Naciones Unidas

CEDAW/C/MLT/Q/4/Add.1

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

29 de junio de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

47º período de sesiones

4 a 22 de octubre de 2010

Respuestas a la lista de cuestiones y preguntasrelativas al examen del cuarto informe periódico

Malta *

Índice

Párrafos Página

A.Consideraciones generales1–53

B.Marco constitucional, legislativo e institucional6–144

C.Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer15–196

D.Programas y planes de acción20–398

E.Trata y explotación sexual de mujeres40–4714

F.Participación en la vida política y pública48–5115

G.Educación52–5716

H.Empleo58–8118

I.Salud82–8623

J.Mujeres migrantes87–9124

K.Matrimonio y relaciones familiares92–10025

L.Protocolo Facultativo101–10227

A.Consideraciones generales

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 1 de la listade cuestiones (CEDAW/C/MLT/Q/4)

1.Como parte del proceso de elaboración de este informe, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad, en colaboración con el Ministerio de Educación, Trabajo y Familia, organizó una reunión de consulta con los ministerios y departamentos del Gobierno. Asistieron a la reunión representantes del Ministerio de Educación, Trabajo y Familia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda, Economía e Inversión, el Ministerio de Justicia e Interior, el Ministerio de Salud, Personas de Edad y Asistencia Comunitaria, la Oficina del Primer Ministro, la Comisión de Violencia Doméstica, el organismo nacional de bienestar social para niños y familias necesitadas (APPOGG), la Organización del Servicio Público de Empleo, la Corporación de Empleo y Formación, el Departamento de Seguridad Social y el Departamento de Relaciones Laborales y Empleo. También se organizaron consultas con las organizaciones no gubernamentales (ONG) que se ocupaban de cuestiones de género, así como con los partidos políticos, en relación con la participación de la mujer en la esfera política. Se pidió a esas entidades su opinión sobre los avances y las iniciativas encaminadas a salvaguardar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en diferentes esferas sociales y económicas.

2.Se está estudiando la posibilidad de una mayor difusión de esos informes para promover su mejor conocimiento por la ciudadanía.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 2 de la listade cuestiones

3.Los datos estadísticos recogidos en Malta pueden clasificarse en tres categorías: estadísticas económicas, estadísticas empresariales y estadísticas sociales. En general, la mayoría de las estadísticas sociales se recogen y pueden obtenerse internamente desglosadas por sexo, en particular, los datos de carácter laboral, las estadísticas relacionadas con la educación, así como las estadísticas sobre demografía, migración, asuntos sociales, cultura y turismo. También pueden obtenerse de manera desglosada el Censo decenal y la Encuesta sobre ingresos y condiciones de vida.

4.Además, la Oficina Nacional de Estadística (NSO) colaboró con el Ministerio de Hacienda, Economía e Inversión en la adopción de requisitos obligatorios de información mensual para los ministerios y departamentos gubernamentales y dependencias extrapresupuestarias. La Oficina Nacional de Estadística actualmente procura de manera más resuelta aprovechar los recursos administrativos, en particular los recursos tributarios, para reducir la carga de los encuestados.

5.Hay conciencia de la importancia de estos datos, tanto en lo que respecta a la formulación de los objetivos normativos como al seguimiento permanente de los progresos realizados.

B.Marco constitucional, legislativo e institucional

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 3 de la listade cuestiones

6.La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer fue abierta a la firma el 1º de marzo de 1980 y entró en vigor el 3 de septiembre de 1981. Malta se adhirió a la Convención el 8 de marzo de 1991, aunque hizo una declaración interpretativa sobre el artículo 11 y formuló reservas en relación con los artículos 13, 15 y 16. De conformidad con su artículo 27.1, la Convención entró en vigor en Malta a los 30 días del depósito del instrumento de adhesión.

7.El aborto está prohibido en Malta con arreglo al Código Penal de 1854. El artículo 241 castiga con una pena de 18 meses a 3 años de prisión a toda persona que provoque la interrupción del embarazo de una mujer encinta, con o sin su consentimiento. La misma pena se aplicará a toda mujer que intente interrumpir su embarazo. Este artículo fue modificado sólo una vez en 1981, por la Ley XLIX, aunque ésta simplemente eliminaba los "trabajos forzados" como pena accesoria de la pena de prisión. Dado que la práctica del aborto es delito en Malta, el Gobierno de Malta formuló una reserva a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, es decir, que no se considera obligado por el artículo 16 1 e), en la medida en que pueda interpretarse en el sentido de imponer a Malta la obligación de legalizar el aborto. Ésta sigue siendo la posición de Malta.

8.Por otra parte, el 5 de marzo de 1997 Malta aceptó la enmienda del artículo 20.1 de la Convención. Sin embargo, el nuevo artículo 20.1 entrará en vigor sólo después de que dos tercios de los Estados partes en la Convención acepten el cambio. Hasta la fecha sólo lo han aceptado 57 de 186 Estados partes.

9.Se incorporaron los diversos elementos y temas previstos en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en diversas leyes maltesas. Por ejemplo, las relaciones en el seno familiar entre el marido y la esposa, en cuanto cónyuges y progenitores, están regulados en el Código Civil. La prohibición de la discriminación en materia de empleo está regulada por la Ley de empleo y relaciones laborales. Los aspectos penales están regulados en el Código Penal. También hay una ley específica, la Ley de igualdad entre hombres y mujeres, por la que se crea la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad entre Hombres y Mujeres. Esta ley también regula otras cuestiones, incluida la acción civil por daños y perjuicios en caso de discriminación. De esta manera la Convención se refleja en general en la legislación de Malta y, a su vez, los tribunales aplican y hacen cumplir la legislación maltesa. Los tratados internacionales en Malta, incluida la Convención, no se aplican directamente a los habitantes de Malta. Se necesita legislación interna para que puedan aplicarse; en caso contrario tendrían la condición de acto de un Estado soberano en derecho internacional.

10.En cuanto a la jurisprudencia en que se invoca la Convención, el único caso que parece haber llegado ante los tribunales de Malta en lo que respecta estrictamente a la discriminación entre hombres y mujeres fue el caso Victoria Cassar c. la Autoridad Marítima de Malta, sobre el que se pronunció el Tribunal Constitucional el 2 noviembre de 2001. En ese fallo el Tribunal consideró que había una violación del artículo 45 de la Constitución y el artículo 14 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, porque la Ley relativa a los trabajadores portuarios limitaba la concesión de un permiso para trabajar en el puerto a los varones.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 4 de la listade cuestiones

11.El capítulo 456 de las Leyes de Malta, la Ley sobre la igualdad entre hombres y mujeres, fue modificado por la Ley IV de 2009, que amplía la definición de discriminación al disponer que está prohibida la discriminación por motivos de sexo o por responsabilidades familiares, lo que incluye dar a una persona un trato menos favorable que el que pudiera recibir una persona por motivos de sexo o de responsabilidades familiares.

12.De hecho, el capítulo 456 dispone la igualdad de trato por motivos de género y de responsabilidades familiares en el empleo, en la banca y las instituciones financieras, los centros educacionales y la publicidad. Además, en virtud de las enmiendas introducidas en la Ley IV de 2009, se fortalecen la independencia de la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad y sus funciones, a saber:

a)Definir, establecer y actualizar todas las políticas directa o indirectamente relacionadas con las cuestiones relativas a la igualdad entre hombres y mujeres;

b)Determinar las necesidades de las personas desfavorecidas por motivos de género y tomar las medidas que su competencia le permita, y proponer soluciones adecuadas para cubrir estas necesidades del modo más amplio posible;

c)Vigilar la aplicación de las políticas nacionales con respecto a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres;

d)Servir de enlace entre los departamentos gubernamentales y otros organismos, además de garantizar la coordinación necesaria entre ellos, en la aplicación de las medidas, servicios o iniciativas que en su momento proponga el Gobierno o la Comisión;

e)Mantener un contacto directo y permanente con los organismos locales y extranjeros que trabajan en el ámbito de la igualdad, así como con otros grupos, organismos o personas, según sea necesario;

f)Trabajar para la eliminación de la discriminación entre hombres y mujeres;

g)Realizar investigaciones generales e independientes para determinar si se están cumpliendo las disposiciones de la ley;

h)Investigar con independencia las denuncias de carácter más particular o individual con el fin de determinar si contravienen las disposiciones de la ley con respecto al autor de la denuncia y, en su caso, mediar en las denuncias;

i)Investigar sobre toda cuestión relativa a la igualdad entre hombres y mujeres que le remita el Ministro y ofrecer asesoramiento al respecto;

j)Proporcionar asistencia, cuando y según sea adecuado, a las personas que sufren discriminación en la aplicación de sus derechos conforme a esta ley;

k)Revisar el funcionamiento de la ley y, si fuese necesario a petición del Ministro o de otro modo, presentar propuestas para su modificación o sustitución;

l)Realizar cualquier otra función que le asigne esta u otra ley, o cualquier otra función que le asigne el Ministro.

13.Además, en 2008 se promulgó la Notificación Nº 181 por la que entraba en vigor el Reglamento de acceso a bienes y servicios y su oferta (igualdad de trato) de 2008, que faculta a la Comisión a velar por la aplicación del principio de igualdad de hombres y mujeres en el acceso y la oferta de bienes y servicios. De ahí que la Comisión también actúe para prevenir la discriminación directa e indirecta por motivos de género, así como el acoso sexual, en la oferta de bienes y servicios. En efecto, como resultado de esta evolución normativa, se ampliaron las funciones de la Comisión para velar por la igualdad entre hombres y mujeres en cuanto a:

a)La protección social, incluidas la seguridad social y la atención de salud;

b)Las prestaciones sociales;

c)La educación;

d)El acceso a bienes y servicios y su oferta al público, incluida la vivienda;

e)El acceso a cualquier otro servicio previsto en la ley a los efectos del Reglamento.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 5 de la listade cuestiones

14.Atendidos los recientes cambios de la legislación interna en la materia, las autoridades competentes están considerando la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en relación con las reservas formuladas por Malta a los artículos 11, 13 y 15; sin embargo, el Gobierno de Malta mantiene la reserva que formuló en relación con el artículo 16. En el momento oportuno se proporcionará más información.

C.Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 6 de la listade cuestiones

15.La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad ampara la igualdad de trato por motivos de género y responsabilidades familiares en el empleo, la educación y las instituciones financieras en virtud del capítulo 456 (Ley sobre la igualdad de hombres y mujeres). Por otra parte, la Comisión también promueve la igualdad de género en el acceso y oferta de bienes y servicios con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de acceso a bienes y servicios y su oferta (igualdad de trato) de 2008 (Notificación Nº 181). Además, la Comisión también tiene el cometido de velar por la igualdad del acceso a bienes y servicios y su oferta en virtud del Decreto sobre la igualdad de trato de las personas (Notificación Nº 85) de 2007.

(En euros)

Año

Recursos financieros

Recursos humanos

Presupuesto nacional

Fondos Unión Europea

2007

256 231,07

905 972,13

10 funcionarios y 2 proveedores de servicios

2008

256 000

1 377 150,00

10 funcionarios y 2 proveedores de servicios

2009

256 000

273 529,42

10 funcionarios y 2 proveedores de servicios

16.La Comisión ofrece capacitación sobre cuestiones de igualdad, incluidas la no discriminación en el lugar de trabajo, el acoso sexual, el reparto equilibrado de las responsabilidades familiares, las buenas prácticas locales y extranjeras para integrar las cuestiones de la igualdad y el intercambio de buenas prácticas. Las sesiones de formación se adaptan a las necesidades de los participantes, entre ellos, entidades públicas, empresas privadas, juristas, directores, profesores, estudiantes y otros grupos que lo soliciten.

17.La Comisión puso en práctica varias iniciativas de concienciación sobre la igualdad, en las que se capacitó a personas ofreciéndoles información sobre sus derechos y responsabilidades en relación con la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación. Entre esas iniciativas figuran las siguientes:

ESF 3.47 – Unlocking the Female Potential (Liberar el potencial femenino). La Comisión emprendió este proyecto con el objetivo de abordar diversos temas que influyen en la participación femenina en el mercado de trabajo. En este sentido, la investigación tendrá por finalidad proporcionar información crucial y formular conclusiones y recomendaciones pertinentes dirigidas sobre todo a los encargados de formular políticas. Además, se promoverá un mayor conocimiento ciudadano del tema de la igualdad mediante la "Marca de igualdad", que se otorgará a las empresas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres, tras una evaluación de sus políticas y prácticas en relación con la igualdad de trato.

VS/2009/0405 – Strengthening Equality beyond Legislation (Fortalecimiento de la igualdad más allá de la legislación). La Comisión también ha empezado a trabajar en este proyecto que persigue potenciar el principio de igualdad de trato en relación con los seis motivos de discriminación, así como la discriminación múltiple. Este proyecto beneficiará a colectivos como empresarios, educadores, padres, estudiantes, mediadores/árbitros, medios de comunicación, policía y oficiales del ejército. Además, se investigará el hecho de que se denuncian pocos casos de discriminación y se analizarán las razones.

VS/2007/0442 – Living Equality (Vivir la igualdad). El objetivo de este proyecto era sensibilizar a los funcionarios públicos sobre las cuestiones de género y al tiempo alentarles a que hicieran uso de instrumentos de integración de la perspectiva de género. También se les adiestró en la sensibilidad de género y se les ha facultado para adoptar buenas prácticas en relación con la igualdad entre hombres y mujeres en su propio departamento o ministerio.

VS/2007/0477 – Voice for All (Voz para todos). Su objetivo era capacitar a los participantes para reexaminar los procesos de aprendizaje y pensamiento que dan lugar a la discriminación por motivos de raza, orientación sexual, género, edad, religión y discapacidad y a asumir positivamente la diversidad. A lo largo del proyecto se dio a los participantes información, espacio y tiempo para ayudarlos a reflexionar acerca de la discriminación y los seis motivos de discriminación. Las actividades de sensibilización estuvieron dirigidas a las PYMES, la administración pública, miembros de los medios de comunicación, las ONG, la sociedad civil, las escuelas secundarias, los educadores y la ciudadanía en general.

ESF 46 – The Gender Aspect from a Legal Perspective (El aspecto de género desde una perspectiva jurídica). Con este proyecto se analizaron desde una perspectiva de género las leyes y los códigos del ordenamiento jurídico maltés en materia de empleo y formación, seguridad social, tributos, educación, derecho penal, civil y de familia para garantizar un trato igual. Además, se organizaron sesiones de formación sobre el principio de la integración de la perspectiva de género y la legislación pertinente de la Unión Europea y de Malta, complementadas con la publicación de los correspondientes compendios, dirigidas a legisladores, proveedores de servicios jurídicos y responsables de recursos humanos de los sectores público y privado.

ESF 48 – Affirming Gender Mainstreaming at a National Level (Afirmar la integración de la perspectiva de género en el plano nacional). Este proyecto tiene como objetivo dar a directores, encargados de formular políticas, responsables de recursos humanos y comités de igualdad impulso para actualizar las políticas y prácticas a fin de cumplir las obligaciones contraídas por Malta en el marco de la Unión Europea para integrar la perspectiva de género.

Mosaic – One in Diversity (Mosaico – Unidad en la diversidad). Este proyecto procuraba concienciar sobre los seis motivos de discriminación reconocidos por la Unión Europea: género, religión o creencias, raza y origen étnico, edad, discapacidad y orientación sexual. Se difundió información a través de carteles, folletos, carteleras, pegatinas infantiles, anuncios de servicio público en radio y televisión y la organización de varias jornadas dedicadas a la diversidad. Este proyecto permitió además la creación de una red que unió a diversas ONG y organizaciones de la sociedad civil que trabajaban en la esfera de la igualdad y la discriminación a fin de abordar de manera integral las cuestiones de la igualdad, la discriminación y la discriminación múltiple.

Taking Gender Equality to Local Communities (Llevar la igualdad de género a las comunidades locales). Se perseguía ayudar a la comunidad a examinar los roles de género en el plano local y alentar un nuevo examen de los roles desempeñados por las mujeres y los hombres con el fin de desarrollar una cultura de igualdad y de igualdad de oportunidades mediante una campaña de educación y publicitaria.

18.La Comisión presta asimismo asistencia a entidades públicas o privadas, departamentos, organizaciones o empresas, inclusive del sector financiero, para la formulación de políticas de igualdad. La Comisión ofrece también examinar esas políticas a fin de que se ajusten a las normas y los requisitos legales.

19.La Comisión ayuda a las personas que se sienten discriminadas investigando sus denuncias de discriminación por motivos de género o responsabilidades familiares en el empleo, la educación y los servicios financieros, así como por motivos de género y de origen étnico en el acceso y oferta de bienes y servicios. La Comisión tramita las denuncias con un procedimiento establecido que garantiza la aplicación de normas comunes en el examen de cada caso y permite además tramitar los casos según las necesidades de cada cliente. El mismo procedimiento se utiliza tanto en el caso de las denuncias presentadas a la Comisión como en los casos en que actúa de oficio si tiene conocimiento de una posible infracción de la ley respecto de la cual es competente. La Comisión garantiza la confidencialidad en todas las fases de la tramitación e investigación de las denuncias.

D.Programas y planes de acción

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 7 de la listade cuestiones

20.El Plan de Acción Nacional sobre salud y atención de la salud a largo plazo, que se menciona en la sección 12.14 del cuarto informe periódico de Malta en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, es el objeto del Informe Nacional de Estrategias para la Protección Social y la Inclusión Social. Este informe se publica cada dos años y todos los Estados miembros de la Unión Europea están obligados a remitirlo al Comité de Protección Social. En el Informe Nacional de Estrategias para la Protección Social y la Inclusión Social del período 2006-2008 se incluyó una sección sobre salud y atención de la salud a largo plazo, así como en el informe del período 2008-2010. Las estrategias indicadas en ese informe sientan las bases de los planes para este sector en Malta en el período que abarca el informe. Las medidas incluidas se aplican rigurosamente para poder avanzar y se analizan sistemáticamente las dificultades encontradas (incluidas las correspondientes a los recursos) a fin de que se puedan eliminar dentro del plazo fijado para su ejecución.

Violencia contra la mujer

21.En 2006 se creó la Comisión de Violencia Doméstica con arreglo a la Ley sobre la violencia doméstica. Desde el principio la Comisión convino en la necesidad de formular un plan nacional de acción de prevención activa, intervención temprana y apoyo y seguimiento de las víctimas de la violencia doméstica, los autores y terceras partes (hijos y otras personas dependientes). La Comisión también convino en que para alcanzar ese objetivo tenía que comprender: a) los vínculos estructurales y operacionales entre las diversas entidades que atendían a las víctimas y los autores de violencia doméstica; y b) el volumen de víctimas o autores usuarios de esos servicios. De este modo, sería posible determinar las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas de los sistemas y actuar en consecuencia. El plan nacional de acción debe establecer los objetivos, las metas y las recomendaciones de medidas en las esferas de la prevención, la intervención temprana, el apoyo y el seguimiento.

22.La Comisión creó varias subcomisiones para poder cumplir con las atribuciones que le confiere la Ley sobre la violencia doméstica y también para poder formular un plan de acción basado en el proyecto del plan del Consejo de Europa para la campaña de eliminación de la violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica. Las cuatro esferas principales de las medidas formuladas en el plan incluyen: a) medidas jurídicas y políticas; b) apoyo y protección de las víctimas; c) recopilación de datos; y, d) sensibilización. La Comisión ha venido trabajando de manera más concreta en las tres últimas esferas con la creación de tres subcomisiones. La Comisión también está creando una subcomisión para estudiar las medidas jurídicas y políticas. Las subcomisiones participantes son:

La Subcomisión de Servicios, en la que están representados los principales proveedores directos de servicios sociales en la esfera de la violencia doméstica, tanto entidades públicas como ONG, a saber, los diversos albergues, los servicios contra la violencia doméstica de APPOGG (organismo designado) y los servicios de asistencia social de Gozo. En esta Subcomisión también participa un antiguo usuario de los servicios.

Esta Subcomisión ayuda a coordinar la labor de los distintos proveedores de servicios directos mediante el intercambio de información. Se estudian las normas aplicables a los servicios de atención y también los servicios prestados por el personal con la intención de establecer normas nacionales aceptables para todas las partes. La Subcomisión hace de enlace con el Departamento de Normas de Bienestar Social y colabora con él en esta materia. También se intercambia y examina información sobre oportunidades de formación y mejora de los servicios mediante el aumento de los recursos (nacionales e internacionales).

La Subcomisión de Investigación y Cotejo de Datos, en la que están representadas las distintas entidades que atienden directamente a las personas que sufren violencia doméstica o quieren escapar de ella con personal de investigación y estadísticas. Entre ellos figuran representantes de los tribunales de justicia, del sector de la salud, la Fundación de Servicios de Bienestar Social, la Oficina Nacional de Estadística, la Policía de Malta y la Dependencia de Gestión de la Información.

Esta Subcomisión ha estudiado la forma en que podrían normalizarse las estadísticas de las distintas entidades para tener un mejor conocimiento de los solicitantes de ayuda. La Subcomisión está por contratar los servicios de un coordinador con el cometido de racionalizar y armonizar los datos administrativos rutinarios, ayudar en la definición de un criterio de formulación de las normas y los servicios basada en la experiencia, así como de estar al corriente de las tendencias y adelantos de la investigación.

La Comisión encargó a la Autoridad Nacional de Estadística que volviese a repetir la experiencia del estudio hecho en 2003, por encargo del entonces Ministerio de Política Social, titulado "La violencia doméstica contra la mujer: Percepciones de la ciudadanía maltesa en general". El estudio se hizo en noviembre y diciembre de 2008 y acaban de publicarse sus resultados. También se está haciendo un estudio de prevalencia con los fondos que la Comisión recibió de un proyecto financiado por el Fondo Social Europeo. La encuesta de prevalencia de las islas maltesas proporcionará una mejor idea no sólo de quienes denuncian incidentes, sino también de los que no lo hacen. La encuesta es necesaria para planificar mejor la política y la prestación de los servicios.

La Subcomisión de la Campaña Nacional de Publicidad. Planifica y coordina actividades sobre la violencia doméstica orientadas a los medios de comunicación cada dos años. La Subcomisión está integrada por representantes, un técnico en relaciones públicas de la Fundación de Servicios de Bienestar Social y el Ministerio de la Familia y la Solidaridad Social, junto con dos miembros de la Comisión. Ayuda a complementar las actividades, reducir la duplicación y estrechar la cooperación entre las entidades principales. Uno de los factores que siempre se tiene en cuenta es tratar de garantizar que los servicios actuales no se vean desbordados por las consultas resultantes de la campaña publicitaria.

Miembros de la Comisión intervinieron en la televisión o la radio nacionales, así como con artículos publicados en la prensa en idioma inglés y maltés. Los miembros de la Comisión han participado también en seminarios y han dado charlas sobre la cuestión de la violencia doméstica, así como sobre las novedades legislativas, a miembros de las profesiones interesadas en el tema. La Subcomisión también organizó una campaña de publicidad en las marquesinas de las paradas de autobuses en colaboración con la Asociación de Municipios, la campaña White Ribbon Campaign en Malta, en colaboración con la Fundación de Servicios de Bienestar Social, y un concurso de dibujo en las escuelas, en colaboración con la Sección de Democracia y Valores Educativos de la División de Educación. Se informó de estas actividades en los medios de comunicación con comunicados y notas de prensa.

La Subcomisión de Asuntos Jurídicos se encuentra en fase de creación. La Subcomisión se encargará de examinar el seguimiento, así como la legislación y las medidas previstas por la ley.

23.La Comisión creó también un Equipo especial de respuesta a las agresiones sexuales, previa consulta con el Ministro de Justicia y Asuntos de Interior y el entonces Parlamentario para la Salud. El equipo está integrado por representantes de las diversas partes interesadas que colaboraron y prepararon conjuntamente esta propuesta. Está concebido para incluir a todos los servicios básicos que intervienen en casos de agresión sexual y recomienda una metodología de trabajo para apoyar a la víctima.

24.La Comisión organizó también dos seminarios para profesionales que intervienen directa o indirectamente en casos de violencia doméstica. Con estos seminarios se conmemoró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el 25 de noviembre. El primer seminario, de un día de duración, titulado "Trabajar juntos para combatir la violencia doméstica", se celebró el 25 de noviembre de 2008, y el segundo, también de un día de duración y con el título "Un enfoque integrado de la violencia doméstica", el 20 de noviembre de 2009. El objetivo de ambos seminarios era reunir a profesionales de diferentes organizaciones que intervenían directa e indirectamente en casos de violencia doméstica, entre ellos, trabajadores sociales, policías, abogados y jueces, para examinar las formas de colaboración con el objetivo de prestar mejores servicios a las víctimas de violencia doméstica. En ambos actos se contó con la presencia de conferenciantes extranjeros.

25.La Comisión participó en conferencias organizadas por el Consejo de Europa en el marco de la campaña para combatir la violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica, que se prolongó hasta 2008. El objetivo de esa campaña era concienciar a la ciudadanía del alcance de la violencia contra la mujer y, por lo tanto, estimular la adopción de nuevas leyes para detener esa violencia. Un equipo de trabajo del Consejo de Europa publicó un plan en el cual se presentaban a todos los países participantes una serie de sugerencias sobre la manera de luchar contra ese tipo de violencia.

26.En 2008 y 2009 los miembros de la Comisión participaron también en conferencias organizadas por WaVe, una red de ONG de mujeres europeas que combaten la violencia contra las mujeres y los niños. La red tiene como objetivo general promover y fortalecer los derechos humanos de las mujeres y los niños y, en particular, prevenirla. La Comisión de Violencia Doméstica aceptó ser la entidad de enlace del sitio web de WaVe.

27.En junio de 2007 se creó el sitio web de la Comisión (www.domesticviolence.gov.mt), que está integrado en el portal del Ministerio. En el sitio web se ofrece información sobre la Comisión y sus actividades, así como acerca de la Ley de violencia doméstica Además, hay enlaces a sitios web de otras organizaciones que se ocupan de casos de violencia doméstica.

28.Se asignaron a la Comisión fondos para el proyecto "Dignidad para las sobrevivientes de la violencia doméstica" en el marco del eje prioritario III, "Capacitar a las personas para más empleos y una mejor calidad de vida", del programa operacional II de la política de cohesión para el período 2007-2013, en el que la Comisión actúa como asociado principal y cuenta con la cooperación de otras organizaciones. El proyecto prevé

La realización de un estudio para conseguir una indicación de la prevalencia real de la violencia doméstica y la existencia o no de un vínculo entre la violencia doméstica y el desempleo. El contratista ha completado la reunión de datos y ahora analiza los datos.

La realización de una visita de estudio con el fin de conocer la forma en que otros albergues para víctimas de la violencia doméstica en los países europeos ayudan a sus residentes a recuperar su autonomía y promueven la inclusión social mediante el empleo por cuenta ajena o por cuenta propia, entre otras cosas, mediante la creación de cooperativas. En octubre de 2009 nueve trabajadores especializados en el tratamiento de la violencia doméstica participaron en una visita de estudio a la República Checa.

Formulación de planes de coordinación, inclusive de protocolos para los sectores que intervienen en casos de violencia doméstica, entre otros la policía, los medios de comunicación, organismos públicos, proveedores de servicios de salud y ONG, a fin de actuar de manera coordinada en la reinserción de las víctimas de violencia doméstica en el mercado de trabajo.

La realización de una campaña de sensibilización en medios de comunicación sobre la violencia doméstica y la importancia de que las víctimas de la violencia doméstica estén integradas en el mercado de trabajo.

29.En otra iniciativa, varios trabajadores sociales solicitaron financiación a la Unión Europea para participar en la acción Grundtvig 3 y asistir así a las sesiones de formación sobre la violencia doméstica en el marco del proyecto "Secundar a las mujeres sobrevivientes de la violencia para promover su adelanto". La actividad se realizó en junio de 2008 en Italia y un trabajador social asistió a las sesiones de formación. En mayo de 2009 la Comisión consiguió que nueve trabajadores sociales participaran en las sesiones de capacitación organizadas en el marco de esa acción que tuvieron lugar en Malta.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 9 de la listade cuestiones

30.Durante 2008 y 2009 la agencia APPOGG se ocupó de 972 y 1.030 casos de violencia doméstica, respectivamente. En esas cifras se incluyen casos de años anteriores de los que todavía estaban ocupándose los trabajadores sociales durante el período que se examina. Las estadísticas oficiales semestrales de 2010 se publicarán después de junio de 2010.

31.Los servicios relativos a violencia doméstica que presta la agencia APPOGG son los siguientes:

La Dependencia de Servicios relativos a la Violencia Doméstica, que presta servicios de trabajo social a los adultos que sufren violencia doméstica en relaciones familiares e íntimas. Apoya y empodera al beneficiario de los servicios, le ayuda a encontrar alojamiento de emergencia en caso necesario, y lo remite a otros servicios adecuados que pueda necesitar. Está formado por un pequeño equipo de trabajadores sociales profesionales que brindan apoyo a las víctimas de violencia doméstica y a sus hijos. Su objetivo es apoyar a las víctimas en momentos de crisis, así como en otras circunstancias, facilitándoles asistencia inmediata para satisfacer sus necesidades, ayudándoles a elaborar un plan de seguridad, proporcionando apoyo emocional en caso necesario, y coordinando con profesionales de la agencia o de otras entidades en cuanto a las necesidades de las víctimas, por ejemplo, ayuda psicológica, alojamiento, seguridad social, asesoramiento jurídico y escolarización infantil, entre otros.

Għabex, un albergue de emergencia para las mujeres víctimas de violencia doméstica y sus hijos. Su objetivo es facilitar un entorno seguro inmediato para las mujeres víctimas de violencia doméstica y sus hijos, quienes necesitan protección inmediata. El programa de albergues se basa en la creencia de que mujeres y niños tienen derecho a ser protegidos de la violencia y los abusos. El servicio ofrece un entorno propicio para que mujeres y niños que sufren violencia emocional, física y sexual se recuperen. El plazo máximo de estancia de una mujer en el albergue es de tres meses, tras lo cual los beneficiarios de los servicios se trasladan a un albergue de segunda fase, o a otro tipo de alojamiento que se haya determinado en Għabex. Durante esos tres meses en Għabex el personal ayuda a las mujeres con sus necesidades cotidianas, así como con las necesidades mencionadas previamente, y trabaja con ellas a fin de preparar un plan de acción para su futuro.

El Servicio para los autores de la violencia, que brinda asistencia a los hombres con comportamientos abusivos en sus relaciones íntimas para que entiendan su comportamiento, sean conscientes de él y asuman su responsabilidad al respecto. El objetivo de este programa es lograr que las personas que cometan actos de violencia doméstica cambien, pasando del abuso al respeto por medio de la sensibilización y la responsabilidad, a fin de lograr un entorno sano y seguro para mujeres y niños y lograr relaciones saludables. Esto se logra asistiendo a un programa de grupo que dura 22 semanas. Cada año se ejecutan dos programas. Antes de ser aceptados para participar en él, un profesional los examina individualmente para decidir si cumplen los requisitos necesarios para entrar en el grupo. Completado el programa, se alienta a los participantes a recibir apoyo continuado por medio de un grupo de ayuda. El servicio también colabora estrechamente con la Dependencia de Servicios relativos a la Violencia Doméstica cuando ésta trata a su pareja, de manera que exista una vía de comunicación sobre el progreso del autor. También se ofrece apoyo individual en situaciones de crisis y para mantener la situación antes de participar en un grupo.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 10 de la listade cuestiones

32.La Dependencia de Servicios relativos a la Violencia Doméstica de la agencia APPOGG recibió 479 y 454 remisiones en 2008 y 2009, respectivamente.

33.Además, el número de casos de violencia contra la mujer denunciados a la policía entre 2007 y marzo de 2010 es el siguiente:

Año

Número de casos

2007

299

2008

363

2009

467

2010 (enero a marzo)

144

34.El número de mujeres, víctimas de presuntos casos de violencia doméstica, incluye también daño psicológico (sin lesiones ni abuso físico).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 11 de la listade cuestiones

35.Los delitos relativos a las violaciones o al trato carnal siguen formando parte del capítulo 9 de la sección II de los delitos contra la paz y el honor de las familias y contra la moral, ya que pueden cometerse contra mujeres u hombres. En el artículo 198 se especifica que comete el delito de violación o trato carnal con violencia toda persona que, recurriendo a la violencia, tiene trato carnal con una persona de cualquier sexo. Así, los dos elementos esenciales en este delito son el trato carnal y la violencia.

36.En la ley no se especifica en qué debe consistir la violencia, por lo que el juez tiene la latitud necesaria para examinar cada caso según sus circunstancias a fin de determinar si, en cada caso particular, el trato carnal se dio contra la voluntad de la víctima y a pesar de la resistencia que hubiera podido presentar, teniendo en cuenta su fuerza física y su energía moral. Según las leyes maltesas, no se indica la intensidad, naturaleza, grado y cantidad de violencia necesaria para cometer este delito teniendo en cuenta que todo depende en gran medida del carácter y las circunstancias personales de la víctima del delito. Por lo tanto, la violencia puede ser a la vez física y moral pero debe ser eficaz, en el sentido de que haya sido la causa efectiva del trato carnal.

37.El legislador, consciente de que el componente de violencia es esencial en las violaciones, y consciente también de que esa definición de violación podría excluir ciertas situaciones que en general se considera que constituyen violación, introdujo el concepto de violencia presunta o implícita. Esto quiere decir que en ciertas situaciones se presume que hay violencia y no se admite prueba en contrario. El artículo 201 del Código Penal especifica, efectivamente, que se presume que hay violencia cuando el trato carnal se comete: a) contra una persona menor de 12 años; b) contra una persona que no puede ofrecer resistencia debido a enfermedad física o mental o a cualquier otra causa independiente de la voluntad del delincuente; y, c) a consecuencia de la utilización, por parte del delincuente, de una artimaña fraudulenta.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 12 de la listade cuestiones

38.La definición de violencia doméstica según el artículo 2 de la Ley sobre la violencia doméstica es todo acto de violencia, aunque sólo sea verbal, cometido por un miembro de la familia contra otro, e incluye toda omisión que cause daño físico o moral a la otra parte.

39.En la actualidad se acepta en derecho que la violación entre cónyuges es posible. En los casos de violación no se iniciará un procedimiento penal sino por denuncia de la parte privada, pero se iniciará una acción penal, independientemente de la denuncia de la parte privada, cuando el delito se cometa con violencia pública, violencia doméstica en los términos de la definición de la Ley de violencia doméstica, o de manera concomitante con cualquier otro delito que atente contra el orden público. La policía podrá iniciar un procedimiento penal de oficio, es decir, sin que medie una demanda de la parte privada, en el caso de cualquier delito que implique violencia doméstica.

E.Trata y explotación sexual de mujeres

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 13 de la listade cuestiones

40.El Código Penal de Malta prohíbe la trata con fines de explotación sexual, explotación en la fabricación de mercancía o la prestación de servicios, y explotación para extraer órganos (capítulo 9 de las Leyes de Malta). El delito específico de la trata de personas se estableció en Malta en 2002, si bien la trata de personas procedentes de Malta con fines de prostitución ya se había tipificado como delito penal en la Orden de Supresión de la Trata de Blancas (capítulo 63 de las Leyes de Malta). La pena aplicable a la trata de personas va de 2 a 9 años de reclusión, excepto en los casos de trata con fines de explotación para extraer órganos, en el que puede ir de 4 a 12 años. La pena aumenta un grado cuando la víctima es un menor. Se aplica asimismo un aumento de la pena cuando el delito va acompañado de lesiones graves, genera ganancias por más de 11.646,87 euros o se comete con la participación de una organización criminal con arreglo a lo previsto en el artículo 83 A 1) del Código Penal. Las penas aplicables son proporcionales a las previstas respecto de otros delitos graves.

41.En 2007 se promulgó una Ley subsidiaria (SL 217.07) que incorpora la Directiva 2004/81/CE del Consejo relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes, según la cual las víctimas de la trata o los inmigrantes ilegales que cooperen con las autoridades maltesas son autorizados a residir en Malta durante un período de seis meses (renovable). En esta ley también se estipula un período de reflexión que no supere los dos meses (antes de que se conceda el permiso de residencia de seis meses) de manera que esas personas puedan abandonar la influencia de los responsables del delito para poder tomar una decisión informada sobre la posibilidad de cooperar.

42.Además, el Código Penal contiene disposiciones relativas a inducir u obligar a una persona, menor o mayor de edad, a la prostitución. La pena por ese delito contra un menor es de reclusión de 18 meses a 4 años. Sin embargo, se aplicará una pena de reclusión de dos a seis años si:

El culpable ha puesto en peligro la vida del menor voluntariamente o con imprudencia;

El delito implica violencia o lesiones graves contra esa persona;

El delito se comete con la participación de una organización criminal en el sentido del artículo 83 A 1).

43.La pena por ese delito cometido contra un mayor de edad es de reclusión por un período no superior a dos años, teniendo en cuenta que una pena de reclusión de entre uno y cuatro años se aplicará siempre que en el delito haya abuso de autoridad, de confianza o de relaciones domésticas, o si el delito es habitual o se comete con fin de lucro.

44.La pena por el delito de violación es de reclusión de tres a nueve años, y los abusos deshonestos con violencia, cuando no correspondan a otro delito mencionado en el subtítulo VIII (bis) del Código Penal, acarrean una pena de reclusión de tres meses a un año.

45.Desde 2007 hasta finales de marzo de 2010 hubo tres casos de trata de seres humanos con fines de prostitución. En ellos se enjuició a nueve personas, y tres se encuentran todavía sub judice. En esos casos se identificaron como víctimas ocho mujeres.

46.En cuanto a los esfuerzos realizados por Malta para sensibilizar a las mujeres y niñas víctimas sobre la importancia de denunciar los casos de trata, la agencia APPOGG elaboró en 2008 un folleto detallado sobre ese tema. En él se recogía información sobre la identificación de las posibles víctimas y se centraba asimismo en la víctima y en cómo obtener asistencia. Los folletos se distribuyeron en el hospital nacional, centros sanitarios, centros comunitarios, ayuntamientos, iglesias y otros centros administrados por la iglesia, la comisión de emigrantes, la asociación de abogados y la oficina de Amnistía Internacional en Malta. Se distribuyeron también en zonas de recreación para llegar a posibles víctimas de explotación sexual y a clientes de servicios sexuales.

47.En la actualidad la agencia APPOGG está realizando una campaña con Body Shop (Malta), parte de una campaña de Body Shop (Europa) iniciada a finales de 2009, cuyo objetivo es contribuir, mediante la sensibilización, a la lucha contra la trata de niños y adolescentes con fines de explotación sexual. Body Shop elaboró un folleto que se distribuyó con la ayuda de la agencia APPOGG. Parte de los beneficios de la venta de un producto particular de Body Shop irán destinados a financiar las necesidades urgentes de tipo médico, psicológico, psiquiátrico y de alojamiento de las víctimas de la trata de personas.

F.Participación en la vida política y pública

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 14 de la listade cuestiones

48.Para seguir alentando y facilitando la participación de la mujer en puestos de adopción de decisiones, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad puso en marcha el proyecto Liberar el potencial femenino, cofinanciado por la Unión Europea, en el marco del cual se identificarán los motivos fundamentales de la existencia de los techos y acantilados de cristal en el mercado laboral. En concreto, este estudio identificará y analizará los factores principales que impiden o dificultan que las mujeres ocupen puestos de alto nivel en el mundo laboral.

49.El Consejo Nacional de la Mujer, en colaboración con la Oficina Nacional de Estadística, ha hecho un estudio sobre los obstáculos de la participación de la mujer en el proceso de adopción de decisiones. El objetivo del estudio es identificar los obstáculos que enfrentan las mujeres en los puestos de adopción de decisiones en los sectores político, económico y social. Los resultados revelaron que muchas mujeres no postulaban a puestos de alto nivel debido a las dificultades para conciliar las largas jornadas laborales con las responsabilidades familiares. El estudio reveló también que tanto hombres como mujeres no entienden la relación entre el modelo de vida de una mujer y su género y la repercusión negativa en sus opciones profesionales.

50.Con ese fin, el Consejo Nacional de la Mujer organizó en 2007 un curso sobre las mujeres en el proceso de adopción de decisiones políticas que incluyó una serie de reuniones interactivas, diseñadas para mujeres interesadas en la política local y nacional. El objetivo del curso era facultar a las participantes para que pudieran integrarse en la esfera política. De hecho, impartieron el curso oradores profesionales, expertos en la realización de programas sobre empoderamiento, representantes de los ayuntamientos y de los partidos políticos, miembros del Parlamento de Malta y miembros del Parlamento europeo.

51.Si bien las mujeres siguen sin estar suficientemente representadas en el Parlamento Nacional (8,7% en 2008), lo positivo es que en el Consejo de Ministros la representación femenina es muy alta, ya que dos de los ocho ministros son mujeres. Además, otra tendencia positiva es el aumento del número de mujeres elegidas en los ayuntamientos. De hecho, en la actualidad el 19,8% de los concejales son mujeres. Con frecuencia las elecciones municipales son un trampolín para alcanzar escalones más altos de la vida política. Por lo tanto, es probable que el aumento de la representación femenina a nivel municipal provoque en el largo plazo un aumento del número de mujeres en el Parlamento.

G.Educación

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 15 de la listade cuestiones

52.El cumplimiento del Objetivo 5 del programa mínimo nacional de estudios, "Fortalecimiento de la igualdad entre los géneros" y de los requisitos del Plan Estratégico (2001) se logra impartiendo lecciones a los alumnos de nivel secundario y organizando programas de desarrollo personal y social sobre cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros en las escuelas secundarias. Los objetivos de esas lecciones son:

Aumentar la concienciación con respecto a las cuestiones relativas al género;

Determinar la forma en que el género influye en los roles en el hogar;

Ayudar a los alumnos a determinar sus valores;

Señalar que personas distintas tienen valores distintos;

Entender la importancia de la tolerancia y la diversidad;

Ayudar a los alumnos a examinar los estereotipos de género en las relaciones que pueden ver en las películas y los medios de difusión;

Entender cómo esos estereotipos afectan sus relaciones personales de pareja;

Examinar cuestiones relativas a la sexualidad, en especial el acoso sexual;

Reconocer que la función del género influye en los diversos roles que se asumen a lo largo de la vida;

Entender que el comportamiento basado en el género puede influir en el comportamiento profesional.

53.Además, en octubre de 2007 el entonces Ministerio de Educación, Juventud y Empleo publicó un documento normativo sobre una política de asesoramiento profesional en las escuelas en el que se propuso la creación de un centro nacional de asesoramiento profesional. Una de sus funciones es fomentar la igualdad entre los géneros. En el documento normativo se hace hincapié en el hecho de que la educación profesional debe tener en cuenta las cuestiones de género.

54.En enero de 2009 la Dirección de Calidad y Normas de Educación publicó la Política y estrategia nacionales para la consecución de competencias básicas en educación primaria, en la que se examinan las acciones necesarias para hacer frente a los factores sociales que contribuyen al déficit de competencias básicas, como el género.

55.La planificación del desarrollo escolar incluye consideraciones de igualdad entre los géneros, así como propuestas que apoyan una política de igualdad. Las escuelas formulan sus políticas específicas de género teniendo en cuenta esta práctica en las escuelas. Los planes de desarrollo escolar y la ética escolar reflejan la necesidad de que la escuela en su conjunto, incluido el consejo de la escuela, asuma un compromiso por escrito y garantice una responsabilidad formal de promover el programa educativo integrador de la escuela.

56.El Departamento de plan de estudios y aprendizaje en línea organiza cursos obligatorios para docentes en el servicio dentro de la Dirección de Calidad y Normas de Educación. Se celebran en los meses de julio o septiembre, pero también el resto del año. Los temas de los cursos son:

a)Cuestiones de género en el entorno maltés;

b)Papel de la mujer en la literatura;

c)El trato de las cuestiones de género;

d)La escritura de guiones teniendo en cuenta las cuestiones de género;

e)Cuestiones de igualdad en el aula.

57.Del 24 al 27 de abril de 2007 el Departamento de plan de estudios y aprendizaje en línea organizó un taller del Consejo de Europa sobre el camino hacia la igualdad y la justicia en la escuela en el que participaron coordinadores universitarios, los equipos directivos de todas las escuelas, funcionarios de educación, coordinadores de materias y formadores de docentes. En él se trataron los temas de género, discapacidad, discriminación y xenofobia. Su objetivo fue proporcionar a todos los interesados los conocimientos y fomentar las capacidades que necesitan para preparar a los estudiantes de manera que salgan de la escuela conscientes de la importancia de la igualdad de oportunidades, de los prejuicios que otras personas pueden encontrar debido a su género, edad, origen étnico, sexualidad o habilidades físicas, y de su obligación de no discriminar.

H.Empleo

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 16 de la listade cuestiones

58.La Corporación de Empleo y Formación, organismo encargado de gestionar el empleo público en Malta, cree firmemente en la necesidad de preparar modelos de empleo nuevos y mejorados sostenibles desde un punto de vista social, económico y ambiental a largo plazo. Este organismo espera alcanzar sus objetivos con un uso eficaz de las capacidades existentes en la población local y la mejora y el fomento adecuados de las capacidades individuales, consciente de que la población es la clave de que haya más inversiones y desarrollo en Malta, lo cual, a su vez, se traducirá en mayores niveles de empleo y beneficios sociales. La eficacia de medidas activas en el mercado laboral depende no sólo del diseño y el método de aplicación, sino también de cómo las reciba el grupo al que van dirigidas. En la actualidad no se saca provecho máximo del potencial del empleo femenino y se trata precisamente de ese contexto en el cual la Corporación trabaja con los interesados clave para lograr una mayor igualdad entre los géneros en el empleo, en especial aumentando las tasas de actividad femenina y mejorando la calidad de los trabajos disponibles fomentando una cultura de aprendizaje permanente. Desde el punto de vista del mercado laboral, el organismo tendrá que esforzarse aún más por alentar y apoyar a las mujeres para que se incorporen, reincorporen, permanezcan y avancen en el mercado laboral.

59.Con ese fin la Corporación ha iniciado una serie de actividades dirigidas a ayudar al Gobierno de Malta a alcanzar sus objetivos a este respecto. Además de elaborar oficialmente un plan de acción sobre la igualdad entre los géneros en el que se esboza su estrategia en ese campo para el período 2009-2010, la Dependencia de Género dentro de la Corporación también realiza actividades de supervisión y asistencia para alcanzar un planteamiento general que integre la perspectiva de género en cuanto a los servicios que presta. Las iniciativas de la Corporación, entre ellas las relativas al género, se han incluido también en la hoja de ruta Flexicurity para 2008-2010. El aprendizaje permanente sigue ocupando el centro de todos los cambios importantes hacia el desarrollo económico y social. Por ese motivo, todos los cursos de capacitación están a disposición no sólo de todos los clientes interesados (sea cual sea su género), sino que también se ha intentado que ciertos cursos estén disponibles a nivel municipal y hay planes adicionales de ampliar la red de cursos a ese nivel para facilitar el acceso a las personas interesadas, en especial a las mujeres. Se han flexibilizado los requisitos de entrada para algunos cursos, como los de tecnologías de la información, de manera que puedan participar en ellos una mayor cantidad de personas que deseen aumentar sus conocimientos. Cuenta además con el respaldo de planes suplementarios para seguir revisando los requisitos de entrada introduciendo un sistema de pruebas de aptitud que garantice la plena participación en los cursos de individuos capaces que, por desgracia, carecen de las calificaciones necesarias que sirvan de base a sus conocimientos. Para respaldar aún más nuestra política de inclusión, se ofreció a los participantes en los cursos con dependientes un descuento de una hora para la utilización de servicios de atención a la infancia. Los clientes, en su mayor parte mujeres, tienen ahora la posibilidad de participar en un curso de capacitación mientras sus hijos están a cargo de cuidadores profesionales.

60.Estudios amplios en el ámbito del empleo y la capacitación han revelado con frecuencia que la mayoría de los clientes cuentan con vasta experiencia en los sectores de la atención y de la economía informal y que tienden a buscar empleo en esos ámbitos. De hecho, las estadísticas publicadas sobre la economía local también apuntan a una fuerte inclinación de las mujeres hacia ese sector laboral. Por lo tanto, deberían crearse nuevas oportunidades de empleo en ese ámbito ofreciendo capacitación básica a las personas interesadas que, a continuación, recibirían la certificación necesaria para demostrar su capacidad de prestar un servicio de calidad. Este esquema no sólo crearía empleo para las personas poco calificadas sino que también formalizaría el trabajo doméstico y el cuidado de los dependientes. La Corporación prevé también estudiar más detenidamente esta posibilidad en el futuro.

61.El bajo nivel de empleo femenino se aborda mejorando las actividades de difusión, entre otros, mediante grupos de discusión de mujeres, sesiones informativas sobre la inscripción, letreros dirigidos a mujeres inactivas distribuidos en los centros locales de actividad, y actualización de la información en el sitio web de la Corporación para mantener informados a los clientes sobre las novedades del Gobierno y la Corporación. Así, mayores actividades de difusión entre la población local han pasado a ser una de las vías principales utilizadas por la Dependencia de Género para reforzar la concienciación sobre distintas cuestiones, como las modalidades de trabajo flexible, el equilibrio entre vida profesional y vida personal y la división de las responsabilidades familiares. Aunque no es fácil erradicar los estereotipos culturales de larga data, una mayor difusión de información entre el público, incluidos los participantes, la población inactiva y los empleadores, puede ser la clave para lograr un cambio más decidido a favor de la igualdad entre los géneros en el trabajo. Con ese fin la Corporación organiza también una serie de seminarios dirigidos a los empleadores en los que se abordan cuestiones como la discriminación de género en el trabajo y las prácticas de contratación, se estudian las ventajas de facilitar el equilibrio entre la vida profesional y la vida personal de los empleados, seguido de un seminario al respecto, y otros seminarios en los que se destaca la importancia de integrar modalidades de trabajo flexible, como el teletrabajo, para retener al personal más valioso. Con tal fin, la Corporación pondrá en marcha en los próximos días en los medios de difusión una campaña financiada por el Fondo Social Europeo de la Unión Europea sobre las ventajas de compartir las responsabilidades vitales, dirigida tanto a los trabajadores como a los empleadores, en la que se hace hincapié en la importancia de los temas mencionados. No obstante, a pesar de que la Corporación puede contribuir con sus iniciativas a este cambio para lograr una mayor igualdad entre los géneros en el trabajo, se encuentra al final del proceso y la eficacia de sus acciones depende de una serie de factores sobre las que no tiene necesariamente control directo.

62.En términos económicos, la Corporación de Empleo y Formación ha trabajado, y seguirá haciéndolo, en el empoderamiento de mujeres procedentes de diversos entornos vitales para reconocer y aprovechar sus aptitudes. Además de ofrecer un curso específico sobre empleo femenino dirigido a mujeres que deseen regresar al mercado laboral tras un largo período de ausencia, la Corporación ofrece también asistencia específica de empleo y capacitación a grupos concretos de clientes inactivos en la población local, a saber, víctimas de violencia doméstica y madres solteras jóvenes, en un intento por alentarlas a mejorar su situación a través del empleo y evitar que se conviertan en víctimas de la pobreza al depender únicamente de los beneficios gubernamentales.

63.Existen asimismo planes de financiación para alentar a las personas a recibir educación en los ámbitos de la ciencia y las tecnologías de la información (TIC), y esto también beneficia a las mujeres, ya que no están suficientemente representadas en esos sectores. Estos planes de financiación son el plan "Prepárate" (popularmente conocido como Mi potencial) y el plan de becas estratégicas para la trayectoria educativa. El plan "Prepárate" está dirigido a fomentar el aprendizaje permanente, en especial en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Presta apoyo a los estudiantes que participan en los cursos de TIC de pago en instituciones públicas y privadas en Malta. Los estudiantes pueden presentar un formulario de solicitud para expresar su interés en el plan y recibir un reembolso de los gastos de matriculación en futuras desgravaciones del impuesto sobre la renta una vez que hayan completado satisfactoriamente el curso. Uno de los beneficios del plan son descuentos del 25% en certificaciones de bajo nivel de TIC. Además, el Ministerio de Infraestructura, Transporte y Comunicaciones y tres bancos distintos (Banco de Valletta, Banco HSBC y Banco Lombard) ofrecen paquetes personalizados de préstamo para cubrir los gastos de los cursos. El plan ofrece también desgravaciones fiscales respecto de los gastos de matriculación.

64.Ofrecer información adecuada sobre educación superior y complementaria a los estudiantes en las escuelas y a los docentes encargados de la orientación profesional es también una herramienta muy importante para lograr que más alumnos prosigan sus estudios después de la educación obligatoria y que puedan tomar decisiones informadas respecto de lo que quieran estudiar y dónde. Teniendo esto en cuenta, durante el verano de 2009, la Comisión Nacional de Educación Superior elaboró una guía bilingüe en maltés e inglés sobre educación superior y complementaria en Malta (disponible en http://nche.gov.mt/mediacenter/PDFs/1_Student%20Guide%20English%20WEB.pdf). La publicación se distribuyó entre los estudiantes de 5º y 6º curso en todas las escuelas de Malta y Gozo en enero de 2010. En la guía se describen el sistema educativo maltés y las distintas instituciones que pueden interesar a los estudiantes, con toda la información de contacto y enlaces a sus sitios web para que los alumnos puedan seguir investigando e identificando sus opciones. En la guía figura además información sobre los planes de financiación y oportunidades para estudiar en el extranjero, así como una lista de cuestiones que han de tener en cuenta al tomar una decisión tan importante en sus vidas.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 17 de la listade cuestiones

65.En septiembre de 2008 el Fondo Europeo de Desarrollo Regional destinó la suma de 500.000 euros al Departamento de Normas de Bienestar Social para distribuirla entre los posibles beneficiarios. Este plan de asistencia se llama Plan de subsidio de instalaciones para el cuidado de niños – Regeneración de la atención de la infancia de Malta de acuerdo con el sexto Eje Prioritario – Regeneración Urbana y Mejora de la Calidad de Vida, y tendrá una duración de 57 meses. Está previsto que el plan concluya en junio de 2013.

66.El plan de asistencia pretende aumentar y mejorar los servicios de guarda de niños en algunas localidades, cerca de sus hogares o vinculados con el lugar de trabajo de los progenitores. Esto estimulará el desarrollo y la regeneración de esas zonas porque contribuirá de forma indirecta al aumento de la actividad social, lo que tendrá como resultado una mayor actividad económica en la región. Además, se apoya a las empresas comerciales en su esfuerzo por contratar y formar a más mujeres debido a la posible relación entre la baja participación femenina en el mercado laboral y el número de instalaciones asequibles destinadas al cuidado de niños, aumentando de este modo la tasa de participación femenina en el mercado laboral. Este plan pretende mejorar además las instalaciones existentes y promover nuevas instalaciones para la educación y el desarrollo en la primera infancia.

67.El establecimiento de un equilibrio adecuado entre la vida familiar y la profesional y el aumento de madres trabajadoras resultará indirectamente en una mejor calidad de vida de los progenitores debido a una mayor rentabilidad del salario y a una mayor accesibilidad a servicios de guarda de niños de calidad.

68.Este plan de asistencia se centra en proporcionar una atención de calidad a la infancia de Malta y apoya la política central del Gobierno de fomentar y mantener servicios de guarda de niños de calidad a fin de conseguir un mejor equilibrio entre la vida familiar y la profesional y estimular la mayor participación de las mujeres en la fuerza del trabajo local. Asimismo, contribuye al cumplimiento de los objetivos de la Unión Europea de proporcionar una plaza de guardería como mínimo al 33% de los niños de Malta de hasta 3 años de edad.

69.Este plan de asistencia ayudará a modernizar y mejorar las actuales instalaciones destinadas al cuidado de niños mediante el traslado de locales (si fuera necesario para cumplir con las Normas Nacionales), la promoción de nuevas empresas y la ayuda para cumplir con las Normas Nacionales de Instalaciones Destinadas al Cuidado de Niños.

70.El plan de asistencia pretende conseguir lo siguiente:

Facilitar la entrada y mantenimiento de la fuerza de trabajo femenina, incrementando y manteniendo así la participación femenina en la fuerza de trabajo;

Ayudar a las familias a conseguir un mejor equilibro entre la vida profesional y la vida familiar;

Mejorar la calidad de vida;

Promover la iniciativa empresarial entre los encargados del cuidado de los niños;

Aumentar las oportunidades de empleo en el ámbito de la prestación de servicios de cuidado de niños.

71.El principal objetivo de este proyecto es proporcionar instalaciones destinadas al cuidado de niños más accesibles y asequibles en Malta, incrementando de este modo la respuesta de los servicios de guarda de niños a fin de animar a más mujeres a aceptar o mantener su empleo. Este plan también fomenta un mejor equilibrio entre la vida familiar y la vida profesional. El proyecto está destinado a mujeres en paro que consideran el servicio de cuidado de los niños necesario para acceder al mercado laboral, a mujeres empleadas que lo perciben como una condición muy importante para mantener su trabajo y a mujeres en paro que consideran que es una condición muy importante para empezar a trabajar y no lo hacen debido a limitaciones financieras para pagar el cuidado de los niños. Este proyecto permitirá, a su vez, que las mujeres que acceden a un puesto de trabajo o que ya están trabajando puedan aumentar sus horas de trabajo.

72.Este proyecto dará asimismo más opciones a los progenitores, lo que aumentará la competitividad y, en consecuencia, los precios se mantendrán bajos de manera que el servicio de cuidado de niños será más accesible.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 18 de las listade cuestiones

73.La Ley de Seguridad Social (capítulo 318 de las Leyes de Malta) proporciona la base legal para la protección social de todas las personas aseguradas en Malta. La ley dispone de dos planes básicos: uno contributivo y otro no contributivo. Con arreglo al primero, los beneficios a largo y a corto plazo se pagan siempre de acuerdo con el pago de las contribuciones (10% del salario base, el sueldo base o los ingresos netos). En el caso de los empleados a tiempo parcial, éstos tienen derecho a todas las prestaciones correspondientes siempre que hayan satisfecho las pruebas de cotización pertinentes.

74.Los trabajadores a tiempo parcial que ganan menos del salario mínimo nacional pueden optar por pagar contribuciones a la seguridad social por prorrateo (10% de sus ingresos en lugar del 10% del salario mínimo nacional). Estos trabajadores tienen derecho a todas las prestaciones contributivas pero por prorrateo según la tasa de contribución abonada.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 19 de la listade cuestiones

75.El capítulo 456 de las Leyes de Malta, la Ley de igualdad entre hombres y mujeres, prohíbe el acoso sexual como "conducta sexual no deseada". También es ilegal que las personas encargadas de cualquier lugar de trabajo o establecimiento educativo no se ocupen de su obligación de terminar con el acoso sexual, tal como se dispone en la ley. Éstos tienen que velar, asimismo, por que el programa de estudios y los libros de texto no difundan la discriminación.

76.Los empleadores están obligados por ley a presentar denuncias ante el Comisario de Promoción de Igualdad en nombre de sus empleados que afirmen haber sido acosados o discriminados sexualmente.

77.Las personas declaradas culpables de acoso sexual serán culpables de cometer una falta con arreglo a este artículo (art. 9) y serán, sin perjuicio de otra responsabilidad mayor en virtud de cualquier otra ley, condenados a una multa no superior a 2.329,37 euros o a reclusión por un período no superior a seis meses, o a la multa y la reclusión a la vez.

78.El capítulo 452 de las Leyes de Malta, la Ley de empleo y relaciones laborales, también brinda protección en los artículos 26 a 32 contra la discriminación relacionada con el empleo. Esto es aplicable a toda conducta indebida entre un empleador y un empleado o hacia otro empleado o hacia un empleador. El hecho de someter a esa persona en el lugar de trabajo a dicho acoso, provocando intimidad física como consecuencia de solicitar favores sexuales o tras someter a la víctima a cualquier acto o conducta con connotaciones sexuales, en particular palabras, gestos o la producción, emisión o circulación de palabras escritas, imágenes u otro tipo de materiales, constituye una infracción de los artículos 26, 27, 28 ó 29 de esa ley. Cuando una persona se siente ofendida por tal comportamiento puede presentar una denuncia ante el Tribunal Laboral, de acuerdo con las disposiciones del artículo 30 de la ley. El artículo 30 2) indica además que, si el Tribunal Laboral decide que se han demostrado los hechos en que se basa la denuncia, podrá tomar las medidas que estime oportunas, como la cancelación de cualquier contrato de servicios o de cualquier cláusula de un contrato o de un convenio colectivo que sea discriminatorio, y ordenará el pago de una indemnización por las pérdidas y los daños sufridos por la víctima como consecuencia de esa infracción.

79.Todo ello sin perjuicio de otra acción posterior que el autor de la denuncia tenga derecho a iniciar en virtud de cualquier otra ley y sin perjuicio, asimismo, de cualquier otra acción en la que el demandado se vea implicado de acuerdo con cualquier otra ley aplicable.

80.El artículo 32 de la misma ley dispone que las personas que infrinjan los artículos 28 y 29 serán condenadas a pagar una multa no superior a 2.329,37 euros o a reclusión por un período no superior a seis meses, o a la multa y la reclusión a la vez.

81.Desde el 1º de enero de 2007 hasta la fecha la Brigada Antivicio no ha procesado a ninguna persona en virtud de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres ni de la Ley de empleo y relaciones laborales.

I.Salud

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 20 de la listade cuestiones

82.El acceso a los servicios de asesoramiento en materia de salud y a la atención médica en Malta es igualitario para hombres y mujeres. La atención y la información en materia de salud sexual y reproductiva se ofrecen de forma gratuita como parte de la atención médica general, en particular, en clínicas obstétricas, ginecológicas y genitourinarias. Se ha redactado un borrador de una Política Nacional de Salud Sexual tras un proceso de consulta que en la actualidad está concluyendo.

83.En las escuelas secundarias se ofrece educación sexual con clases de Desarrollo Personal y Social. En particular, los temas abordados pretenden aumentar el conocimiento acerca de diversas cuestiones relacionadas con el comportamiento sexual, a saber:

Centrarse en el desarrollo sexual igualitario independientemente del género;

Identificar las diferentes etapas de desarrollo sexual por las que atraviesa cada persona;

Conocer el desarrollo emocional, físico y sexual del otro género;

Examinar los cambios físicos asociados al desarrollo sexual;

Aclarar posibles ideas erróneas relativas al desarrollo sexual;

Dar importancia al aspecto emocional de las relaciones sexuales;

Determinar los límites personales de la intimidad;

Sensibilizar sobre las consecuencias del comportamiento sexual irresponsable;

Identificar las formas de protegerse (abstinencia, preservativos, píldoras, etc.);

Determinar la importancia de hablar con la pareja sobre anticonceptivos;

Tratar temas relacionados con la sexualidad que los estudiantes deben abordar (por ejemplo, violación, contacto con personas por Internet, acoso sexual, pedofilia y exhibicionismo);

Aprender la diferencia entre VIH y sida, y conocer las formas de transmisión;

Examinar ideas erróneas relativas al sida y al VIH;

Explorar sentimientos personales relacionados con esta cuestión;

Conocer las principales enfermedades de transmisión sexual (ETS) (es decir, las infecciones por clamidia, la gonorrea, la hepatitis, los herpes, la sífilis) y cómo se transmiten;

Identificar los métodos anticonceptivos que se pueden utilizar como protección contra las ETS;

Aclarar las diferencias entre sexualidad y sexo;

Aclarar las ideas de los estudiantes sobre las orientaciones sexuales (homosexualidad, bisexualidad, transexualidad);

Examinar los sentimientos y las opiniones de los estudiantes en cuanto a diferentes orientaciones sexuales;

Determinar los conocimientos de los estudiantes sobre comportamientos sexuales desviados como prostitución, pornografía, fetiches; y

Explorar los sentimientos y las opiniones de los estudiantes.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 21 de la listade cuestiones

84.La interrupción voluntaria del embarazo en cualquier etapa de la gestación es ilegal de conformidad con la legislación de Malta tal como se dispone en el Código Penal (cap. 9, parte II, título VIII, subtítulo VII, arts. 241 a 243).

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 22 de la listade cuestiones

85.La prevención es la base del resto de las actividades dentro del planteamiento global para abordar la cuestión del VIH/SIDA. Esto es especialmente efectivo en Malta, donde en la actualidad el número de casos de VIH/SIDA todavía es bajo, por lo que las medidas de prevención son más importantes aún para evitar su difusión y un posible brote. Durante los últimos cuatro años (2006-2009) el promedio anual de nuevos casos detectados de personas infectadas por el VIH ascendió a 20, mientras que el promedio anual de nuevos casos de sida fue cinco. De todos los casos, 36 (35,6%) eran mujeres y cuatro (4%) eran menores de 20 años cuando se les diagnosticó. La población de Malta es de 400.000 habitantes. Entre 2000 y 2009 se atendieron 17 casos de mujeres embarazadas seropositivas.

86.Nuestra dinámica de prevención del VIH se centra en el mensaje ABCD (del inglés Abstinence, Be faithful, use Condoms correctly and consistently, Do not use drugs and Do testing, o sea, abstinencia, fidelidad, uso correcto y permanente de condones, no tomar drogas y hacerse las pruebas). En varios lugares se ofrecen asesoramiento antes y después de las pruebas, la posibilidad de someterse a la prueba, y la localización de contactos, y en todos los centros de atención primaria existe un programa de distribución de agujas a disposición de todos aquellos que toman droga por vía intravenosa. Los casos diagnosticados se tratan y supervisan en la unidad de enfermedades infecciosas para pacientes internos y en la clínica genitourinaria para pacientes externos. El tratamiento (tratamiento antirretroviral de gran actividad) está disponible para todos, es gratuito e incluye un seguimiento habitual. Se ofrece a las mujeres embarazadas un examen de VIH antenatal, se tratan en consecuencia los casos positivos y se presta atención especializada perinatal para evitar la transmisión al neonato.

J.Mujeres migrantes

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 23 de la listade cuestiones

87.A pesar de las fuertes presiones que hemos sufrido durante la última década frente a la migración irregular, Malta nunca ha dudado en proteger a aquellos que lo necesitaban, lo que también es aplicable a mujeres y niñas. Cualquier indicio de abuso, explotación y violencia se transmite a las fuerzas del orden y a los organismos de asistencia social.

88.Las mujeres adultas solteras, tanto las solicitantes de asilo protegidas como las solicitantes de asilo inadmitido, son alojadas en un centro abierto establecido específicamente para sus necesidades y protección. Las madres solteras y las unidades familiares también son alojadas en otros centros abiertos que satisfacen las necesidades de madres con niños. Las niñas menores no acompañadas pasan a disposición del régimen de Orden de Tutela y también son alojadas en otros establecimientos específicos, en los que se atienden las necesidades y la protección de niños y adolescentes que carecen de apoyo familiar.

89.En cuanto al perfil, la inmensa mayoría de residentes actuales son somalíes, aunque hay otras nacionalidades representadas en menor medida. Por lo que respecta a las mujeres, hay cerca de 500 residentes, de un total de casi 3.000 residentes en centros abiertos.

90.Además, todos los extranjeros que viven en Malta necesitan un permiso de residencia y, de acuerdo con el Estudio demográfico de 2008, había 8.544 mujeres extranjeras viviendo en Malta.

91.La Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad procura que la sociedad de Malta sea una sociedad libre de toda forma de discriminación por motivos de género y responsabilidades familiares en el empleo, y por motivos de origen étnico o racial o de género en el suministro de bienes y servicios. Las mujeres y las niñas migrantes también disfrutan de esa protección.

K.Matrimonio y relaciones familiares

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 24 de la listade cuestiones

92.De conformidad con el artículo 3 de la Ley del matrimonio (capítulo 255 de las Leyes de Malta), la edad mínima para contraer matrimonio es de 16 años para hombres y mujeres, y depende del consentimiento de las personas que ejerzan la patria potestad o del tutor, en caso de que el menor se encuentre en régimen de tutela. A pesar de esto, el tribunal de jurisdicción voluntaria correspondiente a la jurisdicción en que resida el menor puede, por motivos fundados, autorizar la celebración del matrimonio en situaciones en que no se obtiene el consentimiento de la persona titular de la patria potestad o la tutela.

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 25 de la listade cuestiones

93.Los artículos 35 a 41 del Código Civil de Malta especifican las circunstancias en que se autoriza la separación. En particular, en el artículo 35 se dispone que se puede decretar una separación personal en un fallo o un decreto del tribunal civil competente. En virtud de una sentencia de separación las partes quedan liberadas de sus deberes de cohabitación y efectos civiles recíprocos, aunque siguen casados.

94.El artículo 36 especifica que una separación no puede tener lugar a menos que uno de los cónyuges lo solicite o si no es en las condiciones previstas en el mismo Código, o bien por común acuerdo de los cónyuges como se prevé en el artículo 59. Por ello, todos los juicios de separación personal se tramitarán ante la sala correspondiente del Tribunal de lo Civil (art. 37 1)); sin embargo, en el siguiente párrafo 2 se dispone que antes del inicio de los procedimientos se puede solicitar por medio de un decreto que se determine la cantidad de la pensión alimentaria y quién seguirá viviendo en el hogar matrimonial pendente lite.

95.La ley dispone que en casos de violencia en el hogar la solicitud prevista en el párrafo 1 se hará en un plazo de cuatro días y el tribunal podrá decretar de oficio, antes o después de haber escuchado a las partes, una orden de protección (artículo 412C del capítulo 9) o una orden de tratamiento (artículo 412D del capítulo 9). El tribunal escuchará al demandante y al demandado y decidirá sumariamente, incluso si el día de la audiencia el demandante o el demandado, o ambos, no se presentan (párr. 3). El artículo 38 dispone además que, a fin de proteger la seguridad de las partes implicadas o el interés superior del hijo o de los hijos, o de cualquier otro menor dependiente de alguno de los cónyuges, en los casos en que haya pruebas de violencia en el hogar las disposiciones de los artículos mencionados anteriormente se aplicarán mutatis mutandis a una orden dictada con arreglo a ese artículo como si se tratara de una orden dictada con arreglo al correspondiente artículo de ese Código.

96.Los motivos de separación son adulterio (cap. 16, art. 38), denuncias de excesos, crueldad, amenazas o lesiones graves contra el demandante o contra sus hijos (art. 40) y abandono injustificado tras dos años (art. 41). El tribunal puede también, a su discreción, considerar otros motivos no invocados por el demandante (cap. 16, art. 45). En algunos casos el juez puede autorizar la separación por motivos de ruptura irremediable del matrimonio como consecuencia de una insalvable incompatibilidad de caracteres.

97.Cuando se decreta la separación, la custodia de los hijos se rige por el artículo 4 1) del capítulo 410 de las Leyes de Malta, la Ley sobre la sustracción y custodia de niños, que especifica la transposición del Convenio europeo relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de custodia de menores.

98.El capítulo 242, Ley de pago de alimentos (de cumplimiento común), rige las pensiones en caso de separación. Esta legislación introduce nuevas disposiciones en la Ordenanza (sobre la ejecución) de pago de alimentos (cap. 48), toma medidas para que Malta se adhiera a convenios internacionales relacionados con las pensiones, adopta otras disposiciones para facilitar la recuperación de las pensiones de o por parte de personas de Malta de o por parte de personas de otros países, y otras medidas con fines relacionados con las cuestiones indicadas.

99.Una vez decretada la separación, la partición de bienes se rige por la cláusula restrictiva del artículo 7 6) del Reglamento (S.L.12.20) sobre el Tribunal de lo Civil (Sala de Familia), la Primera Sala del Tribunal de lo Civil y el Tribunal ( Court of Magistrates) de Gozo (Jurisdicción Superior). Según esta cláusula, si el Tribunal no estuviera en posición de determinar la forma en que un bien común se debe gestionar, primero podrá determinar el resto de las cuestiones y posteriormente se pronunciará sobre ese asunto concreto. El Tribunal también puede promover en cualquier etapa del proceso un convenio arbitral entre las partes tal como se dispone en la cláusula restrictiva del artículo 15 6) del capítulo 387 de la Ley de arbitraje. Este artículo indica que las controversias relativas al estado civil, en particular las relacionadas con separaciones personales y anulaciones de matrimonio, sólo se pueden resolver mediante arbitraje si las cuestiones relativas a la partición de bienes entre cónyuges se remiten a arbitraje condicionado a la aprobación por parte del tribunal competente del convenio arbitral y del árbitro que se designe.

100.En el convenio de separación se suele incluir una cláusula en cuya virtud los cónyuges renuncian a los derechos de sucesión recíprocos, por lo que, cuando un marido fallece tras haberse separado, su esposa no tiene derechos ni obligaciones respecto de la herencia.

L.Protocolo Facultativo

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 26 de la listade cuestiones

101.El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se abrió a la firma el 10 de diciembre de 1999 y entró en vigor el 22 de diciembre de 2000, tras diez ratificaciones o adhesiones. Malta no ha firmado dicho Protocolo Facultativo.

102.El Gobierno maltés está considerando la ratificación del Protocolo Facultativo. Se deben cumplir las condiciones legales necesarias antes de proceder a la ratificación.