Naciones Unidas

CEDAW/C/MNE/Q/1

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

7 de marzo de 2011

Español

Original: inglés

Comité para la E liminación de la Discriminación contra la Mujer

50º período de sesiones

3 a 21 de octubre de 2011

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examende informes periódicos

Montenegro

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el informe inicial de Montenegro (CEDAW/C/MNE/1).

Consideraciones generales

1.De conformidad con el artículo 18 de la Convención, el Estado parte debería haber presentado su informe inicial en noviembre de 2007, pero el informe no se recibió hasta mayo de 2010. Sírvanse explicar las razones del retraso. Sírvanse facilitar información adicional sobre el proceso de preparación del informe inicial, en particular sobre la naturaleza y ámbito de las consultas con las organizaciones no gubernamentales, e indicar si los comentarios y enmiendas de las organizaciones no gubernamentales se han tenido en cuenta al completar el informe (CEDAW/C/MNE/1, párr. 9). Sírvanse precisar asimismo si el informe ha sido aprobado por el Gobierno.

2.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para asegurar recursos suficientes a la Oficina del Protector de los Derechos Humanos y de las Libertades (Ombudsman), y su cumplimiento de los Principios de París (resolución 48/134 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1993, anexo), y para instar a esa Oficina a que solicite su acreditación por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos. ¿Qué progresos se han hecho con la aprobación de la nueva Ley del Ombudsman hacia la aplicación efectiva de la Ley de prohibición de la discriminación de 2010?

Condición jurídica de la Convención y marco legislativoe institucional

3.El informe indica que, si bien las disposiciones de la Convención son directamente aplicables y priman sobre la legislación nacional (CEDAW/C/MNE/1, párr. 47), nunca han sido invocadas ni aplicadas directamente en los tribunales (párr. 82). A este respecto, sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para dar a conocer a los fiscales, jueces, abogados y el público en general el carácter jurídicamente vinculante y la aplicabilidad directa de la Convención, así como los derechos contenidos en la misma. Sírvanse asimismo facilitar información sobre cómo el Estado parte procura sensibilizar y dar a conocer a la mujer los derechos proclamados en la Convención y las comunicaciones y procedimientos de investigación previstos en su Protocolo Facultativo.

4.Sírvanse especificar si las denuncias presentadas por mujeres ante el Ombudsman (CEDAW/C/MNE/1, párr. 83) incluyen casos de discriminación sexual. ¿Qué medidas están adoptando para dar a conocer la reciente posibilidad prevista en la Ley de igualdad de género de presentar denuncias de discriminación sexual ante el Ministerio de Derechos Humanos y Derechos de las Minorías (párr. 84)? Sírvanse indicar si las conclusiones del Ministerio tienen carácter vinculante y si se pueden invocar ante los tribunales.

5.Sírvanse indicar si las transferencias a los gobiernos locales de las competencias de la promoción de la igualdad de género y otras cuestiones relacionadas con la aplicación de la Convención (CEDAW/C/MNE/1, párr. 45) han ido acompañadas de las consignaciones presupuestarias necesarias para su ejercicio. Dado que sólo en 10 municipios se han establecido mecanismos locales encargados de la igualdad de género (párr. 91), sírvanse asimismo explicar cómo en los 11 municipios restantes aplican los gobiernos locales la igualdad de género.

6.El informe describe las actividades realizadas por la antigua Oficina de Igualdad de Género dentro de la Secretaría General del Gobierno, que fue reestructurada como Departamento encargado de la igualdad de género en el seno del Ministerio de Derechos Humanos y Derechos de las Minorías en mayo de 2009 (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 87 y 99). Sírvanse explicar si el mandato y el impacto político del nuevo departamento son idénticos a los de la Oficina de Igualdad de Género y facilitar información sobre los recursos financieros asignados con cargo al presupuesto del Estado para el desempeño de su mandato en relación con la igualdad de género, el número de sus funcionarios y las actividades realizadas y los logros conseguidos hasta el presente por el Departamento.

Medidas especiales de carácter temporal

7.Sírvanse facilitar ejemplos adicionales de las medidas para promover y acelerar la igualdad sustantiva de hombres y mujeres, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, y explicar si la Convención se utiliza como marco jurídico para su adopción y aplicación.

Violencia contra la mujer

8.¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para asegurar la aplicación efectiva de la Ley de protección contra la violencia doméstica de 2010, tales como la formación de los agentes de las fuerzas del orden y de otros profesionales que se relacionan con las víctimas de la violencia doméstica? Dado que la tasa de denuncias es baja (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 129 a 133), ¿qué medidas se han adoptado para proporcionar asistencia letrada gratuita, asistencia psicosocial y servicios de acogida suficientes a las víctimas de la violencia doméstica?

9.Sírvanse facilitar datos estadísticos sobre el número de investigaciones, enjuiciamientos y sentencias condenatorias en casos de violencia doméstica desde 2007. Sírvanse indicar si el Estado parte está tomando alguna medida para revisar su tratamiento judicial aparentemente benigno de los casos de violencia doméstica. Sírvanse asimismo facilitar datos, si los hubiere, sobre las mujeres asesinadas por sus maridos, sus ex maridos o sus compañeros sentimentales en los tres últimos años.

10.Sírvanse facilitar datos sobre el número de casos de mujeres violadas, sobre los juicios y sobre las penas impuestas a los violadores desde 2007. Sírvanse indicar si el Estado parte considera la posibilidad de perseguir de oficio los casos de violación, incluida la violación marital. Dado el bajo índice de denuncias de los casos de violación, ¿qué medidas de concienciación se están tomando para superar el estigma cultural impuesto a las víctimas de violación y sus familias? ¿De qué tipos de apoyo, asesoramiento y reintegración disponen las mujeres violadas?

Trata y explotación de la prostitución de mujeres y jóvenes

11.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas adoptadas en el marco del Plan de Acción para la lucha contra la trata de seres humanos (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 88 y 142). ¿En qué medida se refleja en el Plan de Acción y/o en programas similares la vulnerabilidad especial de las mujeres romaníes, ashkalis o egipcias, de las refugiadas y de las jóvenes que viven en la calle?

12.Sírvanse indicar si las causas penales de trata mencionadas en el párrafo 139 del informe se han resuelto con sentencias penales condenatorias y, en caso afirmativo, sírvanse facilitar información sobre la pena impuesta a los autores. Sírvanse facilitar información sobre la protección, asistencia, rehabilitación y reintegración de que disponen las mujeres víctimas de la trata e indicar si se conceden visados temporales a las víctimas que no quieren o no pueden cooperar con las autoridades judiciales.

13.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la explotación sexual de niños, considerando especialmente la vulnerabilidad específica de las niñas, y sobre el número de autores de esa explotación enjuiciados y condenados desde 2007. Sírvanse asimismo describir el impacto del turismo sexual en la explotación sexual de niños en el Estado parte (CEDAW/C/MNE/1, párr. 145).

Participación en la vida política y pública y en la adopciónde decisiones

14.A la luz de la escasa representación de las mujeres en el Parlamento, las asambleas municipales (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 96, 152, 153 y 156), el Gobierno (parr. 161), los cargos designados por el Parlamento y el Gobierno (párrs. 154, 155 y 159), así como en las instancias decisorias internas de los partidos políticos (párrs. 149 y 150), sírvanse facilitar datos y/o información sobre:

a)Si el Estado parte se propone introducir una cuota obligatoria para conseguir la representación equilibrada de hombres y mujeres en las listas de candidatos de las elecciones nacionales y locales;

b)Las medidas adoptadas o previstas para dar efecto a las disposiciones de la Ley de igualdad de género que obligan al Parlamento y al Gobierno a aplicar el principio de una representación equilibrada de hombres y mujeres en los cargos de designación, en la composición de las delegaciones oficiales y en el establecimiento de órganos de trabajo (párr. 147);

c)Las medidas adoptadas o previstas para alentar a los partidos políticos a que cumplan el artículo 12 de la Ley de igualdad de género y la disposición de la Ley de partidos políticos relativa a la inclusión en los estatutos y programas de los partidos de medidas afirmativas para conseguir una representación equilibrada de ambos sexos en sus órganos internos (párrs. 147 y 151);

d)Información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Departamento de igualdad de género en el marco del Plan de Acción para la consecución de la igualdad de género con objeto de aumentar la participación de la mujer en todos los niveles del proceso decisorio (párr. 124), y sobre su impacto.

Educación

15.Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para reducir el analfabetismo de la mujer, en particular en el medio rural y entre las mujeres y jóvenes romaníes, ashkalis y egipcias (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 210, 240, 241, 242, 243 y 247) y sobre los resultados conseguidos con su aplicación.

16.¿Qué medidas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, se han adoptado para aumentar la matriculación de las jóvenes romaníes, ashkalis y egipcias en la educación oficial en todos los niveles, reducir sus tasas de abandono escolar tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria y alentar y apoyar su matriculación en las instituciones de enseñanza superior (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 237 a 239 y 241)? Aparte de las sanciones (párr. 228), ¿qué medidas se han adoptado para convencer a los padres romaníes, ashkalis y egipcios de la necesidad de enviar a sus hijas a la escuela (párrs. 197 y 248)?

17.Aparte de los datos sobre mujeres y hombres con títulos de máster y de doctor en ciencias (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 220 y 222), el informe guarda silencio sobre las salidas profesionales de hombres y mujeres y sobre las áreas de estudio en los niveles secundario y terciario de la educación. Sírvanse facilitar datos sobre las salidas profesionales académicas de hombres y mujeres en todos los niveles de educación pertinentes, así como sobre los esfuerzos realizados por el Estado parte para promover la diversificación de esas salidas, estimular a los jóvenes de ambos sexos a elegir áreas no tradicionales de formación y educación y promover la matriculación de mujeres en los cursos de doctorado.

Empleo y seguridad social

18.A la luz de la distribución desigual de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres en el Estado parte (CEDAW/C/MNE/1, párr. 109) sírvanse facilitar información sobre:

a)Las medidas adicionales que permitan a la mujer conciliar la vida profesional y la vida familiar (párr. 264);

b)Las medidas adoptadas para facilitar la vuelta de la mujer al trabajo después de la crianza de los hijos (párr. 265);

c)El impacto de los programas específicos para mujeres en el mercado laboral (párr. 265);

d)Las medidas adoptadas para definir jurídicamente y valorar económicamente la situación de las amas de casa (párr. 265);

e)Cualquier incentivo que promueva la participación activa de los padres en la crianza de los hijos y en otras labores domésticas, como podría ser una licencia de paternidad especial y no transferible que se añadiría a la licencia parental;

f)La disponibilidad y la accesibilidad de guarderías, jardines de infancia y escuelas de día y el porcentaje de niños matriculados en esas instituciones, desglosado por sexo y edad.

19.El informe indica en el párrafo 277 que las mujeres son mayoritarias en los sectores con salarios más bajos y que están subrepresentadas en los puestos de dirección y de gestión. ¿Qué medidas se han adoptado para asegurar la igualdad de acceso de hombres y mujeres a los puestos de gestión y hacer frente a la segregación horizontal y vertical en el mercado de trabajo? Sírvanse indicar si el principio de salario igual por trabajo de igual valor está reconocido en la legislación del Estado parte.

20.Sírvanse explicar por qué las mujeres de más de 45 años están excluidas de los programas de orientación profesional, formación profesional, reciclaje y formación complementaria y cómo se asegura el Estado parte de que siguen siendo competitivas en el mercado laboral (CEDAW/C/MNE/1, párr. 286).

21.El informe indica que sólo el 17% de las mujeres romaníes, ashkalis y egipcias realizan una actividad remunerada, en tanto que el 71% recibe apoyo (CEDAW/C/MNE/1, párr. 300). Además de los proyectos descritos en los párrafos 294 a 298 del informe, ¿qué medidas específicas se están adoptando para combatir el desempleo de las mujeres romaníes, ashkalis, y egipcias y cuál es su efecto en el empleo de esas mujeres?

22.La tasa de desempleo de las mujeres con discapacidad parece ser desproporcionalmente elevada (CEDAW/C/MNE/1, párr. 304). Sírvanse describir las salvaguardias legales que protegen del despido a las personas con discapacidad, y el impacto de la política activa de empleo para mejorar la situación de las mujeres con discapacidad (párr. 305).

23.A la luz de la mayor brevedad de los períodos de cotización de las mujeres, sírvanse facilitar información comparativa desglosada sobre los niveles de pensión de mujeres y hombres en el Estado parte (CEDAW/C/MNE/1, párr. 316).

Salud

24.¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para mejorar las condiciones de la atención de salud perinatal (CEDAW/C/MNE/1, párr. 327) y para concienciar a las mujeres, especialmente las del medio rural, sobre la importancia de los controles ginecológicos regulares (párrs. 346 y 347)?

25.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, tales como la inclusión de la salud sexual y reproductiva y de los derechos correspondientes en los programas escolares, para reducir el número de embarazos y abortos de adolescentes y prevenir la propagación de enfermedades de trasmisión sexual como el VIH/SIDA (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 342 y 343). ¿Qué programas se aplican para prestar asistencia a las madres adolescentes y a sus hijos?

26.Sírvanse indicar si el Estado parte está tomando medidas para facilitar la inscripción en el registro civil de las mujeres romaníes, askhalis y egipcias de Montenegro o, en el caso de las refugiadas o desplazadas romaníes, askhalis y egipcias, para entrar en contacto con los países de su residencia habitual a fin de simplificar los procedimientos de obtención de pasaportes y otros documentos de identidad necesarios para conseguir la condición de extranjeros con residencia permanente en Montenegro, con el objeto de asegurarles el acceso a los servicios de atención de la salud y tratamiento médico, en particular en lo que respecta a sus necesidades en materia de salud reproductiva.

27.Aparte de indicar que las principales causas de morbilidad en la mujer son las enfermedades vasculares (CEDAW/C/MNE/1, párr. 325) el informe no contiene datos desglosados por sexo sobre las principales causas de mortalidad y morbilidad. Sírvanse facilitar esos datos, en particular sobre la mortalidad de mujeres debida al cáncer de mama, de matriz y de ovario e indicar qué medidas se han adoptado para aumentar el diagnóstico precoz de esas formas de cáncer.

Igualdad de derechos en el matrimonio

28.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para cambiar el modelo social tradicional en virtud del cual son sobre todo los hombres los titulares del derecho de propiedad, lo cual limita el acceso de la mujer a los préstamos y créditos hipotecarios (CEDAW/C/MNE/1, párrs. 311 y 364).

29.El informe afirma en el párrafo 379 que "durante el matrimonio o antes de su celebración los cónyuges pueden regular el régimen de propiedad de sus bienes actuales o futuros mediante acuerdo (artículo 301 del Código de la Familia)". El informe añade que "el Código de la Familia prevé que durante el matrimonio los cónyuges administren la comunidad de bienes en forma conjunta y de mutuo acuerdo, o que acuerden que sea uno de ellos el que administre y disponga de los bienes gananciales (artículos 291 y 292 del Código de la Familia)" (CEDAW/C/MNE/1, párr. 380). A la vista de la desigualdad de las relaciones de poder entre hombres y mujeres, ¿qué salvaguardias se han establecido para asegurar que los maridos actuales o futuros no ejercen presión sobre las mujeres para concertar esos acuerdos? ¿Con qué frecuencia son administrados los bienes futuros por hombres y no por mujeres y con qué frecuencia son administrados los bienes gananciales por el marido y no por la esposa?

30.¿Qué medidas se han tomado para dar a conocer y aplicar la prohibición de los matrimonios de niñas en las comunidades romaníes, ashkalis y egipcias?

Enmienda al artículo 20, párrafo 1 de la Convención

31.Sírvanse describir los progresos realizados hacia la aceptación de la enmienda al artículo 20, párrafo 1 de la Convención, referente al período de reunión del Comité.