la política conexa relativa a la internación), el empleo remunerado y la naturalización impiden a las refugiadas ejercer todos sus derechos humanos y obstaculiza el empoderamiento de la mujer en lo tocante a las oportunidades para ser autosuficiente.

El marco jurídico establecido por Malawi para mejorar la difícil situación de la infancia en el país abarca también a los niños refugiados. Ello está en consonancia con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. El respeto por el Gobierno del derecho fundamental de un niño a la educación ha dado lugar a la provisión de enseñanza primaria general a todos los niños, inclusive los refugiados, pese a la reserva del país al artículo 22 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

La Ley de prevención de la violencia en el hogar, aprobada en abril de 2006, se ha considerado un instrumento fundamental para asegurar un marco jurídico reforzado a fin de luchar contra ese flagelo. Las refugiadas han sido y siguen siendo objeto de violencia doméstica y por motivos de género, dondequiera se encuentran. Cuando la Ley entre finalmente en vigor se prevé que brindará la protección necesaria a las mujeres refugiadas. El Código Penal también contiene disposiciones que garantizan la protección de estas mujeres.

En su mayoría los solicitantes de asilo que llegan a Malawi entran en el país por los distritos de la frontera septentrional y son inscritos en el Centro de Recepción de Karonga por los auxiliares sobre el terreno de la administración pública que trabajan en él. Los que llegan a través de otros cruces fronterizos son inscritos, con algunas dificultades ocasionales, en el campamento de Dzaleka. Sin embargo, desde abril de 2006 está vigente una condición previa que exige que todos los solicitantes de asilo obtengan, antes de su inscripción, la autorización para inmigrar, y esta condición se aplica algunas veces.

Los funcionarios de inmigración no expiden habitualmente esas autorizaciones y los solicitantes de asilo no tiene conocimiento de tal requisito.

La administración del campamento se ha negado a veces a registrar a los solicitantes de asilo que no tenían autorización de inmigración. Cuando esos solicitantes se ponen en contacto con la oficina de inmigración más próxima, -la Oficina Regional de Inmigración de Lilongwe- se les dice que recojan las autorizaciones en la frontera septentrional de Karonga, situada a 700 Km al norte de Lilongwe. Teniendo en cuenta que el centro de recepción de Karonga estuvo oficialmente cerrado desde mayo de 2007 hasta marzo de 2008, y que no todos los solicitantes de asilo llegan al país a través de Karonga, así como el hecho de que los solicitantes no suelen tener ningún documento de identidad y con frecuencia disponen de muy pocos recursos para regresar a esta localidad, la práctica de enviarlos, a su propia costa, al lugar de la frontera por donde entraron no es viable y los coloca, especialmente en el caso de mujeres vulnerables, en situación muy difícil.

El Gobierno ha intentado registrar y regular la llegada de esas personas a Malawi en las fronteras. Sigue siendo necesario que las autoridades velen por que no aumente la vulnerabilidad de las mujeres, lo cual comprometería su derecho a solicitar asilo, su seguridad y su bienestar.

El registro de los solicitantes de asilo se hace en forma individual. La información anotada en la inscripción inicial en el centro de recepción de Karonga contiene datos básicos tales como, nombre, nacionalidad, género y fecha de nacimiento. Los solicitantes también llenan formularios de solicitud de asilo en el centro de recepción. No obstante, y con respecto a los motivos de huida, en la mayoría de los casos la información anotada en la etapa de registro es sumamente limitada.

La policía es la encargada de hacer cumplir la ley y del mantenimiento del orden público en el país y en el campamento. Hay una estación de policía en el campamento de Dzaleka, que presta servicios tanto a los residentes de éste como a los malawianos locales, teniendo asignados a cuatro agentes de policía en dos turnos durante las 24 horas. Hay también seis guardias de seguridad que trabajan a las órdenes de la administración del campamento.

No hay agentes de policía femeninos en el campamento de Dzaleka, circunstancia que, según explica el Ministerio del Interior, se debe a la falta de alojamiento para ellas. El ACNUR ha construido una residencia para esas agentes que espera se utilizará en el segundo semestre de 2008. La ausencia de agentes femeninos es un factor sumamente negativo para las refugiadas, quienes deben recurrir a agentes varones siempre que tiene lugar una violación de sus derechos. En el caso de los delitos sexuales, ello coloca a las refugiadas en una situación muy comprometida, ya que algunas de ellas no pueden comunicar debidamente los detalles de las violencias que han sufrido.

Todas las personas que viven en los campamentos, así como los refugiados y los solicitantes de asilos que residen en zonas urbanas, tienen acceso a la policía y se les alienta a comunicar a ésta los incidentes en materia de seguridad, amenazas y otros asuntos.

Los refugiados y los solicitantes de asilo gozan de los mismos derechos que los malawianos en lo concerniente a los recursos legales, y tienen acceso a procedimientos judiciales. En los procedimientos penales no se discrimina a las refugiadas. Sin embargo, hay varios casos en que los procedimientos han sufrido grandes retrasos, exactamente igual que en el caso de los refugiados y los malawianos en general.

Con respecto a la explotación, el ACNUR, el Gobierno y otros asociados realizan regularmente entrevistas de evaluación participativa con las solicitantes de asilo a fin de determinar las mujeres vulnerables, como, por ejemplo, las víctimas de la trata de personas.

Artículo 10Educación y capacitación

La educación es un derecho de todas las personas consagrado en la Constitución. Ésta dispone además que la enseñanza primaria durará al menos ocho años. La estructura del sistema educativo del país indica que tras ocho años de escuela primaria se otorga un certificado de haber completado la enseñanza primaria; dos años de enseñanza secundaria dan lugar a la expedición de un certificado de segundo año de esta enseñanza, después de lo cual una persona puede seguir estudios de enseñanza superior; otros dos años de escuela dan lugar a la expedición de un certificado escolar de educación, tras lo cual un estudiante puede seguir cursos de formación profesional y técnica o matricularse en la Universidad de Malawi, la Universidad de Mzuzu o la Escuela Normal de Domasi . Esta estructura se indica en el gráfico 1.

Gráfico 1Estructura del sistema educativo de Malawi

Formación profesional y técnicaEscuela de Enfermería KamuzuEscuela Superior de Educación a DistanciaEscuela de Agricultura BundaEnseñanza primariaColegio Universitario ChancellorEscuela Normal para maestros de enseñanza primariaEnseñanza secundariaFacultad de Medicina, Universidad de MalawiEscuela PolitécnicaUniversidad de MzuzuEscuela Normal de DomasiPSLCE – Examen para el certificado de haber completado la enseñanza primariaJCE – Examen para el certificado de segundoaño de enseñanza secundariaMSCE – Examen para el certificado escolar de educación de Malawi El examen para el certificado de enseñanza secundaria (HSCE) en relación con los niveles “A” sólo lo ofrecen las escuelas designadas

Fuente: Ministerio de Educación.

La desigualdad entre los géneros en la esfera de la educación persiste en aspectos tales como la escolarización, la retención, la ejecución de los programas educativos y el rendimiento. Existe un vínculo inextricable entre la educación y la pobreza que plantea un gran reto al programa de desarrollo del país. No sólo está la educación relacionada en forma positiva con la productividad agrícola, un nivel más alto de ingresos, tasas de fecundidad más bajas y mejores niveles de nutrición y salud, sino que también es un requisito para la consecución de estos resultados. La educación es también una condición esencial para el goce de los derechos sociales, económicos y políticos por las mujeres, lo cuales permite votar y ser votadas, y dedicarse a actividades económicas viables que comportan la obtención de un nivel más alto de ingresos y el acceso a facilidades de crédito.

En la ECDM se señala que la educación es la clave para lograr la prosperidad y un catalizador del desarrollo económico y el crecimiento industrial, así como un instrumento para el empoderamiento de los pobres, los débiles y los que no tienen la posibilidad de dejar oír su voz. La educación acrecienta la solidaridad colectiva, la conciencia nacional y la tolerancia de la diversidad. Sus tres objetivos prioritarios como subtema de la ECDM son dotar a los estudiantes de conocimientos y aptitudes para que puedan actuar como ciudadanos competentes y productivos, proporcionar una base académica para la obtención de un empleo remunerado en los sectores público, privado y no estructurado, y formar, al nivel de la enseñanza superior, profesionales de alta calidad dotados de conocimientos relevantes en los campos pertinentes.

El Gobierno ha respondido a los problemas con que tropiezan las mujeres y las niñas en sus esfuerzos para tener acceso a la educación, mediante la puesta en marcha de varias iniciativas, tales como la referente al logro por las niñas de un nivel básico de alfabetización —campaña de movilización social, la campaña de movilización social para una educación de calidad, la política de readmisión de niñas en las escuelas y la incorporación de una perspectiva de género en los planes de estudios.

Los indicadores de Malawi en materia de educación se encuentran entre los más bajos del África subsahariana. La enseñanza preescolar no ha sido objeto de gran atención en comparación con los demás niveles educacionales, y los principales protagonistas en los servicios encargados de esa enseñanza son instituciones ajenas al sector público.

La tasa de alfabetización de adultos es del 60,9%, con una cifra del 90,5% en el caso de la población urbana y del 58,7% en el de la población rural. En el cuadro 3 se indica el total de la población en edad escolar por niveles de enseñanza, edades y géneros.

Cuadro 3Población en edad escolar

Nivel de enseñanza

Edad

Ambos género

Varones

Porcentaje

Mujeres y niñas

Porcentaje

Primaria

6 - 13

2 857 643

1 415 656

49,54

1 441 987

50,46

Secundaria

14 - 17

1 193 326

563 465

47,22

629 861

52,78

Fuente: Oficina Nacional de Estadística, cifras estimadas en las proyecciones (2007).

El acceso a la educación, la asistencia de los alumnos a las clases, el contenido de la enseñanza y la ejecución de los programas educativos siguen planteando un reto. La calidad de la enseñanza se ha visto constantemente afectada por varios factores, sobre todo en las instituciones públicas. Mientras que el número de profesores de las escuelas privadas va aumentando lentamente, las cifras correspondientes a las instituciones públicas registran una constante disminución. El número de escuelas administradas por los sectores público y privado va en aumento, aunque a un ritmo lento. El número de escuelas se indica en el gráfico 2.

Gráfico 2Número total de escuelas primarias y secundarias en el período 2005-2007

Año

Escuelas

Escuelas primarias

Escuelas secundarias

Públicas

Privadas

Total

Públicas

Privadas

Total

2005

5004

155

5159

719

259

978

2006

5041

190

5231

788

318

1103

2007

5086

221

5307

715

334

1049

Número de escuelas primarias en 2005-2007Número de escuelas secundarias en 2005-2007 Públicas Privadas TotalEscuelas primarias Públicas Privadas TotalEscuelas secundarias

Fuente: Ministerio de Educación (2007).

La mayoría de la población no ha recibido enseñanza académica. Una encuesta realizada por la Oficina Nacional de Estadística, en 2000 indicaba que el 88% de la población (el 84% de los varones y el 92% de las mujeres) no había recibido esa enseñanza (es decir, no poseía un certificado de haber completado la enseñanza primaria ni un certificado de segundo año de enseñanza secundaria, ni tampoco un certificado escolar de educación de Malawi o de los niveles “A”; además carecía de títulos o diplomas). Las tasas de analfabetismo de las mujeres son especialmente altas, y la proporción de ellas que nunca han recibido enseñanza académica iba del 19% en el caso del grupo de edad de 20 a 24 años, al 70% en el de las de 65 o más años. En comparación, las cifras correspondientes a los hombres son 9 y 38%, respectivamente.

Aunque la introducción de la enseñanza primaria gratuita en 1994 aumentó la tasa bruta de escolarización al 132% y la tasa neta al 78% en 1999, los problemas planteados en esa enseñanza han dado lugar a altas tasas de abandono de los estudios. Se calcula que, en la actualidad, sólo un 30% de los niños que comienzan los estudios de enseñanza primaria los terminan. Las tasas de asistencia de los niños a las clases son especialmente bajas en el caso de las familias más pobres y en el de las niñas. Desde 2004 la matriculación anual en la enseñanza primaria registró un promedio de casi 32 000 alumnos en los años 2004, 2005 y 2006. Las cifras relativas a esos años en el caso de la enseñanza secundaria registraron un promedio de 19.000 estudiantes. Las cifras no son indicativas de la calidad de la educación que reciben estos alumnos y niños, que, según indican la mayoría de los comentaristas, es bastante deficiente.

Durante el periodo que se examina la matrícula en las escuelas primarias y secundarias registró un incremento constante. En 2004, la matrícula en las escuelas primarias era de 3.166.786 alumnos, al tiempo que, en 2007 la cifra fue de 3.306.926, lo que representa un alza del 4,2%. Durante el mismo periodo, la matrícula en las escuelas secundarias ascendió a 180.157 y 210.325 alumnos, respectivamente, lo cual representó un aumento del 14,3%.

Los motivos de las bajas cifras de escolarización y asistencia de niñas y niños a las clases son diversos y ofrecen varios aspectos. Algunos de los motivos más comúnmente citados son los siguientes: el hecho de que las niñas tienen bastantes años de edad en la fecha de matriculación; los embarazos precoces y de adolescentes; los matrimonios precoces; las demandas de trabajo; los bajos ingresos de los hogares; el acoso sexual y los deficientes valores éticos de los enseñantes varones; el acoso sexual por los condiscípulos; la falta de capacidad para ejecutar el plan de estudios al que se ha incorporado la perspectiva de género; los estereotipos y prejuicios en las relaciones entre estudiantes de ambos sexos, y la falta de servicios higiénicos adecuados, lo cual obliga a las niñas y jóvenes a abandonar la escuela después de alcanzar la pubertad.

Los problemas con que tropiezan las niñas para tener acceso a la enseñanza siguen planteándose a todos los niveles. Las niñas representan solamente un 37% de la matrícula bruta en las escuelas secundarias. Las cifras son también bajas en lo que respecta a la enseñanza superior, en la que de las cerca de 4.000 plazas disponibles, las estudiantes ocupan menos del 30%. La matrícula se ve restringida por la insuficiencia de plazas en los establecimientos docentes, de instalaciones y servicios de alojamiento, de material didáctico y de recursos financieros. Las estadísticas sobre la matrícula en las instituciones de formación técnica, profesional y empresarial también registran una baja cifra en el caso de las jóvenes.

El Ministerio de Educación ha puesto de relieve la necesidad de contar con servicios sanitarios adecuados en las escuelas a fin de atender las necesidades de las niñas y jóvenes. En la actualidad se están mejorando esos servicios mediante un proceso de construcción de servicios higiénicos y provisión de agua potable en las escuelas. En las zonas rurales, el Ministerio está construyendo pozos tubulares, mientras que en las zonas urbanas está suministrando agua corriente por tubería.

El Ministerio también ha indicado que van en aumento los casos de acoso sexual en las instituciones docentes, aunque no se han compilado cifras oficiales. Ese organismo está elaborando una estrategia sobre el acoso sexual en las escuelas. La ausencia de una estrategia y una política con respecto a este fenómeno en los centros de enseñanza ha afectado negativamente la finalización de los estudios por los alumnos y alumnas.

El Ministerio también ha señalado que dicho acoso rebasa el ámbito escolar y que es endémico a nivel de la comunidad y el hogar. Cabe indicar que incluso el acoso sexual externo afecta a los alumnos en su rendimiento en las escuelas, y por ello se necesitan una amplia política, legislación y severas medidas para poner freno a esa conducta inmoral. El Estatuto sobre la igualdad entre los géneros prevé la tipificación del acoso sexual como delito, así como recursos civiles contra los actos de acoso.

Algunas instituciones educacionales y de capacitación han incorporado una perspectiva de género en sus planes de estudios e introducido programas de formación destinados a impartir los conocimientos necesarios para la vida, los cuales son materias básicas en las escuelas, a fin de atender las necesidades de capacitación de las niñas y las jóvenes.

La igualdad entre los géneros en el proceso de admisión en las instituciones de capacitación de profesores ha sido también un problema ya que el Ministerio de Educación no tiene directrices para orientarlo. Ello se aplica también a las escuelas técnicas que caen dentro del ámbito de competencia de este organismo. Aunque en un manual sobre el programa de educación primaria inicial preparado por el Ministerio se ha propuesto la admisión en condiciones de igualdad, la cifra de las candidatas a ingresar en esas instituciones sigue siendo menor a causa de la falta de alojamiento. Por ejemplo, en la Escuela Normal de Domasi, que admite a candidatos a profesores de escuelas secundarias, hay 270 plazas para alumnas y 390 para alumnos, cifras que representan un 42 y un 58%, respectivamente. Sin embargo, los candidatos no admitidos sobre una base residencial lo son por méritos, en cuyo caso la admisión es casi en condiciones de igualdad. El Ministerio está formulando directrices para garantizar la admisión en pie de igualdad en las instituciones públicas de enseñanza y también la promoción de cursos no tradicionales para las estudiantes, quienes a menudo no solicitan la participación en cursos de ciencias y matemáticas.

Las tasas de abandono de los estudios de las alumnas son más elevadas que las de los alumnos. En algunos casos, el Ministerio prevé el ingreso de más mujeres que hombres, pero que a causa de las altas tasas de abandono de las estudiantes, las cifras de éstas son mucho más bajas que las correspondientes a los estudiantes varones. Las causas de esas elevadas tasas incluyen razones económicas y sociales y cuestiones relacionadas con la salud, como, por ejemplo, el embarazo.

El Ministerio de Educación también ha introducido bolsas de estudio y becas que tienen por finalidad permitir a las jóvenes recibir educación. En los institutos técnicos las bolsas y becas estaban destinadas a las alumnas de cursos en los que predominaban los varones, pero en la actualidad los criterios para la concesión de becas no se basan en el género, sino en la necesidad económica. El Ministerio está proponiendo la fijación de un cupo para el acceso de las estudiantes a bolsas de estudio y becas, lo cual también se ha propuesto en el marco del Estatuto sobre la igualdad entre los géneros.

Artículo 11Empleo y trabajo

La Constitución garantiza el derecho a unas condiciones y prácticas laborales seguras y equitativas. También prohíbe la discriminación y consagra el principio de un salario justo y el de igual remuneración por trabajo de igual valor, sin distinción ni discriminación de ningún tipo, en particular por motivos, entre otros de género. La Ley de empleo ha consolidado aún más el principio de no discriminación, así como varios motivos al respecto, inclusive el género. En el contexto de la elaboración del programa relativo a la legislación sobre el VIH/SIDA, la Comisión Jurídica propone que estas enfermedades se agreguen como causa para prohibir la discriminación en materia de empleo.

La Constitución consagra el derecho a realizar libremente actividades económicas, a trabajar y a ganarse la subsistencia en Malawi. Otro principio fundamental de la Ley de empleo es el derecho a una remuneración igual por trabajo de igual valor. Esto significa que las mujeres tienen derecho a gozar de todos los derechos y que no se puede discriminar contra ellas por motivos de género.

Sin embargo, siguen registrándose casos de mujeres que pierden su empleo a causa del embarazo. En otros casos, el embarazo es motivo para retener el pago del salario durante la licencia de maternidad y, con frecuencia, el periodo de esta licencia no se computa para fines de ascenso o con respecto a otras oportunidades para progresar en la carrera.

Las mujeres continúan siendo objeto de violencia en el lugar de trabajo. El acoso sexual por los compañeros de trabajo sigue siendo endémico, lo cual refleja los papeles establecidos socialmente. El acoso en el lugar de trabajo o en cualquier otra parte denigra a la mujer meramente a causa de su género y, como consecuencia de ello, las mujeres son insultadas y humilladas. Con todo sigue existiendo una falta de pruebas para demostrar el alcance del acoso sexual.

La única prueba disponible en apoyo de las denuncias de acoso sexual es el caso de Rose K. Kankosi c. la Oficina del Ombudsman, que fue objeto de una decisión judicial fuera del periodo que se examina. El caso se basaba en una práctica laboral injusta que equivalía a la violación de los derechos de la demandante en virtud de la Constitución, con arreglo a las disposiciones de su artículo 31, y a una renuncia forzada por presiones del empleador, de conformidad con el artículo 60 de la Ley de empleo. La demandante sostenía que era discriminada en el lugar de trabajo por resistirse al hostigamiento y las insinuaciones sexuales por parte del demandado. El Tribunal resolvió que, sobre la base de las pruebas aportadas, la conducta del demandado hacia la demandada equivalía a insinuaciones sexuales injustificadas. El Tribunal resolvió además que tales insinuaciones constituían hostigamiento sexual.

No hay ninguna normativa ni política en vigor que proscriba el acoso sexual. El proyecto de Estatuto sobre la igualdad entre los géneros propone que ese acoso se prohíba por ley; las normas legales propuestas tienen por finalidad proscribirlo a la luz del derecho de una mujer a la dignidad y de que, en consecuencia, deberían aplicarse tanto sanciones penales como civiles a los autores de tal acoso.

El trabajo infantil sigue siendo endémico en varias partes del país. Se utiliza a los niños tanto para tareas domésticas como para el trabajo industrial. La Constitución y la Ley de empleo prohíben el trabajo infantil y los trabajos forzados. El fundamento para prohibir el trabajo infantil es proteger a los niños contra la realización de labores que sean peligrosas y de carácter explotador.

Alrededor del 38% de los niños malawaianos de edad comprendida entre los 5 y los 17 años realizan algún tipo de trabajo, y un 95% de ellos tienen menos de 14 años. Más del 75% trabajan en el hogar, mientras que un 24% trabajan fuera de éste. La mayoría de los niños trabajan en el sector agropecuario y se han notificado casos en los que los niños suelen abandonar la escuela para realizar labores en plantaciones de tabaco.

Artículo 12Atención médica

No hay ninguna norma legal explícita que establezca el derecho a la salud y los servicios sanitarios. La Constitución prevé la obligación del Estado de prestar una atención médica apropiada y acorde con las necesidades de la sociedad malawiana y las normas internacionales sobre atención de la salud. Prevé además la obligación de lograr una nutrición suficiente para todos a fin de promover el buen estado de salud y la autosuficiencia de los ciudadanos. Estos aspectos se enuncian como principios de la política nacional y no como derechos de los malawianos. Éstos tienen derecho al desarrollo y, en la aplicación de este derecho, se ha individualizado a las mujeres, junto a los niños y las personas discapacitadas, en el sentido de que requieren especial atención con respecto al acceso, entre otras cosas, a los servicios de salud.

La Comisión sobre Cuestiones de Género encargada de formular el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros ha propuesto la inclusión en la nueva legislación de disposiciones acerca de la salud, sobre todo la salud sexual y reproductiva. Ello está en consonancia con la política en materia de salud reproductiva adoptada en 2002.

El acceso a los servicios de salud es limitado, sobre todo en las zonas rurales. Estos servicios los presta la administración pública, las organizaciones religiosas, el sector privado y los proveedores de servicios tradicionales de salud. El Estado proporciona un 60% de los servicios y la Asociación Cristiana para la Salud de Malawi un 25%. La aportación del sector privado es relativamente reducida y representa el resto.

Las cifras estadísticas básicas sobre la mujer muestran que, en 2004, la tasa de alfabetización de las mujeres jóvenes era del 54%; la edad media de las adolescentes al contraer primeras nupcias era de 17 años; la tasa de mortalidad materna de 984 por cada 100.000 nacidos vivos, y la mortalidad derivada de la maternidad de 6.000 mujeres cada año, al tiempo que esta mortalidad era de 16 mujeres al día. La tasa de frecuencia del uso de anticonceptivos era del 28%, mientras que la tasa de fecundidad de las adolescentes era del 30%.

Durante el período que se examina hay señales de que va en aumento la utilización de los servicios de planificación de la familia. Los embarazos no deseados son un fenómeno común.

El conocimiento de la existencia de métodos anticonceptivos se ha acrecentado en general y entre las mujeres del grupo de edad de 15 a 49 años. Un 97% de las integrantes de este grupo conocen, al menos, un método para planificar la familia. Se han llevado a cabo campañas de concienciación en este sector, siendo la radio y la interacción personal los medios más eficaces a causa del analfabetismo. Según la encuesta demográfica y de salud de 2004, un 97% de las mujeres de edad comprendida entre los 15 y los 49 años y un 97% de los hombres de edad comprendida entre los 15 y los 54 años conocen, como mínimo, un método moderno de planificación de la familia. Los medios anticonceptivos más conocidos por las mujeres son los inyectables (93%), los preservativos y la píldora (90%), y la esterilización de la mujer (83%). El medio anticonceptivo más ampliamente conocido por las mujeres sin ningún tipo de experiencia sexual es el preservativo masculino (72%).

El tamaño medio ideal de la familia para todas las mujeres era en 2004 de 4,0 miembros, es decir, una disminución frente a la cifra de 4,8 en 2000. Una proporción estimada del 35% de ellas no querían tener más hijos y deseaban limitar el tamaño de su familia a los niveles actuales, mientras que un 6% habían sido esterilizadas. Las necesidades no satisfechas de medios anticonceptivos es del 28% en el caso de las mujeres casadas, del 17% en el de las que desean que medie un intervalo entre los nacimientos y el 10% de las que desean limitar el número de hijos. La demanda total de servicios de planificación de la familia entre las mujeres casadas aumentó del 60% en 2000 al 62% en 2004. La utilización de métodos anticonceptivos por las mujeres casadas es del 33%, y un 28% en el caso de las que utilizan un método moderno. El preservativo sigue siendo el medio anticonceptivo preferido, especialmente entre las mujeres jóvenes, tal vez debido a su doble efecto de impedir además la infección por VIH. Las mujeres menos jóvenes siguen prefiriendo los anticonceptivos inyectables.

En el periodo quinquenal iniciado en 1999, el 20% de los embarazos eran no deseados y un 21% correspondían a un error en el cálculo del tiempo (embarazos deseados más adelante). El porcentaje de nacimientos no deseados registró un extraordinario aumento, pasando del 14% en 1992 al 22% en 2000, pero bajó al 20% en 2004. Se sigue practicando la terminación prematura del embarazo, pese a que está tipificada como delito en Malawi. La Comisión sobre las Cuestiones de Género, tras haber examinado su posición a la luz de los derechos en materia de salud sexual y reproductiva, ha recomendado que las normas penales que castigan el aborto sólo se modifiquen en la medida mínima a fin de garantizar el goce de los derechos reproductivos de la mujer. También se ha informado de que se llevan a cabo más abortos debido a la coacción que ejerce el varón para poner término al embarazo.

Los servicios gubernamentales se han puesto a la vanguardia en lo concerniente al suministro de medios anticonceptivos. Las organizaciones internacionales y no gubernamentales también apoyan esta iniciativa.

El número de mujeres que recibieron en Malawi atención prenatal por parte de un médico o una enfermera diplomada aumentó del 91% en 2000 a 93% en 2004. Las enfermeras y las parteras especializadas prestan esos servicios al 82% de las mujeres, al tiempo que las parteras tradicionales los prestan a un 2%. Un 10% reciben atención prenatal proporcionada por médicos y un 5% no reciben ninguna atención de esta índole. En consecuencia, un 50% de los nacimientos son atendidos por una enfermera o partera, un 6% por un médico o un asistente clínico y solamente un 1% por un encargado de cuidar a enfermos. Estas cifras ponen de manifiesto que, entre 2000 y 2007, se registró un aumento del 2% de la proporción de los nacimientos atendidos por un médico o un asistente clínico.

Un 70% de todas las mujeres no reciben en absoluto la atención postnatal que se recomienda que comience inmediatamente después del parto y se prolongue durante los 42 días siguientes. Las mujeres que fueron objeto de ese tipo de atención (30%) lo recibieron dentro de los dos días de producirse el parto; pocas de ellas fueron objeto de reconocimientos en el periodo de 3 a 6 días después del parto, y un 8% recibieron atención entre las semanas primera y sexta después de éste.

La lactancia materna es casi general en Malawi. Casi un 98% de los lactantes son amamantados durante un periodo medio de 23,4 meses. La alimentación con biberón es relativamente poco común y su utilización para los lactantes de menos de 6 meses de edad no ha rebasado el 3%. Es probable que estas cifras cambien a causa de la introducción de la iniciativa para la prevención de la transmisión de la madre al hijo, en cuyo marco se aconseja a las mujeres infectadas por VIH que amamanten a sus hijos.

El Ministerio de Salud indica que, en muchos casos, las personas tienen que recorrer largas distancias hasta el lugar donde se encuentran los servicios de salud. En algunos casos las mujeres tienen que viajar distancias de más de 20 km. para tener acceso a esos servicios. El Ministerio tiene planes para construir más instalaciones para la prestación de servicios sanitarios en todo el país, de manera que la distancia media hasta un centro de salud sea inferior a 5 Km. en cualquier lugar del país.

El VIH y el SIDA

Malawi sigue siendo uno de los países del mundo fuertemente afectados por la epidemia de VIH/SIDA. El número total de personas infectadas por el VIH en 2008 se calcula en 898.888, de las cuales 89.055 son niños de edad comprendida entre cero y 14 años. La tasa de prevalencia entre los adultos a nivel nacional en 2008 se estima en un 12,0%. La tasa de prevalencia del VIH en las zonas urbanas en el grupo de edad comprendida entre 15 y 49 años asciende al 15,6%, frente al 11,6% en el caso de la población rural. El número de personas de la población urbana infectadas se calcula en 179.745, en tanto que la cifra correspondiente a la población rural es de 630.088. El número de mujeres de más de 15 años de edad infectadas es de 473.348. La cifra anual de defunciones causadas por el SIDA se calcula en 85.000.

Las cifras estadísticas indican que las mujeres siguen constituyendo una mayoría del número total de personas infectadas. La epidemiología regional indica que, en la región meridional del país la prevalencia del VIH es el 18,6%, en la central del 9,3% y en la septentrional del 13,5%. El contacto heterosexual es la causa del 88% de todas las infecciones, en tanto que la transmisión de la madre al hijo y las transfusiones de sangre representan el resto. En el cuadro 3 figuran otras estadísticas sobre la prevalencia del VIH entre grupos especiales de la población.

Cuadro 3Perfil de la prevalencia del VIH

Porcentaje

Prostitutas

69,1

Maestros de enseñanza primaria

24,2

Maestras de enseñanza primaria

21,6

Profesores de enseñanza secundaria

17,6

Profesoras de enseñanza secundaria

16,7

Mujeres comerciantes en las zonas fronterizas

23,1

Vendedores

7

Conductores de camión

14,7

Pescadores

16,6

Trabajadores de plantaciones

19,5

Trabajadoras de plantaciones

17,1

Policía – agentes varones

24,5

Policía – agentes femeninos

32,1

Fuente: Comisión Nacional de Lucha contra el SIDA (2008).

La toma de conciencia del problema planteado por la pandemia del VIH/SIDA es casi general en Malawi. Prácticamente todas las personas han oído algo acerca del SIDA, aunque un conocimiento más amplio de la enfermedad se ve limitado especialmente por las creencias acerca del SIDA y por el deficiente conocimiento de la transmisión y prevención del VIH. Los hombres tienen un mejor conocimiento de la prevención del VIH, y de las falsas ideas sobre éste y el SIDA, que las mujeres, ya que casi un 30% de los miembros femeninos de los hogares nunca han asistido a la escuela. Se conocen como métodos preventivos la utilización de preservativos y la limitación del número de parejas sexuales. Las mujeres son biológicamente más susceptibles que los hombres a la infección por VIH, pero un número considerable de hombres y mujeres se dan cuenta de que una persona de aspecto saludable puede estar infectada por el VIH.

Las iniciativas puestas en marcha durante el periodo que se examina incluyen la medida adoptada por el Ministerio de Salud para una integración de los servicios de salud que promueve un amplio modelo de atención prenatal, lo cual fomenta el uso de una prueba facultativa en las clínicas de atención prenatal de todas las mujeres embarazadas. El amplio programa sobre el VIH/SIDA para las mujeres y niñas tiene por objeto reducir la feminización de la pandemia mediante la promoción del conocimiento de los métodos preventivos entre las niñas y mujeres jóvenes; la educación de las niñas; el conocimiento acerca de la violencia contra las mujeres y las niñas; el conocimiento sus derechos en materia de propiedad y sucesión; la reducción de la carga del cuidado de los enfermos que recae en las mujeres y las niñas, y el cuidado y tratamiento de ellas.

El Plan ampliado de orientación y análisis del VIH (2006-2010) se formuló en 2005 como instrumento de planificación para establecer el marco y las estrategias que permitieran ampliar en alto grado los servicios de orientación y análisis del VIH. El Plan comprendía un programa bienal de costos operacionales para 2006 y 2007. En el marco del Plan se formularon siete estrategias que, si se aplicaban, podían permitir el acceso de casi 3 millones de malawianos a esos servicios en 2006-2010. Ello incluye mejorar el acceso equitativo de todos los malawianos a los servicios, aumentar su calidad, desarrollar la capacidad de los recursos humanos para prestarlos, crear una demanda de ellos, elaborar y difundir material sobre los recursos relativos a dichos servicios, realizar investigaciones e intercambiar experiencias.

El Gobierno aprobó en 2005 el segundo plan ampliado nacional de tratamiento antirretroviral para que estuviera en vigor de 2006 a 2010. Este plan aspiraba a establecer el acceso general a ese tratamiento, con la finalidad primordial de iniciarlo en relación con 35.000 nuevos enfermos en 2006, 40.000 en 2007 y 45.000 en cada uno de los años 2008, 2009 y 2010, alcanzando un total de 245.000 enfermos al final de 2010.

Esas cifras se lograron mediante la ejecución del plan ampliado en los 60 lugares en la ronda 1, la introducción de la prestación de los servicios en 38 nuevos lugares en la ronda 2 para abril de 2006 y la posible introducción del tratamiento en más lugares en la ronda 3 para 2007, así como a través de la participación del sector privado. Los planes para reducir la carga de trabajo en las clínicas establecidas incluyen un menor uso de los trabajadores sanitarios de menor categoría para el seguimiento de los enfermos y la descentralización a los centros sanitarios donde se prestan los servicios.

En el contexto del programa nacional de lucha contra la tuberculosis se formuló un plan quinquenal para combatir una de las principales infecciones oportunistas relacionadas con el VIH/SIDA. Se preveía que el plan estuviera en vigor de 2002 a 2006; en su marco, el Gobierno ejecutó de 2003 a 2005 un programa trienal para la realización de mayores actividades en relación con el VIH/tuberculosis.

Los principales elementos de este programa eran los siguientes: servicios voluntarios de asesoramiento y análisis del VIH para enfermos de tuberculosis, el tratamiento preventivo de las personas infectadas con el VIH que no tuvieran tuberculosis, el tratamiento adicional preventivo con ciclofosfamida de las personas seropositivas enfermas de tuberculosis, y la administración de tratamiento antirretroviral a los enfermos de tuberculosis ligada al VIH.

Alrededor de 30.000 de las 100.000 nuevas infecciones por VIH en el país se han atribuido a la transmisión de la madre al hijo. Se calcula que un 18,3% de las 540.000 mujeres que dan a luz cada año están infectadas con el VIH, lo cual significa que hay 98.000 mujeres que necesitan tener acceso a los servicios de prevención de la transmisión de la madre al hijo. Se ha formulado un plan quinquenal para la prestación de este tipo de servicios en 2006-2010, cuya finalidad es mejorar en alto grado la tasa de 2,7% correspondiente a las mujeres infectadas con el VIH que recibieron profilaxis antirretroviral in 2004. Las metas de este plan son: aumentar el número de mujeres embarazadas objeto de análisis de VIH desde más de 100.000 en 2006 a más de 400.000 en 2010; administrar esa profilaxis a 10.000 parejas de madres e hijos en 2006 y a más de 65.000 en 2010, y prevenir así 40.000 infecciones de lactantes durante el período del plan.

Una de las causas conocidas de la mayor vulnerabilidad de las mujeres y niñas reside en las relaciones de poder desiguales entre el hombre y la mujer. Con frecuencia, las mujeres no pueden ejercer sus derechos en materia de salud sexual y reproductiva, como insistir en la utilización de preservativos, debido al temor a perder a su pareja o a que el matrimonio se disuelva. Los hombres tienen más parejas sexuales que las mujeres. Muchas veces los cónyuges que mantienen relaciones sexuales con múltiples parejas no se informan mutuamente acerca de su situación en lo que concierne a una reacción seropositiva.

La estigmatización social de las mujeres infectadas es mayor que la de los hombres, los cuales pueden dejar a su cónyuge para casarse con otra mujer que no esté infectada.

Se sabe que las prácticas tradicionales y culturales dan lugar a unas relaciones de poder desiguales. En este sentido, las mujeres y las niñas soportan la carga de cuidar a los enfermos de SIDA. Los textos legislativos propuestos sobre la igualdad entre los géneros y el VIH/SIDA prohíben esas prácticas culturales nocivas. En la legislación propuesta sobre el VIH/SIDA, que ha basado la prohibición en la probabilidad de infectar a otra persona, también se ha tomado nota de que las víctimas de la mayoría de esas prácticas son mujeres que a menudo se ven obligadas a participar en prácticas arriesgadas.

La costumbre de algunos curanderos tradicionales de recomendar a las personas que mantengan relaciones sexuales con albinos, o con mujeres jóvenes vírgenes, para quedar libres de la infección del VIH también ha dado lugar a un incremento de la prevalencia de la infección entre las mujeres y niñas. El Gobierno está en vías de formular una política nacional para reglamentar la práctica de esos curanderos; por otra parte, en la legislación propuesta sobre la pandemia se ha tipificado como delito, la difusión de información engañosa; ha hecho más estrictas las disposiciones del Código Penal sobre los delitos sexuales, y ha propuesto además que todos sus autores sean objeto de análisis del VIH en los asuntos penales.

Sólo se dispone de escasa información sobre el cáncer de mama, de ovario y de cuello uterino. En Malawi no hay ningún servicio para tratar a los enfermos de cáncer, y, por otra parte, el conocimiento de esas enfermedades entre las niñas es relativamente reducido. En la actualidad, el Gobierno promueve la concienciación y educación junto con procedimientos simplificados para las pruebas y la mamografía, a título gratuito o a un precio reducido, en los centros de salud de todo el país.

Artículo 13Seguridad económica y social

La Constitución ha establecido un marco jurídico para garantizar el ejercicio por la mujer de sus derechos en materia de prestaciones sociales, acceso al crédito, y la participación en actividades de esparcimiento, en los deportes y en todos lo aspectos de la vida. En virtud de la Constitución se garantiza a la mujer la facultad de adquirir y conservar derechos de propiedad sobre bienes, inclusive los recibidos por herencia. Otros beneficios garantizados incluyen el derecho a adquirir y conservar la custodia de los hijos, así como el derecho, en igualdad de condiciones, de adoptar decisiones que afecten a la educación de los hijos; además, al disolverse el vínculo conyugal, el derecho a disponer en forma equitativa de los bienes gananciales y el derecho a una pensión alimenticia justa.

El programa relativo a la Ley de testamentos y sucesión garantiza que la familia inmediata, que se ha definido como el cónyuge supérstite y los hijos, se beneficie en primer lugar de la herencia.

No hay ninguna norma legal que niegue a la mujer el acceso al crédito, pero en la práctica hay discriminación a este respecto. La población que puede tener acceso al crédito en el país ya es de por sí reducida y, por tanto, las disparidades entre los géneros en este sector siguen siendo una realidad. Las oportunidades para obtener crédito en Malawi ya son sumamente limitadas. Muy pocos propietarios de pequeñas y medianas empresas tienen acceso a préstamos. La posibilidad de obtener crédito institucional y para fines de inversión sigue siendo insuficiente en el caso de las mujeres. La mayoría de ellas obtienen préstamos por conducto de las instituciones de microfinanciación.

La Constitución consagra el derecho a participar en la cultura y utilizar el idioma que se desee. Este derecho puede restringirse por ley o con arreglo a las normas internacionales de derechos humanos, en una sociedad abierta y democrática, y cuando ello sea razonable. Esto justifica la posición de la Comisión sobre las Cuestiones de Género y la Comisión Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA de establecer algunas limitaciones a ciertas prácticas tradicionales y culturales.

Artículo 14La mujer rural

El país sigue siendo predominantemente rural. La Constitución ha enunciado un derecho colectivo al desarrollo, previendo el reconocimiento de las mujeres, los niños y las personas discapacitadas como merecedores de una consideración especial en la aplicación de ese derecho. La Ley fundamental dispone además que el Estado asegurará la igualdad de oportunidades para todos en lo tocante al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, la alimentación, la vivienda, el empleo y la infraestructura. El Estado viene obligado asimismo a justificar sus políticas conforme a esa responsabilidad.

La calidad de la vida en el medio rural sigue siendo mucho peor que en las zonas urbanas. Una alta proporción de la población rural está integrada predominantemente por agricultores de subsistencia, y las mujeres representan cerca del 80% de ella. El costo de la vida es más bajo que en las zonas urbanas. El acceso a los insumos agrícolas se ve limitado por factores relacionados con su disponibilidad y asequibilidad. Las mujeres rurales dedican más tiempo a las labores agrícolas que los hombres. El abastecimiento de agua potable constituye un problema para ellas, ya que tienen que recorrer grandes distancias —hasta de cinco kilómetros— para acceder a ella.

Las mujeres rurales son objeto de más discriminación que las de las zonas urbanas. Se las considera, siguiendo un criterio estereotipado, como seres más débiles y sumisos que los hombres. El hecho de no contraer matrimonio se considera peor en el caso de la mujer que en del hombre de la misma edad. La mujer divorciada es objeto de una discriminación aún mayor , y se la puede rehuir pues se piensa que es una persona fracasada. El matrimonio es una fuente de respeto y mejor condición social en las zonas rurales. Algunas de estas actitudes están respaldadas por las normas consuetudinarias. A diferencia de la mujer de las zonas urbanas, la del medio rural es a menudo objeto de prácticas sociales y culturales perjudiciales y discriminatorias. En el entorno doméstico, las relaciones de poder siguen estando inclinadas en favor del hombre. La mayoría de las mujeres rurales hacen frente a violencia, que incluye agresiones físicas; no pueden hacer ninguna contribución, o aportan una de alcance limitado, a la cuestión de determinar el número de hijos y el intervalo entre éstos. Todo intento de intervenir en las decisiones importantes del marido trae a menudo consigo el divorcio o abusos físicos. Lamentablemente, se prevé social y culturalmente que la mujer soportará estos abusos, y ello se ve reforzado por las creencias y prácticas religiosas y tradicionales.

La mujer rural tiene un acceso limitado a los servicios de atención de la salud. Con frecuencia tiene que recorrer grandes distancias para recibir esa atención. En el hogar tiene que hacer frente a la labor de cuidar a los enfermos, incluso cuando ella misma está recargada de trabajo a causa de las tareas domésticas. La tasa nacional de mortalidad de lactantes es de 76 por cada mil nacidos vivos y la de mortalidad infantil de 62 por cada mil. Las tasas de mortalidad en las zonas urbanas suelen ser más bajas que las registradas en el medio rural. Las tasas de mortalidad de niños menores de 5 años son de 116 por cada mil nacidos vivos en las zonas urbanas, frente a 164 por cada mil en las rurales. Si se comparan las tres regiones de Malawi, la septentrional registra una tasa de mortalidad de niños menores de cinco años más baja (120 por cada mil nacidos vivos) que la correspondiente a la región central (162 por cada mil) o la meridional (164 por cada mil). De manera análoga, la mortalidad infantil es más baja en la región septentrional (82 por cada mil), frente a la región central (90 por cada mil) o la meridional (98 por cada mil nacidos vivos).

Las altas tasas de fecundidad de las mujeres rurales son consecuencia de su imposibilidad para negociar en el hogar la planificación de la familia, la cual viene determinada exclusivamente por los hombres. Esas mujeres registran tasas de fecundidad de 4,2 hijos por mujer, en comparación con 6,4 hijos por mujer en las zonas urbanas. El nivel de instrucción y la situación económica de las mujeres parecen ser en todos los casos una importante variable en el análisis del comportamiento en relación con la fecundidad. Las mujeres que no han tenido instrucción o que han recibido un bajo nivel de enseñanza primaria (uno a cuatro años) registran una tasa total de fecundidad superior a la correspondiente a las mujeres con una enseñanza primaria de más alto nivel (cinco a ocho años), o con estudios de educación secundaria o superior.

Las mujeres rurales contribuyen en alto grado a atender las necesidades de mano de obra de su sociedad. Además contribuyen en mayor medida que los hombres a la mano de obra agrícola; producen asimismo más alimentos para satisfacer las necesidades del hogar que los varones. Por otra parte, habiendo aportado una importante contribución a la producción alimentaria, las mujeres también se dedican en gran parte a preparar los alimentos en el hogar. La realización de estas tareas se pasa a las niñas y se comparte con ellas, dejando a los niños que no trabajen o se dediquen a actividades económicas o a realizar estudios. En la producción de cultivos comerciales, predominantemente té y tabaco, las mujeres también aportan más mano de obra.

A las mujeres se las valora asimismo en las zonas rurales debido, sobre todo, a su fecundidad. La tasa de fecundidad de las mujeres del medio rural es más alta que la correspondiente a las de las zonas urbanas. La mujer rural sigue teniendo hijos, pese a las demás tareas y obligaciones que debe cumplir. A la mujer estéril se la menosprecia y el hecho de no tener hijos en un matrimonio se considera una causa válida de divorcio.

El acceso a bienes raíces por parte de la mujer rural suele producirse a través del cabeza de familia, que es un varón. En las sociedades patrilineales, el acceso a la tierra se produce a través del marido, en tanto que en las matrilineales tiene lugar a través del tío paterno. En ambos casos, la figura masculina sigue ejerciendo el control de la tierra de la familia. Aún así se ha observado que en las sociedades matrilineales, la propiedad de la tierra sigue correspondiendo a la mujer, en tanto que el control de ella corresponde al hombre. Es ese un derecho tradicional de la mujer.

La Comisión Jurídica está revisando la legislación actual para armonizarla con la nueva política en materia de tierras. A este respecto, sigue siendo un problema, a la luz de la reforma agraria en curso, la propuesta para introducir títulos de propiedad en Malawi por si ello no privaría a las mujeres en una sociedad matrilineal de su derecho tradicional a poseer tierra, del cual gozan aunque esté controlada por los hombres.

Artículo 15Igualdad ante la ley y en materias civiles

La igualdad de todos los malawianos ante la ley está consagrada en el artículo 41 de la Constitución. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los pueblos también enuncian el principio de la igualdad ante la Ley.

Con arreglo a la Constitución, la mujer también tiene capacidad jurídica, en condiciones de igualdad con el hombre, para concluir contratos, adquirir y mantener derechos sobre los bienes, adquirir y retener la ciudadanía y, en general, hacer valer sus derechos.

El acceso a los tribunales sigue siendo limitado debido al costo de los procedimientos judiciales, inclusive el pago de los honorarios por concepto de asistencia letrada.

La mujer goza del derecho a la libre circulación para realizar actividades económicas, recibir educación y conseguir empleo. En muchos casos, las mujeres siguen teniendo un goce limitado de este derecho a causa de las medidas de control introducidas por los varones que restringen su derecho a la libre circulación.

Artículo 16Matrimonio y relaciones familiares

La Constitución reconoce a la familia como unidad fundamental de la sociedad, que tiene derecho a recibir protección de ésta y del Estado. La institución de la familia sigue estando profundamente arraigada en la sociedad malawiana y goza de gran respeto, tanto en las zonas rurales como en las urbanas. La Constitución ha puesto de relieve el estado civil como uno de los motivos por los que se debe prohibir la discriminación contra la mujer.

Hay desigualdades entre el hombre y la mujer en todas las fases de la vida familiar, sobre todo al contraer matrimonio, durante la subsistencia de éste y cuando se disuelve.

La Constitución prevé la igualdad de derechos del hombre y la mujer a contraer matrimonio y fundar una familia. Dispone además que no se puede obligar a ninguna persona de más de 18 años de edad a contraer matrimonio. Las personas de edades comprendidas entre 15 y 18 años pueden contraer matrimonio con el consentimiento de los padres o el tutor. El Estado desalentará los matrimonios en los que una o ambas partes sean menores de 15 años. Al permitir el matrimonio a las personas menores de 21 años, la Constitución ha tenido en cuenta los matrimonios de niños, con arreglo a la Ley de matrimonio.

En Malawi existen los matrimonios de niños a causa de la tradición y las creencias religiosas, aunque su número ha disminuido constantemente. El hecho de cumplir la edad de la pubertad parece ser la señal de que se está en condiciones de contraer nupcias. En las zonas rurales, las mujeres jóvenes, al llegar a la pubertad, reciben una instrucción tradicional que incluye la preparación para el matrimonio. Los ritos de iniciación a la edad adulta se concluyen en algunas culturas con la unión sexual con un varón escogido por los ancianos de la localidad (fisi).

Debido al alto nivel de pobreza, los padres alientan con frecuencia a sus hijas a contraer matrimonio con hombres en buena situación económica a fin de poder salir de la situación de pobreza. Esos padres mencionan a menudo el temor a avergonzarse por tener que aducir un embarazo prematuro de las hijas como motivo para alentarlas a contraer matrimonio en forma digna.

También se ha dado a niñas en matrimonio para pagar una deuda de los padres o tutores. Una costumbre conocida con el nombre de kupimbira, que se practica en la región septentrional, es una forma de reembolso de una deuda en la que se entrega una hija al acreedor por no haber saldado una deuda.

La Comisión Jurídica ha revisado las normas legales relativas al matrimonio y el divorcio. Durante la revisión, la Comisión examinó varios estatutos sobre el matrimonio y también el derecho consuetudinario. Se enteró de que había diversos tipos de matrimonio previstos en el ordenamiento jurídico. La mayor parte de las uniones se contraen en virtud del derecho consuetudinario, utilizando el sistema patrilineal, que predomina en la región septentrional y en el distrito de Nsanje en el sur, y el sistema matrilineal que predomina en las regiones central y meridional. Estos sistemas se han descrito en los informes periódicos combinados (párrafo 16.4).

Durante el proceso de revisión, la Comisión Jurídica estudió los derechos y obligaciones de las partes en el contrato matrimonial. La primera observación formulada por la Comisión fue que esos derechos y obligaciones venían determinados a menudo por la naturaleza de las formalidades que se habían adoptado al contraer el matrimonio. La Comisión concluyó que esas formalidades solo deberían abarcar la determinación de la validez del matrimonio y no deberían conferir derechos ni imponer obligaciones a las partes.

La familia se ha considerado desde hace tiempo como una institución privada en la que no tenían que inmiscuirse el Estado ni la sociedad. En realidad, tanto el Estado como la sociedad han encontrado una vía en ese sentido en la intimidad conyugal. La frecuencia de la violencia doméstica trajo consigo la promulgación de la Ley de prevención de la violencia en el hogar, que es una forma de intervención del Estado. La intervención de terceros en los matrimonios se ha prescrito en la ley propuesta sobre el matrimonio y el divorcio.

Sigue registrándose un número cada vez mayor de incidentes de violencia en el hogar, que incluyen el abuso sexual, económico, físico y psicológico. El abuso sexual podría ser consecuencia de una perversión individual, pero, en fecha reciente, se ha culpado de ella a los curanderos tradicionales que recomiendan las relaciones sexuales con menores como panacea para la infección por VIH y como ingrediente indispensable para la adquisición de riqueza. Se convence usualmente a los hombres de que se acuesten con sus hijas, incluso de una edad de seis meses.

Los casos de abuso físico también van en aumento. En dos casos puestos de relieve de manera sensacionalista por los medios de información, uno se refería a una sirvienta que había sido rociada con agua muy caliente por su ama y otro era el de un marido que había cercenado las manos a su esposa por sospecha de adulterio. Tanto las organizaciones gubernamentales como las de la sociedad civil han estado abordando las cuestiones de la violencia en el hogar mediante la prestación de servicios esenciales a las mujeres víctimas de ella, inclusive vivienda y asistencia letrada.

Los matrimonios se disuelven por distintos motivos. La Ley de matrimonio ha previsto cinco motivos por los que los contraídos en virtud de ella pueden disolverse. Durante el procedimiento de revisión, la Comisión estudió la posibilidad de adoptar un régimen unificado para reglamentar todos los matrimonios en el país. Ello comportaba además la adopción de causales comunes de divorcio y la Comisión recomendó que, en relación con todos los matrimonios, se concediese el divorcio si se hubiera roto irremediablemente el vínculo matrimonial. Con arreglo a la ley propuesta la ruptura irremediable puede demostrarse mediante pruebas de adulterio, decepción, demencia, condena por un delito sexual o cualquier otra razón que a juicio del tribunal competente haya dado lugar a la ruptura irremediable del lazo conyugal.

Con respecto a la pensión alimenticia, la normativa actual, es decir la Ley de la mujer casada (pensión alimenticia), dispone que sólo se otorgará a mujeres. La Constitución consagra esta posición al prever, entre los derechos de la mujer, que ésta tiene el de recibir una pensión alimenticia justa y equitativa al disolverse el matrimonio. En el proceso de revisión se ha adoptado el enfoque de la igualdad entre los géneros y se ha previsto que la pensión alimenticia podrán pagarla el marido o la esposa. La normativa propuesta también prevé una pensión alimenticia mientras subsista el matrimonio; después del divorcio, la separación judicial y la anulación del matrimonio, y en el caso de mujeres embarazadas solteras. Se confieren facultades a los tribunales para dictar órdenes y modificar o anular las dictadas con respecto a esa pensión. Las órdenes judiciales de pago de una pensión alimenticia emitidas en países extranjeros pueden registrarse en Malawi, y se puede dictar una orden judicial al respecto contra una persona que resida en otro país.

La Constitución garantiza además la igualdad de derechos con respecto a la adquisición y conservación de la custodia, la tutela y el cuidado de los hijos. Esta posición se ha reforzado en la normativa propuesta sobre el matrimonio y el divorcio. De conformidad con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño es preciso tener en cuenta todas las cuestiones relacionadas con la custodia de los hijos, no sólo la edad de éstos sino también sus mejores intereses.

La terminación del matrimonio puede también producirse a petición o por fallecimiento de una de las partes en él. En muchas ocasiones surgen casos de apropiación de los bienes y se produce una injerencia en los derechos de propiedad conyugales de la esposa. Aunque la Ley de testamentos y sucesión fue enmendada para prohibir la apropiación o desposesión de bienes, su aplicación dista aún mucho de ser efectiva, ya que hasta la fecha no se ha nombrado ningún fiscal. Por otra parte, el proyecto de ley correspondiente no ha sido aprobado por el Parlamento.

La familia sigue siendo la unidad básica de la sociedad pero ha sido definida nuevamente, sobre todo a la luz de la epidemia de VIH/SIDA. La epidemia ha traído consigo la aparición de hogares con un solo progenitor, y familias encabezas por niños o por abuelos.

El Gobierno ha puesto en marcha varias iniciativas para proteger los intereses de los niños huérfanos. El Plan de acción nacional sobre los huérfanos y otros niños vulnerables para 2005-2009 es una de ellas. El Plan tiene por finalidad crear un entorno propicio para la realización de los derechos de todos esos niños. Su orientación prioritaria es elaborar y aplicar un sistema integrado de redes de seguridad que preste ayuda en el marco de paquetes polifacéticos de apoyo a nivel de los hogares. En el Plan se han expuesto en detalle un plan de trabajo, las responsabilidades de las partes directamente interesadas y un marco para la continuación, mejora y ampliación de las intervenciones ya en curso en favor de los huérfanos y otros niños vulnerables.

El reto de hacer realidad la igualdad entre el hombre y la mujer sigue siendo una ilusión, especialmente en el entorno de la familia. Se abriga la esperanza de que los criterios estereotipados sobre los géneros y las desigualdades entres éstos cambien después de la promulgación de la legislación propuesta sobre el matrimonio y el divorcio.

Tercera parteFactores y desafíos que afectan el cumplimiento de las obligaciones en virtud de la Convención

Aunque se han realizado considerables progresos durante el período que abarca el presente informe, uno de los principales obstáculos para la plena aplicación de las disposiciones de la Convención sigue siendo la existencia de prácticas discriminatorias que producen efectos negativos sobre la consecución de los principios, objetivos y metas establecidos en los marcos jurídico, institucional y normativo relacionados con la igualdad entre los géneros en Malawi.

Ha sido difícil aumentar la toma de conciencia y aceptación de la importancia de respetar, proteger y realizar los derechos de la mujer en el proceso de establecer el Estado de derecho, así como de la significación de la participación de la mujer, en condiciones de igualdad, como asociada y beneficiaria del proceso de desarrollo socioeconómico del país.

Por otra parte, se han logrado progresos de alcance limitado en la aplicación de las disposiciones de la Convención, lo cual debe considerarse en el contexto de una situación de extrema pobreza, que afecta a un gran porcentaje de la población, especialmente las mujeres. Malawi sigue siendo uno de los países más pobres del mundo, en el que la distribución de los ingresos continúa siendo desigual.

Todavía es preciso perfeccionar el marco jurídico del país mediante la incorporación al derecho interno de las disposiciones de los tratados internacionales que ha ratificado, a fin de promover y proteger los derechos de la mujer. La actual legislación tiene que aplicarse en forma más efectiva y debe facilitarse el acceso de las mujeres a la justicia, con especial hincapié en las pertenecientes a los grupos más marginados, como las mujeres y las adolescentes pobres, discapacitadas, indígenas y del medio rural.

Malawi aún no ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención.

Con respecto a la prevención de la violencia en el hogar, el Gobierno ha realizado progresos en lo tocante a facilitar el acceso a las instituciones que pondrán en funcionamiento el mecanismo de respuesta a esa violencia. Ello incluye una ampliación del apoyo a las víctimas cuando se formulen denuncias, el establecimiento de tribunales que protejan y defiendan a los niños, el fomento de una rápida resolución de los asuntos en los procedimientos judiciales, y la promoción y protección en lo que concierne al ejercicio por las víctimas de sus derechos. Con todo, siguen registrándose demoras en los procesos y las decisiones judiciales.

El Gobierno ha facilitado la elaboración de una normativa sobre la igualdad entre los géneros que garantice el principio de igualdad de oportunidades para la mujer y fortalezca las actuales políticas, planes y programas con respecto a ella. No obstante, aún no se ha concluido el proceso de elaboración de esa normativa.

Las dificultades debidas a no haber elaborado y adoptado el Estatuto sobre la igualdad entre los géneros se aplican también a otros estatutos conexos que se han presentado en algunos casos al Parlamento. Estos problemas reflejan la falta de consenso entre las fuerzas políticas y las diversas partes directamente interesadas en el movimiento femenino.

La puesta en marcha de las iniciativas referentes a la igualdad entre los géneros sigue dependiendo demasiado de los recursos que proporcionan los asociados internacionales de Malawi. El Estado no ha asignado un volumen suficiente de recursos a las instituciones que promueven el adelanto de la mujer, ni para la aplicación de políticas y la ejecución de programas en materia de género. No obstante, cabe subrayar que la gradual incorporación de una perspectiva de género en otras políticas nacionales (inclusive las relativas al VIH/SIDA, la Política nacional en materia de nutrición y el plan nacional para el sector de la educación) está brindando oportunidades para movilizar el apoyo político y la asistencia financiera en lo que respecta a las cuestiones de género.

El Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño, que no es financiado en medida suficiente por el Gobierno pero que se ha puesto a la vanguardia de los esfuerzos encaminados a ejecutar el programa sobre cuestiones de género, tiene una capacidad limitada para producir efectos en las instituciones y otras autoridades gubernamentales a fin de alcanzar una posición que le permita garantizar la adopción de un enfoque de igualdad entre los géneros dentro del Gobierno.

Aun cuando se han realizado progresos en cuanto a reducir la tasa total de fecundidad, siguen existiendo importantes diferencias entre la fecundidad deseada y la efectiva, las cuales guardan relación con el nivel de instrucción, el lugar de residencia, los ingresos y el grupo étnico de las mujeres. Son causa de especial preocupación las tasas relativamente altas de embarazos de adolescentes y de mortalidad materna, que reflejan la falta de acceso a información sanitaria y a servicios básicos de salud. Habida cuenta de esta situación, la reducción de la mortalidad materna ha pasado a ser una prioridad, no sólo para el sector de la salud sino también en lo que respecta a la Estrategia de crecimiento y desarrollo de Malawi, que estableció objetivos en relación con todas las cuestiones normativas.

Los desafíos planteados incluyen la ausencia de un mecanismo para la presentación de informes, el desconocimiento de qué casos de acoso sexual deben denunciarse, la incapacidad para formular denuncias debido a razones sociales y culturales, y la falta de personal calificado para prestar servicios de asesoramiento y orientación a las víctimas de dicho acoso.

La atención de la salud es un sector de gran densidad de mano de obra y los médicos, enfermeras, profesionales clínicos y asistentes de vigilancia sanitaria constituyen el eje de los servicios de atención médica. El sector de la salud se ha visto sumamente afectado por la eliminación natural de puestos, la morbilidad y el absentismo, así como por el éxodo de personal médico. Las tasas de eliminación natural entre los trabajadores sanitarios han venido aumentando constantemente en los últimos 20 años. La muerte es la principal causa de esa eliminación y representó un 45% de todos los casos entre 2004 y 2005. Es probable que cerca del 10% de las defunciones sean atribuibles al SIDA. Otros factores que contribuyeron a dicha eliminación fueron la jubilación y la renuncia al puesto.

El éxodo intelectual en el caso de los trabajadores de atención de la salud ha resultado ser altamente costosa para el país, en términos de pérdida de la inversión económica en cada trabajador del sector y de pérdida de sus conocimientos y aptitudes profesionales. Un estudio realizado en 2006 indicaba que el costo económico de la educación de una enfermera-partera habilitada que emigraba de Malawi ascendía a una cifra comprendida entre 71.081,76 y 7,5 millones de dólares de los EE.UU. a tipos de interés bancario del 7% y el 25% anuales durante un periodo de 30 años, respectivamente.

En 2006, cuando el país registraba una tasa de prevalencia del VIH del 14,1%, el número de médicos por cada millón de personas era de 1,1 y el de enfermeras por cada millón de 25,6 en los hospitales públicos. En 2004 el Ministerio de Salud publicó un informe en el que se describía la situación en materia de recursos humanos como una profunda crisis en el sector sanitario. El país tiene una relación sumamente baja entre personal cualificado y no cualificado, y la falta de personal cualificado sigue siendo uno de los mayores desafíos. La distribución desigual de los trabajadores sanitarios empeora el problema, y, aunque la mayoría de la población vive en el medio rural, casi un 50% de los médicos cualificados prestan servicios en los cuatro hospitales centrales ubicados en ciudades.

La negligencia profesional y las actitudes de algunos miembros del personal de salud siguen contribuyendo al limitado acceso a los servicios sanitarios. La discriminación y el maltrato de los enfermos obliga a la gente a buscar otros servicios alternativos en los que se respete su dignidad. En los servicios de salud se continúa discriminando en favor de los enfermos en mejor situación económica, los cuales reciben mejor servicio y medicación que los pobres que son la mayoría. Las mujeres rurales, que también constituyen el grueso de la población, son objeto de una discriminación aun mayor.

Por otra parte, los profesionales de la salud son pocos en número y están recargados de trabajo. A la presión laboral sobre los recursos humanos ha venido contribuyendo la epidemia de VIH/SIDA. Casi un 90% de los trabajadores sanitarios indican que su volumen de trabajo está creciendo debido primordialmente al VIH/SIDA y a la elevada tasa de vacantes entre el personal.

A ese respecto, es preciso seguir mejorando el acceso de la mujer a la información y los servicios de planificación de la familia, la calidad de la atención prenatal, la proporción de partos en los hospitales, el fomento de la atención en caso de complicaciones del parto y la actuación de las asistentes de parteras tradicionales a fin de asegurar una maternidad sin riesgos.

Es menester definir nuevamente las prioridades en materia de salud, habida cuenta de los cambios registrados en los indicadores de morbilidad y mortalidad, sobre todo en el caso de la mujer, que ponen de manifiesto una creciente incidencia del cáncer de cuello uterino, de ovario y de mama. Sin embargo, las tasas de detección temprana siguen siendo demasiado bajas a causa de los problemas culturales y del insuficiente acceso a los servicios sanitarios.

Varias formas de discriminación con que tropiezan las mujeres en el lugar de trabajo -tanto en el sector estructurado como en el no estructurado-, inclusive el acoso sexual, exigen que se desplieguen mayores esfuerzos para revisar y aplicar las normas laborales, reducir las diferencias de remuneración entre los géneros y mejorar las condiciones de trabajo de la mujer, especialmente en el servicio doméstico.

El limitado acceso de la mujer a la propiedad de bienes y la ausencia de una amplia política pública que establezca mecanismos para aumentar su acceso al crédito perpetúan las desigualdades en el proceso del adelanto económico y social de la mujer, sobre todo en las zonas rurales.

Es preciso desplegar constantes esfuerzos para acrecentar el acceso de la mujer al crédito, la tierra y la asistencia técnica.

Existe la necesidad de difundir el conocimiento de las normas legales específicas sobre la protección de las mujeres con respecto a su idioma y cultura, y a las medidas concretas de salvaguardia en lo que concierne al reconocimiento de estos derechos y a la forma en que pueden participar en ellas.

Es menester que el Gobierno haga un esfuerzo concertado por llevar a cabo campañas deliberadas para mejorar la condición de la mujer, como medio destinado a contrarrestar los estereotipos sociales que frenan su adelanto y rebajan su posición, especialmente en el mercado de trabajo y en la esfera económica.

Las instituciones que producen información deben desplegar más esfuerzos para proporcionar datos y análisis estadísticos que reflejen una perspectiva de género, a fin de influir en la formulación de la política pública.

Anexos

1.Gobierno de Malawi (2006), Malawi Growth and Development Strategy (en forma electrónica).

2.Comisión de Derechos Humanos de Malawi (2006), Cultural Practices and Human Rights, MHRC (en forma electrónica).

3.Comisión Jurídica de Malawi (2005), Human Trafficking in Malawi. Documento de investigación, imprenta del Gobierno, Zomba (en forma impresa).

4.Ministerio de Planificación Económica y Desarrollo (2007), Malawi Millennium Development Goals Report (en forma electrónica).

5.Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (2007), Education Statistics 2007- Malawi (en forma electrónica).

6.Ministerio de Salud (2004), Demographic and Health Survey. (Encuesta demográfica y de salud) (en forma electrónica).

7.Ministerio de Asuntos de la Mujer y Desarrollo del Niño (2007), National Response To Gender-Based Violence (en forma electrónica).

8.Oficina Nacional de Estadística y ORC Macro, 2005, Malawi Demographic and Health Survey 2004. Calverton, Maryland: NSO y ORC Macro (en forma electrónica).

9.Robert Kafakoma y Mckey Mphepo (2008), Women And Men In Decision Making Positions, informe de investigación (inédito) (en forma electrónica).