Naciones Unidas

CCPR/C/GBR/CO/6/Add.1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

3 de noviembre de 2009

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 40 del Pacto

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Información proporcionada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con la aplicación de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (CCPR/C/GBR/CO/6) *

[11 de agosto de 2009]

Introducción

1.En el párrafo 31 de sus observaciones finales (aprobadas el 18 de julio de 2008) sobre el sexto informe periódico del Reino Unido, el Comité de Derechos Humanos pidió al Reino Unido que presentara, en el plazo de 12 meses, información sobre asuntos tratados en los párrafos 9, 12, 14 y 15 de las observaciones finales. La información pedida por el Comité figura a continuación. El Reino Unido informará en su séptimo informe periódico sobre las demás cuestiones señaladas por el Comité, conforme a la solicitud de este.

Párrafo 9

2.La cuestión de cómo abordar las secuelas del pasado violento de Irlanda del Norte sigue siendo uno de los principales retos del Gobierno, y se ha adoptado una serie de medidas destinadas a reconsiderar las muertes no aclaradas en Irlanda del Norte.

3.Como ya sabe el Comité, el 12 de noviembre de 2004 se iniciaron investigaciones públicas sobre las muertes de Robert Hamill, Billy Wright y Rosemary Nelson, que siguen abiertas. Cada investigación corre a cargo de un panel independiente e imparcial, compuesto por tres personas y presidido por un juez jubilado. Dos de estas investigaciones —sobre Robert Hamill y Billy Wright—, que se llevan a cabo a tenor de la Ley sobre investigaciones, se iniciaron en virtud de otra ley, pero después se enmarcaron en la Ley sobre investigaciones a petición expresa de los jueces independientes que las presidían. El Gobierno no considera preocupante el hecho de que ambas investigaciones procedan con arreglo a esta ley.

4.La organización y los plazos de estas investigaciones los deciden los paneles independientes de investigación. Las investigaciones han durado más de lo previsto inicialmente debido a dificultades en la obtención y el tratamiento de las pruebas, y en particular a la mayor cantidad y complejidad del material analizado, así como al trabajo adicional ocasionado por diversos problemas jurídicos. Las audiencias orales del panel encargado de investigar el caso de Billy Wright terminaron el 2 de julio de 2009 y las relativas al caso de Rosemary Nelson concluyeron el 24 de junio de 2009, mientras que las del panel encargado del caso de Robert Hamill empezaron el 13 de enero de 2009. Se prevé que los interrogatorios de testigos duren hasta finales de septiembre de 2009, y la fecha límite para la presentación de comunicaciones orales y escritas finales es el 18 de diciembre de 2009. Los tres paneles de investigación tienen previsto elaborar sus informes en 2010.

5.Cabe señalar que existe una cuarta investigación pública con respecto a Irlanda del Norte. El 29 de enero de 1998 se abrió la investigación sobre el "Domingo sangriento", con el objetivo de determinar, en la medida de lo posible, la verdad sobre los disturbios ocurridos en Londonderry el 30 de enero de 1972, cuando soldados británicos abrieron fuego causando la muerte a 13 personas y heridas a otras 13, una de las cuales falleció más tarde. El tribunal de investigación está presidido por Lord Saville of Newdigate, asistido por el magistrado Hoyt (Canadá) y el magistrado Toohey (Australia). Las audiencias públicas de la investigación finalizaron en noviembre de 2004 y el tribunal está preparando el informe sobre sus conclusiones.

6.El Comité había solicitado anteriormente una investigación sobre la muerte de Patrick Finucane. En 2005 el Gobierno del Reino Unido anunció que esa investigación se efectuaría con arreglo a la nueva Ley sobre investigaciones. Sin embargo, la familia del Sr. Finucane se opuso rotundamente a que la investigación se llevase a cabo al amparo de esa ley, y no se inició ninguna investigación. El Gobierno del Reino Unido ha sostenido siempre que, de llevarse a cabo una investigación oficial sobre la muerte del Sr. Finucane, debería basarse en la Ley sobre investigaciones. El Gobierno está en contacto con la familia Finucane para acordar los términos en los que podría abrirse una investigación. El resultado de este diálogo se tomará en cuenta al decidir si la apertura de una investigación sigue siendo de interés público.

7.A pesar de los debates habidos sobre una posible investigación, el Gobierno del Reino Unido entiende que la extensa investigación Stevens III sobre el asesinato de Patrick Finucane y las posteriores decisiones sobre el enjuiciamiento adoptadas por el Director independiente del Ministerio Público de Irlanda del Norte han permitido realizar un examen completo y eficaz de la muerte del Sr. Finucane. Las tres pesquisas realizadas bajo la responsabilidad de Lord Stevens constituyen una de las investigaciones policiales más extensas y exhaustivas de la historia del Reino Unido. Lord Stevens reunió una cantidad ingente de pruebas, que sirvieron de base para redactar las 10.000 páginas que se sometieron a la consideración del Director del Ministerio Público de Irlanda del Norte en el transcurso de la investigación Stevens III. Como consecuencia de esta investigación Ken Barrett fue hallado culpable del asesinato de Patrick Finucane y juzgado en septiembre de 2004.

8.La investigación sobre la muerte del Sr. Finucane fue objeto de una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en 2003 consideró que los vicios de procedimiento de la investigación sobre su muerte constituían una violación del artículo 2 de la Convención. El Gobierno del Reino Unido señala que el 29 de marzo de 2009 el Comité de Ministros del Consejo de Europa, que ha supervisado las medidas adoptadas por el Gobierno del Reino Unido para cumplir la decisión del Tribunal, resolvió dar por concluido el examen de este caso en lo que respecta a medidas de tipo individual (resolución provisional CM/ResDH(2009)44).

9.Es de observar que las investigaciones públicas solo son un mecanismo para abordar los casos de muertes imputables al conflicto (the troubles) de Irlanda del Norte. En enero de 2006 el Equipo de Investigaciones Históricas del Servicio de Policía de Irlanda del Norte inició su reconsideración rigurosa e independiente de las 3.268 muertes imputables al conflicto de Irlanda del Norte entre 1968 y 1998. El Equipo de Investigaciones Históricas persigue tres objetivos:

Contribuir a la resolución de los casos, pensando en las familias de las víctimas mortales del conflicto de Irlanda del Norte;

Reexaminar todas las muertes imputables al conflicto de Irlanda del Norte y hacer que se examinen y aprovechen todos los elementos de investigación y prueba de manera que satisfaga la obligación del Servicio de Policía de Irlanda del Norte de realizar una "investigación eficaz" (artículo 2 del Código de Ética del Servicio de Policía de Irlanda del Norte), y

Cumplir ese cometido de un modo que transmita confianza al conjunto de la sociedad.

10.El proceso de revisión de un caso por parte del Equipo de Investigaciones Históricas consta de cinco etapas:

Obtención de pruebas;

Evaluación de las pruebas;

Examen del caso;

Segunda investigación específica;

Resolución.

11.En marzo de 2009 había 1.421 casos abiertos y 513 cerrados. El Equipo de Investigaciones Históricas se ha comprometido a basar su relación con las familias en la honestidad, la confianza y la confidencialidad. Este enfoque "centrado en la familia" es una seña de identidad del proyecto del equipo, cuyo objetivo primordial es atender todas las preocupaciones irresueltas de las familias, en la medida de sus posibilidades. Dada la envergadura de su misión, es preciso establecer un orden de prioridad en el examen de los casos. A fin de tratar por igual todos los casos, el equipo los atiende en orden cronológico, empezando por los incidentes de 1968. Sin embargo, cuando se dan algunas circunstancias —por ejemplo investigaciones previamente abiertas consideraciones humanitarias, problemas de gran interés público o asesinatos en serie— es necesario prescindir de este método cronológico.

12.El Equipo de Investigaciones Históricas colabora estrechamente con la Oficina del Ombudsman de la Policía de Irlanda del Norte. En los casos de denuncias contra la actuación de agentes de policía, el equipo informa a la Oficina del Ombudsman y se llevan a cabo investigaciones paralelas. El Equipo de Investigaciones Históricas y la Oficina del Ombudsman celebran reuniones estratégicas y tácticas mensuales. Se ha aprobado un memorando de entendimiento entre ambas partes, sujeto a una revisión periódica. En mayo de 2009, el Equipo había remitido 62 casos a la Oficina del Ombudsman de la Policía de Irlanda del Norte.

13.La indagación previa es un procedimiento que puede contribuir a la apertura de una investigación sobre un caso de muerte. El objetivo de una indagación es establecer quién era el fallecido y cómo, cuándo y dónde murió. Corresponde al coroner (investigador forense) determinar el alcance de la indagación y seleccionar el material pertinente para la misma.

14.En 2007 el coroner de Irlanda del Norte reabrió/reinició ciertas indagaciones a raíz de una sentencia dictada por la Cámara de los Lores que confirmaba la obligación permanente del Director de la Policía de revelar información al coroner. Veintidós de estas indagaciones atañen a 32 casos de muerte relacionados con la situación de seguridad durante el conflicto (incluidas las muertes provocadas por intervenciones de las fuerzas de seguridad).

15.Se está estudiando la manera de abordar las secuelas del pasado violento de Irlanda del Norte de forma más general. Con esta finalidad, en 2007 se estableció un grupo consultivo sobre el pasado encargado de:

"realizar consultas en el seno de la comunidad a fin de determinar la mejor manera de que la sociedad de Irlanda del Norte aborde los acontecimientos de los 40 últimos años, y hacer recomendaciones, llegado el caso, sobre cualquier medida que pueda adoptarse para ayudar a la sociedad norirlandesa a construir un futuro común liberado de los lastres del pasado."

16.Este grupo constituyó un foro en el que la población pudo expresar sus opiniones sobre el modo de abordar las secuelas del conflicto que hizo sufrir a tantas personas de todas las capas de la sociedad. El Grupo estuvo copresidido por Lord Robin Eames y el Sr. Denis Bradley y contó con participantes de todo el país. El Sr. Martti Ahtisaari, ex Presidente de Finlandia, y el Sr. Brian Currin, experto en mediación, intervinieron en calidad de asesores internacionales y ofrecieron su asesoramiento imparcial sobre toda clase de enseñanzas útiles para Irlanda del Norte, aprovechando su amplia experiencia en situaciones de posconflicto en otros países.

17.Durante el proceso de consultas, el grupo recibió un total de 245 comunicaciones escritas, se reunió con más de 100 organizaciones y celebró 7 reuniones en diversos lugares de Irlanda del Norte. El informe del grupo se publicó el 28 de enero de 2009 en Belfast.

18.El informe formula 31 recomendaciones. Una propuesta —que se paguen 12.000 libras esterlinas al familiar vivo más cercano de cada persona fallecida durante el conflicto— suscitó muchas reacciones de la opinión pública y una amplia oposición. El 25 de febrero de 2009, el Secretario de Estado para Irlanda del Norte anunció que no había consenso en cuanto a la indemnización de 12.000 libras esterlinas y que el Gobierno no adoptaría esa medida. Dijo que convenía estudiar atentamente las otras 30 recomendaciones e invitó a debatirlas más ampliamente. Le preocupaba que no se hubiera celebrado un debate a fondo sobre las demás recomendaciones del informe, por lo que el 24 de junio anunció una consulta pública sobre la cuestión. La consulta invita a todos a estudiar atentamente las recomendaciones y a dar traslado al Gobierno de sus opiniones al respecto. La consulta durará hasta el 2 de octubre de 2009; sean cuales fueren sus conclusiones, el Gobierno seguirá apoyando a Irlanda del Norte en su marcha hacia la reconciliación.

Párrafo 12

19.El Gobierno del Reino Unido no expulsará a una persona cuando haya razones fundadas para creer que corre peligro de ser sometida a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Siendo uno de los primeros signatarios de diversas convenciones internacionales de derechos humanos, y habiendo incorporado el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales a su legislación nacional, el Reino Unido es muy consciente de sus obligaciones en materia de derechos humanos y tiene el propósito de cumplirlas.

20.El Gobierno del Reino Unido no acepta que, cuanto más sistemática sea la práctica de la tortura o de tratos crueles, inhumanos o degradantes, menos posibilidades reales haya de evitar esos tratos mediante seguridades diplomáticas, y cree que debe recurrirse a las seguridades de gobierno a gobierno, según las circunstancias de cada caso, para garantizar la incolumidad de la persona expulsada a su regreso al país, especialmente en el contexto de la seguridad nacional. La búsqueda y obtención de garantías no implica automáticamente que la persona en cuestión vaya a ser expulsada. Solo cuando se haya evaluado toda la información podrá determinarse si la expulsión de la persona es compatible con nuestras obligaciones en materia de derechos humanos.

21.Aun conociendo el uso descriptivo y general que suele hacerse de la expresión "seguridades diplomáticas", el Reino Unido es consciente del amplio abanico de prácticas de los Estados que comprende esta categoría. El Reino Unido, ha puesto especial empeño en concertar acuerdos generales con ciertos países que nos permiten buscar y obtener seguridades a los niveles gubernamentales más altos en los temas que atañen particularmente a las personas cuya deportación se considera. Por ejemplo, si las investigaciones revelan que a su regreso la persona podría ser detenida, inculpada penalmente o enjuiciada, se procura determinar con precisión lo que dispone la legislación del país al respecto, cómo funciona en la práctica, cuáles son las normas y de qué manera se aplicará exactamente en el caso de la persona en cuestión. Se realiza un seguimiento adecuado de las personas devueltas para verificar que se cumplan las garantías generales y particulares suscritas.

22.La deportación del Reino Unido puede recurrirse ante un tribunal independiente (el Tribunal de Asilo e Inmigración) o, en determinados casos (como por ejemplo en asuntos que entrañen consideraciones de seguridad nacional), ante la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, que es un tribunal superior de apelaciones. En febrero de 2009, la Cámara de los Lores confirmó la validez de las seguridades de de gobierno a gobierno acordadas con Jordania y Argelia en su sentencia sobre los casos de Othman (OO) y RB &U. La Cámara de los Lores entendió que la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración había aplicado los procedimientos jurídicos correctos para evaluar las seguridades acordadas con Argelia y Jordania, y que las conclusiones de la Comisión en relación con los hechos eran válidas. La Comisión analizó las seguridades de manera rigurosa, y las sentencias básicas sobre ambos países (en las que se examinaban detenidamente las seguridades) superaban las 100 páginas cada una.

23.Además del proceso abierto con los gobierno de ciertos países para pedir seguridades en materia de derechos humanos, el Reino Unido ha introducido modificaciones en todos los acuerdos existentes a fin de verificar el trato dispensado a toda persona deportada y el cumplimiento de las seguridades dadas. En algunos países la verificación corre a cargo de un organismo independiente designado a tal fin. En otros casos, es la Embajada del Reino Unido en el país la que se encarga.

Párrafo 14

24.Las obligaciones del Reino Unido en materia de derechos humanos son principalmente de tipo territorial, y es el Gobierno el que responde de esta obligación ante el pueblo británico. En consecuencia, el Reino Unido considera que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se aplica en el territorio de un Estado, y que solo en circunstancias muy excepcionales podría el Pacto tener efecto fuera del territorio del Reino Unido. Estamos dispuestos a aceptar que las obligaciones del Reino Unido derivadas del Pacto podrían aplicarse en principio a personas detenidas por fuerzas militares británicas y retenidas en centros de detención situados fuera del territorio del Reino Unido. Sin embargo, cualquier decisión de este tipo debería adoptarse a la luz de las circunstancias y hechos particulares del momento.

25.Reiteramos al Comité que condenamos todos los malos tratos y que siempre hemos tratado con suma seriedad cualquier denuncia de irregularidades que se nos haya comunicado. Ya hemos asegurado al Comité que cualquier indicio de un delito penal cometido real o presuntamente por el personal de servicio y/o de un incumplimiento de las normas de servicio es objeto de una investigación policial. Si las sospechas se revelan fundadas, los acusados comparecen ante un tribunal militar. El procedimiento de un tribunal militar es bastante similar al de un tribunal civil, y sus sesiones son abiertas al público.

26.Las fuerzas armadas son plenamente conscientes de las obligaciones que les impone el derecho internacional. Sus miembros siguen cursos obligatorios de capacitación con instrucciones precisas sobre el trato dispensado a los prisioneros de guerra. La formación práctica de las tropas desplegadas en operaciones hace que estén mucho mejor preparadas que antes para detener a civiles. Hay ciertas deficiencias que el Ejército ha reconocido y ha intentado rectificar adoptando medidas precisas, en el marco de su proceso de mejora profesional constante. También se proporciona una orientación adecuada a los otros profesionales desplegados por el Reino Unido en zonas en conflicto que puedan llegar a ejercer actividades que requieren un conocimiento de estas obligaciones internacionales.

27.Las víctimas de las actividades ilícitas de cualquier miembro de las fuerzas armadas del Reino Unido, o sus familiares, son indemnizados siempre y cuando se demuestre la responsabilidad jurídica del acusado. Es posible presentar denuncias por muerte o lesiones con arreglo al common law del Reino Unido, y la Ley de derechos humanos prevé el pago de indemnizaciones por violaciones de estos derechos. El plan de indemnización por lesiones derivadas de delitos contempla también el pago de indemnizaciones. En el siguiente enlace puede obtenerse información detallada sobre estas indemnizaciones: http://www.mod.uk/DefenceInternet/AboutDefence/CorporatePublications/FinanceandProcurementPublications/Claims/ModClaimsAnnualReports.htm.

Párrafo 15

28.El nivel de la amenaza terrorista en el Reino Unido es "significativo", es decir, que constituye una seria posibilidad, y un ataque terrorista puede producirse sin previo aviso. Es algo que puede ocurrir en cualquier momento. Desde julio de 2005, cuando terroristas británicos atacaron el sistema de transporte de Londres y asesinaron a 52 personas, se han planeado numerosos ataques terroristas contra ciudadanos británicos, en particular en Londres y Glasgow, en junio de 2007, y en Exeter, en mayo de 2008.

29.La seguridad pública es primordial, y es responsabilidad del Gobierno y de los organismos de seguridad y de la policía proteger a los ciudadanos de las amenazas terroristas. Altos responsables han informado de la complejidad de las investigaciones antiterroristas, debida en parte al creciente uso de ordenadores y teléfonos móviles cifrados, a la naturaleza cada vez más compleja de las redes terroristas investigadas y a la creciente internacionalización de las redes terroristas, que plantea dificultades lingüísticas adicionales y obliga a reunir más pruebas en el extranjero.

30.Los sospechosos detenidos en aplicación del artículo 41 de la Ley sobre el terrorismo de 2000 pueden permanecer detenidos 28 días como máximo antes de ser puestos en libertad o inculpados. Un sospechoso puede permanecer detenido 48 horas, después de las cuales la detención ha de ser aprobada por un juez.

31.El juez puede prolongar la detención por un máximo de siete días o por un período más corto. Naturalmente, también puede decidir no prolongarla en absoluto, en cuyo caso el sospechoso deberá ser puesto en libertad. El juez solo puede prolongar la privación de libertad si entiende que se reúnen las siguientes condiciones:

a)Hay motivos razonables para pensar que la prolongación de la detención es necesaria a fin de obtener, analizar o preservar pruebas relevantes, y

b)La investigación se está llevando a cabo con diligencia y celeridad.

32.Por consiguiente, los sospechosos de terrorismo solo pueden permanecer detenidos después del plazo de 48 horas si un juez independiente lo estima necesario. El Ministerio Público acostumbra a presentar los cargos lo antes posible. El momento de la presentación de los cargos es objeto de un minucioso control y deliberación por parte del Ministerio Público y el investigador.

33.El sospechoso y su representante letrado pueden hacer declaraciones en las vistas sobre la prolongación de la detención. Las solicitudes de prolongación de detención por períodos superiores a los 14 días deben ser presentadas por el Ministerio Público a un magistrado del Tribunal Superior de Justicia. La solicitud de prolongación sigue un proceso estricto. Un letrado del Ministerio Público presenta la solicitud se prolongación por más de 14 días en presencia del investigador jefe. Antes de presentar la solicitud se- designa a un abogado defensor, y se presenta un documento escrito en el que constan los motivos de la solicitud. Las solicitudes suelen ser fuertemente controvertidas, y los debates pueden durar varias horas. Puede ocurrir que el abogado de la defensa interrogue exhaustivamente al investigador sobre diversos aspectos del caso.

34.En 2009, la Inspectoría del Ministerio Público llevó a cabo una inspección independiente de la División de Lucha Antiterrorista, de la sede central del Ministerio Público (informe publicado el 16 de abril de 2009). En el informe se examinaron casos de detenciones sin formulación de cargos. En al menos uno de los casos la privación de libertad se había mantenido más allá de 14 días (la operación Seagram, relacionada con los atentados terroristas de Londres/Glasgow en 2006). En todos los casos el expediente permitió probar claramente que la detención sin cargos había sido correctamente supervisada y verificada, y que la solicitud de prolongación era intachable.

35.Con respecto a la decisión de presentar cargos, la norma es el cumplimiento íntegro (full test) de los requisitos establecidos por el Código para los Fiscales del Ministerio Público, a saber que, tras una examen del material probatorio, los elementos probatorios permitan esperar razonablemente una condena, y que el enjuiciamiento sea de interés público.

36.Cuando no se considere apropiado poner en libertad bajo fianza a la persona que ha sido inculpada formalmente, y todavía no se disponga del material probatorio necesario para presentar cargos pero haya motivos para suponer que se obtendrá en breve, el Fiscal estudiará el caso aplicando la "cláusula de umbral" (treshold test) y se fijará una fecha para determinar si se ha cumplido íntegramente el Código (full code test), en el marco de un plan de acción.

37.El caso mencionado fue una importante evaluación independiente y demostró claramente que, a juicio de la Inspectoría del Ministerio Público, dicho Ministerio presenta los cargos lo antes posible, de acuerdo con las pruebas de que dispone.

38.Las estadísticas policiales más recientes indican que el 46% de las personas detenidas en virtud del artículo 41 de la Ley sobre el terrorismo de 2000 permanecieron detenidas sin cargos menos de un día, y el 66% menos de dos días, tras de lo cual fueron inculpadas o puestas en libertad, o se les aplicaron otras medidas. Desde que el período máximo de detención sin cargos se elevó a 28 días, el 25 de julio de 2006, han permanecido detenidas durante ese período completo seis personas, de las cuales tres fueron imputadas y otras tres fueron puestas en libertad sin cargos.

39.Cabe señalar también que toda persona detenida con arreglo al artículo 41 de la Ley de 2000 es informada de los actos que se le imputan en el momento de su detención, en la medida de lo que es razonablemente posible, habida cuenta de las restricciones impuestas para proteger y realizar eficazmente la investigación en curso.