Naciones Unidas

CERD/C/THA/FCO/4-8

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

10 de enero de 2023

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Información recibida de Tailandia relativa al seguimiento de las observaciones finales sobre sus informes periódicos cuarto a octavo combinados *

[Fecha de recepción: 28 de diciembre de 2022]

I.Introducción

1.Los días 22 y 23 de noviembre de 2021 Tailandia compareció ante el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial a fin de examinar sus informes periódicos cuarto a octavo combinados relativos a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. El Comité emitió sus observaciones finales para Tailandia el 1 de diciembre de 2021.

2.En el párrafo 48 de sus observaciones finales, el Comité solicitó a Tailandia que facilitara, dentro del plazo de un año, información en respuesta a las recomendaciones que figuran en los párrafos 22 (defensores de los derechos humanos), 24 b) y d) (situación de los grupos étnicos y etnorreligiosos durante la vigencia de la ley marcial y el estado de emergencia) y 38 (la COVID-19 y la discriminación racial). Tailandia proporciona la siguiente información atendiendo a esas recomendaciones.

II.Información de seguimiento

A.Defensores de los derechos humanos

3.Tailandia ha demostrado su compromiso constante con la protección de los defensores de los derechos humanos al destacar a este colectivo como uno de los objetivos de los Planes Nacionales de Derechos Humanos cuarto y quinto, así como del Plan de Acción Nacional sobre las Empresas y los Derechos Humanos (PAN). Estos planes establecen varias líneas de acción encaminadas a proteger a los defensores de los derechos humanos.

4.A fin de garantizar la protección de los defensores de los derechos humanos, en 2018 se introdujo una modificación en el Código de Procedimiento Penal para evitar los pleitos estratégicos contra la participación pública y otras formas similares de acoso mediante procesos judiciales contra cualquier persona, especialmente los defensores de los derechos humanos. En este sentido, se aprobó el artículo 161, párrafo 1, del Código de Procedimiento Penal, que permite a los tribunales ejercer sus facultades discrecionales al desestimar o no admitir causas si consideran que la acción judicial tiene la intención de distorsionar los hechos de manera deshonesta o de intimidar al acusado o aprovecharse de él. El demandante no puede volver a interponer una demanda, pero ello no excluye la facultad del fiscal para hacerlo. Otra modificación que ayuda a proteger a los defensores de los derechos humanos de ser falsamente procesados es el artículo 165, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal, en el que se especifica que los acusados pueden exponer hechos ante el tribunal o plantear una cuestión importante para que este ordene el archivo de la causa. Además, el tribunal podrá citar a las personas que estime necesario y conveniente para la causa, así como examinar los documentos u objetos que considere elementos de prueba.

5.En cuanto a la medida de prevención de los pleitos estratégicos contra la participación pública, el artículo 21 de la Ley del Órgano del Ministerio Público y de los Fiscales, del año 2553 e. b. (2010), otorga a los fiscales la facultad de examinar un caso y ejercer sus funciones de conformidad con la Constitución del Reino de Tailandia, del año 2560 e. b. (2017), y otras leyes pertinentes de buena fe. Cuando los fiscales consideren que un proceso penal no sería beneficioso para la sociedad, afectaría a la seguridad pública o nacional, o iría en contra del beneficio del país, pueden remitir al Fiscal General el archivo de la causa.

6.En relación con la desaparición forzada de los defensores de los derechos humanos, el Gobierno se ha comprometido a promulgar legislación que defina y tipifique los delitos de “tortura” y “desapariciones forzadas” en el ordenamiento jurídico interno, de conformidad con la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. El 25 de octubre de 2022 Su Majestad el Rey aprobó la Ley de Prevención y Represión de la Tortura y las Desapariciones Forzadas, la cual se publicó en el Boletín Oficial y entrará en vigor una vez transcurrido un plazo de 120 días desde la fecha de su publicación en el boletín. Se prevé que esta ley permita a Tailandia seguir reforzando la aplicación de las obligaciones contraídas en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes e intensificar aún más sus compromisos, incluido el proceso de ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

7.La aprobación de la Ley de Prevención y Represión de la Tortura y las Desapariciones Forzadas es un hito y una demostración de la firme intención del Gobierno de Tailandia de responder seriamente a las alegaciones relacionadas con la tortura y las desapariciones forzadas de manera sistemática e institucional. La ley consta de 43 artículos que, entre otras cosas, tipifican como delitos específicos la tortura, la desaparición forzada y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, basándose en las definiciones establecidas en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Las características fundamentales de la ley reconocen disposiciones esenciales que figuran en las convenciones, en particular el principio de no devolución, los derechos inderogables de la víctima, la jurisdicción universal sobre tales delitos, la responsabilidad superior, la responsabilidad por complicidad, la continuidad de la investigación pronta e imparcial, la responsabilidad penal retrospectiva por actos de desaparición forzada, y el régimen de prescripción de un delito de desaparición forzada, que no comenzará hasta que pueda conocerse la suerte de la persona desaparecida, habida cuenta del carácter continuo de este delito.

8.La Ley de Prevención y Represión de la Tortura y las Desapariciones Forzadas establece también la creación de un comité nacional para prevenir y reprimir la tortura y las desapariciones forzadas con el mandato de proponer modificaciones de la legislación, así como de formular políticas, reglamentos y planes que permitan prevenir la tortura y las desapariciones forzadas, y vigilar la situación de la tortura y las desapariciones forzadas en todo el país. La ley prevé medidas preventivas, cuyo cumplimiento se garantiza mediante grabaciones obligatorias de vídeo y audio en los lugares de detención desde que se detiene a la persona y la notificación sin demora de la detención a los fiscales y a la autoridad administrativa. La ley establece la competencia del Tribunal Central de lo Penal para Casos de Corrupción y Conducta Indebida sobre los delitos contemplados en ella y autoriza a una amplia gama de organismos públicos a iniciar la investigación bajo la supervisión de los fiscales con el fin de agilizar y asegurar la transparencia de los juicios y las actuaciones.

9.Durante el período previo a la entrada en vigor de la Ley de Prevención y Represión de la Tortura y las Desapariciones Forzadas, el Comité Nacional para la Gestión de los Casos de Tortura y Desaparición Forzada se ha hecho cargo desde 2017 de seleccionar los casos, llevar a cabo su seguimiento, ofrecer reparación a las víctimas y elaborar medidas para prevenir la tortura y la desaparición forzada. El Comité Nacional está presidido por el Ministro de Justicia y cuenta con 18 miembros representantes de organismos gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil y el mundo académico. Tiene el mandato de investigar y dar curso con prontitud a las denuncias de tortura y desaparición, ofrecer medidas de reparación cuando se determine que se ha cometido una violación y promover mecanismos de protección para evitar que se produzcan casos de esa índole en el futuro. Todo funcionario público cuya participación en actos de torturas o desaparición forzada haya quedado demostrada será procesado de acuerdo con el derecho penal.

10.Decidido a mejorar la imparcialidad, la equidad y la transparencia de la investigación sobre personas desaparecidas, el Gobierno ha colaborado estrechamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Tailandia, organizaciones de la sociedad civil y otros organismos pertinentes. Estos asociados clave forman parte del equipo de investigación encargado de visitar y realizar entrevistas de investigación a los allegados y familiares de las personas desaparecidas. Además, se ha procurado que la técnica de investigación de las desapariciones forzadas se ajuste también a las normas y directrices del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias relativas a la cooperación respetuosa con las familias de las víctimas en la búsqueda y la investigación para la que es fundamental, en particular, fomentar la confianza, evitar la aparición de nuevos traumas y mejorar la comprensión de las familias. El 13 de septiembre de 2022, durante la reunión virtual celebrada entre el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias y varios organismos gubernamentales tailandeses, Tailandia reafirmó su disposición a colaborar de manera constructiva con el Grupo de Trabajo y todos los asociados para seguir avanzando en la prevención y represión de los actos de tortura y desaparición forzada, compartió las experiencias, esfuerzos y desafíos del país y acogió con agrado las lecciones extraídas de las buenas prácticas de otros países y de los ejemplos ofrecidos por los miembros del Grupo de Trabajo.

11.Se han celebrado además de forma sistemática varios seminarios y talleres para ayudar a los funcionarios gubernamentales pertinentes a familiarizarse con la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Por ejemplo, el Departamento de Protección de Derechos y Libertades, junto con la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) y el ACNUDH, diseñó un curso de capacitación para el personal médico, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y otros funcionarios competentes sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos, la investigación y la medicina legal en casos de tortura y desaparición forzada, incluida la cuestión de las muertes ilícitas, a la que se refieren el Protocolo de Estambul y el Protocolo de Minnesota. Además, se han impartido regularmente cursos de capacitación sobre la prevención de la tortura y las desapariciones forzadas para funcionarios del Estado que son miembros de las fuerzas armadas, la policía, los servicios penitenciarios y otros organismos conexos. Los cursos de capacitación se organizaron tanto en el contexto de los programas habituales como de programas especiales para que los participantes pudieran desempeñar sus labores plenamente concienciados sobre los derechos humanos y prevenir las violaciones de los derechos humanos cometidas por funcionarios del Estado. El Ministerio de Justicia ha colaborado con el ACNUDH en la organización de cursos de capacitación en derechos humanos para todas las partes interesadas, entre ellas los defensores de los derechos humanos. Se ha invitado al Ministerio de Justicia a participar en varios cursos de capacitación para defensores de los derechos humanos en calidad de experto, en particular en la Escuela de Verano para Defensores de los Derechos Humanos, organizada anualmente por el ACNUDH en Bangkok para fortalecer la capacidad de los defensores de los derechos humanos en Tailandia. El Ministerio de Justicia ha impartido sistemáticamente una serie de cursos de capacitación para diversos sectores, incluidos el Gobierno y las empresas, con el fin de comprender la función de los defensores de los derechos humanos y demostrar por qué estos son agentes esenciales para contribuir a los esfuerzos en curso en el ámbito de la promoción y la protección de los derechos humanos.

12.El Ministerio de Justicia sigue prestando servicios de asistencia jurídica para proteger y ayudar a los defensores de los derechos humanos, con independencia de su nacionalidad, mediante la aplicación de la Ley del Fondo de Justicia, la Ley de Indemnización Estatal y la Ley de Protección de Testigos. Recientemente se ha modificado la Ley de Protección de Testigos para ampliar la definición de testigo a fin de que englobe a las personas, incluidos los defensores de los derechos humanos, que han proporcionado información y testimonios a las autoridades y se han enfrentado a una situación de inseguridad. Además, los defensores de los derechos humanos pueden solicitar a los funcionarios del Ministerio de Justicia que observen los procedimientos judiciales que atañen a su colectivo para asegurar la transparencia del proceso judicial.

B.Situación de los grupos étnicos y etnorreligiosos durante la vigencia de la ley marcial y el estado de emergencia

13.La aplicación de leyes especiales en las provincias fronterizas meridionales de Tailandia se basa rigurosamente en los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación. Estas leyes tienen por objeto hacer frente a la violencia perpetrada por algunos grupos en esas zonas específicas y responder a los problemas de manera más eficaz y oportuna para garantizar la seguridad de los civiles y del conjunto de la sociedad. Según las estadísticas, los incidentes violentos también han disminuido desde la entrada en vigor de las leyes especiales.

14.Tailandia es consciente del carácter temporal de las leyes especiales para cuya existencia es necesario que se den ciertas condiciones. A este respecto, la aplicación de leyes especiales se revisa periódicamente en función de la necesidad y de la evolución de las circunstancias. Hasta ahora, el Consejo de Ministros ha revocado la aplicación del Decreto de Emergencia sobre la Administración Pública en Situaciones de Emergencia, del año 2548 e.b. (2005), en un total de ocho distritos que abarcan tres provincias meridionales: Yala, Pattani y Narathiwat. Cabe señalar que el 14 de septiembre de 2021 el Consejo de Ministros aprobó un plan de acción para el levantamiento gradual del Decreto de Emergencia en las provincias fronterizas meridionales correspondiente al período comprendido entre 2022 y 2027.

15.Tailandia reafirma que estas leyes especiales son medidas complementarias y no sustituyen al procedimiento legal y judicial correspondiente. Los derechos de las personas sometidas a un proceso penal, independientemente de su nacionalidad, están amparados por las leyes penales ordinarias y la legitimidad del ordenamiento jurídico. Cabe señalar que estas leyes no contribuyen a reforzar un clima de impunidad ni otorgan inmunidad judicial a los funcionarios. En la práctica, ha habido numerosos casos de funcionarios que actuaron amparados por dichas leyes y fueron denunciados por actos de tortura y condenados a pagar una indemnización a las personas damnificadas.

16.Para garantizar que las leyes especiales de seguridad se aplicaran estrictamente de forma limitada y supervisada, la Unidad de Operaciones de Seguridad Interior de la Región 4 adoptó varias medidas y directrices para que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de las provincias fronterizas meridionales implementaran el Decreto de Emergencia y la Ley de Seguridad Nacional de conformidad con las obligaciones y normas internacionales, especialmente los principios de necesidad y proporcionalidad. La Fiscalía General dio instrucciones a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que desempeñaban sus funciones en esas zonas para que se aseguraran de que el registro, el arresto, la detención o la prisión solo se llevaran a cabo en estricto cumplimiento de la ley y para que velasen por el derecho de las personas detenidas y acusadas de un delito a acceder sin demora a un abogado en todas las etapas del proceso judicial de conformidad con el Código de Procedimiento Penal.

17.En cuanto a los recursos judiciales, toda víctima de violaciones de los derechos humanos, en particular de actos de tortura y desaparición forzada, tiene derecho a solicitar que el Estado la indemnice, independientemente de su nacionalidad y etnia, con arreglo a las dos leyes principales. En primer lugar, la Ley de Indemnización Estatal garantiza el derecho a recibir una indemnización estatal en el caso de las víctimas de, por ejemplo, delitos contra la vida y la integridad física de la persona, delitos sexuales, delitos contra la libertad y delitos contra la propiedad. En segundo lugar, el Manual de Recursos de 2012 del Centro Administrativo de las Provincias Fronterizas Meridionales ofrece indemnizaciones de hasta 7 millones de baht a las personas afectadas por actos cometidos por funcionarios del Gobierno en las provincias fronterizas meridionales. Desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022, el Manual de Recursos del Centro Administrativo de las Provincias Fronterizas Meridionales ha hecho posible que se indemnice a 460 personas afectadas por vulneraciones de los derechos humanos cometidas por funcionarios del Gobierno, entre las que figuraban sospechosos, acusados, imputados o detenidos en virtud de las leyes especiales de seguridad, por un total de 30.015.546 baht (797.797,90 dólares de los Estados Unidos).

18.Desde octubre de 2022, el Centro Administrativo de las Provincias Fronterizas Meridionales ha asignado un presupuesto de 1.244.605 baht (33.131,60 dólares) para llevar a cabo una serie de seminarios y cursos de capacitación destinados a 200 funcionarios competentes con el fin de aumentar la eficacia y la eficiencia del sistema de reparación y reforzar las medidas correctivas para las personas que hayan sufrido secuelas psicológicas como consecuencia de la aplicación de las leyes especiales de seguridad en las provincias fronterizas meridionales. Asimismo, para contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por la situación, el Gobierno pagará subsidios mensuales y las tasas de matrícula de los hijos de las víctimas de actos cometidos por funcionarios públicos desde el nivel de enseñanza preescolar hasta la finalización de los estudios universitarios (como máximo hasta los 25 años).

19.Además, el Ministerio de Justicia ha continuado su labor de difusión de conocimientos jurídicos y de derechos humanos para fomentar una mejor comprensión de los grupos étnicos por parte de la sociedad tailandesa. Se llevaron a cabo varias actividades de capacitación, seminarios y talleres dirigidos a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, jóvenes y profesores de centros de enseñanza y escuelas de enseñanza religiosa, personal local de los medios de comunicación y comunidades locales, a fin de mejorar su comprensión de las normas y leyes de derechos humanos y su aplicación, incluidas las disposiciones de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

20.Cuando la persona sometida a un proceso penal carezca de recursos o proceda de una familia de bajos ingresos, la Ley del Fondo de Justicia garantizará su acceso a la asistencia jurídica ofreciéndole de forma gratuita el coste de la fianza, los honorarios de los abogados, las costas judiciales, las tasas del examen forense y otros gastos relacionados con el juicio. Para garantizar la imparcialidad de los procedimientos a las personas que no hablan tailandés, se proporcionará un servicio gratuito de intérpretes profesionales a los demandados y los demandantes, a las personas damnificadas, a los acusados y a los testigos desde los procedimientos previos al juicio.

21.En cuanto al programa de protección de testigos, los miembros de los distintos grupos étnicos tienen derecho a protección si testifican en causas penales, de conformidad con la Ley de Protección de Testigos. Cabe destacar que, a principios de este año, la Oficina de Protección de Testigos, perteneciente al Departamento de Protección de Derechos y Libertades, del Ministerio de Justicia, ha publicado una nueva normativa para garantizar un trato adecuado a los testigos, incluidos los procedentes de los distintos grupos étnicos, teniendo en cuenta sus diferencias y necesidades específicas. Hasta la fecha, todos los testigos al amparo de nuestro programa gozan de total seguridad.

22.Se han creado numerosas vías de acceso virtuales y presenciales a esos servicios de asistencia jurídica para derribar la barrera geográfica y facilitar el pleno acceso a la justicia para todos. Se puede solicitar asistencia jurídica y recursos jurídicos en las Oficinas Provinciales de Justicia y los Centros Damrong Dhamma situados en todas las provincias del país, entre ellas tres provincias fronterizas meridionales. También existen plataformas en línea; por ejemplo, el sitio web del Ministerio de Justicia, la aplicación en línea llamada “Justice Care” y el teléfono de emergencia, que tienen por objeto ofrecer asesoramiento jurídico gratuito, facilitar la presentación de denuncias en línea y hacer un seguimiento del estado de las denuncias, así como de todas las solicitudes presentadas al Ministerio.

C.La COVID-19 y la discriminación racial

23.En las declaraciones y la información adicional que se presentaron como complemento de sus informes periódicos cuarto a octavo combinados, Tailandia ya explicó el funcionamiento del sistema del servicio de salud pública y los cuatro programas nacionales de asistencia sanitaria, que pueden considerarse universales y no discriminatorios.

24.Los servicios de atención de la salud para las personas no nacionales de Tailandia, incluidos los trabajadores migrantes, los grupos con problemas para la determinación de su estatuto y los apátridas, cuentan con la cobertura de dos programas principales de asistencia sanitaria: en primer lugar, el Plan de Seguridad Social para el sector formal privado y, en segundo lugar, el seguro médico privado. En lo que respecta a este último, el Ministerio de Salud Pública cuenta con una asignación presupuestaria para crear y administrar este sistema que permite proporcionar un seguro médico a los trabajadores migrantes, incluidos los indocumentados, a quienes el Gobierno de Tailandia ha registrado mediante el sistema de verificación de la nacionalidad.

25.Los brotes de COVID-19 en Tailandia han tenido amplias repercusiones. Tailandia ha adoptado medidas concretas para garantizar que todas las personas en el país, independientemente de su estatuto jurídico, incluidos los grupos étnicos y etnorreligiosos, los migrantes, los solicitantes de asilo y los desplazados, cuenten con la protección necesaria para superar la crisis sanitaria que plantea la pandemia. Entre las iniciativas aprobadas por las resoluciones del Consejo de Ministros, figuran las siguientes: 1) permitir a los trabajadores migrantes ilegales de tres nacionalidades (Camboya, Myanmar y República Democrática Popular Lao) permanecer legalmente en el país durante la pandemia y facilitar alimentos y otras ayudas esenciales a los afectados por los cierres laborales; 2) conceder una prórroga automática de los visados a los migrantes en situación de estancia temporal para garantizar que puedan acceder a las prestaciones sociales, incluida la asistencia sanitaria; 3) notificar y regular a los empleadores para que ofrezcan asistencia sanitaria de carácter esencial relacionada con la COVID-19 a aquellos de sus empleados que hayan contraído la enfermedad; 4) permitir que los trabajadores migrantes de tres nacionalidades (Camboya, Myanmar y República Democrática Popular Lao) que carezcan de permiso de trabajo se registren sin consecuencias en términos de inmigración para así poder acogerse al régimen de seguridad social, y 5) establecer unidades de cuarentena y de aislamiento en obras, establecimientos, fábricas y lugares de trabajo, así como administrar vacunas de forma gratuita a todos los empleados, con independencia de su nacionalidad.

26.Hasta la fecha, el Gobierno ha iniciado una serie de respuestas normativas para prestar asistencia a los trabajadores migrantes de tres nacionalidades durante la pandemia de COVID-19, entre las que cabe destacar las siguientes:

La resolución del Consejo de Ministros de 4 de agosto de 2020, por la que se prorrogó la estancia legal y el permiso de trabajo a 237.944 trabajadores migrantes de las tres nacionalidades hasta el 31 de marzo de 2022.

La resolución del Consejo de Ministros de 10 de agosto de 2020, que permitió que, en virtud del memorando de entendimiento entre Tailandia y los tres países vecinos, 32.006 trabajadores migrantes que habían completado su período de estancia de cuatro años entre el 1 de noviembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 siguieran trabajando en Tailandia durante 2 años más.

La resolución del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 2020, que permitió a 434.153 trabajadores migrantes de las tres nacionalidades anteriores que habían entrado ilegalmente en Tailandia permanecer en el país durante la nueva ola de la pandemia de COVID-19.

La resolución del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021, que permitió a los trabajadores migrantes con permiso de trabajo y a aquellos que no habían podido solicitar prórrogas de sus permisos de trabajo por las medidas adoptadas para contener la propagación de la COVID-19 continuar su estancia y seguir trabajando en Tailandia hasta el 13 de febrero de 2023. Un total de 1.089.552 trabajadores migrantes se beneficiaron de esta resolución.

La resolución del Consejo de Ministros de 28 de septiembre de 2021, por la que se permitía a los trabajadores migrantes indocumentados seguir trabajando legalmente en Tailandia hasta el 13 de febrero de 2023. A partir del 14 de febrero de 2022, 353.776 trabajadores migrantes indocumentados en obras de construcción y fábricas pudieron inscribirse en virtud de esta resolución para que se les concedieran la residencia legal y permisos de trabajo.

La resolución del Consejo de Ministros de 15 de marzo de 2022, por la que se permitía que, en virtud del memorando de entendimiento firmado entre Tailandia y los tres países vecinos, 21.758 trabajadores migrantes que completaban en 2022 su período de estancia de cuatro años permanecieran legalmente en Tailandia por seis meses más para que así pudieran solicitar permisos de trabajo y prorrogar sus permisos de trabajo temporales.

La resolución del Consejo de Ministros de 5 de julio de 2022, por la que se permitía a los trabajadores migrantes con permisos de trabajo válidos hasta, como máximo, el 13 de febrero de 2023 y a los trabajadores migrantes indocumentados permanecer temporalmente en Tailandia y trabajar en el país hasta el 13 de febrero de 2025. Esta resolución entró en vigor el 1 de agosto de 2022.

27.Tailandia vela por la inclusividad y la equidad de su plan de vacunación como una cuestión de salud pública, de justicia y de derechos humanos. El país ha optado por anteponer las necesidades de las personas a su situación migratoria al aplicar el derecho al acceso equitativo a los servicios de salud para todos. El Gobierno ha establecido con claridad el derecho de los no tailandeses a la vacunación contra la COVID-19 y ha dictado instrucciones claras al respecto que se han plasmado en unas directrices sobre la vacunación contra la COVID-19 de los no tailandeses que aseguran la vacunación gratuita de los solicitantes de asilo, los desplazados, los grupos marginados, los trabajadores migrantes no vacunados que viajaron a Tailandia y los indocumentados. En este sentido, se ha dispuesto que el Departamento de Control de Enfermedades, en colaboración con las autoridades locales pertinentes, registre a los no nacionales de Tailandia que soliciten vacunarse contra la COVID-19 en cada jurisdicción local del país y ponga en marcha su vacunación gratuita. Cabe destacar también la flexibilidad de los procedimientos establecidos en las directrices, que imponen pocos requisitos de documentación a fin de facilitar a las personas indocumentadas la reserva de sus vacunas sin necesidad de validar el número de pasaporte o el número de identificación de 13 dígitos (validación mediante el identificador personal de Tailandia).

28.Además, se ha incluido en esta campaña a los extranjeros residentes en Tailandia, especialmente a las personas de 60 años o más, a las embarazadas a partir del segundo trimestre de embarazo y a quienes padezcan alguna de las siguientes enfermedades preexistentes: enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardiovasculares, nefropatías crónicas, enfermedades cerebrovasculares, cualquier tipo de cáncer que precise quimioterapia, radioterapia e inmunoterapia, diabetes y obesidad.

29.En cuanto a los desplazados de Myanmar, el Gobierno de Tailandia, en colaboración con el ACNUR, la Cruz Roja tailandesa y la Real Academia Chulabhorn, puso en marcha el programa de vacunación contra la COVID-19 para los desplazados que habían huido de Myanmar y residían en nueve campamentos de acogida temporal en Tailandia desde septiembre de 2021. Desde noviembre de 2022 se ha vacunado a 26.384 personas con 1 dosis y a 23.780 con 2 dosis. En todos los campamentos se han creado unidades de cribado y de cuarentena para garantizar la máxima seguridad contra la propagación de la enfermedad. Además de garantizar el acceso a la vacunación, el tratamiento médico, los artículos de higiene y las instalaciones, Tailandia se ha esforzado constantemente por generar una mayor conciencia sobre la enfermedad mediante la integración de mensajes informativos sobre la prevención de la COVID-19 en sus actividades de divulgación, procurando difundir materiales y mensajes culturalmente apropiados en los idiomas pertinentes.

30.En resumen, el Gobierno ha asignado un presupuesto de hasta 98 millones de baht (2,76 millones de dólares) a la vacunación contra la COVID-19 de los no tailandeses, incluidos los desplazados, los trabajadores migrantes indocumentados y los grupos de personas con problemas para la determinación de su estatuto en un período comprendido entre octubre de 2021 y junio de 2022.

31.Tras encontrar casos de personas infectadas por el virus causante de la COVID-19 que no estaban cubiertas por los programas ordinarios de asistencia sanitaria, entre las que había también ciudadanos de origen no tailandés, Tailandia ha tratado a todos los pacientes, con independencia de su estatuto jurídico, por razones humanitarias haciéndose cargo de los gastos médicos de los infectados. En total, 3.267 personas con problemas para la determinación de su estatuto recibieron tratamiento médico entre octubre de 2020 y marzo de 2022, lo que equivale a 21,107 millones de baht (595.906 millones de dólares). Recientemente, la resolución del Consejo de Ministros de 2 de agosto de 2022 aprobó una asistencia financiera de hasta 1.923,1426 millones de baht (5,43 millones de dólares) para sufragar los gastos médicos efectuados entre octubre de 2021 y junio de 2022 de las personas que aún se encontraran fuera de los programas ordinarios de asistencia sanitaria.

32.La pandemia de COVID-19 tiene repercusiones negativas a largo plazo en los puestos de trabajo y los ingresos, en particular para los miembros de grupos étnicos que viven en las regiones montañosas. Por ello, el Departamento de Desarrollo Social y Bienestar, en colaboración con organismos públicos y privados, ha puesto en marcha una serie de proyectos para paliar los efectos económicos y sociales en la población que habita estas regiones. Los programas tratan de corregir los problemas a los que se enfrentan las comunidades tribales, explorar vías de promoción para crear una identidad clara de marca tribal, y desarrollar y mejorar la capacidad empresarial de los artesanos tribales. Por ejemplo, en virtud del memorando de entendimiento firmado por el Departamento de Desarrollo Social y Bienestar y Total Access Communications Public Company Limited (DTAC), se ha puesto en marcha el Programa de Fomento del Emprendimiento Tribal para Jóvenes Emprendedores con el objetivo de mejorar la vida de las comunidades tribales en las regiones montañosas y de explorar vías de promoción mediante plataformas en línea para ampliar los mercados locales e internacionales. Las actividades de capacitación desarrollan y mejoran la capacidad empresarial de los artesanos tribales, lo que a su vez contribuye a la creación de valor empresarial para alcanzar con éxito los objetivos empresariales. Este programa se ha implantado en ocho provincias del norte de Tailandia y ha conseguido ayudar a 863 habitantes de las regiones montañosas, quienes han logrado crear una identidad de marca tribal en plataformas en línea como TikTok y Facebook. Ello ha supuesto un aumento de entre el 15 % y el 50 % de sus ingresos anuales, lo que equivale a entre 9.200 baht (258 dólares) y 15.000 baht (423 dólares) por hogar.

33.Entre las iniciativas que se han puesto en marcha, cabe destacar el Programa de Promoción de los Textiles Contemporáneos del Pueblo Karén en la provincia de Uthaithani, orientado a mejorar la calidad de los productos. Se ha dado a conocer a 60 personas pertenecientes a grupos de artesanos nuevos tipos de productos y diseños que responden a las demandas del mercado y a la comprensión de las necesidades y tendencias de este. Las actividades de capacitación también se centraron en ayudar a los grupos de artesanos a familiarizarse con los sitios web de comercio electrónico para ofrecer una vía alternativa que les permitiese vender sus productos durante la pandemia de COVID-19. Este programa supuso un aumento de sus ingresos mensuales de 1.500 baht (42,35 dólares). Además, en colaboración con el Departamento de Desarrollo Social y Bienestar y Central Retail Corporation Public Company Limited, se ha implantado el Programa de Mejora de la Calidad de Vida a fin de crear oportunidades de empleo para tres agrupamientos tribales en cinco aldeas de la provincia de Kampaengpetch. Los aprendices recibieron capacitación sobre labores artesanales de punto con lana para vender productos decorativos hechos a mano en los mercados, lo que les supuso unas ganancias de 353.336 baht (9.976 dólares).

34.Para mitigar la falta de liquidez y evitar las quiebras como consecuencia de la pandemia de COVID-19, el Ministerio de Finanzas adoptó una serie de medidas provisionales. El Ministerio de Finanzas y el Banco de Tailandia abordaron el problema de la reestructuración de la deuda de las pequeñas y medianas empresas (pymes) mediante la adopción de las Directrices sobre la Reestructuración Sostenible de la Deuda para los Deudores de Instituciones Financieras Especializadas. En el ámbito de esa iniciativa también se ha realizado un esfuerzo por colaborar con los bancos comerciales para adoptar un marco de reestructuración de la deuda a largo plazo a fin de apoyar de forma duradera la asequibilidad y el alivio de la carga de la deuda, entre otras cosas, mediante la reducción del interés punitivo y de las cuotas durante 1 o 2 años a partir de la fase inicial de la reestructuración de la deuda. Además, en 2021, las instituciones financieras y las instituciones financieras especializadas aplicaron una moratoria de dos meses sobre el principal y los intereses para las pymes y los pequeños deudores, tanto los empleadores como los empleados de empresas que se vieron obligadas a cerrar como consecuencia de las medidas y órdenes gubernamentales de lucha contra la COVID-19. La moratoria estuvo en vigor dos meses durante los ciclos de servicio de la deuda de julio y agosto de 2021.

35.En 2020, el Ministerio de Finanzas introdujo medidas de garantía del crédito para alentar a los bancos comerciales a conceder préstamos a medio y largo plazo con requisitos más flexibles de los que exigirían en otras circunstancias, esto es, con menores garantías y tasas de interés más bajas. Entre las medidas se incluyen 1) el Proyecto de Sistema de Garantías de Cartera para empresarios de las pymes que ofrece una cobertura de la garantía del 30 % por valor de 150.000 millones de baht (4.234,89 millones de dólares); 2) la iniciativa Micro Entrepreneurs 4 (Micro 4), que ofrece una cobertura de la garantía del 35 % por valor de 25.000 millones de baht (705,82 millones de dólares); y 3) la concesión de préstamos en condiciones favorables Soft Loan Extra, del Sistema de Garantías de Cartera, a empresarios de pymes por valor de 90.000 millones de baht (2.540,94 millones de dólares) para reducir el riesgo de sobreendeudamiento y estimular el incremento de los préstamos a las pymes.

36.Además, desde marzo de 2020 se ha reducido seis veces la tasa de cotización del Fondo de la Seguridad Social para aliviar la carga de todos los empleadores y asegurados. De mayo a julio de 2022, la tasa se redujo del 5 % al 1 % para los asalariados asegurados, es decir, una quinta parte del porcentaje habitual antes de la pandemia, lo que ha sido beneficioso para 13,14 millones de asalariados asegurados y 496.442 empresarios, que han podido ahorrar un total de 143.206 millones de baht (4.043,08 millones de dólares). En el caso de los trabajadores por cuenta propia que participaban en el sistema de la seguridad social, la tasa de cotización del Fondo de la Seguridad Social se ha reducido de 300 baht (8,47 dólares) a 180 baht (5,08 dólares) al mes. Gracias a este plan, alrededor de 10,78 millones de trabajadores por cuenta propia pueden ahorrar un total de 3.243 millones de baht (91,56 millones de dólares).

37.Ante la pérdida masiva de puestos de trabajo debida a la COVID-19, la Oficina de la Seguridad Social ha aumentado las prestaciones de subsidio de desempleo para compensar a todos los asegurados que han perdido sus ingresos a raíz de la pandemia. Desde marzo de2020, en caso de desempleo por causa de fuerza mayor, incluida la cuarentena de 14 días prescrita por el médico, o de licencia no remunerada por suspensión temporal de la actividad debido a la prevención de la COVID-19, el asegurado percibirá una indemnización equivalente al 50 % del jornal durante un máximo de 90 días. Hasta mayo de 2022, cerca de 2,58 millones de asegurados se habían beneficiado de estas prestaciones de subsidio de desempleo de emergencia, cuyo valor ascendió a 19.926,97 millones de baht (562,59millones de dólares).

38.La Oficina de la Seguridad Social también aprobó un aumento de las prestaciones de subsidio de desempleo para los asegurados en caso de despido, dimisión y extinción de contrato, una política que estuvo en vigor desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 28 de febrero de 2022. En caso de dimisión o extinción del contrato por un período de empleo determinado, el asegurado recibiría una indemnización equivalente al 45 % del jornal durante un máximo de 90 días, y, en caso de despido, la indemnización ascendería al 70 % del jornal durante un máximo de 200 días. En torno a 2,33 millones de asegurados se beneficiaron de este plan por valor de 56.031 millones de baht (1.582 millones de dólares).

39.Cuando se cerraron las obras en virtud del decreto gubernamental de 25 de junio de 2021 para reducir la exposición de los empleados a la COVID-19 en el lugar de trabajo, la Oficina de la Seguridad Social indemnizó con 412,58 millones de baht (11,660 millones de dólares) a 81.128 asegurados por desempleo. Asimismo, el Gobierno llevó a cabo inspecciones en las obras para inscribir en un registro a los empleados no asegurados y así poder facilitarles el acceso a las prestaciones de subsidio de desempleo.

40.El Gobierno aprobó la prestación de apoyo financiero a los empresarios y empleados asegurados de nueve sectores empresariales afectados por el confinamiento en 29 provincias en zona roja. Este plan de apoyo financiero se implementó entre el 4 de agosto de 2021 y el 31 de marzo de 2022. Unos 192.951 empresarios y 3,75 millones de asalariados asegurados se beneficiaron de esta ayuda que ascendió a 32.542,27 millones de baht (919 millones de dólares).

41.La asistencia financiera mencionada anteriormente también se ha ampliado a las personas que cotizan voluntariamente, entre las que figuran: 1) los empleados que han trabajado, han estado asegurados y se han jubilado, pero desean seguir cubiertos por las prestaciones de la Seguridad Social, y 2) los trabajadores por cuenta propia. Alrededor de 8,58 millones de personas inscritas en esta categoría recibieron asistencia financiera por un monto total de hasta 71.214,63 millones de baht (2.010 millones de dólares).

42.Asimismo, el Gobierno de Tailandia ha concedido créditos a las empresas para que puedan acceder a préstamos baratos y preservar puestos de trabajo. La Oficina de la Seguridad Social, en colaboración con cinco bancos comerciales, apoyó de forma masiva la concesión de créditos de emergencia de hasta 30.000 millones de baht (847 millones de dólares) con intereses bajos para los préstamos solicitados por las empresas. Del 3 de abril de 2020 al 31 de diciembre de 2021 se concedieron créditos por valor de 9.635,33 millones de baht (273 millones de dólares) a 1.623 empresas inscritas en la Oficina de la Seguridad Social. Gracias a este programa de créditos se han podido conservar 112.456 puestos de trabajo en todo el país.