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Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Información recibida de las Islas Marshall sobre el seguimiento de las observaciones finales relativas al informe inicial y los informes periódicos segundo y tercero combinados *

[Fecha de recepción: 12 de marzo de 2021]

* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.

Respuesta a la recomendación 9 a) del Comité

La Comisión Nuclear Nacional fue creada en virtud de una ley de 2017. La Comisión, integrada por tres comisionados independientes encargados de la coordinación entre el Gobierno nacional, las administraciones locales, el resto de las partes interesadas y los supervivientes, presta asistencia para hacer frente a las consecuencias del programa de ensayos con armas nucleares que estuvo en marcha entre 1946 y 1958 (mientras las Islas Marshall se encontraban bajo administración fiduciaria de las Naciones Unidas). La Comisión se ocupa de una amplia gama de temas técnicos y su mandato incluye además el seguimiento de las recomendaciones formuladas por un Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos en 2012.

En 2019, se formuló la Estrategia, trienal y renovable, de la Comisión Nuclear Nacional para contrarrestar las repercusiones que siguen teniendo los ensayos nucleares y evaluar de qué manera afectan a los derechos humanos fundamentales del pueblo de las Islas Marshall. La Estrategia de la Comisión aborda cinco pilares fundamentales de la justicia nuclear: 1) El pago íntegro de todas las indemnizaciones pasadas y futuras concedidas por el Tribunal de Reclamaciones Nucleares (Indemnización); 2) El acceso a servicios de atención de la salud de calidad para todos los habitantes de las Islas Marshall (Atención de la salud); 3) La reducción de los riesgos de exposición a las radiaciones y otros elementos tóxicos en el entorno (Medio ambiente); 4) La creación de capacidad nacional para vigilar y comprender las consecuencias de la radiación (Capacidad nacional); 5) La formación y sensibilización sobre nuestro legado nuclear (Formación y sensibilización).

Respuesta a la recomendación 17 del Comité

El Comité de Derechos Humanos fue creado por ley en 2015 como un comité de múltiples interesados —integrado por miembros de la sociedad civil, expertos académicos y fuentes de conocimientos fundamentales del Gobierno— con el amplio mandato de promover los derechos humanos del pueblo de las Islas Marshall. Esto incluye la prestación de asesoramiento al Gobierno y el apoyo a la elaboración de políticas y leyes de derechos humanos, la educación pública, el seguimiento de la aplicación de los derechos humanos, la preparación de informes para presentarlos al Consejo de Derechos Humanos y al proceso del examen periódico universal, así como a los órganos de tratados de las Naciones Unidas, y la investigación de las denuncias de violaciones de los derechos humanos. Las Islas Marshall están determinadas a adoptar nuevas medidas que garanticen el pleno cumplimiento de los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

En noviembre de 2016, el Gobierno solicitó la asistencia técnica del Equipo Regional de Recursos sobre Derechos Humanos de la Comunidad del Pacífico y el Foro de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de Asia y el Pacífico para llevar a cabo un estudio preliminar sobre la viabilidad de establecer una institución nacional de derechos humanos. El estudio se realizó en marzo de 2017. Los resultados del estudio se presentaron a la República de las Islas Marshall en septiembre de 2017. Se sometieron para su examen por el Gobierno las siguientes recomendaciones:

•El equipo de estudio recomendó el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos como órgano constitucional con un estatuto equivalente al de la Oficina del Auditor General;

•El equipo recomendó que se solicitara a la actual Convención Constituyente que considerase la creación de una Defensoría del Pueblo con mandatos de buena gobernanza y derechos humanos;

•Si se establece una Defensoría del Pueblo, estaría integrada por un Defensor del Pueblo Principal y un Defensor del Pueblo, o Defensor del Pueblo Adjunto, con responsabilidad específica en materia de derechos humanos, ambos en jornada completa;

•La legislación por la que se establece la institución nacional de derechos humanos deberá darle un mandato amplio;

•Promover y proteger los derechos humanos de todas las personas en las Islas Marshall;

•Promover la dignidad, la igualdad y la seguridad de todos los habitantes de las Islas Marshall, en particular las mujeres, los niños y las personas con discapacidad, así como de todos los ciudadanos y residentes permanentes o temporales.

Hasta la fecha, la propuesta 18 de establecer una Defensoría del Pueblo está pendiente de referendo. Esta es la fase final y una vez que haya sido confirmada y aprobada por el pueblo, se establecerá esa oficina. El Gobierno reconoce la valiosa función que podría desempeñar una institución nacional de derechos humanos o defensoría del pueblo, y sigue interesado en acceder a asistencia técnica para crear dicha institución o defensoría.

Respuesta a la recomendación 25 a) del Comité

El Gobierno de la República de las Islas Marshall reconoció el papel que puede desempeñar un Código Penal sólido y objetivo tanto en la protección de los residentes de la República de las Islas Marshall, incluidas las mujeres, como en la facilitación del logro de su pleno potencial. En 2011, el Código Penal fue objeto de una importante transformación basada en el Código Penal Tipo, aunque en general se conservaron las disposiciones relativas a la agresión sexual. En relación con la violencia por razón de género, el nuevo Código Penal incluye nuevas disposiciones que tipifican como delito el acoso y el hostigamiento. Esas modificaciones han mejorado sustancialmente la legislación de la República de las Islas Marshall. Sin embargo, no existe ninguna disposición que prevea órdenes de protección cuando las parejas siguen conviviendo. Es posible que muchas más mujeres, que crean que es probable que su pareja las vaya a agredir pero no desean que esta acabe en los tribunales o en la cárcel, se sientan menos reacias a pedir ayuda a la policía si saben que solo se detendrá a su pareja por un período limitado y que después se la pondrá en libertad sin cargos.

Respuesta a la recomendación 29 a) del Comité

No existen obstáculos jurídicos que impidan a las mujeres postularse a cargos locales o nacionales. En 2017, se propuso modificar la Constitución a fin de adoptar medidas especiales de carácter temporal en forma de cuotas para lograr una representación mínima de mujeres en nuestro Parlamento. Lamentablemente, la propuesta no prosperó en la Convención Constitucional de 2017. En 2019, el Gobierno de la República de las Islas Marshall aprobó la Ley de Igualdad de Género. Se trata de una disposición legislativa propicia que aborda aspectos fundamentales de la discriminación y la desigualdad de género en la sociedad de las Islas Marshall. La Ley referida prohíbe de manera general la discriminación, establece la obligación de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres y las niñas en igualdad de condiciones con los hombres y los niños, y fomenta la igualdad de género en todos los ámbitos.

El Gobierno tal vez estudie la opción de adoptar medidas especiales para corregir la infrarrepresentación de las mujeres en la toma de decisiones en el Nitijela, los consejos locales, las juntas, los comités, los equipos de tareas y las empresas estatales.

Sinopsis

De las observaciones finales sobre el informe inicial y los informes periódicos segundo y tercero combinados de las Islas Marshall

Avances en las Islas Marshall

•Ley de Prohibición de la Trata de Personas, en 2017.

•Equipo de tareas nacional contra la trata de personas.

•Ley de Inscripción de Nacimientos, Fallecimientos y Matrimonios (versión modificada), que elevó la edad legal mínima de las niñas para contraer matrimonio a los 18 años.

•Ley de Protección de los Derechos del Niño, en 2015.

•Ley del Comité de Derechos Humanos, en 2015.

•Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2015.

•Modificación del Código Penal (disposiciones sobre agresiones sexuales revisadas en 2013).

•Ley de Prevención de la Violencia Doméstica y de Protección de las Víctimas, en 2011.

•Grupo de trabajo técnico para coordinar la aplicación.

•Plan de acción de la política nacional de desarrollo integrador de las personas con discapacidad, 2014-2018.

•Política nacional de salud reproductiva, 2014-2016.

•Política nacional de incorporación de la perspectiva de género, 2014.

•Prevención de los embarazos en la adolescencia, 2014-2016.

•Adhesión del Estado parte a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2015.

•Creación de un comité encargado del Plan Estratégico Nacional y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

•Elección de la primera mujer Presidenta del Estado parte, en 2015.

•Ley del Sistema de Enseñanza Pública, de 2013.

•Esfuerzos del Estado parte encaminados a mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres, incluido el aumento del salario mínimo.

•Eliminación de las barreras legales que dificultaban el acceso de las mujeres al crédito financiero.

•Fomento de la participación de las mujeres en actividades deportivas.

•Creación del Fondo Verde para el Clima.

Recomendaciones del Comité que están siendo estudiadas por las Islas Marshall

Respuesta de las Islas Marshall a la recomendación 7 del Comité

Estrategia nuclear

•Reponer el fondo fiduciario nuclear.

•Elaborar una estrategia para remediar los efectos del programa de ensayos nucleares.

•Solicitar asistencia técnica y financiera a la comunidad internacional, las Naciones Unidas y los Estados Unidos de América.

•Aplicar las recomendaciones formuladas en 2012 por el Relator Especial sobre las repercusiones del programa de ensayos nucleares en el medio ambiente, la salud y los medios de vida de la población de las Islas Marshall.

Definición de discriminación y marco legislativo

•Adopción por el Estado parte de una definición amplia de la discriminación contra la mujer en la legislación nacional (discriminación directa/indirecta, ámbitos público/privado, discriminación interseccional).

•Procurar que el proyecto de ley contemple mecanismos de aplicación y sanciones.

Estatuto jurídico de la Convención y armonización de las leyes

•La mayoría de las disposiciones de la Convención no se han incorporado por completo a la legislación nacional del Estado parte. Recomendación de incorporar plenamente las disposiciones de la Convención en la legislación nacional.

•Preocupación por el hecho de que la costumbre de las Islas Marshall (manit) prevalece sobre la Constitución.

•Recomendación de ratificar rápidamente el Protocolo Facultativo y de capacitar a la judicatura, a los profesionales del derecho y a los agentes del orden sobre la jurisprudencia pertinente.

•Incluir un análisis de género en el examen legislativo previsto por la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico y la secretaría del Foro de las Islas del Pacífico.

•Divulgar los objetivos de la Convención a todos los poderes del Gobierno.

Acceso a la justicia

•Afrontar los obstáculos físicos y económicos que dificultan el acceso de las mujeres a la justicia (especialmente en las islas periféricas).

•Concienciar a las mujeres y las niñas sobre sus derechos y los recursos de que disponen en virtud de la Convención.

•Invertir en tecnologías de la información y las comunicaciones para comunicarse con las islas periféricas.

•Aumentar el acceso a la asistencia jurídica de las mujeres económicamente desfavorecidas.

•Aumentar la financiación de los tribunales móviles para que visiten regularmente las islas periféricas.

•Fortalecer el sistema judicial (jueces, fiscales, abogados, agentes de policía, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley) incrementando los recursos humanos, técnicos y financieros y creando capacidad sobre los derechos de la mujer.

•Llevar a cabo iniciativas de concienciación para acabar con la estigmatización de las mujeres que ejercen sus derechos.

Institución nacional de derechos humanos

•Recomendación de que el Estado parte establezca, dentro de un plazo claro, una institución nacional de derechos humanos independiente de acuerdo con los Principios de París.

•Mandato: promover y proteger los derechos humanos, los derechos de la mujer y la igualdad de género.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

•Asignar recursos humanos, técnicos y financieros a la Oficina de Género y Desarrollo, que a su vez aplicará la Convención y colaborará con las organizaciones de la sociedad civil.

•Dotarse de un sistema de supervisión en todos los sectores del Gobierno.

Medidas especiales de carácter temporal

•Inexistencia de una estrategia para lograr la igualdad entre mujeres y hombres.

•Recomendación de que el Estado parte adopte medidas de carácter temporal para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres (vida política y pública, niveles de adopción de decisiones en el Estado parte).

•Desarrollar la capacidad de los funcionarios públicos, los encargados de formular políticas y los partidos políticos con el fin de lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Estereotipos y prácticas nocivas

•Poner en marcha una estrategia integral, ampliar los programas de educación pública y colaborar con los medios de comunicación para eliminar los estereotipos sobre las funciones y las responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad.

•Supervisar y evaluar las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos y las prácticas nocivas (por ejemplo, el matrimonio infantil).

Violencia por razón de género contra la mujer

•Enjuiciar a los autores de actos de violencia de género y asegurarse de que reciban el castigo oportuno. Armonizar las penas contempladas por la legislación para los delitos de violencia de género según la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica y de Protección de las Víctimas y la versión modificada del Código Penal.

•Sensibilizar sobre el carácter delictivo de la violencia de género.

•Ofrecer programas de desarrollo de la capacidad para jueces, fiscales, abogados, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre la aplicación estricta de las protecciones contra la violencia de género.

•Mejorar la recopilación de datos estadísticos sobre la violencia de género e incluir la edad y la relación del autor con la víctima.

•Mejorar el acceso de las víctimas de la violencia de género a los albergues y servicios de apoyo.

Trata y explotación de la prostitución

•Aplicar estrictamente la legislación contra la trata de personas, adoptar un plan de acción nacional, incrementar los recursos que se asignan a las iniciativas legislativas y de programas destinadas a combatir la trata.

•Poner en marcha procedimientos operativos estándar para la aplicación de las leyes en relación con las víctimas de la trata.

•Revisar las políticas de inmigración para que sea posible intervenir y apoyar a las víctimas en los casos de trata.

•Acelerar la adquisición de un nuevo sistema de gestión de fronteras para impedir la trata de mujeres embarazadas con destino al extranjero.

•Intensificar la colaboración bilateral, regional e internacional para prevenir la trata.

•Dotar de fondos y recursos albergues/centros de crisis/programas de reintegración.

•Brindar otras oportunidades de generación de ingresos a las mujeres y las niñas que deseen abandonar la prostitución.

Participación en la vida política y pública

•Introducir medidas de carácter temporal como las cuotas y los escaños reservados para aumentar la paridad de género en el Nitijela, el Consejo de Iroij, los gobiernos locales y la administración pública.

•Llevar a cabo actividades de sensibilización sobre la importancia de la participación de la mujer en la toma de decisiones políticas.

•Desarrollar la capacidad de las candidatas políticas.

•Considerar la posibilidad de utilizar las mejores prácticas de otras naciones insulares del Pacífico para fomentar la participación de las mujeres en la vida política y pública.

Nacionalidad

•Proteger a las mujeres de la explotación por parte de los hombres que tratan de obtener la nacionalidad de las Islas Marshall para entrar en los Estados Unidos de América.

•Considerar la posibilidad de concertar acuerdos bilaterales con los Estados Unidos de América para proteger a las mujeres de las Islas Marshall frente a ese tipo de explotación.

Educación

•Aplicar la estrategia de prevención de los embarazos en la adolescencia.

•Reintegrar a las mujeres y adolescentes embarazadas en el sistema escolar.

•Superar los obstáculos físicos que dificultan el acceso de las mujeres y las niñas de las islas periféricas a los materiales educativos.

•Revisar los libros de texto para eliminar los estereotipos de género. Capacitar al personal docente para que no perpetúe los estereotipos de género.

•Acabar con las barreras estructurales que dificultan la matriculación de las niñas en carreras o materias de estudio no tradicionales.

Empleo

•Promover la igualdad salarial de las mujeres revisando los salarios y realizando inspecciones de trabajo.

•Establecer una política sobre la crianza de los hijos (por ejemplo, la licencia parental compartida). Aumentar la prestación de servicios de guardería.

•Aprobar un proyecto de ley sobre la igualdad de prestaciones en el empleo. Garantizar que las disposiciones se ajustan al Convenio sobre la Discriminación, 1958 (núm. 111), y al Convenio sobre la Protección de la Maternidad, 2000 (núm. 183), de la Organización Internacional de Trabajo.

Salud

•Ampliar el programa nacional de prevención del cáncer para dar respuesta a los efectos de los ensayos nucleares.

•Solicitar asistencia financiera y técnica internacional, inclusive de los Estados Unidos de América.

•Asignar fondos suficientes al sector de la salud.

•Mejorar el acceso de las mujeres a la atención de la salud y la atención prenatal, y aumentar el presupuesto destinado a la contratación de especialistas médicos.

•Combatir la prevalencia de las infecciones de transmisión sexual y el embarazo en la adolescencia.

•Promover el uso de anticonceptivos modernos, asegurándose de que sean accesibles y asequibles.

•Aprobar un nuevo plan de acción sobre salud reproductiva, en el que se tenga en cuenta la estrategia nacional de salud reproductiva para 2014-2016.

•Despenalizar el aborto y facilitar el acceso a los servicios de interrupción del embarazo en casos de violación, incesto, riesgo para la salud física o mental, peligro para la vida de la mujer o malformaciones del feto.

Empoderamiento económico de la mujer y su participación en la vida social

•Promover el acceso de las mujeres a préstamos, ofreciendo préstamos en condiciones favorables, y mejorar sus conocimientos financieros.

•Fomentar el acceso a actividades de generación de ingresos.

•Combatir la diabetes mediante la elaboración de una estrategia de estilos de vida saludables.

•Seguir proporcionando subsidios financieros y protección social a las mujeres solteras que son cabeza de familia, las mujeres que viven en la pobreza, las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad.

•Aportar información en el próximo informe periódico sobre la medida en que esas mujeres se han beneficiado de dichos programas de protección social.

Mujeres del medio rural

•Garantizar la participación de las mujeres del medio rural en los procesos de adopción de decisiones que afecten a sus derechos, en particular en lo que respecta a las decisiones sobre el uso de la tierra.

•Recabar asistencia internacional para mejorar el acceso de las mujeres del medio rural a la atención de la salud, la electricidad, el saneamiento, las comunicaciones y la tecnología.

•Invertir en el desarrollo de aptitudes y en oportunidades de formación.

•Aumentar el acceso a oportunidades de generación de ingresos y a los microcréditos.

Otros grupos de mujeres desfavorecidas

•Aprobar un plan de aplicación de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad y asegurarse de que incluya una perspectiva de género.

•Facilitar información en el próximo informe periódico sobre las medidas adoptadas para favorecer el acceso a la educación y la atención de la salud de los grupos de mujeres desfavorecidas.

Efectos del cambio climático y los desastres naturales en las mujeres

•Conseguir apoyo internacional y financiación para hacer frente al cambio climático (especialmente de los Estados Unidos de América).

•Garantizar la participación de las mujeres en las políticas y programas nacionales sobre el cambio climático e incorporar una perspectiva de género en la respuesta en casos de desastre y la reducción del riesgo de desastres.

•Asegurar que las mujeres puedan acceder en condiciones de igualdad al Fondo Verde para el Clima.

•Promover el uso de conocimientos tradicionales para hacer frente a los desastres naturales y el cambio climático.

•Elaborar un plan general que establezca metas y elementos de referencia claros para aplicar las recomendaciones formuladas en 2012 por el Relator Especial sobre la gestión y la eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos.

Matrimonio y relaciones familiares

•Modificar el artículo 434 de la Ley de Inscripción de Nacimientos, Fallecimientos y Matrimonios (versión modificada) para eliminar la exención del requisito de edad en los matrimonios consuetudinarios. Hacer cumplir estrictamente el requisito de la edad mínima para contraer matrimonio.

•Combatir las costumbres locales que obligan a las mujeres y las niñas a contraer matrimonio cuando están embarazadas. Sensibilizar sobre esa cuestión a través de la educación, los medios de comunicación y los dirigentes tradicionales.

Recopilación de datos

•Elaborar un sistema de indicadores sobre cuestiones de género. Mejorar la recopilación de datos.

•Solicitar asistencia técnica a los organismos pertinentes de las Naciones Unidas.

Declaración y Plataforma de Acción de Beijing

•Utilizar la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing en la aplicación de las disposiciones de la Convención.

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

•Incorporar la igualdad de género sustantiva, de conformidad con la Convención, en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Difusión

•Difundir puntualmente este informe, en los idiomas oficiales del país, entre las instituciones públicas pertinentes de todos los niveles.