Lista de cuestiones y preguntas relativa al sexto informe periódico de Maldivas *

Reservas

En vista del informe del Estado parte sobre el seguimiento de las observaciones finales (CEDAW/C/MDV/CO/4-5/Add.1) y de la carta de fecha 13 de abril de 2018 enviada por la Relatora para el seguimiento de las observaciones finales, se observa que, pese a los esfuerzos del Estado parte por revisar las reservas formuladas respecto del artículo 16 de la Convención, incluido el establecimiento de una comisión y las recomendaciones del Comité sobre la retirada de la reserva, dicha reserva se mantiene. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas concretas para retirar la reserva de forma efectiva y un calendario claro para hacerlo, así como sobre las medidas para armonizar con la Convención la interpretación que el Estado parte hace de la sharía.

Marco jurídico y definición de discriminación

En lo que respecta a la aprobación de la Ley de Igualdad de Género (núm. 18/2016), proporcionen información adicional acerca de las iniciativas emprendidas para que la Convención se aplique de forma directa e indiquen si sus disposiciones pueden invocarse directamente ante los tribunales. Expliquen además si la definición de discriminación comprende las formas de discriminación directa, indirecta, múltiple e interseccional, de conformidad con el artículo 1 de la Convención. Habida cuenta del artículo 10 b) de la Constitución, en el que se prohíbe la promulgación de leyes que contravengan los preceptos del Islam, y del artículo 16 a), en el que se prevé la protección de los derechos y las libertades de manera que no se contravenga ningún precepto del islam (CEDAW/C/MDV/6, párrs. 19 y 24), informen sobre el resultado de la auditoría jurídica de toda la legislación y los marcos regulatorios llevada a cabo por la Fiscalía General en relación con la Ley de la Familia (núm. 4/2000) y sobre el progreso realizado para armonizar sus disposiciones y prácticas consuetudinarias con el principio de igualdad y no discriminación.

Acceso a la justicia

Proporcionen detalles adicionales sobre las vías de recurso y reparación específicas, judiciales o extrajudiciales, de que disponen las mujeres en los casos de discriminación de género y para la protección general de sus derechos en virtud de la Convención. Faciliten información adicional acerca de la aplicación de las normas mínimas establecidas por el Gobierno respecto de los mecanismos para denunciar casos de discriminación de género, así como datos, desglosados por edad, sexo, ubicación geográfica y discapacidad, sobre las denuncias recibidas en los últimos cinco años. Expliquen las disposiciones adoptadas para garantizar la independencia del poder judicial y desarrollar su capacidad para juzgar causas de discriminación de género incoadas por mujeres.

Indiquen el número de investigaciones y enjuiciamientos que se han llevado a cabo en los últimos cinco años en relación con casos de violencia de género contra la mujer e informen sobre las vías de reparación, rehabilitación e indemnización proporcionadas. Expliquen la forma en que la Ley de Pruebas promulgada en 2017 asegura la igualdad de trato entre las mujeres y los hombres en el ámbito de la Ley y faciliten información acerca de su aplicación en la práctica, en particular sobre la igualdad de consideración y peso de los testimonios de las mujeres y los hombres, según lo recomendado por el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/MDV/CO/4-5, párr. 13). Expliquen las disposiciones establecidas para invertir la carga de la prueba en los procedimientos civiles y administrativos. Aporten información sobre los esfuerzos desplegados a fin de eliminar los obstáculos que impiden a las mujeres denunciar los casos de violencia de género ejercida contra ellas, incluida la violencia sexual, de velar por que en los procedimientos previstos para que las mujeres presenten denuncias se tengan en cuenta las cuestiones de género y de acompañar a esas mujeres durante los procesos judiciales penales. Informen acerca de las medidas establecidas para prestar asistencia letrada gratuita a las mujeres, en particular en las islas pequeñas, impedir que los jueces alienten arreglos amistosos o conciliaciones en los casos de violencia de género contra la mujer y procurar que dichos casos se sustancien por cauces jurídicos. Proporcionen información sobre las medidas de sensibilización y fomento de la capacidad de los parlamentarios, funcionarios públicos y miembros de la judicatura respecto del principio de la igualdad de género y las formas de promoverlo de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos.

Mecanismos nacionales para el adelanto de las mujeres

Indiquen los recursos humanos y presupuestarios asignados al Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales, los departamentos responsables de los centros de servicios para la familia y la infancia, la red interministerial de coordinadores de cuestiones de género y los centros de desarrollo para las mujeres de todas las islas habitadas. Indiquen los mecanismos establecidos para que se tengan en cuenta las cuestiones de género en los presupuestos de todos los sectores y niveles de gobierno. Faciliten información actualizada sobre los avances en la adopción de un plan de acción nacional para la igualdad de género al objeto de aplicar la Ley de Igualdad de Género (párr. 21). Señalen cómo se aborda en las políticas vigentes la situación de las niñas, así como la de las mujeres con discapacidad, migrantes, solicitantes de asilo, refugiadas, ancianas, lesbianas, bisexuales y transgénero.

Institución nacional de derechos humanos

Informen sobre el estado de la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas y los recursos que se le han asignado, indicando si tiene competencia para recibir denuncias de casos de discriminación de género, y sobre los mecanismos para promover y proteger los derechos de las mujeres en virtud de la Convención.

Medidas especiales de carácter temporal

Aporten información sobre los avances realizados en relación con las medidas especiales de carácter temporal adoptadas por el Ministerio de Desarrollo Económico en el ámbito del empoderamiento económico de las mujeres (párrs. 30 y 31). Proporcionen información adicional acerca de las medidas previstas a fin de acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre los hombres y las mujeres, incluidas las que viven en islas pequeñas y las mujeres con discapacidad, en todos los ámbitos que abarca la Convención, en particular en la vida política y pública, la educación, la salud y el empleo.

Estereotipos y prácticas nocivas

Notifiquen las iniciativas emprendidas para afrontar las interpretaciones conservadoras de la cultura maldiva y los principios islámicos, que han afectado negativamente los derechos y la no discriminación de las mujeres (párr. 17). Comuniquen las disposiciones adoptadas por el Estado parte para abolir la mutilación genital femenina, la poligamia y las penas de flagelación aplicadas a las mujeres en los casos de fornicación o adulterio. Faciliten asimismo información acerca de las medidas implantadas para atajar y prevenir el abandono escolar de las niñas vinculado a los estereotipos de género negativos que se sustentan en doctrinas religiosas y a la imagen negativa de las mujeres que se muestra en los medios de comunicación. Informen también de los esfuerzos desplegados para encarar la cuestión del código de vestimenta que se aplica de forma estricta a las mujeres y las niñas y para valorar cómo las afecta. Suministren información sobre las medidas adoptadas al objeto de combatir y eliminar los estereotipos de género y las prácticas nocivas, como las medidas de sensibilización acerca de la igualdad de género en las escuelas, los medios de comunicación, las comunidades y la sociedad.

Violencia de género contra la mujer

Informen sobre las estrategias nacionales y locales, incluidas las implantadas en las islas pequeñas, para prevenir todas las formas de violencia contra las mujeres, entre ellas la violencia doméstica y la violencia ejercida a través de Internet y los medios sociales, en las escuelas y en la sociedad en general. En lo que respecta a la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, informen acerca de las medidas adoptadas para alentar a denunciar los casos de violencia de género contra la mujer, de la ejecución de las órdenes de protección, del número y la ubicación de centros de acogida para las mujeres víctimas de violencia de género que existen en todo el país, en particular en las zonas rurales y las islas pequeñas, y de los servicios de reparación y rehabilitación para las mujeres víctimas de esa violencia. Faciliten además datos estadísticos, desglosados por edad, relación entre el autor y la víctima, tipo de condena impuesta al autor y otras características pertinentes, sobre los casos de violencia de género contra la mujer registrados en los últimos cinco años. Indiquen si se reconoce la violación conyugal como delito, aporten más detalles sobre si la definición de violación se basa en la falta de consentimiento y especifiquen las penas que se imponen a los autores de esos delitos.

Trata y explotación de la prostitución

Proporcionen información sobre los recursos humanos, financieros y técnicos destinados a implementar el plan de acción nacional contra la trata de personas y sobre los avances logrados en su ejecución. Notifiquen las iniciativas emprendidas con el fin de desarrollar la capacidad de la Fiscalía General y la policía para descubrir y juzgar los casos de trata de mujeres y niñas. Indiquen si existen centros de acogida para las mujeres víctimas de la trata, así como los servicios psicosociales, jurídicos, de salud y de interpretación de que disponen. Proporcionen datos desglosados por sexo, edad, nacionalidad y ubicación geográfica sobre el número de víctimas y supervivientes de la trata registrados en los últimos cinco años y sobre el alcance y las formas de explotación de las mujeres que ejercen la prostitución. Comuniquen las estrategias que se han adoptado para prevenir la prostitución en supuestos spas (párr. 58) y la explotación sexual de niños en el sector del turismo, así como cualquier esfuerzo realizado para modificar el artículo 14 de la Ley de Disposiciones relativas a los Delincuentes que Cometen Abusos Sexuales contra Menores (núm. 12/2009), en virtud de la cual se exonera a los autores de delitos sexuales contra niños cuando se casan con la víctima, y los servicios sociales y programas de ayuda disponibles para las mujeres que desean abandonar la prostitución. Faciliten detalles acerca de los acuerdos multilaterales o bilaterales y de cooperación para combatir la trata de mujeres y niñas, incluso en lo tocante a detectar a las víctimas y enjuiciar y condenar a los autores de esos delitos.

Participación en la vida política y pública

Describan las disposiciones adoptadas para aumentar la representación de las mujeres en la vida política y pública, en particular para promocionar a las candidatas en los planos local y nacional, capacitarlas para que se forjen una base de votantes, facilitar la recaudación de fondos para sus campañas y empoderarlas en puestos de liderazgo dentro de los partidos políticos y en sus comunidades. Informen además sobre las medidas especiales de carácter temporal existentes para velar por la igualdad de representación de las mujeres y los hombres en los puestos de adopción de decisiones, incluidas las jefaturas de los atolones en la administración pública, el servicio exterior y la judicatura. Expliquen también los esfuerzos realizados para asegurar la participación en pie de igualdad de las mujeres y los hombres en los puestos directivos de las empresas públicas y privadas, en particular en el sector del turismo. Faciliten más datos estadísticos desglosados sobre la participación actual de las mujeres en todas las ramas del gobierno, las administraciones de los atolones, los órganos electivos y la judicatura.

Defensoras de los derechos humanos

Informen sobre el marco jurídico que ampara a las defensoras de los derechos humanos y sus organizaciones, incluidas las mujeres que defienden su salud sexual y reproductiva. Notifiquen las medidas adoptadas para proteger la libertad de asociación y de expresión de las mujeres y destinar recursos a las organizaciones de mujeres de la sociedad civil a fin de que puedan llevar a cabo sus actividades para promover la igualdad de género y los derechos humanos de la mujer. Describan además las iniciativas tendentes a proteger esas organizaciones contra el acoso o las represalias.

Nacionalidad

Suministren información concreta acerca de las medidas adoptadas para velar por la inscripción de los hijos nacidos fuera del matrimonio y de la aplicación de las anteriores recomendaciones del Comité (CEDAW/C/MDV/CO/4-5, párr. 31). Informen también sobre las disposiciones destinadas a procurar que los hijos de los ciudadanos de Maldivas nacidos en el extranjero puedan obtener la nacionalidad maldiva, la situación de las mujeres y las niñas apátridas en el Estado parte y las medidas adoptadas para resolver esa cuestión.

Educación

Faciliten información adicional sobre la matriculación en la educación primaria, secundaria y terciaria de las mujeres y las niñas en las zonas rurales y las islas pequeñas, la disponibilidad de escuelas en esas islas y la existencia de sistemas de transporte asequibles, accesibles y seguros para que las niñas que viven en islas pequeñas puedan formarse en otros lugares. Proporcionen información acerca de las medidas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, adoptadas para encarar la concentración de las mujeres en disciplinas educativas tradicionalmente femeninas y alentarlas a cursar estudios de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, pesca y ciencias marinas y cambio climático. En vista del examen del plan de estudios (párr. 67), se ruega que indiquen las medidas adicionales que puede adoptar el Estado parte para resolver el problema de los estereotipos de género en los planes de estudio y los libros de texto. Informen sobre la educación permanente, el porcentaje de mujeres que participan en ella y las becas de que disponen. Comuniquen las medidas orientadas a velar por que las adolescentes embarazadas se formen en los centros educativos y se reincorporen a ellos tras el parto. Faciliten información acerca de la educación en materia de derechos sexuales y reproductivos en todas las regiones del Estado parte, incluido el acceso a los métodos anticonceptivos modernos, en particular en las islas pequeñas.

Empleo

Suministren información adicional sobre las disposiciones adoptadas para que las mujeres y los hombres accedan al empleo formal en condiciones de igualdad en todos los sectores de la economía, incluidos la industria y el turismo, y proporcionen cifras sobre los avances logrados para hacer frente a la segregación vertical y horizontal en el empleo y la posible pérdida de puestos de trabajo en los sectores pesquero y agrícola debido a los efectos del cambio climático. Aporten al Comité información actualizada acerca del progreso alcanzado por la Comisión Nacional de Remuneración en el establecimiento de un salario mínimo (párr. 80) e informen sobre las iniciativas emprendidas para velar por el respeto del principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, reconocido en la Ley de Empleo (núm. 2/2008). Comuniquen las medidas implantadas para promover la conciliación de las responsabilidades familiares y laborales de las mujeres y los hombres, como servicios de cuidado infantil asequibles y prestaciones para los trabajadores que son cabeza de familia. Indiquen asimismo los efectos de las inspecciones de las condiciones laborales de las mujeres en el sector del trabajo doméstico y las reparaciones ofrecidas, así como el número de casos de acoso sexual contra mujeres en el lugar de trabajo sometidos al Tribunal Laboral en los últimos cinco años. Informen sobre los esfuerzos para prevenir los abusos y la explotación laboral de las trabajadoras migratorias. Aporten al Comité información acerca de las actuaciones llevadas a cabo para ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189), y el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190), de la Organización Internacional del Trabajo.

Salud

Informen sobre los esfuerzos desplegados para proveer servicios y centros suficientes de atención de la salud sexual y reproductiva en las zonas rurales y las islas pequeñas (párr. 90) y aporten más detalles acerca de las medidas para proporcionar servicios insulares de atención obstétrica de urgencia. Indiquen cuál es la situación actual de la nueva estrategia de salud reproductiva (párr. 92) y describan hasta qué punto abarca la salud sexual de las mujeres y las adolescentes, incluidos el derecho a la información sobre la salud sexual, la prevención de infecciones de transmisión sexual, la educación y los servicios, de conformidad con la Convención. Describan además las iniciativas emprendidas para prevenir los embarazos precoces, ampliar la cobertura y la disponibilidad de servicios de planificación familiar para las mujeres y las adolescentes, incluida la información sobre la salud sexual y reproductiva, y evitar que el personal de atención de la salud estigmatice a las mujeres y las niñas, en particular en los casos de violencia sexual. Indiquen asimismo si se requiere o verifica el consentimiento libre e informado de las mujeres con respecto a la esterilización. Según el Estado parte, se permite el aborto terapéutico en los casos de embarazos resultantes de la violación de una niña que no sea física ni mentalmente apta para quedar embarazada y dar a luz (párr. 101). Indiquen las medidas prácticas para facilitar el acceso al aborto y si es posible abortar en las clínicas de todo el país, en particular en las islas pequeñas. Indiquen también las medidas adoptadas para legalizar el aborto en todos los casos de violación, incesto y riesgo para la vida o la salud de la mujer o la niña embarazada, así como en los casos de malformación grave del feto, y para despenalizarlo en todos los demás casos.

Empoderamiento económico de la mujer y prestaciones sociales

Suministren información acerca de las disposiciones adoptadas para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas destinadas a erradicar la pobreza, como el plan de desarrollo insular. Dado el escaso número de mujeres que pueden acceder a los servicios financieros, por ejemplo como titulares de cuentas bancarias o beneficiarias de préstamos (párr. 105), describan las medidas implantadas para aumentar su acceso a los servicios financieros y los préstamos en Malé y en todas las islas. Proporcionen información específica acerca de la forma en que la estrategia de promoción de las pequeñas y medianas empresas ha incluido a las mujeres de las zonas rurales y las islas pequeñas a fin de fomentar las iniciativas empresariales de mujeres. Informen sobre los programas de apoyo al empoderamiento económico de las mujeres que son cabeza de familia y sobre el acceso de las mujeres a los planes de protección social, como las transferencias en efectivo y los subsidios alimentarios, para familias de acogida, y por discapacidad.

Mujeres del medio rural

Notifiquen las iniciativas emprendidas para lograr que más mujeres rurales sean propietarias de la tierra e incrementar sus medios de vida, y para prevenir los desalojos forzosos derivados de proyectos de gran escala, como el desarrollo de la infraestructura vial y la construcción de complejos e instalaciones turísticas. Proporcionen información sobre las medidas para fomentar que las empresas extranjeras que operan en el territorio del Estado parte respeten la igualdad de género. Describan la legislación y las políticas orientadas a hacer frente a los efectos negativos sobre los derechos de la mujer que generan la deforestación y los cambios en la propiedad de la tierra resultantes de políticas de privatización. Aporten información adicional acerca de los esfuerzos por incorporar la perspectiva de género en las políticas y la gestión de los servicios de abastecimiento de agua y de alcantarillado de los atolones administrativos, las islas pequeñas y las islas con complejos turísticos.

Mujeres con discapacidad

Informen sobre la legislación y las políticas públicas que promueven la inclusión de las mujeres y las niñas con discapacidad. Proporcionen al Comité información acerca de la situación de las mujeres con discapacidad y las ancianas que viven en centros o instituciones de atención en Malé y en los atolones administrativos y velen por que se las incluya en sus comunidades y tengan acceso a todos los servicios que requieran.

Mujeres migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo

Faciliten información sobre las disposiciones adoptadas para firmar y ratificar los marcos internacionales de derechos humanos correspondientes, en particular la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y su Protocolo, de 1967. Proporcionen información acerca de las medidas destinadas a elaborar un régimen de protección de los refugiados y determinar la condición de refugiado de las personas que proceda, así como a proteger a las mujeres migrantes y solicitantes de asilo. Expliquen si el Estado parte pide la cooperación internacional de organismos internacionales o regionales a fin de hacer frente a la vulnerabilidad de las mujeres migrantes y solicitantes de asilo y velar por la seguridad de las mujeres que han sido repatriadas desde terceros países. Aporten información específica sobre la situación actual de las mujeres de Maldivas que se encuentran en campamentos de desplazados internos o refugiados en la República Árabe Siria.

Cambio climático

De conformidad con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático y las metas 13.3 y 13.B de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, proporcionen información sobre los mecanismos de consulta y la participación de las mujeres en todos los procesos de adopción de decisiones relativos al cambio climático y sobre su participación en los equipos comunitarios de respuesta de emergencia (párr. 120). Describan cómo se incorpora la igualdad de género en el marco del país para la adaptación al cambio climático y la reducción del riesgo de desastres, incluido el marco de políticas sobre el cambio climático de 2015.

Matrimonio y relaciones familiares

En consonancia con la recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2019) sobre las prácticas nocivas, notifiquen el número de solicitudes de matrimonio formuladas por menores de edad y el número de esas solicitudes que se han aprobado desde 2016 (párr. 146), las iniciativas implantadas para eliminar la práctica nociva de los matrimonios infantiles o forzados y el tipo de reparación que se ha proporcionado a las niñas que han contraído dichos matrimonios, incluidos los matrimonios religiosos celebrados de acuerdo con la sharía. Asimismo, suministren información sobre las disposiciones y los plazos establecidos para prohibir la poligamia, dados su naturaleza discriminatoria y sus efectos en las mujeres, y sobre la reparación ofrecida a las mujeres afectadas por esa práctica, así como sobre las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para despenalizar las uniones de hecho y proteger los derechos de las mujeres tras la disolución del vínculo matrimonial, con arreglo a la recomendación general núm. 29 (2013) del Comité sobre las consecuencias económicas del matrimonio, las relaciones familiares y su disolución.

Objetivos de Desarrollo Sostenible

Informen acerca de las iniciativas emprendidas para incorporar la perspectiva de género en todos los esfuerzos tendentes al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.