Naciones Unidas

CAT/C/BIH/7

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

13 de noviembre de 2023

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Séptimo informe periódico que debía presentar Bosnia y Herzegovina en 2021 en virtud del artículo 19 de la Convención * ** ***

[Fecha de recepción: 15 de marzo de 2023]

Respuestas a la lista de cuestiones (CAT/C/BIH/QPR/7)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones

1.Las instituciones en donde se mantiene a personas privadas de libertad cuentan con una sala para que esas personas puedan hablar con un abogado. El agente de policía asignado a la persona privada de libertad está obligado a informar a su familia y a llamar a un médico si es necesario, así como a un abogado, lo que se registra en los libros destinados a tal fin. El agente de policía está sujeto a sanciones (disciplinarias y penales) si no actúa conforme a lo anterior, porque en todos los ministerios del interior cantonales hay una tolerancia cero con los abusos. Actualmente, se está trabajando para establecer una vigilancia por audio y vídeo en los locales mencionados, de conformidad con las disposiciones legales, con el fin de realizar entrevistas y evitar abusos.

2.En el marco del Proyecto de Enmiendas a la Ley sobre el Defensor de los Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina, actualmente en trámite parlamentario, se prevé que esta institución, que tiene independencia financiera, sea responsable del mecanismo nacional de prevención de la tortura y otros actos o penas crueles, inhumanos y degradantes. Representantes del Departamento de Vigilancia del Ejercicio de los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de esta institución visitan periódicamente numerosas instituciones penitenciarias de Bosnia y Herzegovina y vigilan el estado en que se encuentran las personas privadas de libertad. Las observaciones se publican periódicamente en informes especiales y de conformidad con las recomendaciones del Comité.

Artículos 1 y 4

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

3.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, el nuevo Código Penal está en curso de redacción, labor a cargo del grupo de trabajo formado por el Ministro Federal de Justicia, que prevé los cambios mencionados.

4.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, las enmiendas y adiciones al Código Penal en relación con el delito de tortura y otras formas de trato cruel e inhumano estipulan que será castigado con penas de prisión de 1 a 8 años el funcionario de las instituciones de ese Distrito o cualquier otra persona que actúe en calidad de funcionario por orden, a instigación o con su consentimiento explícito o tácito, y que cause dolores o sufrimientos físicos o mentales a otra persona, con el fin de obtener información o confesión de ella o de un tercero, o para castigarla por un delito que haya cometido.

5.En la República Srpska, el nuevo Código Penal se aprobó el 15 de julio de 2017. El artículo titulado “Malos tratos, tortura y otros tratos inhumanos y degradantes” establece que quien maltrate a otra persona u ofenda su dignidad será multado o encarcelado hasta dos años; será castigado con pena de prisión de 6 meses a 5 años el que, mediante el uso de la fuerza, amenazas o de cualquier otra forma ilegal, cause gran dolor o sufrimiento grave a otra persona con el fin de obtener una confesión, declaración o notificación, o para intimidarla o castigarla ilegalmente a ella o a otra persona, o lo haga por cualquier otro motivo basado en cualquier forma de discriminación; y el funcionario que cometa los actos mencionados en el ejercicio de sus funciones será castigado con pena de prisión de 1 a 10 años.

6.Las personas privadas de libertad son tratadas con arreglo a la Constitución, el Código de Procesamiento Penal, la Ley de Delitos Menores y las Instrucciones sobre el Trato a las Personas Privadas de Libertad.

Artículo 2

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

7.La Ley de Ejecución de Sanciones Penales, Detención y Otras Medidas en Bosnia y Herzegovina garantiza que los detenidos gocen en la práctica de todos los derechos a partir del momento en que son privados de libertad, desde el acceso a un abogado o a asistencia letrada, hasta el examen por un enfermero en el momento del ingreso, y por un médico en un plazo de 24 horas. Los funcionarios deben levantar acta de toda la información pertinente sobre la privación de libertad, incluido el estado de salud y si se utilizó la fuerza durante la privación de libertad y por qué motivos. Se informa a la persona de los motivos de la privación de libertad, del derecho a un defensor y del derecho a que la familia y el funcionario consular sean informados de la privación de libertad. También se les da la oportunidad de hablar con un inspector, con el defensor del pueblo estatal, con el tribunal estatal y regional competente y con un abogado de su elección, en presencia de un funcionario de la institución. Pueden escribir cartas y cerrarlas en sobres que ningún funcionario puede abrir. Las persona detenida o privadas de libertad tienen una historia clínica abierta en la que se introducen todos los cambios.

8.Las celdas de las personas privadas de libertad debe tener por lo menos 6 m2 y estar dotadas de iluminación adecuada, calefacción, ventilación, camas empotradas para descansar con fundas e instalaciones sanitarias, y comida y bebida a disposición de ellas a intervalos apropiados.

9.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, el trabajo de la Administración Federal de Policía se rige por normativa aplicable de conformidad con el manual sobre los derechos humanos de las personas en detención policial.

10.En los ministerios del interior cantonales, incluido el Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo, las normas mencionadas se aplican sistemáticamente de conformidad con la normativa cantonal vigente.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

11.Las medidas adoptadas en el período de referencia se aplicaron mediante la puesta en marcha de la nueva Prisión Estatal, que amplió las capacidades y creó las condiciones para elevar el nivel y la calidad de la ejecución de las penas de prisión y las medidas de detención. En este sentido, el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina y el Sector de Ejecución de Sanciones Penales y Trabajo de la Institución Penal han velado por que la Institución del Defensor de los Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina actúe de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones estatales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), de manera que las quejas de las personas privadas de libertad dirigidas al Defensor del Pueblo se examinen con la mayor seriedad y que se aplique plenamente tanto la Ley del Defensor de los Derechos Humanos como otros reglamentos en el ámbito de la ejecución de sanciones penales.

12.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, el Ministerio Federal de Justicia participó en los trabajos del Grupo de Trabajo formado por el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, que está trabajando en el Proyecto de Ley de Enmiendas a la Ley del Defensor de los Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina. La información sobre la labor del Grupo de Trabajo fue respaldada por la conclusión del Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

13.En el ámbito de la igualdad, por ejemplo en relación con la protección de los derechos de la mujer, en el último período se adoptó en Bosnia y Herzegovina el tercer Plan de Acción para la aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas titulada “Mujeres, Paz y Seguridad” para el período 2018-2022.

14.Desde 2017, el Organismo de Igualdad de Género de Bosnia y Herzegovina viene implementando el proyecto “Fortalecimiento de la capacidad de las instituciones para abordar la violencia de género en Bosnia y Herzegovina”, que dio lugar a cinco análisis sectoriales (marco jurídico, atención sanitaria, bienestar social, servicios especializados de apoyo a las víctimas y recopilación de datos) sobre el cumplimiento del Convenio de Estambul. También se ha puesto en marcha un análisis de la capacidad del sector judicial. A finales de 2018 se habían asignado con cargo al proyecto 160.000 marcos bosnios destinados a nueve organizaciones no gubernamentales para una prevención y protección más eficaces de las víctimas de la violencia de género.

15.Desde 2015, año en que se adoptó la Estrategia Marco para la Aplicación del Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia dirigida hacia la Mujer y la Violencia Doméstica en Bosnia y Herzegovina 2015-2018, se han llevado a cabo numerosas actividades, entre las que destacan las actividades de promoción en el marco de la Campaña Internacional “16 días de activismo contra la violencia de género” y la ejecución de nueve proyectos financiados por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), relacionados con la mejora del acceso a la prevención y protección de las víctimas de violencia de género y el análisis del marco jurídico, las normas de los servicios especiales de apoyo a las víctimas, el sector sanitario y de bienestar social, y el análisis de la posibilidad de establecer un sistema de recopilación y análisis de datos sobre la violencia de género.

16.La violencia doméstica es un acto delictivo tanto en las entidades como en el Distrito Brčko de Bosnia y Herzegovina, y como tal es objeto de investigación y enjuiciamiento por la judicatura de Bosnia y Herzegovina, cuyos titulares asisten a formación específica a través de los Programas de los Centros de las Entidades para la Educación de Jueces y Fiscales, cuyo objetivo es comprender este complejo asunto.

17.De acuerdo con los datos disponibles, hubo una disminución en el número de casos pendientes relacionados con este delito, que se redujeron en un 5 % en comparación con el número de casos resueltos en 2015.

18.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, el Gobierno aprobó en 2018 el Plan de Acción para el Desarrollo del Emprendimiento de las Mujeres 2018-2020 y el Plan de Acción para la Aplicación de la Estrategia de Prevención y Lucha contra la Violencia Doméstica 2018-2020. En el marco de la aplicación de la Estrategia de la Federación de Bosnia y Herzegovina para la Prevención y Lucha contra la Violencia Doméstica (2013-2017) y del Plan de Acción para la Aplicación de la citada Estrategia para el período 2018-2020, se están poniendo en marcha programas de empleo y apoyo al empleo para los grupos que tienen más dificultad para encontrar un puesto de trabajo, incluidas las víctimas de violencia doméstica. En 2015 se estableció la forma y el método de mantenimiento de registros en el ámbito de la violencia doméstica mediante la gestión electrónica de datos y, a finales de 2017, se llevaron a cabo tres ciclos de formación de agentes de policía, empleados de centros de trabajo social y representantes de organizaciones no gubernamentales. El Ministerio del Interior de la Federación de Bosnia y Herzegovina introdujo cambios en el Reglamento sobre el Método de Aplicación de Medidas a los Autores de Violencia Doméstica dentro de la jurisdicción de la policía, lo que permitirá seguir desarrollando el método electrónico de recogida de datos.

19.El Parlamento de la Federación de Bosnia y Herzegovina aprobó la Ley Modificatoria de la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica, que introduce la figura de la persona de confianza, de especial importancia para mejorar los derechos de las víctimas. Como parte de las modificaciones del Código Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina, se ha previsto su armonización con los Convenios de Estambul y Lanzarote.

20.La Administración Federal de Policía no recibió quejas/denuncias ni realizó investigaciones en casos de violencia de género. La razón por la que no se denuncias estos casos a la Administración es el hecho de que las formas más comunes de violencia de género son competencia de los organismos policiales cantonales.

21.También se aplica la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica. Las instituciones de atención de la salud ofrecen protección a las víctimas y aplican dos medidas de protección en 28 centros de salud mental: a) tratamiento obligatorio de las adicciones y b) tratamiento psicosocial obligatorio de los autores de violencia doméstica. La formación de los profesionales (hasta ahora 28) para aplicar la segunda medida de protección está a cargo del Ministerio Federal de Salud, de conformidad con el documento “Tratamiento psicosocial de los autores de violencia de género en la familia”, que se preparó para Bosnia y Herzegovina (incluye normas, así como la metodología de trabajo con los autores de violencia). El Ministerio Federal de Salud, en cooperación con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y con el apoyo de la Embajada de Gran Bretaña en Bosnia y Herzegovina, preparó en el último período una serie de documentos en la esfera de la violencia de género, que dieron como resultado la publicación en febrero de 2019 del “Paquete de recursos: Fortalecimiento de la respuesta de los proveedores de servicios de salud y psicosociales sobre la violencia de género en tiempos de paz y circunstancias extraordinarias, incluida la violencia sexual en los conflictos”. La publicación consta de 12 documentos especiales dedicados a los profesionales de la salud para el tratamiento de las víctimas de la violencia de género, incluidas las víctimas de violencia sexual y tortura en la guerra, y a las obligaciones de cooperación multisectorial para garantizar un trato profesional adecuado de las víctimas. Sobre la base de este documento, se impartieron 67 cursos de formación a 1.675 profesionales de la salud. También se elaboró un protocolo genérico interno llamado “Protocolo sobre el tratamiento de las víctimas de la violencia de género, incluidas las víctimas de violencia sexual y tortura en la guerra”, que contiene procedimientos normalizados de trabajo para el tratamiento de las víctimas en los distintos servicios del centro de salud comunitario. El protocolo y los procedimientos operativos estándar están destinados a los centros de salud comunitarios, y los procedimientos operativos estándar se refieren a la trayectoria del usuario del servicio (paciente) dentro del sistema de salud, la identificación y el examen de las víctimas, la documentación del trabajo con las víctimas, la codificación y las denuncias presentadas por las víctimas de violencia de género. El mecanismo de coordinación interna del centro de salud comunitario pretende reforzar el papel del sector de la salud en la protección global de las víctimas. Los protocolos y procedimientos operativos estándar han sido aceptados en varios centros de salud comunitarios del territorio de la Federación de Bosnia y Herzegovina (Goražde, Odžak, Ključ, Sanski Most, etc.); en total, unos 80 participantes han recibido formación sobre la aplicación de los protocolos y procedimientos operativos estándar. En 2019, se celebraron otros cuatro talleres en los centros de salud comunitarios del cantón de Tuzla y del cantón de Zenica-Doboj, que abarcaron 13 centros de salud comunitarios (un total de 57 participantes).

22.Se finalizó el “Manual de tratamiento clínico en casos de violación” del Ministerio Federal de Salud y el UNFPA. El Manual se creó sobre la base de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el UNFPA y el ACNUR sobre la forma de tratar a las víctimas de violación en el sistema de salud. Los anexos también contienen una propuesta de procedimiento operativo estándar para el tratamiento clínico en casos de violación. El procedimiento está destinado a centros hospitalarios (atención secundaria y terciaria de la salud) y puede adaptarse fácilmente en función del contexto local y la organización de cada establecimiento sanitario. Se han previsto actividades de formación basadas en el Manual mencionado y destinadas a ginecólogos y personal de enfermería del servicio de ginecología, que no podrán organizarse en 2021 debido a la duración de la pandemia.

23.En diciembre de 2021, se impartió formación a los empleados de los Centros de Crisis para la protección de las víctimas de violación y otras formas de violencia sexual, con el apoyo del Organismo de Igualdad de Género deBosnia y Herzegovina. Se ha contado con conferenciantes con experiencia internacional en esta esfera, con el objetivo de presentar las principales funciones de los Centros de Crisis, su significado en el contexto de los graves delitos mencionados, y la importancia de proporcionar una atención sanitaria oportuna y de calidad a las víctimas. Se trata de actividades que forman parte del Acuerdo de Cooperación celebrado entre el Ministerio Federal de Salud y dicho Organismo, que prevé el establecimiento de tres centros de crisis en la Federación de Bosnia y Herzegovina, a saber, en el Centro Clínico Universitario de Tuzla, en el Hospital Clínico Universitario de Mostar y en el Hospital General Dr. Abdeullah Nakaš de Sarajevo. La creación de centros de crisis está directamente relacionada con el cumplimiento de las obligaciones contraídas por Bosnia y Herzegovina en virtud del Convenio de Estambul.

24.En la República Srpska, a finales de 2019, el Ministerio de Salud y Bienestar Social adoptó la Estrategia para la Mejora de la Salud Sexual y Reproductiva (2019-2029), uno de cuyos objetivos estratégicos es “la igualdad y la información a los ciudadanos en relación con la salud y los derechos sexuales y reproductivos” y “la mejora de la gestión clínica en casos de violencia, en relación con la violación, incluidas las situaciones de emergencia”. Se adoptaron las siguientes medidas para alcanzar el objetivo fijado: elaboración y aplicación de un conjunto de recursos para la respuesta de los proveedores de servicios sanitarios a la violencia de género; un conjunto unificado de recursos para la respuesta de los proveedores de servicios sanitarios y psicosociales; instrucciones para organizar actividades destinadas a preservar la salud sexual y reproductiva; prevención de la violencia de género y la respuesta a ella en situaciones de emergencia en las comunidades locales; planes de acción para la protección de la salud sexual y reproductiva, y prevención de la violencia de género en situaciones de emergencia, y respuesta a esas situaciones, en cinco gobiernos autónomos locales.

25.En el Distrito de Brčko deBosnia y Herzegovina, las medidas contra todas las formas de violencia contra las mujeres están prescritas en la Ley de Protección contra la Violencia, en consonancia con las competencias de las instituciones y las normas internacionales. Con arreglo al memorando de entendimiento entre la Fiscalía, la Policía y el PNUD en Bosnia y Herzegovina, así como el Protocolo sobre cooperación en el ámbito de la prestación de apoyo a los testigos celebrado entre la Policía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina y la Fiscalía del Distrito de Brčko de desde 2013, un psicólogo asistente contratado por la Policía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina en 2021 viene prestando apoyo a los testigos desde el momento de presentación de la denuncia hasta la acusación, especialmente a los adultos heridos por los delitos más graves y, con carácter obligatorio a los niños y menores de edad en todos los casos, así como a petición personal del testigo, si es necesario. Se aplica un enfoque de apoyo multisectorial, que incluye la cooperación con todas las demás instituciones pertinentes en el territorio del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina y fuera del territorio, que también está complementado por otro Protocolo firmado en 2014 con las organizaciones no gubernamentales Gender Brčko, Viva žene Tuzla, Udružene žene Banja Luka, Lara Bijeljina y otras, así como con todas las asociaciones del territorio del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, que incluyen a víctimas y testigos supervivientes de las acciones bélicas de 1992-1995 en ese territorio.

26.De enero a octubre de 2021, se denunciaron 15 casos de delitos de violencia Doméstica, de los cuales 12 dieron lugar a la presentación de denuncias ante la Fiscalía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina contra un total de 11 personas por la comisión del delito de violencia Doméstica. Además, también se resolvieron dos casos denunciados, pero se presentó un informe a la Fiscalía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina contra dos personas debido a la existencia de motivos para sospechar que habían cometido el delito de lesiones corporales leves y de amenaza para la seguridad. También hubo tres informes de incidentes en los que se estableció la existencia de elementos del delito de violencia doméstica. Se resolvieron cinco casos del Organismo Fiduciario de Kosovo y se envió un informe a la Fiscalía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina contra cinco personas. Todos los autores eran hombres.

27.Los ministerios del interior cantonales actúan a partir de las denuncias de las víctimas y, si es necesario, alojan a las víctimas de la violencia en centros de acogida y les proporcionan asistencia psicológica en forma de medidas de protección, en cooperación con los centros cantonales de trabajo social.

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

28.En lo que respecta a la cuestión de la trata de personas, mediante la Ley de Enmiendas al Código Penalde Bosnia y Herzegovina, se está tratando de resolver el problema de la armonización con las fuentes jurídicas internacionales, especialmente con el Protocolo de Palermo y el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Personas, así como la cuestión de la eliminación de los conflictos de jurisdicción entre los órganos de enjuiciamiento y procesamiento penal a nivel estatal y a nivel de las dos entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, lo que dificultaba un mejor procesamiento de esos delitos.

29.El Código Penal de Bosnia y Herzegovina tipifica los delitos de “Trata internacional de personas”, “Establecimiento de una relación de esclavitud y transporte de personas en una relación de esclavitud”, “Trata internacional organizada de personas” e “Incitación a la prostitución a nivel internacional”. Mediante la enmiendas del Código Penal de Bosnia y Herzegovina se modificó el artículo “Trata internacional de personas” debido a las claras diferencias de jurisdicción entre el Código Penal de Bosnia y Herzegovina y la legislación penal de las entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, lo que significa que el delito de trata de personas, que en sí mismo contiene elementos de explotación en un Estado en el que la víctima no tiene ciudadanía o residencia, es de competencia del Código Penal de Bosnia y Herzegovina, mientras que otros delitos de trata de personas estarán previstos en la legislación penal de las entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. Las víctimas de este delito abarcadas por elCódigo Penalde Bosnia y Herzegovina son personas sin ciudadanía de Bosnia y Herzegovina ni residencia en Bosnia y Herzegovina o ciudadanos de Bosnia y Herzegovina en el extranjero. La enmienda relativa a la residencia o ciudadanía de la víctima en caso de explotación se refiere precisamente a un elemento clave de la extranjería, que la enmienda define expresamente debido a la división de la jurisdicción real, teniendo en cuenta que el Código Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, es decir, el Código Penal de la RS, también prescriben los delitos de trata de personas.

30.De conformidad con la directiva de la Unión Europea relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos de 2011, la enmienda mencionada prevé penas más estrictas para estos delitos, de modo que para el delito tipificado en el párrafo 1 del artículo 186 del Código Penal de Bosnia y Herzegovina se prevé una pena de prisión de al menos cinco años en lugar de tres, mientras que para el delito tipificado en el párrafo 2 se prevé una pena de prisión de al menos diez años en lugar de los cinco años anteriores.

31.De conformidad con el Convenio del Consejo de Europa relativo a la lucha contra la trata de seres humanos, que prescribe que no se impondrán penas a las víctimas por su participación en actividades ilegales en la medida en que hayan sido obligadas a hacerlo, se introdujo un nuevo artículo que prescribe la “Trata internacional organizada de personas” como delito independiente. En esta disposición, el marco penal está plenamente armonizado con las normas internacionales (Directiva de la Unión Europea).

32.La Ley de Extranjería prevé la protección de las víctimas extranjeras de la trata de personas de manera tal que se les puede conceder la residencia temporal por razones humanitarias con el fin de: proporcionar protección y asistencia en la recuperación y el retorno al país de origen o al país de residencia habitual o al país que las acepte o proporcionar protección y asistencia si su estadía es necesaria debido a la cooperación con las autoridades competentes con fines de investigación en la detección y el enjuiciamiento del delito de trata de personas. La Ley también establece que todo extranjero al que se le haya concedido la residencia temporal por razones humanitarias como víctima de la trata tiene derecho a: alojamiento adecuado y seguro, acceso a atención médica de urgencia, asistencia psicológica, información sobre su situación jurídica, asistencia jurídica en el proceso de tramitación de las cuestiones relativas a su situación, acceso al mercado laboral en las condiciones que se aplican a los extranjeros, así como acceso a la formación profesional y a la educación. Los niños con residencia temporal autorizada como víctima de la trata de personas tienen derecho a recibir educación.

33.Sobre la base de la Ley de Extranjería, se adoptó el Reglamento de Protección de las Víctimas Extranjeras de la Trata de Personas, que regula con más detalle las reglas y normas de tratamiento, así como otras cuestiones relacionadas con la acogida, la recuperación y el retorno de un extranjero víctima de la trata.

34.Con el fin de prevenir, reprimir y combatir la trata de personas, en la segunda sesión del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, celebrada el 23 de enero de 2020, se adoptó la Estrategia en el ámbito de la lucha contra el tráfico de personas en Bosnia y Herzegovina 2020-2023, que prestó especial atención a la planificación de objetivos y medidas estratégicas para prevenir, reprimir y combatir la trata de personas. De conformidad con la estrategia de Bosnia y Herzegovina, como objetivos especiales de la lucha contra la trata de personas, se abordan los siguientes segmentos: 1. sistema de apoyo; 2. prevención; 3. enjuiciamiento penal por el delito de trata de personas; 4. protección de las víctimas de la trata y 5. alianzas. A fin de aplicar la medida estratégica A.1, que establece, entre otras cosas, la adopción de planes de acción para la aplicación de la Estrategia de Bosnia y Herzegovina para las instituciones de Bosnia y Herzegovina, el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina y los gobiernos de las entidades, cantones y el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina para las instituciones bajo su jurisdicción, aprobaron el 11 de febrero de 2021, en la 255ª sesión un Reglamento sobre el establecimiento del Equipo de Coordinación para la lucha contra la trata de personas a fin de establecer y determinar el alcance y las competencias del Equipo de Coordinación. El Equipo está formado por representantes de instituciones competentes y organizaciones de la sociedad civil, a saber, representantes del Ministerio Federal del Interior - Administración Federal de Policía, Fiscalía Federal, Ministerio Federal de Justicia, Ministerio Federal de Trabajo y Política Social, Ministerio Federal de Salud, Ministerio Federal de Educación y Ciencia, Centropara la formación de jueces y fiscales y la organización no gubernamental Međunarodni forum solidarnosti Emmaus. El Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina en su 270ª sesión, celebrada el 16 de junio de 2021, adoptó el Reglamento modificatorio del Reglamento relativo al establecimiento del Equipo de Coordinación V número 1020/2021, que complementa el adoptado anteriormente de tal manera que el Equipo de Coordinación también incluye un representante de la Sociedad de la Cruz Roja de Bosnia y Herzegovina - Cruz Roja de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Mediante la Estrategia de lucha contra el tráfico de personas en Bosnia y Herzegovina 2020-2023 se decidió, como objetivo especial para su aplicación, entre otras cosas, que la entidad de la Federación de Bosnia y Herzegovina tenía que adoptar el Plan de Acción como documento operativo-estratégico basado en los objetivos y medidas de la Estrategia dentro de su jurisdicción. De acuerdo con la medida estratégica A.1 de la Estrategia de Bosnia y Herzegovina, el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina, a propuesta de la Administración Federal de Policía, y en cooperación con las instituciones y organizaciones que componen el Equipo de Coordinación y con su consentimiento, adoptó el Plan de Acción de la Federación de Bosnia y Herzegovina para la aplicación de la “Estrategia de lucha contra la trata de personas en Bosnia y Herzegovina 2020-2023” como documento operativo-estratégico basado en los objetivos y medidas establecidos en ella.

35.En la Estrategia en materia de migración y asilo, y mediante el Plan de Acción para el período 2016-2020, que fue aprobado en la 50ª sesión del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina el 30 de marzo de 2016, se contempla el objetivo estratégico 5 “Contribuir a la reducción de la trata de personas en Bosnia y Herzegovina”, dentro del cual se prevén cinco medidas que fueron elaboradas con más detalle a través del Plan de Acción.

36.En junio de 2016 se aprobaron enmiendas al Código Penal de Federación de Bosnia y Herzegovina, que introducían artículos relacionados con la trata de personas y la trata organizada de personas. Las penas previstas para el delito de trata de personas van de seis meses de prisión a penas de prisión por períodos prolongados. Con la introducción de los artículos mencionados en el Código Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina, se ha completado el proceso de modificación de todas las leyes penales de Bosnia y Herzegovina, con lo que actualmente la trata de personas está abarcada por las leyes estatales y de las entidades, así como por la legislación del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. Es importante señalar que hoy día todas las leyes de Bosnia y Herzegovina que abordan la trata de personas se ajustan plenamente a las recomendaciones y normas internacionales.

37.En 2016, se aprobó el nuevo Reglamento de Protección de Extranjeros Víctimas de Trata de Personas, armonizado con lo dispuesto en la Ley de Extranjería, así como en los documentos internacionales: Directiva 2004/81/EZ del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de personas o hayan sido asistidos para su migraciónilegal, y a la cooperación con las autoridades competentes, y Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos.

38.Las víctimas de la trata de la trata de personas tienen derecho a recursos judiciales efectivos. Se trata del Reglamento sobre la protección de las víctimas extranjeras de la trata de personas y del Reglamento sobre víctimas y testigos de víctimas de la trata de personas que son ciudadanos de Bosnia y Herzegovina. Todas las víctimas de la trata de personas tienen derecho a asistencia jurídica gratuita proporcionada por los centros de prestación de asistencia jurídica gratuita, y la obtienen en función de la situación real de la víctima. Los procedimientos en los que se presta asistencia jurídica gratuita son el procedimiento administrativo, el contencioso administrativo, el procedimiento civil, el procedimiento ejecutivo y el procedimiento penal de conformidad con los códigos de procedimiento penal. Los niños víctimas de la trata gozan de protección especial, durante y después de los procedimientos judiciales, con arreglo a las leyes pertinentes de protección de menores de edad, que prevén una entrevista con los niños en espacios especialmente designados y adaptados, a cargo de expertos formados para hablar con niños, y un número limitado de audiencias con los niños víctimas. Los fiscales y jueces que trabajan en el tipo de casos en los que un niño es víctima reciben una formación especializada, y sólo ellos pueden trabajar en estos casos.

39.El Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina llevan varios años asignando al presupuesto fondos de subvención para la protección de las víctimas de la trata de personas sobre la base de invitaciones públicas a organizaciones no gubernamentales que prestan apoyo directo a las víctimas de la trata. La cooperación tiene lugar de conformidad con la normativa vigente que regula el ámbito de la lucha contra la trata de personas. La policía y la fiscalía cooperan con los representantes de las organizaciones no gubernamentales mientras la víctima permanece en un centro de acogida durante el tiempo que duren las actuaciones judiciales. La colocación de las víctimas de la trata en centros de acogida se basa en normas o directrices legales, en función de si la víctima es un ciudadano nacional o extranjero. Es necesaria una comunicación regular con los organismos policiales competentes que dirigen la investigación y el enjuiciamiento, y el personal de los centros de acogida mantiene una comunicación regular con ellos para informar oportunamente a los organismos competentes sobre el estado de la víctima, pero también para informar a este sobre el procedimiento y las fases de la investigación, y los pasos posteriores, especialmente si estos incluyen la participación de la víctima. Durante su estadía en un centro de acogida, las víctimas de la trata tienen derecho a asistencia médica y psicológica de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

40.Según la última información disponible, el número de casos resueltos de este tipo en 2018 es un 66 % superior en comparación con el número de casos resueltos en 2015.

41.El Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina es responsable de la recopilación de datos sobre las víctimas de la trata de personas, por lo que recopila y consolida los datos al menos dos veces al año, y con mayor frecuencia si es necesario. Los datos sobre las víctimas se recopilan utilizando formularios uniformes destinados a tal fin. Los datos se desglosan por sexo, edad, país y tipo de explotación, y país de origen de las víctimas.

42.La medida 5.4 de la Estrategia en materia de migración y asilo y el Plan de Acción para el período 2016-2020 también preveía la creación de una base de datos sobre víctimas extranjeras de la trata de personas. En el período transcurrido desde 2013, el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina adoptó dos documentos estratégicos para la lucha contra la trata, a saber, la Estrategia de Lucha contra la Trata de Personas 2013-2015 y el Plan de Acción 2016-2019. Estos documentos estratégicos contienen medidas concretas que deben adoptar las autoridades de Bosnia y Herzegovina.

43.El Plan de Acción tiene como objetivos estratégicos mejorar el sistema de apoyo a la lucha contra la trata en Bosnia y Herzegovina, enjuiciar de manera eficaz los casos de trata de personas y los delitos conexos, prevenir la trata mediante la reducción de riesgos y la adopción de medidas eficaces de protección y asistencia a las víctimas y reforzar las alianzas y la cooperación entre los agentes que intervienen en la lucha contra la trata de personas.

44.Es importante señalar que, de conformidad con el Convenio sobre Cooperación Policial, Bosnia y Herzegovina estableció equipos conjuntos de investigación con las autoridades policiales de la República de Francia, la República de Austria y el Reino de los Países Bajos, lo que permitió llevar a cabo actividades operacionales en el territorio de Bosnia y Herzegovina, la República de Serbia, la República de Austria y la República Federal de Alemania. Asimismo, Bosnia y Herzegovina concertó un acuerdo operacional con la EUROPOL. La cooperación entre los miembros de la INTERPOL brinda la posibilidad de intercambiar datos.

45.En 2015 se aprobaron modificaciones al Código Penal de Bosnia y Herzegovina relacionadas con la trata de personas con miras a favorecer la aplicación sistemática de los tratados internacionales firmados y ratificados por el país, a saber: la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa esa Convención, y el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos. La aprobación de las modificaciones propuestas resolvió el problema de los conflictos de jurisdicción generados en la práctica respecto de la detección y el enjuiciamiento de ese tipo de delitos entre las autoridades judiciales de las entidades y las del Estado de Bosnia y Herzegovina. Estos cambios apuntan a que la Fiscalía y el Tribunal de Bosnia y Herzegovina mantengan la jurisdicción en los casos de trata de personas con un elemento internacional (trata internacional de personas), y que la trata que tiene lugar dentro del Estadosea de la competencia de las entidades, por lo que al mismo tiempo se propusieron cambios en las leyes penales de las entidades, que también fueron aprobados.

46.Los esfuerzos del poder judicial de Bosnia y Herzegovina encaminados a reprimir y castigar la trata de personas y la explotación sexual se reflejan también en la formación continua de los funcionarios judiciales, que se lleva a cabo como parte del Programa de Educación de los Centros de las Entidades para la Educación de Jueces y Fiscales, en relación con la lucha contra la trata de personas y la delincuencia organizada, todo ello con el objetivo de reforzar la capacidad de los jueces y fiscales para una tramitación más eficaz de estos casos, y mejorar la capacidad de los jueces, los fiscales y la policía para investigar y enjuiciar a los grupos delictivos organizados que se dedican a la trata.

47.En Bosnia y Herzegovina, se ha establecido un sistema para la protección de las víctimas de la trata que se rige por las “Normas para la protección de las víctimas de la trata de personas que son ciudadanos de Bosnia y Herzegovina” y las “Normas para la protección de las víctimas de la trata que son extranjeras”, lo cual constituye un mecanismo de derivación de las víctimas de la trata. A todas las víctimas identificadas se les proporciona alojamiento seguro, asistencia médica, acceso a información sobre sus derechos y asistencia letrada durante las actuaciones penales. Para ello, se proporcionan regularmente recursos financieros con cargo al presupuesto del Ministerio de Seguridad y del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina.

48.La Ley de Protección Social dispone que el derecho a la protección social comprende, entre otras cosas, la prestación de orientación, cuyo objetivo es ayudar a la persona, a los miembros de la familia o a la familia en su conjunto a desarrollar, complementar, conservar y mejorar las oportunidades sociales de que disponen y en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, desempleo, fallecimiento de personas allegadas, problemas en la crianza de los hijos y en las relaciones filoparentales, problemas relacionados con comportamientos de riesgo en la infancia y la juventud, problemas de pareja en el matrimonio y extramatrimoniales, terminación del matrimonio, violencia doméstica, incorporación a la vida cotidiana tras una larga estancia en instituciones, ejercicio de determinados derechos sociales, y otras circunstancias sociales desfavorables y situaciones de crisis.

49.La Ley de Atención de la Salud de la República Srpska establece que la asistencia sanitaria se presta mediante actividades específicas de promoción de la salud, prevención y tratamiento de enfermedades y afecciones, rehabilitación de enfermos y heridos, y otras actividades concretas que se llevan a cabo en condiciones de igualdad, es decir, en beneficio de todos los grupos de población y nosológicos.

50.Se ha nombrado un coordinador para la lucha contra la trata de personas en la República Srpska encargado de coordinar las actividades de las instituciones de la República Srpska relacionadas con la trata de personas y la cooperación con el Coordinador Estatal de Bosnia y Herzegovina y otras instituciones y organizaciones pertinentes en todos los niveles de autoridad de Bosnia y Herzegovina. También se crearon equipos de vigilancia para la lucha contra la trata en Banja Luka, Prijedor, Doboj, Bijeljina, Istočno Sarajevo y Trebinje con el fin de mejorar los vínculos funcionales entre las fiscalías, la policía, la inspección de trabajo, las instituciones de bienestar social y otras autoridades competentes en la materia. También se adoptó el Plan de Acción del Gobierno de la República Srpska para combatir la trata de personas 2020-2023, así como enmiendas al Código Penal de la República Srpska en febrero de 2021, en las que el artículo “Trata de personas” se complementó con las formas de explotación “Mendicidad forzada”, “Servidumbre” y “Otras formas de explotación sexual”. La pena por el delito de trata de niños se ha incrementado de 8 a 10 años de prisión, y en caso de lesiones corporales graves, daños graves para la salud o muerte de una o más personas, el mínimo legal se ha incrementado de 10 a 12 años. La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita prescribe que también tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita las personas físicas que se encuentren en el territorio de la República Srpska bajo protección internacional de conformidad con las normas internacionales, y en particular los refugiados, las personas en régimen de admisión temporal y las víctimas de la trata que no puedan pagar los gastos de asistencia jurídica. La ayuda es proporcionada por el Centro de Asistencia Jurídica Gratuita del Ministerio de Justicia de la República Srpska, los centros de trabajo social y las organizaciones no gubernamentales que han firmado protocolos con el Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina. Las víctimas del delito de trata de personas tienen derecho a una indemnización por daños y perjuicios a través del instituto de reclamaciones patrimoniales-legales, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procesamiento Penal.

51.En lo que respecta a los apartados a) y c) de la lista, en el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina se adoptó el Plan de Acción para la aplicación de la estrategia de lucha contra la trata de personas para el período 2020-2023 por decisión del Gobierno del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina núm. 48-000876/20, de 19 de abril de 2021. También se tipifica el delito de trata de personas en Código Penal Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, que se castiga con una pena de prisión de hasta cinco años. Asimismo, se castiga la forma agravada de “trata organizada de personas” con una pena de prisión de por lo menos 10 años o pena de prisión de larga duración.

52.Hasta ahora, se han registrado en la práctica dos casos (procedimientos) relacionados con este delito, y un caso terminó con una absolución (en 2014), mientras que en otro caso se condenó a una persona (de nacionalidad romaní) a una pena de prisión de un año. En 2021, se abrieron tres casos por el delito de “Trata de personas”, y los tres estaban relacionados con la mendicidad. Los cuatro casos abiertos restantes se refieren a delitos de “Organización de un grupo o asociación con el fin de cometer el delito de tráfico ilícito de migrantes”, “Tráfico de personas” y “Explotación de un niño o menor de edad con fines pornográficos”.

53.En cuanto a los casos de trata de personas en los ministerios del interior cantonales, en el período de referencia el Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo registró dos casos, y el Ministerio del Interior del Cantón de Zenica – Doboj registró una acusación penal contra una persona de sexo masculino por el delito de “Trata organizada de personas” (una mujer y un hombre).

Artículo 3

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

54.En Bosnia y Herzegovina se aprobó la Ley de Prestación de Asistencia Jurídica Gratuita, que prescribe detalladamente la posibilidad de obtener asistencia jurídica gratuita para toda persona física en los procedimientos ante los organismos e instituciones de Bosnia y Herzegovina en relación con el ejercicio o la protección de derechos, obligaciones e intereses individuales.

55.La oficina de asistencia jurídica gratuita se estableció en el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina y actualmente emplea a tres funcionarios. Las personas que reúnen las condiciones para recibir asistencia jurídica gratuita pueden ponerse en contacto con ellos oralmente o por escrito y a través de los organismos competentes cuando registran su condición de refugiado, solicitante de asilo u otra condición, a fin de recibir información sobre su derecho a dicha asistencia. Durante 2020 y 2021 se enviaron unas diez solicitudes de ese tipo.

56.La Ley de Asilo prescribe que ningún extranjero será expulsado o devuelto a un país en el que su vida o su libertad se vean amenazadas por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por sus opiniones políticas. Ningún extranjero será expulsado por la fuerza o devuelto a un país en el que no esté protegido contra el traslado a otro país en que correría ese riesgo. Excepcionalmente, podrán ser expulsados o devueltos a otro país los extranjeros que, por razones justificadas, se consideren peligrosos para la seguridad de Bosnia y Herzegovina o hayan sido condenados en la justicia por un delito grave y representen un peligro para Bosnia y Herzegovina, a menos que ello los expongan a un riesgo real de ser sometidos a pena de muerte o ejecución, tortura o tratos o penas inhumanos o degradantes.

57.La Ley también establece que se conceda protección subsidiaria a todo extranjero que no cumpla las condiciones para el reconocimiento de la condición de refugiado si existen razones fundadas para creer que, al regresar al país de origen o al país de residencia habitual, se enfrentará a un riesgo real de violación grave de los derechos humanos y las libertades fundamentales (pena de muerte o ejecución, tortura, tratos o penas inhumanos o degradantes, amenaza grave e individual contra la vida o la integridad física de civiles debido a la violencia general en situaciones de conflicto armado internacional o interno).

58.En caso de denegación de una solicitud de asilo o de anulación de la condición concedida, se otorga protección subsidiaria a todo extranjero cuya solicitud de asilo haya sido efectivamente denegada o cuya condición de reconocimiento como refugiado haya sido anulada, pero respecto del cual se determine en el procedimiento que no puede ser expulsado de Bosnia y Herzegovina por las razones prescritas por el principio de prohibición de la devolución, pudiendo el extranjero permanecer en Bosnia y Herzegovina de conformidad con la ley que regula la zona de circulación y residencia de extranjeros. El Reglamento de Asilo define qué extranjeros/personas están protegidos por el principio de prohibición de la devolución.

59.Los extranjeros pueden manifestar su intención de presentar una solicitud de asilo: a la Policía de Fronteras de Bosnia y Herzegovina, en el paso fronterizo o a las dependencias orgánicas del Servicio. Si un extranjero manifiesta su intención de presentar una solicitud de asilo en uno de los pasos fronterizos, la Policía de Fronteras de Bosnia y Herzegovina informa inmediatamente a la dependencia orgánica local competente del Servicio, que está obligada a recibir al extranjero. La Policía de Fronteras de Bosnia y Herzegovina, o la dependencia orgánica del Servicio al que el extranjero haya manifestado su intención de presentar una solicitud de asilo, informa al extranjero del procedimiento para solicitar asilo y de sus derechos y obligaciones. La dependencia orgánica del Servicio expide al extranjero que manifiesta su intención de presentar una solicitud de asilo un certificado de manifestación de intención, en el que especifica cual será la libertad de circulación y el plazo necesario para presentar personalmente al Ministerio una solicitud de asilo. El certificado contiene información sobre la persona que manifestó su intención de presentar la solicitud y los familiares que la acompañan. El certificado se considera un derecho de estadía en Bosnia y Herzegovina durante el período por el que fue expedido.

60.El período de validez del certificado de intención declarada de presentar una solicitud de asilo no puede ser superior a ocho días. Excepcionalmente, en el caso de un gran número de intenciones de presentar una solicitud de asilo expresadas simultáneamente, el período de validez de dicho certificado puede ser de 14 días. El extranjero está obligado a presentar una solicitud de asilo al Ministerio en el plazo indicado en el certificado. El extranjero adulto presenta una solicitud de asilo en persona, mientras que en el caso de un extranjero menor de edad, la solicitud la presenta un representante legal o tutor. Los menores de más de 16 años también pueden presentar una solicitud de asilo en persona si están casados o conviven con otra persona.

61.Excepcionalmente, si en el plazo indicado en el certificado el extranjero no presenta una solicitud de asilo sin causa justificada, se considerará que ha desistido de su intención manifestada, y el Ministerio lo comunicará al Servicio. En otros procedimientos, se les aplica la ley que rige la zona de circulación y residencia de extranjeros. Tras recibir la solicitud de asilo, se registra al extranjero.

62.Tras el registro, el Ministerio realiza una o varias entrevistas individuales con todos los solicitantes de asilo mayores de edad. Se permite al solicitante de asilo presentar todos los hechos y circunstancias pertinentes para la toma de decisión sobre su solicitud. Tras la presentación de la solicitud de asilo, el Ministerio toma una decisión por la que: se aprueba la solicitud y se reconoce al solicitante la condición de refugiado; se aprueba la solicitud y se concede la protección subsidiaria; se rechaza la solicitud y se fija un plazo para la salida voluntaria de Bosnia y Herzegovina; se rechaza la solicitud y se determina que el solicitante no puede ser expulsado de Bosnia y Herzegovina por las razones prescritas por el principio de no devolución; se suspende el procedimiento de solicitud de asilo y se establece un plazo para la salida voluntaria de Bosnia y Herzegovina, o se rechaza la solicitud y se establece un plazo para la salida voluntaria de Bosnia y Herzegovina.

63.El Ministerio examina la validez de las solicitudes de asilo en un procedimiento único examinando primero las condiciones para conceder el estatuto de refugiado y, si no se cumplen las condiciones para ello, examina las condiciones para conceder la protección subsidiaria. Las decisiones se adoptan mediante un procedimiento ordinario o acelerado. En el procedimiento ordinario, el Ministerio adoptará una decisión sobre la solicitud de asilo en un plazo de seis meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

64.El Ministerio adoptará una decisión sobre la solicitud de asilo en un plazo de 30 días si existen motivos para rechazar la solicitud con arreglo al procedimiento acelerado que estén en consonancia con los motivos que justifican dicho procedimiento en virtud de la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional.

65.El Ministerio reconoce a un solicitante de asilo como refugiado cuando determina en el procedimiento de su solicitud de asilo que cumple las condiciones para ello. La protección subsidiaria en Bosnia y Herzegovina se concede por un período de un año y puede prorrogarse a petición del extranjero mientras duren las condiciones por las que se concedió dicha protección. La protección subsidiaria puede prolongarse por un período de dos años. El extranjero tiene derecho a iniciar un contencioso administrativo ante el Tribunal de Bosnia y Herzegovina contra todas las decisiones del Ministerio, dentro de los plazos establecidos en la Ley de Asilo.

66.La Ley de Asilo define las salvaguardias procesales que permiten a los solicitantes de asilo en todas las etapas del procedimiento la posibilidad de: a) ser informados de los requisitos y el procedimiento de concesión de la condición de refugiado o la concesión de protección subsidiaria, de sus derechos y obligaciones, y de las consecuencias del incumplimiento de esas obligaciones o de negarse a cooperar con la autoridad competente; b) presentar todas las circunstancias que constituyen el fundamento de su solicitud de asilo, tener acceso a las pruebas y proponer que se presenten algunas de ellas; c) que el procedimiento se lleve a cabo en una lengua que comprendan o que sea razonable pensar que comprenden; c) tener acceso a asistencia letrada gratuita; e) que en el procedimiento de la solicitud de asilo haya un traductor o intérprete de su sexo, si existen razones que lo justifiquen, y f) comunicarse con el ACNUR.

67.Se trata de una norma europea que se incorpora en la legislación nacional y se aplica a los solicitantes de asilo en cada caso concreto (Directiva 2013/32/UE y 2013/33 del Parlamento Europeo y del Consejo).

68.Cuando se trata de personas que son objeto de una medida de expulsión, devolución o extradición, la cuestión se somete al Servicio de Asuntos de Extranjería, que tiene competencia en la materia, por lo que se rige por las disposiciones de la Ley de Extranjería. El procedimiento de asilo tiene un efecto suspensivo sobre estos procedimientos (expulsión, devolución o deportación). Los extranjeros que hayan presentado una solicitud de asilo no serán expulsados del territorio de Bosnia y Herzegovina antes de que la decisión sobre su solicitud de asilo sea definitiva.

69.Cuando un extranjero invoca los motivos amparados por el principio de no devolución, la autoridad ante la que se ha formulado la declaración remite al extranjero al Servicio de Asuntos de Extranjería, que es una dependencia orgánica del Ministerio de Seguridad, para que manifieste su intención de presentar una solicitud de asilo. El Servicio de Asuntos de Extranjería expide al extranjero un certificado de la intención manifestada de presentar una solicitud de asilo y determina los lugares en que pueden circulary el plazo para que el extranjero presente personalmente una solicitud de asilo ante el Ministerio de Seguridad en la sede central. El certificado confiere un derecho de estadía durante el período especificado en él. El Servicio de Asuntos de Extranjería entregará sin demora al organismo responsable de los asuntos de asilo una copia del certificado de la intención expresada de presentar una solicitud de asilo junto con la documentación que exige la ley que rige el asilo en Bosnia y Herzegovina.

70.La decisión de expulsión solo puede ejecutarse cuando la decisión por la que se deniega la solicitud de asilo adquiera fuerza ejecutiva. La decisión, con prohibición de entrada y estancia en Bosnia y Herzegovina, la dicta el Servicio de Asuntos de Extranjería en cumplimiento de su deber oficial o a propuesta explicada de otra dependencia orgánica del Ministerio de Seguridad, de la autoridad encargada de hacer cumplir la ley o de otra autoridad. Se puede presentar un recurso contra la decisión de expulsión ante el Ministerio de Seguridad. El recurso dejará en suspenso la ejecución de la decisión.

71.En cuanto a la asistencia jurídica gratuita y los servicios de interpretación, los solicitantes de asilo en Bosnia y Herzegovina tienen, entre otras cosas, la posibilidad de participar en el procedimiento en un idioma que comprendan o que razonablemente se pueda pensar que comprenden, y se les proporciona el acceso a la asistencia jurídica gratuita y a su utilización, en la forma prescrita en las Directivas 2013/32/UE y 2013/33 del Parlamento Europeo y del Consejo, como norma europea que se incorpora en la legislación nacional y se aplica íntegramente a los solicitantes de asilo en cada caso particular.

72.La ley establece que el Ministerio dará prioridad a los solicitantes de asilo cuya libertad de circulación esté restringida, prestando atención especial a los menores de edad, los menores no acompañados, las familias monoparentales con hijos menores, las personas que hayan sido torturadas, violadas, sometidas a otras formas de violencia física o psicológica, las mujeres embarazadas, las personas mayores, las personas con enfermedades y trastornos mentales y las personas con discapacidad.

73.Las autoridades competentes de Bosnia y Herzegovina, en función de sus capacidades, garantizan el alojamiento de los migrantes en condiciones humanas y legales gracias a los fondos de los donantes, dado que debe proporcionarse una capacidad de alojamiento suficiente debido a la creciente afluencia de migrantes. En Bosnia y Herzegovina opera el Órgano de Coordinación para la Migración. La obligación de los extranjeros de registrar su lugar de residencia y el cambio de domicilio que prescribe la Ley de Asilo está en consonancia con la Directiva 2013/33 del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen las normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, como norma europea incorporada a la legislación nacional, que establece la obligación de todo extranjero que se acoja al régimen de asilo de comunicar a la autoridad competente su lugar de residencia, o el cambio de domicilio, en los plazos legalmente establecidos, con el fin de posibilitar contactos ulteriores con ellos para adoptar las medidas previstas por la ley.

74.El Parlamento de la Federación de Bosnia y Herzegovina aprobó la Ley Modificatoria de la Ley sobre el Procedimiento No Contencioso, que establece el procedimiento para determinar la fecha y el lugar de nacimiento de las personas que no están inscritas en el registro de nacimientos. Teniendo en cuenta que determinar el lugar y el momento del nacimiento y los lazos de sangre con los padres son la base para inscribir a un niño en el registro de nacimientos, en el caso de que ello no pueda demostrarse mediante un extracto del registro de nacimientos de un organismo extranjero, será necesario establecer esos hechos ante los tribunales, lo que es importante para resolver la situación de los niños que residen en el territorio de Bosnia y Herzegovina y que presuntamente son hijos de ciudadanos de Bosnia y Herzegovina que llegaron al país procedentes de un territorio que carece de personalidad jurídica internacional (Siria). La Ley se ajusta plenamente al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

75.Esta pregunta se responde en el Anexo 2 del informe.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

76.El artículo “Prevención del retorno de los refugiados y los desplazados” del Código Penal de Bosnia y Herzegovina tipifica como delito impedir el retorno de las personas desplazadas y refugiadas. En Bosnia y Herzegovina, los derechos de los refugiados y de la población desplazada se han resuelto de forma satisfactoria durante muchos años, especialmente en lo que se refiere a las cuestiones jurídico-patrimoniales, en las que las propiedades se devolvieron casi al cien por cien. Sin embargo, existen problemas en el ámbito del retorno sostenible. Ello significa que, además de permitir que los refugiados regresen a su lugar de origen, es preciso crear las condiciones básicas para que puedan reanudar una vida normal.

77.Además de la reparación y construcción de edificios residenciales que fueron devastados o demolidos, es necesario proporcionar a los retornados trabajo, instalaciones escolares, clínicas, red de carreteras, electricidad y otros requisitos previos para el trabajo y la vida normales. Desafortunadamente, Bosnia y Herzegovina sigue sin resolver los problemas a que se enfrentan los refugiados y los desplazados de conformidad con la Estrategia Revisada para la Aplicación del Anexo 7 del Acuerdo de Paz de Dayton. Cabe suponer que, con la ayuda de la comunidad internacional y los donantes, en 2022 se podría avanzar en la solución de este problema.

78.Se está aplicando la Estrategia Revisada para la Aplicación del Anexo 7 del Acuerdo de Paz de Dayton. Cada año se elabora un informe sobre los avances en la aplicación de la Estrategia Revisada. Los mayores avances se lograron en la reconstrucción de viviendas de desplazados y retornados, en la renovación de servicios públicos y la infraestructura social y en la electrificación de los asentamientos de retornados. En 2017, se celebraron dos reuniones temáticas sobre el cierre de los centros colectivos y la atención de la salud de los desplazados y retornados. Las reuniones dieron algunos resultados positivos en relación con la prestación de asistencia sanitaria a esas categorías y con la clausura de dichos centros mediante la ejecución del Proyecto CEB 2 de clausura de los centros colectivos y de alojamiento alternativo; además, se decidió emprender actividades encaminadas a aprobar una ley sobre vivienda social.

79.En lo que respecta a la restitución de bienes, según las cifras oficiales, de las aproximadamente 225.000 viviendas ocupadas temporalmente, más de 220.000 (más del 99 %) fueron devueltas a los propietarios y titulares de derechos de ocupación anteriores a la guerra. En el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2019 se incoaron ante el Tribunal de Bosnia y Herzegovina 259 causas contra los actos administrativos definitivos de la Comisión para Personas Desplazadas y Refugiadas (CRPC). Sigue habiendo problemas en este ámbito en lo que respecta a la recuperación efectiva de apartamentos ubicados en edificios de viviendas colectivas, y existe un problema especial en el caso de los apartamentos destruidos cuando se modificaron los planes de ordenación de las comunidades locales. Asimismo, el derecho a la vivienda se ha puesto en entredicho debido a la incapacidad de los retornados para pagar una indemnización al ocupante temporal por las obras de construcción realizadas durante su estancia temporal en ella y la liquidación de los gastos judiciales ocasionados por dichos litigios (caso Zulčić). Las dificultades para ejercer los derechos laborales a las que se enfrentan los retornados y los desplazados, que afectan al proceso de retorno, están relacionadas con la situación de desempleo generalizado que existe en Bosnia y Herzegovina. En junio de 2020, el Defensor del Pueblo de Bosnia y Herzegovina publicó un informe especial sobre la representación de los pueblos constituyentes y otras personas en las instituciones, las entidades administrativas y los órganos reguladores de Bosnia y Herzegovina, la Federación de Bosnia y Herzegovina, la República Srpska, el distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina y los cantones de la Federación de Bosnia y Herzegovina (por unidades presupuestarias), excluidas las estructuras policiales y de seguridad. Los datos indican que los retornados sufren discriminación en el empleo en el sector público, al que tienen derecho con arreglo a lo dispuesto por la ley.

80.En lo que respecta a las prestaciones sociales, se plantea un problema evidente: el cambio del lugar de residencia a otra entidad conlleva la pérdida del estatus y de los derechos previstos por la ley de la primera entidad que no se contemplan en la legislación de la segunda entidad, es decir, existe una diferencia importante en cuanto al ámbito y la calidad. Dado que no se ha logrado avanzar según lo previsto en materia de protección social en el marco de la aplicación de la Estrategia Revisada de Bosnia y Herzegovina para la Aplicación del Anexo 7 del Acuerdo de Paz de Dayton, el Grupo de Trabajo Consultivo para la Aplicación de la Estrategia Revisada propuso celebrar una reunión temática sobre la protección social de los refugiados y desplazados en 2020, en la que, con la participación de los representantes de los organismos de las entidades encargados de la protección social, se estudiarían las posibilidades de aplicar las medidas previstas. Debido a la pandemia de COVID-19 el año anterior, y teniendo en cuenta la necesidad de contar con una mayor participación de asistentes, la reunión no llegó a celebrarse; cabe esperar que se celebre cuando se reúnan las condiciones necesarias. Con el fin de alcanzar los objetivos estratégicos, de la cantidad estimada de 1.210 millones de marcos bosnios necesarios para las necesidades de renovación del fondo de viviendas y la infraestructura conexa, de 2009 a 2018 se proporcionaron fondos por unos 909 millones de marcos bosnios procedentes de préstamos y fondos de donantes, fondos agrupados en el Fondo para el Retorno a Bosnia y Herzegovina y fondos presupuestarios de entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. En lo que respecta a garantizar que los retornados no se vean perjudicados en cuanto al acceso a sus derechos con independencia del lugar en el que vivan en el territorio del Estado, cabe confiar en que se produzcan avances más importantes tras la reunión temática sobre la protección social de los refugiados y los desplazados, como se indicó en la respuesta anterior.

Artículos 5 a 9

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

81.La Ley de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal permite la prestación de todas las formas de asistencia jurídica tanto sobre la base de acuerdos o convenios internacionales como de la reciprocidad fáctica establecida. Se ha iniciado el proceso de preparación de las modificaciones oportunas de esta Ley para especificar más claramente determinadas normas. Al mismo tiempo, Bosnia y Herzegovina ha celebrado acuerdos bilaterales con los países de la región que permiten la extradición de sus propios ciudadanos, en determinadas condiciones y para los delitos más graves para los que se prescribe una pena de prisión de cuatro o más años. En relación con los nacionales extranjeros, la extradición se lleva a cabo con arreglo a las reglas y normas del Convenio Europeo de Extradición (del que Bosnia y Herzegovina es signataria), y todos los acuerdos bilaterales celebrados por Bosnia y Herzegovina se basan en los principios de este Convenio y sus protocolos para facilitar la aplicación del Convenio en los Estados obligados por este. Bosnia y Herzegovina también es signataria del Convenio Europeo sobre la Transmisión de Procedimientos en Materia Penal, y todos los acuerdos bilaterales relacionados con el ámbito penal contienen disposiciones sobre la asignación y transmisión de los procedimientos penales. Incluso sin los correspondientes acuerdos internacionales, el proceso de extradición y transmisión de procedimientos penales se desarrolla sin contratiempos en relación con muchos países. Por ejemplo, Bosnia y Herzegovina no ha firmado ningún acuerdo bilateral con los Estados Unidos de América que regule la transmisión y asunción de procedimientos penales, pero estos procedimientos tienen lugar entre ambos países sin obstáculos. El principio aut dedere aut judicare está representado en la legislación de Bosnia y Herzegovina, de modo que en todo procedimiento de extradición en el que la persona buscada no pueda ser extraditada, junto con la notificación pertinente al otro país, se solicita también la transmisión de la acusación penal o de los expedientes penales a fin de llevar a cabo las actuaciones penales contra esa persona en Bosnia y Herzegovina. La misma norma se aplica en los casos en que otro país deniega la extradición a Bosnia y Herzegovina. No se registraron específicamente casos en que se solicitó asistencia jurídica con respecto a delitos relacionados con la tortura y los malos tratos, pero las observaciones muestran que hubo tales casos y que en ellos se proporcionó la asistencia jurídica solicitada.

82.Varios agentes de policía de la Administración Federal de Policía recibieron formación sobre el fortalecimiento de los principios del trato a las personas privadas de libertad basado en los derechos humanos, las normas europeas y las mejores prácticas en Bosnia y Herzegovina. Algunos miembros de la Administración Federal de Policía participaron en una actividad de formación sobre las medidas probatorias en los procedimientos penales: registro de un apartamento, otros locales y bienes muebles, y registro de personas, con especial referencia a la normativa internacional y nacional en el ámbito de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, en la que se les informó sobre las disposiciones de la Convención y las situaciones en estas pueden ser vulneradas en la práctica con mayor frecuencia.

Artículo 10

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

83.Todos los años, el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina lleva a cabo un programa de formación para los funcionarios de la policía penitenciaria, en cuyo marco se examinan distintos temas, entre ellos, la prevención de la tortura y los malos tratos, la protección de los derechos de las personas privadas de libertad, la evaluación y rehabilitación de los presos violentos y extremistas en Bosnia y Herzegovina, la clasificación y reclasificación de los presos en el Instituto de Ejecución de Penas, Detención y Otras Medidas de Bosnia y Herzegovina, las disposiciones especiales sobre el servicio de seguridad y la forma de realizar el servicio de seguridad de armasy equipo, así como el uso de armas de fuego y otros medios de coerción en el Instituto de Ejecución de Penas, Detención y Otras Medidas de Bosnia y Herzegovina. En el último período, el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina y el Consejo de Europa han impartido en varias ocasiones cursos de formación para funcionarios de prisiones y otros funcionarios encargados de la aplicación de la ley que en gran medida promueven la protección de los derechos humanos y las libertades.

84.Gracias a la cooperación previa con las administraciones policiales de todo el país, se llegó a la conclusión de que la mayoría de ellas tiene un buen conocimiento del mandato y las competencias del Comité, la amplia libertad de residencia y circulación en el territorio de todo el país como signatario de la Convención y, en los lugares donde se encuentran las personas privadas de libertad, el acceso de las personas privadas de libertad a toda la información pertinente, y la posibilidad de hablar con ellas sin la supervisión de los funcionarios.

85.En la República Srpska se adoptó el Plan Marco y programa de desarrollo y formación profesional de los empleados de las instituciones penitenciarias, en el que se determinó el plan de estudios y las unidades didácticas, y se reguló la cuestión de las actividades de formación y desarrollo profesional de todos los empleados de las instituciones penitenciarias de la República Srpska. Asimismo, teniendo en cuenta las disposiciones y el contenido del Reglamento sobre el procedimiento y la forma de evaluar el trabajo de los empleados de las instituciones penitenciarias, se puede afirmar que existe un mecanismo establecido para evaluar los efectos de los programas de formación y educación.

86.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, la formación de los agentes de policía se lleva a cabo en cooperación con las Academias de Policía de Bosnia y Herzegovina, y posteriormente en cooperación con los Centros de Formación de Jueces y Fiscales de la República Srpska y la Federación de Bosnia y Herzegovina, así como con las organizaciones internacionales ICITAP, PNUD, OSCE, OIM y otras. Las organizaciones no gubernamentales también organizan, como parte de sus actividades, cursos de formación para agentes de policía sobre violencia de género, trata de personas y crímenes de guerra con arreglo a los protocolos firmados. En concreto, cuando se trata de los ministerios del interior cantonales, cada uno de ellos aplica de forma independiente planes y programas de formación especializada para los agentes de policía de las dependencias orgánicas pertinentes de la Administración Policial. Las actividades de formación mencionadas incluyen el tratamiento de las personas privadas de libertad y la prevención de la tortura y los tratos o penas inhumanos, siguiendo las directrices y las observaciones finales del Comité. Muchas actividades previstas para 2020 y 2021 se han cancelado hasta nuevo aviso debido a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).

Artículo 11

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

87.A finales de 2020, se construyó y puso en funcionamiento el Instituto de Ejecución de Penas, Detención y Otras Medidas de Bosnia y Herzegovina, con unas 300 plazas, lo que resolvió en gran medida el problema del hacinamiento en las cárceles de Bosnia y Herzegovina, dado que en el período anterior los presos condenados ante el Tribunal de Bosnia y Herzegovina cumplían sus penas en las prisiones de las entidades (13 de ellas), y con la puesta en funcionamiento de la prisión estatal se ha resuelto ese problema. De acuerdo con la información proporcionada por los ministerios del interior cantonales, en los dos últimos años la mayoría de los cantones llevaron a cabo, con arreglo a los fondos presupuestarios, la reconstrucción y el equipamiento de los locales para la detención de las personas privadas de libertad mediante la inversión en determinadas mejoras materiales y técnicas, a saber: arreglo de las paredes de los locales, sustitución e instalación de un dispositivo adecuado de ventilación y aire acondicionado, sistemas de aire y agua (para la refrigeración y calefacción de los locales), sustitución de camas, rehabilitación de unidades sanitarias, lavabos de hormigón e instalación de otros nuevos, sustitución de las bombillas existentes e instalación de iluminación LED, separación de los tabiques de los aseos en las celdas de las personas privadas de libertad, instalación de nuevas cabinas sanitarias de conformidad con las normas europeas, adquisición de nuevos colchones, ropa de cama y fundas protectoras impermeables con banda elástica para los colchones.

88.En 2020 entró en funcionamiento el Instituto de Ejecución de Penas, Detención y Otras Medidas de Bosnia y Herzegovina, con el nombramiento previo del personal directivo y la contratación de personal de otro tipo. Las actividades mencionadas en relación con los detenidos se llevan a cabo de conformidad con el Código de Procesamiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina y los estatutos de las instituciones, mientras que la disposición del espacio exterior se realiza de acuerdo con el presupuesto previsto, es decir, los recursos financieros disponibles.

89.Las instalaciones de detención del Correccional de Mostar y del Correccional de Sarajevo son bastante limitadas en cuanto a capacidad de alojamiento, y se llevará a cabo un análisis de la situación con el objetivo de mejorar las actividades de acuerdo con las capacidades de los establecimientos. En el Correccional de Mostar se instalarán refugios contra las inclemencias del tiempo y equipo de gimnasia con bancos de descanso. Los establecimientos adoptarán medidas para garantizar que todos los detenidos puedan hacer dos horas diarias de ejercicio al aire libre, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Se llevará a cabo un análisis de las actividades para condenados en el Correccional de Mostar y se mejorará la gama de actividades de tratamiento. Las vacantes se cubren en función de los fondos presupuestarios anuales disponibles. El Ministerio Federal de Justicia ha solicitado proyectos financiados con cargo a los Fondos de Preadhesión de la Unión Europea para construir nuevas instalaciones de detención y encarcelamiento y mejorar las existentes. En 2021 se inauguró un nuevo pabellón para 236 reclusos en el Correccional de Zenica, y el valor de las obras cofinanciadas asciende a 2,2 millones de euros. Los fondos para el equipamiento y la obtención de permisos fueron aportados por el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina y el Cantón. En el Correccional de Orašje se ha terminado la construcción de un edificio especial con talleres y un pabellón deportivo, lo que reviste especial importancia porque en esta prisión residen menores de edad. El valor de las obras cofinanciadas asciende a 0,8 millones de euros, mientras que los fondos para equipamiento y permisos fueron aportados por el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina y el Cantón.

90.En agosto de 2021 comenzaron las obras de construcción del nuevo complejo del Correccional de Sarajevo en el emplazamiento de Igman. El valor de las obras financiadas con fondos del Instrumento de Ayuda de Preadhesión (IPA) asciende a 4,6 millones de euros, mientras que los fondos para permisos, infraestructura de acompañamiento y equipamiento fueron aportados por el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina.

91.Paralelamente a las actividades mencionadas, se están llevando a cabo, con cargo al presupuesto de la Federación de Bosnia y Herzegovina, la construcción del nuevo edificio de la unidad de detención del Correccional de Sarajevo en el emplazamiento de Igman y la construcción del nuevo complejo del Correccional de Mostar, que garantizarán la modernización completa de los correccionales de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Al mismo tiempo, el Ministerio Federal de Justicia presentó solicitudes para nuevos proyectos financiados con fondos del IPA. En el Correccional de Tuzla, que es la única prisión en la que residen mujeres, está prevista la construcción de un nuevo pabellón para mujeres en el recinto de Kozlovac, mientras que en el Correccional de Zenica está prevista la construcción de una clínica especial en la que se proporcionará tratamiento adecuado a los reclusos adictos a los estupefacientes.

92.La inspección de los registros oficiales en los centros de detención de la Administración Federal de Policía en el período 2019-2021 reveló un total de 257 personas privadas de la libertad, de las cuales 232 eran hombres y 25 mujeres. La nacionalidad declarada era como sigue: 211 bosnios, 23 serbios, 11 croatas y 9 otras nacionalidades. Datos estadísticos anuales: en 2019, había un total de 86 personas en los centros de detención de la Administración Federal de Policía, de los cuales 80 hombres y 6 mujeres; la edad media de los hombres era de 41 años y de las mujeres 33 años. Con respecto a su nacionalidad, entre los hombres había un total 72 bosnios, 3 serbios, 1 croata y 4 de otras nacionalidades; el total de 6 mujeres eran bosnias; en 2020, había un total de 103 personas en los centros de detención de la Administración Federal de Policía, de los cuales 92 eran hombres y 11 mujeres: la edad media de los hombres era de 40 años, la de las mujeres de 31. Con respecto a la nacionalidad de los hombres había 54 bosnios, 2 serbios, 2 croatas y 2 de otras nacionalidades; entre las mujeres había 4 bosnias, 2 serbias y 2 croatas; en 2021, había un total de 68 personas en los centros de detención de la Administración Federal de Policía, de las cuales 60 eran hombres y 8 mujeres; la edad media de los hombres era de 40 años y de las mujeres de 31. Con respecto a la nacionalidad de los hombres el número era 54 bosnios, 2 serbios, 2 croatas y 2 otras nacionalidades; entre las mujeres había 4 bosnias, 2 serbias y 2 croatas.

93.En la República Srpska, el Código de Procedimiento Penal de la República Srpska y la Ley de Ejecución de Sanciones Penales de la República Srpska, así como los reglamentos conexos en esta esfera, a saber, el Libro de normas sobre el régimen interno en las instituciones para la ejecución de las medidas de detención, contienen disposiciones que prescriben el trato de las personas detenidas, es decir, las cuestiones de la recepción y colocación de los detenidos, las medidas sanitarias y de higiene y la nutrición, el trabajo y el comportamiento de los detenidos, el mantenimiento del orden y la disciplina, las visitas, la correspondencia, la recepción de envíos y la prensa, los procedimientos en caso de fuga o muerte de un detenido, la escolta y la puesta en libertad, así como cuestiones relacionadas con los derechos de los detenidos y la supervisión de la ejecución de la medida de detención, además de otras cuestiones relacionadas con las condiciones y la forma de ejecución de la medida de detención en los correccionales.

94.En lo que respecta al hacinamiento de las prisiones, este problema no existe en la RS, ya que la tasa de ocupación ha venido disminuyendo en los últimos cuatro años, de modo que a finales de 2021 se situaba en torno al 50 %.

95.Los datos estadísticos sobre el número de detenidos y presos en instituciones correccionales en la República Srpska para el período de referencia, clasificados por sexo, edad y origen étnico o nacionalidad, se pueden encontrar en el Anexo 2 del informe.

96.Un ejemplo positivo a nivel cantonal es la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo, que, a través de sus dependencias orgánicas, y especialmente la Dependencia para la Seguridad de las Instalaciones y la Detención de las Personas Privadas de Libertad, aplica sistemáticamente y actúa de acuerdo con las Instrucciones sobre el Tratamiento de las Personas Privadas de Libertad del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo y el Manual sobre el trabajo con personas mantenidas en los centros de detención, en los que se prescribe que se adoptarán medidas para garantizar que las condiciones de detención de las personas privadas de libertad se ajusten a las normas jurídicas internacionales y nacionales, respetando al mismo tiempo los derechos de las personas privadas de libertad en los centros de detención.

97.Las condiciones actuales de los locales existentes en cuanto a todos los elementos son satisfactorias, pero se están llevando a cabo actividades sobre la preparación de una propuesta de proyecto para la construcción de un nuevo edificio del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo, presentada por la Administración de Policía para la detención de personas privadas de libertad de conformidad con las normas europeas.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

98.La legislación sobre ejecución de sanciones penales, detención y otras medidas de Bosnia y Herzegovina, tanto a nivel de las entidades como del Estado, establece que los menores de edad cumplirán la pena de prisión separadamente de los adultos. En las entidades existen establecimientos separados destinados exclusivamente a los menores de edad. En 2020, un total de 29 menores de edad cumplían una pena de prisión.

99.En el último período, el Ministerio Federal de Justicia trabajó activamente en el análisis de la situación para mejorar el respeto de la igualdad de género en relación con la detención. Asimismo, todas las instituciones recibirán directrices claras para el trabajo con menores durante su estancia en las dependencias de detención, de conformidad con la Ley de Protección y Tratamiento de Menores en los Procedimientos Penales de la Federación de Bosnia y Herzegovina.

100.En la RS, el tratamiento de los menores en los procesos penales se rige por la Ley de Protección y Tratamiento de Niños y Menores de Edad en los Procesos Penales. La Ley prescribe, entre otras cosas, las cuestiones de determinación y duración de la detención y se insiste en que, al proponer la detención, el fiscal dé siempre prioridad a las medidas de prohibición, y después a la medida de alojamiento temporal, mientras que la detención como medida de último recurso solo se proponga si las medidas anteriores no pueden garantizar la presencia de los menores durante el juicio. La Ley establece que los menores detenidos estén separados de los adultos y que, durante todo el tiempo en que permanezcan detenidos, se les ofrezcan condiciones beneficiosas para la educación y la ocupación. También prevé que los menores detenidos estén separados de los adultos, así como que durante todo el tiempo en que permanezcan detenidos, se les proporcionen condiciones beneficiosas para la educación y la ocupación.

101.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, el uso de medidas sustitutorias de la pena y el encarcelamiento en el caso de los menores de edad que han cometido un delito se rige por las disposiciones de la Ley de Protección y Tratamiento de Niños y Menores de Edad en los Procedimientos Penales, el Reglamento sobre la aplicación de recomendaciones en materia de educación de los menores delincuentes y el Reglamento sobre la aplicación de medidas educativas en relación con obligaciones especiales de los menores que han cometido un delito.

102.Como medida sustitutiva del procedimiento penal y la prisión, los menores pueden recibir una advertencia policial y recomendaciones en materia de educación, cuya finalidad es precisamente evitar que sean objeto de un procedimiento penal. Durante el tiempo que permanecen en la dependencia orgánica pertinente de la policía de Bosnia y Herzegovina y durante su detención en la fiscalía, los menores privados de libertad son colocados en una habitación separada de los adultos.

103.Cuando se trata de los ministerios del interior a nivel cantonal, los menores privados de libertad que necesitan ser internados en centros de detención son colocados en habitaciones separadas de los adultos. Los expedientes de los menores privados de libertad internados en centros de detención no estarán a disposición del público. Los hombres y las mujeres privados de libertad se mantendrán separados de forma que se impida el contacto físico y visual entre ellos. Por regla general, se coloca a una persona en cada celda durante su detención; excepcionalmente pueden colocarse hasta dos personas en cada celda, salvo en los casos de enfermedad facial, alcoholismo, agresividad o violencia, edad, sexo, y si se trata de personas que de cualquier modo oponen resistencia o se niegan a cooperar con el agente de policía de servicio.

104.El horario de actividades de las personas privadas de libertad que ingresan en los locales de detención es confeccionado por el agente policial de guardia, respetando lo anteriormente expuesto y en función del espacio disponible.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

105.Con arreglo a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales de la Federación de Bosnia y Herzegovina, la sanción disciplinaria de reclusión en régimen de aislamiento es de 20 días. La nueva ley pretende cambiar esa disposición, en el sentido de que la reclusión en régimen de aislamiento se limitará a 10 días.

106.En RS, la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y de Faltas establece que por las infracciones disciplinarias cometidas se puede imponer a los reclusos sanciones disciplinarios, a saber, advertencia, amonestación por escrito, privación de beneficios dentro y fuera de la institución, y hasta un máximo de 20 días de reclusión en régimen de aislamiento.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

107.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, los casos de violencia entre los reclusos son poco frecuentes, y no se han registrado casos de posible negligencia de los agentes del orden. Rara vez se producen casos de violencia verbal entre los reclusos, pero cuando ello ocurre, se advierte a tiempo y se sanciona de forma legal. El proyecto, de dos años de duración, pretende reducir los efectos perjudiciales que los presos problemáticos pueden tener sobre otros reclusos y reducir el extremismo y la violencia en las cárceles, y ha dado resultados positivos sobre el terreno. Numerosas actividades de formación y manuales publicados sobre el tema son de gran ayuda para todos los funcionarios que trabajan en prisiones.

108.En la RS, la violencia entre los reclusos está tipificada como falta disciplinaria grave y se rige por la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y de Faltas. El Servicio de Seguridad y el Servicio de Tratamiento adoptan medidas preventivas en ese ámbito. En el período observado, se registraron 14 violaciones en el Correccional de Trebinje, 26 en el de Bijeljina y 21 en el de Foča.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

109.El número total de casos de fallecimiento en las prisiones de la Federación de Bosnia y Herzegovina en 2020 fue 23. De ellos, 2 fueron suicidios, 1 accidente y 20 muertes naturales. Cada fallecimiento se trata de acuerdo con la legislación vigente.

110.No hubo casos de fallecimientos en los pabellones de los correccionales de la República Srpska en que se aplicaron medidas de detención.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

111.La Ley de Asilo prescribe los motivos y la forma de restringir temporalmente la circulación de los solicitantes de asilo, en consonancia con los motivos que establece la Directiva 2013/33 del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, por lo que en este caso se trata también de una norma europea incorporada a la legislación nacional.

112.La Ley de Asilo establece de forma inequívoca que se trata de una restricción temporal de la libertad de circulación de los solicitantes de asilo, que se aplica como medida de último recurso cuando el Ministerio determina que no pueden aplicarse otras medidas. Esa restricción rige por el menor tiempo posible.

113.La Ley también define el alcance de las decisiones de restricción temporal de la libertad de circulación de los solicitantes de asilo adoptadas por el Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina, en las que se exponen los motivos, la forma y la duración de la medida impuesta, así como el recurso legal que permite al solicitante de asilo impugnar la restricción de la circulación presentando una demanda ante el Tribunal de Bosnia y Herzegovina. La demanda se presenta en un plazo de ocho días a partir de la fecha de recepción de la decisión, y no retrasa su ejecución.

114.La libertad de circulación de los solicitantes de asilo puede restringirse temporalmente por un período que no exceda los 90 días. Si persisten las circunstancias por las que se impuso la medida restrictiva, la restricción de libertad de circulación podrá prorrogarse por otro período de hasta 90 días. La libertad de circulación de un solicitante de asilo únicamente podrá restringirse de forma temporal por un total de 180 días.

115.El Ministerio tomará una decisión sobre la restricción de circulación mediante una evaluación de las circunstancias individuales de cada caso y teniendo en cuenta las necesidades y la proporcionalidad de la medida impuesta y el motivo de la restricción.

116.Si se restringe temporalmente la circulación del solicitante de asilo, el Ministerio informará de ello al Servicio. Todo solicitante de asilo cuya circulación esté restringida por una prohibición de circular fuera de un lugar determinado está obligado a presentarse en la dependencia orgánica competente del Servicio o en la administración/comisaría de policía, en la forma que determine el Ministerio, durante el período especificado. La prohibición de circular fuera del centro de inmigración impuesta a un solicitante de asilo menor de edad sólo se aplica como medida de último recurso y después de que el Ministerio determine que no pueden aplicarse otras medidas. Dicha restricción dura lo menos posible y el Ministerio se ocupará de encontrar un alojamiento adecuado para el menor lo antes posible.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

117.Las personas obligadas a seguir un tratamiento psiquiátrico obligatorio por orden de los tribunales serán internadas en una institución psiquiátrica adecuada de acuerdo con la legislación. Los reclusos con problemas más leves cuyo su estado no es tan grave como para requerir hospitalización podrán acceder a formas alternativas de tratamiento ambulatorio, de las que se encargan los servicios de salud de la institución.

118.El Reglamento sobre normas para el trabajo y la prestación de servicios en las instituciones de protección social de la Federación de Bosnia y Herzegovina prescribe las normas mínimas comunes para el trabajo y la prestación de servicios, así como otras normas mínimas para el desempeño de actividades organizadas por las instituciones de bienestar social de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Para el tratamiento y la prestación general de servicios a las personas con discapacidad, la institución está obligada a proporcionar el número necesario de trabajadores profesionales para adultos con discapacidad moderada, grave y más grave: 1 defectólogo por cada 80 usuarios; 1 trabajador social por cada 150 usuarios; 1 psicólogo por cada 250 usuarios; un neurólogo o un psiquiatra fisiatra, un psiquiatra una vez al mes durante 8 horas por 150 usuarios; 1 enfermero, o persona con ocupación afín, a tiempo completo en un pabellón con hasta 80 usuarios; 1 cuidador/educador del ámbito asistencial por cada 10 usuarios totalmente dependientes; 1 fisioterapeuta en un pabellón para un máximo de 200 usuarios, 1 terapeuta ocupacional/educador en el ámbito de la terapia ocupacional por cada 250 usuarios; 1 monitor ocupacional por cada 20 usuarios y 1 musicoterapeuta por cada 300 usuarios. El Reglamento para Pacientes Psiquiátricos prescribe la siguiente norma en términos de personal profesional: 1 trabajador social por cada 50 usuarios; 1 psicólogo por cada 150 usuarios; 1 médico psiquiatra 3 veces al mes durante 8 horas por 150 usuarios; 1 enfermero persona con ocupación afín por cada 20 usuarios; 1 fisioterapeuta por cada 150 usuarios; 1 cuidador/educador en el ámbito asistencial por cada 5 usuarios; 1 terapeuta ocupacional/educador en el ámbito de la terapia ocupacional por cada 200 usuarios; 1 instructor ocupacional por cada 15 usuarios; 1 musicoterapeuta por cada 200 usuarios y 1 educador-rehabilitador por cada 100 usuarios. La situación actual en materia de empleo es tal que la contratación de nuevo personal se realiza en función de los recursos financieros de que dispone la institución de que se trate.

119.El Reglamento sobre Normas de Trabajo y Prestación de Servicios en las Instituciones de Asistencia Social de la Federación de Bosnia y Herzegovina establece que las medidas y los procedimientos restrictivos contra los usuarios que, por su comportamiento, se pongan en peligro a sí mismos, o sean un riesgo para otros usuarios, el personal, los visitantes o la propiedad, se apliquen exclusivamente sobre la base de intervenciones planificadas, supervisadas y limitadas en el tiempo. Para restringir los movimientos, aislar o controlar el comportamiento de los usuarios, el proveedor de servicios está obligado a prescribir procedimientos, designar a una persona responsable de aprobar las medidas y procedimientos restrictivos y llevar un registro de su aplicación.

120.El internamiento forzoso de personas en establecimiento de salud está regulado por la Ley de Protección de Personas con Trastornos Mentales. De conformidad con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Ley establece que cualquier internamiento forzoso de adultos con trastornos mentales sin su consentimiento -es decir, niños y menores con trastornos mentales y personas privadas de plena capacidad de trabajo sin el consentimiento de sus representantes legales- es decidido por el tribunal. Las actuaciones en virtud de las disposiciones de esta Ley son urgentes. La institución de salud debe informar a la Comisión para la protección de las personas con trastornos mentales sobre cualquier caso de privación de libertad de conformidad con la Ley. El procedimiento de internamiento forzoso está reglamentado en detalle por la Ley. El tratamiento de personas con trastornos mentales sin consentimiento expreso en relación con las medidas médicas necesarias exige el cumplimiento obligatorio de los requisitos del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Este sistema ha sido una práctica habitual en los establecimientos de salud durante mucho tiempo. Según los datos de 2021, un total de 23 personas fueron internadas por la fuerza en tres centros clínicos. Los centros clínicos afirman que se trata de una cifra que no varía mucho de un año a otro, y que puede considerarse la media.

121.En virtud de las modificaciones introducidas en la Ley en 2013, se estableció la Comisión para la Vigilancia de la Protección de los Derechos de las Personas con Trastornos Mentales de la Federación de Bosnia y Herzegovina, de conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, se aprobó el Reglamento sobre la selección, la organización y el trabajo de dicha Comisión, que regula más en detalle la selección, la organización y el trabajo de la Comisión (en adelante: la Comisión Federal). La Comisión se define como un órgano profesional, independiente y consultivo del Ministerio Federal de Salud, que vigila la aplicación de la protección de los derechos de las personas con trastornos mentales en los establecimientos de atención médica primaria, secundaria y terciaria, así como en las instituciones de asistencia social establecidas de conformidad con la Ley sobre la asunción de derechos y obligaciones de los fundadores en relación las instituciones de asistencia social en la Federación de Bosnia y Herzegovina. La Comisión Federal está compuesta por seis miembros, cada uno de los cuales tiene un suplente de la misma profesión y un secretario técnico nombrado por el Ministro Federal de Salud. La Comisión Federal está compuesta por un doctor en medicina, un neuropsiquiatra/psiquiatra especialista, un licenciado en psicología, un licenciado en enfermería, un licenciado en derecho, un licenciado en trabajo social y un representante de la asociación de usuarios. En el Reglamento se detallan las tareas de la Comisión Federal, el modo de trabajo, y los plazos de presentación de los informes de trabajo al Ministerio Federal de Salud. La Comisión Federal fue nombrada en dos ocasiones, con un mandato de cuatro años cada una. Actualmente está en curso la convocatoria para selección de miembros de la Comisión. Es importante señalar que el Reglamento también contiene un cuestionario normalizado para la vigilancia de la protección de los derechos de las personas con trastornos mentales, que hace referencia directa a las siguientes disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: 1. Derecho a un nivel de vida adecuado y a la protección social; 2. Derecho al más alto nivel posible de salud física y mental; 3. Derecho a disfrutar de la capacidad de trabajo y derecho a la libertad y seguridad de la persona; 4. No ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni a explotación, violencia o abusos, y 5. Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

122.La contribución del trabajo de la Comisión Federal a la vigilancia de los derechos de las personas con trastornos mentales, que se lleva a cabo de conformidad con la Ley y el Reglamento, es excepcional. Según los informes sobre el trabajo de la Comisión Federal, no se registraron casos de tortura en los establecimientos de salud.

123.Como parte del Proyecto de Salud Mental en Bosnia y Herzegovina, se elaboró el documento “Modelo de planificación conjunta del alta de pacientes con trastornos mentales de los hospitales de la Federación de Bosnia y Herzegovina”. El Modelo se puso a prueba en siete localidades de la Federación de Bosnia y Herzegovina y demostró su funcionalidad en la práctica. Posteriormente, su aplicación se extendió a otros municipios. El objetivo de la planificación del alta es determinar cuáles son los planes del paciente y el apoyo que este y su familia o cuidador necesitarán tras el tratamiento hospitalario. El alta es un proceso complejo que trata de determinar el nivel apropiado de servicios necesarios para cada paciente y un lugar y un servicio adecuados que permita a este recibir atención y tratamiento poshospitalarios.

124.En la República Srpska hay 124 personas en el Instituto de Psiquiatría Forense de la Institución de Salud Pública Sokolac, a quienes el tribunal competente ha ordenado su ingreso a un establecimiento de salud para un tratamiento psiquiátrico obligatorio, además de 4 personas que tienen la condición de detenidos y están internadas en el departamento de expertos de dicha institución. Para cada paciente, se presentan al tribunal competente informes sobre el estado de salud con indicación del estado mental y condición social de la persona y, de acuerdo con ello, se toma una decisión sobre la continuación del internamiento en el establecimiento o su posible alta para continuar el tratamiento ambulatorio en la comunidad de la que procede.

125.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, la situación relativa a la prestación de servicios de rehabilitación en la comunidad y otras formas de tratamiento alternativo no está regulada por un protocolo especial, sino que sigue estando en función de la dinámica de la pandemia de COVID-19.

Artículos 12 y 13

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

126.En el período anterior no se registraron casos de tortura ni denuncias al respecto. Hubo algunos casos de objeciones al uso excesivo de la fuerza, pero se determinó que, por ejemplo, en uno de ellos, el hematoma en las manos se produjo cuando una persona estaba siendo llevada a juicio, y eso se debió a su acción deliberada.

127.En la Administración Federal de Policía, las investigaciones de las quejas sobre el trabajo de la policía y las posibles denuncias de abusos policiales las lleva a cabo la Dependencia de Normas Profesionales como un deber oficial, a petición y tras denuncia de los ciudadanos, a petición del Comité de Quejas de los Ciudadanos de la Federación de Bosnia y Herzegovina, a petición/sugerencia de los superiores jerárquicos y jefes de las dependencias orgánicas, es decir de los propios empleados, y a petición del jefe de la autoridad. La Dependencia también actúa en procedimientos internos iniciados contra agentes de policía de la Administración Federal de Policía con el fin de verificar alegaciones procedentes de peticiones, informes, constataciones o informaciones que indiquen acciones ilegales o comportamientos inadecuados de los agentes de policía. La investigación interna por una infracción leve del deber oficial debe concluirse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la denuncia a la Dependencia, y por infracciones más graves en un plazo de tres meses a partir de la fecha de la denuncia, pudiendo prorrogarse otros dos meses en función de la complejidad del caso. Si se determina que existen elementos de incumplimiento del deber oficial, la Dependencia presenta a la Comisión Disciplinaria una solicitud para iniciar un procedimiento disciplinario. Si se determina que existen elementos de delito, todos los documentos que contengan la información pertinente se remiten inmediatamente a la dependencia orgánica competente de la policía criminal de la Administración Federal de Policía para la posible apertura de una investigación penal, debiendo esta última informar a la dependencia orgánica sobre las medidas adoptadas dentro de su jurisdicción, es decir, la toma de conocimientode la causa por el fiscal competente. El fiscal, de acuerdo con su propia valoración del documento recibido, enviará eventualmente la solicitud de que se trate a la dependencia orgánica competente de la policía criminal de la Administración Federal de Policía.

128.En la RS, el Servicio para la Protección de la Integridad y la Legalidad en el Trabajo, Dependencia de Normas Profesionales, recibió entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2021 un total de 118 peticiones de ciudadanos y 6 informes de dependencias orgánicas del Ministerio del Interior de la RS, que hacen referencia a abusos y tratos inhumanos por parte de agentes de policía. La Dependencia también llevó a cabo procedimientos internos en relación con 115 peticiones de ciudadanos y 6 informes. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se recibieron 29 peticiones y se llevó a cabo un procedimiento interno en relación con 23 de ellas. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, se recibieron 32 peticiones y 2 informes, y se realizó un procedimiento en relación con 22 de ellas. Entre el 1 de enero y el l 31 de diciembre de 2019, se recibieron 21 peticiones de ciudadanos y se realizó un procedimiento interno en relación con 34 peticiones de ciudadanos. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se recibieron 23 peticiones de ciudadanos y 3 informes, y se realizó un procedimiento interno en relación con 22 de ellas.

129.Procedimientos internos en relación con 17 peticiones y 5 informes de ciudadanos. Entre 1 de enero y el 31 de octubre de 2021, se recibieron 13 peticiones de ciudadanos y 1 informe, y se realizaron 20 procedimientos internos en relación con 19 peticiones de ciudadanos y 1 informe. Todas las peticiones e informes relacionados con abusos y tratos inhumanos por parte de agentes de policía del Ministerio del Interior de la República Srpska se remiten a las fiscalías competentes para que adopten las medidas y acciones que corresponden a su jurisdicción.

130.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2021, la Dependencia de Normas Profesionales examinó casos en los que se denunció a agentes de policía en relación con el uso excesivo de la fuerza y el maltrato físico. Una vez realizado el procedimiento interno, se determinó que en tres casos las acusaciones eran infundadas, mientras que un caso se archivó sin pruebas suficientes. En el mismo período, la Dependencia de Normas Profesionales emitió 24 dictámenes sobre el uso de la fuerza relacionados con agentes de policía que hicieron uso de la fuerza física y sujetaron a 24 personas, a consecuencia de lo cual 5 personas y 3 agentes de policía sufrieron lesiones físicas leves. En todos los casos, el uso de la fuerza se consideró adecuado y legal.

131.En lo que respecta a los ministerios del interior cantonales, en el período de referencia se registraron en la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo un total de 41 peticiones - quejas que presentaban características de maltrato físico, humillación o tortura, y sobre las que los inspectores del Departamento de Control Interno actuaron de acuerdo con los procedimientos prescritos y llevaron a cabo investigaciones internas.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

132.En la RS, la Ley de Protección de la Salud define los derechos y las obligaciones de los ciudadanos y pacientes en materia de protección de la salud, en el sentido de que el paciente tiene derecho a la confidencialidad de los datos personales que haya comunicado al médico competente, incluidos los relacionados con su estado de salud y los posibles procedimientos diagnósticos y terapéuticos. Está prohibido que el médico competente, sin el consentimiento escrito del paciente, comunique datos personales de este a otras personas, salvo cuando esté obligado a ello por una ley especial. Si el paciente ha dado su consentimiento, el médico competente puede comunicar información sobre el estado de salud del paciente a un miembro adulto de su familia. El médico competente debe comunicar información sobre el estado de salud del paciente a un familiar adulto, incluso en el caso de que el paciente no haya dado su consentimiento para la divulgación de información sobre su estado de salud, y ello sea necesario para evitar un riesgo para la salud del familiar. El paciente tiene derecho a la protección de su intimidad durante las pruebas diagnósticas, las visitas a especialistas y el tratamiento médico-quirúrgico en su conjunto. Pueden asistir al examen del paciente el personal sanitario que realiza tratamientos médicos, los estudiantes de medicina, los alumnos de las facultades de medicina y, en el caso de personas de hasta 15 años de edado con incapacidad para el trabajo, uno de los padres, un representante legal o un tutor. El paciente puede dar su consentimiento por escrito para la presencia de otras personas durante el examen.

133.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, para que los reconocimientos médicos de los denunciantes o víctimas de malos tratos y/o torturas sean confidenciales y, siempre que esté permitido, fuera de la vista de los agentes que llevan a cabo la vigilancia, no se adoptan medidas protocolarias especiales, salvo actuar de acuerdo con la dinámica de la pandemia de coronavirus, es decir, la medida según la cual debe limitarse el número de personas en una habitación (que en la mayoría de los casos es un máximo de dos).

134.Durante las actuaciones penales, y toda vez que sea necesario, los testigos y las víctimas reciben un trato especial, como el apoyo de un psicólogo judicial, la prestación de testimonio mediante tecnología de audio-vídeo y una entrada separada para el testigo o la víctima del autor del delito.

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

135.La estrategia estatal revisada para el trabajo en casos de crímenes de guerra fue adoptada en una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, celebrada el 24 de septiembre de 2020, incluidos los anexos A y B, que son parte integrante de ella. El primer objetivo estratégico es enjuiciar los casos de crímenes de guerra más complejos y prioritarios ante el Tribunal de Bosnia y Herzegovina y la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina, y los demás casos ante los órganos judiciales de las entidades y el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina a finales de 2023 a más tardar. Uno de los objetivos estratégicos es garantizar una gestión eficiente de los casos de crímenes de guerra, es decir, su distribución entre la judicatura estatal y la judicatura de las entidades y del Distrito de Brčko, lo que permitirá el enjuiciamiento en el plazo determinado. En el Anexo A de la estrategia revisada se establecen los criterios para el estudio de los casos de crímenes de guerra, que permiten la transferencia de un mayor número de casos de crímenes de guerra de la judicatura estatal a la judicatura de las entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. Estos criterios establecen directrices claramente definidas y armonizadas que guiarán a la Fiscalía y CenteRepública Srpskafor the Education of Judges al Tribunal de Bosnia y Herzegovina durante el reexameny la nueva categorización de los casos de crímenes de guerra, a fin de que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina decida si, dado el grado de complejidad, el caso será juzgado por la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina y el Tribunal de Bosnia y Herzegovina o por los tribunales y fiscalías de las entidades y el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. Sin embargo, la aplicación de estos criterios no excluye la posibilidad de que determinados casos, si concurren circunstancias excepcionales (deber público o funciones oficiales del autor, necesidad de garantizar medidas de protección de testigos, etc.), sean juzgados por la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina y el Tribunal de Bosnia y Herzegovina, aunque debido al grado de complejidad esos casos serían juzgados por otros tribunales y fiscalías. La gravedad del delito se mide en función de: a) la calificación jurídica; b) los asesinatos sistemáticos; c) las formas más graves de violación; d) las formas más graves de detención ilegal u otras privaciones graves de la libertad física; e) las formas graves de infligir sufrimientos a la población civil; f) la conexión del caso con otros casos.

136.Una de las formas de garantizar un mecanismo de control adecuado sobre la aplicación de la Estrategia es reforzar el papel y el estatuto del Órgano de Supervisión, razón por la cual se ha preparado la Propuesta de Decisión sobre la Formación de un Órgano de Supervisión encargado de vigilar la aplicación de la Estrategia Estatal Revisada para el Trabajo en los Casos de Crímenes de Guerra, que está pendiente de adopción por el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina. Los avances en el esclarecimiento de los casos de desapariciones forzadas cometidas en el pasado son lentos, no se ha reformado el Instituto para las Personas Desaparecidas y no se ha creado el Registro Central de Personas Desaparecidas con arreglo a la Ley de Personas Desaparecidas. Con el fin de que los funcionarios judiciales mejoren periódicamente los conocimientos necesarios para trabajar en casos de crímenes de guerra y con las víctimas, los Centros para la Educación de Jueces y Fiscales (Federación de Bosnia y Herzegovina, República Srpska y Comisión Judicial del Distrito de Brčko) imparten periódicamente cursos de formación sobre los temas mencionados. Se cooperó con la Misión de la OSCE en Bosnia y Herzegovina y con la organización TRIAL, y el Consejo Superior de Jueces y Fiscales de Bosnia y Herzegovina está llevando a cabo el proyecto para mejorar la labor realizada en los casos de crímenes de guerra en Bosnia y Herzegovina,

137.En 2018, había un total de 21 departamentos de apoyo a los testigos en los tribunales y fiscalías en todas las instituciones judiciales que se ocupaban de la investigación y el enjuiciamiento de los casos de crímenes de guerra en Bosnia y Herzegovina, a saber: 2 en Bosnia y Herzegovina, 10 en la Federación de Bosnia y Herzegovina; 7 en la RS, y 2 en departamentos del distrito de Brčko. Se aprobaron leyes de protección de testigos amenazados en Bosnia y Herzegovina, las entidades y el distrito de Brčko, mientras que la Ley sobre el Programa de Protección de Testigos también fue aprobada por Bosnia y Herzegovina. La Ley por la que se Modifica el Código Penal introdujo el delito de tortura y otras formas de tratos crueles e inhumanos, armonizando así la definición de ese delito con la del artículo 1 de la Convención. Las disposiciones del Código Penal de Bosnia y Herzegovina también se han armonizado con las normas internacionales relativas al delito de abuso sexual como crimen de guerra, de modo que en el artículo 172, párrafo 1 d), y en el artículo 173, párrafo 1 e), se ha suprimido la condición de “coacción o amenaza de agresión inminente”.

138.El Código de Procedimiento Penal de Bosnia y Herzegovina contiene disposiciones relativas a las demandas civiles relacionadas con la indemnización por daños, la restitución de bienes o la anulación de determinadas transacciones legales. La resolución de una reclamación patrimonial en un procedimiento penal equivale a una resolución tanto en materia civil como penal.

139.En Bosnia y Herzegovina, aún no se ha armonizado la Ley sobre los Derechos de las Víctimas de la Tortura, que debía regir el ejercicio del derecho a una indemnización adecuada.

140.El derecho a la indemnización se rige por el Código de Procedimiento Penal (bajo el título de Reclamaciones Patrimoniales), que establece que las reclamaciones por derechos de propiedad derivadas de la comisión de un delito se examinarán en un procedimiento penal a petición de las personas autorizadas, siempre que ello no prolongue significativamente dicho procedimiento. Las reclamaciones por derechos de propiedad pueden hacer referencia a la indemnización por daños y perjuicios, la restitución de bienes o la anulación de determinados actos jurídicos. Una reclamación presentada en virtud del derecho de propiedad solo puede resolverse mediante un veredicto en que se declare culpable al acusado; de lo contrario, la parte damnificada deben emprender una acción judicial.

141.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, la protección material de las víctimas civiles de la guerra está garantizada por la Ley de Protección Social, de Protección de las Víctimas Civiles de la Guerra y de Protección de las Familias con Hijos, que ha creado una categoría especial de víctimas civiles de la guerra, incluidas las víctimas de violencia sexual en tiempos de guerra. La misma Ley prescribe un derecho material de las víctimas civiles de la guerra con una discapacidad física del 100 % a percibir una “remuneración personal mensual”, así como el derecho a una ayuda para sufragar los gastos de tratamiento y la adquisición de artículos ortopédicos, capacitación laboral (readaptación, readiestramiento y perfeccionamiento profesional); asistencia residencial prioritaria; asistencia psicológica y asistencia jurídica gratuita, que prestan las autoridades competentes del cantón.

142.En cuanto a la indemnización de los familiares de las personas desaparecidas, en la Federación de Bosnia y Herzegovina la cuestión se ha resuelto en su totalidad mediante las leyes en el ámbito de la protección de los veteranos y por motivo de discapacidad en relación con las personas que han desaparecido en calidad de miembros del Ejército de la República de Bosnia y Herzegovina o del Consejo de Defensa Croata. En relación con las personas que han desaparecido como civiles, la cuestión se aborda en el marco de la Ley Básica de Protección Social, de Protección de las Víctimas Civiles de la Guerra y de Protección de las Familias con Hijos de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Los derechos definidos por la Ley se reconocen a las familias de los civiles desaparecidos en las mismas condiciones y en la misma medida que a las familias de los civiles víctimas de la guerra que han fallecido, y se financian con cargo a los presupuestos de la Federación de Bosnia y Herzegovina y de los cantones en una proporción del 70 % y 30 %. Con arreglo a esas disposiciones, las víctimas civiles de la guerra, así como sus familias, tienen derecho a: asistencia para los gastos de tratamiento y adquisición de artículos ortopédicos, capacitación laboral (rehabilitación, readiestramiento y perfeccionamiento profesionales), prioridad en el empleo, atención residencial prioritaria y asistencia psicológica y jurídica. Estos derechos se ejercen de conformidad con la normativa sobre el seguro de enfermedad, la protección de la salud y el empleo y la asistencia social, y son competencia de los cantones. Los cantones puede establecer otros derechos y ampliar el alcance de los derechos establecidos por la Ley, de acuerdo con sus capacidades y las necesidades de las víctimas civiles de la guerra. En la mayoría de los casos, se amplía el alcance de otros derechos mediante subvenciones en los costos de los servicios públicos y ayudas económicas puntuales.

143.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, la Dependencia de Investigación de Crímenes de Guerra de la Policía del Distrito de Brčko, de conformidad con el Reglamento de Organización Interna y Sistematización de Puestos de Trabajo de la Policía del Distrito de Brčko y la Estrategia Estatal para el Trabajo en Casos de Crímenes de Guerra, incluidas las enmiendas a la Estrategia Revisada, emprende continuamente medidas y acciones operativas y de otro tipo para la detección, investigación y documentación de los delitos cometidos durante la guerra en Bosnia y Herzegovina, tipificados en el Código Penal de Bosnia y Herzegovina o tomados del Código Penal de la República Socialista Federativa de Yugoslavia. Actualmente, la Dependencia está examinando 145 casos, que incluyen violaciones y otros delitos de violencia sexual. De ese número, 64 están bajo la supervisión de la Fiscalía del Distrito de Brčko, y 81 bajo la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina. Además, se están buscando los restos de 87 personas, 61 de las cuales son bosnios, 15 serbios y 11 croatas.

144.En lo que respecta a la aplicación de la Estrategia Estatal Revisada para el trabajo en casos de crímenes de guerra, en 2011 la Policía del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina modificó su estructura orgánica mediante la creación de una dependencia especial de enjuiciamiento de los crímenes de guerra y búsqueda de las personas desaparecidas.

145.Algunos ministerios del interior cantonales, como el Ministerio del Interior del Cantón de Tuzla, tienen departamentos de crímenes de guerra, que también actúan con arreglo a la Estrategia Revisada para el Trabajo en los Casos de Crímenes de Guerra.

Artículo 14

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

146.En lo que respecta a los programas de reparación para las víctimas de tortura, la Ley Básica de Protección Social, Protección de las Víctimas Civiles de la Guerra y de Protección de las Familias con Hijosestablece que se considera una categoría especial de víctimas civiles de guerra a las personas que han sobrevivido a abusos sexuales y violaciones. Este grupo de víctimas tiene derecho a una indemnización material denominada “remuneración personal mensual” que asciende al 70 % de la cuantía mensual del subsidio personal por discapacidad de un veterano de guerra con discapacidad del primer grupo, es decir, es igual a la cuantía que corresponde a una víctima civil de guerra del primer grupo.

147.El importe mensual de esta remuneración asciende a 607,25 marcos bosnios. El número de personas en la categoría especial de víctimas civiles de la guerra en la Federación de Bosnia y Herzegovina disminuye ligeramente de año en año debido al fallecimiento de las víctimas, pero el derecho de las víctimas de solicitarlo no ha caducado y no hay un límite legal para presentar solicitudes para ser incluido en esa categoría. Según datos del Ministerio Federal de Trabajo y Política Social, a 31 de septiembre de 2021 había un total de 932 beneficiarios de los derechos de la categoría especial de víctimas civiles de guerra, según la base datos correspondiente. Anualmente se asignan a este grupo de usuarios unos 7 millones de marcos bosnios con cargo al presupuesto de la Federación de Bosnia y Herzegovina y los cantones, en una proporción del 70 %-30 %. La citada Ley federal incluye otros derechos establecidos para la categoría especial de víctimas civiles de guerra, que se han enumerado en la respuesta anterior. No existen indicadores estadísticos precisos, pero varias personas de la categoría especial de víctimas civiles de la guerra han conseguido el derecho a incentivos y asistencia en el empleo a través del Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de las Personas con Discapacidad en la Federación de Bosnia y Herzegovina. Algunos cantones, es decir, municipios, han proporcionado una solución en materia de vivienda para una categoría especial de víctimas civiles de la guerra en su comunidad local.

148.Respetando los poderes constitucionales, y de conformidad con los documentos internacionales pertinentes sobre la tortura, así como las directivas pertinentes de la Unión Europea, la República Srpska ha normalizado legalmente la categoría y los derechos de las víctimas de la tortura de guerra, incluidas las víctimas de la violencia sexual como categoría especial de víctimas de la tortura, y ha aprobado una ley especial, la Ley de Protección de las Víctimas de la Tortura durante la Guerra, que prevé determinadas formas de reparación, a saber: el derecho a una remuneración mensual como forma de indemnización que pueden ejercer las víctimas de la violencia sexual como forma más grave de tortura, y en determinadas condiciones este derecho también pueden ejercerlo las personas que eran menores de edad en el momento de sufrir la tortura, para lo cual el presupuesto de la República Srpska prevé una partida presupuestaria especial; el derecho al seguro de enfermedad y el derecho a la participación, es decir, la exención de los costos de participación personal en el uso de los servicios para la protección de la salud; y el empleo y el autoempleo como forma de restitución, ya que el reconocimiento de su condición les permite entrar en el mercado laboral más fácilmente mediante la participación en programas especiales para el empleo y la rehabilitación organizados de acuerdo con un programa especial.

149.La Ley también contempla derechos que se ejercen de acuerdo con la normativa de otros ámbitos jurídicos: el derecho a la rehabilitación, que se garantiza mediante la protección de la salud mental y física de acuerdo con la normativa del ámbito de la protección de la salud; los derechos a la asistencia social; el derecho a la asistencia jurídica gratuita, y el derecho a la exención del derecho de timbre y las tasas judiciales.

150.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, no se ha creado ningún régimen de reparaciones que abarque todas las formas de indemnización a las víctimas de crímenes de guerra, incluida la violencia sexual. En la práctica, las víctimas solicitan reparación judicial por la vía civil.

Artículo 15

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

151.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, en la práctica judicial, no se han dado casos de rechazo de pruebas por haber sido obtenidas mediante tortura o abusos.

152.Los agentes de policía de la Administración de Policía del Ministerio del Interior a nivel cantonal se rigen por el artículo 11 del Código de Procesamiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina/Legalidad de las pruebas. No se han registrado casos en los que el tribunal haya rechazado pruebas basadas en la tortura o malos tratos, es decir, violaciones de la mencionada disposición del Código de Procesamiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina.

Artículo 16

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

153.En la RS, la base de datos “Informes Analíticos – Prevención y Detección de la Criminalidad” del Ministerio del Interior contiene datos relacionados con los delitos de “Puesta en peligro de la seguridad” e “Incitación pública y fomento de la violencia y el odio” dirigidos contra personas LGBT, es decir, delitos en los que se expresa como motivo de odio la orientación sexual de esas personas. Durante 2020 y 2021, no se registraron casos que pudieran vincularse con el odio hacia las personas LGBTI.

154.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina y en las administraciones policiales de los ministerios del interior a nivel cantonal, no se han registrado casos de delitos en la práctica judicial contra las personas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

155.La definición de la expresión “delito de odio” se incluyó en el derecho penal de las dos entidades y del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, y se introdujeron formas agravadas de determinados delitos motivados por el odio. Todas las leyes penales de Bosnia y Herzegovina contienen una disposición especial que prohíbe en sentido amplio la incitación al odio racial, nacional y religioso, así como al odio por otros motivos como el color de la piel, el sexo, la orientación sexual, la discapacidad, la identidad de género, el origen o cualquier otra característica. El Código Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina prevé una disposición que establece penas para la negación o la justificación públicas del genocidio, los crímenes de lesa humanidad o los crímenes de guerra definidos en una decisión firme de la Corte Internacional de Justicia, el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia o un tribunal nacional. Los datos sobre incitación al odio y delitos motivados por el odio en sentido amplio son recopilados por el Consejo Superior Judicial y Fiscal de Bosnia y Herzegovina a través del sistema SIPO.

156.No son frecuentes los casos de comisión de delitos de odio en el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina. Como ejemplo, se puede citar el caso de 2007, cuando cuatro personas fueron acusadas de escribir grafitis en varios edificios públicos y privados de Brčko. Sin embargo, en la práctica judicial no hay casos de delitos cometidos por razones de odio.

157.A nivel cantonal, la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo tampoco registró casos en los que fuera necesario tomar medidas para proteger a los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación que sacaran a la luz actos de tortura, malos tratos o castigos.

158.Los datos relativos a la República Srpska figuran en el cuadro del Anexo 2 del informe.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

159.En febrero de 2018, el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina aprobó el Plan de Acción para la Educación en Derechos Humanos de Periodistas y Profesionales de los Medios de Comunicación basado en las Directrices de las Naciones Unidas para la Educación en Derechos Humanos de diciembre de 2015, con arreglo al cual Organismo de la Función Pública de Bosnia y Herzegovina lleva a cabo la formación de los profesionales de la información. El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, en colaboración con el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina y el Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina, elaboró un informe sobre la libertad de expresión y el estado de las libertades de los medios de comunicación en Bosnia y Herzegovina, que fue aprobado por el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina en octubre de 2016, y en el que se proponía una medida para incorporar a la legislación penal el delito de agresión a periodistas.

160.Según los datos disponibles, se produjo una disminución del del 10 % del número de casos no resueltos que se están tramitando en relación con el delito de poner en peligro la seguridad, en comparación con el número de casos de este tipo resueltos en 2015.

161.En la República Srpska, la libertad de opinión y expresión y la libertad de información, incluida la protección de los periodistas, se rigen por la Ley de Información Pública – texto revisado, la Ley de Libertad de Acceso a la Información y la Ley de Protección contra la Difamación, mientras que para la protección de los periodistas se aplican procedimientos penales y de faltas. Así, por ejemplo, el Código Penal de la RS, entre otras cosas, tipifica como delito especial la violación de la libertad de expresión.

162.Si una persona que es periodista de profesión informa de un suceso que la legislación vigente tipifica como delito o falta, los miembros del Ministerio actúan de acuerdo con lo dispuesto en el Código Penal de la RS, el Código de Procesamiento Penal de la RS, la Ley de Delitos Menores de la RS y la Ley de Orden Público. La legislación mencionada se basa en la Constitución de la República Srpska y en los principios y las normas de derecho internacional generalmente reconocidos, y su función básica es la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales y otros valores individuales y generales básicos establecidos en la Constitución y el derecho internacional.

163.El Ministerio del Interior de la República Srpska mantiene un registro de agresiones y otros incidentes relacionados con ataques a periodistas y trabajadores de los medios de comunicación.

164.También se ha trabajado en la sensibilización y el refuerzo de la profesionalidad de los agentes de policía en sus relaciones con los periodistas, desde el comportamiento sobre el terreno hasta la recepción del propio informe, y ese proceso también continuará en el próximo período.

165.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, hasta ahora no se han registrado en la práctica de los tribunales casos de delitos contra periodistas que informan de actos de tortura o abusos o castigos.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

166.En el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, en el proceso de redacción del texto de la Ley de Enmiendas a la Ley de Familia del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, se incluyen como propuesta en el procedimiento ulterior las recomendaciones de la Institución del Defensor de los Derechos Humanos del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina, que se refieren a la adopción de disposiciones legales que prohíben expresamente el castigo físico de los niños en todos los entornos, incluida la familia, cuando ello no se haya hecho hasta ahora. El Código Penal del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina prescribe el delito de violencia doméstica cuando un delito cometido contra un niño o menor de edad se define como forma agravada.

167.El Código Penal del Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina también prescribe otros delitos como forma agravada si se cometieron contra niños, por ejemplo “Inducir al suicidio y ayudar al suicidio”, “Secuestro”, “Actos de indecencia”, “Introducir a un niño en la pornografía”, “Facilitar el consumo de estupefacientes”, etc.

Otras cuestiones

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

168.Los delitos relacionados con el terrorismo están prescritos por el Código Penal de Bosnia y Herzegovina. La lucha contra el terrorismo es competencia de la Administración Federal de Policía prescripta por la Ley de Asuntos Internos de la Federación de Bosnia y Herzegovina. Los agentes de policía de la Administración Federal de Policía recopilan continuamente información relacionada con las actividades de personas o grupos que pueden estar vinculados con el terrorismo o el extremismo violento, que se notifica a la fiscalía competente a los fines de una investigación bajo su supervisión. Los miembros de esta Administración actúan de acuerdo con el Plan de Acción aprobado para la prevención y lucha contra el terrorismo. La Administración Federal de Policía es miembro de varios grupos u órganos estatales, entre otros, el Grupo Operacional de Lucha contra el Terrorismo, el Grupo de Ataque para la Lucha contra el Terrorismo, el Grupo de Trabajo para la Evaluación del Riesgo de Blanqueo de Dinero y Financiación del Terrorismo, etc., y el Grupo de Trabajo para el Desarrollo de una Estrategia de Prevención y Lucha contra el Terrorismo en Bosnia y Herzegovina (2021-2026).

169.En la República Srpska, el Ministerio de Salud y Bienestar Social, actuando de acuerdo con las competencias y responsabilidades del Plan de Acción del Gobierno de la República Srpska para la prevención y lucha contra el terrorismo 2016-2020, adoptó el Plan Operacional para la prevención y lucha contra el terrorismo, de cuya aplicación informa el Ministerio del Interior de la RS.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

170.En cuanto a las medidas adoptadas en el sistema penitenciario de Bosnia y Herzegovina en relación con la pandemia de COVID-19, el Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina adoptó decisiones de conformidad con la normativa nacional y las recomendaciones del Consejo de Europa y la Organización Mundial de la Salud relativas a las medidas durante la pandemia. Para superar con éxito la pandemia, de febrero a junio de 2020 se emitieron dictámenes e instrucciones con el fin de aplicar medidas especiales en relación con las visitas, las salidas, las actividades internas y la circulación, respetando al mismo tiempo los derechos humanos amparados por las normas internacionales más estrictas y las decisiones del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, así como las normas jurídicas positivas de la Ley de Bosnia y Herzegovina sobre la ejecución de las sanciones de detención penal y otras medidas que rigen la cuestión de la protección de la salud y el tratamiento de las personas privadas de libertad durante la pandemia, teniendo especialmente en cuenta las enfermedades infecciosas.

171.En la República Srpska, las actividades llevadas a cabo durante la pandemia de COVID-19 estuvieron dirigidas, con arreglo al Plan de Vacunación de la República Srpska, a: usuarios y empleados de las instituciones de acogida de ancianos y otras instituciones de acogida y cuidados de larga duración, así como a trabajadores sanitarios, incluido el personal auxiliar que tiene contacto con pacientes en el desempeño de su trabajo en una institución sanitaria. El plan de vacunación de la República Srpska define estos grupos como prioritarios a los fines de la vacunación. El mencionado plan prevé que, en vista del alto riesgo de propagación del virus en entornos cerrados, como residencias de ancianos, y la alta incidencia de formas graves de enfermedad y la tasa de mortalidad entre los usuarios de estas instituciones, debido a su avanzada edad y a sus frecuentes enfermedades crónicas, al inicio de la campaña de vacunación, cuando se dispuso de las primeras cantidades de vacunas, estas se destinaran a los usuarios de las mencionadas instituciones. Debido a la elevada exposición, así como a la posibilidad de transmitir la infección a los pacientes de los establecimientos de salud con mayor riesgo de infección, los trabajadores de la salud también fueron una prioridad para la vacunación.

172.En relación con la pandemia de coronavirus, las medidas adoptadas en el Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina en relación con las personas que se encontraban en residencias de ancianos, hospitales o instituciones para personas con problemas mentales y psicosociales, o personas con discapacidad, consistieron en:

173.Acceso limitado o prohibido de las visitas para evitar la propagación de la infección; exámenes periódicos de acuerdo con las medidas epidemiológicas, pruebas de residentes/pacientes que podían estar infectados; aislamiento en habitaciones separadas dentro de la institución.

174.La Administración de Policía del Ministerio del Interior a nivel cantonal respeta las recomendaciones presentadas por las autoridades sanitarias, epidemiológicas, de salud y otras autoridades pertinentes en el contexto de la pandemia de coronavirus, así como los principios relativos al tratamiento de las personas privadas de libertad en el contexto de la pandemia.

Información general sobre nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación de la Convención en el Estado parte

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

175.En nombre de la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo, informamos que, mediante las instrucciones emitidas por el Comisionado de Policía desde 2016, se viene ordenando a todos los funcionarios de policía que adopten las medidas y las acciones concretas señaladas en las recomendaciones del Comité, mediante las dependencias orgánicas competentes, a fin de vigilar la aplicación y puesta en práctica de las disposiciones y los reglamentos jurídicos que rigen la labor de los funcionaros de policía y, en particular, la Ley sobre los Funcionarios de Policía, el Reglamento sobre Responsabilidad Disciplinaria de los Funcionarios de Policía de la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo, el Reglamento sobre la Labor de la Dependencia de Normas Profesionales, el Código de Ética de la Policía, así como la aplicación de las disposiciones del Código Penal y el Código de Procesamiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina, la Ley de Protección y Trato de los Niños y Menores de Edad en los Procedimientos Penales de la Federación de Bosnia y Herzegovina, y otras leyes y reglamentos que definen las acciones prohibidas e ilegales para las que se han establecido sanciones. En el marco de los actuales recursos materiales y de personal, la Administración de Policía del Ministerio del Interior del Cantón de Sarajevo está haciendo los máximos esfuerzos para organizar e impartir formas adecuadas de educación para todos los agentes de policía a fin de aplicar las disposiciones de la Convención y las recomendaciones del Comité.

Conclusión

176.La propuesta de texto del Séptimo Informe Periódico de Bosnia y Herzegovina relativo a la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes fue preparada por el Grupo de Trabajo Interdepartamental compuesto por representantes expertos designados de las siguientes instituciones, de conformidad con la Decisión del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina sobre la formación del Grupo de Trabajo Interdepartamental para la preparación del informe mencionado, que lleva el número 01‑37‑1-1161-22/21, de 28 de octubre de 2021:

Amela Hasić, coordinadora del Grupo de Trabajo Interdepartamental, Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina.

Ajla Nanić, miembro del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina.

Dino Borovina, miembro del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina.

Vanja Vujadin, miembro del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina.

Lejla Čopelj, miembro del Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina.

Sanela Latić, miembro del Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina.

Lejla Hadžić, miembro del Consejo Superior de Jueces y Fiscales de Bosnia y Herzegovina.

Radoslav Ćorović, miembro del Organismo de Estadística de Bosnia y Herzegovina.

Damir Sapina, miembro del Ministerio Federal de Justicia.

Nenad Mirkonj, miembro del Ministerio de Justicia de la República Srpska.

Nermin Softić, miembro del Ministerio Federal del Interior.

Adisa Mehić, miembro del Ministerio Federal de Salud.

Milka Dančević, miembro del Ministerio Federal de Salud.

Esma Palić, miembro del Ministerio Federal de Trabajo y Política Social.

Gordana Bjelajac, miembro del Ministerio de Trabajo, Veteranos de Guerra y Protección de las personas con discapacidad de la República Srpska.

Mišel Krajišnik, miembro del Ministerio del Interior de la RS.

Sanja Skenderija, miembro del Ministerio de Salud y Bienestar Social de la República de Srpska.

Nada Pejnović, miembro del Ministerio de Integración Europea y Cooperación Internacional de la República Srpska.

Senka Petković, miembro del Departamento de Salud y Otros Servicios del Distrito de Brčko.

Dejan Đurović, miembro de la Comisión Judicial del Distrito de Brčko.

Zlatko Pejić, miembro de la Policía del distrito de Brčko.

Dubravka Lukač, miembro de la Policía del distrito de Brčko.

177.El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, con el fin de cumplir las obligaciones de Bosnia y Herzegovina como entidad internacional que presenta un informe sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, propone que el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, tras examinar la propuesta del mencionado informe, formule las siguientes conclusiones:

Queda aprobado el Séptimo Informe Periódico de Bosnia y Herzegovina relativo a la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con los anexos 1 y 2 adjuntos, para el período de referencia, de enero de 2017 a diciembre de 2021.

Se encarga al Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados que presente el Séptimo Informe Periódico de Bosnia y Herzegovina relativo a la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, correspondiente al período de referencia, de enero de 2017 a diciembre de 2021, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores de Bosnia y Herzegovina, al Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, tras su aprobación en la sesión del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina.